Evaluación SEA

CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV

Rol 8324569
SEA · DIA · Aprobado · 2013-07-05 · Región del Maule · Constructora Malpo Ltda.

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

VII REGIÓN DEL MAULE Califica Ambientalmente el proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV" Resolución Exenta N* 80/2014. Talca, 24 de Abril de 2014

VISTOS:

La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DONA IGNACIA TV", presentada por el Señor Pablo Alejandro Obrador Hurtado, en representación de Constructora Malpo Ltda., con fecha 5 de Julio de 2013.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio NInt/S8 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 17/07/2013; Oficio N107 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 29/07/2013; Oficio N792 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 30/07/2013; Oficio N1499 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 30/07/2013; Oficio N"578 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 31/07/2013; Oficio N810 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 31/07/2013; Oficio N1449 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, con fecha 01/08/2013; Oficio N68 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 01/08/2013; Oficio N871 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule, con fecha 01/08/2013; Oficio N1314 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 06/08/2013; Oficio N%4298 sobre la DIA, por SERVIU, Región del Maule, con fecha 08/08/2013; Oficio N1573 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 03/12/2013; Oficio N%6356 sobre la Adenda 1, por SERVIU, Región del Maule, con fecha 05/12/2013; Oficio N“998 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 06/12/2013; Oficio N107 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 06/12/2013; Oficio N%2421 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 06/12/2013; Oficio N1323 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 09/12/2013; Oficio N%71/SB sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 10/12/2013; y Oficio N461 sobre la Adenda 2, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 07/03/2014; Oficio N61 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 10/03/2014; y Oficio N*191 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 11/03/201.

. El Acta N*29/2013 de la Sesión de Comité Técnico de Evaluación de la Región del Maule, con fecha 14

de agosto del 2013. El Informe Consolidado de Evaluación con fecha 03 de abril de 2014.

El Acta de la Sesión Ordinaria N*04/2014 de la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule, de fecha 10 de abril de 2014.

El Acta de la Sesión Extraordinaria N“02/2014 de la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule, de fecha 24 de abril de 2014.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV".

Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2? del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N?” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto; la Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre la Remisión de los antecedentes respecto de las Condiciones, compromisos y Medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV".

Que, el derecho de Constructora Malpo Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV", consiste en la construcción y habilitación de 548 viviendas pareadas del tipo Roble HA, ubicadas en el sector norte de la comuna de Maule, Región del Maule, el cual abarcará un área de 14,32 há para la construcción y urbanización del mismo. Las viviendas poseen 81,51 m2 de superficie y se emplazan en terrenos desde 130 m2. La construcción del proyecto se realizará en 6 etapas con un promedio de 90 viviendas por etapa. La fase de construcción durará aproximadamente 6 años por lo que la construcción de cada etapa durara un año. El monto de inversión estimado será de 24.604.000 de dólares, con una vida útil de 50 años y la mano de obra a utilizar en la etapa de construcción será en promedio de 60 y como máximo de 80 trabajadores.

Las obras de construcción contemplan fundaciones, obra gruesa y terminaciones. Dando paso finalmente a la etapa de urbanización la cual contempla las ¡obras de alcantarillado, agua potable, electrificación, vialidad y áreas verdes, de acuerdo a lo establecido en los proyectos de loteo y edificación.

El proyecto se localiza en el sector nor-poniente de la comuna de Maule, aledaño a su límite urbano en la localidad Culenar — Chacarrillas en la proyección de la Avenida Duao S/N. El conjunto habitacional colinda en su límite norte con un canal proveniente del estero Cajón el cual demarca el límite sur de la ciudad de Talca. La superficie donde se emplazará el proyecto corresponde a zona rural.

Tabla 1. Coordenadas UTM-WGS 84 Huso 19 S.

VERTICES ESTE NORTE Vértice 1 257319,84 6072911.61 Vértice 2 257360.66 6073104.17 Vértice 3 257501,88 6073060,83 Vértice 4 257538.51 6073164.11 Vértice 5 257859.63 6073001.74 Vértice 6 257619,29 6072724.14

3.1 Definición de sus partes, acciones y obras físicas

3.1.1 Etapa de construcción

i) Cierre perimetral

Se contempla un cierre perimetral que restringa el acceso a la zona de construcción, según la planificación de construcción de cada una de las etapas (6 etapas). Este cierre perimetral debe contar con todas las medidas necesarias para resguardar la seguridad del personal que transita por la zona de construcción del proyecto.

ii) Preparación del terreno La preparación del terreno se iniciará con el cierre y la limpieza del predio, labor que implica el retiro de la cobertura del terreno, la que será apartada y utilizada como relleno para áreas verdes dentro del mismo.

Los movimientos de tierra estarán circunscritos al área de emplazamiento del proyecto. Se contemplan movimientos de compensación del terreno y excavaciones para la construcción de los sistemas de alcantarillado, agua potable y aguas lluvia. Posteriormente se realizará la nivelación de la superficie. El material de escarpe a retirar por las VI etapas, considerando 0,3 m de excavación, es de aproximadamente 42.960 m'. Este material será clasificado para su reutilización en la faena (ej, áreas verdes) y lo demás será dispuesto en un sitio de disposición final autorizado.

iii) Instalación de faenas El área contemplada para la instalación de faenas, tendrá una superficie aproximada de 1.500 m2 y contará con las siguientes instalaciones:

Módulo para oficinas.

Bodega de la obra para materiales y artículos de seguridad. Espacios para estacionamientos de maquinarias y vehículos. Espacio para acopio transitorio de materiales.

Espacio de acopio para escombros y excedentes.

Servicios de personal con disponibilidad de agua potable. Baños químicos en los frentes de trabajo.

Además se requerirá de los siguientes servicios:

  • Agua potable El servicio de agua potable será contratado a una empresa que cuente con autorización y consistirá en dispensadores de agua en la cantidad necesaria para el número de trabajadores que se encuentren en la obra, dando cumplimiento al D.S. 594/99 en sus artículos 13, 14 y 15 del presente reglamento.

  • Baños químicos El servicio de baños químicos será contratado a una empresa que cuente con autorización sanitaria. El número de baños estará de acuerdo al número de trabajadores por etapa dando cumplimiento al Art. 23y 24 del D.S. 594 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”, además de lo indicado en el artículo 25 de acuerdo a la distancia mínima del área de trabajo del mismo reglamento.

  • Suministro eléctrico El servicio de energía eléctrica será suministrado mediante un empalme provisorio durante la etapa de construcción. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá en la obra, un generador diésel de 0.5 MW.

Luego de finalizada la primera etapa de construcción, la empresa retirará todas las obras asociadas a la faenas para ser desplazadas y transportadas a la siguiente etapa y así sucesivamente hasta completar las 6 etapas. Serán transportados y desplazados casetas, contenedores, baños y fosas, grupos electrógenos, carteles, bodegas de residuos, escombros, materiales, residuos, recuperando aquellas cosas factibles de reutilizar, en tanto en aquellas que no puedan ser utilizadas serán derivadas a relleno sanitario ambientalmente autorizado, mediante el uso de transportes autorizados.

iv) Equipos y maquinarias

Tabla 2. Equipos y maquinarias Maquinarias Cantidad Utilidad

Cargador frontal 1 Para el trasvasije de material de escarpe desde retroexcavadora a camión tolva.

Camión mixer 1 Para mezcla de cementos

Camión tolva 2 Para el transporte de escombros y material de escarpe al relleno sanitario más cercano

Retrexcavadora 1 Para extracción de material de escarpe Motoniveladora 1 Para nivelación de caminos Camionetas 1 Inspección de faenas Camión insumos 1 Transporte de insumos, como fierros

y equipamiento de la vivienda

Se deberá operar con vehículos con revisión técnica al día, cumpliendo con la D.S N* 55 “Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados”, la cual establece los valores máximos de gases y partículas que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas. Asimismo, se velará por la mantención de camiones, maquinarias y diferentes equipos de la construcción, la que se realizará en locales establecidos y ubicados fuera del área del proyecto

Las rutas y flujos efectuados por los camiones tolva, correspondientes a la entrega de insumos, disposición final de residuos (inertes, de construcción, domiciliarios) se encuentran detallados en el Anexo 9 de la DIA: Estimaciones Atmosféricas.

Para la disposición de los residuos domiciliarios, escombros y material de escarpe deberá mantenerse un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de los residuos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria.

La adquisición de los materiales propiamente tal para el correcto desarrollo de la construcción de obra gruesa (preparación de hormigón) del proyecto, serán adquiridos a través de proveedores autorizados y que se hallen lo más próximo a la faena.

El Titular deberá cumplir a cabalidad las condiciones de protección ambiental que establece la normativa vigente. También se exigirá el cumplimiento de las Ordenanzas u otras disposiciones municipales aplicables a las faenas de construcción.

Los áridos y otros materiales requeridos para la obras deberán contar con las autorizaciones respectivas y de preferencia con RCA.

iv) Construcción de Viviendas y Urbanización

La urbanización corresponde a la construcción de la infraestructura básica para el desarrollo del proyecto conforme al Artículo N* 138 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Los elementos de diseño urbano incorporados al conjunto habitacional serán los siguientes:

a) Abastecimiento de agua potable y sistema de alcantarillado

Se proyecta la construcción de una red de agua potable y alcantarillado de aguas servidas de acuerdo a los requerimientos de la empresa sanitaria que se tiene la concesión para prestar el servicio, en este caso NuevoSur S.A. En el Anexo 6 y 7 de la DIA, se presentan los proyectos de agua potable y alcantarillado, respectivamente.

