Evaluación SEA

Planta de Reciclaje y Aula Educativa

Rol 7603951
SEA · DIA · Aprobado · 2012-12-05 · Región de Atacama · Ilustre Municipalidad de Caldera

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN III REGIÓN DE ATACAMA

VISTOS: 1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Planta de Reciclaje y Aula Educativa", presentada por la Señor(a) Patricia Andrea González Brizuela, en representación de Ilustre Municipalidad de Caldera, con fecha 5 de diciembre de 2012. 2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: Oficio Nº12600/178 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 13/12/2012; Oficio Nº129-EA/2012. sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 13/12/2012; Oficio Nº633 sobre la DIA, por CONADI, Región de Atacama, con fecha 17/12/2012; Oficio Nº12344 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 19/12/2012; Oficio Nº1278 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 20/12/2012; Oficio Nº418 sobre la DIA, por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 20/12/2012; Oficio Nº943 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 21/12/2012; Oficio Nº954 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 26/12/2012; Oficio Nº1868 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 26/12/2012; Oficio Nº312 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 26/12/2012; Oficio Nº830 sobre la DIA, por DGA,Región de Atacama, con fecha 26/12/2012; Oficio Nº1103 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 26/12/2012; Oficio Nº847 sobre la DIA,por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 26/12/2012; Oficio Nº869 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 27/12/2012; Oficio Nº002 sobre la DIA, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 02/01/2013; Oficio Nº2524/2012 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 02/01/2013; Oficio Nº586 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 03/01/2013; Oficio Nº21 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 04/01/2013; Oficio Nº70 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 09/01/2013; Oficio Nº168 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 22/03/2013; Oficio Nº95 sobre la Califica Ambientalmente el proyecto "Planta de Reciclaje y Aula Educativa" Resolución Exenta Nº188 Copiapó, 26 de Agosto de 2013 DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 25/03/2013; Oficio Nº2727 sobre la Adenda 1, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 25/03/2013; Oficio Nº214 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 25/03/2013; Oficio Nº177 sobre la DIA, por DGA,Región de Atacama, con fecha 25/03/2013; Oficio Nº322 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 25/03/2013; Oficio Nº214 sobre la Adenda 1, por DOH, Región de Atacama, con fecha 25/03/2013; Oficio Nº1084 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 27/03/2013; Oficio Nº603/2013 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 01/04/2013; Oficio Nº312 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 31/05/2013; Oficio Nº1098/2013 sobre la Adenda 2, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 31/05/2013; Oficio Nº1919/13 sobre la Adenda 3, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 04/06/2013; Oficio Nº1604 sobre la Adenda 3, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 07/08/2013; Oficio 1626/2013 complementario sobre Adenda 3, por SEREMI Salud Región de Atacama, con fecha 14/08/2013. Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'Planta de Reciclaje y Aula Educativa' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios: Oficio no participación en la evaluación Nº98 Por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 26/12/2012 Oficio no participación en la evaluación Nº3471 Por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 27/12/2012 Oficio no participación en la evaluación Nº1445 Por SERNAPESCA, Región de Atacama, con fecha 28/12/2012 3. El Acta de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 21 de agosto de 2013. 4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta de Reciclaje y Aula Educativa". 5. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO: 1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Planta de Reciclaje y Aula Educativa". 2. Que, el derecho de Ilustre Municipalidad de Caldera a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. 3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Planta de Reciclaje y Aula Educativa" consiste en:

3.1. Antecedentes del Titular

Titular : Ilustre Municipalidad de Caldera

R. Legal : Patricia González Brizuela

3.2 Monto de Inversión

$458.572.424 millones de pesos. 3.3 Vida útil del Proyecto 4 meses etapa de construcción, 20 años etapa de operación y 4 meses etapa de cierre.

3.4 Mano de obra

15 personas construcción; 10 personas operación y 15 personas cierre.

3.5 Superficie del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas.

Tabla 1: superficie del proyecto

Tipo de Superficie superficie Predial 95 has Utilizada 0,405 has

3.6 Localización del proyecto

El proyecto se emplazará en la comuna de Caldera, provincia de Copiapó, Región de Atacama fuera del límite urbano comunal, aproximadamente a 4,2 km de la comuna de Caldera.

En el Plano Nº5990 del Adenda N°2 se encuentran todas las Instalaciones del Proyecto y sus coordenadas en WGS 84.

