Ampliación y Modernización Planta Prillex América
Servicio de Evaluación Ambiental
Gobierno de Chile
0043
RESOLUCIÓN EXENTA N?* 12014 ANTOFAGASTA, 2 4 ENE2014
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N” 20.417 de fecha 26 de enero de 2010, el Decreto Supremo N? 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N” 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.
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El Estudio de Impacto Ambiental y sus Adenda del proyecto “Ampliación y Modernización Planta Prillex América”, presentado por el Señor Juan Andrés Emáaxri en representación de ENAEX S.A., con fecha 7 de Mayo de 2013, al Sistema de Evaluación dé Impacto Ambiental.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Con relación al Estudio de Impacto Ambiental:
Oficio N 12.600/118 sobre la ElA, por Gobernación Marítima de Antofagasta, con fecha 10/06/2013; Oficio N 215/2013 sobre la ElA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 18/06/2013; Oficio N” 4548 sobre la ElA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 18/06/2013; Oficio N? 344 sobre la ElA, por Ilustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 19/06/2013; Oficio N 479 sobre la ElA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 19/06/2013; Oficio N 747/2013 sobre la ElA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 24/06/2013; Oficio N 527 sobre la ElA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 25/06/2013; Oficio N 379 sobre la ElA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 25/06/2013; Oficio N” 743/2013 sobre la ElA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 26/06/2013; Oficio N 0342 sobre la ElA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 26/06/2013; Oficio N 326 sobre la ElA, por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Antofagasta, con fecha 27/06/2013; Oficio N 871 sobre la ElA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 28/06/2013; Oficio N 617 sobre la ElA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 28/06/2013; Oficio N? 2343 sobre la ElA, por Dirección Regional Servicio Nacional de. Pesca y Acuicultura, Región de Antofagasta, con fecha 02/07/2013; Oficio N” 1507 sobre la ElA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 10/07/2013; Oficio N 01497 sobre la ElA, por Gobierno Regional, Región de Antofagasta, con fecha 06/08/2013.
3.2. Con relación al Informe de Respuestas al 1? Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:
Oficio N 880 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 24/09/2013; Oficio N” 724 sobre el Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 01/10/2013; Oficio N 1182 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 07/10/2013; Oficio N?
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785 sobre el Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 09/10/2013; Oficio N 604 sobre el Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 09/10/2013; Oficio N 473/2013 sobre el Adenda 1, por llustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 10/10/2013; Oficio N” 0583 sobre el Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 10/10/2013; Oficio N 3138 sobre el Adenda 1, por Dirección Regional Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Antofagasta, con fecha 11/10/2013; Oficio N 1239/2013 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 14/10/2013; Oficio N 1761 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 15/10/2013; Oficio N 1239/2013 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 16/10/2013; Oficio N 2351 sobre el Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 17/10/2013; Oficio N 12.600/210 sobre el Adenda 1, por Gobernación Marítima de Antofagasta, con fecha 18/10/2013.
3.3. Con relación al Informe de Respuestas al 2” Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:
Oficio N 0683 sobre el Adenda 2, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 03/12/2013; Oficio N 766 sobre el Adenda 2, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 20/12/2013; Oficio N” 533/2013 sobre el Adenda 2, por llustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 23/12/2013; Oficio N” 3806 sobre el Adenda 2, por Dirección Regional Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Antofagasta, con fecha 23/12/2013; Oficio N 2901 sobre el Adenda 2, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 23/12/2013; Oficio N 2384 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 03/01/2014.
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El Informe Consolidado de la Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación y Modernización Planta Prillex América”.
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Las visaciones al contenido del Informe Consolidado de Evaluación emitidas por los Órganos de la Administración del Estado que han participado en la evaluación y que se contienen en los siguientes documentos:
Ordinario N 63 del 15/01/2014, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta. Ordinario N 90 del 15/01/2014, por Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Ordinario N” 055 del 16/01/2014, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta.
Ordinario N 0063 del 20/01/2014, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta. Ordinario N 014/2014 del 20/01/2014, por Dirección Regional SERNATUR, Región de
Antofagasta. + Ordinario N” 264 del 21/01/2014, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de
Antofagasta. Ordinario N 12.600/08 del 21/01/2014, por Gobernación Marítima de Antofagasta. Ordinario N 0056 del 21/01/2014, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de
Antofagasta. + Ordinario N* 0017 del 21/01/2014, por SEREMI de Desarrollo Social, Región de
Antofagasta.
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El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 23 de Enero de 2014.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación y Modernización Planta Prillex América”.
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Lo solicitado por el Señor Juan Andrés Errázuriz, en representación de ENAEX S.A., en su carta S/N de fecha 16 de Enero de 2014, recepcionada con fecha 17 de Enero de 2014 en el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta.
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Resolución Exenta N” 102 de fecha 30 de septiembre del año 2013 que nombra Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y el D.S. N* 807 de fecha 12 de agosto del año 2013 que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al “Ampliación y Modernización Planta Prillex América”, de ENAEX S.A.
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Que, el derecho del titular del proyecto “Ampliación y Modernización Planta Prillex América” está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.
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Que, debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y el derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.
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Que, según lo establecido en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adenda, el proyecto “Ampliación y Modernización Planta Prillex América” consistirá en lo siguiente:
4.1. Descripción del proyecto
El proyecto consistirá en la ampliación y modernización del actual Complejo Industrial Planta Prillex América, a través de la construcción y operación de una nueva planta de ácido nítrico y nitrato de amonio (PANNA), denominada PANNA 5, que permitirá aumentar la producción de ácido nítrico a 1.093.000 ton/año y aumentar la producción de nitrato de amonio a 1.250.000 ton/año. Adicionalmente, debido a un proceso de modernización, sólo se operarán de forma permanente tres de las cinco plantas de ácido nítrico, donde la planta N 2 (la menos eficiente y de tecnología más antigua) se dejará de utilizar en un 100%, mientras que la planta N 1 se modernizará para operar no más de un 40% al año. Para mayor detalle de los volúmenes de producción, ver tabla 1-20 del Adenda N* 1 del ElA.
4.1.1. Ubicación, superficie y mano de obra El proyecto se emplazará en la comuna de Mejillones, Provincia y Región de Antofagasta, al interior de las instalaciones de la Planta Prillex América en el barrio industrial de Mejillones.
Para mayor detalle, ver figuras 1-1 y 1-2 del Capítulo 1 del ElA y plano del Anexo N* 1 del Adenda N” 1 del ElA.
Las instalaciones del proyecto se desarrollarán en una superficie aproximada de 5 ha, al interior de las instalaciones existentes de ENAEX S.A.
Las coordenadas UTM (WGS 84, Huso 19 S) de las instalaciones del proyecto, se detallan en las tablas del plano del Anexo N” 1 del Adenda N” 1 del ElA.
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La mano de obra requerida será de aproximadamente 500 personas como máximo en la fase de construcción y 55 personas en la fase de operación.
4.1.2. Monto de la de inversión El monto total estimado de la inversión será de US $300.000.000.
4.1.3. Vida útil
La duración de la fase de construcción será de aproximadamente 3 años, mientras que la vida útil de la fase de operación será de 34 años.
4.1.4, Partes, actividades y obras del proyecto Los principales componentes del proyecto serán los siguientes: a) Almacenamiento de amoníaco
La principal materia prima será el amoníaco anhidro, el que actualmente llega por vía marítima aproximadamente cada 18 días, a través de la infraestructura actual del terminal marítimo. Al respecto, por el desarrollo del presente proyecto, no se modificarán las actuales instalaciones de este terminal ni de los estanques de almacenamiento de amoniaco existentes.
Para almacenar el amoniaco en el presente proyecto, se incorporará un estanque de acero al carbono, con una capacidad de 15.000 m', similar a los existentes, con una planta de refrigeración que permita mantener la temperatura del amoniaco a -33*C.
b) Planta de ácido nítrico
Se incorporará una nueva planta productora de ácido nítrico (en adelante PAN) denominada PAN 5, manteniéndose en operación cuatro de las cinco plantas actuales, dejando de operar la PAN 2 y se mantendrá operando la PAN 1, pero no más de un 40% del año calendario.
Esta planta contará con las siguientes instalaciones:
Compresor de aire.
Turbina de vapor.
Reactor para el proceso de combustión del amoniaco. Caldera recuperadora de calor.
Unidades de enfriamiento del gas del proceso.
Torre de absorción.
Reactor para abatimiento de gases nitrosos en el gas de cola. Turbina de gas de cola.
Para mayor detalle, ver tabla 1-5 del ElA.
Para almacenar el ácido nítrico del presente proyecto, se incorporará un cuarto estanque de acero inoxidable con una capacidad de 2.500 m'.