Las instalaciones domiciliarias de agua potable y desagiie de aguas servidas se ajustaron a las disposiciones del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado, D.S. N* 50/02 MOP; DS 236/26 y D.S. N” 833/92 MINSAL, que tienen por objeto entregar las normas e instrucciones básicas para la ejecución de proyectos y construcciones de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado.

b) Proyecto de aguas lluvias

En Anexo 5 del Adenda 1, se entrega la memoria del proyecto de aguas lluvias y los planos correspondientes, en donde se señalan las áreas aportantes de aguas lluvias y la ubicación de los sumideros que captarán estas aguas, para luego ser descargadas a los Colectores Río Claro II y Colector II. En dichos planos se indica también el recorrido que tendrán las aguas lluvias desde los puntos de descarga a los colectores y el cauce donde el agua de estos colectores será vertida. Se entregó el respectivo proyecto de aguas lluvias y carta emitida por la DOH indicando que este cumple con el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias y que es factible de ejecutar.

c) Proyecto de pavimentación El proyecto contempla la pavimentación de las vías a ser utilizadas por los usuarios de las viviendas del proyecto (ver Anexo 5 de la DIA), el ingreso será desde la Avenida Duao.

d) Construcción de viviendas

Se iniciará la construcción de viviendas una vez que se tengan todos los permisos correspondientes, es decir, Permiso de edificación emitido por la 1. Municipalidad de Maule, Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) aprobado y Resolución de Calificación Ambiental, entre otros. Dicha información y las autorizaciones correspondientes, deberán permanecer en faena para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización.

El proyecto se construirá de conformidad a lo establecido en el D.S. N 458/96; Ley General de Urbanismo y Construcciones. D.S. N 47/92 y sus modificaciones posteriores. La construcción y sus instalaciones cumplirán las normas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción y la Ordenanza Local respectiva. Además se le sugiere al titular en lo que se refiere a la materialidad de las viviendas sean de la mejor calidad, de manera de evitar el uso excesivo en calefacción de los usuarios.

e) Suministro eléctrico y gas

La propiedad cuenta con factibilidad de suministro de energía eléctrica por parte de la empresa Compañía General de Electricidad (CGE). Esta se encuentra de acuerdo a las normas vigentes y disposiciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Las instalaciones eléctricas interiores y exteriores del proyecto se ajustarán a la normativa técnica vigente.

En cuanto a la instalación de suministro de gas, esta se realizará a través de proveedores autorizados.

5 Areas verdes

Se realizarán de acuerdo a las especificaciones de arquitectura integrando un diseño paisajístico con áreas verdes y arborización, y de acuerdo a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Abarcarán un área de 1,035 há.

g) Vialidad

Se restringirán, por parte de las faenas propias, las horas del uso de la ruta “Colín-Duao” durante los horarios punta identificados, esto es de 7:30 a 8:30 A.M., entre las 13:00 y 14:00 horas y a partir de las 18:30 en adelante (o 18:00 horas, de acuerdo a otras restricciones horarias imperantes), para mejor control los vehículos y camiones vinculados a las obras de construcción del loteo estarán rotulados para su control.

3.1.2 Etapa de operación

La etapa de operación se iniciará al momento en que las primeras viviendas del complejo habitacional sean entregadas a sus nuevos propietarios.

Además durante esta etapa se considera contar con los siguientes servicios:

3.1.2.1 Agua potable

En la etapa de operación, el servicio de agua potable será suministrado al proyecto por la empresa NuevoSur S.A.

3.1.2.2 Tratamiento de aguas servidas

El tratamiento de las aguas servidas derivadas del proyecto inmobiliario será realizado por la empresa sanitaria NuevoSur S.A., para lo cual se utilizará la red de alcantarillado proyectada para el loteo.

3.1.2.3 Residuos domiciliarios

Los residuos sólidos producidos por los habitantes del proyecto serán retirados periódicamente por el servicio de recolección municipal de la I. Municipalidad de Maule, la cual dispondrá los residuos de acuerdo a la normativa vigente.

3.1.3 Etapa de cierre y abandono

El proyecto no contempla etapa de cierre y abandono, por corresponder a un proyecto habitacional.

