Sanción SMA

CAROLINA BONOMELLI OLGUIN

Rol D-047-2021#resolucion_acredita_pago
SMA · 2026-06-25 · Región de Valparaíso · Equipamiento · Terminado - Sanción · Multa $ 4,00 UTA

ACREDITA PAGO DE MULTA, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO ROL D-047-2021

RESOLUCIÓN EXENTA N° 1847

Santiago, 25 de junio de 2026

VISTOS:

Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley N° 20.417, que establece la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, “LOSMA”); en la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado (en adelante, “Ley N° 19.880”); en el Decreto con Fuerza de Ley N° 3, de 13 de mayo de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la Planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en el Decreto Exento RA N° 118894/181/2026, de 17 de marzo de 2026, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Orden de Subrogación; en la Resolución Exenta N° 1083, de 10 de abril de 2026, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Fija su Organización Interna; en la Resolución Exenta RA N° 119123/73/2024, de 7 de marzo de 2024, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que nombra Fiscal de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Resolución Exenta N° 876, de 23 de agosto de 2013, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Aprueba Convenio de Cooperación Institucional entre el Servicio de Tesorería y la Superintendencia del Medio Ambiente; en el expediente del procedimiento administrativo sancionatorio Rol D-047-2021; y en la Resolución N° 36, de 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1° Con fecha 19 de noviembre de 2021, mediante la Resolución Exenta N° 2488, de esta Superintendencia (en adelante “Res. Ex. N° 2488/2021” o “resolución sancionatoria”), se resolvió el procedimiento administrativo sancionatorio, Rol D-047-2021, seguido en contra de Carolina Bonomelli Olguín (en adelante, “la titular”), Rut N° 11.735.002-9, aplicando una multa de cuatro unidades tributarias anuales (4 UTA). 2° Con fecha 13 de junio de 2023, mediante la Resolución Exenta N° 1015, de esta Superintendencia (en adelante “Res. Ex. N° 1015/2023”), se resolvió rechazar el recurso de reposición interpuesto por la titular en contra de la resolución sancionatoria, manteniendo la multa impuesta. 3° Con fecha 16 de agosto de 2023, la Res. Ex. N° 1015/2023 fue notificada a la titular, según consta en el expediente del procedimiento. 4° En virtud del artículo 5 de la Ley N° 18.575 - que consagra el principio de coordinación de los órganos de la Administración del Estado, y el artículo 7 de la Ley N° 19.880 -que consagra el principio de celeridad del procedimiento administrativo-, la Tesorería General de la República (en adelante, “TGR”) informó a la SMA, el RVCF

estado de las multas ingresadas al Sistema de Cargo Previo impuestas por este servicio, dentro del periodo, y los casos en que se registró su pago. 5° Entre el registro de multas pagadas que informó la TGR, se encuentra el realizado por la titular por $3.372.426 (tres millones trescientos setenta y dos mil cuatrocientos veintiséis pesos), correspondiente al total de la multa impuesta por la Res. Ex. N° 2488/2021. 6° En virtud de todo lo anteriormente expuesto, se procede a resolver lo siguiente. RESUELVO:

PRIMERO: Téngase por acreditado el pago de la multa aplicada por la Res. Ex. N° 2488/2021, y confirmada por la Res. Ex. N° 1015/2023, ambas de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando lo expuesto en la presente resolución. ANÓTESE, NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE

CLAUDIA PASTORE HERRERA SUPERINTENDENTA DEL MEDIO AMBIENTE (S)

BRS/RCF/OLF

Notifíquese por carta certificada:

Carolina Bonomelli Olguín;

Denunciante ID 10-V-2018.

C.C.:

Fiscalía, Superintendencia del Medio Ambiente.

División de Sanción y Cumplimiento, Superintendencia del Medio Ambiente.

División de Fiscalización, Superintendencia del Medio Ambiente.

Oficina Regional de Valparaíso, Superintendencia del Medio Ambiente.

Oficina de Partes, Superintendencia del Medio Ambiente.

Rol D-047-2021 Expediente Cero Papel N° 29.041/2021. RVCF Firmado por: Claudia Teresa Pastore Herrera Superintendenta (s) Fecha: 25-06-2026 18:28 CLT Superintendencia del Medio Ambiente