Por otra parte, se implementará una mejora a la planta de ácido nítrico N* 1 (PAN 1), que consistirá en la instalación y operación de un sistema de abatimiento de emisiones de óxido nitroso (N20), similar al de PAN 4 consistente en un catalizador secundario. Asimismo, esta planta (PAN 1) operará no más de un 40% del año, lo que equivale a 4,8 meses de operación de manera discontinua, pues dependerá de la demanda de ácido.
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c) Planta de nitrato de amonio
Se incorporará una nueva planta productora de nitrato de amonio (en adelante PNA), denominada PNA 5.
Esta planta contará con las siguientes instalaciones:
Evaporador y calentador de amoniaco. Reactor de neutralización. Evaporador-concentrador a vacío. Estanques de almacenamiento de solución. Torre de granulado.
Sistema de pre-secado y secado. Tamizador.
Enfriador.
Tambor de recubrimiento.
Para mayor detalle, ver tabla 1-6 del Capítulo 1 del ElA.
Por otra parte, para almacenar la solución de nitrato de amonio, producto intermedio, del proceso productivo, se construirá un nuevo estanque de almacenamiento de 1.000 m? de capacidad.
Sobre las plantas de nitrato de amonio, el Señor Juan Andrés Errázuriz, por carta S/N referida en el numeral 8 de los vistos, solicita la corrección del primer párrafo del literal c) del numeral 2.2 del Informe Consolidado de Evaluación, eliminando la siguiente frase: “..y además, la planta PNA 1 se mantendrá operando no más de un 40% del año calendario”, argumentando que se incluyó por un error involuntario en la tabla 1-19 del Adenda N” 1 del ElA, señalando que no se modificará la producción ni régimen de funcionamiento de las plantas de nitrato existentes.
Al respecto, la Comisión de Evaluación acogió la solicitud, ya que durante el proceso de evaluación, el análisis y cuantificación de las emisiones, descargas y residuos, que generará el proyecto, así como los impactos, sus medidas de mitigación y planes de seguimiento, se realizaron considerando que las plantas de nitrato amonio existentes operarán al 100% de su capacidad.
d) Planta de envasado
Actualmente, el nitrato de amonio sólido es enviado al área de envasado que se encuentra a continuación de la planta de nitrato de amonio, donde es cargado directamente en camiones graneleros o bien, dispuesto en sacos de 50 kg o maxisacos entre 1.000 y 1.300 kg.
Para el presente proyecto, se habilitará una nueva planta de envasado paralela a las existentes, dentro de un edificio cerrado en el sector de la planta de ácido nítrico y nitrato de amonio 4 (en adelante PANNA 4) y contará con las siguiente áreas: distribuidor, correa transportadora, elevador de capachos, alimentador y unidad de ensacado de maxisacos y dos silos para la carga de camiones a granel.
e) Canchas de almacenamiento internas Actualmente, parte del nitrato de amonio en granos es almacenado en una cancha compuesta
por 10 secciones, cada una de 25 m de largo y 22 m de ancho, totalizando 5.550 m? de superficie, y con una capacidad de 500 ton cada una.
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Para el presente proyecto, las dos secciones más orientales serán eliminadas, quedando sólo 8 de las actuales secciones y se incorporarán 5 nuevas secciones de idénticas dimensiones (550 m*cada una).
Para mayor detalle, ver numeral 1.4 del Adenda N? 1 del ElA. f) Sistema de captación y acondicionamiento de agua de mar
El sistema de captación será similar al de PANNA 4 y estará formado por un sifón de captación, ducto de aducción, línea de cloración, un pozo de agua de mar, un filtro, un sistema de impulsión de agua hacia la planta, un sistema de intercambiadores de calor de placas, una descarga hacia una cámara de salida, un sistema de retorno de agua de mar y una planta de electro-cloración productora de hipoclorito, la que dispondrá de dos estanques de plástico reforzado con fibra de vidrio, uno de 18 mY* para el hipoclorito de sodio y otro de 1 mé para el ácido clorhídrico.
El sistema de bombeo contará con tres bombas, dos en funcionamiento y una de respaldo, capaces de bombear 10.500 m'/h de agua de mar, a una velocidad de succión de 0,5 m/s. Para la operación de las bombas de vacío, para extraer el aire de la línea de aducción, se requerirá de un estanque de agua de sello. Además, para amortiguar la sobre presión del agua de mar se requerirá de un estanque de golpe de ariete.
Por otra parte, el sifón de captación consistirá en una campana y un cono de succión, de 2 m de diámetro y 1,7 m de altura de rejilla y estará sumergido a una profundidad mínima de 2,55 m y una máxima de 4,25 m (pleamar). La campana contará (en todo su perímetro), con barras verticales con una separación entre 2 barras consecutivas de 10 cm y complementariamente, fuera de la campana, se instalará una malla metálica.
La línea de cloración consistirá en una tubería de HDPE de 16 cm de diámetro que transportará hipoclorito de sodio desde la planta hasta el punto de aducción por dentro del ducto de agua, liberando dosis controladas del compuesto siempre dentro del ducto.
El ducto de aducción que conducirá el agua de mar hacia la planta, se encontrará sobre el fondo marino(a través de anclajes de hormigón) y tendrá un diámetro de 140 cm y una longitud aproximada de 275 m hasta la orilla de playa y de 78 m desde ésta hasta el pozo de agua de mar (ubicado al interior de la planta), donde será recibida para su acondicionamiento y posterior envío a proceso. Al respecto, en el tramo marítimo el ducto será de polietileno de alta densidad (HDPE) mientras que en el tramo terrestre será de acero al carbono.
El pozo de agua de mar será de hormigón armado, similar al existente de PANNA 4, y estará conformado por el pozo de captación donde descargará la tubería del sifón, dos canales con compartimentos de sedimentación de arena, filtros fijos y móviles y pozo común de bombas. El pozo contará con cuatro compuertas para independizar los dos canales de sedimentación y filtrado en caso de mantención y/o limpieza de la arena.
Para mayor detalle de la localización de los puntos de aducción de agua de mar (actuales y nuevo), ver tabla 1-8 del Adenda N” 1 del ElA y para mayor detalle del nuevo sistema de captación y acondicionamiento de agua de mar, ver numeral 1.7 del Adenda N? 1 del ElA.
g) Emisario submarino
La Planta Prillex América, actualmente cuenta con tres emisarios submarinos para sus plantas y en el presente proyecto, se instalará un nuevo emisario para la PANNA 5. Adicionalmente, dejará de funcionar el emisario más antiguo (de PANNA 1).
El sistema constará de cámaras recolectoras, dos de recepción y una de carga, siendo esta última la que permitirá regular la velocidad de salida del flujo. El emisario tendrá una longitud
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aproximada de 480 m y 1,2 m de diámetro, con un difusor apical de 36 m que tendrá 24 perforaciones de 340 mm de diámetro cada una, ubicadas a 15” de la vertical de la tubería hacia cada lado. Al respecto, la descarga se producirá a 7 m de profundidad.
Los ductos se encontrarán completamente enterrados aproximadamente durante 70 m desde el pozo de agua de mar en la planta hasta aparecer ya bajo el nivel de reducción de sonda. Desde allí aproximadamente por 33 m, se encontrará semienterrado para finalmente aparecer por completo y continuar hasta el final, apostado sobre el mar (416 m hasta el final del emisario).
El caudal máximo de agua que se descargará, será de 10.500 m%h más 280 m'/día de salmuera, proveniente de la planta de osmosis inversa.
Para mayor detalle de la localización de los puntos de descarga de agua de mar (actuales y nuevo), ver tabla 1-8 del Adenda N” 1 del ElA y para mayor detalle del nuevo emisario submarino, ver numeral 1.8 del Adenda N* 1 del ElA.
h) Planta de osmosis inversa
La actual planta de osmosis inversa, con una capacidad para procesar hasta 100 m'/día, será reemplazada por una nueva planta con una capacidad para procesar hasta 150 m*/día.
Para mayor detalle de sus características, ver tabla 1-7 del Adenda N” 2 del ElA y Anexo N* 13 del Adenda N? 2 del ElA.
i) Caldera para partidas y planta de aire
Las nuevas instalaciones, tal como las existentes, requerirán de un suministro de vapor inicial en cada partida. Para lo cual, se instalará una nueva caldera de petróleo diesel, cuya capacidad de producción será de 50 ton/h de vapor.
Por otra parte, se instalará un nuevo compresor de aire con su respectiva unidad de secado, que estarán conectados al circuito existente para hacer uso de los equipos de respaldos de la planta. En paralelo, se dejará de utilizar el compresor de la planta de ácido nítrico N” 2 (PAN 2).
j) Planta de tratamiento de condensados de proceso
Se agregará una nueva planta de diseño similar a las existentes y un estanque de agua desmineralizada, con una capacidad de 100 mí.
Los condensados de vapor de proceso, provenientes de la planta de nitrato de amonio, contienen trazas de nitrato de amonio y amoniaco. Por lo tanto, estos condensados serán tratados en una batería de filtros catiónicos y aniónicos para producir agua desmineralizada. Como subproducto, la planta producirá una solución diluida de nitrato de amonio al 12% llamada líquido regenerante, que será reciclada al proceso dentro de la planta de nitrato de amonio.
k) Pozo de neutralización y planta de tratamiento de Riles
Los residuos industriales líquidos asociados al proyecto, estarán compuestos de agua amoniacal, aguas de lavado, aguas ácidas y solución de nitrato de amonio, que serán conducidas mediante un sistema de redes de alcantarillado hasta un pozo de neutralización, que regulará el pH de estas aguas, de la misma forma que el proceso actual.
El pozo de neutralización de Riles se construirá en concreto reforzado, con revestimiento de
poliéster con fibra de vidrio y losetas de cerámica con un cemento de silicato de sodio sellado con material impermeable en las junturas, para asegurar su total impermeabilidad.
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La planta de tratamiento al vacío, incluirá equipo mecánico para producir vacío entre 60 a 70 kPa (80 a 90”C), un evaporador, un condensador, estanques, bombas, instrumentos y electrónica programable para monitoreo y control.
Para mayor detalle, ver literal ii) del numeral 1.4.1.10 del Capítulo 1 del ElA 1) Antorcha para quema de amoniaco gaseoso
Actualmente, el amoniaco liberado durante las regulaciones de presión de PANNA 4, es conducido a una antorcha para su combustión controlada. Al respecto, por el desarrollo del presente proyecto, todo el amoniaco gaseoso generado en las regulaciones de presión en las distintas tuberías y de los estanques de amonio de la Planta Prillex América, será conducido a la antorcha para su quema.
m) Infraestructura complementaria
Las instalaciones del edificio del departamento de salud, seguridad, medio ambiente y comunidad (HSEC, por su sigla en inglés) con que cuenta actualmente la Planta Prillex América, serán trasladadas de lugar, manteniendo las mismas características actuales. Por otra parte, para complementar la bodega existente y asegurar la capacidad necesaria para satisfacer los futuros requerimientos, se construirá una nueva área de almacenamiento de insumos. Para mayor detalle, ver numeral 1.4.1.11 del Capítulo 1 del ElA.
Por otra parte, para mayor detalle del número y características de diseño de los estanques que se implementarán, ver tabla 1-17 del Adenda N? 1 del ElA.
n) Sistema eléctrico
Se instalará un tercer transformador de 5 MVA que se complementará con la cogeneración eléctrica de PANNA 5, similar a la de PANNA 4. El sistema eléctrico estará conectado con los generadores de emergencia diesel existentes en la planta. En caso de caída del servicio eléctrico externo, la generación interna permitirá la continuidad de operación de las plantas de ácido.
Para mayor detalle de los componentes del proyecto, ver tabla 1-19 del Adenda N” 1 del ElA y para mayor detalle de la localización de las partes y obras del proyecto, ver plano del Anexo N? 1 del Adenda N? 1 del ElA.
4.1.4.1. Fase de construcción
La duración de esta fase será de aproximadamente 3 años y contemplará las siguientes actividades:
Instalación de faenas. Movimientos de tierra. Construcción de fundaciones. Montaje de estructuras. Pruebas y puesta en servicio
Para la adecuada coordinación y ejecución de las obras y actividades a ejecutar durante esta fase, se habilitará una instalación de faena de carácter temporal, que contará con un casino para los contratistas, sala de cambio y baños, taller de enfierraduras y moldajes, bodega de insumos, patio de almacenamiento, oficinas y además, se instalará un área de lavado de camiones betoneros, cuyo piso será de hormigón y contará con canaletas laterales y un pozo de lavado de 190 m? de capacidad para almacenar el agua de lavado. Para mayor detalle de las
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instalaciones provisorias destinadas a la fase de construcción y sus superficies, ver tabla 1-18 del Adenda N” 1 del ElA.
Para la nivelación del área de emplazamiento de las nuevas instalaciones terrestres, se realizarán movimientos de tierra correspondientes a excavaciones. Una vez ejecutadas las actividades de nivelación y corte de terreno, en las áreas donde se ubicará la nueva planta, se construirán fundaciones de soporte en hormigón armado, se instalarán pernos de anclaje de acero, se construirán mallas puestas a tierra, pavimentos en hormigón armado y/o asfalto y canalizaciones de desagiles. Posteriormente, se procederá al montaje de equipos y estructuras y puesta en marcha. Para mayor detalle, ver numeral 1.5.1.2 del Capítulo 1 del ElA.
Por otra parte, la construcción de los ductos de aducción y descarga de agua de mar, involucrará obras en tierra y obras marítimas. En tierra, se realizarán todas las faenas de armado de los ductos de aducción y descarga, para su posterior lanzamiento, que consistirá en la instalación de durmientes, anclajes y línea de rieles, todo esto con la terminación de material de estabilizado, para su posicionamiento y fijación como sistema. Cuando la faja de terreno esté despejada y compactada, se procederá a instalar los durmientes y la línea férrea, sobre la cual se montarán una serie de carros de tiro para dar apoyo continuo a la cañería y permitir su desplazamiento al momento de su lanzamiento al mar.
Las obras marítimas serán las siguientes:
- Inspección del fondo marino en toda su extensión, antes del lanzamiento e instalación.
e Lanzamiento de la estructura hasta su ubicación definitiva. Se utilizará una balsa de maniobra, cuatro embarcaciones menores y un remolcador. Además, en tierra se emplearán máquinas para empuje y frenado (dos retroexcavadoras, un cargador frontal y dos grúas).
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Una vez en posición, los buzos procederán a abrir las válvulas que permitirán que el flujo del agua vaya hacia adentro, para que el agua fluya y así la tuberías empiecen a hundirse paulatinamente.
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La maniobra de hundimiento comenzará cuando las tuberías (captación y emisario) se encuentren alineadas.
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Una vez concluidas todas las faenas, se procederá a la entrega y retiro de las instalaciones.
En la zona intermareal, se habilitará un talud o terraplén de lanzamiento, que consistirá en el retiro de material (80 m* de arena), desde aproximadamente 40 m del sector interior patio hasta 10 m antes de la zona intermareal (playa), con un ancho aproximado de 4 m, lo que permitirá la pasada de la línea en el lanzamiento con sus respectivos lastres, dejando una zona de trabajo ante cualquier situación de mejora e imprevisto.
En la zona intermareal y zona sumergida, se instalarán tres pares de vigas, de una longitud de 15 m cada una, unidas a lo largo para poder continuar la línea de lanzamiento bajo el mar, con una longitud total aproximada de 45 m, logrando una profundidad media de 1,75 m. Una vez lanzado el ducto, se aislará un área con sacos de arena para permitir la conexión de cada ducto (aducción y descarga) con el tramo terrestre del mismo. Finalmente, los sacos serán retirados y la playa recuperará su topografía y condiciones originales, permaneciendo los ductos enterrados en el área terrestre y sobre el fondo del mar
Para mayor detalle de la construcción del sistema de aducción y descarga de agua de mar, ver numeral 1.5.1.3 del Capítulo 1 del ElA y numeral 6.3 del Adenda N” 1 del ElA.
Una vez que se termine la instalación de todas las estructuras, comenzará la puesta en marcha
en conjunto de la planta, tanto de las obras terrestres como de los ductos de aducción y descarga de agua de mar, cuya duración será de 6 meses.
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Respecto al cese de operación de planta de ácido nítrico N* 2 (PAN 2), se inhabilitará esta planta, manteniendo sus principales instalaciones en buenas condiciones a fin de que a futuro, pueda ser vendida como una planta completa y operable a un tercero. Para ello, se retirarán los rotores del tren de compresión que bombea el aire de proceso para la operación de la planta y se guardarán en bodega, con una protección contra la corrosión. Los trabajos tardarán aproximadamente 6 meses y una vez concretado lo anterior, se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente, en forma previa al inicio de la fase de operación del proyecto. Para mayor detalle, ver literal a) del numeral 1.3 del Adenda N? 1 del ElA.
