Evaluación SEA

Construcción Bodega de productos inflamables - Laboratorio Recalcine

Rol 8374361
SEA · DIA · Aprobado · 2013-07-24 · Región Metropolitana de Santiago · Laboratorios Lafi Ltda.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine”.

Resolución Exenta N* 411/2014

Santiago, 15 de julio de 2014

VISTOS:

1.

Lo dispuesto en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el D.S. N 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en el Decreto Supremo N 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N 69, de fecha 24 de Abril de 2014, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine”, presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por Laboratorios Lafi Ltda., con fecha 24 de julio de 2013.

Las observaciones y pronunciamientos de los Organos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Respecto a la DIA

+. Oficio N*1196 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, de fecha 08/08/2013;

  • Oficio N"SSRM RMS N? 159/2013 (sea - seia - dia), de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM, de fecha 14/08/2013;

  • Oficio N'SRM RMS N? 129/2013 (sea -seia -dia) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM, de fecha 14/08/2013;

  • Oficio N*540, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 14/08/2013;

  • Oficio N*%1053 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 16/08/2013;

e Oficio N*1135 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas RM, de fecha 16/08/2013;

+. Oficio N%6295 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 19/08/2013;

  • Oficio N*862 del Gobierno Regional, Región Metropolitana, de fecha 20/08/2013;

  • Oficio N*3832 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, de fecha 22/08/2013;

  • Oficio N%5787 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, de fecha 23/08/2013;

e Oficio N*2941 del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 23/08/2013;

Respecto a la Adenda 1.

  • Oficio N*901 del Gobierno Regional, Región Metropolitana, de fecha 22/11/2013;

  • Oficio N1684 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas RM, de fecha 26/11/2013; Oficio N%Ord. SRM RMS N 191/2013 (sea -seia - adenda) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM, de fecha 27/11/2013;

e Oficio N*833 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 27/11/2013;

e Oficio N*%1737 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, de fecha 28/11/2013;

e Oficio N*1652 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 28/11/2013;

e Oficio N*8744 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , de fecha 02/12/2013;

e Oficio N*%5519 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, de fecha 03/12/2013;

e Oficio N*8397 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, de fecha 05/12/2013

Respecto a la Adenda 2.

e Oficio N*185 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, de fecha 07/02/2014;

  • Oficio N*562 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, de fecha 10/02/2014;

e Oficio N*186 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 11/02/2014;

e Oficio N"SSRM RMS 038/2014(sea-seia-adenda) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, de fecha 11/02/2014;

e Oficio N*1474 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , de fecha 13/02/2014;

Respecto a la Adenda 3.

e Oficio N%649, de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 23/06/2014;

e Oficio N%W3942 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 26/06/2014;

El Acta de Comité Técnico de Evaluación, de fecha 08 de julio de 2014.

El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine”.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine”.

El acuerdo de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 15 de julio de 2014.

CONSIDERANDO:

l.

Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine”.

Que, el derecho de Laboratorios Lafi Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Anexos, las Adendas y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de esta resolución, el proyecto consiste en la instalación de una bodega para almacenar productos inflamables que cumpla con las exigencias planteadas en el D.S. N*78/2009 del Minsal.

Los productos almacenados serán utilizados como materias primas por la empresa. Las dimensiones de la bodega serán de 22,2 m x 14,7 m, contará con contenedor de derrames y tendrá una distancia al límite predial de 5 m.

3.1. Tipología.

El proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine” de acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (DS 95/2001 MINSEGPRES), debe ingresar al SEIA según lo indicado en el literal ñ) en que se indica que “Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son habituales cuando se trate de:

ñ.1. Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a doscientos kilogramos mensuales (200 kg/mes), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en la Clase 6.1 de la NCh 382.0f89...

ñ.4. Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000 kg/día), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en las Clases 3 y 4 de la NCh 2120/0f89.”

El proyecto contempla la implementación de una bodega de sustancias peligrosas, de una capacidad máxima 20 ton., en la cual se almacenarán sustancias inflamables Clase 3 y 4.2, sustancias corrosivas clase 8, y sustancias clase 6.1.

3.2. Localización.

El proyecto se ubica en Av. Carrascal N* 5670, Comuna de Quinta Normal, Provincia del Santiago, Región Metropolitana

Las coordenadas de ubicación geográfica de la planta, son las siguientes:

Tabla 1. Coordenada ubicación bodega

Punto UTM Datum WGS 84

Bodega 19 H 341321.13 m E- 6300742.32 m S

3.3. Justificación de la localización.

El sector en el que se emplaza de acuerdo al plan regulador comunal es ZIEAM (Zona Industrial Exclusiva Existentes con Actividades Molestas) para Industria, almacenamiento y actividades de servicio de impacto similar al industrial molesta e inofensiva. Se adjunta certificado informaciones

previas de la Municipalidad de Quinta Normal, N* 4327, de fecha 09/05/2013 (Anexo I1-6 de la DIA).

3.4. Superficie asociada al proyecto.

El terreno consta de una superficie total de 35.000 m?, de los cuales 13.000 m? están ocupados por la planta productiva y 326 m? es la superficie que ocupará la Bodega de Almacenamiento de sustancias peligrosas proyectada.

3.5. Accesos.

El acceso a la bodega de productos inflamables se realizará por la dirección principal de la planta, Av. Carrascal 5670 y los dos accesos de calle Profesor Fuentes Maturana.

3.6. Cronograma de actividades.

La implementación de las diferentes fases del proyecto se presenta a continuación:

Tabla 2. Cronograma.

Fase Duración (Meses) Construcción 4 meses Operación Indefinida

3.7. Vida útil del proyecto.

La vida útil de las instalaciones se estima en indefinida.

3.8. Mano de Obra.

La mano de obra estimada tanto para la construcción como para la operación, corresponderá a la

indicada en la siguiente tabla.

Tabla 3. Mano de Obra

Fase Cantidad

Promedio Máxima Construcción 6 personas 8 Operación 1 personas 2

3.9. Descripción proceso productivo actual de la Planta

La operación de la planta se resume en el punto 2.3 de la DIA y se reproduce en la tabla a

continuación.

Tabla 4. Proceso productivo

Paso Operacional

Descripción

Proceso de recepción

Recepción de materias primas, insumos y/o productos terminados

Las materias primas, insumos y fármacos importados son recepcionados e inspeccionados bajo los estándares establecidos por CFR.

Las materias primas e insumos son almacenados en bodegas especialmente acondicionadas.

Los fármacos importados son acondicionados y/o almacenados como productos terminados una vez que han sido inspeccionados.

Proceso de fabricación

Recepción temporal de materias primas € insumos

Para la fabricación de los productos terminados se recepcionan las materias primas e insumos, que son almacenadas temporalmente en bodegas acondicionadas para el proceso; en esta parte se muestrea cada materia prima.

Fraccionamiento

Previo a la fabricación, las materias primas e insumos son pesados y dosificados de acuerdo a los requerimientos del fármaco a elaborar. Asegurando la dosificación exacta para cada tipo de producto a elaborar.

Formación de emulsión

Este proceso es exclusivo para la elaboración de emulsiones y cremas, donde se unen las materias primas e insumos sólidos con los que no lo son, generando un producto semi-sólido.

Granulado

Una vez que las materias primas e insumos han sido fraccionadas, pasan al proceso de granulado donde son mezclados entre sí para formar una mezcla homogénea.

Secado

En este proceso se extrae la humedad existente en los productos, por medio de hornos.

Las temperaturas se establecen de acuerdo al porcentaje de humedad exigido para cada tipo de medicamento a elaborar.

Tamizado

El producto es filtrado por medio de mallas que poseen el diámetro de separación acorde al diámetro requerido por las especificaciones de

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Paso Operacional

Descripción

los fármacos a elaborar. De esta forma se asegura que el producto quede con características de polvo y permita una adecuada manipulación.

Mezcla u Homogenización

Los productos en polvo ya tamizados son mezclados nuevamente con el objeto de homogeneizarlos en su totalidad.

Este proceso de homogenización también aplica para los productos líquidos e inyectables, emulsiones y cremas.

Tableteado Los productos en polvo son compactados por medio de altas presiones para conformar las tabletas.

Laqueado Una vez que han sido elaboradas las tabletas, se

les agrega un recubrimiento coloreado que evita el contacto directo de los compuestos activos de los fármacos.

Encapsulado

En el caso de los fármacos en cápsulas, una vez que los procesos en polvo han pasado el proceso de mezcla son encapsulados por maquinarias y equipos de alta precisión.

Proceso de envasado

Envasado de gotas, gel y jarabes

Los productos líquidos son envasados en empaques primarios que varían dependiendo del tipo de fármaco. Como por ejemplo en envases de vidrio para los jarabes y gotas, saches para las hormonas en estado gel.

Envasado de supositorios

Los supositorios pasan por un proceso de enfriamiento y posteriormente al envasado del producto por medio de una maquina selladora y cortadora del envase primario.

Envasado de cremas y emulsiones

Las cremas y emulsiones son vertidas en envases acondicionados para mantener sus propiedades como fármaco. Este proceso es realizado por medio de maquinarias y equipos mecanizados que permiten la inocuidad de la operación.

Envasado de recubiertos (blister)

Personal especializado supervisa el envasado de cada tipo de fármaco. Esta operación al igual que las cremas y emulsiones, es realizada por maquinarias y equipos mecanizados, que por medio del sellado y posterior corte, elabora las tiras de recubiertos.

Revisión óptica

Personal especializado revisa cada uno de los productos, verificando su correcto envasado. Los productos rechazados son reprocesados a excepción de los productos que hayan podido ser alterados, los cuales son destinados para destrucción.

Area empaque secundario

Esta área está destinada para empacar los fármacos en las presentaciones que serán despachadas a los clientes.

Proceso de Etiquetado

Area impresión HAPPA (presión)

Los envases para productos terminados, son impresos con sus respectivas fechas de vencimiento bajo un sistema de presión. Este proceso es realizado a los productos terminados que tienen como requisito o especificaciones de mercado o normativos, la ausencia de tintas.

Area impresión video jet (tinta)

En el caso de los productos terminados que pueden contener residuos de tinta en la impresión de sus fechas de vencimiento en sus

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Paso Operacional

Descripción

respectivos empaques. Se utiliza el método de impresión con tinta.

Area impresión aluminios (tinta)

Las láminas de aluminio para envasar comprimidos recubiertos (envase primario), son impresos por medio de maquinarias especializadas. Que adhieren la tinta sin dañar el producto.

Bodega temporal de productos terminados

Una vez que los productos terminados han sido empacados e impresos en sus envases, con la información correspondiente, son almacenados en bodegas acondicionadas para ello, hasta el proceso de despacho a los clientes.

Es importante destacar que los productos terminados son almacenados de acuerdo a un sistema FEFO que asegura que los productos que primero vencen serán despachados como prioridad.

Proceso de Logística y Despacho

Recepción productos terminados

Luego de pasar por el proceso de empaque, los productos terminados son recepcionados en el área de logística y despacho. Donde son inspeccionados verificando que cumplan los requisitos y estándares establecidos por la empresa y de cumplimiento legal vigente. En esta área son recepcionados tanto los productos terminados elaborados en la planta CFR como los que son importados.

Bodega de almacenamiento de terminados

productos

Los productos terminados una vez recepcionados son almacenados en bodegas acondicionadas para su uso y bajo el sistema FEFO.

Es importante dejar en claro que la totalidad de los productos terminados son almacenados dependiendo de su compatibilidad y diferenciados por sus características, como por ejemplo los productos veterinarios se encuentran almacenados en bodegas especiales y únicas para ello.

Despacho de productos terminados

El despacho de los productos terminados se realiza por medio de un sistema computacional que selecciona los productos de acuerdo al sistema FEFO mencionado con anterioridad. Además, por medio de este sistema se coordina el despacho y logística de la entrega de los productos a los clientes de acuerdo a las órdenes de pedido realizadas por ellos. Los destinos son el mercado nacional, exportaciones y la distribución para promociones (muestras médicas y literatura de promoción de productos).

Devolución o canje de productos

La devolución o canje de productos se produce bajo dos circunstancias: por incumplimiento de algún requisito establecido y pactado entre el cliente y la planta CFR, o por vencimiento del producto.

Por instrucción del Laboratorio CFR se realiza la recepción de todos los productos que se encuentran cercanos a la fecha de vencimiento y por supuesto los que ya están vencidos. Estos productos son canjeados por otros que poseen fecha de vencimiento posterior.

Los productos recepcionados tanto por canje o devolución son manejados en forma aislada de

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Paso Operacional

Descripción

los demás productos, con el fin de evitar algún tipo de contaminación cruzada. Estos productos son revisados por el área de control de calidad quienes los destinan a su destrucción y almacenados temporalmente en un lugar acondicionado y aislado para ello.

Los procesos de apoyo asociados al proceso de producción de la planta, se indican en la siguiente tabla, de acuerdo a lo señalado por el titular en el punto 2.3 de la DIA.

Tabla 5. Procesos de apoyo.

Paso Operacional

Descripción

Area control de calidad materias prima, insumos

Personal calificado de esta área tiene a cargo la revisión y análisis de materias primas e insumos que serán utilizados para la fabricación de medicamentos. Los análisis de laboratorio realizados tienen por objeto garantizar que las materias primas e insumos cumplen las características establecidas y normadas para la elaboración de fármacos.

Área control de calidad proceso fabricación

En el proceso de fabricación también se realizan análisis de laboratorios, los cuales se efectúan a los productos en elaboración y los que se encuentran listos para ser empacados.

El objetivo de los análisis de laboratorio es garantizar que los medicamentos contienen la concentración y dosificación establecida para cada fármaco elaborado.

Bodega de material de embalaje

Esta área recibe y almacena la totalidad de los materiales de envase y empaque que son utilizados en el proceso de fabricación.

Area desarrollo de productos

Esta área tiene por tarea el diseño de nuevos proyectos, es decir, desarrollo de nuevos fármacos y adaptaciones de los ya existentes. Por medio de modelos a escala, desarrollan nuevos productos en laboratorios acondicionados para dichos ensayos.

Las solicitudes de desarrollo de nuevos productos está condicionada a la solicitud del Departamento Comercial de la planta CFR.

Area estudios de estabilidad

Durante el proceso de fabricación, personal calificado del área de control de calidad toma muestras de los distintos elementos utilizados en el proceso mencionado y de los fármacos ya elaborados para analizar las características de su contenido.

El objetivo de estos análisis es establecer el tiempo de efectividad de los fármacos, con el posterior resultado de establecer su fecha de vencimiento correspondiente.

Area microbiología

Esta área realiza los análisis microbiológicos a las materias primas y productos terminados (inyectables, jarabes, comprimidos y cápsulas, entre otros), para garantizar que los productos cumplan las características microbiológicas establecidas.

El agua de procesos también es analizada para verificar la ausencia de patógenos y de esta forma garantizar la calidad e inocuidad de los fármacos elaborados con este insumo.

Area elaboración de agua purificada

Esta área tiene a cargo la elaboración del agua purificada tanto para el proceso de calderas como para la fabricación de fármacos. |

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Paso Operacional Descripción

Area mantención de equipos y maquinarias Apoyo a la totalidad de las maquinarias y equipos utilizados en la planta, realizando la mantención preventiva y correctiva necesaria para garantizar el correcto desempeño en sus funciones de este equipamiento.

Area acopio para destrucción (mantención) En el área de mantenimiento se ha establecido un área claramente delimitada para el acopio temporal de los residuos que son destinados para su posterior destrucción por una empresa autorizada.

Area calderas En esta área operan las calderas de generación de agua caliente para consumo humano y otra para el uso en las etapas de proceso.

Area informática Esta área da apoyo a todas las áreas que poseen algún tipo de tecnología, ya que realiza la mantención de los equipos computacionales y recepción de los residuos asociados a estos equipos como cartuchos de impresoras, equipos en mal estado.

Oficinas (general planta) Area de trabajo para el personal de la planta.

Limpieza general Personal capacitado se encuentra a cargo de la limpieza de maquinarias, equipos e instalaciones. Es encargado de mantener limpios los lugares de trabajo, diferenciando el tipo de limpieza por los requerimientos de cada zona.

Casino y baños Instalaciones de servicios habilitadas para el personal que trabaja en la planta.

Los servicios y suministros con que cuenta la planta productiva son lo que se presentan en la siguiente tabla, de acuerdo a lo señalado por el titular en el punto 2.3 de la DIA.

Tabla 6. Suministros y servicios.

Tipo de Suministro Descripción Energía Eléctrica El suministro de energía eléctrica lo realiza la empresa Chilectra. Se adjunta en la DIA copia de factura de cobro. Agua Potable El suministro de agua potable lo realiza la empresa sanitaria Aguas Andinas. Se adjunta en la DIA copia de factura de cobro. Generación de Vapor El vapor usado en planta se genera a partir de una caldera a gas IN-

2135., en las instalaciones de RECALCINE existen otras 8 calderas de menor envergadura denominadas calienta agua (números de inscripción 1721; 4450; 4632; 4633; 4881; 4882; 4900 y 4901). El horario de funcionamiento es de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 hrs. y alimentan los procesos de fabricación de líquidos y cremas. Se adjuntan en anexo N%2 de la DIA permisos y mediciones de emisiones realizadas.

Combustible Petróleo diésel N%2, la capacidad del estanque es de 8000 L.

Gas Se cuenta con 2 estanques de 4.000 L cada uno que abastecen la planta de transferencia (gas licuado a gas natural) para la planta edificio Pharmafuturo más 2 estanques de 4.000 L cada uno que abastecen el edificio administrativo.

Generadores eléctricos Todos los generadores son utilizados como respaldo y/o emergencia. Se adjunta en anexo N2 de la DIA certificados e informes de mediciones atmosféricas.

3.10. Fase de construcción.

La fase de construcción de la bodega de sustancias peligrosas, en su primera etapa, corresponde al escarpe del terreno superficial de 20 cms para limpiar el terreno, posteriormente se realizan las excavaciones de fundaciones. En esta etapa y en la anterior, se lleva a botadero el material sobrante (tierra). Además, en esta etapa se instala el estanque que recibe los los posibles derrames de producto. Luego se hacen los sobre cimientos. En estas etapas existe un movimiento de camiones para el traslado de los materiales a obra, lo que se estima en unos 4 viajes de camiones con

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materiales. Posteriormente, se efectúan los muros de albañilería, pilares y vigas de hormigón. Posteriormente se realizan los radieres, y el techo (estructura y cubierta). Estos también consideran fierros, mallas y transporte de materiales. En el punto de las fundaciones y radieres, se hacen con hormigón de fábrica.

Una vez terminados los muros y techos, se ejecutará el revestimiento exterior e interior. Se realiza el tabique interior separador de hormigón celular, se pinta el exterior e interior y se efectúan las instalaciones (electricidad, detección de incendio). En la etapa de radieres, se considera la ejecución de los sumideros de los derrames. Por último, se realiza la extensión de la red húmeda para dejarla a un costado del galpón.

3.8.1 Especificaciones Técnicas Bodega de sustancias peligrosas.

3.8.1.1 Generalidades:

El proyecto corresponde a una bodega de productos inflamables de 362 m? emplazada en los terrenos del laboratorio Recalcine, en la comuna de Quinta Normal. Estas especificaciones tendrán como objeto definir las soluciones, procedimientos y materiales que se emplearan en la construcción del galpón.

3.8.1.2 Instalación de Faenas:

Estas se ejecutaran de acuerdo a los requerimientos de la obra, contemplándose para dicha faena Bodega y baños para personal de la obra, provistos por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria. Estas tendrán carácter provisorio y permanecerán en la obra hasta su término, siendo retiradas de ella una vez concluida esta.

3.8.1.3 Excavaciones y Movimientos de Tierras:

Previo a las excavaciones se efectuará un retiro de al menos 20 cm de la capa vegetal o cualquier otro producto que se encuentre en la zona quedando el área a edificar libre de malezas y escombros.

3.8.1.4 Rellenos Compactados:

El excedente de las excavaciones que no sea tierra vegetal, se podrá utilizar como relleno en la preparación de la sub-base, el material faltante se efectuara en base a estabilizado de planta, el cual no podrá tener material que exceda las 2,5 Pulgadas. El método de compactación se efectuara por medios mecánicos el cual se efectuara aplicando capas de un máximo de 15 cms. de estabilizado y agua necesaria para su compactación, al término de esta faena se aplicara una capa de ripio de 10 em. para dar lugar a los diferentes pavimentos.

3.8.1.5 Radieres:

Estos deberán quedar perfectamente a nivel, su espesor no podrá ser inferior a 10 cms. y se reforzara con una malla de tipo Acma. El tipo de hormigón a emplear será de 170 Kg/m'. Este se efectuara en toda la zona.

3.8.1.6 Hormigones:

Todos los hormigones involucrados en las partidas de fundaciones, sobre cimientos, pilares y vigas se ejecutaran según lo señalado en los planos de Ingeniería, se respetaran a cabalidad sus dosificaciones, medidas y cantidades para cada partida. Una vez efectuados se regaran por un periodo de diez días con abundante agua, los hormigones del tipo armado se vibrara por medios mecánicos, no permitiéndose nidos. Su preparación será en obra para lo cual se empleara una betonera, los áridos a emplear tendrán que estar libres de tierra y elementos orgánicos.

3.8.1.7 Moldajes y Enfierraduras:

Estos se ejecutarán de acuerdo a planos de Ingeniería. Las enfierraduras serán del grosor, tipo y especificación de ingeniería bajo la norma Chilena. En el caso de los moldajes, se ejecutaran en pino dimensionado, el cual deberá quedar perfectamente derecho y a nivel para evitar la deformación de los diferentes elementos de hormigón, el contratista deberá proveer todos los elementos de amarre y aplicar una mano de desmoldante para la reutilización de los moldajes, el retiro de los moldajes se regirá de acuerdo a las normas para los diferentes elementos a hormigonar.

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3.8.1.8 Albañilería:

Se ejecutarán de acuerdo a planos de Ingeniería, se reforzarán con escalerillas tipo Acma cada 4 corridas. Se usara ladrillo tipo fiscal.

Se contempla además un muro de albañilería en hormigón celular en 5 mts de altura, 3.8.1.9 Estucos:

a) Estucos interiores: Se ejecutarán en base a mezcla de 1:4 de cemento y arena, estos irán a grano perdido para recibir pasta de terminación. No se permitirán sobrecargas de estuco superiores a 2,5 cm., en caso contrario deberá rectificarse el elemento a estucar.

b) Estucos exteriores: Se ejecutarán en base a mezcla de 1: 4 de cemento y arena, se ejecutará un estuco a grano perdido para recibir pintura como terminación, este se ejecutara en 2,5 cm., como máximo de sobrecarga.

3.8.1.10 Estructura de Techumbre:

a) Pórticos Tubest: Estos se regirán a lo señalado en los planos de Ingeniería la cual estará conformada principalmente por pórticos 550x200x3x4 o según especificaciones de plano. Se contemplan vigas de amarre superior 150x150x2, ángulos de refuerzo entre cerchas 100x100x4. Todos los pernos y tuercas utilizadas van de acuerdo a planos de ingeniería.

b) Cubierta: Se realizará mediante costaneras de 150x50x15x2, colgadores 30x30x2. Además se consideran fierro redondo como tensor para agujas de 16 mm. Se considerará planchas tipo PV4 para la cubierta superior, con cumbrera zinc alum.

c) Hojalatería: Se ejecutara en planchas de acero galvanizado de 0,5 mm., en las zonas de lima ollas, forros de atraque y sus medidas corresponderán a los mínimos establecidos para evitar filtraciones. Además se consideran bajadas de pve de 110 mm pintadas para las aguas lluvias.

3.8.1.11 Terminaciones: Considera pintura en muros, pisos para determinar sectores o zonas.

a) Revestimiento De Pisos: Se considera hormigón pulido en piso de galpón con una pequeña inclinación para el escurrimiento de los líquidos. Esta ira con helicóptero.

b) Estucos de muros: En todo el galpón se consideran estucos interiores y exteriores.

ce) Pintura de muros: Se consideran pinturas intumescentes y anticorrosivas en estructura metálica. Además se considera pintura latex color a definir.

3.8.1.12Puertas Y Portones:

a) Portón acceso principal: Será metálica según proyecto. b) Puerta interior de seguridad: Será metálica con chapa de apertura inmediata,

3.8.1.13 Instalaciones:

a) Alcantarillado: Considera una cámara recolectora de residuos una rejilla recolectora y un pretil para los derrames.

b) Agua potable: Se contempla la extensión de la matriz de agua en 6”. Contempla la colocación de ducha portátil existente para duchas de limpieza.

ce) Instalaciones Eléctricas: Estas se ceñirán en lo estrictamente especificado en los planos, se consideran centros de alumbrado y enchufes.

d) Extracción forzada: Se consideran según proyecto de especialidad.

e) Detección de incendio: Se consideran según proyecto de especialidad

3.8.2 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de construcción son:

3.8.2.1 Emisiones Atmosféricas.

En esta fase del proyecto, las emisiones atmosféricas corresponderán principalmente a material particulado y gases de combustión de motores, generados de manera indirecta y directa por la ejecución de la actividad.

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En la tabla siguiente se indican las emisiones de la fase de construcción del proyecto.

Tabla 7. Emisiones fase de construcción.

Contaminantes emitidos CO (ton/año) HC (ton/año) NOx (ton/año) | MP10 (ton/año) TOTAL EMISIONES 0.19 0,09 0.74 0,07 Límite norma de emisión --- e 8 2,5

3.8.2.2 Residuos Sólidos.

En esta fase, los residuos que se generan corresponden a escombros, chatarras, perfiles metálicos, algo de cartón y residuos domiciliarios provenientes de la actividad de trabajadores en el lugar. Los escombros serán dispuestos en botaderos autorizados y el resto de los residuos generados serán dispuestos de acuerdo al plan de manejo de residuos con que cuenta Recalcine, adjunto en el Anexo [1-14 de la DIA.

Tabla 8. Listado residuos industriales no peligrosos generados en la fase de construcción.

Tipo de residuo Cantidad o Volumen | Tipo de | Disposición generado contención Escombros 100 m3 A piso Lado faena Fierros y chatarras 100 kg Pallet Lado instalación faenas Residuos inertes 8 m3 Pallet Lado instalación faenas

3.8.2.3 Residuos líquidos No hay generación de RILES, el agua utilizada corresponde a riego de superficies para evitar levantamiento de polvo y agua que eventualmente se use para preparar mezcla de cemento. El agua que se utilizará para éstas faenas, provendrá de la red de agua potable. El hormigón no será preparado en el lugar, llega por medio de camiones botonera.

3.11. Fase de operación.

Las actividades que se realizarán en este proyecto cuando entre en operación corresponderán a procesos logísticos de entrada y almacenamiento de sustancias peligrosas en la bodega.

3.9.1 Almacenamiento de las sustancias.

A continuación se señala las cantidades máximas a almacenar y la forma física en que se encuentran considerando la máxima capacidad de almacenamiento proyectada:

Tabla 9. Sustancias a almacenar.

MATERIA REQUERIMIENTO FORMATO CLASE DE | FORMA PRIMA MÁX. ENVASE RIESGO FÍSICA

L UNID. NCh 382 Of

2004

Acetato de | 30 2 tambor de 16,3 | 3 líquido Etilo l Alcohol 10000 50 tambor 200 1 3 líquido Isopropilico Bronopol bp s0 2 tacho de 25 kg | 6.1 sólido Opaspray 230 9 bidón de 25 1 3 sólido Carbón 120 4 saco de 30 kg 4.2 sólido activado Formalina 400 2 tambor 200 | 8 líquido Tinta 200 12 tarro de 17 kg 3 sólido Cloruro de | 1000 5 tambor 200 1 6.1 líquido metileno Cloroformo 400 2 tambor 200 | 6.1 líquido Cloruro de | 100 1 botella de 2,51 | 8 líquido Tionilo Ácido 300 1 bidón de 50kg | 8 Sólido clorhídrico Soda caustica | 200 l tambor 200 1 8 líquido escama Solución 800 32 bidón de 25 kg | 8 líquido amoniacal al 25

11

MATERIA REQUERIMIENTO FORMATO CLASE DE | FORMA PRIMA MÁX. ENVASE RIESGO FÍSICA L UNID. NCh 382 Of 2004

%

Vaselina 5000 25 tambor de 2001 | np líquido

liquida

Acetona 200 1 tambor de 2001 | 3 líquido

Trietilamina 120 3 tambor de 40|3;8 sólido kg

Norfolinoetanol | 180 1 tambor de 180 | 3;8 líquido kg

Tolueno 200 1 tambor 3 líquido metálico

3.9.2 Flujo vehicular.

El movimiento de entrada y salida de vehículo, además de las rutas preferentes asociada a la fase de operación, se indican en la siguiente tabla:

Tabla 10. Movimiento vehicular, en fase de operación.

Fase Actividad Número Tipo de | Frecuencia | Frecuencia | Rutas Preferentes de camiones diaria de | semanal de camiones Camiones Camiones Operación Insumos 119 Camionetas | 19 64 Saliendo por menores carrascal hacia

General velazques tanto hacia el norte

y al sur

servicios 64 Camiones 3,2 16 Saliendo por Generales 3/4 Profesor Fuentes

Maturana, Producto 101 Camiones 49 244 saliendo por Terminado 3/4 y Profesor Fuentes y Materias camiones Maturana, Prima más rampa

Total 284 71,2 324

Operación

Las estimaciones indicadas en la tabla anterior, corresponde al flujo asociado a la operación de la planta y la bodega de sustancias peligrosas proyectada.

3.9.3 Características de la bodega.

3.9.3.1 Requerimientos generales

A continuación se indican los requerimientos que cumplirá la bodega de sustancias químicas.

La bodega será cerrada en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con techo liviano, y piso sólido resistente estructural y químicamente, liso, lavable e impermeable y no poroso.

3.9.3.2 Ventilación

De acuerdo al cálculo de sistema de ventilación la bodega para dar cumplimiento a la renovación de aire exigida por D.S. N* 78 equivalente a 12 Renovaciones/hora, se deberá contar:

a) La superficie de aberturas resultantes es de 11,64 m? para la bodega, requiriendo pequeñas aberturas en la parte inferior y superior de los muros. Dichas aberturas deberán tener rejilla o disponer de celosías construidas de forma que deriven el aire hacia arriba. Se recomienda la incorporación 4 celosías en las fachadas expuestas al viento y contra frente en tamaño min de 0.8 m x 4 m. Por otra parte se debe considerar que, la superficie que ocupen las aberturas en un muro, no podrá exceder del 5% de la superficie de éste.

b) Adicionalmente contará con 6 extractores eólicos, de 600 mm de diámetro, con una capacidad del ventilador de 5.600 m*/hora.

12

3.9.3.3 Contención de derrames.

Considera un piso con pendiente > 0,5% que permita el escurrimiento del derrame a través de canaletas conectadas a una cámara de contención impermeable con capacidad mínima de 1,1 m.

3.9.3.4 Condiciones de Seguridad. Las bodegas de sustanc:as peligrosas contará con:

a) Rótulos externos e internos que indique riesgos de las sustancias a almacenar. Los externos serán ubicados en el acceso y costados, deberán ser de tamaño tal que sean visibles a 10 m.

b) Tres letreros que indique “No fumar” en el acceso principal de la bodega y otro al interior de la misma, dispuestos en lugares fácilmente visibles. Además, se debe indicar no encender fuego

e) Sistema de detección automático de incendios acorde a NFPA 72,

d) Extintores con potencial de extinción mínimo 40B de acuerdo a memoria de cálculo.

e) Duchas lavaojos a menos de 10 metros de puesta de carga y descarga.

3.9.3.5 Medios Contra Incendios. La red de incendios para el área de trabajo y bodegas estará formada por los siguientes elementos:

a) Red Seca y red húmeda: Compuesta por circuito que nace en zona cercana a la portería, de fácil acceso para bomberos y con acoples adecuados a sus requerimientos. Cañería hidráulica de alta presión, por todos los límites del predio, y abarca todo su largo.

  • Red húmeda de abastecimiento propio con autonomía de 30 Min e Estanque de emergencia 380 m3

e 10 grifos da agua

  • Bomba bidireccional por lo que permite la operación mediante

e abastecimiento de agua propia o conexión de bomberos.

b) Extintores portátiles: La bodega contempla la instalación de extintores adecuados al tipo de fuego. A Continuación se describe la superficie de la bodega. Y cantidad de extintores

mínima a instalar.

Tabla 11. Requerimiento de Extintores.

Establecimiento AY92 (mi) Potencial de extinción mínimo

Ñ 4A 6A 10A 204 Bodega de | 326 3 3 2 2 sustancias

peligrosas

Considerando lo anterior se contará con un mínimo de 2 Extintores 10 A, 40 B del tipo PQS, los cuales: + Los extintores se instalaran correctamente, considerando para ello fácil acceso, altura de instalación mínima de 0.2 m del suelo y no mayor a 1.3 m. + Los extintores deberán estar certificados de acuerdo a lo establecido DS N*396/96 Ministerio de Economía y Fomento. e Cada extintor deberá contar con señalética. + Deacuerdo a lo establecido Art. 46 DS 594/MINSAL , la distancia de traslado no podrá superar lo señalado en la siguiente tabla:

Tabla 12. Distancia de ubicación de extintores.

SUPERFICIE POTENCIAL DE DISTANCIA MÁXIMA DE CUBRIMIENTO MÁXIMA | EXTINCIÓN MÍNIMO TRASLADO DEL POR EXTINTOR (m?) EXTINTOR (M)

150 4A 9

225 SA Ú

375 LOA 13

420 204 15

13

3.9.3.6 Sistema de detección y alarma.

La bodega contará con:

a) 1 Sensor de humo de opacidad cobertura máx. 1800 m? b) 2 Sirenas elestroscópica roja

c) Palanca de incendio di

reccional

d) Todos los mecanismos anteriores están conectados a central de alarmas independiente con

batería.

3.9.3.7 Medios Contra Derrames.

Para el caso de derrame menor, se dispondrá de un Kit de control de derrames, ubicado en áreas bodega de sustancias peligrosas, que contará los siguientes materiales:

a) Material absorbente (arena, tierra o cemento)

b) Paños absorbentes c) Balde

d) Equipo de protección personal para el control de derrames

e) Overol plástico desechable f) Mascarilla con filtro para productos químicos

g) Antiparras

h) Guantes de neopreno o nitrilo

El control de derrames, al interior de las bodegas de materiales peligrosos se hará utilizando un sistema mediante un estanque de contención de derrame.

3.9.4 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de operación son:

3.9.4.1 Emisiones Atmosféricas.

Las principales fuentes de emisión en esta fase son material particulado y gases de combustión propias de la actividad y su tipo de emisión se detallan a continuación en la siguiente tabla.

Tabla 13. Fuentes y tipos de emisiones atmosféricas, fase de operación.

Tipo de emisión

Fuente emisora /actividad asociada

Material Particulado

Limpieza de terreno

Excavación y relleno

Transferencia de material

Gases de Combustión de Motores

Excavación del material

Tránsito de camiones por caminos pavimentados fuera del sitio donde se emplaza el proyecto

En la tabla siguiente se indican las emisiones de la fase de operación del proyecto.

Tabla 14. Emisiones fase de operación.

Contaminantes emitidos MP10 (ton/año)_| CO (ton/año) HC (ton/año) NOx (ton/año) TOTAL EMISIONES 0,017506 0,0061113 0,00145 0,0241901 Límite norma de emisión 2,5 . .-- 8

3.9.4.2 Residuos Sólidos

Los residuos sólidos generados durante la fase de operación, corresponden a aquellos generados por las faenas de mantención de la estructura de la bodega. En la siguiente tabla se presenta una

estimación de residuos diarios

generados.

Tabla 15. Residuos sólidos.

RISES Cartones 2 kg/día Plásticos 5 kg/día Residuos domiciliarios 0.0025 kg/día RESPEL Residuos de microderrames 1 kg/día Tarros de pintura 5 kg/día Brochas 2 kg/día

14

Cabe mencionar que la planta cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos adjunto en el Anexo II-14 de la DIA.

3.9.4.3 Residuos líquidos

Respecto de la generación de residuos líquidos, no se prevé la generación de estos residuos producto de la operación de la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas.

La bodega tendrá un sistema de contención de derrames y estos serán dispuestos como residuos sólidos peligrosos, en caso de generarse.

3.12. Fase de abandono.

5.1

S.l.

El proyecto no contempla fase de abandono, pues la vida útil del proyecto se considera como indefinida.

Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental, en su Adenda, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (Emisiones Atmosféricas y ruido), Suelo (Residuos Sólidos y Residuos Sólidos Peligrosos), Agua (Residuos líquidos), Vialidad Adyacente y Patrimonio Cultural.

Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, el titular no requiere presentar un Plan de Compensación de Emisiones, según la estimación de emisiones presentada la Adenda 1 y corregida en la Adenda 2.

El titular se obliga a lo siguiente en todas las fases del proyecto: 1 Dar cumplimiento a lo normado por el D.S. N* 66/2009, del Ministerio Secretaría General

de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), o aquel que lo reemplace.

5.1.2 Dar cumplimiento a lo señalado en el Decreto Supremo N*144/1961 Ministerio de Salud, o

aquel que lo reemplace, que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.

5.1.3 Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N? 75/1987, del Ministerio de

Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”, o aquel que lo reemplace, en lo referido a que los vehículos que transporten desperdicios, arenas, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caerse al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc., deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.

5.1.4 Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*18/2001 del Ministerio de

Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga en Vías que Indica”.

El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:

5.1.5 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo,

sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”, o aquel que lo reemplace, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3.1 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material, en lo referente a las siguientes medidas:

15

5.1.5.1 Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen

tna la Un Un

Rh

La in ia in Ub Un

las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.

Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

5.1.5.6 Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las

precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

5.1.5.7 La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros

revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

5.1.5.8 Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

5.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a Emisiones de ruido, el titular se obliga a lo siguiente:

5.2.1

Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto, a los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N? 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, “Establece Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N146, de 1997, MINSEGPRES”, o aquel que lo reemplace; es decir, los medidos en el lugar donde se encuentra el receptor sensible del ruido (comunidad vecina).

5.3 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, por generación de Residuos líquidos y respecto del abastecimiento de Agua potable.

5.3.1

5.3.4

Dar cumplimiento en todo momento al Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Dar cumplimiento en todo momento a lo establecido en Decreto Fuerza de Ley N*725/68, Código Sanitario, del Ministerio de Salud.

Dar cumplimiento en todo momento a los límites máximos establecidos en la Tabla N4 del D.S N N*609/98 del MOP, el cual “Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado”, o aquel que lo reemplace.

Deberá poner, en todo momento, a disposición del personal, y de cualquier otro Organismo Público que lo solicite, el procedimiento para el control de derrames presentado en el Anexo 13 de la DIA y deberá incluir el aviso a la DGA RMS sobre cualquier evento que tenga relación con los recursos hídricos, por medio de un informe, el cual deberá contemplar a lo menos los siguientes antecedentes:

a. Descripción del accidente: Lugar específico de ocurrencia, identificación de la sustancia involucrada, área de influencia, duración y magnitud del evento, entre otras.

b. Detalle de cada una de las acciones y medidas de mitigación que serían aplicadas en el evento de contaminación.

c. Evaluación y metodología de evaluación a utilizar, para estimar el efecto sobre los recursos hídricos y monitoreos inmediatos del área de influencia del accidente.

d. Programa de medidas de descontaminación, metodología y evaluación de la efectividad de las medidas, lo cual deberá ser aprobado por la DGA previo a su utilización cuando ocurra el evento.

e. Propuesta de monitoreo y seguimiento de las variables ambientales afectadas con la ocurrencia del evento.

f. El titular deberá señalar además, el equipamiento que dispondrá para el manejo de emergencias, así como su ubicación, así como los tiempos estimados de respuesta para los accidentes.

5.4 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de Residuos Sólidos y Residuos Sólidos Peligrosos, el titular se obliga en todo momento a implementar las siguientes medidas:

16

5.4.1.

5.4.2.

5.4.3.

5.4.4,

5.4.5.

5.4.6.

5.4.7.

5.4.8.

5.4.9.

5.410.

54.11.

5.4.12.

5.4,13.

Dar cumplimiento a lo establecido en Decreto Supremo N? 594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.

Dar cumplimiento al Decreto con Fuerza de Ley N* 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.

Dar cumplimiento a la Resolución N*5.081/93 del MINSAL que establece el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales”.

Dar cumplimiento al Decreto Supremo N* 148 del 2003 “Reglamento Sanitario para el Manejo de Residuos Peligrosos”, en lo relativo a su almacenamiento, transporte y su eliminación en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N” 1/2013, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, declarando los residuos recepcionados en su instalación, a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl). Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que pueda tener en la actualidad de reportar, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.

Mantener un registro en planta de la Documentación (guías de despacho) que acredite que los residuos generados durante la fase de operación del proyecto sean dispuestos en destinatarios autorizados por el organismo competente y que estarán a disposición de la autoridad en caso de requerirlo.

Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción y operación del proyecto, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.

Considerar, que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reúso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional.

Instalación de contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en la planta, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección. Si no está disponible en el sector, deberá contactar a la Municipalidad correspondiente o en su defecto a una empresa de residuos autorizada, con el propósito de que dichos residuos se retiren regularmente, evitando la generación de focos de insalubridad.

Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, solicitará la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, el cual debe estar debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 y 19 del D.S. N” 594/99 del Minsal, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Para el caso específico de la eliminación de los residuos peligrosos, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N* 148/03 del Minsal, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, enviando cada uno de estos materiales a lugares autorizados.

Se deberá contar con una empresa que tenga autorización sanitaria vigente emitida por la SEREMI de Salud, para el traslado y disposición final de residuos peligrosos.

Para la rotulación de los residuos peligrosos y los lugares de almacenamiento, se dará cumplimiento a lo establecido en la NCh 2190 of. 2003 “Sustancias peligrosas, marcas para información de riesgos”, siendo miscelánea de clasificación la Clase 9.

17

5.5 Respecto del manejo de Sustancias Peligrosas, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

5.6.1

5.6.2

5.6.3

Dar cumplimiento al Decreto Supremo N? 78 de 2009 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, que regula las condiciones básicas de seguridad que deben adoptarse para el almacenamiento de sustancias peligrosas, de manera de evitar el riesgo que ellas puedan generar a las personas, a las instalaciones de la empresa y la comunidad en general.

Dar cumplimiento al Decreto Supremo N%298 de 1995, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, el cual regula los procedimientos para el transporte de cargas por calles y caminos, de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente.

La bodega de sustancias peligrosas contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of.93, "Sustancias Peligrosas - Marcas para la Información de Riesgos".

S.6 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Cultural, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

5.6.1

Dar cumplimiento a la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N” 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

5.7 Respecto del manejo de Combustibles y Electricidad, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

5.7.1

Las instalaciones eléctricas que se proyecten, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), mediante un Instalador Eléctrico, de la Clase correspondiente, autorizado por ésta, según lo establecido en el D.S N? 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos”, el procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta N 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta N 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia” y el Trámite Eléctrico TEl “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”, reglamentación que se encuentra disponible en el sitio web institucional de SEC (www.sec.cl).

5.8 Respecto de Otras Consideraciones, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

5.8.1

5.8.2

5.8.3

Considerar lo dispuesto en Capítulo N? 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

Se debe considerar las restricciones horarias que exige la correspondiente Municipalidad por la circulación de los vehículos.

Se deberá considerar para el traslado de materiales de los camiones, el operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N* 158/80 del MOP.

  1. En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del Decreto Supremo N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine” requiere la obtención de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en dicho Reglamento:

6.1 El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que aplica a la construcción, modificación y ampliación de

18

cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase o la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto, se informa lo siguiente:

6.1.1 El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, relativos

al sitio de almacenamiento de residuos peligrosos generados durante la fase de operación de este proyecto, pronunciándose conforme con los antecedentes presentados la Seremi de Salud RM a través del Oficio N*%3942 del 23 de junio de 2014.

6.2 El permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 94 del DS 95/2001 que corresponde a la

denominada calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. N%47/92, del MINVU. Al respecto, se informa lo siguiente:

6.2.1 El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas,

7.

10.

pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio N* 3942 del 23 de Junio de 2014. Por lo tanto, la Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme, calificando la actividad proyectada como INOFENSIVA, de acuerdo a las siguientes consideraciones.

i. — El titular presentó durante la evaluación ambiental del proyecto un estudio de

análisis de consecuencia, el cual arrojó como resultado lo siguiente: En el hipotético caso de que se produzca un incendio de charco que abarque toda la superficie de la bodega el nivel de radiación de 5 KW/m? se alcanzará al interior de la propiedad de Laboratorios Recalcine, a una distancia de 1 m, desde las paredes de la bodega y solo niveles soportable de calor (2,5 KW/m? o menos) serán emitidos a las paredes de los vecino, ubicados a 5 m de la bodega.

ii. La bodega se encuentra a 18 metros de la construcción más cercana al interior del sitio de la empresa, quedando un perímetro libre de 5 m para la circulación de vehículos de emergencia.

iii. Se debe considerar que la bodega almacenará un máximo de 20 Ton de sustancias peligrosas.

iv. — Porotra parte, la planta da cumplimiento al plan regulador Quinta Normal y PRMS, el cual establece distanciamiento de 5 m a todos los deslindes, para permitir el ingreso expedito de vehículos de emergencia.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.

Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

Que, el titular del proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine”, deberá cumplir con lo establecido en el D.S. N* 1/2013, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, declarando los residuos recepcionados en su instalación, a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl). Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que pueda tener en la actualidad de reportar, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.

Que, el titular del proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine” deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la

19

Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

  1. Que, el titular del proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine” deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.

  2. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

  3. Que, el proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental aplicable vigente, y a aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.

  4. Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

  5. Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago,

RESUELVE:

Calificar ambientalmente favorable el proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine”, cuyo titular es Laboratorios Lafi Ltda.

Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas, compromisos y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

Certificar que el proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine”, cumple con la normativa de carácter ambiental vigente; que requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales señalados en los artículo 93 y 94 del Título VII del D.S. N? 95/2001, del MINSEGPRES, los que se otorgan, y que no genera ni presenta alguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300.

Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso qúe se estime oportuno.

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S > Claudio Orrego Larraín Intendente

Presidente Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago

( A Y Y TC/APLL/GVV/ A D

20

Distribución:

C/c:

Intendencia de la Región Metropolitana.

Representante legal Laboratorios Lafi Ltda.

Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana.

Dirección Regional de Obras Hidráulicas.

Gobierno Regional, Región Metropolitana.

Ilustre Municipalidad de Quinta Normal.

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM.

Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social RM.

Secretaría Regional Ministerial de Minería RM.

Secretaría Regional Ministerial de Energía RM.

Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM.

Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana.

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM. Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM.

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana. Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo RM. Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM.

Consejo de Monumentos Nacionales.

Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente del proyecto “Construcción Bodega de productos inflamables — Laboratorio Recalcine” Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana.

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