Evaluación SEA

Loteo Costa Pacifico Etapas II y III, San Pedro de la Paz

Rol 7840264
SEA · DIA · Aprobado · 2013-02-18 · Región del Biobío · CONSTRUCTORA GARCIA GROSS Y CIA. LTDA.

de balla REPÚBLICA DE CHILE Ambien COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL BIOBÍO

Gabiemo de Chile

Califica ambientalmente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Loteo Costa Pacífico Etapas II y MI, San Pedro de la Paz" Resolución Exenta N* 4 3 4

Concepción,

25JUN 208

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

L La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Loteo Costa Pacífico Etapas II y III, San Pedro de la Paz", presentada por el Señor Waldo Alfredo Rodriguez Salazar, en representación de Constructora García Gross y Cia. Ltda., con fecha 18 de febrero de 2013.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

En el caso de los oficios que han sido firmados con firma electrónica a través del sistema e- seia, la fecha corresponde al día en que han sido firmados en él. En el caso de documentos que no están con firma electrónica en el sistema e-seia, las fechas a continuación corresponden al día en el documento ingresó a la oficina de partes del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.

e Oficio N* 781 DRMA sobre la DIA, por la Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, Región del Biobío, con fecha 26/02/13; o Oficio N” 4 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región de Biobío, con

fecha 01/03/2013;

e Oficio N” 322 sobre la DIA, por Dirección Regional Aguas, Región del Biobío, con fecha 12/03/2013;

o. Oficio N* 141 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 11/03/2013;

e Oficio N” 434 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 18/03/2013.

o Oficio N* 0588 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 15/03/2013;

» Oficio N* 170 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 15/03/2013;

e Oficio N” 1313 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 18/03/2013;

e Oficio N” 550 sobre la DIA, SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 18/03/2013;

o Oficio N” 1702 sobre la DIA, por Gobierno Regional de Biobío, con fecha 30/04/2013;

e Oficio N* 2309 DRMA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 07/05/2013;

e Oficio N* 805 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 15/05/2013;

  • Oficio N” 423 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 14/05/2013;

  • Oficio N* 536 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 13/05/2013;

o Oficio N* 294 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 16/05/2013;

e Oficio N” 2407 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 15/05/2013;

  • Oficio N* 2590 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 24/05/2013;

3, El Acta N 23/2013 y los acuerdos que en ella constan de la Sesión N 5 del Comité Técnico de la Región del Biobío, de fecha 09 de abril de 2013.

  1. El Acta y los acuerdos que en ella constan de la Sesión N* 09 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 24 de junio de 2013, vinculadas al procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Loteo Costa Pacífico Etapas Il y IIL San Pedro de la Paz”, en la cual se resolvió su calificación ambiental.

  2. El informe consolidado de la evaluación del proyecto “Loteo Costa Pacífico Etapas II y II, San Pedro de la Paz” de fecha 06 de junio de 2013, que forma parte integrante del presente acto administrativo.

  3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Loteo Costa Pacífico Etapas II y IIL, San Pedro de la Paz”.

  4. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 22 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N? 1. 600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Loteo Costa Pacífico Etapas II y III, San Pedro de la Paz".

  2. Que, el derecho de Constructora García Gross y Cia. Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Loteo Costa Pacífico Etapas II y TIL San Pedro de la Paz", en general consiste en:

3.1. Localización:

Proyecto está ubicado en la Región del Biobío, provincia de Concepción, comuna de San Pedro de la Paz. Las coordenadas geográficas del polígono en que se inscribe es proyecto se presentan en la siguiente tabla.

Tabla n*1. Coordenadas geográficas del proyecto.

Vértice Sur Oeste Sur poniente 36 50" 05” 73% 09" 02” Nor poniente 36% 50" 00” 739% 09" 02”*

Sur oriente 36% 50" 03” 73% 08 367 Nor oriente 367 49" 58”* 739 08" 38”

3.2. Inversión:

El monto estimado de la inversión es de aproximadamente US$ 14.029.315.

3.3. Mano de Obra:

Se estima que la mano de obra requerida en el periodo de mayor intensidad de la etapa de construcción, será de aproximadamente 150 trabajadores.

Durante la etapa de operación del proyecto, podrá ser necesaria alguna asistencia a las viviendas para resolver posibles reclamos por fallas, por lo que se estima que a partir de la entrega del primer loteo, habrá un número de trabajadores requeridos para desarrollar ese tipo de actividades, estimándose en 10 personas, las que desarrollarán también funciones administrativas y de vigilancia.

3.4. Descripción del Proyecto: El proyecto consiste en la construcción de 586 viviendas sociales, con agrupación “pareada” y “adosada”. Su desarrollo completo involucra 4 loteos, 2 por etapa, correspondiendo cada uno

a un Comité de Vivienda Social, como se presenta a continuación.

Tabla n*2. Descripción de los Loteo asociados al proyecto.

Loteo Comité Superficie (m?) Viviendas Lote 1-B1 Baldomero Lillo 27.810,76 150 Lote 1-B2 Nicanor Parra 25.920,16 150 Lote 1-B3 Gonzalo Rojas 24.345,42 143 Lote 1-B4 Daniel Belmar 24.846,34 143

Los loteos involucrarán elementos de diseño urbano que integren los conjuntos de viviendas con espacios destinados a áreas verdes, vialidad y sistemas de saneamiento.

El proyecto considera 4 ciclos de actividades de construcción correspondiendo cada ciclo a un loteo, se contempla que el proyecto se ejecute en un período de 4 años. En todos los casos, las actividades de construcción se realizarán bajo responsabilidad ambiental del titular de esta DIA, dando cumplimiento a cabalidad de los permisos y normativa aplicable en cada caso y concluirán, para cada loteo, con la recepción total de obras por parte de la Municipalidad de San Pedro de la Paz, debiendo retirarse, en cada ocasión, todas las instalaciones provisorias empleadas durante las faenas. Asimismo, se efectuará una limpieza de las áreas comunes y perímetro del Proyecto.

Las maquinarias y equipos estimados que se utilizarán para la construcción de cada loteo, se presentan en la siguiente tabla,

Tabla n* 3. Requerimientos de maquinarias para la construcción de cada Loteo.

Tipo de máquina Tipo Cantidad Uso /mes Retroexcavadora Móvil 2 10 Rodillo Compactador Móvil 1 $5 Camiones Tolva Móvil 4 5 Camión Aljibe Móvil 1 10 Camión Mixer Móvil 1 4 Finisher de asfalto Móvil 1 2 Compactador Rueda Goma Móvil 1 2 Camión Plano Móvil 1 5 Rodillo Manual Móvil 1 8 Placa Compactadora Móvil 2 8 Vibrador de Hormigones Móvil 4 6 Trompo para morteros Móvil 1 6 Galletera Móvil 3 6 Taladros Móvil 3 6 Camión 3/4 Móvil 1 6

Se mantendrán en obra 2 retroexcavadoras que se utilizarán para apoyar los trabajos de escarpe, movimientos de tierra y obras de urbanización, contratando a externos especializados y Otras máquinas y camiones necesarios para estos trabajos, como camiones y rodillos compactadores. Además se mantendrá en obra, de acuerdo a necesidad, al menos un camión aljibe equipado con manifold de riego, para realizar el riego durante las faenas de escarpe y movimientos de tierra.

Con respecto a los principales insumos o materiales corresponden a hormigón premezclado, madera, aluminio, ladrillos, cementos, productos de terminación (madera, vidrios, aluminio, etc.), tuberías PVC, postes hormigón, entre otras, y serán suministrados por empresas del rubro de la construcción. En la tabla siguiente se muestran los requerimientos de materiales por loteo.

Tabla n* 4. Principales insumos y materiales utilizados por el proyecto para cada loteo.

Descripción Unidad Cantidad Hormigón Premezclado m 570 Geotextil m 650 Hormigón asfáltico m 320 Cemento saco 2.500 Ladrillo unidad 100.000 Terciado estructural plancha 1.500 Arena m 550 Estabilizado m 820 Lana Mineral rollo 850 Fibrocemento plancha 2.500 Yeso cartón plancha 5.500 Fieltro rollo 350 Siding Pieza 7.000 Techumbre Zinc plancha 1.800

Descripción Unidad Cantidad PVC Sanitario Tubo 600 Tubería Polipropileno Tubo 450 PVC Colectores Tubo 150 PVC Hidráulico Tubo 150 Grava para zanjas de mi 220 infiltración

Ventanas Aluminio unidad 900 Puertas unidad 310 Artefactos unidad 610 Pintura Látex galón 120 Pintura óleo galón 150 Hormigón asfáltico m 320

3.4.1 Descripción de la Fase de Construcción: a) Instalación de faenas

Estas instalaciones se ubicarán en terrenos de etapas futuras, dentro del predio del proyecto, o emplazadas en los terrenos destinados a las áreas verdes o lotes de equipamiento, los cuales se ejecutan al final de la ejecución de los trabajos. Esta fase considera:

Cierre perimetral: El predio se cerrará perimetralmente con la finalidad de restringir el total acceso a cualquier persona que no desarrolle labores dentro del proyecto, controlar el impacto visual, contener el material particulado fugitivo y entregar seguridad al sector donde será desarrollado el proyecto. La materialidad del cerco a ser construido será de postes de madera, malla de alambre y malla raschel.

Escarpe: El trabajo de escarpe considera una primera extracción de material sólido tipo basuras y además cortará a ras la vegetación presente, lo cual será dispuesto en rellenos sanitarios autorizados sanitariamente y ambientalmente, que cumplan con lo indicado en el D.S N*189 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básica en los Rellenos Sanitarios, artículo 57%, toda vez que no existen faenas de demolición o similares. El traslado de este tipo de material se realizará en camiones tipo tolva, debidamente encarpados, condición que antes de salir de la faena será verificada en portería, llevándose control escrito de dicha verificación, consignándose patente del camión, día y hora del viaje y lugar de destino.

En las zonas que serán ocupadas con edificación y vialidades, previo humectación del suelo in situ, se procederá a una nueva extracción que retire el suelo vegetal, indeseado para fundar edificaciones y vialidades, el cual ya libre de basuras, podrá ser dispuesto dentro del mismo predio, en las zonas que serán posteriormente ocupadas por áreas verdes. Este trabajo, interno al predio, lo realizará la propia empresa constructora o quien ella contrate.

El titular actuará conforme a lo definido en el Acuerdo de Producción Limpia (APL) del sector construcción suscrito en la Región del Biobío, para efectos de definir escombros y

residuos asimilables a urbanos, entre otros términos.

En el caso de encontrarse restos arqueológicos durante las actividades e escarpe o de movimientos de tierra se procederá de la siguiente manera:

e Se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo.

o Se dará aviso inmediatamente al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales, según lo señala el Artículo 23 del reglamento de la ley 17.288 de Monumentos Nacionales,

o Se dará aviso, de manera informativa, inmediatamente al SEA.

Instalación de Faenas: Se considera la habilitación de recintos temporales para la administración de faenas, lo que incorpora las siguientes áreas:

o Bodegas y recintos de materiales e insumos que serán utilizados en la construcción del proyecto y artículos seguridad.

Sector o área destinada para el estacionamiento de vehículos como de maquinarias. Oficinas para el personal directivo y administrativo de la obra.

Baños.

Cocinas y Comedor.

6:05. .0.

Servicios higiénicos y agua potable: Estos servicios para la instalación de faenas se obtendrán mediante conexión con la red pública, para lo cual se tramitará ante ESSBIO el correspondiente arranque de provisorio de faenas, cumpliendo la normativa vigente aplicable, Párrafo 11 del D.S N* 594/99 MINSAL, en lo relativo a cantidad y distancia al puesto de trabajo.

Estas conexiones asistirán a los baños del personal administrativo ubicados en el sector oficinas y a los baños de trabajadores, los que se ubican en 2 contenedores especialmente habilitados, uno con inodoros y lavatorios y el segundo con duchas y vestidores.

Comedores: La instalación de comedores contará con todos los implementos necesarios según el Servicio de Salud del Biobío, lo que implica la provisión de marmitas, refrigerador, mesones, etc.

b) Movimientos de Tierra

El terreno actualmente presenta un relieve llano, con algunas depresiones y zonas bajas en su sector más occidental que requerirán rellenos por aproximadamente 79.300 m* a fin de eliminar puntos bajos con mal drenaje y obtener niveles de seguridad ante posibles inundaciones por desbordes del río Biobío.

Los rellenos se llevarán a cabo, en parte por una compensación interna al predio equivalente a 12.766 m' obtenidos del escarpe limpio y Por la adquisición de material de empréstito, el que por diferencia se cuantifica en 66.534 m'.

El material de empréstito se obtendrá de empresas que cuenten con las autorizaciones sectoriales correspondientes y la autorización ambiental, es decir, con Resolución de Calificación Ambiental favorable. En caso de que los áridos sean extraídos desde cauce natural, se exigirá, además, el informe favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas. Como medio verificador de lo indicado anteriormente, se mantendrá registro de las certificaciones señaladas que serán remitidas en su oportunidad, tanto al Servicio Regional de Evaluación Ambiental como a la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, copia de los decretos Municipales, y de las Resoluciones de Calificación Ambiental si corresponde, que autorizan la extracción a dichas empresas.

Los movimientos de tierra se realizarán preferentemente durante períodos de invierno a fin de aprovechar la humedad del terreno natural y del material de empréstito, evitando contaminación por material particulado en suspensión. Sin perjuicio de lo anterior, el material de empréstito deberá trasladarse con la carga completamente tapada utilizando carpas en buen estado. Como medio verificador cada camión que ingrese al lugar de la obra con este material será revisado en portería para revisar el estado del encarpado y se registrará en papel por el encargado de portería.

Para desarrollar esta ctapa se empleará maquinarias de carguío, distribución y compactación, y camiones. De acuerdo al análisis realizado por el titular en la Adenda n*l, la cantidad de camiones proyectados para el movimiento de tierra de cada lote, es el presentado en la tabla siguiente.

Tabla n*5. Cantidad de camiones requeridos para la etapa de movimiento de tierras.

Loteo Volumen (m?) Viajes camión/día Baldomero Lillo 17.978 38 Nicanor Parra 16.756 35 Gonzalo Rojas 15.738 33 Daniel Belmar 16.062 34

Para el transporte se emplearán 3 o 4 camiones tolva, los cuales realizarán como promedio 12 ó 8 viajes diarios.

Con respecto a la ruta a utilizar por los camiones que transportan los áridos se estima que se utilizarán caminos interiores no utilizándose la Avenida Pedro Aguirre Cerda ni la Ruta 160.

ec) Edificación

Las viviendas serán de 2 pisos, construidas de albañilería armada en su primer piso y estructura de madera el segundo piso. Las diferentes acciones de edificación consideran:

Fundaciones: Consisten en zapatas aisladas y vigas de fundación. La excavación del terreno se realiza manualmente rellanándola con hormigón simple, el que llega prefabricado en camiones mezcladores.

Obra gruesa: Consiste principalmente en la ejecución de muros de albañilería para el primer piso. Éstos se confeccionan con ladrillos a la vista por ambas caras, armados con tensores y escalerillas de acero, hiladas pegadas con mortero de cemento, y rematadas superiormente con una cadena de hormigón armado. Los segundos pisos se estructurarán con tabiques de madera forrados exteriormente con fibrocemento tinglado e interiormente con planchas de yeso cartón, previo aislación térmica.

El pavimento del primer piso consiste en un radier afinado mecánicamente, cubierto en las zonas húmedas con pavimento linóleo. El segundo piso tendrá pavimento de planchas de terciado estructural sobre envigado de madera.

Instalaciones domiciliarias: Corresponden a las redes interiores de agua potable, alcantarillado de aguas servidas, gas licuado y electricidad, considerando los respectivos artefactos en las viviendas. Estas redes y artefactos se instalan conforme a los proyectos previamente aprobados por los organismos competentes.

Techumbre: Consiste en la instalación de la estructura del techo, ejecutada con cerchas y costaneras de madera, y sobre éstas la cubierta metálica, previa aislación térmica.

Terminaciones: Corresponden a las divisiones interiores, puertas y ventanas, pisos y pavimentos. Los tabiques para las divisiones interiores de las viviendas serán confeccionados con planchas de yeso-cartón estructuradas con madera.

Las puertas serán de madera, batiente nativo las exteriores y zonas húmedas, forradas con madera terciada. Las puertas interiores tendrán batiente de pino insigne. Las puertas de las zonas húmedas se pintarán con pintura al óleo. Las ventanas serán prefabricadas de aluminio.

Obras exteriores: La obras exteriores en las viviendas consisten en la aplicación de impermeabilizantes y pinturas. Tanto los impermeabilizantes y pintura sobre muros de ladrillo y tinglados de fibrocemento serán en base agua. La pintura al óleo se utiliza en elementos metálicos y puertas exteriores y en zonas húmedas.

d) Urbanización

Esta fase se realiza de manera paralela a la fase edificación y las obras y/o acciones asociadas a esta fase corresponden a:

Extensiones de redes de alcantarillado, agua potable y conexiones a las redes públicas: Las redes de alcantarillado y agua potable de los Loteos y sus conexiones a las redes públicas existentes, corresponde a la instalación urbanística de tubos, cámaras, válvulas, grifos de incendio y accesorios respectivos para ponerlas en servicio operativo, conforme a los proyectos que serán aprobados por la Empresa Sanitaria ESSBIO, suministradora de los servicios. Se considera en estas redes, las conexiones con las viviendas.

Estas Obras serán Inspeccionadas de acuerdo a la Reglamentación de la Empresa Sanitaria y recibidas por ella.

Pavimentación: La pavimentación de las calzadas de calles y pasajes se realizarán con carpetas de hormigón asfáltico en caliente, de distintos espesores según la importancia de la vía, confinadas por soleras de hormigón, y colocadas sobre bases estabilizadas, siendo en todos los casos aprobados por SERVIU los respectivos proyectos.

Previamente se instalan los tubos, sumideros y cámaras públicas del sistema de aguas lluvias.

Para tránsito peatonal se disponen veredas de hormigón de cemento vibrado, por ambos costados en todas las calles, disponiéndose de rebajes de soleras conformando pasos de rodados.

Los proyectos serán aprobados por SERVIU para cada Loteo, al igual que la inspección y recepción de las obras de pavimentación.

Aguas Lluvia: Las aguas lluvias serán retiradas de las calzadas mediante sumideros y evacuadas mediante infiltración al sub suelo, aprovechando la alta capacidad de infiltración que posee el suelo local, y situándose la napa freática a cotas que permite disponer de un adecuado estrato permeable entre esta y el sello de fundación de las zanjas.

Las obras de evacuación corresponderán a zanjas de infiltración, definidas como de carácter secundario según el Plan Maestro de Drenaje y Evacuación de Aguas Lluvia de San Pedro, y admitidas por el mismo como solución urbanística. La ubicación de las zanjas de infiltración será preferentemente en los sitios destinados a las áreas verdes.

Cabe señalar que el proyecto se emplaza en territorio operacional de la empresa sanitaria ESSBIO, la cual no posee pozos de captación de agua, y que en el reconocimiento del predio no se observaron captaciones de aguas subterráneas, por lo que la infiltración de las aguas no afectará derechos.

Los proyectos de aguas lluvias serán aprobados por SERVIU para cada Loteo, al igual que la inspección y recepción de estas obras.

Alumbrado público y empalmes: El Alumbrado Público y Empalmes a las viviendas corresponde a la instalación urbanística de postes, cables, luminarias y accesorios respectivos para poner las viviendas conectadas a la empresa suministradora, conforme a la ley,

Además, el alumbrado público cumplirá con las especificaciones para luminarias de calles, incluyendo características fotométricas, del sistema óptico, eléctricas y mecánicas y con las exigencias para el alumbrado público en sectores residenciales, cumpliendo los niveles de iluminación exigidos para calles.

Se realizarán conexiones a la Red Pública de Suministro existente en el sector. La conexión cumplirá las condiciones de seguridad y normas técnicas de instalaciones eléctricas de consumo en baja y media tensión

Una vez ejecutadas las obras, en cada Loteo, estas instalaciones serán “Declaradas” ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Áreas verdes: El área considerada para las áreas verdes se presenta en la tabla n%. La conformación de éstas consiste en la disposición de jardines conforme a proyectos aprobados por la Municipalidad de San Pedro de la Paz, para lo cual se emplea tierra vegetal proveniente del escarpe mediante rescate selectivo.

De acuerdo a requerimientos municipales en cada oportunidad, las áreas verdes podrán contar con juegos infantiles y/o máquinas de ejercicio.

Tabla n'6. Áreas verdes del proyecto para cada loteo.

Loteo Viviendas | Habitantes ¡| Área Verde | A. Verde/Habitante (NS) Estimados (m2) (mi) (N>) Baldomero Lillo 150 600 2.140,90 3,568 Nicanor Parra 150 600 1.965,65 3,276 Gonzalo Rojas 143 572 1.824,68 3,190 Daniel Belmar 143 s72 1.859,25 3,250

Señalética: El proyecto contempla la señalética con indicaciones para el tránsito vehicular y peatonal en calles y aceras, mediante señales y demarcaciones, ejecutadas de acuerdo a Estudio Vial Básico presentado en el Anexo n* 7 de la DIA, que se replicará para cada loteo, los cuales serán presentados y aprobados por la Dirección de Tránsito Municipal; y la señalización orientada a la evacuación de la población ante tsunami, para lo cual, se dispondrán señaléticas que orienten a las personas hacia las zonas de protección definidas en la Carta de Vías de Evacuación y Zonas de Seguridad de la comuna de San Pedro de la Paz.

De manera similar al criterio de evacuación definido en la Carta del Plan de Seguridad Municipal, se define como vía de evacuación a la Calle 1 del loteo, que lo recorre totalmente en el sentido poniente a oriente, y en la que se incorporarán señaléticas orientadoras en cada cuadra, desde el extremo poniente hasta su extremo oriente, en que se entronca con calle Daniel Belmar, la que es parte de la actual red de vías de evacuación.

Las señaléticas a emplear tendrán los mismos diseños ya existentes en el sector y que ha sido aportado por la Secretaría de Planificación Comunal. En el Anexo 6 de la DIA, se anexa la carta Municipal, indicando la nueva vía de evacuación y que corresponde a la Calle 1 del loteo general.

3.4.2 Descripción de la fase de operación:

Se iniciará al momento en que las viviendas del complejo habitacional sean entregadas a sus nuevos propietarios, sin embargo, luego de la recepción municipal y mientras se realiza la ocupación de las viviendas, plazo que se estima en un mes, el titular mantendrá un equipo de trabajadores que cumplirá diversas labores, como acompañar a quien designe la EGIS Municipal en el acto de entrega de cada vivienda, ocasión en que la constructora hace

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instalación y entrega de elementos que se mantienen guardados en su bodega, a fin de evitar su robo, como llaves de jardín, tapones de lavatorios y lavaplatos, etc.

También durante el mismo plazo, se apoya a la EGIS en labores de vigilancia de las viviendas aún no ocupadas. Finalmente, durante dicho período se atienden eventuales reclamaciones de los residentes, generalmente menores como cierre defectuoso de llaves, etc. Todo lo anterior, no debiera ocupar un plazo mayor a un mes luego del cual, de haber requerimientos por fallas en las viviendas, ellas son atendidas en el contexto de la garantía general de la obra.

3.43 Descripción de la etapa de cierre y abandono. Este proyecto no considera una etapa de cierre y abandono, ya que, contempla una vida útil indefinida. Esta proyección de vida se hace en relación a las características del proyecto, se estima que cada propietario realizará las mejoras y mantenciones necesarias de cada vivienda con la finalidad de entregar las características óptimas para residir en ellas. 3.5. Aspectos Ambientales

3.5.1. Emisiones a la Atmósfera

a) Etapa de construcción:

Se generarán emisiones de gases de combustión de los motores de las maquinarias y emisión de material particulado dentro de la obra, debido al movimiento de tierra y el tránsito de vehículos pesados por caminos no pavimentados.

Debido a que San Pedro de la Paz se encuentra entre la zona declarada latente por material particulado PM10, mediante el D.S. N* 41 de 2006 de MINSEGPRES, se realiza una estimación de emisiones basado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios del Ministerio de Medio Ambiente del año 2012” y una modelación a nivel de SCREEN 3, que se presenta en la Adenda n%2, de manera de obtener la concentración de emisiones generadas por el proyecto en sus alrededores.

En la tabla siguiente, se presentan las emisiones estimadas en la etapa de construcción.

Tabla n”7. Estimación de emisiones en etapa de construcción.

Actividad Emisiones (ton/año) MP10 | MP2,55| CO NOx HC Perforaciones 0,0035 Escarpe 0,052 Excavaciones 0,18 Transferencia de material 0,012 | 0,007

Circulación de vehículos | 0,31 0,031 pesados por caminos no

pavimentados

Emisión de gases de | 0,0006 0,005 | 0,029 | 0,0002 combustión (camiones)

Operación de maquinaria 2,187 1,003 | 7,741 0,695 Emisiones Totales 2,7451 | 0,038 | 1,008 | 7,770 | 0,6952

Como medidas de control de las emisiones se estabilizarán los caminos interiores donde circularán los camiones y máquinas con el objetivo de reducir el levantamiento de polvo producto del tránsito por caminos no pavimentados, además se realizará el riego permanente

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para mantener humedecidos los caminos en la zona intervenida utilizándose camiones aljibes. La frecuencia del riego variará según la estacionalidad del año y clima, pero se garantizará que no se produzca resecado que suelte las partículas de polvo. Para verificar el cumplimiento del riego se dispondrá de una bitácora que registre la frecuencia de recorridos del camión aljibe.

Como manera de garantizar el riego adecuado se mantendrá en obra al menos un camión aljibe de manera permanente equipado con manifold de riego.

Los trabajos de escarpe y rellenos se realizarán por etapas o sub etapas, por lo que no se alterará la condición natural del suelo en todo el predio. Estos trabajos se ejecutarán preferentemente durante el período invernal, a fin de que la humedad de los suelos evite el levantamiento de polvo.

Para evitar la re-suspensión de material particulado, de no presentar el suelo una humedad adecuada, antes de efectuar el escarpe el suelo deberá humedecerse, luego una máquina, cargador frontal preferentemente, arrastrará las basuras y cortará la capa superficial de vegetación. Este material se acopiará transitoriamente al interior del predio, en un lugar retirado de los deslindes habitados y en su perímetro se colocará una pantalla de malla raschel, en una altura de 2,4 metros. La permanencia del material de escarpe en el acopio transitorio sólo será por tiempo breve, máximo un día o los días de un fin de semana, ya que, su retiro se realizará de manera simultánea con el escarpe mismo.

En cuanto a los rellenos, estos se realizarán sobre la extensión del terreno de la etapa en ejecución solamente, este material corresponderá a arenas que vienen totalmente humedecidas por lo que, tanto en su traslado como en la disposición al interior del predio no se levantará polvo por este concepto. Igualmente, durante la compactación de los rellenos, el material debe ser humedecido prácticamente a la saturación, condición óptima de compactación de suelos granulares, a fin de alcanzar las exigencias estructurales de los mismos, por lo que durante este proceso la re suspensión de polvo al ambiente será mínima. Además, se exigirá que el traslado de áridos se realice con la completamente tapada con carpas para evitar la dispersión de material particulado a la atmósfera y el material de empréstito al llegar al predio será inmediatamente distribuido.

Como medio de verificación de que el transporte de los áridos se realiza con la carga tapada al momento del ingreso de los camiones al área del proyecto se revisará en portería el estado de la carpa y la efectividad del encarpado, lo que quedará registrado en una bitácora.

En cuanto al control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá a los vehículos y maquinarias que desarrollen labores en el proyecto, mantenciones periódicas y al día, de acuerdo a la normativa vigente.

b) Etapa de Operación:

Para la etapa de operación se consideró que las emisiones provienen de las estufas a leña instaladas para la calefacción de las casas y las emisiones de los vehículos livianos que circularán en el área del proyecto.

Hay que destacar que se consideró el caso más desfavorable, en donde todas las casas del loteo utilizarán estufas a leña. En la tabla siguiente, se presenta la estimación de emisiones.

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Tabla n*8. Estimación de emisiones en etapa de operación.

Actividad Emisiones (ton/año) MP10 |MP2,55| CO NOx HC | SOx Emisiones de estufas a leña | 46,088 697,8 2,66 0,38 Emisión de gases de 1,469 | 0,143 | 0,488 combustión de vehículos livianos

Resuspensión de MP10 por 1,542 | 0,373 circulación de vehículos livianos

Emisiones Totales 47,63 | 0,373 ¡699,27 | 2,803 |0,488 0,38

3.5.2. Residuos Sólidos

a) Etapa de construcción:

Los residuos sólidos de esta etapa corresponden principalmente a residuos de obra y residuos domésticos.

Residuos de Obra: Los residuos de obra son escombros provenientes del escarpe o de los excedentes de materiales de construcción como trozos de madera, fierro, envases y otros similares, plástico, cartón y algunos restos de hormigón, entre otros.

Las basuras arrastradas y la vegetación cortada de la limpieza del área se acopiarán transitoriamente al interior del predio, en un lugar retirado de los deslindes habitados para posteriormente ser dispuestos en un relleno sanitario autorizado sanitariamente y ambientalmente, ya que cumplen con lo indicado en el D.S N*189 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básica en los Rellenos Sanitarios, artículo 57”, toda vez que no existirán obras de demolición o similares, y serán transportados por una empresa debidamente autorizada, y que cumpla con la normativa vigente o por la propia empresa constructora.

El titular actuará conforme a lo definido en el Acuerdo de Producción Limpia (APL) del sector construcción suscrito en la Región del Biobío, para efectos de definir escombros y residuos asimilables a urbanos, entre otros términos.

En cuanto a los restos de materiales de construcción categorizados como no peligrosos porque no generan corrosión, no son tóxicos, no presentan reactividad y no presentan inflamabilidad a temperatura ambiente y a la de trabajo, se estima que será necesario retirar de la obra cada mes, durante el plazo de ejecución de cada loteo, aproximadamente el volumen equivalente a 10 mP, los que son almacenados temporalmente en contenedores identificados y que se transportarán por una empresa autorizada a relleno sanitario con autorización sanitaria y ambiental o reciclaje.

Residuos Domésticos: Los residuos domésticos corresponden a la basura común generada por el personal laboral se manejará en contenedores cerrados en oficinas, baños, vestuarios y comedores de la instalación de faenas.

La cantidad de basura media se estima en 20 Kg/día, los que se disponen lunes, miércoles y viernes en un contenedor mayor en el frontis de la obra para ser retirados por el servicio de aseo municipal concesionado y destinados a relleno sanitario autorizado ambientalmente y sanitariamente.

13

b) Etapa de Operación:

Residuos Domésticos: Se generarán residuos sólidos domésticos urbanos que son almacenados por cada propietario en sus viviendas.

La cantidad de basura doméstica se estima en 1 Kg/persona-día, por lo que, diariamente los loteos aportarán 600 kilos por día cada uno, los que serán retirados por el servicio de aseo municipal concesionado por la Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz y destinados a relleno sanitario autorizado ambientalmente y sanitariamente.

3.5.3. Residuos Líquidos

a) Etapa de construcción:

Los residuos líquidos generados durante esta etapa, provenientes los baños, duchas, comedores de la instalación de faenas se evacuarán al servicio de alcantarillado público de la empresa concesionaria ESSBIO S.A

b) Etapa de operación:

En la Etapa de Operación funcionará de manera permanente la asistencia de servicios sanitarios por parte de la Empresa ESSBIO S.A.

3.5.4. Residuos Peligrosos

En cuanto a los envases de pintura al óleo y de adhesivos vacíos brochas, guaipe o telas de limpieza que se emplean en la aplicación de pinturas, así como el material usado para estancar y/o limpiar la zona de un eventual derrame, se dispondrán en contenedor identificado e etiquetado como inflamable Clase 3, se tramitará la correspondiente autorización sanitaria para el sitio destinado al almacenamiento dentro de la Obra de los residuos antes señalados, y el transporte y disposición final se realizará con empresas autorizadas sanitariamente y ambientalmente para el tratamiento y disposición de este tipo de residuos.

No se considera el almacenamiento de residuos provenientes de la mantención de los vehículos involucrados en la construcción, ya que éstas se realizarán en lugares debidamente autorizados y fuera del recinto del proyecto. Tampoco se considera la instalación de un surtidor de combustible en obra.

3.5.3. Ruido

Se realizó un estudio acústico para la etapa de construcción, asumiendo 100% de simultaneidad del uso de maquinarias, todas inmediatamente vecinas al receptor más cercano, en condiciones climáticas de temperatura y humedad ambiente favorable para la propagación de ruido. Los niveles de ruido proyectados para el horario diurno, ya que sólo en este horario se realizarán trabajos, se presentan en la siguiente tabla.

Tabla n* 9. Evaluación de niveles de ruido para la etapa de construcción.

Nivel Ruido de Nivel máximo Cumplimiento Punto | Proyectado Fondo permitido Normativo dB(A) dB(A) diurno (dBA) (D.S. N? 38) 1 78 43 65 No cumple 2 66 45 65 No cumple

14

3 56 44 65 Cumple 4 60 42 65 Cumple 5 51 47 65 Cumple 6 52 41 65 Cumple

De acuerdo a las proyecciones realizadas, las viviendas que se encuentran más cercanas a la ubicación del proyecto y que corresponden a las de Villa Evangelista, son aquellas que se verán directamente afectadas por las emisiones de ruido de las actividades de construcción.

Para dar cumplimiento a la normativa, es necesario instalar una barrera perimetral de una densidad no menor a 808 Kg/m3 y de al menos 4 m de altura. La ubicación de la pantalla debe evitar la propagación directa del ruido generado en la obra hacia los receptores de la Villa Evangelista y deberá estar orientada en relación a la ubicación de los receptores, considerando la menor distancia posible entre fuente emisora y barrera con el fin de asegurar el óptimo rendimiento de ésta.

Para determinar la efectividad de esta medida, se realiza una proyección del nivel de ruido considerando la barrera perimetral, y los resultados se presentan en la tabla siguiente.

Tabla n* 10. Evaluación cumplimiento normativo considerando medidas de control para la etapa.

. Nivel máximo Cumplimiento Nivel Proyectado Po Ñ . Punto aB(A) permitido diurno normativo

(dBA) (D.S. N” 38/11)

1 65 65 Cumple

2 61 65 Cumple

3 56 65 Cumple

4 60 65 Cumple

5 51 65 Cumple

6 52 65 Cumple

Como medidas de control del cumplimiento normativo, durante la etapa de construcción se realizarán mediciones de acuerdo a la metodología señalada en el D.S 38/11 MMA, luego de la instalación de la pantalla acústica, a fin de verificar la atenuación requerida.

Estas mediciones se realizarán para cada loteo, en el período de Movimientos de Tierra, ya que en esta fase se generan mayores emisiones de ruido debido al mayor uso simultáneo de equipos y maquinarias. Se considerará la condición más desfavorable en términos de emisión, esto es cuando el frente de trabajo esté situado én la posición más cercana a los receptores de Villa Evangelista y se enviará un Informe de Medición con los resultados obtenidos a la Seremi de Salud, Superintendencia de Medio Ambiente con copia informativa al Servicio de Evaluación Ambiental, en cada oportunidad que se realice. El informe incluirá:

Condiciones de medición

Puntos de evaluación

Fuentes de emisión

Resultados de las mediciones

Evaluación de resultados (comparación con la normativa D.S. N* 38/11) Comparación de resultados con informes anteriores, desde el segundo informe. Conclusiones

Fichas de medición

Certificados de calibración de equipos

...0Á.Á2.n.b...0e0.2.2.0.o—o.—..oa

15

4, Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Loteo Costa Pacífico Etapas II y III, San Pedro de la Paz" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple

con:

4.1 Normas de Emisión y otras Normas Ambientales:

Cuerpo legal

Nombre de la Norma

Forma de Cumplimiento

Ley N* 19.300

Ley de Bases del

El Titular da cumplimiento a la normativa

(modificada por la Ley N | Medio Ambiente citada, mediante la presentación del 20.417) proyecto individualizado a evaluación ambiental mediante una Declaración de Ministerio Secretaría Impacto Ambiental. General de la República. Decreto Supremo N 95/01 | Reglamento del | El Titular da cumplimiento a la normativa Sistema de Evaluación | citada, mediante la presentación del Ministerio Secretaría de Impacto proyecto individualizado a evaluación General de la República Ambiental ambiental, a través de una DIA conforme a los requisitos establecidos en el Artículo 15 del Reglamento del SEIA. Los permisos ambientales serán obtenidos dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). DFE 458 Ley General de |El proyecto considera loteos y Urbanismo y | edificaciones serán aprobados por la Ministerio de Vivienda y | Construcciones llustre Municipalidad de San Pedro de la

Urbanismo

Paz.

Decreto Supremo N' 47.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Ordenanza General de Urbanismo y Construcción

Los loteos y edificaciones serán aprobados por la Hustre Municipalidad de San Pedro de la Paz,

Decreto Supremo N* 327,

Ministerio de Minería

Fija Reglamento de la

El proyecto cumplirá todos los requisitos referente a las instalaciones eléctricas.

Decreto N* 50

Ley General de Servicios Eléctricos. Aprueba el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado “RIDAA”

En etapas de construcción y operación, la instalación de faenas y viviendas estarán conectadas a las redes de alcantarillado y agua potable de ESSBIO.,

Decreto Supremo N? 144

Ministerio de Salud

Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Por efecto de la construcción del proyecto se generarán emisiones de material particulado, asociados al tránsito vehicular, maquinaria y equipos de extracción de material, carga y transporte de material; y emisiones de gases de combustión de los vehículos y maquinarias utilizadas.

De acuerdo al Informe Estimación de Emisiones presentado en la Adenda n%2, las emisiones de material particulado en la etapa de construcción se encuentran focalizadas al área del proyecto.

16

Éstas serán controladas a través del riego permanente de la zona intervenida utilizándose camiones aljibes. Se realizará riego durante las faenas de escarpe y rellenos, durante la etapa de edificación y urbanización, se regará en todas las zonas de circulación de vehículos al interior del predio y sobre el material de estabilizado que conformará las bases de los pavimentos. Se mantendrá en obra en forma permanente un camión aljibes equipado con manifold de riego y para verificar el cumplimiento del riego se dispondrá de una bitácora que registre la frecuencia de recorridos del camión aljibe. Además, se exigirá el total encarpe de los camiones que salgan del área del proyecto con áridos, y se exigirá respetar la velocidad máxima de circulación por los caminos (30 km/h).

Para controlar los gases de combustión, todos los vehículos y maquinaria a utilizar por el proyecto contarán con su revisión técnica al día, prohibiéndose la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape.

En el caso de la etapa de operación, se han estimado las emisiones considerando que todas las viviendas utilizarán leña para la calefacción, de acuerdo a lo solicitado por la SEREMI de Medio Ambiente. En cuanto a la generación de agua caliente sanitaria, todas las viviendas contarán con calefones a gas licuado.

Decreto Supremo N* 75/1987.

Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Establece Condiciones de Transporte de Carga que Indica

El titular exigirá que todo vehículo que circule con material, con especial atención al transporte de áridos, desde y hacia el lugar del proyecto deberá encarpar su carga, condición que antes de salir de la faena será verificada en la Portería, llevándose control escrito de dicha verificación, consignándose patente del camión, día y hora del viaje y lugar de destino.

Decreto Supremo N? 158.

Ministerio de Obras Públicos

Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden circular por Caminos Públicos.

En etapa de Construcción se utilizará maquinaria pesada y camiones para el transporte que respeten la normativa

Decreto Supremo N* 55.

Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Establece normas de emisión de contaminantes

aplicables a los

Todos los vehículos motorizados pesados y livianos que serán utilizados contarán con su revisión técnica al día.

17

vehículos motorizados pesados

Decreto Supremo N* 38/2012.

Ministerio del Medio Ambiente.

Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Las principales fuentes de emisión de ruido en la etapa de construcción corresponden a las maquinarias, camiones y herramientas. Los receptores más cercanos están ubicados mayoritariamente hacia el sur y hacia el oriente del loteo, en las poblaciones Villa Evangelista y Costa Pacífico Etapa L respectivamente.

De acuerdo al estudio acústico, presentado en la Adenda N*1, en donde se consideró la peor condición, la proyección de ruido indica que no se cumplirían con los niveles de ruido permitidos para 2 receptores ubicados en la Villa Evangelista. Para lo anterior, se instalará una barrera perimetral de una densidad no menor a 808Kg/m? y de al menos 4 m. de altura, con lo cual se proyecta dar cumplimento a esta normativa.

Como medidas de control del cumplimiento normativo se realizarán mediciones para cada loteo de acuerdo a lo indicado en la Adenda N%2, en el período de movimientos de tierra, ya que en esta fase se generan mayores emisiones de ruido debido al mayor uso simultáneo de equipos y maquinarias. S considerará la condición más desfavorable en términos de emisión, esto es cuando el frente de trabajo esté situado en la posición más cercana a los receptores de Villa Evangelista y se enviará un Informe de Medición con los resultados obtenidos a la Seremi de Salud, Superintendencia de Medio Ambiente con copia informativa al Servicio de Evaluación Ambiental, en cada oportunidad que se realice. El informe incluirá:

  • Condiciones de medición

  • Puntos de evaluación

  • Fuentes de emisión

  • Resultados de las mediciones

  • Evaluación de resultados (comparación con la normativa D.S. N* 38/11)

  • Comparación de resultados con informes anteriores, desde el segundo informe,

  • Conclusiones

18

  • Fichas de medición
  • Certificados de calibración de equipos

Decreto Supremo N* 594/1999

Ministerio de Salud.

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los Lugares de Trabajo.

En la etapa de construcción los servicios de agua potable y alcantarillado para la instalación de faenas, se obtendrán mediante conexión con las correspondientes redes públicas, para lo cual se tramitará ante ESSBIO la unión de alcantarillado y arranque de agua potable, provisorios durante el plazo que duren las faenas.

Los restos de pinturas y adhesivos se manejarán y almacenarán como residuos peligrosos, cumpliendo con el D.S N* 148, y no serán descargados por ningún motivo al sistema de alcantarillado. El transporte desde el lugar de las obras y la disposición final se realizará con empresas autorizadas sanitariamente y ambientalmente.

De acuerdo a lo señalado por el titular en obra no existirán estanques de almacenamiento de combustibles líquidos.

En la etapa de operación, las viviendas se encontrarán todas conectadas al sistema de agua potable y alcantarillado público, y los residuos generados serán residuos asimilables a domiciliarios que serán retirados por el servicio de aseo municipal concesionado por la Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz y dispuestos en relleno sanitario autorizado ambientalmente y sanitariamente.

Decreto Supremo N*148/2003.

Ministerio de Salud.

Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos

En la etapa de construcción del proyecto se generarán envases de pintura al óleo y de adhesivos vacíos brochas, guaipe o telas de limpieza que se emplean en la aplicación de pinturas, así como el material usado para estancar y/o limpiar la zona de un eventual derrame. Éstos se dispondrán en contenedor identificado e etiquetado como inflamable Clase 3.

Como la cantidad es inferior a 12 toneladas, y por consiguiente el generador no queda obligado a un Plan de Manejo.

Se tramitará la correspondiente Autorización Sanitaria, sectorialmente para el sitio destinado al almacenamiento dentro de la obra de los residuos antes señalados.

19

El transporte y disposición final de los residuos peligrosos se realizará con empresas autorizadas sanitariamente y

ambientalmente. Ley N* 17.288/70. Ley sobre | En el caso de un hallazgo arqueológico Monumentos con ocasión de cualquier excavación o Ministerio de Educación. | Nacionales movimiento de tierra del proyecto.se

procederá de la siguiente forma:

  • Se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo.

  • Se dará aviso inmediatamente al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales, según lo señala el Artículo 23 del reglamento de la ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

  • Se dará aviso, de manera

informativa, inmediatamente al SEA.

4.2 Permisos Ambientales Sectoriales:

Este proyecto no requiere del otorgamiento de permisos ambientales sectoriales, indicados en el D.S. N* 95/2001 “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Loteo Costa Pacífico Etapas II y III, San Pedro de la Paz” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

5.1, Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el literal a), del artículo 11 de la Ley N” 19.300, es posible indicar que, teniendo en cuenta las características del proyecto, según lo detallado en el Punto 3.5, “Aspectos Ambientales” de la presente resolución, así como también en el Punto 4.1. “Normas de Emisión y otras normas ambientales”, este proyecto no genera efluentes, emisiones o residuos que presenten riesgo para la salud de la población, por lo que no le resultan aplicables las letras a) del artículo 11 de la Ley 19.300. Esto en atención a lo siguiente:

Durante la etapa de construcción se emitirá principalmente material particulado debido al tránsito de vehículos y maquinarias por caminos no pavimentados, por el transporte y disposición de material de relleno y la acumulación de material de escarpe. De acuerdo la modelación presentada en el Informe Estimación de Emisiones en la Adenda n”2, las emisiones se concentran sólo al área del proyecto. Como medio de control de estas emisiones se realizará el riego permanente de la zona intervenida utilizándose camiones aljibes, se realizará riego durante las faenas de escarpe y rellenos, durante la etapa de edificación y urbanización, se regará en todas las zonas de circulación de vehículos al interior del predio y sobre el material de estabilizado que conformará las bases de los pavimentos. Se mantendrá en obra en forma permanente un camión aljibes equipado con manifold de riego y para verificar el cumplimiento del riego se dispondrá de una bitácora que registre la frecuencia de recorridos del camión aljibe. Además, se exigirá el total encarpe de los camiones que salgan del área del proyecto con áridos, y se exigirá respetar la velocidad máxima de circulación por los

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caminos (30 km/h). En la sección 3.5.1 de este informe se presentan más antecedentes sobre las emisiones.

En cuanto a la emisión de residuos líquidos, tanto en la fase de construcción como de operación, las faenas y las viviendas estarán conectadas al sistema de alcantarillado público y finalmente, las aguas servidas son tratadas en una planta tratamiento con autorización sanitaria y ambiental.

Con respecto a los residuos sólidos, en la etapa de construcción se generarán desechos de construcción no peligrosos que serán almacenados temporalmente en contenedores identificados y que se transportarán por una empresa autorizada a relleno sanitario con autorización sanitaria y ambiental o reciclaje. En cuanto a los residuos domésticos son almacenados al interior de la obra en recipientes cerrados y se disponen lunes, miércoles y viernes en un contenedor mayor en el frontis de la obra para ser retirados por el servicio de aseo municipal concesionado y destinados a relleno sanitario autorizado ambientalmente y sanitariamente.

En la etapa de operación los residuos domiciliarios serán acumulados por los propietarios de las viviendas y serán retirados por el servicio de aseo municipal concesionado por la Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz y destinados a relleno sanitario autorizado ambientalmente y sanitariamente.

En cuanto a los residuos peligrosos sólo corresponde a envases de pintura al óleo y de adhesivos vacios brochas, guaipe o telas de limpieza que se emplean en la aplicación de pinturas, así como el material usado para estancar y/o limpiar la zona de un eventual derrame. Éstos se dispondrán en contenedor identificado e etiquetado como inflamable Clase 3 y el transporte y disposición final se realizará con empresas autorizadas sanitariamente y ambientalmente para el tratamiento y disposición de este tipo de residuos.

De acuerdo al análisis efectuado en la sección 3.5.5, y al estudio de ruido presentado por el titular en la Adenda n'l, se utilizarán es necesario instalar una barrera perimetral de una densidad no menor a 808 Kg/m3 y de al menos 4 m de altura en los receptores de la Villa Evangelista, ya que de esta manera se disminuye el ruido generado en la etapa de máximas emisiones de ruido. Por otro lado, se realizará un monitoreo de los niveles de ruido para comprobar la eficiencia de las pantallas propuestas.

El proyecto no genera ningún tipo de energía, radiaciones y/o vibraciones que sean un riesgo para la salud de la población.

El proyecto no generará efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos o generados que representen riesgo para la salud de la población.

5.2. Que en lo relativo a los efectos, características o circunstancias señaladas en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300 es posible indicar que, atendiendo a las características del proyecto detalladas en el Punto 3.5. “Aspectos Ambientales” del presente resolución, así como también en el Punto 4.1. “Normas de Emisión y otras normas ambientales”, el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la “p” del art. 6% del RSEIA. Esto en atención a lo siguiente:

Los efluentes líquidos del Proyecto no tendrán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos suelo, agua y aire, debido a que sólo corresponden a las aguas servidas que se manejan por el sistema de alcantarillado público tanto en etapa de construcción como de operación y su disposición final de se realizará en una

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planta de tratamiento autorizada sanitariamente y ambientalmente.

  • Con respecto a las emisiones a la atmósfera el proyecto no contempla la alteración significativa de los recursos renovables, ya que las emisiones generadas se encuentran acotadas al área del proyecto y serán controladas a través del riego permanente de la zona intervenida utilizándose camiones aljibes durante las faenas de escarpe y rellenos, durante la etapa de edificación y urbanización, se regará en todas las zonas de circulación de vehículos al interior del predio y sobre el material de estabilizado que conformará las bases de los pavimentos.

  • Los residuos sólidos corresponden a residuos domésticos que serán almacenados en contenedores debidamente rotulados, para posteriormente ser retirados, y dispuesto en un relleno sanitario autorizado sanitariamente y ambientalmente.

  • Con respecto, a los niveles de ruido es relevante destacar que la zona de emplazamiento del proyecto se encuentra ubicada en un sector residencial, ya intervenido, y no se encuentra fauna nativa asociada, por lo que los niveles de inmisión de ruido del proyecto no inciden en la nidificación, reproducción o alimentación de esta fauna.

o El proyecto no genera ningún tipo de energía, radiaciones y/o vibraciones que sean un riesgo para los hábitats cercanos.

o El proyecto no emitirá ni generará, efluentes, emisiones, ni residuos, que combinando o interactuando entre ellos, puedan afectar los recursos naturales renovables presentes en el área del proyecto.

o El proyecto no genera emisiones significativas de contaminantes que pudieran afectar la calidad ambiental de los recursos naturales renovables que se encuentran cercanos al proyecto, ya que el lugar de emplazamiento del proyecto se encuentra intervenido y se localiza en una zona residencial.

e El proyecto no contempla la intervención y/o explotación de especies nativas o especies protegidas en ninguna de sus categorías, en toda o parte de la superficie predial, por lo contrario, el predio donde será ejecuta el proyecto se encuentra eriazo, sin plantaciones de ningún tipo y con bastante basura.

e El proyecto no contempla la intervención ni la explotación de ningún tipo de recurso hídrico.

« El proyecto no contempla la introducción al territorio nacional de ninguna especie de flora o de fauna, ni la introducción o uso de organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.

  • El proyecto no contempla superficie que pueda perderse por erosión, compactación o contaminación, ya que el uso del terreno es inmobiliario.

  • El proyecto no afectará ni intervendrá la diversidad biológica del sector en ninguna de las etapas del proyecto.

5.3, Que en lo relativo a los efectos a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra c) del artículo 11, de la Ley 19.300 es posible señalar que, atendiendo a la naturaleza y características propias del proyecto, el proyecto no implica cambios en las dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socio-económica y de bienestar

10.

11.

22

social básico, por lo que se estima que no le resultan aplicables las letras “a” a la “e” del Art. 8 del RSEIA.

5.4. Que en lo relativo a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra d) del artículo 11, de la Ley 19.300 es posible indicar que atendiendo a las características, naturaleza, ubicación del proyecto así como lo informado por los servicios públicos con competencia ambiental, el proyecto no genera o presenta dichos efectos, características o circunstancias, dado que el área donde se efectuará la construcción del Proyecto, no corresponde a una propiedad perteneciente a la categoría de propiedad indígena, tampoco existen en sus cercanías población protegida por leyes indígenas, recursos protegidos o áreas protegidas o bajo protección oficial.

5.5. Que en lo relativo a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra e) del artículo 11, de la Ley 19.300, se debe indicar que el proyecto no modificará la morfología del terreno y no intervendrá zonas con valor paisajístico y/o turístico o un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley N” 1,224 de 1975. La ejecución del proyecto se ajusta a la planificación estratégica territorial de la comuna.

5.6. Que en lo relativo a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra f) del artículo 11, de la Ley 19.300, debe indicarse que el proyecto no se encuentra próximo o adyacente a algún monumento nacional, histórico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, todo ello de acuerdo a las definiciones contenidas en la ley N*17.288 de Monumentos Nacionales.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a esta Comisión, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

Que, para que el proyecto "Loteo Costa Pacífico Etapas II y II, San Pedro de la Paz" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a esta Comisión, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Superintendencia del Medio Ambiente y a esta Comisión, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y domicilio.

Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

RESUELVE:

1

CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Loteo Costa Pacífico Etapas U y III, San Pedro de la Paz", del titular Constructora García Gross y Cia. Ltda., RUT: 78.773.950-4; representado legalmente por el señor Waldo Alfredo Rodriguez Salazar, RUT: 7.945,384-6.

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Loteo Costa Pacífico Etapas II y TIL San Pedro de la Paz" cumple con la normativa

23

de carácter ambiental y que no requiere de un Estudio de Impacto Ambiental, según lo establecido en el artículo 11 de la Ley N 19.300 modificada por la Ley N 20.417.

  1. Hacer presente que la presente Resolución no exime a Constructora García Gross y Cia. Ltda., o a quién le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicita las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo a la legislación presente, deben emitir los organismos del Estado competentes, debiendo remitir copia de ellas a esta Comisión, dentro de un plazo de 10 días hábiles.

  2. Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.

  3. Disponer que la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas por ella establecidas.

  4. Disponer que el titular del proyecto deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de las normas, condiciones y medidas establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y que correspondan a cada una de las etapas o fases del proyecto, permitiendo para ello su acceso a las diferentes partes y componentes del mismo, cuando ello le sea solicitado y facilitando la información y documentación que para ello se requiera, por él o los órganos de la Administración del Estado competente en la materia

  5. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción legal que estime oportuna.

_Anótese, Notifíquese, C; m níquese y Archívese

ictor Lobos del Fierro Intendente Presidente Comisión de Evaluación de la

Región del Biobío

ción Ambiental

Región del Biobío

NN be,

Distribución:

  • Titular del proyecto “Loteo Costa Pacífico Etapas II y IM, San Pedro de la Paz”, Constructora García Gross y Cia. Ltda.

C/C:

24

Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío. Gobierno Regional, Región de Biobío.

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío. SEREMI MOP, Región del Biobío.

SEREMI de Salud, Región del Biobío.

SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío. Superintendencia de Medio Ambiente.

Dirección Regional del SEC, Región del Biobío.

Dirección Regional del SERNAGEOMIN, Región del Biobío. Dirección Regional del SAG, Región del Biobío.

Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío.

Dirección Regional del Vialidad, Región del Biobío.

Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz.

Expediente de Evaluación Ambiental del proyecto “Loteo Costa Pacífico Etapas II y III, San Pedro de la Paz”.

Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío.