Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Califica HAmbientalmente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo"
Resolución Exenta N2 345/2014
Temuco, noviembre 20 de 2014
VISTOS:
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Lo dispuesto en la Ley N219.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente modificada por la Ley 20.417/2010; el D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; La Ley N”19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N21600 de 2008, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N255/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.
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La Resolución Exenta N21 de la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, de fecha 02 de enero de 2003, que calificó ambientalmente favorable el proyecto DIA “Piscicultura El Canelo”, de la comuna de Melipeuco.
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo”, presentada por el señor René Cárdenas González, en representación de Salmones Antártica S. A., con fecha 18 de Julio de 2013.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, que forman parte integrante del expediente administrativo del proceso de evaluación del proyecto.
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El Acta de la Sesión N*16 del Comité Técnico de Evaluación, de la Región de La Araucanía, de fecha 02 de septiembre de 2013.
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El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo”, de fecha 17 de noviembre de 2014.
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El Acta de la Sesión N210 de la Comisión de Evaluación de Proyectos Región de La Araucanía, de fecha 18 de noviembre de 2014.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo”, que forman parte integrante del expediente administrativo del proceso de evaluación del proyecto.
RCA N2345/2014 Declaración de Impacto Ambiental "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo”
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CONSIDERANDO:
1.- Que, la Comisión de Evaluación de Proyectos, de la Región de La Araucanía, debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo”, del titular Salmones Antártica S. A., ubicado en la comuna de Melipeuco.
2.- Que, el derecho de Salmones Antártica S. A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, el proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo” consiste en una regularización de obras construidas y otras por implementar que son necesarias para lograr aumentar la producción anual de salmónidos de la Piscicultura El Canelo, que cuenta con aprobación ambiental otorgada mediante la Resolución Exenta N%1 de la Comisión Regional del Medio Ambiente, de fecha 02 de enero de 2003.
El proyecto se ejecutará en la Región de la Araucanía, Provincia de Cautín, Comuna de Melipeuco, específicamente en el predio identificado como Lote B del Fundo San Lorenzo, con rol de avalúo fiscal N*305-173 inscrito a Fojas 4.259 vta. N25.058 del registro de propiedad del año 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, con una superficie de 4,68 hectáreas.
La red vial estructurante o principal vía de circulación, corresponde a la Ruta Internacional CH199 y la Ruta S-61, que conecta la ciudad de Cunco con Melipeuco. A la altura del kilómetro 70,6 de la Ruta S-61, se accede hacia el Norte a camino de acceso ripiado donde a los 1.200 metros aproximadamente, se encuentra el acceso al emplazamiento del proyecto.
La ubicación del proyecto, se encuentra en las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, Huso 18) de referencia:
Punto Norte Este Ubicación 5.696.403 257.639
El principal objetivo del proyecto es el cultivo del grupo de especies Salmónidos (Art. 21 D.S. N*290/03), en las fases de incubación, alevinaje, smoltificación y reproductores, para una producción máxima de 240 toneladas anuales.
En la siguiente tabla, se detallan los cambios que ha experimentado la Piscicultura El Canelo desde su aprobación ambiental (RCA N* 1/2003):
. | Modificaciones ejecutadas as Proyecto según a Proyecto definitivo en Item RCA N' 1/2003 y por ejecutar y que Son | aluación materia de evaluación Inversión (US$) 1.500.000 1.000.000 2.500.000 Vida útil Indefinida Sin modificaciones Indefinida Mano de obra Construcción: 25 Operación: 3 Construcción: 25 Operación: 17 Abandono: 5 Operación: 20 Abandono: 5 Superficie 4,68 hectáreas con | Sin modificaciones. 4,68 hectáreas con CUS CUS aprobado aprobado Superficie No se especifico La superficie construida es: | De manera aproximada, la construida Edificaciones, 2.198 m2 | superficie construida es:
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Modificaciones ejecutadas
ltem Proyecto según y; por ejecular y que a06 Proyecto definitivo en RCA N? 1/2003 Ñ no evaluación materia de evaluación aproximadamente. Edificaciones, 2.198 m2 Sistema de tratamiento | aproximadamente. efluentes y acopio de | Sistema de tratamiento lodos: 270 m?. efluentes y acopio de Estanque de cabecera y | lodos: 270 m?. distribución agua: 330 m?. | Estanque de cabecera y Área aproximada ocupada | distribución agua: 330 m?. por terrazas de estanques: | Área aproximada ocupada 13.210 m?. por terrazas de estanques: 13.210 m?. Derechos de Sin modificaciones 1.200 l/s sobre Estero El aprovechamiento | 1.200 l/s sobre Canelo de aguas No | Estero El Canelo
Consuntivos
Obra y puntos de captación (indicar Datum y Huso)
Bocatoma diseñada para captar 1 m*/s, estableciendo una altura seca de 0,5m
como factor de seguridad y 1% de pendiente.
Consideró una compuerta lateral para devolver excedentes.
Coordenadas Norte 5.697.400 y Este 259.500, PSAD 56 H19.
Bocatoma lateral con compuerta embebida, consta de barrera de
peralte con 4 compuertas desripiadoras y de alivio, orificios de aducción con rejas de protección, cámara de precarga con 3 compuertas de aducción y un canal de alimentación. Diseñada para captar 1 m/s.
Obra aprobada por Res.DGA N* 1146/2012, en el punto coordenada Norte 5.696.904 y Este 258.288 PSAD56 H19 (En Datum WGS 84 H19 equivale a coordenadas UTM norte 5.696.527 y este 258.104).
Bocatoma lateral con compuerta embebida, consta de barrera de
peralte con 4 compuertas desripiadoras y de alivio, orificios de aducción con rejas de protección, cámara de precarga con 3 compuertas de aducción y un canal de alimentación. Diseñada para captar 1 m/s.
Obra aprobada por Res.DGA N” 1146/2012, en el punto coordenada Norte 5.696.904 y Este 258.288 PSAD56 H19 (En Datum WGS 84 H19 equivale a coordenadas UTM norte 5.696.527 y este 258.104).
Obra y puntos de restitución (indicar Datum y Huso)
Canal de descarga rectangular diseñado para un caudal de 1m'/Ss. Coordenadas Norte 5.697.000 y Este 259.075 PSAD 56 H19.
Canal de hormigón armado rectangular, con descarga en el punto coordenada Norte 5.696.345 y Este 257.584, Datum WGS 84 H19.
Canal de hormigón armado rectangular, con descarga en el punto coordenada Norte 5.696.345 y Este 257.584, Datum WGS 84 H19.
Caudal máximo operacional
1.000 l/s desde Estero El Canelo
No se modifica
1.000 l/s desde Estero El Canelo
Producción de biomasa
Tres millones de smolt, estimándose una biomasa de cultivo para el tercer año de 86 toneladas, con un peso máximo promedio de 85 gramos.
Se propone aumentar a 240 toneladas anuales, donde el detalle de los pesos máximos por etapa, se especifica en el detalle de producción.
240 toneladas anuales, donde el detalle de los pesos máximos por etapa, se especifica en el detalle de producción.
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Item Proyecto según y par ejecutar y que son Proyecto definitivo en RCA N? 1/2003 , Sa evaluación materia de evaluación Fases de cultivo Incubación, Parte de la producción de | Incubación, alevinaje, alevinaje y | smolt se mantiene en la | smoltificación, donde
smoltificación
piscicultura Reproductores
para
además, una parte de la
producción de smolt pueden ser mantenidos pasando por etapa juveniles hasta reproductores
Instalaciones de cultivo (tipo, cantidad y
medidas indicando altura de diseño y
46 bateas incubación (con 5 canastillos de
2,4x0,41X0,17 m) 64 Estanque de Y 3m por 2,24 m de
80 bateas incubación de 3,6 mx0,4 x 0,2 m, (largo x ancho x alto).
16 Estanque de Y 9m por 1 m de altura
36 Estanque de W 6m por 1
80 bateas incubación de 3,6 m x 0,4 x 0,2 m, (largo x ancho x alto).
16 Estanque de Y 9m por 1 m de altura
36 Estanque de W 6m por 1
altura útil) altura m de altura. m de altura. 32 Estanque de f | 48 Estanque de £ 3m por 1 | 48 Estanque de Y 3m por 1 7m por 1,55 m de | m de altura. m de altura. altura. 48 Estanque cuadrado de | 48 Estanque cuadrado de 2x2m por 0,5m de altura. 2x2m por 0,5m de altura. Capacidad 2.367 metros | 2.283 metros cúbicos 2.283 metros cúbicos instalada cúbicos estanques de crecimiento
(metros cúbicos)
Sistema de tratamiento de Riles (tipo y
características)
1 Sedimentador de 3,95m de largo por 6,3m de ancho, con
zona de acumulación de lodos de 43 (informado en Adenda 2).
1 Filtro Screen con abertura de malla de 1,5 mm (informado DIA)
2 Filtros Rotatorios de operación permanente HDF 2007, con malla filtrante de 90 pum y capaces de filtrar individualmente hasta 525 L/s.
Se incorporará un tercer filtro de las mismas características que servirá de respaldo ante falla o mantención de alguno de los equipos de operación permanente.
Sistema de desinfección ultravioleta del efluente.
Rotatorios de operación permanente HDF 2007, con malla filtrante de 90 um y capaces de filtrar individualmente hasta 525 L/s.
Sistema de desinfección ultravioleta del efluente.
2 Filtros
Manejo de | Calcificación, Tratamiento mediante un | Tratamiento mediante un mortalidad conteo y acopio en | sistema de ensilaje. La | sistema de ensilaje. La contenedor (con | mortalidad ensilada es | mortalidad ensilada es adición de ácido | dispuesta en Planta | dispuesta en Planta fórmico). Luego es | Reductora oO Vertedero | Reductora “O Vertedero retirada y enviada a | autorizado. autorizado. sitio de disposición final. Volumen de | 1.572 kg/mes, | 18 toneladas anuales. 18,2 toneladas anuales. mortalidad equivalente a 1,4971 m*/mes (Adenda 2).
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Modificaciones ejecutadas
lem Proyecto según y por elsardar y 9un 51 Proyecto definitivo en RCA N* 1/2003 ¿ Ep evaluación
materia de evaluación
Volumen de | 120 m/año, | 182 m/año aprox. 336 m*/año.
lodos estimado en base a la bibliografía.
Uso de sal año Solo se informó el | Se mantiene uso de sal Se estima un consumo de tratamiento de 334 toneladas anuales, en peces en baños de máxima producción de sal en smolt. concentraciones de 1-1,5%, cuando se requiera.
Sistema de | 1 sistema de | Res. Ex. N*14680/2006 S. | Res.Ex. N”14680/2006 S.
alcantarillado alcantarillado Salud, autoriza sistema de | Salud, autoriza sistema de
particular diseñado para 13 | alcantarillado sector | alcantarillado sector
(población habitantes. Las | administración y bodegas, | administración y bodegas,
servida y | aguas tratadas son | diseñado para 20 hab, con | diseñado para 20 hab, con
características)
infiltradas mediante drenes de 28,6 m de longitud total.
dotación de 150 L/hab/d, luego las aguas son infiltradas. .
Res. Ex. N*14681/2006 S. Salud, autoriza sistema de alcantarillado baños operadores, diseñado para 10 hab, con dotación de
150 L/hab/d, luego las aguas son infiltradas. Res. Ex. N*” 14682/2006
Seremi Salud, autorización sanitaria sistema de alcantarillado vivienda huéspedes, diseñado para 8 hab, con dotación de 150 L/hab/d.
dotación de 150 L/hab/d,
luego las aguas son infiltradas. Res.Ex. N*14681/2006 S.
Salud, autoriza sistema de alcantarillado baños operadores, diseñado para 10 hab, con dotación de
150 L/hab/d, luego las aguas son infiltradas. Res. Ex. N” 14682/2006
Seremi Salud, autorización sanitaria sistema de alcantarillado vivienda huéspedes, diseñado para 8 hab, con dotación de 150 L/hab/d.
Instalaciones y edificaciones
(identificar tipo, superficie en m? y características)
No se informó detalles de las construcciones. De modo general, se indicaron Oficinas, SSHH, Comedor, Bodegas, Bodega de ensilaje, sala incubación.
2 Cabañas: 166m*?
Bodega. combustible: 18 m?
Bodega. generador: 38 m? Sala incubación y alevinaje: 1.757 m*
Bodega y sala incubación: 28 m? Bodega. Basura: 14 m? Bodega. screening: 16 m* Bodega. desove: 12 m? Bodega. empaque: 22 m? Administración: 172 m? Bodega. residuos RSU: 6 m? Bodega. reciclaje: 12 m? Bodega. Envases vacíos: 6 m?
Bodega de peligrosos 2,85 m* Sala necropsia: 6 m? Bodega. ensilaje: 58 m?
sector
residuos
2 Cabañas: 166m*
Bodega. combustible: 18 m?
Bodega. generador: 38 m? Sala incubación y alevinaje: 1.757 m'
Bodega y sala incubación: 28 m? Bodega. Basura: 14 m? Bodega. screening: 16 m? Bodega. desove: 12 m? Bodega. empaque: 22 m? Administración: 172 m? Bodega. residuos RSU: 6 m? Bodega. reciclaje: 12 m* Bodega. Envases vacíos: 6 m?
Bodega de peligrosos 2,85 m? Sala necropsia: 6 m? Bodega. ensilaje: 58 m?
sector
residuos
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Modificaciones ejecutadas
Item Proyecto según y ¡mor ejecutar y que sun Proyecto definitivo en RCA N 1/2003 . Ae evaluación materia de evaluación Losa est. oxígeno: 15 m Losa est. oxígeno: 15 m* Taller mantenciones: 52 m? | Taller mantenciones: 52 m? Energía de |No se informó | Se mantiene la provisión | Se mantiene la provisión
respaldo (tipo y características de equipos)
acerca de medios de respaldo. La Energía eléctrica sería provista por Frontel.
de Frontel y se incorporó un Grupo Electrógeno con gabinete insonorizado, para respaldo de 163,5 KVA.
de Frontel y se incorporó un Grupo Electrógeno con gabinete insonorizado, para respaldo de 163,5 KVA.
