Evaluación SEA

Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff

Rol 8272851
SEA · DIA · Aprobado · 2013-08-14 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · AQUACHILE SPA.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REGIÓN DE AYSÉN

Califica ambientalmente favorable el proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff”. Resolución Exenta N* 268.

Coyhaique, 20 de Noviembre de 2013.

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental, del Proyecto “Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff”, presentada por Aquachile S.A., representada por el Sr. Francisco Serra, con fecha 14/08/2013.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Con relación a la evaluación ambiental del Proyecto.

Con relación a la DIA del Proyecto.

Institución ORD. N2 Fecha Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén. 4025 02/09/2013 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén. 86-EA/2013 05/09/2013 SEREMI de Salud, Región de Aysén. B 1131 05/09/2013 Subsecretaría de Pesca. 2087 06/09/2013 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén. 394 09/09/2013 Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén. 465 11/09/2013 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén. 12600/377 16/09/2013 Informes de compatibilidad territorial; políticas, planes y programas, Regional y Comunal. Institución ORD. N? Fecha Gobierno Regional, Región de Aysén. 2085 03/09/2013 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén. 12600/371 09/09/2013 3. El Acta de Evaluación del Comité Técnico N*66/2013, de fecha 14 de noviembre de 2013. 4. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto

“Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho- Caleta Bluff”, de fecha 18 de noviembre de 2013.

PA

  1. El Acta de la Comisión de Evaluación Región de Aysén, Sesión Ordinaria N* 02-11/2013, de fecha 19 de noviembre de 2013.

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto 1 ambiental de la DIA del proyecto “Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de : Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff".

  3. Lo dispuesto en la Ley N19,300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial de 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20,417, publicada en el Diario Oficial de 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; Artículo 2” del Decreto Supremo N 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), que refunde, coordina y sistematiza el D.S. N” 30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), publicado en Diario Oficial de 07 de diciembre de 2002; la Ley N19.880, publicada en el Diario Oficial de 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; Resolución (Tr) N*98, de fecha 02 de Septiembre de 2013, de la Dirección Ejecutiva del

l Servicio de Evaluación Ambiental que nombra como Directora del Servicio de Evaluación

Ambiental de la Región de Aysén a la Sra. Paula Muñoz Zeller; y Resolución Exenta N*

1 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención

del Tramite de Toma Razón.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff".

  2. Que, el derecho de Aquachile S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff", consiste en:

3.1. TIPOLOGÍA DE PROYECTO

En atención al artículo 3? del D.S. N” 95/01 MINSEGPRES, el proyecto contempla las siguientes actividades susceptibles de causar impacto ambiental, como causales de ingreso al SEIA:

0.8. - Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el

titular presenta como parte integrante de su proyecto un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.

11

3.2. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

A continuación se presenta el cronograma de actividades del proyecto, cuyas fechas corresponden a plazos estimados y están supeditadas a la obtención y fecha de la correspondiente aprobación del Proyecto Técnico y Resolución de Calificación Ambiental y al descanso del barrio.

Actividad Fecha de inicio | Fecha de término Levantamiento de información Enero 2013 Enero 2013 Construcción 2do semestre 2013 Operación 2do semestre 2013 Abandono .-

3.3. MONTO DE INVERSIÓN La inversión estimada para la ejecución del proyecto se estima en USD 75.000. 3.4. VIDA ÚTIL

La vida útil del proyecto evaluado se considera indefinida, dependiendo de las condiciones ambientales del centro.

3.5. MANO DE OBRA

A continuación se presenta un desglose de la utilización de mano de obra en las distintas etapas del proyecto:

Etapa Mano de Obra Promedio Levantamiento de información 2 Construcción 6 Operación 5 Cierre o Abandono --

3.6. SUPERFICIE

La concesión posee una superficie de 2 hectáreas, dentro de las cuales se construirá el sistema de ensilaje que poseerá una superficie de 36 m'.

3.7. LOCALIZACIÓN

El sistema de ensilaje se emplaza en la Región de Aysén, comuna y provincia de Aysén, específicamente en Fiordo Aysén, entre Punta Yelcho - Caleta Bluff, dentro de un área considerada por el Decreto N*359/94 del Ministerio de Defensa, como un Área Apropiada para el Ejercicio de Acuicultura (AAA), en una zona preferencial para la Acuicultura según el D.S. N”153/2004, Ministerio de Defensa Nacional, del 20-05-2004.

Respecto a la compatibilidad territorial del Proyecto: De acuerdo a la información presentada por el titular en la DIA y la información que consta en el

expediente, es posible señalar que el proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la región.

2

3.8. JUSTIFICACIÓN DE LA LOCALIZACIÓN

La incorporación de un sistema de ensilaje para este centro de engorda de peces en particular, justifica su localización considerando que se debe implementar donde se encuentra operando el centro de cultivo, y según lo descrito anteriormente, este centro de cultivo se encuentra autorizado por el ente competente mediante Resolución.

3.9. COORDENADAS GEOGRÁFICAS

Coordenadas de los vértices de la concesión de acuicultura, referidas a carta SHOA N8610 2ed 2003, según proyecto FIP.

Punto Latitud (S) Longitud (W) A 45%27'59,09" 72%53'10,67" B 45%28'02,92" 72%53'03,25" [e 45%28'05,54" 72%53'05,97" D 45%28'01,70" 72%53'13,39"

3.10.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto consiste en el cambio del sistema tradicional de disposición y almacenamiento de mortalidad en los centros de cultivo, a un sistema de ensilaje.

El proyecto considera la instalación de un artefacto naval menor, que contendrá el sistema de ensilaje y un estanque de acopio de 15 ó 21 m?* de capacidad.

El sistema de ensilaje se ubicará al interior de la concesión y será de uso exclusivo de ésta.

Código de Centro 110136.

3.10.1. FASE O ETAPA DE CONSTRUCCIÓN 3.10.1.1. PARTES DE LA CONSTRUCCIÓN

El sistema de ensilaje del centro cuenta con contenedores herméticos y de material resistente al ácido, los equipos utilizados son lavados con posterioridad al procedimiento y el trasvasije del producto del ensilaje se realiza mediante sistema de bombeo y acople, que son herméticos y resistentes al producto transportado y con una estructura que impide absolutamente el vertimiento y escurrimiento de la mezcla. El producto del ensilaje sólo puede destinarse a una planta reductora que cuente con sistemas de tratamiento autorizados de residuos sólidos y líquidos.

El proyecto acoge lo establecido en la Circular DGTM y MM O-71/010, en donde se establece normas sobre construcción, equipamiento, inspecciones y otras exigencias de seguridad que deben cumplir las naves y artefactos navales menores (menos de 50 TRG).

El proceso de construcción del Sistema de Ensilaje se realizará fuera de las instalaciones del centro.

3.10.1.2. PLATAFORMA DEL SISTEMA DE ENSILAJE

Las características de la estructura de la plataforma de ensilaje se detallan a continuación:

Eslora total 6m. Manga Máxima 6m. Puntal Máximo 1,6m. Calado de diseño 1m. Francobordo Mínimo con Carga 0,6 m.

Superficie de Cubierta 36 m?. Desplazamiento Liviano aproximado 9,35 Ton. Desplazamiento Total aproximado 32,2 Ton. Altura máxima del Galpón 2,6 m. Ancho máximo del Galpón 3,8 m.

La bodega de ensilaje cuenta en su interior con un pretil de contención con una capacidad para derrame equivalente a 110% del volumen máximo de acopio y condiciones de acceso restringido del personal. La mortalidad que será sometida a ensilaje es exclusiva del centro. El peso de la plataforma es menor a 50 Ton., por lo tanto no corresponde ser inscrita y autorizada por la Autoridad Marítima.

Respecto de la instalación donde se emplazará el sistema de ensilaje:

Cuenta con resistencia estructural suficiente para soportar los esfuerzos a los que será sometido, entiéndase carga, condiciones de viento, mar, etc.

La instalación destinada a albergar el ensilaje cuenta con un lugar especialmente adecuado para el almacenamiento del ácido fórmico. Entre las características que este reúne están: es un lugar ventilado, fresco, seco y lejos de fuentes de calor o ignición.

La instalación es una estructura sólida, resistente a la acción del agua, incombustible y de techo liviano.

Cuenta con techumbre ya que almacena envases con ácido, según ficha de seguridad. Lo anterior es para evitar el contacto con el agua o las fuentes de calor en el verano. El abastecimiento de ácido fórmico, se hace a medida que se requiera.

La Plataforma, tiene la boyantez suficiente con un francobordo con carga y personal a bordo, que evita el embarque de agua en distintas condiciones de tiempo.

Acceso restringido del personal.

Las vías de ingreso, tránsito y evacuación estarán siempre despejadas, sin nada que las obstruya.

Los productos estarán segregados de acuerdo a sus compatibilidades.

Los equipos eléctricos, de iluminación y ventilación, que tiene la instalación, son resistentes a la corrosión.

La plataforma donde se emplazarán los equipos de ensilaje disponen de agua dulce de emergencia y una estación lavaojos a no más de 20 metros, ubicada en un lugar libre de obstáculos y debidamente señalizado.

La cubierta principal es aligerada (con orificios), excepto en las zonas en que puede caer “ácido fórmico” u otra sustancia nociva al agua, donde ésta debe ser corrida (continua) y no porosa, además de contar con un pretil de contención de un material resistente al ácido fórmico, de manera que pueda contener la totalidad del producto o sustancia derramada. Cuenta con agentes de absorción y/o neutralización en lugares debidamente dispuestos y señalizados.

La superficie utilizada para este proceso, es una bodega especialmente acondicionada para dicho fin.

3.10.1.3. COMPONENTES DEL SISTEMA DE ENSILAJE

El sistema de ensilaje estará compuesto por los siguientes elementos:

Estanque triturador.

Tablero eléctrico y de control.

Estanque de acopio.

Piping para transferencia de carga desde estanque triturador a acopio. Bandeja de contención.

Sistema dosificación de ácido.

Sk

En la siguiente tabla se presentan las especificaciones de los equipos. (Las marcas especificadas son referenciales, pueden ser otras similares).

Estanque Dimensiones, capacidad 700 |, acero 5 mm.

Triturador Motor de 7,5 kw, Nominal 15,6 Amp, 50 Hz, 2900 rpm.

Material de manguera corrugada de 3”, uniones con abrazaderas inoxidable T-514,

Bomba de rodete abierto.

Piping

Bomba de Recirculación Capacidad de silo de ensilaje Fuente de Energía | Generador,

21 m'* (Alternativamente se podrá utilizar un silo de 15 m?).

Se indica que la capacidad de almacenamiento del estanque de acopio del centro dependerá de la plataforma que se encuentre disponible al momento de dar inicio a la operación del centro de cultivo. La empresa rotará los sistemas de ensilaje desde centros que comiencen su descanso sanitario a centros que se activen, considerando previa desinfección del sistema.

En cuanto a la capacidad del estanque de acopio, el titular aclara que el retiro de la mortalidad será directamente proporcional a la generación de ensilado, es decir, se considera un retiro cuando el estanque alcance un 70 % de su capacidad, independiente del sistema de ensilaje que se utilice (21ms o 15 m? de acopio).

Se considerará mantener como límite de almacenamiento de mortalidad, el 70% del volumen total de capacidad del estanque de acopio para así programar adecuadamente el retiro de ensilaje. Cabe mencionar que la generación de mortalidad del centro de cultivo es variable durante toda la etapa de producción, considerando mayor nivel de ensilaje en meses cercanos a cosecha debido al tamaño de los peces, donde se contemplará un aumento en la frecuencia de retiro de ensilaje.

3.10.1.4. REQUERIMIENTO ENERGÉTICO

Se requiere de energía para el funcionamiento de las bombas del sistema de ensilaje. El requerimiento para hacer funcionar este sistema está calculado para la bomba trituradora y para la bomba de recirculación. Estos requerimientos son cubiertos por un generador de 15 a 45 Kva, ubicado en el sistema de ensilaje.

3.10.1.5. AGUA CONSUMO HUMANO

En caso de usar agua dulce de una red de agua potable rural o alguna fuente natural, el titular presentará todas las autorizaciones y permisos correspondientes y/o deberes comprometidos antes de utilizar dicha fuente de abastecimiento de agua.

3.10.2. ETAPA O FASE DE OPERACIÓN

Considerando la información incluida en la modificación del D.S. N* 319/01, la mortalidad diaria del centro de cultivo es sometida a ensilaje, definida en tal regulación como "Procedimiento de transformación de la mortalidad mediante una molienda y adición de ácido fórmico hasta alcanzar y mantener un pH 4, en una mezcla homogénea”, dentro de las 24 horas. El depósito temporal de la mortalidad se efectúa en envases especialmente destinados para este fin, debidamente identificados y con tapa, paredes y fondo herméticos que impidan posibles derrames.

3.10,2,1. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL EQUIPO DE ENSILAJE Y DESCRIPCIÓN DEL PROCESO

El ensilaje, como proceso, comienza con la llegada de la mortalidad fresca donde está emplazado el sistema de ensilaje. En este, la mortalidad se pesa y registra para luego ser triturada y

l | |

estabilizada, adicionando dosis de ácido fórmico. Una vez estabilizada la mezcla en el triturador, se verificará la calidad de la molienda y el pH de la mezcla, usando para ello instrumentos adecuados. Si la medición de pH indica que este es mayor a 4, se le adiciona más acido según necesidad.

La aplicación de ácido se realizará a través de una bomba que comunica el bidón con el vaso graduado, la que funcionará por 10 a 20 segundos, procediendo luego a mezclar. Este procedimiento se desarrollará hasta que la muestra alcance el pH adecuado y la molienda permita llegar a tamaños no superiores a los 5 mm. Una vez que se haya logrado la relación correcta de pH/tamaño de la molienda, la mezcla resultante será bombeada hacia un estanque acumulador o “silo” para su almacenamiento.

El producto obtenido es inocuo y no genera olor. Una vez llenado el silo o estanque de almacenamiento, este producto será retirado por alguna de las plantas reductoras que usan esta mezcla como materia prima de sus propios procesos (harina y aceite de pescado). El retiro se realiza a través del vaciado del silo a un camión. Finalmente, la mezcla es trasladada a las plantas reductoras para su uso como materia prima en la fabricación de harina y aceite de salmón.

3,10,2.2. CARACTERÍSTICAS GENERALES PROCESO DE ENSILAJE

El proceso de ensilaje en sí mismo, requiere de personal calificado para su adecuada realización, para lo cual estarán debidamente capacitados. El personal cuenta con equipos de seguridad consistentes en:

+. Protección de manos (guantes de caucho de butilo o neopreno). Protección de pies (botas de caucho de butilo o nitrilo). Protección respiratoria de 2,5 a 10 ppm (Full face con cartucho para vapores orgánicos). Protección ocular. Traje impermeable de caucho-butilo.

3.10.2.3. DESCRIPCIÓN DE LOS PRINCIPALES PASOS EN EL PROCESO DE ENSILAJE DE LA MORTALIDAD

a) Traslado de la mortalidad desde la jaula hasta la bodega de ensilaje:

Se contará con una bandeja o pretil para el retiro de la mortalidad desde las jaulas, la mortalidad luego de ser contada y clasificada se deposita al interior de recipientes con tapa y herméticos, que se utilizarán para el traslado de la mortalidad. El traslado se hará en una embarcación de la empresa desde las unidades de cultivo hacia la zona o lugar donde se encuentra el sistema de ensilaje. El líquido que pueda contener la bandeja o pretil se vierte en los recipientes para ser llevado hasta el sistema de ensilaje.

La extracción de la mortalidad se realizará diariamente tal como lo dispone la actual normativa.

b) Llegada mortalidad al Sector de Ensilaje: Una vez que la mortalidad es extraída desde las jaulas, esta es llevada al sector donde se emplaza el sistema de ensilaje. Esta es recepcionada por el operario del sistema, el cual la pesa y registra

“de acuerdo a lo establecido por el Programa Sanitario General de Manejo de Mortalidades

(PSGM).

c) Bitácora o registro: Una vez llegada la mortalidad al sector donde se emplaza el sistema de ensilaje, se debe registrar la información en una bitácora, de acuerdo al PSGM:

d) Triturado de la Mortalidad: El proceso de trituración es realizado por el operador del sistema de ensilaje que cuenta con todas las medidas de seguridad (tales como, guantes, antiparras, y delantal o buzo). Se realiza en equipos especialmente diseñados para este fin, los que son fabricados en acero inoxidable y cuentan con un motor moledor y cuchillos trituradores especialmente diseñados para la adecuada molienda y trituración de la mortalidad. Estos estanques trituradores tienen una capacidad de 600 lt. aproximadamente.

EN

El operario del sistema es capacitado en los tiempos de trituración por kilo de mortalidad, además de la adecuada utilización del triturador al inicio del proceso. Para el óptimo funcionamiento del triturador, al inicio del proceso, deberá ser cebado, proceso que consiste en introducir una pequeña fracción de mortalidad mezclada con ácido fórmico y proceder a una primera trituración. Esta actividad solo se realiza una vez en el ciclo. Cabe hacer presente que un ciclo corresponde a un año. Realizada esta función se procede a realizar integramente el proceso, procurando siempre ocupar hasta el 70% de la capacidad del triturador.

El proceso realizado permite que el producto obtenido sea una pasta homogénea. Para evitar salpicaduras, el triturador cuenta con una tapa hermética que se debe cerrar antes de comenzar con el proceso de trituración.

El equipo de trituración sólo se usa a un máximo del 70% de su capacidad, con el objeto de minimizar el efecto de salpicaduras, pero principalmente para obtener una óptima trituración de la mortalidad.

En la medida que la trituración progresa, se va añadiendo mortalidad y ácido fórmico hasta alcanzar la capacidad del 70%, situación que marca el momento en que la pasta resultante debe ser traspasada al estanque de almacenamiento o silo. Para ello, la mezcla debe estar al pH adecuado (entre 3 y 4) y con una molienda adecuada (partículas entre 2 a 5 mm).

e) Adición de Ácido Fórmico: Las empresas y/o este titular que realicen el transporte de los insumos para el proceso (ácido fórmico), así como el traslado de este producto (Mortalidad Ensilada) hacia plantas reductoras deben contar con los permisos correspondientes. El ácido fórmico es trasladado mediante las más altas medidas de seguridad, tanto a los centros de mar, lago y pisciculturas y será responsabilidad del proveedor, para lo cual estos cuentan con todos los permisos que correspondan. Su transporte se realiza en envases herméticos, con la señalética adecuada y con una autorización emitida por la autoridad sanitaria. Para ello se cuentan con planes de contingencia específicos, que establecen los procedimientos pormenorizados de las actividades a desarrollar en caso de una emergencia de contacto o de derrame. Una vez llegado al centro, el envase hermético con el ácido fórmico es almacenado en la bodega de sustancias químicas o bien acoplado al sistema de ensilaje, en este último caso, este se encuentra rodeado por un pretil de seguridad especialmente diseñado para contener eventuales derrames de este insumo del proceso. Este pretil tiene la capacidad de contener sobre el 110 % de la capacidad del almacenamiento de ácido fórmico. El envase vacío, es retirado en el mismo acto del sector de ensilaje, o bien es almacenado transitoriamente en la bodega de químicos hasta que es retirado. Para las actividades del operador del sistema de ensilaje, existe un manual de uso y operación con exigencias específicas para la manipulación del ácido, así como la indicación especifica de los elementos necesarios que se deben utilizar en la manipulación del ácido, y las medidas de contingencia que se deben generar en la actividad de la bodega de ensilaje. Para lograr la incorporación de este ácido al triturador, esto se hace mediante una bomba que lo lleva hasta un vaso graduado y luego es adicionado al estanque triturador de forma semi- automática. La operación de la bomba es supervisada por el operador capacitado del sector de ensilaje. Esta bomba se acopla al estanque de ácido, mediante una tapa especialmente adaptada, que impide cualquier tipo de derrame y la entrada de agua al estanque de ácido.

El Ácido Fórmico es mezclado en dosis específicas de acuerdo al peso de la mortalidad, por lo cual el equipo de ensilaje cuenta con un dosificador semiautomático, que equilibra ácido fórmico y volumen de mortalidad.

Existen dosificaciones al 2,5%, 3,5% o al 4% dependiendo del ácido a ocupar. Para calcular el volumen de ácido a aplicar debe realizarse el siguiente cálculo: ACIDO FORMICO (kg) = MORTALIDAD (kg) x DOSIS ACIDO (%)

DOSIS ACIDO (%) = 2,5 a 4 % (Promedio 3,5%).

ACIDO FORMICO (L) = ACIDO FORMICO (kg/DENSIDAD ACIDO (kg/lt).

AN

DENSIDAD ACIDO FORMICO = 1.2 kg / cm3.

El manejo del Ácido Fórmico se aplica con las siguientes medidas de seguridad, la utilización de equipo de protección personal, segregación de ácido fórmico, control de exposición, entre otras.

El ácido fórmico se mantiene en estanques IBC, el volumen que se almacenara es de 1000 litros. El abastecimiento de ácido fórmico, se hará en la medida que se requiera.

El Silo tendrá una capacidad de 21 m, o en su defecto 15 m; como norma internacional se toma como unidad de densidad la densidad del agua (1), un litro de agua pesa 1 Kg, un metro cúbico tiene 1.000 litros, luego 21 m? serían 21.000 Kg ó 21 toneladas y 15 m* corresponderán a 15.000 Kg o 15 Toneladas.

Por otro lado, según las tablas indicadas por el proveedor de ácido fórmico, para tener una referencia general para 500 kilos de mortalidad se usan 14,8 litros de producto tamponado.

Es importante mencionar que este nivel de mortalidad es algo referencial, ya que los primeros meses de cultivo los peces son de un tamaño menor por lo tanto la mortalidad y el nivel de ácido es mucho menor a lo presentado. Como estrategia preventiva se coordinará el retiro del ensilado cuando el estanque alcance un 70% de su capacidad.

f) Medición y Registro del pH:

Una vez que el operador ha incorporado la cantidad adecuada de ácido fórmico a la mortalidad triturada, se debe registrar el pH, el que debe ser menor a 4. Este registro se podrá realizar mediante pH metros digitales y en casos especiales mediante bandas de pH.

Si el pH es superior a 4, el operador deberá adicionar ácido fórmico. Para esto, operará la bomba inyectora por aproximadamente 5 segundos. Una vez inyectado el ácido, el operador procederá a homogenizar la mezcla a través del encendido del triturador. Este procedimiento se repetirá hasta alcanzar el pH óptimo (<4). Cabe destacar que el pH siempre debe ser < 4 antes de traspasar la “pasta” al silo.

g) Traspaso al Silo: Una vez que el operador ha medido el pH en el triturador y constatando que este es menor a 4, la mezcla ya homogenizada y estabilizada está en condiciones de ser trasladada al silo o estanque de almacenamiento. Este procedimiento se desarrollará por el operario una vez que el volumen de ensilaje en el triturador sea entre el 50% y el 70% de su capacidad. Alcanzada esta capacidad (70%), el operario debe apagar el triturador, abrir la válvuta del triturador y activar la bomba del estanque de almacenamiento, procediendo a almacenar la mezcla.

h) Almacenamiento en el Silo: Dentro del Silo, la mortalidad ensilada se encuentra estabilizada, y se mantendrá en un pH < 4. La mortalidad ensilada permanecerá como máximo 6 meses dentro del Silo. Una vez alcanzada la capacidad de almacenamiento del silo (70%) o bien cumplidos los seis meses de almacenamiento, se hará retiro del ensilaje.

i) Transporte a la Planta Reductora Alcanzada la capacidad de almacenamiento del Silo o cumplido el plazo de almacenamiento, este producto será retirado por una empresa reductora. Aun cuando el producto resultante de este proceso es una sustancia inocua, debe ser realizado teniendo presente al menos lo siguiente:

e Realizarse en el menor tiempo posible

« Los contenedores receptores serán herméticos y anti derrame

e Los contenedores estarán debidamente señalizados y etiquetados.

  • La empresa que efectúe el transporte deberá mantener un “Plan de Contingencia” que describa el orden cronológico de las acciones a desarrollar ante la emergencia, procedimientos de limpieza y desinfección, registros y responsable. D.S. 319/PSGM y PSGT.

Es necesario destacar que este proceso de ensilaje permite hacerse cargo de mortalidades normales para un centro, ya que el sistema es capaz de procesar 14.400 kitos/día o sea 432.000 kilos/mes.

Ante eventos de mortalidad masiva, de cualquier naturaleza: enfermedad, floraciones algales nocivas, bajas de oxígenos, etc.; o superación de la capacidad de proceso; estas serán tratadas según lo establecido en el Art. 7, Letra k) del D.S. 319/2001.

Lo que se señala en la letra k) del Art. 7 del D.S. 319/2001 adquiere un carácter de perentorio toda vez que es la autoridad pesquera la que puede “ordenar su disposición en vertederos autorizados”, en casos calificados atendida la magnitud de la mortalidad. Esta situación puede darse cuando se excede la capacidad máxima de ensilaje, independiente de la causa que genere este evento. En estas circunstancias este titular coordinará con las autoridades competentes (Sernapesca, SEA, Directemar y algún otro Servicio como Salud por ejemplo, si la autoridad ambiental lo considera pertinente). En todo caso como lo señala la referida normativa, la disposición de la mortalidad se realizará en sitios autorizados para estos fines, y de ello se llevará un registro que facilite la verificación de la autoridad.

3.10.2.4. DE LA LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN

La limpieza del sistema de ensilaje se realizará en forma externa. Esta actividad se desarrollará por el personal del centro, estos serán capacitados para dicha labor, igualmente se cumple con un riguroso procedimiento para el tratamiento y disposición final de los residuos y riles proveniente de esta actividad, los que serán dispuestos de acuerdo a la normativa ambiental vigente.

Cabe hacer presente que el Ensilaje en sí mismo NO genera RiLes, los únicos residuos líquidos que se generan provienen de la limpieza y desinfección, la cual se realizará diariamente por sistema de aspersión, por lo tanto se genera un volumen manejable de 3 litros aproximadamente, los que serán dispuestos en el estanque del silo. Para facilitar la verificación de la autoridad sobre los volúmenes generados y su destino, se lleva un registro de ello.

3.10.2.5. ALMACENAJE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS

El almacenaje será según las disposiciones del DS 78/2010 que aprueba el "Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.

Las sustancias peligrosas sólo se almacenarán en lugares especiales que se señalan en DS. 78/2010, acorde a su cantidad, clase y división de peligrosidad según NCh 382 .Of 2004 o la que la sustituya.

Las sustancias peligrosas estarán contenidas en envases debidamente etiquetados, y son diseñados de forma que impidan las pérdidas de contenido; son adecuados para su conservación, de material químicamente compatible con la sustancia, de difícil ruptura y que minimice eventuales accidentes. En este caso el ácido fórmico se dispone, en la plataforma de ensilaje, mediante estanques IBC, confeccionados con polietileno de alta densidad y metal, con una capacidad aproximada de 1000 litros.

Cada estanque IBC contará con una placa instalada en la cual se describen las principales características del producto y estanque contenedor. Los sistemas de tuberías y bombas dosificadoras de ácido, asociadas a los estanques, cuentan con ingenierías con estándares internacionales.

La Rotulación de los estanques están efectuados de acuerdo a lo establecido en la Norma Chilena Oficial N 2190 Of.2003 y la Norma Chilena Oficial N 1411/4 Of.1978 y DS. 78/2010, Artículo 75, indicando al menos:

Norma bajo la cual fue construido el estanque.

Año.

Diámetro nominal en m.

Altura nominal en m?.

Capacidad nominal en m?.

Presión de diseño (kPa, Ibf/in?).

  • Fabricante.
  • Quien lo ensambló.

La rotulación de los estanques será visible a una distancia de 10 m y no será menor a 50 cm por lado. DS. 78 2010, Art. 73 establece que los líquidos que se almacenen en estanques fijos superficial deberán contar con un sistema de control de derrames, consistente en un depósito de contención de capacidad equivalente a 1.1 veces el volumen del estanque. En este caso los estanques IBC se almacenan dentro de un sistema de control de antiderrame el cual tiene una capacidad de contención igual a 1.1 veces el volumen del estanque, en este caso el depósito de contención sirve para un sólo estanque.

La zona de carga y descarga de los estanques IBC contará con sistema de protección contra derrames y sistema lavaojos a no más de 10 m de distancia del operador. El destino final del ácido fórmico es la mezcla de ensilaje, que será retirado por empresa autorizada. Respecto de los contenedores de Acido Fórmico sólo se trabajará con proveedores autorizados.

Los contenedores de residuos peligrosos cumplirán con las disposiciones siguientes: a) Tendrán un espesor adecuado y estarán construidos con materiales que serán resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones.

b) Estarán diseñados para ser capaz de resistir esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga, además del traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados.

c) Estarán en todo momento en buenas condiciones, y se reemplazarán los contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención.

d) Estarán rotulados indicando en forma clara y visible las características de su peligrosidad de acuerdo a la Norma Chilena NCH 2.190 Of 93, en el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento.

El almacenaje será según las disposiciones del DS 78/2010 que aprueba el “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Este producto se dispone, en la plataforma de ensilaje, mediante estanques IBC, confeccionados con polietileno de alta densidad y metal, con una capacidad de 1000 litros. La Rotulación de los estanques están efectuados de acuerdo a lo establecido en la Norma Chilena Oficial N 2190 Of.2003 y la Norma Chilena Oficial N 1411/4 Of.1978 y DS. 78/2010. Los estanques IBC se almacenan dentro de un sistema de control de antiderrame el cual tiene una capacidad de contención igual a 1.1 veces el volumen del estanque.

Cada estanque IBC cuenta con una placa instalada en la cual se describen las principales características del producto y estanque contenedor. Los sistemas de tuberías y bombas dosificadoras de ácido, asociadas a los estanques, cuentan con ingenierías con estándares internacionales.

3.10.2.6. MANEJO DE OLORES

El sistema de ensilaje no emite olores, debido a que la mortalidad extraída se ingresa al sistema antes de 24 horas y, al adicionarle ácido fórmico, éste actúa como bactericida. El sistema al ser hermético, impide la producción de malos olores.

3.10.2.7. LIMPIEZA DEL BORDE COSTERO

El titular aclara que la regularización del sistema de ensilaje de mortalidad no repercute ni afecta la limpieza de playas y terrenos de playa aledañas al proyecto, ya que el sistema se encuentra en una plataforma flotante dentro del área de la concesión de acuicultura. Los procedimientos a realizar, ya sea de retiro de mortalidad, traslado a la plataforma y posterior retiro del ensilaje, se realizan dentro del área de concesión, por lo cual no involucra actividades en tierra.

El titular aclara que en su operación habitual como Centro de Cultivo de Salmones, cuenta con manuales de procedimiento respecto a la limpieza de playas y terrenos aledaños que se puedan ver afectados. Lo anterior, con el objeto de dar pleno cumplimiento a lo exigido en el artículo 4? literal a) y b) del D.S. 320/01, "Reglamento Ambiental para la Acuicultura”.

3.10.2.8. MEDIDAS DE CONTINGENCIA, PLANES Y MANUALES El titular presenta los siguientes planes de contingencia y programas de manejo para su proyecto.

Diagrama de Ensilaje de Mortalidad.

Instalaciones y componentes sistema de Ensilaje.

Especificaciones Técnicas Pontón Ensilaje.

Manual de Operación Sistema de Ensilaje.

Manual de Transporte, Manejo y Almacenamiento de Ácido Fórmico. Plan de Contingencia ante derrame de Ácido Fórmico.

Manual de Higiene y Desinfección.

Plan de Contingencia Ensilaje de Mortalidad.

Procedimiento de Retiro y Transporte de la Mortalidad Ensilada. Procedimiento de manejo de productos químicos.

Bitácora de Ensilaje.

Manual de Recolección, Manejo, Clasificación y Disposición de Mortalidades. Plan de contingencia Temporales y Terremotos Lago, Mar y Estuario. Plan de Mortalidades Masivas.

Registro de Contingencia.

Informe de Contingencia.

e... ....o .o..o..o. oso

3.10.3. ETAPA DE ABANDONO

El proyecto tiene carácter indefinido, y no se define una etapa de abandono cierta. No obstante, ante el eventual abandono se realizarán las siguientes actividades en la concesión: e Toda la infraestructura e instalaciones flotantes (balsas, bodegas y redes) se retiran del sector hacia otros centros de cultivo del titular. e. Se verificará el estado de la línea de costa, ante la eventualidad de existir residuos sólidos, los que se retirarán del lugar y serán depositados en vertederos autorizados. « La etapa de abandono será coordinada por el jefe de operaciones de la empresa y se estima que puede durar 3 a 6 semanas, una vez finalizada la operación de cosecha.

En caso de materializar la Etapa de Abandono, al finalizar esta etapa se efectuará un Informe, el que será enviado a SERNATUR y SEA de la Región de Aysén, como respaldo de que fue retirada toda la infraestructura e instalaciones flotantes (balsas, bodegas y redes) y de que la línea de costa, se encuentra libre de todo residuo.

3.10.4. DESCARGAS, EMISIONES Y RESIDUOS 3.10.4.1. EMISIONES ATMOSFÉRICAS Las únicas emisiones a la atmósfera que se consideran, son:

a) GENERACIÓN DE GASES Principalmente, durante la etapa de operación del sistema de ensilaje se generan gases producto de la operación del generador de electricidad. El sistema cuenta con un generador, 15 a 45 Kva, el que corresponde a una fuente fija de emisión intermitente. El combustible utilizado es Petróleo Diesel.

UN

Cabe indicar que se tiene especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores para producir la mínima cantidad de gases y residuos.

b) EMISIÓN DE RUIDO

Las fuentes de emisión de ruido durante la etapa de operación corresponden al generador eléctrico y a la bomba trituradora del estanque triturador. Las emisiones de ruido se generan durante la actividad diurna, en forma intermitente.

De acuerdo con el fabricante, se genera un nivel de ruido máximo del orden de los 70 dbA. No obstante, se trabaja de manera intermitente durante la actividad diurna y aproximadamente un tiempo máximo de 60 minutos al día. Por lo tanto, el nivel de emisión equivalente del orden de los 70 dbA (bajo los 85 dbA) da cumplimiento al Art. 75 del D.S. N*594/99. Además, este nivel de ruido se genera en horario diurno, en forma intermitente y en un espacio abierto.

3.10.4.2. EFLUENTES LÍQUIDOS

En el centro de engorda de salmones donde se realiza el proceso productivo, NO se generan Riles. La desinfección de equipos, materiales y contenedores de mortalidad se realiza por aspersión, por lo que no se generan efluentes líquidos.

a) PEDILUVIO E HIGIENIZACIÓN DE MANOS Se indica que los desinfectantes para las manos no generan residuos líquidos, ya que se utiliza alcohol gel, el que se evapora al momento de utilizarlo y se encuentra envasado en bolsas que se disponen dentro de un dispensador. Los desinfectantes utilizados, cuentan con las respectivas autorizaciones de la autoridad marítima. Se utilizan desinfectantes que cumplen con el Ord. N*12600/349 VRS de fecha 23/05/08, o aquella norma que lo reemplace, según el tipo de desinfectante y condiciones de empleo que sea autorizado. : Respecto del pediluvio, cabe señalar que la solución del producto es utilizada o consumida por el tráfico normal del personal del centro y por la gente que ingresa y sale de éste. Esto, debido al paso de las botas por los pediluvios. Por esta razón, el volumen residual de esta mezcla es nulo. Situación que se encuentra avalada por los registros de otros centros de engorda en operación. Alternativamente podrá desinfectar por aspersión. Cabe indicar que el proyecto considera lo establecido en el documento “Orientación para las Actividades de Ensilaje en los Centros de Cultivo de Salmónidos”, emitido por DIRECTEMAR, en lo que respecta a medidas medioambientales, específicamente a los desinfectantes.

3.10.4.3. RESIDUOS SÓLIDOS

Los residuos sólidos que se originen en el sistema de ensilaje serán dispuestos adecuadamente y en condiciones que no resulten perjudiciales para el medio circundante, y su acumulación, transporte y disposición final se realizará conforme a los procedimientos establecidos por la Autoridad Sanitaria. Básicamente. Estos residuos están constituidos por:

  • Mortalidades ensiladas (se considera un residuo reutilizable).

  • Envases vacíos de ácido fórmico y desinfectantes.

a) MORTALIDAD ENSILADA La cantidad de ensilaje generado, es determinada por la cantidad de mortalidad que produzca el centro. La mortalidad se almacena en el sistema de ensilaje descrito en esta DIA y es retirada cuando el estanque, independiente de su volumen, alcanza un 70 % de su capacidad. Luego, es destinada a empresas reductoras autorizadas, por vía marítima o terrestre. En casos de contingencia, se dispondrá en receptáculos con tapa, proporcionados por la misma empresa que realice su retiro.

EN

b) RESIDUOS SÓLIDOS ENSILAJE Los envases vacíos de desinfectante y Ácido Fórmico se almacenan en ta bodega del pontón del centro de cultivo y posteriormente son trasladados y dispuestos en lugares de disposición final autorizados para almacenamiento de residuos que cuenten con todas sus autorizaciones sanitarias correspondientes. Para el caso de los envases de ácido fórmico, son dispuestos en lugares autorizados para almacenamiento de residuos peligrosos. En algunas ocasiones, los envases son devueltos al proveedor para su reutilización. El titular se compromete a buscar algún método de reutilización, para evitar enviarlos a lugar de disposición. Finalmente, cabe señalar que el ácido fórmico no genera residuos, debido a que se utiliza en su totalidad en el sistema de ensilaje. Se encuentra dispuesto en estanques de 1000 litros, y su almacenamiento temporal es dentro de un pretil con capacidad para contener todo el químico, en caso de escurrimiento.

3.10.4.4. OTRAS EMISIONES

En la ejecución y operación del proyecto eventualmente se suministrará energía eléctrica a través de generadores eléctricos industriales.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho- Caleta Bluff' cumple con:

Norma Servicio Etapa del Forma de Cumplimiento competente Proyecto Cumplimiento de Normativa y Respeto Art 19,N*8 de Institucionalidad. La realización de la Constitución DIA y su sometimiento al SEA para su Política de la SEA Integro evaluación y aprobación tienen por Republica objeto contribuir al cumplimiento de la de Chile garantía constitucional: El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Ley N ” 19.300 MINSEGPRES 1/01/94 o Ley sobre Bases Cumplimiento _ con las normas Generales del ambientales indicadas en la Ley, por la Medio Ambiente implementación de técnicas de manejo Ley N * 20417 del centro y tecnologías para reducir y MINSEGPRES SEA Integro eliminar efectos negativos sobre el 26/01/2010 Crea el medio ambiente, . Ministerio, el Se presenta a SEA XI Región, una Servicio de Declaración de Impacto Ambiental Evaluación (DIA). Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. Art 2? del DS. Se ha ingresado la modificación de este 95/01 Levantamiento | Proyecto al Sistema de Evaluación de MINSEGPRES SEA de información | Impacto Ambiental para la evaluación de Reglamento del y operación | las etapas del proyecto, donde se Sistema de demuestra cumplimiento debido a los Evaluación de manejos de residuos producidos, Impacto Ambiental. medidas para reducir los impactos sobre

NS

MINSEGPRES

el ambiente tales como implementación de tecnologías de alimentación, planes de contingencia en caso de emergencias y se . considera el emplazamiento del sitio respecto a grupos humanos, flora, fauna, etc.

D.S. MINECON 430/1991 Ley General de Pesca y Acuicultura y sus

Modificaciones, En lo respecta aquellos artículos del Texto Refundido, Servicio ámbito ambiental, regulatorios y Coordinado y Nacional Integro específicos, tales como los Artículos 1, Sistematizado. de Pesca 67 al 90, 122 y 136 y sus Ley N * 20.434 modificaciones. Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de Acuicultura. Mantener la limpieza de área y terrenos a aledaños al centro de cultivo de todo D. S. MINECON Ministerio de residuo generado por la acuicultura y no 320/01 Economía, únicamente a lo generado por el titular. Reglamento Fomento y Disponer de los desechos sólidos o Ambiental para la | Reconstrucción. . líquidos en depósitos y condiciones que Acuicultura Servicio Operación no resulten perjudiciales al medio (RAMA) y sus Nacional circundante. modificaciones. de Pesca Retirar tipo de soporte no degradable o degradable como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro. El reglamento establece las medidas de protección y control para evitar la introducción de enfermedades de alto riesgo que afectan a las especies hidrobiológicas, sea que provengan de la actividad de cultivo con cualquier Reglamento de finalidad o en su estado silvestre, aislar Medidas de su presencia en caso de que éstas protección, ocurran, evitar su propagación y D.S. (MINECOM) control y o propender a su erradicación. Las N*319/2001 erradicación de Operación disposiciones del presente reglamento enfermedades se aplicarán a las actividades de cultivo, de alto riesgo transporte, repoblamiento y para las transformación de especies especies hidrobiológicas que se realicen en el hidrobiológicas. territorio de la República. Se da cumplimiento al presente decreto y sus modificaciones, incorporando el uso de ensilaje de mortalidad del centro. Además, en el Anexo VI de la DIA se adjuntan planes de contingencias ante ciertos eventos. Reglamento Ministerio de Operación Aprueba Programa Sanitario General de

Sanitario Economía, Manejo de Mortalidades (PSGM), el cual Resolución N Fomento y establece las condiciones ambientales 1468/2012 Reconstrucción. aplicables en la recolección, manejo y (SERNAPESCA) Servicio disposición final de las mortalidades Programa Sanitario Nacional de generadas en los centros de cultivo de General de Manejo Pesca peces, tendientes a prevenir la de Mortalidades diseminación de agentes patógenos. El titular da cumplimiento a lo establecido en dicha Resolución. Reglamento Ministerio de Aprueba Programa Sanitario Genera! de Sanitario Economía. Manejo de Transporte, en el cual Resolución Fomento y establece los requisitos y N 64/2003 Reconstrucción. Operación procedimientos sanitarios aplicables al (SERNAPESCA) Servicio transporte, tendientes a prevenir la Programa Sanitario Nacional de diseminación de agentes patógenos. El General de Manejo Pesca titular da cumplimiento a lo establecido de Transporte en dicha Resolución. Reglamento Aprueba Programa Sanitario General de Sanitario Ministerio de Limpieza y Desinfección, aplicable a la Resolución Economía, Producción de Peces (PSGL), el cual N 72/2003 Fomento y . establece las condiciones de (SERNAPESCA) | Reconstrucción. Operación — | organización y aplicación de los Programa Sanitario Servicio procedimientos de limpieza y General de Nacional de desinfección en los centros de cultivo. Pesca Limpieza El titular da cumplimiento a lo y Desinfección establecido en dicha Resolución. Aprueba Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la Anemia Infecciosa del Salmón (PSEC-ISA), el cual tiene por objetivo disminuir la Sd o incidencia y prevalencia ] de la Resolución Ministerio de enfermedad Anemia Infecciosa del N 4577/2011 Economía, Salmón (ISA), su aislamiento geográfico (SERNAPESCA) Fomento y o la eliminación de la misma y de su Programa Sanitario | Reconstrucción. Operación agente causal, protegiendo el patrimonio Específico de Servicio sanitario del país a través de Vigilancia y Control Nacional de instrumentos específicos, obligatorios de la Anemia Pesca para los particulares, así como también infecciosa del obtener información sobre el estado Salmón sanitario de las especies hidrobiológicas susceptibles a la enfermedad y su agente causal en el territorio nacional. El titular da cumplimiento a lo establecido en dicha Resolución. El D.L N 2.222/1978 regula todas las actividades concernientes a la navegación o relacionada con ella, tanto D.L N 2.922 de para las naves como los artefactos LL. . : navales del Ministerio de Defensa 1978. Ley de dad integro Artículos 142 al 162: al respecto no se Navegación aritima arrojará lastre, escombros o basuras y

no se derramará petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que

ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, rios y lagos. Para dar cumplimiento se indica que el proyecto no contempla descargar sustancias peligrosas al medio marino. Los residuos de hidrocarburos serán manejados por empresa autorizada.

