INVERSIONES ANTOFAGASTA SUR LIMITADA
Gobierno de Chile %./ SMA I Superintendencia del Medio Ambiente Gobierno () de Chile ACREDITA PAGO DE MULTA, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO ROL F-032-2022 RESOLUCIÓN EXENTA N° 1937 Santiago, 3 de julio de 2026 VISTOS: Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley N° 20.417, que establece la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, "LOSMA"); en la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado (en adelante, "Ley N° 19.880"); en el Decreto con Fuerza de Ley N° 3, de 13 de mayo de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la Planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en el Decreto Exento RA N° 118894/181/2026, de 17 de marzo de 2026, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Orden de Subrogación; en la Resolución Exenta N° 1083, de 10 de abril de 2026, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Fija su Organización Interna; en la Resolución Exenta RA N° 119123/73/2024, de 7 de marzo de 2024, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que nombra Fiscal de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Resolución Exenta N° 876, de 23 de agosto de 2013, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Aprueba Convenio de Cooperación Institucional entre el Servicio de Tesorería y la Superintendencia del Medio Ambiente; en el expediente del procedimiento administrativo sancionatorio Rol F-032-2022; y en la Resolución N° 36, de 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1° Con fecha 25 de enero de 2023, mediante la Resolución Exenta N° 152 de esta Superintendencia (en adelante "Res. Ex. N° 152/2023" o "resolución sancionatoria"), se resolvió el procedimiento administrativo sancionatorio Rol F-032- 2022, seguido en contra de Inversiones Antofagasta Sur Limitada (en adelante, "el titular"), Rol Único Tributario , aplicando una multa de uno coma dos unidades tributarias anuales (1,2 UTA). 2° Con fecha 2 de febrero de 2023, la resolución sancionatoria fue notificada al titular mediante carta certificada, según consta en el registro disponible en el expediente del procedimiento. 3° En virtud del artículo 5 de la Ley N° 18.575 - que consagra el principio de coordinación de los órganos de la Administración del Estado, y el artículo 7 de la Ley N° 19.880 -que consagra el principio de celeridad del procedimiento administrativo-, la Tesorería General de la República (en adelante, "TGR") informó a la SMA, el estado de las multas ingresadas al Sistema de Cargo Previo impuestas por este servicio, dentro del periodo, y los casos en que se registró su pago.
SMA delpidia de Medio Ambiente Gobierno de Chile Gobierno de Chite
4° Entre el registro de multas pagadas que informó la TGR, se encuentra el realizado por el titular por un total de $1.141.522 (un millón ciento cuarenta y un mil quinientos veintidós pesos), correspondiente al total de la multa impuesta por la Res. Ex. N° 152/2023. 5° En virtud de todo lo anteriormente expuesto, se procede a resolver lo siguiente. RESUELVO: Ténganse por acreditado el pago de la multa aplicada por la Res. Ex. N° 152/2023, de fecha 25 de enero de 2023, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando lo expuesto en la presente resolución. ANÓTESE, NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE (10 BRS/RCF/XCP 4 (0111-1.1?-10 0ENciA DEL A101044, C 4 DIA PAST1 R: HER*- A SUPERINTENDENTA SUPERINTENDENTA DEL M 10 RIENTE (J) RN0 DE c Notifíquese por carta certificada: - Inversiones Antofagasta Sur Limitada. C.C.: - Fiscalía, Superintendencia del Medio Ambiente. - División de Sanción y Cumplimiento, Superintendencia del Medio Ambiente. - División de Fiscalización, Superintendencia del Medio Ambiente. - Oficina Regional de Antofagasta, Superintendencia del Medio Ambiente. - Oficina de Partes, Superintendencia del Medio Ambiente. Rol F-032-2022