Declaración de Impacto Ambiental Planta Verde COLUN
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACION REGIÓN DE LOS RÍOS
Califica Ambientalmente el proyecto “Planta Verde COLUN”.
Resolución Ex:
Valdivia,
VISTOS:
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La declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del proyecto “Planta Verde COLUN”, presentada por el Sr. Lionel Mancilla Lausic en representación de Cooperativa Agrícola y Lechera de La Unión Ltda., con fecha 20 de diciembre de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio'N%1 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos, con fecha 02/01/2013; Oficio N“20 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Ríos, con fecha 04/01/2013; Oficio N“05 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Los Ríos, con fecha 08/01/2013; Oficio N9%6 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Los Ríos, con fecha 09/01/2013; Oficio N%13 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos, con fecha 09/01/2013; Oficio N%011 sobre la DIA, por CONADI, Región de Los Ríos, con fecha 10/01/2013; Oficio N%009 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Ríos, con fecha 10/01/2013; Oficio N“26 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 10/01/2013; Oficio N%015 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos, con fecha 11/01/2013; Oficio N"09 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Ríos, con fecha 11/01/2013; Oficio N%32 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Les Ríos, con fecha 14/01/2013; Oficio N69 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Ríos, con fecha 14/01/2013; Oficio N000040 sobre la DIA, por llustre Municipalidad de La Unión, con fecha 15/01/2013; Oficio N“258 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 21/03/2013; Oficio N“467 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos, con fecha 25/03/2013; Oficio N“1082 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 27/03/2013; Oficio N81 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Ríos, con fecha 28/03/2013; Oficio N“219 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos, con fecha 03/04/2013; Oficio N%212 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos, con fecha 03/04/2013; Oficio N597 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Ríos, con fecha 04/04/2013; Oficio N094 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos, con fecha 05/04/2013; Oficio N101 sobre la Adenda 1, por SEREMi del Medio Ambiente, Región de Los Ríos, con fecha 05/04/2013; Oficio N549 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Los Ríos, con fecha 08/04/2013; Oficio N*115 sobre la Adenda 2, por
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SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Ríos, con fecha 16/04/2013; Oficio N“257 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos, con fecha 19/04/2013; Oficio N%605 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Los Ríos, con fecha 23/04/2013.
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El Acta del Comité Técnico del proyecto “Planta Verde COLUN”, de fecha 25 de abril de 2013.
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El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del proyecto “Planta Verde COLUN”, del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Ríos, de fecha 26 de abril de 2013.
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El Acta de la Sesión Ordinaria N* 08/2013 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, celebrada con fecha 29 de abril de 2013.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta Verde COLUN”,
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20,417, el artículo 2 del D.S. N 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600/2008, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N* 55/1992, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Planta Verde COLUN”.
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Que, el derecho de Cooperativa Agrícola y Lechera de La Unión Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental, el proyecto “Planta Verde COLUN” consiste en:
3.1. La construcción y operación de una planta industrial que elaborará productos lácteos a partir de leche fresca de vaca, con una capacidad de recepción máxima de 500 ton/día de leche.
3.2. El proyecto se desarrollará en un predio de 59,2 ha de superficie de las cuales 25 ha serán ocupadas por las instalaciones del proyecto, con una etapa de construcción de 12 meses, una vida útil de 50 años y una inversión estimada de US$ 65.000.000.
3.3. El proyecto se encontrará emplazado en el sector denominado Cruce Los Tambores, aproximadamente a 4 Km de la ciudad de Río Bueno y a 10 Km de la ciudad de La Unión, en la Comuna de La Unión, Provincia del Ranco, Región de Los Ríos. La coordenada de ubicación representativa, en proyección UTM Datum WGS-84 para el sector de emplazamiento es: 5.535.098 (N); 670.996 (E).
3,4. El proyecto requiere para la etapa de construcción 270 personas como mano de obra promedio y 500 personas como mano de obra máxima y de 166 personas para la etapa de operación como mano de obra promedio y 187 personas como mano de obra máxima.
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3.5. El proyecto se somete al SEIA por cuanto se encuentra listado en el artículo 3* literal k) del Reglamento del SEIA, relativo a “Instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, químicas, textiles, productoras de materiales para la construcción, de equipos y productos metálicos y curtiembres, de dimensiones industriales”, y en específico al literal k.1) “Instalaciones fabriles cuya potencia instalada sea igual o superior a dos mil kilovoltios- ampere (2.000 kVA), determinada por la suma de las capacidades de los transformadores de un establecimiento industrial”.
La tipología secundaria asociada al proyecto es:
Literal 0.7) del artículo 3% del Reglamento del SEIA: "Sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos que traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de 100 personas en uno o más parámetros señalados en la respectiva norma de descargas líquidas”.
3.6. El proyecto contempla las siguientes partes, acciones y obras físicas. 3.6.1. Descripción del proyecto. 3.6.1.1. Etapa de construcción.
El terreno a utilizar por el proyecto, corresponde a un predio ubicado en la zona de Los Tambores, propiedad de COLUN Ltda., el cual se encuentra en una zona con alta intervención antrópica.
Esta actividad comprende lo siguiente:
a) Fase de preparación del terreno (habilitación preliminar) requerirá el establecimiento de obras provisorias necesarias para apoyar la fase de construcción, tales como corta de la plantación existente, limpieza del terreno y movimientos de tierra, obras de conectividad a la ruta T-210, habilitación de la vialidad interna (estacionamientos, patio de maniobras y caminos interiores, entre otros), obras de canalización de aguas lluvias.
Se estima que el volumen de suelo vegetal a remover será de 27.000 mY, el cual será utilizado en el relleno de una zona de extracción de áridos existente en el predio, además de la reutilización en las zonas consideradas como áreas verdes dentro del proyecto.
b) Instalación de faena: la instalación de faenas, considera el establecimiento provisorio de toda construcción y servicio requerido para apoyar la construcción del proyecto, obras que serán realizadas dentro de los límites del predio.
Dentro de las obras a considerar en esta fase destacan las siguientes:
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Habilitación de la oficina de obras, caseta de guardia y bodega de materiales y pañoles, obras que serán implementadas mediante la instalación de contenedores.
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Implementación de las instalaciones para los trabajadores, como comedores y servicios sanitarios. La instalación de baños químicos, se realizará en función del número de trabajadores según lo indicado en el D.S. N* 594/99 (MINSAL), que “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Su instalación y mantención estará a cargo de una empresa autorizada.
Dentro de la fase constructiva se considera la implementación de un área de estacionamientos temporal para máquinas, camiones de la obra, funcionarios y visitas, todos dentro del recinto. El área aproximada a utilizar como estacionamiento es de 150
m.
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c) Requerimientos:
Agua: el suministro de agua para consumo humano será realizado diariamente mediante camiones aljibes, considerando 3 camiones de 20 toneladas de capacidad (en total 50 m*/día máximo).
Áridos y hormigón: estos serán adquiridos a proveedores autorizados, para lo cual la empresa llevará un registro con la finalidad de indicar volúmenes y procedencia de los áridos a utilizar para el desarrollo de las obras contempladas en el proyecto. A su vez, el hormigón a utilizar en las obras de construcción del proyecto será elaborado fuera del área de emplazamiento del proyecto, a través de empresas autorizadas.
Energético: los requerimientos energéticos serán cubiertos a través de un empalme a la red eléctrica, perteneciente a SAESA (ya existente). En caso de emergencia se contará con un generador insonorizado de 400 kVA,
Sanitario: durante esta etapa se contempla el uso de baños químicos y duchas, servicio que será proporcionado por una empresa externa autorizada.
Maquinaria y equipos: los equipos y maquinaria utilizados en la construcción del proyecto, serán trasladados al lugar de las obras mediante vehículos especiales de carga. Tanto las máquinas como los equipos operarán solamente dentro del predio, sin acceder a la vialidad pública, salvo al momento de su traslado al inicio y término de la etapa de construcción. La maquinaria y equipos requeridos en la fase de construcción se listan en la Tabla N* 16 de la DIA.
La mantención de los equipos y maquinarias utilizadas, se realizará fuera de la instalación de faenas, en lugares establecidos y/o autorizados
Requerimiento de combustible: en el caso de requerir el almacenamiento de combustible, éste se realizará en un área acondicionada para tal efecto, la cual estará protegida por una geomembrana para evitar la contaminación del suelo por posibles derrames de petróleo, y dará cumplimiento a la normativa vigente en relación al abastecimiento y distribución de combustibles. En caso de contingencias, las acciones sobre un derrame serán las indicadas en el “Procedimiento derrame etapa de construcción” (para mayor detalle, ver Anexo V de la DIA).
3.6.1.1.1. Obras que contempla el proyecto.
El proyecto contempla principalmente las siguientes obras:
Áreas administrativas, oficinas, portería y laboratorios.
Área productiva: zona de control y recepción de leche; zona de elaboración de productos UHT, zona de elaboración de quesillo y yogurt; bodega de materiales e insumos; zona de almacenamiento de productos.
Zona para calderas.
Área de servicios.
Zona de almacenamiento transitorio de residuos no peligrosos.
Zona de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.
Sistema de tratamiento de aguas servidas.
Sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos (RlLes).
Vialidad interna (caminos interiores, estacionamientos, patio de maniobras.
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e Áreas anexas de servicio.
e El proyecto intervendrá un área estimada de 25 hectáreas, incluyendo la infraestructura (techada y no techada), áreas pavimentadas (caminos, estacionamientos, otros) y áreas verdes. En la Tabla N* 7 de la DIA, se presentan las superficies techadas a ocupar (m?) por las principales instalaciones del proyecto.
3.6.1.1.2. Urbanización.
En esta fase se implementará el relleno estructural para llegar al nivel adecuado de sub- base, junto con la compactación del terreno.
Dentro de las principales obras a ejecutar en esta etapa se pueden indicar las siguientes:
- Habilitación de estacionamientos y patio de maniobras.
e Trazado y ejecución de redes de agua potable y de obras de manejo de aguas lluvias.
e Trazado y construcción de las obras de canalización de Riles y sistema alcantarillado de aguas servidas.
e Trazado de las líneas de abastecimiento de energía y alumbrado.
Se considerará además la habilitación de una zona especialmente destinada al acopio de materiales de desecho de la etapa de construcción, los que serán retirados de manera periódica por empresas autorizadas.
3.6.1.1.3. Obras civiles.
En esta sub-etapa se considera la materialización de las distintas instalaciones, entre las que se indican:
e Ejecución del trazado y excavación de las fundaciones para las instalaciones.
- Levantamiento de armaduras, moldaje, hormigonado, pavimentación interior, techumbre y cubierta.
e Instalación de servicios sanitarios.
« Construcción de la infraestructura anexa (sistemas de suministro y abastecimiento de agua, energía, combustible).
e Habilitación de bodegas (insumos, producto, entre otras).
*e Implementación de los Sistemas de tratamiento de aguas servidas y RlLes.
3.6.1.1.4. Vías de acceso.
Al área de emplazamiento del proyecto se ingresa a través de la ruta T-210 (ex ruta T- 70). La vía de acceso que se utilizará para ingresar al predio contará con pistas de aceleración y desaceleración en ambos sentidos. La vía de acceso a la planta consta de dos pistas para ingreso y dos para salida de 3,5 m de ancho cada una de las pistas, separadas por un bandejón central de 2 m de ancho al interior del predio y cuyos radios de giros son de 22 m.
3.6.1.2. Etapa de operación.
El proyecto tendrá una capacidad de procesamiento máxima diaria de 500 toneladas de leche aproximadamente, utilizando leche fresca de vaca como materia prima para la elaboración de productos lácteos. La leche provendrá principalmente de las regiones de Los Ríos y Los Lagos (el sistema de transporte no es parte del proyecto).
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Las distintas líneas de proceso consideradas en el proyecto son las siguientes:
a) Recepción de leche: la leche cruda será recibida en camiones cisternas, de aproximadamente 20 a 30 toneladas, los que serán lavados externamente en la entrada a la planta y pesados al ingreso y salida de la misma. La leche recibida será analizada para determinar su calidad fisico-química, principalmente si existe presencia de inhibidores. Según el resultado de estos análisis, el camión será derivado a las líneas de recepción.
En las líneas de recepción, la leche será descargada, enfriada y almacenada en silos de leche cruda a bajas temperaturas. A continuación, la leche será destinada a las líneas de tratamiento de leche, desde donde es enviada a los distintos procesos productivos.
En la etapa de tratamiento de leche, para la líneas de elaboración de quesillo y yogurt, está pasará por un proceso de descremado, que consiste en la separación de toda la grasa presente en la leche; luego por un sistema de estandarización, cuyo fin es la regulación del nivel de grasa de la leche según el producto terminado que se desea; para ser sometida posteriormente a pasteurización, que consiste en el calentamiento a una temperatura y tiempo determinado, con el objeto de destruir la totalidad de los microorganismos patógenos que pueden estar presentes en la leche. Finalmente, la leche será almacenada en los silos de la planta Productos Lácteos Frescos para la elaboración de yogurt y quesillo.
Cabe indicar que en esta etapa se generará un co-producto denominado crema, que corresponde al excedente de grasa resultante de la etapa de estandarización, la que será almacenada en estanques de crema cruda y que posteriormente será despachada a otra instalación de COLUN.
b) Elaboración de productos: el proyecto considera tres líneas distintas de producto. De manera general las líneas de producción se pueden dividir en:
- Línea UHT:
Desde los silos de recepción, la leche cruda será enviada a la etapa de clarificado que tiene por objetivo lograr la separación de las partículas sólidas presentes en la leche, para después seguir con la etapa de descremado y estandarizado de la misma, proceso en el cual se regula el porcentaje de grasa según el tipo de producto final a elaborar, La grasa excedente de esta última etapa, será enviada a los estanques de crema cruda.
La leche obtenida de la fase de estandarización será almacenada en estanques para ser sometida a un tratamiento térmico UHT (Ultra High Temperature), para lograr la eliminación de toda la flora bacteriana y microrganismos patógenos que esta contenga, es decir su esterilización.
El producto obtenido será almacenado en un estanque aséptico, el cual posee las propiedades de mantener las condiciones logradas en el tratamiento térmico UHT, desde donde se alimentará la máquina envasadora, en la cual se envasa la leche en su formato comercial.
El producto ya envasado será enviado a la etapa de empaque, donde será colocado
dentro de cajas de cartón y apilado sobre un pallet de madera, para ser almacenado en una bodega a temperatura ambiente en espera de su liberación y despacho.
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- Línea Quesillo:
Desde los silos de planta Productos Lácteos Frescos (PLF), la leche será enviada a una unidad de ultrafilirado, donde será concentrada en grasa y proteína obteniendo un producto denominado “retentado” y un co-producto denominado “permeado”.
El retentado o leche concentrada será sometida a un tratamiento térmico y almacenado en un estanque aséptico, para luego, ser enviado a la máquina envasadora. Por último, en la envasadora se le incorporará una solución de sal y cuajo que le dará el estado sólido final al producto.
Una vez envasado el producto, este pasará por un túnel de enfriamiento, para luego ser empacado en cajas de cartón y apiladas en un pallet de madera. Este producto será enviado a una cámara de frío, en donde se almacenará a la espera de liberación y despacho.
- Línea Yogurt:
Desde los silos de planta Productos Lácteos Frescos (PLF), la leche será enviada a estanques para la preparación de la mezcla base, en donde serán adicionados los sólidos lácteos no grasos e ingredientes como azúcar o edulcorante, preservantes y estabilizantes.
La mezcla base será sometida a un tratamiento de homogenización y pasteurización del producto, a fin de permitir en la siguiente etapa, la óptima propagación y crecimiento de las bacterias propias del yogurt.
En los estanques de fermentación, la mezcla base será inoculada con las bacterias propias del yogurt y dejada en reposo para dar paso al periodo de crecimiento bacteriano y formación del coágulo que dará la consistencia al producto. Una vez que el pH de la mezcla base alcance el valor adecuado, el producto será enfriado y enviado a los estanques de almacenamiento desde donde serán alimentadas las máquinas envasadoras.
El aroma y fruta del producto final será incorporado en la línea de yogurt antes de llegar a la máquina envasadora. Luego, la envasadora llenará envases con yogurt y los enviará a la sección de empaque, donde serán colocados en cajas de cartón y apilados en pallet de madera. Posteriormente, el producto pasará por un túnel de enfriamiento y será almacenado en la cámara de frío en espera de liberación y despacho.
3.6.1,2.1 Requerimientos.
a) Agua: será obtenida desde pozos profundos ubicados en el mismo predio, los que contarán con los derechos de agua otorgados por la DGA, y serán solicitados de manera sectorial. El agua abastecida cumplirá con lo indicado en la NCh 409/2005, que establece los requisitos de calidad que debe cumplir el agua potable. El consumo máximo de agua estimado para la planta será de 1.000 m*/día.
A su vez, la empresa cuenta con un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas (Res. Ex. N” 0009 de abril de 2010, otorgado por la DGA), cuya ubicación se presenta en el piano adjunto en el Anexo Il de la DIA. Adicionalmente, se encuentra en fase de exploración un segundo pozo de agua (se solicitarán todos los permisos requeridos ante la DGA).
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Por otra parte, en el Anexo l! de la DIA se adjunta plano con aquellos pozos inscritos en la DGA, que se identificaron con coordenadas, dentro de un radio aproximado de 1 km.
b) Energético: los requerimientos energéticos serán cubiertos a través de un empalme a la red eléctrica, perteneciente a SAESA. La potencia instalada del proyecto será de 5.000 KkVA. La planta requerirá además de 2 calderas con una capacidad de ocho toneladas/hora de vapor cada una y de 2 generadores para respaldo, de 1.850 kVA cada uno, los cuales serán abastecidas de petróleo N%5 y diésel, los que serán almacenados en estanques superficiales (90 m* por estanque).
Las calderas con la que contará el proyecto son de tipo Pirotubular, con un consumo estimado de 490 Kg de combustible/h. A su vez el generador de respaldo será de 1.850 KVA y con un consumo estimado de 350 Kg de combustible/h.
Cada uno de los estanques de combustible contendrá un pretil. Dicho pretil tendrá la capacidad de contener el combustible en caso de derrames o fugas y será construido de material impermeable, para evitar cualquier tipo de contacto con el suelo y/o napas cercanas.
c) Viales: los requerimientos viales del proyecto están asociados, principalmente, al ingreso de la principal materia prima, la leche, además al transporte de insumos y materiales de proceso y salida de productos generados en la planta.
En el Anexo XIV de la DIA, y complementado con el Análisis Vial (Adenda N*1), se presentan en detalle los viajes considerados en la etapa de construcción y operación, en función de la máxima capacidad de procesamiento de la planta (500 toneladas al día de leche).
Cabe indicar que el flujo de camiones asociado al desarrollo del proyecto, será preferentemente desde y hacia la ruta 5.
3.6.1.2.2 Sistema de tratamiento de RlLes.
Producto de la operación de la planta se generarán residuos industriales líquidos, principalmente en la zona de proceso de cada línea de productos, y corresponden a los efluentes generados en el lavado de los equipos de la planta y de los “empujes” de las líneas de proceso, lo cual es la interfase líquido —producto que se genera previo al lavado de cualquier equipo de proceso-, que luego es derivado a la línea de RlLes a través de la activación de válvulas y/o sensores que posee cada equipo en la línea de producción, que detectan esta interfase.
Se generarán además, efluentes provenientes del lavado externo a realizar a los camiones en la fase de recepción de leche. Todos estos efluentes serán canalizados hasta el sistema de tratamiento de RiLes.
El RIL tratado será dispuesto en el río Traiguén cumpliendo la Tabla N1 del D.S. N90/2000 (MINSEGPRES), que “Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”.
El sistema de tratamiento consiste básicamente en los siguientes componentes:
a) Filtros y estación de bombeo.
Los RlLes que ingresan al sistema de tratamiento pasan un sistema físico de pre tratamiento, compuesto por filiros de malla fina, con una capacidad de 106 m'/h aproximadamente, previo paso a la estación de bombeo, con el objeto de separar los sólidos presentes en el RIL y así evitar la obstrucción de las bombas o unidades que
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componen el sistema de tratamiento. En caso de bloqueo o fallas en el sistema de filtrado, los efluentes serán desviados a un filtro estático de emergencia.
Los sólidos recuperados en esta etapa son enviados a un estanque de acumulación temporal, para ser posteriormente dispuestos en un lugar autorizado.
Posteriormente el efluente proveniente de los filtros es canalizado a un pozo de bombeo impermeable equipado con 3 bombas de 50 m'/h cada una, que elevan el RIL hasta el ecualizador.
b) Ecualizador.
Los residuos industriales liquidos son bombeados a un ecualizador con una capacidad aproximada de 500 m', cuya función es homogenizar la carga y neutralizar el pH, a través de un sistema de dosificación automática gracias a la adición de ácido o soda según sea la necesidad, para que posteriormente el efluente ingrese al reactor anaeróbico. Además, si se considera que el flujo promedio proyectado de descarga es de 800 m*/día, se tiene un período de retención de 15 horas.
Para evitar las condiciones anaeróbicas en el ecualizador, y por ende el olor en dicho estanque, se instalará un sistema de aireación que permitirá mantener el RIL en condiciones aeróbicas.
El ecualizador será construido con materiales resistentes e impermeables, ya sea hormigón armado o fibra de vidrio, según las propuestas de las empresas que se adjudiquen la implementación del sistema de tratamiento de RlLes.
c) Sistema de tratamiento anaeróbico.
El efluente ecualizado es enviado al reactor anaeróbico UASB (Upflow Anaerobic Sludge Blanket), de 600 m* aproximadamente de capacidad, con la finalidad de disminuir la carga orgánica presente en el RIL.
Este tipo de sistema está diseñado para tratar altas cargas orgánicas en espacios pequeños, comparados con los sistemas aérobicos de tratamiento. El proceso anaeróbico será diseñado para lograr como mínimo la reducción del 75% de la materia orgánica que entra al sistema.
Producto de las reacciones anaeróbicas se generará biogás en forma de metano (CH,) el que será colectado en un estanque de gas, y utilizado en una caldera a gas con el objeto de producir calor para mantener la temperatura del reactor UASB a 35*C. El exceso de biogás será quemado en una antorcha o llama típica de este tipo de sistemas, la cual comprende un área de seguridad de 10 x 10 m.
Respecto a los parámetros de control de los distintos sistemas, a continuación se detallan los principales parámetros a considerar.
- Demanda Química Oxígeno (DQO): mide la cantidad de materia orgánica introducida al sistema evitando el riesgo de sobrecargas. Se medirá con equipo existente en planta.
e Temperatura (T?): la velocidad de reacción de los procesos biológicos depende de la velocidad de crecimiento de los microrganismos involucrados y este a su vez depende de la temperatura por lo cual se considera un parámetro de gran influencia en la velocidad de digestión anaerobia. Se monitoreará a través de sensores en el sistema.
e pH: determina la composición y producción del biogás, además determina los diferentes equilibrios químicos existentes en el medio pudiendo acusar alteraciones en otros parámetros como son la alcalinidad y ácidos grasos volátiles. Se monitoreará a través de sensores en el sistema.
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d) Sistema de tratamiento aeróbico.
El sistema de tratamiento aeróbico estará compuesto por un estanque biológico y un clarificador. En esta etapa, dentro del estanque biológico de 1.700 m? de capacidad, se realiza el tratamiento aeróbico de los RlLes, a través de microrganismos que degradan la materia orgánica presente en este. Cabe indicar que el sistema considera además una configuración que permite las reacciones de nitrificación/desnitrificación del RIL, con el fin de eliminar los compuestos nitrogenados presente. Además, en este punto se produce, simultáneamente, la eliminación biológica del fósforo la cual se basa en la circulación alternativa de los microorganismos presentes a través de condiciones aerobias y anaerobias.
En la descomposición anaerobia de la materia orgánica contenida en el RIL, se producen ácidos volátiles grasos (AGV) que son empleados por bacterias para la transformación del fósforo. Posteriormente, en medio aerobio, la materia orgánica se mineraliza y el fósforo es reabsorbido por las células en una cantidad considerablemente mayor que la liberada en la zona anaerobia. Por otra parte se puede complementar la remoción biológica del fósforo con el método químico, el cual consiste en adicionar sales de hierro, aluminio o calcio con el objetivo de obtener fosfatos e hidróxidos de fósforo que decantan rápidamente siendo retirado a través del lodo de la planta.
En el clarificador de 500 m* de capacidad aproximada, se realiza la separación de los sólidos o lodos presentes en el efluente, los cuales corresponden principalmente a los microrganismos que degradan la materia orgánica.
Los sólidos que salen del clarificador, son recirculados al estanque biológico y parte de estos (purga del sistema) son bombeados al sistema de tratamiento de lodos que poseerá la planta.
Cabe indicar que las concentraciones a obtener a la salida del sistema de tratamiento, cumplirán con lo establecido en el D.S. N90 (MINSEGPRES), Tabla N1, que "Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales” (para mayor detalle, ver Capítulo 6 de la DIA).
Respecto a los parámetros de contro! de los distintos sistemas, a continuación se detallan los principales parámetros a considerar.
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Demanda Química Oxígeno (DQO): mide la cantidad de materia orgánica introducida al sistema evitando el riesgo de sobrecargas. Se medirá con equipo existente en planta.
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Índice Volumétrico de Lodos (IVL): visualizar la calidad dei lodo desde el punto de vista de su sedimentabilidad. Se medirá a través de Cono de imhoff.
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Oxígeno Disuelto (OD): registra la cantidad de oxigeno transferido en el estanque de aireación para asegurar la concentración adecuada de oxígeno requerido por los microorganismos para oxidar la materia orgánica. Se monitoreará a través de sensores en el sistema.
e) Estanque de seguridad.
En caso de la descarga accidental de leche al sistema de canalización de aguas lluvias, el efluente será canalizado a un estanque de seguridad (de capacidad de 150 m?). Desde este estanque las aguas lluvias serán enviadas a la estación de bombeo que forma parte dei Sistema de Tratamiento de RlLes, desde donde serán bombeadas al ecualizador para seguir la línea de tratamiento en conjunto con los R!Les generados por la planta, evitando así descargas accidentales por la línea de aguas lluvias.
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f) Tratamiento y manejo de lodos.
Los lodos procedentes del tratamiento de los RlLes serán enviados a un estanque de acumulación y posteriormente a un equipo de deshidratación (decanter centrifugo o filtro de prensa por ejemplo), con la finalidad de disminuir la humedad del lodo generado hasta un 80%. Estos sólidos serán posteriormente dispuestos, de manera temporal, en una tolva, dentro de la zona donde se emplazarán las plantas de tratamiento, y enviados a lugar autorizado.
Los lodos estarán estabilizados en forma aeróbica por la característica del tratamiento (lodo activo), donde, en la medida que se agota el suministro de substrato disponible, los microrganismos empiezan a consumir su propio protoplasma para obtener la energía necesaria para sus reacciones obteniendo un lodo biológicamente estable, sin olores. No obstante, en el caso de situaciones no previstas (olores) se considera la adición de cal apagada (acción bactericida), llevando al bloqueo temporal de fermentaciones en el lodo, logrando de esta forma su estabilización.
La frecuencia de retiro de lodo considerando la máxima producción de la planta de RlLes es de 6,9 Ton/día en base húmeda, y el retiro se realizará de manera diaria (de ser requerido).
La deshidratación de lodo corresponde al proceso de remoción de los sólidos coloidales que mediante el uso de productos químicos (polímero), se realiza la separación mecánica de liquidos y sólidos con la utilización de una centrífuga o decanter.
La separación de los líquidos y sólidos del sistema de lodo ocurre mediante la eliminación de sólidos floculados en forma de lodo húmedo. Los sólidos provenientes de la deshidratación del lodo serán descargados dentro de contenedores y el agua recuperada será retornada a la cabecera de la Planta de Tratamiento de RlLes a través de tuberías para seguir el tratamiento del agua.
3.6.1.2.3 Tratamiento de aguas servidas (PTAS).
Las aguas servidas generadas en las instalaciones sanitarias de la planta, serán colectadas a través de un sistema de alcantarillado particular y canalizadas hasta el sistema de tratamiento de aguas servidas, el que considera el paso de estos efluentes por filtros, previo al ingreso a una planta modular de tratamiento biológico y un sistema de desinfección.
Cabe indicar que las aguas ya tratadas serán dispuestas en el río Traiguén, en conjunto con los efluentes tratados de la planta de tratamiento de RlLes, cumpliendo con lo establecido el D.S. N90/2000 (MINSEGPRES), Tabla N1, que "Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”.
Los principales componentes del sistema de tratamiento de aguas servidas son: a) Filtros.
Las aguas servidas, provenientes de las distintas instalaciones sanitarias existentes en la planta, serán canalizadas hasta filtros, con capacidad para 10 m'/h, cuyo objetivo es retirar los sólidos presentes en el efluente, previo a su ingreso al sistema de lodos activado. Estos sólidos primarios, serán enviados a un estanque de acumulación temporal, para ser posteriormente enviados a disposición final a un lugar autorizado.
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b) Sistema de tratamiento lodos activos. Los principales componentes del sistema de tratamiento de lodos activados son:
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Reactor biológico (estanque): en esta etapa se realiza la oxidación prolongada de la materia orgánica presente en las aguas servidas, introduciendo aire en el agua residual, mediante dejectores sumergibles. De esta manera, los microorganismos aeróbicos pueden digerir la materia orgánica biodegradable, logrando así reducir considerablemente la carga orgánica y por lo tanto la DBO;, presente en el efluente.
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Clarificador: el efluente proveniente del estanque biológico, es ingresado a un clarificador, en el que se busca decantar las partículas en suspensión que hubiesen pasado de la etapa anterior. Cabe indicar que en esta etapa se genera lodo, el cual corresponde a los sólidos decantados, de los cuales una parte es recirculada al reactor y el resto es purgado del sistema, hacia el sistema de tratamiento de lodos que poseerá la planta.
c) Desinfección.
Las aguas servidas ya tratadas son desinfectadas con la finalidad de obtener un efluente final con características y concentraciones tales que permitan su descarga al río Traiguén, cumpliendo con lo indicado en la Tabla N 1 del D.S. N90/2000 (MINSEGPRES), que establece “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”.
Para llevara a cabo esta fase, se instalarán cámaras de cloración y decloración con dosificador automático, a continuación de la planta de tratamiento de aguas servidas.
Estas cámaras están diseñadas para que el tiempo de contacto de las aguas tratadas con las pastillas cloradoras y decloradoras, sea de 30 minutos.
Al término del proceso se obtendrá un efluente estable e inocuo que puede ser descargado sin riesgo de contaminación en un cauce natural.
La desinfección de las aguas servidas se realizará mediante la dosificación automática de cloro, el cual por su carácter oxidante, posee propiedades para desintegrar el citoplasma de los organismos presentes en el efluente. Posterior a la cloración se eliminará el cloro en exceso a través de una decloración.
El control del cloro residual en el efluente final se realizará a través de colorimetría mediante el método más utilizado, DPD (N,N-dietil-p-fenilendiamina) la cual provoca una oxidación del cloro, que cambia el color. La intensidad del color es directamente proporcional a la concentración de cloro.
d) Tratamiento y manejo de lodos.
Los lodos procedentes del tratamiento de aguas servidas serán enviados a un estanque de acumulación y posteriormente a un equipo de deshidratación (decantador o filtro de prensa por ejemplo), con la finalidad de disminuir la humedad del lodo generado hasta un 80%. Posteriormente serán dispuestos de manera temporal en una tolva, en la cual se le aplicará cal con el objetivo de estabilizarlo. Finalmente el lodo será enviado a un sitio de de disposición autorizado.
3.6.1.2.4 Zona de acopio de residuos y pallet.
El proyecto considera una zona de acopio transitorio para los diferentes tipos de desechos que se generan en el proceso. Se clasificarán en 2 tipos de residuos industriales: los residuos industriales aprovechables (RIA) y los residuos industriales no aprovechables (RINA).
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En la zona de residuos a implementar, existirá un área especialmente habilitada para los residuos industriales no aprovechables (RINA), los cuales serán almacenados dentro de contenedores estancos para evitar el escurrimiento de líquidos, emplazados sobre una superficie de hormigón.
A su vez, la zona de acopio temporal de residuos, tendrá un área destinada al almacenamiento de residuos industriales aprovechables (RIA), como por ejemplo materiales y chatarra en desuso, pallets de exportaciones (controlados por el SAG) y pallets dados de baja.
El sector de pallet, se divide en almacenamiento de pallets mercado nacional, pallets de exportación (controlados por el Servicio Agrícola Ganadero) y pallet dados de baja cuyo destino final es leña, considerando la baja humedad que estos poseen.
Además existirá un contenedor para el almacenamiento del plástico reciclado proveniente de films y envases. El patio contará con un área destinada al almacenamiento de materiales dados de baja, tales como cables eléctricos, chatarra inoxidable, chatarra de fierro y materiales reutilizables, como también, la zona de residuos contará con cerco perimetral y un sistema de control de plagas.
3.6.1.2.5 Bodega de residuos peligrosos (RESPEL).
El proyecto, dentro de la zona de manejo de residuos, contará con una bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, la cual cumplirá con lo establecido en el D.S. 148/2004 (MINSAL), que aprueba el “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Cabe indicar que en dicha bodega serán almacenados los residuos peligrosos por un período máximo de 6 meses, para posteriormente ser enviados a lugares autorizados para su tratamiento y/o disposición final.
La bodega contará con cierre perimetral y una base continua impermeable con un sistema de contención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Asimismo, todos los residuos allí almacenados, contarán con la señalización de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93.
3.6.1.2.6 Manejo de aguas lluvias.
El proyecto realizará un plan para la evacuación de las aguas lluvias que considere la situación previa a la planta, es decir los patrones de drenaje existentes en el área, como a su vez medidas de seguridad y contingencia para el caso de derrames accidentales sobre los caminos en eventos de alta pluviometría.
En el lugar de emplazamiento de la planta, las aguas lluvias fluyen gravitacionalmente hacia el río Traiguén. Por lo tanto, el proyecto considera esta condición basal haciendo llegar las aguas lluvias que se intercepten en caminos y techos hasta el mismo río, a través de las cotas de proyecto (para mayor detalle, ver en Anexo ll de la DIA, plano con trazados generales de canales de aguas lluvias a implementar). Este diseño permite mantener los patrones de drenaje existente en el área. En el área donde se emplaza el proyecto no existe otro tipo de drenajes superficiales. Las descargas de aguas lluvias serán realizadas de manera independiente a la descarga realizada por la planta de RiLes.
Dentro del plan de evacuación y como medida de seguridad, se considera que las aguas lluvias de tos caminos puedan accidentalmente mezclarse con derrames de lácteos, además de arrastrar sedimentos que queden en los caminos producto del tránsito de vehículos (llamadas aguas de contacto).
Para lo anterior, se considera ta implementación de estanques que tienen la capacidad de captar los elementos que arrastran las aguas en su paso por caminos y techos, además
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de medir caudales y calidad de las aguas lluvias antes de integrarlas al río (para mayor detalle, ver Anexo ll de la DIA).
Este estanque cuenta con elementos que estarán activos siempre que capten aguas lluvias, es decir actuarán por seguridad todo el tiempo. Estos elementos son: Filtro de arena; separador de aceites; estanque sedimentador y cámara de contro!.
En el Plan de Contingencia se presentan los posibles casos de derrames accidentales sobre caminos en eventos de alta pluviometría y se establecen las acciones que permitan proporcionar respuestas inmediatas ante la ocurrencia de contingencias provocadas en la línea de aguas lluvias (para mayor detalle, ver Anexo IV del Adenda N*1, Plan de Contingencia de Aguas Lluvias).
3.6.1.2.7 Medidas de contingencias y control.
Para el manejo de las sustancia químicas, se contará con una bodega especialmente diseñada para el almacenamiento de estas sustancias.
a) Bodega de sustancias químicas.
El proyecto contará con una bodega para sustancias quimicas (detergentes, alcohol puro, hipoclorito de sodio, peróxido, ácido nítrico, soda caustica), la cual dará cumplimiento con lo estipulado por el D.S. 78/2009 (MINSAL), “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”, que regula el manejo de este tipo de sustancias. La planta contará con un procedimiento tipo para el manejo de las sustancias químicas (para mayor detalle, ver Anexo V de la DIA).
3.6.1.2.8 Procedimiento para actuación ante situaciones de emergencia.
Con el objeto de responder en forma oportuna ante situaciones de emergencia que pudiesen ocurrir dentro de las instalaciones de la planta o fuera de ellas, se contará con un procedimiento referencial que indique las acciones a seguir ante dichas situaciones, el que considera, entre otros: accidentes al interior de la planta, en medios de transporte; derrame o fuga de productos químicos/peligrosos, evacuaciones, aviso o detección de artefacto explosivo; asalto, robo o hurto; movimientos telúricos (para mayores antecedentes respecto a las acciones a seguir se presentan en el Anexo V de la DIA).
3.6.1.2.9 Programa de manejo y control de plagas.
La planta contará con un programa de Manejo Integrado de Plagas (MIP), cuya aplicación permitirá prevenir y controlar la presencia de vectores en las distintas instalaciones que conformarán la planta, evitando además, que éstos puedan constituir un potencial riesgo sanitario (para mayores antecedentes respecto a las acciones a seguir se presentan en el Anexo V de la DIA).
3.6.1.2.10 Programa de manejo de materia prima no conforme.
Si el resultado del análisis indica que la leche cruda presenta inhibidores, u otras sustancias que generen su rechazo y por ende que no pueda ser industrializada, esta no será devuelta al proveedor, si no que será inmediatamente despachada en el mismo camión en el cual llega a otra instalación de COLUN, para ser almacenada junto a otros productos líquidos desclasificados de la planta y devueltos del mercado, para ser posteriormente derivados a alimentación animal.
La leche con inhibidores será diluida con los otros productos líquidos desclasificados (como por ejemplo: suero líquido, yogurt, leche proveniente de mermas). No se considera leche con sangre. En caso de detectarse un caso, la leche con sangre será decomisada y separada en un estanque especial, no ingresando a la planta elaboradora. A la leche
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de
aislada, se le agregará peróxido de hidrógeno al 25%, a razón de 1 litro de peróxido cada 10.000 litros de leche con sangre. Este tratamiento, a la concentración indicada, permitirá eliminar bacterias, hongos, virus y esporas.
Incorporado el peróxido, la leche es agitada y dejada en reposo por un periodo de 8 horas, a fin de inactivar el peróxido, antes de ser enviada a consumo animal junto con otros productos lácteos líquidos procedentes del mercado (devoluciones por vida útil consumida).
Finalmente, en casos de leche con agua, esta será ingresada a procesos que permiten eliminar el exceso de agua por separación con membranas (ultra filtración). Este tipo de leches, no serán destinadas a la Planta de Tratamiento de RlLes.
3.6.1.3. Etapa de cierre.
En caso de que sea necesario abandonar las instalaciones, el proyecto considera y contempla la reutilización mediante obras de ingeniería de sus estructuras, materiales u otras partes físicas.
Se realizará el lavado de los equipos e infraestructura existentes. Posterior a esto, se retirarán todas las piezas y maquinarias que puedan ser reutilizadas, considerando que gran parte de los equipos pueden ser desmontados y utilizados en nuevas instalaciones.
Se desmantelarán los paneles y demás estructuras, para ser reutilizados en otras instalaciones de la empresa o en su defecto comercializar dichas partes. Todo aquel material que no pueda ser reutilizado ni vendido, será enviado a disposición final a sitios autorizados. Luego, se realizará una limpieza del área de emplazamiento del proyecto para eliminar los restos de construcción que puedan quedar de esta etapa, dejando el terreno limpio.
Posterior al abandono, se deberán realizar actividades de mantención mensual del terreno las cuales corresponden principalmente a la corta de pasto y control de plagas (para mayores detalles, ver Adenda N*1 a la DIA).
3.7. Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto.
Que en lo relativo a los aspectos relevantes de la descripción de proyecto para la determinación y cuantificación de los impactos sobre el medio ambiente, entre estos, sus emisiones y efluentes, la cantidad y manejo de residuos, se tiene que el proyecto tendrá:
3.7.1. Generación de emisiones atmosféricas.
- Emisión de gases:
Durante la fase de construcción del proyecto se generarán gases provenientes de los motores de los vehículos pesados a utilizar, como camiones y retroexcavadoras, maquinaria y equipos, durante un período estimado de 8 horas diarias, sin embargo, el uso de estos vehículos será de manera intermitente, y no serán de caracteristicas significativas.
En la etapa de operación, la emisión de gases estará asociada a la frecuencia de uso de los vehículos livianos y de transporte de carga requeridos. No obstante, se exigirá la revisión técnica al día de todos los vehículos pesados a utilizar en las distintas fases del proyecto, como la permanente mantención de los vehículos y maquinarias.
Además se generarán, en forma eventual, emisiones producto del funcionamiento de los grupos electrógenos de respaldo a petróleo, calderas y antorcha de biogás, las cuales
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corresponden a Material Particulado (MP10), Material Particulado (MP 2,5), Monóxido de Carbono (CO), Óxidos de Nitrógeno (NOx) , Óxidos de Azufre (SOx) y Metano (CH4) como combustible (los contaminantes son Material Particulado (MP10), Óxidos de Nitrógeno (NOx) y Monóxido de Carbono (CO)), las cuales no son significativas considerando las condiciones de ventilación en el lugar de emplazamiento y las condiciones de operación del proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, estos equipos serán declarados, de manera anual, según lo establecido en el D.S. N* 138/05 (MINSAL) que “Establece obligación de declarar emisiones que indica”.
A mayor abundamiento, y con el objeto de determinar el impacto del proyecto en términos de calidad del aire, se utilizó un modelo de dispersión (modelo Gaussiano Screen View 3), el cual proporciona niveles de concentración de un contaminante a diferentes distancias de la fuente emisora. Para dicho análisis fueron consideradas las viviendas más cercanas al proyecto, como también diversos escenarios de meteorología y estabilidad atmosférica. La utilización de este modelo, permitió determinar la peor condición para los máximos impactos en el área de modelación.
En este sentido, las modelaciones de la calidad del aire en peor condición —situación con proyecto-, fueron realizadas para los siguientes contaminantes: Material Particulado (MP10), Material Particulado (MP 2,5), Monóxido de Carbono (CO), Óxidos de Nitrógeno (NOx) y Óxidos de Azufre (SOx).
Los resultados obtenidos con el modelo de dispersión en un escenario de peor condición en la situación con proyecto, realizadas a los contaminantes MP10, MP 2,5 y Gases de Combustión (CO, NOx y SOX), permiten concluir que la calidad del aire no se vería afectada por la incorporación del proyecto, debido a que las concentraciones de contaminantes en el punto de mayor impacto y puntos de receptores evaluados, se encuentran muy por debajo de lo indicado en la normativa vigente (para mayor detalle, ver Anexo “Informe de Estimación y Modelación de Emisiones Atmosféricas”, en Adenda N*1).
- Emisión de polvo fugitivo:
En la fase constructiva se generarán emisiones de polvo fugitivo provenientes del acopio y transporte de material removido. A fin de minimizar estas emisiones, el transporte de materiales se realizará con la carga cubierta con una lona sujeta a la carrocería, controlándose además la velocidad al interior de la obra, la que no deberá superar los 30 Km/h. En caso de realizar el acopio temporal de materiales, éstos serán cubiertos por una malla, de modo que el viento no disperse dichas partículas. Sin embargo, estas emisiones no son significativas.
3.7.2. Generación de residuos líquidos.
Durante las obras de construcción y operación del proyecto se considera la generación de aguas servidas; en la etapa de operación además, se producirán residuos industriales líquidos (RILes).
- Aguas servidas.
Las aguas servidas generadas en la etapa de construcción serán manejadas mediante la instalación temporal de baños químicos en el área de ejecución del proyecto,
proporcionados por una empresa externa autorizada, la que será encargada de la mantención, limpieza y retiro de éstos.
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ES
Las aguas servidas generadas en la etapa de operación, provenientes de las instalaciones del personal, ingresarán a una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de tipo lodo activado, para posteriormente ser descargadas al río Traiguén cumpliendo la Tabla N 1 del D.S. N90/2000 (MINSEGPRES), que establece “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”. La capacidad de tratamiento de la planta considera un volumen aproximado de 28 m'/día de aguas servidas domésticas a descargar.
- Residuos Industriales Líquidos (RiLes).
No se generarán residuos industriales líquidos (RlLes) durante la etapa de construcción de la planta.
En la etapa de operación y producto del funcionamiento de la planta, se generarán RiLes, los que serán canalizados a la planta de tratamiento de RlLes y el efluente ya tratado será descargado al río Traiguén cumpliendo con lo establecido en la Tabla N 1 del D.S. N90/2000 (MINSEGPRES), que “Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”. La descarga al río Traiguén, de las aguas servidas y los RILes será realizada en forma conjunta.
3.7.3. Generación de residuos sólidos. La construcción y operación del proyecto generará los siguientes residuos sólidos:
- Residuos de la construcción: los residuos sólidos generados en esta etapa corresponden principalmente a material remanente de construcción, tales como despuntes, restos de madera y metálicos, material de embalaje, entre otros, los que serán acumulados en un sector especialmente habilitado e identificado para su reutilización o disposición en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria.
Se generará también material de escarpe, proveniente de las obras de preparación del terreno, el que será dispuesto en el mismo terreno o reutilizado como material de relleno en el pozo de lastre existente en el predio, además de la reutilización en las zonas consideradas como áreas verdes dentro del proyecto.
- Residuos domésticos: los desechos domésticos a generar durante la etapa constructiva del proyecto se estiman en 100 Kg/día (considerando una dotación máxima de 500 personas y una generación por persona de 0,2 Kg/día).
En tanto en la etapa de operación se estima una generación de 0,5 Kg/día por persona, si se considera que en esta etapa la máxima dotación alcanza las 187 personas, la cantidad total de basura producida diariamente será de 93,5 Kg.
En ambas etapas, los residuos domésticos serán depositados en bolsas de polietileno y acumulados en contenedores herméticos, para ser finalmente retirados en forma periódica, por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar autorizado.
- Residuos industriales sólidos (RiSes): los residuos sólidos a generar por el proyecto, serán acumulados en contenedores según el tipo de residuo, dentro de la zona de acopio de residuos no peligrosos. Los contenedores serán traslados y dispuestos en la misma zona que los residuos sólidos domésticos.
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Se estima una generación anual de 883 ton/año de residuos sólidos, de estas, aproximadamente 433 toneladas serán dispuestas en lugares autorizados. El destino final de los otros residuos será reciclaje; venta; o devolución al proveedor.
El traslado de estos residuos se hará en camiones autorizados, estimándose entre 1 a 2 viajes por semana, para los Residuos Industriales No aprovechables (RINA) y la misma frecuencia para los Residuos Industriales Aprovechables (RIA). Cabe indicar que el retiro de residuos dependerá exclusivamente del llenado de la tolva, mo descartándose aumentar o disminuir su frecuencia en caso de ser necesario.
- Lodos: durante la etapa de construcción del proyecto no se generarán lodos. En la etapa de operación, los lodos recuperados en el tratamiento de los RlLes y las aguas servidas, serán enviados a un estanque de almacenamiento temporal, el que alimenta un sistema de deshidratación, consistente en un decanter centrifugo o un filtro de prensa, cuyo objetivo es disminuir la humedad de los lodos. El lodo deshidratado, con un 80 % de humedad (20% de materia seca aproximadamente), es enviado a una tolva para su posterior traslado a un sitio autorizado. El transporte de lodo, será realizado por empresas externas autorizadas. Se estima un retiro máximo de 1 camión día.
El volumen de sólidos o lodos, posterior al deshidratado, provenientes del tratamiento de los RlLes será de, aproximadamente, 2.500 toneladas anuales, y de 7 ton/año en el caso de los lodos generados luego del tratamiento de las aguas servidas, ambos con un 80% de humedad.
3.7.4. Generación de residuos peligrosos.
No se prevé la generación de residuos de tipo peligrosos durante la construcción del proyecto, dado que toda la mantención a realizar a las maquinarias se hará en lugares autorizados fuera del área del proyecto, en ciudades como Río Bueno, La Unión y Osorno.
Los residuos peligrosos a generar durante la operación de la planta son, principalmente, tambores con restos de aceites y lubricantes, aserrín con petróleo y ampolletas, entre otros. La estimación de residuos peligrosos a generar en la planta es de 8,8 ton/año (para mayor detalle, ver Tabla N*25 de la DIA denominada "Estimación anual de Residuos Peligrosos a generar en la planta”).
Cabe indicar, que la planta generará menos de 12 ton/año de residuos peligros, sin embargo se implementará una bodega para almacenar este tipo de residuos, la cual cumplirá con lo estipulado por el D.S. 148/2004 (MINSAL), que prueba el “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El tiempo de almacenamiento de los residuos será de 6 meses como máximo, para luego ser dispuestos en un sitio autorizado.
3.7.5. Generación de emisiones de ruido.
Durante la etapa de construcción del proyecto se generará ruido proveniente principalmente de las fases de urbanización y montaje. En la fase de operación en tanto, las emisiones se asocian principalmente al flujo de vehículos pesados, equipos de refrigeración y grupos electrógenos de respaldo.
Para evaluar los niveles de ruido, el estudio consideró la realización de campañas de medición de ruido ambiente natural en el sector de emplazamiento del proyecto y mediciones in situ en condiciones de ambientes comparados (Planta COLUN, actualmente en operación).
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De acuerdo a la evaluación de ruido realizada para la etapa de construcción y operación del proyecto, los niveles de ruido dan cumplimiento a los limites permisibles establecidos en la legislación vigente (D.S. N*38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica). Lo anterior, a partir de lo concluido en el “Informe de Evaluación de Ruido Ambiente e Impacto Acústico” (para mayor detalle, ver Anexo lll de la DIA), en el cual se presentan las modelaciones realizadas para las etapas de construcción y operación del proyecto, considerando los posibles receptores (puntos críticos).
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecucion del proyecto “Planta Verde COLUN” cumple con:
Normas de emisión y otras normas ambientales.
eLey N* 19.300/1994 (modificada por Ley N” 20.417) (MINSEGPRES), Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.
-
D.S N 30/1997 (MINSEGPRES), Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental modificado por el D.S. N 95/2002.
-
D.S. N% 90/2000 (MINSEGPRES), “Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales”.
eD.S. N 38/2011 (MMA). “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”.
- D.S. N* 138/2005 (MINSAL). “Establece obligación de declarar emisiones que indica”.
*D.S. N” 594/1999 del (MINSAL), “Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.
D.S. N 148/2003 (MINSAL). “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.
D.F.L. N 725/1968 (MINSAL). Código Sanitario.
e.D.S. N* 144/1961 (MINSAL). Establece Normas para evitar emanaciones oO contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
eD.S. N*” 75/1987 (Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones). “Regula los procedimientos para el transporte de cargas, por calles y caminos que indica, estableciendo normas de señalización y otras”.
eD.S. N 298/1995 (Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones). Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.
e Decreto con Fuerza de Ley N 850/1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N 15.840/64 y del DFL N* 206/60.
eLey N 17.288/1970 y D.S. N 484/1991 (Ministerio de Educación). Ley sobre Monumentos Nacionales y su Reglamento.
- Indicación de los Permisos Ambientales Sectoriales Asociados al Proyecto.
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Planta Verde COLUN”, requiere de los
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permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 90, 91, 94 y 96 de los artículos 68 al 106 del D.S N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA).
5.1. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 90 del D.S. N*95/2001 MINSEGPRES.
El permiso le es aplicable, debido a que el proyecto contempla la construcción de un Sistema de Tratamiento de RlLes compuesto de sistemas aneróbicos y aeróbicos con descarga al río Traiguén, cumpliendo con la Tabla N* 1 del D.S. N” 90/2000 (MINSEGPRES), que establece “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”.
5.2. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 91 del D.S. N*95/2001 MINSEGPRES.
El permiso le es aplicable, debido a que el proyecto contempla la construcción de un sistema de tratamiento de aguas servidas, el que considera el paso de estos efluentes por filtros, previo al ingreso a una planta modular de tratamiento biológico y un sistema de desinfección y descarga del efluente tratado al río Traiguén.
5.3. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 94 del D.S. N*”95/2001 MINSEGPRES.
Al proyecto le es aplicable, debido a que se encuentra tipificado dentro de las instalaciones a las que hace referencia el artículo 2.1.29 del D.S. N*47/1992, conforme a la naturaleza de las operaciones que se realizan en la obras de construcción de infraestructura, las materias primas e insumos y actividades conexas al proceso, los ruidos, las emisiones y residuos que se generan en él, siendo calificada como actividad MOLESTA, por la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos.
5.4. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 96 del D.S. N*95/2001 MINSEGPRES.
Le es aplicable, debido a que se realizará la construcción del proyecto en una superficie de 23.039 m? afectas a Autorización de Construcción en Suelo Agrícola.
- Que en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Planta Verde COLUN” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley N” 19.300. Lo anterior, según los antecedentes que constan en el expediente de evaluación y en atención a los siguientes argumentos:
6.1. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley N19.300 (Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos), es posible indicar que el proyecto descargará un efluente tratado al río Traiguén, dando cumplimiento a la Tabla N 1 del D.S. N” 90/2000 (MINSEGPRES), que establece “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”. Adicionalmente, el titular ha comprometido la realización de un monitoreo semestral de calidad de aguas del cauce receptor considerando tres puntos de muestreo: punto de descarga de los efluentes, 100 metros aguas arriba y 100 metros aguas abajo del punto de descarga de los efluentes ya tratados, considerando los siguientes parámetros temperatura (T”), pH, conductividad, oxígeno disuelto, demanda bioquímica de oxigeno, fósforo total, nitrógeno tota! y sólidos suspendidos totales.
También, es posible inferir que los impactos generados por el material en suspensión
debido al tránsito asociado al proyecto, no generan riesgos para la salud de la población, considerando que no son significativos. Además, el titular ha comprometido a fin de
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minimizar dichas emisiones, exigir a los contratistas que el transporte de materiales se realice cubierto con una lona sujeta a la carrocería, controlándose además la velocidad al interior de la obra, la que no deberá superar los 30 Km/h. En caso de realizar el acopio temporal de materiales, éstos serán cubiertos por una malla.
A su vez, las emisiones gaseosas asociadas al movimiento de vehículos no son de carácter significativo y las emisiones gaseosas asociadas a la operación esporádica de los Grupos Electrógenos y Calderas, serán declaradas de acuerdo a lo estipulado en D.S. N* 138/2005 (MINSAL), que “Establece obligación de declarar emisiones que indica”. De igual manera, y de acuerdo a los resultados obtenidos con el modelo de dispersión en un escenario de peor condición en la situación con proyecto, realizadas a los contaminantes MP10, MP 2,5 y Gases de Combustión (CO, NOx y SOx), permitieron concluir que la calidad del aire no se verá afectada por la incorporación del proyecto, debido a que las concentraciones de contaminantes en el punto de mayor impacto y puntos de receptores evaluados, se encuentran por debajo de lo indicado en la normativa vigente.
Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados en bodega en contenedores y luego dispuestos en sitios autorizados. Los lodos generados en el sistema de tratamiento de RiLes y Aguas Servidas, serán almacenados en estanques de almacenamiento temporal y luego dispuestos en sitio autorizado. Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores especiales en la bodega de residuos y dispuestos en un sitio autorizado. Finalmente los residuos peligrosos generados serán almacenados en la bodega especial para este tipo de elementos, y dispuestos en sitio autorizado para el manejo y disposición final de este tipo de residuos.
Respecto del ruido, es posible concluir que el proyecto dará cumplimiento en todas las fases del proyecto en cuanto a las emisiones de ruido, de acuerdo a lo señalado en el D.S N* 38/2011(MMA) que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”.
De acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista en el proceso de evaluación y detallados en extenso en el Informe Consolidado de Evaluación (ICE), sobre la naturaleza, composición y cantidad de las emisiones del presente proyecto, la combinación y/o interacción de estas emisiones no generarán un riesgo para la salud de la población.
6.2. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11 de la Ley N19.300 (Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire), es posible indicar que el proyecto descargará un efluente tratado a las aguas del río Traiguén dando cumplimiento a la Tabla N 1 del D.S. N* 90/2000 (MINSEGPRES), que establece “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”. La eficiencia de remoción de las distintas etapas del tratamiento de RlLes permite concluir que los parámetros DBO;, Sólidos Suspendidos Totales, Nitrógeno Total Kjeldah! (NTK), Aceites y Grasas y pH, se mantendrán bajo los límites establecidos por dicha normativa.
El proyecto no contempla corta de bosque nativo. En el predio donde se ejecutará el proyecto no se observaron especies de flora o fauna indicadas en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas.
De acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista en el proceso de evaluación y detallados en extenso en el Informe Consolidado de Evaluación (ICE), se concluye que la ejecución del proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
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6.3. Atendiendo a las características, naturaleza y ubicación del proyecto, no le resultan aplicables los efectos, caracteristicas o circunstancias señalados en la letra “c” a la “f" del artículo 11, puesto que:
- El proyecto se encuentra emplazado en un área rural, especificamente en el sector Cruce Los Tambores, y cercanos a esta zona no existen comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, ni tampoco se desarrollan ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore que pudieren verse afectadas por la materialización del proyecto, siendo las viviendas más cercanas distantes aproximadamente a 225,6 m (las más cercana) y 903,9 m (la más distante) del área de emplazamiento del proyecto. No afectando el acceso a bienes, equipamiento y servicios existentes en el sector, dado que no existe posta, escuela u otro tipo de servicio público susceptible de ser afectado por las obras y actividades el proyecto, en su área de influencia.
Por otro lado, se requerirán 41 viajes de camiones diarios para la etapa de construcción y 57 viajes de camiones diarios para la etapa de operación, los que serán distribuidos durante un período de 16 hrs (de 08 a 24 hrs), que en términos de volúmenes de flujo no son significativos, y por tanto la capacidad de las vías (ruta 5 y T-210) es suficiente en términos de la capacidad de reserva, no generándose una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
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En el sector de emplazamiento no existen registros de la existencia de comunidades indígenas, sitios arqueológicos, sitios de significancia cultural o tierras traspasadas a personas indígenas susceptibles de ser afectadas por las acciones del proyecto.
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El área de emplazamiento del proyecto se encuentra en un terreno privado. El proyecto no obstruye el acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico, dado que el área de influencia del proyecto no corresponde a un centro o área declarada de interés turístico de acuerdo a lo dispuesto en el D.L. N* 1.224/1975 (MINECON), que establece “Zonas y Centros de Interés Turístico Nacional”. No obstante se consideran medidas para no alterar significativamente el valor paisajístico o turístico del sector, por cuanto se implementará un proyecto paisajístico en la zona frontal a la ruta 5, y se mantendrá una pantalla arbórea lateral de aproximadamente 10 metros en el área del proyecto que conecta la ruta 5 con la ruta T-210, reemplazando las especies ubicadas en el borde frontal del proyecto con la especie Coigúe (Notophagus dombeyi) de manera gradual.
-
El área de emplazamiento de las obras proyectadas no se encuentra próxima a ningún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N” 17.288. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de realizarse algún hallazgo arqueológico, el titular procederá a dar el aviso correspondiente al Consejo de Monumentos Nacionales, en conformidad a la Ley N* 17.288 de Monumentos Nacionales, como asimismo, realizará charlas de inducción sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área de ejecución del proyecto y los procedimientos a seguir en caso de algún hallazgo, a los trabajadores del proyecto. La charla será dictada por un arqueólogo antes de comenzar la construcción de la planta, posteriormente se remitirá un informe con los contenidos de la inducción y el registro de los asistentes a la misma, a las autoridades competentes.
Considerando lo expuesto, se demuestra que el proyecto no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias mencionados en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, desarrollados en los artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 del Título M dei Reglamento del SEIA, por lo que sólo procede presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), todo ello de conformidad a lo indicado en el artículo 4 del mencionado Reglamento.
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- Que el titular deberá considerar los siguientes elementos para la ejecución del proyecto:
7.1. Respecto de la revegetación del sector a rellenar (pozo de lastre existente), esta deberá realizarse al finalizar la etapa de construcción del proyecto. Respecto del reemplazo de vegetación de las franjas visibles desde las rutas terrestres, la faena de reforestación con Coigúe (Nothofagus dombey/ deberá quedar finalizada dos años después del inicio de la fase de operación del proyecto.
7.2. Solicitar en la SEREMI de Agricultura de Los Ríos, un informe favorable de construcciones ajenas a la agricultura en predios rurales, una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.
7.3. Ingresar a la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, antes de comenzar las obras, todos los antecedentes del proyecto, de acuerdo a lo indicado en el numeral 4 e inciso tercero del artículo N 2.1.19 y artículo 5.1.5, ambos de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, requeridos para la tramitación y obtención del permiso considerado en el permiso ambiental sectorial del artículo 96 del D.S. N 95/2001, para una superficie total a construir de 23.039 m2.
7.4. No se deberán iniciar las obras del proyecto mientras no se cuente con la autorización respectiva por parte de la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo señalado en los artículos 41 y 171 del Código de Aguas.
7.5, No están permitidas las Descargas de Emergencia, salvo situaciones debidamente calificadas por los organismos competentes. Adicionalmente, se informa también que no está permitida la existencia de by pass.
7.6. Dar aviso a la SISS del inicio de operación del Sistema de Tratamiento en los plazos y condiciones en que este organismo establece.
7.7. Informar a la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos y a la Dirección de Vialidad, Región de Los Ríos, el inicio y término de cada una de las etapas del proyecto (construcción, operación) e informar con la debida antelación, en caso de que alguna etapa se superponga con otra.
7.8. instalar las señales de tránsito Pl-4d y Pl-4e y complementarla con otra señal del tipo informativa (de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito, Capítulo 2 “Señales Verticales”, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones) a fin de advertir la presencia del complejo industrial a los conductores que circulen por la ruta. La autorización para instalar la señalización vial deberá ser tramitada sectorialmente en la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos y la Dirección de Vialidad, Región de Los Ríos.
7.9. El retranqueo proyectado para el acceso vehicular a la planta, deberá incluir tachones en el eje que separa los flujos de circulación de tránsito y tachas en la mediana, adicionalmente deberá incluir tachas en las líneas de borde de calzada. Finalmente, deberá tramitar sectorialmente en la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos y la Dirección de Vialidad, Región de Los Ríos la autorización del diseño final del retranqueo propuesto.
- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, y lo expuesto en la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Rios N* 08/2013, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
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8.1. Ingresar las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA al “Sistema de carga de compromisos ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl)”.
8.2. Realizar un monitoreo semestral de calidad de aguas del cauce receptor considerando tres puntos de muestreo: punto de descarga de los efluentes, 100 m aguas arriba y 100 m aguas abajo del punto de descarga de los efluentes ya tratados, considerando los siguientes parámetros: temperatura (T”), pH, conductividad, oxigeno disuelto, demanda bioquímica de oxígeno (DQO), fósforo total, nitrógeno total, sólidos suspendidos totales y coliformes fecales.
8.3. Respecto del ingreso de embalaje de madera proveniente del exterior, se compromete a coordinar con el SAG el cumplimiento del acuerdo internacional sobre “Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias” (NIMF N*15) por el país exportador.
8.4. Realizar charlas de inducción sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área de ejecución del proyecto y los procedimientos a seguir en caso de algún hallazgo, a los trabajadores del proyecto. La charla será dictada por un arqueólogo antes de comenzar la construcción de la planta, posteriormente se remitirá un informe con los contenidos de la inducción y el registro de los asistentes a la misma, a las autoridades competentes.
8.5. Mantener un Plan de Gestión de Valorización de Materiales, para los residuos que tengan potencialidad de ser revalorizados, denominados Residuos Industriales Aprovechables (RIA). Este tipo de residuos son recuperados tanto con proveedores locales como a nivel nacional. En caso que existan instalaciones locales que reciclen este tipo de residuos, se compromete darles prioridad, para potenciar este tipo de iniciativas.
8.6. Implementar un proyecto paisajístico en la zona frontal a la ruta 5, con la finalidad de insertar de mejor manera el proyecto en su entorno natural.
8.7. Mantener una pantalla arbórea lateral de aproximadamente 10 m en el área del proyecto que conecta la ruta 5 con la ruta T-210, reemplazando las especies ubicadas en el borde frontal del proyecto con la especie Coigúe (Notophagus dombeyí) de manera gradual.
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Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, la individualización de cambios de titularidad.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos de Administración del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
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-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, todo cambio que pretenda realizar a éste y que difiera del proyecto autorizado ambientalmente, con el objeto de analizar si dicho cambio es de consideración, según lo establece el Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental.
-
Que, para que el proyecto “Planta Verde COLUN” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
-
Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos,
RESUELVE:
-
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Planta Verde COLUN”.
-
CERTIFICAR que el proyecto “Planta Verde COLUN” de la Cooperativa Agrícola y Lechera de La Unión Ltda., acredita y cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales que se señalan en los artículos 90, 91, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
otifíquese y
ypivoso
El de Evaluación Al gb Comisión de
a
AR/PGP/pgp
Distribución:
- Sr. Lionel Mancilla Lausic, Representante Legal Cooperativa Agrícola y Lechera de La Unión Ltda. +» Consejo de Monumentos Nacionales.
- Superintendencia de Servicios Sanitarios.
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Clic:
CONADI, Región de Los Ríos.
Dirección General de Aguas, Región de Los Rios. Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Ríos. Gobierno Regional, Región de Los Ríos.
lustre Municipalidad de La Unión.
SEREMI de Agricultura, Región de Los Rios. SEREMI de Obras Públicas, Región de Los Rios. SEREMI de Salud, Región de Los Ríos.
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos.
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos. SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Ríos. Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Ríos. Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Ríos.
Expediente del proyecto “Planta Verde COLUN”. Archivo SEA, Región de Los Ríos.
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