Los estanques, envases y recipientes utilizados en el transporte de

Transporte de hidrocarburos, ácidos y otras sustancias hidrocarburos, Circular químicas a bordo de embarcaciones, ácidos y otras Marítima , naves y artefactos navales, deben sustancias DGTM y MM O- Operación contar con la aprobación y certificación químicas a bordo 31/015 de la Autoridad Marítima. Todo envase de y/o recipiente utilizado a bordo de embarcaciones embarcaciones, naves y artefactos navales cuentan con aprobación y certificación exigida por la autoridad. Dentro del desarrollo del proyecto se D. S. N 1/1992 prohibirá arrojar lastre, escombros o Ministerio de basuras y derramar petróleo oO sus Defensa Nacional . derivados o residuos u otras aguas Reglamento para Autoridad Integro nocivas O peligrosas, de cualquier el Control de la Marítima especie, que puedan ocasionar daños a Contaminación las aguas sometidas a la jurisdicción Acuática. nacional. Cumplimiento de sus exigencias, particularmente las establecidas en los Artículos 108 y 109. Establece procedimientos para la confección y presentación de Planes de Emergencia y Contingencia de lucha contra la contaminación de las aguas Retiro de por hidrocarburos y sustancias nocivas hidrocarburos y líquidas ts o que sean zclas ol o susceptibles de contaminar. "DGTM y MM. Autoridad Integro El proyecto no contempla descargar ORD. Marítima sustancias peligrosas al medio marino. N' 12600/49 Pero se da cumplimiento al Ordinario N 12600/49 de la Directiva de la DGTM y MM, en cuanto a presentar un plan de contingencia para el control de derrames de hidrocarburos y mezclas oleosas aprobado por la DGTM y MM. D. S. 148/2003 Se proveerán las condiciones sanitarias MINSAL Manejo y SEREMI de Integro y de seguridad referentes a la disposición de Salud generación, tenencia, almacenamiento, residuos transporte y disposición final de residuos peligrosos. peligrosos. o En la operación del proyecto y con la a. 9 Mao de finalidad principal de propender a la Reglamento de Subsecretaría Operación | Seguridad personal la seguridad Almacenamiento de Salud colectiva y la de a propiedad y de Sustancias Pública ambiental se procederá a proveer de las

condiciones de seguridad de las

AR

Peligrosas instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas en los casos que corresponda.

D. S. N * 594/99 MINSAL Establece las normas sobre las Reglamento sobre SEREMI de condiciones ambientales y sanitarias las condiciones Salud Integro básicas en los lugares de trabajo y de sanitarias y salud ocupacional, especialmente ambiéntales provisión de agua potable y servicios

básicas de los higiénicos en el lugar de trabajo.

lugares de trabajo. o Establece las normas sobre Prevención

D.S N* 40 de Riesgos Profesionales y sobre

Prevención de Ministerio d seguro social contra riesgos de Riesgos Inisterio 08 Integro accidentes del trabajo y de Profesionales y Salud enfermedades profesionales. sobre seguro En la etapa de construcción y operación social se da estricto cumplimiento a dicha normativa. Establece Normas sobre construcción, Seguridad de las Circular equipamiento, inspecciones y otras naves y Marítima exigencias de seguridad que deben artefactos DGTM y MM Integro cumplir las naves y artefactos navales navales 0-71/010 menores. El titular da cumplimiento a lo establecido en dicha Circular. Código Marítimo Internacional Al respecto se indica que el Transporte de Mercancías marítimo de ácido fórmico se realizará

Peligrosas, Autoridad Integro or empresas autorizada para realizar

D.S (M) N* 777 de Marítima 9 Me LO m ef .

1978, Volumen | y dio o ransporte, específicamente ' urante la etapa de operación.

D.S. N* 138/2005 Mediante la entrega de la información

Establece SEREMI de exigida a la SEREMI de salud a fin de

obligación de Salud Operación estimar las emisiones provenientes del declarar emisiones generador del pontón flotante.

que indica.

En la operación del proyecto y con la finalidad principal de propender a la

NCh. 382 seguridad personal, la seguridad

Clasificación de SEREMI de Zo colectiva y la de la propiedad, es que se

sustancias Salud Operación tomarán todas las medidas tendientes a

. resguardar estas, tal como aparece en

Peligrosas el Procedimiento de Operación, y fichas de seguridad, transporte y almacenamiento.

  1. Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff”, no requiere de permisos ambientales sectoriales.

IN

  1. Que en lo relativo a los efectos características y circunstancias señalados en los literales “a”, “b”, “e”, “a”, “e” y “f" del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  2. Que, en el proceso de evaluación del proyecto “Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff”, el titular ha adquirido los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

e El titular se compromete a dar capacitación anual a los operarios que laboren en el centro tanto en los aspectos del manejo de peces y en los temas relacionados con la protección del medio ambiente.

  • El Titular se compromete a utilizar colores corporativos de bajo impacto con el entorno para minimizar el impacto visual que sus instalaciones pudiesen provocar, esto con la finalidad de dar cumplimiento con lo establecido en el decreto ley N* 7.344 de 1975.

  • Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff”, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  • Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, C Je ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes. de emisiones; tudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información: destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá: ser 'remitida ala. -Supefintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas, establecidas' en"la/Resolución Exenta

N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha: 14 de diciembre; a 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace...

  1. Que, para que el proyecto “Regularización del Sistema de Ensilajé en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  3. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.

  4. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  5. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén.

AS

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff”.

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff" cumple con la normativa de carácter ambiental.

  3. Hacer presente que de conformidad al Artículo N”20 de la Ley N”19.300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese.

Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Aysén

Y

/SSTIJDLIjdl Distribución:

Francisco Javier Serra Freire.

Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén. Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén. Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén.

C/c:

Gobierno Regional, Región de Aysén.

llustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén.

Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén.

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén. Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén.

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Encargada Participación Ciudadana.

Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente del Proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Punta Yelcho-Caleta Bluff".

Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén.