Evaluación SEA

Parque Eólico San Manuel

Rol 7845043
SEA · DIA · Aprobado · 2013-02-05 · Región del Biobío · AM Eólica San Manuel SpA

mE

28 Servicio Resolución Exenta N” hs de Evaluación 7

Ambiental

MAT: Califica Ambientalmente la Declaración Ambienta del Proyecto “Parque Eólico San Manuel”

CONCEPCIÓN, 29.001 208

Región del Biabío

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES;

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas del Proyecto “Parque Eólico San Manuel”, presentado por AM EOLICA CHACAICO SPA, rut N 76258275-9, con fecha 05 de febrero de 2013, representada legalmente por el Sr. Jose Ignacio Escobar Troncoso, rut N 13332998-6.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N%45 DRMA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 18/02/2013; Oficio N%29 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío, con fecha 01/03/2013; Oficio N157 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 04/03/2013; Oficio N16 sobre la DIA, por SEREMI de Energía, Región del Bio Bío, con fecha 04/03/2013; Oficio N%07 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 04/03/2013; Oficio N108 sobre la DÍA, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha 05/03/2013; Oficio N502 sobre la DÍA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 06/03/2013; Oficio N319 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 06/03/2013; Oficio N22-EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 06/03/2013; Oficio N2308 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 07/03/2013; Oficio N04/A/2/347/1384 sobre la DIA, por Dirección General de Aeronáutica Civil, con fecha 08/03/2013; Oficio N1213 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 08/03/2013; Oficio N140 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 08/03/2013; Oficio N%496 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 18/03/2013; Oficio N3227 DRMA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 01/07/2013; Oficio N%136 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío, con fecha 08/07/2013; Oficio N%61-EA/2013 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 08/07/2013; Oficio N19 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 11/07/2013; Oficio N870 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 12/07/2013; Oficio N1646 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 12/07/2013; Oficio N3354 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 15/07/2013; Oficio N432 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 18/07/2013; Oficio N617 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 18/07/2013; Oficio N"1919 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 23/07/2013; Oficio N89 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 28/08/2013; Oficio N279 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 02/09/2013; Oficio N“2458 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 03/09/2013; Oficio N2164 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 04/09/2013; Oficio N4509 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 04/09/2013,

3.- El Acta N* 039/2013, levantada con ocasión de la reunión de Comité Técnico de fecha 23 de agosto de 2013.

4.- El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Bólico San Manuel”, presentado por AM EOLICA CHACAICO SPA, de fecha 23 de septiembre de 2013 que forma parte integrante de este acto administrativo.

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

5.- El Acta de la Sesión N” 13 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 30 de septiembre de 2013, en la que se calificó ambientalmente el proyecto “Parque Eólico San Manuel”.

6.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Eólico San Manuel”.

7-. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, el artículo 2? del D.S. 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto y la Resolución Exenta N* 027/2010 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

CONSIDERANDO:

  1. Que la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío debe: velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Parque Eólico San Manuel”.

  2. Que el derecho de AM EÓLICA CHACAICO SPA, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y en sus Adendas, el Proyecto “Parque Eólico San Manuel”, se ejecutará en la Región del Biobío, en la provincia de Biobío,

comuna de Los Ángeles, a aproximadamente a 12 Kilómetros al oeste de la ciudad de Los Ángeles.

El área que ocupará el Proyecto comprende un polígono irregular de 458 ha aproximadamente, con los siguientes vértices (UTM18 WGS84) indicados en la siguiente Tabla.

Coordenadas de vértices del área del Proyecto (UTM18 WGS84).

Vértice | Este Sur Vértice Este Sur

1 724906 | 5847380 | 10 725447 5841996 2 725295 | 5847349 | 11 724761 5842857 3 725355 | 5847684 | 12 724917 5843689 4 725997 | 5847187 | 13 724390 5844663 5 725732 | 5846113 | 14 724791 5845100 6 725404 | 5845725 | 15 724909 5845658 7 725225 | 5844802 | 16 725241 5846158 8 725501 | 5844784 | 17 725295 5846657 9 725999 | 5842742 | 18 724805 5846732

El monto estimado de inversión es de US $145.000.000 y la mano de obra durante la etapa de construcción será de 205, y para la etapa de operación será de 9 personas.

3.1 DESCRIPCION DEL PROYECTO

El Proyecto consiste en la construcción, instalación y operación de una central eólica formada por un máximo de 23 aerogeneradores de hasta 2,5 MW de potencia instalada, un transformador elevador y redes de conducción subterránea.

2

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

El aerogenerador de mayor envergadura contemplado en este Proyecto tiene una altura de torre de 120 metros como máximo y diámetro de rotor de 109 mietros como máximo. Considerando los

aerogeneradores de máxima potencia y de mayor envergadura, se generará una producción anual de 161,18 GWh al año.

Los aerogeneradores están interconectados entre sí por una red subterránea de media tensión (23 K-V) de aproximadamente 12,9 km de longitud, que conducen la energía hacia los terrenos de la subestación eléctrica localizada en el área norte del Parque Eólico Cuel. En esta subestación se habilitará un transformador elevador particular para el presente Proyecto, elevando el voltaje desde 23kV a 154kV, siendo éste el punto de partida de una línea de transmisión aérea proyectada, que inyectará energía al sistema interconectado central (SIC) a través de la línea CGE 154 Kv Los Ángeles - Santa Fe.

En este contexto y para fines de la evaluación ambiental, es relevante mencionar que el Proyecto no viene a complementar, ni intervenir el proyecto eólico Cuel aprobado, sino que se trata de proyectos independientes, que operarán de manera absolutamente diferenciada en terrenos adyacentes.

Cronograma de actividades

A continuación se presenta una breve descripción de las fases de desarrollo del Proyecto y las actividades relacionadas.

FASE 1: ESTUDIOS

En esta fase se realizan los Estudios de Viento, la Factibilidad de Conexión Eléctrica y la Línea Base ambiental del Proyecto. Estos estudios se integran a las diversas especialidades de la ingeniería: eléctrica, civil y montaje, de modo de considerar todos los detalles como el emplazamiento de las turbinas, interconexión, obras civiles, etc., para así llegar a la FASE 2.

FASE 2: CONSTRUCCIÓN

Esta fase contempla las siguientes actividades: licitación de obras, preparación de áreas de trabajo. y habilitación de caminos de acceso, construcción de obras físicas del Proyecto, transporte y montaje de turbinas, construcción y montaje de torres y líneas eléctrica subterránea y posteriormente la puesta en marcha.

FASE 3: OPERACIÓN Y MANTENCIÓN Esta fase contempla el funcionamiento de todas las componentes del parque, incluyendo la operación de éste, como también sus mantenciones programadas como no programadas.

FASE 4: EVENTUAL ABANDONO

Esta fase se llevará a cabo, solo en la eventualidad de que el Proyecto carezca de justificación estratégica y económica para la renovación de equipos. Esta fase consiste en desmantelar las obras físicas y restituir las condiciones del emplazamiento, llegando a lograr el mismo aspecto que la zona tenía con anterioridad al desarrollo y operación del Proyecto.

Justificación del emplazamiento La localización del Proyecto, fue determinada, fundamentalmente por dos razones:

  • Resultados favorables entregados por los monitoreos de vientos realizados en el área del Proyecto, que muestran factibilidad técnica y económica del emplazamiento, y

  • La pertinencia ambiental y constructiva del sitio: Se trata de amplias extensiones planas, con actividades agrícolas que pueden seguir desarrollándose, ausencia de áreas densamente pobladas, con puertos y carreteras adecuadas, cercana a líneas de transmisión eléctrica y en una zona que ecológicamente ya se encuentra intervenida.

Por otra parte, la generación de energía eléctrica a través de energía eólica posee una ventaja significativa

respecto de las energías convencionales y es que no genera emisiones contaminantes a la atmósfera y además es compatible con otras actividades en el uso del terreno (agrícola, ganadera, etc.).

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico Sari Manuel”

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

Descripción física del Proyecto : A continuación se describen las obras constructivas y las instalaciones que serán implementadas por el Proyecto, las que se clasifican en obras fijas permanentes y obras de apoyo transitorias.

Obras fijas permanentes

Corresponden a las obras que permanecerán o continuarán en el lugar de emplazamiento del Proyecto, una vez que la fase constructiva haya terminado. En este contexto, el Proyecto considera la construcción y/o montaje de las siguientes obras, equipos y componentes permanentes:

PEN

Aerogeneradores y fundaciones, Transformador elevador y sala de control. Líneas subterráneas de transmisión eléctrica. Caminos de acceso.

Aerogeneradores y fundaciones

AEROGENERADORES

La principal obra del Proyecto será la instalación de un máximo de 23 aerogeneradores con capacidad estimada de 57,5 MW.

Los aerogeneradores están constituidos, básicamente, por tres componentes: rotor (compuesto por las aspas), torre y góndola o nacela. El rotor y la góndola están construidos de fibra de vidrio (CFRP) y resina reforzada, mientras que la torre está compuesta de acero tubular. 'El rotor tendrá como máximo 109 m de diámetro. La altura de las torres tendrá como máximo 120 m.

Las aspas incorporan la energía del viento rotando y transmitiéndola hacia el eje principal. El eje gira y transmite la energía al generador, a partir de las revoluciones de giro de las aspas.

A continuación se entrega una descripción detallada de las principales partes del aerogenerador.

Góndola: caja que contiene toda la mecánica y control de un aerogenerador, desde la torre de la turbina puede acceder a ella el personal de servicio.

Rotor: Constituido por tres aspas aerodinámicas, las que capturan la energía eólica y transmiten su potencia al buje.

Torre: el aerogenerador se asienta sobre una torre tubular de acero, a la que se ingresa a través de una puerta que se ubica en la parte inferior.

Generador: Es el encargado de producir corriente eléctrica, la cual es transportada por el interior de la torre hasta el transformador.

Sistema de control automático: que permite controlar y monitorear su funcionamiento (dirección y velocidad del viento) indicando en qué momento el aerogenerador debe ser conectado y desconectado con el fin de protegerse el mismo y sus alrededores.

Freno mecánico de discos: para detener completamente las turbinas en caso de emergencia o detención de la planta.

Las características técnicas de diseño de los aerogeneradores que se instalarán en el Proyecto se muestran a continuación.

Especificaciones técnicas aerogenerador

Parámetro Valor Capacidad nominal máxima 2,5 MW Información Velocidad de arranque 3 m/s aproximadamente operacional Velocidad de parada 22 m/s Velocidad de supervivencia 52,5 m/s Rotor Diámetro nominal 109 m Área de barrido 9,399 m? Rango de velocidad Ta 13.5 rpm Torre Altura máxima de buje 120 m

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

Es necesario mencionar que la selección del tipo de aerogenerador se realizó sobre la base de consideraciones técnico-económicas y ambientales. El aerogenerador debe cumplir con los requisitos de generación de energía en relación a la dinámica de los vientos en la zona y provocar el menor impacto al medio ambiente. A este respecto, se señala que actualmente todos los aerogeneradores cuentan con los siguientes sistemas de reducción sonora:

  • — Estructura insonorizada en los sistemas de transmisión.
  • Góndolas con sonido amortiguado.

  • — Aspas aerodinámicas de sonido menguado.

  • — Término de giro a los 22 m/s en 13.5 rpm.

  • — Caja de transmisión de sonido reducido.

FUNDACIONES

Dada las características de los aerogeneradores anteriormente presentados, las fundaciones necesarias para éstos serán construidas en hormigón armado, de dimensiones de 18 m de diámetro, una superficie equivalente a 254,34 m”, una profundidad máxima de 2,85 metros y un volumen de excavación de material de 724,87 m?. :

En caso de encontrar suelos o arenas que no permitan disponer fundaciones extensivas, como las descritas en el párrafo anterior, se instalarán pilotes de anclaje.

Como estimación total del material a remover, se considera aproximadamente un volumen total máximo de 16.672 mí, para los 23 aerogeneradores que contempla el Proyecto. El material de excavación será reutilizado para relleno y compactación en otras obras del Proyecto.

La base de la fundación será construida de una armadura de mallas con barras radiales y anulares, rellenas de hormigón vibrado.

Coordenadas de Localización de los Aerogeneradores (UTM18 WGS384)

Aerogenerador | Este Norte

1 725082 | 5847141 2 725420 | 5847008 3 725652 | 5846960 4 725223 | 5846723 5 725363 | 5846338 6 725593 | 5846317 7 725036 | 5846385 8 724993 | 5845395 9 724737 | 5844849 10 725085 | 5844959 11 724905 | 5844416 12 725405 | 5844367 13 725038 | 5843787 14 725288 | 5843823 15 725554 | 5843930 16 725429 | 5843409 17 725681 | 5843469 18 725602 | 5842840 19 725830 | 5842878 20 724935 | 5843170 21 725157 | 5842818 22 725533 | 5842382 23 725307 | 5842237

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

TRANSFORMADOR ELEVADOR Y SALA DE CONTROL

El transformador elevador tiene la función de elevar el voltaje de la energía generada por los aerogeneradores de 23 kV a 154 kV, y dejarla en condiciones de ser despachada al Sistema Interconectado Central (SIC).

Para efectos de la evacuación de la energía generada por este Proyecto, se instalará el transformador elevador en la subestación proyectada para el Parque Eólico Cuel.

Los componentes auxiliares al transformador elevador, que se instalarán en la subestación Cuel son los siguientes:

Interruptor trifásico de poder 154kV;

Transformadores de corriente 154kV;

Transformadores de potencial 154kV;

Desconectador trifásico 154kV;

Pararrayos 154kV;

Celdas de equipos en media tensión, conteniendo interruptores de poder, transformadores de corriente, transformadores de potencial, desconectadores y pararrayos;

  • Marcos de líneas en media tensión y 154kV;

  • Ampliación de la malla de puesta a tierra;

....o.c..o

En el interior de la subestación Cuel, se construirán canaletas para cables, bancos de ductos, caminos interiores y sistemas de drenajes.

Sala de control Esta sala estará ubicada contigua a la Subestación y será el lugar de control remoto del parque eólico. Su objetivo es agrupar y facilitar las tareas operativas, de control y seguridad de todo el parque.

Se construirá sobre fundación de hormigón, con revestimiento resistente al fuego tipo “siding' en el exterior y techumbre de zinc-alum. Contará con sistema de agua potable y alcantarillado. También contará con rack de comunicaciones, sala de tableros de control, un puesto de operador y un hall. La superficie total será de aproximadamente 350 mé.

Un sector especial será destinado a sala de baterías y almacenamiento de lubricantes, que: será independiente del resto de las instalaciones, ya que será un conteiner aislado.

Instalaciones sanitarias de sala de control

Las instalaciones sanitarias de la sala de control serán un baño, úna ducha y un lavamanos. El diseño y dimensionamiento de este sistema se realizará considerando las disposiciones del DS 594/99, que actualiza el 725/67 (Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo), habilitadas para 2-3 trabajadores hombres, por turnos de 8 horas, cumpliendo además las normativas sobre calidad de agua potable y disposición de residuos líquidos domiciliarios (alcantarillados).

Los detalles y especificaciones técnicas del proyecto de agua potable y de alcantarillado domiciliario se presentarán para revisión y aprobación de la Autoridad Sanitaria Regional a cargo de una empresa autorizada.

LÍNEAS DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA Líneas de transmisión eléctrica subterráneas

Los aerogeneradores se interconectan a través de un sistema colector de energía subterráneo, compuesto por cables de media tensión (23 KV), que se extienden preferentemente en paralelo por los caminos internos que unen a los aerogeneradores. Para ello, se realizará la excavación de una zanja de aproximadamente 1 m de profundidad y 0,6 m de ancho, por donde se desplegarán los cables de poder hasta las estructuras de salida. La longitud total del cableado subterráneo será de 12,9 Km. Con volumen total de excavación de 7740 mé.

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

Las canalizaciones serán diseñadas para almacenar en la misma zanja los cables de control, fuerza, tensión y comunicaciones del parque eólico y cumplirán las disposiciones de la Norma NSEG S.En.7l, Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Los paños norte y sur se conectan de manera independiente a la subestación Cuel a través de cables aislados que se disponen de manera soterrada siguiendo las rutas señaladas. La longitud del cableado desde el paño norte hasta la subestación es de 3,6 km y la asociada al paño sur es de 8,3 km, aproximadamente.

VÍAS DE ACCESO AL PROYECTO A continuación se describen los caminos de acceso al Proyecto Vías para el traslado de aerogeneradores

Los aerogeneradores llegarán al país, preferentemente al puerto de San Vicente o por el contrario, al puerto de Lirquén. Se estiman 8 alternativas de rutas desde los puertos antes mencionados.

Vías para el traslado de insumos

El acceso para el traslado de los distintos insumos necesarios para la construcción será desde Ruta 5 para luego transitar la Ruta 180.

Vías para el traslado de trabajadores

El acceso de trabajadores durante la fase de operación será desde Ruta 5 para luego transitar la Ruta 180 o desde el sur por Ruta 156 para luego entrar por Ruta 180.

CAMINOS INTERNOS DEL PARQUE EÓLICO Y HABILITACIÓN DE CAMINOS

a) Red actual de caminos de acceso interiores del parque. El Parque contará con una red de caminos de conexión interna ya construida, estos caminos, tienen una longitud de 12,9 Km.

b) Habilitación de Caminos internos.

Para acceder al interior del parque eólico se habilitarán caminos que permitirán el tránsito de los vehículos que transportan los insumos, equipos y maquinarias a los diferentes frentes de trabajo en un solo sentido. Por lo tanto habrá una entrada y una salida fijas, reduciendo así los puntos de intersección y minimizando la probabilidad de accidentes.

Estos caminos, a su vez, facilitarán la operación y mantenimiento del parque, una vez instalado y operando.

Se consideran tres tipos de habilitaciones:

  • Mejora de caminos internos, las que consideran estabilizar y ensanchar la faja del camino a 5 metros promedio en caminos y huellas en terrenos privados ya existentes.

e Intervención de camino, destinadas a adecuar el radio de giro de camiones dentro de un camino público.

e Levantamiento de caminos, construcción de nuevos caminos.

Se consideró ocasionar el menor impacto constructivo y utilizar preferentemente la red de caminos existentes. En síntesis, el Proyecto mejorará 4,3 Km, intervendrá 0,6 Km y levantará 8 Km caminos respectivamente.

En la Fase de operación los caminos construidos quedarán aptos para el traslado de vehículos livianos,

minimizando el ancho que se ocupaba en la fase de construcción.

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

OBRAS DE APOYO TRANSITORIAS

Estas obras están orientadas a facilitar las operaciones de construcción y una vez finalizadas, son desmanteladas. Las obras de apoyo transitorias contemplan las siguientes instalaciones:

Instalación de Faena.

Patio de almacenamiento de insumos y herramientas. Patio de residuos.

Patios de maniobras e izado de aerogeneradores. Alimentación eléctrica a faenas.

DHARN A

A continuación se caracterizan cada una de ellas:

Instalación de faena

Tiene por objetivo acondicionar las disposiciones provisorias que permiten ejecutar los trabajos constructivos. Corresponde a una faena constructiva menor y provisoria, que no está destinada a materializar ningún uso o destino del suelo y, por lo tanto, no constituye una edificación permanente.

El Proyecto no considera la construcción de campamentos. El personal de construcción, será preferentemente trasladada desde Los Angeles y alrededores,

Se presentan a continuación las características de los diferentes módulos de la instalación de faena.

  • Oficina: Se trata de la instalación de al menos un contenedor de dimensiones estandarizadas, aproximadamente 6 m de largo con anchos variables de promedio 4 m y alto de 2,5 m, que mantendrá las operaciones de la oficina de Calidad, Seguridad y Medio Ambiente (CASEM) del Proyecto durante la construcción.

  • Taller de Trabajo: Se trata de una construcción instalada en contenedores metálicos, o hecha de paneles de madera protegidos de la lluvia y el viento. Contará con elementos que permitan la correcta ventilación, luminosidad, con bancos y mesas de trabajo ergonométricos para facilitar el trabajo.

  • Comedores: Se trata de una construcción modular especialmente diseñada para estos fines.: La construcción y operación del comedor se ejecutará de acuerdo a las disposiciones del Artículo 28 del Decreto N* 594 del Ministerio de Salud. (Reglamento de condiciones sanitarias y ambientales básicas en lugar de trabajo). Por consiguiente, estas dependencias contarán con bancas y mesones, piso, ventilación y luminosidad necesaria.

  • Servicios Higiénicos Temporales: Los servicios higiénicos temporales serán instalados en los frentes de trabajo. Se trata de instalaciones químicas provisorias que estarán a cargo de una empresa contratista con autorización del Servicio de salud. La cantidad y tipo de servicios higiénicos se determinarán de acuerdo a lo estipulado en el Decreto N* 594 del Ministerio de Salud. La empresa contratista asumirá el manejo, la gestión ambiental y la disposición de los residuos que se generen. No obstante, la empresa titular será quien velará por el estricto cumplimiento de las disposiciones del D.S. 594/1999 del Ministerio de Salud y las restantes disposiciones sanitarias, por medio de la oficina CASEM que operará durante la construcción del Proyecto. Y en la instalación de faenas, el Proyecto considerará la instalación de un sistema: de alcantarillado particular, por lo cual se presentan los antecedentes preliminares para el PAS:91 en Anexo 4 de la adenda N? 1. Se deja constancia que el titular presentará todos los antecedentes del proyecto sanitario en detalle de manera sectorial antes de comenzar la construcción del parque,

Abastecimiento de agua: el Proyecto distribuirá el agua potable a través de botellas o dispensadores en los frentes de trabajo y en la instalación de faenas para agua de bebida. Adicionalmente se implementará un sistema particular de abastecimiento de agua potable, que contempla las instrucciones del DS N735/1969 y sus modificaciones en el DS N161/2007 del Ministerio de Salud. Se deja constancia que el titular presentará todos los antecedentes del proyecto de agua potable en detalle de manera sectorial antes de comenzar la construcción del parque eólico

  • Vestidores: Se contará con la habilitación de un contenedor para ser utilizado como vestidor. Esta instalación se regirá de acuerdo a las disposiciones de los artículos del Párrafo V del Decreto N 594/99 del Ministerio de Salud. Estas dependencias serán cerradas, cómodas, en número apropiado y protegerán al personal de las lluvias.

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

e Servicios de Primeros Auxilios: Se habilitará en uno de los contenedores, un área que contará con todo el equipamiento necesario para primeros auxilios. + Estacionamientos: La instalación de faenas establecerá estacionamientos en el área.

Patio de almacenamiento de insumos y herramientas Son áreas destinadas al almacenamiento y disposición de los materiales utilizados durante la construcción del parque. Al respecto, se requerirá de:

Bodega de herramientas.

Bodega de sustancias peligrosas.

Barraca de Madera.

Barraca de fierro elaborado.

Bodega de almacenamiento general (partes del aerogenerador, pallets, tambores, etc.) Cancha de acopio de áridos.

En total todas estas áreas totalizarán una superficie de 7.500 m?,

Las instalaciones descritas son menores y en su mayoría corresponderán a contenedores o estructurales modulares dispuestas en fórma secuencial.

Como medida de minimización de impacto, el Proyecto priorizará el uso de componentes pre-armados, de forma de disminuir las operaciones constructivas en los patios de izado.

PATIO DE RESIDUOS El Patio de Residuos considera 2 áreas de acopio, las cuales son: a) Patio de Residuos Peligrosos (Bodega de Acopio Temporal BAT)

En la fase de construcción del Proyecto se almacenarán productos con categoría de peligrosos, tales como lubricantes, diluyentes, pinturas, huaipes, etc. Estos productos serán almacenados para el funcionamiento expedito de la construcción. Los residuos serán manejados con un sistema integrado de dos componentes. En un primer momento se dispondrán en contenedores primarios estancos y sellados en el lugar de generación, para posteriormente ser llevados a un contenedor secundario en la BAT, en espera de su traslado al sitio de disposición final. Se espera una producción de residuos peligrosos durante la construcción de 0,2 t/mes. i

Esta bodega contará con una base continua de hormigón armado, además de un pretil de retención de escurrimiento o derrames de 10 cm., el cual permite contener alo menos el 20% del volumen total de los contenedores que serán almacenados. Sólo se permitirá el acceso al personal debidamente autorizado.

La construcción de esta bodega se realizará en estructura metálica, con techumbre de planchas tipo zincalum que evite la exposición directa a la luz solar y para sus paredes se utilizará un cerco estructural igual o similar a malla Acma de 1,88 metros de alto, alcanzando una altura total de 1,98 metros incluyendo el pretil. El acceso estará ubicado en uno de sus lados, el cual deberá permitir ser cerrado para que su ingreso sea restringido. Los residuos que sean almacenados en la bodega de insumos y residuos peligrosos, serán envasados en recipientes cerrados, de manera de evitar derrames. A su vez, estos recipientes serán rotulados según el residuo a contener.

Por su ubicación y construcción, esta bodega contará con una adecuada ventilación considerando los tipos de sustancias que serán acopiadas. La bodega de insumos y residuos peligrosos presentará letreros de advertencia según lo dispuesto en el artículo 33 del D.S. N*148/03 y de acuerdo al nivel de peligrosidad. Además contará con extintores para combatir incendios que pudiesen producirse.

b) Patio de residuos no peligrosos (Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos):

  • Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán manejados por un sistema integrado de 2 componentes. Primero serán almacenados en contenedores primarios dentro de bolsas

9

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

plásticas en su lugar de origen, posteriormente, en contenedores secundarios en el patio de residuos.

  • Los residuos industriales provenientes del material de excavaciones de las fundaciones de los aerogeneradores se dispondrán temporalmente en zonas cercanas al frente de faena y posteriormente serán reutilizados en faenas de nivelación, compactación y habilitación de caminos y fundaciones. El total del volumen desplazado será de 16.672 m!? y el material extraído de las zanjas de cables subterráneos (7.200 m”). Si eventualmente sobrara material de estas excavaciones, éste será trasladado al sitio de disposición final a cargo de empresas autorizadas.

En total, todas las áreas antes descritas correspondiente a las obras de apoyo transitorias totalizarán una superficie de 2 ha aproximadamente.

Patio de Maniobras e izado de aerogeneradores

El izado de los aerogeneradores requerirá de una superficie de trabajo de 1 ha aproximadamente. Las dimensiones finales para cada patio de maniobra de izado dependerán de las características topográficas y la orientación de la plataforma que se definirá al momento de la construcción, buscando optimizar caso a caso, el menor movimiento de tierra posible y la menor intervención a la vegetación.

Dadas las características del terreno y suelo en los sitios de emplazamiento de los aerogeneradores, no se requerirá de asfalto, hormigón u otro tipo de tratamiento superficial para los patios de izado.

Alimentación eléctrica a faena Para la instalación de faenas se obtendrá energía de la red de distribución local a través de un empalme eléctrico y para abastecer a la faenas de construcción, se considerará el uso de generadores móviles,

Superficie que involucra el Proyecto

Superficie utilizada por obras permanentes (Ha)

Obra Superficie (Ha) Fundaciones de aerogeneradores | 0,58

Línea de transmisión subterránea | 1,2

Caminos 5,1

TOTAL 6,88

Superficie utilizada por obras de apoyo transitorias (Ha)

Obra Superficie (Ha) Instalaciones de Faena 0,75

Patio de almacenamiento de insumos y herramientas | 0,75

Patio de residuos 0,5

Patio Maniobras de Izado 23

Total 25

Descripción Fase de Construcción A continuación se describen las acciones y actividades constructivas requeridas para la instalación y operación del Proyecto:

Contratación de mano de obra

Durante la fase de construcción se estima la generación de 180 puéstos directos de trabajo como promedio mensual, con una generación máxima de 205 empleos en los meses de mayores obras. Se preferirá mano de obra local, para lo cual se tomará contacto con la oficina de intermediación laboral de la Municipalidad de Los Ángeles.

Se estima una jornada laboral de 8 horas en jornada diurna de lunes a viernes, y eventualmente se trabajará en turnos de semana corrida u otra modalidad, dependiendo de las necesidades constructivas del Proyecto, Todas estas acciones serán debidamente informadas a las Autoridades.

10

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto *Parque Eólico San Manuel”

Se instalará, de acuerdo al DS 594/99, una instalación modular donde los trabajadores contarán 'con las facilidades suficientes para consumir su alimento. Asimismo, el personal de aseo velará por: que se presenten las condiciones óptimas de aseo y limpieza en el lugar.

Preparación del terreno y caminos acceso : La actividad consiste en el despeje y limpieza del terreno, de arbustos, matorrales y vegetación existente en las locaciones donde se emplazarán las obras y se habilitarán los caminos.

Cabe señalar que se exigirá contractualmente al contratista el cuidado de las Operaciones de preparación del terreno y caminos de acceso, a fín de evitar una eliminación innecesaria de la vegetación.

Instalación de Faenas y Patios de Izado

Comprende básicamente las instalaciones de oficinas y dependencias, habilitación de agua para la construcción, habilitación de baños químicos, patios de maniobras e izado y canchas de acopio de materiales.

Transporte de personal, material, insumos y maquinarias requeridas El transporte diario del personal será realizado por medio de buses, minibuses, camionetas, furgones, u otro medio de transporte. Los horarios estarán asociados al inicio y término de la jornada de trabajo.

En el caso de materiales e insumos se considera el transporte de acero, hormigón, agua para construcción, madera para los moldajes e insumos menores necesarios para la construcción de las obras.

En zonas sin pavimentar se exigirá una velocidad máxima de 30 km/h para los camiones cargados y vacíos. Los materiales transportados se cubrirán con una malla que evite la emisión de polvo y caída del material. Todo vehículo circulará con las luces bajas encendidas a toda hora del día. Además, cuando sea necesario, se humectará el camino con un camión aljibe para evitar levantamiento de polvo.

Suministro de insumos a) Suministro de combustibles

Para el abastecimiento de combustibles y lubricantes se hará un convenio con la estación de combustible localizada a 6 km de la obra. De esta manera, se evitará la recarga de elementos fósiles en el emplazamiento del Proyecto.

bd) Suministro de agua

Para su abastecimiento se contará con un camión aljibe, que traerá el agua desde Los Ángeles o sitios cercanos a la faena. Este servicio será adquirido a una empresa que cuente con la autorización del SEREMI de Salud. Complementariamente, para el uso del agua potable como bebida, se dispondrán de dispensadores sellados herméticamente y con una llave dosificadora de agua purificada en las faenas.

Además, se requerirá eventualmente de agua para fines constructivos. Se estima que el requerimiento de agua para uso industrial alcanzará un valor de 20 m'/día promedio durante 8 meses. Este cálculo no incluye el agua destinada a la mezcla del hormigón, ya que ésta será incorporada en la planta del proveedor.

c) Suministro de energía eléctrica

Para su abastecimiento en los patios de izado se utilizarán 2 generadores. En la instalación de faenas se recurrirá eventualmente a un empalme.

Para el abastecimiento de energía eléctrica en los patios de izado se utilizará grupo electrógeno móvil, transmitiendo energía mediante redes eléctricas trifásicas de 380 V, de la cuales se obtendrá la energía en 220 V y 380 V que se requiere en la faena.

a) Suministro de insumos de construcción

11

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

1

A continuación, se describen los requerimientos de insumos constructivos:

  • Hormigón: principal insumo para la conformación de las fundaciones de cada turbina. Cada fundación utilizará aproximadamente 350 m* de hormigón, es decir un total de 8.050 m/.

  • Estabilizado: se requerirá para las fundaciones de las turbinas, para el tendido subterráneo y para la habilitación de caminos, se utilizara un total de 5.000 mi.

  • Arena: se requerirá para la construcción del tendido subterráneo y en las fundaciones de los elementos del parque. Se utilizará un total de 4.650 m?.

e Acero Estructural: corresponden a las barras de acero corrugadas fundamentales para la construcción del armado del hormigón de las zapatas de las fundaciones. Se estima que se necesitará un total de 25 ton de acero por cada turbina, es decir, 575 ton en total.

Los áridos que se suministran para la construcción de caminos internos serán adquiridos a empresas autorizadas para la. extracción y comercialización. Para verificar que estas empresas cuentan con todos los permisos y autorizaciones correspondientes, se les exigirá que acompañien una copia de dichos permisos en forma previa al inicio del suministro de áridos, manteniendo las copias de estos documentos en las oficinas de la Instalación de faenas.

Adicionalmente, se utilizarán hormigones premezclados, los cuales serán proporcionados por terceros debidamente autorizados mediante el uso de camiones mixer.

Para asegurar que el servicio de abastecimiento de hormigón sea realizado por empresas autorizadas, los contratistas involucrados, deberán presentar al Titular los permisos o certificados que los acreditan como tal.

Construcción de las fundaciones de los aerogeneradores

La construcción de las fundaciones para los aerogeneradores implica la excavación de 16.672 m' (724,87 m' por cada fundación, considerando zapatas de 18 x 18 x 2,85 m). El material resultante de las excavaciones será dispuesto en conos de no más de 3 m de altura contiguo a la fundación. La tosca será reutilizada como estabilizador y compactador en la propia fundación y en la habilitación de caminos.

Las fundaciones estarán cimentadas con hormigón vibrado, sobre una armadura compuesta de mallas de acero dispuestas de forma radial y anular. Una vez que la fundación esté cimentada, se rellenarán los contornos y la superficie de ésta, incorporando el material extraído.

Las excavaciones se realizarán utilizando retroexcavadoras, retrocargadoras mixtas, palas cargadoras y camiones tolva.

Transporte y montaje de los aerogeneradores

Transporte

Los aerogeneradores llegarán al país, preferentemente al puerto de Lirquén o en su defecto, al puerto de San Vicente, desarmados, desde ahí podrán tomar diferentes rutas hasta el lugar de emplazamiento final. Se estima que la ruta más probable será: Lirquén, autopista del tata, ruta 5 Sur, ruta 180 Los Ángeles- Nacimiento hasta el kilómetro 12. i

Existen tres componentes de los aerogeneradores que dado su envergadura requerirán de permiso especial de vialidad:

Aspas de hasta 54,5 metros de longitud.

  • Torres de acero, seccionadas en 4 piezas de 25 metros de longitud con diámetros entre los 4 a 10 metros.

+» Góndola o nacela de 50 t

Se contratará una empresa con experiencia en el transporte de cargas de importantes dimensiones y autorizada por la autoridad del transporte para tales efectos, quienes tramitarán los permisos requeridos.

12

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

Montaje

Para la operación de montaje, se requerirá de un área de trabajo de aproximadamente 1 há. Se instalará una plataforma de montaje de 35 x 40 m, localizada a 10 metros de la fundación. Esta será un área estabilizada y nivelada, donde se apoyará la grúa telescópica principal y la grúa auxiliar.

La grúa principal tendrá una capacidad de 100 ton y la auxiliar de 50 ton, la primera montará los aerogeneradores, mientras que la segunda cumplirá labores de armado y sujeción de la carga de la grúa principal.

Una vez que los componentes de cada aerogenerador sean ensamblados se retirará la plataforma de montaje, restituyendo el terreno a una condición similar a la original.

Montaje transformador elevador y obras menores en Subestación Cuel

Se habilitará un nuevo patio en Subestación Cuel para albergar el transformador elevador que se conectará a la barra de 154 kV, proyectada en la Subestación. Dicho patio contempla la construcción. de las fundaciones que soportarán las estructuras metálicas de los equipos eléctricos, transformadores de corriente y equipos de protección y control. Se distribuirá una capa de gravilla uniforme a lo largo y ancho de toda el área del patio del nuevo transformador elevador.

Las obras se inician con la preparación del terreno, trazado y construcción de canales de comunicación entre la caseta de control y los equipos a instalar en el patio de alta tensión de la subestación modular.

Posteriormente se montarán y conectarán los equipos eléctricos a los sistemas de protección y seguridad de la caseta de control, comprobando su correcto funcionamiento para dar término a los trabajos de terreno, cierre interior e instalaciones de los sistemas de vigilancia de seguridad.

Los sistemas de protección y seguridad estarán dispuestos en la sala de control del parque, registrando todos los eventos producidos en los equipos de la subestación. Se contará, además, con un sistema de detección de humos y el equipamiento manual para la extinción de incendios.

Construcción de canalizaciones de la línea subterránea

Los aerogeneradores se interconectan a través de un cableado trifásico de 23 kV de tensión. Este sistema colector es subterráneo e irá dispuesto en forma paralela a los caminos interiores del parque. Se realizará una excavación en zanja de un metro de profundidad y 60 cm de ancho, por donde se llevarán los cables hacia la subestación elevadora. Se rellenarán las zanjas con arena compactada, reutilizando parte del material removido.

El material a extraer y reutilizar en la construcción de las zanjas de interconexión, será de aproximadamente 7200 mi, separando y disponiendo el material orgánico productivo, para su redistribución durante la restauración de la superficie.

Mantenimiento de máquinas y equipos

El mantenimiento de los equipos de construcción se realizará preferentemente en talleres aledaños o en la ciudad de Los Ángeles.

Flujo vehicular

A continuación, se presenta el flujo vehicular esperado durante la construcción.

INSUMOS ora eS VEHÍCULO FRECUENCIA [MESES [RUTAS ponentes. 368 Camiones Diaria 3 Desde Puerto a las es 8 habilitados obras Personal 320 Buses Diaria 8 Desde Los Ángeles a las obras

Camión E Desde Los Ángeles Hormigón 894 Hormigonero | Diaria S a las obras

9 m3

13

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

Arenas Y 1071 Camión Tolva Diari 4 pe Cantera estabilizado 9 m3 lana uqueco alas Obras Acero 19 Camión 30t | Diaria 2 Desde Los Ángeles a las obras Agua 200 Camión aljibe Diaria 8 Desde Los Ángeles 20 m3 a las obras Residuos Camión 3 veces a la Desde las obras a . 96 8 vertedero Industriales recolector semana : autorizado Residuos Camión 3 veces a la Desde las obras a Sólidos 96 . 8 vertedero Lei autorizado semana : Domésticos autorizado Residuos 0s Desde las obras a . Camión >. . a Industriales |8 : l vez al mes 8 sitio de disposición . autorizado : peligrosos autorizado,

*% Tda y vuelta

Desarme y retiro de obras de apoyo transitorias Una vez que la construcción del parque eólico haya finalizado, se procederá al desarme y retiro de las instalaciones temporales de la obra.

Limpieza y restauración

Una vez que se hayan desarmado y retirado las obras temporales, la empresa se compromete a restituir el terreno modificado o impactado a causa de la construcción. Estas actividades implicarán la remoción o recubrimiento de las estructuras de hormigón, como cimientos de construcciones temporales y la reposición de los suelos, si existieren excedentes de suelo provenientes de las excavaciones.

DESCRIPCIÓN FASE OPERACIÓN

Contratación de mano de obra

Durante la operación del Proyecto se estima la creación de 9 puestos de trabajo directos, quienes trabajarán en turnos rotativos de 8 horas. Asimismo, se requerirá de empresas contratistas en las labores de seguimiento, mantención y servicios de aseo.

Generación de electricidad y transmisión de energía

El Proyecto, generará 161,18 GWh anuales por medio de 23 aerogeneradores. La transmisión de energía del parque será a través de líneas subterráneas energizadas a 23 kV. Esta energía elevará su voltaje en la Subestación Cuel a 154 kV. La conducción continuará por medio de un tendido aéreo que se unirá con la línea Los Ángeles — Santa Fe, donde ingresará al SIC a nivel de la subestación eléctrica Los Ángeles.

Mantenimiento a) Mantenimiento preventivo

La mantención preventiva comprenderá limpieza e inspección de los equipos e instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, según lo establecido en catálogos de los equipos. El servicio de mantenimiento será realizado cada seis meses. Éste consiste principalmente en la lubricación de la caja multiplicadorá de velocidad del aerogenerador. En la sala de control del Proyecto se dispondrá de bodegas con repuestos y herramientas, para contar de forma inmediata con los insumos necesarios para atender cualquier falla u operación de mantenimiento de emergencia que se requiera. :

En el caso de la subestación se requerirán labores de limpieza de interruptores, aisladores y verificación y chequeo de equipamiento. Para la línea de transmisión se realizarán inspecciones en terreno cada 12 meses o cuando la situación lo requiera para mantener la franja de seguridad.

14

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel"

De la misma forma la empresa se compromete a mantener operativos la red de caminos internos y de acceso del Proyecto, como también mantener en perfecto estado todas las instalaciones que comparte con la comunidad, Se realizarán estas labores al menos 1 vez al año o cuando la situación lo requiera,

b) Mantenimiento contra falla o correctivo

La mantención correctiva se refiere a las reparaciones que se realizarán al sistema en el caso de detectarse anomalías que puedan producir fallas, según observaciones registradas en inspecciones periódicas que realizará el personal encargado de mantenimiento o empresas especializadas.

c) Reparaciones ante eventos

La emergencia por falla del equipamiento en este tipo de sistemas es muy remota y en el evento de esta ocurrencia se requerirá de la participación de personal autorizado y especializado para la ejecución de las maniobras de reparación, comprobación de estados, lecturas de variables y todas las otras actividades relacionadas con la operación del sistema en su conjunto.

Para todas las labores de mantenimiento, MRP exigirá a sus contratistas los elementos de seguridad y la planificación de las operaciones de acuerdo a lo dispuesto por DS N*594/1999 y el Decreto 18/1982, ambos del Ministerio de Salud.

Insumos operacionales a) Suministro de combustibles

El Proyecto no contempla requerimientos de combustibles en el emplazamiento del parque durante la operación.

b) Suministro de agua

La sala de control se conectará mediante el desarrollo de proyecto de abastecimiento privado de agua potable del parque eólico Cuel.

c) Suministro de energía eléctrica La energía eléctrica será proporcionada por un empalme al sistema eléctrico actual. d) Suministro de insumos para mantenimiento

El principal insumo para la operación del sistema son los aceites lubricadores. Cada aerogenerador requiere 300 litros aproximadamente de aceite para todos sus sistemas y su duración media es de 2 años. Incluso la tendencia indica que el periodo de recambio para estos lubricantes de última generación: puede aumentar aún más, haciendo más largos los periodos libres de re lubricación.

Los demás insumos utilizados, son menores y eventuales, y serán materiales y/o repuestos que serán requeridos por personal de mantenimiento.

DESCRIPCIÓN DE LA EVENTUAL FASE DE ABANDONO

Contratación de mano de obra A continuación, se presenta el personal requerido para las tareas de abandono del Parque eólico.

La mano de obra requerida para una eventual etapa de abandono es 80 personas para la construcción, $ para labores preventivas y ambientales, 5 para seguridad y primeros auxilios, 2 supervisores CASEN, y 5 personas para labores de asco. En total 97 personas.

Se estima un periodo de 5 meses para dar cumplimiento al total de tareas de abandono. Las condiciones de trabajo serán similares a las descritas en la Fase de Construcción y se cumplirán las disposiciones presentes y futuras en cuanto a Calidad y Condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo y las demás atingentes.

15

Resolución de Calificación de impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

Instalación de faenas :

Comprende la instalaciones de oficinas y dependencias, habilitación de agua para el desmantelamiento, habilitación de baños químicos, patios de maniobras, canchas de acopio de materiales. Cabe señalar que las dependencias serán de tipo modular.

El emplazamiento de estas instalaciones se decidirá una vez que se resuelva el abandono del Proyecto, considerando, por cierto, las normativas correspondientes 'a las características de la acción y las modificaciones en el tiempo de los cuerpos normativos.

Desarme de las construcciones permanentes

La acción tiene por objetivo retirar y desmantelar todo el mobiliario, estructuras y equipamiento de oficinas, talleres, dependencias y cualquier instalación existente construida al tenor de esta DIA o de algún otro proyecto posterior. Todas las construcciones que sean factibles de desmontar serán desmanteladas, especialmente las que sean prefabricadas. Las obras de hormigón se demolerán, de preferencia, enviando los residuos a sitios de disposición autorizado, de manera que no produzcan impacto negativo de ninguna especie.

Desarme y retiro de aerogeneradores y líneas de transmisión

Las fundaciones de las estructuras de los aerogeneradores, principal obra constructiva del Proyecto, serán removidas hasta una profundidad no inferior de 30 cm. En toda esta superficie, la empresa se compromete a rellenar con sustrato orgánico proveniente de suelos cercanos que no provoquen alteración geomórfica.

La línea de transmisión subterránea será retirada y las zanjas excavadas serán rellenadas con suelo del lugar.

Transporte de material, insumos y maquinarias requeridas A. modo de aproximación, se estima que las maquinarias requeridas serán similares o menores a los descritos en la fase de construcción.

Abandono y clausura de las instalaciones :

Todos los estanques que contengan aceites, lubricantes, combustibles, así como también baterías, serán vaciados y sus contenidos vendidos para su utilización por terceros. Los materiales para los cuales no se encuentren interesados, serán llevados a sitios de disposición final autorizado.

Los componentes de los aerogeneradores, de la Subestación y de las líneas de transmisión, luego: de ser desmantelados, serán reciclados o reutilizados, según sea su estado de conservación.

PRINCIPALES EMISIONES Y DESCARGAS DEL PROYECTO Fase de construcción

Emisiones a la atmósfera

Durante esta fase la principal emisión a la atmósfera corresponderá al material particulado (PM) o polvo re-suspendido producto de los movimientos de tierra relacionados con excavaciones, carga y descargas y el paso de camiones por caminos no pavimentados.

Como forma de evitar el material particulado suspendido, la empresa tratará los caminos no pavimentados de alto uso con bischofita u otro aglomerante de manera de evitar la emisión de material particulado debido al tránsito vehicular, además, adicionalmente, se humectarán los caminos de tránsito no pavimentados con un camión aljibes cuando sea necesario. Se exigirá que los camiones que transporten materiales, incluso entre los patios de izado, sean tapados con lonas y homogenicen la distribución de carga; se restringirá la circulación de camiones a 30 km/h cuando no estén cargados y cuando estén cargados. Además se prohibirá categóricamente la quema de cualquier tipo de residuo.

Asimismo, el Proyecto en su fase de construcción producirá emisiones de gases provenientes. de la combustión de combustible de camiones, vehículos menores y maquinaria, por desplazamiento y en las áreas de trabajo, en general, CO, NO, y SO,. Para asegurar la reducción de emisiones de estos gases, la empresa se compromete a exigir a los contratistas contractualmente la revisión técnica al día de todos sus vehículos, cumpliendo con la “Norma de Emisión Aplicable a: Vehículos Motorizados Pesados” la cual establece los valores máximos de gases y partículas que un motor o vehículo puede emitir bajo

16

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel"

condiciones normalizadas. Aquellos que no la posean no se les permitirá el ingreso a las obras y las empresas serán sancionadas.

Las emisiones PMo totales durante la construcción del Proyecto se estiman en 1,92 ton/fase. Explicadas principalmente por tránsito de vehículos pesados y livianos. Los camiones, por ejemplo, se valoraron en 0,25 Ton/fase sin carga y en 0,30 Ton/fase con carga. Los vehículos livianos aportan un total de 1,14 ton/fase (59% del total). Todos estos cálculos consideran la peor situación posible. Por otro lado, las emisiones de PM¡o por excavaciones se valoraron en 0,15 Ton/año. Las emisiones de PM; por carga y descarga de materiales, se valoró en 0,003 Ton/año

Se valoró también el impacto de los generadores de electricidad, considerando la peor situación, el cual arrojó un aporte de SO, de 0,15 ton/fase.

Por otro lado, cabe señalar que el área del Proyecto, presenta buenas condiciones de ventilación, permitiendo la dispersión de material particulado y desplazamiento de los contaminantes. Asimismo, los patios de izado se emplazan distantes de centros poblados, por lo que no existirán receptores directos en el entorno inmediato.

Emisiones sonoras

Durante la fase de construcción los principales aportes de presión sonora serán el uso de maquinaria pesada durante las excavaciones y movimiento de tierras y el paso de camiones de carga por caminos de Acceso.

En este contexto, se simuló la presión sonora por estas operaciones, considerando la peor situación y en este escenario se alcanzaron valores de presión que cumplen cabalmente la Normativa, en periodo diurno, con un máximo de NPSgg 51 dBA. En la noche se suspenderán este tipo de actividades.

Adicionalmente, y aunque el estudio de ruido concluye en el cumplimiento de los niveles máximos permitidos por el D.S N” 38/2011 Ministerio del Medio Ambiente, como medidas precautorias se tomarán las siguientes prácticas: (1) Se privilegiará el uso de maquinaria de baja emisión sonora y con el:menor uso posible, (2) Se controlará la emisión de ruidos innecesarios, én especial en las actividades de carga y descarga de materiales, (3) Se inducirá al personal de manera de évitar las tareas ruidosas y el mal uso de equipos y herramientas, (4) Se informará a la comunidad del tipo de obra a ejecutar y su duración (en coordinación con el municipio), (5) Se mantendrá la oficina: CASEM para articular las sugerencias y quejas de la comunidad, (6) Se monitoreará el sonido durante la fase de mayor emisión para verificar in situ el cumplimiento normativo.

Residuos líquidos Residuos líquidos domiciliarios

En la fase de construcción, se generarán residuos líquidos domiciliarios producidos por el uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para la construcción. Para este efecto, se habilitarán baños químicos. El número de baños y los volúmenes de agua corresponderán a lo dispuesto por el DS 594/99 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo” y considerará una tasa de generación de aguas servidas por persona de 100 l/día, es decir un total de 10,5 mé en el momento de máximo trabajo constructivo.

Residuos líquidos industriales

En la fase de construcción, se generarán residuos líquidos industriales no peligrosos provenientes de las facnas de limpieza de camiones mixer. En el periodo punta de la construcción se esperan aproximadamente 2,5 m'/turbina, estas aguas serán dispuestas en las piscinas de decantación donde es separada de los sólidos provenientes del hormigón.

Las piscinas de decantación serán usadas en el proceso de pilotaje de las fundaciones de los aerogeneradores. Se realizará una piscina por cada aerogenerador con dimensiones aproximadas de 6x7x2 m equivalentes a un volumen de entre 80 y 100 m3.

17

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico Sán Manuel”

Además se indica que para el lavado de camiones mixer se contará con una estación de lavado que permitirá reutilizar el agua destinada para el lavado además de separar y recuperar los residuos. sólidos desde una piscina de decantación destinada para estos fines.

Estos residuos generados se pueden clasificar como inertes y, por lo tanto, de nulo riesgo ambiental. Cabe seiíalar que no se espera contenido microbiológico en estos residuos dado el tipo de labor que realizarán los camiones y las características químicas del hormigón.

Por otro lado y tal como señala la Guía para el Control y Prevención de la Contaminación Industrial — Rubro Productos de Cemento y Hormigón- de CONAMA, Región Metropolitana, elaborado en 2008, los residuos provenientes de plantas de hormigón pueden presentar una elevada cantidad de sólidos disueltos (hidróxido de sodio y potasio) y suspendidos (carbonato de calcio), alta alcalinidad, posibilidad de autofraguado y calor residual. No obstante, ellos no son catalogados como peligrosos por la Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental de la Fase de Construcción de Proyectos elaborada por el Servicio de Evaluación Ambiental (2012).

A modo de síntesis, el proyecto no generará Residuos Industriales Líquidos, producto del lavado de canoas de los camiones mixer. Toda el agua será utilizada y reutilizada en el proceso y sólo se generarán residuos de carácter sólido provenientes de la decantación del material residual. Vale decir que una porción de este producto será reutilizado como producto de adición en la generación de hormigón y el restante será tratado como residuos industrial no peligroso, de acuerdo al protocolo señalado en el. Anexo 5 de la DIA, donde se presentaron los antecedentes del PAS93.

Por otra parte, también existirán residuos líquidos industriales peligrosos, provenientes de cambio de aceites, lubricantes y otros residuos menores. Tomando en consideración experiencias de la empresa en construcción de parques similares en el mundo y que la gran mayoría de las operaciones de mantención no se realizarán en el emplazamiento, la cantidad total de residuos será de 0,2 ton/mes. Estos residuos serán retirados cada mes por empresas autorizadas y tratados según el DS 148/03 del Ministerio de Salud.

Residuos sólidos

Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios

En la fase de construcción, se generarán residuos sólidos domiciliarios que serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas en contenedores cerrados (Se estima una producción de residuos domésticos de 0,5 kg/trabajador/día), es decir cerca de 52,5 kilos diarios en las fases principales de construcción. Se recolectarán estos desechos 3 veces a la semana durante el periodo de mayor producción de residuos en la construcción. La recolección y disposición de éstos estará a cargo de una empresa especializada quienes llevarán los residuos a un sitio de disposición final autorizado.

Adicionalmente, se indicará a los trabajadores que en los lugares de trabajo se mantenga orden, limpieza e higiene, especialmente en los sectores donde se ubiquen los receptáculos para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para controlar la proliferación de vectores sanitarios (roedores, insectos, aves, etc.), cumpliendo con las exigencias establecidas en el D.S. N* 594/99, Para ello, se considera la contratación de equipo de limpieza y orden durante la construcción.

Residuos industriales no peligrosos

Se generarán residuos sólidos provenientes del desecho de materiales de construcción, que: serán almacenados en contenedores cerrados o en granel dependiendo de la naturaleza del residuo. Se recolectarán al menos una vez a la semana durante los meses de construcción y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado por una empresa contratista especializada. El volumen generado es difícil de estimar, pero de forma referencial puede tomarse como valor los volúmenes de proyectos similares (Proyecto Canela), en el periodo punta de construcción aproximadamente 20 m'/mes.

Se deja en constancia que el Proyecto utilizará principalmente componentes prearmados o precortados, de forma, de disminuir los impactos sonoros por corte y residuos de materiales en el frente de construcción. En ambos casos y como política empresarial, se privilegiará, la reutilización y reciclaje de los residuos.

En cuanto a la generación de material de excavación (residuos ho peligrosos) serán dispuestos en las canchas de acopio temporal y serán utilizados para el emparejamiento, relleno y habilitación de caminos y construcciones del parque.

18

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

Fase operación

Emisiones a la atmósfera No se consideran emisiones a la atmósfera durante la operación del Proyecto.

Emisiones sonoras

Durante la fase de operación el principal aporte sonoro será el ruido de los aerogeneradores. Para evaluar este efecto, se realizó un estudio de magnitud y profundidad a cargo de 2 ingenieros en sonido' de la empresa CIBEL. Se monitoreó el sonido basal en todas las áreas colindantes del Proyecto. Con esta información, se simuló la presión sonora, considerando los datos de ruido presentados por proveedores e investigadores y, las instrucciones de cálculo de la ISO 9613, a través de un modelo con el uso del software “SoundPlan v0.7”.

Cabe señalar que de acuerdo a las mediciones de ruido basal y los resultados del modelo realizado en el estudio, se manifiesta total cumplimiento de la normativa, en periodo diurno y nocturno, según lo establece el DS 38/2011 del Ministerio del Medioambiente.

Adicionalmente, y conocida la sensibilidad que el tema genera en la comunidad y autoridades, se compromete un programa de monitoreo de ruido durante la fase de operación. El detalle del programa se presenta en el ANEXO N'9 de la DIA

Se presenta en Anexo 5 de la adenda N* 1, la frecuencia y el emplazamiento de los lugares en donde se desarrollará el monitoreo para la variable ruido en la etapa de construcción y operación del Proyecto.

Residuos Líquidos

Residuos líquidos domiciliarios

En la fase de operación, se generarán residuos líquidos domiciliarios producidos por el uso sanitario del personal emplazado en la sala de control. Para este efecto se utilizará la PTAS del parque eólico Cuel, la que será instalada, operada y mantenida por una empresa autorizada. El número de baños y las instalaciones sanitarias corresponderán a lo dispuesto por el DS 594/99 y considerará una tasa de agua servida por persona de 100 lt diarios.

La disposición de las aguas servidas se realizará mediante infiltración en el terreno, toda vez que serán sometidas a un tratamiento de depuración que permite obtener un efluente libre de materia orgánica putrescible y contaminante y alejado de pozos o cuerpos freáticos. Se presentan antecedentes adicionales en el Anexo 4 de la adenda N? 1, referido al PAS 91, y se deja constancia que el titular presentará todos los antecedentes del proyecto en detalle de manera sectorial para su revisión antes de comenzar la construcción del parque. Por su parte, los lodos retirados serán extraídos a través de un camión limpia fosa, y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado de acuerdo a las disposiciones del DS 4/09 del MINSEGPRES.

Residuos líquidos industriales peligrosos

En la fase de operación el único RIL generado corresponde a los aceites de lubricación de los aerogeneradores, que corresponde a 300 lt por aerogenerador (6,9 mi al año). Algunos de estos aceites deben ser renovados completamente cada año. Esta maniobra será realizada por una empresa autorizada, considerando la posterior disposición del aceite utilizado, en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Residuos sólidos

Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios

Durante la fase de operación, se generarán residuos sólidos domiciliarios desde la sala de control que serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas en tambores cerrados (Se estima una producción de residuos domésticos de 0,5 kg/trabajador/día - 45 kg/mes). Se recolectarán estos desechos 1 vez a la semana y su transporte y disposición final será un sitio de disposición final autorizado.

Residuos industriales

No se considera generación de residuos sólidos industriales.

19

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

1

Fase abandono

Emisiones a la atmósfera

Debido a que las operaciones constructivas de abandono son menores que las realizadas en la construcción del parque, Esta DIA considera un valor de emisión similar que en mencionada fase, es decir, menos de 1,92 Ton MP:yaño. Este criterio, puede homologarse en cuanto a las emisiones de gases producto de la combustión de motores.

Ambas consideraciones son muy pesimistas, puesto que en el caso del abandono, por una parte, no existirán acciones de excavación, por otra, se utilizarán menor cantidad de máquinas y camiones, y se espera que la tecnología en 20 años se desarrolle y permita la generación de bajas cantidades de gases a la atmósfera,

Emisiones sonoras

Durante la fase de abandono los principales aportes de presión sonora serán el uso de maquinaria pesada durante el desmantelamiento y el movimiento de tierras y el paso de camiones de carga por caminos de acceso.

Dada la similitud de las operaciones con la fase de construcción, ¡se considera que en el abandono se dará cabal cumplimiento a las disposiciones actuales y de la época, considerando en esta referencia el mejoramiento sonoro de las maquinarias de 20 años más y el menor uso de ellas en el abandono.

Residuos líquidos

Residuos líquidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios

Al igual que en la fase de construcción, se generarán residuos líquidos domiciliarios producidos por el :uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para las operaciones de abandono. Pará este efecto, se habilitarán baños químicos, o los que se encuentren disponibles con menores grados de impacto en la época, y serán instalados y mantenidos por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de acuerdo a las normativas vigentes.

Residuos líquidos industriales

En la fase de abandono, se generarán residuos líquidos industriales producidos por las operaciones de limpieza y mantención de maquinarias. De la misma forma que en la fase de construcción se exigirá que estas operaciones sean realizadas fuera de los frentes de trabajo del parque eólico.

El aceite sobrante de los aerogeneradores será retirado por personal de mantención y dispuestos en contenedores estancos y herméticos para ser eliminados por una empresa especializada en retiro de este tipo de fluidos.

Residuos sólidos

Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios

En la fase de abandono, se generarán residuos sólidos domiciliarios que serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas en contenedores cerrados (Se estima una producción de residuos domésticos de 0,5 kg/trabajador/día). La recolección y disposición de estos estará a cargo de una empresa especializada quienes llevarán los residuos a un sitio de disposición final autorizado, según las normativas en vigencia.

Residuos Industriales

En la fase de abandono, se generarán residuos sólidos provenientes del desmantelamiento de las obras y equipos. Dependiendo de las condiciones en que se encuentren estos serán vendidos para ser reutilizados o reciclados. Por el contrario, todo el material de desecho será debidamente almacenado y dispuesto en un sitio de disposición final, según los cuerpos normativos a la fecha.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Parque Eólico San Manuel” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución de dicho proyecto cumple con:

20

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

Texto Normativo

Materia

Forma de cumplimiento

Decreto Supremo N 59/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado por Decreto Supremo N 45/01.

Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP,

El proyecto contempla durante las fases de construcción. y abandono, la implementación de las siguientes actividades para reducir la generación de material particulado suspendido:

Aplicación de estabilizadores tipo Bischofita, el control de la velocidad de los camiones y la obligación de que éstos circulen con sus carpas instaladas,

Humectación de áreas de acopio, excavación, escarpe y nivelación, cubrimiento de las áreas de acopio e instalar cierre perimetral en las áreas de trabajo, a modo de evitar el aumento de emisiones por acción del viento.

Adicionalmente, es pertinente mencionar el carácter transitorio de las emisiones generadas durante la construcción y las excelentes condiciones de ventilación que posee el territorio donde se emplazará el parque eólico.

Decreto Supremo N*

Establece la Norma

El proyecto contempla durante la fase de construcción y abandono, la

12/11, del Ministerio | Primaria de Calidad implementación de las siguientes actividades para reducir la del Medio Ambiente, Ambiental para | generación de Material Partículado Suspendido: Material Particulado | El Titular velará por el cumplimiento de las condiciones técnicas de Fino Respirable | los vehículos motorizados, exigiendo a todos los contratistas que todo MP2,5. vehículo cuente con sus revisiones técnicas al día. De la misma forma, se cumplirán todas las medidas señaladas en el punto anterior para evitar la suspensión de partículas en la atmósfera: D.S. N*144/1961 | Normas para Evitar | Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el

Ministerio de Salud y D.F.L. 725/67, Código Sanitario. Ministerio de Salud

Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza

El Código Sanitario rige todas las cuestiones

relacionadas con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la República, salvo aquellas sometidas a otras leyes

Titular considera las siguientes medidas:

  • Se humectará los accesos donde circulen camiones en forma frecuente.

  • Seutilizará bishofita en los caminos no pavimentados.

  • Se exigirá cubrir los materiales que son transportados en camiones,

  • Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena.

Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas:

  • Los grupos electrógenos utilizados principalmente en la fase de construcción, tendrán sus revisiones técnicas al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante.

Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto.

D.S. N*138. Ministerio de Salud; Subsecretaría de Salud Pública.

Establece Obligación de Declarar Emistones que Indica.

Previo al inicio de la fase de construcción el Titular entregará a la SEREMI de Salud de la Región del Bío Bío los antecedentes necesarios para estimar las emisiones detalladas provenientes de los grupos electrógenos. Asimismo, el titular, anualmente, proporcionará la información correspondiente.

DFL N*1, Ministerio de “Transportes y Telecomunicaciones,

ija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Fecha de Publicación: 29 de Octubre de 2009.

Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les hará mantenimientos regulares. Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto.

D.S. N%4, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control.

Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.

DS. N*55/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,

Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados.

El Titular del proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con su. revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel"

21

contractuales.

D.S. N%S. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica,

El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y/o de sus proveedores, que transporten los materiales sefialados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente, Del mismo modo se exigirá:que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a. través de cláusulas contractuales,

D.S. N*47, Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones — Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular del Proyecto entregará a la autoridad un programa de trabajo de ejecución de las obras. Este programa incluirá las médidas establecidas en las letras a), b) y c) del punto 4 del artículo 5.8.3 del D.S. N*47/97 Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

D.S 38/2011. Ministerio Secretaría General De La Presidencia. Ministerio del Medio Ambiente.

Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica

Durante la Fase de Construcción, los principales aportes de presión sonora en la facna serán los camiones premix, vibradores y la descarga de camiones tolva, Para evaluar la inmisión de estas maquinarias sobre los receptores más cercanos, se consideró el impacto de camiones tolva, cuya emisión es la mayor de todas (83 a 95 dBA). El receptor más próximo es una casa localizada a más de 312 m de distancia del extremo más cercano del Proyecto. Con esta consideración, el aporte acústico sólo durante la construcción en la PEOR condición acústica; será de 51 dBA, lo que asevera el cumplimiento de esta normativa.

No se consideran emisiones sonoras relevantes durante la Fase de Operación del proyecto.

Durante la Fase de abandono Dada la similitud de las operaciones con la fase de construcción, se considera que se dará cabal cumplimiento a las disposiciones actuales y de la época, considerando en esta referencia el mejoramiento sonoro de las maquinarias de 20 años más y el menor uso de ellas en el abandono.

D.F.L. N*725, Código Sanitario. Ministerio de Salud Pública.

Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque la infraestructura — sanitaria cumplirá con las disposiciones correspondientes al uso de un sistema de recolección y tratamiento de aguas servidas y del sistema de separación agua/aceite, previamente autorizado por la SEREMI Salud Región del Bío Bío. Adicionalmente se prohibirá explícitamente la disposición de aguas en cualquier tipo de cuerpo de agua,

Finalmente, el titular evará través de su oficina CASEM un estricto control de los retiros de aguas de baños químicos y lodos de plantas que permita acreditar la correcta disposición de estos residuos.

Decreto con Fuerza de | Determina Materias | El funcionamiento de las obras destinadas a la evacuación y Ley N% 1/89 del | que requieren | tratamiento de aguas servidas utilizadas por el proyecto contarán con Ministerio de Salud. Autorización Sanitaria | la respectiva autorización sanitaria.

Expresa D.S. N%594. Ministerio | Reglamento sobre | Se dará cumplimiento a este cuerpo legal a través de las siguientes de Salud. Condiciones acciones:

Sanitarias El titular exigirá a la empresa contratista que se haga cargo de

y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

reacondicionar' las áreas donde se instalarán los baños químicos y prohibirá todo tipo de descarga del contenido líquido de éstos en lugares no autorizados.

Durante la fase de Operación las aguas provenientes de la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) se realizará mediante infiltración en el terreno, toda vez que las aguas servidas serán sometidas a un tratamiento de depuración que permite obtener un efluente libre de materia orgánica putrescible y contaminantes y alejado a pozos o cuerpos freáticos. Se presentan antecedentes adicionales en el Anexo 4 de la adenda N? 1, referido al PAS 91, y se deja constancia que el titular presentará todos los antecedentes del proyecto en detalle de manera sectorial para su revisión antes de comenzar la construcción del parque.

Decreto Supremo 4/2009. Ministerio de Salud.

Reglamento para el manejo de lodos generados en Plantas de tratamiento de aguas servidas.

Tal como se ha señalado ¿la PTAS contará con la autorización sanitaria respectiva. Y dará cuenta del almacenamiento, tratamiento, transporte, y disposición final de los lodos.

Los lodos serán dispuestos en un sitio de disposición final a cargo de una empresa autorizada cumpliendo las observaciones del decreto en comento y se presentatán las documentaciones exigidas a la Autoridad sanitaria que den cuenta del cumplimiento de la

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

22

disposición.

D.F.L. N*725. Ministerio de Salud Pública.

Código Sanitario.

Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud del Bío Bío, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos:

Patio de acopio residuos domiciliarios y asimilables; y residuos industriales no peligrosos; bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en el ANEXO 5 de la presente DIA, en los acápites correspondientes al PAS 93.

D.S. N*594, Ministerio de Salud.

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados temporalmente sobre el suelo y/o en contenedores, dentro del áréa demarcada con cerco périmetral. Para el transporte y la disposición final se contratarán los servicios de una empresa especializada y autorizada para este tipo de actividades.

Los residuos sólidos industriales peligrosos, que corresponderán principalmente a aceites, serán almacenados en tambores de 200 litros de capacidad, los que se ubicarán al interior de la bodega de acopio temporal. Estos: residuos serán trasladados a un sitio de disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente D.S, 148/03 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El transporte y disposición final será llevado a cabo por una empresa especializada que cuente con las autorizaciones respectivas. Los residuos peligrosos menores, huaipes, restos de pintura, diluyentes, brochas, etc, serán depositados en contenedores estancos y herméticos y serán llevados a la BAT de residuos peligrosos en espera de su transporte y disposición final.

Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de acopio tempora] de residuos se entregan en el ANEXO 5 de la presente DIA, en los acápites correspondientes al PAS 93.

El titular dará cumplimiento a este cuerpo legal mediante la presentación, ante la Autoridad Sanitaria, de los antecedentes que acrediten que la empresa contratista, seleccionada para realizar el transporte de residuos industriales no peligrosos, y el sitio de disposición final cuentan con autorizaciones sanitarias vigentes.

Una vez obtenida la RCA favorable y antes de iniciar la construcción, el Titular presentará a la Autoridad Sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que generará, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos.

La diferenciación de los residuos se realizará tomando en consideración lo prescrito en el presente artículo y lo establecido en el D.S. N*148/03, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos.

Las instalaciones de almacenamiento de materiales peligrosos se ubicarán debidamente señalizadas. El diseño estructural de las instalaciones será proyectado en base a lo estipulado en la normativa vigente en el caso, considerándose como tal, la Norma Chilena NCh 382/2004 Sustancias Peligrosas — Clasificación General. Se contempla un piso impermeable y no poroso con un borde para evitar fugas en caso de derrames. Una estructura sólida con pilares de acero y cercada con malla Acmafor y un techo liviano de planchas de zinc para el escape de energía de forma vertical en caso de incendio, con aireación natural. Se instalarán extintores de polvo químico seco para combatir oportunamente un siniestro, Habrá una Carpeta con un listado y con las Hojas de Datos de Seguridad de todas las sustancias, A partir de estas Hojas de Datos de Seguridad se entregará la información de los aspectos asociados a riesgos inherentes a estas sustancias, indicando los elementos de seguridad y los cuidados que se deben mantener para resguardar la salud de las personas y la protección del medio ambiente.

D. S. N*148. Ministerio de Salud.

Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores de 200 L de capacidad, herméticos, estancos y debidamente rotulados de acuerdo a lo establecido en la NCh 2190 of. 93 “Sustancias Peligrosas-Marcas para Información de Riesgos”; los residuos peligrosos serán enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos cuyas características se presentan en mayor detalle en el ANEXO 5 de la presente DIA, en los acápites correspondientes:al PAS 93.

Los residuos peligrosos serán ubicados en la bodega de acopio temporal considerando la incompatibilidad de éstos y debido que no requieren de un plan de manejo. Además, la bodega de acopio

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel"

23

temporal estará emplazada en una zona alejada de fuentes de calor. La mayoría de los residuos peligrosos generados por el Proyecto corresponden a residuos que se encuentran en la lista 1 y II del artículo 18 del D.S, N*148/03, por lo tanto su manejo cumple con las disposiciones del presente decreto.

D.S. N*298. Ministerio de Transportes y

Reglamenta Transporte de Cargas

El Titular mediante exigirá a las empresas contratistas a cargo del transporte de cualquier sustancia peligrosa que cumpla con todas las

Telecomunicaciones. Peligrosas por Calles | disposiciones del presente decreto entre las que se destacan: y Caminos + Vehículos que no:excedan 15 años de antigiedad. + Utilización de rótulos según NCh 2120 Of 2004. + Utilización de registro de velocidad, tiempo y distancia recorrida. Sistema de telecomunicaciones con cobertura en toda la ruta. Resolución N'1/95, | Establece Los equipos se transportarán en camiones, de acuerdo a su peso y Ministerio de | dimensiones dimensiones. Los equipos de grandes dimensiones serán Transporte y | máximas, transportados desarmados, en la medida que su diseño y

Telecomunicaciones,

características técnicas lo permitan, de lo contrario se implementarán las medidas necesarias para su transporte.

Se solicitarán los permisos, con anticipación, cada vez que sea necesario.

Decreto Ley N*294/84,

Establece Límite de

Para el transporte de las torres se requerirán 92 viajes (cada torre en 4

Ley de Caminos. | Pesos secciones) en camiones con una capacidad de 35 toneladas cada uno. Ministerio de Para las aspas 69 viajes. Para las góndolas, 23 viajes en camiones de Transportes, 50 ton cada uno. Para realizar estos transportes, se solicitarán todos los permisos necesarios a las autoridades Decreto Supremo | Establece La empresa exigirá a los contratistas que los camiones de carga O N*75/87. Ministerio de | Condiciones para el | vehículos que transporten materiales, escombros o tierra durante la Transportes. Transporte de Cargas | fase de construcción cuenten con cobertores que impidan la caída de

estos materiales y dispersión de polvo.

Esta exigencia se realizará también para el transporte entre los distintos frentes de faenas. También se verá esta situación favorecida por la exigencia de velocidad (30 km/hr) cuando los vehículos estén cargados.

Decreto con Fuerza de

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley del MOP y Ley de Caminos

Para el acceso a las instalaciones se presentarán los proyectos constructivos para la autorización correspondiente, Vale decir, que el proyecto utilizará, para su conexión interna, casi en su integridad las caminos existentes en predios privados,

Ley N850/97. Ministerio de Transportes.

Decreto Supremo N*298/94, Ministerio

de Transportes.

Regula el transporte de cargas peligrosas por calles y caminos

El proyecto cumplirá cabalmente con las disposiciones establecidas en este Decreto,

En el caso del transporte de sustancias peligrosos y aceites de recambio se realizará a través de una empresa autorizada, con experiencia y con vehículos acondicionados y rotulados.

Decreto Supremo N*158/80. Ministerio de Obras Públicas

Todo transportista de materiales e insumos de construcción qué transite por la vialidad pública, contará con un certificado de pesaje en origen, otorgado por el proveedor u otra institución debidamente acreditada, En caso que se requiera transportar una carga que supere los límites de peso máximo establecidos en la normativa aplicable, el Titular solicitará los permisos correspondientes a la Dirección de Vialidad

Decreto con Fuerza de Ley N* 4/06 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción , Ley General de Servicios Eléctricos, y Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, en Materia de Energía Eléctrica.

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N%1/82 del Ministerio de Minería

Las nuevas instalaciones de generación eléctrica serán diseñadas e instaladas de acuerdo a la normativa de la SEC.

Asimismo, serán registradas y poseerán todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo a las normas técnicas y reglamentos aplicables.

Decreto Supremo N%327/97. Ministerio de Minería,

Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos

Las nuevas instalaciones de generación eléctrica serán diseñadas e instaladas de acuerdo a la normativa de la SEC.

Asimismo, serán registradas y poseerán todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo a las normas técnicas y reglamentos aplicables.

Se seguirán todas las especificaciones de este reglamento incluyendo las disposiciones generales sobre concesiones, permisos y servidumbres, relaciones entre propietarios de instalaciones, clientes y autoridad, interconexión de instalaciones, instalaciones y equipo eléctrico, calidad de servicio y precios, multas y sanciones.

Nch_Eléctrica_4/2003.

Se cumplirán todas las disposiciones de esta normativa en cuanto a

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

24

Electricidad, instalaciones interiores de baja tensión.

disposiciones de tableros, alimentadores, materiales y sistemas de canalización. Medidas de protección contra tensiones peligrosas, Puesta a tierra, instalaciones de alumbrado, instalaciones de fuerza, de calefacción y sistemas de emergencia.

Ley N* 18.744 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,

artículo N*4

En caso de que el contratista tenga más de 25 trabajadores. El titular exigirá a su contratista que cuente con un Comité Paritario de Higiene y Seguridad, el que tendrá entre sus funciones: - Instruir sobre la correcta utilización de elementos de seguridad. - Vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención - Investigar causas de accidentes y enfermedades - Indicar la adopción de todas las medidas de seguridad y prevención tendientes a disminuir el riesgo de accidentes. En caso de no contar con el número de trabajadores indicado, el contratista deberá contar con un profesional prevencionista de riesgos que cumpla con estas labores.

Los elementos de seguridad personal que el contratista proporcione a los trabajadores según lo dispone el artículo 53 del D.S. N* 594/99 del Ministerio de Salud, estarán certificados conforme lo dispone esta norma. Los profesionales de la oficina CASEM de la empresa titular serán los encargados de controlar y verificar el cumplimiento de la normativa.

D.S N*18/82 del Ministerio de Salud. Artículo 1

D.S. N*594/99 del

Ministerio de Salud

No se instalarán campamentos en la fase de construcción, sino se trasladará al personal a la faena.

No se instalará una cocinería, por lo que no habrá preparación de alimentos.

En cuanto a los servicios sanitarios, se instalarán baños químicos a cargo de una empresa de servicios autorizada por la SEREMI de Salud de la VII Región.

El agua de consumo humano será suministrada por dispensadores de agua purificada, En cuanto al agua para duchas y lavamanos será una solución con camión aljibes de agua abastecida por empresas con autorización y se cumplirán las normativas descritas anteriormente. Adicionalmente la empresa contratista proporcionará a los trabajadores los elementos de seguridad adecuados a las labores que desempeñen. Estos serán certificados según lo dispone el D.S, N* 18/81 anteriormente descrito.

Adicionalmente los profesionales de la oficina CASEM de la empresa titular serán los responsables y velarán por el cumplimiento estricto de este decreto en su globalidad.

Ley N? 20.096. Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia Artículo 19

Establece mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono

Se exigirá que los contratistas entreguen a sus trabajadores protección para los rayos ultravioleta, a fin de que éstos estén protegidos, en todo momento que desarrollen tareas en el exterior.

D.S. 4363/31 Modificado por la Ley 18.979.

DFLN* 701/74

Ley de Bosques

El proyecto se instala en áreas que no representan terrenos con aptitud preferentemente forestal, ni superficies consideradas como bosques según la ley de bosques.

D.S. N'S. Ministerio de Agricultura,

Reglamento de la Ley De Caza

El Proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a sl personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento: de las prohibiciones señaladas en la normativa.

Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o erías en los terrenos donde se realicen las faenas.

Por su parte, se implementarán señaléticas en caminos y Otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente.

D.L. N%3557. | establece El Titular del Proyecto ha adoptado en el diseño de sus instalaciones

Ministerio de | Disposiciones sobre | y procesos las medidas necesarias para. dar cumplimiento a las

Agricultura, Protección Agrícola normativa ambiental vigente con lo cual da pleno cumplimiento a las disposiciones de resguardo de la agricultura, de manera de evitar e impedir la contaminación.

Resolución Exenta | establece En caso de que las necesidades de equipamiento impidan adquirir

N*133, Ministerio de | Regulaciones equipos dentro del territorio nacional y por ende se deba incurrir en la

Agricultura; Servicio | Cuarentenarias para el importación de insumos y equipos desde el extranjero, el Titular

Agrícola y Ganadero; Dirección Nacional.

Ingreso de Embalajes de Madera

exigirá a la o las empresas distribuidoras que cumplan con lo exigido en este cuerpo normativo : mediante contrato, esto es, que los embalajes de madera provenientes del extranjero presenten la

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

25

certificación que avalúe que fueron sometidos a alguno de los tratamientos dispuestos en el punto 1 de la Res. Exta, N%133

Ley N*17.288. | legisla sobre | De acuerdo al ANEXO 6 de la DIA, en el área total del Proyecto, no Ministerio de | Monumentos se encontraron sitios de importancia arqueológica ni patrimonial. Educación. D.S. 484 | Nacionales Sobre | Si se encontrasen algunos elementos asociados al patrimonio cultural Reglamento de la Ley | Excavaciones y/o | y/o arqueológico durante los movimientos de tierra, se dará cuenta a N? 17.288, Ministerio | Prospecciones las autoridades respectivas, las que dispondrán de las medidas de de Educación, Arqueológicas, rescate o conservación apropiadas

Antropológicas y

Paleontológicas.

Fecha de Publicación: 02 de Abril de 1991

D.S. N* 484/90 del | Sobre Excavaciones | Si durante la fase de construcción del proyecto se encontraren

Ministerio de | y/o Prospecciones | elementos o lugares pertenecientes al patrimonio cultural de la

Educación. Reglamento | Arqueológicas, Nación, no detectados durante la inspección pedestre ocular señalada,

de Ley N* 17.288, Antropológicas y | ni en la revisión bibliográfica, se paralizarán las obras y se procederá Paleontológicas, a dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Unidad de Artículo 23 Carabineros más próxima.

4.2.- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Parque Eólico San Manuel”, requiere de los siguientes permisos ambientales sectoriales contemplados en Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:

4.2.1.- PAS 91 Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagies y aguas servidas de cualquier naturaleza

4.2.2.- PAS 93 Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras o desperdicios de cualquier clase,

Los antecedentes técnicos de estos permisos los visa la SEREMI de Salud, quien mediante su Oficio. ORD N? 4509 de fecha 04/09/2013 se pronuncia conforme sobre el proyecto.

4.2.3.- PAS 96 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para, complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos.

Los antecedentes técnicos de estos permisos los visa la SEREMI de Agricultura, quien mediante su Oficio ORD N? 2458 de fecha 03/09/2013 se pronuncia conforme sobre el proyecto,

5.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación ambiental, debe indicarse que el proyecto “Parque Eólico San Manuel”, no genera ni presenta ninguno de tales eféctos, características y circunstancias. Lo anterior, según los antecedentes que constan en el expediente de evaluación y en atención a:

5.1.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley 19.300: Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce, es posible indicar que:

Atendiendo a las características y naturaleza de proyecto, el Comité Técnico Evaluador estima que el proyecto no generaría efluentes, emisiones o residuos que presenten riesgo para la salud de la población, por lo que no resulta aplicable la letra “a” del artículo 11 de la Ley 19.300. Las emisiones al aire son controladas adecuadamente en el área de influencia del proyécto y no se generarán residuos líquidos industriales durante la operación.

5.2.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300: Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que:

26

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

Atendiendo a las características, naturaleza y ubicación de proyécto, el Comité Técnico Evaluador estima que el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, según lo señalado

en el número anterior, por lo que no le resultan aplicables ninguna de las letras del Artículo 6 del Reglamento del SEIA.

5.3.- — Atendiendo a las características, naturaleza y ubicación de proyecto, el Comité Técnico Evaluador estima que al proyecto no le resultan aplicables los efectos, características o circunstancias señalados en las letras “c” a la “f” del artículo 11, de la Ley 19.300, puesto que:

e Atendidas las características, naturaleza y localización del proyecto este no implica el reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; ya que se emplaza en un área rural, alejado de toda vivienda.

*' El proyecto no presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona donde se emplaza.

  • Atendidas las características, naturaleza y localización del proyecto, este no presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6.- Que, en el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular asume los siguientes compromisos ambientales voluntarios.

Con el fin de causar el menor impacto ambiental negativo producto de la construcción y operación del Proyecto, el titular se compromete a:

a) Contar con una oficina CASEM (Calidad, Seguridad y Medio Ambiente) durante el periodo de construcción, operación y abandono. Los profesionales de esta oficina estarán encargados de velar por el estricto cumplimiento de las normativas de carácter ambiental en el parque y de las medidas ambientales precautorias señaladas en este documento.

b) Exigir contractualmente a las empresas externas su planificación detallada del manejo ambiental y de seguridad en las obras.

£) Dar aviso oportuno de los avances en la construcción a los vecinos y autoridades mediante 2 paneles puestos en lugares estratégicos y en un sitio actualizado en Internet,

d) Desarrollar un plan de monitoreo de sonido durante la construcción y operación del Parque. e) Desarrollar un plan de monitoreo activo para avifauna.

f) Antes de comenzar la construcción, se realizarán inducciones y capacitaciones al personal contratista sobre las temáticas relacionadas sobre la protección del medio ambiente natural, cultural, seguridad y primeros auxilios.

El titular se compromete a controlar la salida de los residuos provenientes de los baños químicos mediante la implementación de un sistema de seguimiento que incluirá un registro que especificará el día, hora y volumen de salida del residuo y posteriormente un registro de entrega en la Planta de Tratamiento cuyas copias se mantendrán por el titular y a disposición de las autoridades que requieran información en las oficinas del Proyecto en la comuna de Los Ángeles.

El Titular se compromete a realizar las coordinaciones necesarias con las concesionarias de la ruta de la madera, ruta del Itata y/o ruta $ cuando se efectúe el transporte de los aerogeneradores, de manera de evitar imprevistos e impactos en el tránsito vial, tal como se establece en la Resolución N1/95, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece dimensiones máximas y Decreto Ley N294/84, Ley de Caminos. Ministerio de Transportes, que establece Límite de Pesos.

El titular se compromete a enviar el certificado sobre interferencia o constitución de obstáculo del cono de aproximación del aeródromo Maria Dolores a la autoridad en cuanto sea recibido.

7.- Que, para que el proyecto “Parque Eólico San Manuel” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

27

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto "Parque Eólico San Manuel”

8.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a esta Comisión, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

9.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Superintendencia del Medio Ambiente y a esta Comisión, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y domicilio.

10.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, :son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

11.- — Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a esta Comisión, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

12.- Queen razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación Región del Biobío.

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Eólico San Manuel” presentado por AM EÓLICA CHACAICO SPA, rut N* 76258275-9, representada legalmente por el Sr. Jose Ignacio Escobar Troncoso, rut.N? 13332998-6, cuyo domicilio es Av. Apoquindo 4700, comuna de Las Condes, Santiago.

2.- CERTIFICAR que el Proyecto “Parque Eólico San Manuel”, cuyo titular es AM EÓLICA CHACAICO SPA, rut N 76258275-9, cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, con la normativa de carácter ambiental y que no amerita presentar un Estudio de Impacto Ambiental, en virtud que no se generan los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N 19.300.

3.- Hacer presente que la presente Resolución no exime a AM EÓLICA CHACAICO SPA o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes. Debiendo enviar copia de ellas, a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, dentro de un plazo de 10 días, desde su obtención.

4.- Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.

5.- Disponer que la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas por ella establecidas.

6.- Disponer que el titular del proyecto deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de las normas, condiciones y medidas establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y que correspondan a cada una de las etapas o fases del proyecto, permitiendo para ello su acceso a las diferentes partes y componentes del mismo, cuando ello le sea solicitado y facilitando la información y documentación que para ello se requiera, por él o los órganos de la Administración del Estado competente en la materia, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan en la materia a la Ilustre Municipalidad de Los Angeles.

28

Resolución de Calificación de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”

7.- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante. la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción legal que estime oportuna.

Anótese, Notifíquese] C uníquese y Archívese ICA D a, DE ¿ "» q pencia Saa

no S 87

RLOBOS DEL FIERRO Intendente Presidente

Comisión de Evaluación Región del Biobío

. Distribución:

Sr. Jose Ignácio Escobar Troncoso, Representante legal del Proyecto. Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío

Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío

Dirección Regional SEC, Región del Biobío

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío

Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío

Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío

Dirección Regional del SAG, Región del Biobío

Gobierno Regional, Región de Biobio

lustre Municipalidad de Los Angeles

SEREMI MOP, Región del Biobío

SEREMI de Agricultura, Región del Biobío

SEREMI de Energía, Región del Bío Bío

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío Centro de Energías Renovables

Consejo de Monumentos Nacionales

Dirección General de Aeronautica Civil

Cle: - Expediente del Proyecto “Parque Eólico San Manuel”. - Archivo SEA, Región del Biobío.

29

Resolución de Calificación de impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico San Manuel”