"SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN"
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DE AYSÉN
VISTOS:
Califica Ambientalmente el proyecto "SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN”"
Resolución Exenta N* 105
Coyhaique, 8 de Mayo de 2013
- La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE
ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN", presentada por SALMONES CAMANCHACA S.A., representada por el Sr. Álvaro Poblete, con fecha 28/01/2013.
- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de impacto Ambiental, las
cuales se contienen en los siguientes documentos:
2.1. Con relación a la DIA del Proyecto
Institución ORD. N? Fecha Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén 2629 11/02/2013 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén. 23-EA/2012 14/02/2013 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/87 19/02/2013 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 075 18/02/2013 Subsecretaría de Pesca 500 20/02/2013 Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén 071 20/02/2013 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 217 21/02/2013 Informes de compatibilidad territorial; políticas, planes y programas, Regional y Comunal Institución ORD. N? Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/73 12/02/2013 Gobierno Regional, Región de Aysén 274 07/02/2013 b) Con relación a la Adenda N” 1 del Proyecto Institución ORD. N? Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/144 12/04/2013 3. El Acta de Evaluación N* 27/2013, del Comité Técnico de fecha 02 de mayo de 2013.
-
El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto "SISTEMA DE ENSILAJE : CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN", de fecha 06 de Mayo de 2013.
-
El Acta de la Comisión de Evaluación Región de Aysén, de Sesión Ordinaria N* 01-05/2013, de fecha 07 de mayo de 2013.
- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE
ES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSEN".
- La Ley N 19,300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; el D.S. N 95, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; la Resolución Exenta N 01, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de enero de 2013, que nombra como Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Aysén a don Christian Betancourt Guerra; y, la Resolución Exenta N* 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite
de Toma Razón.
CONSIDERANDO:
1.- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos : ambientales aplicables al Proyecto "SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN".
2.- Que, el derecho de SALMONES CAMANCHACA S,A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que
deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN", consiste en:
3.1. Tipología de Proyecto:
08- Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el titular presenta como parte integrante de su proyecto un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.
3.2. Cronograma de Actividades
Etapa Fecha Inicio Fecha Término Levantamiento Información | Diciembre 2012 | Mayo 2013 Construcción Enero 2015 Febrero 2015 Operación Febrero 2015* | -
*Tanto construcción como operación podrán adelantarse o aplazarse dependiendo del plan de producción de Salmones Camanchaca S.A., lo que será informado oportunamente al SEA
3.3. Monto de Inversión: USD 70.000
3.4. Vida útil: Indefinida, mientras el centro de cultivo esté operando.
3.5, Mano de Obra:
Etapa Mano de obra promedio | Mano de obra máximo Etapa de construcción 4 5 Etapa de operación 2 3 Etapa de abandono 4 5
3.6. La superficie conforme Resolución (M) N* 2066/2010, que otorgó la concesión de acuicultura, es de 11,37 há., siendo esta
superficie coincidente con la indicada en la Resolución Exenta SSP N* 4034/2009 que aprobó proyecto técnico y cronograma de actividades.
3.7. Localización:
Ubicación | Paso del Chacao, al suroeste de isla Leucayec
Comuna _Guaitecas | Región _ | Décima primera región de Aysén
3.8. Coordenadas Geográficas:
Vértice Coordenadas Geográficas Coordenadas Geográficas Carta Shoa 803 Datum WGS-84(Regularización Cartográfica, se adjunta ficha FIP, carta SHOA 8400) Latitud (S) Longitud (W) Latitud (S) Longitud (W) A S4406'59.34" WO73"40'02.78" S4407'02.09" W07339'37.58" B S44"08'59.34" W07339'47.80" S4407'02.07" W073"39'22.78" Cc S44%07'10,40" VW073"39'47.80" S4407'12.99" W073"39'22.75" D S4407'10.40" W07340'02.78" S44*07'13.01" W073"39'37,55"
Fuente: Resolución de Marina N* 2066/2010 y ficha FIP
3.9. Descripción del Proyecto
El proyecto postula la instalación y operación de un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad generada al interior del centro de cultivo "Suroeste Leucayec”, autorizado mediante Resolución (SUBPESCA) N* 4034 de 2009, código de centro 110860.
El centro de cultivo cuenta con las siguientes autorizaciones:
» RCA N371/2008 » Res. N 241/2009 + Resolución Subpesca N* 4034/2009
Ficha FIP
» Resolución SS.FF.AA. 2066/2010 + Resolución SS.FF.AA. 9365/2011 » Resolución SS.FF.AA. 59/2012
3.9.1. Fase o Etapa de Construcción.
Plataforma de Mortalidad o Ensilaje
El pontón de Ensilaje se considera ubicar en el interior de la concesión y en forma independiente de las demás instalaciones del centro. El ensilaje se realizará en contenedores herméticos y de material resistente al ácido, Todos los equipos usados en el ensilaje serán lavados con posterioridad al procedimiento. Todos los trasvasijes del producto del ensilaje se realizarán mediante sistemas de bombeo y acople, herméticos y resistentes al producto transportado y con una estructura que impida absolutamente el vertimiento y escurrimiento de la mezcla.
El sistema de tuberías, válvulas y fittings considerará material resistente como el polietileno y soportados por estructura metálica galvanizada. El tablero eléctrico contendrá luces de presencia de fases, luz piloto de funcionamiento, luz piloto de falla, pulsador parar, botón de paro de emergencia, automático general, sistema de partida suave.
La energía del sistema se generará a partir de un generador de 20 kVA, el cual se ubicará en un sector totalmente aislado del sistema de ensilaje. De ser necesario, y para el correcto funcionamiento del sistema de ensilaje, se podrá considerar el uso de un generador de potencia distinta a la antes señalada.
Todo el sistema de ensilaje se instalará al interior de un pretil con capacidad para derrame equivalente al 110% del volumen máximo del estanque de acopio.
Características constructivas, o semejante, que el Titular garantizará de la plataforma de mortalidad.
Descripción Dimensiones y Características Dimensiones Eslora (6 m); Manga (6 m) y Puntal (1,6 m) Volumen estanque ensilaje 21m
Volumen estanque triturador | 0,7 m* (rendimiento 650 kg/h)
Materiales de Fabricación - Casco pontón: acero estructural, galvanizado u hormigón - Estanque triturador: acero inoxidable 316-L (3 mm)
- Estanque de ensilaje (silo): plancha de acero (5mm)
-
Cubierta: plancha de acero plana (5 mm)
-
Todas las planchas en espesor de 5 mm El proyecto considerará lo establecido en el documento “Orientación para las Actividades de Ensilaje en los
-
Bomba de recirculación: acero inoxidable (40 m*/h)
-
Piping: HDPE (diámetro PN10 PE100) Centros de Cultivo de Salmónidos", emitido por DIRECTEMAR, en lo que respecta a la Plataforma de Mortalidad.
-
Acople descarga: Inoxidable 3"
- Bomba vaciado: 300L/min
3.9.2. Etapa o Fase de Operación.
De acuerdo a las estimaciones operacionales del centro, la mortalidad estimada es de 10 % del total de peces ingresados; por lo que la mortalidad diaria será procesada por el sistema de ensilaje propuesto. Para eventos con mortalidades superiores, se realizará el retiro de la mortalidad en bins con destino a plantas reductoras autorizadas.
La recolección se realiza diariamente mediante buceo y por colecta manual en superficie. La mortalidad será depositada en baldes de 60 L los que contarán con tapa hermética y serán llevados al pontón de ensilaje. El ensilado será dentro de las próximas 24 horas, previa determinación de cuantificación y clasificación de la causa de muerte.
El sistema de ensilaje propuesto, tiene una capacidad de almacenamiento de 21 mí. Si consideramos que la
relación es 1:1, es decir 1 ton de mortalidad corresponde a 1m* del silo, se tiene entonces que el estanque tiene una capacidad de 21 toneladas de mortalidad; de acuerdo a la recomendación del proveedor se debe trabajar a una
capacidad del 80%, es decir, equivalente a 16,8 m',
La mortalidad estimada por ciclo de producción para el centro Leucayec es de 271,927 kilos, equivalente a 271,9 ton. La presente tabla detalla la mortalidad mensual estimada del centro, con la capacidad de almacenamiento y
frecuencia de retiro del ensilaje.
Meses Mortalidad (kg) Ensilaje (m3) Ocupación silo Retiro m3 (80%) 1 3.360 3,36 16,8 Retiro 2 5.130 5,13 16,8 3 7.327 7,33 16,8 4 10.104 10,10 16,8 Mensual 5 13.583 13,58 16,8 Mensual 6 17.591 17,59 16,8 Quincenal 7 22.046 22,05 16,8 Quincenal 8 26.841 26,84 16,8 Quincenal 9 31.858 31,86 16,8 Quincenal 10 36.976 36,98 16,8 Cada 10 días 11 33.664 33,66 16,8 Cada 10 días 12 15.736 15,74 16,8 Mensual 13 11.031 11,03 16,8 Mensual 14 7.704 7,70 16,8 Retiro 15 8.303 8,30 16,8 16 8.701 8,70 16,8 17 7.676 7,68 16,8 Retiro 18 4.298 4,30 16,8 Retiro
Cabe destacar que la generación de mortalidad y su frecuencia de retiro podrán variar dependiendo de la mortalidad efectiva a lo largo del ciclo de producción, teniendo en consideración las recomendaciones del fabricante
(80% de ocupación del silo)
Operación General del Sistema de Ensilaje
El método de control de ensilaje está diseñado para dar un óptimo tratamiento de mortalidad para procesamiento local en centros de acuicultura. Contempla un estanque para moler, la dosificación de ácido, un estanque de retención y un pretil antiderrame.
Para un buen funcionamiento se debe tener en cuenta las siguientes precauciones:
» La tapa del estanque triturador deberá permanecer cerrada siempre, excepto cuando se cargue la mortalidad
fresca + No manipular ácidos sin adecuado equipo de protección + No realizar ninguna manipulación con las maquinas en funcionamiento. +» Esta unidad requiere de capacitación especial. No intentar operar sin tal capacitación + Desconectar toda la electricidad antes de hacer mantenimiento en el triturador
El operador a cargo (área sucia) es el responsable de trasladar la mortalidad dentro de envases de mortalidad con tapa acondicionados para evitar derrame hasta el sistema de ensilaje.
Será dispuesta sólo la mortalidad en el estanque triturador, tomándose todas las medidas de protección personal pertinente y se cerrará la escotilla del estanque.
Las bolsas que se pueden utilizar para el transporte de mortalidad, serán acopiadas, desinfectadas y almacenadas en un Bins o contenedor para despachar como residuo industrial. Se dejará registro de este despacho señalando desinfección de las bolsas.
El operador a cargo (área sucia) es el responsable de lavar, desinfectar y devolver los tachos de mortalidad al área limpia, en la zona de encuentro determinada. Idealmente el trayecto de área sucia no debiera ser el mismo del área
limpia. Dosificación y aplicación del ácido fórmico
Periódicamente hay que medir el nivel de pH y ajustar la dosificación. Normalmente pH debe ser menor a 4, Para lograr lo anterior, la correcta aplicación de dosis de ácido fórmico tradicional o ácido fórmico tamponado incorporado
a la molienda homogéneamente es imprescindible. Para el instructivo siguiente se considera acido fórmico de 85% de concentración. DOSIFICACION DEL Ácido fórmico.
- 25 Its por tonelada de mortalidad de piscicultura.
- — 30lts. Por tonelada de mortalidad de mar o reproductores.
A fin de facilitar el control de los volúmenes de pescado procesado y de ácido consumido, así como lograr la adecuada pasivación del ensilado (producto homogéneo en su condición de pH 4.0), se llevará una planilla de
control interno. CALCULO DE LA DOSIS DE ACIDO FORMICO Para calcular el volumen de ácido a aplicar debe realizarse el siguiente calculo.
ACIDO FORMICO (Kg) = MORTALIDAD (Kg) x DOSIS ACIDO (%) DOSIS ACIDO (%) = 3.5
ACIDO FORMICO (Lts) = ACIDO FORMICO (Kg)
DENSIDAD ACIDO (Kg / cm3)
DENSIDAD ACIDO FORMICO = 1.2 Kg / cm3
En la siguiente Tabla se entregan las dosis de ácido fórmico en litros cada 10 Kg de Mortalidad.
MORTALIDAD (KG) ACIDO FORMICO (LTS)
Acido (L) | Mortalidad (kg) | Acido (L)
Mortalidad (kg)
i il Í | 1]
10 0,3 260 7,6 20 0,6 270 7,9 30 0,9 280 8,2 40 1,2 290 8,5 50 15 300 8,8 60 1,8 310 9,0 70 2,0 320 9,3 80 2,3 330 9,6 90 2,6 340 9,9 100 2,9 350 10,2 110 3,2 360 10,5 120 3,5 370 10,8 130 3,8 380 11,1 140 4,1 390 11,4 150 4,4 400 11,7 160 47 410 12,0 170 5,0 420 12,3 180 5,3 430 12,5 190 5,5 440 12,8 200 5,8 450 13,1 210 6,1 460 13,4 220 6,4 470 13,7 230 6,7 480 14,0 240 7,0 490 14,3 250 7,3 500 14,6
Para aplicación del ácido fórmico se debe:
-
Tener el volumen a aplicar.
-
Cerrar la tapa del estanque triturador.
-
Usar todos los elementos de protección.
-
Cerrar la válvula de bola de la parte inferior del vaso graduado
-
Girar lentamente la manivela de la bomba de ácido hasta trasvasijar el líquido al vaso graduado.
- Abrir la válvula de bola vaciando el ácido fórmico al interior del estanque.
Retiro de mortalidad ensilada
El retiro del ensilaje se realizará a través de embarcaciones destinadas para este fin en un contenedor hermético, estas embarcaciones están especialmente diseñadas y acondicionadas para el transporte de productos líquidos. El medio de transporte está diseñado para acoplarse al contenedor o silo y succionar el batido que se ha formado. El producto ensilado es trasladado en forma hermética, optimizándose a la vez el sistema de transporte.
Para esta operación se necesita tener conectado el estanque de acopio con la bomba de recirculación con la que impulsará el silo hacia el estanque por medio de su propia red de tuberla evitando la posibilidad de que ocurra un
derrame,
El ensilaje obtenido tendrá como destino una planta reductora especialmente habilitada y autorizada para procesar este producto.
Transporte del Ensilaje
El transporte será realizado por empresas autorizadas (Salmonoil, La Portada u otra”), que cuentan con embarcaciones autorizadas para ello. Dichas embarcaciones cuentan con estanques receptores de silo sobre cubierta y una bomba capaz de succionar el silo acumulado en los estanques de acopio ubicados en las plataformas de ensitaje. Este servicio es subcontratado a terceros, que corresponden a empresas que cuentan con embarcaciones que cumplen la legislación y que cuentan con un protocolo de desinfección así como con certificados de las desinfecciones previas. De esta manera, se garantizará el cumplimiento de la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima. Asimismo, el servicio de retiro estará diseñado para cumplir con todas las nuevas
normativas de barrios y zonas de bioseguridad.
Programa General de Lavado, limpieza y desinfección.
La empresa cuenta con una manual de higiene y desinfección que da cumplimiento con lo establecido en el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, Decreto Supremo N 319/01 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y sus modificaciones, y con la Resolución SERNAPESCA N 72/2003. Programa Sanitario General de Manejo de
Limpieza y Desinfección.
El manual será implementado para estandarizar y normar el trabajo de los centros de cultivo en lo que se refiere a la organización y aplicación de los procedimientos de limpieza y desinfección. Las medidas de limpieza y desinfección se aplican a los recintos, materiales, implementos, equipos, infraestructura, personal, vestuario así como a las embarcaciones y medios de transporte que se mueven desde y hacia los centros de cultivo ya sea para el retiro y/o la entrega de peces, cosechas, desechos, mortalidades e insumos necesarios.
Siendo sus objetivos:
$ Establecer las condiciones de organización y aplicación de los procedimientos de limpieza y desinfección en los centros de cultivo de peces que permitan mantener las condiciones de bioseguridad del Centro con la finalidad de inactivar, controlar y prevenir la transmisión y diseminación de agentes patógenos.
$ Prevenir la transmisión y diseminación de microorganismos, en especial agentes patógenos, a través de vectores, fomites y/o sustancias contaminantes, ya sea al interior del centro, desde o hacia otros centros
de cultivo, o al medio ambiente. 3.9.3. Procedimientos, Instructivos y Planes de Contingencia
Se adjunta los siguientes procedimientos, instructivos y planes de contingencia:
-
Manual de higiene y desinfección
-
Plan de contingencia ante vertimientos en faenas de higiene y desinfección
-
Procedimiento de manejo de químicos
-
Plan de contingencias ante mortalidades masivas
-
Plan de contingencia ante derrame o falla sistema ensilaje
- Plan de contingencia transporte ácido fórmico, el transporte de ácido fórmico se realizará según se
especifica en dicho plan o bien con proveedores que cumplan con la reglamentación que sea pertinente.
3.9,4. Etapa de abandono
No considera una etapa de cierre o abandono, ya que se contempla realizar una permanente mantención y recambio de las estructuras cuando éstas se deterioren o se vuelvan obsoletas, pero en el caso se realizarse el abandono del proyecto, el pontón de ensilaje será destinada a otro centro de cultivo que cuente con autorización.
3.9.5. Descargas, Emisiones y Residuos 3.9,5,1. Descargas de efluentes líquidos
Los residuos líquidos podrán ser ingresados al estanque picador del ensilaje, o bien ser retirados desde el centro hacia lugares de disposición autorizados. El volumen de los residuos líquidos generados se estima del orden de los 28,28 litros por semana, y corresponderá a aquellos provenientes del lavado asociado a labores de ensilaje y de pediluvio. En caso de realizar retiro de residuos líquidos almacenados, se hará con una frecuencia estimada de 3
meses.
3.9.5.2 Residuos sólidos
Identificación Etapa del Volumen Tipo de Destino de los | Frecuencia residuos proyecto de residuos | manejo de los | residuos retiro residuos generados estimada generados Residuos Operación 1 m9/mes Retiro Se devolverán | 102 plásticos empresa de al proveedor veces al servicios mes Residuos Operación 2 m/año Retiro Se devolverán | Cada 6 plásticos empresa de al proveedor meses (envases IBC) servicios Operación | 0,2 mé/mes Se devolverán | Cada 2 al proveedor meses
Residuos Retiro plásticos empresa de (envases 60 L) servicios
La frecuencia de retiro es estimada, por lo que podrá variar dependiendo de la generación efectiva de residuos, condiciones logísticas (Ej. Mal tiempo) u otro
4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN" cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales.
Normativa Etapa Forma de cumplimiento A Constitución Política de Etapa de La realización de esta DÍA y su sometimiento al la República de Chile construcción y SEIA para su evaluación y aprobación, tienen por operación. objeto contribuir al cumplimiento de la garantía
constitucional: El Derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.
D.S. N” 320/01 Etapa de Mantener la limpieza del área y terrenos aledaños
MINECON operación. al centro de cultivo de todo residuo generado por "Reglamento Ambiental éste.
para la Acuicultura”. Disponer los desechos sólidos o líquidos en
depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante.
Retirar todo tipo de soporte no degradable o degradable como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro,
Impedir que las redes tengan contacto con el fondo. En cada centro deberá existir un plan de contingencia, para casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento.
Para pérdida o escape de peces, se deberá avisar al Semapesca y capitanía de Puerto correspondiente, y presentar un informe.
Sólo se podrán liberar ejemplares con la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca.
No se podrán realizar cultivos de organismos vivos modificados sin la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca.
Sólo se podrá realizar limpieza y lavado de redes con y sin anti-fouling en instalaciones que permitan el tratamiento de los efluentes.
Ds 319/2009 Etapa de Medidas preventivas.
Reglamento de Medidas | operación. Cumplir con todo el procedimiento establecido de Protección, Control y para las enfermedades de alto riesgo, tal como Erradicación de dar aviso oportuno al Servicio Nacional de Pesca. enfermedades de alto Se dará cumplimiento al presente decreto y sus riesgo para modificaciones, incorporando el uso de ensilaje de especies mortalidad del centro, además las redes serán Hidrobiológicas mantenidas, revisadas y tratadas de acuerdo a lo
normado y lo señalado por la Autoridad.
D.S. N” 345/2005, Etapa El” reglamento establece las medidas de MINECOM. Reglamento Operación protección y control para evitar la introducción de sobre plagas especies que constituyan plagas hidrobiológicas, Hidrobiológicas. aislar su presencia, evitar su propagación y
propender a su erradicación.
Las disposiciones del presente reglamento son aplicadas al traslado de organismos hidrobiológicos, como también a los efluentes descargados en cuerpos de agua receptores
provenientes de plantas de proceso, piscinas de desarenado, talleres de limpieza de artes de cultivo y demás instalaciones que operen con tales organismos.
Cumplimiento
Se dará cumplimiento al presente decreto, incorporando las medidas establecidas por ta autoridad para el traslado de organismos hidrobiológicos y además las redes serán mantenidas, revisadas y tratadas de acuerdo a lo normado y lo señalado por la Autoridad
Ley N* 19,300 MINSEGPRES “Ley de Bases del Medio Ambiente” y sus modificaciones
Etapa de construcción y operación
Cumplimiento” con las normas ambientales indicadas en la ley, por la implementación de técnicas de manejo del centro y tecnologías para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente.
D.S. N* 95/01 MINSEGPRES “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambienta'”.
Etapa de construcción y operación de Evaluación de Impacto Ambiental.
Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental para la evaluación de las etapas del proyecto, donde se demuestra cumplimiento debido a los manejos de residuos producidos, medidas para reducir los impactos sobre el ambiente tales como implementación de tecnologías de alimentación, planes de contingencia en caso de emergencia y se considera el emplazamiento del sitio respecto a grupos humanos, flora, fauna, etc.
D.S. N” 1/92 "Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática”.
Todo el Proyecto
Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional.
Ley N 19.821 "Deroga la Ley N? 3.133 y modifica la Ley N 18.902 en Materia de Residuos Industriales Líquidos”.
Todo el Proyecto
Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado,
D.S. 201/01 MINSAL “Reglamento sobre Condiciones Ambientales y Sanitarias Básicas en los Lugares de Trabajo”
Todo el Proyecto
Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado.
Niveles de ruidos compatibles con la salud de los trabajadores.
DS N* 148/03 MINSAL “Reglamento Sanitario sobre manejo de Residuos Peligrosos” *
Todo el Proyecto
Almacenaje diferenciado de residuos peligrosos, debidamente rotulados, en envases herméticos y retirados por empresa autorizada.
D.S N* 594/1999, MINSAL (Pub. D.O. 29/04/2000). Reglamento sobre condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo
Todo el Proyecto
Los lugares de trabajo, durante la instalación y construcción del proyecto, contarán con suministro de agua potable destinada, tanto para el consumo personal, como para las necesidades básicas de higiene y aseo.
Ley de Navegación, D.L. N* 2222 de 1978. Título IX, de la Contaminación Nacional.
