PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS, LOCALIDAD DE CUNACO, COMUNA DE NANCAGUA
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO OHIGGINS
Califica ambientalmente el proyecto * Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco"
Resolución Exenta N*83/2014
Rancagua, 29 de abril de 2014
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco", presentada por el Señor Wilson Manuel Duarte Rabello, en representación de l. Municipalidad de Nancagua, con fecha 4 de Julio de 2013.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
a) Referente a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto
Oficio N 112/2013 de la SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 574/2013 de la SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N” 1365/2013 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 317/2013 de la Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 131/2013 del Servicio Nacional de Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 1290/2013 de la Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N“298/2013 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 550/2013 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 1445/2013 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 1280/2013 del Servicio Nacional de Pesca, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 1103/2013 de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N” 23/2013 de la Dirección Regional CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 459/2013 de la |. Municipalidad de Nancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N” 1328/2013de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Oficio N 2678/2013 del Consejo de Monumentos Nacionales.
b) Referente a la Adenda N*1 del Proyecto
Oficio N 917/2013 de la SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 1511/2013 del Servicio Nacional de Pesca, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 668/2013 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N” 123/2013 de la SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 2198/2013 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 134/2013 de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 505/2013 de la Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 450/2013 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N” 2041/2013 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 2385/2013 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
c) Referente a la Adenda N”2 del Proyecto Oficio N* 218/2014 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General
Bernardo O'Higgins; Oficio N” 178/2014 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
d) Referente a la Adenda N*3 del Proyecto
Oficio N” 485/2014 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N” 531/2014 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N* 777/2014 de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”.
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600, de 2008, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
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El Oficio Ordinario N148 de fecha 16 de abril del 2014, que cita a la sesión N8 de 2014 del Comité Técnico del proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”.
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La Sesión N%8 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental de fecha 22 de abril del 2014.
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El Acta N14 de la Sesión N8 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental que visa el Proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco".
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Acuerdo Sesión Ordinaria N*7 de la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 28 de abril del 2014, que califica desfavorablemente el proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”.
CONSIDERANDO:
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Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”.
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Que, el derecho de la |. Municipalidad de Nancagua, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”, consiste en:
3.1 Antecedentes Generales del Proyecto
Identificación del Titular
Titular : |, Municipalidad de Nancagua.
RUT : 69.090.400-4.
Domicilio : Armando Jaramillo N%“21, Nancagua. Comuna : Nancagua.
Región : Libertador General Bernardo O'Higgins.
Identificación del Representante Legal
Representante Legal : Wilson Manuel Duarte Rabello.
RUT : 14.538.488-5.
Domicilio : Armando Jaramillo N%21, Nancagua. Comuna : Nancagua.
Región : Libertador General Bernardo O'Higgins.
3.2 Monto de Inversión
US$1.400.000.
3.3 Vida Útil La vida útil del proyecto considerando las especificaciones técnicas de los equipos es de 20 años. 3.4 Mano de Obra
La mano de obra necesaria durante la etapa de construcción es de 30 trabajadores, para la operación del proyecto se requiere de 2 trabajadores
3.5 Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
El sector definido para el emplazamiento de la PTAS de Cunaco, corresponde al terreno ROL 509- 179, de propiedad de la Sociedad de Inversiones C y A Ltda. Este tiene 45 metros de frente por 57 metros de fondo y comprende una superficie de 2.565 m? (189 m.s.n.m.)
3.6 Localización
La ubicación político-administrativa del proyecto es la siguiente:
Región: Del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Provincia: Colchagua.
Comuna: Nancagua.
Sector: Cunaco.
3.6.1 Coordenadas
Los límites del predio que definen el emplazamiento del proyecto corresponden a los siguientes:
Emplazamiento del proyecto Vértice Este Norte A 290.082,41 6.162.670,35 B 290.138,63 6.162.670,35 19 290.144,50 6.162.621,23 D 290.085,67. 6.162,616,75
Coordenadas en proyección UTM huso 19s, datum WGS-84.
Los planos que grafican el emplazamiento del proyecto y las coordenadas de localización se presentan en respuestas N%1 y 2 de la Adenda N%1; respuestas N%1 y 2 de la Adenda N2 y respuesta N%1 de la Adenda N93.
3.7 Descripción del proyecto 3.7.1 Antecedentes y objetivo del Proyecto
El objetivo del proyecto consiste en dotar de una planta de tratamiento de agus servidas a la localidad de Cunaco. La cual consiste en un sistema de lodos activados en su versión aireación extendida, con digestión aeróbica del lodo en exceso (Sistema STAM). Cuenta además de dos módulos que tratan un total de hasta 567 m”/día (total de 1134 m”/día) de aguas servidas para ser descargadas al estero Chimbarongo, cumpliendo de esta forma el Decreto Supremo N*90/2000 del MINSEGPRES, Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.
3.7.2 Etapas del Proyecto
3.7.2.1 Etapa de Construcción
A continuación se describen las actividades a realizar para la construcción del proyecto: a. Operación de Campamento e Instalación de Faena
Corresponde a la instalación y operación transitoria de infraestructura de apoyo a la labor constructiva, como instalaciones para obreros, panoles de herramientas, talleres de mantenimiento, bodegas, taller de enfierradura, administración de la obra, estacionamiento de maquinaria pesada y camiones, etc. En el terreno de la Planta de Tratamiento, se ha considerado una faja de aproximadamente 15 metros de ancho alrededor de las instalaciones que sirve como área de Operación del Campamento, Instalación de Faena y Estacionamiento de Maquinaria Pesada, en lugar suficientemente alejado de las viviendas y sin afectar otras áreas para estos fines. Una vez construida la planta, estas áreas serán habilitadas como jardines o faja de protección sanitaria o de
control de otros posibles efectos que puedan surgir de la operación de la planta, o bien, para la instalación de nuevos equipos o futuras ampliaciones.
Los cierres y accesos provisorios para la construcción, de 204 metros de extensión, se deben ejecutar en forma definitiva para la operación de la planta, con portón y puerta peatonal metálica, o bien, ejecutarse de forma inmediata, previo a la ejecución de las obras.
Se consideran las mismas condiciones de instalación y características que deben cumplir las instalaciones de faenas del Contratista, relativas a bodegas, talleres, oficinas, oficina para la ITO, accesos, señalización, etc., para el resto de las obras consistentes en la Red de Recolección y Transporte de Aguas Servidas y Plantas Elevadoras (PEAS), las que deben cumplir lo especificado en las ETG vigentes de ESSBIO S.A.
La ubicación de las construcciones auxiliares tiene que contar con la aprobación de la ITO y no deberán causar molestias a particulares o al avance de la obra.
La proximidad a la urbanización existente en el sector de las obras hace necesario que el Contratista considere lugares de acopio de materiales y tuberías, así como de depósitos de excavaciones reutilizables, que puedan disponerse próximos a la faena, para facilitar y disminuir los tiempos de transporte.
Esta actividad es consecuencia del movimiento de maquinaria pesada desde y hacia los lugares en que se ejecuten sus tareas específicas. Se habilitan vías de acceso para dicha maquinaria, desde el Sector El Huape Sur por Camino a la Media Luna, camino vecinal hacia el interior de la obra con la debida seguridad y protección.
Entre las construcciones auxiliares el Contratista debe definir el lugar para el ajuste o corte de piezas metálicas de montaje que debe efectuarse en taller o recinto cerrado, evitando la producción de ruidos en el entorno, de elevada intensidad. Dicho lugar debe contar con aprobación de la ITO.
También se requiere un lugar adecuado y en conformidad con la ITO para el almacenamiento de cantidades de materiales tales como: cemento, sustancias bituminosas, fierro, etc., además de otros elementos como tapas de cámara, escaleras, machones, válvulas, equipos motobomba, pinturas, grifería, etc.
Las instalaciones de faena cuentan con servicios higiénicos del tipo de baño químico, normalmente fabricado en plástico reforzado con fibra de vidrio, completamente equipado con caseta, receptáculo WC, estanque para agua y lavamanos, para ser usado de forma temporal en la obra por los trabajadores..
Se debe efectuar una adecuada mantención de los baños químicos, contando con la ayuda de un camión limpia fosas para extraer todos los residuos orgánicos (con mangueras y motobombas especiales), e incorporar la solución del agente químico al WC, para evitar los malos olores y diluir los sólidos, durante el periodo de acumulación. Se debe contar con un estanque de agua potable que debe ser alimentado diariamente, para abastecer solamente el lavamanos.
b. Preparación del sitio
Se considera la limpieza y despeje del terreno en donde se ejecutaran las obras. Se contempla la remoción de suelo vegetal solamente, en una superficie de 2565 m2 y un volumen del orden de 500 m3.
La zona en que se inserta la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas exhibe un alto grado de desarrollo de la actividad agrícola y, específicamente de la actividad vitivinícola y frutales en menor escala. Por lo tanto, se trata de un territorio eminentemente de Explotación Agrícola típicamente localizado junto a un centro poblado como tantos otros centros poblados y asentamientos urbanos en la región. No se observa actualmente la presencia de basuras y /o escombros que deban ser conducidos a botaderos especiales, diferentes que el destino dado al transporte de excedentes de excavación.
c. Movimiento de Tierra
Comprende todas las partidas del movimiento de tierras necesario para la construcción de las obras civiles, colocación de cañerías y accesorios. La construcción de las unidades requerida contempla la ejecución de cortes, excavaciones y rellenos, con el fin de adecuar la topografía del terreno a las especificaciones técnicas y constructivas de las obras proyectadas. Estos movimientos de tierra involucran el uso de maquinaria pesada, tal como retroexcavadoras, cargadores frontales, rodillos compactadores y camiones tolva.
Durante. la ejecución de las obras de movimiento de tierras y obras bajo tierra, se efectúa agotamiento permanente de la napa freática a partir de una cierta profundidad, (de 3 a 3,50 m) con el objeto de efectuar las obras en seco. Para dicho agotamiento con bombas de rotor abierto o con punteras, se habilitan vías de evacuación de las aguas extraídas de la zona de proyecto hacia algún cauce natural existente o, si es necesario, hasta el propio Rio Chimbarongo, distante aproximadamente en 300 metros.
Se contempla también, en estructuras de mayor profundidad, la ejecución de entubaciones de madera, necesarias para evitar los riesgos de derrumbe de taludes y adecuada protección de obras existentes, así como de los propios trabajadores que deben efectuar las operaciones de enfierrado y hormigonado, preparación de la base de fundación y otras obras bajo el nivel del terreno. También se contemplan las obras de adecuada protección de las vías de evacuación de caudales de agua provenientes de la napa subterránea.
Para la evacuación de los caudales de agotamiento permanente de la napa freática, se solicitará autorización a la sociedad de canalistas que tiene la tuición de los dos canales de riego en las proximidades del terreno de la PEAS (el más próximo se encuentra a 85 metros de distancia) de forma que la conducción del flujo sea por vía directa y en presión hacia este medio de evacuación, que cuenta con conexión hacia el Estero Chimbarongo a una distancia aproximada de 1 Km. Esta situación podrá incluirse como una sugerencia en las bases de licitación de las obras.
Dentro de los excedentes de la construcción se cuentan: el material extraído en los cortes y excavaciones que no puede ser utilizado para el relleno; los restos de vegetación removidos durante el despeje del terreno y los escombros generados en la obra. Los excedentes se estiman en alrededor de 1505 m* que deben ser transportados por camiones y dispuestos en un vertedero debidamente autorizado.
Acciones para evitar el ingreso de personas o animales al recinto, durante la etapa de construcción y operación de la planta
Para evitar el ingreso de personas extrañas al terreno, este será cerrado, debidamente alumbrado y permanentemente vigilado durante el día y la noche por un cuidador o vigilante, durante todo el tiempo de duración de las obras.
En el caso de ejecutarse un cierro provisorio, el Contratista de las obras deberá disponer de un campamento provisorio que permita la permanencia de un vigilante durante la ejecución de las obras.
Una vez ejecutadas las obras, el cierro de 204 metros de extensión y accesos provisorios, se debe ejecutar en forma definitiva y segura, antes de iniciarse la operación de la planta, con el correspondiente portón y puerta peatonal metálica. Este cierre definitivo también puede ejecutarse previo al inicio de las obras.
Para la operación de la PTAS, solamente se considera oficina equipada con baño y sala de tableros y grupo generador, para resguardo del operador y de los elementos de comando de la PTAS. No se considera casa de operador para su permanencia en el recinto en todo momento.
d. Retiro y transporte de excedentes
Dentro de los excedentes de la construcción se cuentan: el material extraído en los cortes y excavaciones que no puede ser utilizado para el relleno; los restos de vegetación removidos durante el despeje del terreno y los escombros generados en la obra. Los excedentes, son transportados y dispuestos en un vertedero debidamente autorizado.
e. Obras Civiles
En general las obras civiles se pueden clasificar en:
Obras de Hormigón: se refiere principalmente a la construcción de las estructuras para las diferentes etapas del sistema de tratamiento proyectado.
Instalación de equipos: Se refiere principalmente a la instalación y prueba de todos los equipos necesarios para la operación de la planta, incluyendo los accesorios necesarios para el montaje y buen funcionamiento de los mismos.
Conexiones hidráulicas: se refiere principalmente a la instalación de cañerías, válvulas y piezas especiales.
Instalación de accesorios complementarios: se refiere principalmente a la instalación de accesorios para limpieza, ventilacion, tapas de palastro, barandas, escalas, escalines, machones de apoyo y de anclaje, compuertas manuales, etc.
f. Tránsito de Maquinaria Pesada
Esta actividad es consecuencia del movimiento de maquinaria pesada desde y hacia los lugares en que se ejecuten sus tareas específicas. Se habilitaran vías de acceso para dicha maquinaria, desde el Sector El Huape Sur por Camino a la Media Luna, camino vecinal hacia el interior de la obra con la debida seguridad y protección.
g. Montaje y Prueba de Equipos
Comprende la instalación y verificación de los equipos utilizados en las operaciones unitarias de la Planta de Tratamiento. El ajuste o corte de piezas metálicas de montaje se efectúa en taller o recinto cerrado, evitando la producción de ruidos molestos en el entorno, de elevada intensidad.
h. Almacenamiento y Transporte de Materiales
Se requiere el almacenamiento de cantidades significativas de materiales tales como: cemento, sustancias bituminosas, fierro, etc., además de una cantidad no despreciable de suministros varios tales como tapas de cámara, escaleras, machones, válvulas, equipos motobomba, pinturas, grifería, etc. Se efectúa en lugares apropiados, debidamente cerrados y protegidos.
No se generan residuos peligrosos durante la construcción de las obras. í. Abandono de Faenas
Se realiza al término del periodo de construcción, y contempla el desarme de las instalaciones de faenas y la limpieza del lugar.
3.7.2.2 Etapa de Operación 3.7.2.2.1. Descripción del sistema de tratamiento proyectado
El sistema diseñado corresponde a una de las variantes del proceso de lodos activados en su versión aireación extendida, con digestión aeróbica del lodo en exceso. La variante es caracterizada por el tipo de aireador, definido como sistema STAM, que consiste en un aireador mecánico instalado en el reactor biológico, con la forma de una rueda de tubos que se hace rotar con un motor exterior alrededor de su mismo eje. Estos tubos están construidos en base a un sistema de cuerpos huecos que sirven como depósitos para una gran cantidad de discos de fibra pegados uno detrás del otro. La depuración de las aguas según este sistema se produce por el lodo activado y por los microorganismos adheridos en la superficie de los discos y tubos. De esta forma se combinan los sistemas de lodos activados de lecho suspendido y fijo en un solo procedimiento.
El diseño contempla dos módulos de tratamiento biológico con el aireador ya descrito y, además, cada módulo contempla dos compartimentos laterales que tienen la función de sedimentadores en contacto directo con el reactor, que proporciona un retorno de 100% de lodos de recirculación.
Cada módulo trata un total de hasta 567 m'/día (total de 1134 m*/día) de aguas servidas con las características descritas y a caudal constante.
Además, la PTAS. proyectada considera los siguientes procesos:
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Pre-tratamiento: Remoción por desbaste de sólidos y flotantes.
