Evaluación SEA

Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte

Rol 8177308
SEA · DIA · Aprobado · 2013-05-20 · Región de Antofagasta · Arcadia Generación Solar S.A.

Ds

0

12013

58d] Co

RESOLUCIÓN EXENTA N'2 ANTOFAGASTA, 08 ROV 20%

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20.417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.

  2. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte”, presentado por el Señor José Domingo Martínez Guirado, en representación de Helio Atacama Nueve SpA, con fecha 20 de Mayo de 2013.

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N? 485 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 07/06/2013; Oficio N” 41-EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 07/06/2013; Oficio N 65 sobre la DIA, por SEREMI Energía Región Antofagasta, con fecha 10/06/2013; Oficio N 01105 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Antofagasta, con fecha 10/06/2013; Oficio N 568 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 11/06/2013; Oficio N” 206/2013 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 12/06/2013; Oficio N 683/2013 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 12/06/2013; Oficio N” 699/2013 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 13/06/2013; Oficio N” 306 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Antofagasta, con fecha 13/06/2013; Oficio N” 469 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/06/2013; Oficio N” 355 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 13/06/2013; Acta de Evaluación N 35/2013 sobre la DIA, Reunión Comité Técnico de Evaluación, con fecha 14/06/2013; Oficio N” 64 sobre la DIA, por SEREMI Energía Región Antofagasta, con fecha 14/06/2013; Oficio N” 0745 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 14/06/2013; Oficio N 0323 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 18/06/2013; Oficio N” 2156 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 21/06/2013; Oficio N 751 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 10/08/2013; Oficio N” 316/2013 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 21/08/2013; Oficio N” 486 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 21/08/2013; Oficio N 613 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 21/08/2013; Oficio N 645 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 22/08/2013; Oficio N 0431 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 26/08/2013; Oficio N* 1437 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de

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Antofagasta, con fecha 27/08/2013; Oficio N” 982/2013 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 27/08/2013; Oficio N 361 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 28/08/2013; Oficio N 1027/2013 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 29/08/2013; Oficio N 3144 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 03/09/2013; Oficio N 950 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 11/10/2013; Oficio N 1211 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 14/10/2013; Oficio N 445 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 22/10/2013; Oficio N* 1884 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 30/10/2013.

  1. El Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte”.

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte”.

  3. El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 07 de Noviembre de 2013.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte”.

  2. Que, el derecho del titular del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte” está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adendas, el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte” consistirá en lo siguiente:

3.1 Descripción del proyecto.

El proyecto consistirá en la generación de energía eléctrica a partir de energía solar, a través de la instalación de una planta solar compuesta por paneles fotovoltaicos con una potencia de generación eléctrica de 85,33 MW. Debido a las pérdidas que se producen durante el proceso de conversión de la radiación solar en energía eléctrica, se instalarán 90,6 MW. El proyecto se llevará a cabo en cinco etapas.

Cabe señalar, que el presente proyecto no contempla la infraestructura de evacuación del Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte, que comprende la subestación elevadora y el tendido eléctrico de alta tensión.

3.1.1 Ubicación y mano de obra.

El proyecto se localizará en la Comuna de Taltal, Provincia y Región de Antofagasta, a aproximadamente 32 km al sureste de la ciudad de Taltal.

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El proyecto comprenderá una superficie total de 289,9 ha. Las coordenadas UTM del polígono de emplazamiento del proyecto se detallan en el ltem | del Adenda N” 1 de la DIA.

La mano de obra del proyecto se distribuirá en 167 personas promedio, con un máximo de 352 personas para la fase de construcción, en la fase de operación se requerirán en promedio 12 personas y para la fase de cierre se requerirán 15 personas.

3.1.2 Monto de la inversión. El monto de inversión corresponderá a US$ 190.260.000.- 3.1.3 Vida útil.

Contemplará 17 meses para la fase de construcción, 40 años para la fase de operación y 6 meses para la fase de cierre, contemplando un total de 41 años y 11 meses.

3.1.4 Definición de partes, acciones y obras fisicas del proyecto. La planta fotovoltaica estará compuesta por las siguientes instalaciones: a) Módulos generadores de energía.

a.1) Paneles fotovoltaicos: el proyecto contempla la instalación de 362.400 módulos fotovoltaicos, cada uno tendrá una potencia nominal de 240 W, agrupada en 180 paneles.

a.2) Estructura de soporte: los paneles estarán montados sobre unidades denominadas “tipo seguidor a un eje” (en adelante “seguidor”), el cual contará con un ángulo de inclinación entre 0? y 30”, sin embargo la elección definitiva del tipo de seguidor a instalar en el proyecto dependerá de las condiciones del mercado y de los avances tecnológicos. Mayores detalles se presentan en el numeral 2.7.7 de la DIA.

a.3) Cimentación de seguidores y edificios: consistirá en el montaje de las secciones de paneles solares mediante “tornillo de cimentación”, lo que permitirá fijar las estructuras de soporte de los paneles fotovoltaicos directamente al suelo. Cabe señalar que, la misma forma se utilizará para la construcción de edificios, tales como casetas prefabricadas donde se albergarán los edificios de los centros de transformación, etc. Mayores detalles se presentan en el numeral 2.7.13 de la DIA.

a.4) Inversor: corresponde a un equipo encargado de convertir la corriente continua de la planta generadora fotovoltaica en corriente alterna. Mayores detalles en numeral 2.7.8 de la DIA.

a.5) Transformador de poder elevador de tensión: corresponde a un equipo estático encargado de adaptar la energía de salida de los equipos inversores a los niveles de tensión de la red. Cabe señalar que los transformadores que se utilizarán serán de aislamiento en seco (encapsulado seco), por lo que no contendrán aceites y siliconas, siendo inexistente el riesgo de derrames. Mayores detalles en numeral 2.7.9 de la DIA.

a.6) Centros de trasformación: corresponderá a un edificio que será prefabricado en hormigón, sus características se detallan en el numeral 2.7.10 de la DIA.

a.7) Instalaciones de enlace: consisten en todos los elementos de la instalación de baja y media tensión que permiten la conexión de las instalaciones de generación con la red de distribución, la cual estará compuesta por un cuadro general de baja tensión (BT), centro de seccionamiento y contadores. Mayores detalles se describen en el numeral 2.7.11 de la DIA.

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a.8) Cableado: contemplará cableado del tipo corriente continua y alterna. Mayores detalles en numeral 2.7.12 de la DIA.

b) Camino de acceso, caminos internos y perimetrales: se considera la habilitación de un camino permanente de acceso a las obras del proyecto a través de la Ruta 5 en el kilómetro 1.107, de aproximadamente 3,8 km de longitud. Las coordenadas de inicio y término del camino de acceso se muestran en el ítem | pregunta 1 del Adenda 2 de la DIA.

Además, se contempla habilitar caminos internos y perimetrales a modo de viales para el desplazamiento de vehículos ligeros. Los caminos principales y perimetrales tendrán un ancho de 3 m y una longitud total de 12.970 m, estos caminos principales serán tratados con bischofita. Los caminos internos serán humectados y compactados, tendrán un ancho de 3 m y una longitud total de 12.100 m.

c) Cerco perimetral: corresponde a un cercado de acero galvanizado de al menos 2 m de altura, que estará construido sobre pilares enterrados de acero galvanizado con bases de hormigón de 25 a 30 centímetros de profundidad, que bordeará el perímetro de la instalación solar fotovoltaica.

Con la finalidad de evitar que fauna silvestre ingrese al terreno de emplazamiento del proyecto, se abrirá una zanja entre pilares con una profundidad de 20 centímetros, para luego enterrar en forma paralela al cerco perimetral un retazo de malla que recorrerá la longitud total del cerco perimetral.

d) Edificio de viviendas: consistirá en un edificio que alojará a los técnicos y personal de mantenimiento en la fase de operación, este edificio tendrá una capacidad para alojar 12 personas. Mayores detalles en el numeral 2.7.14 de la DIA.

e) Zona de oficinas: conjunto de instalaciones donde se ubica la administración y sala de control del proyecto. Comprenderá una superficie de 144 m?. Las coordenadas UTM del polígono de emplazamiento de las oficinas se detallan en el ltem | del Adenda N* 1 de la DIA.

f) Zona de Estacionamientos: lugar para el aparcamiento de vehículos, conformados para recibir vehículos livianos (camionetas y camiones) para el mantenimiento y funcionamiento de la planta fotovoltaica. Comprenderá una superficie de 87 m”. Las coordenadas UTM del polígono de emplazamiento de los estacionamientos se detallan en el Ítem | del Adenda N' 1 de la DIA.

9) Zona de taller de mantenimiento: zona destinada a labores de mantenimiento y reparación, este taller dispondrá de un piso debidamente impermeabilizado y equipado con un sistema de recogida de aguas. Comprenderá una superficie de 30 m?. Las coordenadas UTM del polígono de emplazamiento del taller se detallan en el Ítem | del Adenda N” 1 de la DIA.

h) Zona de contenedores: la zona de contenedores será destinada al acopio temporal de los residuos sólidos domiciliarios (RSD) de la zona de viviendas y oficinas. Comprenderá una superficie de 30 m? Las coordenadas UTM del polígono de emplazamiento de la zona de contenedores se detallan en el Ítem | del Adenda N? 1 de la DIA.

i) Zona control de acceso: control de acceso a la planta fotovoltaica con barrera con garita de seguridad para dos guardias. Comprenderá una superficie de 9 m?. Las coordenadas UTM del polígono de emplazamiento de la zona de control de acceso se detallan en el Ítem | del Adenda N” 1 de la DIA.

Además, está contemplada la instalación de un estanque de almacenamiento de agua potable con un volumen de 2.350 litros con una regulación diaria.

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3.1.5 Fase de Construcción

La fase de construcción tendrá una duración de 17 meses y estará compuesta por: 3.1.5.1 Actividades de construcción

a) Obras civiles.

Se ejecutarán las obras que se listan a continuación:

Camino de acceso, caminos internos y perimetrales, y cerco perimetral. Preparación del terreno.

Excavación y relleno de zanjas de baja y alta tensión y de arquetas.

Excavación de los pozos de cimentación.

Cimentación de seguidores y edificios.

Obras civiles auxiliares para centros de transformación, caseta de inversores, cajas de protección, iluminación y seguridad pasiva, etc.

e Edificios necesarios para la ubicación de los equipos, sub estación, centros de transformación, inversores, celdas, viviendas, etc.

Cabe señalar que, todas esta actividades se realizarán con motoniveladoras, cargadores, excavadoras y retroexcavadoras. Mayores detalles del movimiento de tierra se detallan en la tabla N* 2.7.13 de la DIA.

b) Obras temporales.

Para la construcción del proyecto se contempla la ejecución de las siguientes instalaciones y obras temporales:

  • Sitio de almacenamiento temporal del material excedente de las excavaciones.

e Instalación de faenas: con una superficie máxima de 1,5 ha., donde se instalarán oficinas, bodegas y talleres. Estas instalaciones serán del tipo modulares móviles.

  • Bodega de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos.

3.1.5.2 Insumos

a) Hormigón: se contempla la instalación de una planta mezcladora de hormigón in- situ con una capacidad de producción de 26 m'/h, la cual contará con filtro de manga y métodos para la recolección del agua del proceso, para reutilizarla en la producción del hormigón. Mayores detalles en Anexo 9, lámina 2 de la DIA.

b) Combustible: los equipos electrógenos y la maquinaria utilizarán como combustible Diesel. Se considera la instalación de 2 estanques de almacenamiento de combustibles, con un surtidor de 900 | cada uno, con una capacidad de almacenamiento de 10 días, y un suministro para todo el proyecto de 35.700 1. Mayores detalles del plan de contingencias ante derrame de combustible se detallan en el anexo 2 del Adenda N? 1 de la DIA.

c) Lubricantes: se utilizará eventualmente y en forma esporádica lubricante y alcohol para el mantenimiento de herramientas y partes del proyecto. Se estima utilizar una cantidad máxima de 0,135 ton/mes de lubricante y alcohol. No se contempla el almacenamiento de estas sustancias. Las herramientas y partes a mantener durante la construcción se describen en el ítem | pregunta 4 del Adenda 2 de la DIA.

d) Agua potable: el proyecto considera la instalación de 2 estanques de agua potable con una capacidad de volumen de 40.000 | cada uno.

e) Electricidad: se contempla la utilización de 15 equipos generadores de 1050 kVA en total, con un factor de utilización de 0,6 lo que da un total de 630 kW de potencia.

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En la tabla N* 2.5 de la DIA se detallan las cantidades de los insumos requeridos para la fase de construcción del proyecto.

Por otra parte, el transporte de insumos y residuos no forma parte del presente proyecto, lo que será realizado por empresas autorizadas.

3.1.6 Fase de operación

La fase de operación tendrá una duración de 40 años y considera la generación de electricidad, las labores de monitoreo, vigilancia y mantenimiento, para lo cual se considera:

a) Verificación y puesta en marcha inicial: consistirá en la verificación de los parámetros y puesta en marcha de los seguidores.

b) Vigilancia y control de accesos: esta actividad se realizará durante las 24 horas del día, y corresponderá a:

e Control de entrada y salida de personas, vehículos y materiales. e Vigilancia cuyo objetivo será verificar que no existan actos vandálicos.

Cc) Mantenimiento preventivo y limpieza:

  • Revisión y mantenimiento de equipos.

e Engrase del sistema y partes críticas de los seguidores en forma trimestral.

e Revisión visual diaria de todos los paneles, inversores, transformadores y seguidores.

e Limpieza de paneles anualmente y en casos puntuales debido al alto índice de suciedad. Esta limpieza se realiza principalmente en seco para retirar el polvo que se deposita en las placas fotovoltaicas, por lo cual no se necesitará agua.

  • Ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de la infraestructura.

  • Análisis termográfico, etc.

d) Mantenimiento correctivo: se contará con personal capacitado el cual pueda actuar ante algún tipo de incidentes imprevistos, durante las 24 hr.

3.1.6.1 Insumos

a) Agua potable: se contempla la instalación de un estanque de almacenamiento de agua potable con un volumen de 2.350 litros con una regulación diaria.

b) Almacenamiento de materiales y recambios: consistirá en el servicio de control y almacenaje del stock de materiales y recambios que necesite la planta.

3.1.7 Fase de cierre

El proyecto no contempla como tal una fase de cierre, sino un recambio o actualización

de tecnologías y materiales. En caso de realizar una fase de cierre, ésta tendrá una

duración de 6 meses y contemplará lo siguiente:

  • Desmantelamiento de los elementos que constituyen la planta fotovoltaica (paneles fotovoltaicos, inversores, etc.).

  • Restauración de las zonas intervenidas.

Mayores detalles se presentan en numeral 2.10 de la DIA.

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3.2 Emisiones, descargas y residuos 3.2.1 Emisiones a la atmósfera

Las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán solamente en la fase de construcción del proyecto, principalmente por movimientos de tierra para la construcción de las obras, transferencias y movimientos de material, combustión de vehículos y maquinaria, grupos electrógenos y el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.

Para cuantificar las emisiones asociadas al proyecto, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión 8 AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose un máximo de 24,18 ton/año de material particulado, mientras que en lo que se refiere a los equipos electrógenos sus emisiones se cuantificaron en 0,084 ton/año de material particulado MP10; 0,020 ton/año de material particulado MP 2,5; 0,518 ton/año de CO; 2,40 ton/año de NOx y 0,127 ton/año de SOx. Mayores detalles de la cuantificación de las emisiones, se presentan en el Anexo N? 4 de la DIA.

Para el control de las emisiones, el proyecto contemplará las siguientes medidas:

  • Aplicación de bischofita u otro similar en los caminos de circulación no pavimentados al interior del proyecto y en camino de acceso. En la pregunta 1.12 del Adenda 1 de la DIA se señalan las coordenadas de los caminos que serán tratados.

  • —Humectación de las superficies interiores de la obra, con una frecuencia de 5 veces día. Además, se humectarán los caminos interiores a los cuales no se aplicará bischofita. En la pregunta 1.12 del Adenda 1 de la DIA se señalan las coordenadas de los caminos que serán humectados.

  • Mantener humectadas las superficies interiores de la obra, previo a trabajos de excavación, remoción de material, limpieza y cuando se produzca mayor desplazamiento interno de vehículos y camiones.

e Los equipos y maquinarias serán manejados con precaución y a velocidad moderada (20 km/h).

e. Verificación que los camiones sean cargados manteniendo una distancia mínima en el borde de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta de la lona.

  • Los camiones serán cubiertos por una lona hermética.

Aunque no se identificaron fuentes emisoras de material particulado significativas en la fase de operación, las emisiones asociadas al movimiento de vehículos se estiman en 0,449 ton/año. Para el control de las emisiones, se realizará una mantención de los caminos en los cuales se aplicó bischofita.

3.2.2 Emisiones de ruido

Se generará ruido sólo en la fase de construcción, debido a las faenas de construcción y al funcionamiento de maquinaria y equipos.

Cabe señalar que los equipos electrógenos (15 equipos como máximo), se aprovisionará cada uno con container insonorizado y aislado.

Como las fuentes de emisión se encontrarán en una zona en la cual no existe presencia de centros poblados o eventuales receptores, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente.

Mayores detalles, en el anexo 4 del Adenda N” 1 de la DIA.

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3.2.3 Residuos líquidos

Los residuos líquidos de carácter doméstico en las fases de construcción, operación y cierre corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, totalizando 1.302 m'/mes en la fase de construcción, 54 m%/mes en la fase de operación y 54 m*/mes en la fase de cierre.

Para su tratamiento, en la fase de construcción se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo y se instalarán dos fosas sépticas (de capacidad de 42 m? y 22 m?). Mientras que en las fases de operación y cierre se instalará una fosa séptica de 3,5 m* de capacidad.

Al respecto, los baños químicos portátiles y las fosas sépticas serán operados por una empresa autorizada, la cual deberá contar con las autorizaciones pertinentes y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar autorizado (planta de tratamiento de aguas servidas de Taltal).

Respecto a los residuos industriales líquidos, durante la operación del proyecto se generarán 1,5 m*/mes de residuos provenientes del lavado de los equipos en el taller de mantenimiento. Este residuo líquido será acumulado en un Depósito estanco. Se espera que el agua recuperada en el estanque de acumulación pueda ser recirculada en las labores de lavado o como alternativa disponer de esta agua residual en camiones cisternas para ser aplicada en caminos interiores de la planta fotovoltaica. El líquido resultante de la limpieza cumplirá con todos los parámetros de la NCh. 1333 Of 78 de riego, uso recreativo y mantención de la vida acuática.

3.2.4 Residuos Sólidos a) Residuos sólidos asimilables a domésticos

Los residuos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, aluminio, etc., estimándose una generación aproximada de 7,4 ton/mes en la fase de construcción, 0,36 ton/mes en la fase de operación y 0,45 ton/mes en la fase de cierre. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores y trasladados por una empresa autorizada para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

b) Residuos sólidos industriales

Los residuos sólidos industriales generados corresponderán a restos de materiales de la construcción y montaje de equipos. Estos residuos se clasificarán en:

  • Residuos industriales sólidos no peligrosos: corresponderán a maderas, plásticos, metales de construcción, etc.

  • Residuos industriales sólidos peligrosos: corresponderán a aceites usados, lubricantes, paños de limpieza, etc.

Respecto de los residuos sólidos industriales no peligrosos, se estima que se generará una cantidad de 81,79 ton/mes en la fase de construcción, 0,62 ton/mes en la fase de operación y 10.000 ton en la fase de cierre, los que serán dispuestos temporalmente en contenedores en el patio de salvataje y posteriormente serán trasladados por una empresa autorizada para ser depositados finalmente en un sitio autorizado o empresa de reciclaje.

La cantidad de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará, será de 1,5 ton/mes en la fase de construcción y 0,125 ton/mes en la fase de operación y serán dispuestos temporalmente en bidones metálicos sellados y trasladados por una

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empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, para ser depositados finalmente en sitios autorizados.

Para mayor detalle, ver numeral 1.14 del Adenda N? 1 de la DIA.

  1. Que el titular se ha comprometido a:

a) Informar a la Dirección Regional de la DGA el nombre del proveedor del recurso hídrico.

b) Indicar la ubicación exacta de las fuentes de agua consideradas y las autorizaciones respectivas a la Dirección Regional de la DGA.

Cc) Mantener un registro y control sobre el punto de abastecimiento de agua industrial, el cual será remitido a la Dirección Regional de la DGA al inicio de la etapa de construcción, y luego en forma trimestral. Los camiones aljibes que transportarán el agua industrial al proyecto incluirán la documentación que permite tal extracción.

d) Contratar mano de obra local, dando la prioridad a las personas de la ciudad de Taltal.

e) Implementar y desarrollar capacitaciones ambientales en colegios de la comuna de Taltal, en los que dará a conocer a la comunidad escolar los beneficios del uso de las Energías Renovables, y en especial de la solar.

f) Capacitar a los trabajadores, sobre materias como montaje de estructuras y paneles solares, así como medidas de seguridad y riesgos en el trabajo.

g) Se impartirán charlas de inducción educativas de cuidado y valoración del patrimonio cultural, que deberán darse a todos los trabajadores involucrados en las distintas fases del proyecto, especialmente al personal relacionado directamente con las actividades de terreno como obreros, jornales, operadores de maquinaria pesada, capataces y supervisores.

h) Se implementará un monitoreo arqueológico permanente en los frentes de trabajo durante la fase constructiva y liberaciones de área para su intervención previo comunicación al Consejo de Monumentos Nacionales para su pronunciamiento. El profesional o licenciado a cargo deberá hacer entrega de un informe mensual con las actividades de monitoreo desarrolladas, el que además dará cuenta de los nuevos hallazgos que fueran detectados durante las labores desarrolladas.

i) Las edificaciones serán construidas con un diseño y materiales afín a la arquitectura regional, en armonía con el paisaje, usando colores que se mimeticen con el ambiente.

j) Inducir al personal a no alimentar animales como perros vagos ni a ningún otro animal, durante la construcción y operación, ello en atención a la protección de la biodiversidad así como por razones sanitarias y de seguridad.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

Con respecto a la Ley N* 17.288/1970 Ministerio de Educación, que legisla sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, aprobado por D.S. 484/1990, se han establecido las siguientes medidas:

  • Se entregará un informe elaborado por un arqueólogo, en el que realice un análisis con el estado de conservación de los sitios arqueológicos, acompañado con el respectivo registro fotográfico de cada uno de los eventos de tallas registrados.

  • Se realizará un monitoreo arqueológico durante las obras que impliquen la realización de movimiento de tierra y escarpes, a esto se suma la entrega de un informe mensual a la Superintendencia del Medio Ambiente con toda la información requerida. Además, se elaborará un informe final con la recopilación de todas las actividades de monitoreo realizadas.

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+. Se implementará un monitoreo arqueológico permanente, durante todas las obras que impliquen movimiento de tierra incluyendo los escarpes, por un arqueólogo o licenciado en arqueología. Se remitirá un informe mensual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que incluirá:

a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

b) Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

c) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad.

e Realizará charlas de inducción previa a la construcción de las obras del proyecto a los trabajadores, la cual quedará registrada en los informes, en conjunto con la lista de asistencia a cada actividad, lo cual será realizado y supervisado por un arqueólogo.

  1. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte” requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contenidos en los artículos N? 76, 90, 93, 94 y 96 del Decreto Supremo N? 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los Permisos Ambientales Sectorial contenidos en el artículo N 90, 93 y 94, fueron informados favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta, y el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 96, fue informado favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Antofagasta para el cambio de uso de suelo por una superficie total de 267,79 has.

  2. Que, con respecto al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 76, el titular realizará un cercado y señalización con malla metálica y plástica para los eventos de talla 01, 10, 11,12 y 13. El cercado será de tipo visible simple (mallas y postes) de 1,20 m de altura. El cercado se implementará en un perímetro con un buffer de 10 m alrededor de los hallazgos de acuerdo a la dispersión superficial de material arqueológico o del límite de las estructuras. El cerco será instalado previo al inicio de la fase de construcción el cual durará hasta el final de esta fase.

Al respecto, el Consejo de Monumentos Nacionales señaló que “El titular ha entregado los antecedentes requeridos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. N 76 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del D.S. N 95/2001 —referente a intervenciones en sitios arqueológicos- en el caso que el proyecto llegase a ser aprobado ambientalmente, deberá ser tramitado por un arqueólogo profesional ante el Consejo de Monumentos Nacionales.”

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

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  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las fases del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  2. Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas por ésta.

  3. Que, para que el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo coordinador de la fiscalización que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.

  6. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un/a tercero/a.

  7. Que, esta Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse sobre los aspectos ambientales del proyecto, por lo cual su decisión no es vinculante con cualquier trámite posterior destinado a la obtención del terreno para que el proyecto se pueda ejecutar.

  8. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta

RESUELVE:

  1. CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte”, presentado por Helio Atacama Nueve SpA.

  2. DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adendas, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 11/12

Servicio de Evaluación Ambiental.

  1. CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Pampa Solar Norte” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 76, 90, 93, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300.

Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.

gión de Antofagasta

1 MO ASTÉN GONZÁLEZ fectoraR al SEA US ecretaria

isión de Evaluación Región de Antofagasta

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Distribución:

Proponente.

Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Expediente proyecto.

Archivo Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta.

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