Etapa Operación
En caso de trasporte de acido fórmico por vía marítima, el titular del proyecto presentará los antecedentes establecidos en Circular O-31/015, para obtener la aprobación de la Autoridad. Si el transporte lo efectuara un tercero autorizado, el Titular lo informará.
D.S. N* 777/1978 del Ministerio de Defensa Nacional. Código Marítimo Internacional de Mercaderías Peligrosas y sus Anexos.
Etapa Operación
El titular seguirá los procedimientos de transporte y almacenamiento establecidos en el volumen 1 y 11 del presente Código.
NCh. 382 Clasificación de sustancias Peligrosas.
Etapa Operación
En la operación del proyecto y con la finalidad principal de propender a la seguridad personal, la seguridad colectiva y de la propiedad, es que se tomarán todas las medidas tendientes a resguardar la seguridad.
NCh. 2245/2003. Sustancias Químicas
Etapa Operación
Se presentarán las respectivas hojas de seguridad según requisitos establecidos en la norma
Resolución SERNAPESCA N*66/2003.
Programa Sanitario General de Manejo de Mortalidades.
Etapa de Operación
El centro de cultivo contará con el Manual de manejo de mortalidades, en que se describa a lo menos:
Método de extracción de mortalidad y manejo inmediato seguido.
Procedimiento general de necropsia.
Método de acopio temporal.
Tratamientos de desnaturalización y disposición final de la mortalidad o residuos de este origen. Medidas emergenciales en caso de aumento súbito de mortalidad que supere la capacidad de contención habitual del centro.
Equipos y materiales utilizados.
Procedimientos de limpieza, lavado y desinfección asociados a estas actividades.
Cargo y nombre del personal responsable de la ejecución de estos procedimientos.
Sistema de registros, capacitaciones, acciones correctivas y métodos de verificación.
Dicho Manual será de cumplimiento obligatorio y deberá estar actualizado, físicamente disponible y ser conocido por el personal a cargo de su aplicación. El registro de los procedimientos indicados y capacitaciones descritas en el manual deberán ser verificables.
Sin perjuicio de lo establecido en el presente Programa, todos los procedimientos de limpieza, lavado y desinfección de los materiales y equipos usados en la manipulación, transporte y disposición final de mortalidad, sus residuos desnaturalizados o cualquier residuo de este origen, deberán, además, dar cumplimiento a lo establecido en los Programas Sanitarios Generales de Limpieza y Desinfección (PSGLD), de Transporte (PSGT) y ta normativa ambiental y sanitaria vigente.
Resolución SERNAPESCA N* 72/2003.
Programa Sanitario General de Manejo de Limpieza y Desinfección.
Etapa de Operación
Para su cumplimiento se deberá contar con un Manual, que será elaborado a objeto de cumplir las exigencias de este Programa, del Reglamento, y de las normas relacionadas, el que será de cumplimiento obligatorio.
El Manual deberá contemplar:
La descripción, frecuencia y responsable de los procedimientos de limpieza, lavado y desinfección, as! como el sistema de registro, monitoreo, acciones correctivas y verificación de éstos.
Deberá consignar la infraestructura, implementos, equipos y vehículos que deben ser limpiados, lavados y desinfectados.
Los principios activos de los productos detergentes y desinfectantes que se utilicen, así como la concentración, tiempo de exposición, metodologías de inactivación y las condiciones de almacenamiento de dichos productos.
El Manual debe incluir un Plan de Contingencia en el cual se señalen las medidas correctivas a aplicar en caso de emergencias como derrames, volcamientos u otros análogos.
Dicho Manual debe ser conocido, estar actualizado y disponible para todo el personal, ya sea en soporte de papel o digital, siempre y cuando en esta última forma se garantice que en todo momento y sin depender de condiciones externas, se podrá acceder a su contenido en el lugar, por cualquier persona o autoridad
Las labores de limpieza, lavado y desinfección deben ser realizadas conforme al Manual, y estarán supervisadas por un responsable técnico capacitado, sea que las labores las realice personal del propio centro o de una empresa externa especializada.
Además de lo establecido en el presente programa, los procedimientos de limpieza, lavado y desinfección deberán respetar y dar cumplimiento a las disposiciones que establece el Reglamento y las demás normas vigentes que le son aplicables.
(Sernapesca) Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la
Anemia Infecciosa del Salmón
Resolución N* 64/2003 | Etapa Aprueba Programa Sanitario General de Manejo (Sernapesca) Operación de Transporte, en el cual establece los requisitos Programa Sanitario y procedimientos sanitarios aplicables al General de Manejo de transporte, tendientes a prevenir la diseminación Transporte de agentes patógenos Se dará cumplimiento a todo lo establecido en dicha resolución. Resolución N? | Etapa Aprueba Programa Sanitario Específico de 2638/2008 Operación Vigilancia y Control de la Anemia Infecciosa del
Salmón (PSECISA), el cual tiene por objetivo disminuir la incidencia y prevalencia de la enfermedad Anemia Infecciosa del Salmón (ISA), su aislamiento geográfico o la eliminación de la misma y de su agente causal, protegiendo el patrimonio sanitario del pais a través de instrumentos específicos, obligatorios para los particulares, así como también obtener información sobre el estado sanitario de las especies hidrobiológicas susceptibles a la enfermedad y su agente causal en el territorio nacional.
Cumplimiento El titular dará cumplimiento a lo establecido en dicha Resolución.
Adicionalmente el proyecto cumplirá con lo establecido en las siguientes circulares:
Circular de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante (DGTM Y MM) O-71/010, que establece Normas sobre construcción, equipamiento, inspecciones y otras exigencias de seguridad que deben cumplir las naves y artefactos navales menores (menos de 50'TRG).
Circular Marítima DGTM y MM O-63/002, que establece Normas de señalización maritima para balsas- jaulas de cultivos marinos e instalaciones relacionadas. Circular Marítima DGTM y MM 0-32/011, que establece procedimientos de control de mercancías
peligrosas en los recintos portuarios.
Respecto al artículo 4 letra b) del DS N*320/01 MINECON, al proceso de limpieza del borde costero. El titular aclara que existe un procedimiento de mantención limpieza de playas y es parte de las operaciones de la empresa Salmones Camanchaca S.A., en todos sus centros.
Los detergentes y desinfectantes a utilizar deben ser aquellos autorizados por la Dirección Genera! del Territorio Marítimo y Marina Mercante para su uso y la aplicación de estos químicos deberá ser realizado por empresas autorizadas según, Circular Marítima Externa N” 12.600/391/2010 de la Gobernación Marítima de Aysén
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto " SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN”, no requiere de permisos ambientales sectoriales.
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales “a”, “b”, “c”, “d”, "e" y "P, del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto " SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.
6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto " SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN", el titular ha adquirido el siguiente compromiso ambiental voluntario:
El titular se compromete a realizar, cuando se requiera, las correcciones necesarias y velar por el desarrollo
ambientalmente aceptable de este Proyecto.
7.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto “SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto; de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que
éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
8.- Que, la información respecto de las condiciones, compromisos O medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N* 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.
9.- Que, para que el proyecto “SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
40.- — Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
41.- — Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de ta Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de
domicilio.
42.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
13.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén.
RESUELVE:
4.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE
AYSÉN"
2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto " SISTEMA DE ENSILAJE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES SUROESTE LEUCAYEC (110860), COMUNA DE GUAITECAS, DÉCIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSÉN" cumple con la normativa de carácter ambiental y no requiere de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental.
3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N? 20 de la Ley N” 19.300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación áñte el Direutor Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es-de 30 días contadgs desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin
perjuicio de que el titular pueqá ejercer 2.2 ofró recurso que estime oportuno.
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Distribución:
» ALVARO POBLETE SMITH Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén. Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Gobierno Regional, Región de Aysén llustre Municipalidad de Las Guaitecas, Región de Aysén. Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
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