Sistemas de alcantarillado particular (tipo y características)
1 sistema de alcantarillado diseñado para 13 habitantes. Las aguas tratadas son infiltradas mediante drenes de 28,6 m de longitud total.
Res. Ex. N*14680/2006 S. Salud, autoriza sistema de alcantarillado sector administración y bodegas, diseñado para 20 hab, con dotación de 150 L/hab/d. Las aguas son infiltradas. Res. Ex. N”14681/2006 S. Salud, autoriza sistema de alcantarillado baños operadores, diseñado para 10 hab, con dotación de 150 L/hab/d. Luego las aguas son infiltradas.
Res. Ex. N” 14682/2006 Seremi Salud, autorización sanitaria sistema de alcantarillado vivienda huéspedes, diseñado para 8 hab, con dotación de 150 L/hab/d.
Res. Ex. N14680/2006 S. Salud, autoriza sistema de alcantarillado sector administración y bodegas, diseñado para 20 hab, con dotación de 150 L/hab/d. as aguas son infiltradas. Res. Ex. N”14681/2006 S. Salud, autoriza sistema de alcantarillado baños operadores, diseñado para 10 hab, con dotación de 150 L/hab/d, luego las aguas son infiltradas.
Res. Ex. N” 14682/2006 Seremi Salud, autorización sanitaria sistema de alcantarillado vivienda huéspedes, diseñado para 8 hab, con dotación de 150 L/hab/d.
DESCRIPCIÓN DE SUS PARTES, ACCIONES Y OBRAS FÍSICAS
Obras Físicas Existentes
Actualmente, la Piscicultura El Canelo, cuenta con unidades de cultivo instaladas, derechos de aprovechamiento de agua y su captación, sistema de tratamiento de efluentes, sistema de ensilaje de mortalidad e instalaciones de apoyo (oficinas, bodegas, energía eléctrica, entre otras).
ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
La Piscicultura El Canelo, aprobada ambientalmente por la RCA N*1/2003 de la Comisión Regional del Medio Ambiente, se encuentra construida y en operación. Asimismo, prácticamente todas las obras de modificación necesarias para el aumento de producción propuesto, se encuentran construidas y operativas. La única actividad asociada a esta fase que queda por ejecutar, es la implementación del tercer filtro rotatorio que cumplirá las funciones de respaldo ante la falla o mantención de alguno de los equipos de operación permanente, actividad que se ejecutará durante el año 2015.
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ETAPA DE OPERACIÓN
Unidades de cultivo
El proyecto considera las siguientes unidades de cultivo:
Volumen útil Tipo de Unidades Dimensiones (metros) metros) AA MN Bateas de incubación L: 3,60 A: 0,40 H: 0,20 N/A 0,29 80 Estanques semicircular | L: 2,00 A: 2,00 H: 0,50 N/A 2,00 48 Estanques circulares H: 1,00 Diámetro: 9,00 | 1,25 63,60 16 Estanques circulares H: 1,00 Diámetro: 6,00 | 1,40 28,30 36 Estanques circulares H: 1,00 Diámetro: 3,00 | 1,40 7,10 18
Capacidad Instalada Estanques de Crecimiento
El conjunto de estanques de crecimiento (excluidas las bateas de incubación) que contempla el proyecto, entregan una capacidad instalada útil de 2.260 metros cúbicos totales.
Modalidad de Cultivo
El proceso de cultivo se realizará en la modalidad de flujo abierto, teniendo el debido resguardo que el requerimiento de agua de la totalidad de los estanques en uso, no sobrepasará en ningún momento el caudal máximo de agua que contempla el proyecto y que es de 1.000 litros por segundo.
Biomasa en el Centro de Cultivo
En caso que el proyecto opte por no realizar la fase de reproductores, el cultivo se realizará sólo hasta la fase de smoltificación con un peso máximo de 180 gramos por pez, con una densidad máxima de cultivo de 40 kilos por metro cúbico de agua en cada estanque a objeto de no sobrecargar el cuerpo receptor, con lo cual, se podrá mantener una biomasa instantánea de 90.400 kilos de salmonideos.
En caso que el proyecto opte por realizar todas las fases de manera simultánea, el cultivo se realizará en estanques separados y debidamente identificados para las dos grandes etapas que se contemplan, y donde:
-
Lafase de alevinaje y smoltificación se realizará hasta un peso máximo de 180 gramos por pez, con una densidad máxima de cultivo de 40 kilos por metro cúbico de agua en cada estanque destinado a estas etapas, donde se podrá mantener una biomasa instantánea en kilos de salmonideos que se determinará en función de los metros cúbicos que estén utilizando es en estas fases (40 kilos * metro cúbico en uso), y
-
La fase de juveniles y reproductores, se realizará desde los 181 gramos hasta los 10 kilos por pez, con una densidad máxima de cultivo de 60 kilos por metro cúbico de agua en cada estanque destinado a estas etapas, donde se podrá mantener una biomasa instantánea en kilos de salmonideos que se determinará en función de los metros cúbicos que estén utilizando es en estas fases (60 kilos * metro cúbico en uso).
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Cabe señalar que para todos los efectos, Biomasa es la cantidad de peces ingresados al Centro de Cultivo más el crecimiento que alcancen durante su permanencia en la piscicultura, independiente si estos luego son derivados en mortalidad (incluye muerte masiva y eliminaciones) o en traslado o en venta.
Producción
El proyecto considera el cultivo del grupo de especies Salmónidos (Art. 21 D.S. N*290/03), en las fases de incubación, alevinaje, smoltificación y reproductores, para una producción máxima de 240 toneladas anuales.
El proyecto considera ingresos de ovas, alevines y smolts. En cuanto a los traslados o venta de peces vivos, se contempla realizarlos desde la etapa de alevinaje hasta smolt y/o reproductores según sea el proceso productivo adoptado. También se considera la fase de desove y fertilzación.
Las fases del proceso de cultivo son las siguientes:
Ingreso de ovas e incubación
La incubación es el punto de partida del proceso productivo, que se desarrolla en un galpón techado, cerrado, con acceso restringido, con barreras sanitarias y estrictas medidas de bioseguridad.
El proceso se inicia con la recepción de la ova ojo, y su correspondiente certificación sanitaria y de calidad. Como primera etapa, se procede a la medición de la temperatura de las ovas y a la hidratación gradual de las mismas, con el fin de igualar su temperatura con la del agua de incubación. Posteriormente se procede a la desinfección de las ovas con una solución yodada en una relación de 100 ppm durante 10 minutos. Luego de la desinfección, las ovas deben ser enjuagadas para proceder a su incubación (siembra) y distribución en cantidades conocidas para cada batea.
Las ovas se siembran a razón de 35.000 a 50.000 unidades por batea, dependiendo de la especie salmónida. En dichas bateas los alevines alcanzarán la eclosión y se producirá la absorción de saco vitelino, concluida esta etapa, ocurre la libre natación y la administración de la primera alimentación por algunos días, fecha a partir de la cual serán trasladados a estanques de alevinaje. En esta etapa la extracción de mortalidad ocurre, periódicamente, dependiendo del estado de desarrollo en que se encuentren.
Alevinaje
Una vez que los alevines, aprenden a nadar y a capturar el alimento ofrecido, son trasladados a los estanques de alevinaje, en cantidades conocidas para cada una de las unidades. Los alevines son mantenidos en los estanques de alevinaje hasta alcanzar densidades máximas de 40 Kg/m?. Diariamente se realizará la alimentación, limpieza y extracción de mortalidad.
Además durante este periodo los peces serán sometidos a graduaciones por tamaño con el objeto de brindarles a todos iguales oportunidad y condiciones de crecimiento.
Alcanzada las densidades de máximas de 40 Kg/m?*, en estos estanques de alevinaje los alevines serán graduados y distribuidos en número y pesos promedio similares, para derivarlos a los estanques de Smoltificación (60 gramos).
El tipo de alimento a utilizar es una dieta exclusiva de alto valor energético y alta digestibilidad, con el objeto de mejorar el crecimiento. Por otro lado, las cantidades de alimento son controladas periódicamente, ya que una cantidad de alimento excesiva así como una técnica de alimentación
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deficiente, podrían afectar el crecimiento de los peces, aumentar la mortalidad y la carga de desechos en el efluente.
Smoltificación
En esta área, los alevines continúan con su crecimiento, hasta alcanzar la última etapa en la piscicultura, y esta ocurre cuando los peces adquieren la condición de smolt, característica que les permite a los salmónidos, regular las sales de su cuerpo con las del medio externo. Este cambio fisiológico, le permitirá pasar del agua dulce al agua de salada. Entre los cambios que experimentan los peces destacan también la perdida de la manchas parr, y un aumento del tamaño alcanzando un peso que oscila entre los 60 y 180 gramos según su especie.
Los smolt son mantenidos en los estanques de smoltificación hasta alcanzar densidades máximas de 40 Kg/m?. Diariamente, se realizara la alimentación, limpieza y extracción de mortalidad.
Igualmente durante este periodo los peces serán sometidos a graduaciones por tamaño con el objeto de brindarles a todos iguales oportunidad y condiciones de crecimiento. Alcanzada la condición de smolt (peso máximo de 180 gramos por pez), estos serán trasladados a centros de engorda ubicados en agua de mar y/o estuarinas, o algunos de ellos, continuarán en el centro pasando a la fase de reproducción.
Reproductores
Está considerado manejar todos los años, un pequeño stock de peces que pasen etapas previas (ovas, alevines y smolts), para destinarlo a ser el futuro plantel de reproductores, que originarán las futuras producciones de ovas nacionales. Estos peces permanecerán toda su vida en un ciclo cerrado en agua dulce sin abandonar el centro, controlando periódicamente su condición sanitaria y biológica.
Además, dependiendo la estrategia productiva de la empresa, los estanques destinados al área de smoltificación pueden ser destinados 100% al mantenimiento de reproductores para a la obtención de gametos, los cuales serían incubados en la Sala de Desove y Ova Verde. Estos reproductores serán alimentados y retirada su mortalidad diariamente durante todo su ciclo reproductivo.
Desove e incubación ova verde
Los reproductores a ser desovados, serán sanitariamente chequeados de forma individual mediante análisis en laboratorios, antes de utilizar sus gametos. Descartando y eliminando los ejemplares y sus productos potencialmente positivos a enfermedades.
El resultado de estos reproductores, los gametos (ovas producidas por las hembras y espermios por los machos) se fertilizarán, hidrataran y desinfectaran con una solución yodada en una relación de 100 ppm durante 10 minutos e incubarán en el área de ovas verdes, ova verde se le llamarán hasta que alcancen el estado de ovas ojo.
Este último estado (ova ojo) se determina por la presencia del embrión y sus 2 ojos notoriamente visibles en la ova. Este estado puede ser determinado en su momento preciso si se conoce la temperatura del agua al cual las ovas verdes serán incubadas. El estado de ojos se determina mediante la utilización de las Unidades Térmicas Acumuladas (UTA), lo que corresponde a la suma de las temperaturas promedio diarias. Por ejemplo, si el agua de incubación tiene de promedio 10” C, es igual a 10 UTA día; al día siguiente si se mantiene el promedio del agua ya han pasado 20 UTA. Para el caso de las truchas se requieren de 200 UTA para el estado de ojo, para el caso de los salmónidos (Salmón del Atlántico y Salmón Coho) se requieren de 300 a 320 UTA.
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Alcanzado este estado, y una vez certificadas las ovas se deben limpiar y extraer la mortalidad (ovas infértiles y muertas) se desinfectan de acuerdo a lo descrito en el párrafo de ingreso de ovas ojo, y se transfieren (siembran) a el área de bateas. Continuando con el ciclo descrito anteriormente.
Durante todas las etapas; incubación, alevinaje, smoltificación y reproductores, se considera el control y registro diario de la mortalidad, alimentación, y parámetros ambientales tales como: temperatura, pH, oxigeno. Periódicamente se debe realizar el control de los pesos promedios de los peces, para así determinar la alimentación adecuada en cantidad, y tamaño de grano para cada tamaño de pez. También conociendo los pesos promedios, y la temperatura del agua, es posible determinar y proyectar los crecimientos y tamaños futuros. La distribución en peso de las poblaciones de peces de una misma edad, es posible manejarla relativamente homogénea, de acuerdo a la cantidad de graduaciones que se realicen.
En todas las áreas de cultivo que existirán en la piscicultura, habrán controles de prevención de fugas de los peces, contando con: rejillas en las bateas y estanques de alevinaje y smoltificación, cuyos tamaños de retícula estén relacionados con el tamaño de peces que contengan. Además los canales y tuberías de descarga de cada área, tendrán rejillas en los ingresos y salidas de cada una de ellas. Al final de la piscicultura también existirá un sector de filtros rotatorios, los cuales aparte de cumplir con su función de tratar el efluente, servirán como retención de posibles fugas.
En cada proceso de ingreso y salida que ocurra en la piscicultura, ya sea en estado de ovas, alevines smolt y/o reproductores, se considera la debida certificación sanitaria que avale la calidad sanitaria de los mismos, ingresados y/o entregados. Además se realizarán los respectivos Programas de Vigilancia Activa (PVA), los muestreos de alevines con saco y los muestreos Trimestrales, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
Sistema de Tratamiento de Residuos Líquidos Industriales
El sistema de tratamiento de los residuos industriales líquidos considera dos filtros rotatorios de operación permanente con mallas filtrantes de 90 micras y con capacidad para tratar un caudal máximo individual de 525 litros por segundo, más un tercer filtro de similares características que cumplirá las funciones de respaldo ante falla de alguno de los equipos de operación permanente, sistema que además, se complementa con una desinfección mediante aplicación ultravioleta (UV).
Los sólidos (lodos) que se retengan en los filtros rotatorios, serán elevados hacia el sector de retrolavado de los filtros, compuesto por un sistema de toberas, las cuales dirigen el agua a alta presión sobre el exterior de los paneles, desprendiendo los sólidos, los que caen al interior de una bandeja. El lodo depositado sobre la bandeja sale junto con el agua del sistema de retrolavado a través de la tubería de evacuación de lodos hacia un estanque contiguo, donde serán decantados y desde donde, serán retirados y traslados a sitio de disposición final. Los residuos serán dispuestos en sitio autorizado sanitariamente.
El sobrenadante generado en el manejo de lodos, será incorporado al sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos.
Se considera la eliminación de by pass que contempla el actual sistema de tratamiento de efluentes. Además, no se podrá realizar descarga de residuos líquidos industriales sin un previo tratamiento (filtros rotatorios más desinfección ultravioleta).
Manejo de Mortalidades
El manejo de la mortalidad se realizará mediante sistema de ensilaje cuya operación, permite someter a tratamiento las mortalidades de peces mediante una trituración y acidificación de la mortalidad. El producto generado (ensilado) es retirado desde la piscicultura por empresas debidamente autorizadas para ser llevado a plantas reductoras autorizadas sanitariamente.
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El manejo de la mortalidad sigue el siguiente protocolo:
Extracción, clasificación y conteo de mortalidad
En casos de nivel de mortalidad normal, la extracción será diaria, junto con la limpieza de las unidades de cultivo. En este manejo se usará material exclusivo para esta labor y para cada unidad: paleta o quecha y pocillo de mortalidad. Las mortalidades se depositarán en contenedores herméticos con tapa.
Las quechas o coladores se desinfectarán antes de su uso y posterior a este y se dejarán ya sea junto a cada unidad de cultivo o en contenedores individuales con solución desinfectante.
Luego de extraer la mortalidad, esta es clasificada y contada, anotándose en la libreta o planilla de mortalidad el número de peces muertos según las categorías (peces normales, con hongos, chicos O agujas, etc.).
De acuerdo a las actividades productivas y operativas de la piscicultura, la recolección de mortalidad se realiza en turno de trabajo de 8:00 a 16:00 horas, de lunes a domingo, por el
personal autorizado y responsable.
Proceso de triturado, aplicación de ácido fórmico y homogenización
La mortalidad se ingresa por la escotilla de carga al Estanque de Trituración cuya capacidad es de 600 litros, donde será triturada obteniendo una pasta o pulpa, a la que se le adiciona ácido fórmico (30 ml por cada kilogramo de mortalidad a ensilar). Se debe mantener un tiempo de
homogenización de 15 a 30 minutos.
Bombeo del producto al estanque de acopio
El producto (pasta o pulpa) ingresará en forma directa desde el estanque de trituración al estanque de almacenaje o silo de 15 metros cúbicos de capacidad, en el que permanecerá hasta su retiro y transporte por parte de una empresa autorizada.
Control de pH
Es vital el control de pH en el proceso de ensilaje con el objeto de neutralizar virus y bacterias y mantener un estado óptimo de conservación del ensilado, para ello se requiere mantener un pH inferior a 4. Durante la permanencia del ensilado en el estanque de acopio, se controla diariamente el nivel de pH de la mezcla, al igual que durante el transporte hasta la Planta
Reductora.
Retiro del ensilado, registro del volumen retirado y emisión de documentación
La permanencia del ensilado en el estanque de acopio variará de acuerdo al volumen de mortalidad que se generen. Se estima que los retiros de ensilado serán cada 6 meses o cuando el silo de acopio alcance el 80% de su capacidad.
El retiro y transporte del producto ensilado, será realizado por una empresa que cuente con las autorizaciones pertinentes para el procesamiento de recursos hidrobiológicos y camiones aljibes igualmente autorizados para el retiro y transporte del ensilado. El despacho del ensilado conlleva la emisión de la documentación acompañante y pertinente:
- Certificado Sanitario de Movimiento,
- Guía de Despacho (visada por SERNAPESCA),
- Comprobante del volumen de ensilado transferido.
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Limpieza y control de derrames del Sistema de Ensilaje
La limpieza de los equipos y circuitos de ensilaje se realizará al final de cada ciclo productivo o cuando se programe el retiro del ensilado y después de haber retirado todo el material.
En la actividad de limpieza interna del sistema, se efectuará un raspado en seco utilizando una espátula para remover el ensilado adherido a las paredes internas de los estanques, y una limpieza con ácido fórmico (líquido). Todo el material removido quedará como base para la siguiente carga de mortalidad que ingrese al sistema.
Respecto de la limpieza y desinfección externa de los equipos y circuitos de ensilaje, se efectuará con un desinfectante autorizado. Las aguas de lavado y desinfección del sistema de ensilaje (piso, limpieza externa del estanque triturador, silos y tuberías), de los bins (externa e interna) de apoyo al sistema y de líquidos de productos químicos (ácido fórmico) que eventualmente sean derramados dentro del pretil de contención del sistema, deberán ser conducidas a una cámara de contención o fosa estanca donde serán acopiados temporalmente para luego, ser retirados por prestadores de servicios autorizados sanitariamente y dispuestos en vertedero industrial autorizado previamente por la SEREMI de Salud. Por tanto, estos residuos no podrán ser derivados o incorporados al sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos, toda vez que este no tiene capacidad de abatimiento para este tipo de residuos.
Requerimientos de Servicios Básicos
La piscicultura cuenta con las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, en cumplimiento al D.S. N*594/00. Actualmente la piscicultura cuenta con instalaciones destinadas a baños, vestidores y comedor habilitados para el uso del personal, y cuenta con sistemas particulares de abastecimiento de agua para consumo humano y de alcantarillado, autorizados mediante Resoluciones Sanitarias.
Requerimientos de energía y combustible
La piscicultura cuenta con suministro de energía eléctrica, con empalme al sistema público. También cuenta con un generador de energía de 163,5 KVA, instalado y operativo destinado al respaldo eléctrico. Las emisiones atmosféricas son declaradas conforme al D.S. N*138/2005.
Alimentación
Los alevines, smolts y reproductores son alimentados con pellets nutricionalmente balanceados y de diferente calibre según su tamaño. La experiencia de cultivo indica que para alevines en primera alimentación les corresponde consumir Micro 18, alimento inferior a 0,4 mm. Luego, serán alimentados con un Micro 75, que corresponde a un alimento entre 0,4 y 0,7 mm. Posteriormente, se les entregara un Micro 2 y transfer 5, que corresponde a un alimento que fluctúa entre 0,7 a 1,1 mm. En su etapa de juveniles continuarán con el aumento de calibre 2 a 3 mm, hasta que los peces alcancen el tamaño de smolt, y reproductores en donde este alimento se denomina pellets con calibres que aumentan en tamaño de acuerdo al tamaño de los peces.
La alimentación será en forma manual. La dieta calculada para el día, será administrada en varias dosis durante la mañana, medio día y en la tarde. El alimento utilizado será del tipo extruido con bajo contenido de fósforo y alta digestibilidad. La cantidad de alimento a suministrar será periódicamente calculada en su cantidad, para minimizar las posibles pérdidas por no consumo. El alimento utilizado es la piscicultura será producido por empresas proveedoras reconocidas tales como Alitec, Biomar, Ewos u otras que pudiesen satisfacer los requerimientos de la empresa. Se consideran como requisitos esenciales de los alimentos que sean pelletizados, extruidos, altamente energéticos, con bajo contenido de fósforo (1,5% para alevinaje y 1,2% para etapas posteriores), alta digestibilidad y enriquecidos con suplementos vitamínicos (vitamina C), y minerales.
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El flujo estimado de consumo anual de alimento es de aproximadamente 221.812 kilogramos. Manejo Sanitario
Se utiliza agua dulce para la limpieza de los estanques al final de cada ciclo de producción (escalonando la desocupación). Cabe destacar que todos los fármacos a utilizar en el control y prevención de enfermedades contarán con registro del Servicio Agrícola y Ganadero, y serán administrados sólo previo diagnóstico y prescripción realizado por un Médico Veterinario del área. Se registrarán los tratamientos efectuados, especificando dosis, fecha de inicio y término del tratamiento, el producto comercial utilizado y su concentración, de acuerdo a los Programas Sanitarios Generales descritos en el D.S. N* 319/2001.
Prevención
Los peces en todas sus etapas, se mantendrán constantemente bajo condiciones higiénicas y ambientales favorables, minimizando de esta forma la posibilidad de contagio y situaciones estresantes con la consiguiente aparición de enfermedades. En estos aspectos, el centro de cultivo implementará las siguientes medidas para prevenir estrés posibles contagios y por ende enfermedad:
-
Mantener las densidades óptimas de cultivo.
-
Rigurosidad en la aplicación de la tecnología de alimentación, para disminuir o impedir la presencia de alimento libre que eventualmente podría ser foco de proliferación bacteriana, y reducción de la calidad del agua.
-
— Usar alimento de mejor calidad.
-
— Disminuir al mínimo la manipulación de los peces, lo que minimiza el riesgo de estrés, por ende las alteraciones en su mecanismo inmunológico.
-
Eliminación de la mortalidad mediante un tercero (vertedero industrial autorizado).
-
Usar métodos de desinfección de personas y materiales que ingresan al centro (implementando pediluvios y maniluvios donde sea necesario).
La piscicultura contará con la supervisión y asesoría constante de un Médico Veterinario, el cual vigilará el estado sanitario de los peces. El registro diario de las mortalidades, de cada una de las unidades de cultivo, dará una visión general de su condición sanitaria, la mínima cantidad en la mortalidad y su constancia en el tiempo reflejan peces sanos, el indicio de la tendencia al aumento indicarán problemas en los peces que pueden ser sanitarios o por estrés.
En todo medioambiente siempre existe la posibilidad de presencia de bacterias y virus oportunistas, como forma de evitar su aparición, y prevenir las enfermedades están considerados periódicamente dentro del proceso productivo, el uso de un producto desinfectante germicida de amplio espectro, el cual será mezclado en el agua de las unidades de cultivo ya sea por baño, o por goteo y Sal que es un producto antifúngico que se mezcla con el agua en las unidades de cultivo por medio de baños. Estos productos son biodegradables de baja toxicidad.
La cantidad de producto desinfectante germicida de amplio espectro y sal a usar en cada unidad de cultivo va directamente relacionada con el tamaño de los peces y el volumen de agua. Normalmente se usa en el rango de 8 a 15 ppm y 0,5 a 3% respectivamente.
Tratamiento
En caso de que ocurra la aparición de enfermedades, determinado por el aumento de la mortalidad en los peces, bajo crecimiento y comportamiento anormal, se procederá al aislamiento de la o las unidades de cultivos involucradas, se tomarán muestras y se enviarán a laboratorio, para determinar la causa de dicha enfermedad.
Determinada la causa de la enfermedad, se procederá al tratamiento y medicación de los peces, esto se realizará bajo las recomendaciones del laboratorio y la supervisión del Veterinario
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encargado. La medicación se resolverá en relación al tipo de enfermedades, determinándose el uso de desinfectantes, antibióticos, vitaminas y/o inmunoestimulantes. El uso de él o los productos recetado, será en la cantidad y calidad recomendada y sólo se usarán productos autorizados por las autoridades chilenas.
La metodología de uso para la administración de los productos recetados (por vacuna, baño u oral), será en relación a lo más adecuado para los peces dependiendo de su estado, gravedad y tamaño, para asegurar siempre su completa digestión y/o absorción. Siempre se pretenderá con esta metodología, la mejoría rápida y efectiva de los peces, evitando así la pérdida de productos por no digestión y/o absorción.
Todas las medicaciones estarán avaladas por los respectivos análisis de laboratorios y su correspondiente prescripción médica veterinaria.
Barreras Sanitarias y Desinfectantes
El perímetro de la piscicultura y sus instalaciones, estará cerrado al ingreso de personas ajenas al proceso productivo, los accesos estarán debidamente señalizados y provistos de áreas de desinfección (Rodaluvio, Pediluvios y Maniluvios).
Existirá un área exclusiva para la atención de posibles proveedores y visitas, la cual no tendrá acceso directo al centro de cultivo. La empresa tendrá como política restringir el ingreso de personas ajenas al proceso productivo, solo se autorizará este ingreso para situaciones específicas debidamente justificadas. Para ello las personas que deban ingresar a la piscicultura deberán usar ropa, guantes y calzado de uso exclusivo para cada área de la piscicultura.
Además, cada una de las áreas de cultivo que componen la piscicultura, contarán con barreras sanitarias, que consisten en el uso de pediluvios y maniluvios para todos los ingresos de estas áreas. Existirán en estos sectores botas y delantales de uso exclusivo. Cada unidad de cultivo, contará con un balde con una solución desinfectante para disponer los utensilios exclusivos para su manejo y limpieza. La solución desinfectante residual es inactiva según las especificaciones técnicas del fabricante.
Adicionalmente, se consideran los servicios permanentes de un profesional Médico Veterinario como asesor directo quien será el encargado de coordinar y dirigir las actividades preventivas y curativas de los peces.
El detalle del uso de producto desinfectante e inactivador, es el siguiente:
Desinfectante | Grupo Químico Inactivador Bilución Cantidad Inactivador Dublalim Glutaraldehídos y | Inactivador Duplalim y|4 g en 10 L| 361,12 up Amonios Cuaternarios Amonio Cuaternarios Solución g/día . , s 2 10 L| 240 Yodo Tiosulfato de sodio Inactivador Yodigen po ” Solución g/año , Glutaraldehídos y | Inactivador Amonio | 4 g en 10 L| 361,12 Tonalim : Ñ : 42 % Amonios Cuaternarios Cuaternarios Solución g/día Virkon Se inactiva después de 5 día de exposición
Respecto de las sustancias químicas usadas en pediluvios (desinfección), se indica a la autoridad que tratándose de sustancias líquidas, serán descargadas previa inactivación del compuesto activo, al sistema de tratamiento de residuos líquidos industriales.
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Medidas de contingencias
El proyecto contempla planes de contingencias contenidos en los anexos de la DIA y complementados por las Adendas, donde se abordan el escape de peces, derrames de lodos, derrames de mortalidad cruda o ensilada, derrame de sustancias peligrosas o productos químicos, mortalidad masiva de peces, fallas en los sistemas de tratamiento de riles y ensilaje, cortes de energía eléctrica, caída accidental de alimento u otro material al agua, retraso en el retiro de los residuos sólidos, entre otros. Además, el titular declara que no se efectuarán vertimientos de aguas servidas o efluentes industriales sin tratamiento al cuerpo receptor.
ETAPA DE ABANDONO
La ejecución del proyecto considera una vida útil indefinida, y será el propio titular quien tenga la responsabilidad de mantener las instalaciones en condiciones de operación. En caso de ocurrir el abandono y cierre del centro de cultivo en el futuro, se desarrollará un Plan de Cierre y Abandono que tendrá como objetivo brindar las condiciones seguras al área de influencia del proyecto y a las obras remanentes, para proteger el medio ambiente y evitar accidentes después del término de operaciones, además se pretende dejar el área en condiciones cercanas a las originales, removiendo o retirando las estructuras e instalaciones. En objetivo principal para el manejo de los materiales será la reutilización y su enfoque será propender a reinsertarlos en procesos productivos de la compañía o de terceros, dándoles un valor económico.
PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO
EMISIONES ATMOSFÉRICAS
Durante la fase de construcción que corresponde a la implementación del tercer filtro rotatorio las emisiones que se contempla generar, son mínimas.
Durante la fase de operación de la piscicultura, las emisiones atmosféricas estarán dadas por las emisiones del grupo electrógeno y por las emisiones de vehículos que acudan al centro de cultivo a dejar insumos, traslado de peces y al retiro de residuos.
Respecto del tránsito de vehículos al interior del centro de cultivo, se limitará la velocidad de circulación a no más de 20 km/h y se exigirá que estos vehículos cuenten con sus revisiones
técnicas vigentes.
Respecto de las emisiones del grupo electrógeno, estas son declaradas conforme al D.S. N*138/2005. Cabe destacar, que el generador constituye el respaldo del sistema eléctrico, por tanto su puesta en funcionamiento será en situaciones de emergencia originadas por corte del suministro del sistema público, y será sometido a mantenciones periódicas para verificar su óptimo desempeño.
Durante la operación normal del centro de cultivo, no se producirá un aumento por sobre el ruido basal de 10 dB(A) exigido en el D.S. N2138/2005, dado que las fuentes generadoras de ruido cuentan con el aislamiento acústico adecuado. La instalación que alberga el grupo electrógeno es una bodega cerrada de estructura y cubierta metálica, en tanto que el generador cuenta con gabinete insonorizado. Respecto del sistema de ensilaje, el ruido no es significativo debido a que será bajo, puntual y con un corto periodo de duración durante el día (horario diurno).
RESIDUOS LÍQUIDOS
Los residuos líquidos generados por el proyecto corresponden a las siguientes descargas de efluentes:
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Aguas servidas domésticas
La Piscicultura El Canelo, originalmente obtuvo la aprobación ambiental para un sistema de alcantarillado particular. Sin embargo, actualmente, cuenta con tres sistemas particulares de alcantarillado particular autorizados sanitariamente por la SEREMI de Salud Región de La Araucanía, mediante Resoluciones Exentas N”4188/2006, N”4189/2006 y N”4190/2006. Los tres sistemas en conjunto, consideran una población servida de 38 habitantes con una dotación de 150 l/hab/día. Los sistemas aprobados consisten en un tratamiento de las aguas servidas mediante fosa séptica prefabricada e infiltración al terreno a través de drenes y pozo. No habrá descargas de aguas servidas sin tratamiento.
Residuos industriales líquidos (RIL) Durante la etapa de construcción del proyecto, no se generarán residuos industriales líquidos.
La Piscicultura El Canelo, aprobada ambientalmente por la RCA N*1/2003 de la Comisión Regional de Medio Ambiente, consideraba la generación de residuos líquidos industriales por un caudal máximo de 1.000 litros por segundo.
Actualmente, la Piscicultura cuenta con Programa de Monitoreo de la Calidad del Efluente aprobado mediante Resolución Exenta N2498/2010 por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, el cual se ejecuta satisfactoriamente cumpliendo los límites máximos permisibles establecidos en la Tabla 1 del DS N90/2000 para cada parámetro.
El proyecto en evaluación no considera un aumento del caudal establecido en la RCA N*1/2003. Sin embargo, mediante el presente proceso de evaluación, se regulariza un cambio materializado del sistema de tratamiento originalmente aprobado, donde se reemplaza un sedimentador de placas con filtro screen por un sistema de tratamiento que considera dos filtros rotatorios de operación permanente con mallas filtrantes de 90 micras y con capacidad para tratar un caudal máximo individual de 525 litros por segundo, más la incorporación de un tercer filtro de similares características que cumplirá las funciones de respaldo ante falla de alguno de los equipos de operación permanente, sistema que además, se complementa con una desinfección mediante aplicación ultravioleta (UV), el titular deberá obligadamente tramitar ante la SEREMI de Salud, la respectiva modificación a la autorización sectorial vigente.
Los sólidos (lodos) que se retengan en los filtros rotatorios, serán elevados hacia el sector de retrolavado de los filtros, compuesto por un sistema de toberas, las cuales dirigen el agua a alta presión sobre el exterior de los paneles, desprendiendo los sólidos, los que caen al interior de una bandeja. El lodo depositado sobre la bandeja sale junto con el agua del sistema de retrolavado a través de la tubería de evacuación de lodos hacia un estanque contiguo, donde serán decantados y desde donde, serán retirados y traslados a sitio de disposición final. Los residuos serán dispuestos en sitio autorizado sanitariamente.
El sobrenadante que se genera en el estanque decantador de lodos, será incorporado al sistema de tratamiento de riles.
No se incorporarán al sistema de tratamiento de riles, los residuos líquidos provenientes del sistema de ensilaje.
Respecto de las aguas de lavado y desinfección del sistema de ensilaje (piso, limpieza externa del estanque triturador, silos y tuberías), de los bins (externa e interna) de apoyo al sistema y de líquidos de productos químicos (ácido fórmico) que eventualmente sean derramados dentro del pretil de contención del sistema, deberán ser conducidas a una cámara de contención o fosa estanca donde serán acopiados temporalmente para luego, ser retirados por prestadores de servicios autorizados sanitariamente y dispuestos en vertedero industrial autorizado por la SEREMI de Salud. Por tanto, estos residuos no serán derivados o incorporados al sistema de tratamiento de riles y para salvaguardar el cumplimiento del procedimiento descrito, se implementará un
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sistema de registro diario, que contemple los volúmenes de aguas residuales generadas en el sistema y los volúmenes que sean retirados, y se mantendrá la documentación que acredite los volúmenes trasladados y recepcionados en el sitio de disposición final autorizado sanitariamente.
RESIDUOS SÓLIDOS
Durante la fase de construcción que corresponde a la implementación de un tercer filtro rotatorio, los residuos sólidos a generar son poco significativos.
Durante la fase de operación del proyecto, se generarán residuos sólidos urbanos (RSU), asimilables a residuos sólidos urbanos (ARSU), residuos industriales sólidos no peligrosos (RIS),
residuos industriales peligrosos (RIP).
El tipo de residuos sólidos a generar como sus cantidades y volúmenes anuales, son los siguientes:
Tipo Descripción Origen Eat aru Volumen
Unidad Valor | (m'/año) RSU |Domésticos Personal Kilogramos 330 1,32 ARSU |Capas plásticas Sanitario Unidad 2.000 0,50 ARSU |Cubre calzados plástico Sanitario Pares 2.000 0,10 ARSU |Guantes de látex Sanitario Pares 2.000 0,10 ARSU |Bolsas de alimento Producción Unidad 9.600 2,00 ARSU | Mascarillas Sanitario Unidad 500 0,05 ARSU |Escobillones, coladores Producción Unidad 300 1,50 RIS- | Plumavit Producción Unidad 20 1,20 RIS [Envases plásticos Sanitario Unidad 200 4,00 RIS [Mortalidad Ensilada Producción Metros cúbicos 18,00 RIS |Lodo Producción Retiros anuales 12 336,0 RIP nvases ácido fórmico vacíos 60| Ensilaje Unidad 9 0,60 RIP A o ro ecenerador Litros 2 0,002 RIP. [Lámparas UV Producción Unidad 6 0,02 RIP. [Tubos fluorescentes Producción Unidad 10 0,01 RIP. [Pilas (recargables) Varios Unidad 10 0,001
Residuos sólidos urbanos (RSU) Corresponde a los desechos provenientes de las actividades domésticas.
Respecto del manejo de los residuos domésticos, el manejo de estos residuos contempla la recolección diaria en dos horarios (mañana y tarde) en bolsas plásticas de basura, las que serán depositadas en los contenedores o tachos dispuestos en la bodega de acopio temporal de residuos sólidos no peligrosos. En forma periódica (semanal), esos residuos serán retirados y dispuestos en Vertedero Municipal.
Residuos Sólidos industriales Estos corresponden a ARSU (kit sanitarios, bolsas de alimento, escobillones), RIS (mortalidad de
peces, lodo, cajas de poliestireno, envases plásticos), y RIP (pilas y tubos fluorescentes). El manejo de estos residuos industriales sólidos de la etapa de operación se describe a continuación:
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Asimilables a Residuos Sólidos Urbanos (ARSU)
Forman parte de esta clasificación, las bolsas de alimento vacías, kit sanitarios (capas plásticas, guantes de látex, cubrecalzado, mascarillas desechables), bolsas vacías de sal, escobillones, coladores o quechas, botas de goma. En el caso de las bolsas de alimento, se prioriza su reciclado a través de la devolución a proveedores de alimento, ya que ellos tienen convenios con Plantas de Reciclado, y por tanto como parte de sus procedimientos está contemplado el retiro de las bolsas vacías y pallet de madera. El acopio temporal de las bolsas de alimento, se realiza en las propias bodegas de almacenamiento de alimento, dado que son retiradas por los proveedores en los viajes de suministro de alimento.
El resto de residuos asimilables a residuos sólidos urbanos es recolectado en forma diaria, son acopiados en bodega especialmente habilitada para estos efectos y que cuenta con autorización sanitaria, para luego ser retirados y dispuestos en sitios autorizados sanitariamente.
Residuo Industrial Sólido No Peligroso (RIS) Mortalidad
La mortalidad que se genere en la operación normal de la piscicultura será tratada mediante un sistema de ensilaje, generando un producto estable, el que será retirado por empresas de servicios autorizadas y llevada a plantas reductoras mediante vehículos aljibes igualmente autorizados, para la elaboración de harina y aceite de pescado, o dispuestas en vertedero industrial autorizado sanitariamente.
Lodo
Se genera a partir de las fecas de peces y el alimento no ingerido. El lodo producto de la filtración y el agua de retrolavado, serán conducidos hasta un estanque donde se produce el proceso de decantación, y desde donde, será retirado por una empresa externa autorizada sanitariamente para ser dispuesto en sitio autorizado por la SEREMI de Salud. El retiro será con frecuencia mensual (1 retiro cada 30 días aproximadamente).
Cajas de poliestireno expandido
Las cajas de poliestireno expandido o plumavit se generan a partir del ingreso de ovas. Se tomarán precauciones adicionales en este procedimiento de forma de asegurar la correcta desinfección, según lo exige el Reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas (D.S. N*319/01) y el Programa de vigilancia epidemiológica - Programas Sanitarios Generales para peces. La desinfección se hará efectiva mediante el contacto con desinfectante de acción bacteriana, fungicida y viricida.
Las cajas de poliestireno expandido son acopiadas temporalmente en un lugar acondicionado para este efecto, y periódicamente son retirados por una empresa de servicio autorizada y dispuestos
en el sitio autorizado sanitariamente.
Tarros, bidones y bolsas plásticas de sustancias químicas
Se generan a partir del uso de sustancias químicas de uso veterinario. Una vez que ha sido utilizada la sustancia que contenía y dado que se usan en tratamientos y desinfecciones, los envases plásticos serán sometidos al procedimiento de triple lavado. El procedimiento de triple lavado tiene por objeto eliminar la peligrosidad del envase vacío y permitir el reúso de parte de los baldes y bidones generados, para contener materiales, herramientas, para la recolección de mortalidad de peces, recolección de basuras, y en ningún caso podrán ser utilizados para contener alimentos.
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Se priorizará la devolución a los proveedores de parte de estos envases vacíos, en la medida de lo posible, quienes como parte de sus procedimientos reutilizan estos mismos envases y/o tienen convenios con empresas recicladoras. Los envases y bolsas de sustancias que no puedan ser reusados o devueltos, serán despachados periódicamente a sitios de disposición final debidamente autorizados. La frecuencia de retiro de estos residuos para disposición en sitio autorizado variará de un retiro al mes a un retiro cada 3 meses.
Residuo Industrial Sólido Peligroso (RIP)
Los residuos peligrosos generados anualmente corresponden a envases vacíos de ácido fórmico, tubos fluorescentes y pilas. Estos residuos son acopiados temporalmente en un lugar acondicionado para este efecto, y periódicamente son retirados por una empresa de servicio autorizada y dispuestos en el sitio autorizado sanitariamente.
OTRAS EMISIONES
El proyecto Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo, no generará formas de energía, ni tampoco generará efectos de la combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos o generados por éste.
4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con: 4.1. Normativa Ambiental Aplicable
4.1.1. Normativa Ambiental General
4.1.1.1. Constitución Política de la República de Chile El Artículo 19, N2 8 de la Constitución asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y que es deber del Estado velar para que este derecho no sea
afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.
Cumplimiento de la norma:
El cumplimiento de lo señalado, se garantiza a través del cumplimiento de las distintas normas vigentes y el reconocimiento de la institucionalidad del estado, por ello, a través de lo declarado en la presente DIA, se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el proyecto Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo.
4.1.1.2. Ley N219.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, del Ministerio Secretaría General de La Presidencia, publicada el 09 de marzo de 1994, modificada por Ley N*20.417 que Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, del Ministerio Secretaría General de La Presidencia, publicada el 26 de enero de 2010.
Crea y desarrolla el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, las Nomas de Calidad Ambiental y las Normas de Emisión. El artículo 8 establece que los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 solo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente ley.
En tanto, el artículo 10 de la Ley señala que los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los señalados en las letras a) a la r) de este artículo. Los tipos de proyectos listados entre las letras a) a la r) requieren la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (ElA) o una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
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Entre los proyectos señalados, se encuentran:
Letra n) “Proyectos de explotación intensiva, cultivo, y plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos.
El artículo 11 de la Ley señala los tipos de proyectos o actividades enumeradas en el artículo precedente, que generan o presentan a lo menos uno de los efectos señalados en este artículo,
deberán elaborar un ElA. En caso contrario, deberán elaborar una DIA.
Cumplimiento de la norma:
Para cumplir esta normativa, el proyecto se ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental. La elaboración de una Declaración de Impacto Ambiental se justifica en que el proyecto no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley N?2 20.417 que Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente.
4.1.1.3. D.S. N230, Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental, del 03 de abril de 1997, del Ministerio Secretaría General de La Presidencia, modificado por el D.S. N295 del 07 de diciembre de 2002.
Establece las disposiciones por las cuales se regirá el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Así mismo, indica los Requisitos que deben cumplir las Declaraciones de Impacto Ambiental. El artículo 3 del Reglamento especifica con mayor detalle los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, deberá someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. En el artículo 3, la letra n) párrafo segundo y letra n.5), señalan que estos proyectos son de dimensiones industriales cuando:
Letra n), segundo párrafo “se entenderá por proyectos de cultivo de recursos hidrobiológicos aquellas actividades de acuicultura, organizadas por el hombre, que tienen por objeto engendrar, procrear, alimentar, cuidar y cebar recursos hidrobiológicos, a través de sistemas de producción extensivos y/o intensivos, que se desarrollen en aguas terrestres, marinas y/o estuarinas o requieran de suministro de agua, y que contemplen entre otros, a:
n.5) Una producción anual igual o superior a ocho toneladas (8 t), tratándose de engorda de peces; o el cultivo de microalgas y juveniles de otros recursos hidrobiológicos que requieran el suministro y/o evacuación de aguas de origen terrestre, marina o estuarina, cualquiera sea su producción anual”.
Letra 0), segundo párrafo “se entenderá por proyectos de saneamiento ambiental al conjunto de obras, servicios, técnicas, dispositivos o piezas comprendidas en soluciones sanitarias, y que corresponderán entre otros, a:
Letra 0.7) Sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos que traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de 100 personas en uno o más parámetros señalados en la respectiva norma de descargas líquidas;
Letra 0.8) del artículo 32 del Reglamento del SEIA: Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos” (asociado al tratamiento de mortalidades)”.
Cumplimiento de la norma:
Para cumplir esta normativa, el proyecto se ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental. La elaboración de una Declaración de Impacto Ambiental se justifica en que el proyecto no produce ninguno de los
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efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N2 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley N*20.417 que Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente.
4.1.2. Normativa Ambiental Sectorial 4.1.2.1. Agua
4.1.2.1.1. D.S. N2236, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, del Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión Social y Trabajo, publicado el 23 de mayo de 1926.
El reglamento se refiere (artículo 1) a la manera de disponer de las aguas servidas caseras, en las ciudades, aldeas, pueblos, caseríos u otros lugares poblados de La República, en que no exista red de alcantarillado público... que no puedan descargar sus aguas residuarias a alguna red cloacal pública existente.
El artículo 5 señala que en caso de infiltración en el terreno, las aguas servidas serán sometidas a un tratamiento de depuración que permita obtener un efluente libre de materia orgánica putrescible.
Cumplimiento de la norma:
La Piscicultura El Canelo, originalmente obtuvo la aprobación ambiental para un sistema de alcantarillado particular. Sin embargo, actualmente, cuenta con tres sistemas particulares de alcantarillado particular autorizados sanitariamente por la SEREMI de Salud de la Región de La Araucanía, mediante Resoluciones Exentas N“4188/2006, N4189/2006 y N*4190/2006. Los tres sistemas en conjunto, consideran una población servida de 38 habitantes con una dotación de 150 l/hab/día. Los sistemas aprobados consisten en un tratamiento de las aguas servidas mediante fosa séptica prefabricada e infiltración al terreno a través de drenes y pozo.
4.1.2.1.2. D.S. N*288, Reglamento sobre Sistemas de Tratamiento Primario de Aguas Servidas mediantes Estanque Sépticos Prefabricados, del Ministerio de Salud, publicado el 31 de mayo de 1969.
El artículo 6 señala que el efluente de los estanques sépticos deberá ir a un pozo absorbente o a un dren de infiltración, conforme a la reglamentación vigente.
Cumplimiento de la norma:
La Piscicultura El Canelo, originalmente obtuvo la aprobación ambiental para un sistema de alcantarillado particular: sin embargo, actualmente, cuenta tres sistemas particulares de alcantarillado particular autorizados sanitariamente por la SEREMI de Salud Región de La Araucanía, mediante Resoluciones Exentas N4188/2006, N4189/2006 y N*4190/2006. Los tres sistemas en conjunto, consideran una población servida de 38 habitantes con una dotación de 150 l/hab/día. Los sistemas aprobados consisten en un tratamiento de las aguas servidas mediante fosa séptica prefabricada e infiltración al terreno a través de drenes y pozo.
4.1.2.1.3. D.F.L. N2 725, Código Sanitario, del Ministerio de Salud, publicado el 31 de enero de 1968.
El artículo 71 señala que corresponderá al Servicio Nacional de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a:
- La provisión o purificación de agua potable de una población, y
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- La evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.
El artículo 73 señala que se prohíbe descargar las aguas servidas y los residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o para balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos.
El organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de estas normas, es la Secretaría Regional Ministerial de Salud correspondiente y la Superintendencia de Medio Ambiente.
Cumplimiento de la norma:
La Piscicultura El Canelo, cuenta con las siguientes autorizaciones sanitarias otorgadas por la SEREMI de Salud Región de La Araucanía:
-
Sistema particular de agua potable para consumo humano aprobado y autorizado mediante Resolución Exenta N*4187/2006;
-
Tres sistemas de alcantarillado particular aprobados y autorizados mediante Resoluciones Exentas N* 4188/2006, 4189/2006 y 4190/2006. Los sistemas aprobados consisten en un tratamiento de las aguas servidas mediante fosa séptica prefabricada e infiltración al terreno a través de drenes y pozo.
-
Sistema de tratamiento de aguas residuales industriales y tratamiento, almacenamiento y retiro de lodos no peligrosos, aprobado mediante Resolución Exenta N*18819/2009 para un caudal máximo de 2500 metros cúbicos hora que equivalen a 695 litros por segundo. Atendido que el proyecto en evaluación, considera dos filtros con capacidad para tratar un caudal máximo individual de 500 litros por segundo, más la incorporación que se realizará de un tercer filtro que cumplirá las funciones de respaldo ante falla de alguno de los equipos de operación permanente, se tramitará ante la SEREMI de Salud, la respectiva autorización sectorial.
Respecto al sistema de ensilaje, cuenta con pretil de contención para recolectar eventuales derrames y aguas residuales del lavado externo del sistema, los que serán acopiados temporalmente en una cámara o fosa estanca para luego desde ahí ser retiradas y transportadas por servicios autorizados hasta un lugar de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud. Se mantendrá un registro diario que dé cuenta de los volúmenes generados y dispuestos en lugares autorizados.
4.1.2.1.4. D.S. N2655, Reglamento de Higiene y Seguridad, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado el 7 de marzo de 1941.
El artículo 13 señala que las aguas servidas de carácter doméstico de las fábricas, establecimientos industriales, locales de trabajo y habitaciones o dependencias anexas deberán ser conducidas al alcantarillado público, o, en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares, en conformidad a los Reglamentos especiales vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
El artículo 15 establece que en ningún caso podrán incorporarse en los subsuelos o arrojarse en los canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas o embalses, o en masas O en cursos de agua en general, las aguas servidas de origen doméstico, los residuos o relaves industriales o las aguas contaminadas resultantes de manipulaciones químicas o de otra naturaleza, sin ser previamente sometidas a los tratamientos de neutralización, o depuración que prescriban en cada caso los Reglamentos sanitarios vigentes o que se dicten en el futuro.
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Cumplimiento de la norma:
La Piscicultura El Canelo, originalmente obtuvo la aprobación ambiental para un sistema de alcantarillado particular: sin embargo, actualmente, cuenta tres sistemas particulares de alcantarillado particular autorizados sanitariamente por la SEREMI de Salud Región de La Araucanía, mediante Resoluciones Exentas N4188/2006, N”4189/2006 y N*4190/2006. Los tres sistemas en conjunto, consideran una población servida de 38 habitantes con una dotación de 150 l/hab/día. Los sistemas aprobados consisten en un tratamiento de las aguas servidas mediante fosa séptica prefabricada e infiltración al terreno a través de drenes y pozo.
Respecto de los residuos líquidos industriales generados en el cultivo de peces, estos son previamente tratados mediante un sistema de filtros rotatorios más una desinfección ultravioleta, para luego ser descargados al Estero El Canelo. Se hace presente que no se descargarán residuos líquidos industriales sin previo tratamiento.
Respecto al sistema de ensilaje, cuenta con pretil de contención para recolectar eventuales derrames y aguas residuales del lavado externo del sistema, los que serán acopiados temporalmente en una cámara o fosa estanca para luego desde ahí ser retiradas y transportadas por servicios autorizados hasta un lugar de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud. Se mantendrá un registro diario que dé cuenta de los volúmenes generados y dispuestos en lugares autorizados.
4.1.2.1.5. D.S. N2 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, publicado el 29 de Abril de 2000.
Este reglamento, establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que debe cumplir todo lugar de trabajo.
Los artículos 12 y siguientes establecen que todo lugar de trabajo debe contar con agua potable destinada al consumo humano, la que independiente de su fuente de abastecimiento, debe cumplir con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia, los que están definidos en la Norma Oficial Chilena N*409/1 Of. 2005, sobre requisitos del agua potable.
Por su parte, los artículos 21 y siguientes establecen que todo lugar de trabajo debe estar previsto de servicios higiénicos.
El artículo 24 señala que en aquellas faenas temporales, donde no sea posible que los servicios
higiénicos se instalen a una red de alcantarillado, se pueden utilizar baños químicos, siendo, el transporte, habilitación y limpieza de éstos de responsabilidad del empleador.
Cumplimiento de la norma:
La Piscicultura El Canelo, cuenta con las siguientes autorizaciones sanitarias otorgadas por la SEREMI de Salud Región de La Araucanía:
-
— Sistema particular de agua potable para consumo humano aprobado y autorizado mediante Resolución Exenta N* 4187/2006;
-
Tres sistemas de alcantarillado particular aprobados y autorizados mediante Resoluciones Exentas N4188/2006, N4189/2006 y N*4190/2006. Los sistemas aprobados consisten en un tratamiento de las aguas servidas mediante fosa séptica prefabricada e infiltración al terreno a través de drenes y pozo.
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4.1.2.1.6. D.S. N290, Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales, publicado el 7 de marzo de 2001.
Establece la concentración máxima de contaminantes permitida para residuos líquidos descargados por las fuentes emisoras, a los cuerpos de agua marinos y continentales superficiales. Además establece que las fuentes emisoras deben realizar monitoreos de sus contaminantes descargados a los cuerpos receptores.
Cumplimiento de la norma:
La Piscicultura El Canelo, cuenta con Programa de Monitoreo de la Calidad del Efluente aprobado mediante Resolución Exenta. N2498/2010 por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, el cual se ejecuta satisfactoriamente cumpliendo los límites máximos permisibles establecidos en la Tabla 1 del DS N90/2000 para cada parámetro, incluido un caudal máximo de 1.000 litros por segundo. Si bien es cierto, el presente proyecto considera un aumento de producción que generará un aumento en la concentración de los parámetros, éstos se encuentran dentro de los límites máximos permisibles por esta norma.
4.1.2.1.7. D.S. N218.902, crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Economía, publicado el 27 de Enero de 1990.
El artículo 11B, señala que con a lo menos noventa días de anticipación a la entrada en operación de los sistemas de tratamiento, los establecimientos generadores de residuos industriales líquidos deberán dar aviso por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Los procesos y sistemas productivos tendrán el carácter de confidencial. El aviso a que se refiere el inciso primero informará acerca de los insumos, procesos y sistemas productivos, el sistema de tratamiento de los efluentes y sus sistemas de control, y tendrá por objeto sólo que la Superintendencia fije, mediante resolución, el plan de monitoreo e informes periódicos respectivos al fiscalizador.
Cumplimiento de la norma:
La Piscicultura El Canelo, cuenta con Programa de Monitoreo de la Calidad del Efluente aprobado mediante Resolución Exenta. N”2498/2010 por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, el cual se ejecuta satisfactoriamente cumpliendo los límites máximos permisibles establecidos en la Tabla 1 del DS N*90/2000 para cada parámetro, incluido un caudal máximo de 1.000 litros por segundo.
Se cuenta con un sistema de tratamiento de aguas residuales industriales que considera el almacenamiento temporal de lodos en un estanque decantador, desde donde serán retirados para luego ser dispuestos en un sitio de disposición final autorizado sanitariamente, cuyo sistema y procedimiento, se encuentran aprobados por la Autoridad Sanitaria mediante Resolución Exenta N*18819/2009, aprobación que contempla una capacidad de tratamiento para un caudal máximo de 2500 metros cúbicos hora que equivalen a 695 litros por segundo. Atendido que el proyecto en evaluación, considera dos filtros con capacidad para tratar un caudal máximo individual de 500 litros por segundo, más la incorporación de un tercer filtro que cumplirá las funciones de respaldo ante falla de alguno de los equipos de operación permanente, se tramitará ante la SEREMI de Salud, la respectiva modificación a la autorización sectorial vigente.
4.1.2.1.8. D.S. N%1, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, del Ministerio de Defensa, publicado el 18 de noviembre de 1992.
El artículos 2” prohíbe absolutamente arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen o puedan ocasionar daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional y en puertos, ríos y lagos. En artículos 136 prohíbe la introducción o descarga directa o indirecta a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional de materias, energía o
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sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie proveniente de establecimientos, faenas o actividades, sin tratamiento previo de los mismos que aseguren su inocuidad como factor de contaminación de las aguas.
Cumplimiento de la norma:
Se dará cumplimiento a la normativa. Los residuos sólidos generados por el proyecto serán debidamente manejados mediante acopio temporal en contenedores herméticos al interior de bodegas especialmente habilitadas para ello, para luego, ser dispuestos en sitios autorizados sanitariamente. Las aguas servidas serán saneadas mediante un sistema de alcantarillado particular, y los efluentes son tratados en un sistema de tratamiento con filtros rotatorios más una desinfección ultravioleta. No habrá descargas de efluentes sin un tratamiento previo.
4.1.2.1.9. D.F.L. N?2 1.122, Código de Aguas, del Ministerio de Justicia, publicado el 29 de octubre de 1981.
El artículo 14 señala que la extracción o restitución de las aguas se hará siempre en forma que no perjudique los derechos de terceros constituidos sobre las mismas aguas, en cuanto a su cantidad,
calidad, substancia, oportunidad de uso y demás particularidades.
El artículo 92 prohíbe botar a los canales substancias, basuras, desperdicios y otros objetos similares, que alteren la calidad de las aguas.
Cumplimiento de la norma:
El proyecto cumple lo indicado en el Código de Aguas. Mediante Resolución DGA N* 1146 de fecha 31 de octubre de 2012, la Dirección General de Aguas aprueba el proyecto y autoriza la construcción de bocatoma en el Estero El Canelo para un captar un máximo de 1.000 litros por segundo.
Las aguas serán restituidas al Estero El Canelo, previo tratamiento realizado mediante un sistema de filtros rotatorios.
Se respetará el paso el caudal ecológico establecido por la DGA, que es de 324 litros por segundo.
Se dará cumplimiento a la normativa. Los residuos sólidos generados por el proyecto serán debidamente manejados mediante acopio temporal en contenedores herméticos al interior de bodegas especialmente habilitadas para ello, para luego, ser dispuestos en sitios autorizados sanitariamente. Las aguas servidas serán saneadas mediante un sistema de alcantarillado particular, y los efluentes son tratados en un sistema de tratamiento con filtros rotatorios más una desinfección ultravioleta. No habrá descargas de efluentes sin un tratamiento previo.
4.1.2.2. Aire
4.1.2.2.1. D.S. N2 144, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza, del Ministerio de Salud, publicado el 18 de Mayo de 1961.
El artículo 1” señala que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán
captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.
Cumplimiento de la norma:
Las actividades de la piscicultura que pueden generar estas emanaciones se asocian al manejo y tratamiento de residuos sólidos (residuos de tipo domiciliarios y mortalidad) y semisólidos (lodos).
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El sobrenadante que se genera en el estanque decantador de lodos, será incorporado al sistema de tratamiento de riles.
No se podrán incorporar al sistema de tratamiento de riles, los residuos líquidos provenientes del sistema de ensilaje.
El proyecto considera un plan de control de olores y vectores.
Se han identificado los usos aguas abajo de la descarga y se ha entregado un modelamiento de los parámetros críticos aguas abajo en función de los usos previstos.
Artículo 91: la SEREMI de Salud, ha informado favorablemente el permiso ambiental sectorial, atendido que la Piscicultura El Canelo, originalmente obtuvo la aprobación ambiental para un sistema de alcantarillado particular. Sin embargo, actualmente, cuenta tres sistemas particulares de alcantarillado particular autorizados sanitariamente por la SEREMI de Salud Región de La Araucanía, mediante Resolución Exentas N4188/2006, N4189/2006 y N*4190/2006. Los tres sistemas en conjunto, consideran una población servida de 38 habitantes con una dotación de 150 l/hab/día. Los sistemas aprobados consisten en un tratamiento de las aguas servidas mediante fosa séptica prefabricada e infiltración al terreno a través de drenes y pozo.
Artículo 93: la SEREMI de Salud, ha informado favorablemente el permiso ambiental sectorial, en función de los siguientes requisitos que se requieren para su otorgamiento:
A. Aspectos Generales a.1) Definición del tipo de tratamiento:
Los únicos residuos sólidos que serán tratados antes de su disposición final, serán las mortalidades de peces.
El tratamiento de la mortalidad consiste en un procedimiento de transformación de la mortalidad mediante una molienda y adición de ácido fórmico hasta alcanzar y mantener un pH 4, en una mezcla homogénea. Se estima realizar retiros cada 6 meses.
Los residuos sólidos restantes, serán acopiados temporalmente en la piscicultura en bodegas especialmente habilitadas para ello y posteriormente, serán retirados y dispuestos en sitios debidamente autorizados.
a.2. Localización y características del terreno:
El proyecto se ejecutará en la Región de La Araucanía, Provincia de Cautín, Comuna de Melipeuco, específicamente en el predio identificado como Lote B del Fundo San Lorenzo, con Rol de Avalúo Fiscal N*305-173 inscrito a Fojas 4.259 vta. N25.058 del Registro de Propiedad del año 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, con una superficie de 4,68 hectáreas.
La red vial estructurante o principal vía de circulación, corresponde a la Ruta Internacional CH199 y la Ruta S-61, que conecta la ciudad de Cunco con Melipeuco. A la altura del kilómetro 70,6 de la Ruta S-61, se accede hacia el Norte a camino de acceso ripiado donde a los 1.200 metros aproximadamente, se encuentra el acceso al emplazamiento del proyecto.
El proyecto se desarrolla en zona de carácter rural, la superficie ocupada por el centro de cultivo es de 4,68 hectáreas, la que cuenta con autorización de cambio de uso de suelo para el desarrollo
de la actividad industrial de la piscicultura.
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a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos:
Los residuos generados por el proyecto, serán aproximadamente los siguientes:
Tipo Descripción Origen Eanazd snual Volames Unidad Valor | (m'/año)
RSU | Domésticos Personal Kilogramos 330 1,32 ARSU | Capas plásticas Sanitario Unidad 2.000 0,50 ARSU | Cubre calzados plástico Sanitario Pares 2.000 0,10 ARSU | Guantes de látex Sanitario Pares 2.000 0,10 ARSU | Bolsas de alimento Producción Unidad 9.600 2,00 ARSU | Mascarillas Sanitario Unidad 500 0,05 ARSU | Escobillones, coladores Producción Unidad 300 1,550 RIS | Plumavit Producción Unidad 20 1,20 RIS | Envases plásticos Sanitario Unidad 200 4,00 RIS | Mortalidad Ensilada Producción Unidad 18,00 RIS | Lodo Producción Retiros anuales 12 336,0 RIP. | Envases ácido fórmico vacíos 60 | Ensilaje Unidad 9 0,60 RIP. | Aceites usados o paños Generador Litros 2 0,002 RIP. | Lámparas UV Producción Unidad 6 0,02 RIP. | Tubos fluorescentes Producción Unidad 10 0,01 RIP | Pilas (recargables) Varios Unidad 0) 0,001
a.4. Obras civiles proyectadas y existentes:
No se proyectan nuevas obras civiles. El sistema de ensilaje cuenta principalmente con un triturador de 0,6 metros cúbicos, bombas de succión, un estanque de almacenamiento de la mortalidad ensilada o “Silo” de 15 metros cúbicos y un pretil de contención. La superficie que se utiliza es de 58 metros cuadrados y cuenta con barreras de protección, techo liviano y pretil de contención con una capacidad mínima de 12 metros cúbicos aproximadamente. Adicionalmente, contempla una cámara estanca para recibir los residuos líquidos industriales generados en el proceso de limpieza y desinfección del sistema de ensilaje y de los bins de apoyo al sistema, más los eventuales derrames que se generen dentro del pretil de contención.
a.5. Vientos predominantes: No aplica, debido al tipo de residuo, forma de acopio y características del recinto.
a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores:
El control de las emisiones se realizará de la siguiente manera: Control y Manejo de Material Particulado: durante la fase de operación se generará material
particulado, principalmente por el transporte del producto generado en el ensilaje, lo que será controlado a través de la solicitud de la revisión técnica al día de los medios de transporte.
Emisiones gaseosas y Partículas de los caminos: estas corresponden principalmente al transporte y para evitar su emanación se mantendrá húmedo el camino interior de la piscicultura.
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Olores y Vectores: No aplica, respecto del ensilaje debido a que una de las ventajas del sistema, es que prácticamente no producirá olores y no atraerá vectores. Respecto de los otros manejos de residuos, el proyecto contempla medidas de manejo de olores y control de vectores.
Ruidos: No aplica, debido a que el ruido que se generará en la etapa de operación, sólo se ocasionará durante la trituración de la mortalidad el que será bajo, puntual y con un corto periodo de duración durante el día (horario diurno).
Emisiones Líquidas: Durante la etapa de operación, se realizará limpieza y desinfección interna y externa de los equipos y circuitos de ensilaje, donde los residuos líquidos generados serán derivados a una cámara estanca que no deberá estar vinculada al sistema de tratamiento de residuos líquidos industriales.
La limpieza interna de los estanques de acumulación y triturador, se realizará al final de cada ciclo productivo o cuando se programe el retiro del ensilado y después de haber retirado todo el material ensilado. La limpieza consiste en realizar un raspado en seco utilizando una espátula para remover el ensilado adherido a las paredes internas de los estanques, y la aplicación de ácido fórmico, todo el material removido quedará como base para la siguiente carga de mortalidad que ingrese al sistema de ensilaje. Por tanto de la limpieza interna de los estanques no se generarán residuos líquidos.
Respecto de la limpieza y desinfección externa de los equipos y circuitos de ensilaje, se efectuará con un desinfectante autorizado. Todos los líquidos residuales (aguas de limpieza y desinfección del sistema y los eventuales derrames líquidos de productos químicos que se generen en el pretil de contención) deberán ser acopiados temporalmente en la cámara o fosa estanca que se implementará como componente del sistema de ensilaje para luego desde ahí ser retiradas y transportadas por servicios autorizados hasta un lugar de disposición autorizado por la SEREMI de Salud
a.7. Características hidrológicas e hidrogeológicas: No aplica, debido al tipo de residuo, forma de acopio y características del recinto.
a.8. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos:
El proyecto considera planes de contingencia que abarcan la protección de todo el personal, con el transporte, manejo y operación del manejo de residuos y del sistema de ensilaje en todas sus etapas, incluido eventuales derrames de ácido fórmico o mortalidad ensilada.
a.9. Manejo de residuos generados dentro de la planta:
Los residuos generados en la operación de la piscicultura, serán acopiados temporalmente dentro de la piscicultura y luego transportados y dispuestos en lugares autorizados. Se realizara el retiro y disposición final de cada tipo de residuo con las correspondientes autorizaciones sanitarias.
F. Tratándose del almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra A): f.1) Características del recinto:
El proyecto considera que los residuos generados sean acopiados temporalmente en bodegas localizadas en un sector especialmente habilitado para este fin y autorizado sanitariamente, para luego ser retirados por empresas de servicios autorizadas y transportados a sitios de disposición final autorizados. Las bodegas, tienen como características generales contar con: señalética, piso radier, pretil de contención, recinto cerrado, techo liviano.
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Artículo 94: la SEREMI de Salud, ha informado favorablemente el permiso ambiental sectorial, en función de que los requisitos que se requieren para su otorgamiento, están contenidos en la Adenda N?*1 los que están complementados con la DIA y Adenda N2.
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N219.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo” no genera ni presenta ninguno de los efectos, características y circunstancias. descritas en el artículo N11 letras a), b), c), d), e) y f) de la Ley N19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, desarrollados en los artículos 52, 62, 82, 9%, 102 y 112 del Título Il del Reglamento del SEIA, motivo por el cual, sólo procede presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), todo ello en conformidad al artículo 42 del mencionado Reglamento.
5.1. Con relación al Art. 11 letra a), Riesgo para la salud de la Población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.
Durante la evaluación se ha establecido que no se producen tales efectos toda vez que las aguas del Estero El Canelo, en el tramo evaluado, no existen derechos de agua para el consumo humano.
La principal emisión durante la etapa de operación del proyecto, está vinculada a sus residuos líquidos industriales los que se descargarán previamente tratados en el Estero El Canelo.
Los residuos líquidos industriales generados en las unidades de cultivo, serán conducidos hasta el sistema de tratamiento en donde serán sometidos a un proceso de filtración a través de 2 filtros rotatorios con paneles de 90 micras, de funcionamiento permanente, con el propósito de retener los sólidos en suspensión presentes en el agua a tratar. Para ello, el agua ingresa al interior del tambor donde a través de los elementos filtrantes que este posee, los sólidos suspendidos son atrapados y elevados hacia el sector de retrolavado del filtro, compuesto por un sistema de toberas, las cuales dirigen el agua a alta presión sobre el exterior de los paneles, desprendiendo los sólidos, los que caen al interior de una bandeja. El lodo depositado sobre la bandeja sale junto con el agua del sistema de retrolavado a través de la tubería de evacuación de lodos hacia un estanque contiguo al sistema de filtros rotatorios, donde los lodos serán decantados y almacenados temporalmente, y desde donde, serán retirados y traslados a sitio de disposición final autorizado sanitariamente. El sobrenadante generado en este proceso, será incorporado al sistema de tratamiento de residuos líquidos industriales.
Respecto del efluente de los tres sistemas de tratamiento particulares de aguas servidas, éste será infiltrado al terreno ante lo cual no existirán descargas directas a ningún cuerpo de agua superficial.
Durante la evaluación se han implementado sistemas de monitoreo en el efluente y cuerpo receptor, los que se encuentran descritos en la DIA y Adendas del proyecto, a fin de realizar un seguimiento continuo de las condiciones de operación del proyecto. Además, los antecedentes dan cuenta de que no existirían extracciones de agua para ser consumidas por seres humanos desde el Estero El Canelo en el tramo entre la restitución del efluente y su afluencia al río Peuco. Si existiría uso de bebida animal y vida acuática, los cuales no se verán afectados por la descarga del efluente del proyecto, según lo indica el modelamiento incluido en la Adenda 1, el que será verificado mediante el programa de monitoreo definido en los compromisos ambientales voluntarios.
Respecto al sistema de ensilaje, cuenta con pretil de contención de eventuales derrames y aguas residuales del lavado externo del sistema, para lo cual existen medidas de contingencias que se aplicarán ante un eventual derrame dentro y fuera del pretil de contención, para la mortalidad cruda, ácido fórmico y mortalidad ensilada. Teniendo en cuenta que existe posibilidad que aguas residuales contendidas en el pretil se mezclen con sustancias químicas (ácido fórmico o producto ensilado) que eventualmente sean derramadas dentro del pretil, todos los líquidos residuales que se generen en el pretil de contención serán acopiados temporalmente en una cámara o fosa
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estanca para luego desde ahí ser retiradas y transportadas por servicios autorizados hasta un lugar de disposición autorizado por la SEREMI de Salud, debiendo mantener un registro diario que dé cuenta de los volúmenes generados y dispuestos en lugares autorizados. En cuanto al proceso de ensilaje propiamente tal, corresponde a un ciclo cerrado y el producto será retirado desde el estanque de acopio mediante bomba que lo traspasará directamente a un camión tipo aljibe para disponerlo en Planta Reductora autorizada o Vertedero Industrial autorizado. Los envases vacíos de ácido fórmico, serán acopiados temporalmente en bodega que será autorizada sanitariamente y serán retirados directamente por el proveedor del producto o en su defecto, serán dispuestos en sitios autorizados sanitariamente.
Respecto de las emisiones atmosféricas, éstas se generarán principalmente durante la fase de operación, correspondiendo a material particulado y gases de combustión de vehículos producidos por el transporte de insumos y residuos. Para minimizar estos efectos, que tienen un carácter puntual y acotado, se considera la humectación de caminos, cubrimiento de la carga, exigir que los vehículos relacionados con el proyecto cuenten con su revisión técnica al día y establecer límites de velocidad máxima de circulación (20 Km/hora) en los caminos internos de la piscicultura.
Con relación a las emisiones de ruido, durante la operación del proyecto, existirán dos fuentes de generación siendo ellas el funcionamiento del triturador de mortalidad y el funcionamiento de los grupos electrógenos, donde la operación de los equipos no es constante y las emisiones se estiman que no se serán significativas.
El proyecto contempla generar residuos sólidos domésticos y residuos sólidos industriales del tipo peligroso y no peligroso, todos los cuales serán debidamente acopiados temporalmente en recintos autorizados sanitariamente, para luego ser retirados y dispuestos en sitios autorizados por la SEREMI de Salud.
Por último, el proyecto contempla planes de contingencias contenidos en los anexos de la DIA y que han sido complementados con las Adendas, donde se abordan el escape de peces, derrames de lodos, derrames de mortalidad cruda o ensilada, derrame de sustancias peligrosas o productos químicos, mortalidad masiva de peces, fallas en los sistemas de tratamiento de riles y ensilaje, cortes de energía eléctrica, caída accidental de alimento u otro material al agua, retraso en el retiro de los residuos sólidos, entre otros.
CONCLUSIÓN: Considerando que, la cantidad de residuos, emisiones y efluentes son adecuadamente manejados y que se dará cumplimiento con la normativa de emisión y manejo, junto a exigencias adicionales el proyecto no generará riesgos para la salud de la población en relación a la calidad y cantidad de estos residuos y efluentes.
5.2. Con relación al Art. 11, letra b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
La evaluación ambiental da cuenta que el proyecto no produce tales efectos toda vez que:
Componente Suelo
La Piscicultura El Canelo, fue aprobada ambientalmente mediante la Resolución Exenta N*1/2003 de la Comisión Regional del Medio Ambiente, instancia donde se estableció que su emplazamiento se realizaría en una superficie de 4,68 hectáreas, en zona rural de la comuna de Melipeuco.
El predio de emplazamiento identificado como Lote B del Fundo San Lorenzo, con Rol de Avalúo N305-173, cuenta con autorización de Cambio de Uso de Suelos otorgado mediante la Resolución N248/2003 de la SEREMI de Agricultura, según lo indicado en el artículo 55 de la LGUC.
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Las obras de modificación necesarias para alcanzar el aumento de producción propuesto, se encuentran construidas, operativas y emplazadas dentro de la superficie de la Piscicultura El Canelo. Por tanto, no se requiere realizar intervención sobre superficies de terreno que sean adicionales al actual emplazamiento de la piscicultura.
Componente Fauna
El proyecto corresponde a una ampliación de una piscicultura existente cuyas obras de ampliación se encuentran construidas y operativas. Durante la fase de operación del proyecto, no se contempla realizar intervención de flora, despeje de terrenos o intervención de cauces, que pudiesen implicar una alteración sobre la fauna presente en el sector.
Durante la etapa de operación del presente proyecto, el titular ha comprometido realizar un monitoreo biológico mediante bioindicadores (macroinvertebrados) para evaluar eventuales alteraciones lo que permitirá implementar las acciones necesarias para revertirlas.
Componente Flora
El proyecto corresponde a un aumento de producción de una piscicultura existente cuyas obras se encuentran construidas y operativas, con la excepción de la implementación de un tercer filtro rotatorio que cumplirá las funciones de respaldo. Durante la fase de operación del proyecto, no se contempla realizar intervención de flora (árboles, arbustos o matorrales).
Componente Agua
Tanto el efluente del proyecto como el cuerpo receptor, serán constantemente controlados y monitoreados:
Efluente: El proyecto queda obligado a controlar y dar cumplimiento a los siguientes límites máximos de los siguientes parámetros aludidos en el D.S. N90/2000: Caudal: 3.600 m3/hora; Temperatura: 35 C, Sólidos Suspendidos Totales: 80 mg/L, DBO5: 35 mg02/L, Cloruros: 400 mg/L, Aceites y Grasas: 20 mg/l, Fósforo: 10 mg/L, Nitrógeno Total Kjeldahl: 50 mg/L, Poder Espumógeno: 7mm. Sin perjuicio de otros parámetros definidos de acuerdo a la Tabla 1 y periodicidad instruida por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en la respectiva resolución de monitoreo.
Cuerpo Receptor: Con el propósito de resguardar los usos del cuerpo receptor existentes aguas abajo de la descarga del efluente del proyecto, el titular ha comprometido realizar en la fase de operación, el siguiente plan de vigilancia:
o, Coordenada UTM (WGS 84 H 18) Punto | Ubicación Norte Este 1 50 metros aguas arriba de la Bocatoma 2 100 metros aguas abajo de la descarga de efluente Parámetros pH Olor
Oxígeno Disuelto Nitrógeno Amoniacal
NCh 1.333.0f78:
Ñ un Conductividad Nitritos Vida acuática Zo s s a Sólidos Suspendidos Nitratos Uso recreacional con contacto |... : , : Sólidos Disueltos Fósforo directo A Bebid imal Sodio Porcentual Sulfatos ebida anim Turbiedad Cloruros Color Coliformes Fecales
N* de Muestras
2 (una en Punto 1 y otra en Punto 2)
Frecuencia
1 muestreo anual (marzo de cada año) durante toda la vida
útil del proyecto.
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Compuesta de 8 horas o según indique el procedimiento del
Tipo de muestra . laboratorio
Los informes de los monitoreos ejecutados, serán entregados a más tardar 60 días después de efectuado el monitoreo, vía formato papel al SAG, SEREMI de Medio Ambiente y Superintendencia de Medio Ambiente.
Informe
Otras medidas de Control:
El proyecto considera en la fase de operación, un monitoreo anual (marzo de cada año) del cuerpo receptor usando bioindicadores (macroinvertebrados) que se realizará en un punto control ubicado 50 metros aguas arriba de la descarga del efluente y en un punto de uso ubicado 100 metros aguas abajo de la restitución.
Durante la fase de operación del proyecto, se considera un seguimiento de los efectos producidos por aplicaciones de productos ictiosanitario, utilizando Test de Toxicidad con microalgas y Daphnia respectivamente, ensayos que serán realizados en forma sincronizada con tales productos
El sistema de ensilaje cuenta con pretil de contención de eventuales derrames y existen medidas de contingencias que se aplicarán ante un eventual derrame dentro y fuera del pretil de contención. Todos los líquidos residuales (aguas de limpieza y desinfección del sistema y los eventuales derrames líquidos de productos químicos que se generen en el pretil de contención) deberán ser acopiados temporalmente en la cámara o fosa estanca que se implementará como componente del sistema de ensilaje para luego desde ahí ser retiradas y transportadas por servicios autorizados hasta un lugar de disposición autorizado por la SEREMI de Salud
Durante la etapa de operación, el sobrenadante que se genera en el estanque de lodos, será incorporado al sistema de tratamiento de riles.
Durante toda época del año se mantendrán el caudal ecológico mínimo establecido por la DGA en su Resolución N21003/2002, para el Estero El Canelo que es afluente del Río Peuco a una distancia aproximada de 1,5 kilómetros aguas abajo de la descarga de la piscicultura.
Las aguas servidas que se generen en la fase de operación del proyecto, serán tratadas y luego infiltradas al terreno, no existiendo descargas sobre el estero El Canelo o algún otro cuerpo de agua superficial.
Componente Aire
Durante la operación del proyecto, existirán dos fuentes de generación de ruidos siendo ellas el funcionamiento del triturador de mortalidad y el funcionamiento de los grupos electrógenos, donde la operación de los equipos no es constante y las emisiones se estiman que no serán significativas.
El proyecto considera medidas adecuadas para el manejo de los residuos sólidos que se generarán durante la operación, los cuales serán acopiados temporalmente en recintos autorizados sanitariamente para luego ser retirados, traslados y dispuestos en lugares que cuentan con autorización de la SEREMI de Salud.
CONCLUSIÓN: Sobre la base de los antecedentes presentados, se considera que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
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5.3. Con relación al Art. 11, letra c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Revisados los antecedentes del proceso de evaluación se puede concluir que el proyecto no genera tales efectos negativos, toda vez que:
- Reasentamiento de Comunidades Humanas: El concepto de reasentamiento de comunidades humanas está dado por la pérdida del territorio común que condiciona la interacción de los miembros de un determinado grupo.
El proyecto en evaluación, no tiene la capacidad para generar tales efectos, toda vez que sus efectos están acotados al lugar de emplazamiento, y a la descarga de sus residuos líquidos los que serán previamente tratados, sin que se produzca invasión u ocupación de otros territorios ajenos a los evaluados.
En cuanto al componente territorio, el proyecto se encuentra construido y operando, y no se emplaza en tierra indígena según lo señalado en el artículo 12 de la Ley N*19.253, sino en un predio de propiedad privada que no producirá aumento o disminución en la densidad poblacional del sector.
En el sector existen comunidades mapuches emplazadas cerca del proyecto y corresponden a las Comunidades Indígenas Hilario Lienlaf, Francisco Huenchumil, Mariano Melillán y Juan José Ayenao. La distancia hacia la Comunidad Hilario Lienlaf que es la más cercana, es de 1.600 metros en línea recta. La distancia más cercana por el cauce, previa afluencia del Estero El Canelo al Río Peuco y de este al Río Allipén, de 3.700 metros hacia la Comunidad Mariano Melillán.
Referente a los sitios de significación cultural mapuche, se concluye que existen antecedentes de sitios culturales mapuches del tipo Eltún y Nguillatue, los que han sido reconocidos en la tradición cultural mapuche y que no son afectados significativamente al encontrarse localizados a más de 3.900 metros del proyecto. Las distancias en línea recta respecto del proyecto, son las siguientes:
Lugar Tradicional Comunidad Distancia apres:..del proyecto (metros)
Eltún Comunidad Mariano Melillán 3.900
Guillatúe Comunidad Mariano Melillán 4.400
Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto no entorpece o menoscaba el acceso de la comunidades del sector a los servicios de bienestar social básico que se encuentran presentes a más de 1.600 metros de distancia en línea recta y que se encuentran al lado Sur de la Ruta S-61 y del Río Allipén (barreras de separación entre el proyecto y las comunidades), dado que no se ejecutará ninguna intervención que obstaculice la Ruta S-61 que sirve de conexión entre Cunco y Melipeuco. Además, por las características del proyecto, se generará un tráfico vehicular bajo y poco significativo a consecuencia de la llegada de insumos necesarios para el proceso productivo, la salida de los residuos generados a sus sitios de disposición final y el transporte de peces, que corresponden a viajes que no son periódicos. Por tanto, no se entorpecerá el libre tránsito de las comunidades cercanas y tampoco, aumentarán significativamente los tiempos de desplazamiento de sus miembros, quienes se desplazan en vehículos particulares, bicicletas, caminando, o mediante el transporte público existente en el sector. Detalles del flujo vehicular vinculado al
proyecto:
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Cantidad Tipo de vehículo Actividad o Servicio de N? viajes/mes | Rutas utilizadas Vehículos
Camión aljibe c/ carro | Retiro de lodo 1 1a2 S-51, S-61, Ruta 5 Aljibe Retiro de ensilado tl 1 cadel2 S-51, S-61, Ruta 5
meses Camión % Retiro de RSU y asimilables 1 2 S-51, S-61, Ruta 5 Camión % Retiro residuo industrial 4 1 cada 3 S-51, 5-61, Ruta 5
sólido meses
en 5 :L
Camión % Retiro RESPEL 1 cada 8 [551 5-61, Ruta 5
meses Camión Cerrado Suministro alimento 1 1a 2 por mes |S-51, S-61, Ruta 5 Camión 3/4 Suministro oxígeno líquido 1 1a 2 por mes |S-51, S-61, Ruta 5 Camión 10 Toneladas | ninos sustancias 1 1 5-51, 5-61, Ruta 5
químicas
5% 52 1 cada 2 Camión 2.5 Toneladas | Recepción de ovas 1 S-51, S-61, Ruta 5
meses Camión 15 Toneladas | Traslado de peces 8 1 S-51, S-61, Ruta 5
La descarga del efluente del proyecto no presentará alteraciones significativas debido a que sus residuos líquidos serán siempre previamente tratados y ajustado a parámetros que están dentro de los límites permisibles de la Tabla N1 del D.S. N”90/2000. Con la finalidad de no afectar los usos aguas abajo se realizarán monitoreos durante la fase de operación del proyecto sobre el cuerpo receptor en función de los usos de bebida animal, vida acuática y recreacional con contacto directo y en caso de detectarse alteración en el cuerpo receptor, se activará plan de contingencia que considera disminuir el caudal, disminuir la alimentación, disminuir la biomasa en la eventualidad que se estime necesario y hacer limpieza del cauce.
La generación y manejo de los residuos sólidos del proyecto, se encuentra confinada exclusivamente dentro del sitio de emplazamiento del proyecto, y dada las características de acopio de lodos y mortalidad que se consideran, no se generarán emisiones significativas que puedan afectar la calidad del aire de las viviendas y sus habitantes cercanos (176 metros aproximadamente a vivienda más cercana), complementario a lo aludido el titular implementará una cortina forestal perimetral que fortalecerá el control de las eventuales emisiones fugitivas.
Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto no afectará otros usos productivos del sector, y no producirá reducción de la mano de obra local del sector, dado que la gran mayoría de los habitantes del sector, trabajan principalmente en la ciudad de Melipeuco o Cunco y en otras localidades aledañas.
Las comunidades cuentan con locomoción directa o cercana, todos los días de la semana, sus caminos de acceso se encuentran pavimentados, a excepción del de la Comunidad Juan José Ayenao, que cuenta con carpeta de ripio, todos en buenas condiciones, sin grandes restricciones en los meses invernales. La conectividad telefónica móvil es buena.
Las comunidades cuentan con diversas organizaciones comunitarias, además de comités de agricultores, juntas de vecinos y comunidades indígenas. Además, la Comunidad Hilario Lienlaf cuenta con un grupo de mujeres y la Comunidad Juan José Ayenao con un Club Deportivo. Las Comunidades Mariano Melillan, Francisco Huenchumil, Hilario Lienlaf, Antonio Huilipan y Juan José Ayenao cuentan con alguna Sede perteneciente a alguna de sus organizaciones sociales, que generalmente son ocupadas por todas las organizaciones de la respectiva comunidad.
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Solo parte de los predios controlados por familias mapuches, son utilizados para actividades agrícolas de subsistencia estratégica o de complemento a los ingresos salariales o por subsidios que perciben los hogares.
Las condiciones de operación de la actividad silvoagropecuaria, se ven afectadas por:
-
Transformación o reemplazo de suelos de cultivos tradicionales (monocultivos intensivos) por desgaste, o por baja o nula rentabilidad en áreas de explotación forestal.
-
Gran cantidad de unidades domésticas, de ascendencia indígena, controlando superficies y tecnologías inapropiadas para reproducirse, sin otra posibilidad que tender a empobrecerse o a depender de la venta de fuerza de trabajo y o de subsidios monetarios estatales para sobrevivir dignamente.
-
Instalación del patrón de empleo de las zonas más dinámicas del país, que privilegia la empleabilidad estacional precaria y expulsa la mano de obra en zonas como las del estudio, por carencia de fuentes de empleo permanentes.
-
Mayores exigencias de calidad de los productos y de aportes de trabajo y herramientas para las faenas contratadas por la gran y mediana agricultura a los trabajadores de origen campesino.
CONCLUSIÓN: Sobre la base del análisis del área donde se emplazará el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas a él, en cualquiera de sus fases, no producirá efectos adversos negativos sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, atendido a que no se afectará el desarrollo de actividades culturales presentes en el sector, no genera reasentamiento de comunidades, no se entorpece el libre tránsito de las personas, no se aumentan los tiempos de desplazamiento de las personas, no se obstaculiza el libre acceso a los servicios de bienestar social básico y no altera la densidad poblacional, toda vez que no se aumenta la mano de obra de la fase de operación.
5.4. Con relación al Art. 11, letra d) Localización próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
Revisados los antecedentes del proceso de evaluación se puede concluir que el proyecto no genera tales efectos negativos, toda vez que:
El proyecto no se emplaza en una Zona de Interés Turístico Nacional (ZOIT) en virtud del DL N*1224/75 del Ministerio de Economía.
El proyecto no se emplaza próximo a algún recurso protegido, ni tampoco afecta el valor ambiental del territorio, porque no realizará intervención al paisaje y no obstaculizará el acceso al turismo del sector, dado que el emplazamiento del proyecto contará con cortina forestal perimetral que minimizará la visibilidad del proyecto desde este u otros caminos del sector y su ubicación, se encuentra a 10.000 metros aproximadamente, de la ciudad de Melipeuco, que es el principal centro turístico de la zona.
El proyecto se encuentra construido y operando, y no se emplaza en tierra indígena según lo señalado en el artículo 12 de la Ley N*19.253, sino en un predio de propiedad privada
Respecto a población especial protegida, se ha analizado en literales anteriores la relación del proyecto y las Comunidades Hilario Lienlaf, Francisco Huenchumil, Mariano Melillán y Juan José Ayenao, estableciéndose que distancia hacia la Comunidad Hilario Lienlaf que es la más cercana, es de 1.600 metros en línea recta, y que la distancia más cercana por el cauce, previa afluencia del
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Estero El Canelo al Río Peuco y de este al Río Allipén, de 3.700 metros hacia la comunidad Mariano Melillán.
El análisis del literal 5.1, 5.2 y 5.3 de este informe, da cuenta que el Estero El Canelo sólo tiene uso para vida acuática hasta su afluencia con el Río Peuco y la de este con el Río Allipén. Al respecto, el titular ha identificado los usos aguas abajo de la descarga y no obstante que sólo existe uso para vida acuática, se realizarán monitoreos durante la fase de operación del proyecto sobre el cuerpo receptor en función de los usos de bebida animal, vida acuática y recreacional con contacto directo. En caso de detectarse alteración en el cuerpo receptor, se activará plan de contingencia que considera entre otras medidas, disminuir el caudal, disminuir la alimentación, disminuir la biomasa si se estima necesario y hacer limpieza del cauce.
Junto con lo anterior, durante la evaluación se han adoptado las medidas necesarias para tratar el afluente de la piscicultura y se ejecutará un programa de seguimiento con las medidas ambientales adecuadas con la finalidad de verificar el funcionamiento del proyecto.
CONCLUSIÓN: Sobre la base del análisis del área donde se emplazará el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas a él, en cualquiera de sus fases, no producirá efectos adversos negativos sobre la población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
5.5. Con relación al Art. 11, letra e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
De acuerdo a los antecedentes de la evaluación no se producen tales efectos, atendido al lugar de emplazamiento del proyecto se ubica a unos 10.000 metros aproximadamente, de la ciudad de Melipeuco, que es el principal centro turístico de la zona. Además, durante la evaluación se establece que el proyecto no entorpece el paisaje y el turismo del sector por cuanto se encuentra en un emplazamiento que contará con cortina forestal perimetral de especies nativas presentes en el lugar y distante a unos 1.200 respecto del camino Cunco a Melipeuco, lo que lo minimizará la visibilidad del proyecto desde este u otros caminos del sector.
Tampoco existirá afectación al valor paisajístico del Estero El Canelo, atendido que el área de influencia directa del proyecto, no será visible desde la ruta más próxima, que es el camino Cunco a Melipeuco, no afectando actividades turísticas o paisajísticas locales. Antecedentes que han sido visados y aprobados por el Servicio Nacional de Turismo, mediante oficio N*140 publicado con fecha 26 de junio de 2014.
CONCLUSIÓN: Sobre la base del análisis del área donde se emplazará el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas a él, en cualquiera de sus fases, no producirá efectos adversos negativos el valor paisajístico o turístico de la zona donde se pretende emplazar.
5.6. Con relación al Art. 11, letra f, alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.
De acuerdo a los antecedentes de la evaluación no se producen tales efectos, atendido lo siguiente:
a) El proyecto se encuentra construido y operando en su totalidad.
b) Es indispensable señalar que ante la posibilidad de que se registren hallazgos arqueológicos durante la fase de operación del proyecto, se deberá dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), de manera de proceder a evaluar su importancia y cumplir con la normativa vigente (Ley de Monumentos Nacionales N217.288).
Referente a los sitios de significación cultural para las comunidades identificadas en el sector, la evaluación concluye que no hay afección significativa a los 2 sitios detectados, todos ellos
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ubicados fuera del Área de Influencia directa del proyecto por lo que no serán afectados. Antecedentes que han sido ratificados por la CONADI, mediante oficio N*495 publicado con fecha 27 de agosto de 2014, detalle de los sitios analizados:
Lugar Tradicional Comunidad Distancia=pros, del proyecto (metros)
Eltún Comunidad Mariano Melillán 3.900
Guillatúe Comunidad Mariano Melillán 4.400
CONCLUSIÓN: Sobre la base del análisis del área donde se emplazará el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas a él, en cualquiera de sus fases, no genera la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el titular ha establecido los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
6.1.- El titular se compromete a realizar monitoreo de parámetros fisicoquímicos en el cuerpo receptor, bajo las siguientes condiciones:
o, Coordenada UTM (WGS 84 H 18) Punto | Ubicación Norte Este 1 50 metros aguas arriba de la Bocatoma 2 100 metros aguas abajo de la descarga de efluente Parámetros pH Olor A Disuel o : NCh 1.333.0f78: Oxigeno | sue to Nitrágeno Amoniacal . das Conductividad Nitritos Vida acuática Zi . , ; Sólidos Suspendidos Nitratos Uso recreacional con contacto Api Ñ 3 directo Sólidos Disueltos Fósforo habido animal Sodio Porcentual Sulfatos Turbiedad Cloruros Color Coliformes Fecales N* de Muestras 2 (una en Punto 1 y otra en Punto 2)
1 muestreo anual (marzo de cada año) durante toda la vida
útil del proyecto.
Compuesta de 8 horas o según indique el procedimiento del
laboratorio
Los informes de los monitoreos ejecutados, serán entregados
Informe a más tardar 60 días después de efectuado el monitoreo, vía formato papel al SAG, SEREMI de Medio Ambiente y
Superintendencia de Medio Ambiente.
Frecuencia
Tipo de muestra
6.2.- El titular se compromete a realizar durante la fase de operación del proyecto, un monitoreo de calidad de agua al cuerpo receptor usando Bioindicadores (Macroinverterbrados bentónicos) entregando densidad (Ind/m2) y listado de taxas encontradas con tres réplicas. El muestreo se realizará anualmente en periodo de estiaje (mes de marzo), durante toda la vida útil del proyecto. Para ejecutar el muestreo, se considera un punto control 50 metros antes de la bocatoma y otro de uso a 100 metros aguas abajo del punto de descarga del efluente de la piscicultura. Los informes de los monitoreos mensuales ejecutados, serán entregados a más tardar 60 días después de efectuado el monitoreo, vía formato papel al SAG, SEREMI de Medio Ambiente y Superintendencia de Medio Ambiente.
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6.3.- El titular se compromete a realizar durante la fase de operación del proyecto, un seguimiento de los efectos producidos por aplicaciones de productos ictiosanitario, utilizando Test de Toxicidad según Normas Chilenas N*2083. Of.1999 y N”2706 0Of.2002, con microalgas y Daphnia respectivamente, ensayos que serán realizados en forma sincronizada con tales productos. Los informes de los monitoreos mensuales ejecutados, serán entregados a más tardar 60 días después de efectuado el monitoreo, vía formato papel al SAG, SEREMI de Medio Ambiente y Superintendencia de Medio Ambiente.
6.4.- El titular se compromete a entregar un informe anual, que incluirá los resultados del monitoreo físico-químicos, macroinvertebrados bentónicos, toxicidad, biomasa de producción, periodos de uso y cantidad de desinfectantes (fechas), uso de antibióticos (fechas), retiro de lodos, monitoreo del efluente según SISS y manejo de caudales. Además, el informe incluirá un análisis de los resultados con sus respectivas medidas de corrección si correspondieren. El informe será entregado durante el mes de junio de cada año, vía formato papel al SAG, SEREMI de Medio Ambiente y Superintendencia de Medio Ambiente.
6.5.- Con el propósito de minimizar eventuales episodios de olores y ruidos, se implementará una cortina arbórea en todo el perímetro del proyecto, donde de preferencia se utilizarán especies nativas presentes en el lugar. Se velará por el éxito del prendimiento de la plantación.
6.6.- Ante la falla de una o más unidades filtrantes (filtros rotatorios), o que alguno de ellos sea sometido a mantenciones preventivas, se procederá a informar de estos hechos en forma inmediata a la Superintendencia de Medio Ambiente.
7.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de Proyectos Región de La Araucanía,
RESUELVE:
1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo”, presentada por el señor René Cárdenas González, en representación de Salmones Antártica S. A.
2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 74, 90, 91, 93 y 94 del D.S. N*95/2001 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
3.- Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 24” de la Ley N*19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, y en mérito de lo resuelto, ningún organismo del Estado podrá negar las autorizaciones, ni solicitar nueva información al proyecto, aduciendo razones de carácter ambiental.
4.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente con copia a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
5.- Que atendiendo a lo indicado en el artículo 82 de la Ley N2 19.300, sobre Bases del Medio Ambiente, "Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley", si su proyecto se pretende modificar, deberá evaluar si dicha modificación amerita su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
6.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía con copia a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales No Previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
7.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.
8.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE,
la HÚNMÁN po, SN
egional Ministerial de Medio pa . SEhuÉ (S) Comisión de Evaluación de Proyectos RHN Región de La Araucanía
irector Regioñal (S) icio de Evaluación Ambiental
Región de La Araucanía
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Distribución:
C/c:
Sr. René Cárdenas González
Superintendencia de Medio Ambiente
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Subdirección Nacional Temuco CONADI
llustre Municipalidad de Melipeuco
Gobierno Regional, Región de La Araucanía
SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía
SEREMI de Salud, Novena Región de La Araucanía SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía SEREMI de Medio Ambiente, Región de La Araucanía Dirección Regional CONAF, Región de La Araucanía Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucanía Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía
Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo Expediente del Proyecto "Modificación Proyecto Técnico Piscicultura El Canelo” Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía
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