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Ecualización: Permitirá regular las variaciones de caudal.
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Tratamiento Secundario: Remoción biológica de materia orgánica, nitrógeno NKT y fósforo presentes en las aguas servidas.
» Desinfección: Remoción de los elementos patógenos mediante cloración u otro sistema.
- Tratamiento de Lodos: Digestión y deshidratación de lodos.
Un detalle más pormenorizado del sistema de tratamiento se detalla en el Capítulo 1 de la DIA.
La gestión, acto o faena mínima que define el comienzo de la etapa de operación para efectos del seguimiento y fiscalización del proyecto es el inicio del funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.
Curso Receptor
El proyecto contempla utilizar como curso receptor al Rio Chimbarongo, que pasa de oriente a poniente a aproximadamente 318 metros al sur de la ubicación prevista para la PTAS. La ubicación del punto de descarga de las aguas servidas tratadas se muestra en la Ilustración N* 7 de la DIA. Las coordenadas UTM referenciales del punto de descarga son 19 H 6.162.427,17 N y 289.615,67 E (proyección UTM., datum WGS-84).
La descarga del efluente tratado cumple con lo establecido en el Decreto 90/2000 MINSEGPRES establece los parámetros que se deben cumplir para satisfacer la normativa ambiental.
3.7.2.2.2. Insumos que utilizará la PTAS a) Energía eléctrica (para operación normal y de emergencia);
El equipo de respaldo consiste en un grupo electrógeno a Diesel de 50 KVA, con un funcionamiento previsto solamente para casos de emergencia equivalente al 2 % del tiempo de funcionamiento aproximadamente, esto es, 200 horas por año y con un consumo estimado de 5lt de Diesel por hora. Se estima un consumo de Diesel de 1000 It/año para los casos de emergencia eléctrica.
En el Anexo N%13 de la DIA se presenta Cuadro de Energía Eléctrica (para operación normal y de emergencia).
Se cuenta con los repuestos necesarios en la planta que permitan la pronta reparación ante un eventual daño del roto-aireador, principalmente para la reparación o recambio de la cadena metálica de transmisión desde el motor de accionamiento. Se cuenta, además de la bomba de reserva para la elevación de aguas servidas, se cuenta con una bomba de repuesto para la carga de lodos al filtro prensa, para el sistema de cloración — decloración y para la dosificación de polímero.
Se considera una bomba dosificadora de cloro de reserva. Los equipos más importantes y sensibles para el tratamiento poseen equipos de reserva. El resto de los equipos se debe mantener de acuerdo al plan de mantención preventiva y correctiva. En la Tabla N*6 de la Adenda N“3, se muestran los equipos de respaldo.
b) Combustible (Cantidad y tipo de combustible);
El volumen de Diesel para el estanque de reserva del grupo electrógeno de respaldo tiene una capacidad de 200 lt y su alimentación se hace de acuerdo con las normas de seguridad correspondiente. No se considera el almacenamiento de combustible en estanques al interior del recinto para operaciones de carga y descarga de camiones y vehículos.
El contenedor de Diesel se encuentra localizado en uno de los compartimentos de la caseta de operación, cuyos detalles se presentan en el plano de Planta de la PTAS. Este contenedor forma parte y es suministrado junto con el equipo electrógeno de respaldo por el proveedor de dicho equipo, cumpliendo con todas las normas de seguridad, tanto para la instalación como para la operación en situación de emergencia.
La PTAS sólo contempla el suministro de DIESEL para un periodo máximo de 14 horas de autonomía de funcionamiento, en situación de corte en el suministro de energía eléctrica, con un estanque de 151 litros de capacidad.
En Anexo 3.3 de la Adenda N*3 se adjunta el Data Sheet del grupo generador de marca o modelo similar.
No se contempla el almacenaje de volúmenes significativos de combustible que requieran condiciones especiales de instalación u operación.
c) Abastecimiento de agua potable;
Por calle 28 de Noviembre se contempla extensión de matriz en PVC C-6 y D=75 mm y arranque provisorio o definitivo de D= 20 mm con MAP de 20 mm para la ejecución de las obras y operación de la PTAS.
Se considera que con este arranque y MAP de D= 20 mm (con capacidad de hasta 5 m/día) es suficiente para atender un consumo del orden de 4 m"/día durante la etapa de construcción y del orden de 2,5 a 3,5 m/día en la etapa de operación.
Etapa de construcción
Campamento 0.5 m3/d Baños 1.0 m3/d Riego área 1.0 m3/d Limpieza camiones y otros 1.5 m3/d Total 4.0 m3/d Etapa de operación Baños oficina 1.0 m3/d Riego 1.0 m3/d Limpieza de unidades (rejas y pozos) 1.5 m3/d Total 2 — 3.5 m3/d
Se trata de un proyecto nuevo en el cual no se generan formas de energía. El proceso de digestión de lodos es aeróbico y no se genera material combustible. El proyecto demanda energía eléctrica estimada en hasta 6.100 KWmes y tiene un grupo electrógeno de respaldo de 50 KVA a petróleo que tiene por finalidad suplir la fuente de abastecimiento de energía eléctrica durante los períodos de corte del suministro.
d) Aditivos para el tratamiento de las aguas.
Se ha indicado en el cuadro correspondiente al Punto “c” de la Respuesta 22 de la Adenda N%1, que para el manejo del bisulfito de sodio y evitar cualquier desarrollo de su potencial peligroso, se procede en estricto cumplimiento de los Decretos Supremos 248 y 148 del MINSAL. En Anexo N914 de la DIA se presenta Cuadro de Aditivo para el tratamiento de las aguas.
3.7.2.2.3. Bases de diseño Las aguas servidas afluentes a la planta de tratamiento son de carácter doméstico. De acuerdo con
las informaciones disponibles, las principales características demográficas y de las aguas servidas son las siguientes:
Parámetros de entrada Unidad Cantidad Población inicial hab 3995 Población final hab 6055 Dotación inicial l/hab/día 180 Dotación final l/hab/día 180
Q infiltración aguas subterráneas lts 3,02
Q infiltración aguas lluvias lts -
R (coeficiente de recuperación) 0,8
Q med (aguas servidas y de infiltración ) lts 13,12 Q max (aguas servidas y de infiltración) lts 32,04 Cota de llegada al recinto de planta de tratamiento m 108,71 Cota de llegada del recinto de planta de tratamiento m 114,75 Cota de salida del recinto de planta de tratamiento m 113,56 Cota de napa freática en el recinto de planta de tratamiento | M 110,75 Coniformes fecales NMP/100 ml 1,010 DBO5 gr/hab/día 45 Sólidos suspendidos totales gr/hab/día 45
Volumen de tratamiento incluyendo infiltración
Respecto al resto de parámetros de ingreso de las aguas servidas, estos deben cumplir las caracterizaciones típicas de las aguas servidas establecidas en el Decreto DS 609, para lo cual se considera que no hay descargas de residuos industriales al sistema de alcantarillado , tales como metales , hidrocarburos, elementos tóxicos y otros en exceso , según la referida norma.
Base de cálculo Valor (final) Unidad Población 6055 Hab Dotación 180 l/hab*día Caudal medio diario de agua servida 872 m'/día Caudal máximo de agua servida 32.04 lts Carga orgánica de entrada de DBO5 250 mg/l NKT de entrada <50 mg/l Fósforo total <10 mg/l
Las condiciones del efluente clarificado estan, en concentración promedio mensual, dentro de los valores establecidos por la norma de emisión vigente.
e DBO5 < 35 mg/lt diseño: 20 mg/lt
e Solidos suspendidos < 80 mg/lt diseño: 20 mg/lt e Fosforo < 10 mg/lt diseño: 8 mg/lt e Nitrogeno total < 50 mg/lt diseño: 20 mg/It e Coniformes fecales < 1000 NMP/100 ml diseno:500 NMP/100 ml
3.7.2.2.4. Parámetros de Diseño del Sistema de Tratamiento Proyectado
Tipo de planta
Lodos activados Sistema STAM
Coef. recuperación 0.8 Cobertura 9. Jaja ]|2 DBOS
Año Pob Pob. Pob Dotación agua mt | máx méd N P ss
(hab) | servida servida (l/hab*día) o (Us) | (1s) total Kgldía | mg mg/l | mg/l | mg/l 2012 | 3995 | 3995 100 180 6.7 20 |222|8.7 |1798 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2013 | 4075 | 4075 100 180 6.8 20 |226|8.8 183.4 | 240,4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2014 | 4156 | 4156 100 180 6.9 21 |230|90 187.0 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2015 | 4240 | 4240 100 180 7.1 21 | 234/92 190.8 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2016 | 4324 | 4324 100 180 7.2 22 |238|94 194.6 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2017 | 4411 | 4411 100 180 74 22 |242|96 198.5 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2018 | 4499 | 4499 100 180 TD: 22 |246|97 202.5 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2019 | 4589 | 4589 100 180 7.6 2.3 | 25.1 | 9.9 206.5 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2020 | 4681 | 4681 100 180 7.8 23 | 25.5 | 10.1 | 210.6 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2021 | 4774 | 4774 100 180 8.0 24 |260|103|2148 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2022 | 4870 | 4870 100 180 8.1 24 |26.4 | 106 | 219.1 | 2404 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2023 | 4967 | 4967 100 180 8.3 2.5 | 269 |10.8 | 2235 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2024 | 5067 | 5067 100 180 8.4 25 |274 | 11.0 | 228.0 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2025 | 5168 | 5168 100 180 8.6 2.6 |27.8 | 11.2 | 232.6 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2026 | 5271 | 5271 100 180 8.8 2.6 | 283 | 114 | 237.2 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2027 | 5377 | 5377 100 180 9.0 2.7 | 28.8 | 116 | 242.0 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2028 | 5484 | 5484 100 180 9.1 2.7 |293|119| 246.8 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2029 | 5594 | 5594 100 180 9.3 2.8 | 298 | 12.1 | 251.7 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2030 | 5706 | 5706 100 180 9.5 2.9 | 30.3 | 12.4 | 256.8 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2031 | 5820 | 5820 100 180 9.7 2.9 | 30.9 | 12.6 | 261.9 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2032 | 5936 | 5936 100 180 9.9 3.0 | 314 |129| 267.1 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4 2033 | 6055 | 6055 100 180 10.1 3.0 | 32.0 | 131 | 2725 | 240.4 | 53.4 | 10.7 | 240.4
Según el diseño original de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, los valores de la carga per-cápita (por persona ) no se modifican año a año y tampoco la dotación de agua potable , razón por la cual se mantienen inalterables los valores de las concentraciones medias afluentes a la planta en el tiempo (no así el volumen y la carga diaria total) y se mantiene el diseño original de Planta de Tratamiento, encuadrando los parámetros cinéticos característicos del proceso biológico dentro de los rangos de funcionamiento adecuados ( factor alimento — lodo; tiempo de detención y aireación, edad del lodo, etc.)
La planta de tratamiento está diseñada en base a dos parámetros que son la carga a tratar en kg/día (DBO5, SST, P, N) y el caudal a tratar (mé Idía aportado por los caudales de cada habitante, aguas lluvias y caudales de infiltración). El diseño de aireación es en base a la carga a tratar y no por la concentración de la carga en el afluente que depende del caudal que se considere en el diseño.
El diseño de la planta de tratamiento esta dimensionado para 6055 habitantes como máximo, por lo que están cubiertos todos los años anteriores al periodo máximo.
Datos de diseño y comparación con el D.S 609
Item Unidad DS 609 | Diseño | Kg/día diseño DBO5 g/hab/día 40 45 272.5
SsT g/hab/día 35.2 45 272.5 N-NH3_| g/hab/día 8 8.3 50.3 Fósforo | g/hab/día 0.8 1 6.1
En la tabla anterior se exponen los valores del DS609 (Referencia: Ministerio de Obras Públicas, 1998) que establece las cargas por habitantes para ciertos parámetros orgánicos y se compara con lo que se establecieron en el diseño. En este sentido, están cubiertos y con un factor de seguridad. Los kg/día de diseño corresponden al diseño de la planta que es la multiplicación de los habitantes por los gramos por habitante.
Respecto a los caudales de diseño, se utilizan para dimensionar hidráulicamente el sistema de tratamiento y como resultante final de obtiene una concentración de parámetros orgánicos en el afluente estimada.
Los caudales de diseño corresponden a:
Caudal de aguas servidas: 6055 x 180 x 0,8/1000 = 872 m3/día Caudal de infiltración: 261,6 m3/día Total de aguas a tratar: 1133,6 m3/día
Las cargas establecidas son fijas por habitantes en función de los años por lo que el aporte per cápita es fijo y no variable de acuerdo a lo establecido en el DS609 (Referencia: Ministerio de Obras Públicas, 1998). Lo que si va a ir variando son los kg/día de diseño en función de los años debido a que va aumentando la población, pero como el sistema esta dimensionado para el último año, están cubiertos todos los requerimientos año a año.
En Anexo N'4 de la Adenda N93, se presenta tabla N%4 para el año 1 y para el último año (datos de diseño) debido a que todos los años están cubiertos para el máximo hidráulico y para el máximo en carga.
El sistema de tratamiento contempla un 30% de capacidad adicional por concepto de incorporación de caudal de infiltración y, sobre esto, una revancha de 15% de capacidad para otros aportes eventuales de caudal, totalizando una revancha del 50%.
A continuación, se describe en detalle cada uno de los componentes que conformaran el sistema de tratamiento.
3.7.2.2.5. Equipos que conforman el sistema de tratamiento a. Sistema de Elevación
Consiste en un sistema de elevación con cámaras de bombeo y bombas en dos etapas, con canastillo de desbaste. En el Anexo Il de la DIA se presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad A. Equipos 1 y 2”.
b. Reja Fina de Desbaste Automática
Reja fina de desbaste dimensionada para el caudal punta generado, caudal de diseño de la reja alcanza los 32 l/s; SST: 250 mg/l. El cálculo y diseño de este equipo de desbaste es de propiedad del proveedor directo. En el Anexo Il de la DIA se presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad B. Equipo 4”.
c. Reja de Desbaste Manual (unidad en paralelo con reja fina automática) Consideraciones de diseño
a) Separación ente barras
b) En desbaste de Finos: 18mm
Cc) Numero de rejillas.
d) Función de cada instalación, sus tipos y características, seguridad de funcionamiento continúo. e) Velocidad de paso del agua residual
f) Condicionada por arriba: El material retenido puede ser lavado y arrastrado por el agua forzando las barras.
g) Condicionada por abajo: Posible sedimentación de arenas y cuerpos densos.
h) Velocidad de aproximación en la cámara de rejillas (vc): 0,30 - 0,60 m/s aprox.
¡) Velocidad de paso entre las barras de la rejilla (vr): 0,60 - 1,2 m/s aprox.
j) Volumen de material retenido en las rejas Dimensionado
k) Parámetros fundamentales
l) Velocidad
m) Pérdida de carga
n) Anchura del canal en zona de rejillas.
n) Pérdida de carga a través de una reja en m.
Datos a fijar según parámetros de diseño: Ancho del canal en zona de rejillas 600 (mm) Ancho del canal de entrada 600 (mm)
Separación útil entre barras 15 (mm) Numero de barras 39 (Un)
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En el Anexo ll de la DIA se presenta "Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad B. Equipo 3”.
La generación de lodo primario se da en la reja fina de desbaste con 15 mm de separación entre barras y en el equipo lavador de arenas. Estos residuos corresponden a papeles, residuos sólidos inertes, plásticos, restos orgánicos de mayor tamaño y arena.
El material de desbaste se retira diariamente en bolsas impermeables de 20 litros y se transportan cada 3 días hacia el depósito de basuras de la localidad, representando un volumen menor que el 0,5 % de los residuos sólidos domésticos de la localidad.
La periodicidad también se indica variando entre 1 y 2 bolsas de 20 litros cada tres días, desde el inicio de la operación, hasta el final del periodo de proyecto). La condición de almacenamiento temporal es en sacos o bolsas de material impermeable.
