Proyecto El Espino
REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE COQUIMBO
MAT.: Califica Ambientalmente Favorable el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “El Espino”.
RESOLUCION EXENTA No O 0 0 1 As LA SERENA, 06 ENE. 2016 VISTOS:
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Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N20.417; el Decreto Supremo N95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600/2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.
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El Estudio de Impacto Ambiental, en adelante el ElA, y sus Adenda del proyecto “El Espino”, presentado por el Señor Marcelo Bruna Lopetegui, en representación de Sociedad Punta del Cobre S.A., con fecha 17 de Abril de 2013.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del ElA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Pronunciamientos al ElA:
. Oficio N*5.7/023, de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, Región de Coquimbo, de fecha 02/05/2013;
. Oficio N*%12600/25/237, de la Gobernación Marítima de Coquimbo, de fecha 08/05/2013;
. Oficio N*592, de la llustre Municipalidad de Illapel, de fecha 10/05/2013;
. Oficio N*%1414, de la Dirección de Vialidad, Región de Coquimbo, de fecha 03/06/2013;
. Oficio N*12600/25/285, de la Gobernación Marítima, Región de Coquimbo, de fecha 04/06/2013;
. Oficio N*%01065, de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo, de fecha 04/06/2013;
. Oficio N*%0870, de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 04/06/2013;
. Oficio N%000283, de la Ilustre Municipalidad de Canela, de fecha 06/06/2013; . Oficio N%709, de la Ilustre Municipalidad de Illapel, de fecha 06/06/2013; . Oficio N*“24-EA/2013, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo,
de fecha 06/06/2013;
. Oficio N*%923, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 06/06/2013;
. Oficio N%425, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 06/06/2013;
. Oficio N442, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 06/06/2013; _ . Oficio N%2835/2013, del Servicio Nacional de Geología y Minería, Regies 3 EVA Coquimbo, de fecha 06/06/2013; A ANO
3.3.
Oficio N*%177, de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 07/06/2013;
Oficio N%695, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo, de fecha 10/06/2013;
Oficio N“440, del Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo, de fecha 14/06/2013;
Oficio N%908, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 10/06/2013;
Oficio N*40, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 07/06/2013; Oficio N%265, de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 14/06/2013;
Oficio N%0539 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 17/06/2013;
Oficio N2099, del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 17/06/2013; Oficio N580/ACC.851135 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 19/06/2013;
Oficio N%1349 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de fecha 20/06/2013; Oficio N*2908, del Gobierno Regional, Región de Coquimbo, de fecha 05/08/2013.
Pronunciamientos al Adenda N*1 del ElA:
Oficio N5.7/078, de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, de fecha 16/12/2013; Oficio N12600/25/670, de la Gobernación Marítima, Región de Coquimbo, de fecha 17/12/2013;
Oficio N*1445, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 20/12/2013;
Oficio N*“2198 de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 20/12/2013;
Oficio N*2600, de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo, de fecha 31/12/2013;
Oficio N*%03405, del Servicio Nacional de Pesca, Región de Coquimbo, de fecha 02/01/2014;
Oficio N%1-EA/2014, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, de fecha 02/01/2014;
Oficio N*001, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 02/01/2014;
Oficio N%01, de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 02/01/2014;
Oficio N20, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 02/01/2014; Oficio N03, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 03/01/2014;
Oficio N*%0001/2014, del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 03/01/2014;
Oficio N*6/ACC.929040 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 06/01/2014;
Oficio N*%02, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 07/01/2014; Oficio N%105, del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 14/01/2014;
Oficio N%72, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de fecha 14/01/2014; Oficio N%0173, de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 17/02/2014.
Pronunciamientos al Adenda N?2 del ElA:
Oficio N*%525, de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 08/04/2015;
Oficio N%668, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 20/04/2015;
Oficio N*504, de la Ilustre Municipalidad de Illapel, de fecha 21/04/2015;
. Oficio N*%000448 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 21/04/2015;
. Oficio N*%005728, del Servicio Nacional de Pesca, Región de Coquimbo, de fecha 21/04/2015;
. Oficio N17, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 22/04/2015; Oficio N343, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo, de fecha 22/04/2015;
. Oficio N%000256, de la llustre Municipalidad de Canela, de fecha 22/04/2015;
. Oficio N*287, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 22/04/2015;
. Oficio N*11-EA/2015, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, de fecha 21/04/2015;
. Oficio N*12600/25/196, de la Gobernación Marítima, Región de Coquimbo, de fecha 21/04/2015;
. Oficio N*1244/2015, del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 21/04/2015;
. Oficio N*1002, de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo, de
fecha 21/04/2015;
. Oficio N*167, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 21/04/2015;
. Oficio N%148, de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 21/04/2015;
. Oficio N*541, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 22/04/2015;
. Oficio N*21/020, de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, de fecha 22/04/2015;
. Oficio N%1569, del Gobierno Regional, Región de Coquimbo, de fecha 22/04/2015;
. Oficio N%169, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de fecha 23/04/2015;
. Oficio N*154, de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 27/04/2015;
. Oficio N*073, del Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo, de fecha 27/04/2015;
. Oficio N*1407, del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 29/05/2015.
3.4. Pronunciamientos al Adenda N*3 del ElA:
. Oficio N*006687, del Servicio Nacional de Pesca, Región de Coquimbo, de fecha
16/11/2015;
. Oficio N%1805, de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 17/11/2015;
. Oficio N*2019, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 19/11/2015;
. Oficio N*3914/2015, del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 18/11/2015; . Oficio N%346, de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha
20/11/2015;
. Oficio N“2550, de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo, de fecha 20/11/2015;
. Oficio N%694, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 20/11/2015;
Oficio N* 43, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 20/11/2015;
. Oficio N*35- EA/20151, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, de fecha 19/11/2015;
. Oficio N*1031, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo, de fecha 23/11/2015.
. Oficio N*349, de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha
25/11/2015. . . Oficio N*704, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, deteohaa, . IN = 30/11/2015; 45)
HA < A? SS
(a . Í
. Oficio N%2097/2015, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 30/11/2015.
3.5. En relación a la Visación del Informe Consolidado de Evaluación del ElA:
. Oficio N%2045, de la SEREMI de Obras Públicas, región de Coquimbo, de fecha
23/12/2015;
. Oficio N*554, de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 23/12/2015;
. Oficio N*2735, de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo, de fecha 23/12/2015;
. Oficio N*507, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 23/12/2015:
. Oficio N*%41-EA/2015, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, de fecha 23/12/2015;
. Oficio N*267, del Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo, de fecha 23/12/2015;
. Oficio N(D.A.C) ORD. SEIA N*500 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de fecha 24/12/2015;
. Oficio N%4311/2015, del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 24/12/2015;
. Oficio N%752, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 24/12/2015;
. Oficio N%01590, de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 24/12/2015;
. Oficio N*2227, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 24/12/2015;
. Oficio N%48, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 24/12/2015;
. Oficio N%381, de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 22/12/2015.
. Oficio N*21/045, de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, de fecha 22/12/2015.
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Las observaciones ciudadanas formuladas al Estudio de Impacto Ambiental en el primer proceso de Participación Ciudadana, por parte de las siguientes personas naturales y organizaciones ciudadanas: Sra. Rosa Ester Cortés Zuleta, Sr. Marcelo Lorca Ortiz, Sra. Amy Deane, Sr. Nelson de Jesús Durán Porras, Sr. Javier Magnasco Fernández, Sr. Rigoberto del Carmen Vásquez Vera, Sr. Mario Carvajal Casanga, Sra. Luz Angélica González Guerra, Comunidad Agrícola de Canela Baja actuando como representante legal el Sr. Homero Cortés Campusano, Comunidad Agrícola de Canela Alta actuando como representante legal el Sr. Carlos Rojo Bugueño, Junta de Vecinos Quebrada Grande actuando como representante legal la Sra. Juana Cortés Cortés.
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Las observaciones formuladas ciudadanas a la Adenda N?2 en el segundo proceso de Participación Ciudadana, por parte de las siguientes personas naturales y organización ciudadana: Sr. Emilio Antonio Tapia Molina, Sr. Silvio Montenegro Vargas, Sr. Mario Carvajal Casanga, Junta de Vecinos Quebrada Grande actuando como representante legal la Sra. Juana Cortés Cortés.
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Las observaciones ciudadanas no admisibles formuladas en el segundo proceso de participación ciudadana por Minera Illapel Sociedad Anónima; D 8 G Sociedad Anónima y Escuela San Enrique N*19 La Yesera, todas como personas jurídicas, que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley N%19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por cuanto no presentaron los antecedentes que acreditaran las respectivas personalidades jurídicas y/o vigencia de la representación legal.
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Las Actas de las Sesiones del Comité Técnico de la Región de Coquimbo, de fechas 28 de Mayo de 2013, 16 de Noviembre de 2015 y 18 de Diciembre de 2015.
o
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El Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “El Espino”, de fecha 21 de Diciembre de 2015.
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El acuerdo de la Sesión Extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, de fecha 29 de Diciembre de 2015.
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Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del ElA del proyecto “EL Espino”.
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.
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Que, el derecho del titular del proyecto a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales.
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Que, según los antecedentes señalados en el ElA, sus Adenda y el Informe Consolidado de Evaluación, el proyecto consiste en la explotación del yacimiento El Espino, con el objetivo de producir concentrado de cobre de alta pureza. La explotación de la mina considera una extracción inicial o pre-Stripping del orden de 31 millones de toneladas de sobrecarga. Posteriormente, durante 16 años, se extraerá un total del orden de 650 millones de toneladas de material, de los cuales 515 millones de toneladas corresponderán a estéril y 135 millones de toneladas corresponderán a mineral, tanto sulfurado, como oxidado.
El Proyecto contempla una tasa de extracción de hasta 51 millones toneladas al año de material. El material estéril será depositado en depósitos de lastre (43 millones de toneladas anual promedio). El mineral sulfurado será sometido a sucesivas etapas de chancado para posteriormente ser procesado en una Planta Concentradora en la que se realizarán las operaciones de molienda y flotación. La producción anual de concentrado de cobre será hasta 148.000 toneladas.
Por su parte el mineral oxidado será depositado en un acopio de óxido y mixto según corresponda. Se contempla su posterior comercialización a terceros que cuenten con los permisos correspondientes
El relave proveniente del proceso de concentración, se generará a una tasa de 8 millones de toneladas anuales, será dispuesto en un depósito de relaves filtrados con una capacidad máxima de 150 millones de toneladas, suficiente para toda la vida útil del Proyecto.
El Proyecto considera agua de mar para su abastecimiento de agua industrial y potable. El agua será captada a una tasa del orden de 180 l/s en un punto Ubicado en el sector costero al norte de Puerto Oscuro e impulsada hasta el área del proyecto a través de un acueducto de 64 km de longitud.
Las principales obras físicas del Proyecto serán la mina El Espino, los depósitos de lastre, las instalaciones mina (taller de mantenimiento, oficinas), la planta de proceso, el depósito de relaves, las instalaciones auxiliares (tales como instalaciones asociadas al suministro y distribución de insumos, al manejo de residuos, almacenamiento de productos, oficinas, etc.), el sistema de captación de agua de mar y su transporte mediante acueducto.
3.1. Ubicación del Proyecto y Superficie. El
royecto se ubica en la Región de Coquimbo, en tres sectores en particular:
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. Sector El Espino, ubicado en la zona de la cuesta El Espino, a aproximadamente 35 km al norte de la ciudad de Illapel, en la comuna de Illapel, provincia del Choapa. En esta zona se emplazarán el rajo, los depósitos de lastre, la planta de procesos, el depósito de relaves y las instalaciones auxiliares. Para acceder a este sector desde la Ruta 5 se toma la Ruta 47 hasta la ciudad de Illapel y a partir de esta ciudad, se debe ingresar por la Ruta D-705 y D-895, y en un tramo de 32,8 km se llega al sector de El Espino.
. Sector Acueducto, comprende una faja del acueducto, que se extenderá enterrado desde el punto de captación de agua de mar hasta las instalaciones en el Sector El Espino. El acueducto tendrá una extensión de 64 km, cruzando las comunas de Canela e Illapel de la provincia de Choapa. A este sector se accede directamente desde la Ruta 5 o desde el Sector El Espino, por una huella de servicio paralelo al acueducto.
. Sector Costa, comprende la zona en que se realizará la captación de agua de mar, al norte del sector de Puerto Oscuro, en la comuna de Canela, provincia del Choapa. Al punto de captación de agua de mar se accede mediante un camino de acercamiento a la Caleta Puerto Oscuro y un desvío existente. Una vez construido el acueducto, se podrá acceder a través de la huella que se habilitará sobre su trazado.
Para mayor detalle de la ubicación de cada uno de los sectores e instalaciones ver Anexo 1.2 del ElA. Para mayor detalle de la ubicación georreferenciada de cada una de las instalaciones ver Tabla 1-1 del ElA y Anexo PL-1 del Adenda N*2 del ElA.
La superficie del proyecto es de 1.189,2 hectáreas, correspondiente a la sumatoria de las obras y actividades del proyecto en cada uno de sus sectores identificados anteriormente. Para mayor detalle, ver tabla 1-3 y Anexo N%1.2, ambos del ElA, numeral 1.4 del Adenda N91 del ElA, numeral 1.1 y tabla 1-2 ambos del Adenda N2 del ElA.
3.2. Monto de Inversión. La inversión estimada para la ejecución del proyecto será de US $ 624 millones. 3.3. Vida Útil y Cronograma de Actividades.
La vida útil considerada para este proyecto será de 23 años. La fase de construcción tendrá una extensión de 2 años, mientras que la etapa de operación de 16 años y la etapa de cierre un periodo de 5 años. Para mayor detalle, ver numeral 1.2.10 del ElA, numeral 1.1 del Adenda N%1 del ElA, numeral 1.13 del Adenda N93 del ElA.
3.4. Mano de Obra.
Para la construcción del proyecto se estima una cantidad de mano de obra máxima de 2.900 trabajadores contemplando todos los sectores de intervención del proyecto. Para la etapa de operación del proyecto se consideran 700 personas, mientras que para la etapa de cierre un total de 200 personas. En cada etapa del proyecto y en todos los sectores se operará en tres turnos de 8 horas de trabajo.
3.5. Descripción de las Partes, Obras y Acciones del Proyecto.
A continuación el detalle de cada una de las partes, obras y acciones del proyecto de acuerdo a cada uno de los sectores contemplados:
La descripción general se puede visualizar en al Anexo 6.1 del Adenda N*2 del ElA, mientras que la ubicación de cada una de las obras que constituyen el proyecto se puede visualizar en la Tabla |-1, Anexo N%1 y Anexo P5, todos del Adenda N93 del ElA.
3.5.1. SECTOR EL ESPINO. 3.5.1.1. Rajo El Espino.
El yacimiento El Espino se ubica aproximadamente a 35 km al norte de la ciudad de Illapel. La explotación de esta mina se realizará mediante el método de explotación a rajo abierto durante la fase de operación que se extenderá por 16 años, proyectándose una superficie final del rajo de 192,8 hectáreas con una profundidad de 390 m (cota 760 msnm). Para mayor detalle, ver numeral 1.3.1.1 del ElA.
3.5.1.2. Depósitos de lastre y acopios temporales de sulfuros, óxidos y mixtos
El proyecto considera la construcción de tres depósitos de lastre ubicados al este, noreste y oeste del rajo. En total contempla una capacidad de 773 millones de toneladas y una superficie total disponible para cada uno de los depósitos de lastre de 208,2 há para el depósito de lastre Oeste, 136,6 há para el depósito de lastre Norte y de 178,2 há para el depósito de lastre Central.
Adicional a lo anterior, al sur del rajo se habilitarán tres áreas de acopio temporal destinados al almacenamiento transitorio de mineral sulfurado (12 há) que tendrá una capacidad de 6 millones de toneladas de mineral oxidado, (20 há) de 12 millones de toneladas y de mineral mixto (3 há) de 4 millones de toneladas. Las bases de estos acopios estarán acondicionadas con material estéril compactado, en el caso del acopio de sulfuros y del acopio de mixtos; e impermeabilizado con HDPE, en el caso del acopio de óxidos.
Para mayor detalle de las características de los depósitos de lastre ver numeral 1.3.1.2 y Tabla 1-6 ambos del ElA, y numerales 1.4 y 1.5, ambos del Adenda N%3 del ElA.
3.5.1.3. Chancador primario de sulfuros y correas.
Al costado sur del rajo se ubicará un chancador primario para el procesamiento de minerales sulfurados. Este chancador constará con una tolva de recepción y un equipo picador de roca para resolver eventuales atascos. La tolva de recepción por su parte estará cerrada con un cobertizo. El chancador primario operará al interior de una estructura cerrada. El traspaso desde el chancador a la correa estará cubierto y contará en este punto con un sistema colector de polvo. Para mayor detalle, ver numeral 1.3.1.5 del ElA.
3.5.1.4. Planta concentradora
La planta concentradora, tendrá una superficie de 22,9 há, y contará con un área de chancado secundario y terciario, un área de molienda y flotación, un área de recuperación de oro y un área de espesado, filtrado y acopio de concentrado.
Los chancadores secundarios y terciarios, y los harneros respectivos operarán cubiertos y contarán, además, con un sistema colector de polvo en las descargas a correas. Este sistema consistirá en mangas que aspiran el mineral de menor tamaño evitando su dispersión.
El material resultante de este circuito será transportado mediante una correa hacia el acopio de finos, el cual estará cerrado mediante una estructura tipo domo.
El área de molienda no será techada, y contará con un molino de bolas y un molino vertical de remolienda. El área de flotación, igualmente no estará techada, contará con celdas primarias, celdas de barrido y celdas de limpieza. Al norte del área de flotación se emplazará el circuito de espesado y filtrado del concentrado, que contará con espesador, filtro y acopio; este circuito se emplazará en un área techada y cerrada.
A un costado de la planta se habilitará un edificio para el acopio del concentrado. Anexo. a
él existirá una zona en que se lavarán las ruedas y la tolva de los camiones para elimiñiar:
el concentrado adherido. El agua de lavado se retornará al proceso productivos | pa
espesador de concentrado. En este edificio existirá también una romana para verificar el peso de los camiones.
Para mayor detalle de cada uno de los componentes de la planta concentradora, ver Anexo PL-1.2 del Adenda N1 del ElA, y Anexo PL-1 del Adenda N2 del ElA, Anexo N*7 del Adenda N?3 del ElA.
3.5.1.5. Planta de filtros.
Los relaves serán transportados desde el espesador de relaves hasta un estanque de cabeza que alimenta la etapa de filtración por un sistema de bombeo hasta la planta de filtros. Los equipos reciben la alimentación del relave espesado desde el estanque de cabeza, extrayendo el agua hasta entregar un producto con una humedad final de 18% promedio.
El edificio de la planta de filtros ocupará una superficie de 1.000 m? y una altura aproximada de 25 m.
Para mayor detalle, ver numeral 1.2 del Adenda N93 del ElA.
3.5.1.6. Depósito de relaves filtrados.
Para el depósito de relaves se contará con un área de disposición de relaves filtrados de una superficie final de 113.3 hectáreas y una capacidad máxima de 70 millones de m? que se traduce a 150 millones de toneladas de relaves.
Se ubicará al sur de la planta de beneficio del proyecto. Este depósito contará con una tecnología de disposición, que no genera laguna de aguas claras como lo hace un tranque de relaves.
Para mayor detalle, ver numeral 1.3.1.7 del ElA, numerales 1.14.3 y 1.14.4 del Adenda N%1 del ElA, Anexo 1.5 del Adenda N*2 del ElA, numeral 1.2 y Anexo P1, ambos del Adenda N%3 del ElA
3.5.1.7. Línea de Transmisión Eléctrica 66/110kV y Subestación.
El tendido eléctrico de 110 kV Ovalle- Illapel y el de 66 kV lllapel- Ovalle, que cruza el fundo Plan de Hornos y que es operado por su propietario Transnet, se modificará en una longitud de 12,7 km, para abastecer a las instalaciones del proyecto en el sector de El Espino.
También se contempla la construcción una subestación eléctrica, denominada Majadas de 45 MVA de capacidad, ubicada al norte de la cumbre del cerro del mismo nombre, necesaria para modificar la tensión de salida para la distribución en las instalaciones del sector de El Espino y la construcción de una nueva línea de alta tensión interna.
3.5.1.8. Instalaciones anexas y complementarias.
Correspondiente a todas aquellas actividades y obras, necesarias para el funcionamiento del proyecto y complementarias a la actividad principal de explotación y procesamiento de minerales.
a) Polvorín: para las tronaduras propias del proceso de extracción de mineral se requerirá de los insumos, detonadores y retardadores, los cuales se almacenarán en un polvorín que contará con cierre perimetral, acceso controlado y restringido, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente. Para mayor detalle, ver numeral 1.3.1.3 del ElA, numerales 1.1 y 1.6, ambos del Adenda N93 del ElA.
b) Taller de mantenimiento: Para la mantención y reparación de máquinas, equipos y camiones, se contará con un taller, techado y cerrado, habilitado con talleres de camiones, soldaduras y neumáticos, de un área de almacenamiento de insumos de oficinas y servicios. A un costado del taller se habilitará una estación de lavado.
c) Sistema de desvío de aguas lluvias: para controlar el drenaje natural de aguas lluvias, evitar el arrastre del material acopiado e impedir el ingreso del agua a las distintas instalaciones, se ha considerado un sistema de desvío de aguas lluvias en la zona de depósitos de lastres, rajo, planta de procesamiento y el depósito de relaves filtrados, adjuntándose al contorno de estas obras. Este sistema ha sido diseñado considerando un periodo de retorno de 50 años para diseño y 100 años de verificación. Para mayor detalle de las obras, diseño y justificación, ver numeral 10.16 y Anexo 10.3, ambos del ElA, numeral 3,13 del Adenda N%1 del ElA, numerales 3.8, 1.10.3 y Anexo 1.5 y 3.8, todos del Adenda N%2 del ElA, numeral 1.10, Anexo P8, tabla 1-17 y literal g) del numeral 1.2.2, todos del Adenda N93 del ElA.
d) Relleno Sanitario y Controlado: Para la disposición final de residuos sólidos domésticos se habilitará un relleno sanitario en una superficie de 0,93 ha (Anexo PL-1.16 del Adenda N%2 del ElA). La capacidad del relleno sanitario será de aproximadamente 6.200 t, que corresponden a 12.400 m? de residuos compactados.
En el caso de los residuos sólidos no peligrosos, se habilitará un relleno controlado para su disposición final. Este relleno se emplazará dentro de una superficie de 1,09 ha (ver tabla |-1 del Adenda N%3 del ElA), cercada y de acceso controlado. La capacidad del relleno controlado será de aproximadamente 2.000 t, que corresponden a 4.000 m?* de residuos compactados, suficiente para disponer el total que se genere durante cada etapa del Proyecto. La ubicación de ambos se puede visualizar en el numeral 1.3 del Adenda N93 del ElA.
Para mayor detalle, ver numeral 1.3.1.10 del ElA y numeral 3.7 del Adenda N1 del ElA, numeral 3.4 del Adenda N2 del ElA. Para mayor detalle de la ubicación y características de estos rellenos ver numeral 1.10 y Anexo PL-1.9, ambos del Adenda N*1 del ElA, Anexo 3.1 y PL-3, ambos del Adenda N'2 del ElA.
e) Piscina de almacenamiento de agua de mar: será la piscina principal en el sector El Espino de una capacidad de 16.157 m* (plano PL-1.06 del Anexo PL1 del Adenda N?2 del ElA), encargada de recepcionar el agua de mar canalizada a través del acueducto y desde donde será distribuida para el procesamiento de minerales y para los servicios anexos para los cuales se habilitará una planta de osmosis inversa.
f) Otras instalaciones: cercano a la planta concentradora se habilitará un área destinada al emplazamiento de oficinas administrativas, comedor, bodegas, casa de cambio, etc., para el apoyo a las labores del proyecto minero. Estas instalaciones estarán adaptadas a las necesidades de espacio y uso, y contarán con revestimiento interior, aislación térmica, instalaciones eléctricas, baños, etc. Para mayor detalle ver numeral 1.3.1.10 del ElA.
3.5.1.9. Accesos y caminos.
Para facilitar el acceso al sitio de emplazamiento de las instalaciones del proyecto y el futuro transporte al interior del mismo, se habilitarán caminos internos y se modificarán caminos de conexión con el sector El Espino. Los caminos internos tanto temporales y permanentes de este sector totalizan una superficie de 51,7 há.
Los caminos de interconexión, destinados al transporte de materiales, insumos y personal, que conectarán el camino principal con las plantas de beneficios y depósito de relaves, además del rajo, las plantas y el depósito de relaves, entre sí tendrán un ancho de 6 metros de carpeta granular y contarán con señalizaciones, obras de art saneamiento y seguridad vial de acuerdo a lo establecido en el Manual de Carr, “as eglamento de Seguridad Minera. y Eno HE (9 o
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3.5.1.10. Modificación y mejora de Ruta D-895.
El trazado de la actual Ruta D-895 que conecta Illapel con Combarbalá y que cruza el Fundo Plan de Hornos, será modificado para facilitar el emplazamiento de las instalaciones mineras. El objetivo propuesto consiste en una ruta que rodee la zona de explotación y asentamiento minero.
El nuevo tramo, quedará conformado por 31,9 km de carretera (2,5 km mayor a su traza original), con una mejora en la geometría y en la carpeta que reducirá los tiempos de viaje y los costos de operación.
Para mayor detalle del diseño del trazado y características técnicas, ver numeral 1.3.1.12 del ElA, Anexo P6 del Adenda N93 del ElA.
3.5.2. SECTOR ACUEDUCTO. 3.5.2.1. Acueducto
El agua de mar será transportada a la faena minera en el Sector El Espino mediante una tubería, con liner interno de HDPE, adecuada para el transporte de agua a presión. El acueducto tendrá 64 km de longitud; estará provisto de revestimiento exterior para prevenir la corrosión e irá enterrado en toda su extensión. El trazado del acueducto se diseñó considerando la menor afectación ambiental respecto a afectación de quebradas, cercanía a centros urbanos, entre otros (ver numeral 10.4 del Adenda N*2 del ElA).
3.5.2.2. Estaciones de Bombeo.
La conducción de agua de mar a la planta será a través de dos estaciones sucesivas de bombeo, Estación de Bombeo N*%1 (EB 1) y N“2 (EB 2). La primera estación (EB 1) se ubicará en el punto de captación (Sector Costa), mientras que la segunda (EB 2) estará en el KM 50,5 del trazado de la impulsión.
Las estaciones de bombeo serán abastecidas mediante líneas energizadas de 23 kV: la EB1 desde la Subestación Las Palmas, mientras que la EB2 desde la nueva subestación ubicada en el Sector El Espino, Majadas.
A lo largo del trazado se contará con cámaras para válvulas de venteo en los puntos altos del trazado y cámaras de drenaje en los puntos bajos, cuyos drenajes serán controlados y derivados a piscinas de emergencia ubicadas en forma contigua a la tubería principal. El diseño considera la construcción de seis piscinas de emergencia a lo largo del trazado de la tubería. Asimismo se considera la construcción de una estación válvula para el corte del flujo de agua en caso de verificarse una alerta de emergencia en el sistema de bombeo. Para mayor detalle del diseño y trazado, ver numeral 1.3.2.1 y Anexo 1.2 ambos del ElA, numeral 1.20.5 del Adenda N*1 del ElA, numeral 1.13.2 del Adenda N?2 del ElA.
3.5.2.3. Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) para EB2.
Para el funcionamiento de la estación de bombeo N* 2, se habilitará una conexión eléctrica de 23kV desde la subestación Majadas, en el Sector El Espino, de 10,3 km de longitud.
3.5.3. SECTOR COSTA.
3.5.3.1. Obra de captación de agua.
El agua requerida para el proyecto se obtendrá mediante extracción de agua de mar en una pequeña bahía ubicada aproximadamente a 6,2 kilómetros al norte de la bahía Puerto Oscuro, a la altura del km 288,5 de la Ruta 5 Norte. Esta bahía, de aproximadamente 120 metros de largo y 30 metros de ancho, tiene una profundidad superior a 5 metros y se ncuentra flanqueada por paredes rocosas casi verticales. La captación de agua de mar
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se conformará por medio de un pretil de rocas, a modo de rompeolas, en forma transversal a la bahía, el cual permitirá contar con una piscina de agua con recarga natural, evitando el ingreso de algas y las cargas hidrodinámicas por oleaje rompiente. La obra tendrá una superficie de 2 há.
El sistema de captación estará compuesto por tuberías de acero inoxidable y por bombas verticales que impulsarán el caudal de agua de mar hasta la estación de bombeo EB 1, ubicada en el mismo sector de captación. Este sistema tendrá capacidad para captar y transportar un máximo de 180 l/s.
3.5.3.2. Línea de transmisión eléctrica (LTE) para EB 1
Necesaria para abastecer a la estación de bombeo N'1 y la captación de agua de mar. Esta línea estará energizada en 23 kV y conectada al SIC en la Subestación Las Palmas de la empresa Transelec. Desde esta Subestación hasta el punto de captación, la línea irá en paralelo y al oriente de la Ruta 5 en un trayecto de aproximadamente 9,5 km, hasta interceptar con la faja de servidumbre de la tubería de agua, donde se bifurcará en dirección a Estación de Bombeo N”1 y la estación de Captación de Agua de Mar, en una longitud adicional de 3,0 km. Para mayor detalle, ver numeral 1.3.3.1 del ElA.
3.6. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN.
Para llevar a cabo las obras y partes físicas que conforman el proyecto, durante la etapa de construcción, se consideran obras y actividades que se llevarán a cabo en los tres sectores contemplados para el proyecto. A continuación el detalle de cada una de las actividades para la etapa de construcción para cada uno de los sectores a desarrollar respectivamente:
3.6.1. SECTOR EL ESPINO. 3.6.1.1. Habilitación de Instalaciones de Faena.
Para la adecuada coordinación y ejecución de las obras que conformarán el proyecto, se habilitará un área de instalaciones de faena de carácter temporal durante todo el periodo en que se desarrollen las obras de construcción en el sector El Espino.
La instalación de faena contempla la habilitación de diversas áreas, y su ubicación está en estrecha relación con el tipo de instalación que se desea construir. De acuerdo a lo anterior, se pueden distinguir, entre otras, las siguientes faenas temporales: área seca, área húmeda, planta de hormigón, barrio cívico, almacenamiento de suministros, entre otros.
Los componentes básicos del área de instalación de faena corresponden a áreas de acopio de materiales y equipos, a talleres, pañoles, oficinas y áreas para acopios temporales de residuos, instalaciones temporales que prestan apoyo a las actividades diarias durante la construcción de las distintas áreas de la planta (ver Figura 1-3 del Adenda N“2 del ElA).
Se contempla una planta de hormigón con una capacidad aproximada de 50 m?/h, la que
operará durante la etapa de construcción ocupando una superficie aproximada de 3.500 m?
Se contempla área de lavado de camiones en taller de mantención ubicado en el área de mina y en el área del relleno sanitario, además de un área de lavado de betoneras en la instalación de faena. Esta última, consiste en un sistema de evacuación y de recirculación de agua que incorpora, un sistema de piscinas de decantación. El agua de. lavado será recuperada a través de pisos, canaletas inclinadas y tuberías 5
estanques desengrasadores y separadores que se ubicarán adyacentes a la pláhita lavado. Una vez recuperada, el agua será recirculada al mismo sistema de lavadó.,
Los lodos generados de las actividades de lavado anteriormente indicadas serán retirados por empresas autorizadas cuatro veces al año.
En los frentes de trabajo se instalarán baños químicos en la cantidad establecida por la normativa vigente. Se destinará un sector para el almacenamiento de materiales de construcción, equipos y cables eléctricos, entre otros.
Para mayor detalle de la instalación de faena, sus características y superficies, ver numeral 1.9 y Anexo PL-1.8, ambos del Adenda N1 del ElA, numerales 1.4.1, 4.1.1, 4.1.2 y Anexo PL-1 (1.20) todos del Adenda N2 del ElA, y numeral 1.8 y Anexo P7, ambos del Adenda N93 del ElA.
3.6.1.2. Habilitación de Campamento de Construcción.
El campamento consistirá principalmente en contenedores adaptados para oficinas, comedores y dormitorios, una planta de tratamiento de aguas servidas y un recinto para primeros auxilios. Tendrá una capacidad para albergar a 2.500 personas y tendrá una superficie de 3,2 há, contará con agua potable, una planta de tratamiento de aguas servidas, electricidad, alumbrado y protección contra incendio. También contará con áreas destinadas al estacionamiento de vehículos y vías de circulación internas.
El campamento se ubicará en el área en donde se ubicará el depósito de relaves filtrados. Transcurridos 4 años de iniciada la operación del depósito de relaves, estas instalaciones serán desmanteladas.
Para mayor detalle del campamento de construcción, ver numerales 1.3.1.11 y 1.4.1.2, ambos del ElA, numeral 1.8.2, Anexo PL-1.7, ambos del Adenda N%1 del ElA, tabla 1-2 del Adenda N%2 del EIA, y tabla |-1 del Adenda N%3 del ElA.
3.6.1.3. Preparación del terreno y emplazamiento de instalaciones.
Se requerirá de actividades de preparación del terreno para el montaje de las distintas instalaciones y/o construcción de obras de fundación. A continuación el detalle de las actividades:
a) Movimiento de tierra, compactación y relleno.
Para el montaje de las distintas instalaciones principales, se requerirá habilitar los terrenos mediante actividades de corte y relleno igualmente. Para rellenos seleccionados y estructurales el material será obtenido de los canales de contorno y desde el sitio de emplazamiento del depósito de relaves filtrados.
Para el emplazamiento de infraestructura complementaria (oficinas, áreas de almacenamiento temporal de residuos, plantas de tratamiento, polvorín y otros), se requerirá de preparación previa de terrenos mediante actividades de corte, relleno y nivelación de plataformas.
Los movimientos de tierra y/o material derivados de actividades de pre-striping y del estéril mina serán adecuados para ser utilizados para la construcción de las etapas del muro y plataforma de inicio del depósito de relaves.
De acuerdo a lo anterior, se estima que las excavaciones en material común, en roca y zanja serán del orden de 2.720.000 m?, mientras que los rellenos comunes requerirán aproximadamente 2.600.000 m'. Se utilizará mallas protectoras en los frentes de trabajo en que se realice movimiento de tierra, a objeto de evitar la dispersión de polvo.
Para mayor detalle, ver numeral 3.41 y Anexo PL-3.1, ambos del Adenda N1 del ElA, y numerales 3.2 y 10.21, ambos del Adenda N2 del ElA.
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b) Habilitación de Instalaciones.
Una vez habilitados los terrenos, se construirán las fundaciones, plataformas para descarga de material y/o estructuras de soporte. El hormigón requerido se obtendrá de la planta habilitada en faena. Posteriormente, se procederá al montaje de los chancadores primarios, de las correas transportadoras, de los talleres, de la planta de proceso, de los espesadores, estanques y tuberías, y de los servicios básicos, entre otros.
En esta etapa se construirá el sistema de distribución de agua, comenzando con la piscina revestida de 16.157 m* de capacidad, que almacenará el agua de mar. El proceso de llenado de la piscina estará controlado por señales de nivel, ubicadas en la misma piscina y controladas y monitoreadas por el sistema de control centralizado de la planta. El llenado de la piscina obedecerá a una filosofía de control que apunta a mantener la mayor parte del tiempo la piscina en una capacidad de 95% de su capacidad ocupada.
El revestimiento de la piscina de agua mar considera dos capas: 1 lámina de HDPE de 1.5 mm de espesor y un geotextil basal que impide el apozamiento, con un sistema de detección de fugas que captaría cualquier presencia de líquido entre las dos láminas de sello.
También se habilitarán las plantas de desalinización, desmineralización y de potabilización. Todas las instalaciones se construirán de acuerdo a criterios de diseño y seguridad minera.
Cabe hacer presente que se dispondrá en faena de un registro fotográfico actualizado de las obras realizadas durante el desarrollo del Proyecto. Para mayor detalle ver numeral 10.9 de la Adenda N*1 del ElA.
3.6.1.4, Habilitación de depósitos de lastre y acopios temporales de sulfuros, óxidos y mixtos.
En el caso particular de los tres depósitos de lastre a habilitar, se adecuará el área basal y los suelos sobre los cuales se apoyarán, para lo cual se realizará un escarpe retirando el suelo de calidad geomecánica media o inferior y/o con materia orgánica. Los tres depósitos de lastre se formarán llenando quebradas, por lo que quedarán confinados por las laderas en tres caras, dejando sin confinamiento sólo la cara aguas abajo. La inclinación de la superficie de apoyo de los depósitos de lastre será la misma pendiente que tienen las quebradas donde se ubicarán, las cuales son perpendiculares a la cara libre, que tiene cada depósito de lastre. La inclinación representativa para los tres depósitos es de 15%. Para mayor detalle de los parámetros de diseño de los depósitos, ver tabla 1-5 del ElA.
Por otro lado, la habilitación de las bases de los acopios temporales de mineral (sulfuros, óxidos y mixtos) también requerirá de movimientos menores de tierra, principalmente para el despeje de la superficie. En este caso, se habilitará una base con material estéril compactado, estimándose una cantidad de 100.000 m* de material estéril a utilizar. En el caso del acopio de óxidos, se impermeabilizará el terreno con material HDPE.
3.6.1.5. Habilitación planta de beneficio.
Contará con las áreas de chancado (primario, secundario y terciario), de molienda, de flotación, de espesamiento de relaves, de filtración y transporte de relaves y un área de espesamiento y filtración de concentrados. El inventario de los equipos y maquinarias que componen la planta de beneficio y su distribución se puede visualizar en el Anexo N%1.6 del Adenda N%1 del ElA y Anexo PL-1 del Adenda N*2 del ElA. Para el detalle de la ubicación y diagrama de flujo de cada uno de los componentes que contorman 3 A > de beneficio, ver Anexo N' 1.1 del Adenda N“2 del ElA. Pr e
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El área de planta contará con al menos 3 piscinas. La piscina de emergencia de e tendrá un volumen de 853 m*, la piscina de derrame de espesamiento y fil
tendrá un volumen de 619 m y una piscina de derrame de relave que contará con un volumen de 11.034 m?. Todas estas piscinas estarán compuestas por una doble capa de revestimiento, por dos láminas superpuestas de HDPE y separadas por una malla de filtro. De igual forma todas contarán con un sistema de detección de fuga en caso de eventualidades (ver numeral 1.2.2 del Adenda N2 del ElA y Anexo N%7 del Adenda N3 del ElA).
El área de planta de beneficio contará con un sistema de contención de manejo de aguas producto de eventos de precipitaciones máximas. Para mayor detalle, ver numeral 1.7.4 del Adenda N*2 del ElA.
De igual forma, para la protección de las instalaciones y evitar el ingreso a la piscina, se contempla un cerco de protección perimetral con portones de acceso de 2 m de alto, en base a malla tipo ACMA, bloqueado mediante candado.
Para mayor detalle, ver numeral 1.4.1.5 del ElA, numeral 1.12.3 y Anexo 3.2, ambos del Adenda N1 del ElA, numeral 1.5.2 y Anexo PL-1, ambos del Adenda N2 del ElA.
3.6.1.6. Habilitación sistema de transporte de relaves.
Los relaves serán transportados, gravitacionalmente por canaleta hasta el espesador de relaves y luego hasta un estanque de cabeza que alimentará la etapa de filtración por medio de un sistema de bombeo hasta la planta de filtros.
Desde la planta de filtro se habilitará como sistema de transporte de relaves, una correa transportadora que colectará las descargas de cada filtro para distribuirlas por un chute pantalón hacia una correa overland. Esta correa se unirá a una correa de traspaso, que será el punto de pivote del puente apilador móvil, que contemplará un tripper con una correa de descarga bi-direccional que será la encargada de depositar el relave en el depósito respectivo.
Para mayor detalle, ver numeral 3.6.1 y Anexo PL-7, ambos del Adenda N%2 del ElA, numerales 1.2.2. 1.2.3 y Figura I-2, todos del Adenda N93 del ElA.
3.6.1.7. Construcción de la Planta de filtros.
Se habilitarán las instalaciones y equipos necesarios para la conformación de la planta de filtros. Estará compuesta principalmente por tres líneas de filtros del tipo prensa horizontal de placas verticales, cerámica u otro similar. Las dimensiones de los filtros de relave, que serán tres unidades, son aproximadamente de 12 m de alto, 5 m de ancho y 35 m de largo cada uno.
Para mayor detalle de las dimensiones y características de la planta de filtro ver numeral 1.2, Figura |-2 y Anexo P1 todos del Adenda N93 del ElA.
3.6.1.8. Habilitación del Depósito de relaves filtrados
El depósito de relaves filtrados, tendrá una superficie inicial de 17 há aproximadamente y final de 113,3 há y contará con las siguientes obras:
a) Muro de estéril mina.
De acuerdo al sistema de depositación, se construirá una plataforma de inicio, que permita posicionar el puente apilador radial. La plataforma de inicio se construye de material de estéril de mina por volteo.
Para asegurar la estabilidad física operacional del depósito de relaves filtrados y de limitar
deslizamientos locales del talud del acopio de relave, se construirá un muro de contención perimetral; con material de estéril de mina igualmente.
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El cuerpo del muro y la plataforma de inicio se construirán con camiones mineros por volteo directo, comenzando a descargar a la cota 904 m.s.n.m. y adoptando el talud natural de depositación del material igual a 1:5:1 (H:V). La plataforma de inicio posee un ancho de coronamiento de 40 m y el muro perimetral un ancho de coronamiento de 50 m.
La secuencia de construcción de la plataforma de inicio y del muro, se ha definido de acuerdo al método y secuencia constructiva del depósito de relaves filtrados en el tiempo (ver Fig. 5.1 del Anexo 1.5 del Adenda N*2 del ElA).
La primera etapa de la plataforma de inicio y el muro de estéril se construirá en el año O, previo al inicio de la operación del depósito. La Etapa 1 de la Plataforma de Inicio tendrá una extensión superficial de 12,2 ha y el volumen de estéril requerido para ésta etapa es de 5,74 Mt. En esta etapa el muro de estéril tendrá una extensión superficial de 4,4 ha aproximadamente, y una altura máxima de 58 m y el volumen de estéril requerido para esta etapa será de 7,86 Mt.
La Etapa 2 de la Plataforma de Inicio, inicia en el año 3,3 de operación, tendrá una extensión superficial de 5,6 ha y el volumen de estéril requerido para ésta etapa será de 1,4 Mt. En esta etapa el muro de estéril tendrá una extensión superficial de 0,81 ha aproximadamente y una altura máxima de 97 m. El volumen de estéril estimado para esta etapa será de 4,80 Mt.
La Etapa 3 del Muro de Estéril, inicia en el año 7,2 de operación, tendrá una extensión superficial de 27,0 ha aproximadamente y una altura de 58 m. El volumen de estéril estimado para esta etapa será de 12,33 Mt.
Para mayor detalle de las características y diseño del depósito de relaves filtrados, ver Anexo N*1.5 del Adenda N“2 del ElA, y literal j) del numeral 1.2.2 del Adenda N93 del ElA.
Cabe hacer presente que se realizó un estudio de estabilidad del muro de estéril, cuyos resultados se pueden visualizar en el literal f) del numeral 1.2.2 del Adenda N93 del ElA, y que indican que el muro de estéril, cumple con los criterios de aceptabilidad al final de su construcción, tanto para las etapas de operación y abandono.
Por otro lado, en base a análisis realizados se concluyen que los relaves provenientes de la planta de filtros contienen un 18% de agua en la descarga, y que durante las fases de transporte y depositación reducen este porcentaje, por lo cual no se alcanzan la saturación en ningún nivel. De acuerdo a lo anterior, el depósito de relaves filtrados no considera impermeabilización basal, ya que producto de su bajo contenido de humedad, baja permeabilidad, alta densidad y condición no saturada es que no infiltra la napa ni los muros (ver literal g) del numeral 1.2.2 del Adenda N%3 del ElA).
b) Construcción Sistema de canalización de aguas lluvia.
Para lograr el drenaje de las escorrentías de las aguas lluvias que precipitan sobre el depósito y cuencas afluentes, se construirá un canal de borde, un contrafoso y un dren bajo el muro de estéril.
Estos canales conducirán un caudal menor a 2 metros cúbicos por segundo.
El diseño del sistema de conducción de aguas naturales, considera la construcción de un canal y contrafoso los cuales se establecerán considerando una rugosidad de 0.03 (canal y contrafoso excavado en suelo o roca) y una pendiente de 0.5%. Se requiere un canal de 1 m de base y 0.90 m de altura con un talud de 1:1 (H:V), y 2 contrafosos de 0.5 m de base y 0.5 m de altura con un talud de 1:1 (H:V). La ubicación de estos se puede visualizar en la Figura 7-1 del Anexo 1.5 del Adenda N*2 del ElA. FLO E
talud de 1:1 (H:V). Por su parte, la piscina colectora tendrá la capacidad suficiente para contener el caudal proveniente del sistema de drenaje por 2 horas. De acuerdo a lo anterior, su diseño considera 24 m de largo, 4 m de ancho basal, 8 m de profundidad y un talud 1:1 (H:V), con una capacidad de almacenamiento de 3.128 mí. La piscina será revestida con una capa de geomembrana de HDPE de 1.5 mm más un geotextil de 400 gr/m'.
Para mayor detalle de lo anterior, ver Anexo 1.5 del Adenda N*2 del ElA. c) Pozos de monitoreo.
No obstante, de acuerdo a análisis de posibles filtraciones que concluye que el depósito de relaves y el suelo en el cual se deposita no presentan características de infiltración, se construirán dos pozos de monitoreo, aguas abajo del depósito de relaves filtrado (Figura 6-1 del Anexo 1.5 del Adenda N2 del ElA). Las coordenadas de estos pozos se pueden visualizar en la tabla 6-1 del Anexo 1.5 del Adenda N2 del ElA.
3.6.1.9. Actividades de Prospección.
Durante la etapa de construcción se realizarán actividades de prospección geológica con el fin de mejorar la caracterización mineralógica y de recursos del yacimiento. Estos trabajos consistirán en el desarrollo de sondajes de prospección, utilizando perforaciones con recuperación de testigo o diamantina (DDH) y con recuperación de detritos o aire reverso. Las actividades de prospección se realizarán al interior de la zona definida como rajo El Espino y tendrán una duración de 12 meses. Durante esta etapa se contempla la ejecución de plataformas de prospección, las cuales se irán desarrollando de a dos simultáneamente, utilizando dos máquinas de sondaje.
La habilitación de las plataformas para los sondajes incluirá la preparación del terreno mediante la construcción de plataformas niveladas, de aproximadamente 20x10 metros; el material retirado para preparar la plataforma se acopiará en la periferia de la misma y se instalará un material impermeable bajo la maquinaria para contener eventuales derrames.
En un punto cercano a las plataformas, se emplazarán instalaciones de apoyo que consistirán en oficinas, un comedor y baños químicos, un sitio de almacenamiento de aditivos e insumos, una maestranza y un patio para disposición transitoria de residuos sólidos domésticos, e industriales no peligrosos.
En el caso de los sondajes de diamantina, junto a cada plataforma se construirán dos piscinas, las cuales tendrán por función la decantación y secado de lodos de perforación. Cada piscina tendrá dimensiones referenciales de 3 x 15 x 15 m y estará impermeabilizada por los mismos aditivos utilizados para lubricar la perforación (bentonita), los que son de origen mineral e inerte. Las actividades de perforación generarán un lodo que será decantado en la piscina y el agua será recuperada para luego ser recirculada permanentemente mezclándolo con agua fresca. Una vez que cese la operación de perforación, el agua residual se evaporará. Para las actividades de prospección no se requerirán más de 50 m*/día de agua.
Para mayor detalle de las actividades de prospección, ver numeral 1.4.1.1 del ElA, numeral 1.8, 1.12.1 y Anexo PL-1.6, todos del Adenda N%1 del ElA.
3.6.1.10. Actividades de habilitación del rajo El Espino.
a) Remoción de Sobrecarga (pre- Stripping).
El mineral del yacimiento, presenta una sobrecarga que deberá ser removida previo a la fase de explotación de la mina. La remoción de sobrecarga se realizará mediante el uso
de perforadoras, tronaduras y maquinaria pesada, de manera similar a como se explotará el yacimiento durante la etapa de operación.
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Esta labor de remoción de sobrecarga generará una cantidad aproximada de 31 millones de toneladas de material estéril, a una tasa del orden de 85.000 toneladas por día.
El material estéril removido será cargado en camiones mineros de gran capacidad (del orden de 200 toneladas) y transportado hacia los depósitos de lastre. Se generarán del orden de 443 viajes diarios entre el rajo y el depósitos de lastre escogido para disponer el material estéril (por lo general, el más cercano al lugar de extracción).
Para mayor detalle, ver numerales 1.4.1.7 y 1.4.1.8, ambos del ElA. b) Construcción sistema de bombeo y evacuación de aguas.
Como resultado del proceso de explotación minera del rajo aflorará agua en él, por lo cual se construirá un sistema de drenaje que permitirá una operación continua y segura. El objetivo de este sistema, será drenar los taludes; lo cual permitirá mantener la excavación y las paredes del rajo en condiciones estables.
Al respecto se construirá un sistema de pozos en el rajo que conformarán una barrera hidráulica para drenar y evacuar las aguas naturales. Lo anterior, lo constituyen los pozos denominados PB1, PB2, PB3, PB4 y PB5, los cuales se construirán en puntos estratégicos donde exista mayor permeabilidad, tales como fallas, contactos litológicos y estructuras debajo de las quebradas.
Por su parte, para las aguas de contacto, que corresponden a las aguas de afloramiento que entren en contacto con el rajo, se construirá un sistema de sumideros ubicados en el fondo del rajo. La ubicación de el o los sumideros se regirá por el diseño del rajo, con dimensiones nominales de 25 m x 25 m x 5 m de profundidad (aproximadamente 3.000 m?), los que estarán equipados con moto-bombas con capacidad de 40 l/s cada una para evacuar el agua desde el rajo para su posterior manejo y utilización en el proceso.
Los sistemas antes indicados estarán conectados a un sistema de evacuación, mediante tuberías de HDPE 200 mm PN 12,5 al punto de entrega de agua de contacto definido inicialmente por las coordenadas (E: 299.794, N: 6.526.852, Cota: 1.100 msnm), donde se Ubicará un estanque de traspaso de agua de contacto de 3 m* de capacidad. Desde este punto, las aguas serán conducidas gravitacionalmente mediante una cañería hacia la piscina de agua de mar para su uso en el proyecto.
3.6.1.11. Modificación y Habilitación Líneas Eléctricas. A continuación el detalle de cada una de las actividades respectivas: a) Modificación Trazado de 110/66 kV Ovalle- Illapel.
La construcción del nuevo trazado de 110/66 kV Ovalle-lllapel, contempla 12,7 km de longitud, que corresponde a 22,87 há de superficie total de intervención (contemplando servidumbre de paso).
En particular el trazado de 110 kV se realizará mediante 42 postes de suspensión y 9 torres de anclaje. Los postes de suspensión tendrán una altura de 16,2 metros a la fase inferior, alcanzando una altura total de 24 metros. La torre de anclaje, tendrá una altura a la cruceta inferior de 19 metros, alcanzando una altura total de 35 metros.
Por su parte el trazado de 66 kV requerirá de 64 postes de suspensión y 16 portales de anclaje. Estas estructuras corresponderán a estructuras de suspensión tipo S1 y S respectivamente. Las estructuras de suspensión tipo S alcanzarán una altura de 15 metros, mientras que las de tipo S1 llegarán a 18 metros de altura.
b) Construcción de Subestación Majadas.
Al norte de la cumbre del cerro Las Majadas, se construirá la subestación eléctrica Majadas, de 45 MVA de capacidad, la cual se conectará a la línea Ovalle-lllapel. Esta subestación será la responsable de abastecer todas las actividades en el Sector El Espino y la Estación de Bombeo N'2.
Esta sub-estación estará compuesta por cuatro transformadores que reducirán la tensión de transmisión a 23 kV para su distribución en el área del proyecto. Además, contará con gabinetes y tableros, bancos de baterías, filtro de armónicos y compensación reactiva, pararrayos, extinción de incendios, entre otros. Para mayor detalle de sus características, ver Anexo N%1.7 del Adenda N*1 del ElA.
c) Habilitación línea interna de 23 kV.
Corresponde a una línea que conectará la subestación Majadas con la línea de 110 kV Ovalle — Illapel. Tendrá una longitud de 1,3 km y 5 estructuras de soporte. Esta conexión será mediante doble circuito para permitir la entrada y salida de la línea.
Para mayor detalle de la habilitación, modificación y ubicación de la subestación y líneas de transmisión eléctrica en el Sector El Espino, ver numeral 1.11 y Anexo PL-1.10, ambos del Adenda N%1 del ElA, y numeral 1.5 y Anexo PL-4, ambos del Adenda N“2 del ElA.
3.6.1.12. Construcción y mejoramiento de caminos
El diseño ha considerado privilegiar huellas existentes y trazados que minimicen intervenciones. Los caminos a considerar para este sector se diferencian de acuerdo a lo siguiente:
a) Caminos internos y mineros
Los caminos internos corresponden a aquellos que interconectarán las instalaciones internas del Sector El Espino. Estos se habilitarán con carpeta granular. Los caminos mineros corresponden a aquellos destinados al transporte de material proveniente del rajo. Se habilitará para estos carpeta granular.
Para ambos tipos de caminos se requieren obras de construcción (movimientos de tierra, nivelación, carpeta granular, obras anexas), además de la instalación de señalética respectiva según corresponda.
De igual forma, para efectos de garantizar el tránsito seguro de vehículos, se realizarán labores de mantención periódicas de caminos, toda vez que se detecten fisuras o baches que se requieran reparar.
Para mayor detalle de los caminos proyectados, ver numeral 1.4.1.10 y Anexo N*1.2, ambos del ElA, numeral 1.6 y Anexo PL-1.3, ambos del Adenda N%1 del EIA, y tabla !-2 del Adenda N“2 del ElA.
a) Modificación Ruta D-895.
Durante la etapa de construcción del proyecto se modificará el trazado de la Ruta D-895, debido a que será intervenida como consecuencia de las labores mineras del proyecto.
En una primera fase se mejorará el actual camino, en el tramo a partir del km 0,0 hasta el km16,2; mediante el mejorado del trazado de curvas, utilizando carpeta de DTS de 7 metros de ancho más berma y obras anexas, todo lo anterior de acuerdo a los estándares de vialidad existentes. Posteriormente, se construirá la nueva variante, a partir del km 16,2; hasta el km 34,3, en una extensión de 14,8 km, con carpeta granular de 6 metros de ancho. Las principales actividades consistirán en excavaciones, terraplenes y construcción de obras de arte. Posteriormente, se preparará la subrasante y se habilitará la carpeta de rodado. Finalmente, se construirán las obras de saneamiento y de De esta manera, la variante quedará conformada por 31,9 km y una
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superficie de 55,1 há, con una mejora de la geometría y en la carpeta que reducirá los tiempos de viaje y los costos de operación.
El proyecto de saneamiento considera, como principal elemento, las obras de arte transversales que permitirán evacuar las aguas lluvias de las quebradas aportantes al camino. Igualmente, se considera fosos y contrafosos que conducirán las aguas lluvias que no drenan de forma concentrada al camino hacia las obras de arte. En aquellos lugares donde existe pendiente fuerte de la ladera aledaña o se presenten afloramientos rocosos que impidan la construcción de los contrafosos, se considerarán cunetas rectangulares revestidas para la conducción de las aguas.
Para mayor detalle, ver numeral 1.4.1.4 del ElA, numerales 1.6, 1.7 y Anexo PL-1.4, todos del Adenda N*1 del ElA, numeral 1.3 y Anexo PL-2, ambos del Adenda N%2 del ElA, y numeral 1.7 y Anexo P6, ambos del Adenda N93 del ElA.
3.6.1.13. Mantención de equipos y maquinarias.
Se realizarán en forma periódica actividades de lavado y/o mantención de equipos y maquinarias. Se contempla en promedio 4 camiones por día. Esta actividad se realizará en los talleres que se encontrarán habilitados a un costado del rajo El Espino y a un costado del relleno sanitario.
El área de mantención o taller de mantención, consistirá en una plataforma de hormigón con cama de rieles, bajo la cual todas las aguas residuales producto del lavado o mantención, serán dirigidas a través de canaletas inclinadas y tuberías hacia una cámara desengrasadora y separadora.
Las actividades de mantención requerirán aproximadamente 0,5 l/s de agua, y tendrá un sistema de recirculación de agua, el que recuperará un 95% del volumen utilizado. Los efluentes tratados del sector mina serán reutilizados en el lavado de los camiones. En el caso del relleno sanitario, las aguas de lavado serán enviadas a la planta de tratamiento de aguas servidas para su procesamiento.
3.6.1.14, Actividades de transporte.
Durante la etapa de construcción se requerirá transportar materiales de construcción, estructuras, equipos, otros insumos, personal y residuos, entre otros, en camiones, buses y vehículos livianos.
Como rutas de viaje se utilizará la ruta 47 (vía Illapel), además de las vías internas secundarias de acceso del proyecto: Ruta D-705 y Ruta D-895. Igualmente se utilizará la Ruta D-71 solo para actividades de transporte de vehículos livianos, lo anterior en consideración a la condición que deberá dar cumplimiento el titular detallada en el numeral 7.14 de la presente Resolución.
Se realizó el respectivo estudio de impacto vial, el cual se puede visualizar en el Anexo N 4.3 del Adenda N2 del ElA. De acuerdo a lo anterior se establecieron siete puntos de control para el levantamiento de información en las dos rutas de transporte consideradas por el titular durante la vida útil del proyecto.
El flujo de transporte considerado para esta etapa tendrá un máximo de 103 viajes día (ver tabla |-3 del Adenda N*2 del ElA). Se adoptarán medidas de contro! y planes de contingencia en caso de eventualidades en las rutas indicadas anteriormente (ver numeral 8.2.2. de la presente Resolución).
De igual forma, se consideran algunas medidas de restricción por la Ruta D-71 que pasa por la comunidad de Canela Alta y Canela Baja: 2
. Restringir los días de circulación evitando el uso de esta alternativa durante actividades sociales, de acuerdo a actividades y tradiciones específicas de la comunidad durante el año (Ver recuadro del numeral 10.2 del Adenda N*1 del ElA).
. Restringir el horario de circulación evitando el uso de esta alternativa vial durante actividades, tales como: horario de ingreso/salida de escolares de colegios en la ruta; feria de los días martes (de 5:00 a 18:00 horas); asamblea Comunidad Agrícola Canela Baja (último jueves de cada mes, 10:00 a 12:00 horas) y misa regular (domingos, 10:00 a 12:00 horas).
Se mantendrá un registro de los ingresos y egresos de los camiones a la faena, el que se realizará en el área de acceso al proyecto. De igual forma, los camiones propios del proyecto, serán marcados con el logo del proyecto en un costado y serán visibles a una distancia de al menos 25 metros, con el fin de que sean reconocibles tanto por la ciudadanía como por los servicios fiscalizadores.
De igual forma se contempla el uso de escoltas para limitar el paso por las rutas que lo requieran, los que serán utilizados solamente para el transporte de sustancias peligrosas.
Para mayor detalle del transporte general en esta etapa, ver tabla 1-10 del ElA, Anexo 4-2 del EIA y numerales 1.6, 10.2 y 10.2.3 del Adenda N%1 del ElA, numerales 9.2 y 10.22, todos del Adenda N2 del ElA, y numeral 10.5 del Adenda N93 del ElA.
3.6.1.15. Insumos y Servicios.
a) Agua: durante la etapa de construcción se requerirá agua industrial, principalmente en las actividades de construcción en general y humectación de caminos. Mientras se habilita el sistema definitivo de abastecimiento de agua, ésta será provista por pozos desde donde el titular posee derechos de aprovechamiento (ver tabla |-18 del Adenda N*2 del ElA). El requerimiento máximo de agua para esta etapa será de 9,7 l/s.
También se requerirá agua potable para consumo humano (aproximadamente 200 l/día por persona), en una cantidad máxima estimada de 300 m*/día, la cual será suministrada mediante camiones aljibe en un plazo no superior a seis meses, posterior a esto se utilizarán bidones dispensadores.
Para mayor detalle del suministro de agua para esta etapa, ver numeral 1.4.1.12 del ElA, numerales 1.9.2, 1.12.2, 1.12.4, 10.6 y Anexo 1.2, todos del Adenda N%1 del ElA, numeral 1.6, Anexo 1.2 y Anexo 1.6, todos del Adenda N*2 del ElA.
b) Sustancias peligrosas: el proyecto contempla el uso de sustancias peligrosas para la etapa de construcción del proyecto, cuya identificación y cantidades se pueden visualizar en la tabla 3.7 del Adenda N%1 del ElA.
c) Servicios higiénicos: se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo los cuales serán manejados por una empresa especializada en el rubro. De igual forma se habilitarán baños permanentes en el campamento de construcción conectados a un sistema de tratamiento de aguas servidas.
d) Relleno Sanitario y Controlado: Las características de diseño estarán de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Supremo N*189/2005, Que Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en los Rellenos Sanitarios.
Se contemplan obras de manejo de aguas lluvias sobre el relleno sanitario y controlado, respectivamente. De igual forma se construirán obras de drenaje, sistema de lixiviados.
Se implementará un sistema de monitoreo de aguas subterráneas en el relleno sanitario, el cual contará con un pozo aguas arriba y aguas debajo de este. Los parámetros a medir estarán de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Supremo N*189/2005 y las medidas en caso de eventuales parámetros fuera de rango se pueden visualizar en el literal c) del
A meral 3.2.1 del Adenda N93 del ElA. EAN E t
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Los parámetros de referencia que se considerarán para el monitoreo se determinarán en el punto PXE-370 y además en el punto MON-01 antes de la construcción del relleno, los cuales serán informados a la Superintendencia del Medio Ambiente en un informe preliminar por lo menos un mes antes de la construcción del relleno sanitario. La metodología del monitoreo, frecuencia de medición y registro se pueden visualizar en el Anexo N93 del Adenda N93 del ElA.
Los medios de registro de cada monitoreo y las acciones a realizar se presentarán a la Superintendencia de Medio Ambiente a través de informes respectivos, en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados desde la realización de cada monitoreo.
Para mayor detalle de lo anterior, ver numeral 1.3.1.10 del ElA y numeral 3.7 del Adenda N91 del ElA, numeral 3.4 del Adenda N*2 del ElA.
Para mayor detalle de la ubicación y características de estos rellenos, ver numeral 1.10 y Anexo PL-1.9, ambos del Adenda N1 del ElA, Anexo N%3.1 y PL-3, ambos del Adenda N2 del ElA, y numerales 3.2.1 y 3.2.2, ambos del Adenda N%3 del ElA.
e) Energía eléctrica: inicialmente, la energía eléctrica será proporcionada mediante generadores diésel ubicados en las proximidades de los puntos de consumo (faena de construcción, campamento de construcción y frentes de trabajo). Se contempla el uso de generadores diésel con una capacidad menor a 20 kW. Una vez instalada la sub-estación Majadas y su conexión a Transnet, el suministro eléctrico se realizará mediante conexión a esta sub-estación. Para mayor detalle, ver numeral 1.9.2 del Adenda N%1 del ElA, y numeral 2.1 del Adenda N93 del ElA.
f) Combustible: en la etapa de construcción se requerirá de petróleo diésel, principalmente para vehículos y equipos asociados al desarrollo de las actividades de remoción de sobrecarga o pre-Stripping. En menor cantidad se requerirá para la operación de maquinarias de construcción y los grupos generadores. El consumo estimado de combustible será de 2.200 m*%/mes, el cual será suministrado por proveedores regionales, mientras se construye la estación de combustible del Sector El Espino. Para mayor detalle, ver tabla 1-12 del ElA, numeral 2.4 del Adenda N'1 del ElA, y tabla 1l-2 del Adenda N“2 del ElA.
9) Materiales de construcción: los materiales de construcción necesarios para el levantamiento de las instalaciones, estructuras de acero, entre otros, serán encargados a terceros autorizados, mientras que el material de empréstito (bolones, ripios, gravas, arenas) será extraído del material que se extraiga de la construcción de los canales de contorno y también del material proveniente de las labores de pre-stripping. Para el detalle de las cantidades de cada material de construcción necesario, ver tabla 1-13 del ElA.
h) Explosivos: se requerirá para las actividades de movimiento de material y pre- stripping, se estima una cantidad de 5.000 toneladas de explosivos durante toda la etapa de construcción. Los insumos requeridos, detonadores y retardadores, se almacenarán en el polvorín, habilitado para el almacenamiento de explosivos.
i) Equipos y Maquinaria: el inventario de equipos y maquinarias, incorpora desde camiones para el transporte de materiales, desde y hacia el sector de El Espino hasta excavadoras, grúas, motoniveladoras y retroexcavadoras necesarias para las actividades de compactación, nivelación y movimiento de material. Para mayor detalle de la cantidad de maquinarias a utilizar en esta etapa, ver tabla 1-14 del ElA.
3.6.2. SECTOR ACUEDUCTO.
La etapa de construcción en este sector durará aproximadamente 19 meses y consistirá > exclusivamente en la construcción del sistema que transportará el agua de mar a la f p— —£
minera, incluyendo sus instalaciones de operación y control. Y J
3.6.2.1. Habilitación Campamento de Construcción, frentes fijos y frentes móviles.
Las áreas habilitadas para la ejecución de las obras de construcción en el sector acueducto se diferencian de la siguiente manera:
a) Campamento: para la adecuada coordinación y ejecución de las obras de construcción del acueducto, se habilitará un campamento, que se ubicará al interior de una parcelación del Fundo Puerto Oscuro, cuyo acceso se ubicará al oriente del km 6,8 de la Ruta D-71 y estará conformado por edificios tipo contenedor habilitados para dormitorios, casino, oficinas; sistema de distribución de agua potable y tratamiento de aguas servidas, electricidad, alumbrado y protección contra incendio. Tendrá capacidad para albergar hasta 400 personas y una superficie de 20 há. Para mayor detalle de su ubicación, ver Anexo PL-1.16 del Adenda N%1 del ElA, Anexo N16 del Adenda N3 del ElA.
b) Frentes Fijos: corresponderán a las instalaciones de faenas temporales, las que corresponden a áreas de acopio de materiales y equipos, como talleres electromecánicos, soldaduras y dimensionamiento de tuberías, prearmado de tuberías/instalaciones, para el apoyo de las actividades diarias de los frentes móviles, lo que permite asegurar la continuidad operativa de los trabajos.
Se consideran cuatro frentes fijos, que se describen a continuación:
. Frente de Captación: el cual se ubicará en el área de la captación (estación de bombeo N' 1) y estará destinado al acopio temporal de tuberías, equipos, maquinarias y materiales para la construcción del acueducto y de la obra de captación.
. Frente de Campamento Canela: que se ubicará en el campamento de construcción del acueducto y estará destinado al acopio temporal de tuberías, taller de pre-armado, soldadura y materiales para la construcción del acueducto.
. Frente EB2: que se ubicará en el área de la estación de bombeo N“2, y estará destinado al acopio temporal de tuberías, equipos, maquinarias y materiales para la construcción del acueducto.
. Frente El Espino: el cual se ubicará en el Sector El Espino (faena construcción), lugar donde se habilitarán dos instalaciones, la primera instalación se utilizará como taller y oficina, mientras que la segunda, se utilizará para el acopio temporal de tuberías, maquinarias y materiales para la construcción del acueducto. Cabe señalar que esta última instalación corresponderá a un lugar de suministro y almacenamiento no solo para las obras del acueducto, sino también para toda la planta.
Para mayor detalle de la ubicación en coordenadas UTM de estos frentes fijos, ver tabla |- 36 del Adenda N“2 del ElA.
c) Frentes Móviles: corresponderá a cuadrillas de trabajo responsables de construir tramos acotados del acueducto, en un periodo de tiempo acotado (3 tramos, 3 frentes), con la utilización de infraestructura de apoyo temporal, principalmente set de baños químicos, oficina en contenedor móvil, materiales, maquinarias y equipos menores, para la realización de las actividades constructivas asociadas al frente respectivo, las que se desplazarán diariamente desde su frente fijo al tramo donde ese día se realizarán las obras.
Los frentes móviles tendrán como base logística el área más cercana al frente de trabajo donde esté ubicada la piscina de emergencia, estación de bombeo o tramo de línea en construcción. Su desplazamiento en el tiempo estará directamente en correspondencia con el avance de las obras y su cercanía a los centros logísticos. Estos frentes móviles siempre estarán al interior de la faja de servidumbre, de acuerdo a lo siguiente:
e Frente Móvil 1: km O (captación) al km 15. e Frente Móvil 2: km 15 al km 42 (campamento de Canela/ EB2). e Frente Móvil 3: km 42 al km 60 (Planta).
Para mayor detalle de los vértices donde se moverán los frentes móviles, ver tabla 1-35 del Adenda N*2 del ElA. ¿ANO REG S o
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Paralelamente se irá habilitando, en la franja de servidumbre, un camino de servicio como acceso hacia los frentes móviles y al que se accederá desde caminos existentes.
Las actividades a realizar por cada frente móvil serán excavación de zanjas y piscinas necesarias para las estaciones de bombeo y línea eléctrica, obras civiles, desfile e instalación de cañerías, soldadura y pruebas (hidráulicas) y relleno.
Para mayor detalle, ver numeral 1.4.2.1 del ElA, numerales 1.21.2, 1.21.3 y Anexo D-0, todos del Adenda N%1 del ElA, y numerales 1.14.1 y 1.14.2 ambos del Adenda N%2 del ElA.
3.6.2.2, Preparación de los terrenos y zanjas.
La construcción del acueducto se iniciará con el replanteo topográfico del eje del ducto a lo largo de todo el trazado. Posteriormente se realizarán los movimientos de tierra (cortes y rellenos). La zanja que se excavará tendrá un ancho de aproximadamente un metro y Una profundidad que variará entre uno o más metros en quebradas profundas.
Se realizarán movimientos de tierra para la construcción de las plataformas y fundaciones de las dos estaciones de bombeo, así como también de las seis piscinas de emergencia. El material removido por actividades a realizarse en este sector se manejará de la siguiente manera:
. El material correspondiente a excavación de escarpe y roca sana se esparcirá en la faja de servidumbre de línea de agua. . El material correspondiente a excavaciones de terreno común, el 60% se ocupará
en realización de relleno de material común y el excedente se esparcirá en la faja de servidumbre de línea de agua.
. El material excavado para los caminos de servicio será reutilizado para la construcción de los mismos.
Las excavaciones de la zanja serán ejecutadas en los tres (3) frentes de trabajo simultáneamente.
Para mayor detalle, ver numeral 1.14.1 y Figura l-20, ambos del Adenda N%2 del ElA. 3.6.2.3. Habilitación de camino de servicio acueducto
Corresponde a un camino privado, inserto en faja de acueducto, para facilitar labores de inspección y mantención. Se habilitará con carpeta granular de 5 metros de ancho. Se requieren obras de construcción de caminos (movimientos de tierra, nivelación, carpeta, obras anexas).
Cabe hacer presente que no se contempla flujo de tránsito peatonal o vehicular ajeno a los trabajadores del proyecto, por este camino.
Para mayor detalle, ver numeral 1.6 y Anexo PL-1.3, ambos del Adenda N% del ElA, numeral 10.28 del Adenda N“2 del ElA.
3.6.2.4. Montaje de Tuberías.
Las tuberías que conformarán el ducto, de 12 metros de longitud, se transportarán al frente de trabajo, y se dispondrán temporalmente al interior de la faja de servidumbre. Una vez soldadas, las tuberías serán revestidas interiormente y dispuestas cada 300 a 600 metros sobre la zanja. Las líneas de impulsión serán preferentemente de acero, con revestimiento interior de HDPE. En los casos en que los niveles de presión sean lo suficientemente bajos, como para que las cañerías trabajen dentro la tensión admisible _....... del material, podría considerarse el uso de cañería de HDPE, plástico reforzado con ¿ da CIO DE o fibra. /
Una vez instalada la fibra óptica se procederá al llenado intermedio de la zanja, la instalación de la cinta de advertencia, al tapado de la zanja (generando un montículo de protección con los materiales de la excavación), y al retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción.
El funcionamiento del sistema de control se compone de sensores que miden presión y temperatura, entre otros, y que envían la información mediante fibra óptica hacia la central de control (ubicada en el Sector El Espino). De esta manera, cualquier anormalidad será comunicada en forma inmediata y automática, y manualmente el operador podrá activar los interlocks que a su vez accionarán los mecanismos correspondientes.
El ducto irá enterrado en toda su extensión. Se contempla una estación de válvula a lo largo del acueducto para el corte de flujo de agua del sector que se encontrará ubicado en el km 42 del ducto en las coordenadas indicadas en la tabla X-4 del Adenda N%2 el ElA.
Asimismo, se colocarán drenajes en los puntos bajos del trazado de impulsión de agua de mar, con la finalidad de vaciar la línea en las piscinas contempladas para este efecto, durante detenciones del sistema o cuando se requiera realizar mantenciones a la cañería. Para evitar altas velocidades de evacuación, se utilizarán placas orificio aguas abajo de las válvulas de drenajes, especialmente en aquellos drenajes en que se cuenten con presiones iniciales superiores a los 100 mca. Las válvulas permitirán el drenaje del tramo en un tiempo no mayor a 24 horas.
Para mayor detalle de las características del trazado del ducto, ver numeral 1.4.2.3 del ElA, numerales 1.20.1, 1.20.3, 1.20.4, 1.20.6, 1.20.8, Anexo N1.5, N%1.7 y Anexo PL- 1.15, todos del Adenda N%1 del ElA, y numeral 10.30 del Adenda N2 del ElA.
3.6.2.5. Construcción de estaciones de bombeo.
La estación de bombeo EB 1 ocupará una superficie de aproximadamente 4.220 m?, mientras que la estación de bombeo EB 2 ocupará una superficie de aproximadamente 4.340 m?. -
Cada estación contará con un estanque de recepción de hasta 460 mÍ, con hasta 3 bombas de impulsión y una sala eléctrica. El diseño se realizará de modo tal, que las estaciones posean características similares en cuanto a número y tamaño de los equipos de bombeo.
Para la impulsión en cada estación de bombeo se usarán preferentemente bombas tipo centrifuga horizontal multietapa. Para las estaciones de bombeo se optará por sistemas de mantenimiento mediante grúas móviles o tecles en vez de puentes grúa. Se considerará para el diseño una operación de tipo permanente, 24 horas al día, todos los días del año.
Para el diseño de los estanques de almacenamiento del sistema de transporte de agua de mar, se considerará un tiempo de retención de 30 minutos a flujo de diseño.
En cada estación se contará con una piscina de emergencia para recibir el agua de las líneas de emergencia. La piscina tendrá una capacidad que le permita recibir un 5% más del volumen a drenar de la línea en el tramo correspondiente y estarán recubiertas de geomembrana de HDPE.
Las estaciones contarán con una línea de drenaje, provista de anillos disipadores, con descarga hacia la piscina de emergencia de la estación.
Para mayor detalle del diseño de las estaciones bombeo, su disposición y características
constructivas, ver numeral 1.20.2, Anexo N%1.9 y Anexo PL-1.15, todos del Adenda N1 del ElA, y numerales 1.13.1 y 1.13.3, ambos del Adenda N*2 del ElA.
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3.6.2.6. Construcción de piscinas de emergencias.
A lo largo del acueducto se contará con seis piscinas de emergencia, aparte de las piscinas que tiene cada estación de bombeo, cuyo objetivo será contener el volumen total de agua del tramo de la tubería que representan en caso de emergencia y/o mantención.
Cada piscina tendrá una capacidad que le permita recibir un 5% más del volumen a drenar de la línea en el tramo correspondiente y estarán recubiertas de geomembrana de HDPE, además de válvulas en caso de requerir drenar algún tramo con problemas a las piscinas de emergencias. Para mayor detalle de la capacidad de cada piscina de emergencia, ver tabla 1-28 del Adenda N*2 del ElA.
Para mayor detalle de los volúmenes a captar, sus características y su Ubicación a lo largo del acueducto, ver numeral 1.20.5 del Adenda N%1 del ElA, y numerales 1.13.2 y 10.30, ambos del Adenda N*2 del ElA.
3.6.2.7. Construcción LTE de 23 kV a Estación de Bombeo N*2
Este tendido eléctrico de 10,3 km de longitud considera 150 postes de suspensión y estará inserto en la misma faja de servidumbre en la que se construirá el acueducto.
Las actividades de construcción de esta LTE corresponderán a replanteo, emplazamiento de postaciones, puesta en marcha y limpieza.
Para mayor detalle, ver numeral 1.4.2.4 del ElA, numeral 1.11 del Adenda N%1 del ElA, numerales 1.5, 1.14.2 y Anexo PL-4, todos del Adenda N“2 del ElA.
3.6.2.8. Actividades de transporte desde y hacia el acueducto
Durante la etapa de construcción del acueducto se requerirá transportar personal y también materiales y equipos como tuberías, válvulas, etc., hacia los frentes de trabajo. El transporte de estos últimos se realizará en camiones, mientras que para el transporte de los trabajadores se utilizarán buses de acercamiento desde el campamento a los frentes definidos.
Se estima una generación total del orden de 25 viajes por día, que utilizarán el camino de servicio que se irá habilitando sobre la faja de servidumbre, a medida que vaya avanzando la construcción del acueducto.
Algunos equipos requerirán transporte especial debido a que sus dimensiones y pesos superarán los límites normales. En tales casos, el titular o el contratista, solicitará al Ministerio de Obras Públicas y a Carabineros de Chile el respectivo permiso de carga conforme la normativa vigente.
Para mayor detalle, ver numeral 1.4.2.6 del ElA. 3.6.2.9. Insumos y Servicios.
a) Agua: durante esta etapa se requerirá agua industrial y agua potable. El agua industrial será suministrada mediante camiones aljibe desde pozos, en los cuales el titular tiene los derechos de aprovechamiento respectivos o por terceros autorizados. El agua potable se adquirirá por camiones aljibe por un periodo no superior a seis meses, posterior a esto se utilizarán bidones dispensadores.
El caudal máximo de agua industrial y potable necesaria para la etapa de construcción será de 9,7 l/s. El consumo en m' se puede visualizar en el Anexo 1.6 del Adenda N*2 del ElA.
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Para mayor detalle, ver numerales 1.12.4, 1.21.4, 10.6, Anexo N%1,2 y N01,3, tod det! Adenda N%?1 del ElA, Anexo N”1.6 del Adenda N?2 del ElA. [ Ps (y
(bosque petrificado) y también invertebrados marinos de Edad Cretácico Inferior (Semageomin, 1991).
Específicamente en el “Sector El Espino” que se ubica u unos 35 km de Illapel, en la zona de la cuesta El Espino, abarcando principalmente el área Fundo Plan de Hornos, se quiere emplazar las principales instalaciones del proyecto, tales como el rajo de la mina, plantas de procesos, depósito relaves y lastre, pila de lixiviación, instalaciones auxiliares, variante de la ruta D-895 y el nuevo trazado de las líneas de transmisión de alto voltaje. Este sector es caracterizado por rocas volcánicas estratificadas y sedimentarias pertenecientes a la Formación Arqueros y Formación Quebrada Marquesa de Edad Cretácico Inferior (SERNAGEOMIN, 1991), ambas unidades de importancia desde el punto de vista del patrimonio paleontológico.
En la Línea Base del proyecto se delimita un polígono por las siguientes coordenadas UTM, vértice A (300.897 E, 6.524. 950 N), vértice B (300.927 E, 6.524. 705 N) y vértice C (301.126 E, 6.525.032 N), expresadas en Datum WGS 84, huso 19J, el que abarca los sitios de mayor interés determinados por la abundancia y presencia de fósiles in situ. Sin embargo, de acuerdo a las observaciones de terreno efectuadas por personal del CMN, este polígono contiene sólo una parte de los afloramientos que presentan hallazgos paleontológicos en superficie.
Por lo anteriormente señalado es que se requiere la realización, durante la presente evaluación ambiental, de un nuevo estudio que dé cuenta de manera cabal de las áreas del proyecto que son sensibles para la protección del patrimonio paleontológico. Para prevenir la afectación del patrimonio paleontológico protegido por la Ley de Monumentos Nacionales, N” 1 7. 288 de 1970, se solicita al titular:
1.- Asesorarse previamente con un profesional que cumpla el siguiente perfil: profesionales con título o licenciatura) preferentemente del ámbito de las ciencias biológicas y/o geológicas, con especialización teórica y práctica comprobable en Paleontología.
Se entenderá por especialización teórica haber aprobado cursos universitarios en materias relacionadas con taxonomía (por ejemplo: Zoología, Botánica, Paleontología sistemática), paleobiología (por ejemplos Evolución, Biogeografía, Ecología) geología y estratigrafía, o tener publicaciones científicas donde se aborden tales temáticas (al menos 2, como primer o segundo autor) en revistas con comité editorial.
Se entenderá por especialización práctica, la experiencia en trabajos de terreno, donde el rescate de fósiles se haya efectuado sobre la base de antecedentes estratigráficos.
2- El profesional designado (paleontólogo) y su equipo deberá realizar la elaboración de una Línea de Base paleontológica, para el Sector El Espino que incluya la delimitación de polígonos georreferenciados de las zonas de interés paleontológicas con el fin de que estas queden excluidas de las áreas de explotación minera.
Éste deberá incluir un mapa geológico de escala 1:10.000 que incluya la superposición de las instalaciones y obras del proyecto en el Sector El Espino".
Ante estas observaciones el punto 18 del “Informe Consolidado N 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio dc Impacto Ambiental del Proyecto "Proyecto El Espino", dec fecha 23 dc julio de 2013, remitido mediante N CE/203, se señala que:
"18. En relación al componente paleontológico caracterizado en el Anexo N* 2.6 del ElA, se informa al titular que deberá ampliar y/o rectificar los antecedentes, dado que estos no registran la totalidad de los hallazgos paleontológicos del área de influencia del proyecto. Lo anterior además considerando que el Sector El Espino coincide con el emplazamiento de un importante yacimiento paleontológico, detectado también por Consejo de umentos Nacionales en salida a terreno del 15 de mayo de 2013, donde existen entre restos de troncos petrificados (bosque petrificado).
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De acuerdo a lo anterior, deberá complementar y/o rectificar los antecedentes presentados considerando lo siguiente:
» Adjuntar la georreferenciación en coordenadas UTM de los polígonos de las zonas de interés paleontológicas.
- Adjuntar mapa geológico a escala 1:10.000 en coordenadas UTM (Datum WGS 84), donde se visualice cada uno de los sitios con bloques de petroglifos y que incluya la superposición de las instalaciones y obras del proyecto del Sector El Espino.
» Asesorarse por un profesional especialista y con práctica en paleontología... "
D. En Adenda N” 1.
En la Respuesta II!-1 contenida en la página 66 dc la Adenda N” 1, el titular del ElA del Proyecto El Espino, señala:
"Excavaciones paleontológicas.
Los nuevos antecedentes requeridos al Titular y entregados en la presente Adenda modifican la información proporcionada en el ElA para efectos del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 76 del Reglamento del SEIA, Decreto Supremo N*95/01, solo en letra d). A continuación se presentan todas las letras indicando las modificaciones: a) Inventario y análisis in situ de los sitios arqueológicos y su contexto.
Se mantienen los sitios de mayor interés, por la abundancia y presencia de restos in situ presentados en el ElA. No obstante, se destaca la extensión de la Formación Quebrada Marquesa, Por lo tanto, no se modifica la información proporcionada en el ElA.”
F. En Oficio ORD. 105 del CMN de fecha 13 de enero de 2014.
El Consejo dc Monumentos Nacionales mediante ORD. N* 105 dc fecha 13 de enero de 2014, realizó su pronunciamiento con observaciones al ElA del Proyecto El Espino (Adenda N” 1), con materia Paleontológica las observaciones fueron las siguientes: “Sobre el componente paleontológico (Sección 5):
En relación a la Respuesta V-18 sobre la “Georeferenciación de polígonos de las zonas de interés paleontológicas y mapa geológico", es importante hacer notar que entre los hallazgos indicados en el polígono señalado en la Línea de Base y en el Anexo D 5.4 Puntos de interés paleontológico y Hoja Illapel en formato shape y KMZ no se incluye el punto que corresponde al hallazgo de troncos fósiles en el extremo norte del Área Planta Concentradora (coordenadas: 299862 E 65250551 N, Zona 19 J) cercana al Vértice CUS M (Anexo PL-3.3 "Planos CUS”). Se solicita al titular, complementar la Línea de Base Paleontológica considerando delimitar un área de protección alrededor de los hallazgos de troncos fósiles. Se deberá construir un cercado perimetral con señalética del yacimiento fosilífero, se informa al titular que estas deben tener una altura mínima de 1,20 m, dejar un área buffer de 20 metros alrededor de los hallazgos e instalarse previo al inicio de las obras. Respecto a lo anterior, se solicita entregar a este Consejo y a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe semestral acerca de la implementación de estas medidas de protección, el cual deberá dar cuenta de la inspección semestral y del estado de éstas."
G. En Adenda N” 2.
En materia paleontológica, en la respuesta V-11.1 contenida en la Adenda 2, del ElA del Proyecto El Espino se lee: 'De acuerdo a lo solicitado, se ha incorporado el punto que corresponde al hallazgo de troncos fósiles (coordenadas: 299862 E - 6525055 N). El nuevo archivo digital que reemplaza al presentado en Adenda 1 (Anexo D-5.4) corresponde al Anexo D-2 "Puntos de interés paleontológico y Hoja Illapel (kmz) también en formato digital."
En materia paleontológica sólo se incorporó el hallazgo referido por el CMN y no se agregó nada más, lo cual vulnera 10 ordenado por la autoridad sectorial la cual señaló que: “deberá ampliar y/o rectificar los antecedentes, dado que éstas no registran la
totalidad de los hallazgos paleontológicos del área de influencia del proyecto." H. En Oficio ORD. 1407 del CMN dc fecha 28 de mayo de 2015. —
El Consejo de Monumentos Nacionales mediante ORD. N* 1407 de fecha 28 de mayo de 2015, realizó su pronunciamiento sin observaciones en materia Paleontológica al ElA del Proyecto El Espino (Adenda N? 1), señalando:
"Sobre el componente paleontológico
Analizada la documentación que acompaña la Adenda N 2 respecto al componente paleontológico, este Consejo estima que se da respuesta a lo solicitado en ORD. CMN N 105 del 13.01.2014. Se recuerda al titular que antes de iniciar las obras del proyecto debe entregar al CMN la respectiva documentación que incluya evidencia fotográfica lo más detallada posible sobre los siguientes compromisos:
a) Establecimiento de área de protección de los hallazgos, consistente en un cercado perimetral con señalética del yacimiento fosilífero, con una altura mínima de 1,20 m y un buffer de 20 metros alrededor del yacimiento.
b) Charla de inducción paleontológica al personal de la obra. Se deberá enviar un documento que acredite el siguiente compromiso antes del inicio de las obras:
Protocolo interno sobre procedimientos a adoptar en caso de hallazgos paleontológicos. Este protocolo debe incluir que ante un hallazgo se debe detener la obra en ese sector, salvaguardar el bien encontrado y avisar a la brevedad a este Consejo, tal y como señala el artículo 26" de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales." (Énfasis agregado).
IN ANTECEDENTES PELEONTOLOGICOS EN AREA DE INTERES DIRECTO (AID) DE PROYECTO EL ESPINO.
A. EN LIBRO DE CHARLES DARWIN (1835) Y CLAUDIO GAY (1837).
El famoso naturista inglés Charles Darwin, durante su viaje por Chile el año 1835, pasó por el área del Proyecto El Espino, y observó la existencia de árboles petrificados en la zona, lo cual dejó plasmado en el libro "Diario Geológico: Valparaíso a Coquimbo (1835)", y en el libro “Darwin en Chile: (1832-1835). Viaje de un naturalista alrededor del mundo” de la siguiente manera: "Strata of this nature alternate with much black and brown siliceo - calcareous slate, remarkable from the wonderful number of huge embedded logs of silicified wood. This wood according to Mr. R. Brown, is (judging of the several specimens) all conniferous", cuya traducción libre es "Estratos naturales alternan con mucho siliceo negro y marrón — pizarra calcárea, notable de la maravillosa serie de enormes troncos incrustados de madera silicificada. Esta madera, según el Sr. R. Brown, es (a juzgar de las varias muestras) todas de coníferas."
Tal como lo había hecho años antes con Charles Darwin don José Miguel Andia de Irarrázaval y Alcalde, el mítico Marqués de Pica, el año 1837 recibió al naturista francés Claudio Gay en la Hacienda Illapel, desde donde recorre toda la zona y en especial el sector de Plan de Hornos, mencionando en libro "Historia Física y Política de Chile" los árboles petrificados de este sector.
B. EN INFORME DE INVESTIGACIÓN.
En la página 13 del informe de investigación "Problemáticas socioambientales en el área de amortiguación de la Reserva Nacional Las Chinchillas" 3 elaborado por don César Piñones Cañete, don lván Aguilera Barrios y don Carlos Zuleta Ramos, miembros de la Red de Apoyo a la Conservación de la Chinchilla, publicado en marzo de 2014, se lee: "En las serranías, de los valles interiores de La Yesera y Quebrada Grande, es posible observar bosques petrificados; árboles fosilizados o silificados en las rocas con apariencia más de mineral que vegetal. La data de los árboles de piedra se estima en millones de años. Los vecinos de la localidad de La Yesera, por años han conocido de la existencia de Estos sitios paleontológicos..." Seguidamente el informe señala que: "En la Actualidad dichos sitios no presentan ningún resguardo efectivo, pese a estar protegidos por la ley, encontrándose a merced del saque y el tráfico.”
Importante es señalar que, en la página 13 del referido informe se incluye una foto de restos de árboles petrificados (yacimiento paleontológico - Monumento Nacional), con la ubicación en coordenadas UTM del lugar del hallazgo, el sitio del hallazgo corresponde al lugar donde según la Adenda 2, del ElA del Proyecto El Espino se instalará la “Planta de Procesos" (cuyos límites fija en Plano 3.8, página 45 de la Adenda 2 del ElA del Proyecto
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“Restos de árboles petrificados, un patrimonio natural de incalculable valor ubicado dentro del área de amortiguación de la RNLCH y que ha sido subvalorado desde toda perspectiva; una situación que se arrastra por décadas (0299847 E - 6524958 N)”.
En la página 12 del mismo informe se puede leer: "La irrupción de la mega-minería o minería a cielo abierto, es una amenaza reciente que se ha instalado y configurado desde al menos 15 años atrás en el entorno de la RNLCH. En la actualidad se encuentra ingresado al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el proyecto minero El Espino, de la empresa Pucobre... "
En la figura 4, se aprecia mediante marcador (verde) "ÁRBOLES PETR1FICADOS" el lugar que hace referencia el informe de investigación "Problemáticas socioambientales en el área de amortiguación de la Reserva Nacional Las Chinchillas"; mediante marcador (amarillo) “HALLAZGO DE TRONCOS FOSILES", se muestra la ubicación de troncos fósiles que el ElA señala en Anexo D - 2 "Puntos de interés paleontológico y Hoja Illapel (KMZ), y en polígono de línea color rojo se aprecia el perímetro que el titular del ElA del Proyecto El Espino ha definido como área de protección para los hallazgos de material paleontológico (árboles petrificados).
Cc. EN CARTA GEOLOGICA DEL SERNAGEOMIN.
En la Carta Geológica de Chile, N” 69, "Hoja Illapel", del Servicio Nacional De Geología y Minería, publicada el año 1991, que el titular del ElA usa como base en Anexo D - 2 "Puntos de interés paleontológico y Hoja Illapel (KMZ) para indicar los puntos dc hallazgos paleontológicos se advierte la presencia de “troncos fósiles”, en el AID del Proyecto El Espino, tal referencia se muestra dentro de un círculo color rojo En Figura N5, y en Figura N6 se muestra la simbología de la carta, en la cual se indica que se trata dc troncos fósiles.
A mayor abundamiento, en la página 49 del anexo que describe la referida carta geológica, en la referencia al Cretásico Inferior en el sector Occidental, formación Quebrada Marqueza (Kqm), miembro El Espino, señala que se advierte la presencia de troncos fósiles en los niveles de calizas en la secuencia expuesta a la subida de la cuesta El Espino.
NA FALTA DE INFORMACION RESPECTO DEL YACIMIENTO PALEONTOLOGICO.
Es del caso observar que parte del área donde se pretende emplazar la “Planta de Procesos” del Proyecto El Espino, y llegada del acueducto a esta obra minera, coincide con el emplazamiento de un importante yacimiento paleontológico, conocido desde a lo menos 180 años, en el que se pueden encontrar restos correspondientes a troncos petrificados (bosque petrificado) y también invertebrados marinos de Edad Cretácico Inferior (Darwin 1835, SERNAGEOMIN 1991), los cuales, por el solo ministerio de la Ley, son MONUMENTOS NACIONALES y estén bajo la protección del Estado de Chile, según lo prescribe el artículo 1? y 2l dela Ley 17.288.
Las coordenadas UTM del punto medio dc este yacimiento paleontológico es: 6.525.200 metros Este, 299.500 metros Norte (Huso 19/Datum WGS 84), y abarca una extensión de aproximadamente 1.100 metros Norte - Sur, y 600 metros Este - Oeste.
Se observa que el titular del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto El Espino no ha establecido la ubicación exacta de este MONUMENTO NACIONAL, ni la superficie que abarca, y por el contrario, sólo ha limitado a proporcionar la ubicación de algunos de los elementos que lo componen, mediante la entrega de puntos donde existen afloramientos de madera petrificada, pero no ha realizado un trabajo serio, metódico y por profesionales especialistas en paleontología.
En un archivo KMZ acompañado en el ElA, se individualizan las distintas instalaciones: del: ZW Proyecto El Espino, y en él se puede observar que sobre el área en que se en entra E
yacimiento paleontológico se instalará parte del Proyecto El Espino, con la consiguiente pérdida del referido Monumento Nacional.
Al realizar una inspección ocular del área se puede evidenciar que la mayor cantidad de afloramiento de material paleontológico NO SE ENCUENTRAN en el lugar en el cual lo señala la línea de base, sino que se encuentra en el lugar que el titular pretende instalar la que denomina “Planta de Procesos”, cuyos límites fija en el documento individualizado como Anexo 3.8 “Antecedentes PAS”, Adenda 2; ElA proyecto El Espino, página 45. Lo anterior es conocido por el titular del proyecto El Espino, pues el archivo KMZ que proporciona ubica un hallazgo paleontológico, justamente sobre la “Planta de Procesos”.
CONCLUSIONES Y OBSERVACIONES FINALES:
1) Se observa que El ElA del Proyecto El Espino solamente contempla un área de protección a los puntos de hallazgos de material paleontológico, siendo que el CMN señala que debe realizar el cerramiento mediante cerca, en un perímetro de 20 metros en cada uno de los lugares en que se presente material paleontológico;
2) Se observa que el titular del ElA del Proyecto El Espino, en la Adenda N” Il, NO DIO CUMPLIMIENTO a la solicitud del Consejo de Monumentos Nacionales, contenida en el oficio ORD. N* 105 de fecha 13 de enero de 2014, en el sentido de que “se requiere la realización, durante la presente evaluación ambiental, DE UN NUEVO ESTUDIO que dé cuenta de manera cabal de las áreas del proyecto que san sensibles para la protección del patrimonio paleontológico” (Resaltado agregado), en este sentido lo que requirió la autoridad sectorial era UN NUEVO ESTUDIO, y en la Adenda N” 1, sólo se agrega un nuevo hallazgo, observándose que está dentro del perímetro en el cual se construirá la Planta de Procesos;
3) Se observa que la respuesta contenida en la Adenda N” 1 se refiere “a los sitios de mayor interés”, y no al total de la ABUNDANTE PRESENCIA DE RESTOS IN SITU referida por la autoridad sectorial, hecho que deja de manifiesto la discrecionalidad del titular del Proyecto al incluir solo “algunos” de los hallazgos, que constituyen un MONUMENTO NACIONAL, en la Línea Base Paleontológica, ElA, y/o Adendas, cuestión que atenta contra la legislación que protege los hallazgos paleontológicos;
4) De la lectura de la página 188 de la Adenda N”l, se observa que NO HUBO ASESORAMIENTO POR UN PROFESIONAL ESPECIALISTA Y CON PRACTICA EN PALEONTOLOGIA, con el perfil profesional requerido por el CMN, pues en la Adenda N? 1 se nombra a 4 profesionales, a saber: ¡) Roberto E. Yury Yafiez; Licenciado en Ciencias con mención en Biología Candidato al grado de magister en Ciencias Biológicas; ¡¡) Sergio G. Soto Acuña Licenciado en Ciencias con mención en Biología Candidato al grado de magister en Ciencias Biológicas; ¡¡i) Ana M. Valenzuela Toro Licenciado en Ciencias con mención en Biología Candidato al grado de magister en Ciencias Biológicas; y iv) Rodrigo A, Otero González Bachiller en Ciencias Naturales y Exactas, Universidad de Chile, los cuales no cumplen con el perfil profesional requerido por la autoridad sectorial correspondiente;
5) Se observa que dada la naturaleza de los trabajos de construcción de la “Planta de Procesos”, los cuales incluirán fundaciones civiles de las obras en el subsuelo, éstas afectarán el yacimiento paleontológico de forma significativa e irreversible;
6) Se observa que falta un levantamiento georeferenciado de todos los puntos en los cuales existe afloramiento de material paleontológico dentro del AID del Proyecto El Espino, por parte de un profesional con formación paleontológica, en consecuencia se debe realizar una nueva Línea de Base Paleontológica, que contenga un análisis de todo el potencial fosilífero, pues la actual es deficiente al no contener todos las ubicaciones en donde afloran árboles petrificados, especialmente en el lugar de emplazamiento de la “Planta de Procesos”.
7) Se observa que dada la magnitud del yacimiento paleontológico es necesario realizar una propuesta de puesta en valor para la colección paleontológica que se genere, orientado a la difusión, educación y exhibición de dicho material;
8) Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental que se somete a evaluación, y en concordancia a lo expresado por el Consejo de Monumentos Nacionales, es un hecho indiscutido que el proyecto no entregó la
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concluir sobre los impactos del proyecto en evaluación. Por lo que se concluye que el ElA del Proyecto El Espino no acredita que no se alterará en forma significativa patrimonio paleontológico en el área de implementación del proyecto.
9) Se observa que no existe un plano que superponga el lugar en el cual se encuentran los hallazgos paleontológicos que da cuenta el ElA, y los planos de construcciones de caminos, plantas de procesamientos, líneas de alta tensión, lugares de acopio, bodegas, etc., con indicación del perímetro de protección de cada uno de los puntos, ordenado por el Consejo de Monumentos Nacionales.
10) Se observa que el titular del Proyecto no ha dado cumplimiento a lo ordenado por el CMN mediante oficio mediante ORD. 2099 de fecha 17 de junio de 2013, el cual ordena que “Por lo anteriormente señalado es que se requiere la realización, durante la presente evaluación ambiental, de un nuevo estudio que dé cuenta de manera cabal de las áreas del proyecto que son sensibles para la protección del patrimonio paleontológico”.
II) Se observa que por tratarse de Monumentos Nacionales, consistente en un importante yacimiento paleontológico, en el que se pueden encontrar restos correspondientes a troncos petrificados (bosque petrificado) y también invertebrados de Edad Cretácico Inferior (Darwin 1835 - SERNAGEOMIN 1991) cuya tuición y protección está entregada al Estado de Chile, y por ende a todos y cada uno de los organismos que la conforman, con la correspondiente responsabilidad en caso de no cumplirse la protección que se denuncia y solicita por medio de las presentes observaciones.
En virtud de lo expuesto, y lo dispuesto en los artículos 29 de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente, solicito a usted tenga por presentadas las observaciones contenidas en este documento, y dada su gravedad y relevancia se rechace el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto El Espino, por carecer de información relevante, esencial y cuyo contenido no resguarda el MONUMENTO NACIONAL consistente en un yacimiento paleontológico, en el que se pueden encontrar restos correspondientes a troncos petrificados (bosque petrificado) y también invertebrados marinos de Edad Cretácico Inferior (Darwin 1835, SERNAGEOMIN 1991), y por vulnerar lo dispuesto en el artículo 11 letra f) de la Ley 19.300, al no presentar los antecedentes necesarios para una adecuada evaluación sobre los efectos, características o circunstancias previstos en la referida norma.
Evaluación Técnica de la Observación:
La observación es pertinente ya que dice relación con aspectos del patrimonio arqueológico y paleontológico del área de emplazamiento del proyecto. De lo anterior, es posible indicar que en el ElA se presentó la línea base de paleontología, basada en levantamientos en terreno realizados durante el año 2012. Durante el proceso de evaluación se ha hecho mención a la Hoja Illapel (1991), señalando que pueden aparecer restos fósiles de troncos correspondientes a material probablemente transportado y cuya Ubicación varía a través del tiempo por efecto de la erosión, clima, etc. Para ello, la caracterización del componente paleontológico en la Línea de Base (ElA) buscó detectar las unidades geológicas con contenido fósil, de manera de resguardar la integridad de los fósiles en su contexto estratigráfico. Del mismo modo, es altamente posible que para una Unidad geológica con alto potencial fosilífero (como ocurre para el presente caso), puedan aparecer nuevos restos fósiles en puntos no caracterizados previamente, a lo largo de toda la vida útil del proyecto, e incluso después. Esto también por efecto de condiciones naturales (erosión, lluvias, terremotos, entre otros). No obstante lo anterior, el titular volvió a prospectar el área en torno al punto que indica la autoridad complementando la información con otros restos encontrados en ese sector. En total se identificaron 7 hallazgos, todos fuera del área de influencia directa, por lo que no serán impactados por el proyecto. En función de resguardar la integridad de los fósiles hallados se considerará un cerco que evite el acceso. Además se colocará una señal informativa en el extremo nor-oriente del cerco correspondiente al punto más cercano a la planta. Además se ha hecho un registro fotográfico y de ubicación (KMZ con coordenadas). Este registro se presenta en la Adenda N*3, Anexo 18 “Registro fotográfico arboles petrificados”.
El proyecto implementará las siguientes medidas:
- Plan de Manejo de Patrimonio Cultural: Este plan aborda de manera específica las medidas para cada hallazgo encontrado durante el levantamiento de línea base arqueológica y que tenga un impacto significativo, en las áreas de influencia de cada uno de los Sectores del proyecto.
Para el detalle de los sitios sujetos a estas medidas y sus medidas en particular, ver Anexo N*17 del Adenda N93 del ElA.
El programa se ejecutará previo y durante el primer año de la etapa de construcción (ver numeral 6.12 del Adenda N*2 del ElA). Algunas de las medidas y sus características se resumen en las siguientes:
Rescate Arqueológico: se realizará la recolección del 100% de los materiales en superficie de los sitios arqueológicos que serán impactados por el proyecto, mientras que se rescatará el 20% del total de sitios que presentan depósito estratigráfico.
Cercado perimetral: que incluye instalación de señalética identificando el hallazgo que resguarda. El cercado será aplicado a un conjunto de hallazgos que corresponden a sitio arqueológico, concentración arqueológica, sitio conmemorativo, sitio subactual.
El levantamiento topográfico y arquitectónico de los sitios que lo requieren, los rescates, registro de arte rupestre y cercados se ejecutarán antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto.
Traslado de petroglifos: de los 6 petroglifos identificados en el área de influencia del proyecto solo tres de estos serán afectados por las obras del proyecto (27, 53 y 54), correspondientes a bloques de arte rupestre, con figuras talladas/incisas visibles, por lo que será necesario su traslado. El plan de traslado, estado de conservación y las medidas de conservación preventiva se pueden visualizar en el Anexo 4.5 del Adenda N“2 del ElA.
Cebe hacer presente que, al verse modificado alguno de los hallazgos del patrimonio cultural, producto de los fenómenos naturales sucedidos por el terremoto de septiembre de 2015 y los eventos de inundaciones, ambos de la Región de Coquimbo, las medidas de mitigación no fueron modificada en su objetivo, pero si algunas tuvieron que adaptarse a las actuales condiciones de los hallazgos. Para mayor detalle ver Anexo N*%17 del Adenda N93 del ElA.
De acuerdo a lo anterior, el titular deberá cumplir la condición establecida en el numeral 7.12 de la presente Resolución.
Centro de interpretación y plan museológico: se presenta una propuesta de puesta en valor para los petroglifos a reubicar encontrados en la Línea de Base del proyecto. La propuesta del centro de interpretación y el plan museológico se complementa con la presentación de una propuesta que contempla el lugar del centro de interpretación.
El Centro de interpretación pretende, en primer lugar, entregar abiertamente a la comunidad el conocimiento obtenido en los trabajos arqueológicos realizados dentro del proyecto, dando a conocer los sitios afectados y los elementos arqueológicos rescatados, según las disposiciones legales.
Esta propuesta, se centra en los aspectos facilitadores para la implementación del traslado de los sitios arqueológicos 27, 53 y 54, y a fin de garantizar su adecuado albergue en las etapas de implementación de las medidas de mitigación, desde su traslado inicial hasta su instalación en el lugar definitivo del futuro centro de interpretación, además de exponer la colección de material resultante de aquellos hallazgos que serán afectados por la ejecución del proyecto. Lo anterior con el objetivo de contar con un lugar donde se pueda exponer a la comunidad los resultados asociados a los análisis e interpretaciones arqueológicas y etnográficas de la zona.
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La implementación de un centro de interpretación del patrimonio arqueológico se realizará al interior del área del proyecto, en un lugar de fácil acceso público, en torno a las coordenadas E 302.787 y N 6.526.162, al costado oriente del camino propuesto como alternativa a la Ruta D-895. De esta manera, los sitios se encontrarán fuera del área de intervención y en un lugar de fácil acceso público (ver figura VIl-1 del Adenda N%3 del ElA).
El lugar estará orientado a información arqueológica simple y didáctica, mediante recursos de comunicación impresos, aplicado en forma flexible tanto a los sitios arqueológicos no trasladables existentes en el área del proyecto, como a los sitios a relocalizar que se encontrarán en el Centro. De igual manera se dispondrá de un cerco apropiado y un panel de información. El detalle de esta propuesta se puede visualizar en el Anexo 4.6 del Adenda N2 del ElA, numeral 7.6.3 del Adenda N3 del ElA. No obstante lo anterior el titular deberá ejecutar este centro de interpretación de acuerdo a las condiciones establecidas en el numeral 7.11 de la presente Resolución.
Para aquellos hallazgos del patrimonio arqueológico que por la ejecución del proyecto son afectados pero no implica una afectación significativa, se implementarán medidas de control que considera actividades de recolección, cercado y señalización.
Cabe hacer presente la presencia de campos de petroglifos y de una animita, ambos se aplicarán medidas de cercado y señalización. Además en el caso particular de los campos de petroglifos identificados se llevará a cabo un registro integral de paneles de arte rupestre. Para mayor detalle ver numeral 7.6 del Adenda N93 del ElA.
Por su parte, los cercos sólo estarán instalados durante la etapa de construcción. En caso de que se considere necesaria su permanencia durante la fase de operación, se consultará al Consejo de Monumentos Nacionales previo a un mes de finalizada la etapa de construcción del proyecto.
El levantamiento topográfico y arquitectónico de los sitios que lo requieren, los rescates, registro de arte rupestre y cercados se ejecutarán antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. De igual forma se informa, que una vez ejecutadas estas medidas, se remitirán informes a la Superintendencia del Medio Ambiente como al Consejo de Monumentos Nacionales en un plazo no mayor a un mes de realizada la medida, acreditando su cumplimiento mediante registro fotográfico y solicitando la liberación de las áreas a intervenir.
Para mayor detalle ver Anexo 4.4.b del Adenda N%2 del ElA, numeral 4.5.2 y 7.6.2, 7.6.4 todos del Adenda N93 del ElA.
- En relación al componente Paleontología: para este componente no se identifican efectos adversos significativos que constituyan impacto significativo, no obstante se contempla lo siguiente:
a. Implementación de charlas de inducción de paleontología: consistentes en charlas dirigidas al personal directamente relacionado con las obras de construcción del proyecto. El objetivo de las charlas, es familiarizarlos con la información paleontológica existente en el área y con la legislación vigente respecto al Patrimonio Paleontológico, lo que permitirá generar un mecanismo efectivo de denuncia y protección del patrimonio paleontológico, a partir de los mismos trabajadores del proyecto.
Para cumplir este objetivo la presente medida de control considerará lo siguiente:
. Se llevarán a cabo cada seis meses durante toda la vida útil del proyecto. La primera de estas charlas se efectuará de manera previa al inicio de las obras. . . Se llevará a cabo evaluación escrita que indique si el personal, se encuentra:o:tid''
capacitado para entrar a faena con respecto a este tema. Se considera exitosa la'médida
”)
. Las charlas de inducción se enfocarán a instruir al personal en conceptos básicos de paleontología; acercamiento a la normativa legal vigente respecto al Patrimonio Paleontológico, énfasis en el reconocimiento de posibles hallazgos que puedan encontrarse en las faenas y el procedimiento que se debe adoptar ante éstos.
. La realización de las charlas de inducción será acreditada mediante un informe que se entregará al Consejo de Monumentos Nacionales, firmado por el profesional a cargo, donde se incluirá el acta de asistencia y los contenidos entregados (copia de la presentación), en un plazo máximo de 15 días hábiles posteriores a la ejecución de cada charla.
. Se elaborará un protocolo interno que establezca los procedimientos a adoptar ante la ocurrencia de hallazgos paleontológicos, el que será remitido al Consejo de Monumentos Nacionales para su visación de manera previa al inicio de obras.
. De igual forma se derivará un registro fotográfico de la realización de la primera charla de inducción previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto, al Consejo de Monumentos Nacionales, con el fin de que se acredite la realización de esta actividad.
Para mayor detalle ver numeral 5.18 del Adenda N%1 del ElA y Anexo D-5.4 ambos del Adenda N%1 del ElA, numeral 4.4.4 del Adenda N“2 del ElA, literal a) del numeral 4.5.3 del Adenda N93 del ElA.
b. Monitoreo Paleontológico: se realizará un monitoreo paleontológico durante las obras de construcción del proyecto en el Sector El Espino.
En caso de efectuarse un hallazgo paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N* 20 y 23 del Reglamento de la Ley N” 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
Además, en caso de hallazgos se realizarán publicaciones científicas sobre estos. El medio de publicación escogido, consistirá en una única publicación propia del proyecto, de 30 ejemplares tipo tríptico de información a distribuir en la Municipalidad de Illapel, y 5 ejemplares a entregar al Consejo de Monumentos Nacionales. Para mayor detalle ver numeral 4.4.4 del Adenda N%2 del ElA y Ficha R del numeral 9.9 del Adenda N93 del ElA.
El objetivo principal será la divulgación de los hallazgos para conocimiento general y particular del mundo científico.
En base a lo anterior, la metodología de difusión será la siguiente:
Registro de la información: Consiste en registrar los hallazgos paleontológicos en un documento digital, en base a ficha de registro.
Edición y entrega: Consiste en edición en digital para impresión en papel, tamaño A4. La entrega se hará personalmente.
Un ejemplar será mantenido en faena como registro de esta actividad para cuando la autoridad lo requiera en etapa de seguimiento y fiscalización ambiental.
El cronograma de ejecución esta medida de control se puede visualizar en el literal b) del numeral 4.5.3 del Adenda N93 del ElA.
C. Protección de los Hallazgos de Troncos Fósiles.
En consideración a la presencia de hallazgos de troncos fósiles, se establecerá un área de protección de los hallazgos consistente en un cercado perimetral con señalética del yacimiento fosilífero asociado a troncos fósiles identificados en el área de influencia del proyecto. El cerco cumplirá con una altura mínima de 1,20 m, tendrá un área buffer de 20 metros alrededor de los hallazgos y se instalará previo al inicio de las obras. Además se colocara una señal informativa en el extremo nor-oriente del cerco correspondiente al punto más cercano a la planta
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Se generará, registro fotográfico, que acredite la realización de esta medida de control, el cual será derivado al Consejo de Monumentos Nacionales previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto (ver numeral 11.2 del Adenda N93 del ElA).
Para mayor detalle ver numeral 4.4.3 y Anexo 4.4 ambos del Adenda N2 del ElA, numeral 4.5.1, 11.2 y Anexo N18 del Adenda N93 del ElA.
No obstante lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo ha señalado las siguientes condiciones de aprobación del proyecto asociado al componente patrimonio cultural:
. En relación al Centro de Interpretación para los hallazgos del patrimonio cultural, el centro de interpretación propuesto y definido durante el proceso de evaluación deberá ser el definitivo durante toda la vida útil del proyecto. De igual forma, los términos legales para ceder este espacio cuando el proyecto cierre, sólo en caso que corresponda, deberán ser parte de la puesta en valor comprometida por el titular durante el proceso de evaluación, que corresponde a objetivos de carácter museográficos y expositivos (Anexo 4.6 del Adenda N*2 del ElA), poniéndolos en valor como bienes patrimoniales correspondientes a un área determinada, dando una interpretación aproximada y documentada del patrimonio material que se expone.
. En relación a las medidas de mitigación asociadas a los hallazgos del patrimonio cultural modificadas por los fenómenos naturales acaecidos el 2015 en la Región de Coquimbo, y con el objetivo del resguardo de las medidas de mitigación comprometidas durante el proceso de evaluación, el titular deberá ejecutar lo siguiente según corresponda:
Hallazgo 7: correspondiente a una pirca que presenta derrumbe en un sector. Se deberá relevar arquitectónicamente lo que haya quedado de ella previo a la etapa de construcción del proyecto, de acuerdo a lo lineamientos que establezca el Consejo de Monumentos Nacionales. Al respecto, el titular deberá informar a dicho organismo la acción propuesta al respecto, en un informe derivado a este en un plazo no mayor a 30 días hábiles de notificada la Resolución de Calificación Ambiental.
Hallazgo 16: correspondiente a un asentamiento pre y post hispano, el cual se encuentra cercado por el actual dueño. No realizar el cercado de este sitio, considerando que se encuentra a 150 m de distancia de la obra más cercana.
Hallazgos 50 y 97: la medida de mitigación deberá ser aplicada, de acuerdo a la condición actual de cada uno de estos sitios, de acuerdo a lo informado en el Anexo N*17 del Adenda N93 del ElA.
Hallazgos 103 y 127: ambos correspondientes a una concentración de material cerámico y lítico, los cuales no fueron encontrados. Al respecto, si los sitios desaparecieron producto de procesos naturales, no será necesario efectuar las acciones de cercado comprometidas.
Hallazgo 104: correspondiente a una pirca y animita. La revisión detectó mejoramiento de la pirca. Se informa que el cercado comprometido a efectuar para su resguardo, no deberá impedir el libre acceso a este espacio considerando que aún se encuentra en uso.
Hallazgo 126, correspondiente a una estructura histórica donde parte del muro se derrumbó con el terremoto de septiembre de 2015. Se informa que deberá ejecutar junto al cercado comprometido, un levantamiento de los restos que quedaron de todas las estructuras (ficha ad hoc, registro fotográfico y levantamiento topográfico), el cual deberá estar disponible cuando la autoridad lo requiera en etapa de seguimiento y fiscalización: - ambiental. : xx
11.2.3. Observación ciudadana Sr. Mario Carvajal Casanga, a que se refiere el numeral 5 de los Vistos de la presente Resolución.
Observación:
De acuerdo a las modificaciones presentadas en el proyecto El Espino en Adenda N2, donde se reubica el sistema de relaves, quedando este definitivamente en el sector “La Yesera”, lugar donde funciona el Establecimiento Educacional Escuela San Enrique N19, en el cual ejerzo como profesor hace 33 años.
Una obra de esta envergadura afectaría el normal funcionamiento del establecimiento Educacional por la contaminación y polución ocasionadas por el desarrollo de este proyecto minero.
En la participación ciudadana realizada el sábado 6 de junio en el sector “La Yesera”, los ejecutivos del proyecto explicaron las modificaciones de este proyecto, en el cual queda de manifiesto la cercanía de la escuela al lugar de intervención de las obras de la minera, especialmente el depósito de relaves.
Evaluación Técnica de la Observación:
La observación es pertinente ya que apunta a la potencial afectación que generaría el proyecto en el sector donde funciona la escuela San Enrique N*19 de La Yesera. De lo anterior, es posible indicar que la obra y actividad que pudieran estar más cerca a esta e corresponde al nuevo trazado de la Ruta D-895, cuya principal actividad será la circulación de vehículos desde y hacia el proyecto, y el uso de la vía por parte terceros.
De acuerdo a lo anterior, el análisis del eventual efecto ruido sobre la escuela señala que los niveles de inmisión sonora proyectados se sitúan bajo los umbrales que establece el D.S. 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. En relación a la evaluación del ruido generado por tronaduras, se determinó que los niveles se encuentran por debajo de los límites recomendados por la normativa norteamericana en el punto de evaluación considerado. Es por ello que no se consideran medidas de control.
Para evaluar el efecto del proyecto sobre la calidad del aire en el sector donde está ubicada la Escuela San Enrique, se repitió la modelación de las emisiones atmosféricas del proyecto considerando esta vez el receptor correspondiente a la escuela.
Cabe señalar que con el fin de resguardar la calidad del componente se ha considerado ampliar las medidas de control. Es así que se ha proyectado para la etapa de construcción la aplicación de un estabilizante como bischofita sobre el camino minero que se utilizará para el transporte del estéril desde le rajo hacia las plataformas de inicio del depósito de relave. Con esta medida, se alcanzaría un 90% de eficiencia de abatimiento. El estabilizante como la Bischofita permite, gracias a su capacidad higroscópica, la captación y retención de agua en zonas semidesérticas. Su empleo en construcción de carpetas de rodadura logra mejorar sustancialmente su desempeño y durabilidad. Se llevarán a cabo las siguientes medidas: los caminos mineros serán humectados, con una frecuencia máxima de tres veces al día, cuya eficiencia de abatimiento alcanzará un 75%, sistema de abatimiento de material particulado para el proceso del mineral: cobertizo en tolva de descarga, harneros y chancadores encapsulados, cubierta para puntos de transferencia, aspersores, colectores de polvo, mangas para descarga de material y un acopio de finos cerrado. De manera adicional y fuera de la estimación de emisiones, se considera el uso de mallas alrededor de la faena de construcción del tramo de la modificación de la Ruta D-895 que se encuentre más próximo a la escuela. Los efectos ambientales producto del tránsito vehicular ya se encuentran incorporados en las evaluaciones de los componentes de ruido y calidad del aire previamente expuestas.
11.2.4. Observaciones ciudadanas a que se refiere el numeral 5 de los Vistos de la
te Resolución de la Junta de Vecinos de Quebrada Grande, cuya representante la Sra. Juana Cortés Cortés, Presidenta de Junta de Vecinos de Quebrada
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Observación N*1:
En el tema de la relocalización necesitamos saber cómo vecinos que las hectáreas a repartir sea equitativo para las familias que vamos a dejar nuestras tierras. Que clarifiquen que las hectáreas sean igual para todos. ¿Y cuántas hectáreas tienen contemplado repartir a las familias que se van a relocalizar?
Evaluación Técnica de la Observación:
La observación es pertinente ya que apunta a aspectos relativos a la relocalización de las familias, específicamente lo relativo a la superficie de los nuevos terrenos. En relación a lo anterior, es posible señalar que la superficie del predio que será utilizado para la relocalización, será de 28,9 hectáreas. Respecto de la superficie estimada a compensar por familia, se hizo en base al espacio requerido para habitar, desarrollar las actividades productivas agrícolas y sustituir los ingresos generados por el ganado caprino. Cabe hacer presente que la relocalización se encuentra inserto dentro de una medida de compensación, por lo cual las hectáreas a repartir por familia cumplirán los requisitos mínimos de la compensación, de acuerdo a lo que originalmente tenía cada familia.
Observación N*2:
Tema social: solicitamos de manera urgente que se incluyan a todas las familias que habitan en Quebrada Grande, de igual manera a las familias que se encuentran allegadas. Familia de Gilda Tapia Molina y familia de Alberto Contreras Herrera. Estas familias no se contemplan en la primera etapa, pero vemos que deben incluirse ya que no deben de quedar solos, también pertenecen a nuestra comunidad.
Evaluación Técnica de la Observación:
La observación es pertinente ya que apunta a aspectos de la relocalización en relación a las familias que se indica. De lo anterior es posible indicar que la Sra. Gilda Tapia Molina se encuentra identificada y considerada dentro del acuerdo de relocalización como parte integrante del grupo familiar del Sr. Guido Tapia ya que forma parte de éste. Se aclara que al momento de realizar el catastro inicial, el señor Contreras Herrera no figuraba como grupo familiar independiente en el sector de Quebrada Grande. El Sr. Alberto Contreras Herrera, ya fue considerado en el acuerdo de relocalización dentro del grupo familiar del Sr. Guillermo Contreras.
Observación N?3:
Necesitamos que los cercos en el nuevo sitio a relocalizar sean de 1 m de separación, tiene contemplado realizar así o cuál es la postura de la empresa de acuerdo a esta consulta. Solicitamos que la malla de los cercos sea como mínimo de altura 2 metros.
Evaluación Técnica de la Observación:
La observación es pertinente ya que apunta a ciertos aspectos de la relocalización. De lo anterior es posible indicar que el proyecto considera entregar los terrenos con un cerco perimetral con sistema de alambre púas y postes de madera, con una altura de 1,5 m. Por otra parte la división predial presentada en el estudio de cabida entregado en el Anexo 6.2 de la Adenda N*2, no considera la existencia de callejones entre predios. Lo anterior se sustenta en los siguientes puntos:
1 Al momento de realizar la inscripción de propiedad en el Conservador de Bienes Raíces, no se admiten terrenos sin propietario. 2. La franja de separación planteada, debería estar inscrita en el Conservador de
Bienes Raíces como un Bien Nacional de Uso Público, pero en términos prácticos por:8y;- proporción sería un espacio inutilizado, lo que no hace factible su inscripción. SS
-
Que, de las observaciones recepcionadas durante el proceso de participación ciudadana que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley N19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental corresponden a las realizadas en el segundo proceso de PAC por Minera Illapel Sociedad Anónima; D 8 G Sociedad Anónima y Escuela San Enrique N19 La Yesera, todas como personas jurídicas, por cuanto no presentaron los antecedentes que acreditaran las respectivas personalidades jurídicas y/o vigencia de la representación.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar dentro de 24 horas y por escrito a la Superintendencia de Medio Ambiente, una vez constatada, ya sea por medios visuales o instrumentales, la ocurrencia de cualquier hecho, circunstancia, accidente y/o contingencia, previstas o no, y sus posibles efectos o impactos ambientales.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo, actualizando el cronograma de actividades presentado durante la evaluación ambiental a la época de obtención de la presente Resolución.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el ElA, sus respectivas Adenda y el Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se consideran asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones a que quede sujeto por la presente Resolución.
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la individualización de cambios de titularidad o domicilio.
-
Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N*844 de fecha 14 de diciembre de 2012, de la Superintendencia de Medio Ambiente, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, el titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental. Lo anterior, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas al respecto en el presente acto.
-
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente O a través de un tercero.
-
Que, sobre la base de lo señalado en el Estudio de Impacto Ambiental, sus Adenda, los demás antecedentes que se acompañan el expediente de evaluación respectivo y la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron en la evaluación ambiental del proyecto, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, concluye que el proyecto se hace cargo de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N*19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
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ATENDIDO A LO SEÑALADO ANTERIORMENTE, LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA REGIÓN DE COQUIMBO, RESUELVE:
-
CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el ElA del proyecto “El Espino”, presentado por el Señor Marcelo Bruna Lopetegui, en representación de Sociedad Punta del Cobre S.A. condicionado a los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución.
-
CERTIFICAR que el proyecto “El Espino”, presentado Sociedad Punta del Cobre S.A., cumple con todos los requisitos ambientales aplicables y con la normativa de carácter ambiental, incluidos los Permisos Ambientales Sectoriales a que se refieren los Artículos 76, 84, 88, 90, 91, 93, 94, 95, 96, 99, 101, 102 y 106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que respecto de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N%19.300, se han establecidos las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas.
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Procede contra la presente Resolución, el Recurso de Reclamación, establecido en los artículos 20 y 29 de la Ley N*19.300, en el plazo y ante quien corresponda según las disposiciones de los citados artículos.
Notifíquese y Archívese.
Región de Coquimbo
Distribución:
Sr. Marcelo Bruna Lopetegui., Representante legal Sociedad Punta del Cobre S.A. Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo. Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.
Dirección Regional de Vialidad, Región de Coquimbo.
Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo.
Gobernación Marítima, Región de Coquimbo.
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo.
Servicio Nacional de Pesca, Región de Coquimbo.
Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo. Comisión Chilena de Energía Nuclear.
Consejo de Monumentos Nacionales.
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Superintendencia de Servicios Sanitarios.
llustre Municipalidad de Illapel.
llustre Municipalidad de Canela.
Gobierno Regional, Región de Coquimbo.
Sra. Rosa Ester Cortés Zuleta.
Sr, Marcelo Lorca Ortiz.
Sra. Amy Deane.
Sr, Nelson de Jesús Durán Porras,
Sr. Javier Magnasco Fernández,
Sr. Rigoberto del Carmen Vásquez Vera.
Sr. Mario Carvajal Casanga.
Sra. Luz Angélica González Guerra.
Sr. Emilio Antonio Tapia Molina.
Sr. Silvio Montenegro Vargas.
Sr. Homero Cortés Campusano, Presidente Comunidad Agrícola de Canela Baja. Sr. Carlos Rojo Bugueño, Presidente Comunidad Agrícola de Canela Alta. Sra. Juana Cortés Cortés Presidenta Junta de Vecinos Quebrada Grande.
Clc: ; po . Expediente de evaluación ambiental del proyecto *El Espino” . Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.
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