Sanción SMA

AQUACHILE MAGALLANES SPA

Rol F-005-2013#formulacion_de_cargos
SMA · 2013-05-07 · Región de Magallanes y la Antártica Chilena · Pesca y Acuicultura · Terminado - PDC Satisfactorio · Multa $ 0,00 UTA

· ~ Gobiem6~' .UIJl, de Chll~, •; "'~.~ ....,.góbcr DE Leslie Cannoni Mandujano

ORO. U.I.P.S. No 183 ANT.: Memorándum W 197, de 24 de abril de 2013, de la División de Fiscalización, que remite el Informe de Fiscalización Ambiental de la Inspección Ambiental realizada al proyecto "CES Estero Poca Esperanza, Sector Islas Wagner". MAT.: Inicio de la procedimiento sancionatorio. Santiago, O 7 MAY 2013 instrucción del administrativo Fiscal Instructora del Procedimiento Administrativo Sancionatorio A Brenda VE!ra Soto Acuimag S.A. Según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, por el presente acto se da inicio a la instrucción del procedimiento administrativo sancionatorio con la formulación precisa de los cargos a la sociedad Acuimag S.A., Rol Único Tributario W 78.754.560-2, titular del proyecto "Centro de Cultivo de Salmonídeos, Est,ero Poca Esperanza, Sector Islas Wagner, Comuna de Natales, XII Región. W PERT. 201122032 CES W PERT 201122032" (en adelante, "proyecto"), ubicado en la comuna de Natales, Región de Magallanes y la Antártica Chilena, calificado ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta W 032, del 19 de marzo de 2008, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la R'egión de Magallanes y la Antártica Chilena ("RCA 032/2003"); y titular, además, del proyecto "Ampliación biomasa centro de cultivo de salmonídeos, Estero Poca Esperanza, Sector Isla Wagner, Comuna de Natales, XII Región W PERT. 210122015", calificado ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta No 075, del 1 de junio de 2011, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena ("RCA 075/2011"). l. Antecedentes l. Con fecha 24 de enero de 2013, se llevó a cabo la actividad de inspección ambiental al proyecto, por parte de funcionarios de la División de Fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente, en compañía de funcionarios de la Capitanía de Puerto de Natales, de la Dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante y del Se!rvicio Nacional de Pesca y Acuicultura. 2. La actividad se desarrolló en el marco de las actividades de fiscalización programadas para el año 2013, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Exenta W 879, de 24 de diciembre de 2012, de esta Superintendencia, que fija e instruye el Programa y Subprogramas Sectoriales de Fiscalización Ambiental de las Resoluciones de Calificación Ambiental para el año 2013, publicada en el Diario Oficial el 3 de enero de 2013.

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3. El proyecto corresponde a un centro de engorda de salmones ("CES") denominado CES Sector Islas Wagner, Sector Estero Poca Esperanza, Registro Nacional de Acuicultura W 120117, localizado en Islas Wagner y distante a unos 75 kilómetros de la dudad de Natales y adyacente a la península Muñoz Gamero. 4. El primer proyecto aprobado ambientalmente en la instalación data del año 2008 y correspondió al "Centro de Cultivo de Salmonídeos, Estero Poca Esperanza, Sector Islas Wagner, Comuna de Natales, XII Región. W PERT. 201122032 CES W PERT 201122032" (RCA N°032/2008), el cual consistió en la instalación de un centro de smoltificación y cultivo compuesto por un pontón flotante para habitabilidades y 6 balsas jaulas circulares de 15 metros de diámetro y 8 metros de alto, considerando una producción de 44 toneladas, de las cuales 36 toneladas corresponderían a smolt de 60 gramos distribuidos en 3 ciclos de producción anuales con una duración de 4 meses cada uno, que se destinarían a otros centros y/o venta; además de 8 toneladas a reproductores de 4,5 kilos destinados a otros centros de reproductores, luego de alcanzar su madurez sexual (12 -18 meses). S. Posteriormente, el año 2011 se aprobó ambientalmente un nuevo proyecto para la instalación denominado "Ampliación biomasa centro de cultivo de salmonídeos, Estero Poca Esperanza, Sector Isla Wagner, Comuna de Natales, XII Región W PERT. n0122015" (RCA N°075/2011), con el objeto de lograr el crecimiento y engorda a tamaño comercial de especies salmonídeas a partir de su etapa de smolts, considerando la ampliación de la biomasa de 44 toneladas a 4.500 toneladas al quinto año de funcionamiento, el cambio de las estructuras de cultivo de 6 balsas circulares a 8 balsas jaulas cuadradas de 40 x 40 x 20 metros, además del reemplazo de la planta de tratamiento de aguas servidas del pontón de un sistema de tratamiento biológico (lodos activados) a un sistema físico-químico y la incorporación de un incinerador para el manejo de las mortalidades diarias y un sistema de ensilaje para las mortalidades masivas. 6. Por otra parte, la concesión marítima fue otorgada mediante la Resolución W703, de 10 de marzo de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional. 7. La actividad de fiscalización realizada consideró la verificación de un total de 26 exigencias relativas a: localización de las instalaciones en el área de concesión acuícola autorizada; manejo de los efectos de la materia orgánica por alimento no consumido y fecas en el sedimento y columna de agua; manejo de mortandades (incineración y 1~nsilaje); manejo de fármacos; planes de contingencia; pérdida/alteración de hábitat acuático; afectación de suelo (borde costero aledaño); manejo de residuos industriales líquidos; residuos sólidos domiciliarios y residuos peligrosos; y manejo de aguas servidas. La referida actividad concluyó con la emisión del Informe de Fiscalización Ambiental denominado "Inspección Ambiental CES Islas Wagner, Estero Poca Esperanza RNA N2120117", de 24 de abril de 2013, de la División de Fiscalización de esta Superintendencia ("Informe de Fiscalización"). 8. El antedicho Informe de Fiscalización concluyó la existencia de una serie de no conformidades en relación a exigencias señaladas tanto en la RCA 032/2008 como en la RCA 075/2011. 9. Mediante Memorándum W 111, de 2 de mayo de 2013, de la Unidad de Instrucción de Procedimientos Sancionatorios, se procedió a designar a doña Leslie Cannoni Mandujano como Fiscal Instructora Titular del presente procedimiento administrativo sancionatorio, y a doña Paloma Infante Mujica como Fiscal

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Instructora Suplente. Finalmente, para conocimiento del titular del proyecto, el Informe de Fiscalización y los actos administrativos de la Superintendencia del Medio Ambiente que se hace alusión en el presente apartado se encuentran disponibles en el siguiente sitio web http://snifa.sma.gob.cl/registropublico/snifahome o en el vínculo SNIFA de la página web http://www.sma.gob.cl/. 11. Hechos. actos u omisiones que se estiman constitutivos de i11fracción 10. Examinados los antecedentes que conforman el presente expediente administrativo, en especial, el acta de inspección ambiental y el Informe de Fiscalización, se constata que ha habido diversos incumplimientos de las normas, condiciones y medidas establecidas en las RCA 032/2008 y RCA 075/2011. 11. En particular, se constatan los siguientes hechos, actos u omisiones que se estiman constitutivos de infracción: A. En relación con la ubicación del centro de engorda e infraestructura asociada. Aproximadamente, un 59 % de la superficie de las balsas jaulas se encuentra situada fuera de la concesión otorgada, y de la ubicación autorizada en la RCA 032/2008 y RCA 075/2011. B. En relación con el manejo de mortandades (incineración y ensilaje). B.1 Los envases utilizados para el depósito temporal de las mortalidades diarias no se encuentran debidamente identificados. B.2 No haber coordinado con SERNAPESCA un protocolo para la disposición de mortalidades masivas y lavado de redes ante contingencias ISAv. B.3 No contar con el permiso ambiental sectorial correspondiente al artículo 93 del Decreto Supremo W95, de 2001, que dispone el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. e En relación con el manejo de residuos. C.1 Se constató que la descarga del efluente tratado, por la planta de tratamiento de aguas servidas, es efectuada en forma directa sobre la superficie del mar. C.2 No contar con el permiso ambiental sectorial correspondiente al artículo 68 del del Decreto Supremo W95, de 2001, que dispone el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. C.3 Los residuos de desinfección (pediluvios) almacenados en la instalación son utilizados para aspersar los botes del centro.

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C.4 El 76% de los residuos sólidos domiciliarios del centro fueron despachados a una bodega de la empresa transportista autorizada (Transporte de Residuos La Reina) debiendo haber sido despachados a sitio autorizado. C.S Se observó que los aceites lubricantes usados y material empetrolado {paños absorbentes), son almacenados en 2 estanques de aproximadamente 170 litros {87 cm de altura y 50 cm de diámetro según mediciones tomadas in situ), advirtiéndose que uno de ellos se encuentra con aproximadamente 2/3 de su capacidad con material empetrolado y el otro con aproximadamente la mitad de su capacidad con aceites lubricantes usados, sin contarse con identificación de su contenido a través de etiquetas u otros medios, ni protección ante incendios. Además, los estanques señalados se encuentran ubicados sobre un pretil en la cubierta del pontón, sin restricciones para su acceso. 111. Fecha de verificación de los hechos, actos u omisiones 12. La verificación de los hechos, actos u omisiones constitutivos de infracción a las Resoluciones de Calificación Ambiental asociadas al proyecto, señalados en las letras A, B y C de la sección anterior, se realizó el día 24 de enero de 2013, fecha en que se efectuó la inspección ambiental. IV. Normas. medidas o condiciones infringidas 13. En relación con las referidas Resoluciones de Calificación Ambiental, RCA 032/2008 y RCA 075/2011, se han constatado infracciones, principalmente, a los siguientes considerandos: Materia Objeto de la formulaciólrt RCA 032/2008 RCA 075/2011 de Cargos Ubicación del 3.1 3.1 centro de Ubicación. El proyecto se ejecutará "El proyecto se ubicará en la engorda e en la Región de Maga flanes y concesión de acuicultura ubicada en infraestructura Antártica Chilena, comuna de la provincia de Ultima Esperanza, asociada Natales, específicamente en el estero comuna de Natales, específicamente Poca Esperanza, sector Islas Wagner en el estero de Poca Esperanza, al A [. .. ] de acuerdo a la carta SHOA noroeste de la Isla Wagner. Las 10600son: coordenadas geográficas, según la Vértice Latitud (S) Longitud carta SHOA 10600, fue otorgada por (W) Resolución {M} Nº073 del A 52°13'53,02 11 12 ·55'53,99 11 10/03/2010 y están dadas por: Coordenadas Geográficas {Oatum (Asimismo, la OlA presentada con SAO 69} fecha 06/07/2007, en su anexo 2 Vértice Latitud {S} Longitud señalan las coordenadas): (W) Coordenadas Geográficas (Oatum A 52°13'47,02 11 72.55'54,00 11 SAO 69} B 52"13'47,01 11 72"55'43,99 11 Vértice Latitud {S} Longitud e 52.13'53,01 11 72"55'43,97" {W} O 52"13'53,02 11 72"55'53,99 11 A 52.13'47,02 11 72"55'54,00 11

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