Los sacos impermeables debidamente cerrados, deben almacenar el material de desbaste hasta un tiempo máximo de tres días (máximo de dos sacos), debiendo quedar en lugar bajo techo, protegido del sol y de la lluvia y del acceso de vectores, sobre plataforma de hormigón debidamente impermeabilizada, de forma de evitar cualquier tipo de derrames o lixiviación del contenido hacia el suelo o a las napas.
d. Desarenador de Vórtice
El agua ingresa al estanque circular de hormigón con fondo cónico. El particular movimiento inducido por el ingreso de las aguas a este estanque genera una corriente secundaria transversal que provoca la concentración de arenas en el fondo cónico del estanque.
La arena acumulada en el fondo cónico se extrae luego mediante una tubería hidro-extractiva o “Air-Lift Pump” integrada al centro del equipo. En la figura N%4 de la DIA se presenta el modelo de Desarenador de vórtice.
Dimensiones:
A: 2000 mm
B: 1000 mm
C: 300 mm
D: 1000 mm
E: 450 mm
Volumen desarenador: 4,62 m3
Caudal Punta año 2025: 32,04 L/S Tiempo de retención: 140 segundos Tiempo mínimo requerido: 50 segundos
Los desarenadores de vórtice deben ser dimensionados para un tiempo de retención de 50 segundos, de acuerdo a lo establecido en bibliografía Metcalf and Eddy.
El equipo cumple para el tratamiento del caudal punta del año 2033. No se requieren obras adicionales. En el Anexo II de la DIA s presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad C. Equipo 7”.
Air Lift:
Conexiones para alimentación de aire y agua de lavado: 1"
Conexión de Salida de mezcla agua/arena: DN 80
Consumo de Aire: Promedio 40-60 Nm3/h, para descargar 10 m3/h en condiciones normales de mezcla,
Longitud aproximada Air Lift : 2500 mm.
Calculo del aire requerido por sistema air lift
De acuerdo a la información proporcionada por el proveedor de este sistema de extracción, el equipo con DN80 considera un trabajo a un caudal de 10-12 m*/hr de mezcla arena y agua y esto requiere un flujo de aire de 56,4 -60 m hr. Considerando un factor de un 28% más por perdidas adicionales se tiene que el aire requerido es de 72,2 m3/hr
La información técnica proporcionada por el proveedor del soplador indica que según el tipo de equipo y los caudales a tratar, se debe suministrar una potencia de 72,2 m */hr de aire. Lo que corresponde a una potencia requerida de 1,65 HP. Se considera un equipo de 2HP para esta aplicación. En el Anexo Il de la DIA se presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad C. Equipos 6 y 8. Manual IV 7”.
Lavador de arenas
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La mezcla agua arena descargada, se envía a un lavador de arenas, que descarga las arenas por la parte superior con la ayuda de un tornillo. Las aguas de coloca o libres de la mayor cantidad de arena, se ingresan al sistema de tratamiento (ecualizador). En la Figura N*5 de la DIA se presenta un modelo de Lavador de arenas.
Las aguas finalmente desbastadas y sin arenas, son ingresadas al estanque de homogenización previo a la medición y registro del caudal de ingreso en canal parshall.
Los valores de caudal de arena y agua a lavar vienen definidos por el tipo de modelo provisto por el proveedor.
Caudal que soporta el equipo : 20 m3/hr Caudal proveniente de sistema air lift : max 12 m3/hr.
En el Anexo Il de la DIA, s presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad C. Equipo 7. Catalogo 1V.5”.
e. Estanque de Ecualización y Acumulación
Posee un tiempo de retención de 2 horas de caudal punta de 32,021/s. Esto implica que el volumen requerido para este tiempo es de:
Volumen Ecualizador (CAUDAL PUNTA-CAUDAL MEDIO) x 3,6 x TRH Volumen Ecualizador = 140 m3
El estanque de pretratamiento cumple con la función de retener el caudal peak que ingresa al sistema de tratamiento. Opera como estanque pulmón que acumula el caudal peak por un periodo de descarga de acuerdo al perfil de descarga si afectar ni alterar el flujo hidráulico de la planta de tratamiento, es decir, sistema de tratamiento biológico, sedimentador, sistema de desinfección.
En forma adicional, con este estanque se homogeniza la carga orgánica de manera que siempre ingrese un valor constante al sistema de tratamiento biológico evitando condiciones shock a los microorganismos.
El sistema de homogenización de caudal posee un (1) aireador sumergido tipo radial de 3,7 kw que incorporan oxígeno al sistema con el fin de evitar la generación de olores. No se pretende con esta aireación generar una gran aireación, solo se evita la anoxicidad y su uso en el tiempo está comandando por PLC. En el Anexo ll de la DIA se presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad D Equipo 10”.
f. Sistema de Tratamiento Biológico STAM R
El sistema STAMR combina dos tecnologías para remover en forma biológica la carga orgánica. Unidades que componen el Sistema STAMR:
Sistema de lodos activados
En las aguas residuales se ponen en contacto con una población microbiana mixta en forma de suspensión floculenta en un sistema aireado y agitado.
Sistema de rotoaireador
Un biofilm microbiano se acumula sobre un medio de soporte parcialmente sumergido que gira lentamente sobre un eje horizontal, dentro de un tanque a través del cual circula el agua residual.
El sistema STAMR consigue que la aireación y agitación del lodo activado se realice a través del rotoaireador que sumerge y comprime el aire atrapado en la superficie por las cavidades interdiscales.
El diseño del sistema de tratamiento es realizado de acuerdo a las Normas Alemanas ATV (STANDARD ATV - A 131E), GERMAN ATV STANDARD.
Diseño del Sistema de Tratamiento Biológico, Tecnología STAMR Para realizar el diseño del
sistema de tratamiento biológico diseñado por DL c S.A., se determina la edad del lodo (tDS) y la concentración de solidos suspendidos en el licor de mezcla (DSAT).
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El sistema biológico de tratamiento está diseñado con una edad de lodo de 13,8 dias, estabilizando luego el lodo por 12 días en el digestor. De esta manera se logra una edad del lodo promedio de 25 días para el máximo de caudal a tratar.
El sistema STAMR opera con una concentración de solidos suspendidos en el licor de mezcla de 6,00 Kg/m3.
En caso de ingreso incontrolado de caudales debido a aguas lluvias o inundaciones, la biomasa escapa del sistema de tratamiento y no se produce la muerte de las bacterias; por lo que se procede a vaciar y lavar los módulos del sistema STAM, para luego volver a llenarlos con aguas servidas del colector. En el caso de muerte de bacterias, esto puede potencialmente suceder por falta de oxígeno en varios días y/o por descarga ¡legal de riles y compuestos tóxicos. En este caso se procede de la siguiente manera:
«Se decantara el lodo biológico del reactor con el uso de polímero decantador en caso de ser requerido.
«Se espera dos horas de decantación y se extrae el lodo desde el fondo del estanque correspondiente al menos al 50% del volumen total del estanque.
*El agua clara, se retornara al estanque de ecualización para su posterior reingreso.
Sistema de Aireación
El cálculo del consumo de oxigeno se determina conforme a las recomendaciones del fabricante. El dimensionamiento del sistema de aireación cubre las demandas para la oxidación de la materia orgánica y para la oxidación de los compuestos de nitrógeno (NKT) a nitratos.
La cantidad de nitrógeno compuesto en forma de nitrato a denitrificar en el reactor biológico (NO3- Nd), es la diferencia entre el NKT que se nitrifico y el NO3-Ne que permite el efluente. Pata esto se asume un nitrificación de un 90% de los compuestos nitrogenados presentes en las Aguas Servidas en forma de NKT.
Demanda de Oxígeno a periodos punta
Para cubrir las demandas en las horas Peak o eventuales Peak (se considera estanque regulador de caudal), se debe aumentar por un factor fC para la demanda OVC y un factor fN para la demanda OVN
Requerimiento de Oxígeno considerando las correcciones de temperatura
A partir del requerimiento de oxígeno, se debe seleccionar el modelo de la rueda que cumple con el requerimiento y además entregue el volumen requerido para el sistema de tratamiento biológico (VAT).El modelo de aireador (rueda) debe considerar la corrección por ALTURA.
Correcciones del oxígeno por la altura
El oxígeno informado corresponde al oxigeno teórico en términos de Kg de oxígeno. De esta manera se compara el oxígeno teórico requerido con el oxigeno proporcionado por el aireador mecánico, esto independiente de los factores de terreno, flujo de aire y, rendimientos
Luego, el equipo de tratamiento STAMR posee las siguientes dimensiones:
Dimensiones interiores del estanque
Lado 6.6 m
Ancho 76m
Altura útil 47m
Volumen total reactor 235 m* Total estanques 2
Volumen total 470m*
Volúmen requerido por cálculo: 464 mé
El modelo seleccionado para el caudal de tratamiento de 1134 m/d corresponde a dos aireadores en dos módulos de tratamiento, con aireador modelo RR13B dispuestas en dos módulos de tratamiento con una rueda, las cuales entregan a una cantidad de oxigeno a revoluciones normales 554 Kg O2/d y a máximas revoluciones 831 Kg O2/d.
g. Sedimentador
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El diseño del sedimentador se realiza de acuerdo a los cálculos de diseño de la planta para el caudal medio de 1134 m%/d. Los sedimentadores son laterales los cuales se encuentran comunicados en su parte inferior con el reactor biológico, de manera que existe un 100% del retorno de lodos al sistema de tratamiento y no requiere de sistemas de bombeos. En el Anexo ll de la DIA se presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad G”.
h. Cámara de contacto - desinfección
La cloración es efectuada con un tiempo de contacto de mínimo 30 minutos para el caudal de operación. El objetivo de esta etapa de proceso es eliminar los agentes patógenos del efluente clarificado que proviene del sedimentador y entregar un efluente con una concentración de Coliformes fecales menores a 1000 NMP/100ml.
Dimensiones internas del clorador
Número canales 6 Ancho canal 0.5m Largo 6.65 m Altura útil 15m Volumen total 30 m*
Parámetro de diseño de la cámara de contacto
Coniformes fecales iniciales 4109 NMP/100 ml
Coniformes fecales finales <1000 NMP/100 ml
Tiempo de contacto 45 Mínimo a caudal medio máximo Caudal medio max. total 1134 m/d
Para lograr una eliminación efectiva de coliformes se consideran los siguientes factores:
- Tiempo de contacto e Cloro residual
Evaluando la ecuación con los parámetros de diseño se obtiene una cantidad de cloro residual de 2,16 mg/l
Para lograr este valor de cloro residual, según bibliografía y experiencia se debe dosificar entre 2 a 8 mg/l.
La cantidad de cloro a agregar en la desinfección, se trabaja en el rango de reacción al breakpoint. En dicha etapa el cloro libre reacciona con compuestos de nitrógeno que posee el efluente de la planta de tratamiento de aguas servidas, de manera que se forma un cloro residual combinado. La adición de cloro más allá del breakpoint, produce un aumento del cloro libre disponible (el cual estará en exceso).
A partir de la información anterior se ha determinado que la concentración de cloro óptima para realizar la desinfección se encuentra entre 4 a 6 mg/l, seleccionándose un valor de 6 ppm.
La dosificación de hipoclorito se realiza en base a cloro líquido. Hipoclorito de sodio al 10% en peso y densidad de 1,17 gr/ml.
Por estequiometria se obtiene la cantidad de hipoclorito de sodio a partir del requerimiento de ¡on hipoclorito, esta es:
Cantidad total requerida de Hipoclorito liquido = 82 kg cloro liquido /dia = 70 Litros/dia
Bomba requerida
La bomba requerida se obtiene dividiendo el volumen día de producto requerido en 24 horas, debido a que el caudal total de planta de tratamiento ingresa durante las 24 horas del día. (condición mas extrema)
Caudal requerido Bomba cloro : 70/24 : 2,92 l/hr
¡. Decloración
Para el proceso de decloración se considera el uso de bisulfito líquido. Para ello se dispone de un
volumen 4 m', proporcionando un tiempo de contacto de 5 minutos para la acción del bisulfito en la parte final de la continuación del estanque de cloración. (Ultimo canal de cloración). Se considera
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que se ocupara aproximadamente el 75% del volumen de un canal para declorar, considerando que se debe instalar un medidor de flujo final.
Caudal de tratamiento 13.12 l/s Caudal de tratamiento 1133.6 m/día Dosis de hipoclorito a reducir 0.4 mg/l OCL Kg de OCL a reducir 0.45 Kg/d Oxígeno presente en efluente 2.50 mg/d Oxígeno a reducir 2.83 Kg/d Kg HSO3 a utilizar para oxígeno 6.29 Kg/d Kg HSO3 a utilizar para hipoclórito 0.71 % Factor de seguridad 10 Kg/d Kg Na25205 8.21 % Solución 10 ldía Litros a preparar 82.110 l/mes Litros solución mes 2463.286
Debido a impurezas, trasvasijes y otros para todos los consumos, se debe manejar un delta de al menos un 10%.
Considerando que el metabisulfito se prepara al 10%, implica un volumen día de 82 litros. Caudal bomba de bisulfito requerida = 80/24 = 3,33 l/hr.
En Anexo Il de la DIA se presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2.Unidades J y K. Equipo 25.Manual IV 9”.
j. Estanque digestor de lodos El estanque digestor de lodos tiene el objetivo de estabilizar el lodo purgado de los sedimentadores y realizar la digestión de este. El diseño del estanque es realizado en base a la cantidad de lodo
producido en el sistema en forma teórica para el máximo caudal generado.
La cantidad de lodo teórico purgado en forma diaria para un caudal medio de 953 m'/d es de 229,04 Kg SS/d.
El digestor se diseña para 229,04 Kg SS/d con una capacidad de acumulación de los lodos de 12 días, con un lodo concentrado en el sedimentador al 1%, requiriéndose un volumen de 68,1 mí.
El diseño del digestor está basado en los siguientes parámetros:
El promedio de solidos por volumen = 1 Kg SS/d por m3 de digestor. Demanda máxima de oxigeno del lodo = 0,12 Kg O2/ por Kg de Lodo Seco.
Para estabilizar el lodo se debe eliminar 1/3 de la masa de este, la cual no requiere demanda de oxígeno.
En base a los parámetros la cantidad de oxigeno que se debe suministrar al sistema es de 1,056 KgO2/m%d. Se diseña el digestor con un volumen útil de 136 m?, por lo tanto se requiere una cantidad de oxigeno de 145 KgO2/d.
Las dimensiones de cada digestor (dos unidades) son las siguientes:
Lado 4m Ancho 4m Altura útil 4m Volumen r 68 m Cantidad 2 Volumen total 136 m
El aire es suministrado en cada digestor con 2 (dos) inyector SJC-34 que entrega a 4 metros de profundidad una cantidad de 5,1 Kg O2/hr, con un periodo de operación de 16 horas, es decir, al sistema se incorpora 163 Kg O2/d. La potencia del aireador SJC-34 es 3,4 Kw.
El lodo digerido pierde materia orgánica en forma de CO2 +H20. Esta pérdida se considera en un promedio de 15%. De esta manera el lodo generado pierde un 20% de su masa al ser digerido.
Masa lodo a digerir : 229,041 KgSS/d Masa lodo post digestion : 195 KgSS/d
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En Anexo !Il de la DIA se presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad H. Equipos 8 y 17. Catalogo IV 7 y IV 10".
El sistema STAM no requiere recirculación y retorno de lodos (RAS, WAS) desde el estanque de decantación hacia el reactor biológico aireado, ya que ambos procesos se desarrollan en dos compartimientos de una misma unidad que se encuentran en permanente contacto e intercambio de la fase sólida. Solamente se procede a la extracción del exceso de lodos desde el compartimiento de decantación, en cantidad suficiente como para mantener una determinada concentración de sólidos en suspensión y células activas en el estanque de aireación y una determinada edad de lodo.
k. Deshidratación de lodos
La deshidratación de lodos, se proyecta en un equipo filtro prensa y se considera para efectos de cálculo la masa previa a la digestión, así como el cálculo de los insumos.
Datos Diseño:
Purga de lodos: 229,04 kgSS/dia Caudal: 22,9 m3/dia
Solidos Suspendidos: 1% Caudal: 22,9 m3/dia
Cantidad de ciclos: 1
Solidos Suspendidos: 1%
El dimensionamiento del Filtro prensa para dos ciclos de trabajo, se estima a partir de la cantidad de solidos suspendidos retenidos en el sistema filtrante, por cada ciclo de trabajo. El resultado del cálculo nos indica el volumen del filtro prensa.
El líquido que se separe en el sistema de deshidratación de lodos se retorna al estanque ecualizador como puede observar en el flujograma de la PTAS y en el esquema de Lámina 2, ambos de la Adenda N1.
La cantidad de Placas a considerar son 30 unidades de 800 x 800 mm las que proporcionan 29 cámaras dando un total de 638 Litros. Se considera realizar dos ciclos de trabajo.
La composición del lodo derivado del tratamiento biológico de aguas servidas típicamente domésticas , mediante el sistema STAM proyectado para la Localidad de Cunaco corresponde a la composición típica descrita por Metcalf 8 Eddy: “Tratamiento y Depuración de Aguas Residuales “; y es la siguiente:
Composición del lodo típicamente doméstico, tratado biológicamente en sistema STAM.
ST Sólidos secos totales en % 6.0-12.0 SV Sólidos volátiles (% de ST) 30-60 Grasas y aceites (ester soluble % de ST) 5-20 Proteínas (% de ST) 15-20
N Nitrógeno (% de ST) 1.6-6.0 P205 Fósforo (% de ST) 1.5-4.0 K20 Potasio (% de ST) 0.0-3.0 Celulosa (% de ST) 8.0-15.0 Hierro (no como sulfuro, % de ST) 3.0-8.0 Si02 Sílice (% de ST) 10.0-20.0 pH 6.5-7.5 Alcalinidad (mg/como CaCO3) 2500-3500 Ácidos orgánicos (mg/como HAc) 100-600 Contenido térmico (Kcal/Kg) 1512-3792 Humedad lodo digerido % 88-94 Humedad lodo secado 60-70
En el Anexo ll de la DIA se presenta “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidades | y L. Equipos 18; 19; 20; 21; 22 y 23. Catalogo IV 6”. En complemento en el Anexo 12.1 de la Adenda N%3 se adjunta Diagrama de Flujo en donde se detalla la línea de lodos.
- Cámara de muestreo Finalmente, el efluente de la planta es controlado en la cámara de muestreo a la salida de la
planta. Esta se esquematiza en el Anexo N%1 de la DIA “Proyecto PTAS. Plano V.2. Unidad M. Equipos 5 y 26”.
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Con el propósito de evaluar la eficiencia del sistema de tratamiento proyectado y para sintetizar la información en el DIA, se adjuntan los balances hídricos y de masa para la PTAS Cunaco en el Anexo N11 de la Adenda N%1, según diagrama de flujo de lámina 3 (Anexo N12 de la Adenda N22).
Programa de monitoreo efluente planta de tratamiento
La fiscalización, así como el seguimiento de la calidad del efluente del sistema de tratamiento, se efectuará a través de campañas intensivas de monitoreo de 24 horas de duración. Las campañas consistirán en extraer muestras compuestas cada 2 h para todos los parámetros definidos (a excepción de los coliformes fecales cuyo muestreo será puntual). La toma de muestra el traslado y el análisis de los parámetros correspondientes será efectuado por un laboratorio acreditado.
Por lo anteriormente expuesto, los organismos deben solicitar al operador de la planta los muestreos necesarios para la validación de la operación de la PTAS.
Para los efectos de evaluación y fiscalización del efluente tratado por la PTAS, se informan los parámetros a cumplir indicados en la Tabla N” 1 del D.S. 90/00 MINGEPRES (Anexo N18 de la Adenda N1).
Los parámetros de control de rutina se efectuarán de forma mensual y los análisis completos solamente una vez por año o más si se llega a detectar situaciones anómalas en el efluente.
Los parámetros de control de rutina serán: Aceites y grasas:
Coliformes fecales
DBO 5
Fósforo.
Nitrógeno total Kjeldahl
PH
Poder espumógeno
Sólidos suspendidos totales
Temperatura.
La PTAS podrá contar con pequeño laboratorio en su interior o llevar las muestras a laboratorio autorizado, tanto para los análisis de rutina como para los análisis completos, debidamente preservadas, según los estándares vigentes.
Se llevarán planillas mensuales e informes anuales con los resultados de rutina y con los exámenes completos.
Destino final del lodo
El destino de los lodos es un lugar de disposición final autorizado por la autoridad competente, teniéndose en cuenta que el lodo extraído cumplirá con las características de un lodo Clase “B”, según definición del Reglamento No 4 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, para el manejo de lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas, de fecha 30 de enero del 2009 y publicado en el Diario Oficial de 28 de Octubre de 2009.
En este caso, el manejo de estos lodos que alcanza un máximo de 230,4 Kg de lodos en peso seco por día (aprox. 27,6 Ton/mes al 75 % de humedad), consiste en el transporte hacia un sitio autorizado durante el período de funcionamiento de la planta. Dicho lodo puede ser extraído de la planta cada 7 días o, incluso, podría permanecer 7 días más (totalizando menos de 13 toneladas de lodo) en condiciones especiales de confinamiento (contenedor de lodos), que permita controlar la generación de olores, la atracción de vectores y la migración de líquidos al suelo. El tiempo de deshidratación de lodos en lechos de secado no se considera como tiempo de almacenamiento. La planta considera un contenedor de lodos para este fin, ya que probablemente la extracción del lodo en exceso de la planta se efectúe semanalmente.
La generación de lodo primario se da en la reja fina de desbaste con 15 mm de separación entre barras y en el equipo lavador de arenas. Estos residuos corresponden a papeles, residuos sólidos inertes, plásticos y restos orgánicos de mayor tamaño.
La generación de lodo secundario corresponde al tratamiento biológico de la línea de lodos y la purga periódica de material en exceso que es deshidratado hasta un contenido de sólidos entre un 75 y 80 % y un contenido de coliformes fecales inferior a 2 x 10 6 NMP / Kg.
En cuanto al manejo de floculantes o polímeros para la deshidratación de lodos, sus residuos se contienen en depósitos separados de los residuos domiciliarios y son retirados y conducidos por
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firmas autorizada a sitios autorizados conforme sus características químicas y de peligrosidad, cada 45 o 60 días, de acuerdo a la necesidad.
Plan de Manejo de Gestión de los Lodos, provenientes de la planta de tratamiento de aguas servidas
La planta está dimensionada para 6055 habitantes y la humedad media diaria del lodo deshidratado es de 75 % que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 16 del D.S. 04/2009 MINSEGPRES, no supera el valor de 80 % de humedad por muestra.
Las características del almacenamiento del lodo son las siguientes:
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Acumulación de lodo deshidratado en container metálico de 20 m3 de capacidad, que permite el traslado de los lodos.
-
El container se encuentra bajo techo y es estanco.
-
La zona donde se instala el container posee canaletas para agua de lavado.
-
Toda la zona interior de la PTAS posee un radier (plataforma de tratamiento) y no hay zonas en contacto directo con la tierra.
-
Las aguas de lavado se envían al estanque de pre-tratamiento o ecualización para su ingreso al sistema de tratamiento.
-
El lodo generado es estabilizado, debido al dimensionamiento de las unidades de digestión.
-
En el caso normal la extracción de lodos en exceso se conduce en camión por transportista hasta vertedero autorizado en las condiciones que establece el D.S.04/2009, semanalmente o cada 2 semanas como límite máximo en el tiempo de extracción
-
Se dispone de una cancha de acopio techada, la cual es usada sólo para eventuales contingencias en el caso que se requiera el acopio de lodos en situación muy transitoria como emergencia.
Para las necesidades de acopio y almacenamiento de lodo, se requieren 2 contenedores de lodo deshidratado de 10 m' de capacidad.
Para la deshidratación de los lodos estabilizados provenientes del digestor de lodos, se utiliza un equipo filtro prensa de 30 placas cada uno de 800 x 800 mm y capacidad de 951 It.
En forma diaria, desde el digestor, los lodos son impulsados hacia el filtro prensa a través de una bomba neumática, con inyección de polímero que es realizada en la propia línea.
El polímero adicionado es preparado en un equipo especialmente diseñado para este reactivo. Entre los equipos se considera:
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Bomba neumática de alimentación de filtro prensa;
-
Filtro prensa compuesto por 30 placas de 800 x 800 mm, central de cierre de placas, paños filtro prensa, estructura en acero negro con recubrimiento epóxico.
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Serpentín de mezcla de lodos y polímero con mezcladores estáticos.
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Estanque de preparación de polímero;
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Bomba dosificadora de polímero;
-
Compresor de aire de 7,5 HP;
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Serpentín de mezcla de lodo y polímero en PVC C-10.
-
Bomba dosificadora de polímero;
-
Tolva de recepción de lodos;
-
Tornillo de transporte de lodos a container.
El filtro prensa considera una tolva de recepción de lodos con tornillo de mezcla. Donde el operador acciona Cal sólida apagada en forma manual (uso de guantes y pala de mano), básicamente para evitar ciertos vectores, pero no con el objetivo de eliminar coliformes, ya que gran parte de ellos se elimina en la digestión de lodos.
El material de desbaste se retira diariamente en bolsas impermeables de 20 litros y se transportan cada 3 días hacia el depósito de basuras de la localidad.
El lodo secundario se dispone en contenedor estanco de propiedad del transportista autorizado de lodos, el cual queda instalado en un sector de la PTAS contando con agua de lavado y radier con sumideros para limpieza. Dicho contenedor debe asegurar que no se produzcan derrames ni líquidos lixiviados que puedan provocar contaminación del suelo o la napa y que no existan olores molestos ni la presencia de vectores transmisores que puedan afectar a la población circundante a la PTAS.
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Programa de monitoreo lodos
La evaluación de la calidad de los lodos producidos se realiza a través de medición de parámetros. Los metales pesados controlados son As, Cd, Cu, Hg, Cr, Ni, Pb, Se y Zn. Los parámetros microbiológicos son coliformes totales y fecales, además de presencia de salmonella. Los resultados son expresados por gramo de sólido seco.
De acuerdo con las cantidades de lodo a extraer (base de materia seca) y la Tabla 3 de frecuencia mínima para el análisis de lodos / Artículo 27% DS N* 4 /2009 del MINGEPRES, los análisis de rutina de lodo incluyendo análisis de reducción de atracción de vectores se efectúa dos veces por año para detectar la variación estacional de dichos valores, además podrán efectuarse análisis complementarios en el caso de detectarse anormalidades o condiciones de rechazo en relación a lo establecido en el referido DS 04/2009 MINSEGPRES.
Se lleva un registro de todos los lodos producidos, así como del destino final de éstos, el que está en todo momento disponible para conocimiento de las autoridades fiscalizadoras.
El tiempo de residencia del lodo en el sistema es de 13,8 días en el reactor biológico y de 12 días en los digestores aireados, lo que proporciona un total de 25,8 días de edad del lodo, cumpliendo con lo expuesto en el Punto 6 del Artículo 6 del DS 04/2009 MINSEGPRES que establece lo siguiente: “El tiempo de residencia del lodo en el sistema debe ser igual o superior a 25 días para generar un lodo estabilizado”.
La Guía de Despacho de Lodos es un documento que permite asegurar que el lodo proveniente de una PTAS sea dispuesto efectivamente en el lugar de destino, debiendo contar con un original y copias de diferente color conteniendo los siguientes antecedentes:
Antecedentes del Generador.
e Nombre del Establecimiento Emisor
e Dirección
e Nombre y antecedentes del profesional a cargo. e Firma del generador.
e Fecha de retiro.
e Peso Total (Kg)
e Peso en base seca ( Kg)
e Volumen Total (m3)
e Clasificación de los lodos ( “A”; “B” o “no tiene”) e Tipo de tratamiento de lodos.
e Humedad (% )
.epH
e Contenido de nitrógeno, fósforo y potasio disponible; nitrógeno total y fósforo total (mg/ Kg ) e Metales pesados (Mg / Kg de lodo seco)
Antecedentes del Transportista.
e Nombre de la empresa transportista.
e Personal responsable del transporte de lodo. e Firma del Transportista.
e Tipo de vehículo.
e Capacidad de transporte del Vehículo (m3). e Número de patente del vehículo.
e Hora de salida del centro emisor.
e Hora de llegada al lugar de disposición.
Antecedentes del Receptor.
e Identificación del establecimiento receptor.
e Fecha y hora de recepción de lodos en el lugar de destino.
e Personal responsable de la recepción.
e Dirección.
e Características del lugar y espacio de recepción disponible ( m3). e Fecha de recepción.
A modo de ejemplo, se adjunta copia de formulario tipo a incorporar una vez que se realice la puesta en marcha del sistema de tratamiento, cuyo procedimiento consiste en Documento de Declaración autocopiativo que se distribuye de la siguiente manera:
a) Original 1, a retener por el Generador de los desechos sólidos.
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b) Original 2, a remitir por el generador al Servicio de Salud.
c) Copia 1, a retener por el destinatario de los desechos sólidos.
d) Copia 2, a retener por el transportador de los desechos sólidos.
e) Copia 3, a remitir por el destinatario de los desechos sólidos. al Servicio.
f) Copia 4, a remitir por el destinatario de los desechos sólidos. al Generador, con objeto de confirmar la recepción de los mismos..
Además se da cumplimiento final mediante un Consolidado Mensual donde se envía el Original 2 con el formato de consolidado, siendo timbrado en la oficina de partes y quedando una copia en el SEREMI de Saludy otra en el Generador (empresa).
Se adjuntan como ejemplo y complementación los siguientes Anexos de la Adenda N*2:
Anexo 9.1 Formato de Declaración de Residuos.
Anexo 9.2 Formato generación de lodos y transporte.
Anexo 9.3 Formato consolidado mensual.
Anexo 9.4 Ejemplo Plan de Contingencia de Lodos Región Metropolitana.
Mantención de los equipos de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas
En el Anexo N16 de la Adenda N%1 se presenta el Plan de Mantención Preventivo de los equipos y unidades que conforman la planta de tratamiento de aguas servidas, complementado con lo indicado en el Anexo N16.1 de la Adenda N?2.
Condiciones técnicas de medición y registros de caudal en el afluente, punto de descarga
(efluente), y en el by-pass
Se consideran equipos medidores de flujo en caja Parshall ( Parshall Flume) de fondo plano y descarga libre para el afluente, efluente y by-pass. Los equipos electrónicos van registrando el totalizado de los caudales en forma automática y el operario sólo apunta diariamente los valores registrados en planilla de datos.
En planilla de datos se registran los valores diarios de caudal acumulado a una determinada hora del día. Si fuera necesario y de acuerdo con las características del flujo, o las necesidades del tratamiento, pueden registrarse dos valores por día, o más. Para facilitar los cálculos del caudal se deben tomar los acumulados en intervalos de tiempo regulares y fijos y programar la planilla adecuadamente para el cálculo de caudales a partir de los volúmenes acumulados.
Acciones a realizar cuando el afluente de ingreso de la planta de tratamiento de aguas servidas, se encuentre excedido sobre algún parámetro, de diseño de operación de la planta, teniendo riesgo de que se vea alterado el abatimiento de estos, y por consiguiente el no cumplimiento del D.S. 90/00 del MINSEGPRES.
La red de aguas servidas de la localidad no incluye la incorporación de aguas lluvias superficiales y, además, los conductos y sus uniones son impermeables. Las cámaras de inspección que se ubican bajo la napa freática en zonas más profundas, se proyectan armadas con el fin de evitar la eventual fisuración por cargas accidentales o sísmicas. Los empalmes de tubería a cámara son también proyectados con adecuada adherencia para la impermeabilización de las juntas.
De acuerdo con estas características de la red, las lluvias intensas no deberían afectar mayormente el flujo de las aguas servidas hacia la planta, aun cuando se considera una componente del flujo por infiltración, teniendo a la vista la existencia de colectores bajo la napa.
Aun así, el sistema de tratamiento incluye un margen adicional de capacidad de 15 % en sus unidades en casos excepcionales de aumento de la carga hidráulica asociada a precipitaciones.
En situaciones accidentales más extremas de ingreso de grandes volúmenes de agua al sistema de recolección de aguas servidas en que este pueda entrar en presión y el caudal afluente pueda llegar a superar la capacidad instalada de las bombas y que pueda ocurrir un arrastre excepcional de los medios de cultivo fijo y suspendido y de su contenido bacteriano, deberá protegerse el funcionamiento de la planta, mediante un rebalse en la cámara de entrada de la PTAS, para que esta continúe trabajando dentro de los límites permisibles de capacidad y para que el exceso de caudal altamente diluido sea evacuado hacia la descarga al Estero Chimbarongo.
Por otro lado, las unidades asociadas a la deshidratación y acopio de lodos se diseñan debidamente techadas, evitando cualquier tipo de lixiviación hacia la superficie del suelo.
El sistema de tratamiento ha sido dimensionado para la carga orgánica asociada a la población proyectada que será servida en el año 2033. Por consiguiente, durante los primeros años de
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operación, existe una capacidad disponible para absorber sobrecargas no previstas eventualmente originadas por descargas clandestinas.
Los vertidos de naturaleza orgánica pueden producir un desequilibrio en el factor alimento-lodo, acompañado de un eventual déficit de oxigenación, producto de la oxidación bioquímica adicional de la sobrecarga.
A fin de proteger las células activas en el reactor biológico, se debe adoptar el siguiente procedimiento:
Las descargas de productos químicos tóxicos del tipo inorgánico a la red de alcantarillado generalmente provienen de industrias que utilizan este tipo de substancias en sus procesos. Sin embargo, la localidad de Cunaco no presenta este tipo de actividad industrial o si existiera alguna industria de este tipo, esta no debería eliminar residuos tóxicos al sistema público de alcantarillado. De esta forma, es muy poco probable que se pueda dar esta situación, a menos que se trate de una descarga totalmente accidental que ha llegado también accidentalmente a la Planta de Tratamiento.
Acciones a seguir para monitorear el afluente de ingreso a la planta de tratamiento de aguas servidas
El control permanente de las características básicas del efluente como: color, olor, turbiedad, pH y temperatura, permite detectar en forma oportuna la presencia de estos vertidos clandestinos cuando se detecten en condiciones anormales.
A fin de proteger las células activas en el reactor biológico, se debe adoptar el siguiente procedimiento:
Si se sospecha que el vertido es de naturaleza orgánica, compatible con el sistema de tratamiento biológico, se controla la concentración de oxígeno disuelto en el reactor de forma que siempre se encuentre sobre los 2 mg/ It. Si está por debajo de este valor, se debe ajustar la oferta de oxígeno aumentando la velocidad del roto-aireador hasta alcanzar los 2 mg/lt. Hecho esto, debe medirse el índice volumétrico de lodos que debe situarse normalmente en un valor entre 100 y 200 en el cono Imhoff. Si el índice de lodos supera los 250, debe disminuirse nuevamente la velocidad del roto- aireador hasta que se alcancen los valores normales de IVL. Ajustados los valores del IVL, se procede a ajustar la extracción del exceso de lodos para que se mantenga la actividad biológica en los mismos rangos anteriores al evento.
Sin embargo, ante dicha eventualidad o ante la producción de una descarga clandestina de algún particular, se debe actuar de forma similar que para el caso de una sobrecarga de la planta, debiendo aumentarse la frecuencia del control de oxígeno disuelto en el reactor, de forma a promover una intensificación en el sistema de aireación, ajustando la oferta de aire a la demanda química adicional provocada por el indeseado compuesto.
Por otro lado, ante el posible efecto tóxico del compuesto, se debe investigar en lo posible la composición biológica del lodo y en qué medida este puede haber modificado su composición y población de microorganismos, en relación a las condiciones normales.
En forma paralela, se debe investigar el alcance y origen del vertido, revisando cámaras de inspección en busca del punto de origen del vertido e identificación de la fuente emisora. Detectada la fuente, deben adoptarse las medidas correspondientes para evitar la repetición del evento.
Sí accidentalmente se contamina el agua con algún agente nocivo para las bacterias como por ejemplo el vertido de algún hidrocarburo o sus derivados en el colector de aguas servidas, una vez verificada y eliminada la fuente de contaminación, se procede a vaciar y lavar uno de los dos módulos en paralelo (estanque biológico y Sedimentador), volviéndose a llenar con las aguas servidas provenientes de los colectores, cortándose el suministro de agua al otro modulo para proceder de la misma forma que el anterior. Se debe determinar el agente contaminante para definir el destino de las aguas almacenadas en los estanques; en ningún caso se verterá al curso receptor sin el tratamiento y los análisis correspondientes y las autorizaciones de la autoridad competente.
Capacitación al personal de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas
El llamado a propuesta para la ejecución de las obras de tratamiento incluye la capacitación previa de personal de operación en el uso de los equipos de tratamiento y en la operación de las unidades. El criterio de “edad del lodo” es el parámetro fundamental en el control de la cinética del proceso, además de las variables empíricas que señale el proveedor de los equipos en la etapa de licitación y que tienen que ver con el adecuado control del sistema de aireación, que debe
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funcionar en forma continua y manteniendo permanentemente una concentración no inferior a 2 mg/l en el reactor biológico; la operación de extracción de lodo primario en la unidad de desbaste y desarenación, que debe ser en forma diaria; el permanente control del índice volumétrico de lodos y la permanente extracción del exceso en cantidades programadas para una adecuada digestión adicional por vía aeróbica, el adecuado manejo de lodos al interior de la PTAS y una adecuada cloración y decloración, son aspectos que son abordados en la capacitación, además de los aspectos operacionales en situación de rutina y emergencia y las instrucciones para el uso de todos los equipos de tratamiento y la correspondiente instrumentación.
Para la operación de rutina de la PTAS, se considera la necesidad de un operador permanente y un ayudante en las labores de mantención y limpieza.
En materias de operación, mantención y contingencias, se ha adjuntado al proyecto en el Anexo 17.1 de la Adenda N*2 el correspondiente manual de operación y contingencias, el cual incluye un formato de Registro de Control y Verificadores de solución a las contingencias ocurridas.
Tipos de registros de control operacional que tendrá la planta de tratamiento a objeto que sirvan de insumo para verificar el buen funcionamiento de esta durante la operación de la planta
Entre los parámetros para el control operacional de la PTAS, además de los que ya han sido mencionados para el control de la calidad del efluente clarificado como DBO5; NKT; P y coniformes, se cuentan los siguientes:
Carga orgánica afluente Lo
Concentración de sólidos suspendidos volátiles en el estanque de aireación. MLSVS Factor alimento lodo F/M
Densidad de potencia de aireación en el estanque de aireación.
Concentración de oxígeno en el estanque de aireación. O2
Índice volumétrico de lodos. IVL
Humedad del lodo de exceso deshidratado.
Concentración de sólidos volátiles en el lodo de exceso deshidratado. Concentración de coniformes en el lodo de exceso deshidratado.
Cantidad de cal apagada aplicada al lodo de exceso deshidratado.
La programación y frecuencia de estos registros son definidas por el proveedor de los equipos en sus actividades de capacitación.
Planes de contingencia de la Planta de tratamiento
Se ha adjuntado al proyecto en el Anexo 17.1 de la Adenda N*2 el correspondiente manual de operación y contingencias, el cual incluye un formato de Registro de Control y Verificadores de solución a las contingencias ocurridas.
3.7.2.3 Etapa de Abandono
El plazo de utilización de esta planta es indefinido y, por consiguiente, no está previsto su abandono, ya que el servicio se mantiene mientras exista la localidad.
Para el final del proyecto (año 2033) se admite la posible ampliación de las unidades y el reemplazo, modificación o substitución de equipos de tratamiento de acuerdo al avance tecnológico, pero en ningún caso el desmantelamiento de la infraestructura a utilizar en el proyecto ni la restauración del área ya destinada al tratamiento de las aguas servidas de la localidad.
No está prevista la posibilidad de cierre de la PTAS después de cumplidos los 20 años de funcionamiento del proyecto y, por el contrario, se prevé área para futuras ampliaciones y adecuación de la Planta. Sin embargo, en el caso de que se planteara a futuro otra solución de acuerdo con la incorporación de nuevas áreas tributarias o cambios tecnológicos en el sistema de tratamiento que requieran el cierre de esta Planta, el APR con el respaldo de la | Municipalidad de Nancagua, informará sobre dicha intención con el fin de analizar si procede su evaluación ambiental, por medio de una consulta de pertinencia de ingreso.
3.7.3 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos
Emisiones a la atmosfera
Durante la etapa de construcción se generaran emisiones de polvo a la atmosfera poco significativas, las cuales se deben principalmente a la preparación de los terrenos donde se instalaran las obras. Estas emisiones a la atmosfera son propias de la etapa de construcción y en definitiva se caracterizan por ser temporales, no peligrosas y de impacto local.
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Para aminorar estas emisiones, se exige a la empresa contratista adoptar acciones tales como: humedecer periódicamente el área de trabajo, usar carpetas cobertoras en tolvas que transporten material, además de una adecuada mantención de las carrocerías de los camiones de carga de modo de evitar derrames en la vía pública.
La humectación del área de trabajo se efectúa con mangueras a partir del arranque de agua potable. La humectación del tramo en tierra de los caminos se efectúa con camión aljibe una o dos veces por día, dependiendo de la época en que se desarrollen las actividades.
Durante la etapa de operación no se generan emisiones de material particulado a la atmósfera debido a la naturaleza del proyecto.
Olores
Si bien el diseño del proyecto debe asegurar que no existen olores, durante la etapa de operación el único punto donde se pueden generar es en el pretratamiento, ésta contaminación focalizada, se controla mediante limpieza periódica de las rejas y el retiro programado de los desechos.
Como en esta etapa del proceso no existe tratamiento bacteriano, se contempla la constante limpieza de la zona de desbaste en donde los sólidos son atrapados por un sistema automático de desbaste y de limpieza, que estruja y lava los sólidos para posteriormente disponerlos en tarros de basura con el uso de bolsas de basura selladas. De esta manera, se minimiza la generación de olores en esta etapa. El estanque ecualizador posee un aireador sumergido el que lo mantiene aireado permanentemente, evitando la generación de olores.
La planta considera un apantallamiento vegetal que impide una eventual propagación de olores. La especie más adecuada para plantar es escogida considerando una altura superior a los dos metros, espaciamiento de 1,5 a 2,0 metros de una planta a otra. Debe ser de hoja perenne y para climas especialmente helados como los que se producen en la VI Región, de follaje apto para servir de pantalla y particularmente decorativa y de crecimiento rápido. Como ejemplo se pueden citar algunas coníferas como el ciprés común o macrocarpa, debiendo considerar también la mantención periódica, incluyendo el riego en común con las áreas de jardín y las podas periódicas con todo el material necesario y el personal necesario para desarrollar estas actividades, algunas esporádicas y otras en carácter permanente.
No obstante todo lo anterior, se contempla un “Plan de Control en la Generación de Olores”, el cual considera la siguiente información:
a. Procedimiento para el manejo de olores, durante la operación de carga y descarga de los contenedores de lodo.
Durante el deshidratado de lodos extraídos de los digestores aeróbicos se pueden producir situaciones de malos olores a la entrada del equipo de deshidratación consistente en filtro prensa. Dichas situaciones se tratan de evitar o controlar mediante la utilización de un sistema de deshidratado totalmente cerrado y alimentado por una conducción cerrada.
En la etapa de montaje y prueba de los equipos e instalaciones se efectúan pruebas de estanqueidad, las que deben asegurar la ausencia de filtraciones de lodo o líquidos percolados.
En la operación de rutina de la planta se efectúa la mantención preventiva con la verificación de uniones y sellos.
La descarga de concentrado de lodo desde los filtros prensa se efectúa mediante una tubería cerrada y estanca hacia una tolva donde eventualmente y si fuera necesario, debe completarse la estabilización e higienización del lodo con aplicación de cal apagada. Esta tolva debe estar encapsulada y contar con mecanismo de mezcla, periodo de detención adecuado y control de pH, de tal forma que se garantice una calidad de lodo efluente “Clase B”, según normativa vigente.
La adición de cal apagada al lodo provoca reacciones químicas con emanación de olores, razón por la cual esta mezcla debe encontrarse ubicada en compartimiento encapsulado que debe contar con una bomba de vacío para extracción de aire y un dispositivo o estanque purificador de aire.
En caso de falla de la unidad de deshidratado, el sistema contempla equipos replicados con unidad
de respaldo. Además, la planta cuenta con grupo generador de respaldo en el caso eventual de corte en el suministro de energía eléctrica.
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El sistema de deshidratado debe funcionar durante 5 días a la semana y durante 12 horas por día, dando la holgura necesaria para la programación de paradas / partidas del proceso y eventuales mantenciones y reparaciones.
La acumulación de lodos en exceso debidamente higienizados se efectúa en contenedor metálico especialmente protegido interna y externamente a la corrosión y filtraciones y sin riesgos de emisión de olores por la exposición de lodos al sol o a la atmósfera.
En caso de falla del contenedor en uso, existe permanentemente un contenedor de reserva en el recinto, debidamente resguardado.
El lodo es trasladado en el mismo contenedor cerrado (tapado) de tal forma de impedir derrames y emisiones en camiones debidamente autorizados por la autoridad sanitaria, en condiciones de lodo “Clase B, hacia el vertedero autorizado.
b. Acciones a seguir según tipo de evento y unidad crítica que la genere, frente a episodios de emisión de olores molestos.
UNIDAD
TIPO DE EVENTO
ACCIONES
Cámara de rejas (reja manual)
Olores por acumulación de residuos
Limpieza diaria e inmediata en caso de obstrucción.
Cámara DE rejas (reja manual)
Olores por falta de manejo de residuos
Depositación inmediata en sacos o envase plástico. Sellado para evitar la emisión de olores y atracción de vectores.
Pozo de bombas
Olores por descomposición anaeróbica en el pozo
Consignas de operación limitando el tiempo de detención en el pozo.
Mantención de escotilla cerrada la mayor parte del tiempo y lavado de equipos de bombeo con hidrojet.
En casos extremos de producción y frecuencia de malos olores debe extraerse aire del pozo con bomba de vacío y someterlo a lavado en un purificador de aire.
Pozo de bombas
Olores por derrames de aguas servidas desde el, pozo
Consignas de operación limitando el nivel máximo en el pozo. sin riesgos de derrame para caudales máximos instantáneos.
Garantía de funcionamiento de las bombas mediante grupo generador de respaldo.
Sistema de desbaste
Olores por acumulación de desechos.
El sistema de desbaste operará con consignas que aseguren una limpieza acorde con la carga de desechos retenidos.
Sistema de desbaste
Olores por falta de manejo de desechos.
Se deberá verificar en todo momento el estado de limpieza del sistema y los depósitos en sacos oO contenedores plásticos debidamente sellados y estancos con mangas que eviten el contacto directo con la atmósfera.
Ecualizador
Olores por descomposición anaeróbica en homogenización
Diseño de estanque y consignas de operación de bombas de elevación al reactor que promuevan circulación adecuada y tiempos de detención, evitando la septización del estanque.
Roto-aireador
Olores por condiciones anaeróbicas en el reactor biológico, baja mezcla y baja transferencia de oxígeno a la masa líquida.
Regulación de velocidad del roto-aireador, de acuerdo con los requerimientos de mezcla y transferencia de oxígeno. Funcionamiento del roto- aireador durante las 24 horas del día. Ante contingencias mayores, se deberá contar con algún elemento auxiliar de respaldo mediante aireación forzada (aireador superficial o difusor con aire comprimido y compresor).
Roto-aireador
Olores por interrupción de funcionamiento por falta de energía.
El sistema cuenta con grupo generador de respaldo que se activa automáticamente ante caídas del suministro eléctrico.
Sedimentador
Olores por condiciones anaeróbicas en el fondo.
Incremento de la purga de lodo sedimentado, control de la edad del lodo, control del índice volumétrico del lodo, ajuste de la cantidad diaria de lodo a extraer.
Descarga del efluente tratado.
Acumulación de desechos arrastrados por el estero o depositados por terceros.
Se mantiene la vigilancia y limpieza del cauce en el sector del punto de descarga.
Digestor
Olores por condiciones anóxicas en el digestor de lodos.
Control del tiempo de aireación del lodo en el digestor.
Funcionamiento ininterrumpido de la fuente de aire. En caso de interrupción de suministro de energía eléctrica se cuenta con grupo electrógeno de | respaldo.
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En caso de fallas, se cuenta con dos unidades de digestión. Olores por derrames o El equipo de deshidratado es cerrado y alimentado , : por conducción cerrada. Filtro prensa filtraciones de lodo a la ve ñ . : 3 Operación del equipo que permite acciones de entrada y salida del filtro A sz : fensa mantención y reparación de fallas, filtraciones o p Ñ derrames. Tola de salida del | Olores pormezcladelodo | eamanteento encapoulado 6on extracción de are iltro pren: con on A : E filtro prensa e cal apagada y control de mediante bomba de vacío y estanque purificador de pt: aire. El lodo higienizado se descarga en contenedores metálicos protegidos contra corrosión y estancos, sin contacto con la atmósfera. r l ne A Contenedores de Olores por contacto de lodo En zona de depósito siempre hay contenedor de Lodo en zona de acopio con la E reserva en caso de falla. atmósfera. El contenedor es retirado con la frecuencia adecuada y dentro de la normativa vigente por camión autorizado y conducido a vertedero autorizado.
c. Cronograma (planificación de acciones en tiempo real) de ejecución de acciones correctivas para solucionar, según el tipo de evento, la causa de emisiones de olores molestos.
La planificación para la ejecución de acciones correctivas para solucionar, según el tipo de evento, la causa de las emisiones de olores molestos, se pueden distribuir en el tiempo en distintas instancias.
Algunas acciones deben tomarse desde el momento de la instalación y montaje de los equipos, por el contratista, y entre éstas:
Verificación y prueba de estanqueidad de equipos y conductos de aguas servidas y lodos, tales como por ejemplo, la unidad de filtros prensa y sus conductos de entrada y salida.
Otras acciones deben tomarse durante las operaciones de rutina por el operador de la Planta y, entre éstas:
Acciones de limpieza diaria y almacenamiento de material extraído en la cámara de rejas.
Acciones de limpieza diaria y almacenamiento de material extraído en la unidad de desbaste.
Limpieza semanal del pozo de bombas.
Vigilancia diaria de los niveles de oxígeno en el reactor biológico.
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Vigilancia del funcionamiento de los roto-aireadores.
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Vigilancia diaria de las condiciones del sedimentador e índice volumétrico de lodos.
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Vigilancia diaria de las condiciones del digestor y de la recirculación de líquido sobrenadante.
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Vigilancia de las unidades de deshidratación e intervención en ellas cuando exista necesidad de reparación o mantención durante 2 días por semana en que el sistema está detenido.
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Vigilancia de las cantidades de lodo extraído y depositado en los contenedores y operaciones de carga y descarga de los contenedores mediante camiones autorizados.
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Limpieza de la zona de descarga.
En general, el tema de los olores tiene que ver con todo el funcionamiento de la planta y cualquier desajuste o inconveniente de la operación debe traducirse en un problema de olor. Las actividades O acciones para el control de olor son las mismas actividades de rutina que se deben efectuar para el buen funcionamiento de la planta.
Otras acciones deben tomarse durante el periodo de puesta en marcha y marcha blanca, con la asistencia técnica del proveedor de los equipos u otra asistencia técnica profesional sobre la ingeniería de los procesos. Son aquellas que requieren del ajuste de parámetros cinéticos del tratamiento al inicio o cada cierto tiempo de la operación en periodos que deben ajustarse cada 5 años o menos, de acuerdo con la variación de las condiciones en el tiempo, tales como:
El ajuste de la concentración de sólidos en el reactor y del .factor alimento lodo.
El ajuste de las consignas de operación de las bombas.
El ajuste de las consignas de operación del roto-aireador STAM.
El ajuste del tiempo de aireación en los digestores y el ajuste de la edad del lodo.
El ajuste de la cantidad de lodo diaria a ser extraída y enviada a deshidratación.
El ajuste de cal apagada para la eventual necesidad de completar la estabilización de los lodos.
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El almacenamiento de lodos crudos no es significativo en la PTAS Cunaco y está constituido por residuos sólidos de la etapa de desbaste en reja fina y desarenación de muy baja humedad, con concentración de sólidos superior al 80 %. Este material es dispuesto en bolsas plásticas impermeables debidamente sellados de 20 lt para ser retirados con una frecuencia máxima de 1 bolsa cada tres días al comienzo de la operación y 2 bolsas cada tres días al final de la operación. Por sus características puede ser conducido junto con los residuos sólidos municipales de la localidad, representando una cantidad de residuos inferior al 0,5 % del total de residuos de la localidad, o bien, retirados en una camioneta para ser incinerados en lugar debidamente autorizado.
Sobre el cumplimiento del Artículo 12:
Atendiendo al Artículo 12. Sobre almacenamiento de lodos estabilizados.
Los lodos estabilizados son extraídos cada 7 días en una cantidad no superior a 7 mí, esto es, muy inferior a los 40 m' cada 7 días, establecidos en este artículo. En casos muy extremos se puede llegar a extraer un exceso de lodos estabilizados de 14 mé con 14 días de almacenamiento en situaciones muy raras.
El almacenamiento se efectúa en contenedor metálico debidamente estanco y protegido interior y exteriormente a la corrosión. Se dispone de 2 o 3 contenedores en servicio, instalados en plataforma debidamente aislada, impermeabilizada y protegida de cualquier contacto con el suelo, de forma de evitar cualquier tipo de infiltración de líquidos lixiviados al subsuelo.
Para su retiro de la planta, los contenedores son retirados directamente por camiones y transportistas debidamente autorizados y responsables por el buen funcionamiento de todos los elementos descritos.
Sobre el cumplimiento del Artículo 13:
Atendiendo al Artículo 13. Sobre la posibilidad de extralimitar la cantidad y plazo máximo de almacenamiento de lodo tipo B en PTAS de 35 toneladas en 7 días.
Al respecto, no se contempla extralimitar de ninguna manera ni bajo ninguna hipótesis estos plazos.
Atendiendo al Artículo 14. Sobre la necesidad de evitar la infiltración de líquidos desde la PTAS y el ingreso de escorrentía hacia la PTAS.
De acuerdo a lo indicado en relación al Artículo 12, el almacenamiento se efectúa en contenedor metálico debidamente estanco y protegido interior y exteriormente a la corrosión. Se dispone de 2 o 3 contenedores en servicio, instalados en plataforma elevada debidamente aislada, impermeabilizada y protegida de cualquier contacto con el suelo, de forma de evitar cualquier tipo de infiltración de líquidos lixiviados al subsuelo.
Atendiendo al Artículo 15. Sobre el transporte de lodos.
De acuerdo a lo indicado en el Artículo 12, los lodos son retirados de la planta en contenedores totalmente estancos y en camiones debidamente impermeabilizados y protegidos, por transportistas autorizados con todo el equipamiento en regla y certificado por la Autoridad
Sanitaria, haciéndose responsable por el buen funcionamiento de toda la extracción y transporte de lodo.
Sobre el cumplimiento del Artículo 16: Atendiendo al Artículo 16. Sobre la disposición de lodos en rellenos sanitarios.
El lodo de exceso es transportado a vertedero debidamente autorizado, con las características ya señaladas y cumpliendo las exigencias de dicho vertedero.
Sobre el cumplimiento del Artículo 17:
Atendiendo al Artículo 17. Sobre la disposición de lodos en mono — rellenos. Se considera la disposición final del lodo estabilizado en mono-relleno debidamente autorizado con
concentración de sólidos del 75 al 80% que será retirado semanalmente en un volumen máximo de 7 m” por viaje.
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Sobre el cumplimiento del Artículo 27:
Atendiendo al Artículo 27. Sobre análisis de lodos que son dispuestos en mono-relleno.
De acuerdo con la Tabla 3 de este Artículo, los lodos extraídos cuentan con dos análisis de reducción de vectores por año, una vez que la PTAS se encuentre funcionando en régimen y teniendo en vista una posible variación estacional de este durante el año. Otros análisis adicionales se pueden practicar en caso que se detecten circunstancias excepcionales o por exigencias especiales del vertedero de destino.
Sobre el cumplimiento del Artículo 30:
Atendiendo al Artículo 30. Sobre informe técnico anual a la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud, de atendimiento a las exigencias establecidas.
El Plan de Manejo de Lodos cuenta con este informe anual conteniendo la cantidad de lodos generados y su destino, cantidad de lodos aplicados; resultados de mediciones efectuadas, resumen de las situaciones anormales de funcionamiento producidas y acciones correctivas tomadas Con análisis de resultados y conclusiones.
Sobre el cumplimiento del Artículo 31:
Atendiendo al Artículo 31. Sobre informe anual a la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud, al Ministerio de Medio Ambiente, con visitas, inspecciones, seguimiento y registro de toda la gestión de disposición y control de lodos.
De acuerdo con lo señalado en relación al Artículo 30, el Informe Anual del Plan de Gestión de Lodos, permite entregar la información necesaria para el seguimiento de la Autoridad Sanitaria.
Decreto Supremo N” 148/03, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, Ministerio de Salud.
Materia
Define los residuos peligrosos e impone obligaciones para quienes los generen, almacenen o transporten.
Relación con el proyecto
Aunque la planta en funcionamiento opere normalmente dentro de lo establecido en el Reglamento N* 4/2009 descrito en el punto anterior, existe la posibilidad de que, producto de cargas accidentales, descargas clandestinas o situaciones no previstas se hagan presentes substancias peligrosas cuyo manejo requiera la aplicación de este Reglamento.
Forma de cumplimiento
Ante la posibilidad de que eventualmente lleguen a la planta (la planta no genera este tipo de substancias), substancias peligrosas en los lodos residuales, se tendrá siempre presente el DS N? 148/2003 del MINSAL, la Resolución Exenta N* 714 y la Norma Chilena INN 2190, estableciendo una vigilancia permanente en la planta sobre los indicadores que señalan la presencia de estas substancias.
Decreto Supremo N? 78/09 “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” y el D.S N* 148/03 “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, ambos del MINSAL.
Relación con el proyecto
Durante la etapa de cloración se utilizará Cal (Óxido de Calcio) en el lodo, y Bisulfito.
Forma de Cumplimiento
De acuerdo a las exigencias establecidas en el DS N* 78 / 09, el almacenamiento de cal apagada para la higienización del lodo y el bisulfito para la etapa de cloración, se procede según los Artículos 10 a 14 del referido DS, correspondiendo a instalaciones que no llegan a constituir propiamente una bodega y en cantidades que no superan los 600 Kg o It, pudiendo almacenarse en estanterías de superficie lisa no absorbente, debiendo contar con un sistema de control de derrames con bandejas o material absorbente y con sistema manual de extinción de incendios a
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base de extintores, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N* 594 de 1999 del MINSAL. Todo ello en lugar próximo a cada una de las respectivas áreas de higienización de lodo y cloración- decloración en lugares debidamente techados y protegidos.
Durante el manejo de estos reactivos se toman todas las precauciones contempladas en la legislación y, en especial, las del DS N* 148/03, para prever cualquier inflamación, reacción, derrames, descargas, emanaciones, mezcla indeseada con otros productos y todo lo que pueda inducir cualquier tipo de contingencia no deseada.
Se lleva una hoja de seguridad para transferir información sobre las características esenciales de cada producto y grados de riesgo de los mismos para las personas y el medio ambiente, incluyendo los aspectos de transporte, manipulación, almacenamiento y acción ante emergencia, todo ello con los implementos de seguridad establecidos por la reglamentación correspondiente.
Decreto Supremo N* 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.
Materia Regulada
En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo (escombros, cemento, yeso) deberá efectuarse siempre cubriendo total; y, eficazmente, los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.
Relación con el proyecto
El proyecto generara residuos sólidos provenientes de los excedentes de los movimientos de tierra, durante la etapa de construcción.
En la etapa de operación se generarán residuos sólidos, provenientes de las cámaras de rejas y del tratamiento de las aguas servidas (lodos).
Forma de cumplimiento
Los residuos generados por el proyecto, durante la etapa de construcción, son retirados por contratistas a los cuales se les exige y fiscaliza el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto antes expuesto.
Los lodos generados en la etapa de operación se transportaran en camiones autorizados por la SEREMI de Salud.
Decreto Supremo N*47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza de la Ley General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Materia
El artículo 55 del D. S. 458 establece que corresponderá a la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo respectiva cautelar que las subdivisiones y construcciones en terrenos rurales, con fines ajenos a la agricultura, no originen nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana-regional.
Relación con el proyecto
El sitio donde se ubica la planta de tratamiento de Cunaco, se encuentra fuera del área urbana, por lo tanto, se requiere regularizar el cambio de uso de suelo.
Forma de cumplimiento Los antecedentes para el otorgamiento del cambio de uso de suelo se presentan en respuestas N*60 de la Adenda N%1 y N%25 de la Adenda N2.
El sector definido para el emplazamiento de la PTAS de Cunaco, corresponde al terreno ROL 509- 179, de propiedad de la Sociedad de Inversiones C y A Ltda. Este tiene 45 metros de frente por 57 metros de fondo (2.565 m2 de superficie y 189 m.s.n.m.) y se localiza al sur-poniente de la localidad de Cunaco, hacia donde convergen gravitacionalmente las aguas servidas de la red pública. Este sector destinado a recinto para Infraestructura Sanitaria no genera nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana.
Decreto Supremo N* 144/1961 del Ministerio de Salud. Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
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Materia
Establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario. Los equipos
de combustión de los servicios de calefacción o agua caliente de cualquier tipo de edificio, que utilicen combustibles sólidos o líquidos, deberán contar con la aprobación del Servicio Nacional de Salud, organismo que la otorgará cuando estime que la combustión puede efectuarse sin producción de humos, gases o quemados, gases tóxicos o malos olores y sin que escapen al aire cenizas o residuos sólidos.
Relación con el proyecto
Durante la construcción del proyecto, se pueden generar emisiones atmosféricas de material particulado, producto de la realización de obras, especificamente del movimiento de tierra
Forma de cumplimiento
Se adoptarán las acciones señaladas, en los casos que corresponda de acuerdo con las dimensiones y las obras a ejecutar del proyecto.
Decreto Supremo N*54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica.
Materia
Establece normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que indica. Establece restricciones en el sentido que sólo pueden circular vehículos que cumplan con las normas de emisión, debidamente rotulados, tanto bencineros como a Diesel, cumpliento las emisiones de Monóxido de Carbono; Hidrocarburos Totales; Óxidos de Nitrógeno y Material Particulado (este sólo para Diesel). Establece Normas de Medición y procedimiento de verificación de emisiones.
Relación con el proyecto
Durante la etapa de construcción principalmente, circularán vehículos medianos por el área de proyecto.
Forma de cumplimiento
Los vehículos motorizados destinados a la ejecución de las obras por el Contratista y que puedan circular por el área de proyecto, deben estar debidamente rotulados y con certificación vigente para el cumplimiento de la norma, debiendo incluirse esta condición en el documento correspondiente del llamado a licitación de las obras.
En las operaciones de rutina de la etapa de operación y, principalmente en la operación de extracciones del exceso de lodo estabilizado, deberá utilizarse un camión debidamente autorizado y que cumpla esta norma. Dicha responsabilidad recae en el Contratista Autorizado a Cargo del Manejo de Lodos que deberá contar con el equipo debidamente rotulado y con certificación vigente para realizar esa operación.
Decreto Supremo N*55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica.
Materia
Establece normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados. De forma análoga que para el DS 54 / 1994 en vehículos medianos, establece las restricciones en el sentido que sólo pueden circular vehículos pesados que cumplan con las normas de emisión, debidamente rotulados, tanto bencineros como a Diesel, cumpliendo las emisiones de Monóxido de Carbono; Hidrocarburos Totales; Oxidos de Nitrógeno y Material Particulado (este sólo para Diesel). Establece Normas de Medición y procedimiento de verificación de emisiones.
Relación con el proyecto
Aunque no se contempla la circulación de vehículos pesados durante la etapa de construcción y operación, podría existir la posibilidad de la intervención de algún vehículo pesado, como el camión de hormigón en la etapa de hormigonado de la construcción.
Forma de cumplimiento 39
En el caso de que el Contratista determine la intervención de algún vehículo pesado en la ejecución de las obras, este debe encontrarse debidamente rotulado y con certificación vigente para el cumplimiento de la norma, debiendo incluirse esta condición en el documento correspondiente del Llamado a Licitación de las Obras.
Decreto Ley N* 3.557 MINAGRI. Ley de Protección Agrícola
Materia
El Artículo 11 establece que los establecimientos industriales, fabriles, mineros y cualquier otra entidad que manipule productos susceptibles de contaminar la agricultura, deberán adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fin de evitar o impedir la contaminación.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, dichas empresas estarán obligadas a tomar las medidas tendientes a evitar o impedir la contaminación que fije el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Agricultura o del Ministerio de Salud Pública, según sea el caso, el cual deberá fijar un plazo prudencial para la ejecución de las obras.
En casos calificados, el Presidente de la República podrá ordenar la paralización total o parcial de las actividades y empresas artesanales, industriales, fabriles y mineras que lancen al aire humos, polvos o gases, que vacíen productos y residuos en las aguas, cuando se comprobare que con ello se perjudica la salud de los habitantes, se alteran las condiciones agrícolas de los suelos o se causa daño a la salud, vida, integridad o desarrollo de los vegetales o animales.
Relación con el proyecto
La PTAS manipulará substancias que, en elevada cantidad o concentración podrían llegar a contaminar la agricultura en el área circundante (principalmente viñas), además del lodo primario y estabilizado generado en las unidades de tratamiento que podrían provocar el flujo de líquidos lixiviados o percolados hacia la zona circundante o al subsuelo.
Forma de cumplimiento
El Proyecto contempla el adecuado diseño y manejo de insumos para el tratamiento y la extracción, almacenamiento y transporte de lodos de forma de evitar la formación de cualquier fuente accidental de contaminantes a la zona de cultivo circundante.
En este aspecto, se reiteran los cuidados ya referidos en el Manual de Operación y Mantención de Equipos y Unidades y en el Plan de Gestión de Lodos , cuyos aspectos fundamentales ya han sido mencionados en lo referente al DS N* 4 / 2009 del MINSEGPRES.
También se mencionan en este sentido las acciones destinadas a atender el Decreto Supremo 90/2000 Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de forma de controlar la calidad del efluente tratado para no alterar las condiciones del cuerpo receptor y su aptitud para la utilización del agua para riego en toda la zona de cultivos aledaña al Estero Chimbarongo.
D.S. N” 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que modifica el D.S. N” 146/1997 del MINSEGPRES, para ello deberá considerar la estimación de emisión de ruido a generar según los lineamientos establecidos en este cuerpo legal, diferenciados para la etapa de construcción y operación, a objeto de acreditar cumplimiento de esta norma.
Materia
Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora continuos equivalentes y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos generados a la comunidad por las fuentes fijas. Por otro lado, establece la competencia de la autoridad sanitaria para fiscalizar el cumplimiento del nivel de presión sonora fijado por las fuentes fijas.
Relación con el proyecto
Durante la etapa de construcción se generarán ruidos producto de las actividades de construcción.
Durante la etapa de operación, se generan ruidos y vibraciones por el funcionamiento de equipos motorizados para el funcionamiento de las unidades de tratamiento.
El proyecto se localiza en una zona rural a una distancia mínima de aproximadamente 170 metros del perímetro urbano.
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Forma de cumplimiento
Las fuentes de emisión de ruido durante las etapas de construcción que ha sido dividida en dos etapas: una primera etapa de excavación que contempla una retroexcavadora, camión aljibe, camiones de carga y transporte y bombas para agotamiento de la napa, todo ello actuando conjuntamente en actividades solamente diurnas, dentro del horario que establece la norma y a una distancia de 170 metros desde la fuente de emisión hasta el punto de recepción más cercano de la presión sonora. Análogamente, la segunda etapa de construcción donde se contempla el hormigonado de las estructuras y montaje de los equipos, se contempla el camión de hormigonado y camiones medios y también las bombas para agotamiento de la napa, todo ello actuando conjuntamente, durante el periodo diurno y a la misma distancia, totalizando en ambos casos una presión sonora total ajustada inferior a los 65 dB que establece la norma correspondiente.
Durante la etapa de operación, se considera en funcionamiento de las bombas en situación diurna o con alto caudal (6 bombas) y nocturna o con bajo caudal (3 bombas), además del funcionamiento de dos roto-aireadores STAM durante el día y la noche y a ello se suma el funcionamiento de los sistemas de aireación con aire comprimido e inclusive el del grupo generador, estos dos últimos equipos en cámaras insonorizadas, como es del todo recomendable. En periodo diurno, la presión sonora de los equipos descritos actuando conjuntamente, alcanza un valor inferior a 65 dB como establece la normativa vigente y, durante la noche, en situación de bajo caudal, el total alcanza un valor inferior a 50 dB, también atendiendo el valor admisible de la norma para la Zona IIl donde se encuentra ubicado el receptor del sonido, dentro del límite urbano. Se aclara que en el área circundante no existen viviendas fuera del mencionado límite urbano.
Ley N” 17.288 sobre Monumentos Nacionales y D.S. N” 484/90, Reglamento de la ley N* 17.288, Ministerio de Educación.
Materia Define y entrega a la tuición del Consejo de Monumentos Nacionales, y dentro de estos distingue los Monumentos Históricos, Públicos y Arqueológicos y Santuarios de la Naturaleza declarados
como tales a proposición del Consejo.
Relación con el proyecto
A través del reconocimiento del terreno y recopilación bibliográfica, se constató que el área del proyecto no presenta Monumentos Nacionales ni Restos Arqueológicos, ni existen evidencias de riesgo superficial de su posible existencia bajo la superficie. No obstante, dado que el proyecto contempla excavaciones se dará especial atención a estas labores ante la eventualidad de un hallazgo fortuito.
Forma de cumplimiento
Aunque a través de las observaciones superficiales realizadas no se hayan detectado evidencias de yacimientos pertenecientes al patrimonio histórico - cultural, debe considerarse la posibilidad de hallazgos fortuitos durante las faenas de remoción de tierras. De ocurrir esta situación, se paralizarán los trabajos en el lugar hasta tener autorización para reiniciarlos y se dará aviso de inmediato al gobernador provincial, de acuerdo con lo establecido por esta norma.
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, se tomaran las acciones de protección para estos elementos, procediendo según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el proponente del proyecto.
Decreto Supremo N*160/09 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción, refinamiento, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
Forma de cumplimiento
Si bien el proyecto no consumirá grandes cantidades de líquidos combustibles, este atenderá toda la legislación asociada al abastecimiento de combustibles para las fases de construcción (vehículos y maquinaria) y operación (estanque diesel para el grupo motor generador con aproximadamente 200 It de capacidad) y, adicionalmente el Proyecto adoptará acciones para prevenir y en lo posible eliminar, riesgos de derrames. De acuerdo a lo indicado en la legislación, previo a la puesta en servicio, las instalaciones serán declaradas a la SEC, conforme al D.S. N” 160/2009.
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D.S. 30/2013 de la Superintendencia de Medio Ambiente que Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Auto denuncia y Planes de Reparación.
Materia
Establece Reglamento sobre programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. El programa de cumplimiento de la normativa ambiental y el plan de reparación del daño ambiental se deben regir por el correspondiente Reglamento.
Relación con el proyecto
El Ministerio de Medio Ambiente conjuntamente con el organismo público encargado por la ley de regular el uso o aprovechamiento de los recursos naturales en un área determinada, exigirá, cuando corresponda, la información necesaria y la presentación de informe y cumplimiento de planes de manejo de los mismos, a fin de asegurar su conservación. Durante la etapa de construcción u operación de la PTAS Cunaco, puede darse la necesidad de dar cumplimiento a esta exigencia como resultado de las acciones efectuadas y planes de manejo para el uso o aprovechamiento de los recursos o para la reparación de eventuales daños.
Forma de cumplimiento
Durante la ejecución de las obras, se debe llevar un control permanente y documentado sobre el cumplimiento de todas las acciones y planes de uso y manejo de recursos y eventual reparación de daños contemplados en la DIA, para cumplir con esta normativa ambiental.
Durante la puesta en marcha, entrada en régimen y operación normal de la PTAS Cunaco, de acuerdo con lo ya descrito para el control de la calidad del efluente tratado, para el control y manejo de lodos y para la gestión y operación de toda la PTAS, se llevarán informes periódicos en archivos ( independientemente de la frecuencia normal indicada para estos planes), tales que permitan efectuar un claro diagnóstico de su funcionamiento y su efecto sobre los recursos y permitan el estudio y análisis de las acciones de corrección o anulación de posibles efectos adversos no previstos, en el caso que fuera necesario.
D.S. 31/2013 de la Superintendencia de Medio Ambiente que Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones.
Materia
Establece Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones. Se mantienen permanentemente actualizados los sitios electrónicos del sistema y los registros de acuerdo a la
periodicidad establecida en la ley, en el presente reglamento y en las instrucciones de carácter general que de ella emanen.
Relación con el proyecto
El proyecto está sujeto a la Fiscalización Ambiental, a la Resolución de Calificación Ambiental y a las Sanciones.
Forma de cumplimiento
El proyecto está sometido al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental. El proyecto estará cumpliendo con toda la información necesaria para cumplir con el Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
Resolución Exenta N* 276/2013 SMA del Ministerio del Medio Ambiente Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación
Materia
Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y / o Descontaminación.
Relación con el proyecto
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El proyecto está sujeto a la Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, al cumplimiento de Normas de Emisión y de Planes de Prevención y / o Descontaminación.
Forma de cumplimiento
El APR y la |. Municipalidad de Nancagua dan cumplimiento al Artículo Quinto referente a los deberes de colaboración y respeto de los sujetos fiscalizados.
Estos dan a los fiscalizadores todas las facilidades para que se lleven a cabo las actividades de fiscalización ambiental y no pueden negarse a entregar la información requerida sobre los aspectos de la materia a fiscalizar. Deberán dar un trato respetuoso y deferente a los fiscalizadores.
En caso de que esto último no ocurra, el hecho será consignado en Acta, así como el informe correspondiente, a efecto de determinar si se configura la circunstancia dispuesta en la letra e) del numeral 1 del Artículo 36 de la ley.
Resolución Exenta N* 277/2013 del Ministerio del Medio Ambiente que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental y deja sin efecto Resolución 769 Exenta de 2012. Materia
Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental y deja sin efecto la Resolución 769 Exenta de 2012.
Relación con el proyecto
El proyecto está sujeto a la Fiscalización Ambiental de Resolución de Calificación Ambiental.
Forma de cumplimiento
Análogo a lo indicado para la Res. Ex. N* 276, el APR y la |. Municipalidad de Nancagua dan cumplimiento al Artículo Quinto referente a los deberes de colaboración y respeto de los sujetos fiscalizados.
Estos dan a los fiscalizadores todas las facilidades para que se lleven a cabo las actividades de fiscalización ambiental y no podrán negarse a entregar la información requerida sobre los aspectos de la materia a fiscalizar. Deberán dar un trato respetuoso y deferente a los fiscalizadores.
En caso de que esto último no ocurra, el hecho será consignado en Acta, así como el informe correspondiente, a efecto de determinar si se configura la circunstancia dispuesta en la letra e) del numeral 1 del Artículo 36 de la ley.
Resolución Exenta N* 844/2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente que dicta e instruye Normas de Carácter General sobre la Remisión de los Antecedentes respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental.
Materia
La SMA ejecutará, organizará y coordinará el seguimiento y fiscalización de los instrumentos de gestión ambiental que dispone la ley, así como imponer sanciones en caso de que se constaten infracciones que sean de su competencia. Esta fiscalizará el permanente cumplimiento de las normas, condiciones y medidas establecidas en las resoluciones de Calificación Ambiental, sobre la base de las inspecciones, controles, mediciones y análisis que se realicen de conformidad a la ley.
Relación con el proyecto
El proyecto está sujeto a la Fiscalización del permanente cumplimiento de las normas, condiciones y medidas establecidas en las resoluciones de Calificación Ambiental, sobre la base de las inspecciones, controles, mediciones y análisis que se realicen.
Forma de cumplimiento
El APR remitirá a la SMA los análisis de agua establecidos en el programa de monitoreo, análisis de lodos, parámetros o indicadores de tratamiento, utilización de insumos para tratamiento, medición de caudales o cualquiera otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad.
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Resolución Exenta N* 876/2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente que establece el Programa de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad Ambiental para el año 2013.
Materia Fija Programa de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad Ambiental para el año 2013, atendiendo a que la SMA debe informar sus actividades de fiscalización, los presupuestos
sectoriales y los indicadores de desempeño.
Relación con el proyecto
El programa para el año 2013 considera para la VI Región las actividades de “Exámenes de Información” que corresponde a la etapa del procedimiento de fiscalización ambiental conformada por el conjunto de actividades que tiene por objeto realizar el seguimiento sobre el cumplimiento del contenido de las Normas de Calidad Ambiental.
Forma de cumplimiento
El proyecto considera el cumplimiento del contenido de las Normas de Calidad Ambiental.
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”, requiere de los permisos ambientales sectoriales N%91, 93 y 96 contemplados en el Título VII del
D.S. N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4.2.1. Artículo 91 del D.S. N* 95/01 del MINSEGPRES
En el capítulo 4 de la DIA y en respuestas N%59 de la Adenda N%1 y N23 de la Adenda N2, se presentan los contenidos técnicos y formales para la optimización de la planta de tratamiento de aguas servidas, correspondiente a los antecedentes presentados para el otorgamiento del PAS 91 del D.S. N*%95/01 del MINSEGPRES, entre ellos están los siguientes:
El caudal a tratar es estimado según proyecto de la red de alcantarillado de aguas servidas de la localidad de Cunaco, basados en la población actual y las proyecciones de población futura según tasa de crecimiento del 2 % anual. Se considera dotación de agua potable de 180 lt/habxdia y coeficiente de recuperación de 0,8. Además se considera el aporte de gasto de infiltración.
El caudal medio del Estero Chimbarongo en el punto de descarga es de 40,2 m/s, variando entre 11,1 y 78,8 ms, lo cual representa un grado de dilución del caudal medio efluente de las aguas servidas del orden de 1:3000. La descarga media inicial (año 2013-2014) del efluente en el cauce receptor es de 751,58 m”/día y la media final (año 2033) es de 1.131,84 m”/día. Por lo tanto, la influencia de la descarga del efluente tratado de la PTAS Cunaco será despreciable, siendo sí aún de importancia el proceso de desinfección del efluente tratado, mediante los mecanismos de cloración-decloración, esta última principalmente por las características particulares de la biota acuática presente en el estero. La planta operará las 24 horas del día y todos los días del año, para cumplir los parámetros de calidad exigidos por el Decreto 90/2001 MINSEGPRES.
Caracterización y forma de manejo y disposición de los lodos generados por la planta Los lodos en exceso liberados por el reactor biológico y debidamente decantados son conducidos hacia el estanque digestor de lodos que tiene el objetivo de estabilizar el lodo purgado de estos
sedimentadores por vía aeróbica y realizar la digestión en presencia de oxígeno.
Considerando el máximo caudal de aguas servidas para el año 2033, la cantidad de lodo purgado en forma diaria para un caudal medio de 953 m'/d es de 229,04 Kg SS/d.
El digestor tiene una capacidad de acumulación de los lodos de 12 días, con un lodo concentrado en el sedimentador al 1%, requiriéndose un volumen de 68, 1 m.
Los detalle del diseño del digestor se encuentra incluido en el Capítulo 1 de la Adenda N'1. El lodo digerido pierde materia orgánica en forma de CO2 +H20. Esta pérdida se considera en un promedio de 15%. De esta manera el lodo generado pierde un 20% de su masa al ser digerido.
Masa lodo a digerir: 229,04 KgSS/d Masa lodo post digestión: 195 KgSS/d
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La deshidratación de lodos, se proyecta en un equipo filtro prensa y se considera para efectos de cálculo la masa previa a la digestión, así como el cálculo de los insumos.
El lodo extraído del filtro prensa ya deshidratado y estrujado, y debidamente clasificado como tipo “B”, según Reglamento N* 4 para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. 2009. Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se acopia en lugar adecuado para ser retirado por camiones y dispuesto en vertedero autorizado por contratista debidamente autorizado por la autoridad sanitaria competente.
En respuesta N%6 de la Adenda N93 el titular señala:
La estabilización de los lodos, se logrará en conformidad al punto 6 del artículo 6 del DS004, que establece un mínimo de 25 días de tiempo de retención y que bajo esta condición ya se considerará los lodos como estabilizados. De esta manera, no se considera el uso de la cal, como un medio de estabilización adicional de los lodos, sino que se considera suficiente para ello el tiempo de retención celular, como lo establece el DS004. La planta de tratamiento esta dimensionada para el máximo de lodo generado en el año 2033, por lo que están todos los años cubiertos en términos de estabilización.
La verificación de la estabilización de los lodos se lleva a cabo a través del uso de una planilla de control de proceso en donde se va verificando el tiempo de retención celular, como se muestra en Tabla 5.
En tanto, en respuesta N*8 de la Adenda N?3, indica:
El diseño para la estabilización de los lodos no considera el ajuste de pH, sino la variable tiempo de retención celular o edad del lodo, por lo que este equipo no se considera ni forma parte del proyecto de tratamiento de lodos, además de lo complejo que puede ser esta operación para el personal del APR. De esta manera, no se considera el uso de la cal, como un medio de estabilización adicional de los lodos, sino que se considera suficiente para ello el tiempo de retención celular, como lo establece el DS04/2009 MINSEGPRES. La planta de tratamiento esta dimensionada para el máximo de lodo generado en el año 2033, por lo que están todos los años cubiertos en términos de estabilización
La higienización de los lodos se logra con la digestión aerobia de los lodos y la adición de pequeñas cantidades de Cal apagada a razón de 25-30 Kg Cal/Ton SS equivalente a 5,4 kg de cal apagada por día. Esta dosis es la obtenida en diversas plantas de tratamiento en que se adiciona cal posterior a una digestión de lodos. (PTAS Huertos Familiares, Municipalidad de Lo Conti, localidad de Gultro, La Leonera, Villa Bicentenario en Islita de Maipo, entre otras, que poseen RCA y actualmente cumple con los requerimientos higiénicos de lodo Clase B.). La adición de 5,4 kg de cal es manual con los implementos de protección personal y mascarilla. Debido a la poca cantidad adicionada, no se requiere un sistema de encapsulamiento.
Valores más elevados de Cal (170 - 250 kg Cal/Ton SS) y ajuste riguroso del pH se realiza solo cuando la higienización se realiza directa del lodo purgado (lodo líquido), sin digestión previa, que no correspondería a nuestro diseño. En el diseño propuesto, no se regula pH y se adiciona la dosis directa de Cal previo a una digestión aerobia, al lodo deshidratado, proporcionando un nivel de coliformes bajo norma. (Se adjuntan análisis de lodos de plantas de tratamiento en que los lodos se han estabilizado e higienizado por digestión aerobia.).
La verificación de la estabilización de los lodos se lleva a cabo a través del uso de una planilla de control de proceso en donde se va verificando el tiempo de retención celular.
A través del oficio ordinario N485/2014, complementado con el oficio ordinario N531/2014 que se pronuncia sobre la Adenda N'3 del proyecto, la SEREMI de Salud de esta región se pronuncia inconforme y no otorga aprobación a los antecedentes presentados para el PAS 91 del D.S. N*95/2001 del MINSEGPRES, fundamentado en lo siguiente:
Se indica que la clasificación del Lodo tipo B, se logrará a través de la Digestión Aeróbica y Adición de Cal, sin embargo, ambos manejos descritos en la Adenda, no cumplen con los requisitos establecidos en los literales a) y e) del Artículo 8”, del DS. 04/09, toda vez que se indica en la DIA, que los lodos se encontrarán solo 12 días, en el Digestor de Lodos y que la Adición de Cal, se hará en forma manual, en el lodo deshidratado, sin regular PH, por tanto las condiciones de operación de estos procesos de Higienización, no cumplen con lo establecido en la normativa vigente. La normativa menciona, como requisito en el proceso de Digestión Aerobia, un tiempo de residencia mínima de 40 a 60 días, a una T” mínima de 20” , en tanto, que en el proceso de Aplicación de Cal, se debe controlar el PH, por 2 horas mínimo.
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- No se entregan los antecedentes relativos a las medidas de control y seguimiento del proceso de Higienización (lodo Case B), toda vez que en el Art. 8%, del DS. 04/09, indica que se debe cumplir con la reducción de atracción de vectores y análisis del contenido de Coliformes Fecales, producto del análisis de 7 muestras mínimas de lodos, tomadas al momento de su eliminación, debiendo tener una media geométrica de Coliformes Fecales, inferior a 2.000.000 NMP gramo sólido totales, materia seca.
e Dado lo anterior, no se entregan las garantías suficientes para que los lodos, alcancen la Higienización requerida, para un lodo tipo B, no dando cumplimiento a la normativa vigente; DS. 04/09 ni al PAS 91, en particular el literal c.4: Caracterización y Formas de Manejo y Disposición de los Lodos generados por la Planta.
En este contexto, el proyecto no cumple con los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial consagrado en el artículo 91 del D.S. N*95/2001 del MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4.2.3. Artículo 96 del D.S. N* 95/01 del MINSEGPRES
El sector definido para el emplazamiento de la PTAS de Cunaco, corresponde al terreno ROL 509- 179, de propiedad de la Sociedad de Inversiones C y A Ltda. Este tiene 45 metros de frente por 57 metros de fondo (2.565 m2 de superficie y 189 m.s.n.m.) y se localiza al sur-poniente de la localidad de Cunaco, hacia donde convergen gravitacionalmente las aguas servidas de la red pública. Este sector destinado a recinto para Infraestructura Sanitaria no genera nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana.
Los antecedentes para el otorgamiento de este permiso se presentan en respuestas N“60 de la Adenda N%1 y N%25 de la Adenda N2.
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse lo siguiente en relación al Proyecto "“Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”.
Literal a) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce”. (Artículo 5* del Reglamento del SETA).
El cumplimiento de las materias señaladas en el Artículo 5” del Reglamento del SEIA, sobre efluentes, emisiones y residuos, se indicó anteriormente en el punto 3.7.3 Principales Emisiones, Efluentes y Residuos de esta Resolución.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”, ya que éste no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que generará o producirá, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal b) del artículo 11 de la Ley 19.300
Se debe realizar estudio si el proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire”. (Artículo 6* del Reglamento del SETA).
Emisiones, Efluentes y Desechos
El cumplimiento de las materias señaladas en el Artículo 6” del Reglamento del SEIA, sobre efluentes, emisiones y residuos, se indicó anteriormente en el punto 3.7.3 Principales Emisiones, Efluentes y Residuos de esta Resolución.
Las características del emplazamiento de la planta, anteriormente descritas, permiten concluir que:
-
No se considera intervenir o explotar vegetación nativa debido a que la planta de tratamiento sólo contemplará obras al interior del recinto; y, en una superficie muy reducida donde no existe vegetación y fauna nativa.
-
El proyecto no efectúa la extracción, explotación, alteración o manejo de alguna especie de flora o fauna con algún estado de conservación.
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- No se introducen al territorio nacional alguna especie de flora o fauna, ni tampoco el uso de organismo modificados genéticamente.
e Por sus características, la planta de tratamiento de aguas servidas no implica la contaminación o erosión del suelo. Además, debido a la pequeña superficie involucrada en el proyecto, no se generan efectos significativos sobre el recurso suelo.
e La napa freática se encuentra aproximadamente a algo más de 3 metros de profundidad en el área de tratamiento y corresponde a un acuífero libre en el margen del Estero Chimbarongo. Las obras que se construyan bajo la napa, como colectores, cámaras de llegada y planta elevadora de aguas servidas, serán ejecutadas en seco con agotamiento permanente mediante punteras y evacuando el caudal por canalización hacia la caja del Estero Chimbarongo. Durante la ejecución de las obras no existirá afluencia de aguas servidas hacia esa zona y la probabilidad de contaminación de la napa subterránea por estas acciones y por la operación de la PTAS será prácticamente nula.
En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”, ya que este no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.
Literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”. (Artículo 8” del Reglamento del SETA).
El proyecto por su naturaleza, no alterará la dimensión antropológica, ya que no influye en las manifestaciones de la cultura, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados; intervención de la distribución de grupos humanos ni su distribución espacial.
En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco” ya que este no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Literal d) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad, se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar”. (Artículo 9* del Reglamento del SEA).
En cuanto al valor ambiental del territorio, éste no se ve afectado por el emplazamiento del proyecto, debido a que es un predio que actualmente posee el mismo uso de saneamiento ambiental respecto a la esencia del proyecto; por lo tanto, no existen humedales, glaciares, ni áreas o recursos naturales declarados bajo protección oficial que puedan ser afectados.
Dentro del área de influencia del proyecto no existen poblaciones, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales. Por lo tanto, no habrá impactos sobre personas pertenecientes a estos grupos.
En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”, ya que este no se localiza próximo a población, recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectados.
Literal e) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta alteraciones significativas, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona”. (Artículo 10 del Reglamento del SEA).
El área del proyecto no posee infraestructura turística, ni áreas destinadas al desarrollo de actividades de recreación o turismo. Las características paisajísticas del área son las propias de ambientes de saneamiento ambiental de carácter rural. Por consiguiente, el sector no posee valor relevante desde un punto de vista paisajístico.
En el sector de inserción del proyecto no existen áreas que hayan sido declaradas zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley N* 1.224 de 1975.
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El proyecto se desarrolla en un área altamente intervenida por actividades antrópicas, que no posee valor paisajístico o turístico, y cuyas actividades e instalaciones no obstruyen la visibilidad a zonas con valor paisajístico.
En conclusión, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”, ya que este no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico.
Literal f) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”. (Artículo 11 del Reglamento del SEIA).
El proyecto no está en proximidad a Monumentos Nacionales definidos por la Ley 17.288 de 1970, ni requiere remover, destruir, excavar, trasladar, deteriorar o modificar en forma permanente este tipo de monumentos.
El proyecto no afecta, modifica o deteriora construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural. Tampoco existen lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.
En caso que durante las faenas de excavación para la ejecución de las obras del presente proyecto se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, arqueológico o paleontológico, se informará el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir; y se procederá según lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley N” 17.288 sobre Monumentos Nacionales, y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. El proyecto contempla una estricta observancia a la citada norma.
En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”, ya que este no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
RESUELVE:
. CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”", dado que:
a) De acuerdo a lo señalado y estipulado en el artículo 19 inciso 3” de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417, que indica: “Se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley”.
b) En relación a lo anterior, el proyecto no acreditó cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, en particular lo referido en los literales a) y e) del Artículo 8% del Decreto Supremo N? 4/2009 del MINSEGPRES, que establece el Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas. Esto es, requisitos y medidas de control y seguimiento para el proceso de higienización de los lodos tipo B; y, por consiguiente, el titular no pudo subsanar los errores e inconsistencias durante el proceso de evaluación, para dar cumplimiento al mencionado cuerpo normativo. Lo anterior se basa en el oficio ordinario N485/2014 complementado con el oficio ordinario N531/2014, en el que la SEREMI de Salud de esta región se pronuncia inconforme, sobre esta materia señala lo siguiente:
Se indica que la clasificación del Lodo tipo B, se logrará a través de la Digestión Aeróbica y Adición de Cal, sin embargo, ambos manejos descritos en la Adenda, no cumplen con los requisitos establecidos en los literales a) y e) del Artículo 8%, del DS. 04/09, toda vez que se indica en la DIA, que los lodos se encontrarán solo 12 días, en el Digestor de Lodos y que la Adición de Cal, se hará en forma manual, en el lodo deshidratado, sin regular PH, por tanto las
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condiciones de operación de estos procesos de Higienización, no cumplen con lo establecido en la normativa vigente. La normativa menciona, como requisito en el proceso de Digestión Aerobia, un tiempo de residencia mínima de 40 a 60 días, a una T” mínima de 20% , en tanto, que en el proceso de Aplicación de Cal, se debe controlar el PH, por 2 horas mínimo.
No se entregan los antecedentes relativos a las medidas de control y seguimiento del proceso de Higienización (lodo Case B), toda vez que en el Art. 8%, del DS. 04/09, indica que se debe cumplir con la reducción de atracción de vectores y análisis del contenido de Coliformes Fecales, producto del análisis de 7 muestras mínimas de lodos, tomadas al momento de su eliminación, debiendo tener una media geométrica de Coliformes Fecales, inferior a 2.000.000 NMP gramo sólido totales, materia seca.
Dado lo anterior, no se entregan las garantías suficientes para que los lodos, alcancen la Higienización requerida, para un lodo tipo B, no dando cumplimiento a la normativa vigente.
c) El proyecto no subsano los errores, omisiones o inexactitudes durante el proceso de evaluación ambiental, en particular sobre los antecedentes relativos al manejo de los lodos generados por la planta de tratamiento de aguas servidas, vinculados a los permisos ambientales sectoriales consagrados en los artículos 91 y 93 del D.S. 95/01 MINSEGPRES. En este contexto los Oficios Ords. N” N485/2014 complementado con el Oficio Ordinario N%531/2014, de la SEREMI de Salud de esta región, sobre este punto denegó el otorgamiento de dichos permisos, en particular señaló:
No otorga conformidad a los antecedentes presentados para el otorgamiento de los PAS 91 (literal c.4: Caracterización y Formas de Manejo y Disposición de los Lodos generados por la Planta) y PAS 93(literal a.9: Manejo de Residuos generados dentro de la Planta), ambos del D.S. N*95/2001 del MINSEGPRES.
d) Por lo anterior el Proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la Localidad de Cunaco”, del titular 1.M. Nancagua, no acredita cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, en particular lo consignado en el artículo 8% del D.S. 4/09 del MINSEGPRES, y por consiguiente el proyecto no subsano los errores, omisiones o inexactitudes durante el proceso de evaluación ambiental, en particular sobre los antecedentes relativos al manejo de los lodos generados por la planta de tratamiento de aguas servidas, vinculados a los permisos ambientales sectoriales consagrados en los artículos 91 y 93 del D.S. 95/01 MINSEGPRES. Fundamentado en lo señalado en el punto 4.1.2 “Legislación Específica Aplicable al Proyecto” Decreto Supremo N? 4/2009 del MINSEGPRES, que establece el Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas, y en el punto 4.2 Indicación De Los Permisos Ambientales Sectoriales Asociados al Proyecto, ambos de la presente Resolución. Además de lo consignado en el Oficio Ordinario N%485/2014 complementado con el Oficio ordinario N%531/2014, ambos emitidos por la SEREMI de Salud de esta región.
- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular puede ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
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Dis
e... ...b.o.o... o. .o... o o...
tribución:
WILSON MANUEL DUARTE RABELLO
Corporación Nacional Forestal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Dirección de Obras Hidráulicas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Ilustre Municipalidad de Nancagua
SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI de Desarrollo Social, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SERNAPESCA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SERNATUR, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia del Medio Ambiente
nuevas.rcas(Y9sma.gob.cl
Clc:
Encargado Participación Ciudadana
Expediente del Proyecto "PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS, LOCALIDAD DE CUNACO, COMUNA DE NANCAGUA"
Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
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