Parque Solar El Algarrobo
REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN | REGIÓN DE TARAPACÁ
CALIFICA AMBIENTALMENTE PROYECTO QUE INDICA “PARQUE SOLAR EL ALGARROBO”
z Pos RESOLUCIÓN EXENTA N? 00€:
IQUIQUE, — 27 MAR 2044
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto Parque Solar El Algarrobo", presentada por el Señor Martin José Rodillo Isla, en representación de El Algarrobo SpA, con fecha 31 de mayo de 2013,
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N“193 sobre la DIA, por Dirección Regional de Turismo, Región de Tarapacá, con fecha 19/06/2013; Oficio N“2198 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá, con fecha 25/06/2013; Oficio N%772 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá, con fecha 25/06/2013; Oficio N74 sobre la DIA, por SEREMI Energía Tarapacá, con fecha 25/06/2013; Oficio N185 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá, con fecha 26/06/2013; Oficio N150 sobre la DÍA, por Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Tarapacá, con fecha 27/06/2013; Oficio N%607 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 27/06/2013; Oficio N191 sobre la DÍA, por Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá, con fecha 27/06/2013; Oficio N221 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá, con fecha 28/06/2013; Oficio N“18-EA sobre la Adenda O, por Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá, con fecha 28/06/2013; Oficio N287 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá, con fecha 28/06/2013; Oficio N“1174 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Tarapacá, con fecha 28/06/2013; Oficio N351 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá, con fecha 01/07/2013; Oficio N“2452 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 12/07/2013; Oficio N140 sobre la Adenda 1, por SEREMI Energía Tarapacá, con fecha 25/10/2013; Oficio N1000 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 30/10/2013; Oficio N1432 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá, con fecha 30/10/2013; Oficio N1950 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Tarapacá, con fecha 04/11/2013; Oficio N345 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Turismo, Región de Tarapacá, con fecha 04/11/2013; Oficio N“297 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá, con fecha 04/11/2013; Oficio N3606 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá, con fecha 04/11/2013; Oficio N358 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá, con fecha 04/11/2013; Oficio N“548 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá, con fecha 04/11/2013; Oficio N289 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá, con fecha 04/11/2013; Oficio N294 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Tarapacá, con fecha 06/11/2013; Oficio N%4256 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 06/11/2013; Oficio N%41 sobre la DIA, por Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Tarapacá, con fecha 02/02/2014; Oficio N67 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Turismo, Región de Tarapacá, con fecha 05/02/2014; Oficio N87 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 06/02/2014; Oficio N192 sobre la Adenda 3, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 13/03/2014;
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El Acta de la Sesión N” 5 de la Comisión de Evaluación de la | Región de Tarapacá, de fecha 27/03/2014.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Parque Solar El Algarrobo".
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2? del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y
Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
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Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Parque Solar El Algarrobo”.
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Que, el derecho del titular El Algarrobo SpA a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de impacto Ambiental respectiva, el
proyecto "Parque Solar El Algarrobo " consiste en la Instalación y operación de un parque fotovoltaico de 22 MWp de potencia nominal, cuyo objeto será la generación de energía eléctrica mediante conexión a la red existente del Sistema Interconectado del Norte Grande (SING). Este proyecto forma parte de un desarrollo fotovoltaico que incluye otros tres proyectos de similares características de generación fotovoltaica ubicados en forma contigua al proyecto “Parque Solar El Algarrobo”
3.1. Ubicación Geográfica del Proyecto
El proyecto se ubicará en terrenos rurales particulares, dentro de la comuna de Pozo Almonte y distante a 12 kilómetros al este de la localidad de Pozo Almonte, accediendo por la Ruta A-65 que conecta la localidad de Pozo Almonte con Mamiña y la Compañía Minera Collahuasi, de acuerdo a las siguientes coordenadas (Datum WGS 84, Huso 19):
Vértice UTM Este UTM Norte 1 431039.5909 7761714.8301 2 431079.2544 | 7762012.8501 3 430170.3694 | 7762012.8501 4 430130.7059 | 7761714.8301
El proyecto “Parque Solar El Algarrobo” ocupará una superficie de 28 ha, en el lugar de emplazamiento, no obstante el levantamiento ambiental de línea base asociado al proyecto consideró una cobertura de prospección de 600 ha aproximadamente, área considerablemente mayor a las 122 ha de superficie que ocuparán todos los proyectos fotovoltaicos que se localizarán en lugar de emplazamiento.
3.2. Descripción de las Fases del Proyecto y Acciones Asociadas
3.2.1 Fase de Construcción
La fase de construcción contempla las siguientes actividades:
- instalación de faenas: Las instalaciones de faenas estarán constituidas por Bodegas de materiales e insumos, Sitio de almacenamiento de combustible, Sitio de almacenamiento de módulos, Sitios de acopio temporal de residuos, así como de instalaciones transitorias que corresponden a la Oficinas, Vestidores, Comedor y Servicios higiénicos (baños químicos) dentro de las instalaciones de faena.
Las instalaciones de faenas no considerarán campamentos. El personal que no resida en localidades aledañas y que trabaje en la obra pernoctará en hosterías o en casas arrendadas, ubicadas en zonas cercanas a las obras, como Pozo Almonte, Pica, Huara o Iquique.
» Movimiento de Tierra y Perforaciones: Esta actividad comprenderá la adecuación de diferencias menores de topografía del terreno a las especificaciones técnicas y constructivas de las obras proyectadas, así como la habilitación de las vías de tránsito y de las áreas de trabajo. Por otra parte se realizarán las perforaciones correspondientes a las bases de las estructuras que contendrán los módulos fotovoltaicos, así como la canalización para la línea subterránea de cableado de media tensión, dicha canalización subterránea cumplirá con los requerimientos técnicos establecidos en la regulación aplicable a este tipo de instalaciones.
Las dimensiones estimadas de los movimientos de tierra contemplados serán de un total de 10.400 m', disgregados en 4.000 m* para movimientos de adecuación topográfica, 2.100 mé para excavaciones para bases metálicas, 4.300 m? para excavaciones para el tendido eléctrico. El material de tierra extraído será relocalizado dentro del mismo terreno en las faenas de adecuación topográfica.
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Cerco perimetral: se instalará un cerco perimetral metálico tipo malla ACMA con pilares metálicos, y de 2,5 km de largo.
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Obras civiles y Montaje de estructura metálica y módulos: Las labores que serán desarrolladas en esta fase corresponderán al montaje de estructura metálica que funcionará como soporte base para los módulos. Esta estructura contará con pilares que irán enterrados mediante fundaciones de hormigón a una profundidad de 1,5 m aproximadamente y soportadas con fundaciones de hormigón de 0,2 m* de dimensión cada una. Una vez instaladas las bases metálicas, se procederá a instalar las vigas metálicas para conformar la estructura de las mesas que soportarán los módulos.
Se instalarán 11 losas de hormigón de 100 m? para los equipos eléctricos (inversores y transformadores)
Se procederá a la instalación y fijación de los módulos sobre las estructuras metálicas con lo que finaliza el montaje del sistema fotovoltaico
» instalación eléctrica: La conexión de los módulos que conformarán los strings se realizará tanto por la estructura soportante de los módulos como por canalizaciones subterráneas, dando pleno cumplimiento a las disposiciones legales aplicables. Se habilitarán 11 estaciones de inversión que transformarán la corriente continua en alterna y elevarán el voltaje a 23 kV para su posterior conducción hacia el punto de conexión a la red del SING.
La línea de transmisión que conectará al SING no forma parte del presente proyecto. No obstante, ésta colectará la energía de 4 parques fotovoltaicos que conforman el desarrollo fotovoltaico dentro del sector de emplazamiento del presente proyecto.
- insumos, Maquinarias y Servicios
Energía eléctrica: Para alimentación de energía eléctrica, el proyecto contemplará el uso de un grupo generador 10 kW.
Agua potable: El suministro de agua potable para consumo humano será a través de agua envasada, y se dispondrán dispensadores adquiridos por proveedores autorizados en las faenas.
Agua de Uso industrial: El suministro de agua para uso industrial será adquirido por empresas autorizadas y que cuenten con derechos de aprovechamiento. El proyecto no considera la extracción de agua al interior del terreno de emplazamiento
Aguas Servidas: Se instalarán baños químicos y las aguas servidas generadas serán periódicamente retiradas y dispuestas por una empresa autorizada para ello. El proyecto no generará RILES.
Materiales y Equipos: el proyecto contempla la utilización de los siguientes materiales y equipos:
- Bases (IPE) de acero: 262 toneladas (10.488 unidades)
e Vigas de acero: 535 toneladas
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Perfiles de aluminio y clips: 673 toneladas para perfiles, y 45 toneladas para clips.
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Módulos: número de módulos 244.350
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Cables y conectores: 50 toneladas de cables y conectores
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Inversores: número de inversores 22
e Transformadores: número de transformadores 11 transformadores (hasta 23 KV)
e Valla de acero: Aprox. 2500 m de malla de 50 mm, y 2 m de altura
- Hormigón para 11 losas para transformadores e inversores, total 242 m* de hormigón.
« Combustible: 5 estanques de diesel de 900 litros c/u
Máquinas y Herramientas
e 5 cargadores
- 3 manipuladores telescópicos
e 5 mini excavadoras de 7,5 toneladas
ua
- 5 perforadoras
3 barrenales
- 4 Máquinas Raming para clavar las bases metálicas
- 4 Betoneras para hormigón
e 2 carros porta cable
- 6 Carros para montaje de módulos
3 Rampas de carga
instrumentos de medición
Herramientas eléctricas
Vialidad y Flujos Vehiculares: El acceso de el transporte de materiales e insumos requeridos para el desarrollo del proyecto se llevará a cabo por la ruta A-65, de acuerdo a la siguiente
programación: Flujo asociado a Flujo vehicular Rutas Vehiculares 40 viajes de camión de 16 Desde puerto de Iquique, por la Maquinarias y toneladas, cualquier día de la ruta 16 hasta cruce con ruta 5, y herramientas semana por un periodo de dos luego por la ruta A — 65 hasta el semanas sitio total Km ida 66. Abastecimiento insumos 302 viajes de camiones de 16 Desde puerto de iquique, por la transformadores, toneladas cualquier día de la ruta 16 hasta cruce con ruta 5, y inversores, combustible, semana en un periodo de tres luego por la ruta A — 65 hasta el módulos, cableado, etc. meses sitio total Km ida 66. 175 viajes de camión de 16 Desde puerto de Iquique, por la ss toneladas cualquier día de la ruta 16 hasta cruce con ruta 5, y Acero, aluminio, semana por un periodo de tres luego por la ruta A — 65 hasta el meses sitio total Km ida 66.
Desde Iquique, por la ruta 16 hasta cruce con ruta 5, y luego por la ruta A — 65 hasta el sitio total Km
216 viajes de camión de 36 Hormigón. toneladas cualquier día de la semana durante tres meses
ida 60, 30 viajes de camión de 8 Residuos domésticos y toneladas cualquier día de ta Ruta 5 Destino autorizado Relleno asimilables. semana por un periodo de 6 sanitario de Pica 30 Km ida. meses Residuos peligrosos. 1 viaje de camión de 8 toneladas Ruta 5 Destino Antofagasta 400
Km ida,
3.2.2. Fase de Operación
Esta etapa contemplará el funcionamiento de todas las componentes del Parque Solar El Algarrobo, que permitan generar 22 MWp de potencia eléctrica, para lo cual se mantendrán durante toda la vida útil del proyecto las siguientes actividades y acciones:
- Mantenimiento: las principales acciones de mantenimiento para el eficiente funcionamiento del parque serán las siguientes:
Verificación visual anual: + Estructura « Vigas » Carcasa de aluminio o de acero carriles (soporte de módulos) + Módulo clips + Caucho entre clip y módulo « Módulos - Cableado
Control de funcionamiento según directrices de mantenimiento del fabricante: * Funcionalidad de cada mesa bajo MPP vía de pinza Amperímetros (Irradiación al menos 400
W/m).
» Comprobación de estado operacional de los inversores en cuanto a su funcionamiento eléctrico y de control.
» Comprobación periódica de los módulos a través del monitoreo permanentes de los sistemas eléctricos.
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Limpieza: La limpieza de los módulos se realizará en forma periódica para evitar una reducción significativa en el potencial de generación producto del depósito de polvo ambiente sobre los módulos. La frecuencia de limpieza será mensual mediante el uso de hidrolavado.
-
Insumos y Servicios: Los insumos serán recursos, materiales y/o repuestos que serán
3.2.3.
3.2.4,
requeridos por personal de mantenimiento para la plena operatividad de la planta, entre los cuales se cuentan:
Agua de limpieza de módulos: se estima un consumo diario promedio de 20 mí, no obstante el consumo definitivo de agua tendrá relación con la necesidad de limpieza que se vaya requiriendo a lo largo del tiempo.
Agua Potable: El suministro de agua potable será adquirido por proveedores autorizados. Se estima un consumo de agua potable mínimo de 30 litros diarios por trabajador, considerando un total de 8 trabajadores para la etapa de operación.
Aguas Servidas: Se implementarán baños para el personal que realice mantenciones del parque, instalando como solución de aguas servidas una planta de tratamiento convencional, que estará compuesta por un sistema de tratamiento y por una unidad de desinfección del agua, estimado una dotación de 0,1 m? de agua por persona al día (8 personas). Las aguas residuales tratadas serán utilizadas en riego de plantas ornamentales, lo cual será debidamente autorizado por las autoridades competentes.
Energía Eléctrica: La energía eléctrica será abastecida del mismo parque.
Vialidad y Flujos Vehiculares: Los únicos flujos asociados al proyecto se relacionarán a las mantenciones, y transporte de residuos generados de acuerdo a lo siguiente:
FLUJOS VEHICULARES FASE DE OPERACIÓN
Flujo asociado a Fiujo vehicular Rutas Vehiculares
Desde iquique, por la ruta 16 hasta cruce con ruta 5, y luego por la ruta A— 65 hasta el sitio total Km ida 60 Aprox.
341 viajes anuales de lunes a
Traslado Personal - ersona viernes.
Desde iquique, por la ruta 16 hasta cruce con ruta 5, y luego por la ruta A— 65 hasta el sitio total Km ida 60 Aprox.
12 viajes anuales cualquier día
Insumos mantenimiento s ma de la semana.
Destino de relleno autorizado Pica, ruta Residuos asimilables a a Ñ 16 hasta cruce con ruta 5, y luego por domiciliarios 4 viajes de camiones al mes. ta ruta A — 65 hasta el sitio total Km ida 30 Aprox.
Desde Iquique, por la ruta 16 hasta Agua de lavado 1 flujo diario cruce con ruta 5, y luego por la ruta A— 65 hasta el sitio total Km ida 60 Aprox.
Fase de Cierre
En caso que fuese necesaria una fase de abandono del Proyecto, se cumplirán todas las exigencias legales y ambientales vigentes, considerando la desinstalación de módulos, equipos eléctricos y estructuras metálicas, y el reciclaje de los diferentes elementos y materiales. La faena de cierre será similar en términos de intervención a la etapa de instalación.
Recursos Naturales
Respecto de la Conservación y Protección Fauna Local, el titular realizará las siguientes
acciones:
-Instruir al personal que notifique al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) o al responsable ambienta! del proyecto ante cualquier avistamiento de esta clase, para su posterior rescate y relocalización.
-Para el reptil Microlophus theresioides (Corredor de Teresa), se implementará un Plan de Rescate y Relocalización de individuos antes del inicio de la etapa de construcción.
-Instruir al personal de faenas para evitar la destrucción de hábitats y proteger la fauna terrestre en cuanto a la persecución, ahuyentamiento, caza, recolección de huevos y crías, aplicando estrictas medidas de protección.
-Prohibir alimentar a la fauna silvestre.
-Evitar la introducción de animales domésticos, sobre todo de perro y gatos en el área de campamento, los cuales cazan fauna nativa
3.2.5. Patrimonio Arqueológico
- Durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie, se realizará un monitoreo permanente por un arqueólogo y/o licenciado en arqueología, elaborando un informe mensual que será remitido a Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales y que detallará lo siguiente
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Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.
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Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.
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Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.
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Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.
De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva será indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. El titular solventará los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.
Al finalizar la fase de construcción se deberá entregar un informe consolidado a más tardar 90 días después de terminado el período de construcción.
El titular a partir de los nuevos hallazgos, si es que los hubiere, generará una nueva denominación y numeración correlativa, por área o por el nombre del proyecto de manera que no se repitan números o nombres similares para hallazgos diferentes.
Los protocolos en caso de hallazgo imprevisto en la etapa de construcción serán remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y visados por el CMN antes del inicio de las obras de construcción, en los cuales se definirán los responsables y las formas de aplicación de éstos en el caso de hallazgos arqueológicos.
Se realizarán charlas de inducción a los trabajadores de la obra (contratistas, subcontratistas, etc.), por un arqueólogo o licenciado en arqueología, a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y de los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se remitirá un informe con los contenidos de las inducciones realizadas y la constancia de asistentes a las mismas
3.3. Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto
3.3.1. Etapa de Construcción
- Emisiones Atmosféricas: Las principales emisiones atmosféricas asociadas a esta fase corresponden a gases de combustión de los motores de los vehículos y maquinarias necesarias para el desarrollo de proyecto, de igual manera se generarán emisiones difusas durante los movimientos de tierra para la instalación de las bases de las estructuras y para las canalizaciones de los cableados eléctricos.
Las emisiones de material particulado en esta etapa se estiman en 0,59 toneladas para el presente proyecto y en el caso más desfavorable, en que la construcción de los 4 proyectos colindantes se llevará a cabo en forma simultánea, se generará una emisión de 2,36 toneladas durante la etapa de construcción que comprende un período de 6 meses.
Con el fin de controlar las eventuales emisiones, se implementaran las siguientes medidas: a) Tratamiento de los caminos internos mediante bischofita.
b) Los equipos usados para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada.
c) Se mantendrán los acopios y/o materiales debidamente controlados, evitando su dispersión.
d) Se verificará que los camiones sean cargados homogéneamente antes de salir de la faena; cubierta con una lona hermética.
e) Los vehículos utilizados en el proyecto contarán con su revisión técnica al día y cumplirán con la
3.3.2.
normativa de emisión aplicable.
Emisiones de Ruido: Las faenas de construcción del parque fotovoltaico no generan niveles de ruido relevantes y estarán dentro de lo establecido en la normativa vigente, considerando que los receptores más cercanos se encuentran a más de 8 km del proyecto. Las actividades que generarán emisiones de ruido serán de corta duración y se enmarcarán dentro del predio establecido para el proyecto.
Residuos Líquidos: Durante la fase de construcción se generarán aguas servidas provenientes de los baños químicos, las cuales serán retiradas por empresas autorizadas, por lo tanto el proyecto no considera generación de efluentes líquidos en la etapa de construcción
Residuos Sólidos: En la etapa de construcción se generarán los siguientes residuos sólidos:
Residuos domésticos: serán originados principalmente por el consumo de alimentos, restos de envoltorios de papel, bolsas de plástico, y cartón. Se estima que se generará una tonelada (1 Ton) mensual de basura doméstica aproximadamente. Para todo el período de construcción (6 meses), la generación de basura se estima en 6 toneladas.
Estos residuos serán almacenados en bolsas plásticas en contenedores estancos con tapa en un área establecida, siendo su retiro y disposición final realizada por empresas externas especializadas en recolección y transporte de residuos domésticos, y residuos sólidos no peligrosos. Los residuos serán transportados a un sitio de disposición para esos efectos.
Residuos industriales: Los residuos sólidos industriales generados en esta etapa corresponderán, principalmente, a restos de materiales de la construcción y embalajes, restos de acero, restos de cables. Estos residuos serán almacenados en contenedores estancos con tapa en un área establecida, siendo su retiro y disposición final realizada por empresas extemas especializadas en recolección y transporte de residuos sólidos no peligrosos. Los residuos serán transportados a un vertedero autorizado por Autoridad Sanitaria.
Paneles Solares Dañados: En caso que algún panel fotovoltaico presente daño, desperfecto o rotura durante el desarrollo del proyecto, se retirará de las estructuras soportantes y se acopiará temporalmente en contenedores estancos en un sector establecido dentro del predio que permita mantenerlos aislados de condiciones climáticas desfavorables. Los paneles que presenten defectos durante el desarrollo del proyecto serán devueltos al proveedor mediante los programas de reciclaje disponibles y reemplazados por paneles nuevos.
Residuos Industriales Peligrosos: Las mantenciones de los equipos se realizarán en talleres mecánicos ubicados en Pozo Almonte. En el caso de derrames accidentales de hidrocarburos, se estima una perdida de una tonelada total para esta etapa del proyecto, los cuales serán almacenados en contendores estancos con tapa debidamente etiquetados, estos residuos serán transportados y destinado en sitios autorizados.
Fase de Operación
Emisiones a la Atmósfera: durante la etapa de operación del proyecto, las emisiones de material particulado se estiman en 0,051 ton/anuales, mientras que considerando el funcionamiento simultáneo de los 4 proyectos colindantes en el lugar de emplazamiento, las emisiones serán del orden de 0,204 ton/año. Con el fin de controlar estas eventuales emisiones, se considera el tratamiento de las vías de circulación con bischofita.
Emisiones de Ruido: Por las características del proyecto, no se generan ruidos molestos que pueden alterar el entorno. El Proyecto cumplirá de igual forma con los niveles máximos permitidos, según lo establece el D.S. N* 38/11 del MMA.
Efluentes Líquidos: En la fase de operación del proyecto, como solución sanitaria se considera un sistema de tratamiento convencional del tipo lodos activados complementado con unidades de cloración y decloración. Se contempla una dotación promedio de 8 personas para la etapa de operación y se dotará de 100 litro de agua por persona al día, por lo que se generará un volumen de 0,8 m*/día de aguas servidas. Los efluentes de las aguas tratadas se destinarán solo al
regadío y cultivo de especies ornamentales para lo cual se diseñará e implementará un programa agronómico, dando cumplimiento de la norma NCh 1.333 así como al programa de monitoreo y reporte anual que se enviará a las autoridades competentes.
- Residuos Sólidos: Durante esta fase se generarán residuos asimilables a domiciliarios como envoltorios de papel y plástico provenientes de alimentos y servicios higiénicos, estimados en 960 kg anuales. Estos serán almacenados en bolsas plásticas en contenedores estancos con tapa en un área establecida, siendo su retiro y disposición final realizada por empresas externas especializadas en recolección y transporte de residuos domésticos. Los residuos serán transportados a un sitio de disposición autorizado.
Los paneles defectuosos serán retirados y manejados por empresas que proveen garantías adecuada para estos servicios para su posterior envío a empresas especializadas en manejo y reciclaje de paneles fotovoltaicos
El sector de acopio temporal, dentro de la bodega de residuos, tendrá ventilación muros y techo y contará con acceso controlado para restringir la circulación de personas no autorizadas.
Todos los residuos generados en la etapa de operación se dispondrán en destinos autorizados.
3.3.3. Fase de Cierre o Abandono
En caso que fuese necesaria una fase de abandono del Proyecto, se cumplirán todas las exigencias legales y ambientales vigentes, considerando la desinstalación de módulos, equipos eléctricos y estructuras metálicas, y el reciclaje de los diferentes elementos y materiales. La faena de cierre será similar en términos de intervención y emisiones a la etapa de instalación.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Parque Solar El Algarrobo" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto " Parque Solar El Algarrobo" cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
e D.E.L. N 4, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. N 1/82, Ley General de Servicios Eléctricos.
e Nch Eléctrica 4/84. Electricidad, instalaciones interiores de baja tensión.
e D.S. N* 327, de 1998, del Ministerio de Minería, Reglamento General de Servicios Eléctricos.
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Decreto N* 66/2007. Aprueba Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas.
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NSEG 5. E.n.71. Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes, Ministerio de Economía, SEC, que establece la distancia vertical medida en metros para una línea aérea de Categoría C, en cruce de caminos y calles.
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NSEG 8 E.n.75 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Artículos 36 a 55. Fija las condiciones mínimas de seguridad para electricidad en tensiones normales para sistemas e instalaciones existentes.
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D.S, N* 160/2008, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
e Ley N* 20.096. Establece mecanismos de contro! aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia. Artículo 19
e DEL N? 1/82 del Ministerio de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos, artículo 2 N1 y N%4 e Decreto N1280/71 del Ministerio del interior. Reglamento de Instalaciones Eléctricas
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D.S, N* 115/2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la “Norma Técnica NCh. ELEC 4/2003,
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Resolución Exenta N* 610, de 1982, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)Prohíbe el Uso de Bifenilos Policlorados (PCB) en Equipos Eléctricos
*D.S, N” 171. Oficializa la NCh 382 Of. 2004 del INN “Sustancias Peligrosas, Clasificación General”
e Ley N* 20.257, Introduce Modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos Respecto de la Generación de Energía Eléctrica con Fuentes de Energías Renovables No Convencionales y su Reglamento.
- D. S. N? 4/94, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas De emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
e D. S. N*149/06, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. establece normas de emisión para vehículos bencineros y diésel para los contaminantes: Monóxido de Carbono; Hidrocarburos Totales; Óxidos de Nitrógeno; y Material Particulado (sólo diésel). Articulo 8.
-
D.S N*18/82 del Ministerio de Salud. Establece la certificación de los elementos de seguridad de protección personal contra riesgos ocupacionales. Articulo 1.
-
D.S. N* 54, de 1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica
eD.S, N%44, de 1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
- D.S. N 138, de 2005, modificado por Decreto Supremo N 90. Establece obligación de declarar emisiones del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.
e D.S. N975, de 1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica.
e D.S. N 59, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, modificado por el D.S. N45/01, del mismo ministerio, Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en Especial de los Valores que Definen Situaciones de Emergencia.
e D.S. N*%12, de 2011, del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable 2,5.
-
D.S, N*55, de 1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones “Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados.”
-
D.S. N* 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N” 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
e D.F.L. N%458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo modificada por la Ley N 20.389, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
- D.S. N*47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
eD.F.L. N 725, de 1967, modificada por la Ley N 20.380 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.
- D.S, N? 76, del 2009 del Ministerio de Salud. Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano
e D.S. N* 148, de 2003, del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
«DEL. N* 1/89, del Ministerio de Salud. Establece las materias que requieren autorización sanitaria expresa.
e D.L. N* 3.557 de 1980, del Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.
-
D.S. N? 4/09 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.
-
D.S. N”594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 24 inciso segundo, 26 y 42.
*D.S, N”236, de 1926, del Ministerio de Salud, Reglamento General de Alcantarillados Particulares y sus modificaciones.
e D).S. N 446, Oficializa Norma Chilena N 409 /1. Of 2005, Calidad de Agua para Uso Potable.
eLey N* 19.473 y D.S. N” 5/98, ambos del Ministerio de Agricultura, Ley de Caza y su Reglamento.
e D.S. N” 4.363/31, Ministerio de Tierras y Colonización, Aprueba Texto Definitivo de la Ley de Bosques, D.L. N 2565/1979 del Ministerio de Agricultura, que sustituye el D.L. N 701/74 y Ley N* 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.
*eR.E. N2 133 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el ingreso de Embalajes de Madera y sus modificaciones. Modificado mediante 2.859/07, del Servicio Agrícola y Ganadero.
e Ley N* 17,288 de 1970 del Ministerio de Educación, Ley sobre Monumentos Nacionales.
- D,S, N? 484 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
eley N?” 19.253 del Ministerio de Planificación y Cooperación, Establece Norma sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo indígena.
-
D.S. N* 160, de 2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
-
D.S. N* 158 de 1980 del Ministerio de Obras Públicas, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total
-
D.F.L. N850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N” 15.840/64 y del D.F.L. N* 206/60, sobre Construcción y Conservación de Caminos.
eDF.L. N* 1, del 2007 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Transito N” 18.290 en sus Art, N? 62, 63, 64 y 136.
- D.S. 1910, del 2003, del Ministerio de Obras Públicas, que modifica al D.S. N* 158/80, que Fija Pesos Máximos de los Vehículos que pueden circular por Caminos Públicos, estableciendo pesos por eje, rodados y toneladas.
D. S. N211/91, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Norma de emisión aplicable a los vehículos motorizados livianos. Artículos 4, 8, 11 y 11 bis.
-
R.E. N* 232, de 2002, del Ministerio de Obras Públicas, Aprueba Nuevas Normas de Acceso a Caminos Públicos que indica.
-
D, S, N*298/95 del Ministerio de Transportes. Regula el transporte de cargas peligrosas por calles y caminos
-
D. S. N*158/80 del Ministerio de Obras Públicas. Establece límites de peso máximos por ejes con que los vehículos de carga podrán circular por los caminos del país.
10
10.
11.
e Ley de Tránsito N18.290, del Ministerio de Justicia. Artículos N56, 57, 58 y 102.
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Parque Solar El Algarrobo" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos N” 91, 93, 94, 96 y 99 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental.
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Parque Solar El Algarrobo” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular
se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente
6.1 Implementar un Plan Integrado de Acciones para la Protección y la Valorización Paisajística que contemplará las siguientes actividades y elementos:
Instalación de un área de información relativa a la energía fotovoltaica y al desarrollo fotovoltaico al que pertenece el proyecto, así como al Cuidado y protección del medio ambiente.
-Establecimiento de punto tipo mirador para apreciar las instalaciones del proyecto fotovoltaico, cuya mantención y operación será de responsabilidad del titular
-Estacionamientos para turistas
-Capacitación de personal supervisor de la operación de la planta fotovoltaica para realizar charlas y/o visitas guiadas
-Invitación a la Dirección Regional de Turismo y al Municipio de Pozo Almonte previo al inicio de las obras relacionadas con dicho Plan integrado.
6.2 Entregar oportunidades laborales, emprendimientos locales y capacitaciones de fuerza de trabajo para otros proyectos similares a desarrollar en el área, de acuerdo a los convenios firmados con la comunidad de Quipisca y con la Asociación Nayra Inti, los que formalizan las oportunidades de acceso antes descritas, a estos grupos humanos identificados en el estudio.
. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá
informar a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la | Región de Tarapacá, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
. Que, para que el proyecto "Parque Solar El Algarrobo" pueda ejecutarse, necesariamente deberá
cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de
Evaluación Ambiental de la | Región de Tarapacá, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarios.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la | Región de Tarapacá, la individualización de cambios de titularidad.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
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- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la | Región de Tarapacá.
RESUELVE:
-
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Parque Solar El Algarrobo".
-
CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el “Parque Solar El Algarrobo” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos N* 91, 93, 94, 96 y 99 del Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental.
ANÓTESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
f A po.
MITCHEL CARTES TAMAYO
Presiderite Comisión de Evaluación. ¡órfde Tarapacá
Director (S) Regional del : Evaluación Ambiental Secretaria ComisiórTde Evaluación Región'de Tarapacá
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Distribución + Titular del Proyecto + Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental * Expediente de Evaluación + Archivo
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