3.2 PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO.

3.2.1 Emisiones a la atmósfera 3.2.1.1 Etapa de Construcción:

En la etapa de construcción se generan emisiones atmosféricas debido a las siguientes actividades:

Tabla 3: Emisiones a la atmósfera

ACTIVIDAD Tipo de Emisión

Escarpe Excavaciones Transferencia de material (carguío y volteo de camiones)

Erosión material de acopio Emisiones directas

Tránsito de vehículos pesados por caminos no pavimentados al interior del sitio donde se emplazara el proyecto.

Emisión de combustión de maquinaria y vehículos Generador eléctrico

Tránsito de camiones por caminos pavimentados fuera del sitio donde se emplazara el proyecto

Transferencia de material (volteo de camiones en sitio de Emisiones indirectas disposición)

Emisión por combustión de camiones fuera del área del proyecto

Para estimar las emisiones atmosféricas del proyecto, se utilizó como base la “Guía para la estimación de emisiones atmosféricas de Proyectos inmobiliarios del Ministerio del Medio Ambiente” (actualizada de Enero del 2012) y los estipulados por la US EPA.

Los valores obtenidos son comparados con las emisiones máximas propuestas en el Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

Las medidas adicionales consideradas para disminuir dichas emisiones son las siguientes:

  • Encarpe de camiones para evitar la dispersión de material particulado.

  • Humectar los caminos internos del proyecto en época de primavera-verano o cuando sea necesario dicha humectación.

e La frecuencia de humectación de los caminos de acceso e interiores, durante la temporada estival, deberá ser con una frecuencia de 2 a 3 veces en el día y en caso de ser necesario, dicha frecuencia se deberá aumentar, hasta verificar que la medida sea efectiva.

  • Velocidad máxima de desplazamiento de 30 km/h dentro de la zona de influencia del proyecto.

  • Todas las maquinarias como cualquier tipo de vehículo motorizado deberán circular en óptimas condiciones mecánicas, con su revisión técnica al día y contar con un plan de mantenimiento de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

  • Los camiones deberán circular cubiertos por una lona o plástico, impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera, para lo cual se deberá asignar un responsable, quien llevará un registro interno firmado para mantener el control y cumplimiento de esta medida. Dicho registro deberá permanecer en faena para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización, considerando un registro fotográfico al ingreso o salida de los camiones.

  • La ejecución de movimientos de tierra y excavaciones, deberá ser realizada previa humectación de la superficie del suelo.

  • El acopio de pilas de tierra y/o escombros deberán ser humectados, durante el periodo de permanecía en el área del proyecto y deberán mantenerse cubiertas durante ese tiempo con una lona o malla raschel.

  • Durante la construcción de las obras no se quemarán residuos o materiales combustibles a cielo abierto.

  • Se restringirán las horas del uso de la ruta “Colín-Duao” durante los horarios punta identificados, esto es de 7:30 a 8:30 A.M., entre las 13:00 y 14:00 horas y a partir de las 18:30 en adelante (o 18:00 horas, de acuerdo a otras restricciones horarias imperantes), además los vehículos y camiones vinculados a las obras de construcción del loteo estarán rotulados para su control.

3.2.1.2 Etapa de Operación:

Durante la operación del proyecto, las emisiones atmosféricas serán generadas por el flujo de vehículos asociados a los habitantes del presente proyecto, dichas emisiones se irán manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas.

Se realizó la estimación de emisiones de MP10, CO y NOx, producto de la combustión de leña, considerando las 548 viviendas. En el Anexo 3 del Adenda 1, se presenta un Estudio de estimación de emisiones atmosféricas MP2.5 y MP10.

Resumen de emisiones para la etapa de operación del proyecto considerando el uso de estufas a leña y la circulación de vehículos livianos. Tabla 4. Emisiones Directas

33 MP10 MP2.5 sACAvIdad (ton/año) (ton/año) Emisiones combustión estufas a leña 2.53 2.13 Total 2.97 2.94

Tabla 5. Emisiones Indirectas

o MP10 MP2.5

Actividad (ton/año) (ton/año) Tránsito de vehículos livianos por 0.435 0,106 caminos pavimentados fuera del sitio donde se emplazará el proyecto Emisión por combustión de vehículos 1,78 E-3 1,64 E-3 livianos fuera del área del proyecto

Total 0,44 0,11

En la etapa de operación no se superarán los límites establecidos para el material particulado MP10 en el Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, el cual se utiliza como referencia, puesto que la Región del Maule no posee uno, (ver Tabla 1 del Adenda 1), por lo que no amerita la elaboración e implementación de un plan de medidas de compensación de emisiones. De igual forma y para mejorar la materialidad de las viviendas que permitan un eficiente aislamiento, se tiene contemplado el uso de materiales de mejores estándares para estos efectos.

3.2.2 Residuos líquidos 3.2.2.1 Etapa de Construcción

Los residuos liquido asociados a esta fase son principalmente las aguas servidas de los trabajadores que participen en cada una de las actividades. En un principio serán utilizados los baños químicos que serán de una empresa contratada con autorización sanitaria con el fin de que se cumpla el párrafo IV del D.S. 594 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. El uso de baños químicos solo será empleado durante la primera fase del proyecto.

Una vez que se cuente con conexión de instalaciones sanitarias a la red de alcantarillado, se destinará la cantidad de artefactos sanitarios necesarios para los operarios, según las disposiciones del párrafo IV del D.S N* 594,

Durante la fabricación de hormigón y concreto ¡se podrían producir eventuales derrames, los que se controlarán mediante la instalación de canaletas periféricas para evitar el escurrimiento superficial o la infiltración subterránea de las aguas con cemento.

Las aguas lluvias serán recogidas superficialmente a través de las calles y pasajes del loteo a medida que se va construyendo, y mediante sumideros, para conducirlas a través de una red de tuberías colectoras hacia las redes de aguas lluvias del sector.

3.2.2.2 Etapa de operación La principal fuente de residuos líquidos corresponde a las descargas de aguas servidas del complejo habitacional, las cuales serán evacuadas a la red de alcantarillado de AGUAS NUEVO SUR SA.

3.2.3. Residuos Sólidos

3.2.3.1. Etapa de construcción

a) Residuos sólidos asimilables a domésticos

Durante la fase construcción, se estima una generación de 0,88 ton/mes de residuos sólidos asimilables a domésticos, basado en una estimación que considera una generación de residuos domésticos de 0,5 kg/persona*día considerando 80 personas como máximo en la obra y 22 días hábiles de trabajo al mes.

Los residuos sólidos asimilables a domésticos que se generen durante la etapa de construcción del proyecto se almacenarán en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en los sectores con mayor tránsito de personal. Estos residuos serán dispuestos en contenedores para luego ser transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos

Los residuos sólidos de construcción que se generarán en esta etapa, consistirán básicamente en desechos sólidos de madera, algunos moldajes usados en las obras civiles y algunos restos de hormigón, restos de madera y despuntes metálicos. Estos sólo serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados, de preferencia con Resolución de Calificación Ambiental.

Estos residuos serán acopiados en un área dentro de la instalación de faenas donde serán clasificados por tipo y calidad, para posteriormente ser vendidos y/o dispuestos en sitios de disposición con autorización sanitaria y ambiental.

Con respecto a la generación de material de escarpe y excavación, considerando el área de emplazamiento de una etapa (2,38 hás) del proyecto, 0,5 m de profundidad de excavación y 0,3 m de profundidad de escarpe, es aproximadamente 34.368 ton/etapa o 34.368 ton/año. El material será dispuesto en sitios destinados al acopio transitorio donde será clasificado. De este material escarpado y excavado, aproximadamente la tercera parte serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados, de preferencia con Resolución de Calificación Ambiental, y lo demás será reutilizado dentro del mismo proyecto, como por ejemplo en áreas verdes.

En la instalación de faenas de las distintas etapas del proyecto se habilitará un sector transitorio en donde se dispondrán este tipo de residuos. Los sitios de disposición transitoria de residuos sólidos no peligrosos cumplirán con las características y exigencias establecidas en el D.S. N* 594/00 del MINSAL, además de aquellas que particularmente señale el SEREMI de Salud de la Región del Maule.

Los residuos sólidos de la construcción serán almacenados en contenedores adecuados, cuyo lugar de almacenamiento será dinámico y variable al interior de la obra, ya que dependerá de los avances de ésta, no obstante su ubicación siempre será delimitada y correctamente señalada.

Se dispondrán los escombros en relleno sanitario que cuente con las autorizaciones sanitarias y ambientales, tratando de ser sitios de disposición que se encuentran lo más cercano a las obras y faenas. Además, se generará un registro en obra (boleta, factura u otro documento), el cual acredite la disposición final de los escombros en lugares autorizados por la autoridad sanitaria.

Tabla 6. Caracterización residuos sólidos promedio anual

Tipo de Fuente Cantidad o Almacenamiento Destino residuo volumen Domiciliario Personal 10,56 ton/año Basureros rotulados Inertes y Zona de acopio Relleno escombros 6 ton/año transitoria Ein Moldajes, PVC, autorizado cerámicas etc Material de 11.456 Zona de acopio Sitio de No escarpe Y ton/etapa(*) transitoria disposición peligrosos excavación, sin final valor autorizado Envases de 0,3 ton/año Contenedores Relleno pintura sanitario autorizado

(*) Cada etapa dura aproximadamente 12 meses.

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Recolección:

Esta labor se realiza en cada área de la faena y considera la separación de los residuos dependiendo del tipo: sólidos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y material que se puede reutilizar o reciclar,

Sitio de almacenamiento temporal

Este es un lugar en donde los residuos se almacenarán según su clasificación, residuos domiciliarios y sólidos industriales no peligrosos, de manera transitoria. Se instalará un sitio para cada etapa de construcción (6 en total). Estos sitios corresponderán a las futuras áreas donde se implementarán las áreas verdes del conjunto habitacional.

La finalidad de este sitio será centralizar el manejo y acopio temporal de los residuos sólidos no peligrosos, junto con facilitar su segregación y gestión. De esta forma, todos los trabajadores conocerán los residuos que se deben acopiar en dicho sitio, ya que se hará una inducción al personal a fin de optimizar el manejo de los residuos.

El sitio tendrá la capacidad suficiente para acopiar la totalidad de los residuos, generados por cada etapa de construcción, durante el período previo del envío de estos a una instalación de disposición final autorizada.

Para evitar la generación de olores por parte de los residuos asimilables a domésticos, se deberá mantener constante limpieza del lugar donde se almacenan. Los residuos deberán ser colocados y embolsados dentro de contenedores sin saturar su capacidad para que la tapa cumpla su fin.

Para el control de vectores se contempla mantener un aseo permanente del área de almacenamiento, sobre todo del área donde se almacenen los residuos domésticos. Los contenedores de estos residuos tendrán tapas para impedir el contacto de vectores con este tipo de residuos. El sitio estará ubicado en un lugar de fácil acceso para el transporte y manipulación.

Retiro — Transporte: Los residuos asimilables a domiciliarios serán retirados periódicamente por el servicio de recolección municipal, la cual dispondrá los residuos de acuerdo a la normativa vigente.

Los residuos industriales sólidos no peligrosos podrán ser retirados por personal de la empresa o por empresas que presten este servicio. En ambos casos la disposición de este tipo de residuos será en sitios autorizados.

Disposición final: Los residuos serán dispuestos en Rellenos Sanitarios autorizados.

Responsabilidades del manejo de residuos

Los puntos de generación de residuos sólidos existirá un “Encargado de manejo”, quien deberá asegurar el número de tambores/contenedores necesarios para almacenar los residuos generados en cada etapa de construcción.

El personal recibirá, previo al inicio de cada etapa de construcción, una inducción relacionada con el manejo de los residuos sólidos. Esta se centrará en! la segregación de residuos para así evitar la mezcla de ellos.

Existirá un sistema de registro interno de los residuos sólidos industriales no peligrosos generados en la faena, cuyo objetivo está orientado a conocer las cantidades de residuos generados, su manejo interno y su destino.

El sistema de registro de residuos generados considerará un registro mensual de eliminación de residuos industriales no peligrosos, información que se encontrará disponible en todo momento. El “Encargado de manejo” deberá realizar un chequeo y verificar el destino de los residuos que salen de la faena.

c) Residuos sólidos peligrosos

Los únicos residuos peligrosos que se generarán en la etapa de construcción tienen relación a las mantenciones de “EMERGENCIA” que se realicen en la zona de influencia del proyecto, lo que se realizará por algún desperfecto que pudiese tener alguna maquinaria y/o equipo. Para lo anterior, se le solicitará a una empresa externa que realice la mantención y retire los residuos generados por esta actividad, por lo cual en la zona del proyecto no existirá una bodega para tales efectos.

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3.2.3.2. Etapa de operación

Los residuos sólidos que se generen en la etapa de operación, consistirán en residuos sólidos domiciliarios como restos orgánicos de comidas, papeles, plásticos, vidrios, etc., producidos por los habitantes del proyecto inmobiliario. De acuerdo a la cantidad de habitantes para las 548 viviendas y considerando la cantidad per cápita de residuos sólidos generado en la Región del Maule (aproximadamente 1 kg/hab/día), se puede estimar una generación total de residuos diarios de 2.192 Kg/día (este valor se calculó por 4 habitantes/vivienda).

Estos residuos serán retirados por la empresa que presta servicio a la 1 Municipalidad de Maule, de acuerdo a la programación municipal (mínimo tres veces a la semana).

3.2.4. Ruido

3.2 .4.1. Etapa de construcción

Los ruidos que se generarán en la etapa de construcción serán las típicas correspondientes a la edificación de las viviendas.

A medida que se construyan las 6 etapas del proyecto, se irán generando nuevos receptores, los que corresponderán a las etapas en operación. Lo anterior se detalla en el Anexo 11 de la DIA, el que contiene el informe de emisiones acústicas en base a los niveles de ruido descritos en el D.S 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Los resultados de la modelación de ruido, realizada durante el proceso de evaluación, contempla un Bulldozer, un camión Tolva y un rodillo compactador. y considerando la peor condición posible en la etapa de construcción, es decir, el funcionamiento de todas las fuentes de ruido de manera simultánea, según fase de preparación de terreno y edificación de viviendas, considerando un frente de trabajo ubicado en la región del proyecto más cercana a los receptores. Contemplando el despliegue de las faenas según los planos de construcción para cada Etapa por separado.

De acuerdo al escenario planteado, las mediciones de ruido no estarían en cumplimiento para dos receptores, durante las actividades de edificación de las viviendas, por lo tanto, se plantea como medida de control la incorporación de una barrera, con el fin de mantener los niveles de ruido de los frentes de trabajo dentro de los niveles máximos permisibles por el D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Dado lo anterior, se presentan las siguientes medidas de control:

e Se utilizará una barrera OSB de 2.4 metros de altura de forma perimetral en cada etapa de construcción, mientras duran las faenas de construcción.

  • Se dejará una franja sin habitar de manera momentánea (la colindante a la etapa de construcción siguiente), mientras se construya el área más cercana a dicha franja. Esto para evitar que los posibles habitantes de las viviendas en la franja más cercana a la etapa de construcción siguiente reciban altos niveles de ruido producto de las faenas de construcción, evitando así niveles de ruido en incumplimiento normativo para dichos receptores.

e Se realizarán buenas prácticas en el uso de maquinaria generadora de altos niveles de ruido y que estas se ejecuten de manera programada en el menor espacio de tiempo posible, trabajando sólo en horario diurno.

  • El horario de trabajo será diurno de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 hrs y sábados de 8:00 a 14:00 hrs.

Al incluir las medidas de control propuestas y dejando una franja sin habitar hasta que se complete la construcción del área aledaña más cercana, se logra el cumplimiento normativo. Concluyendo que los valores proyectados se encuentran en ambas etapas de construcción, bajo el cumplimiento de la normativa, ya que el valor máximo permitido queda definido por el menor valor entre el ruido de fondo + 10 dB y valores según zona III. (Ver tablas 1, 2 y 3 del Adenda 2)

3.4.2, Etapa de operación El proyecto generará los niveles de ruido propios de un área urbana con las actividades permitidas por un Plan Regulador en las áreas adyacentes.

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Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV” cumple con:

4.1. Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente.

4.2. D.S. N*95/01: Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del Ministerio Secretaría General de la República: Se establecen los criterios que rigen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, como también el contenido mínimo de las Declaración y Estudios de Impacto Ambiental.

4.3. D.S.12/2011 MMA, Norma primaria de Calidad de Aire para material particulado fino MP2,5.

4.4. D.S. N* 144 del Ministerio de Salud de 1961. Indica la responsabilidad en la eliminación en forma total de gases, vapores, humos, polvo emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza que causen peligros, daños o molestias al vecindario.

4.5. Decreto N*594 de 1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de Trabajo del Ministerio de Salud: Se establecen las condiciones ambientales y sanitarias básicas en los lugares de trabajo, como también la salud ocupacional.

4.6. D.S. N146/97 modificado por el D.S. N38 de fecha 11.11.201 1, referido a la Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad.

4.7. D.S. N*4/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones: Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos Motorizados y fija los procedimientos para su control.

4.8. D.S. N*75/87 del Ministerio de Transporte y telecomunicaciones: Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Este texto reglamentario señala en su artículo 2 inciso 2, que “en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire”.

4.9. D.S. N*47/92 del Ministerio de Vivienda y urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

4.10. D.S. N45/01 Modifica D.S. N59/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia.

4.11. Ley N*19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley sobre Caza. Prohíbe en todo territorio nacional, la caza O captura de ejemplares de la fauna silvestre, catalogados como especies en peligros de extinción, vulnerables, raros y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria.

4.12. Decreto de Fuerza de Ley N* 327/99 del Ministerio de Minería. Ley General de Servicios Eléctricos.

4.13. D.S. N* 327/98 del Ministerio de Minería. Fija Reglamento de La Ley General De Servicios Eléctricos.

4.14. Decreto Supremo N? 458/76 Ley General de Urbanismo y Construcciones.

4.15. La Ley N17.288 de 1970 sobre Monumentos Nacionales y Decreto Supremo N484 de 1990 del Ministerio de Educación.

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4.16. D.S. N*148 del 2005, Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre manejo de Residuos Peligrosos.

4.17. Resolución Exenta N*844 del 2012, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre la Remisión de los antecedentes respecto de las Condiciones, compromisos y Medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, y las demás normas aplicables al proyecto.

4.18. Resolución Exenta N*133/2005, del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que regula el ingreso de tránsito de madera de embalaje extranjera en el país y establece los mecanismos para acreditar su cumplimiento.

4.19. D.S. N*78/2010 del Ministerio de Salud. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. 4.20. D.L. 3.557 de 1980 sobre protección agrícola.

4.21. Decreto Supremo N? 151/2007; N 50/2008; N? 51/2008; N 23/2009; N 33/201; N41/20011; N? 42/2011; N 19/2012 y N 13/2013, que aprueban y oficializan los procesos de clasificación de especies según estado de conservación..

4.22 Norma Chilena NCh N*409/84 del Ministerio de Salud. Establece los requisitos que debe cumplir el agua potable.

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 91, 93, 96 Y 99 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Que, el titular se compromete a:

7.1. Ingresar las exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), al sistema de cargas de compromisos ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso deberá materializarse en un plazo no superior a los seis meses contado desde la fecha de notificación de la RCA.

7.2. A dar aviso por medios escritos, a la Oficina del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), al momento del ingreso de materiales, equipos y maquinaria, procedentes del extranjero, embalados en madera para su inspección y mantener registro de las notificaciones remitidas al SAG.

7.3. Que en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N? 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

7.4 El titular se compromete a que el plan de relocalización de la especie Pleurodema thaul, se ejecutará inmediatamente antes de comenzar las obras. De esta forma la relocalización deberá hacerse como máximo dos semanas antes del comienzo de ejecución de las obras. Se capturará mediante tres métodos

8.

11.

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distintos (plan de muestreo de Pitfall, transectos lineales y estaciones de escucha y captura) un número significativo de individuos de la población residente. Para ello se evaluará diariamente el número de individuos capturados, su estado ontogenético y su estado sanitario, con el objetivo de rescatar y trasladar los distintos estadios de desarrollo y sólo los ejemplares sanos, para evitar la transmisión de enfermedades. A continuación se muestra en forma genérica cronograma de actividades.

Tabla 8: cronograma de actividades

Semana 1 Semana 2 d Actividad ] a dí dí dí dí dí dí dí dí dí a a a a a a a a a 1 2 3 4 5 1 2 3 4 Ej Captura de Especies X XxX XxX Traslado Especies X Xx Xx Relocalización X Xx Xx Seguimiento Especies Xx Xx Instalación Faenas XxX XxX XxX Comienzo de Obras Xx XxX XxX XxX

Que, sin perjuicio de lo señalado en los considerandos anteriores, lo contenido en Declaración de Impacto Ambiental y su Adendas, para la ejecución del proyecto, el Titular deberá dar cumplimiento a la siguiente condición y/o exigencia específica, establecida por la Comisión Ambiental de la Región del Maule:

8.1. Que, el sitio de relocalización de la especie Pleurodema thaul, requisito para el cumplimiento del PAS 99 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, debe ser validado y aprobado previamente por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Región del Maule para el otorgamiento de dicho permiso.

8.2 Que, el titular se deberá hacer cargo de la mantención y de las áreas verdes y arborización del Conjunto Habitacional Doña Ignacia IV, hasta finalizar la construcción de la última etapa del proyecto. Una vez finalizada la última etapa y entregada la totalidad de las viviendas a los nuevos propietarios, podrá entregar dicha responsabilidad a la I. Municipalidad de Maule, quien se hará cargo en forma definitiva de la mantención de todas las áreas verdes involucradas en el proyecto.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Comisión de Evaluación, Región del Maule, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

. Que, para que el proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV" pueda ejecutarse,

necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

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13.

14.

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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación, Región del Maule, la individualización de cambios de titularidad.

Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule

RESUELVE:

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV", condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 91, 93, 96 y 99 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la

Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interpo, treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin pi pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

r este recurso es de cio de que el titular

Archívese

VAYA ugo Veloso Castro / DENTE / / Intendente :

NsSiqante Eo sión de Evaluación Ambiental de

Región del D

Rene Alejandro/Christén Fernandez Ñ icj Evaluación Ambiental Ñ Secretario Comisióh de Evaluación AS mó Región del Maule

RCF/PCT/ONM Distribución:

Sr. Pablo Alejandro Obrador Hurtado

Corporación Nacional Forestal, Región del Maule Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule Dirección General de Aguas, Región del Maule Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule Gobierno Regional, Región del Maule

Ilustre Municipalidad de Maule

C/c:

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Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule SEREMI de Agricultura, Región del Maule

Seremi de Bienes Nacionales, Región del Maule

SEREMI de Salud, Región del Maule

SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule

SEREMI MOP, Región del Maule

Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule

Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule SERVIU, Región del Maule

Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule Dirección Regional, CONADI

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "CONJUNTO HABITACIONAL DOÑA IGNACIA IV" Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule