Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL MAULE Califica Ambientalmente el proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios"
Resolución Exenta N2 221
Talca, 28 de Octubre de 2013
VISTOS:
1.- La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios", presentada por el Señor Julián Jesús Muñoz Rojas, en representación de Agrícola Marcela Paz Muñoz, con fecha 17 de Abril de 2013.
2.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N272 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 13/05/2013
Oficio N2369 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 14/05/2013
Oficio N2504 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 14/05/2013
Oficio N21013 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 14/05/2013
Oficio N*1143 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 15/05/2013
Oficio N21327 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 15/05/2013
Oficio N*369 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 15/05/2013
Oficio N242 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha
15/05/2013
Oficio N2496 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 17/05/2013
Oficio N21162 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 20/05/2013
Oficio N*820 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 07/08/2013
Oficio N2616 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 07/08/2013
Oficio N%71 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con
fecha 07/08/2013
e Oficio N21906 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 12/08/2013
» Oficio N21829 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 16/08/2013
e Oficio N22341 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 21/08/2013
e Oficio N%1336 sobre la Adenda 2, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 15/10/2013
e Oficio N291 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 18/10/2013
- Oficio N22504 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 21/10/2013;
...o .
3.- El Acta de Evaluación N*21 de fecha 09 de Mayo del 2013 4.- El Informe Consolidado de Evaluación del proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios"
5.- El Acta de la Sesión Ordinaria N*%10 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 28 de Octubre del 2012
6.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios".
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7.- Lo dispuesto en la Ley N2 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 22 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N2 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N2 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
1.- Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios".
2.- Que, el derecho de Agrícola Marcela Paz Muñoz a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios" consiste en la construcción de un sistema de drenaje subsuperficial con las siguientes características:
e Localización: El Proyecto “Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios”, se encuentra localizado a 26 Km al Poniente de la Ruta 5 sur en el Sector La Higuerilla en el predio denominado Fundo Los Acacios, Rol N” 129-3, comuna de Sagrada Familia, provincia de Curicó, coordenadas UTM WGS 84 Huso 19 N: 6.121.667 m. y E: 288.826 m.
- Monto de Inversión: El monto de la inversión señalado por el titular es de US$ 120.904
e Vida útil: La vida útil señalada por el titular es de 10 años
e Mano de Obra
El titular ha señalado la siguiente mano de obra involucrada en el proyecto
Etapa Número de Personas Tiempo Construcción 8 3 meses Operación 3 10 años
- Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
El titular ha señalado la siguiente superficie del proyecto
Etapa Superficie (ha) Construcción 34,7 Operación 34,7
El predio posee una superficie total de 65,6 hectáreas de las cuales 34,7 hectáreas serán intervenidas en dos etapas por este proyecto.
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3.1.- Definición de sus partes, acciones y obras físicas.
3.1.1.- Descripción de todas las partes y obras del proyecto El proyecto se ejecutará en 2 etapas. La Etapa N* 1 corresponde a la construcción de un sistema de drenaje subsuperficial en 19,1 há. La etapa N22 corresponde también a un sistema de drenaje subsuperfical en 15,6 ha. La
superficie total beneficiada por el sistema de drenaje es de 34,70 há.
Se contemplará la construcción de drenes entubados y colectores cerrados y obras de protección para la descarga de las aguas subsuperficiales que descargarán un caudal total de de 0,0363 m Is
La vía de evacuación corresponde al Estero Río Seco el cual en situación actual conduce un caudal de 4,21 m/s. 3.1.1.1.- Construcción
Esta etapa tendrá una duración de 3 meses en donde se deberán desarrollar las siguientes actividades: replanteo de las obras, excavación, instalación de la tubería y relleno de zanjas.
Etapa N21
- Rebaje del cauce evacuador. e Instalación de tuberías interceptoras y tuberías de drenaje con desagúe a cauce evacuador. e Protección de descargas con mampostería de piedra, para evitar la erosión del suelo bajo la caída de la descarga.
Etapa N22
e Rebaje de dren abierto e Instalación de tuberías colectoras y tuberías de drenaje con desagúe a dren abierto. + Protección de descargas con mampostería de piedra, para evitar la erosión del suelo bajo la caída de la descarga.
El desarrollo del proyecto no influye sobre las fuentes de agua para consumo humano ubicadas en los alrededores, ya que el sistema propuesto hará bajar el nivel freático solamente en la zona drenada (interior del predio) no influenciando las propiedades vecinas.
No existen pozos profundos, ni pozos norias en la zona aledaña al proyecto, es decir, a 200 m alrededor de los puntos de evacuación.
Los canales de riego superficial aledaños al predio, tales como; C. La Isla, C. Las Acacias, Derivado La Higuerilla, no son intervenidos por el proyecto.
El único cauce que se interviene en el proyecto es el Canal Estero Río Seco, el que funciona como Cauce Evacuador del proyecto, y sobre el cual se vierten las aguas drenadas, con un caudal total de 0,0363 m */s, las aguas drenadas no presentan contaminación con riles, ni otros vertidos que contengan sólidos en suspensión u otros derrames no deseados resultados de procesos agroindustriales de cualquier naturaleza.
El titular cuenta con autorización de descarga emitida por la Junta de Vigilancia del Río Seco el 02 de Julio del 2013, el cual se encuentre en el Anexo N?2 de la Adenda N”1,
3.1.1.2.- Operación La operación de un sistema de drenaje no requiere de una puesta en marcha pues a medida que se va instalando la
tubería se confirma su buen funcionamiento, esté se verifica periódicamente con inspecciones visuales de personal calificado en las cámaras de inspección proyectadas y para medir la profundidad de la napa de agua subterránea.
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Las coordenadas UTM WGS 84 Huso 19 de los puntos de descarga a Estero Río Seco son las siguientes:
Etapa / N2 Descarga Norte Este
Etapa 1 N21 6.120.695 289.620 N22 6.120.781 289.552 N23 6.120.865 289.462 N24 6.120.944 289.376 N25 6.121.131 289.386 N26 6.121.276 289.341 N27 6.121.377 289.298 N28 6.121.476 289.237 N29 6.121.769 289.255 N2 10 6.121.913 289.302
Etapa 2 N2 6.121.921 288.657
3.1.1.3.- Abandono El proyecto no considera etapa de abandono. 3.1.1.4.- Insumos y equipos
215 3 2 ss Los . El volumen total de grava a utilizar es 438,9 m” que serán adquiridos en empresas de áridos que cuenten con permiso municipal e informe favorable de la DOH (si corresponde), el titular mantendrá un registro escrito que así lo acredite.
Durante la etapa de construcción el agua potable será proporcionada a razón de 100 It/persona/día, durante la etapa de operación el agua potable será provista de las instalaciones existentes que son utilizadas normalmente en las actividades propias del predio.
3.2.- Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto 3.2.1.- Calidad del Aire
En la etapa de construcción se generarán emisiones de material particulado, por las actividades de movimiento de tierra (construcción de zanjas) y generación de gases, producto de la combustión de la maquinaria a utilizar.
Las medidas que se tomarán, de acuerdo a las características del proyecto, con el fin de minimizar las emisiones atmosféricas son las siguientes:
e Seregará el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de excavación.
-
Se humidificarán los sitios de desplazamiento y vías con flujo vehicular y de maquinarias que no se encuentren pavimentadas.
-
Se hará uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.
e Se mantendrán húmedos los materiales que puedan desprender polvo.
e Setransportarán los materiales de la construcción en camiones con carga cubierta.
e Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
e Se realizará un mantenimiento adecuado de la maquinaria utilizada en la obra para prevenir las emisiones de gases producto de la combustión incompleta.
- Nose permitirán las quemas de ningún tipo de residuo. La velocidad máxima permitida para los camiones al interior del predio será de 20 km/h.
e Se mantendrán en óptimas condiciones y con sus revisiones al día toda la maquinaria.
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3.2.2.- Ruido Contempla la construcción de las obras mencionadas anteriormente, por lo que no generarán emisiones de ruido mayores. Las medidas de mitigación que se tomarán durante la construcción serán:
- Uso de la retroexcavadora exclusivamente en horario diurno.
- Durante el tiempo que se utilice la retroexcavadora estará prohibido el uso de cualquier otro tipo de maquinaria del tipo trilladora, tractor, etc., a fin de disminuir el nivel de ruido.
Las faenas a desarrollar y la maquinaria a utilizar, corresponde a las comúnmente utilizadas en faenas agrícolas propias del sitio de emplazamiento.
El titular cumplirá en todo momento lo señalado en el D.S. 38/2011 Ministerio de Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos.
3.2.3.- Residuos Líquidos
Durante la etapa de construcción se producirán aguas servidas. Se utilizarán baños químicos los que serán gestionados por una empresa especializada en el manejo de dichos residuos que cuente con autorización vigente de la autoridad competente, la cual será exigida por parte del titular.
Los residuos serán dispuestos en un sitio autorizado ambiental y sanitariamente para recibirlos y el titular implementará un registro para acreditar dicha disposición.
3.2.4.- Residuos Sólidos
Durante la etapa de construcción se generarán residuos domésticos y de las labores propias de la construcción (envases, cajas de cartón, restos de tubería y geotextil, etc.) por parte de la mano de obra involucrada. Ellos serán recolectados y dispuestos en el relleno sanitario autorizado ambiental y sanitariamente.
4.1.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios" debe cumplir con:
e Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente
-
D.S. N295/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Modificación del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
D.S. N259/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
-
Decreto N” 185/1991 Ministerio de Minería
-
Decreto Supremo N*144 de 1961 del Ministerio de Salud Pública que establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
-
Resolución 1.215 de 1978 del Ministerio de Salud sobre Normas Sanitarias Mínimas destinadas a Prevenir y Controlar la Contaminación Atmosférica.
-
Norma Chilena N1.333/78, modificada en 1987 del Ministerio de Obras Públicas sobre. Requisitos de calidad del agua para diferentes usos Decreto N 351 26.11.99
e Código Sanitario Decreto Supremo 553/90
- Decreto Supremo N2594/99 del Ministerio de Salud sobre Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo.
e D.L. 3.557, de 1980, sobre protección agrícola, Artículo 11.
- Decreto Supremo N*38/2011 Ministerio Secretaría General de la Presidencia Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Elaborada a partir de la revisión del D.S. 146/97.
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e La Ley N? 17.288 de 1970 sobre Monumentos Nacionales y Decreto Supremo N?2 484 de 1990 del Ministerio de Educación.
- Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre la Remisión de los antecedentes respecto de las Condiciones, compromisos y Medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental.
4.2.- Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios" requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el Artículo N2 106 del D.S. N295/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- -Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
6.1.- Durante la etapa de construcción los viajes de camiones y maquinaria pesada con insumos se realizarán en horarios tales que no perturben las actividades del predio y/o vecinos.
7.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
8.- Que, para que el proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
9.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
10.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, la individualización de cambios de titularidad.
11.- El proponente deberá mantener especial cuidado cuando realice las obras de excavación que son parte del proyecto, dando cuenta de cualquier hallazgo arqueológico a las autoridades competentes, cumpliendo así con lo establecido en los artículos 26” y 272 de la Ley 17.288 y en los artículos 20? y 232 de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y publicado por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.
12.- El titular realizará el ingreso de las exigencias ambientales que se establecen en esta RCA al sistema de cargan de compromisos ambientales de la Superintendencia del medio Ambiente (www.compromissos-ambientales.cl).
13.- Los áridos a ser utilizados en el proyecto serán provistos por una empresa autorizada, de tal modo que el titular mantendrá un registro escrito que así lo acredite.
14.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
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15.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule
RESUELVE:
1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios".
2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo N*106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
ZALC” ) Prestíente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Maule
up [PHernán Giustinianovich Pérez -Ditector Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación á Región del Mayle
HGP/PCT/MFA
Distribución:
Julián Jesús Muñoz Rojas
Corporación Nacional Forestal, Región del Maule Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule Dirección General de Aguas, Región del Maule Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule Gobierno Regional, Región del Maule
Ilustre Municipalidad de Sagrada Familia
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule SEREMI de Agricultura, Región del Maule
SEREMI de Salud, Región del Maule
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule SEREMI MOP, Región del Maule
Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule
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e Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule
- Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule
e Dirección Regional Cañete, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
-
Consejo de Monumentos Nacionales
-
Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c: e Encargada Participación Ciudadana
Expediente del Proyecto "Construcción de drenaje subsuperficial en Fundo Los Acacios" e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VIl Región del Maule
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