CRILLON S.A.
Ii 1,,,_ s m A , ,s,,,Temriendt , on,Akn c n ibia,nte 1 Gobierno de (lile -"111\ Gobierno de Chile • ACREDITA PAGO DE MULTA, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO ROL D-006-2022 RESOLUCIÓN EXENTA N° 2249 Santiago, 3 de agosto de 2026 VISTOS: Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley N° 20.417, que establece la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, "LOSMA"); en la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado (en adelante, "Ley N° 19.880"); en el Decreto con Fuerza de Ley N° 3, de 13 de mayo de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la Planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en el Decreto Exento RA N° 118894/181/2026, de 17 de marzo de 2026, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Orden de Subrogación; en la Resolución Exenta N° 1083, de 10 de abril de 2026, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Fija su Organización Interna; en la Resolución Exenta RA N° 119123/73/2024, de 7 de marzo de 2024, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que nombra Fiscal de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Resolución Exenta N° 876, de 23 de agosto de 2013, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Aprueba Convenio de Cooperación Institucional entre el Servicio de Tesorería y la Superintendencia del Medio Ambiente; en el expediente del procedimiento administrativo sancionatorio Rol D-006-2022; y en la Resolución N° 36, de 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1° Con fecha 9 de enero de 2026, mediante la Resolución Exenta N° 40, de esta Superintendencia (en adelante "Res. Ex. N° 40/2026" o "resolución sancionatoria"), se resolvió el procedimiento administrativo sancionatorio, Rol D-006-2022, seguido en contra de Crillón S.A. (en adelante, "la titular"), Rut N° 99.592.200-2, aplicando una multa de doscientos noventa y siete coma siete unidades tributarias anuales (297,7 UTA). 2° Con fecha 22 de enero de 2026, la resolución sancionatoria, fue notificada a la titular, según consta en el registro disponible en el expediente del procedimiento. 3° Consta en el expediente del procedimiento administrativo Rol D-006-2022 que, Juan Correa Amunátegui, en representación de la titular con fecha 12 de mayo de 2026, presentó un escrito solicitando tener por acreditado el pago de la respectiva multa y el archivo de la causa. Al efecto, el titular acompañó comprobante de transacción de Folio 1769176052, con fecha de pago 28 de enero de 2026. 4° En virtud de la documentación aportada por el titular se desprende que, con fecha 28 de enero de 2026, realizó el pago de la suma total de
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slosIDENCIA DEL CLAUDIA • R HE SUPERINTENDENTA DEL ED O A ERINTENDENTA 'TEM a/RNo DEC‘»\°- BRS/RCF/ISR Notifíquese por correo electrónico: - Crillón S.A. Gobierno de Chile SMA 1 Superintendencia del Medio Ambiente CoHeroodeChile $186.883.854 (ciento ochenta y seis millones ochocientos ochenta y tres mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos), correspondiente a la sanción impuesta por la resolución sancionatoria considerando el descuento del 25% al que se refiere el inciso tercero del artículo 56 de la LOSMA, por haberse realizado dentro del quinto día hábil desde la notificación de la resolución referida. 5° En cuanto a la solicitud de archivo de la causa, cabe mencionar que dicha actuación resulta improcedente en los términos solicitados, dado que ley N°19.880, aplicable supletoriamente a lo no previsto en la LOSMA, establece el archivo del procedimiento en su artículo 43, a propósito de procedimientos iniciados a solicitud de parte en que se constate el abandono del procedimiento. Tal supuesto no es aplicable en ninguno de los estados de un procedimiento sancionatorio. 6° En virtud de todo lo anteriormente expuesto, se procede a resolver lo siguiente. RESUELVO: PRIMERO: Ténganse por acreditado el pago de la multa aplicada por la Resolución Exenta N° 40/2026, de fecha 9 de enero de 2026, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando lo expuesto en la presente resolución. SEGUNDO: Tener por acompañados los documentos presentados por la titular en su presentación de fecha 12 de mayo de 2026, singularizados en el considerando tercero de la presente resolución. TERCERO: Rechácese solicitud de archivo de los antecedentes por los motivos indicados en el considerando 5° de la presente resolución. ANÓTESE, NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE Notificación por carta certificada: - Denunciante ID 326-XIII-2018
Gobierno de Chile
C.C.:
Fiscalía, Superintendencia del Medio Ambiente.
División de Sanción y Cumplimiento, Superintendencia del Medio Ambiente.
División de Fiscalización, Superintendencia del Medio Ambiente.
Oficina Regional Metropolitana, Superintendencia del Medio Ambiente.
Oficina de Partes, Superintendencia del Medio Ambiente. Rol D-006-2022 Expediente Cero Papel N° 9376/2026
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