Tabla 2: Coordenadas del Proyecto PUNTO NORTE ESTE Punto Limpio Aula Educativa v13 7005330,17 324700,98 v21 7005324,23 324700,92 v22 7005324,29 324694,92 v27 7005330,17 324694,98 Punto Limpio Galpón Reciclaje v1 7005337,94 324709,34 v2 7005337,69 324733,89 v3 7005324,84 324733,76 v4 7005325,09 324709,21 Punto Limpio Estadio A 7004568 318611 Punto Limpio Unimarc B 7004600 319658 Punto Limpio Puerto Viejo C 7003599 320111 Punto Limpio Bahía Inglesa D 7000836 315899 Fuente: Adenda N°2 proyecto “Planta de Reciclaje y Aula Educativa”. 3.7 Descripción general del proyecto El Proyecto consiste en un complemento a la operación del futuro Relleno Sanitario Caldera el cual cuenta con RCA Nº128 del 14 de Junio del 2012.

El Proyecto se presenta como una obra de mejoramiento operacional complementaria al funcionamiento del Relleno Sanitario, que tiende a disminuir la cantidad de residuos que deben ser dispuestos en él, a través de una Planta de Reciclaje que recibirá una variedad de residuos asimilables a domésticos proveniente de recolecciones segregadas y cuatro Puntos Limpios dentro de la comuna; dos en el centro de la comuna de Caldera, uno en Bahía Inglesa y uno en Puerto Viejo.

3.7.1 Definición de las Partes, Acciones y Obras Físicas del Proyecto

3.7.1.1 Etapa de Construcción El Titular señala en Adenda N°1 que el hito que marcará el inicio de la etapa de construcción estará dado con la instalación de faena y el trazado de las obras.

a) Instalación de Faena

La instalación de faenas, primera etapa de desarrollo del proyecto, consiste principalmente en habilitar contenedores reacondicionados en el sitio del Relleno. Estas instalaciones serán habilitadas para ser utilizadas como oficinas, bodegas, comedores y vestidores. Durante esta fase se utilizará el acceso actual al vertedero, para la entrada y salida de camiones, vehículos de carga, personal, etc. El área de instalación de faenas estará completamente cercada y el acceso será controlado y restringido, para lo cual se instalará una caseta de control de entrada con personal de guardia las 24 horas del día.

b) Preparación del terreno

El proyecto contempla la preparación del terreno a través de un escarpe inicial de 20 cm, para posteriormente realizar la nivelación y emparejamiento donde se construirán las instalaciones. Estos trabajos serán realizados mediante motoniveladora y rodillo liso- vibrador, el transporte del material extraído se realizará con camiones tolva de 12 a 14 m³ de capacidad. La fase de preparación del terreno se distribuirá en aproximadamente 1 mes para toda la fase de construcción.

c) Instalaciones

Las instalaciones previstas en este proyecto corresponden a un galpón de Reciclaje, un Aula Educativa y 4 Puntos Limpios.

c.1) Planta de Reciclaje

El proyecto contempla la construcción y operación de un galpón de reciclaje, cuya superficie será de 288 m², con 12 m de frente, 24 m de largo y 4,5 m de altura al hombro.

La estructura principal de este galpón se ha diseñado en perfiles Tubest acero en planchas y perfiles, en pernos, revestido con planchas de acero, techumbre revestida con planchas de acero. Se colocarán franjas de paneles traslúcidos de FRP y 2 mm de espesor mínimo. Todo el interior de este galpón será pavimentado mediante losa de hormigón armado. El Plano de la instalación se encuentra en el plano P 5990 PLANO 2.1 de la DIA.

Dentro del galpón de reciclaje se instalará el equipamiento de clasificación manual, compuesto por:

 Tolva de recepción de residuos segregados en origen.  Cintas transportadoras de residuos.  Cinta de selección manual de residuos, con contenedores para el depósito de los materiales reciclables.  Zona de descarga final en un contenedor de residuos sin clasificación.

c.2) Aula Educativa Esta instalación consistirá en una superficie techada de aproximadamente 36 m², construida mediante el acondicionamiento de dos contenedores de 20 pies unidos en su largo, permitiendo formar un área propia para el Aula Educativa. Se proyecta conservar el contenedor de la sala de reuniones proyectada en las instalaciones del relleno sanitario, acondicionándolo a las condiciones impuestas en este proyecto, se le anexará un segundo contenedor de igual dimensión. Al Aula Educativa al igual que al resto de las instalaciones se suministrará energía eléctrica por medio de un grupo generador proyectado para ambos proyectos.

c.3) Punto Limpio

Dentro del proyecto se contempla el diseño de cuatro Puntos Limpios que se emplazarán dentro de la comuna de Caldera, dos en la ciudad capital comunal, uno en Bahía Inglesa y uno en Puerto Viejo, estos últimos se espera que en los meses de verano acumularán la mayor parte de materiales reciclables. En cada Punto Limpio se instalará 1 contenedor maritimo con una dimensión de 3x6x2.59 metros.

La estructura del Punto Limpio tipo del proyecto se muestra en el Plano P 5990 PLANO 1.4 de la DIA, diseñado para una población de 5.000 personas. Consiste en un contenedor marítimo de 20 pies apoyado sobre un radier, acondicionado con 4 aberturas o receptores para introducir los distintos materiales a reciclar. En la Figura N°1 de la DIA se muestra una imagen del tipo de Puntos Limpio que se instalarán.

Los puntos limpios contarán con iluminación nocturna mediante la disposición de un panel solar. De lo anterior, el equipamiento considerado para cada punto limpio consistirá en:  Contenedor Marítimo adaptado como punto limpio.  4 Contenedores plásticos con ruedas de 1000 litros (tamaños y cantidad podrán variar durante la vida útil del proyecto).  8 Maxi sacos para transportar los residuos.  1 Panel solar.

d) Modificación Instalaciones Existentes

El Titular señala en Adenda N°2 que, las instalaciones que se utilizarán en común con el proyecto “Relleno Sanitario comuna de Caldera”, aprobado ambientalmente favorable a través de la RCA N°128/2012, son los que se indican a continuación:

Tabla 3: Obras de uso común con Relleno Sanitario de Caldera

OBRAS COMUNES MODIFICACIÓN Áreas con pavimento (camino de acceso e interiores) Se contempla la modificación de superficies descubiertas pavimentadas, debido a la proyección de nueva infraestructura dentro del recinto. Así se proyecta la pavimentación de una vereda proyectada al costado del Galpón de Reciclaje (Ver lámina Nº1 coordenadas v5 a v8 del Adenda N°1). Además de la construcción de vereda en todo el perímetro de la infraestructura de servicios y operaciones. Ver Lamina 1 adjunta en Adenda N°1. Baños y Servicios Junto al aula educativa se mantendrá el contenedor proyectado para el Relleno Sanitario dotado de 2 wc, 3 lavatorios y 2 duchas como servicios higiénicos para mujeres y se agregará un segundo contenedor acondicionado con 2 wc, 1 urinario, 2 lavamanos y 2 duchas servicios higiénicos para hombres. Las duchas serán suministradas de agua caliente mediante el calefont de 16 L proyectado para el relleno sanitario. Suministro y Abastecimiento de Agua potable El suministro de agua potable para comedor, baños, duchas y vestidores, será a través de un empalme con una línea de agua existente, conectada a un estanque de 2400 L desde donde se eleva el agua mediante una electrobomba tipo Pedrollo PKM 65/0,7 HP 0,54 Kw o similar para el abastecimiento. Debido a que la capacidad del estanque proyectado para el RS atendía los requerimientos de los 6 operarios, y la Planta de Reciclaje y Aula Educativa incorpora 16 personas más, se remplazará dicho estanque por uno de 12.000 L de capacidad, considerando a la vez una frecuencia de llenado cada 3 días. Para suministrar agua caliente a las duchas, se mantiene el calefont de 16 L proyectado para el relleno sanitario. Sistema de Alcantarillado Todas las aguas de desecho provenientes del proyecto serán manejadas a través de sistema particular de alcantarillado existente. Sistema de Suministro Eléctrico La planta de reciclaje, aula educativa y todas las instalaciones del Relleno Sanitario de Caldera, todos emplazados en el mismo predio, serán abastecidos de electricidad por medio del grupo generador de 140 KVA para cubrir los requerimientos de todas las instalaciones, impulsión agua potable, iluminación exterior, báscula de pesaje, equipo de hidrolavado y planta de reciclaje. Señalética Se colocará un letrero que indique el emplazamiento de la planta de reciclaje y del área de disposición de residuos sólidos, además se ubicarán letreros menores que definan el aula educativa, baños, comedor, galpón de mantenimiento, planta de lavado de camiones y pesaje al exterior de cada instalación mencionada. Báscula de pesaje de camiones No se contemplan modificaciones en la Báscula de pesaje de camiones. Galpón de mantenimiento, estacionamiento y lavado de maquinaria y vehículos No se contemplan modificaciones en el Galpón de Mantenimiento, estacionamiento y lavado de máquinas y vehículos. Fuente: Adenda N°2 proyecto “Planta de Reciclaje y Aula Educativa”.

3.7.1.2 Etapa de Operación

El Titular señala en Adenda N°1 que el hito marcará el inicio de la etapa de operación será luego de una semana de marcha blanca, con el fin de verificar el correcto funcionamiento de la Planta antes de operar.

a) Control de Ingreso de Vehículos y Personas

Todo vehículo o persona ajena a la operación del Proyecto deberá ser previamente autorizado por el administrador de la Planta o por quien éste designe como responsable del control de ingreso. En caso de autorizado el ingreso, los vehículos serán ubicados en el sector de estacionamientos y las visitas se dirigirán hacia la oficina de administración, donde se registrarán sus datos personales, motivo de la visita, fecha, hora de ingreso y hora de salida. Será responsabilidad del Administrador de la Planta verificar que las visitas reciban charla de seguridad apropiada con la cual se informen los riesgos potenciales, además de revisar que éstas cuenten con los elementos de protección personal necesarios.

b) Registro y Recepción de Residuos

Cuando el camión recolector de materiales reciclables ingrese a la Planta, el personal a cargo del control de ingreso y pesaje de camiones, deberá realizar el procedimiento de control y verificación de la carga, registrando por escrito y en triplicado cada uno de los siguientes datos: fecha y hora de la recepción; procedencia de la carga; tipo de residuo, peso de la carga recibida (pesaje directo en báscula); Identificación vehículo y otras observaciones relevantes.

TABLA Nº4: Categorías de materiales potencialmente reciclables.

Categorías Fracciones de separación Papel Diario Revistas Papel Blanco Papel Kraft Cartón Cartón Cartón Sucio Dúplex Plásticos PET Bolsas (supermercado) Plásticos Negro Envases Yogurt Otros Plásticos Plásticos Metales Aluminio Metal Ferroso Vidrio Vidrio Transparente Vidrio Color Fuente: DIA proyecto “Planta de Reciclaje y Aula Educativa”.

c) Aula Educativa

El recinto será destinado a realizar programas de educación y sensibilización de la comunidad en aspectos relacionados con el adecuado manejo de los residuos, forma de separar y acondicionar los materiales reciclables y otros temas ambientales, adicionalmente se contemplan visitas dirigidas a las instalaciones del Proyecto.

d) Planta de Reciclaje

Se contempla la instalación de una planta de clasificación de R.S.U. con capacidad para procesar aproximadamente 2 toneladas de residuos por hora. La operación de la planta de reciclaje consiste en la disposición de los residuos en la tolva de recepción desde donde se trasladan hasta la cinta de clasificación mediante la cinta de elevación. La Planta de reciclaje tendrá una cinta de clasificación donde los operadores separarán los residuos previamente segregados en origen, derivándolos a los contenedores los cuales posteriormente son trasladados hacia el área de acondicionamiento de materiales reciclados. La planta de reciclaje contará con una prensa vertical, una enfardadora, una trituradora y una grúa horquilla las cuales permitirán acondicionar el material. El Titular en la DIA presenta los principios operacionales para la Planta de Reciclaje El Titular señala en Adenda N°1 que mantendrá en el Proyecto un registro de retiro de materiales reciclables por parte de empresas que cuenten con autorización sanitaria vigente, siendo entregada dicha información a las Autoridades Sanitarias con una frecuencia semestral. La planilla que utilizará se encuentra en el Anexo A “Manual de Operaciones” del Adenda N°1. El Proyecto no recibirá residuos peligrosos en ninguna de sus etapas. Ante el eventual y poco probable ingreso de residuos peligrosos a la Planta las medidas a tomar serán las siguientes: dar aviso al encargado de la Planta, separar el residuo con características de peligrosidad y trasladar y disponer los residuos en un lugar autorizado para tal fin.

d.1) Clasificación y acondicionamiento de los materiales reciclables

El vaciado del material reciclable se realizará directamente sobre la tolva de recepción que se ubica al ras de piso, las paletas de empuje colocadas sobre la banda de la cinta de elevación, los ángulos laterales de la tolva y el ángulo de inclinación de la cinta de elevación permiten lograr la condición de alimentación auto regulada, permitiendo que las bolsas y bultos recibidos sean extraídos progresivamente y en forma ordenada, aun cuando se trabaje a tolva llena.

Desde la cinta elevadora los residuos caen sobre la cinta de clasificación. Paralela y a lo largo de la cinta de clasificación se ubicará el personal encargado de separar los materiales manualmente, los que depositarán en contenedores que se ubican a un costado de él. Al final de la cinta se ubica un carro para recibir los materiales de rechazo, los que posteriormente serán dispuestos en el relleno sanitario. Los materiales clasificados serán transportados manualmente (contenedor con rueda) o mecánicamente al sector de enfardado, para ser compactados según clase y valor comercial. Los materiales no compactables, por ejemplo, el vidrio serán depositados directamente en contenedores, el material de rechazo será depositado en contenedor para ser depositado en el relleno.

Finalmente, los materiales enfardados serán acopiados en el mismo galpón, hasta contar con un volumen adecuado para su venta. Los residuos que no se puedan valorizar serán transportados al Relleno Sanitario de Caldera, para su disposición final. Esta maniobra se realizará como mínimo al final de la jornada pudiendo repetir la maniobra según necesidad.

e) Punto Limpio

Los materiales reciclados acumulados en los puntos limpios serán recolectados y llevados a la Planta de Reciclaje para su acondicionamiento, acopio y posterior venta. La frecuencia de recolección dependerá de la cantidad de material almacenado, se considera al inicio una frecuencia de una vez por semana para el caso de los puntos limpios ubicados en la Ciudad de Caldera, para los instalados en el área turística la frecuencia será una vez cada 15 días en época de invierno y una vez por semana en época de verano. El Titular en el Anexo A “Manual de Operaciones” del Adenda N°1, especifica las medidas preventivas y de corrección que se deberán tomar en caso de mal uso de los Puntos Limpios de la comuna. El Titular en Adenda N°2 señala que la supervisión de los Puntos Limpios se realizará por medio de la Dirección de Operaciones del Municipio con una frecuencia de dos veces al día los primeros 3 meses de funcionamiento, contemplándose una vista en la mañana y otra en la tarde. Una vez transcurrido dicho tiempo, la supervisión será una vez al día. Dentro del Galpón (Punto Limpio), se mantendrá un registro de las inspecciones y de los retiros de los materiales reciclables cuando estos hayan alcanzado el 90% de su capacidad. El Titular señala en Adenda N°1, que los residuos reciclables recolectados en los Puntos Limpios serán transportados en la tolva del camión dentro de maxisacos (un maxisaco para cada tipo de residuo). El material reciclable obtenido de la Recolección Segregada estará dentro de bolsas Como medidas de seguridad se consideran las siguientes:

 El personal deberá tener la licencia de conducir al día y encontrarse calificado para el manejo de los camiones.  Solo el personal que se encuentre autorizado podrá conducir los camiones. Se prohíbe que el personal que no cuente con autorización y/o acreditación conduzca los camiones.  Todos los vehículos a utilizar deberán contener la revisión técnica al día, con el objetivo de velar por su buen estado y funcionamiento.

Las rutas por las cuales circularán los camiones en el centro de la ciudad serán las que actualmente se efectúan para la recolección normal de residuos sólidos domiciliarios y que son definidas por el municipio. La ruta de acceso al Proyecto será la ruta C- 321, que corresponde a la ruta actual de ingreso al actual vertedero y futuro relleno sanitario.

f) Recolección Segregada

Para el levante de los materiales segregados ya sea en puntos limpios o en los puntos de generación se contempla la adquisición de un camión. La frecuencia del servicio de recolección selectiva será de una vez por semana, y la recolección de los puntos limpios una vez por semana o cada 15 días según lo indicado en el punto anterior.

g) Plan de Contingencia y Mantención del Proyecto

El Plan de Contingencia tiene por objetivo definir los procedimientos mediante los cuales se responderá ante eventuales situaciones adversas. En el caso eventual de ocurrir algún tipo de emergencia, el Titular realizará las siguientes medidas:  Dar aviso del evento al Administrador de la planta de reciclaje, además del Municipio de Caldera;  Dar aviso del evento a la Autoridad Sanitaria respectiva, Superintendencia de ]Medio Ambiente, Bomberos, Carabineros y a la Oficina Regional de Emergencia;  Se ejecutarán inmediatamente las acciones correctivas descritas a continuación para cada tipo de contingencia  El personal será capacitado mediante charlas de prevención de riesgos y a través de simulacros. En el Adenda N°2 Anexo A, el Titular presenta un complemento a lo presentado en la DIA, donde presenta un Plan de Contingencia, respecto de: Fallas en la Maquinaria o Equipamiento utilizado; focos de incendio en las instalaciones; riegos naturales e higiene industrial.

3.7.1.3 Etapa de Cierre

Una vez llegado al final de su vida proyectada, se evaluará técnicamente si se mantiene en funcionamiento o se cierra definitivamente.

En caso que la opción sea el cierre de la Planta de Reciclaje y Aula Educativa, se procederá al desarme de todas las instalaciones que le conforman.

3.8. Antecedentes relevantes del proceso de Evaluación 3.8.1 Emisiones a la Atmósfera

En el Anexo B “Emisiones Atmosféricas” del Adenda N°1, el Titular presenta una estimación de las emisiones para la etapa de construcción y operación del proyecto.

Como Medida de Manejo Ambiental para el Material Particulado se utilizará Bischofita para la estabilización de los caminos internos del proyecto. Dicha actividad se realizará 2 veces por año llevándose un registro el cual estará en la Planta de Reciclaje a disposición cuando se estime conveniente.

Adicionalmente se tomarán las siguientes medidas:

 Se restringirá la velocidad máxima al interior del área del Relleno a 30 Km/h.  Se efectuará mantención preventiva de la maquinaria y se utilizará sólo vehículos que tengan su revisión técnica al día y cumplan con la normativa vigente.  Mantener los registros de las mantenciones preventivas de la maquinaria y revisión técnica al día de los vehículos en la Planta de Reciclaje.  Los camiones que transporten material, estarán cubiertos con carpa para evitar la dispersión de material particulado.

El Titular señala que el manejo y transporte del material reciclable no generará emanación de olores debido a las características de composición de los residuos inertes, independientemente de ello el proyecto contempla el lavado de los camiones y contenedores, el cual ya se encuentra aprobado en la RCA N°128/2012 del proyecto “Relleno Sanitario comuna de Caldera”.

3.8.2 Emisiones de Ruido

El Titular en el Anexo B del Adenda N°3 presenta un informe acústico donde presenta las coordenadas de los receptores más cercanos al Proyecto, la medición de ruido de fondo y la evaluación del ruido con la normativa vigente. En el Plano 1 del Adenda N°2, el Titular presenta una vista general donde identifica los receptores más cercanos al Proyecto. Además, el Proponente señala en Adenda N°3 que una vez iniciada las actividades de construcción realizará una medición de ruido en terreno de forma de garantizar el cumplimiento normativo., el cual será enviado a la SEREMI de Salud de Atacama y la Superintendencia de Medio Ambiente.

Tabla 5: niveles de ruido del proyecto etapa de operación. Niveles Globales RF – Horario

Punto NPSeq dB(A) NPSmax dB(A) NPSmin dB(A) Norma 38/2011 Punto 1 37,1 48,4 33,4 65 Punto 2 36 47,5 32,8 65 Punto 3 36,7 48,1 28,4 65 Fuente: SEA Atacama.

3.8.3 Residuos

Los únicos residuos líquidos que se generarán durante la operación del Proyecto corresponden a aguas servidas. La producción promedio de este tipo de residuos se estima en 3,3 m³/d como caudal máximo y considerando 150 l/día por trabajador y un total de 22 trabajadores (10 en Planta de Reciclaje, 6 en Relleno Sanitario y 6 población flotante del Aula Educativa).

Dentro de los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, se estima que el total máximo de residuos será de 220 kg/mes, considerando un promedio de 22 trabajadores, jornada laboral lunes a viernes y 0,5 kg/día de residuos por trabajador. Estos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados, en el Relleno Sanitario de la Comuna de Caldera.

El Agua Industrial que utilizará el Proyecto será para el lavado de camiones por medio una hidrolavadora la cual tiene un consumo de 21 L/min estimando un tiempo de lavado de 6 minutos. Se considera 6 viajes a la semana de Recolección Segregada y 4 viajes a la semana de la recolección de Puntos Limpios. En promedio se lavarán 2 camiones diarios, (uno proveniente de la Recolección Segregada y uno proveniente de la recolección del Punto Limpio. De este modo es posible estimar un volumen diario de 252 L de aguas residuales y 1260 L semanales, el lavado de los camiones y contenedores, ya se encuentra aprobado en la RCA N°128/2012 del proyecto “Relleno Sanitario comuna de Caldera”.

3.8.4 Recurso Hídrico

Tabla 6: consumo de agua potable.

ETAPA CONSTRUCCIÓN ETAPA OPERACIÓN Agua Potable Agua Industrial Agua Potable Agua Industrial Consumo m3/día 2,2 - 4,4 0,2 Fuente: Adenda N°1, proyecto “Planta de Reciclaje y Aula Educativa”.

El agua destinada a consumo humano que se utilizará el Proyecto cumplirá con lo establecido en el D.S 735/69 Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano del MINSAL. Además se llevará un registro diario de la medición de cloro libre residual el cual estará disponible en el Proyecto para cuando la autoridad estime conveniente.

3.8.5 Transporte

Tabla 7: Flujo de transporte del proyecto etapa de operación

Frecuencia Viajes Camiones Punto Limpio Viajes Camiones Recolección Segregada Viajes Camiones transporte insumos Viajes Vehículo Transporte personal TOTAL Frecuencia Semanal 4 6 1 6 17 Frecuencia semanal (Ida y vuelta) 8 12 2 12 34 Fuente: Adenda N°1, proyecto “Planta de Reciclaje y Aula Educativa”.

El Titular indica en el Adenda N°1 que el volumen máximo a transportar será acorde a la capacidad del camión. Se considera utilizar camiones tolva con una capacidad de carga de 2.800 kg. El transporte de los residuos se realizará por medio de camiones tolva de 7 a 8 m³ de capacidad. La recolección de materiales reciclables se llevará a cabo por medio de dos métodos, Puntos Limpios y Recolección Segregada. En el caso de los Puntos Limpios los materiales serán almacenados en contenedores por separado mientras que en la Recolección Segregada serán almacenados en un único recipiente o bolsa. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Planta de Reciclaje y Aula Educativa" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta de Reciclaje y Aula Educativa" cumple con: a) Decreto 144/61, establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza Cumplimiento: Se generarán emisiones a la atmósfera por concepto de movimientos de tierra durante la etapa de construcción y, emisiones provenientes de la combustión interna de los motores de las maquinarias y camiones que participarán en el desarrollo del proyecto. El Titular en el Anexo B del Adenda N°1, presenta una estimación de las emisiones para todas las etapas del proyecto. b) Decreto Supremo Nº 4/94, de MTT, Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados. Cumplimiento: Parte de las emisiones atmosféricas atribuibles a esta actividad, corresponden a aquellas provenientes de la combustión interna de los camiones que participarán en el desarrollo del proyecto. El proyecto contemplará vehículos que cumplan con los valores para la emisión de contaminantes estipulados por las normas vigentes, al igual que con su revisión técnica al día. c) Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Cumplimiento: Durante el desarrollo del proyecto se generarán emisiones de ruido provenientes principalmente del tránsito de camiones desde y hacia la planta, además de la maquinaria a utilizar durante la etapa de construcción, la cual ira disminuyendo a medida que termine la obra. La generación de ruido, se realizará exclusivamente en horario de diurno de las 08:00 a las 19:00 hrs (horario de operación). El Titular en el Anexo B del Adenda N°3 presenta un informe acústico donde presenta las coordenadas de los receptores más cercanos al Proyecto, la medición de ruido de fondo y la evaluación del ruido dando cumplimiento al presente Decreto. d) Ley Nº 17.288/1970. Ley sobre Monumentos Nacionales. Cumplimiento: El área donde se emplaza el proyecto corresponde a un área ya intervenida producto de la existencia del vertedero municipal en el sitio. De acuerdo a la revisión de los antecedentes arqueológicos, el área del proyecto no presenta sitios con valor histórico o cultural u otros con valor antropológico o arqueológico. No obstante, en caso de que produzca la situación descrita en el artículo 26 de la ley (hallazgos), se procederá de inmediato a realizar la correspondiente denuncia ante la autoridad competente. ante el eventual y poco probable hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra del proyecto, se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo y se dará aviso inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales. e) D.S Nº594 /1999 modificado por los D.S N°556, 201, 57, 4 y 97 /2011. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Cumplimiento: se instalarán servicios higiénicos (baños, duchas y lavatorios) en cantidades y calidad de acuerdo al presente Decreto, basándose de acuerdo a la cantidad de mano de obra contratada, además, todos los residuos líquidos generados de dichos usos serán dispuestos en la red de alcantarillado aprobada en la RCA N°128/2012. 5. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta de Reciclaje y Aula Educativa" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 93 y 94 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5.1 Art. 93 del Reglamento del SEIA Respecto del permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. 725/67.

El Titular en el Adenda N°1, presenta los antecedentes para el otorgamiento de este PAS, donde indica la caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos que recibirá el proyecto, las obras civiles proyectadas y existentes en el proyecto.

TABLA 8: Composición de los Residuos

Fuente: Adenda N°1 proyecto “Planta de Reciclaje y Aula Educativa”. La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a través del Ord N°1626 de fecha 14 de agosto del 2013.

5.2 Art. 94 del Reglamento del SEIA Respecto de la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. El Titular en el Adenda N°2 presenta los antecedentes para la solicitud del PAS 94, los cuales son complementados en el Anexo B del Adenda N°3 con el informe ruido del proyecto hacia los más cercanos al receptores del proyecto. componente %categoría Orgánicos 43,30% Papel 6,30% Cartón 8,80% Plásticos 16% Metales 2,00% Vidrios 7,50% Inertes 1,00% La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a través del Ord N°1626 de fecha 14 de agosto del 2013, clasificando el Proyecto como MOLESTA. 6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Sondajes de Exploración de Litio" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

6.1 En relación a lo señalado en el literal a) del artículo 11 de la Ley General de Bases del Medio Ambiente.

Para el caso de las emisiones atmosféricas generadas por el tráfico vehicular, el proyecto considera aplicar bischofita por los caminos internos del proyecto. Asimismo el Titular en el Anexo B del Adenda N°1, presenta una estimación de sus emisiones para cada una de las etapas del Proyecto, estimando una cantidad 0,94 ton/año de MP10. El Titular señala en el Adenda N°1 que el manejo y transporte del material reciclable no generará emanación de olores debido a las características de composición de los residuos inertes, independientemente de ello el proyecto contempla el lavado de los camiones y contenedores los cuales fueron aprobados en la RCA N°128/2012 del “Relleno Sanitario comuna de Caldera”. Los residuos líquidos que se generarán durante las etapas del Proyecto serán aguas servidas, utilizadas en baños, duchas y lavaplatos. El proyecto no contempla la generación de residuos líquidos industriales, ya que, el lavado de camiones es parte de la RCA N°128/2012. Todas las aguas de desecho provenientes del contenedor servicios contenedores proyectado, serán manejadas a través del sistema particular de alcantarillado existente de la RCA N°128/2012, en el Anexo D.2 “Alcantarillado” se encuentran las características del sistema de alcantarillado. El Titular en el Anexo B del Adenda N°3, presenta un informe de ruido, donde se concluye que el proyecto en ninguna de sus etapas (cierra, operación y cierre) generará efectos en los receptores más cercanos producto de las emisiones sonoras que producirá el proyecto, dando cumplimiento a la normativa ambiental vigente. Por todo lo anteriormente mencionado, el Proyecto no generará riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los residuos y emisiones que generará o producirá durante el tiempo que se encuentre el proyecto.

6.2 En relación a lo señalado en el literal b) del artículo 11 de la Ley General de Bases de Medio Ambiente.

El proyecto no generará efecto sobre los recursos naturales, ya que considera un área que se encuentra actualmente intervenida por el vertedero y evaluada por la RCA N°128/2012 del “Relleno Sanitario comuna de Caldera”. El Titular en el Anexo B.2 de la DIA, presenta una caracterización ambiental de la superficie total del terreno donde se incluyen ambos proyectos concluyendo que en el sector, no existe afectación sobre la composición florística-faunística y en el sector se encuentran la carencia de elementos relevantes y sin representantes amenazados en su supervivencia, además que las especies observadas en el lugar poseen una amplia distribución tanto regional como nacional, no encontrándose en algún estado de conservación. Por todo lo anteriormente mencionado, el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovales, incluidos el suelo, agua y aire.

6.3 En relación a lo señalado en el literal c) del artículo 11 de la Ley General de Bases de Medio Ambiente.

El proyecto se emplaza dentro del área aprobada favorablemente en la Resolución Calificación Ambiental (RCA Nº128) del Relleno Sanitario Caldera, en el cual no existe presencia de asentamientos humanos. Cabe consignar que en el área del Proyecto no existe presencia de localidades pobladas y como tal no existe población expuesta. En efecto, el sector poblado más próximo al área del Proyecto, se encuentra aproximadamente a 2,6 km de distancia.

Por lo anterior, el Proyecto no provocará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

6.4 En relación a lo señalado en el literal d) del artículo 11 de la Ley General de Bases de Medio Ambiente.

El Proyecto, incluidas sus obras o acciones asociadas, en cualquiera de sus etapas, no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

6.5 En relación a lo señalado en el literal e) del artículo 11 de la Ley General de Bases de Medio Ambiente.

El Titular señala que el área del proyecto ya se encuentra intervenida por la presencia del Relleno Sanitario aprobado RCA N°128/2012, sin embargo, el presente proyecto se ajustará a la arquitectura definida para las instalaciones administrativas del relleno sanitario y tendrán un diseño acorde al paisaje por lo que no existirán elementos contrastantes con el entorno del paisaje. Por todo esto, el Proyecto no presenta alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

6.6 En relación a lo señalado en el literal f) del artículo 11 de la Ley General de Bases de Medio Ambiente. El Titular señala en el Adenda N°2, que el proyecto se encuentra dentro del perímetro aprobado a través de la RCA N°128/2012, en el cual se presentaron Medidas de Manejo Ambiental sobre los hallazgos detectados los cuales se encuentran fuera del área del presente proyecto. Asimismo, en el Anexo C-1 y C-2 de la DIA, el Titular presentó una caracterización Arqueológica y Paleontológica del proyecto. Por todo lo anterior, el Proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

  1. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente: El Titular asume como compromiso voluntario la implementación de un Plan Operacional y Comunicacional de separación dirigido a la comunidad, donde se señalará los días y horarios de recolección diferenciada, contenedores a implementar en lugares públicos, tipos de camiones a utilizar para la actividad, medios de comunicación utilizados para dirigirse a la comunidad.
  2. Que, Para el adecuado seguimiento y fiscalización de las condiciones y obligaciones sobre la base de las cuáles se aprobó la resolución de calificación ambiental (RCA), el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, y el término de la etapa de cierre, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes, acciones y obras físicas del Proyecto, cuando ésta lo solicite y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
  3. El Titular deberá proporcionar a la Superintendencia todos los antecedentes de la Resolución de Calificación Ambiental, sus modificaciones y aclaraciones, así como, la información sobre las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información asociada al seguimiento de las variables ambientales proyectadas en el proyecto o actividad, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.
  4. Para el debido y adecuado seguimiento de las condiciones, compromisos o medidas y, permisos ambientales sectoriales aplicables, cuyos requisitos técnicos y formales deban ser aprobados o visados por los organismos del Estado competentes, el Titular deberá remitir los antecedentes al servicio respectivo y, de igual forma reportar su efectivo cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente.