COMUNIDAD DE EDIFICIO LOS JARDINES DE VILLAMGNA
Gobierno de Chile
Superintendencia TL del Medio Ambiente SMA Gobierno de Chile
sen gob el
DECLARA LA EJECUCIÓN SATISFACTORIA DEL PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO Y DA POR CONCLUIDO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO, ROL F-033-2014, SEGUIDO EN CONTRA DE COMUNIDAD EDIFICIO LOS JARDINES DE VILLAMAGNA.
RESOLUCIÓN EXENTA N* + 9
Santiago, 05 JUN 2015
VISTOS:
Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley N° 20.417, que establece la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto con Fuerza de Ley N” 1/19.653, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N” 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Decreto Supremo N° 76, de 10 de octubre de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente que nombra a Cristian Franz Thorud como Superintendente del Medio Ambiente; en el expediente administrativo sancionatorio rol F-033-2014 de la Superintendencia del Medio Ambiente; el Decreto Supremo N? 30, de 20 de agosto de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación; y, en la Resolución N° 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
CONSIDERANDO:
Je La COMUNIDAD EDIFICIO LOS JARDINES DE VILLAMAGNA, Rol Único Tributario N° 53.310.277-8, es titular del establecimiento habitacional “Comunidad Edificio Los Jardines De Villamagna”, ubicado en calle Teresa Concha Walker N° 1122, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana.
2 Con fecha 10 de junio de 2013, funcionarios de la Secretaría Regional Ministerial de Salud (“SEREMI de Salud”), Región Metropolitana, llevaron a cabo una actividad de inspección ambiental en el inmueble ubicado en Teresa Concha Walker N” 1122, producto de la situación de alerta ambiental que existía ese día;
3" La fiscalización individualizada en el numeral anterior fue efectuada en virtud de la Resolución Exenta N” 58 de 2012, de la SMA, que aprobó un convenio de acciones de fiscalización entre la Superintendencia del Medio Ambiente y la Subsecretaría de Salud Pública.
Gobierno
de Chile Superintendencia
2 del Medio Ambiente l SMA Gobierno de Chile
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