Para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver tabla 1-8 del Adenda N 2 del ElA. Al respecto, el agua industrial será proporcionada por un proveedor autorizado (tabla l- 4 del Adenda N 2 del ElA) y respecto a la energía eléctrica, se establecerá un punto de conexión temporal con la subestación eléctrica existente, a partir del cual se abastecerán las instalaciones de faena para la fase de construcción (así como para la fase de cierre), requiriéndose una capacidad de generación de 4 MW como máximo, la cual se combinará con generadores temporales con una capacidad de generación de 1 MW. Para mayor detalle, ver tabla 1-11 del Adenda N” 1 del ElA.
Por otra parte, el transporte de insumos y residuos en la fase de construcción, no formará parte del presente proyecto.
4.1.4.2. Fase de operación
Durante la fase de operación, se generarán tres productos para su posterior comercialización: ácido nítrico, nitrato de amonio en solución y nitrato de amonio en granos, además, eventualmente se podría comercializar amoniaco.
El proceso productivo de nitrato de amonio (NH4NO»), se iniciará con la producción de ácido nítrico (HNOz), que requerirá amoniaco (NHx) y aire como materia prima. El ácido nítrico producido se mezclará con el amoniaco para producir una solución de nitrato de amonio, que después pasará por una torre en contracorriente con aire frío, transformándose en granos en el proceso conocido como prilado, para luego ser secado, envasado y despachado, ya sea a las canchas de almacenamiento, al complejo portuario de Mejillones o directamente a los clientes nacionales vía camiones. Para mayor detalle del esquema general de producción, ver figura 1- 17 del Capítulo 1 del ElA.
La fase de operación contemplará las siguientes actividades: a) Producción de ácido nítrico
La obtención del ácido nítrico (HNOz) requerirá de los siguientes procesos: oxidación de amoníaco (NHz) para obtener óxido nítrico (NO), oxidación de óxido nítrico a dióxido de nitrógeno (NO,) y absorción de dióxido de nitrógeno (NO») en agua para obtener una solución de ácido nítrico.
El proceso se iniciará con el bombeo del amoniaco desde los estanques de almacenamiento, a una temperatura de -33*C y una presión de 15 bar absoluto y su posterior vaporización y filtrado para remover pequeñas cantidades de aceite y partículas. Posteriormente, el amoniaco gaseoso será mezclado con aire comprimido, alcanzando un contenido aproximado de 10% de amoniaco en volumen. La mezcla amoniaco-aire será introducida a presión a un reactor de mallas con catalizador Platino-Rhodio donde se realizará la reacción de oxidación del amoniaco, produciéndose el óxido nítrico, el que luego se oxidará a dióxido de nitrógeno, al enfriarse mediante un tren de intercambiadores de calor que utilizarán agua de mar.
El calor de los gases de reacción será recuperado mediante intercambiadores de calor y posteriormente utilizado para la generación de vapor, que luego será ocupado para el calentamiento del gas de cola, el cual al pasar por una turbina de expansión permitirá recuperar
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la energía. Los gases de combustión una vez enfriados a una temperatura inferior a 150*C, serán finalmente refrigerados con agua, condensándose la mayor parte del agua producida en las reacciones de combustión así como también aquella contenida en el aire atmosférico. Para favorecer la oxidación de los gases, posteriormente será añadido a la mezcla el aire secundario, con el objeto de incrementar el contenido de oxígeno en el gas de cola de la planta hasta un valor comprendido entre el 2 y el 4%.
Luego, se realizará la absorción del dióxido de nitrógeno en agua, para obtener ácido nítrico al 60% de concentración (HNO»). Sin embargo, el ácido nítrico proveniente del proceso de absorción, contendrá gran cantidad de óxidos de nitrógeno disueltos por lo que se deberá blanquear, utilizando el aire secundario que será enfriado hasta 100%C para utilizarlo en el blanqueo del ácido producto, recuperándose parte de este calor en los condensados de la turbina que serán enviados al desaireador. Finalmente, el ácido nítrico ya blanqueado será enviado a estanques de almacenamiento y el aire secundario junto con los óxidos de nitrógeno arrastrados, se reincorporará al gas que entrará al compresor de gas de proceso.
Para mayor detalle, ver numeral 1.6.2.1 del Capítulo 1 del ElA. b) Producción de nitrato de amonio
El nitrato de amonio (NH¿NOs) será el producto de la reacción entre ácido nítrico diluido (HNOz) y amoníaco (NHz) gaseoso, siendo la solución de nitrato de amonio resultante concentrada y transformada en gránulos mediante procesos físicos.
Este proceso involucrará una reacción de neutralización entre el ácido nítrico (HNOz) y el amoníaco (NHg), resultando una solución de nitrato de amonio al 85% de concentración en peso. El calor liberado en la reacción será utilizado para concentrar dicha solución. De esta manera, es posible distinguir dos fases en la producción de nitrato de amonio en estado líquido, una de neutralización y una de concentración donde se obtendrá finalmente 96% de concentración.
Una vez concentrada la solución, la tercera etapa consistirá en la pulverización y solidificación de los gránulos de nitrato. Finalmente, la cuarta etapa abarcará el secado del nitrato de amonio granulado, el tamizado del producto obtenido en la torre de granulado, el enfriamiento del producto y el acondicionamiento del mismo para su almacenamiento y transporte.
Para mayor detalle, ver numeral 1.6.2.2 del Capítulo 1 del ElA. c) Cogeneración de energía eléctrica
Todo el vapor producido en la planta de ácido nítrico así como el vapor importado de otras unidades, se enviará a la turbina de vapor del grupo compresor, que estará acoplado a un generador eléctrico. Este generador proporcionará energía eléctrica tanto para la planta de ácido nítrico como para otros usos internos. Al respecto, la potencia de generación alcanzará los 2,8 MW.
d) Área de envasado
Desde la cinta de exportación de la nueva planta de nitrato de amonio y por medio de un distribuidor, se desviará el producto hacia una correa transportadora con destino a la nueva planta de envasado o hacia la planta de envasado existente y la posterior carga de camiones.
La correa transportadora descargará el producto en un área de acopio temporal techada o bien, a un elevador de capachos, desde donde el producto se descargará directamente al alimentador, de donde se dosificará a la unidad de ensacado de maxisacos de 1.000 — 1.500 kg c/u.
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e) Insumos
La materia prima fundamental del proceso productivo será el amoníaco anhidro, que será transportado por vía marítima desde diferentes proveedores, de la misma forma como se realiza en la actualidad, es decir a través del terminal marítimo en la costa frente a Planta Prillex América, con una frecuencia de dos barcos mensuales de entre 20.000 y 30.000 ton de capacidad o en su defecto un barco mensual con el doble de capacidad.
Las plantas de ácido nítrico y nitrato de amonio generarán calor en sus procesos, que deberá ser retirado mediante el uso de un sistema cerrado de agua de enfriamiento, para lo cual se utilizará agua de mar. Al respecto, el nuevo sistema captará 10.500 m*/h de agua de mar, que además del enfriamiento, se utilizará para la re-mineralización de agua desmineralizada (proveniente de la planta de Riles) para utilizarla como agua de riego y para alimentar la planta de osmosis inversa.
Dentro del ducto de aducción, el agua de mar recibirá una dosis de hipoclorito de sodio a razón de 3 mg/l, luego, el agua llegará al pozo de agua de mar, que contará con cuatro compuertas para independizar los dos canales de sedimentación y filtrado en caso de mantención y/o limpieza de la arena. El agua de mar para el enfriamiento del sistema, será filtrada en el pozo de captación en un filtro primario para retener elementos de 7 cm y un filtrado fino continuo para retener algas, con una luz de la malla de 2,5 mm. Una vez que el agua de mar pase por los sistemas de filtración será impulsada a una nueva unidad de refrigeración, consistente en 2 bombas verticales (y una tercera de respaldo) y cuatro intercambiadores de calor de placa.
Por otra parte, la nueva planta de osmosis inversa, reemplazará a la planta existente para producir hasta 150 m/día de agua potable para diversos usos, ya sea como agua industrial o bien para consumo humano. La nueva unidad desalinizadora recibirá como alimentación un flujo de agua de mar proveniente del pozo de agua de mar desde el que se alimentarán a los equipos del circuito de enfriamiento. El proceso comenzará con un pre-tratamiento, en el cual el agua será clorada y filtrada en una primera instancia. Luego se adicionará metabisulfito de sodio como agente de control de cloro libre residual a fin de mantener este último con un nivel de concentración siempre igual o inferior a 1 mg/l, recibiendo además un agente anti- incrustante, para luego ser bombeada a un proceso de osmosis reversa a alta presión. De este último proceso, se obtendrá agua desmineralizada que será enviada a post-tratamiento, donde se regulará el pH mediante la adición de soda caustica y la concentración de cloro, a fin que cumpla con la norma chilena de agua potable, Para mayor detalle del acondicionamiento de agua de mar, ver literales g) y h) del numeral 1.7 del Adenda N” 1 del ElA y para mayor detalle de la operación de la planta de osmosis inversa, ver literal d) del numeral 1.1 del Adenda N 2 del ElA.
Para mayor detalle del balance de agua del proyecto en su fase de operación, ver literal c) del numeral 1.10 del Adenda N* 1 del ElA, Anexo N? 5 del Adenda N” 1 del ElA y numeral 1.1 del Adenda N” 2 del ElA.
Respecto a la energía eléctrica durante la fase de operación, se estima un consumo de 15 MW, del cual aproximadamente el 50% será cogenerado por PANNA 4 y 5. Así, la demanda de energía externa se encontrará en torno a los 7,5 MW. Para mayor detalle, ver tabla 1-11 del Adenda N” 1 del ElA.
Para mayor detalle de todos los insumos que se utilizarán en esta fase, ver tabla |-9 del Adenda N? 2 del ElA y para mayor detalle de sus hojas de seguridad, ver Anexos N? 3 y N 13 del Adenda N? 1 del ElA.
f) Mantenimiento de ductos
El plan de mantenimiento de las líneas de captación y descarga de agua de mar consistirá en una inspección en la cual se ejecutarán las siguientes actividades:
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Mantención de la malla metálica que rodea la campana de succión. Inspección externa de la línea de succión.
-
Inspección interna de la línea de succión.
e Inspección externa de la línea de descarga.
e Mantención del pozo de agua mar.
Todas las actividades serán realizadas por un buzo tras una parada programada de la planta y solo en caso de ser necesario, se realizará la limpieza del sistema. Actualmente, esta inspección se realiza con una frecuencia de tres veces al año para PANNA 3 y una vez al año para PANNA 4, considerándose para el nuevo sistema, una inspección anual.
Para mayor detalle de los diagramas de flujo de los procesos del presente proyecto y sus balances de materia y energía, ver Anexo N? 4 del Adenda N* 1 del ElA.
Por otra parte, el transporte de insumos, productos y residuos en la fase de operación, no formará parte del presente proyecto.
4.1.4.3. Fase de cierre
Para el plan de cierre del presente proyecto, se implementarán las medidas del plan de cierre de Planta Prillex América, que consistirá en que las instalaciones productivas serán limpiadas, retirando todo resto de insumo o producto en su interior, para su posterior desmantelamiento.
Cada una de las plantas de ácido nítrico y nitrato de amonio, serán desmanteladas por separado, buscando así su venta a terceros para su reutilización total o parcial. Las tuberías y materiales metálicos serán acopiados y comercializados con empresas que puedan reciclarlos, salvo en el caso que se verifique la existencia de residuos líquidos en su interior. En este último caso, los materiales serán manejados como residuo peligroso.
Para el retiro de las plantas, se utilizará maquinaria para demoler las estructuras de hormigón y posteriormente, para restituir el terreno a unas condiciones similares a las originales.
Por otra parte, para las piscinas de evaporación, pretiles de estanques de amoníaco y áreas de bombas para extracción de agua de mar, se retirarán los materiales que conforman dichas áreas y se utilizará el material de la plataforma basal de las plantas de ácido nítrico y nitrato de amonio, para su cobertura y posterior nivelación del terreno.
Finalmente, en el caso de las instalaciones marítimas, tanto el ducto de aducción como el de descarga serán retirados del fondo marino.
Para mayor detalle de esta fase, ver numeral 1.7 del Capítulo 1 del ElA.
4.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto
4.2.1. Emisiones a la atmósfera
a) Emisión de material particulado
Las emisiones de MP10 y MP2,5 en la fase de construcción del proyecto serán principalmente por movimientos de tierra para la construcción de las obras, transferencias del material de excavaciones, combustión de motores de vehículos, maquinarias y equipos y tránsito de
vehículos y maquinarias en caminos no pavimentados.
A su vez, las emisiones de MP10 y MP2,5 en la fase de operación del proyecto, se producirán principalmente por las actividades de producción de nitrato de amonio, caldera para partidas, el
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tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de motores de vehículos, maquinarias y equipos.
Para cuantificar las emisiones de material particulado asociadas al proyecto, se utilizaron los factores de emisión y valores de los parámetros detallados en las tablas 4-12, 4-13, 4-16, 4-17, 4-18, 4-19 y 4-20 del Adenda N” 1 del ElA, desarrollados por la U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión 8 AP 42, Quinta Edición, 1995 y de acuerdo a las características de diseño de las plantas y la caldera; presentándose una máxima emisión de 374,3 ton/año de PM10 y de 248,5 ton/año de PM2,5 en la fase de operación del proyecto. Para mayor detalle de los resultados, ver numeral 2.4.4 del Anexo N* 4.1 del ElA y numeral 4.1 del Adenda N” 1 del ElA.
Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 en la ciudad de Mejillones, se utilizó el modelo meteorológico WRF y el modelo de dispersión de contaminantes CALMET-CALPUFF. Estos resultados se adjuntan en el Anexo N” 4.1 del ElA y numeral 3.2 del Anexo N? 9 del Adenda N? 1 del ElA, que corresponderá a un aporte diario total máximo de 0,56 ug/méN y un aporte anual total máximo de 0,07 ug/móN de MP10; y a un aporte diario total máximo de 0,37 g/móN y un aporte anual total máximo de 0,05 ug/méN de MP2,5, durante la fase de operación en la ciudad de Mejillones. Para mayor detalle, ver tabla 3.10 del Anexo N* 9 del Adenda N? 1 del ElA.
b) Emisión de gases
El proyecto generará emisiones de gases durante todas las etapas del proyecto. En la fase de construcción, se generarán emisiones de SO», NO, y CO producto de la combustión de motores de vehículos, maquinarias y equipos. Mientras que durante la fase de operación, se generarán emisiones de SO», NO», N20, NHz, CO y Ozono debido a la operación de las plantas de ácido nítrico y nitrato de amonio, a la caldera para partidas y combustión de motores de vehículos, maquinarias y equipos.
Para cuantificar las emisiones de gases durante la fase de construcción se utilizaron los parámetros señalados en las tablas 4-6 y 4-7 del Adenda N 1 del ElA y para la fase de operación, se utilizaron los parámetros señalados en las tablas 4-16, 4-17, 4-18 del Adenda N 4 del ElA, de acuerdo a las características de diseño de las plantas y la caldera, generándose un máximo de 0,66 g/s de SO,, 20,4 g/s de NO,, 48 g/s de N¿O, 2,4 g/s de NH; y 0,09 g/s de CO, en la fase de operación. Para mayor detalle, ver tablas 4.10 y 4-18 del Adenda N” 1 del ElA.
Por el desarrollo del presente proyecto, todo el amoniaco gaseoso generado en las regulaciones de presión en las distintas tuberías y de los estanques de amonio de la Planta Prillex América, será conducido a la antorcha para su quema, generándose 0,129 ton/año de NOx.
Por otra parte, debido a eventuales detenciones y partidas de las plantas de ácido nítrico (que no representan más de un 0,13% del tiempo total de operación de una planta de ácido nítrico durante un año de operación), se generarán emisiones con un color pardo-rojizo, que se deben a la presencia del gas NO,, el cual forma parte del proceso de formación del ácido nítrico. Lo anterior genera un impacto por la visualización de gases de color. Para mayor detalle, ver numeral 3.1 del Adenda N* 2 del ElA.
Para el cálculo del aporte a la calidad del aire de los gases que genere el proyecto a la localidad de Mejillones durante la fase de operación, se utilizó el modelo meteorológico VWVRF y el modelo de dispersión de contaminantes CALMET-CALPUFF. Estos resultados se adjuntan en el numeral 3.2 del Anexo N” 9 del Adenda N” 1 del ElA, que para el contaminante SO», corresponderá a un aporte diario máximo de 0,07 ug/móN y a un aporte anual de 0,01 ug/móN; para NO, corresponderá a un aporte horario máximo de 1,08 ug/mÍN y un aporte anual máximo nulo; para CO, corresponderá a un aporte horario máximo de 0,11 ug/méN y un aporte de 8
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horas de 0,04 |g/méN y para Ozono corresponderá a un aporte de 8 horas de 0,57 ug/móN. Para mayor detalle, ver tabla 3.10 del Anexo N” 9 del Adenda N” 1 del ElA.
4.2.2. Residuos líquidos
Los residuos líquidos de carácter doméstico en las fases de construcción y operación, corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, totalizando 110 m*/día en la fase de construcción y 5,5 m'/día en la fase de operación.
Para su tratamiento, en la fase de construcción se utilizará una planta temporal de tratamiento de aguas servidas, mientras que en las fases de operación y cierre, se utilizará la planta de tratamiento de aguas servidas existente.
Adicionalmente, en la fase de construcción se generarán residuos industriales líquidos por el lavado de los camiones mixer, totalizando 10 m'/día, que se almacenarán en un pozo colector de aguas de lavado de camiones, donde el agua se evaporará y el material resultante se dispondrá como residuo sólido. Para mayor detalle, ver numerales 2 y 3 del Anexo N” 2 del Adenda N” 1 del ElA.
Por otra parte, en la fase de operación se generarán residuos industriales líquidos, correspondientes a 10.500 m/h (252.000 m/día) de agua de refrigeración de PANNA 5 y 280 m/día de rechazo de la planta de osmosis inversa, las que se dirigirán al pozo de agua de mar, para ser descargadas al mar a través del emisario submarino fuera de la Zona de Protección Litoral (ZPL). La temperatura del efluente que se descargará al mar, dependerá directamente de la temperatura del agua de mar aducida, la cual variará de forma estacional. Sin embargo, el compromiso vigente para los emisarios existentes, homologable al nuevo emisario, es que la misma no exceda en más de 10C la temperatura del agua de mar aducida y que no supere los 30*C.
Asimismo, se generarán 20,5 m/día de residuos industriales de la purga de la caldera y condensado de aire atmosférico, que no requerirán tratamiento y se almacenarán en el estanque de la red de incendio; 24 m/día de residuos industriales de proceso que requerirán neutralización y serán tratadas en la planta de tratamiento de Riles; 110,23 m/día de residuos industriales de proceso con trazas de nitrato de amonio que no requerirán neutralización y serán tratadas en la planta de tratamiento de condensados y 0,6 m/día de aguas del laboratorio que se dispondrán en un pozo de almacenamiento existente y serán retiradas por una empresa autorizada para ser dispuestas en un lugar autorizado. Para mayor detalle, ver tabla 1-4 del Adenda N? 2 del ElA.
Los Riles que requerirán neutralización, serán conducidos mediante un sistema de redes de alcantarillado hasta un pozo de neutralización, que regulará el pH de estas aguas, de la misma forma que el proceso actual. Luego del proceso de neutralización, los residuos líquidos serán conducidos a la nueva planta de tratamiento de Riles de evaporación al vacío, para eliminar el agua contenida y concentrar la solución de nitrato de amonio. Esta planta permitirá tratar la totalidad de los Riles de la nueva planta, así como del resto de las plantas existentes. Como resultado de este proceso, se obtendrán dos subproductos, una solución concentrada de nitrato de amonio al 40% y agua evaporada. Parte de ésta, será condensada para su uso dentro de la planta como agua desmineralizada, para lavado de equipo de acero inoxidable y otra parte será remineralizada para su uso como agua de riego, agua de incendio y agua de servicio. A su vez, la solución de nitrato de amonio será enviada a las piscinas de evaporación existentes, donde una vez evaporada el agua, los cristales de nitrato de amonio serán recuperados y enviados a reproceso.
El proceso productivo del nitrato de amonio generará vapores que llevarán trazas de nitrato de
amonio y amoniaco que luego se condensarán, los denominados condensados, que serán tratados en una planta de intercambio iónico denominada planta de condensados de proceso,
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para producir agua desmineralizada, que sólo tratará los condensados de PANNA 5, ya que para las restantes plantas existen dos plantas de condensado preexistente.
Para mayor detalle, ver numeral 1.12 del Adenda N” 1 del ElA, literal b) del numeral 1.1 del Adenda N? 2 del ElA y Anexos N” 9, N* 10 y N” 11 del Adenda N? 2 del ElA.
4.2.3. Residuos sólidos a) Movimientos de tierra
Se generarán residuos por movimientos de tierra para la habilitación del terreno y construcción de las obras del proyecto, con un volumen aproximado de 111.115 m?, que será dispuesto finalmente en un sitio autorizado.
La llustre Municipalidad de Mejillones, en su Ordinario N 473/2013 de fecha 10 de Octubre de 2013, que se reitera en su pronunciamiento del Ordinario N 533/2013 de fecha 23 de Diciembre de 2013, se pronunció de la siguiente forma:
“Sobre la respuesta del titular se le solicita indicar lugar de disposición adjuntando los siguientes antecedentes:
a. Localización del o los sitios en coordenadas UTM en PSAD 56 y WGS 84.
b. Accesos: Diseño vial, cumplimiento normativa Servi o MOP según su localización.
c. Plan de Manejo: Método de disposición, control de accesos, medidas mitigación de polvo, etc. c. Contar con un informe favorable de la Fundación para la Sustentabilidad del Gaviotín Chico, que el sitio propuesto no afecte un área de nidificación del gaviotín.
e. Propuesta de paisajismo.
f. Plan de Abandono: Medidas de cierre, sistema de taludes, etc.
g. Estudio de Impacto Vial, considerando el flujo vehicular (camiones).”
Al respecto, el titular señala en el numeral 1.3 del Adenda N” 2 del ElA, que los excedentes de excavación se dispondrán finalmente en sitios autorizados, por lo que dichas observaciones ya están abordadas durante el proceso de evaluación ambiental.
b) Residuos sólidos asimilables a domésticos
Los residuos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, aluminio, etc., estimándose una generación máxima de 1.100 kg/día en la fase de construcción y de 38 ton/año para la fase de operación. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados y posteriormente serán retirados y trasladados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
c) Residuos sólidos industriales Estos residuos se clasificarán en:
-
Residuos industriales sólidos no peligrosos: corresponderán a chatarras no- contaminadas, escombros, despuntes y moldajes metálicos, despuntes de cables, elementos de protección personal, entre otros desechos.
-
Residuos industriales sólidos peligrosos: corresponderán a nitrato de amonio cristalizado, aceites residuales, tambores vacíos, trapos con aceites o grasas, filtros de aceite, material contaminado con combustible y/o lubricantes, etc.
Respecto de los residuos sólidos industriales no peligrosos, se estima que se generarán 1.500 kg/día en la fase de construcción y de 2 ton/año en la fase de operación y serán dispuestos temporalmente en el patio de almacenamiento y trasladados por una empresa autorizada por la
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SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
La cantidad de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará, será de 67 kg/día en la fase de construcción y de 226 ton/año en la fase de operación y serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados y trasladados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, para ser depositados finalmente en sitios autorizados.
Para mayor detalle, ver numeral 1.12 del Adenda N? 1 del ElA. 4.2.4. Ruido
La emisión de ruido y vibraciones en la fase de construcción, estará asociada al funcionamiento de la maquinaria y equipos que serán utilizados para las actividades de construcción de las obras del proyecto.
Mientras que en la fase de operación, las emisiones de ruido y vibraciones se generarán producto del funcionamiento de las nuevas plantas de producción de ácido nítrico y nitrato de amonio.
Para la evaluación de los niveles de ruido y vibraciones, se realizó un estudio de impacto acústico mediante la medición en 5 receptores en la ciudad de Mejillones, que se adjunta en el Anexo N' 2.1 del ElA. Al respecto, de acuerdo a los resultados de la proyección de ruido emitido en la fase de construcción y de operación del proyecto, se cumplirá con los niveles máximos permitidos por el Decreto Supremo N” 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en todos los puntos de evaluación contemplados en el presente estudio, tanto en el horario diurno, como en el horario nocturno.
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Que, no se recibieron observaciones ciudadanas durante el plazo establecido por la Ley N* 19.300.
-
Que, los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300 han sido adecuadamente considerados según se indica a continuación, definiéndose las medidas de mitigación, reparación o compensación apropiadas, de conformidad a lo señalado en el artículo 16 de la Ley N* 19.300.
a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, contenido en el artículo 5 del Reglamento del SEIA.
De acuerdo al análisis de los literales a), b) y c) de este artículo, por el tipo y cantidad de emisiones atmosféricas del presente proyecto y su cercanía a la ciudad de Mejillones, se puede generar riesgo para la salud de la población. Al respecto, las emisiones y el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 y gases en la ciudad de Mejillones, se detalla en el numeral 2.6.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
Para mayor detalle, ver tabla 3-1 del Capítulo 3 del ElA.
b) Efectos adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales, incluidos suelo, agua, aire, contenidos en el artículo 6 del Reglamento del SEIA.
De acuerdo al análisis de los literales !), m) y p) de este artículo, se podría afectar la fauna presente en el área del proyecto, ya que éste se emplazará en una zona donde anida el ave Haematopus palliatus (pilpilén), catalogada como benéfica para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales. Además, el área del proyecto es una zona potencial de presencia del reptil Microlophus atacamensis (Corredor de Atacama), catalogada como especie vulnerable y las aves Phalacrocorax bougainvilli (Guanay) y Larus modestus (Gaviota Garuma), que también
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están catalogadas como especies vulnerables. Por otra parte, el proyecto se emplazará en zonas con abundancia relativamente alta de zooplancton y organismos planctónicos.
Para mayor detalle, ver tabla 3-2 del Capítulo 3 del ElA y numeral 1.3.2.5 del Capítulo 2 del ElA. 7. Medidas de mitigación, reparación y/o compensación
Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Ampliación y Modernización Planta Prillex América” puede concluirse que las siguientes medidas propuestas por el titular y contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adenda, complementadas, en su caso, por los órganos con Competencia Ambiental, son apropiadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, las que deberán cumplirse para la ejecución del respectivo proyecto.
7.1. Calidad del aire
a) Humectación de los caminos no pavimentados al interior de Planta Prillex América en las fases de construcción y operación, con una frecuencia de 3-4 veces/día. Para mayor detalle, ver tabla 7-2 del Adenda N” 1 del ElA.
b) Humectación de los frentes de trabajo durante la fase de construcción, con una frecuencia de 4 veces/día.
c) Utilización de mallas raschel en torno a faenas de movimientos de tierra, durante la fase de construcción.
d) Adecuada mantención mecánica de vehículos conforme a programa e inspecciones regulares de forma que se minimicen las emisiones de gases.
e) El transporte del material proveniente de los movimientos de tierra, durante la fase de construcción, se realizará en camiones con la carga cubierta.
f) En PAN 1 y PAN 5, se instalará un catalizador secundario en el reactor de oxidación de amoniaco que permitirá controlar las emisiones de óxido nitroso (N20) durante la fase de operación, limitándolas a 240 ppm.
g) Todas las salidas de amoniaco gaseoso de las plantas actuales y nuevas, durante la fase de operación, serán conducidas a una única antorcha, actualmente existente, para su combustión
controlada.
h) A fin de controlar las emisiones de color que se produzcan durante las detenciones y partidas de las plantas de ácido nítrico durante la fase de operación, se instalarán equipos inyectores de aire en las chimeneas de las plantas de ácido nítrico, para la dilución en chimenea como mecanismo de control visual. Para mayor detalle, ver numeral 3.1 del Adenda N” 2 del ElA y Anexos N” 14 y N* 15 del Adenda N? 2 del ElA.
i) En la planta de nitrato de amonio, se instalará un sistema lavador de gases tipo venturi
scrubber, que permitirá recuperar el material particulado durante la fase de operación, logrando mantener una concentración menor a 50 g/mÍN de partículas sólidas en el efluente gaseoso.
j) En la nueva planta de ácido nítrico, se instalará un sistema de reducción de óxidos nitrosos (NO+ NO)), que consistirá en una conversión catalítica que permitirá reducir la emisión de NO, a niveles máximos de 78 ppm, durante la fase de operación.
Para mayor detalle de las medidas de mitigación del componente calidad del aire, ver Capítulo 5 del ElA, numeral 7.1 del Adenda N” 1 del ElA, numeral 3.1 del Adenda N* 2 del ElA y Anexo N?
10 del Adenda N” 1 del ElA.
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7.2. Fauna Se implementarán las siguientes medidas:
a) Se implementará la medida de perturbación controlada del reptil Microlophus atacamensis (Corredor de Atacama), permitiendo el desplazamiento por sus propios medios, fuera de la zona que será intervenida en la línea de la costa, durante la fase de construcción, es decir, el traslado activo propio de los ejemplares de fauna a sectores que no serán intervenidos por el proyecto, dejando o permitiendo vías de escape hacia áreas contiguas favorables.
b) Se cubrirá en forma previa el área a intervenir por las obras de captación y descarga de agua de mar (durante la fase de construcción), correspondiente a 3.300 m? (30 m a ambos lados de los ductos y 55 m de longitud), durante toda la temporada reproductiva de la especie Haematopus palliatus (pilpilén) entre los meses de Septiembre a Febrero, de manera de evitar que ocupen el sector a intervenir como posible área de nidificación
La cubierta corresponderá a una lona a nivel del suelo o una malla a cierta altura del suelo, la cual podrá ser retirada mientras se realicen las obras de construcción, durante el día. Asimismo, durante el tiempo en que esté puesta esta lona o malla y no se realicen actividades, habrá un encargado que revise regularmente su posición en el área de interés y condición despejada de la superficie, sin arena que permita la nidificación de la especie. La lona o malla será instalada de manera posterior a la medida de perturbación controlada del reptil Microlophus atacamensis.
Por último, el área de afectación será delimitada con malla o huincha, de tal manera de indicar claramente cuál será el área que será intervenida y transitada, y así poder proteger las áreas colindantes.
Cc) Durante las fases de construcción y operación, los contenedores que se utilizarán para el almacenamiento de los residuos domésticos tendrán cierre con tapa, de manera de evitar la dispersión de desechos en el área del proyecto.
d) Durante las fases de construcción y operación, se capacitará a todo el personal respecto de la eventual existencia de fauna local y sus cuidados.
Para mayor detalle de las medidas de mitigación del componente fauna, ver Capítulo 5 del ElA, numeral 7.3 del Adenda N? 1 del ElA y tabla 1-5 del Anexo N* 16 del Adenda N” 2 del ElA.
- Plan de seguimiento ambiental
A continuación, se describe el plan de seguimiento ambiental, que permitirá asegurar que las variables ambientales relevantes que dieron origen al ElA y que se relacionan con los impactos ambientales del proyecto, evolucionan según lo establecido en la evaluación del proyecto.
8.1. Plan de seguimiento de calidad del aire
a) Durante la fase de operación, se continuará con el plan de monitoreo continuo de la calidad del aire para NO,, en las dos estaciones de monitoreo de calidad de aire ENAEX S.A. en la ciudad de Mejillones (Estación Jardín Infantil Integra y Liceo Juan José Latorre), entregando un informe mensual de las concentraciones horarias de NO, a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y SEREMI de Salud, ambas de la Región de Antofagasta.
Complementariamente y en forma semestral, se presentará un informe con las detenciones y
partidas de planta de ácido nítrico, los promedios de NO, cada 10 minutos y cada 1 hora, medidos en las estaciones de monitoreo, 12 horas antes y 12 horas después de cada detención
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y partida, y los análisis de resultados. Esta información también se enviará a la llustre Municipalidad de Mejillones.
b) Durante la fase de operación, se implementará el monitoreo de NOx (NO y NO>) de forma continua, en la nueva planta de ácido nítrico N* 5 y en las chimeneas de las plantas de ácido existentes que se mantendrán en operación. Dicho muestreo se realizará mediante el método de Método 7 EPA (Agencia de Protección Ambiental de los EUA), u otro equivalente.
Se mantendrá un informe en línea (promedio de 1 hora actualizado cada 5 minutos) con la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta y se entregará un informe anual a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y SEREMI de Salud, ambas de la Región de Antofagasta.
c) Respecto al PM10 y durante la fase de operación, el monitoreo consistirá en un muestreo isocinético anual (método CH-5) en la chimenea de la planta de nitrato de amonio N* 5, manteniéndose en las chimeneas de las plantas de nitrato existentes, con la misma frecuencia y metodología y se entregará un informe anual a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y SEREMI de Salud, ambas de la Región de Antofagasta.
Por otra parte, para el monitoreo de MP10 durante la fase de operación, en las estaciones Jardín Integra y Liceo Juan José Latorre, se mantendrá el método discreto de medición de 24 horas cada 3 días en muestreador de alto volumen y se entregará un informe mensual a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y SEREMI de Salud, ambas de la Región de Antofagasta
d) Junto con el inicio de la fase de construcción, se iniciará el monitoreo de MP2,5 en la estación Juan José Latorre. El monitoreo será de tipo discreto, con mediciones durante 24 horas cada 3 días calendario, remitiéndose mensualmente los informes a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a la SEREMI de Salud y SEREMI de Medio Ambiente, ambas de la Región de Antofagasta.
Para mayor detalle, ver numeral 9.1 del Adenda N” 1 del ElA y tabla 1-5 del Anexo N* 16 del Adenda N? 2 del ElA.
8.2. Plan de seguimiento de fauna
a) Durante la fase de construcción, se emitirá un informe del resultado asociado a la medida de perturbación controlada de Microlophus atacamensis, que se entregará a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia al Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta.
b) Respecto al cubrimiento en forma previa del área a intervenir por las obras de captación y descarga de agua de mar en la fase de construcción, durante toda la temporada reproductiva de la especie Haematopus palliatus (pilpilén), y de manera verificar la implementación de esta medida, se elaborarán y entregarán a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia al Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta, dos informes, uno en forma previa y otro posterior a los trabajos.
8.3. Otros planes de seguimiento 8.3.1. Plan de seguimiento del medio marino
Se continuará el programa de vigilancia de las componentes físicas y bióticas del medio marino en el borde costero frente a Planta Prillex América. Este plan incluye las siguientes variables:
a) Variables físicas: temperatura superficial y subsuperficial del mar; y Columna de Agua, en la que se analizan el pH, temperatura, salinidad, concentración de oxígeno, carbono orgánico
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particulado, sólidos suspendidos, sólidos sedimentables, mercurio (Hg), cadmio (Cd), zinc (Zn), plomo (Pb) y arsénico (As), cobre (Cu)
b) Variables bióticas: comunidades bentónicas y sedimentos
La frecuencia de monitoreo será semestral durante los tres primeros años de la fase de operación, entregando un informa semestral a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia a la Gobernación Marítima de Antofagasta y Dirección Regional Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Antofagasta.
Para mayor detalla del plan de vigilancia del medio marino, ver tabla 6-1 del Capítulo 6 del ElA, Anexo 2.4 del ElA, numeral 9.2 del Adenda N” 1 del ElA y numeral 5.1 del Adenda N” 2 del ElA.
- Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes
Las medidas contenidas en el plan de prevención de riesgos y control de accidentes ambientales del proyecto, se componen de dos instrumentos de gestión, el primero consiste en la elaboración y aplicación de un plan de prevención de riesgos ambientales, cuyo objetivo es evitar la ocurrencia de eventos con potencial de causar daño a las personas, instalaciones y/o al medio ambiente. Mientras que el segundo instrumento de gestión, considera la elaboración y aplicación de medidas de control de accidentes ambientales, las cuales tienen como objetivo permitir una intervención frente a la ocurrencia de eventos con potencial de causar daño a las personas, instalaciones y/o al medio ambiente.
Para mayor detalle, ver Capítulo 11 del ElA, numerales 8.1, 8.2, 8.3 y 8.4 del Adenda N* 1 del ElA y Anexo N? 7 del Adenda N? 1 del ElA.
Por otra parte, en caso de avistamiento de algún ejemplar de fauna afectado por las instalaciones o actividades dentro o en el entorno de Planta Prillex América, por algún trabajador de planta o contratista, se deberá avisar inmediatamente al jefe de turno de medio ambiente y prevención de riesgos. El departamento de medio ambiente será quién dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero y/o la Dirección Regional Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la región de Antofagasta, coordinando el rescate y traslado al "Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre de la Zona Norte del País" perteneciente a la Universidad de Antofagasta.
De acuerdo a los distintos tipos de especies, ya sea ave, reptil o mamífero, se aplicarán las siguientes medidas para su rescate y devolución a su hábitat natural si es posible:
-
Delimitación del sector, de manera que personas ajenas al rescate no entren en contacto con el animal, evitando el aumento de estrés.
-
Evaluación de la zona donde se encuentra el individuo y analizar de qué manera se realizará la captura (jaula, malla o lazo).
-
Si se requiere la instalación de iluminación para mejorar la visibilidad se utilizarán lámparas de emergencia o focos.
e El personal que realizará la captura y rescate, deberá contar con los elementos de protección personal básicos para protegerse, ya que un ejemplar asustado puede defenderse y atacar, tales como trajes de agua, botas, guantes de cuero antiparras y mascarilla. Así como baldes, palas, cuerdas, linternas, mantas, toallas, jaula de transporte, chinguillos, cabestrillos, etc.
-
La estrategia a aplicar será definida por el equipo que realizará el rescate, liderados por el departamento de prevención de riesgo o medio ambiente, basado en las recomendaciones del organismo competente del estado.
-
Se despejará el área de productos, materiales que obstaculicen el transito normal del personal.
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+. La especie capturada deberá ser resguardada en una caja, jaula o contenedor apto para su traslado con condiciones de temperatura y aireación apropiadas.
-
El tiempo de cautiverio de la especie rescatada deberá ser el menor posible, ya que se debe evitar el nivel de estrés que se le pueda provocar al ejemplar capturado.
-
Los costos de los procedimientos clínicos y de alimentación del centro de rescate, serán asumidos por Planta Prillex América.
Para mayor detalle, ver numerales 3.2 y 4.1 del Adenda N? 2 del ElA.
- Relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo regional y con los planes de desarrollo comunal.
El Gobierno Regional de Antofagasta se pronunció conforme a través del Ordinario N* 01497 de fecha 6 de Agosto de 2013.
La Ilustre Municipalidad de Mejillones, en su Ordinario N 473/2013 de fecha 10 de Octubre de 2013, que se reitera en su pronunciamiento del Ordinario N 533/2013 de fecha 23 de Diciembre de 2013, se pronunció de la siguiente forma:
“ a) Se le solicita al titular formalizar mediante un protocolo o convenio de cooperación lo expresado en su respuesta a la pregunta N* 7.”
Al respecto, sobre los lazos de cooperación y el apoyo para proyectos sociales en la comuna de Mejillones, señalados por el titular en el numeral 10.7 del Adenda N? 1 del ElA, se considera que dichos compromisos forman parte del expediente de evaluación del proyecto, a los cuales se les deberá dar cumplimiento, de acuerdo a lo señalado en el numeral 2 de los Resuelvos de la presente Resolución.
- Compatibilidad territorial del proyecto
El Gobierno Regional de Antofagasta en el Ordinario N* 0047 de fecha 8 de Enero de 2013, señala que no se emite pronunciamiento, debido a que el proyecto se encuentra normado por el Plan Regulador Comunal, cuyo pronunciamiento le corresponde al municipio respectivo.
La llustre Municipalidad de Mejillones, en su Ordinario N 473/2013 de fecha 10 de Octubre de 2013, que se reitera en su pronunciamiento del Ordinario N 533/2013 de fecha 23 de Diciembre de 2013, se pronunció de la siguiente forma:
“ a) Sobre la respuesta a la pregunta N” 8 letra b) el titular no aclara como resuelve las urbanizaciones que le son aplicables a la pavimentación de las vías que enfrenta el predio, por tal motivo se solicita precisar como dará cumplimiento a la pavimentación al frente predial de Avenida Costanera Oriente.”
Al respecto, la pavimentación de las vías en el frente predial de Avenida Costanera Oriente es de competencia sectorial y no forma parte del proceso de evaluación ambiental del presente proyecto.
- Proposición de condiciones o exigencias específicas que el titular debería cumplir para ejecutar el Proyecto o Actividad
12.1. Previo a la puesta en marcha y la fase de operación del proyecto, se deberá tramitar con la Gobernación Marítima de la Región de Antofagasta, la resolución que autorice el uso del anti- incrustante hipoclorito de sodio, en aguas de jurisdicción nacional.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al “Ampliación y Modernización Planta Prillex América” y sobre la base de los antecedentes que constan en el
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expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.
-
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del “Ampliación y Modernización Planta Prillex América” requiere los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 73, N? 90, N” 91, N” 93, N? 94, N” 95 y N” 101 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N” 73 fue informado favorablemente por la Gobernación Marítima de la Región de Antofagasta. Los Permisos Ambientales Sectoriales contenidos en los artículos N” 90, N 91, N” 93 y N” 94, fueron informados favorablemente por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, calificando la actividad como Molesta. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N 95 fue informado favorablemente por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N? 101 fue informado favorablemente por la Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando ésta lo solicite, y facilitando la información y documentación que ésta requiera para el buen desempeño de sus funciones.
-
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas por ésta.
-
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, sólo está facultada para pronunciarse respecto de la calificación ambiental del proyecto, por lo cual, para que éste pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las demás normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo fiscalizador que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, con copia a la Superintendencia del Medio Ambiente, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.
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Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.
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Que, esta Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse sobre los aspectos ambientales del proyecto, por lo cual su decisión no es vinculante con cualquier trámite posterior destinado a la obtención del terreno para que el proyecto se pueda ejecutar.
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Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
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RESUELVE:
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CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Ampliación y Modernización Planta Prillex América”, presentado por ENAEX S.A..
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DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su ElA, en sus Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.
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CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Ampliación y Modernización Planta Prillex América” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N” 73, N 90, N” 91, N” 93, N 94, N* 95 y N” 101 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que respecto de los efectos características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la ley N? 19.300, se han establecido las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas.
Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.
Presidente misión de Evaluación
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Distribución: *
Proponente.
Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Expediente proyecto.
Archivo Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta.
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