Evaluación SEA

Central Hidroeléctrica Añihuerraqui

Rol 7564864
SEA · EIA · Aprobado · 2012-11-29 · Región de La Araucanía · CPA SPA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”

Califica Ambientalmente el EIA del Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”

Resolución Exenta Nº 177/2015

Temuco, 20 de julio de 2015

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. Lo dispuesto en el artículo 19 Nº 8, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley Nº 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el artículo 2 del D.S. Nº 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental;

  2. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, y sus Adendas, presentada por el Señor Héctor Lagunas Méndez, en representación de GTD Negocios S.A. al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA);

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado, que en virtud de sus competencias, participaron en la evaluación del EIA y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Con relación al Estudio de Impacto Ambiental:

Oficio Nº17138 sobre la EIA, por Servicio Nacional de Pesca, con fecha 08/01/2013; Oficio Nº29 DRMA sobre la EIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 09/01/2013; Oficio Nº39 sobre la EIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 09/01/2013; Oficio Nº68 sobre la EIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía, con fecha 11/01/2013; Oficio Nº61 sobre la EIA, por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 14/01/2013; Oficio Nº62 sobre la EIA, por Ilustre Municipalidad de Curarrehue, con fecha 15/01/2013; Oficio Nº1015 sobre la EIA, por Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía, con fecha 15/01/2013; Oficio Nº326 sobre la EIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía, con fecha 15/01/2013; Oficio Nº3-EA/2013 sobre la EIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de la Araucanía, con fecha 15/01/2013; Oficio Nº76 sobre la EIA, por Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía, con fecha 14/01/2013; Oficio Nº24/2013 sobre la EIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, con fecha 16/01/2013; Oficio Nº5410 sobre la EIA, por SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía, con fecha 16/01/2013; Oficio Nº956 sobre la EIA,por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 02/01/2013; Oficio Nº40/0376 sobre la EIA, por Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía, con fecha 16/01/2013; Oficio Nº62 sobre la EIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía, con fecha 18/01/2013; Oficio Nº08 sobre la EIA, por SEREMI de Energía, Región de La Araucanía, con fecha 21/01/2013; Oficio NºA20- 99 sobre la EIA, por SEREMI de Salud, Novena Región de La Araucanía, con fecha 22/01/2013; Oficio Nº134 sobre la EIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de la Araucanía, con fecha 24/01/2013; Oficio Nº369 sobre la EIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 11/02/2013; Oficio Nº113 sobre la EIA, por SEREMI MOP, Región de la Araucanía, con fecha 26/02/2013;

3.2. Con relación al Informe de Respuestas al 1º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

Oficio Nº1868 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía, con fecha 01/10/2013; Oficio Nº4732 DRMA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 14/10/2013; Oficio Nº5758 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía, con fecha 14/10/2013; Oficio Nº31045 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Pesca, con fecha 15/10/2013; Oficio Nº1524 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 15/10/2013; Oficio Nº2097 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía, con fecha 15/10/2013; Oficio Nº30- EA/2013 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de la Araucanía, con fecha 16/10/2013; Oficio Nº602 sobre la Adenda 1, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 16/10/2013; Oficio Nº0367/0397 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía, con fecha 16/10/2013; Oficio Nº344 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, con fecha 17/10/2013; Oficio Nº634 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de la Araucanía, con fecha 17/10/2013; Oficio Nº3701 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía, con fecha 21/10/2013; Oficio Nº1303 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Curarrehue, con fecha 23/10/2013; Oficio Nº2401 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 29/10/2013; Oficio Nº1682 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía, con fecha 10/10/2013; REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Oficio NºA20-2360 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Novena Región de La Araucanía, con fecha 30/10/2013;

3.3. Con relación al Informe de Respuestas al 2º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

Oficio Nº37 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, con fecha 06/02/2014; Oficio Nº250 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 12/02/2014; Oficio Nº14-EA/2014 sobre la Adenda 2, por Corporación Nacional Forestal, Región de la Araucanía, con fecha 18/02/2014; Oficio Nº88 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región de la Araucanía, con fecha 17/02/2014; Oficio Nº2138 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía, con fecha 18/02/2014; Oficio Nº270 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía, con fecha 20/02/2014; Oficio Nº46 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía, con fecha 20/02/2014; Oficio Nº143 sobre la EIA, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 20/02/2014; Oficio NºA20-582 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Novena Región de La Araucanía, con fecha 28/02/2014; Oficio Nº464 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía, con fecha 04/03/2014; Oficio Nº330 sobre la Adenda 2, por Ilustre Municipalidad de Curarrehue, con fecha 25/03/2014;

3.4. Con relación al Informe de Respuestas al 3º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

Oficio Nº64 sobre la Adenda 3, por Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía, con fecha 19/03/2015; Oficio Nº110/2015 sobre la Adenda 3, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, con fecha 19/03/2015; Oficio Nº302 sobre la Adenda 3, por Ilustre Municipalidad de Curarrehue, con fecha 18/03/2015; Oficio Nº64 sobre la Adenda 3, por Servicio Nacional Turismo, Región de la Araucanía, con fecha 19/03/2015; Oficio Nº252 sobre la Adenda 3, por CONADI, Subdirección Nacional Temuco, con fecha 19/03/2015;

3.5. Con relación al Informe de Respuestas al 4º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

Oficio Nº568 sobre la Adenda 4, publicado por CONADI, Subdirección Nacional Temuco, con fecha 30/06/2015; Oficio Nº782 sobre la Adenda 4, publicado por Ilustre Municipalidad de Curarrehue, con fecha 30/06/2015;

3.6. El Acta N° 07/15 del Comité Técnico de fecha 09 de marzo de 2015, citado mediante Circular N° 10/2015 de la SEREMI del Medio Ambiente;

  1. La publicación del extracto del Estudio de Impacto Ambiental, establecida en el artículo 27 de la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº 19.300, efectuada el día 11 de diciembre de 2012 en el Diario Oficial y diario El Austral de Temuco, iniciándose en consecuencia el proceso de Participación Ciudadana (PAC) el día 12 de diciembre de 2012 y concluyendo el día 7 de marzo 2013;

  2. La Resolución Exenta N° 262 del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía de fecha 29 de noviembre de 2013, que resuelve dar inicio al Proceso de Consulta Indígena, del EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”;

  3. La Resolución Exenta N° 65/2014 del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía de fecha 21 de febrero del año 2014, que dispone aplicación de medida provisional según artículo 32 de la Ley N° 19.880, en el marco de la evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”;

  4. La Resolución Exenta N° 247/2014 de la Comisión de Evaluación de Proyectos de la Región de La Araucanía de fecha 22 de agosto del año 2014, que dispone aplicación de medida provisional según artículo 32 de la Ley N° 19.880, en el marco de la evaluación ambiental del EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”;

  5. La Resolución Exenta N° 346/2014 de la Comisión de Evaluación de Proyectos de la Región de La Araucanía de fecha 21 de noviembre del año 2014, que dispone aplicación de medida provisional según artículo 32 de la Ley N° 19.880, en el marco de la evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”;

  6. El Acuerdo Metodológico para Desarrollar el Proceso de Consulta Indígena en el marco de la evaluación de impacto ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” firmado con fecha 11 de junio de 2014 entre el Comité de Salud Punowemanke, el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura y el Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía;

  7. El Acuerdo Metodológico para Desarrollar el Proceso de Consulta Indígena en el marco de la evaluación de impacto ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” firmado con fecha 13 de junio de 2014 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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entre la Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén y el Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía;

  1. El Acuerdo Metodológico para Desarrollar el Proceso de Consulta Indígena en el marco de la evaluación de impacto ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” firmado con fecha 20 de noviembre de 2014 entre la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, el Lof Trancura, el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura y el Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía;

  2. El Acuerdo Metodológico para Desarrollar el Proceso de Consulta Indígena en el marco de la evaluación de impacto ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” firmado con fecha 09 de diciembre de 2014 entre la Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun y el Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía;

  3. El Protocolo de Acuerdo Final del Proceso de Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación de impacto ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” firmado con fecha 06 de octubre de 2014 entre el Comité de Salud Punowemanke Trancura, el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura y el Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía;

  4. El Protocolo de Acuerdo Final del Proceso de Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación de impacto ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” firmado con fecha 27 de octubre de 2014 entre la Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén y el Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía;

  5. El Protocolo Final del Proceso de Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación de impacto ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” firmado con fecha 22 de enero de 2015 entre la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, el Lof Trancura, el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura y el Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía;

  6. El Protocolo Final del Proceso De Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación de impacto ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” firmado con fecha 22 de enero de 2015 entre la Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun y el Servicio de Evaluación Ambiental Región de la Araucanía;

  7. El Informe Consolidado de Evaluación del EIA del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, de fecha 06 de julio de 2015;

  8. Con relación a la visación del Informe Consolidado de la Evaluación Ambiental por parte de los órganos de la administración del Estado que participaron en la evaluación del EIA, se recepcionaron los siguientes documentos: Oficio Nº 6694/2015 por SEREMI de Agricultura Región de la Araucanía, Oficio Nº 3627/2015 por Dirección Regional de Pesca Región de la Araucanía, Oficio Nº 406/2015 por SEREMI MOP Región de la Araucanía, Oficio Nº 1917/2015 por Dirección Regional de Vialidad Región de la Araucanía, Oficio Nº 19-EA/2015 por Corporación Nacional Forestal Región de la Araucanía, Oficio Nº 857 por Ilustre Municipalidad de Curarrehue, Oficio Nº 1150/2015por Dirección Regional de Aguas Región de la Araucanía, Oficio Nº 15/2015 por SEREMI de Energía Región de la Araucanía, Oficio Nº 228/2015 por SEREMI del Medio Ambiente Región de La Araucanía, Oficio Nº 149/2015 por Dirección Regional de Turismo Región de la Araucanía, Oficio Nº 625/2015 por Subdirección Nacional Temuco CONADI, Oficio Nº 896/2015 por SEREMI de Vivienda y Urbanismo Región de la Araucanía, Oficio Nº 2294 DRGA por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, Oficio Nº 282/2015 por Superintendencia de Servicios Sanitarios, Oficio Nº 652/2015 por Dirección Regional del SAG Región de la Araucanía, Oficio Nº (D.A.C.) Ord. SEIA N° 268/2015 por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, Oficio 1309/2015 por SEREMI de Bienes Nacionales, Oficio Nº 1537 por Dirección Regional de Obras Hidráulicas Región de la Araucanía;

  9. Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación Región de La Araucanía debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” cuyo titular es GTD Negocios S.A.

  2. Que el derecho del titular a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente.

  3. Que, debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y al derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.

  1. Que, según lo establecido en el EIA y sus Adendas, el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” consite en:

4.1. Antecedentes generales

4.1.1. Localización

La Central Hidroeléctrica se localizará administrativamente en Región de La Araucanía, provincia de Cautín, comuna de Curarrehue, sector Trankura, ubicado a aproximadamente 8 km de la localidad de Curarrehue, accediendo por la ruta S-983.

Las coordenadas UTM, Datum WGS84, de las principales obras del proyecto son:

Punto Norte (m) Este (m) Captación 5.633.548 283.824 Cámara de carga 5.633.469 283.701 Casa de máquinas 5.633.408 281.431 Restitución 5.633.304 281.386

La localización de este proyecto se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui con derechos de agua constituidos que permitirá el desarrollo hidroeléctrico propuesto, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso. Las obras de generación no se emplazarán en tierra indígena sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

4.1.2 Superficie

La superficie total de intervención del proyecto y sus obras es de 2,23 hectáreas, siendo 1,56 ha para instalaciones de obras temporales y 0,67 ha destinadas a obras permanentes. El siguiente cuadro muestra la distribución de superficies:

Temporalidad Instalación Superficie (ha) Temporal Instalaciones de faenas (Zona de acopio 3) 0,18 Zona de acopio 1 0,12 Zona de acopio 2 0,06 Caminos de acceso 1,20 Sub-Total 1,56 Permanente Bocatoma 0,29 Canal de aducción 0,043 Cámara de carga 0,007 Tubería en presión 0,29 Casa de máquinas 0,021 Obra de devolución 0,019 Sub-Total 0,67 Total 2,23

4.1.3. Vida útil

De acuerdo a la naturaleza del proyecto, la vida útil se estima indefinida para lo cual se realizarán las mantenciones y actualizaciones cuando sean requeridas, de tal forma de mantener su óptimo funcionamiento. Sin perjuicio de lo anterior, se presentan las obras y medidas generales que se contemplan en caso de un eventual cierre y abandono del proyecto en Considerando 4.2.7., Etapa de Abandono, de la presente Resolución.

4.1.4. Mano de obra

Fase Mano de obra promedio Mano de obra máxima Construcción 85 100 Operación 8 24 Cierre o abandono 0 0

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El titular privilegiará la contratación de mano de obra local, en especial a la existente en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto.

4.2. Descripción del proyecto

El proyecto consiste en la construcción y operación de una central hidroeléctrica de pasada sin regulación de caudal cuya operación generará una potencia de 9 MW, utilizando para ello el agua extraída del estero Añihuerraqui en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, donde la distancia entre captación y restitución es 3.054 m con un desnivel de 450 m de acuerdo a Resolución DGA N° 748 de fecha 30 de junio de 2010. Las etapas de la central contemplan la captación de agua del estero, su conducción, transformación en energía eléctrica y transmisión mediante una línea de transmisión de 744 m de longitud, lo que permitirá inyectar la electricidad finalmente al Sistema Interconectado Central (SIC) por medio de la red de distribución local de 23 kV existente.

Este proyecto considera la posibilidad de generar bonos de carbono asociados al desplazamiento de energía generada con combustibles fósiles. Así, de acuerdo a información del Programa País de Eficiencia Energética (PPEE), el factor de carbonización del SIC del año 2011 fue de 0,379[tCO2/MWh]. Teniendo en consideración dicho valor y que las emisiones de CO2 de los proyectos hidroeléctricos pequeños equivale a 5 [KgCO2/ MWh], se determina que el proyecto emitirá 250 [tCO2/año], pudiendo desplazar 18.700 [tCO2/año].

4.2.1. Rutas de acceso

Se utilizarán dos rutas de caminos existentes para acceder al área de emplazamiento del proyecto:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S-983, hasta el área del proyecto (línea segmentada de la imagen)

Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja de la siguiente imagen).

Ambas rutas se establecen en la siguiente imagen:

Considerando que la vía utilizada por las comunidades es el camino de ripio S-983, y en virtud de los acuerdos alcanzados en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena, se dará preferencia al acceso por la Ruta 2 y se aumentarán las medidas de seguridad entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, horarios donde se incrementa el trasporte de escolares y comuneros que viven y transitan por el sector.

4.2.2. Principales obras del proyecto El proyecto considera la construcción de obras e instalaciones de carácter temporal y permanente:

4.2.2.1. Obras temporales: − Instalaciones de faenas − Centros de acopio de materiales − Mejoramiento de caminos interiores de acceso

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4.2.2.2. Obras e instalaciones permanentes: − Obra de toma − Canal de aducción − Cámara de carga − Tubería en presión − Casa de máquinas − Canal de devolución − Línea de transmisión eléctrica

La distribución de las distintas obras de proyectos, tanto permanentes como temporales, se muestra en la siguiente imagen:

4.2.3. Obras temporales

Las obras temporales servirán de apoyo para la habilitación de las obras permanentes durante la construcción del proyecto, las que serán desmanteladas al final de la etapa de construcción restaurando los lugares de emplazamiento a las condiciones más próximas a las originales. Estas obras serán construidas fuera del área de crecidas de cauces naturales para un período de retorno de 100 años.

4.2.3.1. Instalación de faena

El proyecto contará con un sector destinado a la instalación de faena que se ubicará en terrenos cercanos a la casa de máquina proyectada. En este sector, se ubicarán las oficinas administrativas, estacionamiento de vehículos pesados y livianos, área de acopiamiento de materiales, pañol de herramientas, bodega, estanque, bomba para el suministro de combustible, caseta guardia de seguridad y servicios higiénicos, principalmente.

No se considera la instalación de campamento debido a la cercanía de las faenas con localidades cercanas donde se podrá ubicar al personal que participe en la construcción del proyecto.

4.2.3.2. Centros de acopio

Se dispondrá de tres áreas para almacenar transitoriamente materiales, herramientas, preparación de material y clasificación de residuos sólidos según destino final. Cada una de las áreas contará con medidas de protección contra condiciones climáticas y contingencias.

Las características y dimensiones de cada sitio de acopio a implementar en la etapa de construcción se establecen en la siguiente tabla:

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Zona Ubicación Dimensiones Características Zona 1 Frente de trabajo 60 x 20 m - 0,120 ha − Acopio temporal de material de excavaciones − Estacionamientos − 1 oficina tipo container − Sector techado de 50 m2 para acopio de residuos Zona 2 Frente de trabajo 40 x 15 m - 0,060 ha − Acopio de materiales de construcción como tuberías, enfierraduras, etc. − Acopio de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos en contenedores − Estacionamientos Zona 3 Instalación de faenas 60 x 30 m - 0,180 ha − Acopio temporal de material de excavaciones − Bodega de 50 m2 para almacenamiento transitorio de residuos sólidos. − 1 oficina tipo container − Estacionamientos − Estanque de combustible de 3.000 litros Total 0,360 ha

4.2.3.3. Mejoramiento de caminos internos

El proyecto no contempla la construcción de nuevos caminos internos y/o externos, a excepción de un tramo interno de acceso de 80 m de longitud y 4 m de ancho, que conectará la ruta S-983 con el antiguo camino maderero, rodeando el área de instalación de faenas y la casa de máquinas y cuya factibilidad de acceso al predio fue otorgado por la Dirección Regional de Vialidad mediante Certificado de Factibilidad de Acceso Público N° 38 de fecha 14 de mayo de 2013. Previo a su construcción, se cumplirá con la autorización de acceso correspondiente emitida por la Dirección Regional de Vialidad.

4.2.4. Obras permanentes

4.2.4.1. Obras de captación

La captación se ubicará en la ribera norte del estero Añihuerraqui, en las coordenadas UTM 5.633.548 N y 283.824 E (Datum WGS84, Huso 19). La captación es la obra que permite el desvío del agua requerida para el funcionamiento de la central hacia el canal de aducción, donde su diseño está calculado para captar un caudal máximo de 2,5 m3/s.

La obra contempla una barrera transversal al estero Añihuerraqui con una altura máxima de 2,44 m medida desde el lecho del mismo, 18 m de longitud y 3,5 m de ancho. La obra de captación lateral estará conformada por una barrera móvil con 4 compuertas motorizadas separadas por machones de 0,8 m de espesor y de 2,6 m de ancho, incluyendo el sistema desripiador compuesto por un canal de 2,5 m de ancho y una compuerta de barrera móvil de 2,50 metros de ancho y de 2,44 metros de alto que se ubicará al lado de la obra de toma, cuya función será evitar la entrada de áridos al canal de aducción de la central. Este material será removido de forma continua por lo que no se generarán zonas de acumulación de sedimentos en el estero.

La siguiente figura ilustra la obra de captación a implementar:

Barrera transversal Captación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Para evitar la entrada de fauna íctica a la obra de captación de agua, se implementarán dos sistemas: una barrera acústica que consiste en un grupo de cadenas que se sumergen en el lecho del estero, una rejilla fina de 10 cm de luz en la bocatoma y una segunda rejilla de 2,5 cm de abertura en la cámara de carga. Respecto a la mantención de las rejillas, se contempla su inspección visual y limpieza manual en forma permanente, donde los residuos extraídos serán dispuestos adecuadamente en un contenedor hermético con tapa y eliminados en un sitio autorizado.

4.2.4.2. Canal de aducción

El canal de aducción es la obra que conduce las aguas desde la captación a la cámara de carga de la central. Tendrá una longitud de 205 m, de sección trapecial, revestido en hormigón con capacidad para transportar un caudal máximo de 2,5 m3/s, donde sus principales características se indican a continuación:

Longitud: 205 m Pendiente de fondo: 0,0004 m/m Ancho basal: 1,5 m Altura: 1,8 m Espesor revestimiento de hormigón: 15 cm

4.2.4.3. Cámara de carga

La cámara de carga es una obra civil de hormigón armado ubicada previo al inicio de la tubería en presión cuya función es evitar que se formen vórtices que podrían generar el ingreso de aire hacia el interior de la tubería en presión y con ello servir de enlace entre el escurrimiento libre y el escurrimiento en presión en la tubería forzada.

Consiste básicamente en un estanque de sección rectangular de dimensiones 9,5 metros de largo por 7 metros de ancho y una profundidad máxima de 6 metros, donde 2 de ellos estarán sobre nivel de terreno; contendrá una reja de limpieza automática de 1,5 m de ancho y 1,0 m de alto, con el fin de retener material en suspensión (hojas, ramas o basuras de cualquier tipo). Estos materiales serán manejados de acuerdo a normativa.

4.2.4.4. Obra de seguridad

La obra de seguridad tiene la función de evacuar los caudales en períodos de rechazo de carga de la central y está diseñada para evacuar un máximo 2,5 m3/s. Esta obra contempla un vertedero lateral de desagüe ubicado en la parte final del canal de aducción, cuyo ancho será de 15 cm y 115 cm de largo, por el cual se descargarán los excesos hacia el estero Añihuerraqui mediante un rápido de descarga de hormigón armado, de sección rectangular, pendiente en la razón 2:1 (H:V), de longitud horizontal aproximada de 13,77 m, 1,5 m de ancho, una altura de muros de 0,85 m y una pendiente de 60%. Este rápido contará con un disipador de energía compuesto por un sistema endentado en su largo y un enrocado en el punto de descarga en el estero, lo que permitirá que la velocidad de descarga del agua no genere erosión en la ribera y lecho del estero y no afecte el normal escurrimiento del mismo. En virtud de lo anterior, no se requiere de obras de defensa fluvial en este punto.

El diseño de esta obra se muestra en la siguiente imagen:

Se estima que la obra de seguridad operará por un período máximo de 30 minutos durante rechazo de carga de la central, que equivale al tiempo de cierre de compuertas en bocatoma.

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Las coordenadas UTM de la restitución del vertedero de seguridad son 5.633.456 N y 283.715 E, por lo que la distancia entre la bocatoma y la restitución de la obra señalada es de aproximadamente 130 metros.

4.2.4.5. Tubería en presión

La tubería en presión se inicia en la cámara de carga y finaliza en la turbina instalada en la casa de máquinas. Su trazado se implementará enterrado en su mayoría y siguiendo la topografía del cerro, en un área ya intervenida que corresponde a una vía utilizada antiguamente para trasportar madera desde el cerro, conocido como antiguo camino maderero.

La longitud total de la tubería es de 2.428 metros y con un diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 metro, materializada en acero. Se divide en dos tramos, un primer tramo subdividido en superior e inferior donde la tubería irá en baja presión y enterrada, y un segundo tramo que comprende sólo la tubería forzada y en superficie. La vista general de la tubería se observa en la siguiente figura:

i) Primer tramo

El trazado coincide y aprovecha un camino forestal existente en un tramo de 1.578 m, con una diferencia de nivel de 130 m. En este primer tramo, la tubería de acero será de 5 mm de espesor y en su mayoría irá enterrada a una profundidad tal que resista el paso de un camión de mantenimiento de pequeñas dimensiones, donde el ancho final que tendrá la zona de tubería de baja presión será de 4 metros.

i.1) Primer tramo superior

Esta sección tendrá una longitud total de 448 m en cuyo trazado se ubicarán dos puentes. El recubrimiento sobre la clave será de 1,0 m, tal como se muestra en la siguiente imagen:

En este tramo se reconstruirán dos puentes cuyo diseño considera los estribos fuera de los niveles de la crecida de período de retorno de 500 años, por lo que, en cuanto al régimen de escurrimiento (inundaciones), la situación sin y con proyecto no se altera. La tubería se emplazará entre las vigas soportantes del puente lo que minimizará el impacto visual de la tubería en la zona de los cruces con el cauce, tal como se muestra en la siguiente figura de sección transversal:

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El puente 1 tendrá una longitud de 20 metros libres entre estribos, donde la altura de las vigas del puente será de 1,5 metros; el puente 2 tendrá una longitud de 25 metros libres entre estribos y la altura de las vigas del puente también será de 1,5 metros.

Los estribos tendrán un enrocado de protección con un talud igual que el terreno natural con la finalidad de asegurar que no se afecte el flujo natural del estero y evitar riesgo de erosión. Cabe señalar que, aún cuando los puentes sólo serán visibles desde el mismo predio privado, se pintarán de un color semejante a las tonalidades predominantes del sector para su mimetización.

En las siguientes figuras se muestran los perfiles en sentido longitudinal de los puentes 1 y 2, como también los niveles obtenidos para la crecida de T = 500 años.

Puente 1

Puente 2

i.2) Primer tramo intermedio (o inferior)

Este sector tendrá un largo de 1.130 m. En sectores de este tramo, la tubería podría quedar parcialmente en superficie de acuerdo al siguiente esquema:

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ii) Segundo tramo

Este tramo presentará una longitud de 850 metros y una diferencia de nivel de 320 metros. La tubería será de 10 mm de espesor e irá en superficie montada sobre apoyos y machones de hormigón anclados a la ladera. En este tramo de alta presión, el trazado va siguiendo la pendiente de la ladera del cerro hasta la casa de máquinas cuyo ancho de intervención no superará los 3 metros. La siguiente imagen muestra la conformación de la tubería respecto de la superficie del terreno:

Las técnicas de mimetización que se aplicarán sobre este tramo corresponden a pintar la tubería de un color similar a las tonalidades naturales del entorno y a la implementación de una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión de tal forma de que al quinto año de su plantación, no sea visible desde los puntos de observación asociados a la ruta S-983, ruta CH-199, y sitios de significancia cultural del sector.

La pantalla visual que se implementará para la tubería forzada estará compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas, privilegiando aquellas que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente, según el detalle de la siguiente tabla:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

4.2.4.6. Casa de Máquinas

La casa de máquinas se emplazará en un terreno plano, donde sus dimensiones corresponden a 11,6 metros de largo por 18,5 metros de ancho totalizando un área de 215 m2. Tendrá una altura máxima de 12 metros de los cuales 8 metros irán enterrados y 4 metros estarán sobre nivel de terreno.

En la casa de máquinas se ubicará una turbina Pelton y los equipos electromecánicos, tales como el generador y los equipos de control, donde la turbina será el equipo encargado de producir la energía eléctrica cuando pasa la fuerza del agua por ella. La siguiente imagen muestra el perfil de la casa de máquinas:

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Cabe señalar que esta obra se ubicará a aproximadamente 60 metros de la ruta S-983, por lo que se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la casa de máquinas para su mimetización con el entorno, estimándose que al quinto año de la plantación no será perceptible desde los puntos de observación cercanos, relacionados con la ruta S-983, ruta CH 199 y sitios de significación cultural.

La pantalla visual a implementar para la casa de máquinas estará compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas, según el detalle de la siguiente tabla:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas.

La plantación de los árboles se realizará en hileras dispuestas a una distancia de 2,5 metros entre ellas, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue), y donde en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas. Este diseño de plantación da una densidad de 2.000 árboles/ha y 2.000 arbustos/ha. Se hace presente que si al momento de implementar la pantalla visual existieran en dicho sector individuos vegetales de cualquier especie y tamaño, éstos se conservarán aprovechando así su presencia para la obstrucción de la visibilidad, los que bajo ninguna circunstancia serán considerados al cuantificar los individuos propuestos en la plantación para mimetización de las obras.

Los individuos que se plantarán para construir la pantalla visual tendrán una altura promedio de 1,5 metros para el caso de los árboles (dos años de vivero), y en el caso de los arbustos, su altura variará entre 0,5 y 1 metro, cuya proyección de su altura en diferentes intervalos de tiempo se muestra en la siguiente tabla:

Nombre común Individuos recién plantados (dos años de vivero) Altura de los individuos luego de la plantación Tamaño individuo adulto (30 años) Diámetro de copa individuo adulto A los 2 años A los 5 años A los 10 años Roble 1,5 m 3 m 5,5 m 9,5 m 40 m 20 m Raulí 1,5 m 3 m 5,5 m 9,5 m 40 m 15 a 18 m Coihue 1,5 m 3,5 m 6,5 m 11,5 m 40 m 20 m

A su vez, la tabla siguiente muestra una proyección de la altura que alcanzarán los arbustos que se utilizarán en la pantalla visual:

Nombre común Altura individuos recién plantados Altura individuos adultos Diámetro de copa Maqui 1 m 4 m 4 m Calafate 0,50 m 1 m 1 m Rosa Mosqueta 0,50 m 2 m 2 m

4.2.4.7. Canal de devolución

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Una vez que el agua pasa por la turbina, es restituída, en igual cantidad y calidad, al estero Añihuerraqui a una distancia de 50 metros aguas arriba del puente mismo nombre ubicado en la ruta S-983, para lo cual se ha proyectado un canal de descarga de sección trapecial. El canal será revestido de hormigón, tendrá una longitud de 125 metros, un ancho basal de 1,5 m y taludes 1:1 (H:V), una profundidad de 1,6 m y pendiente longitudinal de 0,0001, de tal forma que la velocidad de entrada del agua de restitución al estero Añihuerraqui no genere procesos erosivos en su lecho y ribera. No obstante lo anterior, se revestirá dicha zona con empedrado de protección para evitar la ocurrencia de dichos procesos.

La zona de descarga en el estero Añihuerrraqui se definió considerando un nivel sobre la cota de energía de la crecida 1:500 del estero lo que implica que ante una crecida con período de retorno de 500 años, no intervendrá con el funcionamiento de la restitución.

4.2.4.8. Línea de transmisión

La central Añihuerraqui se conectará al alimentador existente Curarrehue 23 kV como un sistema Pequeños Medios de Generación Distribuidos (PMGD).

Para la conexión se construirá una postación con 12 estructuras de hormigón de 15 metros altura, aumentando de fase de línea de aproximadamente 744 m de 2 conductores a 3 conductores los que serán expuestos con aislamiento de aire considerando que todos corresponden a conductores con aislamiento sólido (cables), tanto en los equipos como en los conductores de salida; en función de lo anterior, el efecto corona en aire no es un fenómeno presente en los conductores en esta instalación y en consecuencia tampoco sus manifestaciones externas.

La siguiente figura establece las obras asociadas a la línea de transmisión de 23 kV:

El trazado tendrá una faja de protección de 20 m desde el cerco. Se inicia en predio permutado ROL 166-136 de propiedad del titular, atraviesa tierra indígena de los ROLes 155-135 y 166-55, y finaliza en predio indígena ROL 166-56, predio en el que se ubica el poste donde se realizará la conexión a la línea de trasmisión existente.

En este trazado se podría consideran paralelismos y la utilización de la faja fiscal en cuyo caso se dará cumplimiento al Art. 56 de la LGUC que complementa el artículo 41 del DFL MOP N° 850, respetando la faja fiscal de protección de caminos públicos en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Caminos, y al Instructivo sobre Paralelismos en Caminos Públicos del Ordinario Nº 1029 del 27 de enero de 2007 de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. Cabe señalar que la construcción de la línea de transmisión eléctrica no perjudica ni perjudicará en el futuro el ensanche de caminos públicos nacionales

4.2.5. Etapa de Construcción

4.2.5.1. Cronograma etapa de construcción

La etapa de construcción se estima en 12 meses de duración, cuyo cronograma de actividades y tiempo de ejecución se detalla en la siguiente figura:

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4.2.5.2. Preparación de terreno

Las actividades relevantes para la preparación de terreno corresponden a la limpieza y despeje del mismo para la construcción y habilitación de las obras. Estas actividades corresponden básicamente al retiro de la capa vegetal y de otros materiales, la que será realizada en áreas donde sea estrictamente necesario, principalmente en los sitios de instalación de faenas, habilitación de sitios de acopio de material de excavación y obras civiles superficiales.

La limpieza y despeje del terreno se realizará tanto con maquinaria tipo retroexcavadora y bulldozer, como manual; posteriormente se nivelarán las superficies con motoniveladoras. Cabe señalar que en ningún caso se utilizarán explosivos para la fragmentación de rocas u otro material.

El material producto de excavaciones y escarpes se estima en 45.000 m3, que será acopiado temporalmente en las zonas definidas para ello. Este material será empleado dentro de las mismas obras en la nivelación de superficies y caminos, relleno de la tubería, asi como también en la restauración de las áreas ocupadas temporalmente en la construcción de las obras. Será depositado con camiones tolva, repartido con maquinaria o manualmente, y compactado con maquinaria.

Se hace presente que, en el marco del Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores, el titular se comprometió a dar preferencia a las familias de los Comités para disponer los excedentes de movimientos de tierra que sean generados en la construcción y sirvan como relleno. Para ello el titular solicitará la lista de los potenciales beneficiados a la directiva de los Comités y se realizará una prospección de los terrenos para analizar el volumen por predio factible a rellenar.

4.2.5.3. Instalaciones generales

La instalación de faenas se ubicará en el terreno donde se construirá la casa de máquinas; en esta área se situarán las oficinas administrativas, estacionamiento de vehículos pesados y livianos, área de acopiamiento de materiales, pañol de herramientas, bodegas, estanque, bomba para el suministro de combustible, caseta guardia de seguridad y servicios higiénicos.

La siguiente figura muestra la distribución de las partes que componen la instalación de faenas respecto de la ubicación de la casa de máquinas:

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Las áreas que serán ocupadas para oficinas, estacionamientos, almacenamiento de insumos u otras serán niveladas para luego instalar un radier de cemento, sobre el cual se instalarán las estructuras principalmente prefabricadas y se ubicarán a más de 60 m del cauce del estero Añihuerraqui.

No se considera la instalación de campamento debido a la cercanía de las faenas con la localidad de Curarrehue (8 km aproximadamente).

4.2.5.4. Instalaciones sanitarias

Los servicios sanitarios transitorios cumplirán con la normativa vigente. Se contará con servicios de baños químicos en los distintos frentes de trabajo y según lo indicado en los artículos 23° 24° y 25° del D.S. N° 594/99 “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” del MINSAL. Se mantendrá un programa de mantención permanente de los baños químicos cuya frecuencia será tal, que no existirá saturación de los sistemas y emanación de olores molestos hacia el entorno.

En el sector de instalación de faenas se implementará un sistema particular para el tratamiento de aguas servidas mediante un sistema modular tipo Ecojet, la cual tendrá una capacidad para tratar un máximo de 10 m3/día de aguas servidas en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 100 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día.

El sistema de tratamiento de aguas servidas se emplazará a una distancia mínima de 60 m del estero Añihuerraqui y, en época más desfavorable, sus obras se ubicarán a una distancia mínima de 1,5 m entre la obra más profunda del sistema de infiltración y la napa de agua. Lo anterior justificado en que con fecha 12 de julio se realizó la prueba de absorción del terreno en el sector de ubicación del sistema de infiltración y se profundizó una calicata hasta 3,5 metros sin detectar napa de agua, lo cual está certificado por laboratorio Labotec en Informe N° 23150/1.

El sistema de tratamiento modular tipo Ecojet se compondrá de una etapa de pre-tratamiento, para separar los sólidos de gran tamaño y no degradables; etapa de aireación en la cual se degrada la materia orgánica; etapa de sedimentación; etapa de desinfección en base a cloro; y etapa de decloración en la que se elimina el cloro residual mediante tabletas de bisulfito de sodio. El efluente cumplirá con lo establecido en la NCh 1.333, Calidad de agua para riego y se infiltrará mediante un pozo absorbente de 50 m2 de superficie y 1,5 metros de profundidad, por lo que el volumen infiltración será de 75 m3. Este sistema será aprobado previo a su construcción y autorizado para su funcionamiento por la SEREMI de Salud.

Respecto a los lodos generados, se considera una cantidad de 7,92 kg/día, los que serán retirados periódicamente de tal forma de no generar saturación del sistema y emanación de olores molestos hacia el entorno. Su retiro se realizará con camión limpia fosas certificado, para luego ser trasladados y dispuestos en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria, fuera del área del proyecto.

4.2.5.5. Mejoramiento de caminos de servicio y acceso

El proyecto no contempla la construcción de nuevos caminos, a excepción de una vía interna que conectará la ruta S-983 y sector de casa de máquinas de 80 m de longitud y 4 m de ancho, cuyo punto de ingreso al predio de la casa de máquina se ubicará en las coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19: 5.633.566 m Norte y 281.523 m Este.

Con el aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino S-983 utilizado por la comunidad por lo que, previo al inicio de la etapa de construcción del mismo, se realizará un informe base con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. Una vez terminada la etapa de construcción, se realizará un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, el que incluirá las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ejecutará un Plan de Mejoramiento de Caminos cuya finalidad será realizar los trabajos de mejoramiento vial necesarios durante la etapa de construcción, de tal forma de mantener los caminos, rutas y puentes en las mejores condiciones de transitabilidad.

Respecto a las vía internas, se utilizará un camino forestal existente con una longitud de 3,36 kilómetros el cual será mejorado con una carpeta granular y ensanchado hasta un nivel máximo de 6 m de tal forma de cumplir con los requerimientos para el desarrollo de las actividades de la etapa de construcción. El mejoramiento de los caminos internos incluye obras de nivelado y estabilizado de superficies y mantenciones permanentes, la instalación de señalética y la restauración de aquellas áreas ocupadas temporalmente por el emplazamiento de la maquinaria.

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4.2.5.6. Métodos constructivos

4.2.5.6.1. Cruces en el estero Añihuerraqui

El proyecto contempla dos cruces en el estero Añihuerraqui en los lugares donde existieron puentes que cruzaban el estero y que formaban parte del antiguo camino maderero, y cuya ubicación referencial se presentan en la siguiente tabla, en coordenadas UTM, Datum WGS 84, Huso 19:

Puente Coordenada Norte Coordenada Este Primer cruce 5.633.423 283.550 Segundo cruce 5.633.388 283.285

Los trabajos relacionados con la reposición de los puentes consistirán primeramente en remover las antiguas estructuras utilizadas, consistentes en grandes troncos que fueron derribados y que en la actualidad se encuentran en el lecho del estero. Posteriormente, se restablecerán las estructuras mediante vigas metálicas apoyadas en estribos dispuestos en las laderas de la quebrada y sin apoyo intermedio de manera de no intervenir el cauce.

Los troncos que sean retirados en esta actividad, serán puestos a disposición de las comunidades ubicadas en el área de influencia para su posterior aprovechamiento, en caso que lo requieran.

4.2.5.6.2. Obras de captación

Para la construcción de las obras que se emplazarán en el lecho del estero, se requerirá la introducción de maquinaria pesada en el mismo y se desviará temporalmente el estero mediante el uso de tablestacas en conjunto con pequeños pretiles de tierra fabricados con material aluvial proveniente del movimiento de tierra a realizar en el sector, que no superará un metro de altura. Los pretiles construidos dentro del cauce serán ejecutados de acuerdo a lo dispuesto en el Volumen N° 5 del Manual de Carreteras. El material a utilizar en la construcción de pretiles será de origen aluvial, se formarán mediante la colocación sucesiva de capas de espesor uniforme que cubrirán todo el ancho requerido. La elaboración de las capas será ejecutada mediante la colocación de material con bulldozer para posteriormente realizar la distribución, mezcla y compactación del material.

Esta faena se realizará sin generar desvío del estero fuera del lecho del mismo por lo que no se considera corta de especies de flora y tampoco se intervendrán terrenos distintos a los del cauce. Para dar cumplimiento a lo anterior, y una vez realizado el desvío en la primera mitad del cauce, se construirá el canal desripiador. En una segunda etapa con el canal desripiador habilitado, se construirá la barrera frontal de la bocatoma, desviándose las aguas hacia el canal desripiador ya construido. La construcción de estas obras se iniciará con la excavación de las fundaciones de las estructuras. Posteriormente, se realizarán las faenas de enfierradura y hormigón, siguiendo con la ejecución de los rellenos estructurales y enrocados de protección. Finalmente se montarán los equipos hidromecánicos.

Una vez concluida las obras, se retirará el material que se utilizó para la formación de los pretiles, el que se reutilizará en los rellenos estructurales requeridos; así como también se retirará cualquier otro tipo de residuo generado en la construcción.

Con el fin de asegurar un mayor resguardo en la calidad del estero mientras se realizan las obras en el lecho del mismo, se implementarán las siguientes medidas:

− Se instalarán defensas ribereñas que permitirán estabilizar las obras en esta zona, sin intervenir la vegetación ribereña.

− Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación y reutilizado posteriormente.

− No se arrojarán residuos de grasa, metales, plásticos, u otros residuos al estero, en caso que caigan accidentalmente, serán inmediatamente recogidos y dispuestos en lugares adecuados.

− No se lavarán los vehículos en el lecho del estero o en otro cuerpo de agua; esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto. Una vez que terminen las actividades de construcción en el lecho del estero, no habrá ingreso de sedimentos al agua y su calidad retornará a la original.

− Se mantendrá una supervisión constante respecto a posible alteración en la calidad del estero Añihuerraqui con hidrocarburos y en caso de generarse, serán contendidos inmediatamente mediante sistemas absorbentes u otro similar y tratados como residuos peligros.

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4.2.5.6.3. Obras de conducción

i) Canal de aducción

La construcción de la zanja para el canal de aducción se realizará con una retroexcavadora de tamaño adecuado cuya longitud total de alguna de sus partes no superará los 6 m; además, se complementará con el uso de equipo neumático manual como taladro y personal con picotas, chuzos.

ii) Cámara de carga

Las actividades para la construcción de la cámara de carga contemplan básicamente la excavación de fundaciones, hormigonado e interconexión hidráulica.

Respecto a la presencia de clastos existentes en el sector proyectado para su instalación, serán fraccionados sin el uso de explosivos y utilizando alguno o varios de los siguientes procedimientos:

  • Fragmentar por aplicación de calor
  • Arcillas expansivas
  • Martillo hidráulico

iii) Tubería en presión

La tubería consiste en un ducto de acero en presión de 1,0 metro diámetro y una longitud aproximada de 2.428 m, la que se instalará por tramos mediante equipo mecánico o neumático que permitirá colocarla en posición y soldar el tramo previamente instalado, quedando de esta manera, apoyada en su totalidad sobre el terreno y capa de gravilla. El largo de fabricación de los tubos será de 6 metros lo que permitirá que la tubería se ajuste al trazado del camino existente.

Las excavaciones para la instalación de la tubería se realizarán con una retroexcavadora de tamaño adecuado cuya longitud total de alguna de sus partes no superará los 6 m de tal forma de no intervenir una extensión superior a ésta; se realizará en sentido de la pendiente de manera de permitir el desagüe de las aguas lluvias y otras que eventualmente puedan caer a las zanjas. En aquellos casos que las condiciones de terreno lo amerite, los taludes de la zanja se reforzarán.

En caso de acumulación de agua en la zanja, principalmente por precipitaciones, se procederá a su retiro por gravedad o por medios mecánicos (bombeo) hacia sectores del camino. Una vez instalada la tubería, se procederá a efectuar los rellenos disponiendo el material en la zanja el cual será apisonado con compactadoras, utilizando densímetros e instrumentos afines para comprobar las compactaciones realizadas.

En el caso de los clastos presentes en el sector, éstos se fragmentarán utilizando métodos sin el uso de explosivos, y cuyos tamaños serán de tal magnitud que cumplirán con las especificaciones requeridas para formar parte de enrocados consolidados presentes en bocatoma, obra de seguridad y restitución.

iv) Casa de máquinas y canal de devolución

La casa de máquinas se emplazará sobre un terreno plano con presencia de clastos de diferentes tamaños.

En caso que se requiera fragmentar los clastos, no se utilizarán explosivos sino que se realizará mediante alguno los siguientes procedimientos:

  • Fragmentar por aplicación de calor
  • Arcillas expansivas
  • Martillo hidráulico

Se comenzará por la excavación en el sector para la posterior ejecución de fundaciones. Junto con la construcción de la casa de máquinas se realizarán las excavaciones y posterior hormigonado del canal de devolución.

v) Línea de transmisión

La construcción de la línea de transmisión considera intervenir sólo los sectores donde se instalarán los postes, por lo que el área intervenida no sobrepasará 1 m2 por cada uno de ellos.

Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión.

4.2.5.6.4. Manejo de taludes

Durante el desarrollo de las diferentes etapas del proyecto, el titular ha realizado prospecciones (calicatas) en distintos puntos del trazado. Las más antiguas tienen una data aproximada de 2 años, sin presentar desmoronamiento al momento de su inspección en terreno, lo que concluye que el terreno resiste pendientes prácticamente verticales.

Respecto a los taludes a generar en determinadas zonas donde se requerirá ensanchar el camino existente, y de acuerdo a Estudio Geológico y Geotécnico adjunto en Anexo 12 de la Adenda 1, las pendientes de carácter temporal y permanente se materializarán de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas:

Altura del corte (m) Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Temporal Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Permanente 0 – 2 78 70 2 – 5 68 60 5 – 10 58 50

10 48 40

Los taludes no tendrán berma intermedia de tal forma de no generar un factor adicional de inestabilidad de los mismos; los terraplenes se proyectarán con taludes H:V = 3:2 y se protegerán contra la erosión que pueda producirse por las precipitaciones.

Dado que el trazado superior la tubería va enterrada bajo el camino, los posibles procesos de remoción en masa y reptación de materiales se relacionan exclusivamente con la intervención del camino. En este sentido, las medidas contemplan la compactación del suelo una vez que la tubería ha sido enterrada junto a la instalación de una carpeta de rodado, la construcción de un foso y contrafoso que irán a los costados del camino y se procederá a revegetar los taludes generados para aumentar su estabilidad y evitar procesos erosivos, como se muestra en la siguiente figura:

Se ha considerado la utilización de taludes menos pronunciados para la ejecución de la zanja donde se instalará la tubería y, de acuerdo al método constructivo a utilizar, ésta se rellenará en promedio 2 días después de su excavación de manera de ejecutar las tareas de montaje en forma secuencial y maximizar con ello la estabilidad de las zanjas.

Se implementarán acciones de restitución acelerada de la capa vegetal con especies herbáceas en sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno minimizando el suelo descubierto de vegetación. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja.

Durante la etapa de construcción, se realizará monitoreo para evaluar y controlar posibles procesos erosivos en base al método de estaca, cuyo detalle se describe en la siguiente tabla:

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Actividad Descripción Selección sitio de muestreo Se escogerán 10 sitios para monitoreo a lo largo del trazado de la tubería, por el camino maderero, aproximadamente cada 250 metros, evaluando las características y accesibilidad de los puntos. Aplicación del método de la estaca El método consiste en clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. Se colocarán a distancias de 250 m formando un transecto. El propósito de la estaca es marcar cortes en el terreno ocasionados por erosión y así, en caso de existir erosión, se estima el espesor de la capa de suelo erosionado. Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. Evaluación de la erosión La cuantificación de los resultados se hace a través de la siguiente fórmula: E = H * A * DAP Dónde: E=Erosión de suelo H= altura de la lámina pérdida A=área medida DAP=densidad aparente Registro de precipitaciones Para complementar el análisis de los resultados se tomará en consideración los registros de las precipitaciones que se dieron en el período que permanecieron instaladas las varillas para su correlación con la cantidad de suelo perdido. Recomendaciones - Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos y camiones, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes - Se informará a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas - Se recomienda hacer las respectivas mediciones después de precipitaciones fuertes, donde es más notorio las variaciones en los datos Resultados - Levantamiento y mapeo de las coordenadas de los puntos - Mediciones mensuales de la erosión de suelo y/o tras un evento de precipitación importante - Registro mensual de las mediciones - Evaluación de las medidas preventivas y correctivas Medidas preventivas y correctivas - Remoción de elementos gruesos - Relleno de surcos - Nivelación y mantenimiento del camino - Desvíos para evacuación de agua

En caso de determinarse que existe un proceso erosivo significativo, se implementarán medidas correctivas actuando con la mayor prontitud posible.

4.2.5.7. Obras complementarias

4.2.5.7.1. Bodegas almacenamiento de residuos sólidos

Se considera un sector de almacenamiento transitorio de residuos sólidos en la instalación de faenas que albergará los residuos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos, éstos últimos segregados según sus características de incompatibilidad. En este sector se implementarán dos bodegas separadas físicamente para el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y de residuos peligrosos, las que se construirán para la etapa de construcción del proyecto y se mantendrán para la etapa de operación de la central.

También, se habilitarán lugares de acopio transitorio de residuos sólidos en cada uno de los frentes de trabajo diferenciados por cada tipo, y donde el acopio de residuos sólidos domiciliarios se realizará en contenedores herméticos, con tapa y señalizados. En estos lugares se evitará toda posible contaminación hacia recursos naturales mediante el uso de una cubierta de material impermeable, que soportará el peso y arrastre de contenedores y el tránsito de personas, y contarán con sistema de protección contra condiciones climáticas.

Todos los tipos de residuos generados en las zonas de acopio serán transportados por camión al sector de instalación de faenas que contará con bodegas especialmente habilitadas para cada tipo de residuo generado, posteriormente serán conducidos a sitios autorizados previamente establecidos, donde se procederá a su disposición final.

En relación al acopio temporal de residuos industriales no peligrosos, se habilitará una bodega de 9,0 m2 (3x3 metros), que contará al menos con cierre perimetral, base impermeable y techada. Este tipo de residuo será recolectado a diario desde los frentes de trabajo y transportados a la bodega de acopio temporal, donde se clasificarán por tipo y calidad para su almacenamiento en sectores dentro de la bodega destinados a: maderas, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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metales, plásticos, papeles y cartones, hasta su disposición final en sitio autorizado, privilegiando las acciones de reciclaje de los residuos que cumplan con dicha condición.

Para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, se construirá una bodega de 9,0 m2 de (3x3 metros), cuya base será en hormigón armado, con estructura en perfiles metálicos y caras laterales revestidas con paneles de revestimiento exterior en zinc. Para el caso de derrames al interior de la bodega, la losa se construirá con una pendiente de 3% en dirección a una canaleta de recepción, que conducirán los derrames hacia una cámara de contención sin descarga hacia el exterior. Las características indicadas se visualizan en la figura siguiente:

Cada bodega contará con un sistema de contención de derrames que será mantenido regularmente y cuyos efluentes serán acopiados en un estanque ciego y dispuestos en sitios autorizados sin ser eliminados hacia el exterior.

4.2.5.7.2. Estanque de combustible

El proyecto considera la instalación provisoria de un estanque con capacidad de 3 m3 para el almacenamiento de combustible, construido en polietileno de alta resistencia química y estructural, certificado para petróleo de acuerdo a estándares internacionales. Dispondrá de las boquillas de carga, de medición, de venteo y una escotilla de inspección (manhole).

El estanque será cilíndrico vertical de diámetro 2.120 mm y altura 1.410 mm, contará con una piscina de contención de derrame cilíndrica fabricada en acero de 2.550 mm diámetro y una altura de 1.110 mm. Además contará con un recipiente instalado en la misma tubería donde se realiza la carga de combustible al estanque, de tal forma de servir como colector de los posibles derrames que se produzcan al conectar y desconectar la manguera del camión tanque. Dado que se utilizará un estanque de dimensiones menores, no se ha previsto generación de residuos por su operación ya que adicionalmente posee un filtro para impurezas y agua, que será acopiado temporalmente dentro de la bodega de residuos peligrosos hasta su disposición final en sitio autorizado.

Se realizará un monitoreo periódico del estanque según lo requerido en la Resolución Exenta N° 1.120 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y se incorporará un monitor de fugas que permita detectar cualquier escape de combustible.

Todas las instalaciones que formen parte del proyecto, serán inscritas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y cumplirán con el D.S. N° 90/96 “Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento, Refinación, Transporte y Expendio al Público de Combustibles Líquidos Derivados del Petróleo”.

4.2.5.8. Montajes de equipos, pruebas y puesta en servicio

La actividad que prosigue a la construcción de las obras civiles, es el montaje de los equipos hidro y electromecánicos del proyecto.

4.2.5.9. Término de la etapa de construcción

Una vez terminada la etapa de construcción, las instalaciones temporales tales como galpones, oficinas, bodegas, entre otros, y las que no vayan a ser utilizadas en la etapa de operación, serán desmanteladas y retiradas de la zona de construcción. Todo excedente que no pueda ser reutilizado o comercializado tales como las fundaciones, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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radieres y otros, construidos para los fines del proyecto, serán demolidos y trasladados a un sitio de eliminación autorizado.

4.2.5.10. Materiales e insumos etapa de construcción

4.2.5.10.1. Hormigón

El hormigón requerido para la totalidad de las faenas alcanza los 700 m3. Dado que no se trata de un volumen de consideración, será suministrado en sacos y distribuido a los distintos puntos mediante tres betoneras móviles con las siguientes características:

− Capacidad de la cuba: 650 Litros − Capacidad del cargador: 750 Litros − Capacidad útil: 450 Litros − Capacidad depósito de agua: 82 Litros − Mezclas por hora: 31

4.2.5.10.2. Áridos

Para la construcción de las obras del proyecto se requiere aproximadamente 1.000 m3 de áridos para la preparación de hormigones y rellenos estructurales. Todo este material será adquirido de proveedores cercanos al proyecto que tengan los permisos sectoriales y/o ambientales para ejecutar dichas labores y serán acopiados temporalmente en cada frente de trabajo para su posterior utilización.

En ningún caso se extraerán áridos del estero o cursos de agua superficial y no se contempla la instalación de una planta procesadora de áridos.

4.2.5.10.3. Agua

Durante la etapa de construcción del proyecto, se requerirá agua para consumo humano y para procesos constructivos.

El agua para consumo de los trabajadores se dotará mediante agua envasada sellada. Se contará con un abastecimiento promedio de 100 litros por día para cada trabajador mediante camiones aljibes que llevarán el agua hasta el estanque de acumulación, desde donde se distribuirá hasta los centros de consumo: casino, baños, oficinas, y talleres. La calidad de agua y las instalaciones para el almacenamiento y distribución de agua, será autorizado ante la SEREMI de Salud y cumplirá con lo estipulado en el D.S. N° 735/69, modificado por el D.S. N° 76/10, Reglamento de los Servicios de Agua para Consumo Humano.

Respecto al agua para las actividades propias de construcción, ésta será provista por camiones aljibe y almacenada en un estanque de acumulación de 40 m3, que se instalará aledaño en el sector de ubicación de la casa de máquinas para dotar de agua, además, al casino, baños y oficinas, haciendo presente que el estanque señalado no es el mismo que se utilizará para la medida de compensación a implementar en la etapa de construcción del proyecto, existiendo dos estanques de iguales características con distintos fines.

4.2.5.10.4. Energía

Durante la fase de construcción y puesta en marcha del proyecto se utilizarán grupos electrógenos móviles, los cuales suministrarán la energía necesaria para las diferentes actividades y cuya ubicación será variable dependiendo de los distintos frentes de trabajo. Los grupos electrógenos serán 5 en total, 2 de 80 KVA y 3 de 50 KVA y ubicados en cabinas insonorizadas, dando siempre cumplimiento al D.S. N° 38/11 del MMA y el D.S. N° 138/05 del MINSAL; adicionalmente se contempla la contratación de un empalme en baja tensión para la instalación de faenas con la empresa distribuidora eléctrica CGE.

Para evitar que los equipos y sus componentes asociados entren en contacto con el suelo y así como para minimizar el riesgo de derrames, antes de proceder al transporte se asegurará que la batería está desconectada y el grupo no tenga almacenado combustible. Además, se verificará que la válvula de combustible, los tapones de los circuitos de refrigeración y lubricación estén cerrados. Finalmente, en todas las operaciones durante el transporte del grupo electrógeno se mantendrá en posición horizontal nivelada.

En cada recinto de ubicación de los grupos electrógenos, se contará con un extintor de incendio de capacidad suficiente para atender la emergencia.

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4.2.5.10.5. Combustible

El combustible que se utilizará durante la etapa de construcción corresponde a petróleo diesel para el funcionamiento de los generadores. El consumo diario estimado de combustible se estima en 1.300 l/día y será almacenado en el estanque de 3.000 litros.

Las medidas para el manejo de combustible a utilizar por los equipos electrógenos móviles serán las siguientes:

  • El llenado del tanque de combustible se realizará una vez nivelado el grupo electrógeno y sobre una superficie firme y horizontal para evitar derrames.

  • Los combustibles se manipularán en lugares bien ventilados y con el grupo electrógeno detenido. No se fumará para impedir la presencia de fuego, chispas, llamas u otras fuentes de ignición en lugares donde existan combustibles.

  • No se llenará excesivamente el depósito. Si se derrama combustible se recogerá convenientemente el vertido, esperando un tiempo prudencial antes de arrancar el grupo electrógeno para permitir se disipen los vapores del combustible.

4.2.5.11. Equipos y maquinarias

La maquinaria que operará durante la construcción de la central será la siguiente:

− 3 Betoneras móviles − 2 Placas compactadoras − 3 Retroexcavadoras − 2 Cargadores frontales tipo scoop − 1 Bulldozer − 2 Perforadora tipo Jumbo − 1 Motoniveladora − 2 Shotcretera − 1 Rodillo compactador − 6 Máquinas soldadoras − 2 Compresores

4.2.5.12. Transporte

El flujo vehicular medio estimado para el transporte de materiales, equipos y personal hacia el área del proyecto en la etapa de construcción será de:

Vehículo Frecuencia Camiones 14 veh/día Buses 5 veh/día Vehículos livianos 10 veh/día

4.2.5.13. Mano de obra

Se estima que en el periodo peak de la etapa de construcción, el proyecto requerirá una mano de obra de 100 personas, y un promedio de 85 trabajadores. El titular privilegiará la contratación de mano de obra local, privilegiando la existente en las comunidades mapuche ubicadas en el área de influencia del proyecto.

Dentro de la mano de obra de 100 personas, se estima que serán contratados externamente los siguientes servicios:

− Transporte de personal. − Arriendo y mantención de vehículos livianos. − Extracción de residuos sólidos (domésticos e industriales). − Recolección, tratamiento y disposición final de residuos líquidos domésticos. − Sistemas de abastecimiento de combustibles − Mantención de equipo pesado. − Sistema de vigilancia.

Las obras civiles se realizarán en dos frentes de trabajo; y en relación a las uniones soldadas, cada uno de estos frentes tendrá una cuadrilla compuesta por:

− 1 Capataz − 2 Soldadores calificados − 1 Montador − 1 Amolador REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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− 1 Ayudante − 1 Soldadora autónoma − 1 Oruga − 1 Alineador y herramientas

4.2.5.14. Horarios de trabajo

Durante la etapa de construcción el horario de trabajo habitual será en base a un turno diario de 8 horas. En caso de requerir extender este horario para el desarrollo de alguna actividad que requiera mayor continuidad, se solicitará la autorización respectiva a la Inspección del Trabajo previamente.

4.2.5.15. Control de vectores

Se implementará control de vectores sanitarios cuyas medidas a aplicar no afectarán bajo ninguna forma o circunstancia las especies de fauna existentes en el sector. Las medidas a emplear son:

  1. Cierres perimetrales: La instalación de faenas y frentes de trabajo contarán con cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de animales domésticos, ovinos, bovinos, porcinos o animales de corral.

  2. Sitios de acopio de residuos y contenedores: Los sitios de acopio de residuos sólidos domésticos estarán al interior de los cierres perimetrales, los contenedores serán herméticos y tendrán tapa. El contenido acumulado en estos contenedores será transportado a un relleno sanitario autorizado al menos dos veces por semana.

  3. Prohibición de ingresar mascotas: Quedará estrictamente prohibido que los trabajadores ingresen mascotas en faena o que alimenten animales domésticos o silvestres, en especial perros vagos, ya que sus fecas atraen vectores.

  4. Limpieza de áreas: Todos los frentes de trabajo serán aseados diariamente al término de cada jornada de trabajo. Se cuidará la limpieza de todos los restos de comidas en superficies o áreas al finalizar cada día laboral.

  5. Control de roedores: Se utilizará, cada vez que se estime conveniente, jaulas atrapa roedores en puntos estratégicos del área del proyecto, como en el lugar de almacenamiento de residuos y en todo posible foco de roedores. Estas jaulas proporcionan un sistema sin muerte y sin veneno, ello para proteger a posibles animales silvestres que rondan la zona. Habrá también prohibición de mover o intervenir los aparatos de control de plagas (jaulas) instalados.

  6. Control de insectos: Se realizará desinsectación por vectores especialmente (garrapatas, chinches, arañas, pulgas, otros), sólo con objeto de controlarlos vectores existentes y no en forma preventiva de acuerdo al Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico (D.S. N° 157/07, Ministerio de Salud). En caso de requerirse una desinsectación, ésta sólo será realizada por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria, por medio de personal con la capacitación que contempla dicho reglamento. Previo a la desinsectación se realizará un diagnóstico identificando la plaga y determinando el producto a utilizar, el plan de aplicación y las recomendaciones adicionales para el manejo de plagas. Se informará a la empresa que se deben utilizar productos que no afecten las especies de fauna existentes en el sector.

  7. Hallazgos: Se instruirá a los trabajadores que encuentren animales muertos, moribundos o enfermos, que no deben manipularlos con las manos desnudas, en especial si se trata de murciélagos u otro animal silvestre. Avisar de hallazgos de murciélagos moribundos, muertos o con dificultades para volar o que presenten conducta errática a la Municipalidad o a la SEREMI de Salud para su retiro y envío al ISP.

Los puntos antes descritos serán parte de los contenidos que recibirán todos los trabajadores en las charlas de inducción de seguridad y derecho a saber.

4.2.6. Etapa de operación

4.2.6.1. Proceso de generación de energía

La operación de la central se iniciará al captar el agua del estero Añihuerraqui en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, la que será conducida hasta la casa de máquinas para su transformación en energía eléctrica mediante el funcionamiento de una turbina hidráulica tipo Pelton, la cual transformará la energía potencial del agua en energía mecánica de rotación. Esta energía mecánica es transformada en energía eléctrica mediante un generador acoplado físicamente al mismo eje que la turbina ubicada en la casa de máquinas. Este proceso permitirá generar una potencia máxima de 9 MW.

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4.2.6.2. Caudales

4.2.6.2.1. Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial del estero Añihuerraqui para abastecer la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010. La siguiente tabla muestra la distribución mensual de los derechos de agua otorgados y los que serán utilizados por el proyecto:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Caudal a utilizar (l/s) Enero 270 600 870 870 Febrero 210 420 630 630 Marzo 170 240 410 410 Abril 210 620 830 830 Mayo 600 2950 3550 2500 Junio 1340 2150 3490 2500 Julio 1290 2600 3890 2500 Agosto 1000 2000 3000 2500 Septiembre 1050 1450 2500 2500 Octubre 1050 1150 2200 2200 Noviembre 880 1180 2060 2060 Diciembre 510 1330 1840 1840

Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

4.2.6.2.2. Caudal ambiental

El caudal ecológico otorgado por la Dirección General de Aguas se establece en las Resolución DGA N° 800 de fecha 22 de agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010; cuya distribución mensual se detalla en la siguiente tabla:

Mes Caudal a utilizar (l/s) Caudal ecológico DGA (l/s) Enero 870 219 Febrero 630 168 Marzo 410 147 Abril 830 136 Mayo 2500 298 Junio 2500 298 Julio 2500 298 Agosto 2500 298 Septiembre 2500 298 Octubre 2200 298 Noviembre 2060 298 Diciembre 1840 298

Durante el proceso de evaluación ambiental, el titular complementó información hidrológica del estero Añihuerraqui, desarrollando campañas de aforo en terreno en el sector de bocatoma, cuyos resultados se muestran en la siguiente tabla:

N° aforo Fecha Caudal (l/s) 1 04-10-2011 3213 2 08-11-2011 1676 3 08-12-2011 591 4 18-01-2012 188 5 13-02-2012 201 6 15-03-2012 623 7 24-04-2012 240 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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8 23-05-2012 1182 9 24-08-2012 2312 10 10-01-2013 679 11 12-03-2013 148 12 17-04-2013 245 13 07-06-2013 3155 14 17-12-2013 341

En virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, el titular se comprometió a aumentar el caudal ecológico en los meses de febrero, marzo y abril que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero. De acuerdo a lo anterior, la distribución de caudales mínimos ambientales a cumplir por el titular, se muestran en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

4.2.6.2.3. Caudal mínimo operacional

Sin perjuicio de los caudales mínimos ambientales establecidos en punto precedente, la operación de la turbina Pelton requiere de un caudal mínimo de 250 l/s para funcionar, lo que, sumado al caudal mínimo ambiental, se obtiene un caudal mínimo operacional, cuyas magnitudes se indican en la siguiente tabla:

Mes Caudal mínimo ambiental (l/s) Caudal mínimo técnico (l/s) Caudal mínimo operacional (l/s) Enero 219 250 469 Febrero 219 250 469 Marzo 148 250 398 Abril 148 250 398 Mayo 298 250 548 Junio 298 250 548 Julio 298 250 548 Agosto 298 250 548 Septiembre 298 250 548 Octubre 298 250 548 Noviembre 298 250 548 Diciembre 298 250 548

De la tabla anterior se infiere que en caso que el estero Añihuerraqui tenga una cantidad de agua inferior al mínimo operacional, no se captarán agua y la central no operará, dejando pasar todo el caudal por el estero Añihuerraqui, donde el mecanismo que permitirá monitorear esta condición será automático y asegurará que la central se mantenga sin funcionamiento mientras no exista el caudal mínimo de generación. Por el contrario, si el estero presenta un caudal igual o superior al operacional, se dejará pasar por la bocatoma, al menos, el caudal mínimo ambiental, asegurando con ello siempre un continuo hídrico del estero.

Para el seguimiento de lo anterior, se mantendrá monitoreo continuo y en línea de los caudales de entrada a la central y caudal mínimo ambiental mediante sistemas que siempre se mantendrán en óptimas condiciones de operación; así tan pronto el sistema detectase que el caudal del estero es menor que la suma del caudal ecológico y del caudal mínimo de operación de la central, automáticamente se cerrará tanto la válvula de seguridad ubicada en la Casa de Máquinas como la compuerta de servicio ubicada en la bocatoma. Cuando la compuerta de servicio de la bocatoma se encuentre cerrada, la totalidad del caudal escurrirá por el cauce natural del estero.

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Considerando que este sistema estará en línea, tanto la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) como Dirección General de Aguas u otra autoridad competente, tendrán acceso a la información detectado inmediatamente la existen de incumplimiento o no a esta disposición.

4.2.6.3. Sistema paso caudal ambiental mínimo

La barrera transversal de la bocatoma incorpora la obra para el paso del caudal ambiental mínimo comprometido por el titular mediante la instalación de una sección rectangular de 0,5 m de ancho y 0,67 m de alto cuya distancia máxima entre la abertura y el lecho del estero será de 1,77 m; contará con una regla limnimétrica que entregará información para determinar el caudal que se vierte por el vertedero en forma continua, ubicada al costado derecho del estero Añihuerraqui para un óptimo control visual de este dispositivo, además de un medidor de caudal instantáneo que siempre se mantendrá en óptimas condiciones de medición.

Considerando que el titular ha comprometido 3 valores de caudal mínimo ambiental, el mecanismo que permitirá su paso por la bocatoma se realizará en base a tablones, sistema que minimiza la intervención humana a 3 instancias fiscalizables en el año y que no permite manipulaciones remotas de terceros. Para ello, se colocará un sello de seguridad cuando se instale o retire uno, y se invitará a la autoridad con antelación de por lo menos dos semanas previo a la ejecución de esta labor para que, dentro de sus posibilidades, verifiquen en terreno las acciones realizadas, levantando un acta con registro fotográfico de la actividad que será remitida a la autoridad el mismo día en que se lleve a cabo. El protocolo a seguir para la instalación y retiro de los tablones se presenta en la siguiente tabla:

Acción

Altura Caudal Fecha Instalación de tablón 1 23 cm 219 l/s 1 de enero Instalación de tablón 2 30 cm 148 l/s 1 de marzo Retiro de tablón Sin tablón 298 l/s 30 de abril

La siguiente imagen complementa visualmente las condiciones del protocolo de manejo de tablones para el cumplimiento del caudal ambiental establecido por el titular:

4.2.6.4. Formación de remanso agua arriba de la bocatoma

La barrera transversal de la bocatoma generará, aguas arriba de la misma, elevación de la columna de agua por consiguiente se formará un peralte en el flujo del estero disminuyendo su velocidad, formando así un remanso de escurrimiento en un tramo de aproximadamente 50 m de longitud de acuerdo al estudio hidráulico. En operación normal de la central, que corresponde a la cota en el nivel 870,64 m.s.n.m. captando un caudal máximo de 2,5 m3/s a través de la obra de toma, se estimó que el remanso tendrá un volumen 1.302,26 m3 abarcando un área de 0,165 ha. De acuerdo a la modelación realizada mediante estudio hidráulico, para un período T 10 años el área de remanso será de 0,167 ha y el volumen 3.135,16 m3, y para T 500 años la superficie establecida sería de 0,184 há generando un volumen de 4.140,00 m3, según se ilustra en la siguiente imagen:

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Al respecto, y de acuerdo a los estudios y modelaciones de crecidas, y si bien existirá una pequeña área que quedará afectada por el remanso de escurrimiento (0,165 ha) bajo condiciones normales de operación, se hace presente que ésta área no afectará formaciones boscosas, sino que se ubicará en el cauce del estero; sin perjuicio de lo cual, el titular se compromete a tener los acuerdos necesarios con cada uno de los privados antes de iniciar las obras de construcción, en caso que corresponda.

4.2.6.5. Operación normal de la central

Se contempla la operación mediante telecomando de la central, lo cual implica que todas las operaciones de rutina, operaciones automatizadas y operaciones con intervención humana se verificarán desde una sala de control ubicada en la casa de máquinas.

4.2.6.6. Procesos de limpieza o purgas de desripiadorla bocatoma

En el diseño de las obras de captación de la central, se considera un canal desripiador de 2,50 metros de ancho, con una compuerta de sector (barrera móvil) de dimensiones 2,50 metros de ancho y de 2,44 metros de alto. La función del canal desripiador es evitar la entrada de áridos al canal de la central, de manera tal que continúen circulando por el cauce del estero; este material acumulado será removido de forma continua de tal forma de no afectar la dinámica propia del estero y el comportamiento de las partículas de sedimento aguas abajo de la captación. Así, el titular inspeccionará al menos con una frecuencia semanal, la acumulación a objeto de abrir en forma gradual la compuerta diseñada para liberar sedimentos.

Es preciso señalar que, de acuerdo a los estudios y campañas realizadas, el cauce del estero Añihuerraqui en el sector de bocatoma se presenta estable sin efectos de erosión. Bajo la situación con proyecto, aguas arriba de la bocatoma se generará un peralte o remanso del flujo del estero que disminuirá la velocidad y por lo tanto también el potencial de arrastre de sedimentos del mismo; por lo anterior durante la operación del proyecto, se espera se produzca acumulación de ripio sólo en condiciones de altos caudales, bajo lo cual el canal desripiador operará de manera continua mediante una compuerta radial, por lo que en ningún caso se producirán pulsos como consecuencia de la entrega instantánea de grandes volúmenes de ripio.

4.2.6.7. Inspecciones y mantención de las instalaciones

Se realizarán inspecciones de rutina a las obras que poseen mecanismos eletcromecánicos, que serán ejecutadas por cuadrillas de personal especializado utilizando vehículos de terreno livianos, con una frecuencia aproximada de 2 viajes a la semana. El desplazamiento entre la casa de máquinas y la bocatoma se realizará en camionetas y será mayoritariamente durante las épocas de mayor caudal.

Los trabajos de mantenimiento regular, incluidos períodos de lubricación o engrasado, revisión de equipos, limpieza de residuos atrapados en las rejas, entre otros, podrán ser ejecutados junto con las inspecciones regulares programadas, y los trabajos no habituales, tales como pinturas, reparación o reemplazo de equipos, será realizado de acuerdo a las necesidades.

En la eventualidad que una inspección detecte que una estructura y/o equipamiento se encuentre no operativo o en condición que haga peligrar la seguridad u operación normal de la central, se dará la prioridad requerida para su reparación o reemplazo.

Se llevará un registro e informes de inspección y mantenimiento así como de las medidas aplicadas y tiempo utilizado para dar solución en caso de contingencias.

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4.2.6.8. Materiales e insumos etapa de operación

4.2.6.8.1. Suministro eléctrico

Las instalaciones para la operación de las centrales tendrán alimentación directa desde la casa de máquinas y se contará con equipo electrógeno en caseta insonorizada en caso de corte de energía.

4.2.6.8.2. Suministro de agua

Durante la etapa de operación, el consumo de agua se limita al suministro para consumo humano, baños y servicios, cuya calidad e instalaciones cumplirán con el D.S. N° 735/69, modificado por el D.S. N° 76/10, Reglamento de los servicios de agua para consumo humano del Ministerio de Salud. El agua para el consumo humano será suministrada mediante agua envasada en botellones sellados.

4.2.6.9. Instalaciones sanitarias

Al interior de la casa de máquinas se habilitarán baños, duchas y lavamanos conectados a una planta de tratamiento modular tipo Ecojet con una capacidad máxima para tratar un caudal de 2,4 m3/día de aguas servidas en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 24 personas servidas y dotación de agua de 100 litros/habitantes/día.

La planta de tratamiento modular tipo Ecojet contempla una etapa de pre-tratamiento, para separar los sólidos de gran tamaño y no degradables; etapa de aireación en la cual se degrada la materia orgánica; etapa de sedimentación; etapa de desinfección en base a cloro; y etapa de decloración en la que se elimina el cloro residual mediante tabletas de bisulfito de sodio. El efluente tratado cumplirá con los requisitos de calidad de agua para riego establecidos en la NCh 1.333/87 y se infiltrará el 100% en el terreno utilizando para ello el pozo absorbente efectuado en la etapa de construcción del proyecto por lo que no existirá una nueva área de intervención para su implementación; considerando que se mantendrá el volumen de absorción de 75 m3 (área de 50 m2 y 1,5 metros de profundidad), existirá una mayor seguridad operacional durante el período de funcionamiento del proyecto.

El pozo absorbente estará provisto de un tubo de ventilación de a lo menos 10 centímetros de diámetro, con una descarga de aire exterior de 2,5 metros de altura cerrado en su parte superior por una rejilla de malla de alambre fino que impedirá el acceso de insectos. Los lodos serán retirados con una frecuencia tal que no existirá saturación del sistema o generación de olores molestos hacia el entorno, y será realizado por un camión limpiafosas certificado y dispuesto en lugar autorizado. Se mantendrán los registros en la casa de máquinas para efectos de fiscalización.

El sistema de tratamiento se emplazará a aproximadamente 60 m del estero Añihuerraqui y, en época más desfavorable, sus obras se ubicarán a una distancia mínima de 1,5 m entre la obra más profunda del sistema de tratamiento y la napa de agua. Lo anterior justificado en que con fecha 12 de julio se realizó la prueba de absorción del terreno en el sector de ubicación del sistema de infiltración y se profundizó una calicata hasta 3,5 metros sin detectar napa de agua, lo cual está certificado por laboratorio Labotec en Informe N° 23150/1.

4.2.6.10. Transporte

El flujo vehicular medio estimado para el transporte del personal y mantenciones del proyecto en la etapa de operación será de:

Vehículo Frecuencia Camiones 1 veh/mes Vehículos livianos 3 veh/día

Se efectuará el mantenimiento de las vías internas de acceso al sector de la casa de máquinas según sea requerido, para permitir un acceso a las instalaciones durante todo el año a los trabajadores.

4.2.6.11. Mano de obra

Durante la operación de la central, se consideran tres turnos diarios lo que implica un total máximo de 24 personas y un mínimo de 8, entre las que se considera:

− 9 operadores (3 por cada turno) − 1 eléctrico (1 por cada turno) − 1 mecánico (1 por cada turno) − 3 choferes (1 por cada turno) REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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− 3 guardias (1 por cada turno) − 3 personas encargadas del aseo (1 por cada turno)

4.2.6.12. Horarios de trabajo

Durante la operación se trabajará en base a un sistema de tres turnos diarios de 8 horas cada uno.

4.2.6.13. Control de taludes

Dado los procedimientos de control indicados para la etapa constructiva, no se prevén procesos de remoción en masa y reptación de materiales para la etapa de operación del proyecto, sin perjuicio de lo cual, se implementará un monitoreo para evaluar y controlar posibles procesos erosivos en base al método de la estaca durante un período de al menos 5 años en la etapa de operación, cuyo detalle se describe en la siguiente tabla:

Actividad Descripción Selección sitio de muestreo Se escogerán 10 sitios para monitoreo a lo largo del trazado de la tubería, por el camino maderero, aproximadamente cada 250 metros, evaluando las características y accesibilidad de los puntos. Aplicación del método de la estaca El método consiste en clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. Se colocarán a distancias de 250 m formando un transecto. El propósito de la estaca es marcar cortes en el terreno ocasionados por erosión y así, en caso de existir erosión, se estima el espesor de la capa de suelo erosionado. Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. Evaluación de la erosión La cuantificación de los resultados se hace a través de la siguiente fórmula: E = H * A * DAP Dónde: E=Erosión de suelo H= altura de la lámina pérdida A=área medida DAP=densidad aparente Registro de precipitaciones Para complementar el análisis de los resultados se tomará en consideración los registros de las precipitaciones que se dieron en el período que permanecieron instaladas las varillas para su correlación con la cantidad de suelo perdido. Recomendaciones - Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos y camiones, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes - Se informará a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas - Se recomienda hacer las respectivas mediciones después de precipitaciones fuertes, donde es más notorio las variaciones en los datos Resultados esperados - Levantamiento y mapeo de las coordenadas de los puntos - Mediciones mensuales de la erosión de suelo y/o tras un evento de precipitación importante - Registro mensual de las mediciones - Evaluación de las medidas preventivas y correctivas Medidas preventivas y correctivas - Remoción de elementos gruesos - Relleno de surcos - Nivelación y mantenimiento del camino - Desvíos para evacuación de agua

Los resultados de monitoreos de erosión serán entregados periódicamente a la autoridad para su revisión. En caso de determinarse que existe un proceso erosivo significativo, se implementarán medidas correctivas actuando con la mayor prontitud.

4.2.6.14. Control de vectores

Se implementará un control de vectores sanitarios que será realizado por empresas autorizadas, aplicando medidas y productos que no afectarán bajo ninguna forma o circunstancia, las especies de fauna existentes en el sector.

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4.2.6.15. Protocolo de comunicación y resolución de conflictos

Se aplicará un Protocolo de Comunicación e Información entre las comunidades y el titular, donde se incorpora una metodología de Resolución de Conflictos con las Comunidades que será empleada para evaluar tempranamente potenciales conflictos y resolver los que se pudiesen desencadenar durante la fase de construcción y operación del proyecto, como también en la materialización del Plan de Medidas de Mitigación y Compensación final desarrollado en base a la evaluación ambiental que incorpora el PCI realizado con las comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto.

La metodología propuesta está basada en lo señalado en el Manual de Participación Ciudadana para Proyectos de Infraestructura del Ministerio de Obras Públicas (2008), en particular en la sección que aborda los indicadores para la Gestión de Conflictos.

Respecto al Protocolo de Comunicación, existirán cuatro canales entre las comunidades y el titular:

  1. Libro de Consultas y Observaciones, que estará disponible en la Casa de Máquina.
  2. Vía mail directamente al titular.
  3. Carta dirigida al titular.
  4. Reuniones con representantes de la empresa.
  5. Comunicación directa con el encargado de la Central.

Cabe destacar que se trata de mecanismos de comunicación de doble vía, donde las comunidades, al formular sus consultas e inquietudes y solicitudes, se les asegura que recibirán una respuesta en un período no superior a 15 días de corrido.

Para atender una potencial situación de conflicto con las comunidades, se emplearán diferentes técnicas ya sea de prevención o resolución, de acuerdo al nivel de conflictividad detectado en los puntos anteriores.

La siguiente tabla resume las principales actividades que se podrán realizar cuando se enfrente una situación de conflicto, de acuerdo al nivel previamente evaluado.

Actividad Objetivo Participantes Nivel de Conflicto Campañas casa a casa Permite identificar el nivel de interés de la comunidad y discutir sus preocupaciones respecto al problema. Encargado terreno Comuneros visitados Bajo Espacio abierto Conocer las percepciones de un número representativo de participantes, sobre distintos temas de preocupación para las comunidades. Encargado terreno Comuneros Bajo Medio Reuniones con la Comunidad Informar a la población sobre aspectos relacionados con el proyecto, aclarar dudas respecto al problema y generar una instancia de intercambio entre los distintos actores involucrados. Encargado terreno Representantes de cada comunidad Bajo Medio Conferencias de búsqueda de consenso Promover la discusión de temas específicos con representantes de cada comunidad sobre los que no existe una postura única. Encargado terreno Representante empresa Directiva comunidad Medio Alto Mesas de trabajo Tomar decisiones de manera compartida entre las partes interesadas. Encargado terreno Representantes de cada comunidad Medio Alto Mediación / Negociación Asistida Facilitar procesos de discusión y negociación entre las partes. Requiere de un facilitador o mediador que actúe como tercera parte neutral. Encargado terreno Representante empresa Directiva comunidad Tercera parte neutral: autoridad, CONADI, otro. Alto

4.2.7. Etapa de Abandono

La vida útil de una central hidroeléctrica se considera indefinida, por lo que el proyecto no contempla etapa de abandono propiamente tal, sino más bien una remodelación, que incluye, mejoras de equipos o procesos, o simplemente sufre una reingeniería, concordante con cambios tecnológicos, donde los equipos se reacondicionarán y modernizarán cada cierto tiempo.

Sin perjuicio de lo anterior, en la siguiente tabla se presentan las obras y medidas generales que se contemplarán en caso de un eventual cierre y abandono del proyecto:

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Sector Actividades Bocatoma - Desmontaje de compuertas, equipos, rejillas - Demolición de obras de bocatoma, barrera y zona de compuertas - Restitución del cauce natural - Relleno de terrenos alterados y restitución de niveles topográficos seguros - Retiro de equipos y escombros - Disposición de materiales y escombros en sitios autorizados Canal de aducción - Demolición de obras de hormigón - Relleno de terrenos alterados y restitución de niveles topográficos seguros - Retiro de escombros - Disposición de escombros en sitios autorizados Cámara de carga - Desmontaje de las rejas de la cámara de carga - Demolición de obras de hormigón - Relleno de terrenos alterados y restitución de niveles topográficos seguros - Retiro de escombros - Disposición de escombros en sitios autorizados Tubería en presión - Excavaciones y retiro de la tubería - Relleno de la zanja con material excavado - Nivelación de camino forestal y recuperación la topografía original - Disposición de materiales y escombros en sitios autorizados Casa de Máquinas - Retiro de equipos de generación y elementos electromecánicos - Traslado de equipos a sitios autorizados para su reciclaje o disposición final. - Demolición de casa de máquinas - Relleno de terrenos alterados y restitución de niveles topográficos seguros - Retiro de desechos sólidos provenientes de las demoliciones - Traslado de desechos sólidos a botaderos autorizados Canal de Devolución - Demolición de obras de hormigón - Relleno de terrenos alterados y restitución de niveles topográficos seguros - Retiro de escombros - Disposición de escombros en sitios autorizados

Una vez desmanteladas y retiradas cada una de las partes y obras el proyecto, se procederá a realizar reforestación con especies arbóreas y arbustivas representantvas del sector en las zonas donde sea posible, dejando una cobertura vegetal para su regeneración natural.

4.2.8. Plan de prevención de riesgos, contingencias

El Plan de Prevención de Riesgos, Contingencias y Emergencias, se adjunta en detalle Anexo 17 Adenda 1, el cual será aplicable a todo el personal que trabajará en la construcción, operación y/o cierre de la central, incluyendo personal contratado por la empresa titular, subcontratos y externos.

Los riesgos previstos, por cada etapa de desarrollo del proyecto, se indican en la siguiente tabla:

Riesgo Etapa Construcción Operación Natural Flujos de barro y avalancha X X Deslizamiento y derrumbe X X Inundación X X Sismos X X Antrópico Incendio en el área de faenas X X Accidentes de tránsito X X Derrame de sustancias peligrosas X

4.2.8.1. Medidas de prevención de riesgos

Riesgo Medidas de Prevención Flujos de Barro y Avalanchas Etapa de construcción: - El emplazamiento de la instalación de faenas se ha realizado fuera de las áreas con riesgo de flujos de barro y avalanchas. - Se capacitará y entrenará a personal en labores de rescate y emergencia, conforme las obligaciones de los Comités Paritarios respectivos. - Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, que incluye un programa de comunicaciones. Deslizamiento y derrumbes Etapa de construcción: - La localización de las instalaciones, se ha definido, fuera de las áreas expuestas a fenómenos gravitacionales. - Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior, en aquellas áreas de emplazamiento de obras, caminos de servicios e instalación de faenas, se adecuará la pendiente de los cortes a REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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las características de estabilidad del suelo. - Se implementarán medidas de contención de sectores especialmente sensibles al riesgo de deslizamiento. Se consideran técnicas tales como mallas de contención, revegetación y/o aterrazamiento de taludes. - Se realizarán inspecciones a los cortes de taludes y terraplenes de tal manera de detectar deficiencia en el manejo de taludes, que puedan dar origen a situaciones de riesgo.

Etapa de operación - Se realizará una evaluación periódica de la estabilidad de taludes y laderas de los caminos de acceso y en función de ello, se evaluará la necesidad de implementar acciones de protección adicionales a las incorporadas en el diseño. - Se aplicará un factor de seguridad en la estabilización de laderas. - Se aplicará el método de contención más apropiado, dependiendo del caso puntual y el nivel de inestabilidad observado. En caso de ser necesario, se realizará una protección física, cuyo objetivo será disminuir la erosión superficial, disipar la escorrentía, reducir la velocidad del flujo hídrico y contener sedimentos. Inundación Etapa de construcción: - No se instalarán las zonas de faenas y zonas de acopio en áreas expuestas a inundación. - En caso de habilitar instalaciones temporales en áreas cercanas a los cauces del estero, se harán en una zona suficientemente alta y por encima del nivel del cauce. Sismos - El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del proyecto, obedecen a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. Incendio en área de faenas Etapa de construcción: - El contratista se regirá por las medidas y obligaciones establecidas por GTD Negocios S.A., para minimizar el riesgo de incendio. - En la instalación de faenas se construirán recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de combustible y otras sustancias inflamables. Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. El prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias. - En las áreas de trabajos e instalación de faenas, existirán los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). - Se constituirá una brigada adiestrada, la que se mantendrá operativa durante toda la construcción. El manejo de combustible se realizará de acuerdo a los procedimientos establecidos por la SEC. - El experto en Prevención de Riesgos en la faena definirá un área, alrededor del área de almacenamiento de combustibles, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas. Accidentes de tránsito Etapa de construcción: - Se implementará un procedimiento formal para enfrentar accidentes de tránsito que permitan atender la emergencia en forma oportuna, el cual permanecerá al interior de cada vehículo de carga. - El personal a contratar para manejar los camiones, buses o maquinarias, será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley N° 18.290 de Tránsito. - Se capacitará a los conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro en la ruta. - Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción. - El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no excederá los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso. - Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a los frentes de trabajos. Para ello se utilizarán señales; barreras; luces intermitentes eléctricas; y cilindros delineadores. Riesgo de derrame de sustancias peligrosas Medidas de seguridad asociadas al transporte: - El transporte de combustible será realizado por empresas autorizadas para dichos fines. - El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente. - El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. - Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas)

Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación: - Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas. - Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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dispuesto por las autoridades competentes. - Los tambores de combustibles y aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de los mismos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo. - Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. - Los recintos de acopio de estas sustancias, contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. - La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción, se hará en un área previamente definida y claramente demarcada. - Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados, para su posterior comercialización, disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores. - Cabe indicar que para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se requerirá de petróleo diesel y gasolina, los que serán abastecidos por empresas distribuidoras locales. - El estanque de combustible de 3 m3 cumplirá con las autorizaciones y exigencias de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

4.2.8.2. Medidas de contingencia

Riesgo Medidas de Contingencia Flujos de barro, avalanchas, deslizamiento y derrumbes Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. Sólo podrán activarse las faenas de construcción cuando la ONEMI o carabineros hayan informado al Director Técnico de Obras de que el área se encuentra fuera de peligro. - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar. - Inmediatamente se delimitará un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado. - Personal entrenado, inspeccionará el lugar del accidente, verificando que no existan heridos en el área. - En caso de registrarse heridos por este accidente, éstos serán llevados a un centro asistencial. - Un especialista en prevención de riesgo, inspeccionará el área, demarcando las áreas de riesgo. El profesional determinará si es conveniente relocalizar las instalaciones. Si este fuera el caso, se informará a las autoridades pertinentes.

Etapa de operación: - Se dará aviso al jefe de emergencias. - En caso que sea posible, se contendrá el derrumbe con materiales adecuados. - Una vez controlada la contingencia, se implementarán medidas de estabilización en las áreas propensas a generar procesos de remoción en masa. Inundaciones Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar - Dependiendo de la magnitud de la inundación, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. - En las áreas inundadas se procederá a extraer el agua, mediante el bombeo o en forma manual. - Para contener nuevas inundaciones, se instalarán sacos de arena u otro elemento de contención.

Etapa de operación: - Ante la situación de emergencia de crecida sorpresiva de ríos, se considera un Plan de Acción que comprende la emisión de alarmas, evacuación del personal y detención de equipos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Sismos

Etapa de construcción y operación: - Dependiendo de la magnitud del sismo, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad. - Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado. - Producido un sismo, GTD Negocios S.A. procederá a evaluar los daños en la estructura física de los elementos de captación, conducción de cauces y almacenamiento, estableciendo equipos de reparación de estos sistemas. - En caso que existen daños que impidan el normal funcionamiento de las centrales, se informará de esta situación a las autoridades competentes. Incendio en el área de faenas

Etapa de construcción y operación (casa de máquinas): - Se activará la alarma de incendio. - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - Se activará el procedimiento contra incendios, que incluye la presencia de la Brigada de Emergencia, quienes estarán capacitados en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. - Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Se investigarán las causas del siniestro - Sólo se reactivarán las actividades una vez que el siniestro este controlado. Accidentes de tránsito

Etapa de construcción y operación: - Se informará al supervisor de obras del accidente. - Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave) - Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. - Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. - Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). - Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. - Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos. Derrame de sustancias peligrosas en áreas de trabajo y durante su transporte Etapa de construcción:

a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito - Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y la salud de dichas personas. - Habiendo derrames de combustible y/o aceite, se retirará todo el material contaminado y se repondrán las condiciones del sitio. - Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. - Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del camión (restos contaminados producto del accidente), será realizada por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos. - Se mantendrá las copias de la documentación respectiva, tanto del transporte, así como de la disposición final en las faenas. - Se incorporarán acciones que permitan un despeje oportuno y rápido de la carretera en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad. - En caso de no haber derrame de sustancias, se levantará el camión para permitir la libre circulación de los vehículos. - La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, informe que se remitirá a la autoridad ambiental. - La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle y recibir sus instrucciones. - Ocurrida la emergencia, se emitirá un informe técnico a la Autoridad Sanitaria.

b) En caso de derrame accidental en frentes de trabajo - Identificación y localización del foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización o control. - Se hará un completo registro escrito y/o gráfico del evento, y de las medidas inmediatas adoptadas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros aguas abajo del foco de polución, se dará aviso a la Autoridad Sanitaria, sobre la localización y magnitud del evento.
  • Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la situación se repita en el futuro.
  • Cada frente de trabajo contará con la implementación necesaria para el retiro de la sustancia derramada, sean éstos palas, maquinaria, bombas, estanques de almacenamiento provisorios, según se requiera. Asimismo, se deberán seguir los procedimientos establecidos en la Hoja de Seguridad.

c) En caso de derrames de productos químicos o contaminantes (aceites, lubricantes y pinturas) al suelo - GTD Negocios S.A. realizará una inmediata limpieza y retiro del suelo afectado, siendo ensacado y transportado a un sitio autorizado para su tratamiento y disposición final. - El suelo excavado será rellenado con material de características similares al original y nivelado a una cota similar al suelo original. - Si derrame sucede durante el transporte de las sustancias se realizará una evaluación de los daños ocasionados a sectores silvoagropecuarios, de modo de determinar las medidas más adecuadas a implementar.

d) En caso de derrames de sustancias peligrosas a cursos de agua - El Titular aplicará el Plan de Contingencia: Control de contaminación accidental de cursos de agua de GTD Negocios S.A., informando a la Dirección General de Aguas y organizaciones pertinentes de acuerdo a lo señalado en dicho procedimiento. - Se evaluará la pertinencia de efectuar una limpieza y retiro del sustrato afectado en el fondo o ribera.

El Plan incluye el protocolo a seguir en caso de emergencias que afecten la biodiversidad, el cual plantea que en el caso de existir cualquier tipo de emergencia que involucre a la fauna del área del proyecto, se informará de manera inmediata al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); sin perjuicio de lo cual, y una vez superada la contingencia, se remitirá a la SMA y SAG un reporte indicando su origen, características, consecuencias, medidas empleadas y su efectividad.

Para una eficiente aplicación de los Planes de Prevención de Riesgo y Contingencia, se contará con una comunicación expedita con el coordinador de emergencia y los brigadistas, así como con los actores relevantes externos. Los mecanismos de comunicación ante una emergencia serán:

  • Alarma a viva voz: se usará para comunicar la emergencia a las personas que se encuentran alrededor de la persona que se está comunicando la alarma.

  • Alarma por medio de sirenas, citófono, radio y/o teléfono.

Así mismo, existirá un Procedimiento de Comunicación y Trabajo con las comunidades mapuche cercanas el área del proyecto, cuyo objetivo será mantener una comunicación expedita y transparente entre las partes y un flujo permanente de información, en particular durante situaciones de emergencia. Existirán dos canales de comunicación entre las comunidades y el titular del proyecto que operarán en situaciones de contingencia:

  • Visitas a las casas o contacto telefónico con representantes de las comunidades.

  • Reuniones con representante de la empresa.

Tanto en la etapa de construcción de la central como en la de operación, se realizarán capacitaciones al personal permanente y contratista, en los temas relevantes tanto ambientales como de salud ocupacional y seguridad en sus distintas actividades.

Para dar cumplimiento a lo anterior, los programas de capacitación contemplarán la implementación de charlas de inducción, derecho a saber y capacitaciones tanto generales de la actividad en el recinto como específicas de sus áreas de trabajo en materias de gestión ambiental y de seguridad.

El programa de capacitación se desarrollará a través de 5 módulos, los cuales consistirán en una serie de charlas inductivas respecto a temáticas medio ambientales generales y específicas a aplicar en el proyecto. Los temas a tratar serán:

  1. Derecho a saber
  2. Manejo de sustancias y/o residuos y acción ante derrames
  3. Capacitación de vectores sanitarios (Virus Hanta) REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Protección de la fauna silvestre
  2. Protección de la flora y vegetación
  3. Relacionamiento comunitario y cosmovisión mapuche

4.2.9. Principales emisiones, descargas y residuos generados por el proyecto

4.2.9.1. Emisiones atmosféricas

En la etapa de construcción, se generarán emisiones de material particulado, polvo en suspensión y gases provenientes de la combustión de motores de las maquinarias y equipos. Las emisiones de material particulado y polvo en suspensión se deberán principalmente al tránsito de vehículos por la ruta S-983 (camino de ripio), movimientos de tierra y actividades relacionadas con la construcción de las obras y caminos. Para minimizar lo anterior, se contemplan las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.

  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo, u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental. Esta condición se mantendrá hasta la presencia de precipitaciones, donde el riego de caminos se reducirá y/o suspenderá.

  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.

  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.

  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.

  • Inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.

  • Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

  • Protección en zonas de acopio o acumulación de material propenso a dispersarse, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena.

Se hace presente que el origen del agua para la humectación como medida de control, será adquirido a proveedores autorizados.

En la siguiente tabla se presenta el resumen de la estimación de emisiones generadas en la etapa de construcción del proyecto:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2.5 6,43

Estas emisiones son de carácter temporal que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto, estimada en 12 meses.

Durante la etapa de operación se generarán emisiones atmosféricas menores relacionadas con el transporte interno vehicular del personal de operaciones y por la eventual utilización de equipos electrógenos. Las emisiones generadas por los motores darán cumplimiento a la normativa de emisiones vigente.

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4.2.9.2. Residuos líquidos

4.2.9.2.1. Residuos líquidos domésticos

Durante la etapa de construcción se empleará una planta de tratamiento compacta de aguas servidas tipo Ecojet, la cual tendrá una capacidad de procesamiento de 100 l/hab/día, dimensionada en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 100 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será infiltrado en terreno mediante un pozo absorbente de 75 m3 de capacidad. En los frentes de trabajo distantes de la instalación de faena, se instalarán baños químicos los cuales serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada para el manejo de este tipo de residuos con una frecuencia tal que no se generen situaciones de colapso del sistema o emanación de olores molestos hacia el entorno.

En la etapa de operación, se considera un máximo de 24 trabajadores en tres turnos, lo que significa una estimación de 2,4 m3/día de residuos líquidos domésticos en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 24 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, los cuales serán tratados en un sistema de tratamiento particular tipo Ecojet, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será infiltrado en terreno mediante el pozo absorbente de 75 m3 de capacidad utilizado en la etapa de construcción, por lo que no requerirá la intervención de nuevas áreas para esta actividad.

Ambos sistemas serán aprobados previo a su construcción y autorizados para su funcionamiento por la SEREMI de Salud. Las mantenciones serán realizadas frecuentemente por empresas autorizadas por lo que no existirá saturación de los sistemas y no se generarán olores molestos hacia el entorno.

4.2.9.2.2. Residuos líquidos industriales

No se generarán residuos industriales líquidos durante la etapa de construcción toda vez que no se desarrollarán actividades de lavado de maquinaria, equipos, piezas, ni de vehículos; estas actividades serán realizadas en talleres autorizados y en faena sólo se realizará mantenciones menores. Los remanentes de las betoneras móviles, se limpiarán manualmente con pala para remover los restos de hormigón del interior al término de cada jornada de trabajo, posteriormente serán almacenados en tambores de 200 litros y dispuestos como residuos industriales.

En la operación no se considera la generación de este tipo de efluente ya que la central sólo desvía el cauce de parte del caudal del estero para luego devolverlo a su cauce natural, no alterando sus características de calidad.

En el área de emplazamiento del proyecto, no se realizará lavado de contenedores de residuos; éstos una vez utilizados, serán retirados por una empresa externa y repuestos por la misma empresa, ya lavados y desinfectados, para su nueva utilización. En caso de generarse residuos líquidos desde las bodegas de almacenamiento de residuos sólidos, éstos serán captados en el sistema de canalización y pretil de contención, y colectados en estanques ciegos, para ser manejados como residuos sólidos industriales.

4.2.9.3. Residuos sólidos

Respecto al manejo de los residuos sólidos, cabe precisar que, tanto para la etapa de construcción como de operación, cada tipo de residuo será acopiado temporalmente dentro del predio diferenciadamente en contenedores herméticos y rotulados (residuos sólidos domésticos, industriales, peligrosos), posteriormente serán retirados por empresas autorizadas para ser transportados hacia sitios de disposición final autorizados. Esta información estará disponible para consulta de la autoridad cuando sea requerido.

El tipo de residuo sólido generado en la etapa de construcción y operación del proyecto, así como su cantidad mensual (kg/mes) estimada, se informa en la siguiente tabla:

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Tipo Etapa de Construcción Etapa de Operación Caracterización Generación Caracterización Generación Residuos sólidos domiciliarios (RSD) -Restos de alimentos 1.500 -Restos de alimentos 360 -Papeles y cartones 750 -Papeles y cartones 180 -Plásticos 450 -Plásticos 100 -Vidrio, latas, otros. 300 -Vidrio, latas, otros. 80 Total RSD Construcción 3.000 Total RSD Operación 720 Residuos sólidos industriales (RINP) -Madera 250 -Madera 40 -Fierros 300 -Fierros 70 -Gomas 30 -Gomas 70 -Clavos y pernos 70 -Clavos y pernos 40 -Neumáticos 120 -Neumáticos 55 -Restos de las betoneras móviles 400 -Otros 6 Total RINP Construcción 1.170 Total RINP Operación 281 Residuos sólidos peligrosos (RESPEL) -Envases de solventes, aceites y lubricantes 15 -Elementos de protección personal usados contaminados 8 -Elementos de protección personal usados contaminados 20 -Aceites y grasas lubricantes usados 25 -Restos y envases de aceites y lubricantes, solvente, esmalte, diésel 6

-Pilas y baterías usadas 5 -Filtros de aceites 3 -Huaipes, paños, aserrín, contaminados 3 -Huaipes, paños, papel, maderas, aserrín, tierra contaminados 7 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 8 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 15 Total RESPEL Construcción 90 Total RESPEL Operación 25

Para el almacenamiento de los residuos se utilizarán contenedores tapados y herméticos, de acuerdo a la siguiente tabla:

Tipo de residuo Tipo de almacenamiento Capacidad Sitio de acopio temporal etapa de construcción Sitio de acopio temporal etapa de operación Sólidos domiciliarios Contenedores 200 litros Sector exclusivo en cada frente de trabajo Sector exclusivo en Zona de acopio 3 Industriales no peligrosos Contenedores 200 litros Bodega de RSINP Bodega de RSINP Peligroso Tambores y contenedores 200 litros Bodega de RESPEL Bodega de RESPEL

Respecto a los residuos generados por el uso de transformadores, éstas son unidades herméticas que no requieren recambio de aceite y/o lubricante, y en caso de ser necesario realizar mantenciones, el transformador completo será retirado del área del proyecto.

El retiro de residuos domésticos fuera del área del predio se realizará con una frecuencia mínima de dos veces por semana; y se priorizarán las acciones de reciclaje y/o reutilización de los residuos sólidos generados en la etapa de construcción toda vez que sea posible hacerlo. Para tales efectos, se separará por tipo de residuos identificándolo, y llevándolo a sitios de reciclaje autorizados. Se llevará registro de esta actividad y de los residuos dispuestos bajo esta condición.

4.2.9.4. Material de excavación y construcción

Se estima que se extraerá un volumen aproximado de 45.000 m3 de material de las excavaciones, siendo reutilizado en gran parte en la nivelación de terrenos, caminos y relleno de tubería. En caso de generarse excedentes, éstos serán entregados a los Comités, de acuerdo al PCI llevado a cabo.

El material de excavación será acopiado temporalmente en cantidades menores dentro de los sectores definidos y puntos retirados de las áreas de trabajo, disminuyendo el riesgo de accidentes o acumulaciones que entorpezcan el tránsito expedito de personas y maquinarias, previo a su reutilización. En caso que se requiera, el material acopiado será cubierto con lonas o plásticos para evitar su dispersión en el ambiente. Se hace presente que no se realizarán acopios temporales ni permanentes en sectores sin intervención y tampoco quedarán acopios permanentes en el área del proyecto, concluyendo que no habrá alteración de las condiciones originales del área. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Los escombros generados serán trasladados a sitios autorizados y los residuos generados en la rejilla de la cámara de carga tales como hojas, ramas, plantas, u otros, serán retirados en su proceso de limpieza, descargando en una losa dispuesta para ello y retirados para su posterior disposición.

4.2.9.5. Emisiones de ruido

En la etapa de construcción, se generará aumento de los niveles basales de ruido principalmente en el sector de casa de máquinas; desde este lugar, la vivienda más cercana se ubicada a aproximadamente 172 metros. Respecto a la construcción de las otras obras permanentes del proyecto, si bien existirá aumento de ruido, no existen receptores cercanos que se puedan ver afectados por la construcción de las mismas.

Para estimar el aumento en los niveles de ruido por la construcción de la casa de máquinas, se estableció que las fuentes de ruido significativas involucradas en estas faenas son: pala excavadora, carga y descarga de camión con retroexcavadora, rodillo compactador, camión mixer - compresor y esmeril.

Se realizó una modelación para 6 receptores cercanos, cuyo detalle se muestra la siguiente tabla:

Punto Descripción Coordenadas UTM - WGS 84 Distancia aproximada a Casa de Máquinas (m) Norte Este 1 Vivienda 1 piso ubicada al oriente de ruta 199, al surponiente de proyecto 281140 5633235 360 2 Vivienda 1 piso ubicada al norponiente de casa de máquinas 281247 5633466 207 3 Grupo de viviendas ubicadas al oriente de ruta 199, cercanas a casa de máquinas 281261 5633679 318 4 Vivienda aislada ubicada al norte de casa de máquinas 281457 5633597 172 5 Vivienda aislada ubicada en bosque al norte de proyecto 281533 5633741 330 6 Vivienda aislada ubicada en bosque al norte de proyecto 281452 5633982 556

Los resultados de nivel de presión sonora equivalente proyectado para las faenas de construcción de la casa de máquinas, para horario diurno, se muestran en la siguiente tabla:

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de fondo dB(A) Nivel total dB(A) Nivel máximo permitido dB(A) Cumplimiento D.S. N° 38/2011 1 46.7 47.7 50 58 Cumple 2 54.7 43.1 55 53 Excede 2 dB 3 48.2 43.1 49 53 Cumple 4 50.7 44.2 52 54 Cumple 5 47.6 46.6 50 57 Cumple 6 42.7 43.0 46 53 Cumple

De acuerdo a los resultados obtenidos, el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción en el sector de casa de máquinas superará el máximo permitido para horario diurno en uno de los puntos, por lo que se implementará una medida de mitigación mediante la incorporación de una barrera acústica modular fijada en los sectores en que se ubican los equipos fijos y procesos más ruidosos, principalmente vinculados a demolición y movimiento de tierra. Las zonas de protección con barreras acústicas móviles se desplazarán junto con el frente de trabajo.

La barrera acústica estará conformada por paneles de OSB de 18 mm de espesor y una altura de 2,4 m. El largo de la barrera no será inferior a los 10 metros (cuando esto sea posible) y servirá de obstáculo entre las faenas ruidosas y las viviendas eventualmente afectadas. Con la medida anterior, se atenuarán los niveles de ruido cumpliendo de esta forma con el D.S. N° 38/2011 del MMA. La siguiente tabla muestra la comparación de los valores con y sin medidas de control de ruido

Punto Nivel modelado sin medidas de control dB(A) Nivel modelado con medidas de control dB(A) Atenuación estimada dB (A) 1 46.7 40.4 6.3 2 54.7 48.2 6.5 3 48.2 44.8 3.4 4 50.7 50.7 0 5 47.6 47.6 0 6 42.7 42.7 0

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Para la etapa de operación, se analizó el efecto de las emisiones sonoras al incorporar el funcionamiento diurno y nocturno de la casa de máquinas, ya que ésta es la principal fuente emisora de ruido en la etapa de operación, cuyos resultados establecieron que se cumple con la normativa ambiental, tal como se muestra en las siguientes tablas:

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido. Periodo Diurno Evaluación 1 25.7 47.7 48 58 Cumple 2 33.7 43.1 44 53 Cumple 3 27.3 43.1 43 53 Cumple 4 29.8 44.2 44 54 Cumple 5 26.6 46.6 47 57 Cumple 6 21.7 43.0 43 53 Cumple

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido. Periodo Nocturno Evaluación 1 25.7 45.3 45 50 Cumple 2 33.7 41.3 42 50 Cumple 3 27.3 42.0 42 50 Cumple 4 29.8 43.0 43 50 Cumple 5 26.6 46.5 47 50 Cumple 6 21.7 42.4 42 50 Cumple

Los antecedentes antes señalados, se fundamentan en Estudio de Impacto Acústico adjunto en Anexo 14 de la Adenda 1 del proyecto.

4.2.9.6. Emisiones de energía y radiación

En la etapa de operación, la central producirá radiaciones eléctricas y magnéticas, las cuales serán de magnitudes bajas y esperables para la subestación y líneas de transmisión de 23 KV, donde los campos eléctricos y magnéticos estarán por debajo de los 5 KV/m y de los 100 µT respectivamente, no superando los límites señalados que corresponden a los máximos recomendados por la Comisión Internacional Contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP).

Lo anterior en base a que, de acuerdo a lo informado en Anexo 15 de la Adenda 1, se estimó que la magnitud de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo en el exterior de la central, no superará 0,22 kV/m, por tanto no representa ningún riesgo para personas ya que es inferior al límite establecido por la ICNIRP.

Respecto a la magnitud de inducción magnética máxima medida o calculada a un metro de altura sobre el suelo en el exterior de subestaciones, se ha informado en 16 y 20 µT; por lo tanto, y considerando la peor condición en emisión de campo magnético, se espera que el máximo, en el borde de la central, no supere los 20 µT, no representando ningún riesgo para personas por cuanto es inferior al límite ya que es inferior al límite establecido por la ICNIRP.

Cabe señalar que no existen conductores energizados expuestos al aire, por lo tanto no se presentará el fenómeno corona ni sus efectos derivados, en particular la radio-interferencia. En el caso particular en estudio, no existirán conductores expuestos con aislamiento de aire; todos corresponderán a conductores con aislamiento sólido (cables), tanto en los equipos como en los conductores de salida, por lo tanto el efecto corona en aire no será un fenómeno presente en los conductores en esta instalación y en consecuencia tampoco sus manifestaciones externas.

  1. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento del SEIA se recibieron 48 observaciones al Estudio de Impacto Ambiental, las que se enmarcaron dentro de las siguientes actividades:

5.1. Síntesis del proceso de participación ciudadana

5.1.1. Antecedentes relacionados con los mecanismos implementados para asegurar la participación ciudadana:

Con fecha 29 de noviembre de 2012, ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”.

La publicación del extracto del citado Estudio de Impacto Ambiental, establecida en el artículo 27 de la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº19.300, se efectuó el día 11 de diciembre de 2012, en los diarios Oficial y El Austral REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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de Temuco, iniciándose en consecuencia el proceso de Participación Ciudadana (PAC) el día 12 de diciembre de 2012, para concluir al cabo de 60 días, el día 7 de marzo 2013.

Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad organizada, así como alternativas de consulta y discusión con el proponente, se realizaron talleres en la comuna involucrada con el proyecto de acuerdo al siguiente cronograma:

Fecha Actividad Comuna y Localidad Total Participantes 10/12/2012 Reunión de coordinación con dirigentes mapuche del sector Trancura. Curarrehue – Sede comunitaria sector Trancura 22 15/12/2012 Actividad de reconocimiento de usos del territorio. Curarrehue sector Trancura 16 20/12/2012 Reunión informativa el sector de Trancura Curarrehue – Escuela Sector Pocolpén 38 27/12/2012 Taller asesoría técnica para la formulación de observaciones ciudadanas. Curarrehue - Sede comunitaria C.I. Camilo Coñoequir 36 08/01/2013 Reunión informativa en el sector de Carén: se realiza reunión informativa con comunidad mapuche Juanita Curipichun y con vecinas y vecinos del sector de Carén Curarrehue – Sector Carén 26 21/01/2013 Encuentro Titular – Ciudadanía: Encuentro entre el Titular, Comunidad Indígena Juanita Curipichun y vecinos del sector Carén. Curarrehue – Sector Carén 25 28/01/2013 Encuentro Titular – Ciudadanía: Encuentro entre Titular y Comité de Salud Trancura. Curarrehue – Sector Trancura 18 28/01/2013 Encuentro Titular – Ciudadanía: Encuentro entre Titular e integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir. Curarrehue – Sede Comunitaria Comunidad Indígena Camilo Coñoequir. 28 20/02/2013 Encuentro Titular – Ciudadanía: Se realizó reunión entre la Comunidad Indígena Juanita Curipichun del sector Carén. Curarrehue – Sector Carén 15 09/02/2013 Encuentro entre el Titular e integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Curarrehue – Sector Trancura. Sede Comunidad Indígena Camilo Coñoequir 20 02/03/2013 Encuentro Titular – Ciudadanía entre integrantes Comité de Salud Trancura, Iglesia Metodista e integrantes C.I. Camilo Coñoequir Curarrehue – Sector Trancura. Iglesia Metodista. 21

Total: 265

5.1.2. Entrega de información

En el proceso de PAC se entregó a las comunidades indígenas, personas y organizaciones interesados toda la información disponible, a través de la entrega de: Resúmenes Ejecutivos del proyecto, Dípticos de PAC, Fichas de Observaciones ciudadanas, entre otras.

A través de la Radio Emisora Local Radio Ngen de Curarrehue, el SEA contrató servicio de avisaje radial con la finalidad de difundir: a) Inicio del Proceso de Participación Ciudadana del citado proyecto en evaluación ambiental, y; b) Aviso de reuniones de Participación Ciudadana programadas. Cabe notar que en el mes de diciembre se contrataron 40 avisos radiales y éstos se comenzaron a emitir desde el día 1 de la Participación Ciudadana, es decir desde el día 12 de diciembre de 2012.

Asimismo, a contar del día 1° y hasta el 06 de marzo de 2013, el SEA contrató avisaje radial para difundir el término del proceso de Participación Ciudadana del EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui.

Las actividades realizadas han tenido como objetivo acercar la información y generar diálogo entre las partes involucradas con la finalidad de fortalecer los procesos de evaluación en términos de conocer en forma directa las inquietudes y observaciones de las comunidades en cuanto a los impactos que este proyecto podría generar en el territorio en el cual postula su emplazamiento.

Asimismo, es importante indicar que en las reuniones o espacios de taller siempre el Servicio informó, que la realización de estas actividades sólo tiene un carácter informativo y que en ningún caso significa que la institucionalidad ambiental considere esto como una aprobación que la ciudadanía y las comunidades brindan a la ejecución del proyecto.

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5.2. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

En el proceso de PAC del proyecto en evaluación ambiental EIA Central Hidroeléctrica Añihuerraqui se recepcionaron 48 observaciones ciudadanas de las cuales 4 corresponde a Organizaciones Sociales con personalidad Jurídica y 44 fueron realizadas por Personas Naturales. Las observaciones se relacionan con el medio humano próximo, en particular, con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén.

Todas las observaciones recepcionadas durante el proceso de participación ciudadana cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Cabe notar que 03 personas naturales que presentaron observaciones ciudadanas, ingresaron al SEA carta firmada ante notario público con fecha 15 de mayo de 2013, en la que señalan que estas observaciones no fueron realizadas por los suscritos; a saber:

1) Sergio Coñoequir Coñoequir; RUT: 10.908.613-4; con domicilio en el Sector Trancura km 9, comuna de Curarrehue; integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir. 2) María Nivia Coñoequir Pincheira; RUT: 10.687.691-6; con domicilio en el Sector Trancura, comuna de Curarrehue. 3) María Cecilia Figueroa Coñoequir; RUT: 16.884.332-1; con domicilio en el Sector Trancura, comuna de Curarrehue.

5.3. Evaluación Técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se sistematizan y evalúan técnicamente a continuación:

Nombre: Abner Absalón San Martín Dumihuala Observación: Estoy en contra de la Hidroeléctrica Añihuerraqui por lo siguiente: Estropean el medio ambiente. Destruiría el hábitat de los peces. Por eso me opongo a la construcción.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Abner Absalón San Martín Dumihuala es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En la Adenda 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Asimismo, el Titular indica que de acuerdo a la configuración de turbinas seleccionadas, el proyecto sólo operará dejando descontado siempre el caudal ecológico en el cauce más los derechos de aprovechamiento de agua existentes. El mecanismo que permite esta condición es automático, y asegura el libre flujo del caudal ecológico y los derechos de las comunidades, lo que permite asegurar que se mantendrá este continuo hídrico mínimo que permitirá mantener la biota acuática del estero y el ecosistema ripariano. En el Anexo 4 de la ADENDA 1 se presenta la memoria de cálculo de la bocatoma, donde se describe el dispositivo para el paso automático del caudal ecológico del Estero Añihuerraqui.

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En la Adenda 2 en cuanto medidas de mitigación, el Titular establece que durante la etapa de operación se debe evitar entrada de peces a la cámara de carga y posteriormente a la tubería. Para tales efectos se instalará un sistema de reja a la entrada de la aducción y otra a la entrada de la cámara de carga, que actuarán como barrera mecánica e impedirán el ingreso de especies de fauna al sistema. Complementariamente, se propone instalar una barrera acústica para evitar la entrada de peces y de algunas especies de invertebrados al sistema de captación. Este sistema consiste en la instalación de cadenas sobre el lecho del estero, las que al chocar entre ellas generan ruido que desincentiva a la fauna acuática a acercarse al sector, sin afectar dichas especies de ninguna manera.

Se incluye también un Plan de Manejo de Fauna (Anexo 5-1 del EIA), que en particular para las especies de fauna y ecosistemas asociados al estero Añihuerraqui considera la aplicación de las siguientes medidas:

- Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de caza y colecta de ejemplares de fauna silvestre al interior del área del proyecto. - Disposición adecuada de residuos domésticos, con el fin de dificultar el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos). - Comunicación oportuna de medidas a los trabajadores del proyecto e instalación de señalética en terreno.

Complementariamente, el PAS 99 detalla el Plan de Rescate y Relocalización de especies de movilidad reducida que incluye a los anfibios.

Así también, el mantenimiento del caudal ecológico es la condición que mitiga el impacto en la flora y fauna acuática, y el proyecto asegurará mantener permanentemente dicho caudal. Para verificar esta condición, se realizará el seguimiento de dicho caudal de acuerdo a un programa de monitoreo continuo de esta variable, en la bocatoma del proyecto.

En la Adenda 2 el Titular también informa que instalarán rejillas de 10 y 2,5 cm de luz que tienen una separación entra cada barra de 10 cm y 2,5 cm respectivamente. Este sistema de rejilla, tiene un tamaño adecuado de acuerdo con los resultados de fauna íctica, detallada en la línea de base del proyecto y los antecedentes bibliográficos expuestos. Cabe recordar, que durante las campañas de terreno, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (Trucha Café y Arcoíris respectivamente), ambas especies introducidas, en el área del proyecto. Los tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, correspondieron a organismos juveniles (> 8 cm). En base a lo anterior, además de la gran capacidad natatoria de este tipo de organismos, se espera que estos no ingresen al sistema de aducción del proyecto. Sin perjuicio de lo anterior y tal como se indicó en la Adenda 1, previo a la cámara de carga, se dispondrá un sistema de cadenas, las que actuaran como barrera acústica, frente a la presencia de peces.

Por otra parte, señala que la Ley Nº 18.892 de 1989, sus modificaciones, y la Ley General de Pesca y Acuicultura en su Artículo 168 señala que “cuando se construyan represas en curso de agua fluviales que impidan la migración natural de los peces que en dichos cursos habitan con anterioridad a su construcción, será obligación de los propietarios de dichas obras civiles el efectuar un programa de siembra de dichas especies a objeto de mantener el nivel original de sus poblaciones, en ambos lados de la represa, o alternativamente construir las obras civiles que permitan dichas migraciones”.

Al respecto, el titular reitera que el Proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui no contempla represa, ni embalsará el agua del estero, permitiendo el flujo permanente de al menos el caudal ambiental.

En relación al potencial impacto que pudiera tener la obra de bocatoma en la migración de peces, cabe destacar que el estero, inmediatamente aguas abajo de la bocatoma, tiene grandes caídas y fuertes pendientes (19% en promedio que alcanzan hasta un 100%).

En la Adenda 2 y Adenda 3 el Titular señala que en relación al potencial impacto que pudiera tener la obra de bocatoma en la migración de peces, cabe destacar que el estero, inmediatamente aguas abajo de la bocatoma, tiene grandes caídas que ya generan una división natural, por ende el proyecto no contempla medidas para el traslado de peces ya que no amerita su aplicación.

Complementando lo anterior, en la respuesta 8.6 de la ADENDA 3 se describe porqué los altos y la alta pendiente implican que exista una desconexión natural entre la bocatoma y restitución que no permite el traslado de peces aún en la condición sin proyecto.

El Titular indica que una segunda mirada de los aforos aporta información sobre la recuperación natural que existe en el estero. En los cuatro aforos simultáneos realizados, el caudal medido en restitución es siempre superior al REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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caudal medido en bocatoma. La situación anterior se da inclusive para períodos de bajos caudales existentes en el estero, en efecto, en medición realizada en abril de 2013 se aforó un caudal en bocatoma de 245 l/s y en restitución de 317 l/s lo que arroja un porcentaje de recuperación de un 29%. Esta recuperación se explica por aportes intermedios (superficiales y sub-superficiales).

En consecuencia, el Titular informa que se puede indicar que las condiciones hídricas mínimas existentes de manera natural en el estero no son modificadas en la condición con proyecto, y por tanto mantienen las características de hábitat para la fauna acuática del estero. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la ictiofauna es baja. Los estudios, han señalado la existencia exclusiva de las especies Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (Trucha Café y Arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación, de acuerdo a lo establecido en el D.S. 51/2008.

Por otro lado, también indica que de acuerdo a las características topográficas del área de emplazamiento del proyecto (alta pendiente), las abundancias y riqueza específica para cada componente en estudio (fitoplanctónicas, perifiton, macroinvertebrados y macroflora acuática), es relativamente baja. Esta situación es esperable en este tipo de ambiente, debido a la condición de oligotrofia del área del proyecto que fue registrada en las campañas de terreno.

Por tanto, la alta pendiente en el tramo del proyecto, sumado a la presencia de pequeñas cascadas o saltos de agua, crean barreras naturales para la fauna íctica presente. Lo anterior, sumado al pequeño tamaño de la ictiofauna registrada, hace posible que las poblaciones de peces registradas, estén parcialmente conectadas, debido a que éstas podrían ir estero abajo, pero no tendrían la capacidad natatoria necesaria para poder remontar la velocidad de corriente y alto caudal. Para mayor abundamiento, el Titular informa que se ha estudiado las características del estero en 4 tramos, a saber:

Tramo 1: tiene una longitud de 340 m, el punto de inicio se ubica 170 m aguas arriba del sector donde se ubicará la bocatoma y termina unos 170 m aguas abajo del mismo punto. Se trata de un sector de regular acceso, cuenta con un camino que lleva a este punto, el cauce del estero se encuentra definido, en general es bastante encajonado, se verifica la existencia de saltos importantes, como el que está aproximadamente 100 metros aguas arriba de la bocatoma y que tiene una altura cercana a los 8 m. La pendiente promedio del tramo es de un 6%.

Tramo 2: de 1.500 m aproximadamente, se trata de un sector de muy difícil acceso, el cauce se encuentra definido, es del tipo encajonado, se verifica la existencia de saltos de alturas considerables, la pendiente de este tramo promedio es de 19%.

Tramo 3: de 900 m de longitud aproximadamente, el cauce se encuentra definido, es del tipo encajonado, se verifica la existencia de saltos de alturas considerables, la pendiente de este tramo promedio es de 28%.

Tramo 4: de 400 metros aproximadamente, parte 295 m aguas arriba del sector de restitución y termina 205 m aguas abajo de este punto, Se trata de un sector de mejor acceso, cauce bien definido, menos encajonado que en los tramos anteriores, no se verifica la existencia de saltos, su pendiente media es de alrededor de un 9%. Para evaluar continuidad hídrica en el estero Añihuerraqui para caudal ecológico, se realizó el estudio del eje hidráulico para los tramos 1, parte del tramo 2 y tramo 4 del rio. Se escogió estos tramos debido a que las condiciones de pendiente hacen factible realizar esta modelación.

Para la modelación se utilizó el software HEC-RAS V4.1 publicado por el U.S. Army Corps of Engineers, el cual mediante la consideración de los perfiles topobatimétricos, geometría, rugosidad del fondo y taludes y existencia de obstrucciones, permite calcular las características del flujo para las distintas secciones del cauce, como también para distintos caudales.

Se realizaron modelaciones para dos caudales ecológicos: 298 l/s y 147 l/s, que corresponden al máximo y mínimo respectivamente, de la distribución temporal del caudal ecológico establecido por la DGA. Los principales resultados y conclusiones de la modelación se presentan a continuación:

No existen mayores diferencias en el comportamiento del estero en la situación sin proyecto y con proyecto.

Las velocidades promedio en el tramo 2, de mayor pendiente, alcanza los 1,37 m/s para caudal ecológico mínimo, y las menores velocidades bordean los 0,35 m/s en el tramo 1. Estas velocidades son aptas para el desplazamiento de especies de ictiofauna, de acuerdo a las curvas de habitabilidad de especies acuáticas, realizadas por el EULA (2000).

Así también, para el caso del Perifiton, su óptimo de preferencia de hábitat es en velocidades de caudal de 0,4 m/s aproximadamente, valores que se verifican en la modelación anterior. Esto tiene concordancia con los resultados REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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de Perifiton y macroinvertebrados cuantificados en terreno, en las diferentes campañas de terreno, en donde la abundancia y riqueza para ambas componentes, fueron bajas.

El Titular indica, que en base a lo anterior, es posible inferir, que la velocidad, es un factor limitante que condiciona la presencia de fauna íctica y otros organismos. Esto hace suponer, que para el sector intermedio del trazado del proyecto donde no fue factible realizar la modelación debido a sus condiciones geográficas no exista la presencia de otro tipo de fauna íctica que no sea las hasta ahora descritas en las campañas de Línea de Base.

Asimismo, el Titular indica que las especies detectadas son introducidas, y conocidas por su depredación sobre la fauna íctica nativa, debido a su mayor tamaño corporal y mayor capacidad natatoria.

El Titular, plantea como conclusión, que en la situación con proyecto se mantiene el continuo hídrico que asegura el desplazamiento natural de las especies de ictiofauna del estero y del ecosistema ripariano existente, toda vez que dejará pasar por la bocatoma un caudal ambiental superior a lo establecido por la DGA:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Finalmente, el Titular informa que el Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida.

Para abordar la materia ambiental tratada en esta parte, el Titular plantea medidas de mitigación relacionadas a la Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos y a la Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación. La descripción detallada puede ser revisada en el Considerando 7 sobre Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación de la presente Resolución.

5.3.2. Nombre: Abner Absalón San Martín Dumihuala Observación: Estoy en contra de la Hidroeléctrica Añihuerraqui por lo siguiente: Esta va a ser construida en territorio sagrado mapuche. Por lo demás ésta va a ser construida en una comunidad mapuche. Por eso me opongo a la construcción.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Abner Absalón San Martín Dumihuala es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en sector Trankura donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en sector Trankura donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

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En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

En la Dimensión bienestar social básico; aumento en la demanda de servicios, el titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (+) para la etapa de construcción y poco significativo (+) en la etapa de operación.

En materia de la Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui, se señala que considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses), no presentándose esta alteración en la etapa de operación. Para ello el titular ha establecido medidas de compensación asocidas a la instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7. Del presente acto.

En cuanto a la disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el proceso de evaluación, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, el titular informa que durante la construcción del proyecto no utilizará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento al caudal ambiental y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

Respecto de la interrupción en el acceso a captación de agua, se informa que en el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su paso se debe ingresar por la propiedad permutada, ante lo cual el titular mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes.

En virtud de lo señalado anteriormente, este imapcto se definió como medianamente significativo (-) durante la construcción y operación del proyecto ante lo cual el titular ha establecido medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

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En materia del aumento del tránsito vehicular, la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es poco significativo (-) considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación Considerando 7 de la presente Resolución.

En cuanto al deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Ante esto, el titular plantea que previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. Además, realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. El detalle de medidas se establece en Considerando 7 de la presente Resolución.

Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

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  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

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Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

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Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

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g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul (AC)

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

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g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Alcides Dumihuala Morales – Elizabeth Ferreira Antinao Observación: Somos residentes del sector Pocolpén y pertenecientes a la Comunidad Camilo Coñoequir y no estamos de acuerdo con la Central hidroeléctrica que se quiere instalar en el estero Añihuerraqui Camilo Coñoequir Lloftunekul. Por todos los riesgos medio ambientales, culturales, flora y fauna y lo más importante que no han tomado en cuenta nuestros derechos humanos, creencias y tradiciones de nuestros antepasados, residentes y nuestras generaciones que vienen.

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Este proyecto viola todos los derechos que pertenecen a nuestros hermanos mapuches en lo más importante de nuestras vidas que son los derechos de agua que nos pertenecen.

A la vez en conjunto nuestras plantas nativas y senderos en los cuales se utilizan como zonas turísticas, las cuales tampoco han sido mencionadas, no estamos de acuerdo que destruyan nuestro territorio de trabajo.

También tenemos una escuela inserta en nuestra comunidad, donde nuestros hijos tienen la oportunidad de estudiar, la cual este proyecto afecta gravemente, higiénicamente y alimenticio. ¿Dónde quedan nuestras generaciones y futuro de nuestra cultura?

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Alcides Dumihuala Morales y de la Sra. Elizabeth Ferreira Antinao es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de los impactos ambientales esto se encuentra informado en el capítulo de Predicción y evaluación de los principales impactos ambientales asociados al proyecto, a saber:

Metodología

La metodología de evaluación de impactos se basa en una valoración que integra tanto la relevancia ambiental del componente en su condición actual, como la magnitud del impacto que el proyecto ocasionará en dicho componente. Esta metodología conduce a la obtención de una escala numérica relativa en que los impactos ambientales son calificados de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla:

Módulo del Valor Impacto Ambiental (VIA) Importancia del Impacto Ambiental 0-40 Poco significativo 41-60 Medianamente significativo 61-80 Significativo 81-100 Altamente significativo

Por otro lado, el titular ha identificado la relevancia y su valor ambiental para cada uno de los componentes ambientales determinados dentro del área de influencia del proyecto. Este indicador se refiere a la calidad, estado y/o singularidad presentada por cada uno en su condición sin proyecto y permite valorar su relevancia, calificándolo en una escala de 1 a 10, y cuyos resultados para cada componente ambiental valorado, se indica en la siguiente tabla:

Medio Componente ambiental Relevancia ambiental Valoración del componente Físico Calidad del aire Muy alta 9 Niveles de ruido Muy alta 9 Hidrología Alta 8 Calidad del agua Alta 8 Campos electromagnéticos Muy baja 2 Suelo Baja 3 Biótico Flora y vegetación terrestre Muy alta 10 Fauna terrestre Muy alta 10 Flora y fauna acuática Moderada 6 Humano Dimensión geográfica Baja 4 Dimensión demográfica Baja 6 Dimensión antropológica Alta 8 Dimensión socioeconómica Moderada 5 Dimensión bienestar social básico Alta 8 Patrimonio Arqueología Moderada 6 Perceptual Paisaje Moderada 5

La metodología utilizada para la evaluación de impactos ambientales concluye en la categorización de los niveles de significancia determinados a partir de los valores numéricos obtenidos en el proceso de dicha evaluación, considerando su relevancia ambiental. Así la metodología aplicada establece que el Valor del Impacto ambiental se calcula como el producto de la Relevancia del componente ambiental afectado y la Magnitud del Impacto, incorporando las variables de carácter, probabilidad de ocurrencia, extensión, intensidad, duración y reversibilidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Análisis de impacto por componente ambiental

Medio físico: Calidad del aire

Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión

En la etapa de construcción, se producirá un aumento en la concentración de material particulado ypolvo en resuspensión debido principalmente a los movimientos de tierra, circulación de vehículos por rutas no pavimentadas y acopio de material; y en menor medida se generará emisión de gases provenientes del funcionamiento de las maquinarias y de equipos electrógenos. Estas emisiones serán de carácter temporal toda vez que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto estimada en 12 meses.

La siguiente tabla se presenta el resumen de las emisiones generadas estimadas para la etapa de construcción del proyecto:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2,5 6,43

Considerando el aumento en las emisiones atmosféricas, este impacto se considera significativo (-) durante esta etapa, por lo cual las emisiones serán controladas mediante medidas de mitigación establecidas y detalladas en el Plan de Control de Emisiones Atmosféricas, señalado en Considerando 7 de la presente Resolución.

Durante la etapa de operación disminuirá considerablemente el tránsito de vehículos y no existirá remoción ni movimiento de material, por lo que este impacto será poco significativo (-).

Niveles de ruido

Alteración de los niveles basales de presión sonora

En la etapa de construcción se producirá aumento en los niveles de ruido en las inmediaciones de los frentes de trabajo principalmente vinculados a movimiento de tierra y motores de maquinaria pesada.

Del Estudio de Impacto Acústico realizado y adjunto en Anexo 14 de la Adenda 1, el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción no superará el máximo permitido en ninguno de los receptores sensibles, con excepción de un punto ubicado al norponiente de la casa de máquinas del proyecto, donde se produce un exceso de 2 dB, como se detalla en la siguiente tabla:

Punto Distancia aproximada a Casa de Máquinas (m) Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido Cumplimiento D.S. N°38/2011 1 360 46.7 47.7 50 58 Cumple 2 207 54.7 43.1 55 53 Excede 2 dB 3 318 48.2 43.1 49 53 Cumple 4 172 50.7 44.2 52 54 Cumple 5 330 47.6 46.6 50 57 Cumple 6 556 42.7 43.0 46 53 Cumple

En virtud de lo anterior, este impacto se considera medianamente significativo (-) por lo cual se implementará como medida de mitigación la instalación de una barrera acústica modular en la zona de instalación de faenas donde se construirá la casa de máquinas, lo cual permitirá que el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción cumplirá con los niveles máximos permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA. Los detalles de esta medida se presentan en Considerando 7 de este acto.

En la etapa de operación los niveles de ruido se circunscribirán al área de emplazamiento del proyecto toda vez que el ruido generado por el funcionamiento de la casa de máquinas estará por debajo de los niveles máximos permisibles establecidos en la normativa vigente, por lo que se concluye que el impacto será poco significativo (-) sobre este componente.

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Campos electromagnéticos

Generación de campo eléctrico y magnético

En la etapa de construcción del proyecto, no se generará este tipo de emisiones dado que no existen fuentes que las generen, por lo que no se producirá este impacto.

Durante la etapa de operación, y de acuerdo a informe de Modelación de Campos Electromagnéticos adjunto en Anexo 15 de la Adenda 1, se estimó que la magnitud de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo en el exterior de la central, no superará 0,22 kV/m;y respecto a la magnitud de inducción magnética máxima en el borde de la central, no superará los 20 µT de acuerdo a estudios realizados en centrales de similares características. Estas magnitudes están muy por debajo de los límites máximos recomendados por la Comisión Internacional Contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP), que establece un máximo de campos eléctricos y magnéticos de 5 KV/m y de los 100 µT respectivamente. Por lo anterior, este impacto no se generará.

Hidrología

Disminución de caudal entre bocatoma y restitución

En la etapa de construcción, si bien se intervendrá el estero para la ejecución de las obras de captación, atraviesos, rápido de descarga y obras de restitución, no existirá alteración en su cantidad dado que no se desviará el estero y no se extraerá bajo ninguna circunstancia agua del mismo, respetando la libre circulación del total de su caudal por su lecho mientras duren las faenas. Debido a lo anterior, este impacto no se generará en esta etapa del proyecto.

En la etapa de operación, se utilizará un caudal máximo de 2,5 m3/s del estero Añihuerraqui para la operación de la central, cuyos derechos de agua para uso no consuntivo han sido otorgados por el Dirección General de Aguas con su respectivo caudal ecológico, caudal que fue incrementado para los meses de febrero, marzo y abril por parte del titular, en virtud de las campañas de aforo realizadas por el mismo y que dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero. De acuerdo a lo anterior, la distribución de caudales mínimos ambientales a cumplir por el titular, se muestran en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

En conclusión, cumpliendo con el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, no se producirá un alteración significativa en la cantidad del agua del estero por lo que el impacto es poco significativo (-).

Calidad del agua

Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos

En la etapa de construcción se producirá alteración de las condiciones basales de la calidad del agua del estero Añihuerraqui debido al aumento de sedimentos producto de las actividades de construcción en el lecho del mismo para la implementación de la captación, atraviesos, rápido de descarga y obras de restitución. Este impacto será durante períodos acotados de tiempo, cuando se esté llevando a cabo movimientos de material natural en el cauce para la construcción de las obras en el mismo, cesando una vez terminada dichas labores.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-). Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un monitoreo mensual de parámetros de acuerdo a la NCh 1.333/Of78, Norma Chilena de Calidad de agua para distintos usos, tomando muestra y contramuestra en cada caso para asegurar la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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validez y representatividad de las mediciones, en 5 puntos establecidos entre captación y bocatoma, privilegiando el muestreo en los meses donde se realicen los trabajos que generen alteración en la calidad del agua.

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en su calidad natural, concluyendo que este impacto no se generará.

Suelo

Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual requiere remoción y utilización de suelo para la construcción de las áreas de instalaciones de faenas, zonas de acopio de materiales de construcción y de residuos (obras temporales); así como para la construcción de la casa de máquinas, tuberías en presión, línea de transmisión eléctrica (obras permanentes), entre otros. La superficie total a intervenir corresponde a 2,23 ha aproximadamente, de las cuales 1,56 ha corresponde a superficie para las obras temporales, y 0,67 ha para las obras permanentes.

Las actividades constructivas provocarán pérdida y compactación de suelo en un área acotada y definida al área donde se ubicarán las obras, no requiriendo intervenir terrenos adicionales a los declarados; tendrá una duración definida correspondiente a la duración de la etapa de construcción (estimada en un año). Cabe mencionar que los suelos excavados serán acopiados temporalmente y posteriormente serán reutilizados para relleno y nivelación de caminos. Los suelos comprendidos en los sectores en donde se desarrollará el proyecto son suelos cuyas limitaciones son la topografía y la excesiva pedregosidad, clasificándose con una capacidad de uso VI, que corresponde a suelo inadecuados para los cultivos, y su uso está limitado para pastos y forestales, no existiendo actividades agrícolas o de equipamiento en el área a intervenir.Teniendo en cuenta lo establecido anteriormente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-).

En la etapa de operación no se consideran nuevos impactos para este componente, por lo que no se producirá.

Generación de procesos erosivos

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual implicará remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión y la casa de máquinas, principalmente. Estas actividades pueden aumentar el riesgo potencial de generación de procesos erosivos principalmente en la intervención sobre el ex el camino madererobajo el cual se implementará la tubería a presión, considerando además que en determinados sectores se establecerán pendientes, por lo que de producirse procesos erosivos, éstos se manifestarían en un área acotada a sectores inmediatos al camino forestal y al sector de instalación de faenas. Los suelos excavados serán acopiados temporalmente alejados del estero y posteriormente serán reutilizados en su totalidad para relleno y nivelación de caminos.

Para evitar y controlar los procesos erosivos, se consideras medidas de mitigación que consisten básicamente en la restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. Otras medidas se establecen en el Considerando 7 del presente acto. Considerando la implementación de medidas, se realizará un monitoreo durante la construcción y por un período de al menos 5 años en la etapa de operaciónen base al método de la estaca, para evaluar y controlar posibles procesos erosivos.

En virtud de la generación acotada y controlada de procesos erosivos que podrían generarse durante la etapa de construcción y operación del proyecto, el impacto se califica como medianamente significativo (-).

Medio biótico

Flora y vegetación terrestre: Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean en el Considerando 7 del presente acto, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 del presente acto.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo un año. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-).

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm). Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 del presente acto.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medianamente significativo (-) dadas las medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Medio Humano

Dimensión geográfica

Cambio en el uso de territorio

Durante la ejecución de este proyecto no se generará cambio en el uso del territorio toda vez que la distribución de los grupos humanos en el mismo y la estructura espacial de sus relaciones, no serán afectados en la etapa de construcción ni en la de operación del proyecto, ya que no habrá campamentos en la zona de emplazamiento del proyecto, minimizando interacciones de los trabajadores con la comunidad local.Teniendo en cuenta lo anterior, sumado a que la etapa de construcción es temporal, este impacto no se producirá en ninguna de las etapas de ejecución del proyecto.

Dimensión demográfica

Alteraciones sobre la estructura demográfica

Durante la ejecución de este proyecto no se generará alteraciónen la estructura demográfica considerando que para la ejecución de las faenas se dará preferencia a la utilización de mano de obra local por sobre la foránea. De REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante la etapa de construcción no implicará una alteración en la estructura demográfica de la zona, pues si bien habrá más personas en el área de influencia del proyecto a nivel comunal, a nivel local no se evidenciará este afectación ya que no existirá pernoctación ni campamentos en el área de emplazamiento del proyecto.

Teniendo en cuenta lo anterior este impacto seha determinado que no se producirá este impacto tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Dimensión antropológica

Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central

Las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en un tramo de 160 m en el cerro Peñewe, ambos considerados como sagrados por la comunidad indígena.

En relación a lo anterior, el titular estableció que el diseño original de la central, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, se modificó por la construcción de las obras de conducción de agua, en un sector intervenido del cerro correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino durante la construcción hasta un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro y sin generar una alteración en la topografía del mismo; así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector.La tubería forzada irá sobre la superficie del terreno, tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno eimplementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería,estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja se mantendrá en 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en los Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun

A aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

Uso de agua del estero durante la celebración del Guilatun

En la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, utilizan agua del estero para la celebración del Gillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7de la presente Resolución.

Posible afectación de sitio Eltwe

En el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se señala la existencia de un Eltwe en las coordenadas UTM: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas

Considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno. Las medidas asociadas se señalan en Considerando 7 de la presente Resolución.

Dimensión socioeconómica

Generación de nuevas ofertas de trabajos

En la etapa de construcción se producirá un aumento en la demandade mano de obra local por parte del proyecto y un incremento en la oferta y demanda de bienes y servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal y a nivel local, situación que se sostendría hasta la finalización de las obras de construcción, destacando que la mano de obra será mediante contratación de mano de obra local. En la etapa de operación, se privilegiará la mano de obra local y si se requiere se les capacitará para su trabajo en la central.

Considerando lo anterior, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (+) para la etapa de construcción y poco significativo (+) en la etapa de operación. Independiente de la evaluación determinada, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto

Durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni elabastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

En virtud de lo anterior, este impacto no se generará por la ejecución del proyecto.

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Dimensión bienestar social básico

Aumento en la demanda de servicios

En la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no se generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución..

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

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En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es poco significativo (-) considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto

Este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar.

Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Patrimonio Cultural

Arqueología: Alteración de sitios con valor arqueológico

En la etapa de construcción se realizará intervención en el terreno por lo cual se han realizado prospecciones cuyos resultados establecidos en Anexo 2-5 del EIA, concluyen que en el área del proyecto no se encuentran sitios arqueológicos, antropológicos, de valor histórico, cultural u otros pertenecientes al patrimonio cultural.

Teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, este impacto se determina como poco significativo (-) para este componente en la etapa de construcción y operación del proyecto debido a la ausencia de sitios arqueológicos en el área del proyecto pero cercano a un Eltwe; sin perjuicio de lo cual, y ante cualquier hallazgo no detectado con anterioridad, se paralizarán las obras el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, y se modificará el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. Así mismo, y en virtud del PCI, se mantendrá un profesional arqueólogo permanente supervisando las obras de construcción de la línea de transmisión del proyecto considerando la cercanía con el sitio de Eltwe. Las medidas se establecen en Considerando 7 de la presente Resolución REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Perceptual

Paisaje: Alteración en la homogeneidad del paisaje

La construcción de las obras temporales y permanentes del proyecto interrumpirá la homogeneidad del paisaje alterando la singularidad local de éste, producto de la construcción misma de unidades del proyecto como por la corta de vegetación y despeje para la instalación de faenas y frentes de trabajo. Posterior a la construcción se implementarán medidas para mitigar este efecto de tal forma de mimetizar las obras con el entorno y evitar que sean visibles desde la ruta S-983, ruta CH 199 y el sitio de Gillatuwe.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) en la etapa de construcción y medianamente significativo (-) en la operación. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Resultado matriz de impacto

Realizado el análisis de los impactos ambientales establecidos y desarrollados durante la evaluación ambiental del proyecto, incluyendo los Procesos de Participación Ciudadana y Consulta indígena, se presenta el resultado consolidado por cada componente ambiental:

Medio Componente ambiental Impacto Etapa de construcción Etapa de operación Principales medidas Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución Físico Calidad del aire Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión Significativo(-) Poco significativo (-) A1 - MH9 - MH10 - MH11 Niveles de ruido Alteración de los niveles basales de presión sonora Medianamente Significativo(-) Poco significativo (-) R1 – MH2 – MH11 Campos electromagnéticos Generación de campo eléctrico y magnético No se genera No se genera NO APLICA Hidrología Disminución de caudal entre bocatoma y restitución No se genera Poco significativo(-) FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 Calidad del agua Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos Poco significativo(-) No se genera FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 – AC6 Suelo Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes Poco significativo(-) No se genera S1-FL1 Generación de procesos erosivos Medianamente significativo(-) Medianamente significativo(-) S1-FL1 Biótico Flora y vegetación terrestre Perdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto Significativo(-) No se genera S1-FL1-MH5-MH6 Introducción de especies invasoras Medianamente significativo(-) Poco significativo (-) FL2 Fauna terrestre Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad Significativo(-) No se genera FL1-FL2-FA1-FA2 Alteración de hábitat especies de alta movilidad Poco significativo(-) Poco significativo(-) FL1-FL2-FA1-FA2 Flora y fauna acuática Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos Medianamente significativo(-) No se genera FA2-FA3-MH7 Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero No se genera Poco significativo(+) FA2-FA3-MH7 Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación No se genera Medianamente significativo(-) FA3 Medio Humano Dimensión geográfica Cambio en el uso del territorio No se genera No se genera NO APLICA Dimensión demográfica Alteraciones sobre la estructura demográfica No se genera No se genera NO APLICA Dimensión antropológica Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central Altamente Significativo(-) Altamente Significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1 Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun Significativo(-) Significativo(-) MH2-MH3-MH7- MH8-MH9-MH10- AC2 Uso de agua del estero durante la Significativo(-) Significativo(-) MH8-MH12-AC2 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central Posible afectación de sitio de significación cultural Eltun Medianamente significativo(-) No se genera MH4-R1 Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas Significativo(-) Poco significativo(-) MH5-MH6 Dimensión socioeconómica Generación de nuevas ofertas de trabajos Medianamente Significativo(+) Poco significativo(+) MV4 Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto No se genera No se genera MV3 Dimensión bienestar social básico Aumento en la demanda de servicios Poco significativo(+) No se genera NO APLICA Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui Significativo(-) No se genera MH7-MH12-MH3- AC6 Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. No se genera Poco Significativo (-) MH7-MH12-MH3- MH8-AC6 Interrupción en el acceso a captación de agua Medianamente Significativo (-) Medianamente Significativo (-) MH8 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 Significativo(-) Poco significativo A1-R1-MH2-MH9- MH10-MH11 Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto Medianamente Significativo (-) Poco significativo MH9-MH10 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas) Significativo(-) Poco significativo MH9-MH10-MH11- A1-R1 Patrimonio Arqueología Alteración de sitios con valor arqueológico Poco significativo (-) Poco significativo (-) MH4 Perceptual Paisaje Alteración en la homogeneidad del paisaje Poco significativo(-) Medianamente significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1

Flora y Fauna

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

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Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

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Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación: Ciprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean en el Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

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Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora y fauna acuática

Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo un año. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-).

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medianamente significativo (-) dadas las medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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existe y habita permanentemente población protegida. El titular indica que para hacerse cargo del impacto en materia de flora y vegetación terrestre asociado a Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto, implementará medida de compensación de reforestación adicional; para hacerse cargo del impacto Introducción de especies invasoras el titular implementará medida de mitigación que se traducen en acciones de control para evitar la introducción de especies invasoras.

En cuanto a medidas de medidas de mitigación, reparación y/o compensación relacionadas con la fauna, el titular implementará una Plan de manejo de fauna terrestre como medida de mitigación con la finalidad de hacerse cargo de la Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad.

Respecto de la flora y fauna acuática (Limnología), el titular propone medida de mitigación para abordar el impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos; esta medida consiste en implementar métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero; en cuanto al impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación, se implementará medidas de mitigación, en específico se colocarán en marcha sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción.

Respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en territorio indígena donde se ubican comunidades mapuche, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que es población protegida susceptible de ser afectada por el mismo.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatuwe, se informa que a aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

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Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe, pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que conforman los Comités de Salud Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura; y comunidad Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, utilizan agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad.

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Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

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Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

En la Dimensión bienestar social básico, en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no se generará en la etapa de operación.

En materia de la Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui, se señala que considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación. Para ello el titular ha establecido medidas de compensación asocidas a la instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7. del presente acto.

En cuanto a la disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el proceso de evaluación, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, el titular informa que durante la construcción del proyecto no utilizará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento al caudal ambiental y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto señalas en Considerando 7 de la presente Resolución.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983, se informa que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, y en especial en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Respecto al deterioro de caminos, este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la vía principal que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Es así que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

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Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo.
  • Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

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a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

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e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Alex Coñuequir Panguilef Observación: No considera cementerio indígena.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Alex Coñuequir Panguilef es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Se informa que respecto de la posible afectación de sitio de significación cultural Eltuwe, en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se señala la existencia de un Eltun en las coordenadas UTM: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltun no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Para abordar esto, el titular plantea las siguientes medidas:

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. - El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento - Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe. - Informe final elaborado por arqueólogo.

Nombre: Alex Coñuequir Panguilef Observación: No considera el consumo de agua humano.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Alex Coñuequir Panguilef es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto se emplazará en un sector donde se ubican comunidades indígenas y sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Alex Coñuequir Panguilef Observación: No considera la gran expropiación (daño) que le harán al bosque nativo como también a la vida animal.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Alex Coñuequir Panguilef es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

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Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del río.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Nombre: Alex Coñuequir Panguilef Observación: No considera emprendimientos propios de las familias emprendedoras como el Etno Turismo, Agro Turismo, venta de fardos; por lo tanto me opongo a este tipo de proyectos para mi comunidad.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Alex Coñuequir Panguilef es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N°1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

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Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Nombre: Ana Concepción Coñuequir Coñoequir Observación: Este proyecto en la Comunidad Indígena Camilo Coñuequir Lloftunekul es perjudicial para nuestro entorno natural y ancestral por la destrucción de la flora, especialmente hierbas medicinales que recolectamos en la comunidad durante el año manteniendo el equilibrio.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Ana Concepción Coñuequir Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

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El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

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En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Nombre: Ana Concepción Coñuequir Coñoequir Observación: Por la destrucción y deterioro del sitio ceremonial Nguillatuwe, por la montaña donde sale el sol que es la vida de las comunidades y por el agua que nos provee fuerza a nuestra cultura y que es consumo humano y animal.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Ana Concepción Coñuequir Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en sector donde se ubican comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que es población protegida susceptible de ser afectada por el mismo.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

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No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatuwe, se informa que a aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe, pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que conforman los Comités de Salud Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura; y comunidad Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, utilizan agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

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Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

En la Dimensión bienestar social básico, en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no se generará en la etapa de operación.

En materia de la Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui, se señala que considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación. Para ello el titular ha establecido medidas de compensación asocidas a la instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7. del presente acto.

En cuanto a la disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el proceso de evaluación, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En virtud de lo señalado anteriormente, el titular informa que durante la construcción del proyecto no utilizará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento al caudal ambiental y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto señalas en Considerando 7 de la presente Resolución.

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Respecto al deterioro de caminos, este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la vía principal que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Es así que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

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Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

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De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento
  • Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas.
  • Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad.

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Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

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Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

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d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Ana Epulef Panguilef, Presidenta Coordinación Feria Walung Observación: La organización Feria Walung de Kurarewe, en apoyo a las comunidades mapuche que vivimos en este territorio, manifestamos nuestro descontento, ante las amenazas de explotación de nuestra naturaleza y formas de vida como pueblo mapuche, por medio de la instalación de este proyecto (Central Hidroeléctrica Añihuerraqui) y otros tantos.

Nuestra organización esta formada por grupos y familias pertenecientes a la cuenca del río Trancura y Puesco, alimentados por los esteros que se pretenden intervenir. Las familias que pertenecen a nuestra organización, son reconocidas desde sus más antiguos, por el cuidado y protección que han brindado a su territorio, haciéndolo como parte esencial para el desarrollo de sus productos; como sus huertos, artesanías, alimentos, tejidos, recolección y medicina natural, lo que les ha permitido generar sustento familiar, sin necesidad de tener que recurrir a la migración de los más jóvenes a las ciudades en busca de una fuente laboral. Como organización, nos hemos preocupado de generar lazos para promover el interés de los más jóvenes por su cultura y su territorio, abriéndose a nuevas formas de trabajo y gestión, sin que todo esto altere su entorno natural.

Por estas razones, como organización. Enviamos esta carta para dar a conocer nuestra oposición, respecto al Proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui, que no considera, no respeta ni reconocen, nuestra forma de ser Pueblo, nuestras practicas comunitarias de hacer economía, que no entienden los vínculos hombre — naturaleza, el origen y el pensamiento de un mapuche, que no ve el agua, las montañas, los bosques, etc, como un recurso para explotar, sino que son parte esencial de un equilibrio de vida para nosotros y las futuras generaciones.

Manifestamos y declaramos abiertamente que este proyecto es una violación autorizada a nuestros derechos y nuestras formas de vida, por parte del Estado Chileno, quien no cumple en reconocer los tratados internacionales, que promueven una consulta ciudadana adecuada y veraz ante estas tan grandes decisiones.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Ana Epulef Panguilef es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en sector donde se ubican comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

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Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que es población protegida susceptible de ser afectada por el mismo.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatuwe, se informa que a aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe, pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que conforman los Comités de Salud Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura; y comunidad Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, utilizan agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

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Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Dimensión socioeconómica

Generación de nuevas ofertas de trabajos

En la etapa de construcción se producirá un aumento en la demandade mano de obra local por parte del proyecto y un incremento en la oferta y demanda de bienes y servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal y a nivel local, situación que se sostendría hasta la finalización de las obras de construcción, destacando que la mano de obra será mediante contratación de mano de obra local. En la etapa de operación, se privilegiará la mano de obra local y si se requiere se les capacitará para su trabajo en la central.

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Considerando lo anterior, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (+) para la etapa de construcción y poco significativo (+) en la etapa de operación. Independiente de la evaluación determinada, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni elabastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

En virtud de lo anterior, este impacto no se generará por la ejecución del proyecto.

Actividades económicas que se desarrollan en el área de influencia del proyecto.

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socio económico existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2.500 metros aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichun de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

En el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Actas N°240 y N°241 del Servicio de Evaluación Ambiental de fecha 15 de diciembre de 2014. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

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Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuoequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

De acuerdo a la ubicación de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad, se puede establecer que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas. Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del río Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983, se informa que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es poco significativo (-) considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se informa que este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar.

Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

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De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

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Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

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Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983

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Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

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Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

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Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

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d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Andrés Eugenio Calfumán Curilaf Observación: En primer lugar rechazo la central hidroeléctrica tajantemente porque se están tomando nuestros wincules y nuestras aguas. Porque nos afecta que nos van a destruir la naturaleza y los lawenes que existen en nuestros wincules.

Por donde baja el agua hay muchas hierbas medicinales que en otro lugar no se encuentran y más nosotros tenemos el Nguillatuwe donde le rogamos a nuestros wincules, al ñanco y toda la naturaleza en nombre del changnechen y también tenemos dos cementerios de nuestros antepasados y todo está a metros donde se va a hacer la casa de máquina.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Andrés Eugenio Calfumán Curilaf es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde se encuntran comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que es población protegida susceptible de ser afectada por el mismo.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

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No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatuwe, se informa que a aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe, pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que conforman los Comités de Salud Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura; y comunidad Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, utilizan agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

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Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Dimensión socioeconómica

Generación de nuevas ofertas de trabajos

En la etapa de construcción se producirá un aumento en la demandade mano de obra local por parte del proyecto y un incremento en la oferta y demanda de bienes y servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal y a nivel local, situación que se sostendría hasta la finalización de las obras de construcción, destacando que la mano de obra será mediante contratación de mano de obra local. En la etapa de operación, se privilegiará la mano de obra local y si se requiere se les capacitará para su trabajo en la central.

Considerando lo anterior, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (+) para la etapa de construcción y poco significativo (+) en la etapa de operación. Independiente de la evaluación determinada, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni elabastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

En virtud de lo anterior, este impacto no se generará por la ejecución del proyecto.

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Actividades económicas que se desarrollan en el área de influencia del proyecto.

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socio económico existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2.500 metros aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichun de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

En el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Actas N°240 y N°241 del Servicio de Evaluación Ambiental de fecha 15 de diciembre de 2014. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuoequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

De acuerdo a la ubicación de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad, se puede establecer que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas. Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 mese).

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De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Domingo Pincheira Parra

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983, se informa que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es poco significativo (-) considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

En cuanto al deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se informa que este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar.

Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 del presente acto.

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

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  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

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Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

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Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

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g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

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g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekuln junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Andrés Eugenio Calfumán Curilaf Observación: Nosotros necesitamos nuestra agua pura y cristalina, ya que nosotros bebemos de esta agua, porque el agua es vida.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Andrés Eugenio Calfumán Curilaf es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto se ubica en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

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N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 del presente acto.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

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Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Arnol Ramiro Valle Coñoequir Observación: Se destruye con este proyecto el medio ambiente y mi preocupación pasa por el caudal del río que lleva poca agua. Tenemos cultivo por lo que siempre necesitamos agua de riego también para consumo humano y animal.

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Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Arnol Ramiro Valle Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de los impactos ambientales se informa esto en el capítulo de Predicción y evaluación de los principales impactos ambientales asociados al proyecto, a saber:

Metodología

Metodología

La metodología de evaluación de impactos se basa en una valoración que integra tanto la relevancia ambiental del componente en su condición actual, como la magnitud del impacto que el proyecto ocasionará en dicho componente. Esta metodología conduce a la obtención de una escala numérica relativa en que los impactos ambientales son calificados de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla:

Módulo del Valor Impacto Ambiental (VIA) Importancia del Impacto Ambiental 0-40 Poco significativo 41-60 Medianamente significativo 61-80 Significativo 81-100 Altamente significativo

Por otro lado, el titular ha identificado la relevancia y su valor ambiental para cada uno de los componentes ambientales determinados dentro del área de influencia del proyecto. Este indicador se refiere a la calidad, estado y/o singularidad presentada por cada uno en su condición sin proyecto y permite valorar su relevancia, calificándolo en una escala de 1 a 10, y cuyos resultados para cada componente ambiental valorado, se indica en la siguiente tabla:

Medio Componente ambiental Relevancia ambiental Valoración del componente Físico Calidad del aire Muy alta 9 Niveles de ruido Muy alta 9 Hidrología Alta 8 Calidad del agua Alta 8 Campos electromagnéticos Muy baja 2 Suelo Baja 3 Biótico Flora y vegetación terrestre Muy alta 10 Fauna terrestre Muy alta 10 Flora y fauna acuática Moderada 6 Humano Dimensión geográfica Baja 4 Dimensión demográfica Baja 6 Dimensión antropológica Alta 8 Dimensión socioeconómica Moderada 5 Dimensión bienestar social básico Alta 8 Patrimonio Arqueología Moderada 6 Perceptual Paisaje Moderada 5

La metodología utilizada para la evaluación de impactos ambientales concluye en la categorización de los niveles de significancia determinados a partir de los valores numéricos obtenidos en el proceso de dicha evaluación, considerando su relevancia ambiental. Así la metodología aplicada establece que el Valor del Impacto ambiental se calcula como el producto de la Relevancia del componente ambiental afectado y la Magnitud del Impacto, incorporando las variables de carácter, probabilidad de ocurrencia, extensión, intensidad, duración y reversibilidad.

Análisis de impacto por componente ambiental

Medio físico: Calidad del aire

Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión

En la etapa de construcción, se producirá un aumento en la concentración de material particulado ypolvo en resuspensión debido principalmente a los movimientos de tierra, circulación de vehículos por rutas no REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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pavimentadas y acopio de material; y en menor medida se generará emisión de gases provenientes del funcionamiento de las maquinarias y de equipos electrógenos. Estas emisiones serán de carácter temporal toda vez que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto estimada en 12 meses.

La siguiente tabla se presenta el resumen de las emisiones generadas estimadas para la etapa de construcción del proyecto:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2,5 6,43

Considerando el aumento en las emisiones atmosféricas, este impacto se considera significativo (-) durante esta etapa, por lo cual las emisiones serán controladas mediante medidas de mitigación establecidas y detalladas en el Plan de Control de Emisiones Atmosféricas, señalado en Considerando 7 de la presente Resolución.

Durante la etapa de operación disminuirá considerablemente el tránsito de vehículos y no existirá remoción ni movimiento de material, por lo que este impacto será poco significativo (-).

Niveles de ruido

Alteración de los niveles basales de presión sonora

En la etapa de construcción se producirá aumento en los niveles de ruido en las inmediaciones de los frentes de trabajo principalmente vinculados a movimiento de tierra y motores de maquinaria pesada.

Del Estudio de Impacto Acústico realizado y adjunto en Anexo 14 de la Adenda 1, el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción no superará el máximo permitido en ninguno de los receptores sensibles, con excepción de un punto ubicado al norponiente de la casa de máquinas del proyecto, donde se produce un exceso de 2 dB, como se detalla en la siguiente tabla:

Punto Distancia aproximada a Casa de Máquinas (m) Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido Cumplimiento D.S. N°38/2011 1 360 46.7 47.7 50 58 Cumple 2 207 54.7 43.1 55 53 Excede 2 dB 3 318 48.2 43.1 49 53 Cumple 4 172 50.7 44.2 52 54 Cumple 5 330 47.6 46.6 50 57 Cumple 6 556 42.7 43.0 46 53 Cumple

En virtud de lo anterior, este impacto se considera medianamente significativo (-) por lo cual se implementará como medida de mitigación la instalación de una barrera acústica modular en la zona de instalación de faenas donde se construirá la casa de máquinas, lo cual permitirá que el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción cumplirá con los niveles máximos permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA. Los detalles de esta medida se presentan en Considerando 7 de este acto.

En la etapa de operación los niveles de ruido se circunscribirán al área de emplazamiento del proyecto toda vez que el ruido generado por el funcionamiento de la casa de máquinas estará por debajo de los niveles máximos permisibles establecidos en la normativa vigente, por lo que se concluye que el impacto será poco significativo (-) sobre este componente.

Campos electromagnéticos

Generación de campo eléctrico y magnético

En la etapa de construcción del proyecto, no se generará este tipo de emisiones dado que no existen fuentes que las generen, por lo que no se producirá este impacto.

Durante la etapa de operación, y de acuerdo a informe de Modelación de Campos Electromagnéticos adjunto en Anexo 15 de la Adenda 1, se estimó que la magnitud de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo en el exterior de la central, no superará 0,22 kV/m;y respecto a la magnitud de inducción magnética máxima en el borde de la central, no superará los 20 µT de acuerdo a estudios realizados en centrales de similares características. Estas magnitudes están muy por debajo de los límites máximos recomendados por la Comisión REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Internacional Contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP), que establece un máximo de campos eléctricos y magnéticos de 5 KV/m y de los 100 µT respectivamente. Por lo anterior, este impacto no se generará.

Hidrología

Disminución de caudal entre bocatoma y restitución

En la etapa de construcción, si bien se intervendrá el estero para la ejecución de las obras de captación, atraviesos, rápido de descarga y obras de restitución, no existirá alteración en su cantidad dado que no se desviará el estero y no se extraerá bajo ninguna circunstancia agua del mismo, respetando la libre circulación del total de su caudal por su lecho mientras duren las faenas. Debido a lo anterior, este impacto no se generará en esta etapa del proyecto.

En la etapa de operación, se utilizará un caudal máximo de 2,5 m3/s del estero Añihuerraqui para la operación de la central, cuyos derechos de agua para uso no consuntivo han sido otorgados por el Dirección General de Aguas con su respectivo caudal ecológico, caudal que fue incrementado para los meses de febrero, marzo y abril por parte del titular, en virtud de las campañas de aforo realizadas por el mismo y que dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero. De acuerdo a lo anterior, la distribución de caudales mínimos ambientales a cumplir por el titular, se muestran en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

En conclusión, cumpliendo con el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, no se producirá un alteración significativa en la cantidad del agua del estero por lo que el impacto es poco significativo (-).

Calidad del agua

Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos

En la etapa de construcción se producirá alteración de las condiciones basales de la calidad del agua del estero Añihuerraqui debido al aumento de sedimentos producto de las actividades de construcción en el lecho del mismo para la implementación de la captación, atraviesos, rápido de descarga y obras de restitución. Este impacto será durante períodos acotados de tiempo, cuando se esté llevando a cabo movimientos de material natural en el cauce para la construcción de las obras en el mismo, cesando una vez terminada dichas labores.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-). Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un monitoreo mensual de parámetros de acuerdo a la NCh 1.333/Of78, Norma Chilena de Calidad de agua para distintos usos, tomando muestra y contramuestra en cada caso para asegurar la validez y representatividad de las mediciones, en 5 puntos establecidos entre captación y bocatoma, privilegiando el muestreo en los meses donde se realicen los trabajos que generen alteración en la calidad del agua.

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en su calidad natural, concluyendo que este impacto no se generará.

Suelo

Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual requiere remoción y utilización de suelo para la construcción de las áreas de instalaciones de faenas, zonas de acopio de materiales de construcción y de residuos (obras temporales); así como para la construcción de la casa de máquinas, tuberías en REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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presión, línea de transmisión eléctrica (obras permanentes), entre otros. La superficie total a intervenir corresponde a 2,23 ha aproximadamente, de las cuales 1,56 ha corresponde a superficie para las obras temporales, y 0,67 ha para las obras permanentes.

Las actividades constructivas provocarán pérdida y compactación de suelo en un área acotada y definida al área donde se ubicarán las obras, no requiriendo intervenir terrenos adicionales a los declarados; tendrá una duración definida correspondiente a la duración de la etapa de construcción (estimada en un año). Cabe mencionar que los suelos excavados serán acopiados temporalmente y posteriormente serán reutilizados para relleno y nivelación de caminos. Los suelos comprendidos en los sectores en donde se desarrollará el proyecto son suelos cuyas limitaciones son la topografía y la excesiva pedregosidad, clasificándose con una capacidad de uso VI, que corresponde a suelo inadecuados para los cultivos, y su uso está limitado para pastos y forestales, no existiendo actividades agrícolas o de equipamiento en el área a intervenir.Teniendo en cuenta lo establecido anteriormente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-).

En la etapa de operación no se consideran nuevos impactos para este componente, por lo que no se producirá.

Generación de procesos erosivos

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual implicará remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión y la casa de máquinas, principalmente. Estas actividades pueden aumentar el riesgo potencial de generación de procesos erosivos principalmente en la intervención sobre el ex el camino madererobajo el cual se implementará la tubería a presión, considerando además que en determinados sectores se establecerán pendientes, por lo que de producirse procesos erosivos, éstos se manifestarían en un área acotada a sectores inmediatos al camino forestal y al sector de instalación de faenas. Los suelos excavados serán acopiados temporalmente alejados del estero y posteriormente serán reutilizados en su totalidad para relleno y nivelación de caminos.

Para evitar y controlar los procesos erosivos, se consideras medidas de mitigación que consisten básicamente en la restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. Otras medidas se establecen en el Considerando 7 del presente acto. Considerando la implementación de medidas, se realizará un monitoreo durante la construcción y por un período de al menos 5 años en la etapa de operaciónen base al método de la estaca, para evaluar y controlar posibles procesos erosivos.

En virtud de la generación acotada y controlada de procesos erosivos que podrían generarse durante la etapa de construcción y operación del proyecto, el impacto se califica como medianamente significativo (-).

Medio biótico

Flora y vegetación terrestre: Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean en el Considerando 7 del presente acto, y poco significativo (-) para la etapa de operación. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 del presente acto.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo un año. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-).

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm). Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 del presente acto.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medianamente significativo (-) dadas las medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Medio Humano

Dimensión geográfica

Cambio en el uso de territorio

Durante la ejecución de este proyecto no se generará cambio en el uso del territorio toda vez que la distribución de los grupos humanos en el mismo y la estructura espacial de sus relaciones, no serán afectados en la etapa de construcción ni en la de operación del proyecto, ya que no habrá campamentos en la zona de emplazamiento del proyecto, minimizando interacciones de los trabajadores con la comunidad local.Teniendo en cuenta lo anterior, sumado a que la etapa de construcción es temporal, este impacto no se producirá en ninguna de las etapas de ejecución del proyecto.

Dimensión demográfica

Alteraciones sobre la estructura demográfica

Durante la ejecución de este proyecto no se generará alteraciónen la estructura demográfica considerando que para la ejecución de las faenas se dará preferencia a la utilización de mano de obra local por sobre la foránea. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante la etapa de construcción no implicará una alteración en la estructura demográfica de la zona, pues si bien habrá más personas en el área de influencia del proyecto a nivel comunal, a nivel local no se evidenciará este afectación ya que no existirá pernoctación ni campamentos en el área de emplazamiento del proyecto.

Teniendo en cuenta lo anterior este impacto seha determinado que no se producirá este impacto tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Dimensión antropológica

Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central

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Las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en un tramo de 160 m en el cerro Peñewe, ambos considerados como sagrados por la comunidad indígena.

En relación a lo anterior, el titular estableció que el diseño original de la central, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, se modificó por la construcción de las obras de conducción de agua, en un sector intervenido del cerro correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino durante la construcción hasta un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro y sin generar una alteración en la topografía del mismo; así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector.La tubería forzada irá sobre la superficie del terreno, tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno eimplementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería,estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja se mantendrá en 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en los Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun

A aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

Uso de agua del estero durante la celebración del Guilatun

En la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, utilizan agua del estero para la celebración del Gillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7de la presente Resolución.

Posible afectación de sitio Eltwe

En el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se señala la existencia de un Eltwe en las coordenadas UTM: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

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Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas

Considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno. Las medidas asociadas se señalan en Considerando 7 de la presente Resolución.

Dimensión socioeconómica

Generación de nuevas ofertas de trabajos

En la etapa de construcción se producirá un aumento en la demandade mano de obra local por parte del proyecto y un incremento en la oferta y demanda de bienes y servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal y a nivel local, situación que se sostendría hasta la finalización de las obras de construcción, destacando que la mano de obra será mediante contratación de mano de obra local. En la etapa de operación, se privilegiará la mano de obra local y si se requiere se les capacitará para su trabajo en la central.

Considerando lo anterior, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (+) para la etapa de construcción y poco significativo (+) en la etapa de operación. Independiente de la evaluación determinada, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto

Durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni elabastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

En virtud de lo anterior, este impacto no se generará por la ejecución del proyecto.

Dimensión bienestar social básico

Aumento en la demanda de servicios

En la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no se generará en la etapa de operación.

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Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución..

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

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Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es poco significativo (-) considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto

Este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar.

Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Patrimonio Cultural

Arqueología: Alteración de sitios con valor arqueológico

En la etapa de construcción se realizará intervención en el terreno por lo cual se han realizado prospecciones cuyos resultados establecidos en Anexo 2-5 del EIA, concluyen que en el área del proyecto no se encuentran sitios arqueológicos, antropológicos, de valor histórico, cultural u otros pertenecientes al patrimonio cultural.

Teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, este impacto se determina como poco significativo (-) para este componente en la etapa de construcción y operación del proyecto debido a la ausencia de sitios arqueológicos en el área del proyecto pero cercano a un Eltwe; sin perjuicio de lo cual, y ante cualquier hallazgo no detectado con anterioridad, se paralizarán las obras el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, y se modificará el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. Así mismo, y en virtud del PCI, se mantendrá un profesional arqueólogo permanente supervisando las obras de construcción de la línea de transmisión del proyecto considerando la cercanía con el sitio de Eltwe. Las medidas se establecen en Considerando 7 de la presente Resolución

Perceptual

Paisaje: Alteración en la homogeneidad del paisaje

La construcción de las obras temporales y permanentes del proyecto interrumpirá la homogeneidad del paisaje alterando la singularidad local de éste, producto de la construcción misma de unidades del proyecto como por la corta de vegetación y despeje para la instalación de faenas y frentes de trabajo. Posterior a la construcción se implementarán medidas para mitigar este efecto de tal forma de mimetizar las obras con el entorno y evitar que sean visibles desde la ruta S-983, ruta CH 199 y el sitio de Gillatuwe.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) en la etapa de construcción y medianamente significativo (-) en la operación. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Resultado matriz de impacto

Realizado el análisis de los impactos ambientales establecidos y desarrollados durante la evaluación ambiental del proyecto, incluyendo los Procesos de Participación Ciudadana y Consulta indígena, se presenta el resultado consolidado por cada componente ambiental:

Medio Componente ambiental Impacto Etapa de construcción Etapa de operación Principales medidas Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución Físico Calidad del aire Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión Significativo(-) Poco significativo (-) A1 - MH9 - MH10 - MH11 Niveles de ruido Alteración de los niveles basales de presión sonora Medianamente Significativo(-) Poco significativo (-) R1 – MH2 – MH11 Campos electromagnéticos Generación de campo eléctrico y magnético No se genera No se genera NO APLICA Hidrología Disminución de caudal entre bocatoma y restitución No se genera Poco significativo(-) FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 Calidad del agua Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos Poco significativo(-) No se genera FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 – AC6 Suelo Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes Poco significativo(-) No se genera S1-FL1 Generación de procesos erosivos Medianamente significativo(-) Medianamente significativo(-) S1-FL1 Biótico Flora y vegetación terrestre Perdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto Significativo(-) No se genera S1-FL1-MH5-MH6 Introducción de especies invasoras Medianamente significativo(-) Poco significativo (-) FL2 Fauna terrestre Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad Significativo(-) No se genera FL1-FL2-FA1-FA2 Alteración de hábitat especies de alta movilidad Poco significativo(-) Poco significativo(-) FL1-FL2-FA1-FA2 Flora y fauna acuática Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos Medianamente significativo(-) No se genera FA2-FA3-MH7 Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero No se genera Poco significativo(+) FA2-FA3-MH7 Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación No se genera Medianamente significativo(-) FA3 Medio Humano Dimensión geográfica Cambio en el uso del territorio No se genera No se genera NO APLICA Dimensión demográfica Alteraciones sobre la estructura demográfica No se genera No se genera NO APLICA Dimensión antropológica Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central Altamente Significativo(-) Altamente Significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1 Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun Significativo(-) Significativo(-) MH2-MH3-MH7- MH8-MH9-MH10- AC2 Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central Significativo(-) Significativo(-) MH8-MH12-AC2 Posible afectación de sitio de significación cultural Eltun Medianamente significativo(-) No se genera MH4-R1 Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas Significativo(-) Poco significativo(-) MH5-MH6 Dimensión socioeconómica Generación de nuevas ofertas de trabajos Medianamente Significativo(+) Poco significativo(+) MV4 Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto No se genera No se genera MV3 Dimensión bienestar social básico Aumento en la demanda de servicios Poco significativo(+) No se genera NO APLICA Alteración de la calidad del agua producto del aumento de Significativo(-) No se genera MH7-MH12-MH3- AC6 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. No se genera Poco Significativo (-) MH7-MH12-MH3- MH8-AC6 Interrupción en el acceso a captación de agua Medianamente Significativo (-) Medianamente Significativo (-) MH8 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 Significativo(-) Poco significativo A1-R1-MH2-MH9- MH10-MH11 Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto Medianamente Significativo (-) Poco significativo MH9-MH10 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas) Significativo(-) Poco significativo MH9-MH10-MH11- A1-R1 Patrimonio Arqueología Alteración de sitios con valor arqueológico Poco significativo (-) Poco significativo (-) MH4 Perceptual Paisaje Alteración en la homogeneidad del paisaje Poco significativo(-) Medianamente significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1

Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial extraídos del estero Añihuerraqui para abastecer a la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de Agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de Junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010, cuya distribución se muestra en la siguiente tabla:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Enero 270 600 870 Febrero 210 420 630 Marzo 170 240 410 Abril 210 620 830 Mayo 600 2950 3550 Junio 1340 2150 3490 Julio 1290 2600 3890 Agosto 1000 2000 3000 Septiembre 1050 1450 2500 Octubre 1050 1150 2200 Noviembre 880 1180 2060 Diciembre 510 1330 1840

Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

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Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñoequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

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En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en el informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 y 8 de la presente Resolución.

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Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad.

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Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

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  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Arnol Ramiro Valle Coñoequir Observación: En este lugar hay sitios sagrados y para mí es un gran atropello a la cultura y forma de vida.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Arnol Ramiro Valle Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde se emplazan comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que es población protegida susceptible de ser afectada por el mismo.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarán en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde se encuentran comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatuwe, se informa que a aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe, pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que conforman los Comités de Salud Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura; y comunidad Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, utilizan agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni elabastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

En virtud de lo anterior, este impacto no se generará por la ejecución del proyecto.

En la Dimensión bienestar social básico; aumento en la demanda de servicios, el titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no se generará en la etapa de operación.

En materia de la Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui, se señala que considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

En cuanto a la disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el proceso de evaluación, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

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Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 y 8 de la presente Resolución.

Respecto de la interrupción en el acceso a captación de agua, se informa que en el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular.

En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983, se informa que ésta es la principal vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad.

Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es poco significativo (-) considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular.

En cuanto al deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se informa que este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar.

Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

En cuanto al aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar, como se ha señalado la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diariamente durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), y por lo tanto les generará un impacto significativo en su REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades en el PCI es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el presente documento.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

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Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

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Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

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Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

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d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: César Chávez Vega Observación: La construcción de la central Añihuarraqui afecta los derechos de agua de los socios de la comunidad que les corresponde por Ley. Por la falta de de agua nuestros pastos no van a producir suficiente alimento para nuestros animales.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. César Chávez Vega es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial extraídos del estero Añihuerraqui para abastecer a la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de Agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de Junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010, cuya distribución se muestra en la siguiente tabla:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Enero 270 600 870 Febrero 210 420 630 Marzo 170 240 410 Abril 210 620 830 Mayo 600 2950 3550 Junio 1340 2150 3490 Julio 1290 2600 3890 Agosto 1000 2000 3000 Septiembre 1050 1450 2500 Octubre 1050 1150 2200 Noviembre 880 1180 2060 Diciembre 510 1330 1840

Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñoequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua. En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en el informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

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Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 1 año), no presentándose en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando y de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del río Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento de caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

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Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

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Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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viviendas. - Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular. - El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular. - El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: César Chávez Vega Observación: Proyecto que impacta al lugar de ceremonias, de rogativa de nuestro pueblo.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. César Chávez Vega es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde se emplazan comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que es población protegida susceptible de ser afectada por el mismo.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

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No obstante que las obras no se instalarán en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde se encuentran comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatuwe, se informa que a aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe, pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que conforman los Comités de Salud Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura; y comunidad Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, utilizan agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Respecto de la interrupción en el acceso a captación de agua, se informa que en el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

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Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

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Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

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h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: César Chávez Vega Observación: Proyecto que va a causar un daño a nuestra flora y por ende a la recolección de plantas medicinales para curación de enfermedades.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. César Chávez Vega es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

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Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

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Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir.
  • Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía.
  • Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto.
  • La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo.
  • Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad.
  • Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización.
  • Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos.
  • En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento
  • Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG.
  • Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno.
  • Registro de capacitaciones a trabajadores.
  • Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales.
  • Entrega de informe a la comunidad.
  • Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Nombre: Claudia Alejandra Coñuequir Panguilef Observación: Informe emitido por la empresa no entrega una información verídica de las costumbres y realidad económica de los comuneros del territorio.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Claudia Alejandra Coñuequir Panguilef es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

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Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Nombre: Claudia Alejandra Coñuequir Panguilef Observación: Daño que ésta ocasionará al patrimonio cultural y a la cosmovisión del pueblo mapuche, como también a la flora y fauna. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Claudia Alejandra Coñuequir Panguilef es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

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Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento - Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe. - Informe final elaborado por arqueólogo.

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

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Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

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Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir.
  • Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía.
  • Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto.
  • La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo.
  • Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad.
  • Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización.
  • Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos.
  • En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento
  • Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG.
  • Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno.
  • Registro de capacitaciones a trabajadores.
  • Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales.
  • Entrega de informe a la comunidad.
  • Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

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Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

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Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

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e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

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h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekuln junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Claudia Angélica Valle Coñoequir Observación: El estudio no hace alusión a la importancia del agua que tiene el Estero Añihuarraqui para los Pequeños agricultores y productores de esta comunidad indígena que hacen uso de estas aguas para la producción de sus cultivos (praderas, hortalizas, chacras, consumo humano y bebida animal), su intervención provocará grandes pérdidas económicas ya que el caudal presenta bajas significativas en los meses de verano y el agua de consumo se verá contaminada.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Claudia Angélica Valle Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

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Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial extraídos del estero Añihuerraqui para abastecer a la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de Agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de Junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010, cuya distribución se muestra en la siguiente tabla:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Enero 270 600 870 Febrero 210 420 630 Marzo 170 240 410 Abril 210 620 830 Mayo 600 2950 3550 Junio 1340 2150 3490 Julio 1290 2600 3890 Agosto 1000 2000 3000 Septiembre 1050 1450 2500 Octubre 1050 1150 2200 Noviembre 880 1180 2060 Diciembre 510 1330 1840

Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñoequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en el informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

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Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 y 8 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular. - Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular. - Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas. - Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular. - El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular. - El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Doménica Yamilett González Cheuquepan Observación: Lo que me preocupa es que yo saco agua del río y que me quede sin consumo en el momento que empiecen los trabajos.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Doménica Yamilett González Cheuquepan es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial extraídos del estero Añihuerraqui para abastecer a la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de Agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de Junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010, cuya distribución se muestra en la siguiente tabla:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Enero 270 600 870 Febrero 210 420 630 Marzo 170 240 410 Abril 210 620 830 Mayo 600 2950 3550 Junio 1340 2150 3490 Julio 1290 2600 3890 Agosto 1000 2000 3000 Septiembre 1050 1450 2500 Octubre 1050 1150 2200 Noviembre 880 1180 2060 Diciembre 510 1330 1840

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Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñoequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 263

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en el informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 y 8 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Doménica Yamilett González Cheuquepan Observación: Que cuando lleguen los camiones y maquinaria pesada se tenga respeto por las personas que viven a orillas del camino. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Doménica Yamilett González Cheuquepan es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia del aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983, se informa que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad.

El titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es no significativo considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el presente documento.

En cuanto al deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se informa que este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Ante lo señalado, se informa que en el marco del PCI este impacto fue abordado y se establecieron acuerdos que se detallan en Considerando de Proceso Consulta Indígena del presente acto.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el presente documento.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar, como se ha señalado la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diariamente durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), y por lo tanto les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades en el PCI es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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existe y habita permanentemente población protegida, en particular para el flujo vehicular, se establecen las siguientes medidas:

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Nombre: Doménica Yamilett González Cheuquepan Observación: Que el polvo y basura en general quede tirada en cualquier lugar, queremos que todo quede limpio.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Doménica Yamilett González Cheuquepan es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Mano de obra: Se estima que en el periodo peak de la etapa de construcción, el proyecto requerirá una mano de obra de 100 personas, y un promedio durante esta etapa de 85 trabajadores. El titular privilegiará la contratación de mano de obra local, privilegiando la existente en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto.

Horarios de trabajo: Durante la operación se trabajará en base a un sistema de tres turnos diarios de 8 horas cada uno. En la etapa de construcción de la central como en la de operación, se realizarán capacitaciones al personal permanente y contratista, en los temas relevantes tanto ambientales como de salud ocupacional y seguridad en sus distintas actividades.

Para dar cumplimiento a lo anterior, los programas de capacitación contemplarán la implementación de charlas de inducción, derecho a saber y capacitaciones tanto generales de la actividad en el recinto como específicas de sus áreas de trabajo en materias de gestión ambiental y de seguridad.

El programa de capacitación se desarrollará a través de 5 módulos, los cuales consistirán en una serie de charlas inductivas respecto a temáticas medio ambientales generales y específicas a aplicar en el proyecto. Los temas a tratar serán:

  1. Derecho a saber
  2. Manejo de sustancias y/o residuos y acción ante derrames REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Capacitación de vectores sanitarios (Virus Hanta)
  2. Protección de la fauna silvestre
  3. Protección de la flora y vegetación
  4. Relacionamiento comunitario y cosmovisión mapuche

Así también, es importante notar que se realizarán actividades de limpieza de áreas: Todos los frentes de trabajo serán aseados diariamente al término de cada jornada de trabajo. Se cuidará la limpieza de todos los restos de comidas en superficies o áreas al finalizar cada día laboral.

Principales emisiones, descargas y residuos generados por el proyecto

Emisiones atmosféricas

El Titular en el EIA y en sus ADENDAs informa que en la etapa de construcción, se generarán emisiones de material particulado, polvo en suspensión y gases provenientes de la combustión de motores de las maquinarias y equipos. Las emisiones de material particulado y polvo en suspensión se deberán principalmente al tránsito de vehículos por la ruta S-983 (camino de ripio), movimientos de tierra y actividades relacionadas con la construcción de las obras y caminos, cuya estimación se establece en la siguiente:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2.5 6,43

Para minimizar lo anterior, se contemplan las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo, u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental. Esta condición se mantendrá hasta la presencia de precipitaciones, donde el riego de caminos se reducirá y/o suspenderá.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.
  • Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Protección en zonas de acopio o acumulación de material propenso a dispersarse, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena.

Estas emisiones son de carácter temporal que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto, estimada en 12 meses, haciendo presente que el origen del agua para la humectación como medida de control, será adquirido a proveedores autorizados.

Durante la etapa de operación se generarán emisiones atmosféricas menores relacionadas con el transporte interno vehicular del personal de operaciones y por la eventual utilización de equipos electrógenos. Las emisiones generadas por los motores darán cumplimiento a la normativa de emisiones vigente.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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polvo en suspensión (A1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación La etapa de construcción del proyecto durará aproximadamente un año, periodo en el cual se presentará alteración en la calidad del aire generada por las siguientes acciones:

  • Aumento en el tránsito diario de vehículos por caminos no pavimentados para el transporte de materiales, equipos y personal hacia y desde el área del proyecto utilizando la ruta S-983 para el acceso al proyecto, cuya frecuencia máxima se establece en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 14 veh/día Buses 5 veh/día Vehículos livianos 10 veh/día

  • Movimiento de tierra y material para excavación e implementación de las obras permanentes del proyecto.
  • Acopio temporal de material de excavación.

En la etapa de operación, el flujo vehicular por la ruta S-983 disminuirá considerablemente no generando una afectación de carácter significativa. La frecuencia se indica en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 1 veh/mes Vehículos livianos para mantenciones al interior del área del proyecto 3 veh/día

Nombre medida Implementación Plan de Control de Emisiones Atmosféricas en etapa de construcción Tipo Mitigación Objetivo Minimizar la emisión al aire de gases, material particulado y polvo resuspendido en las área de tránsito de vehículos, movimiento y acopio transitorio de material Descripción detallada Se implementará un Plan de Control de Emisiones Atmosféricas aplicando las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo, u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental. Esta condición se mantendrá hasta la presencia de precipitaciones, donde el riego de caminos se reducirá y/o suspenderá.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Encarpado de todos los vehículos que transportan materiales y residuos, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Programa de mantención de vehículos y maquinaria, conservando al día las revisiones técnicas y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Los vehículos que emitan humos oscuros provenientes de los tubos de escape serán suspendidos de su labor hasta su reparación.
  • Las áreas de acumulación y remoción de material serán cubiertos con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y la dispersión por la acción del viento hacia sectores aledaños.
  • El agua utilizada para la humectación provendrá de una fuente autorizada, solicitando al proveedor los registros de la Autoridad Sanitaria que acrediten que la calidad del agua cumple con los estándares de la norma de agua potable NCh 409. Lugar Ruta S-983, caminos y terrenos internos donde se realizará la construcción, así como zonas de acopio y remoción de material. Indicador de cumplimiento
  • Registro de agua de camión aljibe, el que será puesto en conocimiento de las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Control de velocidad con sistema GPS de los vehículos del proyecto, cuyo registro será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Registro de las mantenciones efectuadas a cada vehículo y copias de las revisiones técnicas al día y aprobadas.
  • Capacitación e instructivo de control de velocidad y operación de vehículos y maquinarias.
  • Control visual y registro fotográfico de encarpado de vehículos que ingresan y salen del proyecto, así como del sistema para evitar dispersión al ambiente desde las zonas de acopio y remoción de material.

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Residuos líquidos

Residuos líquidos domésticos

Durante la etapa de construcción se empleará una planta de tratamiento compacta de aguas servidas tipo Ecojet, la cual tendrá una capacidad de procesamiento de 100 l/hab/día, dimensionada en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 100 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será infiltrado en terreno mediante un pozo absorbente de 75 m3 de capacidad. En los frentes de trabajo distantes de la instalación de faena, se instalarán baños químicos los cuales serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada para el manejo de este tipo de residuos con una frecuencia tal que no se generen situaciones de colapso del sistema o emanación de olores molestos hacia el entorno.

En la etapa de operación, se considera un máximo de 24 trabajadores en tres turnos, lo que significa una estimación de 2,4 m3/díade residuos líquidos domésticos en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 24 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, los cuales serán tratados en un sistema de tratamiento particular tipo Ecojet, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será infiltrado en terreno mediante el pozo absorbente de 75 m3 de capacidad utilizado en la etapa de construcción, por lo que no requerirá la intervención de nuevas áreas para esta actividad.

Ambos sistemas serán aprobados previo a su construcción y autorizados para su funcionamiento por la SEREMI de Salud. Las mantenciones serán realizadas frecuentemente por empresas autorizadas por lo que no existirá saturación de los sistemas y no se generarán olores molestos hacia el entorno.

Residuos líquidos industriales

No se generarán residuos industriales líquidos durante la etapa de construcción toda vez que no se desarrollarán actividades de lavado de maquinaria, equipos, piezas, ni de vehículos; estas actividades serán realizadas en talleres autorizados y en faena sólo se realizará mantenciones menores. Los remanentes de las betoneras móviles, se limpiarán manualmente con pala para remover los restos de hormigón del interior al término de cada jornada de trabajo, posteriormente serán almacenados en tambores de 200 litros y dispuestos como residuos industriales.

En la operación no se considera la generación de este tipo de efluente ya que la central sólo desvía el cauce de parte del caudal del estero para luego devolverlo a su cauce natural, no alterando sus características de calidad.

En el área de emplazamiento del proyecto, no se realizará lavado de contenedores de residuos; éstos una vez utilizados, serán retirados por una empresa externa y repuestos por la misma empresa, ya lavados y desinfectados, para su nueva utilización.En caso de generarse residuos líquidos desde las bodegas de almacenamiento de residuos sólidos, éstos serán captados en el sistema de canalización y pretil de contención, y colectados en bidones de PVC, para ser manejados como residuos sólidos industriales.

Residuos sólidos

Respecto al manejo de los residuos sólidos, cabe precisar que, tanto para la etapa de construcción como de operación, cada tipo de residuo será acopiado temporalmente dentro del predio diferenciadamente en contenedores herméticos y rotulados en caso que corresponda (residuos sólidos domésticos, industriales, peligrosos), posteriormente serán retirados por empresas autorizadas para ser transportados hacia sitios de disposición final autorizados. Esta información estará disponible para consulta de la autoridad cuando sea requerido.

El tipo de residuo sólido generado en la etapa de construcción y operación del proyecto, así como su cantidad mensual (kg/mes) estimada, se informa en la siguiente tabla:

Tipo Etapa de Construcción Etapa de Operación Caracterización Generación Caracterización Generación Residuos sólidos domiciliarios (RSD) -Restos de alimentos 1.500 -Restos de alimentos 360 -Papeles y cartones 750 -Papeles y cartones 180 -Plásticos 450 -Plásticos 100 -Vidrio, latas, otros. 300 -Vidrio, latas, otros. 80 Total RSD Construcción 3.000 Total RSD Operación 720 Residuos sólidos industriales (RINP) -Madera 250 -Madera 40 -Fierros 300 -Fierros 70 -Gomas 30 -Gomas 70 -Clavos y pernos 70 -Clavos y pernos 40 -Neumáticos 120 -Neumáticos 55 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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-Restos de las betoneras móviles 400 -Otros 6 Total RINP Construcción 1.170 Total RINP Operación 281 Residuos sólidos peligrosos (RESPEL) -Envases de solventes, aceites y lubricantes 15 -Elementos de protección personal usados contaminados 8 -Elementos de protección personal usados contaminados 20 -Aceites y grasas lubricantes usados 25 -Restos y envases de aceites y lubricantes, solvente, esmalte, diésel 6

-Pilas y baterías usadas 5 -Filtros de aceites 3 -Huaipes, paños, aserrín, contaminados 3 -Huaipes, paños, papel, maderas, aserrín, tierra contaminados 7 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 8 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 15 Total RESPEL Construcción 90 Total RESPEL Operación 25

Para el almacenamiento de los residuos se utilizarán contenedores tapados y herméticos, de acuerdo a la siguiente tabla:

Tipo de residuo Tipo de almacenamiento Capacidad Sitio de acopio temporal etapa de construcción Sitio de acopio temporal etapa de operación Sólidos domiciliarios Contenedores 200 litros Sector exclusivo en cada frente de trabajo Sector exclusivo en Zona de acopio 3 Industriales no peligrosos Contenedores 200 litros Bodega de RSINP Bodega de RSINP Peligroso Tambores y contenedores 200 litros Bodega de RESPEL Bodega de RESPEL

Respecto a los residuos generados por el uso de transformadores, el titular establece que los equipos señalados son unidades herméticas que no estarán en contacto directo con el agua y que contarán con un acumulador de aceites en caso de derrames, evitando así también el contacto con el suelo, por lo que no existirán riesgos al medio ambiente. Asimismo, el sistema hidráulico tendrá un dispositivo que se ubicará dentro de un recipiente para evitar derrames en caso de fugas. Estos equipos no requieren recambio de aceite y/o lubricante, por lo que de ser necesario realizar mantenciones, el transformador completo será retirado del área del proyecto.

El retiro de residuos domésticos fuera del área del predio se realizará con una frecuencia mínima de dos veces por semana; y se priorizarán las acciones de reciclaje y/o reutilización de los residuos sólidos generados en la etapa de construcción toda vez que sea posible hacerlo. Para tales efectos, se separará por tipo de residuos identificándolo, y llevándolo a sitios de reciclaje autorizados. Se llevará registro de esta actividad y de los materiales dispuestos de esta manera.

Material de excavación y construcción

Se estima que se extraerá un volumen aproximado de 45.000 m3 de material de las excavaciones, siendo reutilizado en gran parte en la nivelación de terrenos, caminos y relleno de tubería. En caso de generarse excedentes, éstos serán entregados a los Comités, de acuerdo al PCI llevado a cabo.

El material de excavación será acopiado temporalmente en cantidades menores dentro de los sectores definidos y puntos retirados de las áreas de trabajo, disminuyendo el riesgo de accidentes o acumulaciones que entorpezcan el tránsito expedito de personas y maquinarias, previo a su reutilización. En caso que se requiera, el material acopiado será cubierto con lonas o plásticos para evitar su dispersión en el ambiente. Se hace presente que no se realizarán acopios temporales ni permanentes en sectores sin intervención y tampoco quedarán acopios permanentes en el área del proyecto, concluyendo que no habrá alteración de las condiciones originales del área.

Los escombros generados serán trasladados a sitios autorizados y los residuos generados en la rejilla de la cámara de carga tales como hojas, ramas, plantas, u otros, serán retirados en su proceso de limpieza, descargando en una losa dispuesta para ello y retirados para su posterior disposición.

Centros de acopio

Se dispondrá de tres áreas para almacenar transitoriamente materiales, herramientas, preparación de material y clasificación de residuos sólidos según destino final. Cada una de las áreas contará con medidas de protección contra condiciones climáticas y contingencias. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Las características y dimensiones de cada sitio de acopio a implementar en la etapa de construcción se establecen en la siguiente tabla:

Zona Ubicación Dimensiones Características Zona 1 Frente de trabajo 60 x 20 m - 0,120 ha − Acopio temporal de material de excavaciones − Estacionamientos − 1 oficina tipo container − Sector techado de 50 m2 para acopio de residuos Zona 2 Frente de trabajo 40 x 15 m - 0,060 ha − Acopio de materiales de construcción como tuberías, enfierraduras, etc. − Acopio de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos en contenedores − Estacionamientos Zona 3 Instalación de faenas 60 x 30 m - 0,180 ha − Acopio temporal de material de excavaciones − Bodega de 50 m2 para almacenamiento transitorio de residuos sólidos. − 1 oficina tipo container − Estacionamientos − Estanque de combustible de 3.000 litros Total 0,360 ha

Bodegas almacenamiento de residuos sólidos

Se considera un sector de almacenamiento transitorio de residuos sólidos en el sector de instalación de faenas, que albergará los residuos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos, éstos últimos segregados según sus características de incompatibilidad. En este sector se implementarán dos bodegas separadas físicamente para el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y de residuos peligrosos, las que se construirán para la etapa de construcción del proyecto y se mantendrán para la etapa de operación de la central.

También, se habilitarán lugares de acopio transitorio de residuos sólidos en cada uno de los frentes de trabajo diferenciados por cada tipo, y donde el acopio de residuos sólidos domiciliarios se realizará en contenedores herméticos y señalizados. En estos lugares se evitará toda posible contaminación hacia recursos naturales mediante el uso de una cubierta de material impermeable, que soportará el peso y arrastre de contenedores y el tránsito de personas, y contarán con sistema de protección contra condiciones climáticas.

Todos los tipos de residuos generados en las zonas de acopio, serán transportados por camión al sector de instalación de faenas que contará con bodegas especialmente habilitadas para cada tipo de residuo generado, para posteriormente ser conducidos a sitios autorizados previamente establecidos, donde se procederá a su disposición final.

En relación a la bodega de acopio temporal de residuos industriales no peligrosos, se considera una bodega de 9,0 m2 de (3x3 metros), la cual contará con cierre perimetral, base impermeable y será techada. Este tipo de residuo será recolectado a diario desde los frentes de trabajo y transportados a la bodega de acopio temporal, donde se clasificarán los residuos por tipo y calidad, para su almacenamiento en sectores dentro de la bodega, destinados a: maderas, metales, plásticos, papeles y cartones, hasta su disposición final en sitio autorizado, privilegiando las acciones de reciclaje de los residuos que cumplan con dicha condición.

Para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, se construirá una bodega de 9,0 m2 de (3x3 metros), cuya base se realizará en hormigón armado, con estructura en perfiles metálicos y caras laterales revestidas con paneles de revestimiento exterior en zinc. Para el caso de derrames al interior de la bodega, la losa se construirá con una pendiente de 3% en dirección a una canaleta de recepción, que conducirán los derrames hacia una cámara de contención sin descarga hacia el exterior. Las características indicadas se visualizan en la figura siguiente:

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Cada bodega contará con un sistema de contención de derrames que será limpiado regularmente y cuyos efluentes se serán acopiados y dispuestos en sitios autorizados sin ser eliminados hacia el exterior.

Estanque de combustible

El proyecto considera la instalación provisoria de un estanque con capacidad de 3 m3 para el almacenamiento de combustible, construido en polietileno de alta resistencia química y estructural, certificado para petróleo de acuerdo a estándares internacionales. Dispondrá de las boquillas de carga, de medición, de venteo y una escotilla de inspección (manhole).

El estanque será cilíndrico vertical de diámetro 2.120 mm y altura 1.410 mm, contará con una piscina de contención de derrame cilíndrica fabricada en acero de 2.550 mm diámetro y una altura de 1.110 mm. Además contará con un recipiente instalado en la misma tubería donde se realiza la carga de combustible al estanque, de tal forma de servir como colector de los posibles derrames que se produzcan al conectar y desconectar la manguera del camión tanque. Dado que se utilizará un estanque de dimensiones menores, no se ha previsto generación de residuos por su operación ya que adicionalmente posee un filtro para impurezas y agua, que será acopiado temporalmente dentro de la bodega de residuos peligrosos hasta su disposición final en sitio autorizado.

Se realizará un monitoreo periódico del estanque según lo requerido en la Resolución Exenta N° 1.120 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y se incorporará un monitor de fugas que permita detectar cualquier escape de combustible.

Todas las instalaciones que formen parte del proyecto, serán inscritas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y cumplirán con el D.S. N° 90/96 “Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento, Refinación, Transporte y Expendio al Público de Combustibles Líquidos Derivados del Petróleo”.

Control de vectores

Se implementará control de vectores sanitarios cuyas medidas a aplicar para la contención o eliminación de vectores no afectarán bajo ninguna forma o circunstancia las especies de fauna existentes en el sector. Las medidas a emplear serán:

  1. Cierres perimetrales: La instalación de faenas y frentes de trabajo contarán con cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de animales domésticos, ovinos, bovinos, porcinos o animales de corral.

  2. Sitios de acopio de residuos y contenedores: Los sitios de acopio de residuos sólidos domésticos estarán al interior de los cierres perimetrales, los contenedores serán herméticos y tendrán tapa. El contenido acumulado en estos contenedores será transportado a un relleno sanitario autorizado al menos dos veces por semana.

  3. Prohibición de ingresar mascotas: Quedará estrictamente prohibido que los trabajadores ingresen mascotas en faena o que alimenten animales domésticos o silvestres, en especial perros vagos, ya que sus fecas atraen vectores.

  4. Limpieza de áreas: Todos los frentes de trabajo serán aseados diariamente al término de cada jornada de trabajo. Se cuidará la limpieza de todos los restos de comidas en superficies o áreas al finalizar cada día laboral.

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  1. Control de roedores: Se utilizará cada vez que se estime conveniente, jaulas atrapa roedores en puntos estratégicos del área del proyecto, como en el lugar de almacenamiento de residuos y en todo posible foco de roedores. Estas jaulas proporcionan un sistema sin muerte y sin veneno, ello para proteger a posibles animales silvestres que rondan la zona. Habrá también prohibición de mover o intervenir los aparatos de control de plagas (jaulas) instalados.

  2. Control de insectos: Se realizará desinsectación por vectores especialmente (garrapatas, chinches, arañas, pulgas, otros), sólo con objeto de controlarlos vectores existentes y no en forma preventiva de acuerdo al Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico (D.S. N° 157/07, Ministerio de Salud). En caso de requerirse una desinsectación, ésta sólo será realizada por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria, por medio de personal con la capacitación que contempla dicho reglamento. Previo a la desinsectación se realizará un diagnóstico identificando la plaga y determinando el producto a utilizar, el plan de aplicación y las recomendaciones adicionales para el manejo de plagas. Se informará a la empresa que se deben utilizar productos que no afecten las especies de fauna existentes en el sector.

  3. Hallazgos: Se instruirá a los trabajadores que encuentren animales muertos, moribundos o enfermos, que no deben manipularlos con las manos desnudas, en especial si se trata de murciélagos u otro animal silvestre. Avisar de hallazgos de murciélagos moribundos, muertos o con dificultades para volar o que presenten conducta errática a la Municipalidad o a la SEREMI de Salud para su retiro y envío al ISP.

Los puntos antes descritos serán parte de los contenidos que recibirán todos los trabajadores en las charlas de inducción de seguridad y derecho a saber.

Inspecciones y mantención de las instalaciones

Se realizarán inspecciones de rutina a las obras que poseen mecanismos electromecánicos tales como bocatoma, válvulas, tubería, entre otras, que serán ejecutadas por cuadrillas de personal especializado utilizando vehículos de terreno livianos, con una frecuencia aproximada de 2 viajes a la semana. El desplazamiento entre la casa de máquinas y la bocatoma se realizará en camionetas y será mayoritariamente durante las épocas de mayor caudal.

Los trabajos de mantenimiento regular, incluidos períodos de lubricación o engrasado, revisión de equipos, limpieza de residuos atrapados en las rejas, entre otros, podrán ser ejecutados junto con las inspecciones regulares programadas, y los trabajos no habituales, tales como pinturas, reparación o reemplazo de equipos, será realizado de acuerdo a las necesidades.

En la eventualidad que una inspección detecte que una estructura y/o equipamiento se encuentre no operativo o en condición que haga peligrar la seguridad u operación normal de la central, se dará la prioridad requerida para su reparación o reemplazo.

Se llevará un registro e informes de inspección y mantenimiento así como de las medidas aplicadas y tiempo utilizado para dar solución en caso de contingencias.

Medidas de contingencia

Derrame de sustancias peligrosas en áreas de trabajo y durante su transporte

Etapa de construcción:

a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito - Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y la salud de dichas personas. - Habiendo derrames de combustible y/o aceite, se retirará todo el material contaminado y se repondrán las condiciones del sitio. - Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. - Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del camión (restos contaminados producto del accidente), será realizada por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos. - Se mantendrá las copias de la documentación respectiva, tanto del transporte, así como de la disposición final en las faenas. - Se incorporarán acciones que permitan un despeje oportuno y rápido de la carretera en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad. - En caso de no haber derrame de sustancias, se levantará el camión para permitir la libre circulación de los vehículos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, informe que se remitirá a la autoridad ambiental.
  • La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle y recibir sus instrucciones.
  • Ocurrida la emergencia, se emitirá un informe técnico a la Autoridad Sanitaria.

b) En caso de derrame accidental en frentes de trabajo - Identificación y localización del foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización o control. - Se hará un completo registro escrito y/o gráfico del evento, y de las medidas inmediatas adoptadas. - Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros aguas abajo del foco de polución, se dará aviso a la Autoridad Sanitaria, sobre la localización y magnitud del evento. - Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la situación se repita en el futuro. - Cada frente de trabajo contará con la implementación necesaria para el retiro de la sustancia derramada, sean éstos palas, maquinaria, bombas, estanques de almacenamiento provisorios, según se requiera. Asimismo, se deberán seguir los procedimientos establecidos en la Hoja de Seguridad.

c) En caso de derrames de productos químicos o contaminantes (aceites, lubricantes y pinturas) al suelo - GTD Negocios S.A. realizará una inmediata limpieza y retiro del suelo afectado, siendo ensacado y transportado a un sitio autorizado para su tratamiento y disposición final. - El suelo excavado será rellenado con material de características similares al original y nivelado a una cota similar al suelo original. - Si derrame sucede durante el transporte de las sustancias se realizará una evaluación de los daños ocasionados a sectores silvoagropecuarios, de modo de determinar las medidas más adecuadas a implementar.

d) En caso de derrames de sustancias peligrosas a cursos de agua - El Titular aplicará el Plan de Contingencia: Control de contaminación accidental de cursos de agua de GTD Negocios S.A., informando a la Dirección General de Aguas y organizaciones pertinentes de acuerdo a lo señalado en dicho procedimiento. - Se evaluará la pertinencia de efectuar una limpieza y retiro del sustrato afectado en el fondo o ribera.

Nombre: Edgardo Dumihuala Morales Observación: Yo como comunero rechazo cualquier intervención de centrales de paso en el sector de Pocolpen, me afecta en el agua que consumo y cultivo. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Edgardo Dumihuala Morales es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial extraídos del estero Añihuerraqui para abastecer a la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de Agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de Junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010, cuya distribución se muestra en la siguiente tabla:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Enero 270 600 870 Febrero 210 420 630 Marzo 170 240 410 Abril 210 620 830 Mayo 600 2950 3550 Junio 1340 2150 3490 Julio 1290 2600 3890 Agosto 1000 2000 3000 Septiembre 1050 1450 2500 Octubre 1050 1150 2200 Noviembre 880 1180 2060 Diciembre 510 1330 1840 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñoequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

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En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua. En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en el informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

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Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Edgardo Dumihuala Morales Observación: Además es muy fuerte el impacto ambiental ocasionado por dicha empresa dañando la flora y la fauna de mi sector y también todo lo turístico de mi comunidad.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Edgardo Dumihuala Morales es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

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También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus Choroy E VU - Alta Bajo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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leptorhynchus Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

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Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

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Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Nombre: Edgardo Dumihuala Morales Observación: Espero que sean respetados mis derechos que por Ley me favorecen, artículo 5 letra A del Convenio 169 de la OIT.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Edgardo Dumihuala Morales es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

El SEA informa que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente. En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Guillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Guillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Erica Eliana Barría Muñoz Observación: Los ruidos que generará la construcción y posterior funcionamiento de la central perjudicarán el ritmo de vida al que estamos acostumbrados, ya que el sector es bastante tranquilo, me preocupa que pueda surgir algún derrumbe con la construcción. ¿Qué medidas tomarán para evitar los riesgos?

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Erica Eliana Barría Muñoz es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Emisiones de ruido

En la etapa de construcción, se generará aumento de los niveles basales de ruido principalmente en el sector de construcción de casa de máquinas, sector en el cual existen viviendas cercanas ubicadas a aproximadamente 172 m del área, cuyo aumento sólo se producirá durante el período que dure la construcción del mismo y estimada en 12 meses. Respecto a la construcción de las otras obras permanentes del proyecto, si bien existirá aumento de ruido, no existen receptores cercanos que se puedan ver afectados por la construcción de las mismas.

Para estimar el aumento en los niveles de ruido por la construcción de la casa de máquinas, se estableció que las fuentes de ruido significativas involucradas en estas faenas son: pala excavadora, carga y descarga de camión con retroexcavadora, rodillo compactador, camión mixer - compresor y esmeril.

Se realizó una modelación para 6 receptores cercanos, cuyo detalle se muestra la siguiente tabla:

Punto Descripción Coordenadas UTM - WGS 84 Distancia aproximada a Casa de Máquinas (m) Norte Este 1 Vivienda 1 piso ubicada al oriente de ruta 199, al surponiente de proyecto 281140 5633235 360 2 Vivienda 1 piso ubicada al norponiente de casa de máquinas 281247 5633466 207 3 Grupo de viviendas ubicadas al oriente de ruta 199, cercanas a casa de máquinas 281261 5633679 318 4 Vivienda aislada ubicada al norte de casa de máquinas 281457 5633597 172 5 Vivienda aislada ubicada en bosque al norte de proyecto 281533 5633741 330 6 Vivienda aislada ubicada en bosque al norte de proyecto 281452 5633982 556

Los resultados de nivel de presión sonora equivalente proyectado para las faenas de construcción de la casa de máquinas, para horario diurno, se muestran en la siguiente tabla:

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de fondo dB(A) Nivel total dB(A) Nivel máximo permitidodB(A) Cumplimiento D.S. N°38/2011 1 46.7 47.7 50 58 Cumple 2 54.7 43.1 55 53 Excede 2 dB 3 48.2 43.1 49 53 Cumple 4 50.7 44.2 52 54 Cumple 5 47.6 46.6 50 57 Cumple 6 42.7 43.0 46 53 Cumple

De acuerdo a los resultados obtenidos, se observa que el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción en el sector de la casa de máquinas superará el máximo permitido para horario diurno en uno de los puntos, por lo que se implementará una medida de mitigación mediante la incorporación de una barrera acústica modular fijada en los sectores en que se ubican los equipos fijos y procesos más ruidosos, principalmente vinculados a demolición y movimiento de tierra. Las zonas de protección con barreras acústicas móviles se desplazarán junto con el frente de trabajo.

La barrera acústica estará conformada por paneles de OSB de 18 mm de espesor y una altura de 2,4 m. El largo de la barrera no será inferior a los 10 metros (cuando esto sea posible) y servirá de obstáculo entre las faenas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ruidosas y las viviendas eventualmente afectadas. Con la medida anterior, se atenuarán los niveles de ruido cumpliendo de esta forma con el D.S. N° 38/2011 del MMA. La siguiente tabla muestra la comparación de los valores con y sin medidas de control de ruido

Punto Nivel modelado sin medidas de control dB(A) Nivel modelado con medidas de control dB(A) Atenuación estimada dB (A) 1 46.7 40.4 6.3 2 54.7 48.2 6.5 3 48.2 44.8 3.4 4 50.7 50.7 0 5 47.6 47.6 0 6 42.7 42.7 0

Para la etapa de operación, se analizó el efecto de las emisiones sonoras al incorporar el funcionamiento diurno y nocturno de la casa de máquinas, ya que ésta es la principal fuente emisora de ruido en la etapa de operación, cuyos resultados establecieron que se cumple con la normativa ambiental, tal como se muestra en las siguientes tablas:

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido. Periodo Diurno Evaluación 1 25.7 47.7 48 58 Cumple 2 33.7 43.1 44 53 Cumple 3 27.3 43.1 43 53 Cumple 4 29.8 44.2 44 54 Cumple 5 26.6 46.6 47 57 Cumple 6 21.7 43.0 43 53 Cumple

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido. Periodo Nocturno Evaluación 1 25.7 45.3 45 50 Cumple 2 33.7 41.3 42 50 Cumple 3 27.3 42.0 42 50 Cumple 4 29.8 43.0 43 50 Cumple 5 26.6 46.5 47 50 Cumple 6 21.7 42.4 42 50 Cumple

Los antecedentes antes señalados, se fundamentan en Estudio de Impacto Acústico adjunto en Anexo 14 de la Adenda 1 del proyecto.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Alteración de los niveles basales de presión sonora (R1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación Las obras de construcción de la casa de máquinas, se ejecutarán a una distancia 172 m del receptor más cercano. De acuerdo a modelación de ruido realizada, adjunta en Anexo 14 de la Adenda 1, y modelando la situación más desfavorable en que toda la maquinaria de cada actividad emisora de construcción funciona simultáneamente, existirá superación en los niveles de ruido respecto del D.S. N° 38/2011. Se implementarán medidas considerando, además, que dichas obras se realizarán a una distancia de 60 m la ruta S-983, utilizada por población protegida. En la etapa de operación, la emisión de ruido se focalizará en el área de la casa de máquinas la cual contará con un sistema de insonorización y se instalará una cortina vegetal en su perímetro compuesta principalmente por Roble, Raulí, Coihue, Maqui, Calafate y Mosqueta. No se requieren medidas de mitigación toda vez que dará cumplimiento a la normativa D.S. N° 38/2011 del MMA, donde los niveles de ruido al exterior en los receptores sensibles no superarán los 48 dB(A) durante el día y los 45 dB(A) durante la noche. Nombre medida Instalación de Barrera Acústica Modular Tipo Mitigación Objetivo Minimizar el aumento en los niveles basales de presión sonora en etapa de construcción de la casa de máquinas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada de medidas - Durante la etapa de construcción el horario de trabajo habitual será en base a un turno diario de 8 horas en horario diurno, por lo que no generará niveles sonoros por encima de los habituales en periodo nocturno. - Instalación de paneles acústicos de OSB de 18 mm de espesor y una altura de 2,4 m en el frente de trabajo donde se ubicará la casa de máquinas cuyo largo no será inferior a 10 metros. Estos paneles amortiguarán los niveles de presión sonora que se percibirán producto de las actividades de construcción, reduciendo el ruido en 6,5 dB, de 54,7 dB condición sin medida a 48,2 dB condición con medida. - Se realizará monitoreo mensual de ruido de acuerdo al PCI, y se mantendrán los 5 puntos de medición ubicados de acuerdo a la siguiente imagen:

  • De acuerdo al PCI, se elaborará Protocolo de Comunicación con las comunidades y grupos humanos indígenas con la finalidad de evitar que la generación de ruidos molestos impidan el normal desarrollo de sus actividades (reuniones, asambleas, talleres, entre otros), y se evitará el uso innecesario de bocina. Lugar Casa de Máquinas Indicador de cumplimiento
  • Instalación de barrera acústica.
  • Informe mensual de monitoreo de ruido durante la construcción, el que será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Documento que dé cuenta de Protocolo de Comunicación con comunidades y grupos humanos indígenas.

Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual requiere remoción y utilización de suelo para la construcción de las áreas de instalaciones de faenas, zonas de acopio de materiales de construcción y de residuos (obras temporales); así como para la construcción de la casa de máquinas, tuberías en presión, línea de transmisión eléctrica (obras permanentes), entre otros. La superficie total a intervenir corresponde a 2,23 ha aproximadamente, de las cuales 1,56 ha corresponde a superficie para las obras temporales, y 0,67 ha para las obras permanentes.

Las actividades constructivas provocarán pérdida y compactación de suelo en un área acotada y definida al área donde se ubicarán las obras, no requiriendo intervenir terrenos adicionales a los declarados; tendrá una duración definida correspondiente a la duración de la etapa de construcción (estimada en un año). Cabe mencionar que los suelos excavados serán acopiados temporalmente y posteriormente serán reutilizados para relleno y nivelación de caminos. Los suelos comprendidos en los sectores en donde se desarrollará el proyecto son suelos cuyas limitaciones son la topografía y la excesiva pedregosidad, clasificándose con una capacidad de uso VI, que corresponde a suelo inadecuados para los cultivos, y su uso está limitado para pastos y forestales, no existiendo actividades agrícolas o de equipamiento en el área a intervenir. Teniendo en cuenta lo establecido anteriormente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-).

En la etapa de operación no se consideran nuevos impactos para este componente, por lo que no se producirá este impacto.

Generación de procesos erosivos

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual implicará remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión y la casa de máquinas, principalmente. Estas actividades pueden aumentar el riesgo potencial de generación de procesos erosivos principalmente en la intervención sobre el ex el camino maderero bajo el cual se implementará la tubería a presión, considerando además que en determinados sectores se establecerán pendientes, por lo que de producirse procesos erosivos, éstos se manifestarían en un área acotada a sectores inmediatos al camino forestal y al sector de instalación de faenas. Los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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suelos excavados serán acopiados temporalmente alejados del estero y posteriormente serán reutilizados en su totalidad para relleno y nivelación de caminos.

Para evitar y controlar los procesos erosivos, se consideras medidas de mitigación que consisten básicamente en la restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. Otras medidas se establecen en Considerando 7 de la presente Resolución. Considerando la implementación de medidas, se realizará un monitoreo durante la construcción y por un período de al menos 5 años en la etapa de operación en base al método de la estaca, para evaluar y controlar posibles procesos erosivos.

En virtud de la generación acotada y controlada de procesos erosivos que podrían generarse durante la etapa de construcción y operación del proyecto, el impacto se califica como medianamente significativo (-).

Manejo de taludes

Durante el desarrollo de las diferentes etapas del proyecto, el titular ha realizado prospecciones (calicatas) en distintos puntos del trazado. Las más antiguas tienen una data aproximada de 2 años, sin presentar desmoronamiento al momento de su inspección en terreno, lo que concluye que el terreno resiste pendientes prácticamente verticales.

Respecto a los taludes a generar en determinadas zonas donde se requerirá ensanchar el camino existente, y de acuerdo a Estudio Geológico y Geotécnico adjunto en Anexo 12 de la Adenda 1, las pendientes de carácter temporal y permanente se materializarán de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas:

Altura del corte (m) Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Temporal Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Permanente 0 – 2 78 70 2 – 5 68 60 5 – 10 58 50

10 48 40

Los taludes no llevarán berma intermedia de tal forma de no generar un factor adicional de inestabilidad de los mismos; los terraplenes se proyectarán con taludes H:V = 3:2 y se protegerán contra la erosión que pueda producirse por las precipitaciones.

Dado que el trazado superior la tubería va enterrada bajo el camino, los posibles procesos de remoción en masa y reptación de materiales se relacionan exclusivamente con la intervención del camino. En este sentido, las medidas contemplan la compactación del suelo una vez que la tubería ha sido enterrada, junto a la instalación de una carpeta de rodado, la construcción de un foso y contrafoso que irán a los costados del camino, y los taludes generados contarán con posterior revegetación para aumentar su estabilidad y evitar procesos erosivos, como se muestra en la siguiente figura:

Se ha considerado la utilización de taludes menos pronunciados para la ejecución de la zanja donde se instalará la tubería y, de acuerdo al método constructivo a utilizar, ésta se rellenará en promedio 2 días después de su excavación de manera de ejecutar las tareas de montaje en forma secuencial y maximizar con ello la estabilidad de las zanjas.

Se implementarán acciones de restitución acelerada de la capa vegetal con especies herbáceas en sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno minimizando el suelo descubierto de vegetación. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja.

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Durante la etapa de construcción, se realizará monitoreo para evaluar y controlar posibles procesos erosivos en base al método de estaca, cuyo detalle se describe en la siguiente tabla:

Actividad Descripción Selección sitio de muestreo Se escogerán 10 sitios para monitoreo a lo largo del trazado de la tubería, por el camino maderero, aproximadamente cada 250 metros, evaluando las características y accesibilidad de los puntos. Aplicación del método de la estaca El método consiste en clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. Se colocarán a distancias de 250 m formando un transecto. El propósito de la estaca es marcar cortes en el terreno ocasionados por erosión y así, en caso de existir erosión, se estima el espesor de la capa de suelo erosionado. Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. Evaluación de la erosión La cuantificación de los resultados se hace a través de la siguiente fórmula: E = H * A * DAP Dónde: E=Erosión de suelo H= altura de la lámina pérdida A=área medida DAP=densidad aparente Registro de precipitaciones Para complementar el análisis de los resultados se tomará en consideración los registros de las precipitaciones que se dieron en el período que permanecieron instaladas las varillas para su correlación con la cantidad de suelo perdido. Recomendaciones - Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos y camiones, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes - Se informará a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas - Se recomienda hacer las respectivas mediciones después de precipitaciones fuertes, donde es más notorio las variaciones en los datos Resultados - Levantamiento y mapeo de las coordenadas de los puntos - Mediciones mensuales de la erosión de suelo y/o tras un evento de precipitación importante - Registro mensual de las mediciones - Evaluación de las medidas preventivas y correctivas Medidas preventivas y correctivas - Remoción de elementos gruesos - Relleno de surcos - Nivelación y mantenimiento del camino - Desvíos para evacuación de agua

Los resultados de monitoreos de erosión serán entregados periódicamente a la autoridad para su revisión. En caso de determinarse que existe un proceso erosivo significativo, se implementarán medidas correctivas actuando con la mayor prontitud posible.

Plan de prevención de riesgos, contingencias

El Plan de Prevención de Riesgos, Contingencias y Emergencias, se adjunta en detalle Anexo 17 Adenda 1, el cual será aplicable a todo el personal que trabajará en la construcción, operación y/o cierre de la central, incluyendo personal contratado por la empresa titular, subcontratos y externos.

Los riesgos previstos, por cada etapa de desarrollo del proyecto, se indican en la siguiente tabla:

Riesgo Etapa Construcción Operación Natural Flujos de barro y avalancha X X Deslizamiento y derrumbe X X Inundación X X Sismos X X Antrópico Incendio en el área de faenas X X Accidentes de tránsito X X Derrame de sustancias peligrosas X

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Medidas de prevención de riesgos

Riesgo Medidas de Prevención Flujos de Barro y Avalanchas Etapa de construcción: - El emplazamiento de la instalación de faenas se ha realizado fuera de las áreas con riesgo de flujos de barro y avalanchas. - Se capacitará y entrenará a personal en labores de rescate y emergencia, conforme las obligaciones de los Comités Paritarios respectivos. - Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, que incluye un programa de comunicaciones. Deslizamiento y derrumbes Etapa de construcción: -La localización de las instalaciones, se ha definido, fuera de las áreas expuestas a fenómenos gravitacionales. -Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior, en aquellas áreas de emplazamiento de obras, caminos de servicios e instalación de faenas, se adecuará la pendiente de los cortes a las características de estabilidad del suelo. -Se implementarán medidas de contención de sectores especialmente sensibles al riesgo de deslizamiento. Se consideran técnicas tales como mallas de contención, revegetación y/o aterrazamiento de taludes. -Se realizarán inspecciones a los cortes de taludes y terraplenes de tal manera de detectar deficiencia en el manejo de taludes, que puedan dar origen a situaciones de riesgo.

Etapa de operación -Se realizará una evaluación periódica de la estabilidad de taludes y laderas de los caminos de acceso y en función de ello, se evaluará la necesidad de implementar acciones de protección adicionales a las incorporadas en el diseño. - Se aplicará un factor de seguridad en la estabilización de laderas. - Se aplicará el método de contención más apropiado, dependiendo del caso puntual y el nivel de inestabilidad observado. En caso de ser necesario, se realizará una protección física, cuyo objetivo será disminuir la erosión superficial, disipar la escorrentía, reducir la velocidad del flujo hídrico y contener sedimentos. Inundación Etapa de construcción: -No se instalarán las zonas de faenas y zonas de acopio en áreas expuestas a inundación. -En caso de habilitar instalaciones temporales en áreas cercanas a los cauces del estero, se harán en una zona suficientemente alta y por encima del nivel del cauce. Sismos - El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del proyecto, obedecen a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. Incendio en área de faenas Etapa de construcción: -El contratista se regirá por las medidas y obligaciones establecidas por GTD Negocios S.A., para minimizar el riesgo de incendio. -En la instalación de faenas se construirán recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de combustible y otras sustancias inflamables. Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. El prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias. -En las áreas de trabajos e instalación de faenas, existirán los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). -Se constituirá una brigada adiestrada, la que se mantendrá operativa durante toda la construcción. El manejo de combustible se realizará de acuerdo a los procedimientos establecidos por la SEC. -El experto en Prevención de Riesgos en la faena definirá un área, alrededor del área de almacenamiento de combustibles, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas. Accidentes de tránsito Etapa de construcción: -Se implementará un procedimiento formal para enfrentar accidentes de tránsito que permitan atender la emergencia en forma oportuna, el cual permanecerá al interior de cada vehículo de carga. -El personal a contratar para manejar los camiones, buses o maquinarias, será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley N° 18.290 de Tránsito. -Se capacitará a los conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro en la ruta. -Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción. -El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no excederá los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso. - Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a los frentes de trabajos. Para ello se utilizarán señales; barreras; luces intermitentes eléctricas; y cilindros delineadores. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Riesgo de derrame de sustancias peligrosas Medidas de seguridad asociadas al transporte: -El transporte de combustible será realizado por empresas autorizadas para dichos fines. -El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente. -El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. -Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas)

Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación: -Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas. -Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las autoridades competentes. -Los tambores de combustibles y aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de los mismos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo. -Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. - Los recintos de acopio de estas sustancias, contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. - La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción, se hará en un área previamente definida y claramente demarcada. - Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados, para su posterior comercialización, disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores. - Cabe indicar que para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se requerirá de petróleo diesel y gasolina, los que serán abastecidos por empresas distribuidoras locales. - El estanque de combustible de 3 m3 cumplirá con las autorizaciones y exigencias de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Medidas de contingencia

Riesgo Medidas de Contingencia Flujos de barro, avalanchas, deslizamiento y derrumbes Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. Sólo podrán activarse las faenas de construcción cuando la ONEMI o carabineros hayan informado al Director Técnico de Obras de que el área se encuentra fuera de peligro. - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar. - Inmediatamente se delimitará un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado. - Personal entrenado, inspeccionará el lugar del accidente, verificando que no existan heridos en el área. - En caso de registrarse heridos por este accidente, éstos serán llevados a un centro asistencial. - Un especialista en prevención de riesgo, inspeccionará el área, demarcando las áreas de riesgo. El profesional determinará si es conveniente relocalizar las instalaciones. Si este fuera el caso, se informará a las autoridades pertinentes.

Etapa de operación: - Se dará aviso al jefe de emergencias. - En caso que sea posible, se contendrá el derrumbe con materiales adecuados. - Una vez controlada la contingencia, se implementarán medidas de estabilización en las áreas propensas a generar procesos de remoción en masa. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Inundaciones Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar - Dependiendo de la magnitud de la inundación, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. - En las áreas inundadas se procederá a extraer el agua, mediante el bombeo o en forma manual. - Para contener nuevas inundaciones, se instalarán sacos de arena u otro elemento de contención.

Etapa de operación: - Ante la situación de emergencia de crecida sorpresiva del estero, se considera un Plan de Acción que comprende la emisión de alarmas, evacuación del personal y detención de equipos. Sismos

Etapa de construcción y operación: - Dependiendo de la magnitud del sismo, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad. - Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado. - Producido un sismo, GTD Negocios S.A. procederá a evaluar los daños en la estructura física de los elementos de captación, conducción de cauces y almacenamiento, estableciendo equipos de reparación de estos sistemas. - En caso que existen daños que impidan el normal funcionamiento de las centrales, se informará de esta situación a las autoridades competentes. Incendio en el área de faenas

Etapa de construcción y operación (casa de máquinas): - Se activará la alarma de incendio. - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - Se activará el procedimiento contra incendios, que incluye la presencia de la Brigada de Emergencia, quienes estarán capacitados en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. - Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Se investigarán las causas del siniestro - Sólo se reactivarán las actividades una vez que el siniestro este controlado. Accidentes de tránsito

Etapa de construcción y operación: - Se informará al supervisor de obras del accidente. - Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave) - Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. - Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. - Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). - Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. - Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos. Derrame de sustancias peligrosas en áreas de trabajo y durante su transporte Etapa de construcción:

a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito - Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y la salud de dichas personas. - Habiendo derrames de combustible y/o aceite, se retirará todo el material contaminado y se repondrán las condiciones del sitio. - Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. - Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del camión (restos contaminados producto del accidente), será realizada por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos. -Se mantendrá las copias de la documentación respectiva, tanto del transporte, así como de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la disposición final en las faenas. - Se incorporarán acciones que permitan un despeje oportuno y rápido de la carretera en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad. - En caso de no haber derrame de sustancias, se levantará el camión para permitir la libre circulación de los vehículos. - La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, informe que se remitirá a la autoridad ambiental. - La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle y recibir sus instrucciones. - Ocurrida la emergencia, se emitirá un informe técnico a la Autoridad Sanitaria.

b) En caso de derrame accidental en frentes de trabajo - Identificación y localización del foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización o control. - Se hará un completo registro escrito y/o gráfico del evento, y de las medidas inmediatas adoptadas. - Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros aguas abajo del foco de polución, se dará aviso a la Autoridad Sanitaria, sobre la localización y magnitud del evento. - Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la situación se repita en el futuro. - Cada frente de trabajo contará con la implementación necesaria para el retiro de la sustancia derramada, sean éstos palas, maquinaria, bombas, estanques de almacenamiento provisorios, según se requiera. Asimismo, se deberán seguir los procedimientos establecidos en la Hoja de Seguridad.

c) En caso de derrames de productos químicos o contaminantes (aceites, lubricantes y pinturas) al suelo - GTD Negocios S.A. realizará una inmediata limpieza y retiro del suelo afectado, siendo ensacado y transportado a un sitio autorizado para su tratamiento y disposición final. - El suelo excavado será rellenado con material de características similares al original y nivelado a una cota similar al suelo original. - Si derrame sucede durante el transporte de las sustancias se realizará una evaluación de los daños ocasionados a sectores silvoagropecuarios, de modo de determinar las medidas más adecuadas a implementar.

d) En caso de derrames de sustancias peligrosas a cursos de agua - El Titular aplicará el Plan de Contingencia: Control de contaminación accidental de cursos de agua de GTD Negocios S.A., informando a la Dirección General de Aguas y organizaciones pertinentes de acuerdo a lo señalado en dicho procedimiento. - Se evaluará la pertinencia de efectuar una limpieza y retiro del sustrato afectado en el fondo o ribera.

El Plan incluye el protocolo a seguir en caso de emergencias que afecten la biodiversidad, el cual plantea que en el caso de existir cualquier tipo de emergencia que involucre a la fauna del área del proyecto, se informará de manera inmediata a la División de Protección de Recursos Naturales Renovables del Servicio Agrícola y Ganadero; sin perjuicio de lo cual, y una vez superada la contingencia, se remitirá al Servicio Agrícola y Ganadero un reporte indicando su origen, características, consecuencias, medidas empleadas y su efectividad. Para una eficiente aplicación de los Planes de Prevención de Riesgo y Contingencia, se contará con una comunicación expedita con el coordinador de emergencia y los brigadistas, así como con los actores relevantes externos.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida. En específico, para el recurso suelo se implementará:

Impacto Generación de procesos erosivos (S1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación De acuerdo a lo establecido en la línea de base en el EIA, y lo complementado en la Adenda 1 en el Estudio Geológico y Geotécnico (Anexo 12), el terreno resiste taludes prácticamente verticales. Si bien el proyecto no considera la ejecución de obras que impliquen taludes de dimensiones que pudieran representar riesgos de erosión, se implementarán medidas para minimizar la posibilidad de dichos efectos, toda vez que la remoción de suelo para la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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construcción de la bocatoma, la tubería en presión, la casa de máquinas y mejoramiento y ensanche de ex camino maderero puede implicar el desprendimiento y generación de zonas propensas a sufrir procesos de remoción en masa. Las medidas se mantendrán para la etapa de operación. Nombre medida Protección de taludes de corte y terraplén Tipo Mitigación Descripción detallada - Reutilización de los excedentes de excavación en actividades de nivelación del terreno, de caminos y obras de relleno del proyecto, sin establecer zonas de acumulación de material permanente. - Relleno de zanjas en promedio 2 días después de su excavación. - De acuerdo al PCI, se dispondrán los excedentes de movimientos de tierra que sean utilizables para relleno en terrenos de familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores que lo requieran. Para ello, el titular solicitará lista de los potenciales beneficiados a la directiva de los Comités y se realizará una prospección de los terrenos para analizar el volumen por predio factible a rellenar. - Remoción de elementos gruesos. - Relleno de surcos cuando comiencen a formarse. - Nivelación y mantenimiento del camino. - Desvíos para evacuación de aguas lluvias. - Revegetación y resiembra con especies herbáceas de taludes tras la intervención de sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, minimizando el suelo descubierto de vegetación y dando mayor estabilidad. - Restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, para su estabilización. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. - Durante la etapa de operación, se realizará monitoreo de procesos erosivos en base al método de estaca, que consiste en: i) Clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. ii) La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. iii) Las estacas se instalan a distancias de 250 metros formando un transecto, de tal forma de estimar el espesor de la capa de suelo erosionado. iv) Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. v) Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes. vi) Informar a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas vii) Se realizará seguimiento frecuente y preferentemente después de precipitaciones fuertes. - En virtud del PCI, el titular incorporará individuos para su replanteo en sectores del proyecto. Para esto un especialista del área forestal, establecerá los individuos que tengan una alta probabilidad de sobrevivencia una vez que sean replantados y que sean técnico factible de rescatar para ejecutar esta medida. Lugar Áreas de construcción del proyecto propensos a generar procesos erosivos Indicador de cumplimiento - Cubicación del material a excavar, registro fotográfico de la incorporación del suelo excavado y registro de material dispuesto en botadero autorizado. - Registro de familias beneficiadas y cantidad de material dispuesto. - Monitoreo de erosión en base al método de la estaca. - Registro fotográfico de taludes con revegetación. - Registro fotográfico e identificación de especies replantadas.

Nombre: José Fidel Tralma Huilcan Observación: En relación al proceso de participación ciudadana en la evaluación del estudio de Impacto Ambiental del proyecto: Central Hidroeléctrica Añihuerraqui vengo a realizar las siguientes observaciones:

  1. Ante el eventual desarrollo de este proyecto en el espacio determinado es un atentado a nuestra cosmovisión, a nuestra economía local, costumbres y formas de vida. El proyecto hidroeléctrico que la empresa GTD Negocios pretende imponer en la comuna de Curarrehue, territorio cordillerano en la región de la Araucanía. Estoy totalmente en contra del proyecto denominado Central Hidroeléctrica Ariihuerraqui, debido a que es un atentado a nuestra cosmovisión, economía local, costumbres, formas de vida; que tenemos como mapuche y que pertenecemos a un pueblo, ya que el proyecto antes mencionado pretende emplazarse a menos de 200 metros de un espacio de uso ceremonial mapuche pewenche: como lo es el Nguillatue y que ha sido utilizado desde muchas generaciones pasadas y hoy es un espacio que se sigue ocupando por familias del sector Trancura y por familias provenientes de otros territorios. Además que en este espacio territorial existen 02 cerros Ponüwemanque y el Peñehue y el propio estero Añihuerraqui que son parte de las actividades ceremoniales que se realizan en este espacio.

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  1. Sobre el respeto y consideración a autoridades ancestrales y lugares de importancia ceremonial, religiosa y espiritual de conformidad a derecho: La empresa que pretende instalar este proyecto en un territorio mapuche se denomina GTD Negocios S.A.: Lamentablemente ellos no conocen nuestras formas de vida como pueblo mapuche y que significa el ser mapuche, para ellos el agua del estero Añihuerraqui es sólo agua, los Cerros Ponüwemanke y Peñehue son simplemente cerros, el Nguillatue es un espacio de culto, los árboles se pueden cortar y replantar o reforestar, la fauna existente se puede trasladar, los peces según ellos nadaran mejor cuando tengan menos agua. Para nosotros como mapuche todos estos espacios y este conjunto de elementos, (ecosistemas Mapuche) tienen una vital importancia y todo está relacionado y todos estos espacios son sagrados para nuestro pueblo, nosotros no vemos los elementos de la naturaleza por separados, para la ceremonia en el Nguillatun, Llellipün, Nguillanmawiin, estos elementos son un todo, por lo tanto, si nos intervienen el agua, intervienen los cerros con el uso de maquinarias, ante la invasión de agentes externos al territorio, ya están provocando un desequilibrio en nuestros espacios ceremoniales y nos coartan nuestros derechos expresar nuestra religiosidad, según nuestra cosmovisión no se pueden hacer intervenciones que alteren el normal comportamiento de estos espacios naturales, por lo tanto me siento y como integrantes del pueblo mapuche nos sentimos discriminados ante esta invasión ya realizada por la empresa antes mencionada.

Para conocimiento del SEA y de los integrantes de la Comisión de evaluación la orientación de nuestras actividades ceremoniales como el Nguillatun, Llellipün, Nguillanmawün, siempre las realizamos dirigiendo nuestra mirada hacia la salida del sol y justamente este proyecto se pretende emplazar en el lado Este de nuestro Nguillatue, entre nuestros cerros sagrados ya mencionados y el agua del Estero Añihuerraqui, que son parte de nuestras espiritualidad como mapuche.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del señor José Fidel Tralma Huilcan es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

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No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Nguillatuwe, se informa que a aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

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Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

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Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

En la Dimensión bienestar social básico, en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no se generará en la etapa de operación.

En cuanto a la preocupación por los impactos que se puedan generar hacia la escuela del sector, el Titular informó en la ADENDA 1 que la infraestructura comunitaria no se verá afectada por las obras y operación del proyecto, en particular la escuela a que se hace mención por parte de los observantes, no se verá afectada. Sin embargo, se reconoce un aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar, este aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector, para lo cual en el proceso de Consulta Indígena el Titular se comprometió con las comunidades consultadas a implemntar medidas para minimizar considerablemente este riesgo, estableciéndose como acuerdo que mayormente el tránsito de vehículos y maquinaria pesada se realizará por la ruta CH-199 y teniendo en consideración que en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00 habrá menor flujo vehicular, de igual modo se ha comprometido control de velocidades para transitar por los caminos internos de las comunidades.

En materia de la Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui, se señala que considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación. Para ello el titular ha establecido medidas de compensación asocidas a la instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7. del presente acto.

En cuanto a la disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el proceso de evaluación, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, el titular informa que durante la construcción del proyecto no utilizará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento al caudal ambiental y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto señalas en Considerando 7 de la presente Resolución.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983, se informa que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, y en especial en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Respecto al deterioro de caminos, este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la vía principal que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Es así que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución

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Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

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De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque.
  • Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades.
  • El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento
  • Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque
  • Registro fotográfico de la instalación del estanque
  • Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado
  • Registro diario de cloro libre residual
  • Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo.
  • Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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parte del titular. - Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas. - Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular. - El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular. - El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

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En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

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c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: José Fidel Tralma Huilcan Observación: En relación al proceso de participación ciudadana en la evaluación del estudio de Impacto Ambiental del proyecto: Central Hidroeléctrica Añihuerraqui vengo a realizar las siguientes observaciones:

Las autoridades tradicionales del territorio, son parte de las instituciones ancestrales del Pueblo Mapuche, reconocidas, legitimadas y valoradas por instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Asimismo, son quienes encabezan y mantienen vivas las diversas prácticas sociales, culturales, espirituales y religiosas de un territorio.

Para la efectiva protección en derecho de estas prácticas, se hace fundamental que los órganos públicos cumplan, velen, garanticen y protejan los espacios sagrados y de uso ancestral que aseguren la integridad cultural y las garantías de no discriminación que establecen las normas. En atención a esto, el Estero Añihuerraqui, sus saltos de agua y en general los ecosistemas que son objeto de amenaza por el proyecto "Central Hidroeléctrica Añihuerraqui", afectaría estos derechos, ya que es un lugar sagrado, que es parte ceremonial y espiritual en el territorio.

En complemento al Convenio 169, la declaración ONU sobre los derechos de los Pueblos Indígenas indica en su artículo 25°: "Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras.

Por otro lado, otra afectación es la que tiene que ver con el derecho de los pueblos indígenas a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticos, económicos y sociales y a que se les asegure el disfrute de sus propios medios de subsistencia y desarrollo y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo. La declaración ONU señala: "Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos" y en el caso del proyecto hidroeléctrico, estamos en presencia de una iniciativa externa, con un modelo de desarrollo que no han determinado las comunidades, no persigue el interés y bienestar colectivo de estas, ya que atenta un espacio de enorme importancia para el territorio. El territorio es entendido como el entorno y los recursos naturales tomando en cuenta que los indígenas tienen una especial interés en la conservación de los derechos naturales y del medio ambiente como condición básica para su vida.

Convenio 169: Con relación al cumplimiento del convenio 169 de la OIT y sus imperativos a los órganos públicos, Sobre la consulta no ha existido consulta y menos aún de buena fe como lo estipula el convenio; solo el proceso de participación que realiza el SEA que no lo reconocemos como consulta. Han vulnerado los derechos de las comunidades emplazadas, no se ha cumplido con lo dispuesto por las normas internacionales que son vinculantes ni con la legislación local. No existe proceso de participación con información previa, libre e informada para los habitantes Mapuche del territorio por parte de los órganos públicos competentes y en general, el proceso de instalación de este proyecto al sistema ha sido de manera viciada e irregular. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Frente a esta situación: "Con todas estas irregularidades, daños al medio ambiente, a nuestra economía local, atentado a nuestra cultura y cosmovisión mi sugerencia es que esta y otras empresas que pretenden implementar este tipo de iniciativas en Curarrehue y cualquier otro espacio del territorio mapuche, que retiren su proyecto y dejen que nuestras aguas fluyan libremente por sus cursos naturales y no entorpezcan el desarrollo de toda la biodiversidad que se desarrollan en estos ecosistemas naturales y que también sus plantas y hierbas que se desarrollan en estos espacios los utilizan nuestros Lawentuchefe, Machi y personas que hacen uso de la medicina provenientes de la naturaleza de estos ecosistemas locales.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del señor José Fidel Tralma Huilcan es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, se puede indicar lo siguiente:

El SEA informa que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental.

Este proceso se llevó acabo con las siguientes comunidades y grupos humanos indígenas: - Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Comité de Salud Punowemanke Trancura, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios; siendo un 80% de los socios integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Lof Trancura, entendiéndose por éste al espacio territorial y sociocultural reconocido en la otorgación del Título de Merced N°1.647 del año 1909. - Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, que se encuentra conformado por 37 socios de los cuales el 84% son de la etnia mapuche y en su mayoría son integrantes de las Comunidades Camilo Coñoequir Lloftunekul y Camilo Coñoequir. - Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén

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Posteriormente se integra a la Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun al proceso considerando su inscripción como comunidad de fecha 10 de julio del 2014 y que se encuentra en el área de influencia del proyecto.

Actividades realizadas en el Proceso de Consulta Indígena: - Reuniones informativas - Difusión en medios de comunicación - Reuniones acuerdos metodológicos - Reuniones de Consulta Indígena (Talleres, acciones de terreno, entre otras) - Reuniones de acuerdo y Protocolo final de CI

Para abundamiento de la información revisar Considerando de Proceso de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: José Fidel Tralma Huilcan Observación: En relación al proceso de participación ciudadana en la evaluación del estudio de Impacto Ambiental del proyecto: Central Hidroeléctrica Añihuerraqui vengo a realizar las siguientes observaciones:

El intervencionismo de la empresa: La empresa sin que tenga los permisos, ni las observaciones ni resoluciones de su proyecto que ha venido interviniendo sistemáticamente a las comunidades: Camilo Coñoequir Lloftunekul del sector Trancura; Camilo Coñoequir del sector Trancura — Pocolpen y comunidad Juanita Curipichun de Caren; desde la llegada de esta empresa al territorio, estas comunidades han sufrido el quebrantamiento de su bases organizacionales, se han cortado y rotos los lazos familiares y el espíritu de vivir en comunidad por la gran intervención y quebrantamiento a la forma de vida de los habitantes del territorio, han provocado división de las personas, familias en las organizaciones tradicionales; junto con esto han llegado a ofrecer y pagar $500.000 a varias familias del territorio para que acepten este proyecto, como la empresa hace mención en el proyecto en evaluación. Este pago anticipado lo considero un aprovechamiento premeditado, humillación, falta de ética de parte de la empresa por las múltiples necesidades económicas de las familias. Esta situación hoy día se traduce en que familias, vecinos, socios integrantes de comunidades indígenas no se hablan, están divididos, peleados, ya no comparten en comunidad como se hacía antes de la llegada de la empresa a este territorio, o sea quebraron una costumbre mapuche de compartir, ayuda mutua, solidaridad, hermandad que en todas las demás comunidades y territorios se llevan a cabo tradicionalmente".

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación Ambiental estima que la observación ciudadana del señor José Fidel Tralma Huilcan no es pertinente, por cuanto ésta no especifica el componente ambiental susceptible de ser afectado por la realización de las obras o acciones asociadas al proyecto; y en el marco del proceso de evaluación ambiental no le corresponde a este servicio evaluar lo indicado. Sin embargo, desde el punto de vista de la evaluación ambiental de los sistemas de vida y costumbres de quienes se encuentran próximos al proyecto, en particular la población protegida, ha realizado un proceso de Consulta Indígena con las comunidades involucradas en el área de influencia del proyecto.

Nombre: José Fidel Tralma Huilcan Observación: En relación al proceso de participación ciudadana en la evaluación del estudio de Impacto Ambiental del proyecto: Central Hidroeléctrica Añihuerraqui vengo a realizar las siguientes observaciones:

Otra de las vulneraciones que ha cometido esta empresa es utilizar a personas de las comunidades para organizar reuniones con el SEA a espaldas de los dirigentes funcionales y tradicionales de las comunidades directamente afectadas con el proyecto antes mencionado. Esta situación ha afectado un trabajo de años para volver a recuperar las confianzas en las organizaciones.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación Ambiental estima que la observación ciudadana del señor José Fidel Tralma Huilcan no es pertinente, por cuanto ésta no especifica el componente ambiental susceptible de ser afectado por la realización de las obras o acciones asociadas al proyecto. Sin embargo, respecto de las reuniones y actividades de terreno realizadas con las comunidades y distintas organizaciones sociales y con la participación de este Servicio, se puede señalar que todas éstas se enmarcan en los procesos de participación ciudadana formal definido por la Ley N°19.000 de Bases Generales del Medio Ambiente; como también corresponden a aquellas realizadas en el proceso de Consulta Indígena. De ambos procesos se entrega la información en el presente documento; además que de estas actividades constan las actas de trabajo que se encuentran en el sitio: www.sea.gob.cl

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Nombre: José Fidel Tralma Huilcan Observación: En relación al proceso de participación ciudadana en la evaluación del estudio de Impacto Ambiental del proyecto: Central Hidroeléctrica Añihuerraqui vengo a realizar las siguientes observaciones: La política comunal plasmada en el PLADECO, tiene como línea central el cuidado, protección y conservación de nuestros recursos naturales y los lineamientos del desarrollo deben ser la gente de Curarrehue. Queremos desarrollar nuevos emprendimientos, el fortalecimiento de los emprendimientos que desarrollan las familias, personas, artesanos, jóvenes, artistas, mujeres de Curarrehue y la base de este desarrollo debe ser el respeto, cuidado, protección del Medio Ambiente, identidad local, y el respeto a todas las personas. Mi sueño es que Curarrehue crezca con su gente, tenemos mucho potencial en el área de turismo; pero un turismo con identidad, de intereses especiales. Tenemos muchos paisajes, diversidad cultural, vegetación de diferentes estratos, lagos, ríos, montañas y el capital humano".

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del señor José Fidel Tralma Huilcan es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, se puede indicar lo siguiente:

Que conforme la normativa ambiental, de acuerdo al Reglamento Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Artículo 23 del párrafo 2° sobre la Evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental se señala que los órganos de la Administración del Estado competentes que participen en la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental deberán informar dentro del plazo máximo de treinta días, contados desde el envío de los ejemplares.

Dichos informes deberán indicar fundadamente si el proyecto o actividad cumple con la normativa de carácter ambiental en el ámbito de sus respectivas competencias, incluidos los permisos ambientales sectoriales, si corresponde. Asimismo, deberán informar fundadamente si las medidas propuestas en el EIA se hacen cargo de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley.

De ser necesario, se solicitarán fundadamente las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones que se estimen pertinentes para la adecuada comprensión de dicho estudio.

En este contexto durante todo el proceso de evaluación ambiental se ha solicitado a la Municipalidad de Curarrehue sus pronunciamientos en cada una de las etapas.

Asimismo, durante la evaluación del proyecto se solicitó a la Municipalidad que informe fundadamente:

Sobre la compatibilidad territorial del proyecto "Central Hidroeléctrica Añihuerraqui", haciendo presente que para los efectos de tal informe, deben considerarse los siguientes instrumentos de planificación territorial: Plan Regulador Comunal (Artículos 41 y siguientes LGUC) o Plan Seccional (Artículo 46 LGUC). El informe deberá precisar si el proyecto presentado es o no compatible con el uso de suelo permitido por el o los instrumentos que sean aplicables, indicando las razones del caso; y

Si el proyecto o actividad se relaciona desde el punto de vista ambiental con planes de desarrollo comunal. Se hace presente que tales instrumentos deben haber sido aprobados formalmente por la Municipalidad de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Las solicitudes de evaluación como los pronunciamientos de la Municipalidad del proceso del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui pueden ser revisadas en el sitio: www.sea.gob.cl

Nombre: Francisco César Calfumán Coñoequir Observación: Como persona y padre de familia y miembro de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul mi preocupación y grado de preocupación es sí este proyecto tiene o contempla el déficit de agua que año tras año tiene este caudal, ya que como comunidad nos beneficiamos de sus afluentes sea por vía acaudalada y/o napas subterráneas.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Francisco César Calfumán Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial extraídos del estero Añihuerraqui para abastecer a la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de Agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de Junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010, cuya distribución se muestra en la siguiente tabla:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Enero 270 600 870 Febrero 210 420 630 Marzo 170 240 410 Abril 210 620 830 Mayo 600 2950 3550 Junio 1340 2150 3490 Julio 1290 2600 3890 Agosto 1000 2000 3000 Septiembre 1050 1450 2500 Octubre 1050 1150 2200 Noviembre 880 1180 2060 Diciembre 510 1330 1840

Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñoequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua. En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en el informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

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  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Gerardo Belardino Coñuequir Santana Observación: Estoy totalmente en desacuerdo con la construcción de la Central Hidroeléctrica Añihuarraqui por motivo que se produce un impacto negativo en el valor de la creencia y protección de nuestro medio natural.

Se produce un desvalor en la riqueza visual al realizar un futuro proyecto turístico sustentable.

Como lugareño del sector aseguro que es innecesaria la construcción de la central, son demasiadas e innecesarias las centrales pequeñas cuando las más grandes deberían regionalizarse.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Gerardo Belardino Coñuequir Santana es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

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Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

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Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

En la Dimensión bienestar social básico, en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no se generará en la etapa de operación.

En materia de la Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui, se señala que considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación. Para ello el titular ha establecido medidas de compensación asocidas a la instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular.

En cuanto a la disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución, se puede indicar:

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Por otra parte, si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, el titular informa que durante la construcción del proyecto no utilizará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento al caudal ambiental y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto señalas en Considerando 7 de la presente Resolución.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983, se informa que la ruta S-983 es la principal vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, y en especial en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Respecto al deterioro de caminos, este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la vía principal que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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trayecto a utilizar. Es así que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución y cuyos acuerdos que se detallan en el Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

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Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

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Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

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Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

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d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Gloria Raquel Dumihuala Morales Observación: Mi observación: es que me opongo a la central por cuidar la fauna, la naturaleza que rodea el sector.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Gloria Raquel Dumihuala Morales es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

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El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

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En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

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Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

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Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

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Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Nombre: Gloria Raquel Dumihuala Morales Observación: Se destruye el agua para los animales, más para las personas individuales, por lo tanto me opongo a la central del estero Añihuarraqui.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Gloria Raquel Dumihuala Morales es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto se ubica en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

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Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses), no presentándose en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento de caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

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Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

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Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 359

Nombre: Gloria Raquel Dumihuala Morales Observación: El tema cultural de los peñis tampoco se ha respetado. Un cementerio indígena que se encuentra en el sector. Y afecta directamente a la comunidad Lloftunekul.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Gloria Raquel Dumihuala Morales es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

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En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades.

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Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento - Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe. - Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

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f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

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f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

Nombre: Hugo Antivil Observación: A la empresa le adjudican el agua en mucha cantidad y a nosotros como comunidad nos niegan el agua para nuestro desarrollo productivo y turístico.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Hugo Antivil es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto se emplazará en un sector donde se ubican comunidades indígenas y sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

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Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

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En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Ida Isolde Coñoequir Coñuequir Observación: El estudio no hace alusión a la importancia del agua que tiene el Estero Añihuarraqui para los pequeños agricultores y productores de esta comunidad indígena que hacen uso de estas aguas para la producción de sus cultivos (praderas, hortalizas, chacras, consumo humano), su intervención provocará grandes pérdidas económicas ya que el caudal presenta bajas significativas en los meses de verano y el agua de consumo se verá contaminada.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Ida Isolde Coñoequir Coñuequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto se ubica en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

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Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto se emplazará en un sector donde se ubican comunidades indígenas y sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

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En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Isidora Coñuequir Curilaf Observación: La Central Añihuarraqui sería un daño, una humillación para nuestro pueblo. Es suficiente con el robo de nuestras tierras. Nuestros abuelos lucharon por estas tierras. Tenemos un campo santo, cerros y aguas sagradas. Junto a ello un cementerio de nuestros abuelos en el mismo lugar. El estero Añihuarraqui pertenece a ello.

Tenemos plantas medicinales (mapuche) kinchimali, paramela, natre, colcolen, matico, culantrillo, lingue, arrayan, llaopanque, chilco, palo santo, helecho, canelo, etc. Estas plantas sólo se encuentran en el estero Añihuarraqui.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Isidora Coñuequir Curilaf es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde se ubican comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que es población protegida susceptible de ser afectada por el mismo.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatuwe, se informa que a aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe, pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que conforman los Comités de Salud Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura; y comunidad Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, utilizan agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

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En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad.

Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

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En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural.
  • La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

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  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

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Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

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c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekuln junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Isidora Coñuequir Curilaf Observación: El estero Añihuerraqui es una fuente de ingreso para nosotros en el turismo como en la agricultura y para nuestro consumo. El Turismo sería afectado.

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Evaluación técnica de la observación:

El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Isidora Coñuequir Curilaf es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Nombre: Isidora Coñuequir Curilaf Observación: Muchas especies morirían como los peces, pajarotes y otros anfibios.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Isidora Coñuequir Curilaf es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

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De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente fauna:

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

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Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Nombre: Isidora Coñuequir Curilaf Observación: Los gobiernos chilenos hablan del desarrollo o de ser un país desarrollado (Economía) Dado que el objetivo es tener más dinero, todo el resto se convierte en medios para ese fin. (Cultura, vidas humanas, madre tierra) ¿Será necesario?

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental estima que esta observación ciudadana de la Sra. Isidora Coñuequir Curilaf no es pertinente, por cuanto ésta no especifica el componente ambiental susceptible de ser afectado por la realización de las obras o acciones asociadas al proyecto.

Nombre: Javier Colihueque Flores Observación: Estudio antropológico deficiente. No se hace un análisis local de las comunidades aledañas y su relación con las aguas que se intervendrían. ¿Y cómo afecta a la convivencia de la comunidad?

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Javier Colihueque Flores es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde se ubican comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que es población protegida susceptible de ser afectada por el mismo.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en territorio indígena donde existen comunidades mapuche, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatuwe, se informa que a aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe, pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que conforman los Comités de Salud Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura; y comunidad Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, utilizan agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

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En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad.

Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

En materia de la Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui, se señala que considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses), no presentándose esta alteración en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución

En cuanto a la disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto se emplazará en un sector donde se ubican comunidades indígenas y sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

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Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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viviendas. - Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular. - El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular. - El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

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c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Javier Colihueque Flores Observación: No hay estudio de ruidos ¿Cuántos decibeles generará esta planta?

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Javier Colihueque Flores es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Emisiones de ruido

En la etapa de construcción, se generará aumento de los niveles basales de ruido principalmente en el sector de construcción de casa de máquinas, sector en el cual existen viviendas cercanas ubicadas a aproximadamente 172 m del área, cuyo aumento sólo se producirá durante el período que dure la construcción del mismo y estimada en 12 meses. Respecto a la construcción de las otras obras permanentes del proyecto, si bien existirá aumento de ruido, no existen receptores cercanos que se puedan ver afectados por la construcción de las mismas.

Para estimar el aumento en los niveles de ruido por la construcción de la casa de máquinas, se estableció que las fuentes de ruido significativas involucradas en estas faenas son: pala excavadora, carga y descarga de camión con retroexcavadora, rodillo compactador, camión mixer - compresor y esmeril.

Se realizó una modelación para 6 receptores cercanos, cuyo detalle se muestra la siguiente tabla:

Punto Descripción Coordenadas UTM - WGS 84 Distancia aproximada a Casa de Máquinas (m) Norte Este 1 Vivienda 1 piso ubicada al oriente de ruta 199, al surponiente de proyecto 281140 5633235 360 2 Vivienda 1 piso ubicada al norponiente de casa de máquinas 281247 5633466 207 3 Grupo de viviendas ubicadas al oriente de ruta 199, cercanas a casa de máquinas 281261 5633679 318 4 Vivienda aislada ubicada al norte de casa de máquinas 281457 5633597 172 5 Vivienda aislada ubicada en bosque al norte de proyecto 281533 5633741 330 6 Vivienda aislada ubicada en bosque al norte de proyecto 281452 5633982 556

Los resultados de nivel de presión sonora equivalente proyectado para las faenas de construcción de la casa de máquinas, para horario diurno, se muestran en la siguiente tabla:

Punto Nivel modelado Ruido de fondo Nivel total Nivel máximo Cumplimiento REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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dB(A) dB(A) dB(A) permitidodB(A) D.S. N°38/2011 1 46.7 47.7 50 58 Cumple 2 54.7 43.1 55 53 Excede 2 dB 3 48.2 43.1 49 53 Cumple 4 50.7 44.2 52 54 Cumple 5 47.6 46.6 50 57 Cumple 6 42.7 43.0 46 53 Cumple

De acuerdo a los resultados obtenidos, se observa que el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción en el sector de la casa de máquinas superará el máximo permitido para horario diurno en uno de los puntos, por lo que se implementará una medida de mitigación mediante la incorporación de una barrera acústica modular fijada en los sectores en que se ubican los equipos fijos y procesos más ruidosos, principalmente vinculados a demolición y movimiento de tierra. Las zonas de protección con barreras acústicas móviles se desplazarán junto con el frente de trabajo.

La barrera acústica estará conformada por paneles de OSB de 18 mm de espesor y una altura de 2,4 m. El largo de la barrera no será inferior a los 10 metros (cuando esto sea posible) y servirá de obstáculo entre las faenas ruidosas y las viviendas eventualmente afectadas. Con la medida anterior, se atenuarán los niveles de ruido cumpliendo de esta forma con el D.S. N° 38/2011 del MMA. La siguiente tabla muestra la comparación de los valores con y sin medidas de control de ruido

Punto Nivel modelado sin medidas de control dB(A) Nivel modelado con medidas de control dB(A) Atenuación estimada dB (A) 1 46.7 40.4 6.3 2 54.7 48.2 6.5 3 48.2 44.8 3.4 4 50.7 50.7 0 5 47.6 47.6 0 6 42.7 42.7 0

Para la etapa de operación, se analizó el efecto de las emisiones sonoras al incorporar el funcionamiento diurno y nocturno de la casa de máquinas, ya que ésta es la principal fuente emisora de ruido en la etapa de operación, cuyos resultados establecieron que se cumple con la normativa ambiental, tal como se muestra en las siguientes tablas:

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido. Periodo Diurno Evaluación 1 25.7 47.7 48 58 Cumple 2 33.7 43.1 44 53 Cumple 3 27.3 43.1 43 53 Cumple 4 29.8 44.2 44 54 Cumple 5 26.6 46.6 47 57 Cumple 6 21.7 43.0 43 53 Cumple

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido. Periodo Nocturno Evaluación 1 25.7 45.3 45 50 Cumple 2 33.7 41.3 42 50 Cumple 3 27.3 42.0 42 50 Cumple 4 29.8 43.0 43 50 Cumple 5 26.6 46.5 47 50 Cumple 6 21.7 42.4 42 50 Cumple

Los antecedentes antes señalados, se fundamentan en Estudio de Impacto Acústico adjunto en Anexo 14 de la Adenda 1 del proyecto.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

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Impacto Alteración de los niveles basales de presión sonora (R1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación Las obras de construcción de la casa de máquinas, se ejecutarán a una distancia 172 m del receptor más cercano. De acuerdo a modelación de ruido realizada, adjunta en Anexo 14 de la Adenda 1, y modelando la situación más desfavorable en que toda la maquinaria de cada actividad emisora de construcción funciona simultáneamente, existirá superación en los niveles de ruido respecto del D.S. N° 38/2011. Se implementarán medidas considerando, además, que dichas obras se realizarán a una distancia de 60 m la ruta S-983, utilizada por población protegida. En la etapa de operación, la emisión de ruido se focalizará en el área de la casa de máquinas la cual contará con un sistema de insonorización y se instalará una cortina vegetal en su perímetro compuesta principalmente por Roble, Raulí, Coihue, Maqui, Calafate y Mosqueta. No se requieren medidas de mitigación toda vez que dará cumplimiento a la normativa D.S. N° 38/2011 del MMA, donde los niveles de ruido al exterior en los receptores sensibles no superarán los 48 dB(A) durante el día y los 45 dB(A) durante la noche. Nombre medida Instalación de Barrera Acústica Modular Tipo Mitigación Objetivo Minimizar el aumento en los niveles basales de presión sonora en etapa de construcción de la casa de máquinas Descripción detallada de medidas - Durante la etapa de construcción el horario de trabajo habitual será en base a un turno diario de 8 horas en horario diurno, por lo que no generará niveles sonoros por encima de los habituales en periodo nocturno. - Instalación de paneles acústicos de OSB de 18 mm de espesor y una altura de 2,4 m en el frente de trabajo donde se ubicará la casa de máquinas cuyo largo no será inferior a 10 metros. Estos paneles amortiguarán los niveles de presión sonora que se percibirán producto de las actividades de construcción, reduciendo el ruido en 6,5 dB, de 54,7 dB condición sin medida a 48,2 dB condición con medida. - Se realizará monitoreo mensual de ruido de acuerdo al PCI, y se mantendrán los 5 puntos de medición ubicados de acuerdo a la siguiente imagen:

  • De acuerdo al PCI, se elaborará Protocolo de Comunicación con las comunidades y grupos humanos indígenas con la finalidad de evitar que la generación de ruidos molestos impidan el normal desarrollo de sus actividades (reuniones, asambleas, talleres, entre otros), y se evitará el uso innecesario de bocina. Lugar Casa de Máquinas Indicador de cumplimiento
  • Instalación de barrera acústica.
  • Informe mensual de monitoreo de ruido durante la construcción, el que será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Documento que dé cuenta de Protocolo de Comunicación con comunidades y grupos humanos indígenas.

Nombre: José Ramiro López Valle Observación: Patrimonio de las comunidades dentro de este territorio, existe un cementerio indígena, un campo de oración de las comunidades indígenas. Mis observaciones son: a metros un campo de guillatún, un cementerio indígena. Se transgrede la cultura mapuche. Los cerros Añihuarraqui y Peñehue, quebradas. Son patrimonio mapuche. Esta central va a afectar nuestras hierbas medicinales. Por esto y mucho más me opongo a la construcción de la central sobre el río Añihuerraqui.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. José Ramiro López Valle es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

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De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

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Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

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En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. - El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento - Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe. - Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

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Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

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Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

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c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: José Ramiro López Valle Observación: Esta central va a afectar a los peces. Me gustaría un estudio real de la fauna. Por lo tanto me opongo a la construcción de esta central sobre el río Añihuarraqui.

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Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. José Ramiro López Valle es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Flora y Fauna

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

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Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación: Ciprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean en el Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora y fauna acuática

Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo un año. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-).

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medianamente significativo (-) dadas las medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

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Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Nombre: José Ramiro López Valle Observación: También existen derechos de agua.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. José Ramiro López Valle es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial extraídos del estero Añihuerraqui para abastecer a la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de Agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de Junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010, cuya distribución se muestra en la siguiente tabla:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Enero 270 600 870 Febrero 210 420 630 Marzo 170 240 410 Abril 210 620 830 Mayo 600 2950 3550 Junio 1340 2150 3490 Julio 1290 2600 3890 Agosto 1000 2000 3000 Septiembre 1050 1450 2500 Octubre 1050 1150 2200 Noviembre 880 1180 2060 Diciembre 510 1330 1840

Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñoequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua. En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en el informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: José Hernando Sáez Sicuto Observación: Yo estoy en desacuerdo con la Central, debido a que al llevarse a cabo me afecta directamente ya que mis animales en épocas de verano no tendrán agua para subsistir.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. José Hernando Sáez Sicuto es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

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En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses), no presentándose en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento de caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 450

sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 451

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: José Hernando Sáez Sicuto Observación: Además, se daña el sitio en donde realizamos nuestra ceremonia de Nguillatuwe. Es más, no tendremos agua para abastecernos al momento de la ceremonia, ya que la extraemos del estero.

También, me veo afectado en la recolección de medicina natural que extraigo alrededor del estero, que una vez realizada la central, éste se secará y en conjunto aquellas hierbas silvestres a su alrededor. También, recolecto frutos silvestres tales como mora, rosa mosqueta, etc., para consumo de mi familia, los cuales se verán afectados con dicha central, afectando además a mi familia.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. José Hernando Sáez Sicuto es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

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De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

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Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

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En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

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  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

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Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

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Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Leonardo Simón Crisóstomo Loncopán Observación: Yo me opongo totalmente al proyecto de la Hidroeléctrica en el Añihuarraqui porque afecta de manera considerable a varias familias del sector. En primer lugar el estudio del proyecto está mal hecho, hay muchos errores que hacen perder la credibilidad a la empresa.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Leonardo Simón Crisóstomo Loncopán es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término se señala que para que ingrese a evaluación un Estudio de Impacto Ambiental debe dar cumplimiento a lo establecido en el Título III del RSEIA sobre los contenidos de los Estudios de Impacto Ambiental, párrafo 1°, Artículo 12.

Consecuentemente, el artículo 20 del mismo Título señala que si la presentación del EIA no cumpliere con alguno de los requisitos formales de los artículos 12 de la Ley, y 12 y 13 del RSEIA, o el artículo 14, 15, y en los incisos primero y segundo del artículo 16, todos del RSEIA respectivamente, no se admitirá a tramitación, dictándose una resolución fundada dentro de los cinco días siguientes a la presentación, la que será notificada al titular del proyecto o actividad. En este contexto, se informa que el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui dio cumplimiento a los requisitos de ingreso, por lo que la iniciativa quedó admisible para evaluación según Test de admisibilidad de fecha 03 de diciembre de 2012; ésta puede ser revisada en el sitio: www.sea.gob.cl

En segundo término, se informa respecto de los análisis sobre impactos ambientales entregados por el Titular y las metodologías para lo mismo:

Metodología

La metodología de evaluación de impactos se basa en una valoración que integra tanto la relevancia ambiental del componente en su condición actual, como la magnitud del impacto que el proyecto ocasionará en dicho componente. Esta metodología conduce a la obtención de una escala numérica relativa en que los impactos ambientales son calificados de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla:

Módulo del Valor Impacto Ambiental (VIA) Importancia del Impacto Ambiental 0-40 Poco significativo 41-60 Medianamente significativo 61-80 Significativo 81-100 Altamente significativo

Por otro lado, el titular ha identificado la relevancia y su valor ambiental para cada uno de los componentes ambientales determinados dentro del área de influencia del proyecto. Este indicador se refiere a la calidad, estado y/o singularidad presentada por cada uno en su condición sin proyecto y permite valorar su relevancia, calificándolo en una escala de 1 a 10, y cuyos resultados para cada componente ambiental valorado, se indica en la siguiente tabla:

Medio Componente ambiental Relevancia ambiental Valoración del componente Físico Calidad del aire Muy alta 9 Niveles de ruido Muy alta 9 Hidrología Alta 8 Calidad del agua Alta 8 Campos electromagnéticos Muy baja 2 Suelo Baja 3 Biótico Flora y vegetación terrestre Muy alta 10 Fauna terrestre Muy alta 10 Flora y fauna acuática Moderada 6 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Humano Dimensión geográfica Baja 4 Dimensión demográfica Baja 6 Dimensión antropológica Alta 8 Dimensión socioeconómica Moderada 5 Dimensión bienestar social básico Alta 8 Patrimonio Arqueología Moderada 6 Perceptual Paisaje Moderada 5

La metodología utilizada para la evaluación de impactos ambientales concluye en la categorización de los niveles de significancia determinados a partir de los valores numéricos obtenidos en el proceso de dicha evaluación, considerando su relevancia ambiental. Así la metodología aplicada establece que el Valor del Impacto ambiental se calcula como el producto de la Relevancia del componente ambiental afectado y la Magnitud del Impacto, incorporando las variables de carácter, probabilidad de ocurrencia, extensión, intensidad, duración y reversibilidad.

Análisis de impacto por componente ambiental

Medio físico: Calidad del aire

Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión

En la etapa de construcción, se producirá un aumento en la concentración de material particulado ypolvo en resuspensión debido principalmente a los movimientos de tierra, circulación de vehículos por rutas no pavimentadas y acopio de material; y en menor medida se generará emisión de gases provenientes del funcionamiento de las maquinarias y de equipos electrógenos. Estas emisiones serán de carácter temporal toda vez que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto estimada en 12 meses.

La siguiente tabla se presenta el resumen de las emisiones generadas estimadas para la etapa de construcción del proyecto:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2,5 6,43

Considerando el aumento en las emisiones atmosféricas, este impacto se considera significativo (-) durante esta etapa, por lo cual las emisiones serán controladas mediante medidas de mitigación establecidas y detalladas en el Plan de Control de Emisiones Atmosféricas, señalado en Considerando 7 de la presente Resolución.

Durante la etapa de operación disminuirá considerablemente el tránsito de vehículos y no existirá remoción ni movimiento de material, por lo que este impacto será poco significativo (-).

Niveles de ruido

Alteración de los niveles basales de presión sonora

En la etapa de construcción se producirá aumento en los niveles de ruido en las inmediaciones de los frentes de trabajo principalmente vinculados a movimiento de tierra y motores de maquinaria pesada.

Del Estudio de Impacto Acústico realizado y adjunto en Anexo 14 de la Adenda 1, el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción no superará el máximo permitido en ninguno de los receptores sensibles, con excepción de un punto ubicado al norponiente de la casa de máquinas del proyecto, donde se produce un exceso de 2 dB, como se detalla en la siguiente tabla:

Punto Distancia aproximada a Casa de Máquinas (m) Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido Cumplimiento D.S. N°38/2011 1 360 46.7 47.7 50 58 Cumple 2 207 54.7 43.1 55 53 Excede 2 dB 3 318 48.2 43.1 49 53 Cumple 4 172 50.7 44.2 52 54 Cumple 5 330 47.6 46.6 50 57 Cumple 6 556 42.7 43.0 46 53 Cumple

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En virtud de lo anterior, este impacto se considera medianamente significativo (-) por lo cual se implementará como medida de mitigación la instalación de una barrera acústica modular en la zona de instalación de faenas donde se construirá la casa de máquinas, lo cual permitirá que el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción cumplirá con los niveles máximos permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA. Los detalles de esta medida se presentan en Considerando 7 de este acto.

En la etapa de operación los niveles de ruido se circunscribirán al área de emplazamiento del proyecto toda vez que el ruido generado por el funcionamiento de la casa de máquinas estará por debajo de los niveles máximos permisibles establecidos en la normativa vigente, por lo que se concluye que el impacto será poco significativo (-) sobre este componente.

Campos electromagnéticos

Generación de campo eléctrico y magnético

En la etapa de construcción del proyecto, no se generará este tipo de emisiones dado que no existen fuentes que las generen, por lo que no se producirá este impacto.

Durante la etapa de operación, y de acuerdo a informe de Modelación de Campos Electromagnéticos adjunto en Anexo 15 de la Adenda 1, se estimó que la magnitud de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo en el exterior de la central, no superará 0,22 kV/m;y respecto a la magnitud de inducción magnética máxima en el borde de la central, no superará los 20 µT de acuerdo a estudios realizados en centrales de similares características. Estas magnitudes están muy por debajo de los límites máximos recomendados por la Comisión Internacional Contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP), que establece un máximo de campos eléctricos y magnéticos de 5 KV/m y de los 100 µT respectivamente. Por lo anterior, este impacto no se generará.

Hidrología

Disminución de caudal entre bocatoma y restitución

En la etapa de construcción, si bien se intervendrá el estero para la ejecución de las obras de captación, atraviesos, rápido de descarga y obras de restitución, no existirá alteración en su cantidad dado que no se desviará el estero y no se extraerá bajo ninguna circunstancia agua del mismo, respetando la libre circulación del total de su caudal por su lecho mientras duren las faenas. Debido a lo anterior, este impacto no se generará en esta etapa del proyecto.

En la etapa de operación, se utilizará un caudal máximo de 2,5 m3/s del estero Añihuerraqui para la operación de la central, cuyos derechos de agua para uso no consuntivo han sido otorgados por el Dirección General de Aguas con su respectivo caudal ecológico, caudal que fue incrementado para los meses de febrero, marzo y abril por parte del titular, en virtud de las campañas de aforo realizadas por el mismo y que dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero. De acuerdo a lo anterior, la distribución de caudales mínimos ambientales a cumplir por el titular, se muestran en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

En conclusión, cumpliendo con el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, no se producirá un alteración significativa en la cantidad del agua del estero por lo que el impacto es poco significativo (-).

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Calidad del agua

Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos

En la etapa de construcción se producirá alteración de las condiciones basales de la calidad del agua del estero Añihuerraqui debido al aumento de sedimentos producto de las actividades de construcción en el lecho del mismo para la implementación de la captación, atraviesos, rápido de descarga y obras de restitución. Este impacto será durante períodos acotados de tiempo, cuando se esté llevando a cabo movimientos de material natural en el cauce para la construcción de las obras en el mismo, cesando una vez terminada dichas labores.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-). Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un monitoreo mensual de parámetros de acuerdo a la NCh 1.333/Of78, Norma Chilena de Calidad de agua para distintos usos, tomando muestra y contramuestra en cada caso para asegurar la validez y representatividad de las mediciones, en 5 puntos establecidos entre captación y bocatoma, privilegiando el muestreo en los meses donde se realicen los trabajos que generen alteración en la calidad del agua.

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en su calidad natural, concluyendo que este impacto no se generará.

Suelo

Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual requiere remoción y utilización de suelo para la construcción de las áreas de instalaciones de faenas, zonas de acopio de materiales de construcción y de residuos (obras temporales); así como para la construcción de la casa de máquinas, tuberías en presión, línea de transmisión eléctrica (obras permanentes), entre otros. La superficie total a intervenir corresponde a 2,23 ha aproximadamente, de las cuales 1,56 ha corresponde a superficie para las obras temporales, y 0,67 ha para las obras permanentes.

Las actividades constructivas provocarán pérdida y compactación de suelo en un área acotada y definida al área donde se ubicarán las obras, no requiriendo intervenir terrenos adicionales a los declarados; tendrá una duración definida correspondiente a la duración de la etapa de construcción (estimada en un año). Cabe mencionar que los suelos excavados serán acopiados temporalmente y posteriormente serán reutilizados para relleno y nivelación de caminos. Los suelos comprendidos en los sectores en donde se desarrollará el proyecto son suelos cuyas limitaciones son la topografía y la excesiva pedregosidad, clasificándose con una capacidad de uso VI, que corresponde a suelo inadecuados para los cultivos, y su uso está limitado para pastos y forestales, no existiendo actividades agrícolas o de equipamiento en el área a intervenir.Teniendo en cuenta lo establecido anteriormente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-).

En la etapa de operación no se consideran nuevos impactos para este componente, por lo que no se producirá.

Generación de procesos erosivos

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual implicará remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión y la casa de máquinas, principalmente. Estas actividades pueden aumentar el riesgo potencial de generación de procesos erosivos principalmente en la intervención sobre el ex el camino madererobajo el cual se implementará la tubería a presión, considerando además que en determinados sectores se establecerán pendientes, por lo que de producirse procesos erosivos, éstos se manifestarían en un área acotada a sectores inmediatos al camino forestal y al sector de instalación de faenas. Los suelos excavados serán acopiados temporalmente alejados del estero y posteriormente serán reutilizados en su totalidad para relleno y nivelación de caminos.

Para evitar y controlar los procesos erosivos, se consideras medidas de mitigación que consisten básicamente en la restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. Otras medidas se establecen en el Considerando 7 del presente acto. Considerando la implementación de medidas, se realizará un monitoreo durante la construcción y por un período de al menos 5 años en la etapa de operaciónen base al método de la estaca, para evaluar y controlar posibles procesos erosivos.

En virtud de la generación acotada y controlada de procesos erosivos que podrían generarse durante la etapa de construcción y operación del proyecto, el impacto se califica como medianamente significativo (-).

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Medio biótico

Flora y vegetación terrestre: Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean en el Considerando 7 del presente acto, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 del presente acto.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

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Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo un año. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-).

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm). Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 del presente acto.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medianamente significativo (-) dadas las medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

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Medio Humano

Dimensión geográfica

Cambio en el uso de territorio

Durante la ejecución de este proyecto no se generará cambio en el uso del territorio toda vez que la distribución de los grupos humanos en el mismo y la estructura espacial de sus relaciones, no serán afectados en la etapa de construcción ni en la de operación del proyecto, ya que no habrá campamentos en la zona de emplazamiento del proyecto, minimizando interacciones de los trabajadores con la comunidad local.Teniendo en cuenta lo anterior, sumado a que la etapa de construcción es temporal, este impacto no se producirá en ninguna de las etapas de ejecución del proyecto.

Dimensión demográfica

Alteraciones sobre la estructura demográfica

Durante la ejecución de este proyecto no se generará alteraciónen la estructura demográfica considerando que para la ejecución de las faenas se dará preferencia a la utilización de mano de obra local por sobre la foránea. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante la etapa de construcción no implicará una alteración en la estructura demográfica de la zona, pues si bien habrá más personas en el área de influencia del proyecto a nivel comunal, a nivel local no se evidenciará este afectación ya que no existirá pernoctación ni campamentos en el área de emplazamiento del proyecto.

Teniendo en cuenta lo anterior este impacto seha determinado que no se producirá este impacto tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Dimensión antropológica

Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central

Las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en un tramo de 160 m en el cerro Peñewe, ambos considerados como sagrados por la comunidad indígena.

En relación a lo anterior, el titular estableció que el diseño original de la central, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, se modificó por la construcción de las obras de conducción de agua, en un sector intervenido del cerro correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino durante la construcción hasta un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro y sin generar una alteración en la topografía del mismo; así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector.La tubería forzada irá sobre la superficie del terreno, tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno eimplementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería,estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja se mantendrá en 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en los Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun

A aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

Uso de agua del estero durante la celebración del Guilatun

En la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, utilizan agua del estero para la celebración del Gillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7de la presente Resolución.

Posible afectación de sitio Eltwe

En el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se señala la existencia de un Eltwe en las coordenadas UTM: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas

Considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno. Las medidas asociadas se señalan en Considerando 7 de la presente Resolución.

Dimensión socioeconómica

Generación de nuevas ofertas de trabajos

En la etapa de construcción se producirá un aumento en la demandade mano de obra local por parte del proyecto y un incremento en la oferta y demanda de bienes y servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal y a nivel local, situación que se sostendría hasta la finalización de las obras de construcción, destacando que la mano de obra será mediante contratación de mano de obra local. En la etapa de operación, se privilegiará la mano de obra local y si se requiere se les capacitará para su trabajo en la central.

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Considerando lo anterior, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (+) para la etapa de construcción y poco significativo (+) en la etapa de operación. Independiente de la evaluación determinada, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto

Durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni elabastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

En virtud de lo anterior, este impacto no se generará por la ejecución del proyecto.

Dimensión bienestar social básico

Aumento en la demanda de servicios

En la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no se generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución..

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es poco significativo (-) considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto

Este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar.

Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

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Patrimonio Cultural

Arqueología: Alteración de sitios con valor arqueológico

En la etapa de construcción se realizará intervención en el terreno por lo cual se han realizado prospecciones cuyos resultados establecidos en Anexo 2-5 del EIA, concluyen que en el área del proyecto no se encuentran sitios arqueológicos, antropológicos, de valor histórico, cultural u otros pertenecientes al patrimonio cultural.

Teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, este impacto se determina como poco significativo (-) para este componente en la etapa de construcción y operación del proyecto debido a la ausencia de sitios arqueológicos en el área del proyecto pero cercano a un Eltwe; sin perjuicio de lo cual, y ante cualquier hallazgo no detectado con anterioridad, se paralizarán las obras el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, y se modificará el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. Así mismo, y en virtud del PCI, se mantendrá un profesional arqueólogo permanente supervisando las obras de construcción de la línea de transmisión del proyecto considerando la cercanía con el sitio de Eltwe. Las medidas se establecen en Considerando 7 de la presente Resolución

Perceptual

Paisaje: Alteración en la homogeneidad del paisaje

La construcción de las obras temporales y permanentes del proyecto interrumpirá la homogeneidad del paisaje alterando la singularidad local de éste, producto de la construcción misma de unidades del proyecto como por la corta de vegetación y despeje para la instalación de faenas y frentes de trabajo. Posterior a la construcción se implementarán medidas para mitigar este efecto de tal forma de mimetizar las obras con el entorno y evitar que sean visibles desde la ruta S-983, ruta CH 199 y el sitio de Gillatuwe.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) en la etapa de construcción y medianamente significativo (-) en la operación. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Resultado matriz de impacto

Realizado el análisis de los impactos ambientales establecidos y desarrollados durante la evaluación ambiental del proyecto, incluyendo los Procesos de Participación Ciudadana y Consulta indígena, se presenta el resultado consolidado por cada componente ambiental:

Medio Componente ambiental Impacto Etapa de construcción Etapa de operación Principales medidas Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución Físico Calidad del aire Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión Significativo(-) Poco significativo (-) A1 - MH9 - MH10 - MH11 Niveles de ruido Alteración de los niveles basales de presión sonora Medianamente Significativo(-) Poco significativo (-) R1 – MH2 – MH11 Campos electromagnéticos Generación de campo eléctrico y magnético No se genera No se genera NO APLICA Hidrología Disminución de caudal entre bocatoma y restitución No se genera Poco significativo(-) FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 Calidad del agua Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos Poco significativo(-) No se genera FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 – AC6 Suelo Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes Poco significativo(-) No se genera S1-FL1 Generación de procesos erosivos Medianamente significativo(-) Medianamente significativo(-) S1-FL1 Biótico Flora y vegetación terrestre Perdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto Significativo(-) No se genera S1-FL1-MH5-MH6 Introducción de especies invasoras Medianamente significativo(-) Poco significativo (-) FL2 Fauna terrestre Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad Significativo(-) No se genera FL1-FL2-FA1-FA2 Alteración de hábitat especies de alta movilidad Poco significativo(-) Poco significativo(-) FL1-FL2-FA1-FA2 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Flora y fauna acuática Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos Medianamente significativo(-) No se genera FA2-FA3-MH7 Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero No se genera Poco significativo(+) FA2-FA3-MH7 Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación No se genera Medianamente significativo(-) FA3 Medio Humano Dimensión geográfica Cambio en el uso del territorio No se genera No se genera NO APLICA Dimensión demográfica Alteraciones sobre la estructura demográfica No se genera No se genera NO APLICA Dimensión antropológica Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central Altamente Significativo(-) Altamente Significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1 Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun Significativo(-) Significativo(-) MH2-MH3-MH7- MH8-MH9-MH10- AC2 Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central Significativo(-) Significativo(-) MH8-MH12-AC2 Posible afectación de sitio de significación cultural Eltun Medianamente significativo(-) No se genera MH4-R1 Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas Significativo(-) Poco significativo(-) MH5-MH6 Dimensión socioeconómica Generación de nuevas ofertas de trabajos Medianamente Significativo(+) Poco significativo(+) MV4 Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto No se genera No se genera MV3 Dimensión bienestar social básico Aumento en la demanda de servicios Poco significativo(+) No se genera NO APLICA Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui Significativo(-) No se genera MH7-MH12-MH3- AC6 Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. No se genera Poco Significativo (-) MH7-MH12-MH3- MH8-AC6 Interrupción en el acceso a captación de agua Medianamente Significativo (-) Medianamente Significativo (-) MH8 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 Significativo(-) Poco significativo A1-R1-MH2-MH9- MH10-MH11 Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto Medianamente Significativo (-) Poco significativo MH9-MH10 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas) Significativo(-) Poco significativo MH9-MH10-MH11- A1-R1 Patrimonio Arqueología Alteración de sitios con valor arqueológico Poco significativo (-) Poco significativo (-) MH4 Perceptual Paisaje Alteración en la homogeneidad del paisaje Poco significativo(-) Medianamente significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1

Nombre: Leonardo Simón Crisóstomo Loncopán Observación: Mi familia saca el agua del estero para beber y regar sus praderas que basan la economía de las familias.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Leonardo Simón Crisóstomo Loncopán es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

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En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Por otra parte, si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, el titular informa que durante la construcción del proyecto no utilizará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento al caudal ambiental y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto señalas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses), no presentándose en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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viviendas. - Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular. - El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular. - El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

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De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N°1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

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En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Nombre: Leonardo Simón Crisóstomo Loncopán Observación: También el sector turístico del sector se verá afectado ya que mi familia y otros más tienen senderos de trekking en el sector de Añihuerraqui.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Leonardo Simón Crisóstomo Loncopán es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

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Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N°1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Nombre: Luis Aroldo Valle Manríquez Observación: El proyecto daña el medio ambiente, mi familia que la componen seis personas utilizamos el agua para beber y para el ganado, esta fuente de agua se secaría no pudiendo producir lo que necesita mi familia para vivir.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Luis Aroldo Valle Manríquez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Por otra parte, si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 491

Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, el titular informa que durante la construcción del proyecto no utilizará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento al caudal ambiental y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto señalas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses), no presentándose en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

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Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

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Nombre: Luis Aroldo Valle Manríquez Observación: Como familia queremos que se conserven las tradiciones y este proyecto las afectaría porque interviene las aguas, las plantas, la fauna morirá por no tener agua ni refugio.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Luis Aroldo Valle Manríquez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

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Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Nombre: Luis Aroldo Valle Manríquez Observación: Existe gran probabilidad de una remoción en masa y vivimos muy cerca de esta fuente de agua del río Añihuarraqui y también mi hermana que son cuatro integrantes.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Luis Aroldo Valle Manríquez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Generación de procesos erosivos

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual implicará remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión y la casa de máquinas, principalmente. Estas actividades pueden aumentar el riesgo potencial de generación de procesos erosivos principalmente en la intervención sobre el ex el camino maderero bajo el cual se implementará la tubería a presión, considerando además que en determinados sectores se establecerán pendientes, por lo que de producirse procesos erosivos, éstos se manifestarían en un área acotada a sectores inmediatos al camino forestal y al sector de instalación de faenas. Los suelos excavados serán acopiados temporalmente alejados del estero y posteriormente serán reutilizados en su totalidad para relleno y nivelación de caminos.

Para evitar y controlar los procesos erosivos, se consideras medidas de mitigación que consisten básicamente en la restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. Otras medidas se establecen en Considerando 7 de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la presente Resolución. Considerando la implementación de medidas, se realizará un monitoreo durante la construcción y por un período de al menos 5 años en la etapa de operación en base al método de la estaca, para evaluar y controlar posibles procesos erosivos.

En virtud de la generación acotada y controlada de procesos erosivos que podrían generarse durante la etapa de construcción y operación del proyecto, el impacto se califica como medianamente significativo (-).

Manejo de taludes

Durante el desarrollo de las diferentes etapas del proyecto, el titular ha realizado prospecciones (calicatas) en distintos puntos del trazado. Las más antiguas tienen una data aproximada de 2 años, sin presentar desmoronamiento al momento de su inspección en terreno, lo que concluye que el terreno resiste pendientes prácticamente verticales.

Respecto a los taludes a generar en determinadas zonas donde se requerirá ensanchar el camino existente, y de acuerdo a Estudio Geológico y Geotécnico adjunto en Anexo 12 de la Adenda 1, las pendientes de carácter temporal y permanente se materializarán de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas:

Altura del corte (m) Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Temporal Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Permanente 0 – 2 78 70 2 – 5 68 60 5 – 10 58 50

10 48 40

Los taludes no llevarán berma intermedia de tal forma de no generar un factor adicional de inestabilidad de los mismos; los terraplenes se proyectarán con taludes H:V = 3:2 y se protegerán contra la erosión que pueda producirse por las precipitaciones.

Dado que el trazado superior la tubería va enterrada bajo el camino, los posibles procesos de remoción en masa y reptación de materiales se relacionan exclusivamente con la intervención del camino. En este sentido, las medidas contemplan la compactación del suelo una vez que la tubería ha sido enterrada, junto a la instalación de una carpeta de rodado, la construcción de un foso y contrafoso que irán a los costados del camino, y los taludes generados contarán con posterior revegetación para aumentar su estabilidad y evitar procesos erosivos, como se muestra en la siguiente figura:

Se ha considerado la utilización de taludes menos pronunciados para la ejecución de la zanja donde se instalará la tubería y, de acuerdo al método constructivo a utilizar, ésta se rellenará en promedio 2 días después de su excavación de manera de ejecutar las tareas de montaje en forma secuencial y maximizar con ello la estabilidad de las zanjas.

Se implementarán acciones de restitución acelerada de la capa vegetal con especies herbáceas en sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno minimizando el suelo descubierto de vegetación. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja.

Durante la etapa de construcción, se realizará monitoreo para evaluar y controlar posibles procesos erosivos en base al método de estaca, cuyo detalle se describe en la siguiente tabla:

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Actividad Descripción Selección sitio de muestreo Se escogerán 10 sitios para monitoreo a lo largo del trazado de la tubería, por el camino maderero, aproximadamente cada 250 metros, evaluando las características y accesibilidad de los puntos. Aplicación del método de la estaca El método consiste en clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. Se colocarán a distancias de 250 m formando un transecto. El propósito de la estaca es marcar cortes en el terreno ocasionados por erosión y así, en caso de existir erosión, se estima el espesor de la capa de suelo erosionado. Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. Evaluación de la erosión La cuantificación de los resultados se hace a través de la siguiente fórmula: E = H * A * DAP Dónde: E=Erosión de suelo H= altura de la lámina pérdida A=área medida DAP=densidad aparente Registro de precipitaciones Para complementar el análisis de los resultados se tomará en consideración los registros de las precipitaciones que se dieron en el período que permanecieron instaladas las varillas para su correlación con la cantidad de suelo perdido. Recomendaciones - Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos y camiones, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes - Se informará a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas - Se recomienda hacer las respectivas mediciones después de precipitaciones fuertes, donde es más notorio las variaciones en los datos Resultados - Levantamiento y mapeo de las coordenadas de los puntos - Mediciones mensuales de la erosión de suelo y/o tras un evento de precipitación importante - Registro mensual de las mediciones - Evaluación de las medidas preventivas y correctivas Medidas preventivas y correctivas - Remoción de elementos gruesos - Relleno de surcos - Nivelación y mantenimiento del camino - Desvíos para evacuación de agua

Los resultados de monitoreos de erosión serán entregados periódicamente a la autoridad para su revisión. En caso de determinarse que existe un proceso erosivo significativo, se implementarán medidas correctivas actuando con la mayor prontitud posible.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida. En específico, para el recurso suelo se implementará:

Impacto Generación de procesos erosivos (S1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación De acuerdo a lo establecido en la línea de base en el EIA, y lo complementado en la Adenda 1 en el Estudio Geológico y Geotécnico (Anexo 12), el terreno resiste taludes prácticamente verticales. Si bien el proyecto no considera la ejecución de obras que impliquen taludes de dimensiones que pudieran representar riesgos de erosión, se implementarán medidas para minimizar la posibilidad de dichos efectos, toda vez que la remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión, la casa de máquinas y mejoramiento y ensanche de ex camino maderero puede implicar el desprendimiento y generación de zonas propensas a sufrir procesos de remoción en masa. Las medidas se mantendrán para la etapa de operación. Nombre medida Protección de taludes de corte y terraplén Tipo Mitigación Descripción detallada - Reutilización de los excedentes de excavación en actividades de nivelación del terreno, de caminos y obras de relleno del proyecto, sin establecer zonas de acumulación de material permanente. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Relleno de zanjas en promedio 2 días después de su excavación.
  • De acuerdo al PCI, se dispondrán los excedentes de movimientos de tierra que sean utilizables para relleno en terrenos de familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores que lo requieran. Para ello, el titular solicitará lista de los potenciales beneficiados a la directiva de los Comités y se realizará una prospección de los terrenos para analizar el volumen por predio factible a rellenar.
  • Remoción de elementos gruesos.
  • Relleno de surcos cuando comiencen a formarse.
  • Nivelación y mantenimiento del camino.
  • Desvíos para evacuación de aguas lluvias.
  • Revegetación y resiembra con especies herbáceas de taludes tras la intervención de sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, minimizando el suelo descubierto de vegetación y dando mayor estabilidad.
  • Restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, para su estabilización. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja.
  • Durante la etapa de operación, se realizará monitoreo de procesos erosivos en base al método de estaca, que consiste en: i) Clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. ii) La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. iii) Las estacas se instalan a distancias de 250 metros formando un transecto, de tal forma de estimar el espesor de la capa de suelo erosionado. iv) Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. v) Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes. vi) Informar a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas vii) Se realizará seguimiento frecuente y preferentemente después de precipitaciones fuertes.
  • En virtud del PCI, el titular incorporará individuos para su replanteo en sectores del proyecto. Para esto un especialista del área forestal, establecerá los individuos que tengan una alta probabilidad de sobrevivencia una vez que sean replantados y que sean técnico factible de rescatar para ejecutar esta medida. Lugar Áreas de construcción del proyecto propensos a generar procesos erosivos Indicador de cumplimiento
  • Cubicación del material a excavar, registro fotográfico de la incorporación del suelo excavado y registro de material dispuesto en botadero autorizado.
  • Registro de familias beneficiadas y cantidad de material dispuesto.
  • Monitoreo de erosión en base al método de la estaca.
  • Registro fotográfico de taludes con revegetación.
  • Registro fotográfico e identificación de especies replantadas.

Medidas de contingencia

Riesgo Medidas de Contingencia Flujos de barro, avalanchas, deslizamiento y derrumbes Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. Sólo podrán activarse las faenas de construcción cuando la ONEMI o carabineros hayan informado al Director Técnico de Obras de que el área se encuentra fuera de peligro. - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar. - Inmediatamente se delimitará un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado. - Personal entrenado, inspeccionará el lugar del accidente, verificando que no existan heridos en el área. - En caso de registrarse heridos por este accidente, éstos serán llevados a un centro asistencial. - Un especialista en prevención de riesgo, inspeccionará el área, demarcando las áreas de riesgo. El profesional determinará si es conveniente relocalizar las instalaciones. Si este fuera el caso, se informará a las autoridades pertinentes.

Etapa de operación: - Se dará aviso al jefe de emergencias. - En caso que sea posible, se contendrá el derrumbe con materiales adecuados. - Una vez controlada la contingencia, se implementarán medidas de estabilización en las áreas propensas a generar procesos de remoción en masa. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Nombre: Luis Gerardo Loncopan Coñuequir Observación: La Central Añihuerraqui es una falta de respeto para mí, porque es un daño a nuestra cultura, a nuestra madre tierra, a nuestros ancestros y los únicos beneficiados son los empresarios que nos roban nuestros recursos a los largo de Chile. Los chilenos hablan del desarrollo económico. Todos queremos desarrollo, pero que sea para todos. Con respeto, con responsabilidad hacia nuestra cultura, tradiciones y lengua. En el lugar existe un campo, montañas y aguas sagradas, dos cementerios donde está mi abuela Agustina Coñuequir y otros familiares. El estero Añihuerraqui es un estero sagrado donde se hacen rogativas, es un intermediario entre Dios y nosotros. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Luis Gerardo Loncopán Coñuequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

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No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

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Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

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De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque.
  • Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades.
  • El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento
  • Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque
  • Registro fotográfico de la instalación del estanque
  • Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado
  • Registro diario de cloro libre residual
  • Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo.
  • Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

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Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

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Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

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La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Luis Gerardo Loncopan Coñuequir Observación: Si creen que su cultura europea es superior, su lengua y sus costumbres, porque no se van y nos dejan tranquilos. Ya es suficiente con el robo de nuestras tierras. Por qué el gobierno no se preocupa de la educación, de la salud de nuestro pueblo en vez de enriquecer más al rico.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental estima que esta observación ciudadana del Sr. Luis Gerardo Loncopán Coñuequir no es pertinente, por cuanto ésta no especifica el componente ambiental susceptible de ser afectado por la realización de las obras o acciones asociadas al proyecto.

Nombre: Manuel Eduardo Loncopán Coñuequir Observación: En lo personal es una falta de respeto a nuestra cultura que nos pasen a atropellar como lo han hecho durante siglos. Bueno, estamos en Chile donde somos mirados como un Peruano más y no se dan cuenta que los Peruanos y nosotros son los que tenemos más respeto por nuestro medio ambiente y no como el blanco que destruye el medio, tal vez por el egoísmo y envidia.

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Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental estima que esta observación ciudadana del Sr. Manuel Eduardo Loncopán Coñuequir no es pertinente, por cuanto ésta no especifica el componente ambiental susceptible de ser afectado por la realización de las obras o acciones asociadas al proyecto.

Nombre: Luis Gerardo Loncopan Coñuequir Observación: Nuestra familia trabaja el campo y turismo. Tenemos derechos de agua en el estero Añihuarraqui para nuestro consumo, para nuestros productos agrícolas y nuestro ganado que son nuestra fuente de ingreso. El turismo. Es el lugar más hermoso del planeta sin contaminación, donde se puede practicar la pesca deportiva. Sus miradores, bosque nativo (hierbas medicinales), fauna donde apreciar especies en peligro como el monito del monte, el pudú, etc. El turismo sería afectado en todo. No habría más turismo. El turista no quiere ver tubos o represas, la gente quiere ver naturaleza y no motores o maquinarias. Ellos quieren compartir con nosotros como trabajamos siendo alegres y no frustrados.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Manuel Eduardo Loncopán Coñuequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

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Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

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Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Nombre: Luis Gerardo Loncopan Coñuequir Observación: La central ya nos afecta a la salud.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Manuel Eduardo Loncopán Coñuequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

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En materia de la salud de la población en el análisis respecto de descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, Artículo 5, Reglamento SEIA se señala que: El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. A objeto de evaluar el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará: Letra a) Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en el Estado que se señala en el artículo 7 del presente Reglamento; al respecto en la evalauación se ha establecido que no aplica la causal aludida al Art. 7 del presente reglamento; Letra b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera; se indica que las emisiones atmosféricas serán temporales generándose principalmente en la fase de construcción por la emisión de polvo y material particulado debido al tránsito de vehículo por la Ruta S-983 (camino de ripio) y remoción de material por excavación, para lo cual el titular considera medidas tales como humectación de caminos, tapado de zonas de acopio de material de excavación, y cuta composición no es peligrosa dado su origen y concentración. Los efluentes líquidos serán aguas servidas que provienen de uso sanitario y cuyos efluentes serán tratados en una planta de tratamiento e infiltrados en el terreno con una calidad de uso para riego (NCh 1.333/Of78) tanto para la etapa de construcción y operación. Durante la evaluación, el Art. 91 D.S. N° 95/01 se informa favorable por la autoridad sanitaria según Ord. N° A20- 582/2014 de la SEREMI de Salud. No se generarán residuos líquidos industriales; Letra c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera: La frecuencia de las emisiones a la atmósfera será diaria durante la etapa de construcción (1 año aproximadamente) y corresponderá principalmente al polvo en resuspensión y material particulado generado por tránsito de vehículos en la Ruta S-983 y por movimientos de tierra. Sin embargo, las emisiones a la atmósfera no originarán impactos negativos significativos, debido a su baja cantidad, composición y control de emisiones mediante riego periódico y otras medidas establecidas en Plan de Control de Emisiones Atmosféricas. Los efluentes líquidos de la etapa de construcción y operación serán aguas servidas las que serán infiltradas a una distancia mayor de 60 m de curso de agua y a una distancia mínima de 1,5 m de la napa de agua y el sistema de infiltración; y no se generarán RILes. Durante la evaluación, el Art. 91 D.S. N° 95/01 se informa favorable por la autoridad sanitaria según Ord. N° A20-582/2014 de la SEREMI de Salud; Letra d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos: El proyecto no generará volúmenes significativos de residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos. Los residuos peligrosos generados serán almacenados transitoriamente en bodegas especiales para ello, protegidos de las condiciones climáticas, con radier impermeable y señalizados de acuerdo a su peligrosidad; serán retirados, trasportados y eliminados en sitios autorizados. Durante la evaluación, el Art. 93 D.S. N° 95/01 se informa favorable por la autoridad sanitaria según Ord. N° A20-582/2014 de la SEREMI de Salud; Letra e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos: Los residuos sólidos generados en la etapa de construcción y operación serán almacenados transitoriamente en bodegas especialmente acondicionadas para ello y autorizados sectorialmente por la SEREMI de Salud. Cada uno de los tipos de residuos será retirado, trasportado y eliminado en sitios autorizados en una frecuencia tal que no genere zonas de sobreacumulación o insalubres. Los residuos industriales peligrosos serán gestionados en conformidad al D.S. N° 148/2004. Durante la evaluación, el Art. 93 D.S. N° 95/01 se informa favorable por la autoridad sanitaria según Ord. N° A20-582/2014 de la SEREMI de Salud; Letra f) La diferencia entre los niveles estimados de ruido emitido por el proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde exista población humana permanente: Respecto a la emisión de ruido, en la etapa de construcción se generará un aumento en los niveles sonoros ante lo cual se instalará una barrera acústica en el área de construcción de casa de máquina considerando, de acuerdo a modelación de ruido, se supera los niveles normados en la vivienda ubicada a 207 m. Se considera monitoreo de verificación de cumplimiento de normativa; Letra g) Las formas de energía, radiación y vibraciones generadas por el proyecto o actividad: Durante la etapa de operación, la central producirá radiaciones eléctricas y magnéticas, las cuales serán de magnitudes bajas y esperables para la subestación y líneas de transmisión de 23 KV, donde los campos eléctricos y magnéticos estarán por debajo de los 5 KV/m y de los 100 µT respectivamente, no superando los límites señalados que corresponden a los máximos recomendados por la Comisión Internacional Contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP); Letra h) Los efectos de la combinación o interacción conocida de los contaminantes emitidos o generados por el proyecto o actividad: No aplica. El proyecto no emite ni genera contaminantes cuya combinación y/o interacción pueda producir efectos adversos sobre la salud de las personas. Conclusión: El proyecto no genera ni presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.

Por otra parte se informa que el proyecto debereá cumplir la normativa ambiental aplicable con la finalidad de establecer condiciones de sanitarias y de seguridad, de modo tal de garantizar que la población no quede expuesta a riesgos en la salud.

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Normativa Ambiental Aplicable – Residuos y sustancias peligrosas Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación D.S. N° 148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. MINSAL Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. SEREMI de Salud Se generarán residuos peligrosos que serán almacenados temporalmente en contenedores de 200 litros. El manejo y rotulado de cada tipo de contenedor será de acuerdo al tipo de residuos que contendrá. El transporte y la disposición final de los residuos peligrosos se harán a través de empresas que cuenten con la correspondiente autorización sanitaria y se cumplirá con el sistema de declaración SIDREP y seguimiento en cada una de sus fases. Los residuos peligrosos generados serán almacenados en la bodega autorizada previamente en la etapa de construcción del proyecto. Su transporte y eliminación se realizará con empresas autorizadas y se cumplirá con el sistema de declaración y seguimiento SIDREP en cada una de sus fases. D.S. N° 78/06, Aprueba Reglamento del Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. MINSAL Regula el almacenamiento de sustancias peligrosas, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg Prohíbe almacenar estas sustancias en instalaciones que no estén destinadas o que no constituyan una bodega Define las características del lugar de almacenamiento, prevención de riesgos, tipo de contenedores y rotulado de los mismos. SEREMI de Salud El almacenamiento de sustancias contará con sistema de control de derrame y sistema de extinción de incendio. Los envases menores o iguales a 5 kilogramos o litros y los de vidrio, estarán en estanterías de material no absorbente, liso y lavable, cerradas o con barras antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior. Los envases de sustancias peligrosas estarán debidamente etiquetadas al igual que las estanterías donde se ubicarán. No se almacenarán sustancias peligrosas en la etapa de operación. D.S. N° 298/94, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. MINTRATEL Establece las condiciones de transporte de las cargas que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, la seguridad pública o el medio ambiente y hace obligatoria la NCH 382/2004 sobre Sustancias Peligrosos-Clasificación General Dirección de Vialidad, Carabineros de Chile, Municipalidad de Curarrehue El Titular cumplirá con las especificaciones técnicas dispuestas en dicho decreto. Para ello los vehículos que transporten cargas peligrosas contarán con las autorizaciones pertinentes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. El transporte de residuos peligroso se realizará cumpliendo con todas las normativas en el materia. D.S. N° 1164/74, oficializa NCh 389/Of74. MOP Establece las medidas de seguridad que deben adoptarse para el manejo de sustancias peligrosas, almacenamiento de sólidos, líquidos y gases inflamables. Superintendencia de Electricidad y Combustibles Se seguirán todas las especificaciones de esta norma para el manejo del petróleo diesel, incluyendo: disposiciones generales; construcciones e instalaciones anexas; seguridad; y lucha contra incendios u otros siniestros. No habrá almacenamiento de sustancias peligrosas durante la operación.

Resolución Exenta N° 610/82, de Servicios Eléctricos y Combustibles Normativa que prohíbe el uso de bifenilos policlorados (PCB) como fluido dieléctico en transformadores, condensadores y cualquier otro equipo eléctrico. Superintendencia de Electricidad y Combustibles No aplica dado que no se usará PCB en ningún equipo eléctrico. No aplica dado que no se usará PCB en ningún equipo eléctrico. D.S. N° 90/93, oficializa NCh 2190/Of03. MINTRATEL Establece los distintivos para identificar riesgo que deben portar las sustancias peligrosas, incluye disposiciones sobre marcas etiquetas y rótulos. Dirección de Vialidad, Carabineros de Chile, Municipalidad de Curarrehue El proyecto contempla la utilización y almacenamiento transitorio de sustancias peligrosas las que serán identificadas con los distintivos de seguridad indicados en la norma chilena oficializada por este decreto. No habrá almacenamiento de sustancias peligrosas durante la operación.

Nombre: Luis Gerardo Loncopan Coñuequir Observación: Veo que mi gente sufre una vez más el atropello del guinka empresario ¿Quién hace algo? ¿Dónde está la igualdad, la justicia? ¿Cómo no se dan cuenta? ¿Por qué no la hacen en Las Condes o La Dehesa; no creen que tengan suficiente, tanto será su egoísmo? A las empresas no les importa nada nuestra gente, nuestra cultura o que nos dividamos, sólo les importa el dinero. Al final el dinero es una construcción social, una fantasía grupal.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental estima que esta observación ciudadana del Sr. Manuel Eduardo Loncopán Coñuequir no es pertinente, por cuanto ésta no especifica el componente ambiental susceptible de ser afectado por la realización de las obras o acciones asociadas al proyecto.

Nombre: Luis Gerardo Loncopan Coñuequir Observación: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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¿Por qué el gobierno no busca otras energías como la eólica o la geotérmica si tienen tanto dinero? O debieran explicar al menos para qué tanta energía. Además es cara.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental estima que esta observación ciudadana del Sr. Manuel Eduardo Loncopán Coñuequir no es pertinente, por cuanto ésta no especifica el componente ambiental susceptible de ser afectado por la realización de las obras o acciones asociadas al proyecto.

Sin perjuicio de lo anterior, es posible señalar el Estudio de impacto ambiental del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui es una iniciativa privada a cargo del Titular GTD Negocios S.A., y que se somete a evaluación ambiental conforme lo que exije la Ley N°19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, por lo que el rol del Estado de Chile, a través del SEA, es evaluar los impactos ambientales del citado proyecto.

Nombre: Luis Gerardo Loncopan Coñuequir Observación: Es suficiente el robo hacia nuestro pueblo; las mineras son extranjeras y nos roban.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental estima que esta observación ciudadana del Sr. Manuel Eduardo Loncopán Coñuequir no es pertinente, por cuanto ésta no especifica el componente ambiental susceptible de ser afectado por la realización de las obras o acciones asociadas al proyecto.

Nombre : Helmut Matthias Guenther Observación: Medidas de mitigación, reparación y compensación: El proyecto considera un trazado de la tubería que sale del terreno que está en posesión de la empresa GTD Negocios. Esto se refiere específicamente al tramo entre los dos cruces del río, donde la tubería pasa por la orilla sur del río Anihuerraqui. Los documentos presentados no muestran ningún tipo de acuerdo con el propietario/los propietarios del predio por el que pasaría la tubería. Adicionalmente, la bocatoma también afecta al predio al sur del río que no es propiedad de la empresa. Los documentos presentados no tienen en cuenta una indemnización para el vecino afectado por la obra de la bocatoma.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Helmut Matthias Guenther es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector con comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que es población protegida susceptible de ser afectada por el mismo.

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No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector con comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida.

Por lo lo tanto, en lo que respecta a la medida de indemnización planteada por el observante no es materia del proceso de evaluación ambiental.

Nombre : Helmut Matthias Guenther Observación: Descripción del proyecto: El proyecto de la Hidrocentral Anihuerraqui considera un caudal aprovechable de hasta 2,5 m3/s. Sin embargo, en los derechos de agua incluidos en los documentos del proyecto aparece como máximo 1,2 m3/s. Aquí hay una aparente contradicción que no resuelve en los documentos presentados por la empresa.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Helmut Matthias Guenther es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial del estero Añihuerraqui para abastecer la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010. La siguiente tabla muestra la distribución mensual de los derechos de agua otorgados y los que serán utilizados por el proyecto:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Caudal a utilizar (l/s) Enero 270 600 870 870 Febrero 210 420 630 630 Marzo 170 240 410 410 Abril 210 620 830 830 Mayo 600 2950 3550 2500 Junio 1340 2150 3490 2500 Julio 1290 2600 3890 2500 Agosto 1000 2000 3000 2500 Septiembre 1050 1450 2500 2500 Octubre 1050 1150 2200 2200 Noviembre 880 1180 2060 2060 Diciembre 510 1330 1840 1840

Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

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Caudal ambiental

El caudal ecológico otorgado por la Dirección General de Aguas se establece en las Resolución DGA N° 800 de fecha 22 de agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010; cuya distribución mensual se detalla en la siguiente tabla:

Mes Caudal a utilizar (l/s) Caudal ecológico DGA (l/s) Enero 870 219 Febrero 630 168 Marzo 410 147 Abril 830 136 Mayo 2500 298 Junio 2500 298 Julio 2500 298 Agosto 2500 298 Septiembre 2500 298 Octubre 2200 298 Noviembre 2060 298 Diciembre 1840 298

Durante el proceso de evaluación ambiental, el titular complementó información hidrológica del estero Añihuerraqui, desarrollando campañas de aforo en terreno en el sector de bocatoma, cuyos resultados se muestran en la siguiente tabla:

N° aforo Fecha Caudal (l/s) 1 04-10-2011 3213 2 08-11-2011 1676 3 08-12-2011 591 4 18-01-2012 188 5 13-02-2012 201 6 15-03-2012 623 7 24-04-2012 240 8 23-05-2012 1182 9 24-08-2012 2312 10 10-01-2013 679 11 12-03-2013 148 12 17-04-2013 245 13 07-06-2013 3155 14 17-12-2013 341

En virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, el titular se comprometió a aumentar el caudal ecológico en los meses de febrero, marzo y abril que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero. De acuerdo a lo anterior, la distribución de caudales mínimos ambientales a cumplir por el titular, se muestran en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

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Caudal mínimo operacional

Sin perjuicio de los caudales mínimos ambientales establecidos en punto precedente, la operación de la turbina Pelton requiere de un caudal mínimo de 250 l/s para funcionar, lo que, sumado al caudal mínimo ambiental, se obtiene un caudal mínimo operacional, cuyas magnitudes se indican en la siguiente tabla:

Mes Caudal mínimo ambiental (l/s) Caudal mínimo técnico (l/s) Caudal mínimo operacional (l/s) Enero 219 250 469 Febrero 219 250 469 Marzo 148 250 398 Abril 148 250 398 Mayo 298 250 548 Junio 298 250 548 Julio 298 250 548 Agosto 298 250 548 Septiembre 298 250 548 Octubre 298 250 548 Noviembre 298 250 548 Diciembre 298 250 548

De la tabla anterior se infiere que en caso que el estero Añihuerraqui tenga una cantidad de agua inferior al mínimo operacional, no se captarán agua y la central no operará, dejando pasar todo el caudal por el estero Añihuerraqui, donde el mecanismo que permitirá monitorear esta condición será automático y asegurará que la central se mantenga sin funcionamiento mientras no exista el caudal mínimo de generación. Por el contrario, si el estero presenta un caudal igual o superior al operacional, se dejará pasar por la bocatoma, al menos, el caudal mínimo ambiental, asegurando con ello siempre un continuo hídrico del estero.

Para el seguimiento de lo anterior, se mantendrá monitoreo continuo y en línea de los caudales de entrada a la central y caudal mínimo ambiental mediante sistemas que siempre se mantendrán en óptimas condiciones de operación; así tan pronto el sistema detectase que el caudal del estero es menor que la suma del caudal ecológico y del caudal mínimo de operación de la central, automáticamente se cerrará tanto la válvula de seguridad ubicada en la Casa de Máquinas como la compuerta de servicio ubicada en la bocatoma. Cuando la compuerta de servicio de la bocatoma se encuentre cerrada, la totalidad del caudal escurrirá por el cauce natural del estero.

Considerando que este sistema estará en línea, tanto la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) como Dirección General de Aguas u otra autoridad competente, tendrán acceso a la información detectado inmediatamente la existen de incumplimiento o no a esta disposición.

Sistema paso caudal ambiental mínimo

La barrera transversal de la bocatoma incorpora la obra para el paso del caudal ambiental mínimo comprometido por el titular mediante la instalación de una sección rectangular de 0,5 m de ancho y 0,67 m de alto cuya distancia máxima entre la abertura y el lecho del estero será de 1,77 m; contará con una regla limnimétrica que entregará información para determinar el caudal que se vierte por el vertedero en forma continua, ubicada al costado derecho del estero Añihuerraqui para un óptimo control visual de este dispositivo, además de un medidor de caudal instantáneo que siempre se mantendrá en óptimas condiciones de medición.

Considerando que el titular ha comprometido 3 valores de caudal mínimo ambiental, el mecanismo que permitirá su paso por la bocatoma se realizará en base a tablones, sistema que minimiza la intervención humana a 3 instancias fiscalizables en el año y que no permite manipulaciones remotas de terceros. Para ello, se colocará un sello de seguridad cuando se instale o retire uno, y se invitará a la autoridad con antelación de por lo menos dos semanas previo a la ejecución de esta labor para que, dentro de sus posibilidades, verifiquen en terreno las acciones realizadas, levantando un acta con registro fotográfico de la actividad que será remitida a la autoridad el mismo día en que se lleve a cabo. El protocolo a seguir para la instalación y retiro de los tablones se presenta en la siguiente tabla:

Acción

Altura Caudal Fecha Instalación de tablón 1 23 cm 219 l/s 1 de enero Instalación de tablón 2 30 cm 148 l/s 1 de marzo Retiro de tablón Sin tablón 298 l/s 30 de abril

La siguiente imagen complementa visualmente las condiciones del protocolo de manejo de tablones para el cumplimiento del caudal ambiental establecido por el titular:

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Nombre : Helmut Matthias Guenther Observación: Descripción del proyecto: En el anexo sobre el estudio de caudal ecológico la empresa dice que no se detectaron peces en el río y que los lugarenos tampoco relataron de la existencia de peces ni de actividades de pesca. Yo como vecino del sector debo corregir que sí hay peces más arriba de la bocatoma y hasta la zona donde se planifica la bocatoma. La mayor concentración de peces que he observado está en aguas un poco más tranquilas más arriba de la bocatoma planificada. También observé a personas pescando en esa area que incluye también el punto de la bocatoma planificada donde el agua también está más tranquila y más profunda.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Helmut Matthias Guenther es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

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De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

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Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

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Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

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Nombre: Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz Observación: Me preocupa el trayecto de bajada del agua a través de la tubería de acero. Su resistencia a la presión del agua y derrumbes a futuro, ya que su trayecto creo que es a sólo metros de la quebrada. ¿Qué medidas tomará la empresa para mitigar posibles fallas de la tubería?

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

La tubería en presión se inicia en la cámara de carga y finaliza en la turbina instalada en la casa de máquinas. Su trazado se implementará enterrado en su mayoría y siguiendo la topografía del cerro, en un área ya intervenida que corresponde a una vía utilizada antiguamente para trasportar madera desde el cerro, conocido como antiguo camino maderero.

La longitud total de la tubería es de 2.428 metros y con un diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 metro, materializada en acero. Se divide en dos tramos, un primer tramo subdividido en superior e inferior donde la tubería irá en baja presión y enterrada, y un segundo tramo que comprende sólo la tubería forzada y en superficie. La vista general de la tubería se observa en la siguiente figura:

i) Primer tramo

El trazado coincide y aprovecha un camino forestal existente en un tramo de 1.578 m, con una diferencia de nivel de 130 m. En este primer tramo, la tubería de acero será de 5 mm de espesor y en su mayoría irá enterrada a una profundidad tal que resista el paso de un camión de mantenimiento de pequeñas dimensiones, donde el ancho final que tendrá la zona de tubería de baja presión será de 4 metros.

Primer tramo superior

Esta sección tendrá una longitud total de 448 m en cuyo trazado se ubicarán dos puentes. El recubrimiento sobre la clave será de 1,0 m, tal como se muestra en la siguiente imagen:

Primer tramo intermedio (o inferior)

Este sector tendrá un largo de 1.130 m. En sectores de este tramo, la tubería podría quedar parcialmente en superficie de acuerdo al siguiente esquema: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ii) Segundo tramo

Este tramo presentará una longitud de 850 metros y una diferencia de nivel de 320 metros. La tubería será de 10 mm de espesor e irá en superficie montada sobre apoyos y machones de hormigón anclados a la ladera. En este tramo de alta presión, el trazado va siguiendo la pendiente de la ladera del cerro hasta la casa de máquinas cuyo ancho de intervención no superará los 3 metros. La siguiente imagen muestra la conformación de la tubería respecto de la superficie del terreno:

Las técnicas de mimetización que se aplicarán sobre este tramo corresponden a pintar la tubería de un color similar a las tonalidades naturales del entorno y a la implementación de una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión de tal forma de que al quinto año de su plantación, no sea visible desde los puntos de observación asociados a la ruta S-983, ruta CH-199, y sitios de significancia cultural del sector.

La pantalla visual que se implementará para la tubería forzada estará compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas, privilegiando aquellas que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente, según el detalle de la siguiente tabla:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Complementariamente, es importante tener presente lo referido a Manejo de taludes en lo que el Titular señala que durante el desarrollo de las diferentes etapas del proyecto, el titular ha realizado prospecciones (calicatas) en distintos puntos del trazado. Las más antiguas tienen una data aproximada de 2 años, sin presentar desmoronamiento al momento de su inspección en terreno, lo que concluye que el terreno resiste pendientes prácticamente verticales.

Respecto a los taludes a generar en determinadas zonas donde se requerirá ensanchar el camino existente, y de acuerdo a Estudio Geológico y Geotécnico adjunto en Anexo 12 de la Adenda 1, las pendientes de carácter temporal y permanente se materializarán de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas:

Altura del corte (m) Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Temporal Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Permanente 0 – 2 78 70 2 – 5 68 60 5 – 10 58 50

10 48 40

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Los taludes no llevarán berma intermedia de tal forma de no generar un factor adicional de inestabilidad de los mismos; los terraplenes se proyectarán con taludes H:V = 3:2 y se protegerán contra la erosión que pueda producirse por las precipitaciones.

Dado que en el trazado superior la tubería va enterrada bajo el camino, los posibles procesos de remoción en masa y reptación de materiales se relacionan exclusivamente con la intervención del camino. En este sentido, las medidas contemplan la compactación del suelo una vez que la tubería ha sido enterrada, junto a la instalación de una carpeta de rodado, la construcción de un foso y contrafoso que irán a los costados del camino, y los taludes generados contarán con posterior revegetación para aumentar su estabilidad y evitar procesos erosivos.

Se ha considerado la utilización de taludes menos pronunciados para la ejecución de la zanja donde se instalará la tubería y, de acuerdo al método constructivo a utilizar, ésta se rellenará en promedio 2 días después de su excavación de manera de ejecutar las tareas de montaje en forma secuencial y maximizar con ello la estabilidad de las zanjas.

Se implementarán acciones de restitución acelerada de la capa vegetal con especies herbáceas en sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno minimizando el suelo descubierto de vegetación. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja.

Durante la etapa de construcción, se realizará monitoreo para evaluar y controlar posibles procesos erosivos en base al método de estaca, cuyo detalle se describe en la siguiente tabla:

Actividad Descripción Selección sitio de muestreo Se escogerán 10 sitios para monitoreo a lo largo del trazado de la tubería, por el camino maderero, aproximadamente cada 250 metros, evaluando las características y accesibilidad de los puntos. Aplicación del método de la estaca El método consiste en clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. Se colocarán a distancias de 250 m formando un transecto. El propósito de la estaca es marcar cortes en el terreno ocasionados por erosión y así, en caso de existir erosión, se estima el espesor de la capa de suelo erosionado. Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. Evaluación de la erosión La cuantificación de los resultados se hace a través de la siguiente fórmula: E = H * A * DAP Dónde: E=Erosión de suelo H= altura de la lámina pérdida A=área medida DAP=densidad aparente Registro de precipitaciones Para complementar el análisis de los resultados se tomará en consideración los registros de las precipitaciones que se dieron en el período que permanecieron instaladas las varillas para su correlación con la cantidad de suelo perdido. Recomendaciones - Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos y camiones, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes - Se informará a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas - Se recomienda hacer las respectivas mediciones después de precipitaciones fuertes, donde es más notorio las variaciones en los datos Resultados - Levantamiento y mapeo de las coordenadas de los puntos - Mediciones mensuales de la erosión de suelo y/o tras un evento de precipitación importante - Registro mensual de las mediciones - Evaluación de las medidas preventivas y correctivas Medidas preventivas y correctivas - Remoción de elementos gruesos - Relleno de surcos - Nivelación y mantenimiento del camino - Desvíos para evacuación de agua

Los resultados de monitoreos de erosión serán entregados periódicamente a la autoridad para su revisión. En caso de determinarse que existe un proceso erosivo significativo, se implementarán medidas correctivas actuando con la mayor prontitud posible.

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Nombre: Marcelina Emilia Coñoequir Cumian Observación: El proyecto Hidroeléctrica Añihuarraqui me afecta en lo siguiente: Culturalmente interrumpe el lugar sagrado del Guillatuwe, interviene cerros y río de rogativa.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Marcelina Emilia Coñoequir Cumian es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

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No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en territorio indíegan donde existen comunidades mapuche, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

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Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

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De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento
  • Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas.
  • Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

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La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Marcelina Emilia Coñoequir Cumian Observación: Afectará la caída de agua de donde me abastezco para uso en la casa, para bebida de animales, riego de huerta y praderas. Mi sustento es crianza de ovejas y hortalizas, para beber agua y actividades domésticas. El caudal del río ahora es grande, pero hay temporadas más secas en que el caudal casi se seca y llega a faltar agua en algunos años. No considera los derechos de agua de la comunidad y particulares del sector.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Marcelina Emilia Coñoequir Cumian es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Marcelina Emilia Coñoequir Cumian Observación: Contaminará el aire por el tránsito de vehículos pesados, y ruido.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Marcelina Emilia Coñoequir Cumian es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Principales emisiones, descargas y residuos generados por el proyecto

Emisiones atmosféricas

El Titular en el EIA y en sus ADENDAs informa que en la etapa de construcción, se generarán emisiones de material particulado, polvo en suspensión y gases provenientes de la combustión de motores de las maquinarias y equipos. Las emisiones de material particulado y polvo en suspensión se deberán principalmente al tránsito de vehículos por la ruta S-983 (camino de ripio), movimientos de tierra y actividades relacionadas con la construcción de las obras y caminos, cuya estimación se establece en la siguiente:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2.5 6,43

Para minimizar lo anterior, se contemplan las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo, u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental. Esta condición se mantendrá hasta la presencia de precipitaciones, donde el riego de caminos se reducirá y/o suspenderá.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.
  • Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Protección en zonas de acopio o acumulación de material propenso a dispersarse, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena.

Estas emisiones son de carácter temporal que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto, estimada en 12 meses, haciendo presente que el origen del agua para la humectación como medida de control, será adquirido a proveedores autorizados.

Durante la etapa de operación se generarán emisiones atmosféricas menores relacionadas con el transporte interno vehicular del personal de operaciones y por la eventual utilización de equipos electrógenos. Las emisiones generadas por los motores darán cumplimiento a la normativa de emisiones vigente.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en suspensión (A1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación La etapa de construcción del proyecto durará aproximadamente un año, periodo en el cual se presentará alteración en la calidad del aire generada por las siguientes acciones:

  • Aumento en el tránsito diario de vehículos por caminos no pavimentados para el transporte de materiales, equipos y personal hacia y desde el área del proyecto utilizando la ruta S-983 para el acceso al proyecto, cuya frecuencia máxima se establece en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 14 veh/día Buses 5 veh/día Vehículos livianos 10 veh/día

  • Movimiento de tierra y material para excavación e implementación de las obras permanentes del proyecto.
  • Acopio temporal de material de excavación.

En la etapa de operación, el flujo vehicular por la ruta S-983 disminuirá considerablemente no generando una afectación de carácter significativa. La frecuencia se indica en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 1 veh/mes Vehículos livianos para mantenciones al interior del área del proyecto 3 veh/día

Nombre medida Implementación Plan de Control de Emisiones Atmosféricas en etapa de construcción Tipo Mitigación Objetivo Minimizar la emisión al aire de gases, material particulado y polvo resuspendido en las área de tránsito de vehículos, movimiento y acopio transitorio de material Descripción detallada Se implementará un Plan de Control de Emisiones Atmosféricas aplicando las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo, u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental. Esta condición se mantendrá hasta la presencia de precipitaciones, donde el riego de caminos se reducirá y/o suspenderá.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Encarpado de todos los vehículos que transportan materiales y residuos, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Programa de mantención de vehículos y maquinaria, conservando al día las revisiones técnicas y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Los vehículos que emitan humos oscuros provenientes de los tubos de escape serán suspendidos de su labor hasta su reparación.
  • Las áreas de acumulación y remoción de material serán cubiertos con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y la dispersión por la acción del viento hacia sectores aledaños.
  • El agua utilizada para la humectación provendrá de una fuente autorizada, solicitando al proveedor los registros de la Autoridad Sanitaria que acrediten que la calidad del agua cumple con los estándares de la norma de agua potable NCh 409. Lugar Ruta S-983, caminos y terrenos internos donde se realizará la construcción, así como zonas de acopio y remoción de material. Indicador de cumplimiento
  • Registro de agua de camión aljibe, el que será puesto en conocimiento de las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Control de velocidad con sistema GPS de los vehículos del proyecto, cuyo registro será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Registro de las mantenciones efectuadas a cada vehículo y copias de las revisiones técnicas al día y aprobadas.
  • Capacitación e instructivo de control de velocidad y operación de vehículos y maquinarias.
  • Control visual y registro fotográfico de encarpado de vehículos que ingresan y salen del proyecto, así como del sistema para evitar dispersión al ambiente desde las zonas de acopio y remoción de material.

Emisiones de ruido

En la etapa de construcción, se generará aumento de los niveles basales de ruido principalmente en el sector de construcción de casa de máquinas, sector en el cual existen viviendas cercanas ubicadas a aproximadamente 172 m del área, cuyo aumento sólo se producirá durante el período que dure la construcción del mismo y estimada en 12 meses. Respecto a la construcción de las otras obras permanentes del proyecto, si bien existirá aumento de ruido, no existen receptores cercanos que se puedan ver afectados por la construcción de las mismas.

Para estimar el aumento en los niveles de ruido por la construcción de la casa de máquinas, se estableció que las fuentes de ruido significativas involucradas en estas faenas son: pala excavadora, carga y descarga de camión con retroexcavadora, rodillo compactador, camión mixer - compresor y esmeril.

Se realizó una modelación para 6 receptores cercanos, cuyo detalle se muestra la siguiente tabla:

Punto Descripción Coordenadas UTM - WGS 84 Distancia aproximada a Casa de Máquinas (m) Norte Este 1 Vivienda 1 piso ubicada al oriente de ruta 199, al surponiente de proyecto 281140 5633235 360 2 Vivienda 1 piso ubicada al norponiente de casa de máquinas 281247 5633466 207 3 Grupo de viviendas ubicadas al oriente de ruta 199, cercanas a casa de máquinas 281261 5633679 318 4 Vivienda aislada ubicada al norte de casa de máquinas 281457 5633597 172 5 Vivienda aislada ubicada en bosque al norte de proyecto 281533 5633741 330 6 Vivienda aislada ubicada en bosque al norte de proyecto 281452 5633982 556

Los resultados de nivel de presión sonora equivalente proyectado para las faenas de construcción de la casa de máquinas, para horario diurno, se muestran en la siguiente tabla:

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de fondo dB(A) Nivel total dB(A) Nivel máximo permitidodB(A) Cumplimiento D.S. N°38/2011 1 46.7 47.7 50 58 Cumple 2 54.7 43.1 55 53 Excede 2 dB 3 48.2 43.1 49 53 Cumple 4 50.7 44.2 52 54 Cumple 5 47.6 46.6 50 57 Cumple 6 42.7 43.0 46 53 Cumple

De acuerdo a los resultados obtenidos, se observa que el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción en el sector de la casa de máquinas superará el máximo permitido para horario diurno en uno de los puntos, por lo que se implementará una medida de mitigación mediante la incorporación de una barrera acústica modular fijada en los sectores en que se ubican los equipos fijos y procesos más ruidosos, principalmente vinculados a demolición REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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y movimiento de tierra. Las zonas de protección con barreras acústicas móviles se desplazarán junto con el frente de trabajo.

La barrera acústica estará conformada por paneles de OSB de 18 mm de espesor y una altura de 2,4 m. El largo de la barrera no será inferior a los 10 metros (cuando esto sea posible) y servirá de obstáculo entre las faenas ruidosas y las viviendas eventualmente afectadas. Con la medida anterior, se atenuarán los niveles de ruido cumpliendo de esta forma con el D.S. N° 38/2011 del MMA. La siguiente tabla muestra la comparación de los valores con y sin medidas de control de ruido

Punto Nivel modelado sin medidas de control dB(A) Nivel modelado con medidas de control dB(A) Atenuación estimada dB (A) 1 46.7 40.4 6.3 2 54.7 48.2 6.5 3 48.2 44.8 3.4 4 50.7 50.7 0 5 47.6 47.6 0 6 42.7 42.7 0

Para la etapa de operación, se analizó el efecto de las emisiones sonoras al incorporar el funcionamiento diurno y nocturno de la casa de máquinas, ya que ésta es la principal fuente emisora de ruido en la etapa de operación, cuyos resultados establecieron que se cumple con la normativa ambiental, tal como se muestra en las siguientes tablas:

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido. Periodo Diurno Evaluación 1 25.7 47.7 48 58 Cumple 2 33.7 43.1 44 53 Cumple 3 27.3 43.1 43 53 Cumple 4 29.8 44.2 44 54 Cumple 5 26.6 46.6 47 57 Cumple 6 21.7 43.0 43 53 Cumple

Punto Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido. Periodo Nocturno Evaluación 1 25.7 45.3 45 50 Cumple 2 33.7 41.3 42 50 Cumple 3 27.3 42.0 42 50 Cumple 4 29.8 43.0 43 50 Cumple 5 26.6 46.5 47 50 Cumple 6 21.7 42.4 42 50 Cumple

Los antecedentes antes señalados, se fundamentan en Estudio de Impacto Acústico adjunto en Anexo 14 de la Adenda 1 del proyecto.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Alteración de los niveles basales de presión sonora (R1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación Las obras de construcción de la casa de máquinas, se ejecutarán a una distancia 172 m del receptor más cercano. De acuerdo a modelación de ruido realizada, adjunta en Anexo 14 de la Adenda 1, y modelando la situación más desfavorable en que toda la maquinaria de cada actividad emisora de construcción funciona simultáneamente, existirá superación en los niveles de ruido respecto del D.S. N° 38/2011. Se implementarán medidas considerando, además, que dichas obras se realizarán a una distancia de 60 m la ruta S-983, utilizada por población protegida. En la etapa de operación, la emisión de ruido se focalizará en el área de la casa de máquinas la cual contará con un sistema de insonorización y se instalará una cortina vegetal en su perímetro compuesta principalmente por Roble, Raulí, Coihue, Maqui, Calafate y Mosqueta. No se requieren medidas de mitigación toda vez que dará cumplimiento a la normativa D.S. N° REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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38/2011 del MMA, donde los niveles de ruido al exterior en los receptores sensibles no superarán los 48 dB(A) durante el día y los 45 dB(A) durante la noche. Nombre medida Instalación de Barrera Acústica Modular Tipo Mitigación Objetivo Minimizar el aumento en los niveles basales de presión sonora en etapa de construcción de la casa de máquinas Descripción detallada de medidas - Durante la etapa de construcción el horario de trabajo habitual será en base a un turno diario de 8 horas en horario diurno, por lo que no generará niveles sonoros por encima de los habituales en periodo nocturno. - Instalación de paneles acústicos de OSB de 18 mm de espesor y una altura de 2,4 m en el frente de trabajo donde se ubicará la casa de máquinas cuyo largo no será inferior a 10 metros. Estos paneles amortiguarán los niveles de presión sonora que se percibirán producto de las actividades de construcción, reduciendo el ruido en 6,5 dB, de 54,7 dB condición sin medida a 48,2 dB condición con medida. - Se realizará monitoreo mensual de ruido de acuerdo al PCI, y se mantendrán los 5 puntos de medición ubicados de acuerdo a la siguiente imagen:

  • De acuerdo al PCI, se elaborará Protocolo de Comunicación con las comunidades y grupos humanos indígenas con la finalidad de evitar que la generación de ruidos molestos impidan el normal desarrollo de sus actividades (reuniones, asambleas, talleres, entre otros), y se evitará el uso innecesario de bocina. Lugar Casa de Máquinas Indicador de cumplimiento
  • Instalación de barrera acústica.
  • Informe mensual de monitoreo de ruido durante la construcción, el que será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Documento que dé cuenta de Protocolo de Comunicación con comunidades y grupos humanos indígenas.

Nombre: Marcelina Emilia Coñoequir Cumian Observación: Destrucción de bosque nativo a orillas del estero, afectará la recolección de hierbas medicinales. Destruirá hábitat de aves rapaces y otros animales que viven en el bosque.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Marcelina Emilia Coñoequir Cumian es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

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El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente resolución.

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En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

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Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Nombre: María Noemí Ortiz Coñoequir Observación: Si me preocupación es si van a regular el debido comportamiento de los empleados que van a llegar de afuera a trabajar a la empresa, también las basuras que puedan quedar en el lugar.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. María Noemí Ortiz Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En la Dimensión bienestar social básico; aumento en la demanda de servicios, el titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no significativo en la etapa de operación.

Mano de obra: Se estima que en el periodo peak de la etapa de construcción, el proyecto requerirá una mano de obra de 100 personas, y un promedio durante esta etapa de 85 trabajadores. El titular privilegiará la contratación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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de mano de obra local, privilegiando la existente en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto.

Horarios de trabajo: Durante la operación se trabajará en base a un sistema de tres turnos diarios de 8 horas cada uno.

En la etapa de construcción de la central como en la de operación, se realizarán capacitaciones al personal permanente y contratista, en los temas relevantes tanto ambientales como de salud ocupacional y seguridad en sus distintas actividades.

Para dar cumplimiento a lo anterior, los programas de capacitación contemplarán la implementación de charlas de inducción, derecho a saber y capacitaciones tanto generales de la actividad en el recinto como específicas de sus áreas de trabajo en materias de gestión ambiental y de seguridad.

El programa de capacitación se desarrollará a través de 5 módulos, los cuales consistirán en una serie de charlas inductivas respecto a temáticas medio ambientales generales y específicas a aplicar en el proyecto. Los temas a tratar serán:

  1. Derecho a saber
  2. Manejo de sustancias y/o residuos y acción ante derrames
  3. Capacitación de vectores sanitarios (Virus Hanta)
  4. Protección de la fauna silvestre
  5. Protección de la flora y vegetación
  6. Relacionamiento comunitario y cosmovisión mapuche

Así también, es importante notar que se realizarán actividades de limpieza de áreas: Todos los frentes de trabajo serán aseados diariamente al término de cada jornada de trabajo. Se cuidará la limpieza de todos los restos de comidas en superficies o áreas al finalizar cada día laboral.

Emisiones atmosféricas

El Titular en el EIA y en sus ADENDAs informa que en la etapa de construcción, se generarán emisiones de material particulado, polvo en suspensión y gases provenientes de la combustión de motores de las maquinarias y equipos. Las emisiones de material particulado y polvo en suspensión se deberán principalmente al tránsito de vehículos por la ruta S-983 (camino de ripio), movimientos de tierra y actividades relacionadas con la construcción de las obras y caminos, cuya estimación se establece en la siguiente:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2.5 6,43

Para minimizar lo anterior, se contemplan las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.
  • Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Protección en zonas de acopio o acumulación de material propenso a dispersarse, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena.

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Estas emisiones son de carácter temporal que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto, estimada en 12 meses, haciendo presente que el origen del agua para la humectación como medida de control, será adquirido a proveedores autorizados.

Durante la etapa de operación se generarán emisiones atmosféricas menores relacionadas con el transporte interno vehicular del personal de operaciones y por la eventual utilización de equipos electrógenos. Las emisiones generadas por los motores darán cumplimiento a la normativa de emisiones vigente.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en suspensión (A1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación La etapa de construcción del proyecto durará aproximadamente un año, periodo en el cual se presentará alteración en la calidad del aire generada por las siguientes acciones:

  • Aumento en el tránsito diario de vehículos por caminos no pavimentados para el transporte de materiales, equipos y personal hacia y desde el área del proyecto utilizando la ruta S-983 para el acceso al proyecto, cuya frecuencia máxima se establece en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 14 veh/día Buses 5 veh/día Vehículos livianos 10 veh/día

  • Movimiento de tierra y material para excavación e implementación de las obras permanentes del proyecto.
  • Acopio temporal de material de excavación.

En la etapa de operación, el flujo vehicular por la ruta S-983 disminuirá considerablemente no generando una afectación de carácter significativa. La frecuencia se indica en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 1 veh/mes Vehículos livianos para mantenciones al interior del área del proyecto 3 veh/día

Nombre medida Implementación Plan de Control de Emisiones Atmosféricas en etapa de construcción Tipo Mitigación Objetivo Minimizar la emisión al aire de gases, material particulado y polvo resuspendido en las área de tránsito de vehículos, movimiento y acopio transitorio de material Descripción detallada Se implementará un Plan de Control de Emisiones Atmosféricas aplicando las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Encarpado de todos los vehículos que transportan materiales y residuos, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Programa de mantención de vehículos y maquinaria, conservando al día las revisiones técnicas y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Los vehículos que emitan humos oscuros provenientes de los tubos de escape serán suspendidos de su labor hasta su reparación.
  • Las áreas de acumulación y remoción de material serán cubiertos con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y la dispersión por la acción del viento hacia sectores REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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aledaños. - El agua utilizada para la humectación provendrá de una fuente autorizada, solicitando al proveedor los registros de la Autoridad Sanitaria que acrediten que la calidad del agua cumple con los estándares de la norma de agua potable NCh 409. Lugar Ruta S-983, caminos y terrenos internos donde se realizará la construcción, así como zonas de acopio y remoción de material. Indicador de cumplimiento - Registro de agua de camión aljibe, el que será puesto en conocimiento de las comunidades y grupos humanos indígenas. - Control de velocidad con sistema GPS de los vehículos del proyecto, cuyo registro será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas. - Registro de las mantenciones efectuadas a cada vehículo y copias de las revisiones técnicas al día y aprobadas. - Capacitación e instructivo de control de velocidad y operación de vehículos y maquinarias. - Control visual y registro fotográfico de encarpado de vehículos que ingresan y salen del proyecto, así como del sistema para evitar dispersión al ambiente desde las zonas de acopio y remoción de material.

Residuos líquidos: Residuos líquidos domésticos

Durante la etapa de construcción se empleará una planta de tratamiento compacta de aguas servidas tipo Ecojet, la cual tendrá una capacidad de procesamiento de 100 l/hab/día, dimensionada en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 100 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será infiltrado en terreno mediante un pozo absorbente de 75 m3 de capacidad. En los frentes de trabajo distantes de la instalación de faena, se instalarán baños químicos los cuales serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada para el manejo de este tipo de residuos con una frecuencia tal que no se generen situaciones de colapso del sistema o emanación de olores molestos hacia el entorno.

En la etapa de operación, se considera un máximo de 24 trabajadores en tres turnos, lo que significa una estimación de 2,4 m3/día de residuos líquidos domésticos en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 24 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, los cuales serán tratados en un sistema de tratamiento particular tipo Ecojet, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será infiltrado en terreno mediante el pozo absorbente de 75 m3 de capacidad utilizado en la etapa de construcción, por lo que no requerirá la intervención de nuevas áreas para esta actividad. Ambos sistemas serán aprobados previo a su construcción y autorizados para su funcionamiento por la SEREMI de Salud. Las mantenciones serán realizadas frecuentemente por empresas autorizadas por lo que no existirá saturación de los sistemas y no se generarán olores molestos hacia el entorno.

Residuos líquidos industriales

No se generarán residuos industriales líquidos durante la etapa de construcción toda vez que no se desarrollarán actividades de lavado de maquinaria, equipos, piezas, ni de vehículos; estas actividades serán realizadas en talleres autorizados y en faena sólo se realizará mantenciones menores. Los remanentes de las betoneras móviles, se limpiarán manualmente con pala para remover los restos de hormigón del interior al término de cada jornada de trabajo, posteriormente serán almacenados en tambores de 200 litros y dispuestos como residuos industriales. En la operación no se considera la generación de este tipo de efluente ya que la central sólo desvía el cauce de parte del caudal del estero para luego devolverlo a su cauce natural, no alterando sus características de calidad. En el área de emplazamiento del proyecto, no se realizará lavado de contenedores de residuos; éstos una vez utilizados, serán retirados por una empresa externa y repuestos por la misma empresa, ya lavados y desinfectados, para su nueva utilización. En caso de generarse residuos líquidos desde las bodegas de almacenamiento de residuos sólidos, éstos serán captados en el sistema de canalización y pretil de contención, y colectados en bidones de PVC, para ser manejados como residuos sólidos industriales.

Residuos sólidos

Respecto al manejo de los residuos sólidos, cabe precisar que, tanto para la etapa de construcción como de operación, cada tipo de residuo será acopiado temporalmente dentro del predio diferenciadamente en contenedores herméticos y rotulados en caso que corresponda (residuos sólidos domésticos, industriales, peligrosos), posteriormente serán retirados por empresas autorizadas para ser transportados hacia sitios de disposición final autorizados. Esta información estará disponible para consulta de la autoridad cuando sea requerido.

El tipo de residuo sólido generado en la etapa de construcción y operación del proyecto, así como su cantidad mensual (kg/mes) estimada, se informa en la siguiente tabla:

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Tipo Etapa de Construcción Etapa de Operación Caracterización Generación Caracterización Generación Residuos sólidos domiciliarios (RSD) -Restos de alimentos 1.500 -Restos de alimentos 360 -Papeles y cartones 750 -Papeles y cartones 180 -Plásticos 450 -Plásticos 100 -Vidrio, latas, otros. 300 -Vidrio, latas, otros. 80 Total RSD Construcción 3.000 Total RSD Operación 720 Residuos sólidos industriales (RINP) -Madera 250 -Madera 40 -Fierros 300 -Fierros 70 -Gomas 30 -Gomas 70 -Clavos y pernos 70 -Clavos y pernos 40 -Neumáticos 120 -Neumáticos 55 -Restos de las betoneras móviles 400 -Otros 6 Total RINP Construcción 1.170 Total RINP Operación 281 Residuos sólidos peligrosos (RESPEL) -Envases de solventes, aceites y lubricantes 15 -Elementos de protección personal usados contaminados 8 -Elementos de protección personal usados contaminados 20 -Aceites y grasas lubricantes usados 25 -Restos y envases de aceites y lubricantes, solvente, esmalte, diésel 6

-Pilas y baterías usadas 5 -Filtros de aceites 3 -Huaipes, paños, aserrín, contaminados 3 -Huaipes, paños, papel, maderas, aserrín, tierra contaminados 7 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 8 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 15 Total RESPEL Construcción 90 Total RESPEL Operación 25

Para el almacenamiento de los residuos se utilizarán contenedores tapados y herméticos, de acuerdo a la siguiente tabla: Tipo de residuo Tipo de almacenamiento Capacidad Sitio de acopio temporal etapa de construcción Sitio de acopio temporal etapa de operación Sólidos domiciliarios Contenedores 200 litros Sector exclusivo en cada frente de trabajo Sector exclusivo en Zona de acopio 3 Industriales no peligrosos Contenedores 200 litros Bodega de RSINP Bodega de RSINP Peligroso Tambores y contenedores 200 litros Bodega de RESPEL Bodega de RESPEL

Respecto a los residuos generados por el uso de transformadores, el titular establece que los equipos señalados son unidades herméticas que no estarán en contacto directo con el agua y que contarán con un acumulador de aceites en caso de derrames, evitando así también el contacto con el suelo, por lo que no existirán riesgos al medio ambiente. Asimismo, el sistema hidráulico tendrá un dispositivo que se ubicará dentro de un recipiente para evitar derrames en caso de fugas. Estos equipos no requieren recambio de aceite y/o lubricante, por lo que de ser necesario realizar mantenciones, el transformador completo será retirado del área del proyecto.

El retiro de residuos domésticos fuera del área del predio se realizará con una frecuencia mínima de dos veces por semana; y se priorizarán las acciones de reciclaje y/o reutilización de los residuos sólidos generados en la etapa de construcción toda vez que sea posible hacerlo. Para tales efectos, se separará por tipo de residuos identificándolo, y llevándolo a sitios de reciclaje autorizados. Se llevará registro de esta actividad y de los materiales dispuestos de esta manera.

Nombre: Marisol Coñuequir Panguilef Observación: Este proyecto es un claro atropello a nuestra cultura puesto que en el lugar en que se emplazará interviene directamente con el sitio ceremonial Pampa Guillatuwe, lugar sagrado que se ocupa desde hace 170 años aproximadamente y concurren nueve comunidades indígenas a esta ceremonia. Como persona natural tengo derechos de agua reservados para utilizar en la ceremonia del guillatuwe.

Las plantas medicinales para las comunidades son esenciales para continuar con costumbres ancestrales y serían destruidas.

En el lugar que se emplazará el proyecto existe un cementerio indígena ancestral, este sitio sagrado sería intervenido totalmente con este proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Este proyecto perjudicaría el recurso agua que es escaso y hoy es para el consumo humano y animal. Tengo en la actualidad una empresa apícola de 100 colmenas, este proyecto afectaría por las ondas magnéticas que desorientan al insecto, también requieren de agua y necesariamente la flora para su sobrevivencia. Mi observación obedece a que con este proyecto de la central hidroeléctrica Añihuerraqui se provoca un deterioro ambiental de la flora y fauna del territorio.

Este deterioro se presenta en el estudio por la corta o tala de árboles, bosque nativo que es necesario y primordial para la vida de las abejas, puesto que tengo un “Emprendimiento familiar apícola” y que con este proyecto se vería profundamente afectado por la eliminación de la flora nativa arbórea y las plantas medicinales que son el insumo fundamental de esta empresa.

Se anexan los siguientes documentos a esta observación ciudadana, estos documentos dan cuenta de la importancia de este emprendimiento en esta zona, reconocido a nivel local, nacional y mundial y reconocido además por instituciones públicas de Gobierno. Estas instituciones indican que este emprendimiento familiar apícola es uno de los emprendimientos más innovadores de la región de la Araucanía y que representa una carta fundamental en el desarrollo sustentable del pueblo mapuche.

ANEXOS: N°1.- Certificado de Reconocimiento de los Estados Unidos; N°2.- Informe económico Productivo; N°3.- Reconocimiento público, de los Servicios Públicos del Estado Chileno (CONADI, INDAP); en medios escritos como: Diario La Segunda, Diario Austral, Diarios Electrónicos; N°4.- Observaciones al proceso de participación ciudadana que se Incumplieron en conformidad al Convenio 169.

Por todo lo expuesto anteriormente, indico que este proyecto atropella las tradiciones y costumbres de un pueblo ancestral y su economía local.

INFORME ECONÓMICO PRODUCTIVO

En contesta a la observación ciudadana proyecto central hidroeléctrica Añihuerraqui

Empresa colmenares Trankurra Propietario: Marisol Coñuequir Panguilef Rut: 14.079.722-7 Lugar o emplazamiento: Comunidad Indígena Camilo Coñuequir Panguilef. Fecha: marzo 2013 Giro productivo: Producción apícola, gastronomía mapuche y elaboración de productos cosméticos. Correo electrónico: mconuequir@hotmail.com Fono: 09-90113619

La empresa colmenares trankurra nace de una necesidad de buscar una alternativa de desarrollo sustentable en un territorio especifico de la comuna de Curarrehue durante el año 2000, año del último ciclo escolar de la propietaria. Dicho emprendimiento comienza con el apoyo del programa del ministerio de agricultura PRODESAL, emplazándose en sus inicios este colmenar con sólo 5 colmenas y con una producción de sólo 200 kilos de miel. Durante el año 2002 el instituto de desarrollo agropecuario financia para este emprendimiento una subvención de $1.300.000 con lo cual la producción es aumentada a 2.000 kilos de miel.

En el año 2004 este emprendimiento se formaliza ante el Estado de Chile iniciando sus actividades comerciales en forma formal.

Durante el año 2006 este emprendimiento gana el primer lugar al mejor emprendimiento de la comuna de Curarrehue otorgado por el programa Araucanía Tierra viva (Convenio Unión Europea y Gobierno de Chile). Durante el mismo año este emprendimiento es favorecido con un programa de desarrollo de inversiones ganando un financiamiento de $1.500.000.- de subvención.

Durante el año 2010 logra un financiamiento SERCOTEC por un monto de $4.500.000.- para mejorar imagen corporativa y generar publicidad.

Durante el año 2012 gana una beca de estudios otorgada por el programa de tunderbird for good 10000 women enterpreuship glotal cohorte en los estados unidos de América para estudiar negocios en "School of glotal Management" en la ciudad de FENIX; estado de ARIZONA. Dicha beca es otorgada por tener como visión de emprendimiento la sustentabilidad biológica, y ser un negocio con proyecciones a futuras.

Actualmente junto a otras mujeres con la misma visión de desarrollo conforman la agrupación "COORDINACIÓN DE FERIAS WALUNG" referente obligado de desarrollo económico sustentable de la región de la Araucanía. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Se anexa a este informe declaración de renta 2012, 6 últimos IVAS (F 29), reportaje diario la segunda, reportaje tiro al blanco y reportaje diario austral de Temuco, además se anexa el no cumplimiento de la participación ciudadana que cómo pueblos originarios de chile tenemos derecho según convenio OIT 169.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Marisol Coñuequir Panguilef es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

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No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

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Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

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Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

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N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983, se informa que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad.

El titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es no significativo considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el presente documento.

En cuanto al deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se informa que este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Ante lo señalado, se informa que en el marco del PCI este impacto fue abordado y se establecieron acuerdos que se detallan en el Considerando del Proceso de Consulta Indígena del presente acto.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

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Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar, como se ha señalado la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diariamente durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), y por lo tanto les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades en el PCI es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

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Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades.

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Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento - Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe. - Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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parte del titular. - El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular. - El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

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c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

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d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

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  1. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  2. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación: Ciprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean en el Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

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Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora y fauna acuática

Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo un año. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-).

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medianamente significativo (-) dadas las medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Nombre: Marisol Coñuequir Panguilef Observación: OBSERVACIONES PROCESO PARTICIPACIÓN CIUDADANA A PROYECTO INDICE 1. Incumplimiento de la obligación de consulta de conformidad a Convenio 169 de la OIT y demás disposiciones. 2. Incumplimiento de las disposiciones judiciales. Precedentes y Jurisprudencia 3. Sobre el respeto y consideración a autoridades ancestrales y lugares de importancia ceremonial, religiosa y espiritual de conformidad a derecho. 4. Anexo: Informe y recomendaciones del Relator de la ONU Sr. James Anaya.

1.- Incumplimiento de la obligación de consulta

El actual procedimiento, incumple la obligación del Servicio de Evaluación Ambiental como órgano de la administración pública, por no establecer un claro proceso de consulta en el que se tenga en cuenta las opiniones respecto de la utilización de las tierras indígenas, aguas y lugares ceremoniales de Comunidades Mapuche en la zona de emplazamiento.

• Según la Organización Internacional del Trabajo (0IT), el espíritu de la consulta y la participación constituye la piedra angular del Convenio N°169 sobre la cual se basan todas sus disposiciones. El Convenio exige que los pueblos indígenas sean consultados en relación con los temas que los afectan. También, exige que estos pueblos puedan participar de manera informada, previa y libre en los procesos de desarrollo y de formulación de políticas que los afectan.

En su artículo 6, el Convenio establece un lineamiento sobre cómo se debe consultar a los pueblos indígenas: La consulta a los pueblos indígenas, sus comunidades, debe realizarse a través de procedimientos apropiados, de buena fe, y a través de sus instituciones representativas;

Los pueblos y/o sus comunidades involucradas deben tener la oportunidad de participar libremente en todos los niveles en la formulación, implementación y evaluación de medidas y programas que les conciernen directamente;

Otro componente importante del concepto de consulta es el de representatividad. Si no se desarrolla un proceso de consulta apropiado con las instituciones u organizaciones indígenas tradicionales, representativas, desde la perspectiva cultural, identitaria y de interés colectivo, entonces la consulta no cumpliría con los requisitos del Convenio.

El Convenio, según señala la misma OIT también especifica circunstancias individuales en las que la consulta a los pueblos indígenas es obligatoria.

La consulta debe hacerse de buena fe, con un diálogo que permita encontrar soluciones adecuadas en un ambiente de respeto mutuo y participación plena para las comunidades Mapuche del territorio. La consulta efectiva es aquella en la que los interesados tienen la oportunidad de influir la decisión adoptada. Esto significa una consulta real y oportuna. Por ejemplo, las reuniones sostenidas por SEA en presencia del titular del proyecto y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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con participación de ciudadanía diversa, como una simple reunión informativa, no constituye una consulta real para las comunidades; tampoco lo es una reunión celebrada exclusivamente en castellano existiendo personas Mapuche que no comprenden cabalmente el idioma, ni tampoco que las comunidades hayan podido acceder a una información previa y libre, con asesoramiento autónomo y objetivo, de acuerdo a las necesidades, intereses y disposiciones de las propias comunidades. Tampoco es buena fe, la intervención de la empresa en el territorio y las comunidades, bajo el amparo de los órganos públicos, actuando parceladamente, arbitrariamente, sin control, sin que se haya hecho cumplimiento de los procesos de consulta ni participación y con riesgos de afectar la integridad cultural y social de comunidades por las operaciones y negociaciones de un agente externo particular.

Es importante señalar que los desafíos de implementar un proceso adecuado de consulta para los pueblos indígenas han sido objeto de muchas observaciones de la Comisión de Expertos de la OIT, como así también otros procedimientos de supervisión de la OIT, compilados ahora por la organización en una Recopilación. La consulta apropiada es fundamental para poder alcanzar un diálogo constructivo y para la resolución efectiva de los diferentes desafíos asociados con la implementación de los derechos de los pueblos indígenas.

Como complemento interpretativo al Convenio 169 de conformidad al estándar internacional de derechos, el artículo 19 de la declaración ONU sobre los Derechos de los Pueblos indígenas establece: "Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado.

A pesar de todas estas normativas, obligaciones, principios y valores, el SEA y los diversos servicios públicos involucrados en el proceso denominado "Participación ciudadana", no están cumpliendo con un imperativo legal, no se está cumpliendo con un tratado internacional de derechos humanos que es ley al interior del ordenamiento jurídico y administrativa del País, a la cual la Ley de bases del medio ambiente debe someterse y/o adecuarse y/o complementarse.

2.- Incumplimiento de las disposiciones judiciales. Precedentes y Jurisprudencia

Existe una nutrida jurisprudencia internacional y local relativa a los procesos de consulta en el que se tenga en cuenta las opiniones respecto de la utilización de las tierras indígenas, aguas y lugares ceremoniales de Comunidades Mapuche en la zona de emplazamiento, todas vinculantes y ejecutoriables.

En el plano de los precedentes y jurisprudencia local hay varias resoluciones que deben ser acatadas por el SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL y los diversos órganos de la administración pública competente, que sin embargo, a pesar de su obligación por disposición de los órganos jurisdiccionales de alzada, incumple con respecto a la implementación en materia de consulta y participación como ocurre con el proyecto.

A continuación, extractos de algunas de esas resoluciones que no están siendo atendidas por el sistema:

a) Caso megaproyecto eólico Chiloé. Corte Suprema: Sentencia a favor de comunidad williche

Poder Judicial, CORTE SUPREMA DE CHILE. Santiago, veintidós de marzo del año dos mil doce. Rol W10.090- 2011. Algunos de los puntos señalados en dicha resolución de alzada establecen:

"La Resolución de Calificación Ambiental impugnada, incumple la obligación de fundamentación de los actos administrativos, porque no es fruto de un claro proceso de consulta en el que se hayan tenido en cuenta las opiniones respecto de la utilización de las tierras indígenas de las comunidades originarias interesadas”.

Agrega en otro punto: "Tal carencia torna ilegal la decisión al faltar a un deber de consulta que correspondía acatar la autoridad por imperativo legal, proceder que lesiona la garantía de igualdad ante la ley, porque al no aplicarse la consulta que el Convenio 169 de la OIT dispone, niega trato de iguales a dichas comunidades indígenas."

Asimismo, desarrolla otros puntos relacionados. Quinto: "Que conviene dejar consignado que el Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales establece para aquellos grupos con especificidad cultural propia, un mecanismo de participación que les asegura el ejercicio del derecho esencial que la Constitución Política consagra en su artículo primero a todos los integrantes de la comunidad nacional, cual es el de intervenir con igualdad de condiciones en su mayor realización espiritual y material posible..."

De ello se sigue y se desprende que cualquier proceso que pueda afectar alguna realidad de los pueblos indígenas, supone que sea llevado a cabo desde esa particularidad y en dirección a ella. Ha de ser así por cuanto las medidas que se adopten deben orientarse a salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, la cultura y el medio ambiente de los pueblos interesados. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Otro punto indicado en esta sentencia es en el Noveno: "Que tal proceder deviene en que la Resolución de Calificación Ambiental impugnada, incumple la obligación de fundamentación de los actos administrativos, porque no es fruto de un claro proceso de consulta en el que se hayan tenido en cuenta las opiniones respecto de la utilización de las tierras indígenas de las comunidades originarias interesadas..."

Tal carencia torna ilegal la decisión al faltar a un deber de consulta que correspondía acatar la autoridad por imperativo legal, proceder que lesiona la garantía de igualdad ante la ley, porque al no aplicarse la consulta que el Convenio dispone, niega trato de iguales a dichas comunidades.

b) Caso Provecto minero El Morro Goldcorp. Comunidad Huascoaltinos - Comisión Evaluación III Región

Poder Judicial, CORTE SUPREMA DE CHILE. Fallo 2211-2012, Santiago, veintisiete de abril del 2012.

Algunos de los puntos señalados en dicha resolución de alzada establecen:

"Precisándose que el acto ordenado dejar sin efecto corresponde a la Resolución Exenta N° 49 de fecha 14 de marzo de dos mil once dictada por la Comisión de Evaluación Región de Atacama que califica favorablemente el Proyecto El Morro, en tanto no se subsanen las deficiencias observadas en el fundamento undécimo del fallo en alzada a las consideraciones contenidas en la letra c) en relación a la letra d) del N° 11 de dicha Resolución de Calificación Ambiental, se confirma la sentencia apelada de diecisiete de febrero de dos mil doce, escrita a fojas 499.

La resolución de la Corte Suprema precisa que se anula la resolución mientras no se realicen las consultas a las comunidades indígenas de la zona, de acuerdo al Convenio 169 de la OIT.

Un punto que se sostuvo originalmente en el fallo de la Corte de apelaciones y confirmado luego por la Suprema, establece: "Este desconocimiento se ha mantenido en el informe reseñado de la recurrida en cuanto se acepta que la comunidad agrícola fue escuchada en diversas reuniones, pero sus integrantes no fueron considerados como indígenas, como tampoco existe en el proyecto, en todo su desarrollo, una audiencia específica en cuanto a sus necesidades, perjuicios que le ocasionarán, planes de mitigación y las indemnizaciones correspondientes, de manera que surge indefectiblemente la ilegalidad que afecta al derecho de propiedad que ostentan estos comuneros..."

c) Caso proyecto "Estación de Transferencia de Residuos Sólidos Lanco-Panguipulli". Municipalidad de Lanco - por Resolución en contra de comunidades Mapuche

Poder Judicial. Corte de Apelaciones de Valdivia aplica Convenio 169 y Declaración ONU en sentencia a favor de comunidades mapuche. Rol 243, 4 agosto 2010.

El 4 de agosto de 2010, la Corte de Apelaciones de Valdivia, sur de Chile, dictó sentencia acogiendo recurso de protección a favor de comunidades mapuche de Lanco, afectados por la ilegal Resolución Exenta N° 041, de 5 de abril de 2010 de CONAMA que calificó favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Estación de Transferencia de Residuos Sólidos Lanco-Panguipulli" cuyo titular es la Municipalidad de Lanco.

La sentencia, entre otros considerandos, establece que: "No cabe duda que existe una vinculación de las comunidades indígenas del sector donde se emplazará el proyecto con el medio ambiente que lo rodea, por lo que es atinente en la especie lo que señala la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que en su artículo 25 contempla el derecho de los pueblos indígenas a "mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma".

Agrega en otro punto: "El Convenio 169 — sobre Pueblos Indígenas y Tribales que se alude en el recurso es relevante en esta materia; en su artículo 6 N° 1, indica: Al aplicar las disposiciones del presente convenio los gobiernos deberán: a) consultar a los pueblos interesados mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente"

d) Caso intervención de lugares sagrados Mapuche cerro Colo-Colo por Municipalidad de Arauco.

Poder Judicial, CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCIÓN, SENTENCIA ROL 289-2010, del 10 de Agosto de 2010.

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La Corte de Apelaciones de Concepción, aplicó el Convenio 169 de la OIT y acoge recurso de protección presentado por la comunidad mapuche Chilcoco en contra de la Municipalidad de Arauco, por intervención inconsulta del cerro Colo Colo, lugar sagrado mapuche.

El Municipio, realizó labores de mantención del lugar por fallas geológicas producidas por el terremoto del 27 de febrero, sin embargo las obras se realizaron sin consulta a las comunidades, talando indiscriminadamente árboles sagrados, removiendo restos arqueológicos y realizando faenas que produjeron un profundo impacto en las comunidades. El cerro sagrado había sido recientemente recuperado por las comunidades tras años de reivindicaciones. Para realizar las faenas en el cerro el Municipio no consultó a las comunidades mapuche, con la excusa de que eran muchas y muy difícil llegar a acuerdos.

La sentencia de la Corte de Concepción señala "No es excusa al respecto, lo manifestado por la recurrida en cuanto a que las comunidades a que había que consultar eran numerosas (diez), ni la idea preconcebida de la dificultad de contar con su consenso." La actuación del Municipio "aparece como arbitraria, por cuanto no es razón para ello estimar que la comunicación con todas ellas era dificultosa, conducta que, además, resulta ilegal, al atentar contra lo dispuesto en los artículos 6 y 13 del Convenio N° 169, que constituye ley de la República. "

3.- Sobre el respeto y consideración a autoridades ancestrales y lugares de importancia ceremonial, religiosa y espiritual de conformidad a derecho.

Las autoridades tradicionales del territorio, son parte de las instituciones ancestrales del Pueblo Mapuche, reconocidas, legitimadas y valoradas por instrumentos internacionales como el Convenio N°169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Asimismo, son quienes encabezan y mantienen vivas las diversas prácticas sociales, culturales, espirituales y religiosas de un territorio.

Para la efectiva protección en derecho de estas prácticas, se hace fundamental que los órganos públicos cumplan, velen, garanticen y protejan los espacios sagrados y de uso ancestral que aseguren la integridad cultural y las garantías de no discriminación que establecen las normas. En atención a esto, el río Truful Truful, sus saltos de agua y en general los ecosistemas que son objeto de amenaza por el proyecto "CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA RINCÓN", afectaría estos derechos, ya que es un lugar sagrado, que es parte ceremonial y espiritual en el territorio.

En complemento al Convenio 169, la declaración ONU sobre los derechos de los Pueblos Indígenas indica en su artículo 25°: "Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras.

Por otro lado, otra afectación es la que tiene que ver con el derecho de los pueblos indígenas a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticos, económicos y sociales y a que se les asegure el disfrute de sus propios medios de subsistencia y desarrollo y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo. La declaración ONU señala: "Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos" y en el caso del proyecto hidroeléctrico, estamos en presencia de una iniciativa externa, con un modelo de desarrollo que no han determinado las comunidades, no persigue el interés y bienestar colectivo de estas, ya que atenta un espacio de enorme importancia para el territorio.

El territorio es entendido como el entorno y los recursos naturales tomando en cuenta que los indígenas tienen una especial interés en la conservación de los derechos naturales y del medio ambiente como condición básica para su vida. En efecto, la sentencia de Corte de Concepción sobre la intervención de lugares sagrados Mapuche en cerro Colo-Colo por parte de la Municipalidad de Arauco y emitida en el 2010, se agregó a la jurisprudencia la protección efectiva de lugares sagrados.

Dicha resolución atendió la aplicación del artículo 13 del Convenio 169, en relación a la protección de los lugares sagrados, y que dispone que "los gobiernos deben respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras y territorios que ocupan o utilizan de alguna otra manera". La Corte establece que "no cabe duda que la intervención y destrucción de su patrimonio cultural conduce a una sensación de falta de respeto a su identidad social, a sus costumbres y tradiciones”.

4.- Anexo: Informe y recomendaciones del Relator de la ONU Sr. James Anaya.

En anexo a este documento, para un mejor sentido y alcance sobre las obligaciones y responsabilidades estatales y particularmente sobre los órganos de la administración pública en materia ambiental, se anexan las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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recomendaciones en materia de consulta y participación del Relator de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas, Sr. James Anaya.

El Relator Especial presenta sus comentarios sobre la propuesta de reglamento para la consulta y participación indígena elaborada por el Gobierno de Chile.

Comentarios del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas en relación con el documento titulado: "Propuesta de gobierno para nueva normativa de consulta y participación indígena de conformidad a los artículos 6° y 7° del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo", Chile Noviembre de 2012.

INDICE DEL INFORME: Introducción A. Antecedentes

  • El Decreto 124/2009 de MIDEPLAN
  • La consulta de institucionalidad indígena
  • La comisión de pre consulta
  • La aprobación de un nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
  • Presentación de Propuesta del Gobierno sobre Nueva Normativa de Consulta

B. La Propuesta de Gobierno para Nueva Normativa de Consulta y Participación

  1. Marco normativo
  2. La distinción entre consulta y participación
  3. La consulta en el marco de los derechos humanos
  4. Órganos de la administración en quienes recae la obligación de consultar
  5. Definición de medidas legislativas a ser consultadas
  6. Definición de medidas administrativas a ser consultadas
  7. Situaciones en que se aplica el deber de celebrar consultas y obtener el consentimiento
  8. Instancias de decisión de la pertinencia de iniciar procesos de consulta
  9. Pueblos indígenas, sujetos de la consulta
  10. Oportunidad de procedimientos de consulta
  11. Procedimientos apropiados
  12. El principio de buena fe
  13. La decisión final en caso de no llegar a acuerdos

C. Las consultas relativas a proyectos de inversión

D. Conclusión

Introducción

  1. Por medio del presente informe,e1 Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas ofrece comentarios acerca del documento denominado "Propuesta de Gobierno para Nueva Normativa de Consulta y Participación Indígena de Conformidad a los artículos 6° y 7° del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo", publicado el 8 de agosto de 2012 (en adelante, "la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta" o "la Propuesta").Estos comentarios se presentan respetuosamente al Gobierno de Chile en respuesta a la solicitud remitida al Relator Especial por la Unidad de Coordinación del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, con fecha 18 de agosto de 2012.

  2. En su carta aceptando la solicitud del Gobierno, el Relator Especial señala: "Estoy dispuesto a proporcionar al Gobierno de su Excelencia orientaciones sobre los principios de consulta y consentimiento bajo los estándares internacionales relevantes, incluyendo el Convenio N° 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Considero que esto podría incluir la revisión de borradores de legislación o políticas administrativas. Prefiero que cualesquiera orientaciones que yo hiciera en este sentido sean públicamente disponibles, para poder mantener la transparencia."

  3. Los comentarios del Relator Especial se formulan en virtud del mandato que le concedió el Consejo de Derechos Humanos de establecer un "diálogo de cooperación sistemático con todos los actores que corresponda pertinentes.., en particular sobre las posibilidades de proporcionar cooperación técnica que soliciten los gobiernos" (A/HRC/RES/15/14, párr. 1.f). En este sentido, los presentes comentarios se enmarcan dentro del diálogo de cooperación entablado entre el Relator Especial, el Gobierno de Chile y organizaciones de los pueblos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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indígenas, desde su visita al país en abril de 2009,1111 en torno a la cuestión de la consulta a los pueblos indígenas en materia de medidas administrativa y legislativas, proyectos de inversión, y otro tipo de proyectos.

  1. El Relator Especial entiende que la presentación del documento de Propuesta de Nueva Normativa de Consulta es un primer paso en dirección a remplazar el Decreto Supremo 124/2009 del Ministerio de Planificación (MIDEPLAN) de Reglamento Provisorio de Consultas. El Relator Especial constata y valora la existencia de una convergencia de las partes, Gobierno, parlamentarios y organizaciones de los pueblos indígenas, respecto a la necesidad de remplazar el Decreto 124/2009 de MIDEPLAN y ajustar la normativa de consultas a los estándares internacionales de derechos humanos.

  2. El Relator Especial considera, como punto de partida, que la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta representa un importante paso hacia la necesaria regulación interna del deber de consulta. Por ello, saluda la iniciativa del Gobierno de Chile, así como los esfuerzos desplegados hasta la fecha en relación con la Propuesta. Asimismo, el Relator Especial agradece al Gobierno de Chile su solicitud de comentarios al texto, que es una muestra más de su interés por continuar un diálogo constructivo con el Relator Especial con miras a la mejora de la situación de los derechos de los pueblos indígenas del país.

  3. Al revisar la Propuesta, el Relator Especial toma en cuenta que la utilidad de cualquier norma reglamentaria que eventualmente se adopte en este contexto, y su compatibilidad con la normativa internacional aplicable, dependerá en última instancia de su interpretación e implementación práctica en casos específicos. En este sentido, el Relator Especial considera que la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta contiene importantes elementos que podrían servir para dar cumplimiento práctico al deber estatal de consultar a los pueblos indígenas de acuerdo a lo establecido en el Convenio 169 y otros instrumentos internacionales. Sin embargo, en opinión del Relator Especial, el texto de la Propuesta presenta algunas deficiencias y debería ser revisado para mejor asegurar el establecimiento e implementación de procesos de consulta que en la práctica sean conformes a la normativa internacional.

  4. El Relator Especial comprende que el documento de la Propuesta, como su nombre lo indica, es un documento preliminar para avanzar en el diálogo con los pueblos indígenas sobre una normativa para regular la consulta. En ese entendimiento, los presentes comentarios buscan contribuir a identificar los aspectos a mejorar de la Propuesta, así como presentar sugerencias concretas que puedan servir de antecedente para las discusiones hacia un nuevo documento de proyecto de reglamento. Se debe señalar, a la vez, que estos comentarios no presentan necesariamente una exposición exhaustiva de las críticas y sugerencias que se podrían hacer para mejorar la Propuesta.

  5. Además, el Relator Especial quisiera enfatizar la importancia de consultar con los pueblos indígenas, mediante un procedimiento apropiado, cualquier reglamento o ley que les concierna, inclusive un reglamento sobre la misma consulta. Como ha señalado anteriormente el Relator Especial, la necesidad de realizar una "consulta sobre la consulta" no solo deriva de la obligación de Chile de consultar a los pueblos indígenas en relación con toda medida administrativa o legislativa susceptible de afectarles directamente, sino también de la necesidad de lograr un clima de confianza y respeto mutuo en las consultas, de tal modo que el procedimiento consultivo en sí sea el resultado del consenso. La presentación por el Relator Especial de sus comentarios sobre la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta de ninguna manera sustituye las consultas que deberían realizarse directamente con los pueblos indígenas sobre la Propuesta. El Gobierno informa que ha impulsado un proceso de diálogo con representantes indígenas a través de varias reuniones en los últimos meses, y que es su intención de que el texto final del reglamento que se adopte sea producto de un consenso. El Relator Especial, enfatiza que es crucial que en ese consenso participen ampliamente los pueblos indígenas del país y sus organizaciones representativas.

  6. Los presentes comentarios se componen de tres partes. En primer lugar, se resumen los antecedentes del proceso de reglamentación de la consulta en el país entre 2009-2012, en donde se identifican los principales desafíos de la aplicación y reglamentación de la consulta en Chile; en segundo lugar, se presentan los comentarios al documento de la Propuesta; y en tercer lugar, se presentan comentarios preliminares relativos al artículo 5 de la Propuesta y el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, al que remite la Propuesta.

A. Antecedentes

El Decreto 124/2009 de MIDEPLAN

  1. El día 4 de septiembre de 2009, el Gobierno de Chile dictó el decreto Supremo N° 124/2009 del Ministerio de Planificación (MIDEPLAN) que "Reglamenta el artículo 34 de la ley N°19.253 (la Ley Indígena) a fin de regular la consulta y la participación de los pueblos indígenas. Este decreto fue identificado por el Gobierno como un reglamento provisional.

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  1. Diversas organizaciones de los pueblos indígenas presentaron alegaciones cuestionando la validez y contenidos del Decreto 124/2009, señalando que el mismo no fue consultado previamente y que su contenido no se ajustaría a las normas internacionales en materia de consulta.

  2. En noviembre de 2010 la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (01T) examinó la primera Memoria del Gobierno de Chile sobre aplicación del Convenio 169. Por medio de una Solicitud Directa la Comisión de Expertos transmitió al Gobierno de Chile un conjunto de observaciones en que se identificó una serie de defectos en el Decreto 124/2009 de MIDEPLAN.

  3. Además, en diciembre de 2010, el Instituto Nacional de Derechos Humanos en su informe anual sobre la Situación de los Derechos Humanos en Chile analizó el Decreto 124/2009 y concluyó que: El Decreto Supremo 124 restringe severamente las medidas y las materias a consultar, y los plazos establecidos difícilmente resultan suficientes respecto de la naturaleza y envergadura de las materias puestas a consideración de las comunidades indígenas.

La expresa exclusión de los proyectos de inversión constituye una grave omisión, particularmente porque las principales tensiones con las comunidades indígenas se producen por la expansión de megaproyectos energéticos, mineros, de acuicultura y forestación. Estos quedan sujetos a la consulta ciudadana establecida en la regulación sectorial, y es facultativo para el órgano sectorial que emite la medida adoptar el procedimiento contemplado en el Decreto Supremo.

La consulta de institucionalidad indígena

  1. En marzo de 2011, el Ministerio de Planificación anunció la realización de un proceso denominado "Consulta de institucionalidad indígena", que incluiría un conjunto de temas en el siguiente orden: a) reforma constitucional de reconocimiento de los pueblos indígenas; b) creación de una Agencia de Desarrollo Indígena; c) creación de un Consejo Nacional de Pueblos Indígenas; c) procedimiento de consulta indígena en el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, correspondiente a la Ley 19.300 de Bases de Medio Ambiente; y finalmente d)un nuevo reglamento de consulta, que remplazara al Decreto 124/2009 de MIDEPLAN.161

  2. Según información recibida por el Relator Especial, diversas organizaciones de los pueblos indígenas y los consejeros indígenas ante la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) objetaron el proceso de consulta de institucionalidad indígena, señalando que la agenda, textos, temas y orden de la consulta no habían sido acordados previamente con los pueblos indígenas, que la metodología era inapropiada, y que se postergaba para el final del proceso la derogación del Decreto 124/2009 de MIDEPLAN y la aprobación de una nueva reglamentación de las consultas.

  3. La Cámara de Diputados y el Senado de Chile, tras recibir en audiencia a organizaciones indígenas, adoptaron acuerdos para solicitar al Presidente de la República y al Ministro de MIDEPLAN la suspensión del proceso de consulta de institucionalidad indígena y la derogación del Decreto 124/2009 de MIDEPLAN por no ajustarse a las normas internacionales.

  4. El 1 de septiembre de 2011, e1 nuevo ministro de MIDEPLAN (actual Ministerio de Desarrollo Social) resolvió suspender el proceso de consulta de institucionalidad. El comunicado oficial señala: "El titular de MIDEPLAN, luego de escuchar las demandas de los Pueblos Originarios, anunció que se dará prioridad a determinar primero el mecanismo de consulta, señalando que se derogará el Decreto Supremo 124/2009 una vez terminada esta consulta... (y decidió) priorizar para este año [2011] la definición de los mecanismos y procedimientos de consulta y participación indígena."

La comisión de pre consulta

  1. El 16 de septiembre de 2011, el Consejo de CONADI resolvió crear una comisión de consulta que prepararía un borrador de reglamento de consulta y convocaría a un proceso de "consulta de la consulta". EI Gobierno informa que dicha comisión, con la cooperación y apoyo del Gobierno, ha dado varios pasos para avanzar en este sentido, aunque, según otras fuentes, estos esfuerzos debían de ampliarse. A través de su Presidente, el Sr. Rafael Tuki, la comisión envió una solicitud de cooperación técnica al Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas. La aprobación de un nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

  2. El 28 de mayo de 2012, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad aprobó una versión del proyecto de nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambientalf9i el cual formaba parte de la consulta de institucionalidad suspendida en septiembre de 2011. Dicho reglamento contiene normas sobre consulta a los pueblos indígenas para proyectos de inversión sometidos al sistema de evaluación de impacto ambiental.

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  1. El nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental aún no ha sido promulgado por el Presidente de la República. Según la información recibida por el Relator, diversas organizaciones de los pueblos indígenas han presentado alegaciones cuestionado la versión de este reglamento que fue aprobada por el Consejo de Ministros en mayo de 2012, afirmando que no ha sido consultada debidamente y contiene normas que no se ajustarían a los estándares internacionales. El Gobierno ha entregado al Relator Especial una versión revisada del reglamento, el cual queda por ser finalizado y adoptado. Presentación de Propuesta del Gobierno sobre Nueva Normativa de Consulta

  2. El 8 de agosto de 2012, el Gobierno presentó al Consejo de CONADI la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta para que fuese distribuida a los pueblos indígenas, a fin de iniciar un proceso de consulta sobre la Propuesta. En su artículo 5 referido a la consulta de proyectos de inversión, la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta remite al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

B. La Propuesta de Gobierno para Nueva

Normativa de Consulta y Participación

  1. Marco normativo

  2. El título de la Propuesta se refiere a "Nueva normativa de consulta y participación indígena de conformidad a los artículos 6° y 7° del Convenio N° 169" y el artículo 1 de la Propuesta establece el "Objeto del reglamento" en relación exclusiva al Convenio 169. Si bien el Convenio 169 de la OIT ratificado por Chile está en pleno vigor y forma parte de su ordenamiento jurídico, sin embargo, es importante tener en cuenta que el deber de consultar tiene fundamentos más amplios que el Convenio 169 y sus artículos 6 y 7. El propio Convenio 169 trata expresamente acerca del deber de consulta y el derecho de participación en los artículos 6, 7, 15, 17, 22,27 y 28 y, como ha señalado la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, la consulta atraviesa todo el Convenio 169.

  3. Como ha sostenido el Relator Especial en sus informes ante el Consejo de Derechos Humanos, la consulta a los pueblos indígenas está regulada también por otros instrumentos internacionales aprobados por Chile incluyendo la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y varios tratados de derechos humanos de carácter general de los que Chile es parte. Entre estos instrumentos se encuentran el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

  4. Respecto a la obligación de consultar derivada de tratados de derechos humanos, el Estado de Chile ha recibido recomendaciones expresas de diversos órganos, aun antes de la entrada en vigor del Convenio 169 de la OIT. Han formulado recomendaciones relativas al deber de consultar a los pueblos indígenas el Comité de los Derechos del Niño, (Observaciones finales, CRC/C/CHUCO/3, 23 de abril de 2007, párrafo 62 (c)); el Comité de Derechos Humanos (Observaciones finales, CCPR/C/CHUCO/5, 18de mayo 2007, párrafo 19 (c)); el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (Observaciones finales, CERD/C/CHUCO/15-18, 13 de agosto de 2009, párrafos 16 y 22); el Consejo de Derechos Humanos, Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal (Conclusiones y recomendaciones, A/HRC/12/10, 4 de junio de 2009, párrafo 67).

  5. Recientemente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku vs. Ecuador, tras analizar los desarrollos normativos y jurisprudenciales internacionales y comparados, incluyendo casos de países que no han ratificado el Convenio 169, ha concluido que "la obligación de consulta [a los pueblos indígenas], además de constituir una norma convencional, es también un principio general del Derecho Internacional." En su sentencia en el caso Sarayaku, la Corte Interamericana hace una exposición exhaustiva de los diversos elementos de la obligación de consulta, con base en un corpus de instrumentos y precedentes pertinentes.

  6. En consecuencia, al reglamentar el deber de consulta, deben tomarse debidamente en cuenta las obligaciones derivadas de los diversos instrumentos y fuentes de derecho internacional aplicables, así como la jurisprudencia interpretativa desarrollada por los órganos responsables de su supervisión. Ello se deriva también del propio Convenio 169 de la OIT, cuyo artículo 35 estipula que aplicación de las disposiciones del presente Convenio no deberá menoscabar los derechos y las ventajas garantizados a los pueblos interesados en virtud de otros convenios y recomendaciones, instrumentos internacionales, tratados, o leyes, laudos, costumbres o acuerdos nacionales."

  7. En virtud de las consideraciones anteriores, el Relator Especial considera que el título actual de la Propuesta y las menciones exclusivas al Convenio 169 de la OIT no engloban suficientemente el marco jurídico internacional que define la consulta a los pueblos indígenas y que vincula a Chile. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Independientemente de la autoejecubilidad o no de los instrumentos internacionales aprobados por Chile en el ordenamiento jurídico doméstico, el Estado incurre en responsabilidad internacional al no cumplir con, o implementar, las disposiciones de tales instrumentos. La modificación dela Propuesta, en el sentido de evitar la mención exclusiva al Convenio 169 en el mismo, sería por tanto un cambio deseable que contribuiría a evitar futuras confusiones en su aplicación.Asimismo,e1 Relator Especial propone agregar una disposición en la parte operativa del texto señalando que existen varios instrumentos y fuentes de derecho que fundamentan el deber de consulta, dentro del ámbito de las obligaciones internacionales de Chile, y haciendo explícito que la interpretación y aplicación del reglamento deberían ser conformes a estos instrumentos y fuentes.

  1. La distinción entre consulta y participación

  2. La Propuesta de Nueva Normativa de Consulta plantea reglamentar tanto los mecanismos de la consulta como los de participación indígena, con disposiciones que separan los procedimientos de consulta de los procedimientos de participación.

  3. Es necesario enfatizar que, de acuerdo a la normativa internacional, la obligación estatal de celebrar consultas con los pueblos indígenas es una medida especial para garantizar el derecho de tales pueblos a participar en la adopción de decisiones públicas que puedan afectar sus derechos e intereses de una manera diferenciada. Sin embargo, el derecho a la participación para los pueblos indígenas no se reduce sólo a la consulta y su participación en las decisiones que puedan afectar sus derechos e intereses de una manera diferenciada, sino también podría implicar la participación en los procesos electorales, en procesos parlamentarios, y en otros asuntos públicos de incidencia general.

  4. Cabe tener presente que el Convenio 169 señala que los Estados deberán "establecer los medios a través de los cuales "los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas" (artículo 6.b). Como muestra el estudio sobre "Los pueblos indígenas y el derecho a participar en la toma de decisiones" realizado por el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas 1131 el derecho a la participación en las decisiones públicas abarca múltiples dimensiones y se puede expresar en diversos mecanismos y arreglos institucionales (cuotas parlamentarias, municipales o regionales, estatutos de autonomía, etc.).

  5. En la Propuesta, se plantea reglamentar los procesos de participación de los pueblos indígenas sólo en relación a "los planes de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente" (artículo 3). El Relator Especial reconoce el valor de intentar facilitar por medio de un reglamento la participación de los pueblos indígenas en la elaboración de los planes nacionales y estatales de desarrollo. Sería deseable, sin embargo, precisar que el derecho de participación de los pueblos indígenas no se limita a los mecanismos establecidos en el reglamento en relación los planes de desarrollo.

  6. Por otra parte, el Relator Especial observa que los mecanismos de participación impulsados por la Propuesta en relación a los planes de desarrollo podrían resultar demasiado limitantes. En particular, en los artículos 25 y 26 se deja a discreción de la autoridad estatal la definición de la pertinencia de "iniciar el proceso de participación" ante planes regionales o nacionales. Además, en el artículo 25 se establece que los sujetos de la participación serán unas comisiones regionales y nacionales, en cuya constitución intervienen los intendentes regionales (artículo 8), con lo cual no se reconoce directamente a los pueblos indígenas como sujetos independientes del derecho a participación a través de sus propias instituciones. Estas disposiciones deberían ser modificadas para asegurar mayor incidencia directa de los pueblos indígenas en el inicio y ejecución de los procesos de participación. Es posible que la participación indígena en la elaboración de los planes de desarrollo podría funcionar adecuadamente mediante comisiones nacionales o regionales, pero la definición de mecanismos de interlocución de este tipo tendría que ser sujeta a consultas, e idealmente consensuada, con los pueblos indígenas para que estos mecanismos tengan legitimidad y sean efectivos.

  7. La consulta en el marco de los derechos humanos

  8. El artículo 2 de la Propuesta define la consulta del siguiente modo: “La consulta es un proceso de diálogo y búsqueda de acuerdos de beneficio mutuo a través de los mecanismos que este reglamento establece, entre los pueblos indígenas interesados y los órganos de la administración del Estado señalados en el Artículo 4°." Tal definición enfoca la consulta desde una perspectiva transaccional en vez de resaltar una perspectiva de derechos humanos como corresponde. El Relator Especial considera que la definición debería ser ampliada para enfatizar la esencia de la consulta previa como norma de derecho público cuyo marco, punto de partida, y finalidad son los derechos humanos de los pueblos indígenas y su salvaguarda ante las decisiones estatales. En tal sentido, llama la atención que el documento de Propuesta omita toda mención a "derechos".

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  1. Como el Relator Especial expuso en su informe del 2012 al Consejo de Derechos Humanos (NHRC/47/21), los principios de consulta y consentimiento constituyen, en conjunto, una norma especial que protege el ejercicio de los derechos sustantivos de los pueblos indígenas y funciona como un medio para garantizar su observancia. Se trata de una norma que complementa y contribuye a dar efectividad a derechos sustantivos.

  2. El Estado tiene un deber de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de los pueblos indígenas, y por ello debe evaluar preventivamente si las medidas administrativas o legislativas a adoptar puedan afectar, negativa o positivamente, o involucrar derechos o intereses de los pueblos indígenas, y en tales casos realizar los ajustes correspondientes. En función de este deber estatal, los Estados deben consultar a los pueblos indígenas para asegurar las condiciones que salvaguarden sus derechos e intereses. La consulta, además, es una medida especial para garantizar la participación efectiva de los pueblos indígenas y fortalecer la legitimidad de las decisiones estatales. Asimismo, la consulta previa es un diálogo de buena fe entre el Estado y los pueblos indígenas, cuya finalidad es llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas legislativas o administrativas a adoptar, en el marco de los derechos humanos.

  3. La Propuesta hace bien al referirse a la búsqueda de acuerdos o el consentimiento como objetivo del proceso de consulta. Pero en un eventual reglamento de consulta, sería recomendable incluir también un lenguaje enfatizando el marco de derechos humanos y estableciendo que los procesos de consulta, y los acuerdos resultantes y decisiones estatales conexas, deben en todo caso garantizar los derechos humanos de los pueblos indígenas.

  4. Órganos de la administración en quienes recae la obligación de consultar

  5. El artículo 1 de la Propuesta establece que el reglamento tiene por finalidad regular los procesos de consulta a los pueblos indígenas por parte de los órganos de la administración del Estado nombrados en el artículo 4. Sin embargo, en el mismo artículo 4 se limita el alcance del reglamento en relación a los "órganos constitucionalmente autónomos", entre los cuales, según entiende el Relator Especial, se encuentran los municipios; para esos casos se agrega una clausula facultativa de "podrán sujetarse a las disposiciones del [...] reglamento. “A pesar de las limitaciones constitucionales que puedan haber sobre la regulación de los órganos autónomos, debería quedar claro que el deber de consulta alcanza a todos los órganos de la administración en la medida que adopten medidas susceptibles de afectar a los pueblos indígenas.

  6. En este sentido, como establece la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku vs. Ecuador, "pa obligación de consultar a las Comunidades y Pueblos Indígenas y Tribales sobre toda medida administrativa o legislativa que afecte sus derechos reconocidos en la normatividad interna e internacional, [...1 implica el deber de organizar adecuadamente todo el aparato gubernamental y, en general, de todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos.

  7. Definición de medidas legislativas a ser consultadas

  8. El artículo 18 de la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta define las medidas a ser consultadas a efectos del reglamento. En materia de medidas legislativas que corresponden al Ejecutivo, la Propuesta se refiere solo a las "ideas matrices" de los proyectos de ley iniciados por mensaje del Ejecutivo. Al respecto, tal como se plantea en el informe del Relator Especial de 2009 sobre principios de consulta, y como ha reafirmado la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Sarayaku, los pueblos indígenas deberán ser consultados previamente en todas las fases del proceso de producción normativa, y dichas consultas no deben ser restringidas a propuestas. "Se debería estudiar como incorporar este principio en el marco jurídico de Chile y promover modalidades de consulta con pueblos indígenas en las varias etapas del proceso legislativo. Asimismo, se debe velar para que el reglamento respectivo de consulta que elabore el Congreso Nacional dentro de sus atribuciones sea concordante con las normas internacionales aplicables.

  9. Definición de medidas administrativas a ser consultadas

  10. En cuanto a las medidas administrativas a ser consultadas bajo el reglamento, la Propuesta plantea en su artículo 18 que éstas consisten en aquellos “decretos o resoluciones, de efectos generales," emitidos por órganos de administración del Estado.

  11. Se debe resaltar que, de acuerdo a las normas internacionales, toda medida administrativa debe ser consultada si es susceptible de tener efectos sobre derechos o intereses de los pueblos indígenas, no sólo aquellas medidas que tienen la forma de un decreto o resolución y que podrían denominarse como de "efectos generales". Especial atención merecen las medidas administrativas de efectos particulares referidas a recursos naturales, conocimientos tradicionales, comunicaciones y energía que pueden tener efectos sobre derechos o intereses de los pueblos indígenas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. En este sentido, la Comisión de Expertos de la OIT, en su examen de Chile de 2010, señaló que el Código de Minería, la Ley sobre Concesiones de Energía Geotérmica y el Código de Aguas no contienen disposiciones sobre consulta a los pueblos indígenas en los casos de concesiones de explotación o desarrollo de proyectos de inversión. Al respecto la Comisión hizo recordar que el artículo 15 del Convenio establece la obligación a cargo del Estado de establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados y en qué medida."

  2. La normativa eventualmente adoptada para reglamentar la consulta debería en su totalidad asegurar que no existan vacíos en dicha regulación y que todas las decisiones de los órganos de administración del Estado se sometan a la consulta previa cuando esas decisiones podrían afectar a los derechos o intereses de los pueblos indígenas.

  3. Situaciones en que se aplica el deber de celebrar consultas y obtener el consentimiento

  4. En su artículo 9, la Propuesta define "afectación directa" para efectos de señalar las situaciones que dan lugar a las consultas. El artículo 9 dice: “Para los efectos del presente reglamento se entenderá que existe afectación directa cuando las medidas produzcan consecuencias específicas sobre los pueblos indígenas en modos no percibidos por otros individuos de la sociedad. “Esta definición refleja lo que el Relator Especial plantea en su informe de 2009 al Consejo de Derechos Humanos; sin embargo, en dicho informe el Relator Especial agrega la siguiente precisión: "Una incidencia diferenciada de esa índole se presenta cuando la decisión se relaciona con los intereses o las condiciones específicos de determinados pueblos indígenas, incluso si la decisión tiene efectos más amplios." El Relator Especial recomienda que se añada al texto del artículo 9 esta precisión, para que quede claro que la consulta se aplica incluso con respecto a medidas administrativas o legislativas de aplicación general, por ejemplo, con respecto a un nueva ley de pesca o de fomento forestal, cuando dichas medidas de algún modo afecten de manera diferenciada a los pueblos indígenas dadas sus condiciones y derechos específicos.

  5. En concordancia con el principio precautorio y el principio de no discriminación que guían a las normas de derechos humanos, los órganos del Estado antes de adoptar medidas administrativas o legislativas deben evaluar preliminarmente si la medida podría afectar derechos o intereses de los pueblos indígenas; en caso de duda, es recomendable dar curso a una pre-consulta para determinar si la medida pudiese afectar tales derechos o intereses. Al respecto, el artículo 15 del Convenio 169 establece "los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras"(énfasis añadido).

  6. El Relator Especial observa que los tres casos incluidos en el inciso segundo del artículo 9 corresponden a medidas que producen efectos en territorios indígenas o sus cercanías, en tal caso es recomendable establecerse una regla más general que indique que toda medida susceptible de producir efectos sobre pueblos indígenas o sus territorios debe ser consultada previamente. Al respecto, el Relator Especial quisiera precisar que las consultas se requieren no solo cuando las tierras en cuestión han sido reconocidas como tierras indígenas por el derecho interno. Como ha señalado el Relator Especial en otros informes, "el deber de celebrar consultas con ellos se plantea siempre que estén en juego sus intereses particulares, incluso si dichos intereses no corresponden a un derecho a la tierra reconocido o a otros derechos contractuales."

  7. Adicionalmente, respecto a las situaciones mencionadas en el segundo inciso del artículo 9 de la Propuesta, el Relator Especial observa que se trata de casos de impactos significativos (reasentamientos de comunidades indígenas, alteraciones del patrimonio cultural, alteraciones significativas de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos indígenas) en que, además de la obligación de realizar un proceso de consulta, se requiere normalmente el acuerdo o consentimiento de los pueblos o comunidades indígenas afectadas (ver párrafos 67-71). EI Relator Especial considera que, tal como se plantean, estos ejemplos y la cualidad de "significativo", un término que tiene un significado particular en la legislación ambiental doméstica, podrían llevar a una interpretación restrictiva o distorsionada de los criterios de consulta. En primer lugar, es necesario clarificar que el deber de consulta no se limita a tales casos de impactos significativos. En segundo lugar, es importante evitar cualquiera insinuación de que los procesos de consultase centran principalmente en medidas ya definidas que tengan impactos adversos significativos sobre los derechos de los pueblos indígenas. Más bien, tal como ya se ha señalado, los procesos de consulta son para salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas, por lo que deberían facilitar el diálogo que incluya la búsqueda de alternativas a aquellas medidas que pudieran limitar o alterar el ejercicio de sus derechos o tener efectos en sus intereses, territorios, recursos o condiciones de vida.

  8. Instancias de decisión de la pertinencia de iniciar procesos de consulta

  9. De acuerdo al artículo 20 de la Propuesta, "El órgano de la administración del Estado al que corresponda la iniciativa de la medida legislativa o administrativa, deberá evaluar con la Subsecretaría de Servicios Sociales del REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Ministerio de Desarrollo Social, la pertinencia de iniciar un proceso de consulta." Tal disposición reproduce una de las características del Decreto 124/2009 observadas por la Comisión de Expertos de la OIT, cuyo informe de Solicitud Directa a Chile señaló que deja a "la decisión a los órganos administrativos la pertinencia de iniciar el proceso de consulta o de participación."

  1. El artículo 20 de la Propuesta establece además que el Consejo Nacional de CONADI, por mayoría absoluta de sus miembros, podrá solicitar a los órganos de la administración del Estado la realización de un proceso de consulta cuando estimen que una determinada medida legislativa o administrativa sea susceptible de afectar directamente a los pueblos interesados. Dicha solicitud deberá ser presentada al Ministerio de Desarrollo Social."

  2. El Relator Especial invita a revisar estas cláusulas, pues aparentemente la decisión queda sujeta al control dela administración, puesto que los representantes de Gobierno cuentan con mayoría en el Consejo de CONADI; y aun en el caso de ser aprobada una solicitud de CONADI de realizar un proceso de consulta, ésta será remitida al Ministerio de Desarrollo Social, que finalmente decide si se llevará a cabo o no un proceso de consulta.

  3. Una revisión de la Propuesta, a la luz del principio de buena fe, debe dar paso a crear mecanismos e instancias que permitan a los pueblos indígenas plantear directamente a los órganos de la administración la necesidad de un proceso de consulta ante una medida a adoptar, y establecer recursos para impugnar administrativa o judicialmente una negativa de consulta, cuando estimen que sus derechos o intereses puedan ser afectados por una medida administrativa o legislativa en proceso de adopción.

  4. Pueblos indígenas, sujetos de la consulta

  5. El artículo 1 de la propuesta establece la finalidad del reglamento de "regular los procesos de consulta y participación indígena" (énfasis añadido); tal expresión se reitera en los artículos 4 y 8. AI respecto, es necesario precisar que el vocablo "indígena" podría dar a entender que se refiere a poblaciones o individuos, y no a pueblos.

  6. En el artículo 8 de la Propuesta se establece una definición de "niveles de consulta" según el alcance de la medida, plan o programa (local, regional y nacional). EI Relator Especial observa que, de acuerdo a este esquema, aparentemente los pueblos indígenas sólo participarán directamente en los procesos de consulta locales. Para las consultas de nivel regional y nacional, la Propuesta plantea la creación de Comisiones Regionales Indígenas y una Comisión Nacional Indígena. Las comisiones regionales se conformarían por un máximo de 15 miembros, pertenecientes a "instituciones representativas de cada región" y en su constitución participa el Intendente Regional y las instituciones de los "pueblos indígenas locales". La Comisión Nacional Indígena estará compuesta por un representante de cada Comisión Regional Indígena y los 8 consejeros indígenas de CONADI.

  7. El Relator Especial quisiera hacer presente al Gobierno que las normas internacionales exigen que las consultas tengan en cuenta las instituciones representativas y procedimientos de toma de decisiones de los pueblos indígenas. Al respecto, el Convenio 169 señala expresamente que las consultas a los pueblos indígenas deben ser "adecuadas", y realizarse a través de sus "instituciones representativas" (artículo 6.1.a). A la vez el artículo 5.b del Convenio 169 establece que "deberá respetarse la integridad de los valores, prácticos e instituciones de esos pueblos."

  8. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, interpretando la Convención Americana de Derechos Humanos, ha dictaminado que el Estado tiene el deber de consultar con los pueblos indígenas según sus costumbres y tradiciones, tomando en cuenta "los métodos tradicionales del pueblo indígena para la toma de decisiones. En otras sentencias, establece que las formas de organización indígena "deben responder a procesos internos de tales pueblos y que los pueblos tienen el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, así como "desde sus propias instituciones y de acuerdo a sus valores, usos, costumbres y formas de organización."

  9. Por otro lado, el Relator Especial entiende las complejidades que se presentan para la consulta o la participación cuando se trata de medidas de alcance nacional o regional. Lo importante es que los mecanismos de consulta o participación respondan a los procesos internos de los pueblos indígenas y que sean efectivos en la práctica. Tal como ya se ha señalado (párrafo 31), es posible que la formación de comisiones podría ser una opción viable. Sin embargo, para que tales comisiones fueran legitimas y efectivas, la definición de su organización, atribuciones y composición debería por si misma resultar de un amplio proceso de diálogo y consulta con los propios pueblos indígenas.

  10. Oportunidad de procedimientos de consulta

  11. Los artículos 14 y 19 de la Propuesta se refieren al momento de efectuar las consultas en los procesos de adopción de medidas legislativas o administrativas. Para las medidas legislativas, el artículo 19 estipula que "la consulta deberá realizarse en forma previa a su envío al Congreso Nacional." Para las medidas administrativas, se establece que "la consulta deberá realizarse en forma previa a su dictación." El Relator Especial observa que tales disposiciones podrían ser mejoradas para asegurar que no sean interpretadas como dando lugar a una consulta limitada en que se presenta a los pueblos indígenas una medida ya elaborada, situación que impediría la capacidad de los pueblos indígenas de incidir en su desarrollo y en su contenido. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. El Relator Especial recuerda que, sobre este punto, los órganos de control normativo de la OIT han reiterado que el requisito de la consulta previa implica "que las comunidades afectadas sean involucradas lo antes posible en el proceso. Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha afirmado, en aplicación de las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que "se debe consultar a los pueblos indígenas en las primeras etapas del plan y no únicamente cuando surja la necesidad de obtener la aprobación de la comunidad.

  2. Procedimientos apropiados

  3. La esencia de la consulta, como medida especial, es garantizar la participación efectiva de los pueblos indígenas en las decisiones que puedan afectar sus intereses o derechos específicos. Los diversos requisitos de validez de las consultas con los pueblos indígenas, basados en el principio de buena fe, tienen por finalidad garantizar esa efectividad de la participación, por lo cual las consultas deben ser previas, los procedimientos deben ser apropiados y mutuamente acordados, y debe producirse un diálogo y negociación genuinos con la finalidad de llegar a acuerdos, basados en derechos, y a ser cumplidos.

  4. El Relator Especial considera que los criterios y mecanismos establecidos en los artículos 21, 22, 23 y 24 de la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta no aseguran adecuadamente procesos de consulta acordes a los estándares internacionales aplicables. Primero, en el artículo 22, la Propuesta define plazos de 15 días para cada etapa, que pueden resultar insuficientes. Aunque estos plazos pueden ser ampliados por "razones justificadas y razonables", la decisión de ampliación aparece residiendo en el órgano responsable de la medida.

  5. Además, si bien la Propuesta, en su artículo 2, define la consulta como un proceso de diálogo y búsqueda de acuerdos, en los artículos 21 y 23 se prescriben criterios que distan de asegurar el marco para un verdadero diálogo que pudiera llevar a decisiones consensuadas entre las partes. Por ejemplo, las etapas definidas en el artículo 23 no incluyen claramente una etapa de pre-consulta para establecer, de común acuerdo entre los órganos de la administración y los pueblos indígenas, los procedimientos, contenidos y objetivos de la consulta. De acuerdo al artículo 23(a), la primera etapa consiste en la "planificación del proceso de consulta", pero al respecto solo se refiere a la elaboración "de la metodología que se usará en el proceso correspondiente, tales como la definición de lugares, plazos y participantes, etc."

  6. Asimismo, el artículo 21 de la Propuesta establece que las consultas deberán permitir "la adecuada información de los pueblos indígenas acerca de la medida legislativa o administrativa que se pretende adoptar" y la "posibilidad de plantear observaciones y propuestas y de que éstas sean consideradas en la decisión final" (énfasis agregado). Luego, en el artículo 23(c) la Propuesta establece que, finalizada la etapa de entrega de información, "se procederá a realizar una reunión cuya finalidad sea alcanzar un acuerdo o lograr el consentimiento para que pueda dictarse la medida en cuestión, acogiendo, dentro de lo posible, las observaciones y propuestas de los pueblos indígenas afectados" (énfasis agregado). Estas disposiciones deben ser modificadas para evitar que se entienda que el mecanismo prescrito consistiría en una sola reunión, en que, por un lado, los pueblos indígenas solo puedan plantear observaciones y propuestas y, por otro lado, el organismo público decide si acoge o no las observaciones. Tal escenario no constituiría un proceso diálogo conducente a acuerdos, sino que podría reducirse a una audiencia en condiciones de desequilibrio de poder.

  7. Es necesario reformar el texto de la Propuesta para asegurar que el mecanismo de consulta no se entienda de esta manera y que existan las bases para un proceso verdadero de dialogo en que los pueblos indígenas puedan realmente ser partícipes en la búsqueda y toma de decisiones consensuadas.

  8. El principio de buena fe

  9. La buena fe es parte sustantiva de la institución de la consulta y le otorga una connotación jurídica especial como diálogo cuya finalidad es arribar a acuerdos que obligan a las partes. Al respecto, el artículo 12 de la Propuesta se refiere a la buena fe, lo que debería entenderse a la luz del correspondiente principio general del derecho internacional.

  10. El principio de buena fe, que debe regir la conducta del Estado en el contexto de las consultas con los pueblos indígenas, impone conductas de diligencia debida a los órganos del Estado para identificar cuando una medida que se propone adoptar pueda afectar a los pueblos indígenas, y para proporcionar la información necesaria y asistencia técnica de modo proactivo. El reglamento de consulta debe incorporar tales directrices de transparencia activa y diligencia debida. Asimismo, el reglamento de consulta debe contemplar medidas de garantía de cumplimiento de los acuerdos alcanzados en el proceso de consulta.

  11. Como ha señalado el Relator Especial en su informe de 2009 ante el Consejo de Derechos Humanos, para lograr un clima de confianza y respeto mutuo en las consultas, el procedimiento consultivo en sí debe ser resultado del consenso previo. Una consulta de buena fe en pro de la adopción de decisiones por consenso implica para los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Estados la necesidad de desplegar esfuerzos para la instauración de un clima de confianza en relación con los pueblos indígenas "por la desconfianza hacia las instituciones del Estado y el sentimiento de marginación que encuentran sus raíces en realidades históricas sumamente antiguas y complejas, y que no terminan de superarse aún.

  1. El Relator Especial considera, asimismo, que un diálogo de buena fe también requeriría que los pueblos indígenas puedan participar en pie de igualdad en los diálogos y negociaciones sobre medidas administrativas o legislativas. Para ello, es necesario que los procesos de consulta incluyan mecanismos estatales para que, sin comprometer su autonomía, los pueblos indígenas puedan contar con los recursos necesarios para reuniones, acceder y compartir información relacionada a los procesos, y contar con los apoyos técnicos o profesionales libremente elegidos. Sería deseable incluir en un eventual reglamento de consulta la definición de tales mecanismos.

  2. La decisión final en caso de no llegar a acuerdos

  3. En el caso de que no se llegue al consentimiento o acuerdo sobre una medida administrativa o legislativa propuesta, y agotado el deber de consulta, corresponde al Estado tomar una decisión con respecto a la medida propuesta. Sin embargo, esa decisión debe estar fundamentada y enmarcada en los estándares internacionales de derechos humanos de los pueblos indígenas. En tal sentido, podría resultar inadecuado en su aplicación el criterio establecido en el artículo 23(c) de la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta, que indica: "Si finalizadas estas instancias de diálogo no se logran acuerdos completos entre las partes, el organismo público, procederá a evaluar su decisión de adoptar la medida o desistirse de ella, considerando la importancia de ésta para el interés nacional o bien común." De acuerdo a las normas internacionales que protegen los derechos humanos de los pueblos indígenas, no son suficientes consideraciones de "interés nacional o bien común" en este contexto, sin un claro entendimiento de que los derechos humanos de los pueblos indígenas forman parte del bien común o sin un precisión sobre las implicaciones de estos derechos en ausencia de un acuerdo o el consentimiento.

  4. Tal como ha expuesto el Relator Especial, existen ciertas situaciones en que el consentimiento de los pueblos indígenas llega a ser una precondición exigible para la ejecución de una medida propuesta, más allá de ser un objetivo de la consulta. Como ha establecido la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con base en una lectura de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y en consonancia con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y otras fuentes, el consentimiento es exigible en los casos en que una medida propuesta resultara en la alteración del ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas que son esenciales para su supervivencia como tales. Por lo tanto, si no se logra el consentimiento o acuerdo después de haberse finalizado un proceso de consulta, corresponde al Estado proceder a tomar una decisión sobre la medida sometida a consulta, pero esa decisión queda limitada. El Estado podría decidir proceder con la media propuesta sólo si puede garantizar que la medida no tuviese impactos adversos sobre los derechos de los pueblos indígenas tales como el derecho de estos pueblos a sentar sus propias prioridades para el desarrollo como parte de su derecho a la libre determinación, el derecho a la salud ya un medio ambiente sano, el derecho a la cultura y la religión, y los derechos de los pueblos indígenas sobre tierras y recursos naturales de acuerdo a sus usos y costumbres.

  5. Entre las medidas que requieren el consentimiento de los pueblos indígenas por los impactos que generan sobre sus derechos, según señalan los instrumentos y jurisprudencia internacionales, y que pueden ser de especial interés para el proceso de reglamentación en Chile, se encuentran, entre otras, aquellas medidas que impliquen reasentamiento o traslados poblacionales de los grandes proyectos de inversión o desarrollo que puedan afectar el modo de vida o subsistencia de los pueblos indígenas, y el almacenamiento o desecho de materiales peligrosos en territorios indígenas.

  6. Incluso si el consentimiento no es estrictamente necesario, el Estado en todo momento tiene la obligación de respetar y proteger los derechos humanos de los pueblos indígenas, lo que requiere la aplicación, en su caso, de otras salvaguardas, tales como el establecimiento de medidas de acomodo, mitigación y compensación. Además, todo impacto que imponga una restricción a los derechos indígenas debe, como mínimo, cumplir las normas de necesidad y proporcionalidad en relación con un fin público válido, como generalmente exige el derecho internacional de los derechos humanos cuando son permisibles restricciones en materia de derechos humanos.

  7. Como se ha señalado más arriba, el Estado tiene un deber general de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de los pueblos indígenas, y la consulta previa es una salvaguarda de tales derechos. No se puede debatir que el Estado tiene la potestad de tomar decisiones en nombre del "interés nacional" o el "bien común", pero es necesario precisar que los derechos humanos de los pueblos indígenas forman parte del bien común general y que cualquier decisión del Estado debería respetar estos derechos.

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C. Las consultas relativas a proyectos de inversión

  1. El artículo 5 de la Propuesta de Nueva Normativa de Consulta se refiere a la consulta de medidas administrativas que autorizan la realización de proyectos de inversión, remitiendo tales casos a los procedimientos de consulta que se contemplan en la Ley 19.300 sobre el medio ambiente y en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). El Gobierno ha comunicado al Relator Especial que el Reglamento del SEIA está todavía en proceso de elaboración. El Relator Especial se reserva la posibilidad de formular en el futuro comentarios específicos sobre las disposiciones relativas a la consulta de este reglamento. Sin embargo, el Relator Especial enfatiza la particular importancia de que los procedimientos de consulta con respecto a los proyectos de inversión se ajusten a los estándares internacionales en materia de los derechos de los pueblos indígenas y que estos mismos procedimientos sean debidamente consultados con los pueblos indígenas.

  2. El Relator Especial quisiera hacer presente que las normas internacionales aplicables establecen un estándar específico de obligaciones estatales, en relación a medidas que autorizan proyectos de inversión o desarrollo o concesiones en territorios indígenas o sus cercanías. Tal estándar, derivado del deber de protección de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y recursos, entre otros derechos, comprende, como mínimo a) la consulta previa y, en algunos casos, consentimiento, b) la realización de estudios de impacto, y c) la participación en los beneficios.

  3. En relación a los contenidos de los estudios de impacto, el Relator Especial quisiera recomendar que se incorporen en el nuevo reglamento del SEIA, en aplicación del artículo 4 de la Ley 19.300, los estándares elaborados en el marco de la Convención de Diversidad Biológica y la Decisión VII/16 adoptada por la VII Conferencia de las Partes, sobre "Directrices voluntarias para realizar evaluaciones de las repercusiones culturales, ambientales, y sociales de proyectos de desarrollo que hayan de realizarse en lugares sagrados o en tierras o aguas ocupadas o utilizadas tradicionalmente portas comunidades indígenas y locales, o que puedan afectar a esos lugares".

  4. Otro tema que debería ser abordado en relación con los procesos de consulta sobre proyectos de inversión es el fundamental asunto del reparto de beneficios. El Relator Especial quisiera hacer presente que el artículo 15.2 del Convenio 169 de la OIT establece que "los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades." Debe claramente entre la "participación en los beneficios del proyecto, como derecho que corresponde" a los pueblos indígenas, de la Indemnización por daño o perjuicios causados". En similar sentido, la Corte Interamericana sobre Derechos Humanos dictaminó que "el Estado debe garantizar que los miembros de las comunidades indígenas afectadas se beneficien razonablemente del plan que se lleve a cabo dentro de su territorio." En atención a los antecedentes normativos expuestos, la temática del reparto de beneficios debe integrar la lista de asuntos a incorporar en la reglamentación de los proceso de consulta de proyectos de inversión.

D. Conclusión

  1. El Relator Especial agradece al Gobierno de Chile la posibilidad brindada de ofrecer su asistencia técnica en relación con su Propuesta de Nueva Normativa de Consulta. En opinión del Relator Especial, los esfuerzos desplegados en relación a reglamentar el cumplimiento del deber de consulta representan pasos importantes en dirección a avanzar en la implementación de las obligaciones del Estado en relación a los derechos de los pueblos indígenas del país.

  2. El Relator Especial considera que la Propuesta es de utilidad para abrir un debate respecto a mecanismos y los estándares que deben cumplir los procesos de consulta, para salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas y dar cumplimiento a las obligaciones estatales. Sin embargo, como se ha indicado en las páginas precedentes, resulta ineludible realizar ajustes y modificaciones al texto actual de la Propuesta, en vista de las normas internacionales en esta materia. Además, es necesario avanzar en un proceso de dialogo y concertación con los pueblos indígenas de Chile del modo más amplio e inclusivo para la elaboración del texto final del Reglamento de Normativa de Consulta y del instrumento conexo de Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Marisol Coñuequir Panguilef es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT cabe tener presente que es una normativa que viene a complementar la normativa indígena y, que guarda perfecta armonía con las normas del SEIA en el entendido que dichos espacios de participación se abren cuando hay afectación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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directa a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en cuestión. A su vez, se reconoce que la obligatoriedad que subyace para los organismos del Estado para aplicar dicho procedimiento existe desde la ratificación del referido Convenio por nuestro país, por lo que la aplicación de la Consulta Indígena no se restringe, ni limita a la dictación de reglamentos u otros.

Efectivamente los principios que informan el SEIA son perfectamente conciliables con el Convenio N° 169, en el entendido que el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, opera bajo la lógica que el derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Guillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental.

Este proceso se llevó acabo con las siguientes comunidades y grupos humanos indígenas: - Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Comité de Salud Punowemanke Trancura, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios; siendo un 80% de los socios integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Lof Trancura, entendiéndose por éste al espacio territorial y sociocultural reconocido en la otorgación del Título de Merced N°1.647 del año 1909. - Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, que se encuentra conformado por 37 socios de los cuales el 84% son de la etnia mapuche y en su mayoría son integrantes de las Comunidades Camilo Coñoequir Lloftunekul y Camilo Coñoequir. - Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén

Posteriormente se integra a la Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun al proceso considerando su inscripción como comunidad de fecha 10 de julio del 2014 y que se encuentra en el área de influencia del proyecto.

Actividades realizadas en el Proceso de Consulta Indígena: - Reuniones informativas - Difusión en medios de comunicación - Reuniones acuerdos metodológicos - Reuniones de Consulta Indígena (Talleres, acciones de terreno, entre otras) - Reuniones de acuerdo y Protocolo final de CI REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Para abundamiento de la información revisar Considerando del Proceso de Consulta Indígena de la presente Resolución.

Nombre: Mireya Dumihuala Morales Observación: Creo rotundamente que este proyecto que se ha presentado vulnera todos los derechos de nuestras comunidades indígenas, civiles y ciudadanos, derecho a la vida, a tener un ambiente sano, proyecto que impacta nuestra cosmovisión cultural ancestral, impacta la flora y la fauna nativa y lo que es más grave, viola directamente todos los derechos de agua otorgados a nuestros lugareños por lo que me opongo rotundamente.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Mireya Dumihuala Morales es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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(-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

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Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

En cuanto al deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se informa que este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Ante lo señalado, se informa que en el marco del PCI este impacto fue abordado y se establecieron acuerdos que se detallan en Considerando de Proceso de Consulta Indígena del presente acto.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar, como se ha señalado la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diariamente durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), y por lo tanto les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades en el PCI es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

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De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque.
  • Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades.
  • El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento
  • Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque
  • Registro fotográfico de la instalación del estanque
  • Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado
  • Registro diario de cloro libre residual
  • Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo.
  • Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

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La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

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Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

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d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 638

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 639

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 640

financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación: Ciprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean en el Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

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Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora y fauna acuática

Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo un año. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-).

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medianamente significativo (-) dadas las medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 649

Nombre: Mónica Mariluz Calfumán Ortiz Observación: Lo que más me preocupa es el agua que llega hasta nuestras casas, ya que en este lugar hay muchos niños.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Mónica Mariluz Calfumán Ortiz es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

El Titular propone medidas de compensación para hacerse cargo de la alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui y disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. Los derechos de agua y las soluciones que plantea el Titular son de su cargo, será la empresa quien va adquirir a su costa estas soluciones. Para mayor detalle, a continuación se presentan los antecedentes:

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 1 año), no presentándose en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 650

asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del río Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento de caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Mónica Mariluz Calfumán Ortiz Observación: También, lo que va a pasar cuando lleguen los trabajadores de afuera que traerá la empresa hasta este lugar.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Mónica Mariluz Calfumán Ortiz es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En la Dimensión bienestar social básico; aumento en la demanda de servicios, el titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no significativo en la etapa de operación.

Mano de obra: Se estima que en el periodo peak de la etapa de construcción, el proyecto requerirá una mano de obra de 100 personas, y un promedio durante esta etapa de 85 trabajadores. El titular privilegiará la contratación de mano de obra local, privilegiando la existente en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto.

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Horarios de trabajo: Durante la operación se trabajará en base a un sistema de tres turnos diarios de 8 horas cada uno.

En la etapa de construcción de la central como en la de operación, se realizarán capacitaciones al personal permanente y contratista, en los temas relevantes tanto ambientales como de salud ocupacional y seguridad en sus distintas actividades.

Para dar cumplimiento a lo anterior, los programas de capacitación contemplarán la implementación de charlas de inducción, derecho a saber y capacitaciones tanto generales de la actividad en el recinto como específicas de sus áreas de trabajo en materias de gestión ambiental y de seguridad.

El programa de capacitación se desarrollará a través de 5 módulos, los cuales consistirán en una serie de charlas inductivas respecto a temáticas medio ambientales generales y específicas a aplicar en el proyecto. Los temas a tratar serán:

  1. Derecho a saber
  2. Manejo de sustancias y/o residuos y acción ante derrames
  3. Capacitación de vectores sanitarios (Virus Hanta)
  4. Protección de la fauna silvestre
  5. Protección de la flora y vegetación
  6. Relacionamiento comunitario y cosmovisión mapuche

Así también, es importante notar que se realizarán actividades de limpieza de áreas: Todos los frentes de trabajo serán aseados diariamente al término de cada jornada de trabajo. Se cuidará la limpieza de todos los restos de comidas en superficies o áreas al finalizar cada día laboral.

Nombre: Patricia Valle Manríquez Observación: ¿Si fuman los trabajadores van a poder hacerlo en algún lugar habilitado para prevenir los incendios forestales? ¿Qué medidas va a tomar la empresa?

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Sra. Patricia Valle Manríquez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En la Dimensión bienestar social básico; aumento en la demanda de servicios, el titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no significativo en la etapa de operación.

Mano de obra: Se estima que en el periodo peak de la etapa de construcción, el proyecto requerirá una mano de obra de 100 personas, y un promedio durante esta etapa de 85 trabajadores. El titular privilegiará la contratación de mano de obra local, privilegiando la existente en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto.

Horarios de trabajo: Durante la operación se trabajará en base a un sistema de tres turnos diarios de 8 horas cada uno.

En la etapa de construcción de la central como en la de operación, se realizarán capacitaciones al personal permanente y contratista, en los temas relevantes tanto ambientales como de salud ocupacional y seguridad en sus distintas actividades.

Para dar cumplimiento a lo anterior, los programas de capacitación contemplarán la implementación de charlas de inducción, derecho a saber y capacitaciones tanto generales de la actividad en el recinto como específicas de sus áreas de trabajo en materias de gestión ambiental y de seguridad.

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El programa de capacitación se desarrollará a través de 5 módulos, los cuales consistirán en una serie de charlas inductivas respecto a temáticas medio ambientales generales y específicas a aplicar en el proyecto. Los temas a tratar serán:

  1. Derecho a saber
  2. Manejo de sustancias y/o residuos y acción ante derrames
  3. Capacitación de vectores sanitarios (Virus Hanta)
  4. Protección de la fauna silvestre
  5. Protección de la flora y vegetación
  6. Relacionamiento comunitario y cosmovisión mapuche

Así también, es importante notar que se realizarán actividades de limpieza de áreas: Todos los frentes de trabajo serán aseados diariamente al término de cada jornada de trabajo. Se cuidará la limpieza de todos los restos de comidas en superficies o áreas al finalizar cada día laboral.

Nombre: Pedro Daniel Coñuequir Coñuequir Observación: La construcción de la hidroeléctrica Añihuarraqui me afecta directamente por agua que utilizo para el consumo humano, animal y riego.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Pedro Daniel Coñuequir Coñuequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

El Titular propone medidas de compensación para hacerse cargo de la alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui y disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. Los derechos de agua y las soluciones que plantea el Titular son de su cargo, será la empresa quien va adquirir a su costa estas soluciones. Para mayor detalle, a continuación se presentan los antecedentes:

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 1 año), no presentándose en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del río Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento de caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12) REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Pedro Daniel Coñuequir Coñuequir Observación: Me afecta o daña el sitio de Guillatuwe. Me afecta que con la intervención que van a hacer van a desaparecer las plantas medicinales que utilizo en la curación de enfermedades propias de nuestro pueblo.

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Evaluación técnica de la observación:

El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Pedro Daniel Coñuequir Coñuequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

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Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

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Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

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De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

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b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

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e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación.

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Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Nombre: Pedro Daniel Coñuequir Coñuequir Observación: Riesgos de inundaciones. Por tal y muchos motivos más me niego a la central Añihuarraqui.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Pedro Daniel Coñuequir Coñuequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

El proyecto considera la construcción de obras e instalaciones de carácter temporal y permanente para lo cual se han realizado dibversos estudios y análisis con la finalidad de predicir y evaluar los principales impactos ambientales asociados al proyecto, de modo tal de generar las medidas de mitigación, compensación y/o reparación para hacerse cargo de los diversos impactos.

Respecto de la preocupación del observante se puede señalar que existen distinas obras y acciones que han sido evaluadas y analizadas, concluyendo que la única obra que generará un peralte en la columna de agua será la barrera transversal a construir en la obra de capatción de agua (o bocatoma).

La barrera transversal de la bocatoma generará, aguas arriba de la misma, elevación de la columna de agua por consiguiente se formará un peralte en el flujo del estero disminuyendo su velocidad, formando así un remanso de escurrimiento en un tramo de aproximadamente 50 m de longitud de acuerdo al estudio hidráulico. En operación normal de la central, que corresponde a la cota en el nivel 870,64 m.s.n.m. captando un caudal máximo de 2,5 m3/s a través de la obra de toma, se estimó que el remanso tendrá un volumen 1.302,26 m3 abarcando un área de 0,165 ha. De acuerdo a la modelación realizada mediante estudio hidráulico, para un período T 10 años el área de remanso será de 0,167 ha y el volumen 3.135,16 m3, y para T 500 años la superficie establecida sería de 0,184 há generando un volumen de 4.140,00 m3, según se ilustra en la siguiente imagen:

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Al respecto, y de acuerdo a los estudios y modelaciones de crecidas, y si bien existirá una pequeña área que quedará afectada por el remanso de escurrimiento (0,165 ha) bajo condiciones normales de operación, se hace presente que ésta área no afectará formaciones boscosas, sino que se ubicará en el cauce del estero; sin perjuicio de lo cual, el titular se compromete a tener los acuerdos necesarios con cada uno de los privados antes de iniciar las obras de construcción, en caso que corresponda.

Respecto a la descarga del agua en el estero Añihuerraqui, este no generará situaciones de inundación ya que en su diseño se consideró un nivel sobre la cota de energía de la crecida 1:500 del estero lo que implica que ante una crecida con período de retorno de 500 años, no intervendrá con el funcionamiento de la restitución. No obstante lo anterior, se revestirá dicha zona con empedrado de protección para evitar la ocurrencia de procesos erosivos en su ribera.

Plan de prevención de riesgos, contingencias

El Plan de Prevención de Riesgos, Contingencias y Emergencias, se adjunta en detalle Anexo 17 Adenda 1, el cual será aplicable a todo el personal que trabajará en la construcción, operación y/o cierre de la central, incluyendo personal contratado por la empresa titular, subcontratos y externos.

Los riesgos previstos, por cada etapa de desarrollo del proyecto, se indican en la siguiente tabla:

Riesgo Etapa Construcción Operación Natural Flujos de barro y avalancha X X Deslizamiento y derrumbe X X Inundación X X Sismos X X Antrópico Incendio en el área de faenas X X Accidentes de tránsito X X Derrame de sustancias peligrosas X

Medidas de prevención de riesgos asociadas Inundación

Etapa de construcción: -No se instalarán las zonas de faenas y zonas de acopio en áreas expuestas a inundación. -En caso de habilitar instalaciones temporales en áreas cercanas a los cauces del estero, se harán en una zona suficientemente alta y por encima del nivel del cauce.

Medidas de contingencia asociadas Inundación

Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar - Dependiendo de la magnitud de la inundación, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. - En las áreas inundadas se procederá a extraer el agua, mediante el bombeo o en forma manual. - Para contener nuevas inundaciones, se instalarán sacos de arena u otro elemento de contención. Etapa de operación: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Ante la situación de emergencia de crecida sorpresiva de ríos, se considera un Plan de Acción que comprende la emisión de alarmas, evacuación del personal y detención de equipos.

Nombre: Silverio Loncopán Calfumán Observación: Bueno yo pienso que sería un desastre si se llega a construir la hidroeléctrica, porque destruiría mucha vegetación, ocurrirían deslizamientos de tierras y muertes de peces si se seca el agua; muertes de aves como el chucao, el correntino o el Martín pescador, etc., y lo más importante la muerte de nuestra cultura y nos hacen daño a nuestra salud psicológica y física.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Silverio Loncopán Calfumán es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

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El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos.

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Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas. - Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

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Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

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Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

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Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

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Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente. Respecto a los deslizamientos de tierra, se debe dar cuenta que:

Generación de procesos erosivos

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual implicará remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión y la casa de máquinas, principalmente. Estas actividades pueden aumentar el riesgo potencial de generación de procesos erosivos principalmente en la intervención sobre el ex el camino maderero bajo el cual se implementará la tubería a presión, considerando además que en determinados sectores se establecerán pendientes, por lo que de producirse procesos erosivos, éstos se manifestarían en un área acotada a sectores inmediatos al camino forestal y al sector de instalación de faenas. Los suelos excavados serán acopiados temporalmente alejados del estero y posteriormente serán reutilizados en su totalidad para relleno y nivelación de caminos.

Para evitar y controlar los procesos erosivos, se consideras medidas de mitigación que consisten básicamente en la restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. Otras medidas se establecen en Considerando 7 de la presente Resolución. Considerando la implementación de medidas, se realizará un monitoreo durante la construcción y por un período de al menos 5 años en la etapa de operación en base al método de la estaca, para evaluar y controlar posibles procesos erosivos.

En virtud de la generación acotada y controlada de procesos erosivos que podrían generarse durante la etapa de construcción y operación del proyecto, el impacto se califica como medianamente significativo (-).

Manejo de taludes

Durante el desarrollo de las diferentes etapas del proyecto, el titular ha realizado prospecciones (calicatas) en distintos puntos del trazado. Las más antiguas tienen una data aproximada de 2 años, sin presentar desmoronamiento al momento de su inspección en terreno, lo que concluye que el terreno resiste pendientes prácticamente verticales.

Respecto a los taludes a generar en determinadas zonas donde se requerirá ensanchar el camino existente, y de acuerdo a Estudio Geológico y Geotécnico adjunto en Anexo 12 de la Adenda 1, las pendientes de carácter temporal y permanente se materializarán de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas:

Altura del corte (m) Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Temporal Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Permanente 0 – 2 78 70 2 – 5 68 60 5 – 10 58 50

10 48 40

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Los taludes no llevarán berma intermedia de tal forma de no generar un factor adicional de inestabilidad de los mismos; los terraplenes se proyectarán con taludes H:V = 3:2 y se protegerán contra la erosión que pueda producirse por las precipitaciones.

Dado que el trazado superior la tubería va enterrada bajo el camino, los posibles procesos de remoción en masa y reptación de materiales se relacionan exclusivamente con la intervención del camino. En este sentido, las medidas contemplan la compactación del suelo una vez que la tubería ha sido enterrada, junto a la instalación de una carpeta de rodado, la construcción de un foso y contrafoso que irán a los costados del camino, y los taludes generados contarán con posterior revegetación para aumentar su estabilidad y evitar procesos erosivos, como se muestra en la siguiente figura:

Se ha considerado la utilización de taludes menos pronunciados para la ejecución de la zanja donde se instalará la tubería y, de acuerdo al método constructivo a utilizar, ésta se rellenará en promedio 2 días después de su excavación de manera de ejecutar las tareas de montaje en forma secuencial y maximizar con ello la estabilidad de las zanjas.

Se implementarán acciones de restitución acelerada de la capa vegetal con especies herbáceas en sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno minimizando el suelo descubierto de vegetación. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja.

Durante la etapa de construcción, se realizará monitoreo para evaluar y controlar posibles procesos erosivos en base al método de estaca, cuyo detalle se describe en la siguiente tabla:

Actividad Descripción Selección sitio de muestreo Se escogerán 10 sitios para monitoreo a lo largo del trazado de la tubería, por el camino maderero, aproximadamente cada 250 metros, evaluando las características y accesibilidad de los puntos. Aplicación del método de la estaca El método consiste en clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. Se colocarán a distancias de 250 m formando un transecto. El propósito de la estaca es marcar cortes en el terreno ocasionados por erosión y así, en caso de existir erosión, se estima el espesor de la capa de suelo erosionado. Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. Evaluación de la erosión La cuantificación de los resultados se hace a través de la siguiente fórmula: E = H * A * DAP Dónde: E=Erosión de suelo H= altura de la lámina pérdida A=área medida DAP=densidad aparente Registro de precipitaciones Para complementar el análisis de los resultados se tomará en consideración los registros de las precipitaciones que se dieron en el período que permanecieron instaladas las varillas para su correlación con la cantidad de suelo perdido. Recomendaciones - Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos y camiones, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes - Se informará a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas - Se recomienda hacer las respectivas mediciones después de precipitaciones fuertes, donde es más notorio las variaciones en los datos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Resultados - Levantamiento y mapeo de las coordenadas de los puntos - Mediciones mensuales de la erosión de suelo y/o tras un evento de precipitación importante - Registro mensual de las mediciones - Evaluación de las medidas preventivas y correctivas Medidas preventivas y correctivas - Remoción de elementos gruesos - Relleno de surcos - Nivelación y mantenimiento del camino - Desvíos para evacuación de agua

Los resultados de monitoreos de erosión serán entregados periódicamente a la autoridad para su revisión. En caso de determinarse que existe un proceso erosivo significativo, se implementarán medidas correctivas actuando con la mayor prontitud posible.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida. En específico, para el recurso suelo se implementará:

Impacto Generación de procesos erosivos (S1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación De acuerdo a lo establecido en la línea de base en el EIA, y lo complementado en la Adenda 1 en el Estudio Geológico y Geotécnico (Anexo 12), el terreno resiste taludes prácticamente verticales. Si bien el proyecto no considera la ejecución de obras que impliquen taludes de dimensiones que pudieran representar riesgos de erosión, se implementarán medidas para minimizar la posibilidad de dichos efectos, toda vez que la remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión, la casa de máquinas y mejoramiento y ensanche de ex camino maderero puede implicar el desprendimiento y generación de zonas propensas a sufrir procesos de remoción en masa. Las medidas se mantendrán para la etapa de operación. Nombre medida Protección de taludes de corte y terraplén Tipo Mitigación Descripción detallada - Reutilización de los excedentes de excavación en actividades de nivelación del terreno, de caminos y obras de relleno del proyecto, sin establecer zonas de acumulación de material permanente. - Relleno de zanjas en promedio 2 días después de su excavación. - De acuerdo al PCI, se dispondrán los excedentes de movimientos de tierra que sean utilizables para relleno en terrenos de familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores que lo requieran. Para ello, el titular solicitará lista de los potenciales beneficiados a la directiva de los Comités y se realizará una prospección de los terrenos para analizar el volumen por predio factible a rellenar. - Remoción de elementos gruesos. - Relleno de surcos cuando comiencen a formarse. - Nivelación y mantenimiento del camino. - Desvíos para evacuación de aguas lluvias. - Revegetación y resiembra con especies herbáceas de taludes tras la intervención de sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, minimizando el suelo descubierto de vegetación y dando mayor estabilidad. - Restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, para su estabilización. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. - Durante la etapa de operación, se realizará monitoreo de procesos erosivos en base al método de estaca, que consiste en: i) Clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. ii) La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. iii) Las estacas se instalan a distancias de 250 metros formando un transecto, de tal forma de estimar el espesor de la capa de suelo erosionado. iv) Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. v) Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes. vi) Informar a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas vii) Se realizará seguimiento frecuente y preferentemente después de precipitaciones fuertes. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • En virtud del PCI, el titular incorporará individuos para su replanteo en sectores del proyecto. Para esto un especialista del área forestal, establecerá los individuos que tengan una alta probabilidad de sobrevivencia una vez que sean replantados y que sean técnico factible de rescatar para ejecutar esta medida. Lugar Áreas de construcción del proyecto propensos a generar procesos erosivos Indicador de cumplimiento
  • Cubicación del material a excavar, registro fotográfico de la incorporación del suelo excavado y registro de material dispuesto en botadero autorizado.
  • Registro de familias beneficiadas y cantidad de material dispuesto.
  • Monitoreo de erosión en base al método de la estaca.
  • Registro fotográfico de taludes con revegetación.
  • Registro fotográfico e identificación de especies replantadas.

Medidas de contingencia

Riesgo Medidas de Contingencia Flujos de barro, avalanchas, deslizamiento y derrumbes Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. Sólo podrán activarse las faenas de construcción cuando la ONEMI o carabineros hayan informado al Director Técnico de Obras de que el área se encuentra fuera de peligro. - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar. - Inmediatamente se delimitará un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado. - Personal entrenado, inspeccionará el lugar del accidente, verificando que no existan heridos en el área. - En caso de registrarse heridos por este accidente, éstos serán llevados a un centro asistencial. - Un especialista en prevención de riesgo, inspeccionará el área, demarcando las áreas de riesgo. El profesional determinará si es conveniente relocalizar las instalaciones. Si este fuera el caso, se informará a las autoridades pertinentes.

Etapa de operación: - Se dará aviso al jefe de emergencias. - En caso que sea posible, se contendrá el derrumbe con materiales adecuados. - Una vez controlada la contingencia, se implementarán medidas de estabilización en las áreas propensas a generar procesos de remoción en masa.

Nombre: Silverio Loncopán Calfumán Observación: Nosotros tenemos derechos de agua para consumo humano, para consumo de nuestros animales y para riegos que son nuestras fuentes de ingresos.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Silverio Loncopán Calfumán es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

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Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

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De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas. Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada
  • Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes.
  • Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa.
  • No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Silverio Loncopán Calfumán Observación: Estoy en desacuerdo con los guincas que no respetan a nadie, sólo les importa el dinero.

Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental estima que esta observación ciudadana del Sr. Silverio Loncopán Calfumán no es pertinente, por cuanto ésta no especifica el componente ambiental susceptible de ser afectado por la realización de las obras o acciones asociadas al proyecto.

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Observación: Observaciones de la Comunidad hacia el Proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui.

La comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, donde se emplazaría el proyecto y que se vería afectada, está compuesta aproximadamente por 50 familias que son cerca de 400 integrantes, expresa su rechazo a la central porque transgrede los derechos del pueblo mapuche al instalarse en nuestros territorios y ocupar los recursos naturales existentes que generan nuestros ingresos a través de emprendimientos familiares, comunitarios y de los socios de la comunidad y con la hidroeléctrica se genera contaminación en todo sentido, acústica, intervención del estero, extinción de especies nativas de flora y fauna. El lugar de emplazamiento del proyecto son sitios sagrados de la comunidad donde se realiza el Guillatue, existen dos cerros ceremoniales Ponuwemanke y Peñewe esto por más de dos siglos.

En este lugar del emplazamiento del proyecto están nuestras raíces, nuestra cultura, toda la historia de las familias del sector, las vivencias de los antepasados de las generaciones actuales y esperamos que también de nuestro futuro, aquí están sepultados nuestros antepasados, los lugares se pueden identificar y estaría la misma Central perturbando el descanso de ellos, además de intervenir todo los espacios ceremoniales de la cultura de nuestro pueblo mapuche.

En el informe que llevó a cabo la CONADI, la comunidad expresa su preocupación y hoy la reforzarnos mediante estas observaciones ciudadanas. La comunidad indígena se ve afectada en sus costumbres y tradiciones tanto en lo ceremonial, como sociocultural, las costumbres ceremoniales no son sólo de nuestra comunidad, sino de varias comunidades de la comuna y de otras aledañas corno de la comuna de Pucón, en total se juntan nueve comunidades y para todas ellas, los cerros, las aguas y el Guillatue que tiene su título de dominio vigente, estos lugares se ven perturbados en todo su dimensión. Todas estas intervenciones en el medio ambiente perjudican y dañan la salud de las personas que viven en las comunidades por la preocupación que existe de sus costumbres y tradiciones arraigadas por dos siglos que se perderían por esta intervención.

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Las especies nativas existentes en el sector sobre todo de flora, existen muchas de estas plantas identificadas en la medicina natural ancestral del pueblo mapuche, que son hoy utilizadas en la medicina familiar de las familias del sector y de la comunidad como también la comuna de Curarrehue se ve beneficiada por la costumbre de intercambiar especies, por ejemplo plantas medicinales con habitantes de todos los sectores de la comuna. La fauna que hay permite una regulación natural, porque no hay ruidos externos a los que generan los habitantes con si cotidiano vivir, en cambia con esta Central, esta se vería totalmente afectada por el ruido la polución el corte de especies nativas, etc.

Existen emprendimientos locales de etnoturismo y agroturismo que se complementan con todo el medio ambiente que rodea a dichos emprendimientos en el agua, animales, cerros, laderas, gastronomía mapuche, plantas medicinales. (Apicultura, ganadería mayor, ganadería menor). En el año 2011-2012 se establecieron 21 há de superficie en praderas, las familias que tienen posibilidad ciertas de riego son 48 familias y con un há, un 33,2 % es susceptible de considerarse con riego a futuro, con la central estas familias se verían empobrecidas, aumentando el índice de pobreza en la Región de la Araucanía por el bajo nivel de agua que hoy existe y que se vería intervenido por la central.

En estas tierras está la esencia de nuestro pueblo, nuestros antepasados vivieron, trabajaron y cuidaron de ella, muchos de nuestros mayores están sepultados en el territorio, porque ellos dieron su vida por estas tierras, ejemplo que nosotros estamos siguiendo.

La empresa ha utilizado malas prácticas en todo los ámbitos, que han dañado las confianzas y la salud de los habitantes del sector y de la comunidad, entre ellos, pagando con dinero a algunas personas de la comunidad, para poder instalarse sin inconvenientes en el sector, jugando con la confianza de las personas utilizando sus nombres para las entrevistas, las permutas de tierras, instando a la adulteración de documentos de la organización. (Existe denuncia en la Fiscalía de Pucón).

Por todos los puntos expuestos y por muchas otras razones difíciles de plasmar y que sean comprendidas por estas empresas que sólo quieren generar más riquezas de las que ya tienen, es que solicitamos, en nombre de Dios, que no se apruebe la ejecución de este proyecto, por favor no nos quite nuestra dignidad de gente de la tierra.

Informe productivo usuarios de la unidad operativa PDTI Curarrehue sectores Trancura – Pocolpen

El Programa de Desarrollo Territorial Indígena tiene por objetivo contribuir al desarrollo de la familias indígenas pertenecientes a comunidades indígena cuya actividad principal es la silvoagropecuaria, en función de las relaciones de la población con el medio ambiente y el entorno territorial, generando capacidades productivas y de gestión, que permitan incrementar los ingresos de los(as) beneficiarios(as) y mejorar su calidad de vida.

Descripción: El programa PDTI, con la presencia de la Unidad Operativa Curarrehue Centro inicia hace unos años aproximadamente asesoría técnica sobre las Comunidades Indígena Camilo Coñoequir y la Lloftunekul, contemplando un universo de familias atendidas de 48 distribuidas entre los sectores de Trancura y Pocolpen.

Las actividades silvoagropecuarias aquí desarrollas son diversas, desde emprendimiento eco turísticos, ganadería preferentemente ovino - bovino y hortalizas.

De los 48 usuarios(as) atendidos que se encuentran bajo la asesoría técnica del programa PDTI, distribuidos entre la comunidad Camilo Coñoequir y la Camilo Coñoequir Lloftunekul presentan una ocupación de 469 hectáreas aproximadamente, que en su mayor porcentaje son propietarios y sucesiones, de las cuales un 38,2 % (179 ha) son arables y son factibles de lograr establecer riego.

De la masa ganadera existente se puede determinar que existen 492 cabezas ovino y 268 bovinos.

Entre la temporada 2011 -2012, se establecieron 21 hectáreas de pradera financiadas por a través del programa de praderas suplementarias, presentándose una nueva demanda para la temporada 2013 de 34 hectáreas aptas para recuperar y/o establecer algún tipo de cultivo ya sea suplementaria y/o permanente, a través del los siguientes programas: Recuperación de Suelo SIRS-D, Praderas Suplementarias y/o praderas establecidas a través de cofinanciamiento del programa PDTI.

En relación a la producción de hortaliza esta cubre una superficie aproximada de 3,5 hectáreas donde la producción en su mayor porcentaje es para el autoconsumo.

En resumen se puede determinar que dentro de las familias atendidas por el programa existe un desarrollo de la multiactividad, determinándose que el recurso agua es fundamental para la producción, mantener, mejorar y garantizar la disponibilidad del recurso agua es primordial.

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Informe Sociocultural: Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul; TM N° 1647 del año 1909. Sector Trankura, Comuna de Curarrehue, Región de La Araucanía.

Tema: Solicitud de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, para constatar eventual deterioro de espacios de significación cultural y ceremonial, como consecuencia de la realización de obras de terceros, expresados en la instalación de una central hidroeléctrica de paso.

Con fecha 05/07/2010, y en el domicilio del Gillatufe don Ignacio Coñoequir Paillalafken, en el sector Trankura, comuna de Curarrehue, (19 H 0280762/ UTM 5630891), el suscrito procedió a reunirse con autoridades tradicionales de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, a fin de recoger antecedentes acerca de la presencia en el territorio de espacios culturales expresados en sitios de significación cultural y ceremonial del LOF Trankura. En el domicilio del Sr. Ignacio Coñoequir se procedió a entrevistar además al Logko don Alejandro Coñoequir Curilaf, quien ejerce el rol de Logko Mayor en el territorio.

En lengua mapuzugun el Gillatufe, y en castellano el Logko Mayor, ambas autoridades tradicionales reconocidas en el territorio, expresaron que les preocupa desde el punto de vista ceremonial y sociocultural, así como medioambiental, la instalación de una central hidroeléctrica de paso en el sector, lo cual implica la realización de diversas obras que afectarán grandemente el ecosistema local, de notoria fragilidad, y porque además afectará directamente a la mantención del uso y la costumbre tradicional, fundamentalmente en lo relacionado con el ceremonial.

Respecto del uso y la costumbre local, y en lo relacionado con el ceremonial, las autoridades entrevistadas expresaron que en el sector Trankura se ubica el Gillatuwe principal del territorio, al cual concurren como participantes de las ceremonias las comunidades de Wampoe, Clawikin, Ikal, Menetuwe, San Luis, Maichin, Quintonahuel (Reigolil),Conki, Coilaco, constituyendo un conjunto de 9 comunidades que se aglutinan en torno al mencionado Gillatuwe, constituyendo un Rewe, agrupación sociopolítica tradicional mapuche.

Informan los entrevistados que cada 3 años realizan la ceremonia denominada Gillatun Grande, de 2 días de duración, y usualmente durante el mes de marzo. A ello agregan que cada 2 años se realizan ceremonias de Gillatun preparatorio (del Gillatun Grande), de 1 día de duración y también en el mes de marzo. Asimismo, expresan que se realiza además ceremonia de Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos.

Puntualizan los entrevistados que las ceremonias son ritualmente dirigidas por el Gillatufe, y que cada comunidad participante envía su logko mayor quien se coordina con el Logko Mayor de la ceremonia, don Alejandro Coñoequir Curilaf.

Respecto del emplazamiento físico del Gillatuwe Trankura, expresan los entrevistados que se encuentra en el lugar hace aproximadamente 170 años, y que antes estuvo situado mas próximo a la frontera con Argentina, en un sector denominado Chaiwen.

Explican los entrevistados que el gillatuwe Trankura está ritualmente conectado a los cerros Punowemanke, que es el cerro Txen Txen, y el cerro Peñewe, que es considerado como cerro Kai Kai. Asimismo informan que en relación con las ceremonias tradicionales, el agua para el ritual propiciatorio es obtenida desde un cercano Txayenko, en el estero Pichitrankura, lugar en el que además existe un reservorio tradicional de especies de lawen, esto es, plantas con aptitud curativa utilizadas por los especialistas de la etnomedicina mapuche.

En referencia al sitio ceremonial Gillatuwe Trankura, explican las autoridades tradicionales que en dicho espacio tradicionalmente se encienden hasta 18 ketral (fogones), y que en la actualidad en situación de ceremonia se levantan un total de 13 ramadas, y 14 ketral/fogones; y que usualmente en el Gillatuwe Grande participan un total de 600 personas, y en el Gillatuwe Chico (preparatorio) un total de 300 personas.

Agregan que las ceremonias de Gillatun consideran la actividad del Awun, en el espacio colindante con el Gillatuwe. Explican que el Gillatuwe Trankura es un espacio ceremonial tradicional y muy importante en el territorio, por lo cual concurren comunidades de un amplio territorio.

Explican las autoridades tradicionales que existe newen (fuerza) en ambos cerros conectados al Gillatuwe, y que la población del territorio y las autoridades tradicionales en particular, observan regularmente el comportamiento de los cerros en busca de señales que favorezcan las ceremonias propiciatorias o indiquen que es necesario realizar alguna ceremonia.

El cercano río Trankura constituye según los entrevistados un sitio de rogativas personales privativo de autoridades tradicionales, en este caso Gillatufe y Logko Mayor, ceremonias propias del ritual y del rango del que están investidas ambas autoridades.

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Expresan que en las cercanías del Gillatuwe y próximo al río Trankura, existe un sitio tradicional de reunión, un Txawunwe, al que es dificultoso el acceso sin previo aviso al propietario del predio; pero agregan que en ese lugar donde hoy existe una construcción menor, es aún utilizado como sitio de reunión comunitario.

En referencia a las obras planificadas por terceros no mapuche para la instalación de una central hidroeléctrica de paso, expresan las autoridades tradicionales que afectarán primeramente al cauce del estero Pichitrankura, dado que se intervendría su cauce para acopio de aguas hacia una central, lo cual es un problema mayor dado que en época de verano dicho estero ya exhibe un cauce menguado, y de ser intervenido prácticamente dejaría al territorio sin sus aguas, que en lo religioso ceremonial significaría un desastre cultural.

Asimismo los entrevistados aludieron a la situación que afectaría al Gillatuwe, dado que en su proximidad las obras a implementar implican la construcción de una casa de máquinas y turbina, con las consecuencias negativas de ruidos y alteración de la topografía del entorno, con elementos intrusivos que alterarían el territorio colindante al espacio ceremonial.

Referidos al ceremonial y Gillatuwe Trankura, explican los entrevistados, que existe un Rewe permanente expresado en un planta de manzano, el cual es acompañado de otras plantas nativas del sector en ocasión de ceremonia. Complementan informando que la última vez que se repuso el Rewe fue en el mes de marzo del año 2009.

En lo que tiene que ver con actores ceremoniales participantes de los diversos rituales que se efectúan, informan los entrevistados que en la comunidad Coñoequir cuentan con dos personas que tienen el rango de Kalfumalen, dos personas que ejercen el rol de Capitán, y tres personas que cumplen con la función de Sargento, y una persona que es reconocida como Pillankuze.

Se informa además que en cada comunidad de las que concurren al Gillatuwe Trankura existen sus propias autoridades tradicionales y Gillatuwe, y se realizan ceremonias menores a las cuales se invita a la comunidad Coñoequir, pero que es reconocido el Gillatuwe Trankura, como el sitio ceremonial principal del territorio. Expresan que dicha relevancia viene de tiempos de su abuelo común, don Camilo Coñoequir, quien tenía como nombre original el de Lleftonekul.

En cuanto a espacios culturales asociados al Gillatuwe, las autoridades tradicionales entrevistadas expresaron que existe Paliwe, fuera del entorno del Gillatuwe, y que están constituidas por otras canchas, que se utilizan alternadamente. En ese mismo aspecto mencionan que en el sector hay memoria de sitios de enterramiento familiar, Eltun, algunos de los cuales son identificables y están próximos al Gillatuwe.

Respecto de ceremonial funerario, los entrevistados expresan que hace a lo menos 100 años a la fecha que los fallecidos del sector son enterrados en el cementerio de Curarrehue; y que cuando la familia así lo decide, se realiza previamente un ritual mapuche en su casa, durante 3 días, y se le traslada ceremonialmente hasta la tumba y ese momento se acompaña la inhumación con una ceremonia propiamente mapuche. Complementan informando que además de la comunidad Coñoequir, otras comunidades del territorio inhuman a sus fallecidos en el cementerio de la localidad de Curarrehue.

Seguidamente, y en compañía del Logko Mayor don Alejandro Coñoequir Curilaf, se procedió a visitar algunos sitios culturales situados en el territorio; comenzando por el estero y Txayenko Pichitrankura, (19 H 0280771 / UTM 5630875).

A continuación, se procedió a visitar el sitio ceremonial Gillatuwe Trankura (19 H 0281355 / UTM 5633232), en cuyo emplazamiento fue posible observar restos de ramadas y fogones, y en el espacio Llongol Llongol dentro del Gillatuwe se observa el emplazamiento del fogón principal, el Pillanketral. Asimismo en el sector central del espacio ceremonial se puede apreciar el Rewe, expresado en un manzano, que de acuerdo al relato de la autoridad tradicional, en ocasión de ceremonias se acompaña de especies nativas del territorio.

Posteriormente en compañía del Logko don Alejandro Coñoequir y algunos integrantes de la comunidad, se procedió a identificar junto al camino público, dos entornos que fueron indicados como antiguos Eltun, lugares que fueron utilizados antiguamente como sitios de inhumación familiar.

La ubicación de los Eltun corresponde a las coordenadas siguientes en cada caso: 19 H0281530 / UTM 5633701, y 19 H 0281536 / UTM 5633695.

La observación in situ permitió apreciar que existe una conexión visual evidente respecto de los espacios culturales y sitios de significación cultural asociados ceremonialmente al Gillatuwe Trankura, como partes de un complejo ceremonial territorial, conforme a la cosmovisión mapuche.

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Conclusiones

La entrevista a las autoridades tradicionales, el conocimiento que evidenciaron poseer, su reconocido rol de autoridades ceremoniales; permitió apreciar que el entorno territorial / LOF Trankura donde se emplaza la comunidad Camilo Coñoequir, y principalmente el Gillatuwe y Txayenko, corresponde a una dimensión físico espiritual trascendente y relevante para la población mapuche, en este caso de identidad socio territorial Pewenche.

Los antecedentes recogidos permiten apreciar una situación de autor reconocimiento colectivo de un grupo humano compuesto por personas mapuche, "el grupo autodenominado como comunidad Camilo Coñoequir” que reconoce como referente territorial el sector Trankura, de la comuna de Curarrehue.

Un breve análisis de la información recogida sugiere que la motivación principal de los integrantes del grupo Camilo Coñoequir, a través de la vocería de sus autoridades tradicionales es que se autorreconocen y auto convocan como un colectivo de personas con fines socioculturales y religiosos comunes, y que verbalizaron como su interés prioritario la preservación y protección de sitios de significación cultural emplazados en el entorno, sitios que constituyen parte de un complejo sistema ceremonial que tiene cono referente principal el Gillatuwe de TRANKURA, sitio ceremonial principal en el territorio según el uso y la costumbre tradicional.

La percepción sociocultural de la comunidad, como ya se dijo, expresada a través de sus autoridades tradicionales, por lo cual está expresada en términos culturalmente relevantes, prevé una transfiguración sociocultural profunda en el uso y costumbre tradicional a partir de la intervención del ecosistema local como consecuencia de la eventual realización de obras para la instalación de una central hidroeléctrica de paso.

Dicho cambio cultural, previsible y no deseado por los habitantes del territorio, tiene que ver con el aspecto del ceremonial y de la relación de la comunidad con el entorno natural, relación a la que subyace un complejo sistema de relaciones y creencias, propias de la cultura tradicional, una visión holística de la realidad y el mundo circundante, posible de resumir en la frase : todo se relaciona con todo, por lo cual en conceptos de las personas mapuche, la alteración de un elemento del mundo circundante puede resultar en la alteración de la persona misma, y eso es relevante desde el punto comunitario.

De esa forma, resulta relevante también para la Corporación, la consideración sociocultural comunitaria respecto que la intervención del cauce que posibilita el Txayenko Pichitrankura, la instalación de maquinaria en las proximidades del Gillatuwe Trankura, además del creciente tránsito de terceros que ello implicará, en términos socioculturales y religiosos generará una situación de disturbio permanente y progresivo, atentatorio contra el tradicional desarrollo del ceremonial, el acceso a los sitios de significación cultural, y la preservación de las formas tradicionales de relacionamiento en y con el territorio.

Cabe agregar que en el territorio el ceremonial tradicional mapuche y la relación comunidad con el entorno se expresa según los códigos del az mapu, en consonancia con la particularidad de la identidad socio territorial pewenche, por lo cual es imprescindible considerar lo normado al respecto en la Parte II, Art. 13.1 del Convenio N° 169 de OIT; y el Título IV, Párrafo 1°,1etra f) de la Ley Indígena, N° 19.253, y son pertinentes y atendibles las preocupaciones comunitarias de riesgo cultural para el territorio por la eventual intervención en el ecosistema local con obras para la instalación de una central hidroeléctrica de paso. (Informe del Antropólogo Mario Barrientos Martínez, del 19 de julio de 2010)

Los socios firmantes que aparecen autorizando la construcción de esta hidroeléctrica, jamás firmaron con ese objetivo, simplemente firmaron la asistencia a una reunión de la organización, documento que fue mal utilizado por el secretario de esa época, don Rigoberto Calfumán Ortiz, quien recital esta "supuesta acta N° 41" a escritura pública, coludido con el alcalde de esa época, Héctor Carrasco Ruiz, y obviamente la empresa interesada. Demás esta recordarle que, producto de la presentación de ese listado de firmas como respaldo al proyecto, se originó la denuncia Rol Único de Caso/Causa N° 1101085109-4 ante la Fiscalía de Pucón, presentada por la comunera Marisol Coñoequir Panguilef, toda vez que en listado aparece su señora madre, Benita Panguilef firmando esta aprobación, en consecuencia que la referida es analfabeta.

Recordarle, además, que existen derechos de aprovechamiento de aguas legalmente inscritos a nombre de 6 integrantes de nuestra comunidad que no están siendo respetados en este proyecto.

Sólo para demostrarle lo manipulado que estuvo todo este proceso de "socialización del proyecto", puede ver usted que con fecha sábado 05 de junio de 2010, según consta en la "supuesta acta N° 41", el alcalde de la época aparece apoyando la ejecución de este proyecto y posteriormente, con fecha 03 de octubre, emite un certificado al Lonko de la comunidad, don Alejandro Coñoequir Curilaf, donde "manifiesta su disconformidad con la construcción de la Central de Paso de Trancura, sobre el Estero Añihuerraqui". Carencia total de legalidad de las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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partes involucradas, Secretario de la Comunidad, Rigoberto Calfurnan, Alcalde de la época Héctor Carrasco Ruiz y empresa Hidroeléctrica Añihuerraqui.

La Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul del sector Trankura — Pocolpén de la Comuna de Curarrehue, hace saber los siguientes efectos que ha causado el Proyecto Hidroeléctrica Añihuerraqui en nuestra comunidad.

Sentimos que las grandes empresas, con su alto poder adquisitivo, transgrede todos nuestros derechos como pueblo originario, al pretender instalarse en nuestro territorio y hacer uso de nuestros recursos naturales, toda vez que es el único recurso o riqueza que tenemos como para poder salir adelante a través del trabajo turístico comunitario que se está levantando, pero con esta contaminación que provocará esta hidroeléctrica se ve todo afectado, porque no solo nos quieren quitar el agua, sino que destruirán nuestro entorno completo, contaminación acústica, intervención de ríos, aumento de tránsito de camiones, extinción de muchas especies de nuestra flora y fauna.

El "trabajo comunitario", que dice haber hecho esta empresa se ha centrado básicamente a dividir las familias que integran la comunidad, lo que ha provocado un desastre en nuestra convivencia, porque la empresa ha hecho un trabajo sucio, cambia el discurso conforme al entendimiento que tenga cada familia para poder provocar este enfrentamiento.

No existe conocimiento sobre nuestra cultura, y por lo tanto, no hay respeto alguno por nuestros sitios sagrados como la Pampa de nuestro Guillatún, Cerro Ceremonial Ponuwemanke y Peñewe.

Por otro lado, existen derechos de agua constituidos por algunos comuneros que tampoco se están respetando conforme a la cantidad de litros que utilizaría la hidroeléctrica.

Por favor señor Director, considere todas estas agravantes en el caso y ayúdenos a conservar nuestro patrimonio natural y cultural. Nosotros y las futuras generaciones estaremos eternamente agradecidos.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

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Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

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Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

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Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

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Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983, se informa que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad.

El titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es no significativo considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el presente documento.

En cuanto al deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se informa que este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Ante lo señalado, se informa que en el marco del PCI este impacto fue abordado y se establecieron acuerdos que se detallan en Considerando de Proceso de Consulta Indígena del presente acto.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar, como se ha señalado la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diariamente durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), y por lo tanto les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades en el PCI es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

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  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

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Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades.

Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

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Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental. Los antecedentes de este proceso se presentan en Considerando de Consulta Indígena del presente acto.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

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El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación: Ciprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean en el Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora y fauna acuática

Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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extendiéndose como máximo un año. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-).

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medianamente significativo (-) dadas las medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

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Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Observación: Observaciones de la Comunidad hacia el Proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui. Existen derechos de agua de comuneros lo que, conforme a la cantidad de litros de agua que utilizarían en la central Hidroeléctrica, no se respetaría para los comuneros, debido a que no coincide la cantidad de agua que presentan en su estudio, con la realidad actual.

Del año 2005 existen derechos de Aprovechamiento de aguas de seis familias del sector y el caudal presentado en los estudios de la Central Hidroeléctrica por parte de la empresa no se ajusta al caudal que existe en la realidad, este es bastante menor al indicado, por lo que la comunidad se ve afectada por este recurso y en el verano es bastante menor, además es agua de consumo animal y humano y de riego.

Según menciona el estudio elaborado por la empresa, se señala que: "los derechos de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales en el río Añihuerraqui fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas...” y en el mismo documento citado se menciona como titular a GTD Negocios S.A.", no obstante los documentos anexados (en el estudio), dan cuenta que el titular de los derechos de agua, corresponden a Andrés Moisés Montoto Torrealba.

La información del estudio es inconsistente entre la "titularidad de las aguas" con la "titularidad de la obra a construir", sin perjuicio de esto, no se anexan ni se mencionan, en el estudio, antecedentes sobre presuntos arriendos, ventas y/o permutas sobre la titularidad de las aguas, es decir se puede presuponer que se esboza el estudio sobre la base de una presunta propiedad sobre las agua a encauzar, presunción que no se puede traspasar a la ejecución, desarrollo y/o construcción de la obra para apelar a la utilización de los recursos hídricos del estero Añihuerraqui, la seriedad de los estudios a ingresar no se pueden esbozar sobre la base de presunciones, ya que todo el desarrollo posterior hasta las conclusiones, en sí, carecería de credibilidad, al presumir que son conjeturas, presunciones, suposiciones y/o probabilidades. Estos antecedentes sobre la titularidad (antes mencionada) se repiten en el numeral 1.2.4., es decir se ratifica la inconsistencia.

Según un informe evacuado desde la Unidad productiva de la Municipalidad de Curarrehue, en relación al caudal de agua que aporta el estero Añihuerraqui, se señala que éste lleva un caudal de 0,91 m3/seg, caudal medido en el mes de enero del año 2013, en el mismo sitio donde se emplazará y construirá la bocatoma de la Central de paso Añihuerraqui, en circunstancias que el petitorio del titular es de 2,5 m3/seg.

La medición del caudal se realizó en el mes de enero, tras un mes precedente (Diciembre), con alta y anormal pluviometría (no obstante las mediciones se realizan en el mes de Abril, donde se produce la mayor merma de agua). Dado esto, considerando que el caudal aún así es menor al solicitado (0,91 m3/seg v/s 2,5 m3/seg) y sin olvidar que Diciembre fue anormalmente alto en pluviometría, como se sostendrá el caudal ecológico, si ya el caudal es menor al solicitado y por lo demás el estudio menciona que será "una central de pasada, sin regulación de caudal".

En el estudio no se menciona de cuanto será el valor del caudal ecológico, que se asegurará tras la captación de agua desde el estero Añihuerraqui.

Además del punto anterior, la citada bocatoma del estudio y la verificación en terreno, involucra la construcción de una estructura que abarca todo el lecho del estero Añihuerraqui, con lo cual se afectará indudablemente el caudal aguas abajo de la construcción, ya que se desviará el caudal requerido de agua para el "normal" funcionamiento de la casa de máquinas.

Por otra parte, si bien, el estudio señala que se mantendrá el caudal ecológico, las interrelaciones bióticas asociadas a la vegetación existente aledaña y en la periferia del curso de agua, se verán afectados con alteraciones en su composición dada la merma de relación de volumen de agua que baja en todo su trayecto.

El estudio menciona que se mantendrá el caudal ecológico, no obstante, no se señala de qué forma se velará, controlará y/o medirá dicho caudal ecológico, ni en qué época se establecerán dichas mediciones de control y verificación del caudal ecológico, tampoco se describe una metodología al respecto. Es necesario demostrar científicamente que la reducción del caudal actual al caudal ecológico, no afectará el crecimiento, desarrollo y diseminación de las especies identificadas como medicinales, desde la perspectiva de la unidad biológica.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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En el Anexo 2 de la Adenda 1 el Titular señala que se incluyen las resoluciones DGA de otorgamiento de derechos de aprovechamiento de aguas no consuntivo, certificados de inscripción en conservador de Aguas de Pucón y Catastro Público de Aguas que acreditan la propiedad por parte de GTD Negocios S.A. de los derechos necesarios para la operación del proyecto.

En la Adenda 2 el titular informa que el proyecto Añihuerraqui cuenta con tres Resoluciones DGA: La primera, N° 800/2002 denominada Derecho Original 1, establece como punto de captación las coordenadas UTM (metros) 5.633.700 N y 282.300 E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.404 N y 282.102 E, WGS 84). El punto de restitución se encuentra en las coordenadas 5.633.400N y 281.000E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.104 N y 280.802E, WGS 84). La Resolución establecía una distancia de 1.350 metros y un desnivel entre ambos puntos de 204 metros.

Posteriormente, se solicitó un cambio de punto de captación el cual fue otorgado mediante Resolución DGA N° 748/2010 denominado Derecho Modificado 1, donde se establece el nuevo punto de captación en las coordenadas UTM (metros) 5.633.844 N y 284.022 E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.548 N y 283.824 E, WGS 84). El punto de restitución se mantiene igual al original descrito anteriormente. Con esto, se obtiene una distancia de 3.054 metros y nuevo desnivel entre ambos puntos de 450 metros.

Para ampliar el caudal de diseño de la central se adquirió un nuevo derecho de aguas, Resolución DGA N° 143/2010 denominado Derecho Original 2, el cual establece el punto de captación en las coordenadas UTM (metros) 5.633.660 N y 282.095 E, Datum Provisorio Sudamericano1956 (5.633.364 N y 281.897 E, WGS 84). El punto de restitución se encuentra en las coordenadas 5.633.425 N y 281.090 E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.129 N y 280.892 E, WGS 84). La distancia entre ambos puntos es de 1.032 metros y el desnivel es de 160 metros. Referente a esto se ha solicitado a la DGA un cambio de punto de captación sobre esta resolución (expediente VT-0902-370) denominado Derecho Modificado 2, indicando como nuevo punto de captación el punto 5.633.844 N y 284.022 E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.548 N y 283.824,29 E, WGS 84). Este punto es el mismo otorgado en la Resolución DGA N° 748/2010. En la Tabla 1 de la Adenda 2 se incluyen las Resoluciones y Coordenadas Captación Derechos de Aguas.

De acuerdo a lo indicado en plano CHA-OC-HI correspondiente a Planta y Secciones del Canal de Devolución entregado en Adenda 1, la coordenada referencial de la restitución es 5.633.304 N y 281.386 E, Datum WGS84. El punto de restitución de las obras se ubica 615 metros aguas arriba del primer derecho y 530 metros aguas arriba del segundo.

Así también, el Titular indica que acoge la indicación de la autoridad, y sólo se hará uso de estos derechos una vez que sean autorizados sectorialmente por la DGA.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto se ubica en sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

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En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

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Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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viviendas. - Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular. - El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular. - El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul Observación: Existe en la actualidad a raíz de la entrada de la empresa GTD en el sector donde se ubica la comunidad Camilo Coñoequir entre los habitantes una gran desconfianza entre las personas, nunca hubo un conflicto mayor en la comunidad y hubo gente que se sancionó, : al interior de la comunidad por malas (entre estos sancionados se encuentra la secretaria de la comunidad), que se apegan a los estatutos y que perjudican a la comunidad, recibiendo recursos económicos y esto perjudicó a la comunidad y estos acuerdos en el pasado no han sido los más adecuados por parte de la empresa, menos si lo configuramos como una consulta a la ciudadanía porque estas consultas no tienen que ver con pagos económicos a los integrantes de una comunidad, por lo que en este sentido ni la participación ciudadana ciudadana que hoy estipula la Ley de Bases del medio ambiente del medio Ambiente es la más acertada y en este sentido además no se está respetando el convenio 169 de la OIT, ratificado por Chile en septiembre de 2009; por las malas prácticas utilizadas por la empresa que presenta el proyecto.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT cabe tener presente que es una normativa que viene a complementar la normativa indígena y, que guarda perfecta armonía con las normas del SEIA en el entendido que dichos espacios de participación se abren cuando hay afectación directa a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en cuestión. A su vez, se reconoce que la obligatoriedad que subyace para los organismos del Estado para aplicar dicho procedimiento existe desde la ratificación del referido Convenio por nuestro país, por lo que la aplicación de la Consulta Indígena no se restringe, ni limita a la dictación de reglamentos u otros.

Efectivamente los principios que informan el SEIA son perfectamente conciliables con el Convenio N° 169, en el entendido que el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, opera bajo la lógica que el derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental.

Este proceso se llevó acabo con las siguientes comunidades y grupos humanos indígenas:

  • Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul
  • Comité de Salud Punowemanke Trancura, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul
  • Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios; siendo un 80% de los socios integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul
  • Lof Trancura, entendiéndose por éste al espacio territorial y sociocultural reconocido en la otorgación del Título de Merced N°1.647 del año 1909.
  • Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, que se encuentra conformado por 37 socios de los cuales el 84% son de la etnia mapuche y en su mayoría son integrantes de las Comunidades Camilo Coñoequir Lloftunekul y Camilo Coñoequir.
  • Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén

Posteriormente se integra a la Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun al proceso considerando su inscripción como comunidad de fecha 10 de julio del 2014 y que se encuentra en el área de influencia del proyecto.

Actividades realizadas en el Proceso de Consulta Indígena: - Reuniones informativas - Difusión en medios de comunicación - Reuniones acuerdos metodológicos - Reuniones de Consulta Indígena (Talleres, acciones de terreno, entre otras) - Reuniones de acuerdo y Protocolo final de CI

Para abundamiento de la información revisar Considerando del Proceso de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Observación: El estudio de impacto ambiental presentado señala que: "Asimismo, el proyecto se emplaza en territorio mapuche, donde habitan las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén. Si bien el proyecto no interviene sus territorios en forma directa, ni afecta sus manifestaciones culturales, religiosas, celebraciones, ceremonias tradicionales u otras, ni el sistema de tenencia de la tierra o lugares de significación cultural o patrimonial, la presencia de estas obras en sectores cercanos a las comunidades indígenas representa un efecto por sí mismo,...".

Contrario a lo señalado en el estudio, el proyecto además de emplazarse en territorio mapuche, interviene directamente en la manifestación cultural guillatún, ya que el trazado y recorrido de las obras a ejecutar para la instalación de las obras y la posterior implantación de la tubería conductora hasta la casa de máquinas, que en ese tramo es descubierta, recta y descendente, pasa por el interior (específicamente por el centro) del espacio REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ceremonial, afectando todo su territorio y afectando la espiritualidad del ceremonial del Ngullatún. Ceremonial que involucra el estero, los cerros circundantes y aledaños, además del recinto ceremonial propiamente tal; dicha tubería embiste abrupta y rupturistamente sobre el área del ceremonial, por el medio, los descampes considerados a cada lado de la tubería serán evidentes para cualquier observador desde el área del ritual, debido a su altitud y trazado con respecto al área del ceremonial, la estructura destruye la sincronía del lugar, afectando drástica y nocivamente la ceremonia.

La concepción de la manifestación religiosa del guillatún, no tiene un espacio definido ni delimitado en razón del sistema métrico decimal, el nguillatuwe representa lo antes descrito (es un espacio delimitado, generalmente de 1 a 6 há.), pero el ceremonial ancestral donde el mundo sobrenatural a través del rewe se conecta con el Nag Mapu, se afectará por la inclusión de ésta infraestructura metálica, ajena y externa al ceremonial. El trazado desde la zona de captación de agua, está en el medio de dos elevaciones de significancia cultural para el guillatún, propiamente tal, el cerro Punowemanque y el cerro Peñehue que junto al espacio del nguillatuwe y al rewe en su conjunto son y representan la cosmovisión de la ancestralidad de ésta ceremonia sagrada. Estos cerros corresponden a sitios "Winkul", para la comunidad.

Según describe el libro "Espacios de significación cultural y medio ambiente", de CONADI los winkul son reconocidos y valorados en forma especial por su peculiar geografía o porque se les atribuyen poderes espirituales, los cerros mencionados (Ponuhuemanque y Peñehue), cumplen con ésta condición para la comunidad, siendo parte integral del ceremonial del Guillatún, donde la estructura contemplada en el estudio, pasa por el centro del espacio, afectando su visión y cultura.

Por otra parte el mismo libro, cita a los "sitios Traliko" (esteros), siendo valorizados como el lugar donde se realizan Ilellipun, siendo cercanos a los lugares nguillatuwe (situación que corresponde a este caso).

En el trayecto del estero Añihuerraqui, es identificado como relevante por constituir un lugar donde se encuentran hierbas medicinales (áreas de colecta de lawen), sin perjuicio que es un lugar donde se aposentan ciertos Ngen, dentro del imaginario colectivo y la cosmovisión de la comunidad indígena, por otra parte los integrantes de la comunidad y vecinos aún los utilizan para contrarrestar problemas de salud de conformidad a su conocimiento ancestral, y la disminución del caudal de agua, afectará directamente la humedad ambiental (microclima de la cuenca) del entorno, afectando su hábitat lo que provocará la eventual pérdida de este herbolario medicinal ancestral.

El mismo estudio señala en la Pag. 0-16 en la dimensión antropológica "Aunque la práctica del guillatún no es frecuente, se reconoce el nguillatuwe y el cerro Ponuemanque como lugares de significación cultural", no obstante existe el reconocimiento no se respeta la concepción onírica de dichos lugares, ya que el estudio, plantea la construcción de la estructura por sobre éstas manifestaciones y lugares de significación cultural.

El estudio señala en su numeral 0.7.3.2 «Corresponde al territorio de las comunidades indígenas más próximas al proyecto Camilo Coñoequir Lloftunekul, Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén".

Al respecto debemos aclarar que las comunidades citadas no se encuentran "próximas" al proyecto, ya que está inserto dentro del territorio de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Camilo Coñuequir, la única comunidad próxima es la Comunidad Juanita Curipichun de Carén, que se ubica frente al área del trazado, separado por el río Trancura, que es donde vierte aguas el estero Añihuerraqui.

Las comunidades Camilo Coñoequir Lloftunekul y Camilo Coñoequir, en su génesis fueron una sola área territorial, pero para dar funcionalidad a la organización como tal, debido al gran territorio que involucran y para facilitar a sus respectivos integrantes, poder participar activamente de la comunidad se dividió en las dos comunidades actuales, donde el puente ubicado sobre el estero Añihuerraqui, constituye un seudo-límite territorial en las comunidades.

El estudio señala en su numeral 0.7.3.2 letra iii "Las comunidades no tienen longko reconocido y tampoco machi". En la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, existe un Longko tradicional reconocido por la comunidad, y en la Comunidad Camilo Coñoequir existe un Longko, bajo la acepción de la CONADI.

Referido a la presencia de Machi en la zona, según la cosmovisión de la cultura mapuche pehuenche, éstas tienen injerencia y "poder" en sus espacios territoriales y no fuera de éstos, por lo cual es imposible que se establezca una machi en la zona, por ello la no existencia y presencia en el territorio de las comunidades. La existencia de una machi local, corresponde al nacimiento y/o selección sobrenatural de una persona inserta dentro del territorio.

Pág. 0-16 numeral anterior dimensión antropológica "Aunque la práctica del guillatún no es frecuente, se reconoce el Nguillatuwe y el cerro Ponuemanque como lugares de significación cultural." Es improcedente fundamentar que la práctica del Guillatún no es frecuente, dado el hecho que dentro del proceso de la significación cultural de estos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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centros ceremoniales, es para rogativas de carácter sagrado, donde está consagrado el rol del Nguillatuwe, y que actúan bajo la dinámica anual o estacional, tipo evento masivo o festival periódico. La connotación sagrada del proceso que se desarrollo amerita una correspondencia entre la imaginería colectiva, la necesidad de acercarse a lo divino y la trascendencia del acto propiamente tal, que se desarrolla, manifiesta y explicita en el área de nguillatuwe.

La ceremonia del Nguillatún, en el área territorial se realiza en dos modalidades: El Nguillatún grande se realiza cada 3 años con una duración de 2 días, además cada 2 años se realizan ceremonias preparatorias de 1 día de duración, sin perjuicio de ello en situaciones de emergencias por cataclismos también se realiza ceremonial de Nguillatún. A las ceremonias asisten comunidades indígenas de otros sectores, es decir la poca frecuencia, no es tal, como lo menciona el estudio.

El Capítulo 2 del estudio, en la indicación sobre Dimensión Antropológica de la línea base, concluye "Existe un Nguillatuwe (sitio consagrado para la ceremonia del Nguillatún), no ancestral, establecido en la zona por impulso de la CONADI y la Municipalidad de Curarrehue, parcial reflejo del interés de algunos comuneros por recuperar y mantener sus tradiciones". El Nguillatuwe, tiene una existencia mayor a la del propio municipio, creado mediante DFL del 05 de Junio de 1980 y la CONADI fue creada en 1993, es decir difícilmente, el área de Nguillatuwe, pudo crearse con el impulso de estas instancias, si el área tiene una existencia anterior a dichas instancias, corolario afirmación FALSA.

Referido al acápite de Descripción del medio humano, en la indicación de actores claves y los trabajos de campo realizados, se mencionan a 06 entrevistados durante el 2012.

De los mencionados como actores relevantes que aportan información, 03 de los personeros citados, es decir el 50% de ellos, no corresponden los programas citados y no podrían presentar información relevante y fidedigna, sobre el área consultada, donde se implementará el proyecto, ya que sus competencia indicadas, no corresponden a la realidad.

Uno de los entrevistados es parte integrante del proyecto, ya que trabaja para el titular del proyecto, es decir sus observaciones serían subjetivas. Otro de los entrevistados, nunca ejerció en el cargo mencionado y no es conocido en el área, sector, localidad ni comuna.

Dado lo expuesto, la información contrastada como relevante para la descripción del medio humano, cuyo objetivo es validar lo recabado con estos personeros, pasa a ser irrelevante y carecería de validez para el estudio, toda vez que las bases son inconsistentes. (Información de base errónea, resultados erróneos).

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

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Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

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Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983, se informa que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad.

El titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es no significativo considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el presente documento.

En cuanto al deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se informa que este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Ante lo señalado, se informa que en el marco del PCI este impacto fue abordado y se establecieron acuerdos que se detallan en Considerando de Proceso de Consulta Indígena del presente acto.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar, como se ha señalado la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diariamente durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), y por lo tanto les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades en el PCI es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

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Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 756

Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

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Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 761

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

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La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Observación: Considerando el área a intervenir (despeje) alrededor de la tubería, en su tramo descubierto y dada su elevación altitudinal, trayecto y ángulo de caída, será claramente visible desde la ruta internacional, sector Carén, afectando la continuidad natural del paisaje existente, rompiendo abruptamente la visual de los turistas que ingresan al país por el paso internacional Mamuil malal.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

El Titular informa que el proyecto no obstruirá la visibilidad a zonas con valor paisajístico debido a que las obras de conducción, en su mayoría irán enterradas bajo un sector ya intervenido y siguiendo la topografía del terreno. Se implementarán cortinas vegetales en la tubería forzada y casa de máquinas principalmente.

El proyecto no generará alteración en el valor paisajístico o turístico de la zona, toda vez que la etapa de construcción durará aproximadamente un año, luego de lo cual se implementarán medidas para mimetizar las obras con el entorno mediante la instalación de cortinas vegetales en la tubería forzada y casa de máquinas principalmente, estableciendo que, de acuerdo a simulación realizada, la cortina permitirá que en un período de 5 años las obras no sean perceptibles desde puntos de observación asociadas la ruta S-983, ruta CH 199 y sitio de Guillatuwe.

El proyecto no obstruirá el acceso a los recursos o elementos del medio que tengan valor paisajístico o turístico durante la ejecución del proyecto.

En materia de la Alteración en la homogeneidad del paisaje, el Titular señala que la construcción de las obras temporales y permanentes del proyecto interrumpirá la homogeneidad del paisaje alterando la singularidad local de éste, producto de la construcción misma de unidades del proyecto como por la corta de vegetación y despeje para la instalación de faenas y frentes de trabajo. Posterior a la construcción se implementarán medidas para mitigar este efecto de tal forma de mimetizar las obras con el entorno y evitar que sean visibles desde la ruta S- 983, ruta CH 199 y el sitio de Guillatuwe.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) en la etapa de construcción y medianamente significativo (-) en la operación. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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existe y habita permanentemente población protegida, en cuanto a la alteración de la homogeneidad del paisaje, las medidas a aplicar son:

Impacto Alteración en la homogeneidad del Paisaje (PA1) Valoración del impacto Poco Significativo (-) en etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en la operación Justificación La instalación de la central contempla la corta de especies arbóreas y matorral que harán parcialmente visible la casa de máquinas y la tubería en presión, desde el camino S-983. Nombre medida Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos de las obras sobre el paisaje Descripción detallada - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Tubería en presión y casa de máquinas. Indicador de cumplimiento - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro fotográfico de pantalla acústica.

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El Titular informa que durante la etapa de construcción, se realizará un Informe Ambiental mensual que dé cuenta del cumplimiento de las medidas establecidas durante la evaluación ambiental del proyecto, y un Informe Ambiental semestral en la etapa de operación del proyecto. Ambos informes serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente, a las comunidades y a los grupos humanos indígenas consultados en un lenguaje comprensible y acorde con su cultura.

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Observación: La separación del agua a través de canales y posterior entubamiento con reducción de diámetro, generará una fuerza cinética que se reflejará en vibraciones en todo el tramo del tubo, hasta los soportes estructurales, los que finalmente llegarán al suelo, las que por su conformación y estructura, sumado a los procesos erosivos normales y de socavamiento, producto de la nieve y precipitaciones, afectarán la estructura del suelo, con los riesgos asociados que esto implica, deslizamientos, movimientos de masa, etc.

El estudio señala "Las obras se instalan dentro de un valle angosto, con pendientes que en algunas áreas son menores a los 10° de inclinación y en otras alcanzan los 450, caracterizado por su variabilidad altitudinal. En el área del proyecto existen distintos riesgos naturales, entre los cuales destacan los procesos de movimiento en masa y riesgos volcánicos, por localizarse próximo al volcán activo Villarrica".

El acceso de maquinaria pesada sobre el camino existente que por muchos años ha estado en desuso, posibilitará que la fragilidad del suelo se vea afectada, esto sumado a las pendientes existentes, propiciará deslizamientos de tierra, al interior del estero Añihuerraqui afectando su normal desplazamiento y contaminando su agua, afectando por lo demás su normal estado.

El mayor flujo de carga (tonelaje) y de vehículos (cantidad) contemplada en la ejecución de la obra, propiciaría estos movimientos de masa, ya que los suelos de la comuna son derivados de ceniza volcánica, siendo manifiesta y evidente una capa de pumicita en diferentes horizontes del suelo, condición que reviste fragilidad a la estructura del suelo, con lo cual se pueden propiciar desplazamientos de masa del mismo que evidentemente afectarán en áreas ubicadas en niveles inferiores hasta el río Añihuerraqui. Los estratos de pumicita se evidencian fácilmente observables en todo el trayecto de camino existente, lo anterior sin perjuicio del hecho que existen tramos actuales de camino que tienen un ancho no superior de 2,5 mts., con lo cual el ensanche contemplado que considera áreas de 25 a 50 mts., desde el lugar donde se ubicará la tubería, propiciará que se llegue a la roca madre, y no se establecen en el estudio el uso de explosivos para poder trabajar en estos tramos, sin perjuicio que éstas ondas expansivas afectarán los niveles de ruido permitidos y afectarán la fragilidad del subsuelo.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual requiere remoción y utilización de suelo para la construcción de las áreas de instalaciones de faenas, zonas de acopio de materiales de construcción y de residuos (obras temporales); así como para la construcción de la casa de máquinas, tuberías en presión, línea de transmisión eléctrica (obras permanentes), entre otros. La superficie total a intervenir corresponde a 2,23 ha aproximadamente, de las cuales 1,56 ha corresponde a superficie para las obras temporales, y 0,67 ha para las obras permanentes.

Las actividades constructivas provocarán pérdida y compactación de suelo en un área acotada y definida al área donde se ubicarán las obras, no requiriendo intervenir terrenos adicionales a los declarados; tendrá una duración definida correspondiente a la duración de la etapa de construcción (estimada en un año). Cabe mencionar que los suelos excavados serán acopiados temporalmente y posteriormente serán reutilizados para relleno y nivelación de caminos. Los suelos comprendidos en los sectores en donde se desarrollará el proyecto son suelos cuyas limitaciones son la topografía y la excesiva pedregosidad, clasificándose con una capacidad de uso VI, que corresponde a suelo inadecuados para los cultivos, y su uso está limitado para pastos y forestales, no existiendo actividades agrícolas o de equipamiento en el área a intervenir. Teniendo en cuenta lo establecido anteriormente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-). En la etapa de operación no se consideran nuevos impactos para este componente, por lo que no se producirá este impacto.

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Generación de procesos erosivos

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual implicará remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión y la casa de máquinas, principalmente. Estas actividades pueden aumentar el riesgo potencial de generación de procesos erosivos principalmente en la intervención sobre el ex el camino maderero bajo el cual se implementará la tubería a presión, considerando además que en determinados sectores se establecerán pendientes, por lo que de producirse procesos erosivos, éstos se manifestarían en un área acotada a sectores inmediatos al camino forestal y al sector de instalación de faenas. Los suelos excavados serán acopiados temporalmente alejados del estero y posteriormente serán reutilizados en su totalidad para relleno y nivelación de caminos.

Para evitar y controlar los procesos erosivos, se consideras medidas de mitigación que consisten básicamente en la restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. Otras medidas se establecen en Considerando 7 de la presente Resolución. Considerando la implementación de medidas, se realizará un monitoreo durante la construcción y por un período de al menos 5 años en la etapa de operación en base al método de la estaca, para evaluar y controlar posibles procesos erosivos.

En virtud de la generación acotada y controlada de procesos erosivos que podrían generarse durante la etapa de construcción y operación del proyecto, el impacto se califica como medianamente significativo (-).

Manejo de taludes

Durante el desarrollo de las diferentes etapas del proyecto, el titular ha realizado prospecciones (calicatas) en distintos puntos del trazado. Las más antiguas tienen una data aproximada de 2 años, sin presentar desmoronamiento al momento de su inspección en terreno, lo que concluye que el terreno resiste pendientes prácticamente verticales.

Respecto a los taludes a generar en determinadas zonas donde se requerirá ensanchar el camino existente, y de acuerdo a Estudio Geológico y Geotécnico adjunto en Anexo 12 de la Adenda 1, las pendientes de carácter temporal y permanente se materializarán de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas:

Altura del corte (m) Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Temporal Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Permanente 0 – 2 78 70 2 – 5 68 60 5 – 10 58 50

10 48 40

Los taludes no llevarán berma intermedia de tal forma de no generar un factor adicional de inestabilidad de los mismos; los terraplenes se proyectarán con taludes H:V = 3:2 y se protegerán contra la erosión que pueda producirse por las precipitaciones.

Dado que el trazado superior la tubería va enterrada bajo el camino, los posibles procesos de remoción en masa y reptación de materiales se relacionan exclusivamente con la intervención del camino. En este sentido, las medidas contemplan la compactación del suelo una vez que la tubería ha sido enterrada, junto a la instalación de una carpeta de rodado, la construcción de un foso y contrafoso que irán a los costados del camino, y los taludes generados contarán con posterior revegetación para aumentar su estabilidad y evitar procesos erosivos, como se muestra en la siguiente figura:

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Se ha considerado la utilización de taludes menos pronunciados para la ejecución de la zanja donde se instalará la tubería y, de acuerdo al método constructivo a utilizar, ésta se rellenará en promedio 2 días después de su excavación de manera de ejecutar las tareas de montaje en forma secuencial y maximizar con ello la estabilidad de las zanjas.

Se implementarán acciones de restitución acelerada de la capa vegetal con especies herbáceas en sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno minimizando el suelo descubierto de vegetación. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja.

Durante la etapa de construcción, se realizará monitoreo para evaluar y controlar posibles procesos erosivos en base al método de estaca, cuyo detalle se describe en la siguiente tabla:

Actividad Descripción Selección sitio de muestreo Se escogerán 10 sitios para monitoreo a lo largo del trazado de la tubería, por el camino maderero, aproximadamente cada 250 metros, evaluando las características y accesibilidad de los puntos. Aplicación del método de la estaca El método consiste en clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. Se colocarán a distancias de 250 m formando un transecto. El propósito de la estaca es marcar cortes en el terreno ocasionados por erosión y así, en caso de existir erosión, se estima el espesor de la capa de suelo erosionado. Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. Evaluación de la erosión La cuantificación de los resultados se hace a través de la siguiente fórmula: E = H * A * DAP Dónde: E=Erosión de suelo H= altura de la lámina pérdida A=área medida DAP=densidad aparente Registro de precipitaciones Para complementar el análisis de los resultados se tomará en consideración los registros de las precipitaciones que se dieron en el período que permanecieron instaladas las varillas para su correlación con la cantidad de suelo perdido. Recomendaciones - Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos y camiones, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes - Se informará a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas - Se recomienda hacer las respectivas mediciones después de precipitaciones fuertes, donde es más notorio las variaciones en los datos Resultados - Levantamiento y mapeo de las coordenadas de los puntos - Mediciones mensuales de la erosión de suelo y/o tras un evento de precipitación importante - Registro mensual de las mediciones - Evaluación de las medidas preventivas y correctivas Medidas preventivas y correctivas - Remoción de elementos gruesos - Relleno de surcos - Nivelación y mantenimiento del camino - Desvíos para evacuación de agua

Los resultados de monitoreos de erosión serán entregados periódicamente a la autoridad para su revisión. En caso de determinarse que existe un proceso erosivo significativo, se implementarán medidas correctivas actuando con la mayor prontitud posible.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida. En específico, para el recurso suelo se implementará:

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Impacto Generación de procesos erosivos (S1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación De acuerdo a lo establecido en la línea de base en el EIA, y lo complementado en la Adenda 1 en el Estudio Geológico y Geotécnico (Anexo 12), el terreno resiste taludes prácticamente verticales. Si bien el proyecto no considera la ejecución de obras que impliquen taludes de dimensiones que pudieran representar riesgos de erosión, se implementarán medidas para minimizar la posibilidad de dichos efectos, toda vez que la remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión, la casa de máquinas y mejoramiento y ensanche de ex camino maderero puede implicar el desprendimiento y generación de zonas propensas a sufrir procesos de remoción en masa. Las medidas se mantendrán para la etapa de operación. Nombre medida Protección de taludes de corte y terraplén Tipo Mitigación Descripción detallada - Reutilización de los excedentes de excavación en actividades de nivelación del terreno, de caminos y obras de relleno del proyecto, sin establecer zonas de acumulación de material permanente. - Relleno de zanjas en promedio 2 días después de su excavación. - De acuerdo al PCI, se dispondrán los excedentes de movimientos de tierra que sean utilizables para relleno en terrenos de familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores que lo requieran. Para ello, el titular solicitará lista de los potenciales beneficiados a la directiva de los Comités y se realizará una prospección de los terrenos para analizar el volumen por predio factible a rellenar. - Remoción de elementos gruesos. - Relleno de surcos cuando comiencen a formarse. - Nivelación y mantenimiento del camino. - Desvíos para evacuación de aguas lluvias. - Revegetación y resiembra con especies herbáceas de taludes tras la intervención de sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, minimizando el suelo descubierto de vegetación y dando mayor estabilidad. - Restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, para su estabilización. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. - Durante la etapa de operación, se realizará monitoreo de procesos erosivos en base al método de estaca, que consiste en: i) Clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. ii) La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. iii) Las estacas se instalan a distancias de 250 metros formando un transecto, de tal forma de estimar el espesor de la capa de suelo erosionado. iv) Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. v) Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes. vi) Informar a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas vii) Se realizará seguimiento frecuente y preferentemente después de precipitaciones fuertes. - En virtud del PCI, el titular incorporará individuos para su replanteo en sectores del proyecto. Para esto un especialista del área forestal, establecerá los individuos que tengan una alta probabilidad de sobrevivencia una vez que sean replantados y que sean técnico factible de rescatar para ejecutar esta medida. Lugar Áreas de construcción del proyecto propensos a generar procesos erosivos Indicador de cumplimiento - Cubicación del material a excavar, registro fotográfico de la incorporación del suelo excavado y registro de material dispuesto en botadero autorizado. - Registro de familias beneficiadas y cantidad de material dispuesto. - Monitoreo de erosión en base al método de la estaca. - Registro fotográfico de taludes con revegetación. - Registro fotográfico e identificación de especies replantadas.

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Medidas de contingencia

Riesgo Medidas de Contingencia Flujos de barro, avalanchas, deslizamiento y derrumbes Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. Sólo podrán activarse las faenas de construcción cuando la ONEMI o carabineros hayan informado al Director Técnico de Obras de que el área se encuentra fuera de peligro. - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar. - Inmediatamente se delimitará un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado. - Personal entrenado, inspeccionará el lugar del accidente, verificando que no existan heridos en el área. - En caso de registrarse heridos por este accidente, éstos serán llevados a un centro asistencial. - Un especialista en prevención de riesgo, inspeccionará el área, demarcando las áreas de riesgo. El profesional determinará si es conveniente relocalizar las instalaciones. Si este fuera el caso, se informará a las autoridades pertinentes.

Etapa de operación: - Se dará aviso al jefe de emergencias. - En caso que sea posible, se contendrá el derrumbe con materiales adecuados. - Una vez controlada la contingencia, se implementarán medidas de estabilización en las áreas propensas a generar procesos de remoción en masa.

El Plan incluye el protocolo a seguir en caso de emergencias que afecten la biodiversidad, el cual plantea que en el caso de existir cualquier tipo de emergencia que involucre a la fauna del área del proyecto, se informará de manera inmediata a la División de Protección de Recursos Naturales Renovables del Servicio Agrícola y Ganadero; sin perjuicio de lo cual, y una vez superada la contingencia, se remitirá al Servicio Agrícola y Ganadero un reporte indicando su origen, características, consecuencias, medidas empleadas y su efectividad.

Para una eficiente aplicación de los Planes de Prevención de Riesgo y Contingencia, se contará con una comunicación expedita con el coordinador de emergencia y los brigadistas, así como con los actores relevantes externos.

Obra de seguridad

La obra de seguridad tiene la función de evacuar los caudales en períodos de rechazo de carga de la central y está diseñada para evacuar un máximo 2,5 m3/s. Esta obra contempla un vertedero lateral de desagüe ubicado en la parte final del canal de aducción, cuyo ancho será de 15 cm y 115 cm de largo, por el cual se descargarán los excesos hacia el estero Añihuerraqui mediante un rápido de descarga de hormigón armado, de sección rectangular, pendiente en la razón 2:1 (H:V), de longitud horizontal aproximada de 13,77 m, 1,5 m de ancho, una altura de muros de 0,85 m y una pendiente de 60%. Este rápido contará con un disipador de energía compuesto por un sistema endentado en su largo y un enrocado en el punto de descarga en el estero, lo que permitirá llegar con una velocidad tal que no se generará erosión en la ribera y lecho del estero y no afectará el normal escurrimiento del mismo; por lo que no se requiere de obras de defensa fluvial en este punto. El diseño de esta obra se muestra en la siguiente imagen:

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Se estima que la obra de seguridad operará por un período máximo de 30 minutos durante rechazo de carga de la central, que equivale al tiempo de cierre de compuertas en bocatoma.

Las coordenadas UTM de la restitución del vertedero de seguridad son 5.633.456 N y 283.715 E, por lo que la distancia entre la bocatoma y la restitución del vertedero de seguridad se estima en 130 metros.

En cuanto a las actividades a realizar en la etapa de construcción de proyecto, se hace presente que en ninguna de ella se utilizarán explosivos. Así, la construcción de las obras permanentes se realizará según seseñala a continuación:

Preparación de terreno Las actividades relevantes para la preparación de terreno corresponden a la limpieza y despeje del mismo requerido para la construcción y habilitación de las obras. Estas actividades corresponden básicamente al retiro de la capa vegetal y de otros materiales en áreas donde sea estrictamente necesario y principalmente en los sitios de instalación de faenas, habilitación de sitios de acopio de material de excavación y obras civiles superficiales.

La limpieza y despeje del terreno se realizará tanto con maquinaria tipo retroexcavadora y bulldozer, como manual; posteriormente se nivelará las superficies con motoniveladoras. Cabe señalar que en ningún caso se utilizarán explosivos para la fragmentación de rocas u otro material.

El material producto de excavaciones y escarpes se estima en 45.000 m3, que será acopiado temporalmente en las zonas definidas para ello. Este material será empleado dentro de las mismas obras en la nivelación de superficies y caminos como material de relleno, también será utilizado posteriormente para la restauración de las áreas ocupadas temporalmente en la construcción de las obras, así como para el relleno de la tubería. Será depositado con camiones tolva, repartido con maquinaria o manualmente, y compactado con maquinaria.

Se hace presente que, en el marco del Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores, el titular se comprometió a dar preferencia a las familias de los Comités para disponer los excedentes de movimientos de tierra que sean generados en la construcción y sirvan como relleno. Para ello el titular solicitará la lista de los potenciales beneficiados a la directiva de los Comités y se realizará una prospección de los terrenos para analizar el volumen por predio factible a rellenar.

Cámara de carga Las actividades para la construcción de la cámara de carga contemplan básicamente la excavación de fundaciones, ejecutar hormigonado e interconexión hidráulica.

Respecto a la alta presencia de roca compacta de gran tamaño existente en el sector proyectado para su instalación, no se utilizarán explosivos, ya que las prospecciones geotécnicas realizadas en el sector no han indicado la existencia de roca sino clastos. Para su fraccionamiento, se podrán utilizar alguno o varios de los siguientes procedimientos: a) Fragmentar por aplicación de calor; b) Arcillas expansivas; c) Martillo hidráulico.

Tubería en presión La tubería consiste en un ducto de acero en presión de 1,0 metro diámetro y una longitud aproximada de 2.428 m, la que se instalará por tramos mediante equipo mecánico o neumático que permitirá colocarla en posición y soldar el tramo previamente instalado, quedando de esta manera, apoyada en su totalidad sobre el terreno y capa de gravilla. En la definición del largo de fabricación de los tubos, se ha escogido tubos de 6 metros de longitud, lo que permitirá que la tubería se ajuste al trazado del camino existente.

De acuerdo a lo anterior, las excavaciones para la instalación de la tubería se realizarán con una retroexcavadora de tamaño adecuado cuya longitud total de alguna de sus partes no superará los 6 m de tal forma de no intervenir una extensión superior a ésta; se realizará en sentido de la pendiente de manera de permitir el desagüe de las aguas lluvias y otras que eventualmente puedan caer a las zanjas. En aquellos casos que las condiciones de terreno lo amerite, los taludes de la zanja se reforzarán.

En caso de acumulación de agua en la zanja, principalmente por precipitaciones, se procederá a su retiro por gravedad o por medios mecánicos (bombeo) hacia sectores del camino, para permitir la adecuada ejecución de las faenas constructivas. Una vez instalada la tubería, se procederá a efectuar los rellenos disponiendo el material en la zanja el cual será apisonado con compactadoras, utilizando densímetros e instrumentos afines para comprobar las compactaciones realizadas.

En el caso de los clastos presentes en el sector, éstos se fragmentarán, utilizando métodos sin el uso de explosivos, de modo de cumplir con las especificaciones requeridas para formar parte de enrocados consolidados presentes en bocatoma, obra de seguridad y restitución.

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Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Observación: La nivelación de terrenos para establecer centros de acopio y áreas de desplazamiento de maquinaria, considerando las pendientes existentes, posibilitarán desplazamientos hacia el caudal del estero, las paredes del estero presentan pendientes con cortes de 450, incluso un sector del trazado no permite la faja de despeja por la cercanía del trazado con la pared de caída del estero. (Menor a 3 mts).

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Calidad del agua Respecto de la Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos en la etapa de construcción se producirá alteración de las condiciones basales de la calidad del agua del estero Añihuerraqui debido al aumento de sedimentos producto de las actividades de construcción en el lecho del mismo para la implementación de la captación, atraviesos, rápido de descarga y obras de restitución. Este impacto será durante períodos acotados de tiempo, cuando se esté llevando a cabo movimientos de material natural en el cauce para la construcción de las obras en el mismo, cesando una vez terminada dichas labores.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-). Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un monitoreo mensual de parámetros de acuerdo a la NCh 1.333/Of78, Norma Chilena de Calidad de agua para distintos usos, tomando muestra y contramuestra en cada caso para asegurar la validez y representatividad de las mediciones, en 5 puntos establecidos entre captación y bocatoma, privilegiando el muestreo en los meses donde se realicen los trabajos que generen alteración en la calidad del agua.

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en su calidad natural, concluyendo que este impacto no es significativo.

Centros de acopio El proyecto considera tres áreas para almacenar transitoriamente materiales, herramientas, preparación de material y clasificación de residuos sólidos según destino final. Cada una de las áreas contará con medidas de protección contra condiciones climáticas y contingencias.

Las características y dimensiones de cada sitio de acopio a implementar en la etapa de construcción se establecen en la siguiente tabla:

Zona Ubicación Dimensiones Características Zona 1 Frente de trabajo 60 x 20 m - 0,120 ha − Acopio temporal de material de excavaciones − Estacionamientos − 1 oficina tipo container − Sector techado de 50 m2 para acopio de residuos Zona 2 Frente de trabajo 40 x 15 m - 0,060 ha − Acopio de materiales de construcción como tuberías, enfierraduras, etc. − Acopio de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos en contenedores − Estacionamientos Zona 3 Instalación de faenas 60 x 30 m - 0,180 ha − Acopio temporal de material de excavaciones − Bodega de 50 m2 para almacenamiento transitorio de residuos sólidos. − 1 oficina tipo container − Estacionamientos − Estanque de combustible de 3.000 litros Total 0,360 ha

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Observación: No se INCLUYEN en el estudio, los planos arquitectónicos de la casa de máquinas, sólo señala dimensiones generales, además de señalar que el plano está en anexo 1-1 planos generales del proyecto, situación que no se presenta (PLANO INEXISTENTE) en el estudio, resumen ejecutivo y en el formato digital, se omitió ésta información, que es relevante por su impacto en la generación de ruidos y en términos visuales.

Sobre la casa de máquinas, señala una altura de 3 m sobre el nivel de suelo, y en el acápite visual, sobre la calidad, concluye que "Si bien varios de los posibles observadores del paisaje son considerados de alta sensibilidad, solo las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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casas aisladas se encuentran a una distancia relativamente cercana al Proyecto, y aun así éste será asistido en recubrirse, por parte, con la densidad vegetacional y la morfología del sector, que funcionan como grandes obstructores de la visión, salvo para el caso de la línea eléctrica, que acompaña a otro punto de observación, la ruta S-983, que ya es, a su vez, una intervención antropica en el área. A esto se suma también que las características mismas del Proyecto indican una intervención reducida del espacio, y asimismo, los objetos que pueden ser considerados visualmente indeseados son de difícil acceso visual, manteniendo dentro de lo posible las características intrínsecas del sector", por la altura mencionada de la casa de máquinas, lo antes indicado es improbable que se manifieste y en la eventualidad de repoblar con especies forestales, de las cuales no se indican de que tipo y/o especies serán y después de cuantos años transcurridos estará efectivamente cubriendo la estructura visualmente.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En cuanto a la casa de máquinas se informa que ésta se emplazará sobre un terreno plano de 11,6 metros de largo por 18,5 metros de ancho totalizando un área de 215 m2. Tendrá una altura máxima de 12 m de los cuales 8,0 m irán enterrados y 4 m estarán sobre nivel de terreno.

En la casa de máquinas se ubicará una turbina Pelton y los equipos electromecánicos, tales como el generador y los equipos de control, donde la turbina será el equipo encargado de producir la energía eléctrica cuando pasa la fuerza del agua por ella. La siguiente imagen muestra el perfil longitudinal de la casa de máquinas:

Cabe señalar que esta obra se ubicará a aproximadamente 60 m de la ruta S-983, por lo que se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la casa de máquinas para su mimetización con el entorno, estimándose que al quinto año de la plantación no será perceptible desde los puntos de observación cercanos, relacionados con la Ruta S-983, Ruta CH 199 y sitios de significación cultural.

La pantalla visual a implementar para la casa de máquinas estará compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas, según el detalle de la siguiente tabla:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas.

La plantación de los árboles se realizará en hileras dispuestas a una distancia de 2,5 metros entre ellas, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue), y donde en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas. Este diseño de plantación da una densidad de 2.000 árboles/ha y 2.000 arbustos/ha. Se hace presente que si al momento de implementar la pantalla visual existieran en dicho sector individuos vegetales de cualquier especie y tamaño, éstos se conservarán aprovechando REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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así su presencia para la obstrucción de la visibilidad, los que bajo ninguna circunstancia serán considerados al cuantificar los individuos propuestos en la plantación para mimetización de las obras.

Los individuos que se plantarán para construir la pantalla visual tendrán una altura promedio de 1,5 metros para el caso de los árboles (dos años de vivero), y en el caso de los arbustos, su altura variará entre 0,5 y 1 metro, cuya proyección de su altura en diferentes intervalos de tiempo, se muestra en la siguiente tabla:

Nombre común Individuos recién plantados (dos años de vivero) Altura de los individuos luego de la plantación Tamaño individuo adulto (30 años) Diámetro de copa individuo adulto A los 2 años A los 5 años A los 10 años Roble 1,5 m 3 m 5,5 m 9,5 m 40 m 20 m Raulí 1,5 m 3 m 5,5 m 9,5 m 40 m 15 a 18 m Coihue 1,5 m 3,5 m 6,5 m 11,5 m 40 m 20 m

A su vez, la tabla siguiente muestra una proyección de la altura que alcanzarán los arbustos que se utilizarán en la pantalla visual:

Nombre común Altura individuos recién plantados Altura individuos adultos Diámetro de copa Maqui 1 m 4 m 4 m Calafate 0,50 m 1 m 1 m Rosa Mosqueta 0,50 m 2 m 2 m

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida. En específico, para el recurso paisaje se implementará:

Impacto Alteración en la homogeneidad del Paisaje (PA1) Valoración del impacto Poco Significativo (-) en etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en la operación Justificación La instalación de la central contempla la corta de especies arbóreas y matorral que harán parcialmente visible la casa de máquinas y la tubería en presión, desde el camino S-983. Nombre medida Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos de las obras sobre el paisaje Descripción detallada - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

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De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Tubería en presión y casa de máquinas. Indicador de cumplimiento - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro fotográfico de pantalla acústica.

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Observación: El estudio en su numeral 0.7.1.5 menciona "La precipitación media sobre la cuenca se estima en 3150 mm/año".

Considerando que las precipitaciones en la zona "alimentan" los caudales de los diferentes esteros, ríos y fuentes hídricas, son éstas la base para poder establecer los caudales que se pueden generar en los mismos. Las fuentes consultadas señalan en la web, el SIIT (Sistema integrado de información territorial, de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile), informa precipitaciones de 3000 mm, para esta zona agroecológica (http://siit2.bcn.cl/nuestropais/region9/clima.htm); por su parte un informe INE de la región establece precipitaciones que oscilan entre 2000 y 3000 mm, para esta zona. (www.inearaucania.cl/archivos), es decir 150 mm/año menos que lo reportado por el estudio (4,76% menos), este nuevo valor (menor al consignado por el estudio) afecta el supuesto caudal entregado para uso del proyecto. Mediciones en terreno en el área de construcción de la bocatoma señalan un caudal (medido) muy inferior a que utilizará la estructura para su generación de energía, en un 36% menor, (caudal medido 0,9 m3/seg v/s 2,5 m3/seg), éstos valores medidos reflejan que la "estimación" mencionada en el estudio no son reflejo ni producto de la realidad del estero Añihuarraqui y en consecuencia al ser "estimaciones", los resultados y conclusiones carecen de la certeza pertinente y adecuada para este tipo de construcciones.

Por su parte en (http://www.sinia.c1/1292/articles-29101_recurso_7.pdf)., se señalan precipitaciones en la PRECORDILLERA de 2300 mm., con oscilaciones de 1900 a 2500 mm., con una concentración del 40 al 45% de este volumen en los meses de Marzo a Agosto, no estimando precipitaciones para la zona cordillera andina., esto revalida el hecho que los análisis y estudios presentados se sustentan sobre presunciones y estimaciones, lo cual genera inviabilidad de los resultados y conclusiones, por falta de certeza.

Un informe de la Unidad productiva del municipio local estableció que las precipitaciones durante la temporada (año 2012), fue de 2301,5 mm, es decir un 26,94% menor que lo "estimado" y mencionado en el estudio.

Según el mismo informe se señala "se puede concluir que se registra un DEFICIT manifiesto de agua lluvia que oscila entre un 22% (valor calculado 21,66%) a 40% (valor calculado 39,04%), rangos que están dentro de los márgenes esbozados por la Unidad Nacional de Emergencias Agrícolas y Gestión del Riesgo Agroclimático, UNEA, que señala en su último informe para la Región lo siguiente "La pluviometría diaria acumulada en el período comprendido entre el día 1 de enero y el 30 de noviembre de 2012 fue de 939,7 mm, caracterizada por escasas precipitaciones, siendo aquella de mayor intensidad la ocurrida el día 8 de noviembre del presente (23,9 mm); existiendo además 21 días sin ocurrencia de lluvias en este mismo mes y a la vez 6 días con registros del parámetro inferiores a 0,2 mm. La pluviometría acumulada desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2012 es inferior a la pluviometría promedio diaria acumulada histórica (48 años) (1.302,7 mm) para dicho período, generándose así un déficit de agua caída de 363 mm a la fecha, que equivale a un 27,9 %." (http://www.minagri.gob.cl/agroclimatico/Informe_Agrometereologio/09.pdf)., es decir y a modo de corolario, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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queda la observación si los valores señalados como estimados difieren ostensiblemente de los registrados, es probable que los niveles de caudal que requiere la central de paso, sean imposibles de lograr y mantener.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial del estero Añihuerraqui para abastecer la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010. La siguiente tabla muestra la distribución mensual de los derechos de agua otorgados y los que serán utilizados por el proyecto:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Caudal a utilizar (l/s) Enero 270 600 870 870 Febrero 210 420 630 630 Marzo 170 240 410 410 Abril 210 620 830 830 Mayo 600 2950 3550 2500 Junio 1340 2150 3490 2500 Julio 1290 2600 3890 2500 Agosto 1000 2000 3000 2500 Septiembre 1050 1450 2500 2500 Octubre 1050 1150 2200 2200 Noviembre 880 1180 2060 2060 Diciembre 510 1330 1840 1840

Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

Caudal ambiental

El caudal ecológico otorgado por la Dirección General de Aguas se establece en las Resolución DGA N° 800 de fecha 22 de agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010; cuya distribución mensual se detalla en la siguiente tabla:

Mes Caudal a utilizar (l/s) Caudal ecológico DGA (l/s) Enero 870 219 Febrero 630 168 Marzo 410 147 Abril 830 136 Mayo 2500 298 Junio 2500 298 Julio 2500 298 Agosto 2500 298 Septiembre 2500 298 Octubre 2200 298 Noviembre 2060 298 Diciembre 1840 298

Durante el proceso de evaluación ambiental, el titular complementó información hidrológica del estero Añihuerraqui, desarrollando campañas de aforo en terreno en el sector de bocatoma, cuyos resultados se muestran en la siguiente tabla:

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N° aforo Fecha Caudal (l/s) 1 04-10-2011 3213 2 08-11-2011 1676 3 08-12-2011 591 4 18-01-2012 188 5 13-02-2012 201 6 15-03-2012 623 7 24-04-2012 240 8 23-05-2012 1182 9 24-08-2012 2312 10 10-01-2013 679 11 12-03-2013 148 12 17-04-2013 245 13 07-06-2013 3155 14 17-12-2013 341

En virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, el titular se comprometió a aumentar el caudal ecológico en los meses de febrero, marzo y abril que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero. De acuerdo a lo anterior, la distribución de caudales mínimos ambientales a cumplir por el titular, se muestran en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Caudal mínimo operacional

Sin perjuicio de los caudales mínimos ambientales establecidos en punto precedente, la operación de la turbina Pelton requiere de un caudal mínimo de 250 l/s para funcionar, lo que, sumado al caudal mínimo ambiental, se obtiene un caudal mínimo operacional, cuyas magnitudes se indican en la siguiente tabla:

Mes Caudal mínimo ambiental (l/s) Caudal mínimo técnico (l/s) Caudal mínimo operacional (l/s) Enero 219 250 469 Febrero 219 250 469 Marzo 148 250 398 Abril 148 250 398 Mayo 298 250 548 Junio 298 250 548 Julio 298 250 548 Agosto 298 250 548 Septiembre 298 250 548 Octubre 298 250 548 Noviembre 298 250 548 Diciembre 298 250 548

De la tabla anterior se infiere que en caso que el estero Añihuerraqui tenga una cantidad de agua inferior al mínimo operacional, no se captarán agua y la central no operará, dejando pasar todo el caudal por el estero Añihuerraqui, donde el mecanismo que permitirá monitorear esta condición será automático y asegurará que la central se mantenga sin funcionamiento mientras no exista el caudal mínimo de generación. Por el contrario, si el REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estero presenta un caudal igual o superior al operacional, se dejará pasar por la bocatoma, al menos, el caudal mínimo ambiental, asegurando con ello siempre un continuo hídrico del estero.

Para el seguimiento de lo anterior, se mantendrá monitoreo continuo y en línea de los caudales de entrada a la central y caudal mínimo ambiental mediante sistemas que siempre se mantendrán en óptimas condiciones de operación; así tan pronto el sistema detectase que el caudal del estero es menor que la suma del caudal ecológico y del caudal mínimo de operación de la central, automáticamente se cerrará tanto la válvula de seguridad ubicada en la Casa de Máquinas como la compuerta de servicio ubicada en la bocatoma. Cuando la compuerta de servicio de la bocatoma se encuentre cerrada, la totalidad del caudal escurrirá por el cauce natural del estero.

Considerando que este sistema estará en línea, tanto la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) como Dirección General de Aguas u otra autoridad competente, tendrán acceso a la información detectado inmediatamente la existen de incumplimiento o no a esta disposición.

Sistema paso caudal ambiental mínimo

La barrera transversal de la bocatoma incorpora la obra para el paso del caudal ambiental mínimo comprometido por el titular mediante la instalación de una sección rectangular de 0,5 m de ancho y 0,67 m de alto cuya distancia máxima entre la abertura y el lecho del estero será de 1,77 m; contará con una regla limnimétrica que entregará información para determinar el caudal que se vierte por el vertedero en forma continua, ubicada al costado derecho del estero Añihuerraqui para un óptimo control visual de este dispositivo, además de un medidor de caudal instantáneo que siempre se mantendrá en óptimas condiciones de medición.

Considerando que el titular ha comprometido 3 valores de caudal mínimo ambiental, el mecanismo que permitirá su paso por la bocatoma se realizará en base a tablones, sistema que minimiza la intervención humana a 3 instancias fiscalizables en el año y que no permite manipulaciones remotas de terceros. Para ello, se colocará un sello de seguridad cuando se instale o retire uno, y se invitará a la autoridad con antelación de por lo menos dos semanas previo a la ejecución de esta labor para que, dentro de sus posibilidades, verifiquen en terreno las acciones realizadas, levantando un acta con registro fotográfico de la actividad que será remitida a la autoridad el mismo día en que se lleve a cabo. El protocolo a seguir para la instalación y retiro de los tablones se presenta en la siguiente tabla:

Acción

Altura Caudal Fecha Instalación de tablón 1 23 cm 219 l/s 1 de enero Instalación de tablón 2 30 cm 148 l/s 1 de marzo Retiro de tablón Sin tablón 298 l/s 30 de abril

La siguiente imagen complementa visualmente las condiciones del protocolo de manejo de tablones para el cumplimiento del caudal ambiental establecido por el titular:

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Observación: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Capítulo 2 de la línea base, sobre las componentes bióticas (iv peces), señala "No se obtuvieron capturas de peces dentro del área de influencia del proyecto, resultado esperable debido a las elevadas velocidades de corriente y ausencia de pozones o zonas someras. Sólo se detecto la presencia de un ejemplar de trucha (Oncorhynchus mykiss) al prospectar incidentalmente en un sector 300 m aguas abajo del límite del área de influencia del proyecto. Esta es una especie introducida sin categoría de conservación".

No obstante las velocidades del agua corriente son elevadas (en el trayecto donde se inicia el mayor desnivel), en periodos de merma natural de caudal, en varios remansos y zonas tranquilas del estero y especialmente donde se ubicará la bocatoma es posible apreciar la presencia de peces, que es usada por los vecinos del sector para realizar actividades de pesca.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En la Adenda 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Asimismo, el Titular indica que de acuerdo a la configuración de turbinas seleccionadas, el proyecto sólo operará dejando descontado siempre el caudal ecológico en el cauce más los derechos de aprovechamiento de agua existentes. El mecanismo que permite esta condición es automático, y asegura el libre flujo del caudal ecológico y los derechos de las comunidades, lo que permite asegurar que se mantendrá este continuo hídrico mínimo que permitirá mantener la biota acuática del estero y el ecosistema ripariano. En el Anexo 4 de la ADENDA 1 se presenta la memoria de cálculo de la bocatoma, donde se describe el dispositivo para el paso automático del caudal ecológico del Estero Añihuerraqui.

En la Adenda 2 en cuanto medidas de mitigación, el Titular establece que durante la etapa de operación se debe evitar entrada de peces a la cámara de carga y posteriormente a la tubería. Para tales efectos se instalará un sistema de reja a la entrada de la aducción y otra a la entrada de la cámara de carga, que actuarán como barrera mecánica e impedirán el ingreso de especies de fauna al sistema. Complementariamente, se propone instalar una barrera acústica para evitar la entrada de peces y de algunas especies de invertebrados al sistema de captación. Este sistema consiste en la instalación de cadenas sobre el lecho del río, las que al chocar entre ellas generan ruido que desincentiva a la fauna acuática a acercarse al sector, sin afectar dichas especies de ninguna manera.

Se incluye también un Plan de Manejo de Fauna (Anexo 5-1 del EIA), que en particular para las especies de fauna y ecosistemas asociados al río Añihuerraqui considera la aplicación de las siguientes medidas:

  • Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto.
  • Prohibición de caza y colecta de ejemplares de fauna silvestre al interior del área del proyecto.
  • Disposición adecuada de residuos domésticos, con el fin de dificultar el establecimiento de especies exóticas invasoras.
  • Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos).
  • Comunicación oportuna de medidas a los trabajadores del proyecto e instalación de señalética en terreno.

Complementariamente, el PAS 99 detalla el Plan de Rescate y Relocalización de especies de movilidad reducida que incluye a los anfibios.

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Así también, el mantenimiento del caudal ecológico es la condición que mitiga el impacto en la flora y fauna acuática, y el proyecto asegurará mantener permanentemente dicho caudal. Para verificar esta condición, se realizará el seguimiento de dicho caudal de acuerdo a un programa de monitoreo continuo de esta variable, en la bocatoma del proyecto.

En la Adenda 2 el Titular también informa que instalarán rejillas de 10 y 2,5 cm de luz que tienen una separación entra cada barra de 10 cm y 2,5 cm respectivamente.

Este sistema de rejilla, tiene un tamaño adecuado de acuerdo con los resultados de fauna íctica, detallada en la línea de base del proyecto y los antecedentes bibliográficos expuestos. Cabe recordar, que durante las campañas de terreno, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (Trucha Café y Arcoíris respectivamente), ambas especies introducidas, en el área del proyecto. Los tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, correspondieron a organismos juveniles (> 8 cm). En base a lo anterior, además de la gran capacidad natatoria de este tipo de organismos, se espera que estos no ingresen al sistema de aducción del proyecto. Sin perjuicio de lo anterior y tal como se indicó en la Adenda 1, previo a la cámara de carga, se dispondrá un sistema de cadenas, las que actuaran como barrera acústica, frente a la presencia de peces.

Por otra parte, señala que la Ley Nº 18.892 de 1989, sus modificaciones, y la Ley General de Pesca y Acuicultura en su Artículo 168 señala que “cuando se construyan represas en curso de agua fluviales que impidan la migración natural de los peces que en dichos cursos habitan con anterioridad a su construcción, será obligación de los propietarios de dichas obras civiles el efectuar un programa de siembra de dichas especies a objeto de mantener el nivel original de sus poblaciones, en ambos lados de la represa, o alternativamente construir las obras civiles que permitan dichas migraciones”.

Al respecto, el titular reitera que el Proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui no contempla represa, ni embalsará el agua del estero, permitiendo el flujo permanente de al menos el caudal ecológico.

En relación al potencial impacto que pudiera tener la obra de bocatoma en la migración de peces, cabe destacar que el estero, inmediatamente aguas abajo de la bocatoma, tiene grandes caídas y fuertes pendientes (19% en promedio que alcanzan hasta un 100%).

En la Adenda 2 y Adenda 3 el Titular señala que en relación al potencial impacto que pudiera tener la obra de bocatoma en la migración de peces, cabe destacar que el río, inmediatamente aguas abajo de la bocatoma, tiene grandes caídas que ya generan una división natural, por ende el proyecto no contempla medidas para el traslado de peces ya que no amerita su aplicación.

Complementando lo anterior, en la respuesta 8.6 de la ADENDA 3 se describe porqué los altos y la alta pendiente implican que exista una desconexión natural entre la bocatoma y restitución que no permite el traslado de peces aún en la condición sin proyecto.

El Titular indica que una segunda mirada de los aforos aporta información sobre la recuperación natural que existe en el río. En los cuatro aforos simultáneos realizados, el caudal medido en restitución es siempre superior al caudal medido en bocatoma. La situación anterior se da inclusive para períodos de bajos caudales existentes en el río, en efecto, en medición realizada en abril de 2013 se aforó un caudal en bocatoma de 245 l/s y en restitución de 317 l/s lo que arroja un porcentaje de recuperación de un 29%. Esta recuperación se explica por aportes intermedios (superficiales y sub-superficiales).

En consecuencia, el Titular informa que se puede indicar que las condiciones hídricas mínimas existentes de manera natural en el río no son modificadas en la condición con proyecto, y por tanto mantienen las características de hábitat para la fauna acuática del estero. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la ictiofauna es baja. Los estudios, han señalado la existencia exclusiva de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (Trucha Café y Arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación, de acuerdo a lo establecido en el D.S. 51/2008.

Por otro lado, también indica que de acuerdo a las características topográficas del área de emplazamiento del proyecto (alta pendiente), las abundancias y riqueza específica para cada componente en estudio (fitoplanctónicas, perifiton, macroinvertebrados y macroflora acuática), es relativamente baja. Esta situación es esperable en este tipo de ambiente, debido a la condición de oligotrofia del área del proyecto que fue registrada en las campañas de terreno.

Por tanto, la alta pendiente en el tramo del proyecto, sumado a la presencia de pequeñas cascadas o saltos de agua, crean barreras naturales para la fauna íctica presente. Lo anterior, sumado al pequeño tamaño de la ictiofauna registrada, hace posible que las poblaciones de peces registradas, estén parcialmente conectadas, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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debido a que éstas podrían ir río abajo, pero no tendrían la capacidad natatoria necesaria para poder remontar la velocidad de corriente y alto caudal.

Para mayor abundamiento, el Titular informa que se ha estudiado las características del estero en 4 tramos, a saber:

Tramo 1: tiene una longitud de 340 m, el punto de inicio se ubica 170 m aguas arriba del sector donde se ubicará la bocatoma y termina unos 170 m aguas abajo del mismo punto. Se trata de un sector de regular acceso, cuenta con un camino que lleva a este punto, el cauce del río se encuentra definido, en general es bastante encajonado, se verifica la existencia de saltos importantes, como el que está aproximadamente 100 metros aguas arriba de la bocatoma y que tiene una altura cercana a los 8 m. La pendiente promedio del tramo es de un 6%.

Tramo 2: de 1.500 m aproximadamente, se trata de un sector de muy difícil acceso, el cauce se encuentra definido, es del tipo encajonado, se verifica la existencia de saltos de alturas considerables, la pendiente de este tramo promedio es de 19%.

Tramo 3: de 900 m de longitud aproximadamente, el cauce se encuentra definido, es del tipo encajonado, se verifica la existencia de saltos de alturas considerables, la pendiente de este tramo promedio es de 28%.

Tramo 4: de 400 metros aproximadamente, parte 295 m aguas arriba del sector de restitución y termina 205 m aguas abajo de este punto, Se trata de un sector de mejor acceso, cauce bien definido, menos encajonado que en los tramos anteriores, no se verifica la existencia de saltos, su pendiente media es de alrededor de un 9%.

Para evaluar continuidad hídrica en el estero Añihuerraqui para caudal ecológico, se realizó el estudio del eje hidráulico para los tramos 1, parte del tramo 2 y tramo 4 del rio. Se escogió estos tramos debido a que las condiciones de pendiente hacen factible realizar esta modelación.

Para la modelación se utilizó el software HEC-RAS V4.1 publicado por el U.S. Army Corps of Engineers, el cual mediante la consideración de los perfiles topobatimétricos, geometría, rugosidad del fondo y taludes y existencia de obstrucciones, permite calcular las características del flujo para las distintas secciones del cauce, como también para distintos caudales.

Se realizaron modelaciones para dos caudales ecológicos: 298 l/s y 147 l/s, que corresponden al máximo y mínimo respectivamente, de la distribución temporal del caudal ecológico impuesto por la DGA.

Los principales resultados y conclusiones de la modelación se presentan a continuación:

  • No existen mayores diferencias en el comportamiento del estero en la situación sin proyecto y con proyecto.
  • Las velocidades promedio en el tramo 2, de mayor pendiente, alcanza los 1,37 m/s para caudal ecológico mínimo, y las menores velocidades bordean los 0,35 m/s en el tramo 1. Estas velocidades son aptas para el desplazamiento de especies de ictiofauna, de acuerdo a las curvas de habitabilidad de especies acuáticas, realizadas por el EULA (2000).

Así también, para el caso del Perifiton, su óptimo de preferencia de hábitat es en velocidades de caudal de 0,4 m/s aproximadamente, valores que se verifican en la modelación anterior. Esto tiene concordancia con los resultados de Perifiton y macroinvertebrados cuantificados en terreno, en las diferentes campañas de terreno, en donde la abundancia y riqueza para ambas componentes, fueron bajas.

El Titular indica, que en base a lo anterior, es posible inferir, que la velocidad, es un factor limitante que condiciona la presencia de fauna íctica y otros organismos. Esto hace suponer, que para el sector intermedio del trazado del proyecto donde no fue factible realizar la modelación debido a sus condiciones geográficas no exista la presencia de otro tipo de fauna íctica que no sea las hasta ahora descritas en las campañas de Línea de Base.

Asimismo, el Titular indica que cabe recordar, que las especies descritas hasta la fecha, son introducidas, y son conocidas por su depredación sobre la fauna íctica nativa (con problemas de conservación), debido a su mayor tamaño corporal y mayor capacidad natatoria.

El Titular, plantea como conclusión, que en la situación con proyecto se mantiene el continuo hídrico que asegura el desplazamiento natural de las especies de ictiofauna del estero y del ecosistema ripariano existente.

Finalmente, el Titular informa que el Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida.

Para abordar la materia ambiental tratada en esta parte, el Titular plantea medidas de mitigación relacionadas a la Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos y a la Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación. La descripción detallada se establece en Considerando 7 de la presente Resolución.

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Observación: En el Capítulo 4 del estudio, en relación a la identificación de componentes ambientales, se mencionan 5 componentes ambientales del medio físico, estos se clasifican de conformidad a una escala de valor ambiental señalado en una Tabla y posteriormente son clasificados y valorados, no obstante existen valores señalados, no se señala la metodología, estrategia, participantes, etc., utilizada para poder asignar dichos valores.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En materia de los impactos ambientales esto se encuentra informado en el capítulo de Predicción y evaluación de los principales impactos ambientales asociados al proyecto, a saber:

Metodología

La metodología de evaluación de impactos se basa en una valoración que integra tanto la relevancia ambiental del componente en su condición actual, como la magnitud del impacto que el proyecto ocasionará en dicho componente. Esta metodología conduce a la obtención de una escala numérica relativa en que los impactos ambientales son calificados de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla:

Módulo del Valor Impacto Ambiental (VIA) Importancia del Impacto Ambiental 0-40 Poco significativo 41-60 Medianamente significativo 61-80 Significativo 81-100 Altamente significativo

Por otro lado, el titular ha identificado la relevancia y su valor ambiental para cada uno de los componentes ambientales determinados dentro del área de influencia del proyecto. Este indicador se refiere a la calidad, estado y/o singularidad presentada por cada uno en su condición sin proyecto y permite valorar su relevancia, calificándolo en una escala de 1 a 10, y cuyos resultados para cada componente ambiental valorado, se indica en la siguiente tabla:

Medio Componente ambiental Relevancia ambiental Valoración del componente Físico Calidad del aire Muy alta 9 Niveles de ruido Muy alta 9 Hidrología Alta 8 Calidad del agua Alta 8 Campos electromagnéticos Muy baja 2 Suelo Baja 3 Biótico Flora y vegetación terrestre Muy alta 10 Fauna terrestre Muy alta 10 Flora y fauna acuática Moderada 6 Humano Dimensión geográfica Baja 4 Dimensión demográfica Baja 6 Dimensión antropológica Alta 8 Dimensión socioeconómica Moderada 5 Dimensión bienestar social básico Alta 8 Patrimonio Arqueología Moderada 6 Perceptual Paisaje Moderada 5

La metodología utilizada para la evaluación de impactos ambientales concluye en la categorización de los niveles de significancia determinados a partir de los valores numéricos obtenidos en el proceso de dicha evaluación, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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considerando su relevancia ambiental. Así la metodología aplicada establece que el Valor del Impacto ambiental se calcula como el producto de la Relevancia del componente ambiental afectado y la Magnitud del Impacto, incorporando las variables de carácter, probabilidad de ocurrencia, extensión, intensidad, duración y reversibilidad.

Análisis de impacto por componente ambiental

Medio físico: Calidad del aire

Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión

En la etapa de construcción, se producirá un aumento en la concentración de material particulado ypolvo en resuspensión debido principalmente a los movimientos de tierra, circulación de vehículos por rutas no pavimentadas y acopio de material; y en menor medida se generará emisión de gases provenientes del funcionamiento de las maquinarias y de equipos electrógenos. Estas emisiones serán de carácter temporal toda vez que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto estimada en 12 meses.

La siguiente tabla se presenta el resumen de las emisiones generadas estimadas para la etapa de construcción del proyecto:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2,5 6,43

Considerando el aumento en las emisiones atmosféricas, este impacto se considera significativo (-) durante esta etapa, por lo cual las emisiones serán controladas mediante medidas de mitigación establecidas y detalladas en el Plan de Control de Emisiones Atmosféricas, señalado en Considerando 7 de la presente Resolución.

Durante la etapa de operación disminuirá considerablemente el tránsito de vehículos y no existirá remoción ni movimiento de material, por lo que este impacto será poco significativo (-).

Niveles de ruido

Alteración de los niveles basales de presión sonora

En la etapa de construcción se producirá aumento en los niveles de ruido en las inmediaciones de los frentes de trabajo principalmente vinculados a movimiento de tierra y motores de maquinaria pesada.

Del Estudio de Impacto Acústico realizado y adjunto en Anexo 14 de la Adenda 1, el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción no superará el máximo permitido en ninguno de los receptores sensibles, con excepción de un punto ubicado al norponiente de la casa de máquinas del proyecto, donde se produce un exceso de 2 dB, como se detalla en la siguiente tabla:

Punto Distancia aproximada a Casa de Máquinas (m) Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido Cumplimiento D.S. N°38/2011 1 360 46.7 47.7 50 58 Cumple 2 207 54.7 43.1 55 53 Excede 2 dB 3 318 48.2 43.1 49 53 Cumple 4 172 50.7 44.2 52 54 Cumple 5 330 47.6 46.6 50 57 Cumple 6 556 42.7 43.0 46 53 Cumple

En virtud de lo anterior, este impacto se considera medianamente significativo (-) por lo cual se implementará como medida de mitigación la instalación de una barrera acústica modular en la zona de instalación de faenas donde se construirá la casa de máquinas, lo cual permitirá que el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción cumplirá con los niveles máximos permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA. Los detalles de esta medida se presentan en Considerando 7 de este acto.

En la etapa de operación los niveles de ruido se circunscribirán al área de emplazamiento del proyecto toda vez que el ruido generado por el funcionamiento de la casa de máquinas estará por debajo de los niveles máximos permisibles establecidos en la normativa vigente, por lo que se concluye que el impacto será poco significativo (-) sobre este componente. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Campos electromagnéticos

Generación de campo eléctrico y magnético

En la etapa de construcción del proyecto, no se generará este tipo de emisiones dado que no existen fuentes que las generen, por lo que no se producirá este impacto.

Durante la etapa de operación, y de acuerdo a informe de Modelación de Campos Electromagnéticos adjunto en Anexo 15 de la Adenda 1, se estimó que la magnitud de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo en el exterior de la central, no superará 0,22 kV/m;y respecto a la magnitud de inducción magnética máxima en el borde de la central, no superará los 20 µT de acuerdo a estudios realizados en centrales de similares características. Estas magnitudes están muy por debajo de los límites máximos recomendados por la Comisión Internacional Contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP), que establece un máximo de campos eléctricos y magnéticos de 5 KV/m y de los 100 µT respectivamente. Por lo anterior, este impacto no se generará.

Hidrología

Disminución de caudal entre bocatoma y restitución

En la etapa de construcción, si bien se intervendrá el estero para la ejecución de las obras de captación, atraviesos, rápido de descarga y obras de restitución, no existirá alteración en su cantidad dado que no se desviará el estero y no se extraerá bajo ninguna circunstancia agua del mismo, respetando la libre circulación del total de su caudal por su lecho mientras duren las faenas. Debido a lo anterior, este impacto no se generará en esta etapa del proyecto.

En la etapa de operación, se utilizará un caudal máximo de 2,5 m3/s del estero Añihuerraqui para la operación de la central, cuyos derechos de agua para uso no consuntivo han sido otorgados por el Dirección General de Aguas con su respectivo caudal ecológico, caudal que fue incrementado para los meses de febrero, marzo y abril por parte del titular, en virtud de las campañas de aforo realizadas por el mismo y que dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero. De acuerdo a lo anterior, la distribución de caudales mínimos ambientales a cumplir por el titular, se muestran en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

En conclusión, cumpliendo con el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, no se producirá un alteración significativa en la cantidad del agua del estero por lo que el impacto es poco significativo (-).

Calidad del agua

Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos

En la etapa de construcción se producirá alteración de las condiciones basales de la calidad del agua del estero Añihuerraqui debido al aumento de sedimentos producto de las actividades de construcción en el lecho del mismo para la implementación de la captación, atraviesos, rápido de descarga y obras de restitución. Este impacto será durante períodos acotados de tiempo, cuando se esté llevando a cabo movimientos de material natural en el cauce para la construcción de las obras en el mismo, cesando una vez terminada dichas labores.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-). Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un monitoreo mensual de parámetros de acuerdo a la NCh 1.333/Of78, Norma Chilena de Calidad de agua para distintos usos, tomando muestra y contramuestra en cada caso para asegurar la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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validez y representatividad de las mediciones, en 5 puntos establecidos entre captación y bocatoma, privilegiando el muestreo en los meses donde se realicen los trabajos que generen alteración en la calidad del agua.

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en su calidad natural, concluyendo que este impacto no se generará.

Suelo

Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual requiere remoción y utilización de suelo para la construcción de las áreas de instalaciones de faenas, zonas de acopio de materiales de construcción y de residuos (obras temporales); así como para la construcción de la casa de máquinas, tuberías en presión, línea de transmisión eléctrica (obras permanentes), entre otros. La superficie total a intervenir corresponde a 2,23 ha aproximadamente, de las cuales 1,56 ha corresponde a superficie para las obras temporales, y 0,67 ha para las obras permanentes.

Las actividades constructivas provocarán pérdida y compactación de suelo en un área acotada y definida al área donde se ubicarán las obras, no requiriendo intervenir terrenos adicionales a los declarados; tendrá una duración definida correspondiente a la duración de la etapa de construcción (estimada en un año). Cabe mencionar que los suelos excavados serán acopiados temporalmente y posteriormente serán reutilizados para relleno y nivelación de caminos. Los suelos comprendidos en los sectores en donde se desarrollará el proyecto son suelos cuyas limitaciones son la topografía y la excesiva pedregosidad, clasificándose con una capacidad de uso VI, que corresponde a suelo inadecuados para los cultivos, y su uso está limitado para pastos y forestales, no existiendo actividades agrícolas o de equipamiento en el área a intervenir.Teniendo en cuenta lo establecido anteriormente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-).

En la etapa de operación no se consideran nuevos impactos para este componente, por lo que no se producirá.

Generación de procesos erosivos

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual implicará remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión y la casa de máquinas, principalmente. Estas actividades pueden aumentar el riesgo potencial de generación de procesos erosivos principalmente en la intervención sobre el ex el camino madererobajo el cual se implementará la tubería a presión, considerando además que en determinados sectores se establecerán pendientes, por lo que de producirse procesos erosivos, éstos se manifestarían en un área acotada a sectores inmediatos al camino forestal y al sector de instalación de faenas. Los suelos excavados serán acopiados temporalmente alejados del estero y posteriormente serán reutilizados en su totalidad para relleno y nivelación de caminos.

Para evitar y controlar los procesos erosivos, se consideras medidas de mitigación que consisten básicamente en la restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. Otras medidas se establecen en el Considerando 7 del presente acto. Considerando la implementación de medidas, se realizará un monitoreo durante la construcción y por un período de al menos 5 años en la etapa de operaciónen base al método de la estaca, para evaluar y controlar posibles procesos erosivos.

En virtud de la generación acotada y controlada de procesos erosivos que podrían generarse durante la etapa de construcción y operación del proyecto, el impacto se califica como medianamente significativo (-).

Medio biótico

Flora y vegetación terrestre: Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean en el Considerando 7 del presente acto, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 del presente acto.

Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo un año. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-).

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm). Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 del presente acto.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medianamente significativo (-) dadas las medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Medio Humano

Dimensión geográfica

Cambio en el uso de territorio

Durante la ejecución de este proyecto no se generará cambio en el uso del territorio toda vez que la distribución de los grupos humanos en el mismo y la estructura espacial de sus relaciones, no serán afectados en la etapa de construcción ni en la de operación del proyecto, ya que no habrá campamentos en la zona de emplazamiento del proyecto, minimizando interacciones de los trabajadores con la comunidad local.Teniendo en cuenta lo anterior, sumado a que la etapa de construcción es temporal, este impacto no se producirá en ninguna de las etapas de ejecución del proyecto.

Dimensión demográfica

Alteraciones sobre la estructura demográfica

Durante la ejecución de este proyecto no se generará alteraciónen la estructura demográfica considerando que para la ejecución de las faenas se dará preferencia a la utilización de mano de obra local por sobre la foránea. De REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante la etapa de construcción no implicará una alteración en la estructura demográfica de la zona, pues si bien habrá más personas en el área de influencia del proyecto a nivel comunal, a nivel local no se evidenciará este afectación ya que no existirá pernoctación ni campamentos en el área de emplazamiento del proyecto.

Teniendo en cuenta lo anterior este impacto seha determinado que no se producirá este impacto tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Dimensión antropológica

Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central

Las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en un tramo de 160 m en el cerro Peñewe, ambos considerados como sagrados por la comunidad indígena.

En relación a lo anterior, el titular estableció que el diseño original de la central, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, se modificó por la construcción de las obras de conducción de agua, en un sector intervenido del cerro correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino durante la construcción hasta un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro y sin generar una alteración en la topografía del mismo; así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector.La tubería forzada irá sobre la superficie del terreno, tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno eimplementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería,estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja se mantendrá en 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en los Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun

A aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica el sitio de Gillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Gillatun, que es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional del territorio, sitio que no será intervenido pero su celebración será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. En la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Gillatun propiamente tal dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero si existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui, situación que es abordada en punto a continuación.

Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Guillatuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

Uso de agua del estero durante la celebración del Guilatun

En la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero si se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central. De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, utilizan agua del estero para la celebración del Gillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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diciembre de 2 l/s, a nombre de Sra. Marisol Coñoequir Panguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7de la presente Resolución.

Posible afectación de sitio Eltwe

En el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se señala la existencia de un Eltwe en las coordenadas UTM: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas

Considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno. Las medidas asociadas se señalan en Considerando 7 de la presente Resolución.

Dimensión socioeconómica

Generación de nuevas ofertas de trabajos

En la etapa de construcción se producirá un aumento en la demandade mano de obra local por parte del proyecto y un incremento en la oferta y demanda de bienes y servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal y a nivel local, situación que se sostendría hasta la finalización de las obras de construcción, destacando que la mano de obra será mediante contratación de mano de obra local. En la etapa de operación, se privilegiará la mano de obra local y si se requiere se les capacitará para su trabajo en la central.

Considerando lo anterior, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (+) para la etapa de construcción y poco significativo (+) en la etapa de operación. Independiente de la evaluación determinada, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto

Durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni elabastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

En virtud de lo anterior, este impacto no se generará por la ejecución del proyecto.

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Dimensión bienestar social básico

Aumento en la demanda de servicios

En la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no se generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución..

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

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En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es poco significativo (-) considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto

Este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar.

Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar

La ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos por día durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas. Este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y poco significativo (-) en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Patrimonio Cultural

Arqueología: Alteración de sitios con valor arqueológico

En la etapa de construcción se realizará intervención en el terreno por lo cual se han realizado prospecciones cuyos resultados establecidos en Anexo 2-5 del EIA, concluyen que en el área del proyecto no se encuentran sitios arqueológicos, antropológicos, de valor histórico, cultural u otros pertenecientes al patrimonio cultural.

Teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, este impacto se determina como poco significativo (-) para este componente en la etapa de construcción y operación del proyecto debido a la ausencia de sitios arqueológicos en el área del proyecto pero cercano a un Eltwe; sin perjuicio de lo cual, y ante cualquier hallazgo no detectado con anterioridad, se paralizarán las obras el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, y se modificará el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. Así mismo, y en virtud del PCI, se mantendrá un profesional arqueólogo permanente supervisando las obras de construcción de la línea de transmisión del proyecto considerando la cercanía con el sitio de Eltwe. Las medidas se establecen en Considerando 7 de la presente Resolución REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Perceptual

Paisaje: Alteración en la homogeneidad del paisaje

La construcción de las obras temporales y permanentes del proyecto interrumpirá la homogeneidad del paisaje alterando la singularidad local de éste, producto de la construcción misma de unidades del proyecto como por la corta de vegetación y despeje para la instalación de faenas y frentes de trabajo. Posterior a la construcción se implementarán medidas para mitigar este efecto de tal forma de mimetizar las obras con el entorno y evitar que sean visibles desde la ruta S-983, ruta CH 199 y el sitio de Gillatuwe.

Teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) en la etapa de construcción y medianamente significativo (-) en la operación. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Resultado matriz de impacto

Realizado el análisis de los impactos ambientales establecidos y desarrollados durante la evaluación ambiental del proyecto, incluyendo los Procesos de Participación Ciudadana y Consulta indígena, se presenta el resultado consolidado por cada componente ambiental:

Medio Componente ambiental Impacto Etapa de construcción Etapa de operación Principales medidas Comsiderando 7, 8 y 9 de la presente Resolución Físico Calidad del aire Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión Significativo(-) Poco significativo (-) A1 - MH9 - MH10 - MH11 Niveles de ruido Alteración de los niveles basales de presión sonora Medianamente Significativo(-) Poco significativo (-) R1 – MH2 – MH11 Campos electromagnéticos Generación de campo eléctrico y magnético No se genera No se genera NO APLICA Hidrología Disminución de caudal entre bocatoma y restitución No se genera Poco significativo(-) FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 Calidad del agua Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos Poco significativo(-) No se genera FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 – AC6 Suelo Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes Poco significativo(-) No se genera S1-FL1 Generación de procesos erosivos Medianamente significativo(-) Medianamente significativo(-) S1-FL1 Biótico Flora y vegetación terrestre Perdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto Significativo(-) No se genera S1-FL1-MH5-MH6 Introducción de especies invasoras Medianamente significativo(-) Poco significativo (-) FL2 Fauna terrestre Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad Significativo(-) No se genera FL1-FL2-FA1-FA2 Alteración de hábitat especies de alta movilidad Poco significativo(-) Poco significativo(-) FL1-FL2-FA1-FA2 Flora y fauna acuática Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos Medianamente significativo(-) No se genera FA2-FA3-MH7 Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero No se genera Poco significativo(+) FA2-FA3-MH7 Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación No se genera Medianamente significativo(-) FA3 Medio Humano Dimensión geográfica Cambio en el uso del territorio No se genera No se genera NO APLICA Dimensión demográfica Alteraciones sobre la estructura demográfica No se genera No se genera NO APLICA Dimensión antropológica Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central Altamente Significativo(-) Altamente Significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1 Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun Significativo(-) Significativo(-) MH2-MH3-MH7- MH8-MH9-MH10- AC2 Uso de agua del estero durante la Significativo(-) Significativo(-) MH8-MH12-AC2 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central Posible afectación de sitio de significación cultural Eltun Medianamente significativo(-) No se genera MH4-R1 Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas Significativo(-) Poco significativo(-) MH5-MH6 Dimensión socioeconómica Generación de nuevas ofertas de trabajos Medianamente Significativo(+) Poco significativo(+) MV4 Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto No se genera No se genera MV3 Dimensión bienestar social básico Aumento en la demanda de servicios Poco significativo(+) No se genera NO APLICA Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui Significativo(-) No se genera MH7-MH12-MH3- AC6 Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. No se genera Poco Significativo (-) MH7-MH12-MH3- MH8-AC6 Interrupción en el acceso a captación de agua Medianamente Significativo (-) Medianamente Significativo (-) MH8 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 Significativo(-) Poco significativo A1-R1-MH2-MH9- MH10-MH11 Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto Medianamente Significativo (-) Poco significativo MH9-MH10 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas) Significativo(-) Poco significativo MH9-MH10-MH11- A1-R1 Patrimonio Arqueología Alteración de sitios con valor arqueológico Poco significativo (-) Poco significativo (-) MH4 Perceptual Paisaje Alteración en la homogeneidad del paisaje Poco significativo(-) Medianamente significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1

Nombre: Comunidad Camilo Coñoequir Observación: La revisión de cuerpos normativos e indicativos señala en relación a las comunidades y sus integrantes lo siguiente: La ley 19253 en su Artículo 19 párrafo segundo sobre los indígenas y comunidades señala "El Estado valora su existencia por ser parte esencial de las raíces de la Nación chilena, así como su integridad y desarrollo, de acuerdo a sus costumbres y valores", sin perjuicio de ello, en el último párrafo del mismo artículo menciona "Es deber de la sociedad en general y del Estado en particular, a través de sus instituciones respetar, proteger y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, adoptando las medidas adecuadas para tales fines y proteger las tierras indígena, velar por su adecuada explotación, por su equilibrio ecológico y propender a su ampliación". Además el citado cuerpo legal, en su Artículo 79 párrafo final señala "El Estado tiene el deber de promover las culturas indígenas, las que forman parte del patrimonio de la Nación chilena".

El Articulo 13 de la Ley 19253, expresa "Las tierras a que se refiere el artículo precedente, por exigirlo el interés , gozarán de la protección de esta ley y no podrán ser enajenadas, embargadas, gravadas ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades o personas indígenas de una misma etnia".

El Artículo 34 de la Ley 19253, menciona "Los servicios de la administración del Estado y las organizaciones de carácter territorial, cuando traten materias que tengan injerencia o relación con cuestiones indígenas, deberán escuchar y considerar la opinión de las organizaciones indígenas que reconoce ésta ley.

Sin perjuicio de lo anterior, en aquellas regiones y comunas de alta densidad de población indígena, éstos a través de sus organizaciones y cuando así lo permita la legislación vigente, deberán estar representados en las instancias de participación que se reconozca a otros grupos intermedios".

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La Constitución Política de Chile en su Capítulo III, Artículo 19 Párrafo 82 manifiesta además la garantía y el derecho de los ciudadanos chilenos a: "el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación tutelar la preservación de la naturaleza".

El Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes citan en su Art. 69 numeral 2 "Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas"; el Art 79 numeral 1 «Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente"; numeral 32 "Los gobiernos deberán velar porque, siempre que haya lugar, se efectúan estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medioambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos"; numeral 42 "Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan".

Los numerales, artículos, párrafos y textos precedentes, dicen relación con la protección, resguardo, ampliación, mejoramiento, etc. de los diferentes componentes y dimensiones de la condición humana y su entorno, es decir la propugnación final que el Estado y todos sus componentes están al servicio del ser humano y no al revés, entendiendo el concepto de Estado, no sólo como los referentes gubernamentales, sino de cada uno de los integrantes de la sociedad donde se encuentra inserta, el respeto y resguardo de estas normas es esencial antes de propiciar este tipo de inversiones, donde por lo demás, existen acápites especiales que dicen relación con los pueblos originarios, por ello es imperioso para la comunidad indígena local que la propuesta presentada sea revisada minuciosamente para no dañar el patrimonio inmaterial que representan los integrantes de esta comunidad, ya que, roe las bases de sus estructura y puede posibilitar se desintegración.

Al tenor del estudio ingresado, nos parece impresentable que dada la envergadura del mismo, éste adolezca de serias falencias, errores, inexactitudes e insolvencias que debilitan al proyecto como tal, ya que sobre la premisa de información inconsistente no se pueden esperar conclusiones que algún grado de certeza. Si la base de información es deficiente, difícilmente se podrá mejorar su resultado final.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana de la Comunidad Camilo Coñoequir es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT cabe tener presente que es una normativa que viene a complementar la normativa indígena y, que guarda perfecta armonía con las normas del SEIA en el entendido que dichos espacios de participación se abren cuando hay afectación directa a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en cuestión. A su vez, se reconoce que la obligatoriedad que subyace para los organismos del Estado para aplicar dicho procedimiento existe desde la ratificación del referido Convenio por nuestro país, por lo que la aplicación de la Consulta Indígena no se restringe, ni limita a la dictación de reglamentos u otros.

Efectivamente los principios que informan el SEIA son perfectamente conciliables con el Convenio N° 169, en el entendido que el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, opera bajo la lógica que el derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, a saber:

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  1. Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Nguillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  2. Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  3. Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental.

Este proceso se llevó a cabo con las siguientes comunidades y grupos humanos indígenas: - Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Comité de Salud Punowemanke Trancura, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios; siendo un 80% de los socios integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Lof Trancura, entendiéndose por éste al espacio territorial y sociocultural reconocido en la otorgación del Título de Merced N°1.647 del año 1909. - Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, que se encuentra conformado por 37 socios de los cuales el 84% son de la etnia mapuche y en su mayoría son integrantes de las Comunidades Camilo Coñoequir Lloftunekul y Camilo Coñoequir. - Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén

Posteriormente se integra a la Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun al proceso considerando su inscripción como comunidad de fecha 10 de julio del 2014 y que se encuentra en el área de influencia del proyecto.

Actividades realizadas en el Proceso de Consulta Indígena: - Reuniones informativas - Difusión en medios de comunicación - Reuniones acuerdos metodológicos - Reuniones de Consulta Indígena (Talleres, acciones de terreno, entre otras) - Reuniones de acuerdo y Protocolo final de CI

Para abundamiento de la información revisar Considerando sobre el Proceso de Consulta Indígena del presente acto.

Nombre: Consejo Ambiental de Curarrehue Observación: En la revisión del documento EIA, manifestamos las siguientes observaciones al proyecto:

Primero, se enumeran dos causales por los cuales el presente proyecto debiese ser retirado por parte del titular por presentar serias incongruencias con los habitantes del territorio.

Antecedentes culturales. Se menciona la importancia de los ríos y las montañas en la vida diaria en la vida terrenal y espiritual de la etnia mapuche, estableciendo relaciones de reciprocidad entre los elementos y los habitantes, propio de la cosmovisión mapuche. También se menciona la obligación de este pueblo de proteger, cuidar y querer su tierra. Se nombra el cerro Pünowemanque. El cerro mencionado, el cerro próximo y el estero Añihuerraqui SON LOS ELEMENTOS DE LA NATURALEZA QUE COMPONEN EL LUGAR SAGRADO DE LAS COMUNIDADES MAPUCHE DEL SECTOR, CUERPOS A LOS QUE SE OFRENDA EL NGUILLATÚN. No se menciona el cementerio presente en el lugar ni se relaciona el mismo cerro Pünowemanque y estero cómo de significación ancestral. También se describe en el resumen que el Nguillatuwe de Trancura fue creado por incentivo de la municipalidad, lo que no corresponde a la realidad. Ante las mismas descripciones del EIA, es que este proyecto no puede ser emplazado en un lugar de tal significación sagrada, ya que atenta a la cultura y a sus habitantes. Y se suma a la falta de acuciosidad del estudio la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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mención de la NO EXISTENCIA DE LONGKO, otro error de vital importancia del ámbito cultural y las autoridades tradicionales del territorio.

Se menciona el convenio 169 de la OIT, al cual está suscrito Chile, y dice "consulta previa, libre e informada". Esta consulta no se ha realizado, sólo se han realizado supuestas negociaciones de carácter económico con algunos particulares pertenecientes a las comunidades indígenas, pero que en algunos casos se han efectuado en base a desinformación por parte de los firmantes, otros que no habitan el territorio y se expresa la buena fe de la aceptación, y las entregas económicas de ninguna manera se pueden categorizar cómo de buena fe, por lo que no debiesen acompañar este EIA ni relacionarse con el convenio 169 de la OIT. Se suma el hecho de que se hace referencia a un acta de reunión privada de la comunidad indígena, en el cuál hay FALSIFICACIÓN DE FIRMAS, elemento que ya se encuentra a disposición de autoridades de justicia, por lo que tampoco esta ACTA PRIVADA debiese siquiera considerarse o mencionarse dentro de un EIA serio.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En primer término, respecto de la localización del proyecto en el EIA se informa que esta iniciativa se ubica en la comuna de Curarrehue y el Titular señala que su localización se justifica en función de la existencia del caudal disponible en el estero Añihuerraqui, sumado a las características propias del estero, la pendiente del terreno y factibilidad de acceso, así como los derechos constituidos en el sector, que permiten el desarrollo hidroeléctrico propuesto.

Cabe también indicar, que los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente por los cuales ingresa a evaluación de impacto ambiental el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui corresponden a: b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.

Al respecto, el Titular señala que si bien el proyecto se ubicará en un sector donde existen comunidades indígenas, las obras no se emplazarán en tierra indígena, sino que en predios de particulares, haciendo presente que el terreno de 4 ha donde se proyecta ubicar la tubería forzada, casa de máquinas y restitución es de propiedad del titular adquirido mediante permuta con integrante de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI.

Asimismo, se informa que el citado terreno en el que se proyectan las obras, colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul. A su vez, en el área de influencia del proyecto también se ubica la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y la comunidad Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que, si bien su creación fue posterior al ingreso del proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental, se consideró dentro del análisis toda vez que se ubica en el área de influencia del proyecto.

La siguiente imagen presenta la distribución de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto y las principales obras permanentes del proyecto:

Camilo Coñoequir Lloftunekul Camilo Coñoequir Juanita Curipichun de Caren Ruta CH-199 Folilco Juan Curipichun Ruta S-983 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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No obstante que las obras no se instalarían en tierra de calidad indígena, el proyecto se ubica en un sector donde existen comunidades indígenas, al respecto, durante la evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Guillatuwe, cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así también se afectaría significativamente su dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción se intervendrá parte del estero Añihuerraqui y que existirá alteración en la calidad del agua de éste, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a aproximadamente 108 m aguas arriba de la restitución, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicados aguas arriba de la restitución proyectada.

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA. Además se informa que en la Dimensión antropológica (artículo 8 literal c) existirá afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (TxenTxen) y Peñewe (KaiKai) por instalación de obras de la central, situación que fue ratificada en el PCI y en el Informe Antropológico generado en el marco del señalado proceso y que se adjuntó en el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.

En efecto, el Titular informa en su EIA y en las ADENDAs que las obras asociadas a la central se emplazarán en la falda del cerro denominado Punowemanke y en menor longitud en el cerro Peñewe, ambos considerados como sitios sagrados por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y las organizaciones consultadas LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura.

En específico respecto de los Sitios de significancia cultural, las obras del proyecto se ubicarían en ladera del cerro Punowemanke y en parte de la ladera del cerro Peñewe, donde el terreno a utilizar para el emplazamiento del canal de aducción y tubería a presión será aprovechando un antiguo camino maderero que fue utilizado para trasportar madera desde el cerro y en el cual la tubería a presión irá siguiendo la topografía del cerro y enterrada en la mayor parte del trayecto (excepto en los 850 m que corresponden a la tubería forzada).

En consideración a lo anterior, el titular establece que se modificó el diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua mediante un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, por la construcción de las partes de conducción de agua aprovechando un sector intervenido del cerro, correspondiente a un ex camino maderero, minimizando con ello la intervención sobre el mismo ya que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para instalar, bajo la superficie, la tubería a baja presión, siguiendo la configuración del cerro sin generar una alteración en la topografía del mismo. La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m la cual será mimetizada con el entorno pintándola de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno e implementando una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería, estimándose que al año 5 de la plantación la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. En la etapa de operación, la franja intervenida de las obras de construcción será de 4 m de ancho máximo, donde las dos restantes serán reforestadas con tipo de especies existentes en el sector.

Considerando que las obras se implementarán en las faldas de cerros sagrados, el impacto para este componente es altamente significativo (-) para la etapa de construcción y operación del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto a las molestias producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Guillatun, se informa que aproximadamente 300 m al suroeste de la ubicación propuesta para la casa de máquinas se ubica la cancha de Guillatuwe, lugar donde se realiza la celebración del Guillatun, donde cada 3 años se desarrolla una ceremonia denominada Guillatun Grande y cada 2 años una ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Guillatuwe en situaciones de emergencia por cataclismo. Esta información ha sido ratificada en las actividades de terreno realizadas entre el SEA y las organizaciones consultadas en el PCI.

En sus ADENDAs el Titular informa que este sitio no será intervenido, pero su celebración sí será afectada durante la etapa de construcción del proyecto considerando que aumentará el flujo de vehículos, que habrá aumento en los niveles emisiones atmosféricas y de ruido dado que se utilizará la ruta S-983 como vía de acceso al proyecto. También, informa que en la etapa de operación, el funcionamiento de la central no interferirá con la celebración del Guillatuwe propiamente tal, dado que no habrá emisiones molestas de ruido, afectación visual ni paisajística por la operación de la central, pero sí existirá extracción de agua del estero Añihuerraqui. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Considerando que las obras no intervendrán el sitio de Gilltuwe pero existirán impactos en su celebración asociados a las actividades constructivas y de operación, el impacto definido para este componente es significativo (-) para ambas etapas del proyecto, por lo cual el titular ha definido medidas de mitigación y compensación, y acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun de Carén e integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y cuyo detalle se establece en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En cuanto al uso de agua del estero durante la celebración del Guillatun producto de la ejecución de la central, se informa que en la etapa de construcción, si bien no se extraerá agua del estero Añihuerraqui bajo ninguna circunstancia, se generará aumento de sedimentos alterando su calidad cuando exista construcción de las obras en el lecho del estero; y en la etapa de operación no existirá alteración en su calidad pero sí se extraerá agua en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo su caudal al mínimo ambiental comprometido por el titular en caso que opere la central.

De acuerdo a lo informado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en el proceso de Participación Ciudadana y en el PCI, se utiliza agua del estero para la celebración del Guillatun utilizando el derecho de agua consuntivo, eventual y discontinuo de mayo a diciembre por 2 l/s, a nombre de la Sra. Marisol CoñuequirPanguilef, y cuyo punto de extracción se ubica aguas arriba de la restitución.

En virtud de lo anterior, el titular informa que existirá un impacto definido como significativo (-) tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto por lo cual ha definido medidas de mitigación y compensación, cuyo detalle se establece en Considerando 7 de la presente Resolución, destacando que la principal medida a implementar para evitar el impacto sobre la cantidad y calidad de agua será la paralización de las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia.

En cuanto a la posible afectación del sitio de significación cultural Eltuwe, se señala que en el informe CONADI asociado al Ord. N°006/2013 se indica la existencia de un Eltuwe en las coordenadas UTM:281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695, y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena. La obra proyectada más cercana a este punto es la postación de la línea de transmisión de 23 kV, donde uno de ellos se ubicaría a 30 m de distancia de este sitio.

Considerando que el sitio de Eltwe no será intervenido, pero sí se proyecta ubicar a aproximadamente 30 m de distancia a este sitio un poste de la línea de transmisión, este impacto se califica como medianamente significativo (-) para la etapa de construcción por lo que se han establecido medidas para cumplir con la no intervención establecida por el titular, y en el marco del PCI, se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores. El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Las medidas se detalladan en Considerando 7 de la presente Resolución. En la etapa de operación este impacto no se generará.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de aguas se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies. Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

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Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Dimensión socioeconómica

En cuanto a Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto, el titular informa en la evaluación ambiental que durante el proceso de evaluación ambiental se ha determinado la presencia de actividades productivas y emprendimientos turísticos en el sector de Trankura, las que no tendrán afectación de carácter significativa por el proyecto toda vez que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto, dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en terrenos particulares donde no existen actividades turísticas.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

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Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la Ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Considerando lo anterior, se ha establecido que este impacto no se genera en ninguna de las etapas del proyecto. Independiente de ello, el titular ha establecido acuerdos con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, integrantes de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Juanita Curipichun de Carén, y cuyo detalle se establece en Considerando 8 y 9 de la presente Resolución, de tal forma de contribuir en el desarrollo económico local.

Dimensión bienestar social básico - aumento en la demanda de servicios

El titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos). Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y nose generará en la etapa de operación.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses).

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción, no presentándose en la etapa de operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado en el presente documento, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ambiental superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal ambiental mínimo comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará protegido naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto.

En materia del aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983, se informa que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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El titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-); en la etapa de operación es no significativo considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en el presente documento.

En cuanto al deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se informa que este impacto se definió en el marco del Proceso de Consulta Indígena, dado que la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diario durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), generará un impacto significativo en la carpeta de ripio y puentes existentes en el trayecto a utilizar. Ante lo señalado, se informa que en el marco del PCI este impacto fue abordado y se establecieron acuerdos que se detallan en Considerando de Proceso de Consulta Indígena del presente acto.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como medianamente significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar, como se ha señalado la Ruta S-983 es la única vía que utilizan las comunidades indígenas para su traslado hacia la localidad de Curarrehue o hacia la Ruta CH 199, por lo que un aumento 29 vehículos diariamente durante un período máximo de 12 meses (etapa de construcción), y por lo tanto les generará un impacto significativo en su traslado y seguridad, en especial en períodos donde existe traslado de escolares cuyos horarios establecidos por las comunidades en el PCI es de 7:30 – 9:30 y de 16:00 – 18:00 horas.

El Titular informa que este impacto se producirá en la etapa de construcción y ha sido calificado como significativo (-), y no significativo en la etapa de operación considerando una fuerte disminución en el tránsito vehicular asociada al proyecto. Para abordar lo anterior, el titular ha establecido medidas de mitigación detalladas en del presente documento.

Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

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Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central.

Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

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  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades. Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento
  • Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe.
  • Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

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Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

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Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Medidas adicionales propuestas por el titular para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto (AC)

El titular, en el Estudio de Impacto Ambiental estableció medidas de compensación, que fueron ratificadas en las respectivas ADENDAs, para las comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura que cuentan con integrantes que pertenecen a la Camilo Coñoequir Lloftunekul, y Juanita Curipichun de Carén, ubicadas en el área de influencia del proyecto, las que consisten en:

  • Acuerdo económico para miembros de la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Conexión eléctrica y subsidio del pago de la electricidad de un policlínico que se proyecta construir para las comunidades Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul.
  • Programa de Asistencia Técnica a comunidades locales para la postulación a fondos concursables, de tal forma de fomentar y desarrollar el emprendimiento al interior de las comunidades. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Producto de las observaciones y reuniones realizadas en el marco de la Participación Ciudadana con las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, el titular logró identificar una serie de preocupaciones adicionales que vienen a reformular las medidas inicialmente propuestas y que han sido ampliamente discutidas, analizadas y finalmente formalizadas a través de acuerdos con las comunidades.

Estos acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

El Titular informa en sus ADENDAs que para lograr consensuar y formalizar los acuerdos sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y miembros de las comunidades, para así crear puentes de comunicación entre la empresa y los comuneros. Las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén accedieron a dialogar a través de sus directivas con la empresa estableciendo un flujo expedito de información en el marco de la tramitación ambiental del proyecto, que se ha visto reflejado en diversas asambleas en que ha sido invitada formalmente la empresa a exponer sobre el proyecto y las medidas propuestas y consensuarlas con ellas. Este diálogo ha contribuido significativamente para comprender las necesidades y realidad de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, el titular informa que con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul se han realizado significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un canal formal de diálogo entre la empresa y la comunidad; bajo ese contexto, el titular ha tenido diversas reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma, como el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la ayuda de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas eventualmente se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones, y siempre y cuando la comunidad lo acepte.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. de la presente Resolución.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

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h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

Es importante indicar que no existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta última comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados se indicaron anteriormenete.

La Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul junto a las organizaciones consultadas Lof Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura en reunión de socialización de la ADENDA N°4 realizada el día 01 de julio de 2015 y en documento de observaciones ingresado al SEA con fecha 02 de julio de 2015, reitera su rechazo al proyecto manifestando que las medidas de mitigación, reparación y/o compensación respecto del medio humano y en especial respecto de las afectaciones a sus manifestaciones espirituales y derechos religiosos son improcedentes y que no han sido acordadas con la comunidad ni con sus autoridades tradicionales, en particular con el Logko. Estos antecedentes constan en el expediente de evaluación.

Por último, es importante informar que en cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT que señala el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 Nº 1 letra a) y N°2, cabe indicar que este derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

Nombre: Consejo Ambiental de Curarrehue Observación: A continuación se mencionan otras observaciones técnicas del EIA

Se adjunta la constitución de derecho de aprovechamiento de agua del estero Añihuerraqui a nombre de ANDRES MOISÉS MONTOTO TORREALBA para uso no consuntivo SOLAMENTE, permanentes y eventuales. No se encuentran a nombre del titular de la empresa, tampoco se adjuntan documentos que acrediten su inscripción. Dice que el titular tiene derechos no consuntivos solamente. ¿El titular es Andrés Montoto? Porque en los documentos el titular aparece con otro nombre y apellido, situación que debe ser aclarada, porque si no cuenta con derechos de agua, ¿se debiese presentar este proyecto?

El caudal calculado, se basa en métodos indirectos. Este caudal no debiese validarse para el uso, ya que según referencias de vecinos, el estero Añihuerraqui por temporadas lleva una cantidad muy reducida de agua, lo que sería incompatible con el desarrollo de las actividades normales de los habitantes del sector y no podrían coexistir ambas actividades.

Se requiere un estudio real del caudal y con mediciones en sectores apropiados, no en lugares dónde se junta más agua o se genera un aumento de caudal por el aporte de vertientes u otros afluentes, antes de la bocatoma, ya que el caudal es de origen pluviométrico según se informa en le mismo E1A.

En la medición estimada de Caudales Medios Mensuales Disponibles para central Añihuerraqui se mencionan valores promedio mucho mayores de los otorgados por la DGA para el uso de la central hidroeléctrica. Sólo se descuenta el caudal ecológico, pero no se descuentan los usos de agua constituidos por otros usuarios, derechos presentes y existentes en el sector. Además este cálculo de caudales medios, no esclarece si se van a remitir a utilizar sólo el caudal asignado por la DGA (a Andrés Montoto) o sólo dejarán el caudal ecológico y usarán aguas que no han sido otorgadas según derechos. No se establecen medidas de asegurar el uso correcto y específico del caudal asignado, sobre todo en las épocas de menor presencia del recurso.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En el Anexo 2 de la Adenda 1 el Titular señala que se incluyen las resoluciones DGA de otorgamiento de derechos de aprovechamiento de aguas no consuntivo, certificados de inscripción en conservador de Aguas de Pucón y Catastro Público de Aguas que acreditan la propiedad por parte de GTD Negocios S.A. de los derechos necesarios para la operación del proyecto.

En la Adenda 2 el titular informa que el proyecto Añihuerraqui cuenta con tres Resoluciones DGA:

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La primera, N° 800/2002 denominada Derecho Original 1, establece como punto de captación las coordenadas UTM (metros) 5.633.700 N y 282.300 E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.404 N y 282.102 E, WGS 84). El punto de restitución se encuentra en las coordenadas 5.633.400N y 281.000E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.104 N y 280.802E, WGS 84). La Resolución establecía una distancia de 1.350 metros y un desnivel entre ambos puntos de 204 metros.

Posteriormente, se solicitó un cambio de punto de captación el cual fue otorgado mediante Resolución DGA N° 748/2010 denominado Derecho Modificado 1, donde se establece el nuevo punto de captación en las coordenadas UTM (metros) 5.633.844 N y 284.022 E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.548 N y 283.824 E, WGS 84). El punto de restitución se mantiene igual al original descrito anteriormente. Con esto, se obtiene una distancia de 3.054 metros y nuevo desnivel entre ambos puntos de 450 metros.

Para ampliar el caudal de diseño de la central se adquirió un nuevo derecho de aguas, Resolución DGA N° 143/2010 denominado Derecho Original 2, el cual establece el punto de captación en las coordenadas UTM (metros) 5.633.660 N y 282.095 E, Datum Provisorio Sudamericano1956 (5.633.364 N y 281.897 E, WGS 84). El punto de restitución se encuentra en las coordenadas 5.633.425 N y 281.090 E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.129 N y 280.892 E, WGS 84). La distancia entre ambos puntos es de 1.032 metros y el desnivel es de 160 metros. Referente a esto se ha solicitado a la DGA un cambio de punto de captación sobre esta resolución (expediente VT-0902-370) denominado Derecho Modificado 2, indicando como nuevo punto de captación el punto 5.633.844 N y 284.022 E, Datum Provisorio Sudamericano 1956 (5.633.548 N y 283.824,29 E, WGS 84). Este punto es el mismo otorgado en la Resolución DGA N° 748/2010.

En la Tabla 1 de la Adenda 2 se incluyen las Resoluciones y Coordenadas Captación Derechos de Aguas.

De acuerdo a lo indicado en plano CHA-OC-HI correspondiente a Planta y Secciones del Canal de Devolución entregado en Adenda 1, la coordenada referencial de la restitución es 5.633.304 N y 281.386 E, Datum WGS84. El punto de restitución de las obras se ubica 615 metros aguas arriba del primer derecho y 530 metros aguas arriba del segundo.

Así también, el Titular indica que acoge la indicación de la autoridad, y sólo se hará uso de estos derechos una vez que sean autorizados sectorialmente por la DGA.

Derechos de agua a utilizar por el proyecto

Los derechos de aprovechamiento no consuntivo de agua superficial del estero Añihuerraqui para abastecer la central con un caudal máximo de 2,5 m3/s, fueron otorgados al titular por la Dirección General de Aguas mediante la Resolución DGA N° 800 con fecha 22 de agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010. La siguiente tabla muestra la distribución mensual de los derechos de agua otorgados y los que serán utilizados por el proyecto:

Mes Permanente y continuo (l/s) Eventual y discontinuo (l/s) Total (l/s) Caudal a utilizar (l/s) Enero 270 600 870 870 Febrero 210 420 630 630 Marzo 170 240 410 410 Abril 210 620 830 830 Mayo 600 2950 3550 2500 Junio 1340 2150 3490 2500 Julio 1290 2600 3890 2500 Agosto 1000 2000 3000 2500 Septiembre 1050 1450 2500 2500 Octubre 1050 1150 2200 2200 Noviembre 880 1180 2060 2060 Diciembre 510 1330 1840 1840

Cabe señalar que los derechos de agua de ejercicio eventual y discontinuo sólo se utilizarán en las épocas en que el caudal del estero tenga un sobrante después de abastecidos los derechos de ejercicio permanente y del caudal mínimo ambiental comprometido por el titular.

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Caudal ambiental

El caudal ecológico otorgado por la Dirección General de Aguas se establece en las Resolución DGA N° 800 de fecha 22 de agosto del 2002, modificada mediante Resolución DGA N° 748 del 30 de junio del 2010 que autoriza traslado del punto de captación, y Resolución DGA N° 143 de fecha 10 de septiembre de 2010; cuya distribución mensual se detalla en la siguiente tabla:

Mes Caudal a utilizar (l/s) Caudal ecológico DGA (l/s) Enero 870 219 Febrero 630 168 Marzo 410 147 Abril 830 136 Mayo 2500 298 Junio 2500 298 Julio 2500 298 Agosto 2500 298 Septiembre 2500 298 Octubre 2200 298 Noviembre 2060 298 Diciembre 1840 298

Durante el proceso de evaluación ambiental, el titular complementó información hidrológica del estero Añihuerraqui, desarrollando campañas de aforo en terreno en el sector de bocatoma, cuyos resultados se muestran en la siguiente tabla:

N° aforo Fecha Caudal (l/s) 1 04-10-2011 3213 2 08-11-2011 1676 3 08-12-2011 591 4 18-01-2012 188 5 13-02-2012 201 6 15-03-2012 623 7 24-04-2012 240 8 23-05-2012 1182 9 24-08-2012 2312 10 10-01-2013 679 11 12-03-2013 148 12 17-04-2013 245 13 07-06-2013 3155 14 17-12-2013 341

En virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, el titular se comprometió a aumentar el caudal ecológico en los meses de febrero, marzo y abril que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero. De acuerdo a lo anterior, la distribución de caudales mínimos ambientales a cumplir por el titular, se muestran en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal ambiental mínimo a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Caudal mínimo operacional REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Sin perjuicio de los caudales mínimos ambientales establecidos en punto precedente, la operación de la turbina Pelton requiere de un caudal mínimo de 250 l/s para funcionar, lo que, sumado al caudal mínimo ambiental, se obtiene un caudal mínimo operacional, cuyas magnitudes se indican en la siguiente tabla:

Mes Caudal mínimo ambiental (l/s) Caudal mínimo técnico (l/s) Caudal mínimo operacional (l/s) Enero 219 250 469 Febrero 219 250 469 Marzo 148 250 398 Abril 148 250 398 Mayo 298 250 548 Junio 298 250 548 Julio 298 250 548 Agosto 298 250 548 Septiembre 298 250 548 Octubre 298 250 548 Noviembre 298 250 548 Diciembre 298 250 548

De la tabla anterior se infiere que en caso que el estero Añihuerraqui tenga una cantidad de agua inferior al mínimo operacional, no se captarán agua y la central no operará, dejando pasar todo el caudal por el estero Añihuerraqui, donde el mecanismo que permitirá monitorear esta condición será automático y asegurará que la central se mantenga sin funcionamiento mientras no exista el caudal mínimo de generación. Por el contrario, si el estero presenta un caudal igual o superior al operacional, se dejará pasar por la bocatoma, al menos, el caudal mínimo ambiental, asegurando con ello siempre un continuo hídrico del estero.

Para el seguimiento de lo anterior, se mantendrá monitoreo continuo y en línea de los caudales de entrada a la central y caudal mínimo ambiental mediante sistemas que siempre se mantendrán en óptimas condiciones de operación; así tan pronto el sistema detectase que el caudal del estero es menor que la suma del caudal ecológico y del caudal mínimo de operación de la central, automáticamente se cerrará tanto la válvula de seguridad ubicada en la Casa de Máquinas como la compuerta de servicio ubicada en la bocatoma. Cuando la compuerta de servicio de la bocatoma se encuentre cerrada, la totalidad del caudal escurrirá por el cauce natural del estero.

Considerando que este sistema estará en línea, tanto la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) como Dirección General de Aguas u otra autoridad competente, tendrán acceso a la información detectado inmediatamente la existen de incumplimiento o no a esta disposición.

Sistema paso caudal ambiental mínimo

La barrera transversal de la bocatoma incorpora la obra para el paso del caudal ambiental mínimo comprometido por el titular mediante la instalación de una sección rectangular de 0,5 m de ancho y 0,67 m de alto cuya distancia máxima entre la abertura y el lecho del estero será de 1,77 m; contará con una regla limnimétrica que entregará información para determinar el caudal que se vierte por el vertedero en forma continua, ubicada al costado derecho del estero Añihuerraqui para un óptimo control visual de este dispositivo, además de un medidor de caudal instantáneo que siempre se mantendrá en óptimas condiciones de medición.

Considerando que el titular ha comprometido 3 valores de caudal mínimo ambiental, el mecanismo que permitirá su paso por la bocatoma se realizará en base a tablones, sistema que minimiza la intervención humana a 3 instancias fiscalizables en el año y que no permite manipulaciones remotas de terceros. Para ello, se colocará un sello de seguridad cuando se instale o retire uno, y se invitará a la autoridad con antelación de por lo menos dos semanas previo a la ejecución de esta labor para que, dentro de sus posibilidades, verifiquen en terreno las acciones realizadas, levantando un acta con registro fotográfico de la actividad que será remitida a la autoridad el mismo día en que se lleve a cabo. El protocolo a seguir para la instalación y retiro de los tablones se presenta en la siguiente tabla:

Acción

Altura Caudal Fecha Instalación de tablón 1 23 cm 219 l/s 1 de enero Instalación de tablón 2 30 cm 148 l/s 1 de marzo Retiro de tablón Sin tablón 298 l/s 30 de abril

La siguiente imagen complementa visualmente las condiciones del protocolo de manejo de tablones para el cumplimiento del caudal ambiental establecido por el titular:

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Nombre: Consejo Ambiental de Curarrehue Observación: Inventario de emisiones. No establece claramente las unidades de medida o una medición real en terreno, y sólo menciona límites de velocidad de tránsito de vehículos pesados en la obra, pero no en los caminos de acceso a ella. Tampoco esclarece cuál será el lugar de origen de áridos, lo que también genera un impacto en el área indirecta de la comuna completa u otras comunas que sean las proveedoras del material, ya que existen otros caminos sin pavimentar y que afectarán a los habitantes del respectivo sector.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Principales emisiones, descargas y residuos generados por el proyecto

Emisiones atmosféricas

El Titular en el EIA y en sus ADENDAs informa que en la etapa de construcción, se generarán emisiones de material particulado, polvo en suspensión y gases provenientes de la combustión de motores de las maquinarias y equipos. Las emisiones de material particulado y polvo en suspensión se deberán principalmente al tránsito de vehículos por la ruta S-983 (camino de ripio), movimientos de tierra y actividades relacionadas con la construcción de las obras y caminos, cuya estimación se establece en la siguiente:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2.5 6,43

Para minimizar lo anterior, se contemplan las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.
  • Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Protección en zonas de acopio o acumulación de material propenso a dispersarse, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena.

Estas emisiones son de carácter temporal que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto, estimada en 12 meses, haciendo presente que el origen del agua para la humectación como medida de control, será adquirido a proveedores autorizados.

Durante la etapa de operación se generarán emisiones atmosféricas menores relacionadas con el transporte interno vehicular del personal de operaciones y por la eventual utilización de equipos electrógenos. Las emisiones generadas por los motores darán cumplimiento a la normativa de emisiones vigente.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en suspensión (A1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación La etapa de construcción del proyecto durará aproximadamente un año, periodo en el cual se presentará alteración en la calidad del aire generada por las siguientes acciones:

  • Aumento en el tránsito diario de vehículos por caminos no pavimentados para el transporte de materiales, equipos y personal hacia y desde el área del proyecto utilizando la ruta S-983 para el acceso al proyecto, cuya frecuencia máxima se establece en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 14 veh/día Buses 5 veh/día Vehículos livianos 10 veh/día

  • Movimiento de tierra y material para excavación e implementación de las obras permanentes del proyecto.
  • Acopio temporal de material de excavación.

En la etapa de operación, el flujo vehicular por la ruta S-983 disminuirá considerablemente no generando una afectación de carácter significativa. La frecuencia se indica en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 1 veh/mes Vehículos livianos para mantenciones al interior del área del proyecto 3 veh/día

Nombre medida Implementación Plan de Control de Emisiones Atmosféricas en etapa de construcción Tipo Mitigación Objetivo Minimizar la emisión al aire de gases, material particulado y polvo resuspendido en las área de tránsito de vehículos, movimiento y acopio transitorio de material Descripción detallada Se implementará un Plan de Control de Emisiones Atmosféricas aplicando las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Encarpado de todos los vehículos que transportan materiales y residuos, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Programa de mantención de vehículos y maquinaria, conservando al día las revisiones técnicas y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Los vehículos que emitan humos oscuros provenientes de los tubos de escape serán suspendidos de su labor hasta su reparación.
  • Las áreas de acumulación y remoción de material serán cubiertos con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y la dispersión por la acción del viento hacia sectores aledaños.
  • El agua utilizada para la humectación provendrá de una fuente autorizada, solicitando al proveedor los registros de la Autoridad Sanitaria que acrediten que la calidad del agua cumple con los estándares de la norma de agua potable NCh 409. Lugar Ruta S-983, caminos y terrenos internos donde se realizará la construcción, así como zonas de acopio y remoción de material. Indicador de cumplimiento
  • Registro de agua de camión aljibe, el que será puesto en conocimiento de las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Control de velocidad con sistema GPS de los vehículos del proyecto, cuyo registro será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Registro de las mantenciones efectuadas a cada vehículo y copias de las revisiones técnicas al día y aprobadas.
  • Capacitación e instructivo de control de velocidad y operación de vehículos y maquinarias.
  • Control visual y registro fotográfico de encarpado de vehículos que ingresan y salen del proyecto, así como del sistema para evitar dispersión al ambiente desde las zonas de acopio y remoción de material.

Rutas de acceso

Para acceder al área de emplazamiento del proyecto, el titular establece dos vías utilizando rutas de caminos existentes:

Ruta 1: Desde el camino internacional Ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio Ruta S-983, hasta el área del proyecto (línea segmentada de la imagen)

Ruta 2: Desde el camino internacional Ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio Ruta S-983.

Considerando que la vía utilizada por las comunidades es el camino de ripio S-983, y en virtud de los acuerdos alcanzados en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena, se dará preferencia al acceso por la Ruta 2 y se aumentarán las medidas de seguridad entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, horarios donde se incrementa el trasporte de escolares y comuneros que viven y transitan por el sector.

Mejoramiento de caminos de servicio y acceso

El proyecto no contempla la construcción de nuevos caminos, a excepción de una vía interna que conectará la ruta S-983 y sector de casa de máquinas, con una longitud de 80 m y 4 m de ancho, cuyo punto de ingreso al predio de la casa de máquina se ubica en las coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19: 5.633.566 m Norte, y281.523m Este. Con el aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino S-983 utilizado por la comunidad por lo que, previo al inicio de la etapa de construcción del mismo, se realizará un informe base con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. Una vez terminada la etapa de construcción, se realizará un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, el que incluirá las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ejecutará un Plan de Mejoramiento de Caminos cuya finalidad será realizar los trabajos de mejoramiento vial necesarios durante la etapa de construcción, de tal forma de mantener los caminos, rutas y puentes en las mejores condiciones de transitabilidad.

Respecto a las vía internas, se utilizará un camino forestal existente con una longitud de 3,36 kilómetros el cual será mejorado con una carpeta granular y ensanchado hasta un nivel máximo de 6 m de tal forma de cumplir con los requerimientos para el desarrollo de las actividades de la etapa de construcción. El mejoramiento de los caminos internos incluye obras de nivelado y estabilizado de superficies y mantenciones permanentes, la instalación de señalética y la restauración de aquellas áreas ocupadas temporalmente por el emplazamiento de la maquinaria.

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Mejoramiento de caminos internos

El proyecto no contempla la construcción de nuevos caminos internos y/o externos, a excepción de un tramo interno de acceso de 80 m de longitud y 4 m de ancho, que conectará la Ruta S-983 con el antiguo camino maderero, rodeando el área de instalación de faenas y la casa de máquinas y cuya factibilidad de acceso al predio fue otorgado por la Dirección Regional de Vialidad mediante Certificado de Factibilidad de Acceso Público N° 38 de fecha 14 de mayo de 2013. Previo a su construcción, se cumplirá con la autorización de acceso correspondiente emitida por la Dirección Regional de Vialidad.

Para la construcción de las obras del proyecto se requiere contar con aproximadamente 1.000 m3 de áridos para la preparación de hormigones y rellenos estructurales. Todo este material será adquirido de proveedores cercanos al proyecto que tengan los permisos sectoriales y/o ambientales para ejecutar dichas labores y serán acopiados temporalmente en cada frente de trabajo para su posterior utilización. En ningún caso se extraerán áridos del estero o cursos de agua superficial y no se contempla la instalación de una planta procesadora de áridos.

Nombre: Consejo Ambiental de Curarrehue Observación: Respecto a las altitudes en las áreas del proyecto, se mencionan las cárcavas frecuentes, movimientos en masa y reptación, los que no son desconocidos en el lugar y son de ocurrencia cierta, quedando de evidencia los movimientos en las zonas aledañas. El lugar a intervenir cuenta con una pendiente fuerte y con alta probabilidad de ocurrencia, considerando que se eliminarán especies forestales en las orillas del estero, y que ya presentan fragilidad en algunos sectores. No se mencionan seguros de vida o indemnizaciones para los habitantes del sector que pudiesen ser víctimas de eventos tales. Se mencionan acopios de agua en sectores con pendientes mayores a 45%, lo que representa un riesgo alto de que se presenten eventos desastrosos durante la fase de construcción y funcionamiento del proyecto, sumado a que se enclava en un territorio con presencia de actividad volcánica. Se menciona el evento del terremoto de 2010 y que no se vio afectada mayormente la comuna, pero no se mencionan mediciones reales del evento en el lugar, tampoco se menciona el terremoto de Valdivia en los años 60, ambos de similares envergaduras, y ante la inexistencia de obras como las descritas en el proyecto en la comuna y la vigencia del mismo, debiese realizarse un estudio más acucioso de los efectos de un sismo de similares características en el área del proyecto. Otro fenómeno desencadenante de movimientos en masa o "corridas" cómo son llamadas popularmente en la zona, es la deforestación, fenómeno de origen antrópico principalmente en la zona y del cuál también hay evidencias en el sector, ya que el mismo proyecto se emplaza en un CAMINO MADERERO. Se menciona que no existen termas en la zona, lo que es una falta de acuciosidad por parte de quienes elaboraron el estudio, porque es de conocimiento de los habitantes de la comuna la existencia de aguas termales en zonas cercanas al emplazamiento del proyecto, lo que redunda según las mismas palabra del ETA en mayor probabilidad de deslizamientos en masa.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual requiere remoción y utilización de suelo para la construcción de las áreas de instalaciones de faenas, zonas de acopio de materiales de construcción y de residuos (obras temporales); así como para la construcción de la casa de máquinas, tuberías en presión, línea de transmisión eléctrica (obras permanentes), entre otros. La superficie total a intervenir corresponde a 2,23 ha aproximadamente, de las cuales 1,56 ha corresponde a superficie para las obras temporales, y 0,67 ha para las obras permanentes.

Las actividades constructivas provocarán pérdida y compactación de suelo en un área acotada y definida al área donde se ubicarán las obras, no requiriendo intervenir terrenos adicionales a los declarados; tendrá una duración definida correspondiente a la duración de la etapa de construcción (estimada en un año). Cabe mencionar que los suelos excavados serán acopiados temporalmente y posteriormente serán reutilizados para relleno y nivelación de caminos. Los suelos comprendidos en los sectores en donde se desarrollará el proyecto son suelos cuyas limitaciones son la topografía y la excesiva pedregosidad, clasificándose con una capacidad de uso VI, que corresponde a suelo inadecuados para los cultivos, y su uso está limitado para pastos y forestales, no existiendo actividades agrícolas o de equipamiento en el área a intervenir. Teniendo en cuenta lo establecido anteriormente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-).

En la etapa de operación no se consideran nuevos impactos para este componente, por lo que no se producirá este impacto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Generación de procesos erosivos

En la etapa de construcción se realizará excavaciones y movimientos de tierra, lo cual implicará remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión y la casa de máquinas, principalmente. Estas actividades pueden aumentar el riesgo potencial de generación de procesos erosivos principalmente en la intervención sobre el ex el camino maderero bajo el cual se implementará la tubería a presión, considerando además que en determinados sectores se establecerán pendientes, por lo que de producirse procesos erosivos, éstos se manifestarían en un área acotada a sectores inmediatos al camino forestal y al sector de instalación de faenas. Los suelos excavados serán acopiados temporalmente alejados del estero y posteriormente serán reutilizados en su totalidad para relleno y nivelación de caminos.

Para evitar y controlar los procesos erosivos, se consideras medidas de mitigación que consisten básicamente en la restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. Otras medidas se establecen en Considerando 7 de la presente Resolución. Considerando la implementación de medidas, se realizará un monitoreo durante la construcción y por un período de al menos 5 años en la etapa de operación en base al método de la estaca, para evaluar y controlar posibles procesos erosivos.

En virtud de la generación acotada y controlada de procesos erosivos que podrían generarse durante la etapa de construcción y operación del proyecto, el impacto se califica como medianamente significativo (-).

Manejo de taludes

Durante el desarrollo de las diferentes etapas del proyecto, el titular ha realizado prospecciones (calicatas) en distintos puntos del trazado. Las más antiguas tienen una data aproximada de 2 años, sin presentar desmoronamiento al momento de su inspección en terreno, lo que concluye que el terreno resiste pendientes prácticamente verticales.

Respecto a los taludes a generar en determinadas zonas donde se requerirá ensanchar el camino existente, y de acuerdo a Estudio Geológico y Geotécnico adjunto en Anexo 12 de la Adenda 1, las pendientes de carácter temporal y permanente se materializarán de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas:

Altura del corte (m) Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Temporal Pendiente máxima respecto de la horizontal (°) - Talud Permanente 0 – 2 78 70 2 – 5 68 60 5 – 10 58 50

10 48 40

Los taludes no llevarán berma intermedia de tal forma de no generar un factor adicional de inestabilidad de los mismos; los terraplenes se proyectarán con taludes H:V = 3:2 y se protegerán contra la erosión que pueda producirse por las precipitaciones.

Dado que el trazado superior la tubería va enterrada bajo el camino, los posibles procesos de remoción en masa y reptación de materiales se relacionan exclusivamente con la intervención del camino. En este sentido, las medidas contemplan la compactación del suelo una vez que la tubería ha sido enterrada, junto a la instalación de una carpeta de rodado, la construcción de un foso y contrafoso que irán a los costados del camino, y los taludes generados contarán con posterior revegetación para aumentar su estabilidad y evitar procesos erosivos, como se muestra en la siguiente figura:

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Se ha considerado la utilización de taludes menos pronunciados para la ejecución de la zanja donde se instalará la tubería y, de acuerdo al método constructivo a utilizar, ésta se rellenará en promedio 2 días después de su excavación de manera de ejecutar las tareas de montaje en forma secuencial y maximizar con ello la estabilidad de las zanjas.

Se implementarán acciones de restitución acelerada de la capa vegetal con especies herbáceas en sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, de modo de obtener una mayor sujeción del terreno minimizando el suelo descubierto de vegetación. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja.

Durante la etapa de construcción, se realizará monitoreo para evaluar y controlar posibles procesos erosivos en base al método de estaca, cuyo detalle se describe en la siguiente tabla:

Actividad Descripción Selección sitio de muestreo Se escogerán 10 sitios para monitoreo a lo largo del trazado de la tubería, por el camino maderero, aproximadamente cada 250 metros, evaluando las características y accesibilidad de los puntos. Aplicación del método de la estaca El método consiste en clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. Se colocarán a distancias de 250 m formando un transecto. El propósito de la estaca es marcar cortes en el terreno ocasionados por erosión y así, en caso de existir erosión, se estima el espesor de la capa de suelo erosionado. Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. Evaluación de la erosión La cuantificación de los resultados se hace a través de la siguiente fórmula: E = H * A * DAP Dónde: E=Erosión de suelo H= altura de la lámina pérdida A=área medida DAP=densidad aparente Registro de precipitaciones Para complementar el análisis de los resultados se tomará en consideración los registros de las precipitaciones que se dieron en el período que permanecieron instaladas las varillas para su correlación con la cantidad de suelo perdido. Recomendaciones - Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos y camiones, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes - Se informará a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas - Se recomienda hacer las respectivas mediciones después de precipitaciones fuertes, donde es más notorio las variaciones en los datos Resultados - Levantamiento y mapeo de las coordenadas de los puntos - Mediciones mensuales de la erosión de suelo y/o tras un evento de precipitación importante - Registro mensual de las mediciones - Evaluación de las medidas preventivas y correctivas Medidas preventivas y correctivas - Remoción de elementos gruesos - Relleno de surcos - Nivelación y mantenimiento del camino - Desvíos para evacuación de agua

Los resultados de monitoreos de erosión serán entregados periódicamente a la autoridad para su revisión. En caso de determinarse que existe un proceso erosivo significativo, se implementarán medidas correctivas actuando con la mayor prontitud posible.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida. En específico, para el recurso suelo se implementará:

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Impacto Generación de procesos erosivos (S1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación De acuerdo a lo establecido en la línea de base en el EIA, y lo complementado en la Adenda 1 en el Estudio Geológico y Geotécnico (Anexo 12), el terreno resiste taludes prácticamente verticales. Si bien el proyecto no considera la ejecución de obras que impliquen taludes de dimensiones que pudieran representar riesgos de erosión, se implementarán medidas para minimizar la posibilidad de dichos efectos, toda vez que la remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión, la casa de máquinas y mejoramiento y ensanche de ex camino maderero puede implicar el desprendimiento y generación de zonas propensas a sufrir procesos de remoción en masa. Las medidas se mantendrán para la etapa de operación. Nombre medida Protección de taludes de corte y terraplén Tipo Mitigación Descripción detallada - Reutilización de los excedentes de excavación en actividades de nivelación del terreno, de caminos y obras de relleno del proyecto, sin establecer zonas de acumulación de material permanente. - Relleno de zanjas en promedio 2 días después de su excavación. - De acuerdo al PCI, se dispondrán los excedentes de movimientos de tierra que sean utilizables para relleno en terrenos de familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores que lo requieran. Para ello, el titular solicitará lista de los potenciales beneficiados a la directiva de los Comités y se realizará una prospección de los terrenos para analizar el volumen por predio factible a rellenar. - Remoción de elementos gruesos. - Relleno de surcos cuando comiencen a formarse. - Nivelación y mantenimiento del camino. - Desvíos para evacuación de aguas lluvias. - Revegetación y resiembra con especies herbáceas de taludes tras la intervención de sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, minimizando el suelo descubierto de vegetación y dando mayor estabilidad. - Restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, para su estabilización. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. - Durante la etapa de operación, se realizará monitoreo de procesos erosivos en base al método de estaca, que consiste en: i) Clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. ii) La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. iii) Las estacas se instalan a distancias de 250 metros formando un transecto, de tal forma de estimar el espesor de la capa de suelo erosionado. iv) Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. v) Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes. vi) Informar a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas vii) Se realizará seguimiento frecuente y preferentemente después de precipitaciones fuertes. - En virtud del PCI, el titular incorporará individuos para su replanteo en sectores del proyecto. Para esto un especialista del área forestal, establecerá los individuos que tengan una alta probabilidad de sobrevivencia una vez que sean replantados y que sean técnico factible de rescatar para ejecutar esta medida. Lugar Áreas de construcción del proyecto propensos a generar procesos erosivos Indicador de cumplimiento - Cubicación del material a excavar, registro fotográfico de la incorporación del suelo excavado y registro de material dispuesto en botadero autorizado. - Registro de familias beneficiadas y cantidad de material dispuesto. - Monitoreo de erosión en base al método de la estaca. - Registro fotográfico de taludes con revegetación. - Registro fotográfico e identificación de especies replantadas.

Plan de prevención de riesgos, contingencias

El Plan de Prevención de Riesgos, Contingencias y Emergencias, se adjunta en detalle Anexo 17 Adenda 1, el cual será aplicable a todo el personal que trabajará en la construcción, operación y/o cierre de la central, incluyendo personal contratado por la empresa titular, subcontratos y externos.

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Los riesgos previstos, por cada etapa de desarrollo del proyecto, se indican en la siguiente tabla:

Riesgo Etapa Construcción Operación Natural Flujos de barro y avalancha X X Deslizamiento y derrumbe X X Inundación X X Sismos X X Antrópico Incendio en el área de faenas X X Accidentes de tránsito X X Derrame de sustancias peligrosas X

Medidas de prevención de riesgos

Riesgo Medidas de Prevención Flujos de Barro y Avalanchas Etapa de construcción: - El emplazamiento de la instalación de faenas se ha realizado fuera de las áreas con riesgo de flujos de barro y avalanchas. - Se capacitará y entrenará a personal en labores de rescate y emergencia, conforme las obligaciones de los Comités Paritarios respectivos. - Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, que incluye un programa de comunicaciones. Deslizamiento y derrumbes Etapa de construcción: -La localización de las instalaciones, se ha definido, fuera de las áreas expuestas a fenómenos gravitacionales. -Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior, en aquellas áreas de emplazamiento de obras, caminos de servicios e instalación de faenas, se adecuará la pendiente de los cortes a las características de estabilidad del suelo. -Se implementarán medidas de contención de sectores especialmente sensibles al riesgo de deslizamiento. Se consideran técnicas tales como mallas de contención, revegetación y/o aterrazamiento de taludes. -Se realizarán inspecciones a los cortes de taludes y terraplenes de tal manera de detectar deficiencia en el manejo de taludes, que puedan dar origen a situaciones de riesgo.

Etapa de operación -Se realizará una evaluación periódica de la estabilidad de taludes y laderas de los caminos de acceso y en función de ello, se evaluará la necesidad de implementar acciones de protección adicionales a las incorporadas en el diseño. - Se aplicará un factor de seguridad en la estabilización de laderas. - Se aplicará el método de contención más apropiado, dependiendo del caso puntual y el nivel de inestabilidad observado. En caso de ser necesario, se realizará una protección física, cuyo objetivo será disminuir la erosión superficial, disipar la escorrentía, reducir la velocidad del flujo hídrico y contener sedimentos. Inundación Etapa de construcción: -No se instalarán las zonas de faenas y zonas de acopio en áreas expuestas a inundación. -En caso de habilitar instalaciones temporales en áreas cercanas a los cauces del estero, se harán en una zona suficientemente alta y por encima del nivel del cauce. Sismos - El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del proyecto, obedecen a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. Incendio en área de faenas Etapa de construcción: -El contratista se regirá por las medidas y obligaciones establecidas por GTD Negocios S.A., para minimizar el riesgo de incendio. -En la instalación de faenas se construirán recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de combustible y otras sustancias inflamables. Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. El prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias. -En las áreas de trabajos e instalación de faenas, existirán los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). -Se constituirá una brigada adiestrada, la que se mantendrá operativa durante toda la construcción. El manejo de combustible se realizará de acuerdo a los procedimientos establecidos por la SEC. -El experto en Prevención de Riesgos en la faena definirá un área, alrededor del área de almacenamiento de combustibles, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Accidentes de tránsito Etapa de construcción: -Se implementará un procedimiento formal para enfrentar accidentes de tránsito que permitan atender la emergencia en forma oportuna, el cual permanecerá al interior de cada vehículo de carga. -El personal a contratar para manejar los camiones, buses o maquinarias, será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley N° 18.290 de Tránsito. -Se capacitará a los conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro en la ruta. -Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción. -El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no excederá los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso. - Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a los frentes de trabajos. Para ello se utilizarán señales; barreras; luces intermitentes eléctricas; y cilindros delineadores. Riesgo de derrame de sustancias peligrosas Medidas de seguridad asociadas al transporte: -El transporte de combustible será realizado por empresas autorizadas para dichos fines. -El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente. -El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. -Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas)

Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación: -Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas. -Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las autoridades competentes. -Los tambores de combustibles y aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de los mismos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo. -Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. - Los recintos de acopio de estas sustancias, contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. - La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción, se hará en un área previamente definida y claramente demarcada. - Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados, para su posterior comercialización, disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores. - Cabe indicar que para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se requerirá de petróleo diesel y gasolina, los que serán abastecidos por empresas distribuidoras locales. - El estanque de combustible de 3 m3 cumplirá con las autorizaciones y exigencias de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Medidas de contingencia

Riesgo Medidas de Contingencia Flujos de barro, avalanchas, deslizamiento y derrumbes Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. Sólo podrán activarse las faenas de construcción cuando la ONEMI o carabineros hayan informado al Director Técnico de Obras de que el área se encuentra fuera de peligro. - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar. - Inmediatamente se delimitará un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado. - Personal entrenado, inspeccionará el lugar del accidente, verificando que no existan heridos en el área. - En caso de registrarse heridos por este accidente, éstos serán llevados a un centro REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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asistencial. - Un especialista en prevención de riesgo, inspeccionará el área, demarcando las áreas de riesgo. El profesional determinará si es conveniente relocalizar las instalaciones. Si este fuera el caso, se informará a las autoridades pertinentes.

Etapa de operación: - Se dará aviso al jefe de emergencias. - En caso que sea posible, se contendrá el derrumbe con materiales adecuados. - Una vez controlada la contingencia, se implementarán medidas de estabilización en las áreas propensas a generar procesos de remoción en masa. Inundaciones Etapa de construcción: - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar - Dependiendo de la magnitud de la inundación, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. - En las áreas inundadas se procederá a extraer el agua, mediante el bombeo o en forma manual. - Para contener nuevas inundaciones, se instalarán sacos de arena u otro elemento de contención.

Etapa de operación: - Ante la situación de emergencia de crecida sorpresiva de ríos, se considera un Plan de Acción que comprende la emisión de alarmas, evacuación del personal y detención de equipos. Sismos

Etapa de construcción y operación: - Dependiendo de la magnitud del sismo, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad. - Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado. - Producido un sismo, GTD Negocios S.A. procederá a evaluar los daños en la estructura física de los elementos de captación, conducción de cauces y almacenamiento, estableciendo equipos de reparación de estos sistemas. - En caso que existen daños que impidan el normal funcionamiento de las centrales, se informará de esta situación a las autoridades competentes. Incendio en el área de faenas

Etapa de construcción y operación (casa de máquinas): - Se activará la alarma de incendio. - Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - Se activará el procedimiento contra incendios, que incluye la presencia de la Brigada de Emergencia, quienes estarán capacitados en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. - Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Se investigarán las causas del siniestro - Sólo se reactivarán las actividades una vez que el siniestro este controlado. Accidentes de tránsito

Etapa de construcción y operación: - Se informará al supervisor de obras del accidente. - Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave) - Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. - Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. - Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). - Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. - Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos. Derrame de sustancias peligrosas en áreas de trabajo y durante su transporte Etapa de construcción:

a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito - Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la salud de dichas personas. - Habiendo derrames de combustible y/o aceite, se retirará todo el material contaminado y se repondrán las condiciones del sitio. - Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. - Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del camión (restos contaminados producto del accidente), será realizada por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos. -Se mantendrá las copias de la documentación respectiva, tanto del transporte, así como de la disposición final en las faenas. - Se incorporarán acciones que permitan un despeje oportuno y rápido de la carretera en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad. - En caso de no haber derrame de sustancias, se levantará el camión para permitir la libre circulación de los vehículos. - La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, informe que se remitirá a la autoridad ambiental. - La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle y recibir sus instrucciones. - Ocurrida la emergencia, se emitirá un informe técnico a la Autoridad Sanitaria.

b) En caso de derrame accidental en frentes de trabajo - Identificación y localización del foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización o control. - Se hará un completo registro escrito y/o gráfico del evento, y de las medidas inmediatas adoptadas. - Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros aguas abajo del foco de polución, se dará aviso a la Autoridad Sanitaria, sobre la localización y magnitud del evento. - Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la situación se repita en el futuro. - Cada frente de trabajo contará con la implementación necesaria para el retiro de la sustancia derramada, sean éstos palas, maquinaria, bombas, estanques de almacenamiento provisorios, según se requiera. Asimismo, se deberán seguir los procedimientos establecidos en la Hoja de Seguridad.

c) En caso de derrames de productos químicos o contaminantes (aceites, lubricantes y pinturas) al suelo - GTD Negocios S.A. realizará una inmediata limpieza y retiro del suelo afectado, siendo ensacado y transportado a un sitio autorizado para su tratamiento y disposición final. - El suelo excavado será rellenado con material de características similares al original y nivelado a una cota similar al suelo original. - Si derrame sucede durante el transporte de las sustancias se realizará una evaluación de los daños ocasionados a sectores silvoagropecuarios, de modo de determinar las medidas más adecuadas a implementar.

d) En caso de derrames de sustancias peligrosas a cursos de agua - El Titular aplicará el Plan de Contingencia: Control de contaminación accidental de cursos de agua de GTD Negocios S.A., informando a la Dirección General de Aguas y organizaciones pertinentes de acuerdo a lo señalado en dicho procedimiento. - Se evaluará la pertinencia de efectuar una limpieza y retiro del sustrato afectado en el fondo o ribera.

El Plan incluye el protocolo a seguir en caso de emergencias que afecten la biodiversidad, el cual plantea que en el caso de existir cualquier tipo de emergencia que involucre a la fauna del área del proyecto, se informará de manera inmediata a la División de Protección de Recursos Naturales Renovables del Servicio Agrícola y Ganadero; sin perjuicio de lo cual, y una vez superada la contingencia, se remitirá al Servicio Agrícola y Ganadero un reporte indicando su origen, características, consecuencias, medidas empleadas y su efectividad.

Para una eficiente aplicación de los Planes de Prevención de Riesgo y Contingencia, se contará con una comunicación expedita con el coordinador de emergencia y los brigadistas, así como con los actores relevantes externos.

Obra de seguridad La obra de seguridad tiene la función de evacuar los caudales en períodos de rechazo de carga de la central y está diseñada para evacuar un máximo 2,5 m3/s. Esta obra contempla un vertedero lateral de desagüe ubicado en la parte final del canal de aducción, cuyo ancho será de 15 cm y 115 cm de largo, por el cual se descargarán los excesos hacia el estero Añihuerraqui mediante un rápido de descarga de hormigón armado, de sección REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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rectangular, pendiente en la razón 2:1 (H:V), de longitud horizontal aproximada de 13,77 m, 1,5 m de ancho, una altura de muros de 0,85 m y una pendiente de 60%. Este rápido contará con un disipador de energía compuesto por un sistema endentado en su largo y un enrocado en el punto de descarga en el estero, lo que permitirá llegar con una velocidad tal que no se generará erosión en la ribera y lecho del estero y no afectará el normal escurrimiento del mismo; por lo que no se requiere de obras de defensa fluvial en este punto.

El diseño de esta obra se muestra en la siguiente imagen:

Se estima que la obra de seguridad operará por un período máximo de 30 minutos durante rechazo de carga de la central, que equivale al tiempo de cierre de compuertas en bocatoma.

Las coordenadas UTM de la restitución del vertedero de seguridad son 5.633.456 N y 283.715 E, por lo que la distancia entre la bocatoma y la restitución del vertedero de seguridad se estima en 130 metros.

Nombre: Consejo Ambiental de Curarrehue Observación: Se menciona que la central hidroeléctrica no afectará la calidad óptima del recurso, pero no se describen usos de químicos para evitar la corrosión, óxido, algas; tampoco evita el ingreso de microcrustáceos u otras especies que generen alteraciones de la calidad del agua dada la acumulación al interior de la tubería y maquinaria. Tampoco se mencionan aceites u otros elementos químicos presentes en la etapa de funcionamiento de la casa de máquinas.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En la siguiente tabla se presenta el resumen de la estimación de emisiones generadas en la etapa de construcción del proyecto:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2.5 6,43

Estas emisiones son de carácter temporal que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto, estimada en 12 meses.

Durante la etapa de operación se generarán emisiones atmosféricas menores relacionadas con el transporte interno vehicular del personal de operaciones y por la eventual utilización de equipos electrógenos. Las emisiones generadas por los motores darán cumplimiento a la normativa de emisiones vigente.

Residuos líquidos: Residuos líquidos domésticos

Durante la etapa de construcción se empleará una planta de tratamiento compacta de aguas servidas tipo Ecojet, la cual tendrá una capacidad de procesamiento de 100 l/hab/día, dimensionada en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 100 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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infiltrado en terreno mediante un pozo absorbente de 75 m3 de capacidad. En los frentes de trabajo distantes de la instalación de faena, se instalarán baños químicos los cuales serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada para el manejo de este tipo de residuos con una frecuencia tal que no se generen situaciones de colapso del sistema o emanación de olores molestos hacia el entorno.

En la etapa de operación, se considera un máximo de 24 trabajadores en tres turnos, lo que significa una estimación de 2,4 m3/día de residuos líquidos domésticos en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 24 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, los cuales serán tratados en un sistema de tratamiento particular tipo Ecojet, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será infiltrado en terreno mediante el pozo absorbente de 75 m3 de capacidad utilizado en la etapa de construcción, por lo que no requerirá la intervención de nuevas áreas para esta actividad.

Ambos sistemas serán aprobados previo a su construcción y autorizados para su funcionamiento por la SEREMI de Salud. Las mantenciones serán realizadas frecuentemente por empresas autorizadas por lo que no existirá saturación de los sistemas y no se generarán olores molestos hacia el entorno.

Residuos líquidos industriales

No se generarán residuos industriales líquidos durante la etapa de construcción toda vez que no se desarrollarán actividades de lavado de maquinaria, equipos, piezas, ni de vehículos; estas actividades serán realizadas en talleres autorizados y en faena sólo se realizará mantenciones menores. Los remanentes de las betoneras móviles, se limpiarán manualmente con pala para remover los restos de hormigón del interior al término de cada jornada de trabajo, posteriormente serán almacenados en tambores de 200 litros y dispuestos como residuos industriales. En la operación no se considera la generación de este tipo de efluente ya que la central sólo desvía el cauce de parte del caudal del estero para luego devolverlo a su cauce natural, no alterando sus características de calidad. En el área de emplazamiento del proyecto, no se realizará lavado de contenedores de residuos; éstos una vez utilizados, serán retirados por una empresa externa y repuestos por la misma empresa, ya lavados y desinfectados, para su nueva utilización. En caso de generarse residuos líquidos desde las bodegas de almacenamiento de residuos sólidos, éstos serán captados en el sistema de canalización y pretil de contención, y colectados en bidones de PVC, para ser manejados como residuos sólidos industriales.

Residuos sólidos

Respecto al manejo de los residuos sólidos, cabe precisar que, tanto para la etapa de construcción como de operación, cada tipo de residuo será acopiado temporalmente dentro del predio diferenciadamente en contenedores herméticos y rotulados en caso que corresponda (residuos sólidos domésticos, industriales, peligrosos), posteriormente serán retirados por empresas autorizadas para ser transportados hacia sitios de disposición final autorizados. Esta información estará disponible para consulta de la autoridad cuando sea requerido.

El tipo de residuo sólido generado en la etapa de construcción y operación del proyecto, así como su cantidad mensual (kg/mes) estimada, se informa en la siguiente tabla:

Tipo Etapa de Construcción Etapa de Operación Caracterización Generación Caracterización Generación Residuos sólidos domiciliarios (RSD) -Restos de alimentos 1.500 -Restos de alimentos 360 -Papeles y cartones 750 -Papeles y cartones 180 -Plásticos 450 -Plásticos 100 -Vidrio, latas, otros. 300 -Vidrio, latas, otros. 80 Total RSD Construcción 3.000 Total RSD Operación 720 Residuos sólidos industriales (RINP) -Madera 250 -Madera 40 -Fierros 300 -Fierros 70 -Gomas 30 -Gomas 70 -Clavos y pernos 70 -Clavos y pernos 40 -Neumáticos 120 -Neumáticos 55 -Restos de las betoneras móviles 400 -Otros 6 Total RINP Construcción 1.170 Total RINP Operación 281 Residuos sólidos peligrosos (RESPEL) -Envases de solventes, aceites y lubricantes 15 -Elementos de protección personal usados contaminados 8 -Elementos de protección personal usados contaminados 20 -Aceites y grasas lubricantes usados 25 -Restos y envases de aceites y lubricantes, solvente, esmalte, diésel 6

-Pilas y baterías usadas 5 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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-Filtros de aceites 3 -Huaipes, paños, aserrín, contaminados 3 -Huaipes, paños, papel, maderas, aserrín, tierra contaminados 7 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 8 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 15 Total RESPEL Construcción 90 Total RESPEL Operación 25

Para el almacenamiento de los residuos se utilizarán contenedores tapados y herméticos, de acuerdo a la siguiente tabla:

Tipo de residuo Tipo de almacenamiento Capacidad Sitio de acopio temporal etapa de construcción Sitio de acopio temporal etapa de operación Sólidos domiciliarios Contenedores 200 litros Sector exclusivo en cada frente de trabajo Sector exclusivo en Zona de acopio 3 Industriales no peligrosos Contenedores 200 litros Bodega de RSINP Bodega de RSINP Peligroso Tambores y contenedores 200 litros Bodega de RESPEL Bodega de RESPEL

Respecto a los residuos generados por el uso de transformadores, el titular establece que los equipos señalados son unidades herméticas que no estarán en contacto directo con el agua y que contarán con un acumulador de aceites en caso de derrames, evitando así también el contacto con el suelo, por lo que no existirán riesgos al medio ambiente. Asimismo, el sistema hidráulico tendrá un dispositivo que se ubicará dentro de un recipiente para evitar derrames en caso de fugas. Estos equipos no requieren recambio de aceite y/o lubricante, por lo que de ser necesario realizar mantenciones, el transformador completo será retirado del área del proyecto.

El retiro de residuos domésticos fuera del área del predio se realizará con una frecuencia mínima de dos veces por semana; y se priorizarán las acciones de reciclaje y/o reutilización de los residuos sólidos generados en la etapa de construcción toda vez que sea posible hacerlo. Para tales efectos, se separará por tipo de residuos identificándolo, y llevándolo a sitios de reciclaje autorizados. Se llevará registro de esta actividad y de los materiales dispuestos de esta manera.

Nombre: Consejo Ambiental de Curarrehue Observación: Respecto a la medición de ruidos, se establece en 5 puntos un promedio de 40 dB, lo que equivales a una conversación. El estudio sugiere que la maquinaria funcionando o los camiones transitando no superarán los 50-55 dB, lo que no se condice con la realidad, ya que el tránsito de vehículos pesados por un camino no asfaltado y maquinaria pesada supera ampliamente ese nivel, sin ser un experto, ya que se estima que estas actividades pueden llegar a superar los 100 dB.

El EIA no menciona el efecto sonoro de la casa de máquinas, tampoco describe su ubicación, tipo de construcción, planos de diseño, ubicación subterránea o superficial, lo que es una fuerte debilidad del proyecto presentado, sólo menciona los equipos generadores y sin más detalles. Menciona sólo el efecto del tendido eléctrico según público en general, pero no menciona su efecto en la importante población de abejas en la zona, especie que es utilizada por muchas familias en varios kilómetros a la redonda, ya que el ámbito de acción de las abejas se extiende por extensas distancias y que es una creciente fuente de ingresos y aporte a las actividades económicas comunales.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Niveles de ruido: Alteración de los niveles basales de presión sonora

En la etapa de construcción se producirá aumento en los niveles de ruido en las inmediaciones de los frentes de trabajo principalmente vinculados a movimiento de tierra y motores de maquinaria pesada.

Del Estudio de Impacto Acústico realizado y adjunto en Anexo 14 de la Adenda 1, el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción no superará el máximo permitido en ninguno de los receptores sensibles, con excepción de un punto ubicado al norponiente de la casa de máquinas del proyecto, donde se produce un exceso de 2 dB, como se detalla en la siguiente tabla:

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Punto Distancia aproximada a Casa de Máquinas (m) Nivel modelado dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Nivel Total dB(A) Nivel máximo permitido Cumplimiento D.S. N°38/2011 1 360 46.7 47.7 50 58 Cumple 2 207 54.7 43.1 55 53 Excede 2 dB 3 318 48.2 43.1 49 53 Cumple 4 172 50.7 44.2 52 54 Cumple 5 330 47.6 46.6 50 57 Cumple 6 556 42.7 43.0 46 53 Cumple

En virtud de lo anterior, este impacto se considera significativo (-) por lo cual se implementará como medida de mitigación la instalación de una barrera acústica modular en la zona de instalación de faenas donde se construirá la casa de máquinas, lo cual permitirá que el nivel de ruido emitido por las faenas de construcción cumplirá con los niveles máximos permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA.

En la etapa de operación los niveles de ruido se circunscribirán al área de emplazamiento del proyecto toda vez que el ruido generado por el funcionamiento de la casa de máquinas estará por debajo de los niveles máximos permisibles establecidos en la normativa vigente, por lo que se concluye que no habrá impacto sobre esta componente.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Alteración de los niveles basales de presión sonora (R1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación Las obras de construcción de la casa de máquinas, se ejecutarán a una distancia 172 m del receptor más cercano. De acuerdo a modelación de ruido realizada, adjunta en Anexo 14 de la Adenda 1, y modelando la situación más desfavorable en que toda la maquinaria de cada actividad emisora de construcción funciona simultáneamente, existirá superación en los niveles de ruido respecto del D.S. N° 38/2011. Se implementarán medidas considerando, además, que dichas obras se realizarán a una distancia de 60 m la ruta S-983, utilizada por población protegida. En la etapa de operación, la emisión de ruido se focalizará en el área de la casa de máquinas la cual contará con un sistema de insonorización y se instalará una cortina vegetal en su perímetro compuesta principalmente por Roble, Raulí, Coihue, Maqui, Calafate y Mosqueta. No se requieren medidas de mitigación toda vez que dará cumplimiento a la normativa D.S. N° 38/2011 del MMA, donde los niveles de ruido al exterior en los receptores sensibles no superarán los 48 dB(A) durante el día y los 45 dB(A) durante la noche. Nombre medida Instalación de Barrera Acústica Modular Tipo Mitigación Objetivo Minimizar el aumento en los niveles basales de presión sonora en etapa de construcción de la casa de máquinas Descripción detallada de medidas - Durante la etapa de construcción el horario de trabajo habitual será en base a un turno diario de 8 horas en horario diurno, por lo que no generará niveles sonoros por encima de los habituales en periodo nocturno. - Instalación de paneles acústicos de OSB de 18 mm de espesor y una altura de 2,4 m en el frente de trabajo donde se ubicará la casa de máquinas cuyo largo no será inferior a 10 metros. Estos paneles amortiguarán los niveles de presión sonora que se percibirán producto de las actividades de construcción, reduciendo el ruido en 6,5 dB, de 54,7 dB condición sin medida a 48,2 dB condición con medida. - Se realizará monitoreo mensual de ruido de acuerdo al PCI, y se mantendrán los 5 puntos de medición ubicados de acuerdo a la siguiente imagen:

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  • De acuerdo al PCI, se elaborará Protocolo de Comunicación con las comunidades y grupos humanos indígenas con la finalidad de evitar que la generación de ruidos molestos impidan el normal desarrollo de sus actividades (reuniones, asambleas, talleres, entre otros), y se evitará el uso innecesario de bocina. Lugar Casa de Máquinas Indicador de cumplimiento
  • Instalación de barrera acústica.
  • Informe mensual de monitoreo de ruido durante la construcción, el que será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Documento que dé cuenta de Protocolo de Comunicación con comunidades y grupos humanos indígenas.

Nombre: Consejo Ambiental Curarrehue Observación: Respecto a las observaciones de flora y fauna, las campañas son de carácter reducido y además en épocas que no se condicen con la realidad ambiental de la región, ya que son tempranas en primavera y otoño, lo que induce a error en los resultados, dado que la temporada de anidamiento y cortejo en varias especies, así cómo la floración es tardío en la zona, dada las condiciones climáticas de la zona. El estudio de mamíferos no arroja resultados respecto a especies de frecuente presencia y descritas por los habitantes del sector. Y si estos indicadores no fueron considerados, se sugiere que se realice un nuevo estudio de flora y fauna, y por expertos calificados, profesionales titulados y con vasta experiencia en sus respectivas áreas, para obtener resultados conducentes a caracterización real a las especies animales y vegetales presentes en el sector, porque incluso la ausencia de peces según el estudio, llama la atención respecto al resultado, ya que tampoco se condice con la realidad.

Respecto a las valorizaciones, en ningún momento se hace mención a los servicios ecosistémicos que oferta el sector y la comuna en su extensión, lo que debiese ser considerado frente a las disposiciones de la ley de bases respecto a la magnitud de efecto sobre un territorio o población. Tampoco existe mención del turismo y otras actividades atractivas del territorio, las que si se desarrollan por los habitantes del sector y otros habitantes del territorio que transitan por esta zona que cuenta con una belleza escénica magníficas vistas de los volcanes que circundan la comuna, además de las riqueza propia de la naturaleza, en cuanto a avistamientos de avifauna y especies vegetales, además de la pesca deportiva que se realiza en el mismo estero y sus alrededores.

Las labores de eliminación de especies forestales y otras que afecten el hábitat de avifauna debiesen remitirse a épocas sin actividad de anidamiento, cortejo o cría, lo que no se explicita en el presente estudio.

Línea de Base. El área de influencia se define entre 25 y 50 mts, lo que debiese ser mayor dado el impacto que genera el encausamiento de las aguas del estero Añihuerraqui, la eliminación de bosque nativo, hábitats de lenta recuperación y por sobre todo la cercanía a poblaciones humanas protegidas y lugares ceremoniales de importancia para las comunidades afectadas.

En el estudio de caudal ecológico se refiere a la inexistencia de peces, hecho que no se condice con la realidad según referencia de los habitantes del sector y con los otros usos descritos en el mismo ETA, ya que menciona la PESCA DEPORTIVA cómo parte de sus usos.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

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En materia de flora y fauna en la ADENDA 1 el Titular señala que realizó nuevas campañas de flora y de fauna durante el verano del año 2013. Los resultados de estas campañas se presentan en el Anexo 9 de la Adenda 1.

También, indica que con el propósito de demostrar lo anterior, el Anexo 9 de nuevas campañas de línea base da cuenta de las campañas en terreno y los estudios del medio biótico y estudios hidrológicos que se han realizado en el estero Añihuerraqui, relacionados con flora y fauna terrestre, flora y fauna íctica, estudios de caudal ecológico, estudio hidrológico, estudio de calidad de aguas, todos presentados como anexos dentro del Estudio de Impacto Ambiental. Del mismo modo, también se presenta un estudio de Caudal Ecológico por medio de simulación Física del Hábitat. Cabe señalar que dicho estudio de caudal se presentó bajo la idea de principio precautorio, pues en las campañas de terreno no se detectó presencia de peces con categoría de conservación.

El Titular señala que considerando los antecedentes disponibles, y dadas las características del proyecto, los métodos constructivos y la superficie a intervenir, es posible concluir que no se generará alteración significativa en el estero Añihuerraqui ni de su biota asociada.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizadas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación.

Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), cuyas categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 42/2011, que Aprueba y Oficializa la Clasificación de Especies según su Estado de Conservación, del MMA, se indican en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada Persea lingue Lingue Preocupación Menor

De acuerdo a las directrices del Ministerio de Medio Ambiente las categorías que definen que una especie se encuentra amenazada son: En Peligro Crítico, En Peligro y Vulnerable, por lo que las especies indicadas, así como ninguna otra de las registradas en el área, presentan grado de amenaza.

En campaña realizada y establecida en Adenda 1 del EIA, se detectó la presencia de copihue (Lapageria rosea), en algunos sectores del área donde se proyecta emplazar obras del proyecto, visualizándose en la siguiente imagen:

El copihue es una especie endémica de Chile, y no registra categoría de conservación en ninguno de los listados oficiales. Sin embargo, posee la protección que le otorga el D. S. N° 129/1971, que determina, en su artículo 1° la prohibición “en todo el territorio nacional el arranque, la corta total o parcial, el transporte y la comercialización de plantas y flores de la especie copihue (Lapageria rosea)”. En consideración a lo indicado, se incorporará a los planes de manejo de la vegetación una serie de medidas de manejo y propagación de la especie. Para ello se llevará a cabo un programa de reproducción de copihue basado, en primer lugar, en reproducción vegetativa (mugrones) y, en la medida que sea posible contar con material, la reproducción por semillas, cuyo detalle se establece en Apéndice 4 del Anexo 9 de Adenda 1.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, cuyo detalle se establece en la siguiente tabla:

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Clase Nombre científico Nombre común Origen Categoría de Conservación Movilidad ER Ley de caza RCE Aves Buteo albigula Aguilucho chico N R - Alta Medio Columba araucana Torcaza N EN - Alta Alto Campephilus magellanicus Carpintero negro N VU - Alta Medio Enicognathus leptorhynchus Choroy E VU - Alta Bajo Strix rufipes Concón N EC - Alta Medio Theristicus melanopis Bandurria N VU - Alta Medio Reptiles Liolamus tenuis Lagartija esbelta E VU - Baja Alto Anfibios Pleurodema thaul Sapito de cuatro ojos N - NT Baja Medio Mamíferos Abrotrix longipilis Ratón bicolor N EC - Medio Bajo Dromiceps gliroides Monito del monte N - NT Media Medio Pudu pudu Pudú N - VU Alta Medio Conepatus chinga Chingue N R - Alta Bajo Leopardus guigna Güiña N - VU Alta Medio

En la descripción y fundamentación de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley 19.300 que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental, se concluye que el proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto.

Flora y vegetación terrestre

Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto

En la etapa de construcción se producirá perdida de cobertura vegetal debido a la construcción de las obras superficiales del proyecto, preparación del terreno, el despeje de vegetación para la construcción de la tubería en presión, mejoramiento de caminos, construcción de casa de máquinas, áreas de servicios y acopio en los frentes de trabajo, entre otros. Para realizar estas actividades se requerirá cortar un área acotada de aproximadamente 1,65 ha de bosque nativo en 7 predios, como se detalla en el PAS 102, adjunto en Anexo 10 de la Adenda 1; y dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservaciónCiprés de la Cordillera (Austrocedruschilensis) y Lingue (Persea lingue); sin perjuicio de lo cual, las especies a intervenir se distribuyen en forma relativamente homogénea en toda el área de evaluación. Para compensar la pérdida de especies nativas, se reforestará 1,73 ha adicionales a lo señalado en Plan de Manejo Forestal. Teniendo en cuenta lo anterior, el impacto se considera significativo (-).

En la etapa de operación, no se generarán impactos para este componente toda vez que no habrá corta ni intervención de especies de flora.

Introducción de especies invasoras

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, los Comités consultados establecieron su preocupación sobre el riesgo de ingreso de vehículos contaminados con semillas u otro tipo de forma de regeneración de especies invasoras determinado por el ingreso, egreso y traslado de vehículos a lo largo de todo el área de intervención propuesto (aproximadamente 2,9 km), lo que conllevaría a introducir especies externas y que podrían competir con las especies nativas existentes en el área de influencia de este componente. En virtud de lo anterior, este impacto se considera de carácter medianamente significativo (-) para la etapa de construcción, cuyas medidas se plantean Considerando 7 de la presente Resolución, y poco significativo (-) para la etapa de operación.

Fauna terrestre

Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad

En el área de intervención del proyecto, se han identificado especies de baja movilidad en estado de conservación y otras que no se encuentran clasificadas en los listados respectivos (reptiles y micromamíferos). Estas especies serán afectadas considerando la intervención del área y de su hábitat en un área máxima de 2,23 ha por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas, y por la posible pérdida de especies producto del uso de maquinarias. Debido a lo antes mencionado, se considera implementar un Plan de Rescate de Individuos de Baja Movilidad como medida de mitigación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del Reglamento del SEIA, junto a medidas establecidas el Considerando 7 de la presente Resolución.

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Una vez llevado a cabo el rescate y relocalización de los individuos previo al inicio de la etapa de construcción, la probabilidad de tener pérdida de individuos de especies de baja movilidad en categoría de conservación se reduce considerablemente. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un especialista en terreno para supervisar que las obras de construcción no afecten a fauna de baja movilidad, procediendo a su rescate y relocalización en caso de ser detectadas.En concordancia con lo anterior, este impacto de clasifica como significativo (-).

Durante la etapa de operación habrá tránsito eventual de vehículos, lo que disminuye considerablemente la probabilidad de intervenir fauna de baja movilidad. Teniendo en cuenta lo anterior, este impacto no se generará. Sin perjuicio de lo anterior, el titular mantendrá las medidas del Plan de Manejo de Fauna durante la etapa de operación, a fin de minimizar la posibilidad y/o efectos de este impacto.

Alteración de hábitat especies de alta movilidad

En la etapa de construcción se producirá perdida de hábitat para las especies de alta movilidad toda vez que se requiere el despeje de los sectores donde se instalarán las obras definitivas y temporales del proyecto. Los resultados de la Línea Base descrita en el Capítulo 2 del EIA y complementada en el Anexo 9 de la Adenda 1, señalan que en el entorno del proyecto existe disponibilidad de hábitat equivalente, por ende, se espera que los individuos de alta movilidad tales como aves y macro mamíferos se desplacen a sectores cercanos donde se encuentra su hábitat sin intervención. Cabe destacar que el hábitat de las obras temporales será restaurado a una condición similar a la original tras el periodo de construcción, por lo que la pérdida definitiva de hábitat se limita a menos de 1 ha donde se ubicarán las obras permanentes del proyecto utilizadas en la etapa de operación del mismo. Se implementarán medidas generales y especificas establecidas en el Plan de Manejo de Fauna adjunto en Anexo 5-1 del EIA y complementado en Anexo 16 de la Adenda 1.

Teniendo en cuenta lo señalada precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (-) tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto.

Flora - fauna acuática

Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos

Durante la construcción de obras que interviene el lecho del estero Añihuerraqui se generará aumento en el contenido de sedimentos provenientes del mismo lecho del estero por lo que su composición no se modificará, pero sí podría provocar alteración en su calidad en un tramo acotado aguas abajo de la construcción y como consecuencia, alteración en las condiciones basales del hábitat para la flora y fauna acuática, cuya duración será temporal ya que se evidenciará sólo en las horas que dure las actividades de construcción en el cauce, extendiéndose como máximo 7 meses. Este efecto será temporal por cuanto una vez terminadas las obras, terminará la alteración en la calidad del estero retornando a su calidad original; por lo cual, este impacto se ha evaluado como medianamente significativo (-). Las medidas se detallan en Considerando 7 de la presente Resolución

En la etapa de operación no se realizará intervención en el cauce del estero por lo que no existirá alteración en la flora y fauna acuática, concluyendo no se producirá este impacto.

Afectación de la flora - fauna acuática por disminución de caudal del estero

En la etapa de construcción no se manifestará este impacto dado que no existirá disminución de caudal del estero Añihuerraqui.

En la etapa de operación de la central, se utilizará agua del estero en una cantidad máxima de 2,5 m3/s, disminuyendo con ello la cantidad de agua en el tramo comprendido entre bocatoma y restitución al caudal ambiental mínimo comprometido por el titular en virtud de las campañas de aforo realizadas. Los resultados de estas campañas, entregaron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

De acuerdo a los modelos de simulación de hábitat presentados en el Anexo 1-3 del EIA, sugieren que la disminución en el caudal del estero, que generaría una reducción en la cinética del estero, mejoraría las condiciones de hábitat para la colonización de algunas especies de peces nativas, ya que en la actualidad no existen estas condiciones dado el carácter turbulento del estero Añihuerraqui. Los resultados sugieren que dentro de los márgenes de reducción de caudal proyectados, se produciría una reducción de velocidades a niveles más favorables (según curvas de uso de hábitat utilizando dos especies vulnerables, Percichthys trucha y Trichomychterusareolatusen etapa de juveniles y adultos, como especies modelo para el análisis) para sostener REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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poblaciones de peces y que pueden ser aprovechadas por distintas especies en uno o más de sus estadíos de desarrollo ontogenético. Las simulaciones efectuadas obedecen a una evaluación de principio precautorio, ya que en las campañas de terreno realizadas por el titular en el área de influencia del proyecto, se detectó la presencia exclusiva de la especie Salmo trutta y Oncorhynchusmykiss (trucha café y arcoíris respectivamente), ambas especies introducida y con tamaños registrados, específicamente en la zona de la bocatoma, que corresponde a organismos juveniles (> 8 cm).Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, este impacto se ha evaluado como poco significativo (+).

Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la inquietud de que exista pérdida de especies ícticas por su ingreso a la captación de la central una vez puesta en operación. Al respecto, este impacto será controlado mediante la implementación de medidas de mitigación especificadas que consisten básicamente en la instalación de un sistema de perturbación sonora previo al ingreso de agua hacia el canal de aducción y a un sistema de rejillas de 10 y 2,5 cm de abertura, las cuales se detallan en Considerando 7 de la presente resolución.

En virtud de lo anterior, este impacto no se presentará en la etapa de construcción, y en la etapa de operación será medinamente significativo (-) implementando medidas establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto al componente flora y fauna:

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir.
  • Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía.
  • Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto.
  • La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo.
  • Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad.
  • Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización.
  • Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos.
  • En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento
  • Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG.
  • Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno.
  • Registro de capacitaciones a trabajadores.
  • Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales.
  • Entrega de informe a la comunidad.
  • Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del estero.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. - Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica. - Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

Respecto de la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas, el titular informa que considerando que en el tramo del ex camino maderero donde se proyecta implementar las obras de conducción de agua se han identificado especies de hierbas medicinales, que si bien es cierto son especies que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, el titular permitirá el acceso peatonal de las comunidades al camino maderero que está dentro de su propiedad, el cual será mejorado como parte del proyecto, y con esto facilitará el acceso de las personas interesadas en recolectar hierbas medicinales y otras especies.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud que en la etapa de construcción el acceso a la recolección de hierbas por el ex camino maderero será limitado por medidas de seguridad, el impacto ha sido definido como significativo (-); y en la etapa de operación será poco significativo (-) considerando que el titular permitirá el paso de comuneros que requieren recolectar hierbas por su terreno.

Complementariamente y de acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno realizado con fecha 15 de diciembre de 2012 entre el SEA y la comunidad, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad. Al respecto, el titular en su Adenda 2 complementa información sobre especies medicinales estableciendo que, de acuerdo a nueva campaña realizada en terreno, se observó la existencia de las siguientes especies que presentan dicha condición:

Nombre científico Nombre común Nombre en mapudungun Aristotelia chilensis Maqui Qüelon Blechnum hastatum Costilla de vaca Wiqui- Quilquil Berberis darwinii Michay Chacay Caldcluvia paniculata Tiaca Triaca Drymis winteri Canelo Foyen Fuchsia magellanica Chilco Chilco Laurelia sempervirens Laurel Trihue-Txiwe Pseudopanax laetevirens Sauco Traru-mamëll Ribes punctatum Zarzaparrilla Mulul Weinmannia trichosperma Tineo Palo Santo

Las especies medicinales reconocidas como tal, se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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especies, dejando establecido que ninguna de las especies antes listadas se encuentra clasificada en categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE, D.S. N° 75/2005) y los procesos 1° a 9° del RCE (D.S. N° 151/2006, D.S. N° 50/2008, D.S. N° 51/2008, D.S. N° 23/2009, D.S. N° 33/2011, D.S. N° 41/2011, D.S. N° 42/2011, D.S. N° 19/2012, D.S. N° 13/2013).

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, a continuación se presentan el plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación presentadas por el titular en cuanto a la limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas:

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

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Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También se determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Kayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N°1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco del PCI, se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada mediante Acta N° 240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

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Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de Agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Sra. Marisol Coñuequir 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas.

Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N°064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos existentes o que se puedan desarrollar asociados a la ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo, para lo que ha propuesto las siguientes medidas:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

Las obras contempladas por el proyecto se materializan en propiedad particular, no indígena. El terreno de 4 ha donde se proyecta el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución.

Captación y usos de agua estero Añihuerraqui

Respecto al acceso al recurso hídrico, se verificó en terreno la existencia y uso de punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal con derechos de aprovechamiento constituidos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Al respecto, el titular complementó información en su Adenda 1 en lo referido a derechos de agua constituidos sobre el estero Añihuerraqui, estableciendo que en total existen 3 derechos de agua otorgados ubicados aguas arriba de la restitución proyectada, cuya información se detalla en la siguiente tabla:

Beneficiario Resolución Tiempo de uso Tipo Caudal l/s Activo Marisol Coñuequir Panguilef N° 501/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 2 No Activo Ida Coñoequir Coñoequir N° 499/27.11.2006 Mayo a Diciembre Consuntivo, eventual y discontinuo 5 No Activo Andrés Calfumán Curilaf, Luis Alfredo Calfumán Coñoequir, Gervasio Calfumán Ortiz, Silverio Loncopán Calfumán, Israel Valle Manríquez y Domingo Pincheira Parra N° 1185/29.08.2003 Todo el año Consuntivos, permanentes y continuos 15 Activo

La ubicación de los derechos de agua señalados precedentemente respecto a la ubicación de la restitución del proyecto, se muestra en la siguiente imagen:

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Dentro del análisis de afectación a los derechos de agua de terceros, el titular realizó campañas de aforo simultáneos entre bocatoma y restitución, que permitieron constatar que existe un incremento de caudal en el tramo indicado, de acuerdo a los siguientes resultados:

N° aforo Fecha Caudal bocatoma (l/s) Caudal restitución (l/s) % recuperación 1 10-01-2013 679 876 29 2 17-04-2013 245 317 29 3 07-06-2013 3.155 3.746 19 4 17-12-2013 341 450 32

Como se observa de los resultados precedentes, existe un aporte de caudal intermedio entre captación y restitución explicado por la existencia de afluentes permanentes e intermitentes hacia el estero, observando su distribución en la siguiente imagen:

En virtud de los resultados obtenidos, se analiza la disponibilidad de agua para no perjudicar los derechos de agua bajo el escenario más desfavorable de operación, donde el estero Añihuerraqui dispone sólo del menor caudal ecológico otorgado (136 l/s correspondientes al mes de abril), más el caudal mínimo técnico (250 l/s), es decir que el estero sólo disponga de 386 l/s en la bocatoma, los aportes intermedios al mismo que estarían disponibles para el aprovechamiento de los derechos de terceros serán de al menos un 19% de los 386 l/s, es decir 73,34 l/s adicionales en el sector de ubicación de los derechos de agua.

En conclusión, los aportes intermedios correspondientes a 73,34 l/s más el caudal ecológico presente en el estero, permite asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros está cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos estos derechos; lo cual se asegura aún más con el caudal ambiental comprometido por el titular y detallado en informe referido a Caudal ecológico y caudal ambiental.

Por otra parte, si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

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Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, el titular informa que durante la construcción del proyecto no utilizará agua del estero Añihuerraqui, por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento al caudal ambiental y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en Considerando 7, 8 y 9 de la presente Resolución.

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto señalas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses), no presentándose en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

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Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Consejo ambiental de Curarrehue Observación: Respecto al aumento de demanda de servicios, menciona que puede darse el caso que los 100 trabajadores requeridos en la época de construcción sean foráneos. No existe la plaza para sustentar tal población flotante en la comuna, además no menciona aspectos sanitarios (presencia de prostitución) y sobre demanda de servicios de salud, los cuales son limitados en la comuna, ya que el principal centro de salud es un consultorio.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

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Mano de obra

Se estima que en el periodo peak de la etapa de construcción, el proyecto requerirá una mano de obra de 100 personas, y un promedio durante esta etapa de 85 trabajadores. El titular privilegiará la contratación de mano de obra local, privilegiando la existente en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto.

En la Dimensión bienestar social básico; aumento en la demanda de servicios, el titular informa que en la etapa de construcción se producirá un incremento en la demanda servicios de primera necesidad, cuyo efecto se evidenciará en la cabecera comunal principalmente, situación que se sostendrá hasta la finalización de las obras. De acuerdo a lo anterior, la contratación de hasta 100 personas durante esta etapa implicará un aumento en la demanda de servicios básicos, ya sea residencia, salud, seguridad, recreación, entre otros. Este impacto disminuirá en la medida que la construcción del proyecto concluye ya que se reducirá la cantidad de trabajadores, para quedar con el personal necesario para operar la central (máximo 24 personas repartidas en 3 turnos).

Este impacto se ha evaluado como poco significativo (+) para la etapa de construcción y no significativo en la etapa de operación.

Nombre: Consejo ambiental de Curarrehue Observación: Respecto al aumento del flujo vial, no menciona otras rutas que se pudieran ver afectadas por la presencia de camiones y otros vehículos, algunas no pavimentadas y con población presente en todas sus vías.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Transporte

El flujo vehicular medio estimado para el transporte de materiales, equipos y personal hacia el área del proyecto en la etapa de construcción será de:

Vehículo Frecuencia Camiones 14 veh/día Buses 5 veh/día Vehículos livianos 10 veh/día

Se efectuará el mantenimiento de las vías internas de acceso al sector de la casa de máquinas según sea requerido, para permitir un acceso a las instalaciones durante todo el año a los trabajadores. El flujo vehicular medio estimado para el transporte delpersonal y mantenciones del proyecto en la etapa de operación será de:

Vehículo Frecuencia Camiones 1 veh/mes Vehículos livianos 3 veh/día

Se efectuará el mantenimiento de las vías internas de acceso al sector de la casa de máquinas según sea requerido, para permitir un acceso a las instalaciones durante todo el año a los trabajadores.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en cuanto al aumento del tránsito vehicular en la Ruta S- 983; el deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto y el aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar:

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Nombre: Consejo ambiental de Curarrehue Observación: Dentro de la maquinaria no se considera el uso de explosivos, y dada la caracterización geológica, es un elemento que debiese contar con los permisos sectoriales y considerar épocas de anidamiento y cría, además del efecto sonoro y posibilidad de generar derrumbes en la zona de obras que afecten a los habitantes del sector.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Consejo Ambiental de Curarrehue es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Preparación de terreno Las actividades relevantes para la preparación de terreno corresponden a la limpieza y despeje del mismo requerido para la construcción y habilitación de las obras. Estas actividades corresponden básicamente al retiro de la capa vegetal y de otros materiales en áreas donde sea estrictamente necesario y principalmente en los sitios de instalación de faenas, habilitación de sitios de acopio de material de excavación y obras civiles superficiales. La limpieza y despeje del terreno se realizará tanto con maquinaria tipo retroexcavadora y bulldozer, como manual; posteriormente se nivelará las superficies con motoniveladoras. Cabe señalar que en ningún caso se utilizarán explosivos para la fragmentación de rocas u otro material.

El material producto de excavaciones y escarpes se estima en 45.000 m3, que será acopiado temporalmente en las zonas definidas para ello. Este material será empleado dentro de las mismas obras en la nivelación de superficies y caminos como material de relleno, también será utilizado posteriormente para la restauración de las áreas ocupadas temporalmente en la construcción de las obras, así como para el relleno de la tubería. Será depositado con camiones tolva, repartido con maquinaria o manualmente, y compactado con maquinaria.

Se hace presente que, en el marco del Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores, el titular se comprometió a dar preferencia a las familias de los Comités para disponer los excedentes de movimientos de tierra que sean generados en la construcción y sirvan como relleno. Para ello el titular solicitará la lista de los potenciales beneficiados a la directiva de los Comités y se realizará una prospección de los terrenos para analizar el volumen por predio factible a rellenar.

Cámara de carga Las actividades para la construcción de la cámara de carga contemplan básicamente la excavación de fundaciones, ejecutar hormigonado e interconexión hidráulica. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Respecto a la alta presencia de roca compacta de gran tamaño existente en el sector proyectado para su instalación, no se utilizarán explosivos, ya que las prospecciones geotécnicas realizadas en el sector no han indicado la existencia de roca sino clastos. Para su fraccionamiento, se podrán utilizar alguno o varios de los siguientes procedimientos: a) Fragmentar por aplicación de calor; b) Arcillas expansivas; c) Martillo hidráulico.

Tubería en presión La tubería consiste en un ducto de acero en presión de 1,0 metro diámetro y una longitud aproximada de 2.428 m, la que se instalará por tramos mediante equipo mecánico o neumático que permitirá colocarla en posición y soldar el tramo previamente instalado, quedando de esta manera, apoyada en su totalidad sobre el terreno y capa de gravilla. En la definición del largo de fabricación de los tubos, se ha escogido tubos de 6 metros de longitud, lo que permitirá que la tubería se ajuste al trazado del camino existente.

De acuerdo a lo anterior, las excavaciones para la instalación de la tubería se realizarán con una retroexcavadora de tamaño adecuado cuya longitud total de alguna de sus partes no superará los 6 m de tal forma de no intervenir una extensión superior a ésta; se realizará en sentido de la pendiente de manera de permitir el desagüe de las aguas lluvias y otras que eventualmente puedan caer a las zanjas. En aquellos casos que las condiciones de terreno lo amerite, los taludes de la zanja se reforzarán.

En caso de acumulación de agua en la zanja, principalmente por precipitaciones, se procederá a su retiro por gravedad o por medios mecánicos (bombeo) hacia sectores del camino, para permitir la adecuada ejecución de las faenas constructivas. Una vez instalada la tubería, se procederá a efectuar los rellenos disponiendo el material en la zanja el cual será apisonado con compactadoras, utilizando densímetros e instrumentos afines para comprobar las compactaciones realizadas. En el caso de los clastos presentes en el sector, éstos se fragmentarán, utilizando métodos sin el uso de explosivos, de modo de cumplir con las especificaciones requeridas para formar parte de enrocados consolidados presentes en bocatoma, obra de seguridad y restitución.

Nombre: Comité de Salud Pünowemanke Trancura Observación: Como organización nos preocupa la posible contaminación del agua en el cauce del río Añihuerraqui y río Trancura, ya sea para consumo humano, animal, riego.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Comité de Salud Pünowemanke Trancura es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

El Titular propone medidas de compensación para hacerse cargo de la alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui y disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. Los derechos de agua y las soluciones que plantea el Titular son de su cargo, será la empresa quien va adquirir a su costa estas soluciones. Para mayor detalle, a continuación se presentan los antecedentes:

Alteración en la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui

Considerando que existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, y que la construcción de obras en el lecho del estero producirán aumento de sedimentos provenientes del mismo cuerpo de agua, se generará una alteración significativa en los usos asociados, cuyo efecto será acotado mientras dure la ejecución de obras en el estero (máximo 7 meses), no presentándose en la etapa de operación.

De acuerdo a lo anterior, este impacto ha sido calificado como significativo (-) para la etapa de construcción y no significativo para la operación; para ello el titular ha establecido medidas de compensación detalladas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución.

Tal como ha sido informado, existe una captación de agua para consumo humano, riego y bebida animal, ubicada a aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado. Si bien la central podrá operar con un máximo de 2,5 m3/s de acuerdo a la disponibilidad de agua del estero Añihuerraqui, cumplirá con valores de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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caudal ecológico superiores a lo establecido por la Dirección General de Aguas comprometiéndose a aumentar a un caudal mínimo ambiental en los meses de menor caudal disponible del estero, de acuerdo a lo informado en la siguiente tabla:

Mes Caudal ecológico DGA (l/s) Caudal mínimo ambiental a cumplir (l/s) Enero 219 219 Febrero 168 219 Marzo 147 148 Abril 136 148 Mayo 298 298 Junio 298 298 Julio 298 298 Agosto 298 298 Septiembre 298 298 Octubre 298 298 Noviembre 298 298 Diciembre 298 298

Lo anterior, en virtud de los resultados obtenidos en las campañas de aforo, que, tal como se muestra en tabla precedente, dieron como resultado que el caudal natural mínimo del estero determinado en terreno en la zona donde se proyecta emplazar la bocatoma fue de 148 l/s, por lo que, manteniendo este mínimo caudal ambiental, se asegura que la condición más desfavorable con proyecto no modificará la condición natural del continuo hídrico del estero.

Por otro lado, el titular también realizó campañas de aforo simultáneo en bocatoma y restitución, cuyos resultados establecieron que los aportes intermedios al caudal del estero Añihuerraqui será de al menos un 19%, lo cual implica que los aportes intermedios más el caudal mínimo ambiental comprometido por el titular, permitirá asegurar que el abastecimiento de los derechos de terceros estará cubierto naturalmente, ratificando la evaluación de la DGA al otorgar todos los derechos existentes sobre el estero Añihuerraqui.

En virtud de lo señalado anteriormente, durante la construcción del proyecto no se empleará agua del estero Añihuerraqui por lo que no se presentará este impacto; en la operación, el impacto será poco significativo (-) considerando el aumento del caudal ecológico y el análisis hídrico desarrollado. Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha establecido medidas y compromisos con comunidades y grupos humanos indígenas respecto al recurso hídrico, detalladas en el Considerando 7 de la presente Resolución.

Interrupción en el acceso a captación de agua

En el marco del Proceso de Consulta Indígena, surgió la necesidad de generar un acceso directo hacia la captación de agua de los comuneros, considerando que para su acceso se debe ingresar por la propiedad permutada entre el integrante de la comunidad y el titular. En virtud de lo anterior, se definió que este impacto es medianamente significativo (-) en la etapa de construcción y de operación del proyecto, definiéndose medidas de mitigación para evitar el efecto establecidas en Considerando 7 de la presente Resolución.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y de Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en materia asociada al recurso hídrico desde el punto de vista del Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico se informa los siguiente:

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua

Medida voluntaria componente Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas.
  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. - El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad.

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Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Nombre: Comité de Salud Pünowemanke Trancura Observación: Sí los tubos son resistentes a la presión del agua que va a llegar hasta la turbina, que los desechos sean retirados periódicamente y en forma adecuada. ¿Qué medidas van a tomar como empresa en caso de transporte y almacenamiento de productos químicos o inflamables? Que no se formen basurales.

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Comité de Salud Pünowemanke Trancura es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

En la siguiente tabla se presenta el resumen de la estimación de emisiones generadas en la etapa de construcción del proyecto:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2.5 6,43 Estas emisiones son de carácter temporal que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto, estimada en 12 meses.

Durante la etapa de operación se generarán emisiones atmosféricas menores relacionadas con el transporte interno vehicular del personal de operaciones y por la eventual utilización de equipos electrógenos. Las emisiones generadas por los motores darán cumplimiento a la normativa de emisiones vigente.

Residuos líquidos: Residuos líquidos domésticos Durante la etapa de construcción se empleará una planta de tratamiento compacta de aguas servidas tipo Ecojet, la cual tendrá una capacidad de procesamiento de 100 l/hab/día, dimensionada en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 100 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será infiltrado en terreno mediante un pozo absorbente de 75 m3 de capacidad. En los frentes de trabajo distantes de la instalación de faena, se instalarán baños químicos los cuales serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada para el manejo de este tipo de residuos con una frecuencia tal que no se generen situaciones de colapso del sistema o emanación de olores molestos hacia el entorno.

En la etapa de operación, se considera un máximo de 24 trabajadores en tres turnos, lo que significa una estimación de 2,4 m3/día de residuos líquidos domésticos en base al escenario más conservador, considerando el total de agua generada por 24 personas con una dotación de 100 litros/habitantes/día, los cuales serán tratados en un sistema de tratamiento particular tipo Ecojet, cuyo efluente tendrá la calidad de agua para riego de acuerdo a la NCh 1.333/of78, y será infiltrado en terreno mediante el pozo absorbente de 75 m3 de capacidad utilizado en la etapa de construcción, por lo que no requerirá la intervención de nuevas áreas para esta actividad.

Ambos sistemas serán aprobados previo a su construcción y autorizados para su funcionamiento por la SEREMI de Salud. Las mantenciones serán realizadas frecuentemente por empresas autorizadas por lo que no existirá saturación de los sistemas y no se generarán olores molestos hacia el entorno.

Residuos líquidos industriales No se generarán residuos industriales líquidos durante la etapa de construcción toda vez que no se desarrollarán actividades de lavado de maquinaria, equipos, piezas, ni de vehículos; estas actividades serán realizadas en talleres autorizados y en faena sólo se realizará mantenciones menores. Los remanentes de las betoneras móviles, se limpiarán manualmente con pala para remover los restos de hormigón del interior al término de cada jornada de trabajo, posteriormente serán almacenados en tambores de 200 litros y dispuestos como residuos industriales. En la operación no se considera la generación de este tipo de efluente ya que la central sólo desvía el cauce de parte del caudal del estero para luego devolverlo a su cauce natural, no alterando sus características de calidad. En el área de emplazamiento del proyecto, no se realizará lavado de contenedores de residuos; éstos una vez utilizados, serán retirados por una empresa externa y repuestos por la misma empresa, ya lavados y desinfectados, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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para su nueva utilización. En caso de generarse residuos líquidos desde las bodegas de almacenamiento de residuos sólidos, éstos serán captados en el sistema de canalización y pretil de contención, y colectados en bidones de PVC, para ser manejados como residuos sólidos industriales.

Residuos sólidos Respecto al manejo de los residuos sólidos, cabe precisar que, tanto para la etapa de construcción como de operación, cada tipo de residuo será acopiado temporalmente dentro del predio diferenciadamente en contenedores herméticos y rotulados en caso que corresponda (residuos sólidos domésticos, industriales, peligrosos), posteriormente serán retirados por empresas autorizadas para ser transportados hacia sitios de disposición final autorizados. Esta información estará disponible para consulta de la autoridad cuando sea requerido.

El tipo de residuo sólido generado en la etapa de construcción y operación del proyecto, así como su cantidad mensual (kg/mes) estimada, se informa en la siguiente tabla:

Tipo Etapa de Construcción Etapa de Operación Caracterización Generación Caracterización Generación Residuos sólidos domiciliarios (RSD) -Restos de alimentos 1.500 -Restos de alimentos 360 -Papeles y cartones 750 -Papeles y cartones 180 -Plásticos 450 -Plásticos 100 -Vidrio, latas, otros. 300 -Vidrio, latas, otros. 80 Total RSD Construcción 3.000 Total RSD Operación 720 Residuos sólidos industriales (RINP) -Madera 250 -Madera 40 -Fierros 300 -Fierros 70 -Gomas 30 -Gomas 70 -Clavos y pernos 70 -Clavos y pernos 40 -Neumáticos 120 -Neumáticos 55 -Restos de las betoneras móviles 400 -Otros 6 Total RINP Construcción 1.170 Total RINP Operación 281 Residuos sólidos peligrosos (RESPEL) -Envases de solventes, aceites y lubricantes 15 -Elementos de protección personal usados contaminados 8 -Elementos de protección personal usados contaminados 20 -Aceites y grasas lubricantes usados 25 -Restos y envases de aceites y lubricantes, solvente, esmalte, diésel 6

-Pilas y baterías usadas 5 -Filtros de aceites 3 -Huaipes, paños, aserrín, contaminados 3 -Huaipes, paños, papel, maderas, aserrín, tierra contaminados 7 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 8 -Tubos fluorescentes, toners usados, etc. 15 Total RESPEL Construcción 90 Total RESPEL Operación 25

Para el almacenamiento de los residuos se utilizarán contenedores tapados y herméticos, de acuerdo a la siguiente tabla:

Tipo de residuo Tipo de almacenamiento Capacidad Sitio de acopio temporal etapa de construcción Sitio de acopio temporal etapa de operación Sólidos domiciliarios Contenedores 200 litros Sector exclusivo en cada frente de trabajo Sector exclusivo en Zona de acopio 3 Industriales no peligrosos Contenedores 200 litros Bodega de RSINP Bodega de RSINP Peligroso Tambores y contenedores 200 litros Bodega de RESPEL Bodega de RESPEL

Respecto a los residuos generados por el uso de transformadores, el titular establece que los equipos señalados son unidades herméticas que no estarán en contacto directo con el agua y que contarán con un acumulador de aceites en caso de derrames, evitando así también el contacto con el suelo, por lo que no existirán riesgos al medio ambiente. Asimismo, el sistema hidráulico tendrá un dispositivo que se ubicará dentro de un recipiente para evitar derrames en caso de fugas. Estos equipos no requieren recambio de aceite y/o lubricante, por lo que de ser necesario realizar mantenciones, el transformador completo será retirado del área del proyecto.

El retiro de residuos domésticos fuera del área del predio se realizará con una frecuencia mínima de dos veces por semana; y se priorizarán las acciones de reciclaje y/o reutilización de los residuos sólidos generados en la etapa de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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construcción toda vez que sea posible hacerlo. Para tales efectos, se separará por tipo de residuos identificándolo, y llevándolo a sitios de reciclaje autorizados. Se llevará registro de esta actividad y de los materiales dispuestos de esta manera.

Nombre: Comité de Salud Pünowemanke Trancura Observación: También, ¿qué tanto polvo se va a levantar cuando empiecen a trabajar?

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Comité de Salud Pünowemanke Trancura es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Principales emisiones, descargas y residuos generados por el proyecto

Emisiones atmosféricas

El Titular en el EIA y en sus ADENDAs informa que en la etapa de construcción, se generarán emisiones de material particulado, polvo en suspensión y gases provenientes de la combustión de motores de las maquinarias y equipos. Las emisiones de material particulado y polvo en suspensión se deberán principalmente al tránsito de vehículos por la ruta S-983 (camino de ripio), movimientos de tierra y actividades relacionadas con la construcción de las obras y caminos, cuya estimación se establece en la siguiente:

Contaminante Emisión (ton/año) CO 16,20 NOx 57,65 HC 5,13 MP10 26,89 MP 2.5 6,43

Para minimizar lo anterior, se contemplan las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.
  • Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Protección en zonas de acopio o acumulación de material propenso a dispersarse, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena.

Estas emisiones son de carácter temporal que se generarán mientras dure la etapa de construcción del proyecto, estimada en 12 meses, haciendo presente que el origen del agua para la humectación como medida de control, será adquirido a proveedores autorizados.

Durante la etapa de operación se generarán emisiones atmosféricas menores relacionadas con el transporte interno vehicular del personal de operaciones y por la eventual utilización de equipos electrógenos. Las emisiones generadas por los motores darán cumplimiento a la normativa de emisiones vigente.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

Impacto Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en suspensión (A1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación La etapa de construcción del proyecto durará aproximadamente un año, periodo en el cual se presentará alteración en la calidad del aire generada por las siguientes acciones:

  • Aumento en el tránsito diario de vehículos por caminos no pavimentados para el transporte de materiales, equipos y personal hacia y desde el área del proyecto utilizando la ruta S-983 para el acceso al proyecto, cuya frecuencia máxima se establece en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 14 veh/día Buses 5 veh/día Vehículos livianos 10 veh/día

  • Movimiento de tierra y material para excavación e implementación de las obras permanentes del proyecto.
  • Acopio temporal de material de excavación.

En la etapa de operación, el flujo vehicular por la ruta S-983 disminuirá considerablemente no generando una afectación de carácter significativa. La frecuencia se indica en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 1 veh/mes Vehículos livianos para mantenciones al interior del área del proyecto 3 veh/día

Nombre medida Implementación Plan de Control de Emisiones Atmosféricas en etapa de construcción Tipo Mitigación Objetivo Minimizar la emisión al aire de gases, material particulado y polvo resuspendido en las área de tránsito de vehículos, movimiento y acopio transitorio de material Descripción detallada Se implementará un Plan de Control de Emisiones Atmosféricas aplicando las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Encarpado de todos los vehículos que transportan materiales y residuos, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Programa de mantención de vehículos y maquinaria, conservando al día las revisiones técnicas y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Los vehículos que emitan humos oscuros provenientes de los tubos de escape serán suspendidos de su labor hasta su reparación.
  • Las áreas de acumulación y remoción de material serán cubiertos con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y la dispersión por la acción del viento hacia sectores aledaños.
  • El agua utilizada para la humectación provendrá de una fuente autorizada, solicitando al proveedor los registros de la Autoridad Sanitaria que acrediten que la calidad del agua cumple con los estándares de la norma de agua potable NCh 409. Lugar Ruta S-983, caminos y terrenos internos donde se realizará la construcción, así como zonas de acopio y remoción de material. Indicador de cumplimiento
  • Registro de agua de camión aljibe, el que será puesto en conocimiento de las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Control de velocidad con sistema GPS de los vehículos del proyecto, cuyo registro será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Registro de las mantenciones efectuadas a cada vehículo y copias de las revisiones técnicas al día y aprobadas.
  • Capacitación e instructivo de control de velocidad y operación de vehículos y maquinarias.
  • Control visual y registro fotográfico de encarpado de vehículos que ingresan y salen del proyecto, así como del sistema para evitar dispersión al ambiente desde las zonas de acopio y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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remoción de material.

Nombre: Comité de Salud Pünowemanke Trancura Observación: Y ¿qué medidas van a tomar para regular la velocidad de camiones y vehículos menores, ya que en el lugar hay muchos niños?

Evaluación técnica: El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Comité de Salud Pünowemanke Trancura es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:

Transporte

El flujo vehicular medio estimado para el transporte de materiales, equipos y personal hacia el área del proyecto en la etapa de construcción será de:

Vehículo Frecuencia Camiones 14 veh/día Buses 5 veh/día Vehículos livianos 10 veh/día

Se efectuará el mantenimiento de las vías internas de acceso al sector de la casa de máquinas según sea requerido, para permitir un acceso a las instalaciones durante todo el año a los trabajadores. El flujo vehicular medio estimado para el transporte del personal y mantenciones del proyecto en la etapa de operación será de:

Vehículo Frecuencia Camiones 1 veh/mes Vehículos livianos 3 veh/día

Se efectuará el mantenimiento de las vías internas de acceso al sector de la casa de máquinas según sea requerido, para permitir un acceso a las instalaciones durante todo el año a los trabajadores.

Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación

El Plan de medidas de mitigación, reparación y/o compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el proceso de PAC y Consulta Indígena, definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida, en cuanto al aumento del tránsito vehicular en la Ruta S- 983; el deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto y el aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar:

Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

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La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad.

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Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

  1. Que, los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 han sido adecuadamente considerados, según se indica a continuación, definiéndose las medidas de mitigación, reparación o compensación apropiadas, de conformidad a lo señalado en el artículo 16 de la Ley Nº 19.300:

6.1. Artículo 5, Reglamento SEIA

Art. 5 Contenido Evaluación El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. A objeto de evaluar el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará: Conclusión: El proyecto no genera ni presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. Letra a) Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en el Estado que se señala en el artículo 7 del presente Reglamento. No aplica la causal aludida al Art. 7 del presente reglamento. Letra b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera. No aplica ya que las emisiones atmosféricas serán temporales generándose principalmente en la fase de construcción por la emisión de polvo y material particulado debido al tránsito de vehículo por la ruta S-983 (camino de ripio) y remoción de material por excavación, para lo cual el titular considera medidas tales como humectación de caminos, tapado de zonas de acopio de material de excavación, y cuya composición no es peligrosa dado su origen y concentración. Los efluentes líquidos serán aguas servidas que provienen de uso sanitario y cuyos efluentes serán tratados en una planta de tratamiento e infiltrados en el terreno con una calidad de uso para riego (NCh 1.333/Of78) tanto para la etapa de construcción y operación. Durante la evaluación, el Art. 91 D.S. N° 95/01 se informa favorable por la autoridad sanitaria según Ord. N° A20-582/2014 de la SEREMI de Salud. No se generarán residuos líquidos industriales. Letra c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera. No aplica toda vez que la frecuencia de las emisiones a la atmósfera será diaria durante la etapa de construcción (1 año aproximadamente) y corresponderá principalmente al polvo en resuspensión y material particulado generado por tránsito de vehículos en la ruta S-983 y por movimientos de tierra. Sin embargo, las emisiones a la atmósfera no originarán impactos negativos significativos, debido a su baja cantidad, composición y control de emisiones mediante riego periódico y otras medidas permanentes establecidas en Plan de Control de Emisiones Atmosféricas. Los efluentes líquidos de la etapa de construcción y operación serán aguas servidas las que serán infiltradas a una REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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distancia mayor de 60 m de curso de agua y a una distancia mínima de 1,5 m de la napa de agua y el sistema de infiltración; y no se generarán RILes. Durante la evaluación, el Art. 91 D.S. N° 95/01 se informa favorable por la autoridad sanitaria según Ord. N° A20-582/2014 de la SEREMI de Salud. Letra d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos. No aplica ya que el proyecto no generará volúmenes significativos de residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos. Los residuos peligrosos generados serán almacenados transitoriamente en bodegas especiales para ello, protegidos de las condiciones climáticas, con radier impermeable y señalizados de acuerdo a su peligrosidad; serán retirados, trasportados y eliminados en sitios autorizados. Durante la evaluación, el Art. 93 D.S. N° 95/01 se informa favorable por la autoridad sanitaria según Ord. N° A20-582/2014 de la SEREMI de Salud. Letra e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos. No aplica toda vez que los residuos sólidos generados en la etapa de construcción y operación serán almacenados transitoriamente en bodegas especialmente acondicionadas para ello y autorizados sectorialmente por la SEREMI de Salud. Cada uno de los tipos de residuos será retirado, trasportado y eliminado en sitios autorizados en una frecuencia tal que no genere zonas de sobreacumulación o insalubres. Los residuos industriales peligrosos serán gestionados en conformidad al D.S. N° 148/2004. Durante la evaluación, el Art. 93 D.S. N° 95/01 se informa favorable por la autoridad sanitaria según Ord. N° A20-582/2014 de la SEREMI de Salud. Letra f) La diferencia entre los niveles estimados de ruido emitido por el proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde exista población humana permanente. No aplica ya que, si bien en la etapa de construcción se generará un aumento en los niveles de ruido, el titular instalará una barrera acústica en el área de construcción de casa de máquina considerando, de acuerdo a modelación de ruido, se supera los niveles normados en sólo una vivienda cercana. Se considera monitoreo de verificación de cumplimiento de normativa. Letra g) Las formas de energía, radiación y vibraciones generadas por el proyecto o actividad. No aplica toda vez que durante la etapa de operación, la central producirá radiaciones eléctricas y magnéticas, las cuales serán de magnitudes bajas y esperables para la subestación y líneas de transmisión de 23 KV, donde los campos eléctricos y magnéticos estarán por debajo de los 5 KV/m y de los 100 µT respectivamente, no superando los límites señalados que corresponden a los máximos recomendados por la Comisión Internacional Contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP). Letra h) Los efectos de la combinación o interacción conocida de los contaminantes emitidos o generados por el proyecto o actividad. No aplica. El proyecto no emite ni genera contaminantes cuya combinación y/o interacción pueda producir efectos adversos sobre la salud de las personas.

6.2. Artículo 6, Reglamento SEIA

Art. 6 Contenido Evaluación El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire. A objeto de evaluar los efectos adversos significativos a que se refiere el inciso anterior, se considera: Conclusión: El proyecto generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, entre los que se encuentran especies de flora y fauna en estado de conservación, destacando la vulnerabilidad de aquellas de baja movilidad al enfrentarse a la fase de construcción del proyecto. Letra a) Lo establecido en las normas secundarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en el Estado que se señala en el artículo 7 del presente Reglamento. No aplica ya que el proyecto cumple con las normas de calidad ambiental y de emisión vigentes y no aplica en este caso el Art. 7 del D.S. N° 95/01. Letra b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera. No aplica ya que en todas las etapas del proyecto, los efluentes y las emisiones a la atmósfera no presentan peligrosidad para los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, el agua y el aire, debido a su composición, baja cantidad y al tratamiento que se efectuará. Letra c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera. No aplica toda vez que en todas las etapas del proyecto, las emisiones a la atmósfera no presentarán peligrosidad para los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, el agua y el aire, debido a su baja frecuencia, corta duración y control mediante humectación de caminos e implementación de Plan de Control de Emisiones Atmosféricas. La descarga de efluentes líquidos provenientes del sistema de tratamiento de aguas servidas será mediante infiltración y cuya ubicación será una distancia mayor de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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60 m de curso de agua y a una distancia mínima de 1,5 m de la napa de agua y el sistema de infiltración. No existirá descarga directa a napa de agua o curso de agua superficial, y no se generarán RILes. Letra d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos. No aplica ya que en las etapas de construcción y operación, los residuos sólidos no presentarán peligrosidad para los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, el agua y el aire, debido a su composición, volumen y protocolo de almacenamiento temporal que se les dará. Letra e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos. No aplica toda vez que durante la etapa de construcción los residuos sólidos serán acumulados en sectores alejados de cursos de agua, en bodegas y sitios habilitados especialmente para ello que contarán con impermeabilización para evitar contacto con el suelo. Los residuos sólidos industriales no peligrosos serán segregados en el origen y posteriormente trasladados a sitio autorizado para disposición de residuos industriales no peligrosos, para su posterior venta, reutilización, reciclaje y/o disposición final en instalación autorizada. Cada uno de los residuos sólidos generados será retirado periódicamente para ser dispuestos en sitios autorizados por la autoridad sanitaria. Durante la evaluación, el Art. 93 D.S. N° 95/01 se informa favorable por la autoridad sanitaria según Ord. N° A20-582/2014 de la SEREMI de Salud; y el SAG se pronuncia sin observaciones respecto de la Adenda 2 mediante Ord. N° 217/2014. Letra f) La diferencia entre los niveles estimados de ruido emitido por el proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitat de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. No aplica toda vez que durante la etapa de construcción se generarán ruidos esporádicos por el tránsito de los vehículos y utilización de maquinarias requeridas en las faenas. Estos no afectarán significativamente a la fauna nativa, toda vez que previo a cualquier intervención, existirá un biólogo de terreno que analizará la condición del sitio procediendo a hacer relocalización de especies sobre todo de baja movilidad o especies que requieran alguna medida especifica adicional. En la etapa de operación no se generará ruido que sea perceptible por receptores externos al proyecto, toda vez que la unidad que generaría esta fuente es la casa de máquinas, la que se encuentra bajo la superficie de terreno a casi su totalidad. El SAG se pronuncia sin observaciones respecto de la Adenda 2 mediante Ord. N° 217/2014. Letra g) Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad. No aplica ya que durante la etapa de operación, la central producirá radiaciones eléctricas y magnéticas, las cuales serán de magnitudes bajas y esperables para la subestación y líneas de transmisión por lo que no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables. Letra h) Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos y/o generados por el proyecto o actividad. No aplica. El proyecto no emite ni genera contaminantes cuya combinación y/o interacción pueda producir efectos adversos sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales. Letra i) La relación entre las emisiones de los contaminantes generados por el proyecto o actividad y la calidad ambiental de los recursos naturales renovables. No aplica ya que el proyecto en ninguna de sus etapas afectará significativamente la calidad ambiental de los recursos naturales renovables ya que las emisiones hacia ellos serán controladas. Letra j) La capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el área de influencia del proyecto o actividad. La capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el área de influencia no será afectada significativamente dado que el proyecto interviene 1,65 ha de bosque nativo, superficie que se encuentra desagregada en un tramo aproximado de 2,9 km. Respecto de las intervenciones en el cauce, éstas se focalizarán en obras de construcción de captación, rápido de descarga y obras de restitución, las podrán generar aumento en sedimentos en el estero Añihuerraqui, sin que se afecte significativamente dadas las condiciones de pendiente y velocidad del estero, que otorga una rápida regeneración en la calidad del mismo. Letra k) La cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida y/o explotada. No aplica toda vez que el proyecto considera la corta de 1,65 ha de bosque nativo, desagregado en un tramo de 2,9 km aproximadamente, cuya reforestación se realizará en 1,73 ha para dar cumplimiento a la normativa, y compensando, además, con una superficie igual a la reforestada. Los antecedentes serán tramitados sectorialmente en el respectivo Plan de Manejo Forestal para Obras Civiles, presentado ante CONAF previa a su ejecución.

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Letra l) La cantidad y forma de fauna silvestre intervenida y/o explotada. No aplica ya que, si bien el proyecto considera afectar fauna silvestre asociada fundamentalmente a bosque nativo que será intervenido producto de la fase de construcción, el titular ha adoptado como medida la implementación de una Plan de Manejo de Fauna que incorpora una Plan de Rescate y Relocalización de Fauna de Movilidad Reducida; además se mantendrá la presencia de un biólogo previo a la fase de construcción que relocalizará especies de baja movilidad que se encuentran en categoría de conservación y se mantendrá durante la construcción para supervisar y actuar en caso de encontrar especies que deban ser relocalizadas. Durante la evaluación, el Art. 99 D.S. N° 95/01 se informa favorable por el SAG mediante Ord. N° 217/2014. Letra m) La extracción, explotación, alteración o manejo de especies de flora y fauna que se encuentren en alguna de las siguientes categorías de conservación: en Peligro de Extinción, Vulnerables, Raras e Insuficientemente Conocidas. Las obras contempladas por el proyecto se materializan en sectores que, de acuerdo a campañas realizas en terreno y establecidas en la línea de base del EIA y Adenda 1, existen especies de flora y fauna en categoría de conservación. Respecto a la flora, existen especies de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue), ante lo cual se presentará y autorizará el respectivo plan de manejo forestal ante CONAF y se duplicará la superficie a reforestar dando un total de 3,46 ha. Al respecto, CONAF no presenta observaciones a la Adenda 1 del proyecto mediante Ord. N° 130-EA/2013 de fecha 16 de octubre de 2013, pronunciándose conforme sobre el PAS 102. Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, ante lo cual se implementará un Plan de Manejo de Fauna que incorpora un Plan de Rescate y Relocalización de Fauna de Movilidad Reducida (reptiles, anfibios y micromamíferos), cuyas principales actividades del consisten en: Rescate, Cautiverio, Identificación- marcaje, Liberación y Monitoreo. Las actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. Los antecedentes del PAS se encuentran en el EIA y Adenda 1. Durante la evaluación se informa el Art. N° 99 D.S. N° 95/01, como favorable por el Of. SAG N° 269/2015. Letra n) El volumen, caudal y/o superficie, según corresponda, de recursos hídricos a intervenir y/o explotar en: n.1) Vegas y/o bofedales ubicados en las Regiones I y II, que pudieran ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas. n.2) Áreas o zonas de humedales que pudieran ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. n.3) Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles. n.4) Una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra. n.5) Lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles. No aplica toda vez que el proyecto no contempla intervenir ni explotar ningún recurso hídrico de los mencionados en los numerales n.1) a n.5). Letra ñ) Las alteraciones que pueda generar sobre otros elementos naturales y/o artificiales del medio ambiente, la introducción al territorio nacional de alguna especie de flora y fauna; así como la introducción al territorio nacional, o uso de organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares. No aplica ya que el proyecto no considera la introducción de especies de flora, fauna u organismos modificados genéticamente al territorio nacional. Letra o) La superficie de suelo susceptible de perderse o degradarse por erosión, compactación o contaminación. No aplica ya que el proyecto no contempla provocar pérdidas significativas de superficies de suelos, degradación por erosión, compactación o contaminación del suelo. Como se ha mencionado la mayor parte de las obras son enterradas y no generarían limitantes significativas de uso. Respecto de la casa de máquinas esta se habilitará en una superficie de 215 m2 en suelo de clase VII y en su mayoría irá bajo la superficie de terreno. Durante el proceso de evaluación ambiental, el PAS 96 fue informado favorable por la SEREMI de Agricultura en Ord. N° 5758/2013.

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Letra p) La diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto o actividad, y su capacidad de regeneración. No aplica ya que en el área de influencia existe una diversidad biológica que se ha detallado tanto en el EIA, Adenda 1 y 2 del proyecto, donde ninguna especie de las identificadas está restringida en su distribución a la zona específica del proyecto, por lo tanto, la diversidad biológica y su capacidad de regeneración no se verán afectadas significativamente por la ejecución del proyecto.

6.3. Artículo 8, Reglamento SEIA

Art. 8 Contenido Evaluación

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se considerará el desplazamiento y reubicación de personas que habitan en el lugar de emplazamiento del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas. Asimismo, a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, en cualquiera de sus etapas, genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, se considerarán: Conclusión: El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, sin embargo generará alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en las dimensiones antropológica, al ubicarse en un sector donde existen sitios de significancia cultural: Gillatuwe, cerros Peñewue y Punowemanque y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; y alteración en la dimensión de bienestar social básico, considerando que en la etapa de construcción existirá alteración en la calidad del agua del estero Añihuerraqui, estero donde existen derechos de agua otorgados a seis miembros de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, ubicado aguas arriba de la restitución proyectada. Letra a) Dimensión geográfica Distribución y densidad de grupos humanos en el territorio. Tamaño de los predios y tenencia de tierra. Flujos de comunicación y transporte. No aplica toda vez que el proyecto no generará alteraciones significativas en la población, ni en la distribución en el territorio. Tampoco alterará el tamaño de los predios y la tenencia de tierras, ya que el titular ha gestionado las servidumbres con los propietarios donde se emplazará el proyecto. Además no se generarán alteraciones significativas en los flujos de comunicación y transporte. Letra b) Dimensión demográfica Estructura de población local, según sexo, actividad, ocupación y migración urbano- rural. Estructura según actividad económica y categoría ocupacional. Población económicamente activa. Estructura de edad y sexo. Escolaridad y nivel de instrucción. Migraciones. No aplica toda vez que el proyecto no generará alteraciones significativas en la estructura demográfica del sector ya establecida, toda vez que existe una relación directa con Curarrehue dada su cercanía y dependencia de la comunidad con la cabecera comunal. Letra c) Dimensión antropológica Características étnicas. Manifestaciones de la cultura como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados. De acuerdo a la información recopilada en terreno mediante el proceso de PAC, así como a lo informado por el titular en su Adenda 1, la ejecución del proyecto generaría alteración significativa en sitios de significancia cultural: cerros Peñewe y Punowemanke, Gillatuwe y sector de recolección de hierbas medicinales. Letra d) Dimensión socioeconómica Empleo y desempleo. Presencia de actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte del grupo humano, en forma individual o asociativa. No aplica ya que de acuerdo a la información recopilada en terreno en base a lo señalado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, los antecedentes proporcionados por la Municipalidad de Curarrehue respecto a las actividades económicas y emprendimientos turísticos, y lo informado por el titular en su Adenda 1; realizado el análisis de afectación significativa, ninguna de las actividades productivas detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia, en la continuidad de las actividades productivas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. Respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N° 064 de fecha 19 de marzo de 2015. Así según los informes presentados, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa en lo referente a sus REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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actividades productivas y emprendimientos turísticos. Letra e) Dimensión de bienestar social básico Acceso del grupo humano a bienes, equipamiento y servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y sanitarios. A aproximadamente 108 m aguas arriba del punto de restitución del proyecto, existe captación de agua con derechos de agua constituidos a nombre de 6 comuneros de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, el que cuenta con captación y es utilizado para consumo humano, bebida animal y riego; y cuya calidad se verá alterada en la etapa de construcción de obras en el lecho del estero, generando una alteración significativa sobre el uso del recurso hídrico.

6.4. Artículo 9, Reglamento SEIA

Artículo 9 Contenido Evaluación

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad, incluidas sus obras o acciones asociadas, en cualquiera de sus etapas, se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Conclusión: El proyecto se emplaza en un sector en cuya área de influencia se ubican las comunidades mapuche Camilo Coñoequir, Camilo Coñoequir Lloftunekul, Juanita Curipichun de Carén y Folilco Juan Curipichun, esta última inscrita como comunidad con fecha 10 de julio del 2014, que serán afectados por la ejecución del proyecto dada su proximidad con el desarrollo de actividades y obras asociadas al proyecto. Letra a) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde habite población protegida por leyes especiales. El proyecto, al ubicarse en un sector donde habita población protegida por leyes especiales, generará afectación significativa considerando que en la etapa de construcción (de un año aproximadamente de duración) se generará aumento en tránsito de vehículos, aumento de emisiones de material particulado y en los niveles de ruido, así como deterioro del camino utilizado por las comunidades principalmente. Letra b) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial. No aplica ya que el proyecto no intervendrá áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial ni tampoco al interior de la Reserva Nacional Villarrica, toda vez que su emplazamiento corresponde aun predio particular donde se ha informado favorable el PAS del Art. 96 del D.S. 95/01 según Ord. SEREMI de Agricultura N° 5758 de fecha 14 de octubre de 2013 y también el PAS del Art. 102 del D.S. 95/01 visado por CONAF en su Ord. N° 130-EA/2013 de fecha 16 de octubre de 2013. Letra c) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial. El proyecto no afectará áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial, dado que las obras se ubicarán en terrenos particulares no indígenas.

6.5. Artículo 10, Reglamento SEIA

Artículo 10 Contenido Evaluación

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, en cualquiera de sus etapas, genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, se considerará: Conclusión: El proyecto no presenta alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. Letra a) La duración o magnitud en que se obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico. No aplica toda vez que el proyecto no obstruirá la visibilidad a zonas con valor paisajístico debido a que las obras de conducción, en su mayoría irán enterradas bajo un sector ya intervenido y siguiendo la topografía del terreno. Se implementarán cortinas vegetales en la tubería forzada y casa de máquinas principalmente. Letra b) La duración o la magnitud en que se alteren recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico. No aplica. El proyecto no generará alteración en el valor paisajístico o turístico de la zona, toda vez que la etapa de construcción durará aproximadamente un año, luego de lo cual se implementarán medidas para mimetizar las obras con el entorno mediante la instalación de cortinas vegetales en la tubería forzada y casa de máquinas principalmente, estableciendo que, de acuerdo a simulación realizada, la cortina permitirá que en un período de 5 años las obras no sean perceptibles desde puntos de observación asociadas la ruta S-983, ruta CH 199 y sitio de Gillatuwe. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Letra c) La duración o la magnitud en que se obstruye el acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico. No aplica ya que el proyecto no obstruirá el acceso a los recursos o elementos del medio que tengan valor paisajístico o turístico durante la ejecución del proyecto. Letra d) La intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional. No aplica toda vez que el proyecto no se emplaza en ningún área declarada zona o centro de interés turístico nacional.

6.6. Artículo 11, Reglamento SEIA

Artículo 11 Contenido Evaluación

El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, en cualquiera de sus etapas, genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se considerarán: Conclusión: El proyecto no generará alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico o perteneciente al patrimonio cultural, considerando que de acuerdo a la inspección realizada por un profesional del área, no se encontraron restos pertenecientes al patrimonio cultural. Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto considera la presencia de arqueólogo en toda la fase de escarpe de terreno y postación con el fin de resguardar el eventual patrimonio arqueológico o paleontológico existente del área de intervención. Letra a) La proximidad a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. No aplica ya que el proyecto no se emplaza en ni próximo a algún monumento nacional definidos por la Ley N° 17.288. Letra b) La remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288. No aplica ya que en el área inspeccionada de cobertura del proyecto no se registraron hallazgos de patrimonio cultural protegidos de aquellos especificados en la Ley N° 17.288, de acuerdo a lo señalado en Informe Arqueológico, adjunto en Anexo 2-5 del EIA. Letra c) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural. No aplica. El proyecto no generará ni presentará alteración en monumentos nacionales. En la inspección arqueológica realizada no se registraron restos culturales. Letra d) La localización en lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. No aplica ya que el área de emplazamiento del proyecto no corresponde a un sitio donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore. Las áreas donde se proyecta la materialización de las obras corresponden a áreas privadas siendo tierras no indígenas.

6.7. Conclusión

Durante la evaluación ambiental se establece que el proyecto genera los efectos establecidos en el artículo 6, en su literal m); artículo 8 en sus literales c) y e); y artículo 9 literal a) del D.S. N° 95/01, Reglamento del SEIA:

6.7.1. Artículo 6 del D.S. 95/01

De acuerdo al análisis del literal m) de este artículo, el proyecto considera la intervención de un total de 1,65 ha de bosque nativo en la cual se encuentran especies de flora en categorías de conservación. El resultado de los estudios de terreno realizado por el titular indican que se detectó la presencia de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis) y Lingue (Persea lingue) ambas especies han sido clasificadas en categoría de Fuera de Peligro en los decretos de clasificación de especies del MINSEGPRES. Sin embargo, de acuerdo al D.S. N° 51/2007, se ha indicado que el Lingue es una especie debe ser protegida, especialmente, las sub-poblaciones más frágiles y las poblaciones más australes que se encuentren bajo presión por reemplazo y cambio del uso del suelo.

Respecto al componente fauna, se registró la presencia de un total de 51 especies, de las cuales 11 tienen estado de riesgo (ER) de consideración (9 con ER medio y 2 con ER alto). Del total de especies registradas, 13 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente. Estas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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6.7.2. Artículo 8 del D.S. 95/01:

De acuerdo al análisis de los literales c) y e) de este artículo, el proyecto generará alteración significativa en los sistemas de vida y costumbres en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significancia cultural: Gillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían afectados por la ejecución del proyecto; así como en su dimensión de bienestar social básico, dado que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existe punto de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal a una distancia aproximada de 108 m aguas arriba del punto de restitución proyectado, con derechos de aprovechamiento inscritos por parte de seis integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

6.7.3. Artículo 9 del D.S. 95/01:

De acuerdo al análisis del literal a) de este artículo, el proyecto se emplaza en un sector, donde habitan comunidades indígenas Camilo Coñoequir, Camilo Coñoequir Lloftunekul, Juanita Curipichun de Carén y Folilco Juan Curipichun, donde la presencia de las obras en sectores cercanos a las comunidades indígenas representa un efecto por sí mismo, que otorga carácter significativo para efectos de la evaluación de impacto ambiental.

En conclusión, el proyecto ingresa al sistema de evaluación ambiental a través de un Estudio de Impacto Ambiental, ya que el proyecto tiene efectos y características contemplados en el literal b), c) y d) del artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente y en los artículo 6° literal m), 8° literales c) y e) y 9° literal a), del D.S. N° 95/2001, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Al respecto, el titular ha planteado al menos 45 medidas que se hacen cargo de estos efectos, contemplando 21 medidas de mitigación, reparación y compensación detalladas en el Considerando de la presente Resolución, 20 acuerdos notariales focalizados con población protegida que se detallan en el Considerando de la presente Resolución y cuatro medidas voluntarias que se detallan en el Considerando de la presente Resolución; que respecto del carácter ambiental de éstas, han sido consideradas por la Comisión de Evalaución en su Sesión N° 5/2015 de fecha 14 de julio de 2015.

6.8. Análisis afectación Dimensión Socioeconómica

6.8.1. Información socioeconómica de base

La línea de base establecida por el titular durante la evaluación ambiental, realiza un análisis sobre la dimensión socioeconómica existente en el área de influencia del proyecto, señalando que existen actividades productivas que se basan en una economía de autoconsumo, así como de la explotación silvícola y ganadería menor mediante la crianza de bovinos, porcinos y principalmente ovinos. Con respecto al turismo, el titular logró identificar tres iniciativas enfocadas a este sector en las comunidades:

Actividad Distancia aproximada en línea recta desde Casa de Máquinas Camping de Manuel Rigoberto Calfumán Ortiz 674 metros Camping Samuel Valle 1.067 metros Camping Careau 2.951 metros

También determinó que en el interior de la comunidad Camilo Coñoequir existe una fuente termal que fue intervenida al construir la ruta S-983 que la atraviesa y que actualmente no es utilizada en emprendimientos turísticos. El afluente termal se encuentra a unos 2,5 km aproximadamente del sitio de instalación de la casa de máquinas del proyecto por lo que no será intervenida; un emprendimiento turístico y de producción de miel denominado Colmenares Trankura, ubicado a aproximadamente 2 km al norte de la casa de máquinas y a unos 200 metros de la Ruta S-983; y finalmente una incipiente entrega de servicios turísticos en la comunidad Juanita Curipichún de Carén, dada su cercanía a la ruta internacional a Argentina, lo cual se ve materializado en quioscos a la orilla de camino y hotelería de cabañas.

Durante el Proceso de Consulta Indígena (PCI) desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, señalaron que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” les generará, además, el efecto establecido en el Artículo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio. Agregan que la construcción y operación del proyecto en el territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol Coñuequir Panguilef Cayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo Coñuequir Panguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex Coñuequir Panguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifiesta en su Ord. N° 1303 de pronunciamiento sobre Adenda 1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

En el contexto anterior, y en el marco de las actividades acordadas en el Proceso de Consulta Indígena (PCI), se desarrolló actividad de terreno donde participaron representantes de las organizaciones consultadas de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Folilco Juan Curipichun, Lof Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, Comité Técnico y representes de la Municipalidad de Curarrehue, cuya actividad quedó registrada en Acta N° 240/2014 del Servicio de Evaluación Ambiental. En la oportunidad, los asistentes de los Servicios Públicos competentes constataron la existencia de actividades económicas señaladas por las mismas organizaciones, cuyas coordenadas fueron registradas para quedar plasmada en la siguiente imagen:

Con la información recopilada en terreno basada en lo indicado por las organizaciones consultadas, el SEA determinó la distancia a las cuales se ubican los emprendimientos identificados por las mismas y la casa de máquinas y restitución del proyecto, datos que se muestran en la siguiente tabla:

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Hito Distancia a Casa de Máquinas (m) Distancia a Punto de Restitución (m) Derechos de agua Comunitarios 42 108 Turismo Silverio Loncopan 1.178 1.225 Camping 505 490 Turismo Trankurra 2.373 2.392 Turismo Sra. Benita Panguilef 2.504 2.524

6.8.2. Conclusión

En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos, ya que, analizada la información recopilada en terreno en base a lo señalado por las organizaciones consultadas, a la señalada por la Municipalidad de Curarrehue y la proporcionada por el titular, ninguna de las actividades detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades establecidas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. En particular, no existirán efectos sobre la actividad forestal, ya que el predio donde se instalan faenas para la ubicación de la casa de máquinas no forma parte de los sectores de corta autorizados para los comuneros. Con respecto a la agricultura y la ganadería, el proyecto no interferirá con los cultivos, los animales, ni los terrenos de los comuneros en ninguna de sus etapas. Finalmente, respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N° 064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular implementará medidas tendientes a minimizar la percepción de los posibles efectos sobre los emprendimientos turísticos y actividades económicas existentes o que se puedan desarrollar asociados a la ruta S-983 durante la etapa de construcción de la central, considerando que habrá mayor circulación de vehículos pesados y funcionamiento de maquinarias en el área, generando ruido y levantamiento de polvo. Estas consiten básicamente en:

  • Instalación de barrera acústica modular en sector de casa de máquinas.
  • Implementación de Plan de control de emisiones atmosféricas.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que será controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015.
  • Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto, privilegiando la ruta 2 en época de mayor demanda turística, entre enero a marzo.
  • Mantención periódica de la ruta S-983.

Durante la operación del proyecto, no existirán efectos ya que no habrá maquinaria pesada operando y el funcionamiento de la casa de máquinas no será perceptible desde la ruta S-983. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que permitirán disminuir la percepción de efectos son:

  • Restricción de velocidades de circulación de vehículos del proyecto a 40 km/hr y uso de la Ruta 2.
  • Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería a presión
  • Diseño arquitectónico que minimiza efectos en el paisaje y el nivel de ruido
  • Respecto a la casa de máquinas, contará con un sistema de insonorización, tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y estará cubierta por una cortina vegetal que generará un efecto de impermeabilización visual.

Cabe señalar que en torno al componente turístico, el titular realizará capacitaciones en la temática a los miembros de las comunidades mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos, tales como contabilidad, servicio al cliente, marketing, u otro tema que la comunidad señale que es necesario y pertinente.

  1. Que del proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” puede concluirse que las siguientes medidas, contenidas en los documentos que forman parte del expediente de evaluación ambiental, son apropiadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 y detalladas en particular en Considerando 6, de la presente Resolución, las que han sido confirmadas por la Comisión de Evaluación en su Sesión N° 5/2015, y que deberán cumplirse a cabalidad para la ejecución del respectivo proyecto:

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7.1. Resumen de los contenidos de los impactos ambientales generados:

Realizado el análisis de los impactos ambientales establecidos y desarrollados durante la evaluación ambiental del proyecto, se presenta el resultado consolidado por cada componente ambiental:

Medio Componente ambiental Impacto Etapa de construcción Etapa de operación Físico Calidad del aire Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión Significativo(-) Poco significativo (-) Niveles de ruido Alteración de los niveles basales de presión sonora Medianamente Significativo(-) Poco significativo (-) Campos electromagnéticos Generación de campo eléctrico y magnético No se genera No se genera Hidrología Disminución de caudal entre bocatoma y restitución No se genera Poco significativo(-) Calidad del agua Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos Poco significativo(-) No se genera Suelo Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes Poco significativo(-) No se genera Generación de procesos erosivos Medianamente significativo(-) Medianamente significativo(-) Biótico Flora y vegetación terrestre Perdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto Significativo(-) No se genera Introducción de especies invasoras Medianamente significativo(-) Poco significativo (-) Fauna terrestre Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad Significativo(-) No se genera Alteración de hábitat especies de alta movilidad Poco significativo(-) Poco significativo(-) Flora - fauna acuática Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos Medianamente significativo(-) No se genera Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero No se genera Poco significativo(+) Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación No se genera Medianamente significativo(-) Medio Humano Dimensión geográfica Cambio en el uso del territorio No se genera No se genera Dimensión demográfica Alteraciones sobre la estructura demográfica No se genera No se genera Dimensión antropológica Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central Altamente Significativo(-) Altamente Significativo(-) Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun Significativo(-) Significativo(-) Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central Significativo(-) Significativo(-) Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe Medianamente significativo(-) No se genera Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas Significativo(-) Poco significativo(-) Dimensión socioeconómica Generación de nuevas ofertas de trabajos Medianamente Significativo(+) Poco significativo(+) Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto No se genera No se genera Dimensión bienestar social básico Aumento en la demanda de servicios Poco significativo(+) No se genera Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui Significativo(-) No se genera Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. No se genera Poco Significativo (-) REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Interrupción en el acceso a captación de agua Medianamente Significativo (-) Medianamente Significativo (-) Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 Significativo(-) Poco significativo Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto Medianamente Significativo (-) Poco significativo Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas) Significativo(-) Poco significativo Patrimonio Arqueología Alteración de sitios con valor arqueológico Poco significativo (-) Poco significativo (-) Perceptual Paisaje Alteración en la homogeneidad del paisaje Poco significativo(-) Medianamente significativo(-)

7.2. Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación

El Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación responde a las predicciones y evaluaciones de impacto realizadas durante el desarrollo del análisis del proceso de evaluación ambiental incluido el Proceso de Participación Ciudadana (PAC) y Proceso de Consulta Indígena (PCI), definido para los componentes ambientales con impactos negativos medianamente significativos, significativos y altamente significativos, considerando que en el área de influencia del proyecto existe y habita permanentemente población protegida:

7.1. Aire (A)

Impacto Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en suspensión (A1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación La etapa de construcción del proyecto durará aproximadamente un año, periodo en el cual se presentará alteración en la calidad del aire generada por las siguientes acciones:

  • Aumento en el tránsito diario de vehículos por caminos no pavimentados para el transporte de materiales, equipos y personal hacia y desde el área del proyecto utilizando la ruta S-983 para el acceso al proyecto, cuya frecuencia máxima se establece en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 14 veh/día Buses 5 veh/día Vehículos livianos 10 veh/día

  • Movimiento de tierra y material para excavación e implementación de las obras permanentes del proyecto.
  • Acopio temporal de material de excavación.

En la etapa de operación, el flujo vehicular por la ruta S-983 disminuirá considerablemente no generando una afectación de carácter significativa. La frecuencia se indica en la siguiente tabla:

Vehículo Frecuencia Camiones 1 veh/mes Vehículos livianos para mantenciones al interior del área del proyecto 3 veh/día

Nombre medida Implementación Plan de Control de Emisiones Atmosféricas en etapa de construcción Tipo Mitigación Objetivo Minimizar la emisión al aire de gases, material particulado y polvo resuspendido en las área de tránsito de vehículos, movimiento y acopio transitorio de material Descripción detallada Se implementará un Plan de Control de Emisiones Atmosféricas aplicando las siguientes medidas:

  • Riego en zonas de movimiento y remoción de tierra, cuya frecuencia dependerá de las condiciones de humedad de las mismas.
  • Frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo, u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental. Esta condición se mantendrá hasta la presencia de precipitaciones, donde el riego de caminos se reducirá y/o suspenderá.
  • La velocidad de circulación al interior de las faenas no superará los 30 km/h.
  • La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y confirmada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - Encarpado de todos los vehículos que transportan materiales y residuos, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire. - Programa de mantención de vehículos y maquinaria, conservando al día las revisiones técnicas y donde todos cumplirán con la normativa de emisiones vigentes. Se llevará a cabo un programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores. - Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos. - Los vehículos que emitan humos oscuros provenientes de los tubos de escape serán suspendidos de su labor hasta su reparación. - Las áreas de acumulación y remoción de material serán cubiertos con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y la dispersión por la acción del viento hacia sectores aledaños. - El agua utilizada para la humectación provendrá de una fuente autorizada, solicitando al proveedor los registros de la Autoridad Sanitaria que acrediten que la calidad del agua cumple con los estándares de la norma de agua potable NCh 409. Lugar Ruta S-983, caminos y terrenos internos donde se realizará la construcción, así como zonas de acopio y remoción de material. Indicador de cumplimiento - Registro de agua de camión aljibe, el que será puesto en conocimiento de las comunidades y grupos humanos indígenas. - Control de velocidad con sistema GPS de los vehículos del proyecto, cuyo registro será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas. - Registro de las mantenciones efectuadas a cada vehículo y copias de las revisiones técnicas al día y aprobadas. - Capacitación e instructivo de control de velocidad y operación de vehículos y maquinarias. - Control visual y registro fotográfico de encarpado de vehículos que ingresan y salen del proyecto, así como del sistema para evitar dispersión al ambiente desde las zonas de acopio y remoción de material.

7.2. Ruido (R)

Impacto Alteración de los niveles basales de presión sonora (R1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo en operación Justificación Las obras de construcción de la casa de máquinas, se ejecutarán a una distancia 172 m del receptor más cercano. De acuerdo a modelación de ruido realizada, adjunta en Anexo 14 de la Adenda 1, y modelando la situación más desfavorable en que toda la maquinaria de cada actividad emisora de construcción funciona simultáneamente, existirá superación en los niveles de ruido respecto del D.S. N° 38/2011. Se implementarán medidas considerando, además, que dichas obras se realizarán a una distancia de 60 m la ruta S-983, utilizada por población protegida. En la etapa de operación, la emisión de ruido se focalizará en el área de la casa de máquinas la cual contará con un sistema de insonorización y se instalará una cortina vegetal en su perímetro compuesta principalmente por Roble, Raulí, Coihue, Maqui, Calafate y Mosqueta. No se requieren medidas de mitigación toda vez que dará cumplimiento a la normativa D.S. N° 38/2011 del MMA, donde los niveles de ruido al exterior en los receptores sensibles no superarán los 48 dB(A) durante el día y los 45 dB(A) durante la noche. Nombre medida Instalación de Barrera Acústica Modular Tipo Mitigación Objetivo Minimizar el aumento en los niveles basales de presión sonora en etapa de construcción de la casa de máquinas Descripción detallada de medidas - Durante la etapa de construcción el horario de trabajo habitual será en base a un turno diario de 8 horas en horario diurno, por lo que no generará niveles sonoros por encima de los habituales en periodo nocturno. - Instalación de paneles acústicos de OSB de 18 mm de espesor y una altura de 2,4 m en el frente de trabajo donde se ubicará la casa de máquinas cuyo largo no será inferior a 10 metros. Estos paneles amortiguarán los niveles de presión sonora que se percibirán producto de las actividades de construcción, reduciendo el ruido en 6,5 dB, de 54,7 dB condición sin medida a 48,2 dB condición con medida. - Se realizará monitoreo mensual de ruido de acuerdo al PCI, y se mantendrán los 5 puntos de medición ubicados de acuerdo a la siguiente imagen:

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  • De acuerdo al PCI, se elaborará Protocolo de Comunicación con las comunidades y grupos humanos indígenas con la finalidad de evitar que la generación de ruidos molestos impidan el normal desarrollo de sus actividades (reuniones, asambleas, talleres, entre otros), y se evitará el uso innecesario de bocina. Lugar Casa de Máquinas Indicador de cumplimiento
  • Instalación de barrera acústica.
  • Informe mensual de monitoreo de ruido durante la construcción, el que será entregado a las comunidades y grupos humanos indígenas.
  • Documento que dé cuenta de Protocolo de Comunicación con comunidades y grupos humanos indígenas.

7.3. Suelo (S)

Impacto Generación de procesos erosivos (S1) Valoración del Impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación De acuerdo a lo establecido en la línea de base en el EIA, y lo complementado en la Adenda 1 en el Estudio Geológico y Geotécnico (Anexo 12), el terreno resiste taludes prácticamente verticales. Si bien el proyecto no considera la ejecución de obras que impliquen taludes de dimensiones que pudieran representar riesgos de erosión, se implementarán medidas para minimizar la posibilidad de dichos efectos, toda vez que la remoción de suelo para la construcción de la bocatoma, la tubería en presión, la casa de máquinas y mejoramiento y ensanche de ex camino maderero puede implicar el desprendimiento y generación de zonas propensas a sufrir procesos de remoción en masa. Las medidas se mantendrán para la etapa de operación. Nombre medida Protección de taludes de corte y terraplén Tipo Mitigación Descripción detallada - Reutilización de los excedentes de excavación en actividades de nivelación del terreno, de caminos y obras de relleno del proyecto, sin establecer zonas de acumulación de material permanente. - Relleno de zanjas en promedio 2 días después de su excavación. - De acuerdo al PCI, se dispondrán los excedentes de movimientos de tierra que sean utilizables para relleno en terrenos de familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores que lo requieran. Para ello, el titular solicitará lista de los potenciales beneficiados a la directiva de los Comités y se realizará una prospección de los terrenos para analizar el volumen por predio factible a rellenar. - Remoción de elementos gruesos. - Relleno de surcos cuando comiencen a formarse. - Nivelación y mantenimiento del camino. - Desvíos para evacuación de aguas lluvias. - Revegetación y resiembra con especies herbáceas de taludes tras la intervención de sectores susceptibles a sufrir procesos erosivos, minimizando el suelo descubierto de vegetación y dando mayor estabilidad. - Restitución acelerada de la capa vegetal en sectores que presenten planitudes y taludes de poca gradiente, para su estabilización. Esta restitución se realizará inmediatamente se terminen las actividades de movimiento de tierra de preparación de la faja. - Durante la etapa de operación, se realizará monitoreo de procesos erosivos en base al método de estaca, que consiste en: i) Clavar estacas de hierro liso de 3/8 de diámetro y 50 cm de largo, se marcan al centro (25 cm) con un anillo rojo de aproximadamente 10 cm de ancho. ii) La varilla marcada se introduce en la tierra hasta la marca de los 25 cm, de manera que la parte inferior del anillo toque ligeramente la superficie del suelo. iii) Las estacas se instalan a distancias de 250 metros formando un transecto, de tal forma de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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estimar el espesor de la capa de suelo erosionado. iv) Una vez que se realiza la medición del espesor, las estacas se vuelven a enterrar hasta la marca. v) Las estacas se instalarán después de finalizadas las actividades de construcción, en lugares que no sean impactados por vehículos, en ambos bordes del camino, y cuando aún no han caído las precipitaciones más fuertes. vi) Informar a los trabajadores sobre la instalación y función de estas estacas vii) Se realizará seguimiento frecuente y preferentemente después de precipitaciones fuertes. - En virtud del PCI, el titular incorporará individuos para su replanteo en sectores del proyecto. Para esto un especialista del área forestal, establecerá los individuos que tengan una alta probabilidad de sobrevivencia una vez que sean replantados y que sean técnico factible de rescatar para ejecutar esta medida. Lugar Áreas de construcción del proyecto propensos a generar procesos erosivos Indicador de cumplimiento - Cubicación del material a excavar, registro fotográfico de la incorporación del suelo excavado y registro de material dispuesto en botadero autorizado. - Registro de familias beneficiadas y cantidad de material dispuesto. - Monitoreo de erosión en base al método de la estaca. - Registro fotográfico de taludes con revegetación. - Registro fotográfico e identificación de especies replantadas.

7.6. Flora y vegetación terrestre (FL)

Impacto Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto (FL1) Valoración del Impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Para la implementación de las obras permanentes, se requiere la corta de vegetación nativa en una cantidad máxima 1,65 hectáreas dentro de las cuales existen dos especies en categoría de conservación. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos en estado de conservación a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie Nombre Común Estado de Conservación N° individuos Austrocedrus chilensis Ciprés de la Cordillera Casi Amenazada 6 Persea lingue Lingue Preocupación Menor 256

El polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Nombre medida Reforestación adicional Tipo Compensación Descripción detallada - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales, de tal forma de crear una superficie de bosque mayor a la afectada, totalizando 3,46 ha. - La densidad reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados. - Se establecerán los sitios de reforestación como áreas de preservación durante la vida útil del proyecto con su respectivo seguimiento de verificación de éxito de la medida. - Se cercarán los sectores donde se llevará a cabo la reforestación a fin de evitar el acceso de animales y personas ajenas. - Parte de la reforestación se realizará dentro de los sectores intervenidos, sin embargo parte de la reforestación será fuera del predio ya que las obras que se realizarán en el proyecto corresponden a obras permanentes por lo que necesitan de una franja libre de vegetación de manera permanente, la cual corresponde a la franja de servidumbre de acueducto. - Se delimitará el área a despejar con estacas de madera y con cintas plásticas de color para que el personal no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella o de los sectores designados a cortar. - No se cortará vegetación ribereña, dando cumplimento a la Ley de bosque Nativo, sólo se cortará la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras de captación y restitución. - Se contará con un especialista en flora, quien realizará, previo a las actividades de preparación del terreno, un microruteo en las áreas que se verán afectadas por el proyecto, estableciendo los individuos de flora que puedan ser evitados. - En el marco del PCI, se acuerdo que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. - Capacitación permanente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar. Lugar Sectores intervenidos y área de reforestación acordada con CONAF Plazo La reforestación se iniciará 6 meses después a la entrada en funcionamiento de la Central. Indicador de cumplimiento - Plan de manejo Forestal aprobado previo a su ejecución. - Registro de plantaciones. - Informe de seguimiento de prendimiento, a dos años de plantadas. - Registro fotográfico de disposición de residuos de corta de vegetación.

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Impacto definido en el PCI Introducción de especies invasoras (FL2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación En partes bajas de los camiones y maquinaria a utilizar (tal como en las ruedas), podrían ir adosadas semillas de especies de flora invasoras, que, por esta vía, ingresaría a las áreas de construcción del proyecto. Nombre medida Medidas de control para evitar la introducción de especies invasoras Tipo Mitigación Descripción detallada - La maquinaria utilizada será limpiada previo a su ingreso al área de faenas. - Para el didymo, se realizará un monitoreo semestral en base a campañas de uno o dos días de duración de acuerdo al protocolo de SERNAPESCA, aumentando la frecuencia de inspección visual de didymo en bocatoma y descarga a una vez al mes durante los meses de septiembre a marzo. Los resultados serán reportados mensualmente a SERNAPESCA con copia informativa a la Autoridad Ambiental. - Se capacitará a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el didymo. Lugar Área de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores para evitar la introducción de especies invasoras como el Didymo. - Informe de monitoreo semestral de didymo.

7.7. Fauna (FA)

Impacto Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad (FA1) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación En el área de influencia del proyecto se detectó fauna nativa en categoría de conservación la cual será afectada por la ejecución de las obras de construcción, como también por las actividades anexas a éstas. Nombre medida Plan de Manejo de Fauna Terrestre Tipo Mitigación Descripción detallada Se implementará un Plan de Manejo de Fauna cuyas actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía previo a su ejecución. El Plan contará, al menos, con las siguientes medidas:

i) Medidas generales: - Realizar actividades de perturbación controlada de la fauna, medida consistente en la inhabilitación progresiva de los refugios potenciales presentes en el área a intervenir, de manera de inducir el escape de los animales por sus propios medios. - Prohibición de hacer fuego al interior del área del proyecto. - Prohibición de molestar a la fauna silvestre, recolectar huevos o crías de especies de fauna, cazar, portar armas o artes de caza al interior del área del proyecto. - Restricción de velocidad de circulación interna a 30 km/h para camiones y maquinaria para evitar atropellamientos de individuos de fauna silvestre. - Instalación de señalética ad hoc para advertir a los trabajadores la presencia de áreas con fauna silvestre. - Disposición adecuada de residuos domésticos para impedir el establecimiento de especies exóticas invasoras. - Manejo de especies invasoras (roedores introducidos, perros, vacas, etc.) mediante los métodos adecuados a cada caso (p.e. cierres perimetrales adecuados para evitar el ingreso de bovinos; esterilización y control sanitario de perros domésticos), sin utilizar agentes químico que puedan ser perjudiciales para las especies de fauna nativa. - Restricción de las actividades constructivas exclusivamente al área de influencia del proyecto, evitando la ocupación de terrenos que no sean utilizados directamente por las obras del proyecto y sus instalaciones anexas. - Prohibición de transporte e ingreso por parte del personal de especies de fauna de origen exótico al área de influencia directa del Proyecto. - Capacitación de medidas a los trabajadores del proyecto. - Instalación de señalética relativa a las obras del proyecto y advertencias sobre presencia de fauna en la ruta S-983, que sea previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad.

ii) Plan de Rescate y Relocalización - Se enfoca en aquellas especies registradas en categoría de conservación y a las especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) que eventualmente se encuentren en la zona a intervenir. - Las principales actividades del plan consisten en: rescate, cautiverio, identificación-marcaje, liberación y monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. - Traslocación de los individuos de especies de reptiles, anfibios y micromamíferos presentes en el área que será intervenida hacia un sitio que no será afectada por el proyecto. - La relocalización se realizará en áreas identificadas previamente para dicho fin ubicadas en un sector cercano al lugar de rescate, que no será intervenido por las obras asociadas al proyecto y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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que contará con condiciones ambientales semejantes a las de lugar de origen (composición vegetacional, cobertura vegetacional, presencia de cuerpos de agua, microhábitat, etc). El área será georreferenciada y marcado con estacas, de manera que sea fácilmente detectable al realizar el posterior monitoreo. - Se incorporará un especialista en el área biológica que garantice el adecuado cumplimiento del plan de manejo de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad así como su seguimiento; además supervisará durante las obras de construcción implementando medidas de rescate y relocalización en caso de detectar especies de baja movilidad. - Los profesionales que se encuentren a cargo de las labores de rescate y relocalización deberán acreditar su idoneidad a través de la presentación de su CV al SAG de la Región de La Araucanía, el cual los validará a través de la Resolución Exenta que autoriza las labores de rescate y relocalización. - Respecto al rescate y relocalización de especies, éste será informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. - En virtud del PCI, el comienzo de la etapa de construcción del proyecto será realizada entre los meses de mayo y agosto, época en que la actividad reproductiva y/o de anidación alcanza valores mínimos. Lugar Áreas de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Resolución de aprobación del Plan por parte del SAG. - Informe de seguimiento de la implementación del Plan de Manejo de Fauna por parte de especialista en terreno. - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro fotográfico de señaléticas y cierres perimetrales. - Entrega de informe a la comunidad. - Emisión de informe de las actividades de rescate y relocalización, y de los monitoreos comprometidos, en un periodo no superior a los 30 días hábiles luego del término de cada actividad, siendo entregado al SAG y a las organizaciones consultadas.

7.8. Flora – Fauna Acuática (FA)

Impacto Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos (FA2) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en etapa de operación Justificación La construcción de la bocatoma, el canal de rechazo, restitución y puentes aportarán sedimentos a las aguas del estero, lo que podrá afectar la fauna acuática del estero. Nombre medida Métodos constructivos que minimizan posibilidad de incorporar sedimentos al estero Tipo Mitigación Descripción detallada La medida consiste en aplicar los siguientes métodos constructivos:

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del río.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente.
  • No se lavarán los vehículos en los lechos del estero, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente será cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos. Lugar Sectores del estero Añihuerraqui donde se efectúen trabajos constructivos Indicador de cumplimiento
  • Registro fotográfico de la implementación de las medidas mencionadas.
  • Seguimiento de las especies.

Impacto Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación (FA3) Valoración del impacto No se genera en la etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en etapa de operación Justificación De acuerdo a las campañas de detección de fauna íctica en el estero Añihuerraqui, se detectó la presencia de juveniles de trucha (> 8 cm). En virtud de lo anterior y a la existencia de fauna íctica en el estero, existe la probabilidad de ingreso de peces al sistema de aducción de la central. En este sentido, de acuerdo a las 3 campañas de limnología e ictiofauna, la riqueza de la fauna acuática es baja. Los estudios, han señalado sólo la existencia de las especies Salmo trutta y Oncorhynchus mykiss (trucha café y arcoíris respectivamente). Estas especies son introducidas y no poseen algún grado de categoría de conservación Nombre medida Implementación de sistemas para evitar el ingreso de fauna íctica al canal de aducción Tipo Mitigación Descripción detallada - Instalación barrera acústica en bocatoma consistente en cadenas que se instalan a contracorriente y que al moverse por efecto del agua emitirán sonidos y movimiento que evitarán que la fauna acuática se acerque al sector de captación y sin que éstas sean afectadas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Instalación de sistema de rejillas, que consiste en la instalación de dos rejas rejillas sucesivas de 10 y 2,5 cm de luz cada una, ubicadas en la bocatoma y cámara de carga respectivamente. El tamaño de rejilla se definió en base a las campañas de detección de fauna íctica.
  • Se realizará el seguimiento de la componente limnológico del estero Añihuerraqui durante la construcción y operación de la central. Los monitoreos serán efectuados en las 4 estaciones muestreadas en la línea de base, para facilitar las comparaciones con las campañas previamente efectuadas y complementar la información obtenida desde un punto de vista temporal. Los puntos de muestreo se observan en la siguiente imagen:

Lugar Bocatoma de la central Indicador de cumplimiento - Registro fotográfico de las rejillas y barrera acústica instalada. - Informe de cada campaña limnológica.

7.9. Medio Humano – Dimensión Antropológica (MH)

Impacto Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central (MH1) Valoración del impacto Altamente Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación El proyecto se instala en la falda del cerro Punowemanke y Peñewe, ambos sitios de significación cultural para las comunidades indígenas. Nombre medida Rediseño de la ingeniería del proyecto Tipo Mitigación Objetivo Mitigar los efectos de la instalación de la central en los cerros Punowemanke y Peñewe Descripción detallada - A diferencia del diseño original, que contemplaba la construcción de un canal de conducción de agua con un canal en superficie y la de un túnel de 1 km aproximadamente en la ladera del cerro Punowemanke, la intervención sobre el cerro se realizará aprovechando el tramo intervenido de un camino maderero antiguo (utilizado en su época para trasporte de madera desde el cerro), minimizando con ello la intervención del terreno toda vez que sólo se requerirá ensanchar sectores del camino hasta obtener un ancho máximo de 6 metros para la construcción de las obras, bajo el cual irá enterrada la tubería en baja presión. Este ancho disminuirá en la etapa de operación a 4 m, realizando reforestación en los dos metros restantes. Así la instalación de la tubería no significará nuevos efectos permanentes, distintos a los ya existentes ene le sector. - La tubería a presión tendrá diámetro único en toda su longitud igual a 1,0 m y una longitud total de 2.428 m, de los cuales 1.578 m irá bajo la superficie del terreno siguiendo la configuración del cerro por el antiguo camino maderero, por lo que no se generará una alteración en la topografía del mismo. - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - Los puentes a implementar se ubicarán en los mismos lugares donde se construyeron originalmente y se pintarán de colores semejantes a los predominantes del sector, mimetizándose con el entorno. La tubería irá entre las vigas soportantes de cada puente, minimizando el impacto visual. Los estribos tendrán un enrocado de protección que tendrá el mismo talud que el terreno natural. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Área de obras permanentes del proyecto Indicador de cumplimiento - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas, con planos de arquitectura de la Casa de Máquinas - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro de los monitoreos de ruido durante la operación.

Impacto Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun (MH2) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación La ceremonia de Gillatun es la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el territorio. Se desarrolla cada 3 años la ceremonia denominada Gillatun Grande y cada 2 años la ceremonia de Gillatun Preparatorio; además se realizan Gillatun en situaciones de emergencia por cataclismos. A aproximadamente 300 m del sitio de emplazamiento de la casa de máquinas del proyecto, se ubica el sitio de Gillatuwe donde se desarrolla esta ceremonia por lo que las actividades de construcción y operación de la central afectarían el desarrollo normal de la misma. Nombre medida Paralización de obras Tipo Mitigación y Compensación Objetivo No intervenir en la celebración del Gillatun Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se proveerá el tipo de transporte que estimen pertinente de acuerdo a su cultura desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta el sitio del Gillatuwe, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatun, en caso que lo requieran, para la preparación de la ceremonia. - En caso que la comunidad acceda, se hará entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos. - En la etapa de operación, se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatun, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Lugar Obras del proyecto Indicador de cumplimiento - Paralización total de la etapa de construcción y de operación del proyecto 3 días antes y durante la celebración del Gillatun. - Registro de fechas de paralización de obras y de mantenciones de la central. Impacto Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central (MH3) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y de operación Justificación Próximo al área de emplazamiento del proyecto se realiza la ceremonia del Gillatun donde se utiliza el agua del estero Añihuerraqui para el desarrollo de la rogativa y donde se requiere que estas aguas fluyan naturalmente durante la ceremonia. Nombre medida Cese de captación de agua del estero durante la rogativa Tipo Mitigación Objetivo Permitir el libre escurrimiento de las aguas del estero durante los días de la ceremonia Descripción detallada - El titular, en el marco de respuesta al PCI, paralizará las actividades constructivas tres días antes de la ceremonia y durante la misma, de tal forma de que no exista interferencia alguna en la ceremonia y en la calidad del agua del estero Añihuerraqui. - Se coordinará las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que el titular programe las mantenciones de la central en función de las fechas establecidas por la comunidad para la realización de su ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Lugar Estero Añihuerraqui Indicador de cumplimiento - Calendario de mantenciones entregado a organizadores del Gillatun. - Registro de paralización de la central y de sus mantenciones en la fecha correspondiente. - Registro de medidores de caudal.

Impacto Posible afectación de sitio de significación cultural Eltwe (MH4) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Justificación Próximo al sector de emplazamiento de la línea de transmisión, y en virtud de lo establecido por CONADI en su informe asociado al Ord. N°006/2013 y cuya ubicación ha sido ratificada durante el Proceso de Consulta Indígena, se ha determinado la existencia de Eltwe. Nombre medida Distanciamiento de la línea y postes del Eltun Tipo Mitigación Objetivo Distanciar la instalación de la línea de transmisión eléctrica (LTE) y su postación del sitio Eltwe Descripción detallada - Los postes se ubicarán a más de 30 m de distancia del al sitio Eltuwe establecido por CONADI y las organizaciones consultadas. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, en la etapa de instalación de los postes se deberá realizar una prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltuwe cercano a la línea de trasmisión. La siguiente figura ilustra la distancia mínima entre los sitios y los postes:

  • En el marco del PCI, también se acordó incorporar un arqueólogo permanente durante las actividades de construcción de la línea de trasmisión, de tal forma de supervisar la excavación de los sectores donde se instalarán los postes. Ante cualquier hallazgo, se paralizarán las obras, el sitio será cercado y se notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, el Consejo de Monumentos Nacionales y CONADI, modificando el trazado de la línea y consecuentemente la ubicación de los postes para evitar dichos sectores.
  • El informe arqueológico será entregado a la comunidad junto a un registro diario fotográfico y audiovisual de las actividades.

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Lugar Eltuwe, Coordenadas UTM, HUSO 19: 281.530/5.633.701 y 281.536/5.633.695 Indicador de cumplimiento - Planos de construcción de la LTE, georreferencia de postes y sitio de Eltwe. - Informe final elaborado por arqueólogo.

Impacto Limitación temporal a acceso a zona de recolección de hierbas (MH5) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en operación Justificación De acuerdo a lo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad, las que se encuentran distribuidas a lo largo de toda la línea y los alrededores del proyecto, así como de manera uniforme y abundante en toda la cuenca del Trankura, por lo que la intervención durante las etapas de construcción y operación no influirán en la continuidad y riqueza de dichas especies, dejando establecido que ninguna de ellas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Nombre medida Facilitar acceso peatonal a zona de recolección de hierbas Tipo Mitigación Objetivo Facilitar el acceso al camino maderero para recolección de hierbas de uso medicinal y cultural a las comunidades indígenas en la ejecución del proyecto. Descripción detallada - El titular permitirá el acceso peatonal a los miembros de las comunidades indígenas que deseen ingresar en el sector del camino maderero perteneciente al titular, a recolectar hierbas medicinales, una vez terminadas las actividades de construcción del proyecto. - Respecto al trayecto del camino que pasa por terrenos que no son de propiedad del titular, y en virtud a acuedo establecido en el PCI, éste se compromete a realizar gestiones con los propietarios para obtener la autorización de tal forma que la comunidad pueda circular libremente para la recolección de hierbas medicinales y frutos. Lugar Camino maderero Indicador de cumplimiento - Registro de las personas que ingresan a la zona de recolección de hierbas. - Medios de verificación de gestiones realizadas por el titular para solicitar autorización para el paso de los comuneros para recolección de hierbas medicinales por terreno de terceros.

Impacto Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas (MH6) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo(-) en operación Justificación De acuerdo señalado por la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y lo verificado en terreno, en el trazado donde se proyecta ubicar el sistema de conducción de agua, existen especies de hierbas medicinales identificadas por la comunidad Nombre medida Construcción de vivero para las comunidades Tipo Compensación Objetivo Aumentar la disponibilidad de hierbas medicinales para las comunidades indígenas Descripción detallada - Construcción de vivero en el sector de Trankura, para generar las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. Lugar Sector Trankura Indicador de cumplimiento - Identificación y cantidad de especies a generar en el vivero - Registro fotográfico de vivero construido y de responsable de su operación

7.10. Medio Humano – Dimensión de Bienestar Social Básico (MH)

Impacto Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui (MH7) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y no se genera en operación Nombre medida Instalación de estanque de almacenamiento de agua potable Tipo Compensación Objetivo Dar continuidad al uso de agua potable de familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que se abastecen de agua a través de derechos de agua constituidos y ubicados aguas arriba de la restitución. Descripción detallada - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409, cuya operación estará a cargo del titular. - En la etapa de construcción se realizará monitoreo con frecuencia mensual en 5 puntos de muestreo: 1: Aguas abajo puente Añihuerraqui; 2: Sector restitución; 3: Aguas arriba de la bocatoma de la comunidad; 4: Segundo puente (de oriente a poniente) y 5: Aguas arriba de la bocatoma. Los análisis serán realizados por una empresa que cuente con la certificación para realizar estos ensayos, de acuerdo al listado de empresas acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización tomando muestra y contramuestra en cada caso, para asegurar la validez y representatividad de las mediciones. Los puntos a monitorear se muestra en la siguiente imagen:

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  • Los parámetros a monitorear, de acuerdo a la NCH 1.333/Of78, son: Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruro, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio, Sulfato, Vanadio, Zinc, RAS, Conductividad, Sólidos Disueltos, Coliformes Fecales.

En el marco del PCI, se acordaron las siguientes medidas: - El estanque estará operativo previo al inicio de la intervención del estero, cuya autorización sanitaria se obtendrá con anterioridad. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y optimizará el actual sistema de distribución de agua existente para las 12 familias de la comunidad, aumentando la presión con la cual el agua es suministrada, modificando las cañerías de la distribución en relación al punto óptimo de ubicación y operación de dicho estanque. - Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan y se mantendrá control diario la concentración de cloro libre residual del agua entregada, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de las comunidades. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de don Luis Alfredo Calfumán y doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s), dejando fluir los derechos de agua restantes por la captación existente sin perjudicar su continuidad ni calidad. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Autorización de la SEREMI de Salud para implementación del estanque - Registro fotográfico de la instalación del estanque - Reporte a la SEREMI de Salud de puesta en marcha una vez autorizado - Registro diario de cloro libre residual - Monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui cuando se realicen las obras de construcción en el lecho del mismo. - Entrega de resultados de monitoreo a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Interrupción en el acceso a captación de agua (MH8) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y operación Justificación Para el acceso a captación de agua existente con derechos de agua constituido a nombre de 6 comuneros y utilizada para consumo humano, riego y bebida animal, se debe transitar por terreno de propiedad del titular permutado con integrante de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, cuya autorización se establece en la Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de CONADI. Nombre medida Acceso a captación de agua de comuneros Tipo Mitigación Objetivo Acceder sin interrupción a captación de agua de comuneros Descripción detallada - Se mantendrá un acceso expedito y controlado a la captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de la comunidad, tanto para la etapa de construcción como de operación del proyecto. Previamente se mejorarán las características del camino maderero que llega hasta la toma de agua de los comuneros desde la ruta S-983, lo cual facilitará el acceso y las condiciones de seguridad de los transeúntes. - Previo al ingreso se deberá seguir los protocolos de seguridad necesarios para el ingreso al área del proyecto de tal forma de no generar situaciones de riesgo para los comuneros, cuyos equipos serán proporcionados por la empresa. - No existirán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias en el predio de tal forma que permanecerá un traslado expedito dentro de la propiedad y hacia la captación de agua.

Sin perjuicio de las medidas acordadas y señaladas precedentemente, y en virtud del acuerdo establecido en la materia durante el Proceso de Consulta Indígena y de lo señalado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015, se deberá constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. El titular REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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deberá iniciar los trámites de servidumbre de paso en un plazo no superior a tres meses de notificada la presente Resolución. Lugar Sector casa de máquinas Indicador de cumplimiento - Registro visual de sector de acceso al sistema de agua Impacto Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 (MH9) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación Las vías de acceso al área de emplazamiento del proyecto podrá ser por dos vías:

Ruta 1: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el inicio del camino de ripio ruta S- 983, hasta el área del proyecto (línea segmentada). Ruta 2: Desde el camino internacional ruta CH-199 hasta el Puente Añihuerraqui, retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S-983 (línea roja).

La ruta S-983 de ripio es la que utilizan mayormente las comunidades, la cual conecta directamente la localidad de Curarrehue con el sector de Trankura. Para la construcción del proyecto aumentará el flujo vial habitual, y ambos caminos son transitados diariamente por población protegida. Nombre medida Distribución del tránsito vehicular en rutas de acceso al proyecto Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos en el uso de la ruta S-983, por aumento del tráfico de vehículos livianos y pesados. Descripción detallada - Se dará preferencia al transporte por la ruta N° 2, de esta manera se disminuirá el tráfico de vehículos sobre cada sector de la ruta no pavimentada. - La velocidad de circulación por caminos exteriores que no superará los 30 km/h la que debe ser controlada por GPS, medida acordada durante el Proceso de Consulta Indígena y ratificada por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015. - En caso afectar sistema de distribución de agua por el tránsito de camiones y movimientos de tierra en la etapa de construcción, el titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. Mientras se repara y deja operativo el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. Lo anterior acordado en el marco del PCI. Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento - Registro de rutas a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto. - Envío de registros mensuales a la SMA. - Entrega de registros a comunidades y grupos humanos indígenas.

Impacto definido en el PCI Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades debido al aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto (MH10) Valoración del impacto Medianamente Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo (-) en etapa de operación Justificación El aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto, se generará deterioro del camino ruta S-983 utilizado por la comunidad por lo que se estableció que la ruta empleada para la ejecución del proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta, procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. Nombre medida Mantención de la transitabilidad y calidad de la carpeta actual. Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos del uso de rutas de tránsito habitual de los usuarios, con vehículos del proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Descripción detallada Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto se realizará un informe con el estado actual de los caminos, rutas y puentes a utilizar, el que servirá de base para determinar si el tránsito de vehículos y maquinarias genera un deterioro vial, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad de la Región de la Araucanía. Durante la etapa de construcción se verificará el estado del camino manteniéndolo en buenas condiciones. Al final de la etapa de construcción, un nuevo informe con el estado de los caminos, rutas y puentes que fueron utilizados por el proyecto, en este informe se determinarán las medidas a adoptar para restituir la calidad vial previa a la etapa de construcción. El titular realizará trabajos de mejoramiento vial necesarios para mantener una óptima calidad de la carpeta durante la etapa de construcción, trabajos que serán informados a la Dirección de Vialidad. Lugar Ruta S-983 Indicador de cumplimiento - Envío de informes previo y posterior a la construcción del proyecto a la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía. - Registro de mantenciones realizadas a puentes y caminos utilizados.

Impacto definido en el PCI Aumento del tránsito vehicular en la ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (MH11) Valoración del impacto Significativo (-) en etapa de construcción y Poco Significativo 8-) en etapa de operación Justificación El aumento del tránsito de vehículos pesados por la Ruta 1 supone un riesgo para los escolares que se dirigen o retiran de la escuela y para los habitantes del sector. La medida minimiza considerablemente este riesgo. Nombre medida Tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00. Tipo Mitigación Objetivo Mejorar las condiciones de seguridad de los escolares que transitan por la Ruta S-983. Descripción detallada - Se privilegiará el tránsito por la ruta CH-199 en los rangos horarios entre 7:30 a 9:30 y 16:00 a 18:00, disminuyendo la frecuencia en una proporción de al menos 50% de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. - Se aumentarán medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), Lugar Ruta S-983 y Ruta CH-199 Indicador de cumplimiento Registro de rutas indicadas a contratistas, a través de uso de GPS en todos los vehículos asociados al proyecto, y el envío de registros mensuales a la SMA como un control de este compromiso.

Impacto Alteración en la homogeneidad del Paisaje (PA1) Valoración del impacto Poco Significativo (-) en etapa de construcción y Medianamente Significativo (-) en la operación Justificación La instalación de la central contempla la corta de especies arbóreas y matorral que harán parcialmente visible la casa de máquinas y la tubería en presión, desde el camino S-983. Nombre medida Instalación de cortina vegetal y mimetización de tubería Tipo Mitigación Objetivo Minimizar los efectos de las obras sobre el paisaje Descripción detallada - La tubería forzada tendrá una longitud de 850 m. Para mimetizarla con el entorno se pintará de un color próximo a las tonalidades naturales del entorno y se implementará una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión utilizando las siguientes especies:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la tubería forzada, considerando un 90% de sobrevivencia al segundo año. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. Se privilegiará la plantación de especies que tengan mejor prendimiento en los sectores con mayor pendiente. - La casa de máquinas tendrá un sistema de insonorización y diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno; irá enterrada en casi su totalidad (8 m de los 12 m), y se implementará una pantalla visual compuesta por individuos de tres especies arbóreas y tres arbustivas:

Nombre común Nombre científico Nombre común Nombre científico Roble Nothofagus obliqua Maqui Aristotelia chilensis Raulí Nothofagus alpina Calafate Berberis trigona Coihue Nothofagus dombeyi Mosqueta Rosa eglanteria

Esta configuración permitirá que la densidad del follaje de los árboles y arbustos se complemente verticalmente, de manera de obstruir las vistas desde diferentes alturas. La plantación de los árboles se realizará en 3 hileras distanciadas en 2,5 metros, alternando las especies caducas (roble y raulí) con las perennes (coihue). La distancia entre hileras será de 2 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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metros y en la parte media (1 metro entre hileras y 1,25 metros entre árboles) se plantarán las especies arbustivas, como se observa en la siguiente figura:

De acuerdo al crecimiento de las especies propuestas, se estima que al año 5 de la plantación, la pantalla visual alcanzará un desarrollo que permita ocultar la casa de máquinas, considerando un mínimo del 90% de sobrevivencia de la plantación de especies nativas para el segundo año de dicha plantación. Este efecto se irá incrementando en la medida que los árboles y arbustos crezcan. - Los paneles acústicos serán pintados de color verde y quedarán parcial o totalmente cubiertos por la vegetación y los árboles del sector. Una vez concluidas las actividades constructivas, se retirarán. Lugar Tubería en presión y casa de máquinas. Indicador de cumplimiento - Registro de plantaciones y seguimiento de sobrevivencia. - Registro visual del desarrollo de las cortinas vegetales, desde la ruta CH 199, S-983 y sitio de Gillatuwe. - Registro fotográfico de pantalla acústica.

7.12. Medida voluntaria por Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui (MH12)

En el sector existe escasez en la disponibilidad de agua para el consumo humano, como ha sido planteado por las comunidades en el proceso de Participación Ciudadana y por la I. Municipalidad de Curarrehue.

Si bien el proyecto no hará uso consuntivo del agua del estero Añihuerraqui y se ha demostrado que no generará afectación significativa en su cantidad no afectando derechos de terceros, el titular atiende esta necesidad básica que existe en las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, adoptando las siguientes medidas voluntarias en el marco del Proceso de Consulta Indígena:

Nombre medida Dotación de agua y abastos de agua a comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto Objetivo Entregar a las comunidades acceso a una fuente de abastecimiento de agua de manera permanente. Descripción detallada Solución a Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, conformados por 21 y 17 socios respectivamente de los cuales el 80% son integrantes de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul:

  • Implementación de abasto de agua utilizando para ello el estanque de 40 m3 y sus obras asociadas quedando de manera permanente para las familias de los Comités y operará como un sistema de abasto de agua para riego. Este sistema estará conectado a la captación de agua existente en el estero Añihuerraqui utilizando sólo los derechos de agua de Don Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán (total 5 l/s).

Solución Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén, se realizará el mejoramiento de cuatro sistemas de agua existentes, a costa del titular, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua y asesoría consisten en:

  • Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y realizará el mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del titular.
  • El titular prestar asesoría y apoyo técnico a la comunidad en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para los sistemas de agua particular.
  • El titular entregará una capacitación en mantención y operación de los sistemas de abastos de agua a los socios de la comunidad.

Solución Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul - Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 10 l/s superficiales de ejercicio permanente y continuo, de acuerdo a lo establecido en la Adenda 4 del proyecto. El titular deberá iniciar los trámites de solicitud de constitución de los derechos de aprovechamiento de aguas superficiales ante la autoridad competente, según lo acordado, en un plazo no superior a tres meses de notificada la presente Resolución. Indicador de cumplimiento - Registro visual de pozo profundo, informe de prueba de bombeo, inscripción de derechos de agua a nombre de las comunidades. - Registro de reparaciones y entrega de los cuatro sistemas mejorados. - Documentos que acrediten entrega de 5 l/s de agua a comunidad indígena Camilo Coñoequir y de 10 l/s a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

Respecto a la comunidad indígena Camilo Coñoequir, si bien la comunidad no se acogió al proceso de Consulta Indígena señalando sus fundamentos mediante Carta de fecha 22 de diciembre de 2014, de igual forma se realizaron reuniones de trabajo entre el SEA, la Comunidad y el titular, en las que se analizaron las medidas establecidas en su Adenda N° 2 relacionado con la Cantidad y Calidad de Agua.

En el contexto anterior, y en virtud de las reuniones realizas y plasmadas en Actas SEA N° 259/2014 de fecha 21 de noviembre de 2014 y N° 309/2014 de fecha 09 de diciembre de 2014, así como en Carta de la comunidad de fecha de fecha 22 de diciembre de 2014, el titular dará cumplimiento a las siguientes medidas voluntarias:

  • Adquisición y trasferencia a la comunidad de derechos de agua por un caudal de 5 l/s de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, cuya ubicación de la fuente de agua será en sector de la casa de máquinas y provendrá de pozo profundo. Los costos de operación del sistema serán por parte del titular. El titular deberá inciar los trámites de solicitud de constitución de los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas ante la autoridad competente, según lo acordado, en un plazo no superior a tres meses de notificada la presente Resolución.
  • El titular contratará asesoría legal para la regularización y saneamiento de dos derechos de agua de la comunidad.

  • Que, en el marco del proceso de evalución ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, y en virtud de lo establecido en el Art. 6, punto 2 del Convenio 169 de la OIT, el titular a suscrito acuerdos notariales focalizados en las comunidades indígenas y grupos funcionales de las mismas ubicadas en el área de influencia del proyecto, según se da cuenta a continuación:

8.1. Antecedentes proceso de evaluación ambiental

Los acuerdos logrados con las comunidades tuvieron como finalidad potenciar el desarrollo cultural y socioeconómico de las mismas, enfocando las medidas a las áreas que son de mayor interés para cada una de ellas, como son la escasez de agua, acceso a fondos para emprendimientos, infraestructura social básica y problemas de financiamiento en educación entre otros.

Para lograr consensuar y formalizar los acuerdos, el expediente de evaluación ambiental da cuenta de que el titular sostuvo múltiples y constantes acercamientos con las directivas y/o miembros o grupos funcionales de las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto. Es así que con las comunidades Camilo Coñoequir y Juanita Curipichun de Carén, se han definido los requerimientos de los miembros de ambas comunidades cuyo resultado quedó materializado en un acuerdo con cada una de ellas, y firmado por ambas partes ante notario, siendo formalmente validadas ante las respectivas asambleas comunitarias.

Por su parte, con la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, el titular establece que realizó significativos esfuerzos para dialogar con su directiva sin poder llegar a establecer un diálogo entre la empresa y la comunidad, lo anterior justificado en que la directiva y parte de los socios de la misma rechazan categóricamente el proyecto; bajo ese contexto, el titular, durante el proceso de evaluación ambiental, desarrolló reuniones abiertas para toda la comunidad a través de agrupaciones funcionales de la misma el Comité de Salud Punowemanke, que se encuentra conformado por 21 socios de los cuales el 80% son integrantes de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, y con el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, se encuentra conformado por 17 socios siendo un 80% integrantes de la misma comunidad. En las mesas de trabajo realizadas con la colaboración de estas dos organizaciones se llegó a establecer conjuntamente una propuesta de medidas para la comunidad y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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un proceso de validación de las mismas directamente con los comuneros interesados, firmado ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, las medidas que han sido acordadas también se traducirán en beneficios para toda la comunidad independiente si fueron o no partícipe de las reuniones.

En lo que respecta a la comunidad indígena Folilco Juan Curipichun, ésta comunidad se constituyó con fecha 10 de julio de 2014, fecha en la cual el proyecto se encontraba en la etapa de desarrollo el Proceso de Consulta Indígena. Considerando que la postura de dicha comunidad es de rechazo del proyecto, no se generaron instancias de dialogo entre las partes.

8.1. Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir

A través del trabajo realizado entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento de Sede (AC1)

La medida consiste en reparaciones interiores y exteriores de su sede que actualmente se encuentra en condiciones precarias así como también la compra del equipamiento interior.

b) Fondo desarrollo Gillatuwe (AC2)

En el levantamiento de línea base, así como el marco de la participación ciudadana, se relevó la importancia del Gillatuwe para parte de la Comunidad, por lo que la empresa se ha comprometido a facilitar el desarrollo de esta ceremonia por medio de un fondo que estará disponible para apoyar la organización. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y el grupo organizador del Gillatuwe.

c) Fondo Desarrollo Comunitario (AC3)

Esta medida consiste en otorgar apoyo directo al desarrollo de algunos proyectos, mediante el cofinanciamiento de los mismos o adicionalmente en la capacitación de los hijos de los comuneros a nivel de becas de estudio. Es importante destacar que la comunidad manifestó en reiteradas ocasiones que dicho fondo sea de asignación flexible entre proyectos de emprendimiento y becas. La administración de este fondo será gestionada por una mesa de trabajo de la empresa con la Directiva de la comunidad.

d) Asesoría Técnica (AC4)

Se entregará asesoría técnica de proyectos de emprendimiento y al soporte administrativo que les permita postular y desarrollar de mejor forma sus iniciativas, de tal forma de entregar un asesoramiento continuo que permita ayudar en la etapa más crítica del desarrollo de proyectos en que el conocimiento de la empresa se será un aporte a la comunidad.

e) Apoyo 3ª edad (AC5)

Una medida para contribuir a los miembros de la tercera edad, y considerando que la comunidad señala que estos comuneros viven actualmente con sus pensiones y con escazas fuentes adicionales de ingresos, se entregará un fondo anual para aportar con medicamentos y exámenes de salud que permitan mejorar sus actuales condiciones. Este fondo será gestionado por una mesa de trabajo entre la empresa y la directiva de la comunidad.

8.2. Acuerdos de medidas comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén

A través de la mesa de trabajo entre la empresa y la comunidad, se lograron consensuar y formalizar los siguientes acuerdos:

a) Mejoramiento sistema de agua existente en la Comunidad (AC6)

La empresa implementará un mecanismo de almacenamiento cerrado con un sistema de limpieza del sistema de suministro de agua que actualmente tiene problemas de presión y suciedad de la comunidad.

Esta medida fue complementada y detallada durante el Proceso de Consulta Indígena descrita en Considerando 7.12. del presente documento.

b) Compra de terreno para sede comunitaria (AC7)

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En las reuniones realizadas con la Comunidad se estableció que existe un potencial de desarrollo para comercializar productos turísticos por su cercanía a la ruta internacional a Argentina CH 199. De esta forma, la empresa recogió la necesidad por parte de sus comuneros y acordó comprar y entregar un terreno a la comunidad que permita albergar una sede que sirva al mismo tiempo de centro de ventas para la comunidad.

c) Construcción de Sede Comunitaria (AC8)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

d) Fondos de Cofinanciamiento (AC9)

El fondo de cofinanciamiento nació como una necesidad puntual de la comunidad para obtener un apoyo para emprender o para el mejoramiento de viviendas en mal estado. Atendiendo a esta necesidad, la empresa propone que previa presentación de un proyecto se pueda dotar a las familias de un capital para desarrollar un proyecto de emprendimiento o arreglar las viviendas en mal estado para las 17 familias miembros de la Comunidad.

e) Becas de Estudio (AC10)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa.

f) Empalmes eléctricos (AC11)

Dentro de las reuniones con la Directiva, se levantó que existen comuneros que no tienen acceso a la energía eléctrica. Atendiendo a dicha necesidad el titular propuso realizar las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para que las familias identificadas que carecen de este servicio básico puedan contar con empalmes eléctricos.

g) Botiquín Veterinario (AC12)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

h) Adquisición de camas (AC13)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 23 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

8.3. Acuerdos de medidas comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

No existe acuerdo con la Directiva y parte de los socios de esta comunidad, sin perjuicio de ello se realizaron reuniones abiertas con sus miembros a través del Comité de Pequeños Agricultores, el Comité de Salud y todos los miembros de la comunidad que quisieran ser parte. Producto de estas reuniones se llegó a una propuesta de medidas cuyos acuerdos logrados son los siguientes:

a) Compra de terreno para Centro social comunitario (AC14)

Uno de los elementos que fue manifestado por los comuneros es la necesidad de contar con un lugar para reunirse, ya que en la actualidad tienen dificultades para congregarse, sobre todo en los meses de invierno. Atendiendo a esta necesidad, se acordó la compra de un terreno al interior de la comunidad para la construcción de un centro social comunitario.

b) Construcción de Centro Social comunitario (AC15)

Una vez adquirida la propiedad establecida en la medida planteada anteriormente, el titular dotará de la infraestructura y equipamiento básico necesario para implementar la sede comunitaria.

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c) Fondos de Emprendimiento (AC16)

Se realizará apoyo directo al desarrollo de proyectos o en el cofinanciamiento de los mismos a los cuales requieran postula o ejecutar la comunidad. Este fondo anual será administrado a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

d) Becas de Estudio (AC17)

La educación se reconoce como la herramienta más eficaz para salir de la pobreza. Como una forma de apoyo a la educación se acordó que se implementará un sistema de becas para los hijos y miembros de la comunidad financiado por la empresa. Esta medida será administrada a través de un plan de trabajo que será administrado por una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

e) Botiquín Veterinario (AC18)

Uno de los elementos que se identificó en la mesa de trabajo con miembros de la comunidad, es la necesidad de contar con un botiquín veterinario en respuesta a que la crianza de animales en esta comunidad es una actividad importante que a veces genera fuertes pérdidas porque no se cuenta con un apoyo adecuado para suministrar medicamentos y vacunas para los animales. Atendiendo a esta necesidad, se acordó que la empresa atenderá adquirirá y entregará un botiquín veterinario para la comunidad, y cuya reposición la realizará el titular una vez al año.

f) Mejoramiento de Viviendas (AC19)

Una de las necesidades identificadas por la comunidad es el precario estado de algunas viviendas y la falta de materiales para repararlas. En conjunto con miembros de la comunidad se realizó un levantamiento de información de las necesidades más significativas de las viviendas más desfavorecidas identificándose 28 que requieren de ayuda, sobre todo para soportar las intensas lluvias y frío imperante en la zona. Esta medida será administrada a través de una mesa de trabajo entre la empresa y la Comunidad.

g) Adquisición de camas (AC20)

Uno de los elementos que la directiva y comunidad manifestaron, fue el requerimiento de contar con camas para algunos niños y jóvenes de la Comunidad. Atendiendo a esta necesidad, se acordó una medida que consiste en la entrega de 36 camas con sus respectivos colchones y ropa de cama.

  1. Que, en el marco del proceso de evalución ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, el titular ha establecido las siguientes medidas voluntarias focalizadas en población protegida (MV):

9.1. Esquema de asociatividad con Comunidades Indígenas (MV1)

Como medida asociativa complementaria, y con el objetivo de establecer una relación permanente con las organizaciones indígenas del área de influencia del proyecto haciéndolas parte del modelo de negocio del proyecto y por ende de los beneficios que reporte la ejecución del mismo, el titular se compromete a aportar a las comunidades indígenas con un 1,5% de las ventas anuales netas que perciba el proyecto, valor que incluirá el costo de las medidas acordadas y cuyo diferencial, será distribuido alaño siguiente a las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto. Para determinar este porcentaje y la suma de los aportes, se usará la información de los Informes Financieros Anuales Auditados de la empresa.

Para el caso de los primeros años de construcción y operación, previo a que el proyecto perciba ingresos suficientes para concretar las medidas puntuales comprometidas, el Titular adelantará parte del esquema de asociatividad descrito anteriormente para concretar las medidas puntuales ya asumidas y establecidas en acuerdos notariales. El costo de este aporte adelantado se considerará en la proyección de los aportes anuales del proyecto.

Este compromiso de asociatividad adicional se asume con las siguientes organizaciones indígenas:

  • Comunidad Indígena Camilo Coñoequir
  • Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén
  • Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul
  • Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun de Carén
  • Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura
  • Comité de Salud Punowemanke Trancura

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Para la ejecución de esta medida voluntaria, y en virtud de lo acordado por la Comisión de Evaluación de la Region de La Araucanía en su Sesión N°5/2015, el Fondo de Asociatividad estará integrado por una Directiva y una Secretaría Técnica como se detalla a continuación:

a) Directiva Fondo de Asociatividad:

La Directiva Fondo de Asociatividad estará integrada por un representante de cada una de las Comunidades Camilo Coñoequir Lloftunekul, Camilo Coñoequir, Juanita Curipuchin y Folilco Juan Curipichun, junto con la presencia de un representante del titular y otro de CONADI.

Esta Directiva deberá constituirse legalmente en un plazo no superior a seis meses a la aprobación ambiental del proyecto, toda vez que esta medida operará durante toda la vida útil del proyecto. Esta Directiva tendrá la responsabilidad de decidir respecto del financiamiento de las propuestas presentadas por los grupos humanos indígenas del área de influencia del proyecto.

La primera función de la Directiva del Fondo de Asociatividad una vez constituida, será elaborar un Manual de Procedimiento o Reglamento del Fondo de Asociatividad para la gestión, transparencia y aprovechamiento de beneficios asociados a la medida MV1.

b) Secretaría Técnica:

Se constituirá una Secretaría Técnica que tendrá las siguientes obligaciones:

  • Determinar si los proyectos corresponden grupos humanos indígenas del área de influencia del proyecto.
  • Calificar a través de una evaluación social, económica los distintos proyectos que se presenten.
  • Informar a la directiva de los proyectos y sus calificaciones.
  • Llevar la administración y gestión del fondo.

Esta Secretaría Técnica estará formada por una Comisión que el Reglamento del Fondo de Asociatividad definirá en número y la forma de constitución de sus representantes.

9.2. Patente municipal (MV2)

El titular se compromete a pagar la patente municipal del proyecto en la Municipalidad de Curarrehue de tal forma de ser un aporte a la comuna compartiendo los beneficios generados, con la finalidad de colaborar en mejorar la calidad de vida de las personas en el corto, mediano y largo plazo, convirtiéndose en una oportunidad de desarrollo conjunto.

9.3. Actividades turísticas (MV3)

Se entregará capacitación en torno al componente turístico para miembros de las comunidades o de los grupos funcionales de las mismas ubicadas en el área de influencia del procyeto, mediante la entrega de habilidades útiles para el desarrollo de sus emprendimientos y de acuerdo a lo requerido por las mismas. Estas capacitaciones se realizarán a siempre y cuando las comunidades o integrantes de ellas lo requieran.

9.4. Mano de obra local (MV4)

El titular se compromete a que la mano de obra para llevar a cabo la etapa de construcción del proyecto, será privilegiando la mano de obra local dando prioridad a los miembros de los socios y miembros comunidades ubicados en el área de influencia del proyecto.

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  1. Que, el Plan de Seguimiento Ambiental determinado según todos los antecedentes considerados durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, se detalla a continuación:

Componente ambiental Impacto Etapa del proyecto Frecuencia de monitoreo Calidad del aire Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión Construcción Monitoreo diario de indicadores de cumplimiento del Plan de Control de Emisiones con frecuencia semanal. Niveles de ruido Alteración en los niveles basales de presión sonora Construcción Medición mensual de ruido en 5 puntos ubicados según la siguiente imagen:

En la etapa de operación, se realizará monitoreo de ruido 2 veces en punto 3. Suelo Generación de procesos erosivos Construcción Operación Monitoreo de erosión en base al método de la estaca permanente durante la construcción y por un período de 5 años desde el término de la fase de construcción. Flora y vegetación terrestre Pérdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto Construcción Operación Monitoreo anual de prendimiento de las especies, altura y estado sanitario durante la construcción y dos años después de finalizada la plantación, hasta cumplir el 90% de prendimiento al quinto año. Introducción de especies invasoras Construcción Registro e inspección de las maquinas al ingreso al área del proyecto y bitácora de capacitaciones a trabajadores. Fauna terrestre Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad Construcción Operación - Implementación de Plan de Manejo de Fauna permanente, supervisado por un especialista en el Área Biológica una vez obtenida la Resolución correspondiente del SAG. - Verificación de marca y recaptura de las especies a relocalizar previo y durante las obras de construcción. - En la etapa de operación, se realizará un seguimiento permanente de las especies relocalizadas. Flora y fauna acuática Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos Construcción - Muestreo limnológico en la etapa de construcción en los puntos de muestreo realizado en la línea de base, con 3 monitoreos al año (estiaje, invierno y deshielo). - Durante la etapa de operación se realizaran 3 monitoreos al año (estiaje, invierno y deshielo), durante los tres primeros años de operación. Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación Operación Muestreo limnológico anual durante la etapa de operación, en punto intermedio del tramo entre la bocatoma y la restitución del caudal (segundo puente) Dimensión antropológica Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central Construcción Operación - Diseño de ingeniería y registro de las obras construidas. - Se realizará seguimiento anual de las especies plantadas en tubería a presión y casa de máquinas hasta ocultar las obras. Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun Construcción Operación Monitoreo de paralización de obras constructivas y monitoreo de medidores de caudal 3 días antes y el día de la ceremonia en la etapa de operación. Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central Construcción Operación Monitoreo de paralización de obras constructivas y monitoreo de medidores de caudal 3 días antes y el día de la ceremonia en la etapa de operación. Posible afectación de sitio de significación cultural Eltuwe Construcción Monitoreo permanente durante la etapa de construcción de la línea de transmisión realizado por un arqueólogo. Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas Construcción Operación Registro de acceso al predio por parte de las comunidades. Dimensión Alteración de la calidad del Construcción - Monitoreo de cloro libre residual diario a aguas de estanque REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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bienestar social básico agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui provisorio de 40 m3. - Supervisión permanente de la instalación de estanque de 40 m3 y resolución sanitaria. - Muestreo en 5 puntos antes de bocatoma hasta después de restitución, de parámetros fisicoquímicos según NCh 1.333/Of.78. Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. Operación - Medición permanente in situ del caudal ambiental comprometido por el titular y registro de paralizaciones de la central cuando no exista caudal disponible en el estero Añihuerraqui. - Registro de medidas implementadas a las comunidades y grupos humanos indígenas consultadas. Interrupción en el acceso a captación de agua Construcción Operación Registro de acceso al predio por parte de las comunidades Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 Construcción - Registro GPS de rutas y velocidades. - Informe de instalación de señalética aprobada por la Dirección Regional de Vialidad. Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto Construcción - Informe de calidad vial previa y posterior a la etapa de construcción. - Registro de mantenciones de la Ruta S-983. Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de entrada y salida de escolares Construcción Registro de rutas utilizadas través de uso de GPS. Paisaje Alteración en la homogeneidad del paisaje Operación Seguimiento anual de las especies plantadas en tubería a presión y casa de máquinas hasta ocultar las obras.

Durante la etapa de construcción, se realizará un Informe Ambiental mensual que dé cuenta del cumplimiento de las medidas establecidas durante la evaluación ambiental del proyecto, y un Informe Ambiental semestral en la etapa de operación del proyecto. Ambos informes serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente y, en virtud del Proceso de Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación ambiental del proyecto, se entregará a la vez, una copia a las comunidades y grupos humanos indígenas consultadas en un lenguaje comprensible y acorde con su cultura.

Sin perjuicio de lo anterior, los informes o registros específicos de monitoreo de cada componente, estarán a disposición de la autoridad pertinente y comunidades, cuando éstas lo requieran.

Asi mismo, se complementa con tabla síntesis de componetes ambientales involucrados, principales impactos detectados durante la evaluación ambiental y medidas vinculadas a los Art. 58, 59, 60 y 61 del D.S. N° 95/01, Art. 6 punto 2) y en alusión al Art. 15 punto 2), ambos del Convenio OIT 169.

Medio Componente ambiental Impacto Etapa de construcción Etapa de operación Principales medidas Capitulo VII-VIII-IX del ICE Físico Calidad del aire Alteración temporal en la calidad del aire por emisiones de gases, material particulado y polvo en resuspensión Significativo(-) Poco significativo (-) A1 - MH9 - MH10 - MH11 Niveles de ruido Alteración de los niveles basales de presión sonora Medianamente Significativo(-) Poco significativo (-) R1 – MH2 – MH11 Campos electromagnéticos Generación de campo eléctrico y magnético No se genera No se genera NO APLICA Hidrología Disminución de caudal entre bocatoma y restitución No se genera Poco significativo(-) FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 Calidad del agua Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos Poco significativo(-) No se genera FA2 – FA3- MH3 – MH7 – MH8 – MH12 – AC6 Suelo Pérdida del suelo para instalación de faenas y obras permanentes Poco significativo(-) No se genera S1-FL1 Generación de procesos erosivos Medianamente significativo(-) Medianamente significativo(-) S1-FL1

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Biótico Flora y vegetación terrestre Perdida de cobertura de vegetación nativa en la zona del proyecto Significativo(-) No se genera S1-FL1-MH5-MH6 Introducción de especies invasoras Medianamente significativo(-) Poco significativo (-) FL2 Fauna terrestre Alteración de hábitat de individuos de especies de baja movilidad Significativo(-) No se genera FL1-FL2-FA1-FA2 Alteración de hábitat especies de alta movilidad Poco significativo(-) Poco significativo(-) FL1-FL2-FA1-FA2 Flora y fauna acuática Afectación de la flora - fauna acuática por aumento de sedimentos Medianamente significativo(-) No se genera FA2-FA3-MH7 Afectación de la flora y fauna acuática por disminución de caudal del estero No se genera Poco significativo(+) FA2-FA3-MH7 Pérdida de especies de fauna acuática por ingreso al sistema de captación No se genera Medianamente significativo(-) FA3 Medio Humano Dimensión geográfica Cambio en el uso del territorio No se genera No se genera NO APLICA Dimensión demográfica Alteraciones sobre la estructura demográfica No se genera No se genera NO APLICA Dimensión antropológica Afectación de sitio de significación cultural cerros Punowemanke (Txen Txen) y Peñewe (Kai Kai) por instalación de la central Altamente Significativo(-) Altamente Significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1 Molestia producto de la ejecución del proyecto durante la celebración del Gillatun Significativo(-) Significativo(-) MH2-MH3-MH7- MH8-MH9-MH10- AC2 Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatun producto de la ejecución de la central Significativo(-) Significativo(-) MH8-MH12-AC2 Posible afectación de sitio de significación cultural Eltun Medianamente significativo(-) No se genera MH4-R1 Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas Significativo(-) Poco significativo(-) MH5-MH6 Dimensión socioeconómica Generación de nuevas ofertas de trabajos Medianamente Significativo(+) Poco significativo(+) MV4 Alteración del uso turístico y recreativo de la zona por ejecución del proyecto No se genera No se genera MV3 Dimensión bienestar social básico Aumento en la demanda de servicios Poco significativo(+) No se genera NO APLICA Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos durante la construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui Significativo(-) No se genera MH7-MH12-MH3- AC6 Disminución en la cantidad de agua del estero Añihuerraqui por la operación del proyecto, lo que podría afectar los usos formales e informales asociados al mismo ubicados en el tramo entre captación y restitución. No se genera Poco Significativo (-) MH7-MH12-MH3- MH8-AC6 Interrupción en el acceso a captación de agua Medianamente Significativo (-) Medianamente Significativo (-) MH8 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 Significativo(-) Poco significativo A1-R1-MH2-MH9- MH10-MH11 Deterioro de los caminos utilizados por las comunidades por aumento en el tránsito de vehículos asociado a las obras de construcción del proyecto Medianamente Significativo (-) Poco significativo MH9-MH10 Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de mayor transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas) Significativo(-) Poco significativo MH9-MH10-MH11- A1-R1 Patrimonio Arqueología Alteración de sitios con valor arqueológico Poco significativo (-) Poco significativo (-) MH4 Perceptual Paisaje Alteración en la homogeneidad del paisaje Poco significativo(-) Medianamente significativo(-) PA1-FL1-S1-MH1 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  1. Que, en el marco de la evaluación ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, se ha desarrollado un Proceso de Consulta Indígena en virtud de lo establecido en el artículo 6 N° 1 letra a) y N° 2 del Convenio N° 169 de la OIT, según se detalla a continuación:

11.1. Antecedentes generales

A través de la Resolución N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental ordenó realizar un Proceso de Consulta Indígena (PCI) con los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI) presentes en el área de influencia del proyecto, en razón de los impactos significativos que se generarán sobre éstos:

Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltwe, un Nguillatuwe, los cerros Penewue y Punuemanque y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñuequir Lloftunekul, como por la Comunidad Camilo Coñoequir.

Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Nguillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

El PCI se enmarcó en el deber que asiste al Estado de Chile de realizar un PCI cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar directamente a grupos humanos indígenas, el que se realizó de buena fe, mediante procedimientos apropiados y, en particular, a través de las instituciones representativas de los GHPPI que fueron consultados; lo que significó desarrollar un proceso de diálogo intercultural que consideró los protocolos del uso y la costumbre tradicional, en términos relevantes para los habitantes del territorio y priorizando en la ejecución del proceso, la pertinencia de sujeto y de contexto, de modo que pudieran participar de manera informada y tuvieran la posibilidad de influir durante el proceso de evaluación de impacto ambiental.

11.2. Proceso de Consulta Indígena con el Comité de Salud Punowemanke Trancura y Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura

  • Reuniones preliminares: Actividad que se realizó con la finalidad de entregar y analizar los antecedentes que generaron la realización del proceso de consulta indígena asociada al EIA Central Hidroeléctrica Añihuerraqui que se encontraba en evaluación de impacto ambiental. Esta actividad se realizó a través de dos reuniones en las que participaron los representantes de los Comités, el SEA y CONADI. Estos antecedentes constan en Actas de Visita N°027 del 13 de noviembre de 2013 y N°030 del 28 de noviembre de 2013.

  • Resolución Inicio de Consulta: Con fecha 29 de Noviembre de 2013 el SEA emite Resolución Exenta N°262/2013 que da inicio al proceso de Consulta Indígena asociada al EIA Central Hidroeléctrica Añihuerraqui que se encontraba en evaluación de impacto ambiental.

  • Notificación de la Resolución Exenta N°262/2013: Con fecha 05 de diciembre de 2013 el SEA notificó a los representantes de los Comités de Salud Punowemanke y de Pequeños Agricultores Pichitrancura del inicio del proceso de Consulta Indígena asociada al EIA Central Hidroeléctrica Añihuerraqui que se encontraba en evaluación de impacto ambiental. Consta en actas de notificación de fecha 05 de diciembre de 2013.

  • Difusión proceso Consulta Indígena: Se realizó difusión del proceso de Consulta Indígena, a través de medios de comunicación social escrita y radial. A saber: Diario Oficial, Diario Austral de Temuco y las emisoras locales Radio Ñgen de Curarrehue y Radio Picarona de Villarrica con cobertura en la comuna de Curarrehue.

  • Reuniones elaboración marco metodológico consulta indígena: Este proceso se realizó desde el mes de Enero a junio de 2014. En este acuerdo se determinó la forma en cómo se desarrolló el proceso tales como plazos, actividades, análisis de impactos y medidas a consultar, principalmente. Consta en Acta de Visita N°031 del 07 de febrero de 2014; N°036 del 14 de febrero de 2014; N°0184 del 28 de febrero de 2014; correo electrónico de fecha 26 de marzo de 2014.

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  • Resolución N°65/2014: Con fecha 21 de febrero de 2014, el SEA resuelve la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena cuente con tiempo para el desarrollo de todas las epatas que implica.

  • Notificación Resolución N°65/2014: Se notificó a los Comités de Salud Punowemanke y de Pequeños Agricultores Pichitrancura respecto de Resolución N°65/2014 en la que el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las epatas que implica. Consta en Acta de Notificación de fecha 03 de marzo de 2014.

  • Firma Acuerdo Metodológico: Con fecha 11 de junio de 2014 se firma Acuerdo Metodológico entre el Comité de Salud Punowemanke, el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura y el SEA. En este documento se acuerdan los procedimientos, plazos y actividades a desarrollar en la Consulta Indígena.

  • Reunión revisión proyecto, impactos y medidas de mitigación, compensación y/o reparación: En el marco de la consulta indígena se realizó reunión entre los Comités, el SEA y CONADI con la finalidad de revisar y analizar el proyecto, sus impactos y las medidas de mitigación, compensación y/o reparación. Consta en Acta N°159 del 02 de julio de 2014.

  • Taller de capacitación técnica: Se realizó taller de capacitación técnica entre los Comités de Salud Punowemanke, de Pequeños Agricultores Pichitrancura, el SEA, CONADI, SEREMI de Medio Ambiente, CONAF, DGA, SAG, y SEREMI de Salud con la finalidad de aclarar preocupaciones y dudas en materia de la evaluación ambiental del proyecto en función de los pronunciamientos que los servicios con competencia ambiental habían realizado en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto. Consta en Acta N°0161 del 11 de julio de 2014.

  • Reunión N°1 con presencia del Titular: Se realizó reunión entre los representantes de los Comités de Salud Punowemanke, de Pequeños Agricultores Pichitrancura, SEA, CONADI y el representante Legal del EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui con la finalidad de revisar y analizar en forma conjunta los impactos ambientales y las medidas de mitigación, compensación y/o reparación. En la ocasión se establecieron acuerdos que tuvieron por objetivo mejorar las medidas ambientales, esto se concretó a través de una propuesta que el Titular comprometió entregar a los Comités el día 05 de agosto de 2014 en una nueva reunión de trabajo. Antecedentes constan en Acta de Visita N°0127 de fecha 17 de julio de 2014.

  • Reunión N°2 con presencia del Titular: En la oportunidad en forma conjunta entre los Comités de Salud Punowemanke, de Pequeños Agricultores Pichitrancura, SEA, CONADI y con la presencia del Representante Legal del Titular se analizaron las medidas ambientales con la propuesta de mejora de parte del Titular del proyecto. Se convino que los acuerdos respecto de las modificaciones discutidas quedarían incorporadas en el Acuerdo Final de la Consulta Indígena, sin perjuicio que el Titular debería ratificar éstas en la ADENDA correspondiente. Los antecedentes de esta reunión constan en Acta de Visita N°0191 del 05 de agosto de 2014.

  • Resolución N°247/2014: Con fecha 22 de agosto de 2014, el SEA resuelve la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las epatas que implica.

  • Visita a central hidroeléctrica: En el marco del proceso de consulta indígena se acuerdo realizar visita a una central hidroeléctrica de similares características con la finalidad de conocer un proyecto en funcionamiento, se visitaron obras como casa de máquina, bocatoma y trazado de acueducto. Los antecedentes de esta actividad se encuentran en Acta de Visita N° 0137 del 23 de agosto de 2014.

  • Notificación Resolución N°247/2014: Se notifica a los Comités de Salud Punowemanke y de Pequeños Agricultores Pichitrancura respecto de Resolución N° 247/2014 en la que el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implica. Consta en Acta de Notificación de fecha 26 de agosto de 2014.

  • Asamblea: Se realizó asamblea entre los Comités de Salud Punowemanke, de Pequeños Agricultores Pichitrancura, SEA, CONADI y con la presencia del Representante Legal del Titular con la finalidad de informar sobre los avances en el proceso de análisis y discusión de los impactos y sus correspondientes medidas de mitigación, compensación y/o reparación. En particular los integrantes de los comités consultaron sobre las medidas de abastecimiento de agua, caudal ecológico, ruido asociado a casa de máquinas en términos de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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establecer en los acuerdos finales que el Titular de cumplimiento a los acuerdos establecidos. Antecedentes constan en Acta de Visita N° 0138 del 12 de septiembre de 2014.

  • Reunión redacción de acuerdo final: Se realizó reunión entre los representantes de los Comités de Salud Punowemanke, de Pequeños Agricultores Pichitrancura y SEA con la finalidad de redactar Acuerdo Final de la Consulta Indígena. Se revisaron los acuerdos sistematizados y se analizaron e incorporaron al documento final. Se acuerda que éste será concluido en su sistematización por el SEA y que posteriormente se enviará a los Comités para revisión y observaciones finales. Consta en Acta de Visita N°0196 del 29 de septiembre de 2014.

Acuerdos Alcanzados

a. Las partes convinieron que el Proceso de Consulta Indígena se desarrolló con pleno cumplimiento de las exigencias y principios establecidos por el Convenio 169 de la OIT y la normativa vigente.

b. Las partes estuvieron de acuerdo en que el Proceso de Consulta Indígena realizado con el Comité de Salud Punowemanke Trancura, el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura y el SEA Región de La Araucanía se realizó de buena fe, en forma transparente, de manera adecuada y con pertinencia cultural, y con la finalidad de lograr consensos que fueron reflejados en el Protocolo de acuerdo, reconociéndose recíprocamente los mutuos esfuerzos desplegados para tal propósito.

c. En la reuniones sostenidas en la formulación del Protocolo de Acuerdo para el Desarrollo de la Consulta Indígena, se acuerdó que el PCI llevado a cabo tendría carácter reservado, publicándose los documentos, medios de verificación y cualquier información obtenida a partir del Proceso sólo una vez firmado el Protocolo de Acuerdo Final por las partes involucradas.

d. Las partes declararon que en el alcance del presente Proceso de Consulta Indígena, se incluyeron las medidas de mitigación y compensación presentadas por el Titular para hacerse cargo de los efectos del artículo 11 de la ley Nº 19.300, concretamente en este caso, de los previstos en sus literales c) y d).

e. Las partes lograron el acuerdo que se consigna en el Protocolo de Acuerdo Final, y en su virtud, el Comité de Salud Punowemanke Trancura y el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura manifestaron su acuerdo libre e informado respecto de las medidas consultadas, definidas en el Acta de Acuerdo Metodológico.

f. En mérito de los acuerdos obtenidos, las partes convinieron que el Proceso de Consulta Indígena realizado, comprendió tanto las medidas consultadas, como los permisos ambientales sectoriales que serían necesarios para su construcción y operación. Del mismo modo, declararon que el PCI y los acuerdos obtenidos también comprendieron las modificaciones que el proyecto pudiera requerir, en la medida que no implicaran alteración de los impactos evaluados por los mismos.

g. Las partes convinieron un conjunto de medidas y acciones en beneficio del Comité de Salud Punowemanke Trancura y del Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, las que se enfocaron en la mitigación y compensación del impacto significativo que el proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” pudiera causar a dichos Comités, así como en su calidad de vida y desarrollo social. Las medidas acordadas son incorporadas en el Considerando 7. del presente acto.

El Titular del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” fue partícipe de reuniones en las cuales se analizaron y definieron las medidas, aceptando expresamente cada una de las medidas acordadas y su inclusión en el presente acto administrativo.

h. El detalle de los Acuerdos sobre Medidas de Mitigación, Compensación, Seguimiento Ambiental y Compromisos propuestos por el Comité de Salud Punowemanke Trancura y el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura, al proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” son los siguientes:

Componente Calidad de Agua

En cuanto al componente ambiental Calidad de Agua, el Titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas en detalle y complementadas por los Comités considerando que aguas arriba de la restitución del proyecto existen derechos de agua por 15 l/s a nombre de 6 comuneros, de los cuales 2 son integrantes de los Comités, esto es Don Luis Alfredo Calfumán Coñoequir y Doña Edith Lavín Vda. de Gervasio Calfumán Curilaf, y es utilizado por 12 familias para consumo humano, bebida animal y riego.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de los Comités se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 12 de septiembre de 2014, en la cual se analizó el componente Calidad de Agua, alcanzando los siguientes acuerdos: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Calidad de Agua

Alteración de la calidad del agua producto del aumento de sedimentos.

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui.

Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N° 735/68 del MINSAL y la NCh 409.

-Implementación de estanque de almacenamiento de agua de 40 m3 previo al inicio de la intervención del estero. -Previo a la operación del estanque, se mejorará y complementará el sistema de distribución de agua hacia las viviendas. -Se mantendrá un control diario de cloro libre residual en la etapa de construcción. - Se autorizará el sistema ante la SEREMI de Salud. - El estanque de 40 m³ y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación existente en el estero Añihuerraqui. - El estanque de almacenamiento de agua de 40 m3 estará operativo previo al inicio de la intervención del estero. - Previo a la operación del estanque, se mejorará y complementará el sistema de distribución de agua existente de las 12 familias. - El titular mantendrá un control diario de cloro libre residual en la etapa de construcción, cuyos registros se mantendrán a disposición de los integrantes de los Comités. - El titular autorizará el sistema ante la SEREMI de Salud. - El estanque de 40 m3 y sus obras asociadas, quedará para las familias de los Comités una vez terminada la etapa de construcción y conectada a la captación existente en el estero Añihuerraqui. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 900

Componente Cantidad de Agua

En cuanto al componente ambiental Cantidad de Agua, el Titular presentó medidas de compensación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de los Comités en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de los Comités se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 12 de septiembre de 2014, en la cual se analizó el componente Cantidad de Agua, alcanzando los siguientes acuerdos:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Cantidad de agua

Intervención en parte del estero Añihuerraqui donde existen puntos de captación y usos informales del agua por las comunidades

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Utilización de agua del estero Añihuerraqui en una cantidad máxima de 2,5 m3/s para la operación del proyecto

  • Ingeniería Agua Potable Rural (APR): Se considera aportar con la ingeniería necesaria para el diseño de un proyecto de agua potable rural dirigido para el consumo de las familias de las comunidades.
  • Adquisición derechos de aguas consuntivas para las comunidades: Entregar a las comunidades los derechos de uso consuntivo de agua para el suministro de la fuente de agua que garantice la disponibilidad del recurso en forma permanente.
  • Implementación de abasto de agua utilizando los derechos de agua de las familias D. Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s) para 12 familias que forman parte de los comités.

  • El titular Implementará un sistema de abasto de agua utilizando los derechos de agua de las familias D. Luis Alfredo Calfumán y Doña Edith Lavín Vda. Gervasio Calfumán Curilaf (total 5 l/s) para 12 familias que forman parte de los comités.

  • Considerando que existen dos socios de los Comités cuya fuente de agua no es constante, el Titular entregará una propuesta para atender el abastecimiento de agua para don Germán Pezo Norambuena y don Luis Alberto Calfumán Coñoequir.

Componente Calidad del Aire

En cuanto al componente ambiental Calidad del Aire, el Titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de los Comités en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de los Comités se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 12 de septiembre de 2014, en la cual se analizó el componente Calidad del Aire, alcanzando los siguientes acuerdos:

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Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Calidad del aire

Alteración en la calidad del aire

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Tránsito vehicular para la ejecución del proyecto en su etapa de construcción

  • Implementar Plan de Control de Emisiones Atmosféricas:
  • Riego periódico de superficies transitables, caminos y de zonas de remoción de tierra. − Control de las velocidades de circulación al interior de las faenas, que no debe superar los 30 km/h.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos. − Exigencia a los contratistas de realizar inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día. − Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire.
  • La velocidad de los vehículos por caminos exteriores no debe exceder los 40 km/h.
  • Se deberá realizar riego periódico de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto en una frecuencia tal que se minimice la emisión de material particulado hacia el entorno.

  • Las áreas de acumulación y remoción de material deberán ser cubiertas con una malla raschel de 80% o con un mecanismo alternativo similar, para evitar dispersión de material particulado hacia el ambiente.

  • La velocidad de los vehículos por caminos exteriores no excederá los 40 km/hr.
  • Se realizará riego periódico de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto en una frecuencia tal que se minimizará la emisión de material particulado hacia el entorno.

  • Las áreas de acumulación y remoción de material se mantendrán con un sistema tal, que evite la dispersión de material particulado hacia el ambiente.

Componente Ruido

En cuanto al componente ambiental Ruido, el Titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por los Comités en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de los Comités se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 12 de septiembre de 2014, en la cual se analizó el componente ruido, alcanzando los siguientes acuerdos:

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Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Ruido

Aumento en los niveles de Ruido en la etapa de construcción del proyecto

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Construcción de la casa de máquinas

  • Instalación de barrera acústica modular mediante paneles acústicos de OSB en el frente de trabajo donde se ubicará la casa de máquinas. Estos paneles amortiguarán los niveles de presión sonora que se percibirán producto de las actividades de construcción, hasta niveles por debajo de los niveles normados.
  • Monitoreo de ruido durante la construcción de la casa de máquinas.
  • Realizar monitoreo de ruido mensual durante la construcción de la casa de máquinas. Los resultados deben ser entregados a los Comités.
  • Protocolo de comunicación entre comunidad y titular con la finalidad de evitar ruidos molestos que impidan el normal desarrollo de las actividades de los Comités (reuniones, talleres, entre otros).
  • Evitar el uso de bocina.
  • Se realizará monitoreo de ruido mensual durante la construcción de la casa de máquinas. Los resultados serán entregados a los Comités en un lenguaje comprensible y acorde a su cultura.
  • El titular elaborará un Protocolo de Comunicación con los Comités con la finalidad de evitar que la generación de ruidos molestos impidan el normal desarrollo de sus actividades (reuniones, talleres, entre otros).
  • Se evitará el uso de bocina.

Componente Limnología – Fauna Íctica

En cuanto al componente ambiental Limnología, específicamente Fauna Íctica, el Titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de los Comités en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de los Comités se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 12 de septiembre de 2014, en la cual se analizó el componente Limnología, específicamente Fauna Íctica, alcanzando los siguientes acuerdos:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Limnología – fauna íctica

Afectación de la flora y fauna acuática por aumento de sedimentos

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui.

  • Se colocarán defensas ribereñas que permitan estabilizar las obras en las zonas donde se realicen actividades constructivas en el lecho del río.
  • Se priorizará la construcción de obras durante el período de estiaje.
  • Se delimitará las áreas de trabajo, para minimizar la intervención en los sectores aledaños a la instalación de ataguías y tablestacados.
  • Evitar la construcción en el cauce en época de desove (abril a noviembre). En caso de realizarla en algún mes de dicho período, se deberán implementar las medidas de mitigación que correspondan.

  • La construcción se realizará preferentemente entre diciembre y marzo.

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  • Se realizará el corte y excavaciones sin derrame de materiales; todo el material será transportado a sitios de acopio temporal de material de excavación, y reutilizado posteriormente. − No se lavarán los vehículos en los lechos del río, esta actividad se realizará exclusivamente en talleres autorizados fuera del área del proyecto.
  • El material removido excedente deberá ser cubierto con lonas o plásticos para evitar el arrastre de sedimentos al estero y evitar la dispersión por la acción del viento, antes de ser reutilizados en rellenos.

Componente Flora Terrestre

En cuanto al componente ambiental Flora Terrestre, el Titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de los Comités en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de los Comités se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 12 de septiembre de 2014, en la cual se analizó el componente Flora Terrestre, alcanzando los siguientes acuerdos:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Flora Terrestre

Introducción de especies de flora invasoras

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Tránsito de vehículos dentro y fuera de las obras de construcción del proyecto

Este impacto no se encuentra definido por el Titular.

  • Las maquinarias que sean utilizadas en las obras deberán ser limpiadas previo al ingreso a la faena para evitar el transporte de especies exóticas invasoras.
  • Establecer medidas de control en los trabajadores para evitar la introducción de didymo, capacitándolos en la temática.
  • Las maquinarias que sean utilizadas en las obras serán limpiadas previo a su ingreso a la faena para evitar el ingreso de especies exóticas invasoras.
  • Se establecerán medidas de control en los trabajadores para evitar la introducción de didymo mediante su capacitación en la temática.

Componente Medio Humano

En cuanto al componente ambiental Medio Humano, el Titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de los Comités en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

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A su vez, las medidas planteadas por los representantes de los Comités se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 12 de septiembre de 2014, en la cual se analizó el componente Medio Humano, alcanzando los siguientes acuerdos:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Medio Humano Interrupción en el acceso a la captación de agua Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de la casa de máquinas y tubería forzada. - Operación de la casa de máquinas. Este impacto no se encuentra definido por el Titular. - En la etapa de construcción, se debe mantener un acceso expedito a la captación de agua administrada por los Comités. - En la etapa de operación, se debe mantener el acceso expedito hacia el punto de captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de los Comités. - En la etapa de construcción, se mantendrá un acceso expedito a la captación de agua. - En la etapa de operación, se mantendrá el acceso expedito hacia el punto de captación de agua y estanque para realizar trabajos de mantención y limpieza de equipos por parte de los Comités. - Las personas que accedan a ésta, utilizarán los equipos de seguridad que corresponda proporcionados por la empresa

Afectación sistemas de distribución de agua Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito de camiones y movimiento de tierra. Este impacto no se encuentra definido por el Titular. - Rotura, fisuras, u otro de cualquier parte del sistema de distribución de agua potable y riego de los Comités. - El titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema dañado vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello. - Mientras se repara y deja operativa el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de entrada y salida de escolares Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito vehicular - Se restringirá el tránsito de vehículos pesados del proyecto por la Ruta 1 en horario de entrada y salida de alumnos a colegio del sector por la mañana (8:30 - 9:30), y por la tarde (16:30 - 17:30) durante el período de clases. En su defecto se ocupará la Ruta 2 (Ruta CH 199 y Ruta S-983) para acceder al proyecto. - Se disminuirá la velocidad máxima de circulación de la Ruta S-983 entre el Puente Añihuerraqui y el área del proyecto, a 30 km/h. - Aumentar medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas).

  • El titular aumentará las medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar, entre 7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas.

El Sr. Héctor Lagunas Méndez, representante legal del titular del proyecto GTD Negocios S.A., en reunión con la Asamblea, accedió a implementar cada una de las medidas señaladas por los Comités respecto a los componentes mencionados, lo que queda explícito en el presente acto administrativo para su cumplimiento y fiscalización.

Compromisos Voluntarios Adquiridos en el PCI

En el Proceso de Consulta Indígena, los Comités plantearon compromisos voluntarios que solicitaron fueran considerados por el Titular dentro de dicho proceso. Éstos se analizaron en la Asamblea Ampliada efectuada el día 12 de septiembre de 2014, en la que el Sr. Héctor Lagunas Méndez, representante legal del titular GTD Negocios S.A., accedió a cumplir con los compromisos señalados por los Comités, lo que queda explícito en el presente acto administrativo para su cumplimiento y fiscalización.

Ítem Compromisos planteados por la comunidad Compromisos logrados a través del PCI Movimiento de tierra en la etapa de construcción Dar preferencia a las familias de los Comités para disponer los excedentes de movimientos de tierra. El titular acoge solicitud, por lo que se entregará el material privilegiando a los integrantes de los Comités. A su vez, los representantes de los Comités, en su oportunidad, entregarán al Titular un listado de las personas que serían beneficiadas con esta medida. Traslado expedito dentro de la propiedad (construcción) No generar obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias. No se generarán obstáculos que impidan el desarrollo de las actividades habituales realizadas por las familias, manteniendo una franja para dicho fin. Sin perjuicio de lo anterior, deberán cumplir con las medidas de seguridad que establezca el titular. Intervención de vegetación La vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los comités y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. El Titular se compromete a que la vegetación que se corte en terrenos pertenecientes a integrantes de los comités y que sea utilizable, serán entregados, de forma ordenada, a los propietarios de los terrenos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Firma Protocolo de Acuerdo Final de Consulta Indígena: Con fecha 06 de octubre de 2014 se firma el Protocolo de Acuerdo Final del Proceso de Consulta Indígena entre el Comité de Salud Punowemanke Trancura, el Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura y el Servicio de Evaluacion Ambiental Región de La Araucanía.

11.3. Proceso de Consulta Indígena Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén

  • Reuniones preliminares: Actividad que se realizó con la finalidad de entregar y analizar los antecedentes que generaron la realización del Proceso de Consulta Indígena asociado al EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en evaluación de impacto ambiental. Esta actividad se realizó a través de dos reuniones en las que participaron la Directiva de la Comunidad y el SEA. Estos antecedentes constan en Actas de Visita N°028 del 13 de noviembre de 2013 y N°011 del 18 de enero de 2014 del Servicio.

  • Resolución Inicio de Consulta: Con fecha 29 de Noviembre de 2013 el SEA emite Resolución Exenta N°262/2013 que da inicio al proceso de Consulta Indígena asociada al EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en evaluación de impacto ambiental.

  • Notificación de la Resolución Exenta N°262/2013: Con fecha 05 de diciembre de 2013 el SEA notificó a la presidenta de la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén del inicio del proceso de Consulta Indígena asociada al EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en evaluación de impacto ambiental. Consta en actas de notificación de fecha 05 de diciembre de 2013.

  • Difusión proceso Consulta Indígena: Se realizó difusión del Proceso de Consulta Indígena, a través de medios de comunicación social escrita y radial. A saber: Diario Oficial, Diario Austral de Temuco y las emisoras locales Radio Ñgen de Curarrehue y Radio Picarona de Villarrica con cobertura en la comuna de Curarrehue.

  • Reuniones elaboración marco metodológico Consulta Indígena: Este proceso se realizó desde el mes de enero a junio de

  • En este período se determinó, en conjunto con los representantes de la comunidad ante la Consulta, el procedimiento para el desarrollo de la Consulta Indígena estableciendo principalmente los plazos, actividades, análisis de impactos y medidas a consultar. Consta en Acta de Visita N°028 del 07 de febrero de 2014; correo electrónico de fecha 27 de marzo de 2014; Acta de Visita N°0154 del 31 de mayo de 2014.

  • Resolución N°65/2014: Con fecha 21 de febrero de 2014, el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el Proceso de Consulta Indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba.

  • Notificación Resolución N°65/2014: Se notificó a la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén la Resolución N°65/2014 en la que el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba. Consta en Acta de Notificación de fecha 05 de marzo de 2014.

  • Firma Acuerdo Metodológico: Con fecha 13 de junio de 2014 se firmó Acuerdo Metodológico entre la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y el SEA. En este documento se acordaron los procedimientos, plazos y actividades a desarrollar en la Consulta Indígena.

  • Reunión revisión proyecto, impactos y medidas de mitigación, compensación y/o reparación: En el marco de la Consulta Indígena se realizó reunión con la directiva de la Comunidad y el SEA con la finalidad de revisar y analizar el proyecto, sus impactos y las medidas de mitigación, compensación y/o reparación del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en proceso de evaluación ambiental. Consta en Acta de Visita N°179 del 04 de julio de 2014.

  • Reunión con presencia del Titular: Se realizó reunión entre la Directiva de la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén, SEA, CONADI y el Representante Legal del EIA del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” con la finalidad de revisar y analizar en forma conjunta los impactos ambientales y las medidas de mitigación, compensación y/o reparación. En la ocasión se establecieron acuerdos que tuvieron por objetivo mejorar las medidas ambientales, lo cual se refleja en acta de reunión y en forma explícita en el Acuerdo Final de la Consulta Indígena. Antecedentes constan en Acta de Visita N°0181 de fecha 05 de agosto de 2014.

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  • Reunión redacción de acuerdo final: Se realizó reunión entre la Directiva de la comunidad y el SEA con la finalidad de comenzar redacción del Acuerdo Final de la Consulta Indígena. Se revisaron los acuerdos sistematizados y se analizaron de tal forma de incorporarlos al documento final. Se acordó que éste sería concluido entre las partes una vez realizada la Asamblea con la comunidad de modo de incorporar los antecedentes que se obtengan en ésta; posterior a ello se sistematizaría y el SEA enviaría a la comunidad el borrador para revisión y observaciones finales. Consta en Acta de Visita N°0184 del 13 de agosto de 2014.

  • Asamblea: Se realizo asamblea entre la Comunidad, el SEA, CONADI y representantes del Titular con la finalidad de informar sobre los avances en el proceso de análisis y discusión de los impactos y sus correspondientes medidas de mitigación, compensación y/o reparación. Antecedentes constan en Acta de Visita N° 0139 del 19 de agosto de 2014.

  • Resolución N°247/2014: Con fecha 22 de agosto de 2014, el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba.

  • Notificación Resolución N°247/2014: Se notificó a la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén respecto de Resolución N° 247/2014 en la que el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba. Consta en Carta SEIA N°99/2014 de fecha 11 de septiembre de 2014.

  • Reunión redacción de acuerdo final: Se realizó reunión entre la Directiva de la Comunidad y el SEA con la finalidad de redactar Acuerdo Final de la Consulta Indígena. Se revisaron los acuerdos sistematizados y se analizaron e incorporaron al documento final. Consta en correo electrónico de fecha 10 de octubre de 2014.

Acuerdos Alcanzados

a. Las partes convienen que el Proceso de Consulta Indígena se desarrolló con pleno cumplimiento de las exigencias y principios establecidos por el Convenio N°169 de la OIT y la normativa vigente.

b. Las partes estuvieron de acuerdo en que el Proceso de Consulta Indígena realizado con la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y el SEA Región de La Araucanía, en relación con el proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, se realizó de buena fe, en forma transparente, de manera adecuada y con pertinencia cultural, y con la finalidad de lograr consensos que quedaron expresados en el Protocolo de acuerdo, reconociéndose recíprocamente los mutuos esfuerzos desplegados para tal propósito.

c. En reuniones sostenidas para la formulación del Protocolo de Acuerdo para el Desarrollo de la Consulta Indígena, se acordó entre las Partes que el PCI llevado a cabo tendría carácter reservado, publicando documentos, medios de verificación y cualquier información obtenida a partir del Proceso sólo una vez firmado el Protocolo de Acuerdo Final.

d. Las Partes declararon que en el Proceso de Consulta Indígena, se incluyeron las medidas de mitigación y compensación presentadas por el Titular para hacerse cargo de los efectos del artículo 11 de la ley Nº 19.300, concretamente en este caso, de los previstos en sus literales c) y d).

e. Las partes lograron el acuerdo que se consigna en el Protocolo de Acuerdo Final, y en su virtud, la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén manifestó su acuerdo libre e informado respecto de las medidas consultadas, definida en el Acta de Acuerdo Metodológico.

f. En mérito de los acuerdos obtenidos, las partes convinieron que el Proceso de Consulta Indígena realizado, comprendió tanto las medidas consultadas, como los permisos ambientales sectoriales que serían necesarios para la construcción y operación del proyecto consultado. Del mismo modo, declararon que el PCI y los acuerdos obtenidos comprendieron modificaciones que no implicaban alteración de los impactos evaluados por los mismos.

g. Las Partes convinieron un conjunto de medidas y acciones en beneficio de la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén, las que se enfocaban en la mitigación y compensación del impacto significativo que el proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” pudiere causar a dicha Comunidad, así como en su calidad de vida y desarrollo social. Las medidas acordadas son incorporadas en el Considerando 7. del presente acto.

h. El Titular del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, a través de su representante legal Sr. Héctor Lagunas Méndez, participó de reuniones en las cuales se analizaron y definieron las medidas y compromisos voluntarios, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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aceptando cada una de las medidas acordadas, las que fueron incorporadas en un ICSARA para la ratificación expresa por parte del Titular del proyecto en la ADENDA correspondiente y, consecuentemente, se establecen en el presente acto.

i. El detalle de los Acuerdos sobre Medidas de Mitigación, Compensación, Seguimiento Ambiental y Compromisos propuestos por la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén, al proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” son los siguientes:

Componente Calidad del Aire

En cuanto al componente ambiental Calidad del Aire, el Titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de la Comunidad en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de la Comunidad se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 19 de agosto de 2014, en la cual se analizó el componente Calidad del Aire, alcanzando los siguientes acuerdos:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Calidad del aire

Alteración en la calidad del aire

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Tránsito vehicular por la ejecución del proyecto en su etapa de construcción

  • Implementar Plan de Control de Emisiones Atmosféricas que comprende:
  • Riego periódico de superficies transitables, caminos y de zonas de remoción de tierra.
  • Control de las velocidades de circulación al interior de las faenas, que no debe superar los 30 km/h.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos.
  • Exigencia a los contratistas de realizar inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día.
  • Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire.
  • La velocidad de los vehículos por caminos exteriores no debe exceder los 40 km/h.
  • Se deberá realizar riego periódico de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto en una frecuencia tal que se minimice la emisión de material particulado hacia el entorno.
  • La velocidad de los vehículos por caminos exteriores no excederá los 40 km/hr.
  • Se realizará riego periódico de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto en una frecuencia tal que se minimizará la emisión de material particulado hacia el entorno.

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Componente Ruido

En cuanto al componente ambiental Ruido, el Titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por la Comunidad en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de la Comunidad se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 19 de agosto de 2014, en la cual se analizó el componente Ruido, alcanzando los siguientes acuerdos:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Ruido Aumento en los niveles de Ruido en la etapa de construcción del proyecto Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito de vehículos - Instalación de barrera acústica modular mediante paneles acústicos de OSB en el frente de trabajo donde se ubicará la casa de máquinas. Estos paneles amortiguarán los niveles de presión sonora que se percibirán producto de las actividades de construcción, hasta niveles por debajo de los niveles normados. - Monitoreo de ruido durante la construcción de la casa de máquinas. - Protocolo de comunicación entre Comunidad y titular con la finalidad de evitar ruidos molestos que impidan el normal desarrollo de sus actividades (asambleas, talleres, entre otros). - Evitar el uso de bocina. - El titular elaborará un Protocolo de Comunicación con la Comunidad con la finalidad de evitar que la generación de ruidos molestos impidan el normal desarrollo de sus actividades (asambleas, talleres, entre otros). - Se evitará el uso de bocina.

Componente Medio Humano

En cuanto al componente ambiental Medio Humano, el Titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de los Comités en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de la Comunidad Indígena se presentaron y fueron ratificadas por la Asamblea Ampliada efectuada el día 19 de agosto de 2014, en la cual se analizó el componente Medio Humano, alcanzando los siguientes acuerdos:

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Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por los Comités Medidas acordadas a través del PCI Medio Humano Deterioro del camino utilizado por la Comunidad Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito de camiones y vehículos en la etapa de construcción Este impacto no se encuentra definido por el Titular. - El camino utilizado por el proyecto siempre se deberá mantener en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuir la calidad actual de su carpeta procurando mejorar las condiciones actuales del mismo. - El camino utilizado por el proyecto siempre se mantendrá en las mejores condiciones de transitabilidad y no disminuirá la calidad actual de su carpeta y se procurará mejorar las condiciones actuales del mismo, lo cual será ejecutado por el Titular del proyecto.

Afectación sistemas de distribución de agua de la Comunidad

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Tránsito de camiones y movimiento de tierra.

Este impacto no se encuentra definido por el Titular.

  • Se deberá impedir la alteración (rotura, fisuras, u otro) de cualquier parte de los sistemas de distribución de agua de la Comunidad.
  • El titular realizará las reparaciones necesarias para que el sistema dañado vuelva a su normal funcionamiento, en el menor tiempo posible y cubriendo todos los costos de ello.
  • Mientras se repara y deja operativa el sistema, el titular dotará de agua potable a las personas afectadas.

Aumento del tránsito vehicular en la Ruta S-983 en horarios de entrada y salida de escolares Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito vehicular - Se restringirá el tránsito de vehículos pesados del proyecto por la Ruta 1 en horario de entrada y salida de alumnos a colegio del sector por la mañana (8:30 - 9:30), y por la tarde (16:30 - 17:30) durante el período de clases. En su defecto se ocupará la Ruta 2 (Ruta CH 199 y Ruta S- 983) para acceder al proyecto. - Se disminuirá la velocidad máxima de circulación de la Ruta S-983 entre el Puente Añihuerraqui y el área del proyecto, a 30 km/h. - Aumentar medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas). - El titular aumentará las medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar, entre 7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas.

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Compromisos Voluntarios Adquiridos en el PCI

Dentro del proceso de evaluación ambiental del proyecto, el titular estableció una medida de compensación para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto respecto al componente Cantidad de Agua. La medida consistió en:

  • Ingeniería Agua Potable Rural (APR): Se considera aportar con la ingeniería necesaria para el diseño de un proyecto de agua potable rural dirigido para el consumo de las familias de las comunidades.

  • Adquisición derechos de aguas consuntivas para las comunidades: Entregar a las comunidades los derechos de uso consuntivo de agua para el suministro de la fuente de agua que garantice la disponibilidad del recurso en forma permanente.

Durante el Proceso de Consulta Indígena, se generó un proyecto de APR, por parte de la Dirección de Obras Hidráulicas, para abastecer de agua potable a las comunidades del sector incluyendo a la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén, por lo cual la medida señalada por el titular en su proyecto se restructuró durante el PCI estableciendo las siguientes medidas:

Compromiso solicitado por la Comunidad Compromisos Acordados a través del PCI Mejoramiento de cuatro (4) sistemas de abasto de agua particular utilizados por socios de la comunidad. El Titular realizará el mejoramiento requerido en 4 sistemas de abasto de agua utilizados por socios de la Comunidad, a su costa, incluyendo materiales, conexiones y mano de obra cuando corresponda, de tal forma de dejarlos 100% operativos. Las intervenciones en los abasto de agua consisten en: Sistema N° 1: abastece a 8 familias socias de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros de capacidad y una bomba elevadora con capacidad para distribuir las aguas hacia las propiedades. La instalación y verificación de operatividad será por parte del Titular. Sistema N° 2: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 350 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del Titular. (D. Miguel Jiménez) Sistema N° 3: abastece a 16 familias de la Comunidad y se realizará un mejoramiento completo de la infraestructura existente desde la captación de agua hasta su distribución en las viviendas. Sistema N° 4: abastece a una familia socia de la Comunidad y se entregará un estanque de 500 litros y 100 metros de manguera 3/4. La instalación y verificación de operatividad será por parte del Titular. (D. Claudio Gutiérrez). Asesoría y apoyo técnico en trámites de derechos de agua y obtención de resolución sanitaria para el sistema de agua particular. El Titular asesorará y apoyará técnicamente a socios de la comunidad que lo requieran para tramitar los derechos de agua de los 4 abastos de agua utilizados por los mismos. Capacitación en mantención y operación de sistemas de abasto de agua. El Titular realizará capacitación en mantención y operación de sistemas de abasto de agua a los socios de la Comunidad que lo requieran.

Firma Acuerdo Protocolo Final de Consulta Indígena: Con fecha 27 de octubre de 2014 se firma Protocolo de Acuerdo Final del Proceso de Consulta Indígena entre el la comunidad indígena Juanita Curipichun de Carén y el Servicio de Evaluacion Ambiental Región de La Araucanía.

11.4. Proceso de Consulta Indígena con la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura

  • Reuniones preliminares: Actividad que se realizó el día 13 de noviembre de 2013 con la finalidad de entregar y analizar los antecedentes que generaron la realización del Proceso de Consulta Indígena asociado al EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en evaluación de impacto ambiental. Esta actividad se realizó a través de una reunión en la que participó la Directiva e integrantes de la Comunidad, representantes de la Municipalidad de Curarrehue, del Consejo Ambiental local y el SEA. Estos antecedentes constan en Acta de Visita N°100 del 13 de noviembre de 2013 con su respectiva nómina de asistencia.

  • Resolución Inicio de Consulta: Con fecha 29 de Noviembre de 2013 el SEA emitió Resolución Exenta N° 262/2013 que dio inicio al Proceso de Consulta Indígena asociada al EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en evaluación de impacto ambiental.

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  • Difusión Proceso Consulta Indígena: Se realizó difusión del Proceso de Consulta Indígena, a través de medios de comunicación social escrita y radial. A saber: Diario Oficial, Diario Austral de Temuco y las emisoras locales Radio Ñgen de Curarrehue y Radio Picarona de Villarrica con cobertura en la comuna de Curarrehue.

  • Notificación de la Resolución Exenta N° 262/2013: Con fecha 05 de diciembre de 2013 el SEA notificó al Presidente de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, don Silverio Loncopan Calfumán del inicio del Proceso de Consulta Indígena asociada al EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en evaluación de impacto ambiental. Consta en acta de notificación de fecha 05 de diciembre de 2013.

  • Carta Solicitud: Con fecha 08 de enero de 2014 el Presidente de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, don Silverio Loncopan Calfumán ingresó carta al SEA en la que solicitó receso o aplazamiento por los meses de enero, febrero y marzo de 2014 para continuar con el Proceso de Consulta Indígena asociada al EIA del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en evaluación de impacto ambiental, esto debido a las múltiples actividades relacionadas con emprendimientos turísticos que realizaban integrantes de la comunidad. Consta en carta ingresada al SEA, N°1-41 de la oficina de partes del servicio.

  • Carta Solicitud: Con fecha 08 de enero de 2014 el Presidente de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, don Silverio Loncopan Calfumán ingresó carta al SEA en la que solicitó recursos financieros para realizar Proceso de Consulta Indígena asociada al EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui que se encontraba en evaluación de impacto ambiental. Consta en carta ingresada al SEA, N°1-42 de la oficina de partes del servicio.

  • SEA Araucanía remite solicitud de Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul a Dirección Ejecutiva del SEA: Con fecha 27 de enero de 2014 el SEA Región de La Araucanía remitío solicitud de recursos financieros por parte de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul a la Dirección Ejecutiva del Servicio, recursos necesarios para la realización de la Consulta Indígena, toda vez que la citada comunidad expuso que requiere apoyo a través de estudios complementarios. Consta en Oficio N°24/2014 del SEA Región de La Araucanía.

  • Carta SEA Araucanía a la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul: Con fecha 07 de febrero de 2014 el SEA Región de La Araucanía envío respuesta a la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul respecto de la solicitud de receso o aplazamiento ingresada por la Comunidad. Consta en Carta N°15/2014 del SEA Región de La Araucanía.

  • Resolución N°65/2014: Con fecha 21 de febrero de 2014, el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N° 19.880 con la finalidad que el Proceso de Consulta Indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba.

  • Carta respuesta SEA Dirección Ejecutiva: Con fecha 04 de marzo de 2014 el SEA Dirección Ejecutiva entregó respuesta sobre solicitud de recursos financieros para realizar Consulta Indígena por parte de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul. Consta en Oficio D.E. N° 140345; Acta de Entrega de oficio al Sr. Presidente de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul de fecha 17 de marzo de 2014.

  • Notificación de la Resolución Exenta N°65/2014: Con fecha 05 de marzo de 2014 el SEA notificó al Presidente de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, don Silverio Loncopan Calfumán respecto de Resolución N°65/2014 en la que el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N° 19.880 con la finalidad que el Proceso de Consulta Indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba. Consta en Acta de Notificación de fecha 05 de marzo de 2014.

  • Carta Solicitud: Con fecha 26 de marzo de 2014 el Presidente de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, don Silverio Loncopan Calfumán ingresó carta al SEA Dirección Ejecutiva con copia a SEA Región de La Araucanía en la que reiteró solicitud de recursos financieros para realizar Proceso de Consulta Indígena asociada al EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Añihuerraqui que se encontraba en evaluación de impacto ambiental. Consta en carta ingresada al SEA, N°3-171 de la oficina de partes del servicio.

  • Reunión informativa del proceso de Consulta Indígena: Con fecha 28 de marzo de 2014 se realizó reunión entre la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, la Municipalidad de Curarrehue, el Consejo Medio Ambiental Local y el SEA con la finalidad de conocer los lineamientos generales sobre el Proceso de Consulta Indígena. Consta en Acta de Visita N° 047 del 28 de marzo de 2014.

  • Reunión informativa del proceso de Consulta Indígena: Con fecha 05 de junio de 2014 se realizó reunión entre la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, la Municipalidad de Curarrehue, el LOF Trancura y el SEA con la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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finalidad de establecer por parte de la comunidad antes indicada que se acogerían al proceso de consulta indígena, pero condicionado a la entrega de recursos financieros por parte del Estado para la realización de un Estudio Antropológico y de Asesoría Legal especializada. Consta en Acta de Visita N° 151 del 05 de junio de 2014.

  • Carta respuesta SEA Dirección Ejecutiva: Con fecha 28 de julio de 2014 el SEA Dirección Ejecutiva entregó respuesta sobre solicitud de recursos financieros para realizar Consulta Indígena por parte de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul. Consta en Oficio D.E. N° 141239.

  • Reunión informativa del proceso de Consulta Indígena: Con fecha 14 de agosto de 2014 se realizó reunión entre la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, la Municipalidad de Curarrehue, el LOF Trancura y el SEA con la finalidad de entregar respuesta formal del parte del SEA sobre recursos dispuestos para la contratación de las asesorías especializadas en términos jurídicos y antropológicos. Se acuerdo el inicio del Proceso de Consulta Indígena estableciéndose fecha para dar curso al procedimiento de formulación del Acuerdo Metodológico del proceso. Consta en Acta de Visita N°183 del 14 de agosto de 2014.

  • Resolución N°247/2014: Con fecha 22 de agosto de 2014, el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba.

  • Notificación Resolución N°247/2014: Con fecha 26 de agosto de 2014 se notificó a la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul respecto de Resolución N° 247/2014 en la que el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba. Consta en Acta de Notificación de fecha del 26 de agosto de 2014.

  • Carta de Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul: Con fecha 04 de septiembre de 2014 la comunidad ingreso al SEA carta indicando que aceptaban los recursos financieros aportados por el servicio para efectos de la contratación de asesorías especializadas que apoyaran a las organizaciones consultadas en el marco del PCI. Se solicito expresamente la contratación del Antropólogo don Mario Barrientos Martínez y del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas en materia legal. Consta en carta ingresada al SEA, N°9-28 de la oficina de partes del Servicio.

  • Reuniones formulación acuerdo metodológico sobre proceso de Consulta Indígena: Este proceso se realizó desde el mes de agosto a noviembre de 2014.En este período se determinó, en conjunto con los representantes de las organizaciones consultadas, el procedimiento para el desarrollo de la Consulta Indígena estableciendo principalmente los plazos, actividades, análisis de impactos y medidas a consultar, entre otros. Estas actividades se realizaron entre la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, el LOF Trancura, el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, el SEA, la Municipalidad de Curarrehue y asesores de las áreas de la Antropología y legal especializada en derechos humanos indígenas. Constan en Acta de Visita N°135 de fecha 22 de agosto de 2014 con su respectiva nómina de asistencia, Acta de Visita N°186 del 04 de septiembre de 2014 con su respectiva nómina de asistencia; Acta de Visita N°198 del 01 de octubre de 2014 con su respectiva nómina de asistencia; Acta de Visita N°141 del 21 de octubre de 2014 con su respectiva nómina de asistencia; Acta de Visita N°304 del 17 de noviembre de 2014 con su respectiva nómina de asistencia; correos electrónicos de fecha 25 y 28 de agosto de 2014; 15 y 30 de octubre de 2014; 04, 11, 12 y 13 de noviembre de 2014.

  • Carta solicitud: con fecha 10 de noviembre de 2014 el Presidente de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, don Silverio Loncopan Calfumán ingreso carta al SEA solicitando la suspensión del procedimiento de evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” de acuerdo a lo establecido en el inciso 5° del artículo 32 de la Ley N°19.880. Consta en carta ingresada al SEA, N°11-52 de la oficina de partes del servicio.

  • Firma Acuerdo Metodológico: Con fecha 20 de noviembre de 2014 se firmó Acuerdo Metodológico del proceso de Consulta Indígena entre el LOF Trancura, la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura y el SEA. En este documento se acordaron los procedimientos, plazos y actividades a desarrollar en la Consulta Indígena. Consta en Acta de Visita N°305 del 20 de noviembre de 2014.

  • Resolución N°346/2014: Con fecha 21 de noviembre de 2014, el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba.

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  • SEA envía oficios: Con fecha 03 de diciembre de 2014, el Servicio de Evaluación Ambiental envía oficio en el que se informa y adjunta documento de acuerdo metodológico de la Consulta Indígena a la Municipalidad de Curarrehue y a la Subdirección Nacional de CONADI. Consta en Oficio N°252/2014 y en Oficio N°253/2014.

  • Reunión revisión proyecto, impactos y medidas de mitigación, compensación y/o reparación: En el marco de la Consulta Indígena se realizó reunión con las organizaciones consultadas y el SEA, y con la presencia de CONADI, Municipalidad de Curarrehue y asesores de las organizaciones con la finalidad de revisar y analizar el proyecto, sus impactos y las medidas de mitigación, compensación y/o reparación del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en proceso de evaluación ambiental. Los temas tratados constan en Acta de Visita N°307 del 04 de diciembre de 2014 con su respectiva nómina de asistencia y documento de presentación del proyecto.

  • Notificación Resolución N°346/2014: Con fecha 04 de diciembre de 2014 se notificó al LOF Trancura, a la Comunidad Camilo Coñoequir y al Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura respecto de Resolución N°346/2014 en la que el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba.

  • SEA informa de actividades de Consulta Indígena: El SEA mediante correo electrónico informo a la Municipalidad de Curarrehue y CONADI de las actividades a desarrollar entre los días 13 y 15 de diciembre de 2014. Consta en correos electrónicos de fecha 11 de diciembre de 2014.

  • Reunión y actividad de terreno entre las organizaciones consultadas y el Comité Técnico de Evaluación: Se realizó reunión con la finalidad de generar un espacio de diálogo entre LOF Trancura, Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, la Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun, el Comité Técnico de Evaluación, CONADI, SEA, Municipalidad de Curarrehue y asesores de las organizaciones consultadas. En la ocasión, se realizó recorrido en los sectores en los cuales estaba diseñada la propuesta de trazado y de obras, como también de los sitios de significación cultural y los emprendimientos turísticos presentes en el territorio. Antecedentes constan en Acta de Visita N°240 y N°241 de fecha 15 de diciembre de 2014 con su respectiva nómina de asistencia.

  • Reunión revisión impactos y medidas de mitigación, compensación y/o reparación del proyecto: Se realizó reunión con las organizaciones consultadas y el SEA, así como con la presencia de CONADI, Municipalidad de Curarrehue y asesores de las organizaciones con la finalidad de revisar y analizar los impactos y las medidas de mitigación, compensación y/o reparación propuestas por el Titular para el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en proceso de evaluación ambiental, con el propósito de definir los acuerdos y no acuerdos que serían incorporados en el Protocolo Final de Consulta Indígena. Los temas tratados constan en Acta de Visita N°242, N°243 y N°244 del 05 de enero de 2015; correo electrónico de fecha 31 de diciembre de 2014.

  • Reuniones de deliberación internas: Esta actividad se realizó con los integrantes de las organizaciones consultadas el día 13 de enero de 2015 dando cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo Metodológico para el Desarrollo de la Consulta Indígena. Esta reunión tuvo por finalidad analizar, debatir, y sancionar los acuerdos definidos en el PCI.

  • Reunión (es) redacción del Protocolo Final de Consulta Indígena: Esta reunión se realizó el día 19 de enero con la finalidad de concluir el documento de Protocolo Final de Consulta. Se acordó firma entre las partes el día 22 de enero de

  • Consta en correo electrónico de fecha 17 de enero de 2015, Actas de Visita N°245, N°246 de fecha 19 de enero de 2015 y correo electrónico de fecha 20 de enero de 2015.

Acuerdos Alcanzados

a. Las Partes convinieron que el presente Proceso de Consulta Indígena se desarrolló con pleno cumplimiento de las exigencias y principios establecidos por el Convenio N°169 de la OIT y la normativa vigente.

b. Las Partes estuvieron de acuerdo en que el Proceso de Consulta Indígena realizado entre el Lof Trancura, la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura y el SEA Región de La Araucanía, en relación con el proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, se realizó de buena fe, en forma transparente, de manera adecuada y con pertinencia cultural, y con la finalidad de lograr consensos que quedaron reflejados en el Protocolo de Acuerdo FInal, reconociéndose recíprocamente los mutuos esfuerzos desplegados para tal propósito.

c. En reuniones sostenidas para la formulación del acuerdo metodológico para el desarrollo de la Consulta Indígena, se acordó entre las Partes que el PCI llevado a cabo tendría carácter reservado, publicando documentos, medios de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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verificación y cualquier información obtenida a partir del Proceso sólo una vez firmado el Protocolo Final de Consulta Indígena.

d. Las Partes declararon que en el Proceso de Consulta Indígena, se incluyeron las medidas de mitigación y compensación presentadas por el Titular para hacerse cargo de los efectos del artículo 11 de la ley Nº 19.300, concretamente en este caso, de los previstos en sus literales c) y d).

e. En el Protocolo Final de Consulta Indígena, las organizaciones consultadas, no obstante no haber otorgado su consentimiento respecto del proyecto, manifestaron su acuerdo libre e informado respecto de algunas de las medidas de mitigación y compensación consultadas y establecidas en el punto 7.9. del Protocolo de Acuerdo.

f. En virtud de los acuerdos obtenidos, las Partes convinieron que el Proceso de Consulta Indígena realizado comprendió los impactos y las medidas de mitigación, compensación y/o reparación consultadas relacionadas con el proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”.

g. Las Partes convinieron que las medidas de mitigación, compensación y/o reparación analizadas, acordadas y no acordadas para cada impacto y establecidas en el Protocolo Final de la Consulta Indígena, así como los efectos ambientales del proyecto identificados por la Organizaciones Consultadas durante el PCI, serian incorporadas en un ICSARA con la finalidad de que sean abordadas y consideradas por el Titular del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” en la ADENDA correspondiente, las que fueron adjuntas en el Informe Consolidado de la Evaluación (ICE) y en el presente acto administrativo en el Considerando 7.

h. Las Partes convinieron que las medidas acordadas y no acordadas, así como también los efectos ambientales del proyecto identificados por las Organizaciones consultadas durante el PCI y establecidos en el Protocolo Final del Proceso de Consulta Indígena, serían incorporadas en la Resolución de Calificación Ambiental que se dictara para el referido proyecto, como asimismo las medidas de mitigación, compensación y/o reparación, así como de los compromisos voluntarios, según corresponda.

i. Los acuerdos y no acuerdos que se establecieron sobre medidas de mitigación, compensación, seguimiento ambiental y/o compromisos con las organizaciones consultadas respecto del proyecto, se indican a continuación:

Componente Calidad del Aire

En cuanto al componente ambiental Calidad del Aire en la etapa de construcción, el titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de las Organizaciones consultadas en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de las Organizaciones consultadas se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 13 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul; las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones Calidad del aire Alteración en la calidad del aire Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito vehicular por la ejecución del proyecto en su etapa de construcción - Implementar Plan de Control de Emisiones Atmosféricas que comprende: - Riego periódico de superficies transitables, caminos y de zonas de remoción de tierra. - Control de las velocidades de circulación al interior de las faenas, que no debe superar los 30 km/h. - Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén - En reunión de deliberación interna las organizaciones consultadas proponen que la circulación de vehículos asociada al proyecto no se realice ni por la Ruta 1, ni la Ruta 2, si no que por una tercera Ruta propuesta por éstas, que inicie en el km 7 de la Ruta CH-199 aproximadamente a la altura del camino maderero que pretende ser utilizado para las obras, hasta el predio de emplazamiento del proyecto, y que contemple la construcción de un puente provisorio entubando el Río - En el caso de acogerse la medida el Titular deberá constituir las servidumbres correspondientes con los predios que deba atravesar para conectar con el ingreso al camino maderero. - La solicitud de la implementación de una tercera ruta por parte de las Organizaciones consultadas se debe a que la Ruta S-983 en REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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detenidos. - Exigencia a los contratistas de realizar inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día - Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire. Trancura. - La velocidad de los vehículos por caminos exteriores no debe exceder los 30 km/hr, la que debe ser controlada por GPS. - Aumentar la frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo. - El agua de abastecimiento de los camiones aljibe, deberá acreditar su procedencia. Dicho registro deberá ser puesto en conocimiento de la Organizaciones consultadas por medio de un informe mensual. cualquiera de sus puntos implica una seria afectación para el Territorio y para su calidad de vida. - El punto de ingreso desde la Ruta S-983 al camino maderero deberá ser georreferenciado.

Las partes llegan a acuerdo respecto de las medidas planteadas

Componente Ruido

En cuanto al componente ambiental Ruido en la etapa de construcción, el titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por las Organizaciones consultadas en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de las Organizaciones consultadas se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 13 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul; las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones establecidas por las Organizaciones consultadas Ruido Aumento en los niveles de Ruido en la etapa de construcción del proyecto Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de casa de máquinas. - Instalación de barrera acústica modular mediante paneles acústicos de OSB en el frente de trabajo donde se ubicará la casa de máquinas. Estos paneles amortiguarán los niveles de presión sonora que se percibirán producto de las actividades de construcción, hasta niveles por debajo de los niveles normados.

  • Monitoreo de ruido durante la construcción de la casa de máquinas. En reunión de deliberación interna las organizaciones consultadas solicitan que:

  • Las barreras de contención acústica a instalar sean de un material con mayor potencial de aislación que el OSB.

  • Las barreras deberían tener como mínimo 5 metros de altura.

  • Se deberá realizar monitoreo diario de ruido. - Se deja de manifiesto que el material propuesto (OSB) no satisface los requerimientos técnicos respecto de la minimización de ruido hacia el entorno.

- El punto de medición de ruidos debe ser localizado en la vivienda más cercana a las obras del proyecto.

  • El Titular deberá entregar informes mensuales de resultados de mediciones de ruido a las Organizaciones consultadas para verificación de cumplimiento de normativa en la construcción de casa de máquinas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Componente Calidad del Agua

En cuanto al componente ambiental Calidad del Agua en la etapa de construcción, el titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por las Organizaciones consultadas en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de las Organizaciones consultadas se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 13 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones establecidas por las Organizaciones consultadas Calidad del Agua Alteración de la calidad del agua Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui. - Instalación de un estanque de 40 m3 de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N°735/68 del MINSAL y la NCh 409.

Este estanque será construido en el mismo sitio donde actualmente está emplazada la captación de estos comuneros. La operación de este estanque estará a cargo del titular, y los beneficiados con esta medida serán las 12 familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que actualmente se abastecen de agua a través de esta captación. - Aumentar la frecuencia de monitoreo de calidad del agua del estero Añihuerraqui a una frecuencia semanal. - La medición deberá ser realizada por dos terceros imparciales, que acrediten las capacidades técnicas necesarias para dicha labor, los que mediante un sistema de muestra y contra muestra levanten la información.

  • Los resultados de los monitoreos deben ser entregados a las organizaciones consultadas en un lenguaje acorde a su cultura.

  • No se llega a acuerdo respecto de la instalación de un estanque de 40 m3 propuesta por el Titular, dado que las Organizaciones consultadas plantean que no consumen agua estancada.

Componente Suelo

En cuanto al componente ambiental Suelo en la etapa de construcción, el titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por las Organizaciones consultadas en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de las Organizaciones consultadas se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 13 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul; las que se establecen a continuación:

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Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones establecidas por las Organizaciones consultadas Suelo Generación de procesos erosivos que puedan ocasionar alteraciones en la calidad del estero Añihuerraqui. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de obras del proyecto - Reutilización de los excedentes de excavación en actividades de nivelación del terreno, de caminos y obras de relleno. - Replantación de especies nativas, que fortalezcan la capa vegetal. - Implementar medidas para evitar que se generen procesos erosivos en las áreas de intervención de cobertura vegetal.

  • Implementar medidas para evitar escurrimiento de agua superficial formando surcos en áreas desprovistas de vegetación y que genere acumulación de la misma.

  • Se aconseja no intervenir el microsistema local, ya que cualquier intervención a la frágil microcuenca tendrá efectos erosivos y ambientales irreversibles.

Componente Flora Terrestre

En cuanto al componente ambiental Flora Terrestre en la etapa de construcción, el titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por las Organizaciones consultadas en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de las Organizaciones consultadas se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 13 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul; las que se establecen a continuación:

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 919

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones establecidas por las Organizaciones consultadas Flora Terrestre Alteración Flora, pérdida de cobertura vegetal. Letra b), Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, el agua y aire. Intervención de vegetación por construcción de obras del proyecto. - Duplicar la superficie a reforestar definidas dentro del PMOC en 1,73 hectáreas adicionales. La densidad de reforestación corresponderá a 2.350 plantas por hectárea en 6 sectores de 3 predios, con especies nativas representativas de los distintos tipos forestales presentes en el área de influencia que hayan sido afectados.

  • Capacitar permanentemente a los trabajadores respecto a la necesidad de conocer y proteger a la flora y vegetación del lugar.
  • Catastrar la cantidad de individuos por especie existentes en el espacio a intervenir.

  • Reforestar en razón de tres es a uno de las especies intervenidas.

  • Evaluar la factibilidad de realizar reforestación dentro de los espacios intervenidos.

  • Se aconseja no intervenir la flora local, ya que cualquier intervención al frágil ecosistema de la microcuenca tendrá efectos ambientales irreversibles.

  • Se deberá asegurar una superficie para la reforestación.

Componente Medio Humano

En cuanto al componente ambiental Medio Humano en la etapa de construcción, el titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de las Organizaciones consultadas en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de las Organizaciones consultadas se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 13 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul; las que se establecen a continuación:

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 920

Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones Medio Humano Afectación de sitio de significación cultural faldas del cerro Pünowemanke (TxenTxen) y Peñewe (cerro KaiKai) Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de obras del proyecto El proyecto original contemplaba un sistema de aducción que incluía un canal en superficie de 230 metros y la construcción de un túnel por la ladera del cerro en el costado derecho del río de más de 1 kilómetro de longitud.

A diferencia del diseño original, en el proyecto en evaluación la intervención sobre el cerro se minimiza por cuanto no considera perforarlo para construir un túnel, y la tubería que reemplaza a dicho túnel irá bajo un camino maderero antiguo, es decir minimizando la intervención de terrenos. Este rediseño del proyecto, si bien disminuye la eficiencia del proyecto, fue privilegiado para minimizar la intervención sobre cerro. Se analizaron las medidas propuestas por el titular y conforme las consideraciones de las Organizaciones consultadas, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar estas afectaciones de carácter cultural, dado que estos espacios se constituyen como Sitios de Significación Cultural de acuerdo a la indagatoria realizada en el territorio por el antropólogo especialista que se encuentra apoyando y asesorando a las organizaciones consultadas. Las Organizaciones consultadas señalan que por tratarse de lugares y espacios sagrados, en la cosmovisión local no se concibe intervención sobre los mismos. Esta topografía se articula ceremonialmente al Gillatuwe local.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto.

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RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 921

Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones Medio Humano Molestia producto del desarrollo de actividades constructivas durante la celebración del Gillatuwe. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de obras del proyecto Suspender tránsito de vehículos del proyecto por el camino S-983 desde Curarrehue hasta la cancha del Gillatuwe (Ruta 1), durante el período de preparación y realización del Gillatuwe, empleando únicamente la denominada Ruta 2

  • Garantizar la libre asistencia de los trabajadores locales del proyecto que participen en la rogativa durante los días que dure la ceremonia y adicionalmente se dará permisos para ausentarse a las actividades productivas con motivo de la preparación del Gillatuwe a los trabajadores que participen.

  • Proveer transporte desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta la cancha del Gillatuwe a los participantes, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatuwe, en caso que lo requieran para la preparación de la ceremonia.

  • Entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las Se analizaron las medidas propuestas por el titular y conforme las consideraciones de las Organizaciones consultadas, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar estas afectaciones de carácter cultural, dado que ésta es la máxima manifestación de religiosidad tradicional del territorio. Las Organizaciones consultadas señalan que conforme al protocolo y al uso y costumbre tradicional del AzMapu, no se concibe una intervención en el ritual de Gillatuwe, por ser la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el Territorio. Circunstancia que se encuentra acreditada en diversos informes socio culturales (CONADI, Unidad de Cultura, 2010; Barrientos, 2014). Eventuales mitigaciones no tendrían pertinencia ni de sujeto ni de contexto.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos.

Cabe mencionar que durante la construcción se contempla la instalación de una barrera acústica que amortiguará los niveles de ruido que emitirá la construcción de la central.

Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones Medio Humano Alteración en la calidad del agua utilizada para la ceremonia de Gillatuwe. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui El Titular propone la instalación de un estanque de 40 m³ de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N°735/68 del MINSAL y la NCh 409.

Este estanque será construido en el mismo sitio donde actualmente está emplazada la captación de estos comuneros. La operación de este estanque estará a cargo del titular, y los beneficiados con esta medida serán las 12 familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que actualmente se abastecen de agua a través de esta captación. Se analizaron las medidas propuestas por el titular y conforme las consideraciones de las Organizaciones consultadas, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar esta afectación de carácter cultural, dado que ésta es la máxima manifestación de religiosidad tradicional del territorio. Las Organizaciones consultadas señalan que conforme al protocolo y al uso y costumbre tradicional del AzMapu, no se concibe una intervención en el ritual de Gillatuwe, por ser la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el Territorio. Circunstancia que se encuentra acreditada en diversos informes socio culturales (CONADI, Unidad de Cultura, 2010; Barrientos, 2014). Eventuales mitigaciones no tendrían pertinencia ni de sujeto ni de contexto.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones Medio Humano Limitación temporal en el acceso a zona de recolección de hierbas utilizadas para medicina tradicional mapuche. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de obras: casa máquinas, tuberías, canal de aducción, bocatoma - Construcción de un vivero en el sector de Trancura, donde se plantarán las especies medicinales identificadas por las comunidades, de manera que tengan provisiones de las mismas mientras el camino maderero se mejora y finalizan las obras de construcción. - Se acuerda con las Organizaciones consultadas que el titular deberá gestionar suficiente y diligentemente, con los propietarios de terrenos ubicados aguas arriba del predio del titular, la autorización para que la comunidad pueda circular libremente para la realización de actividades locales de carácter cultural y productivo, como la recolección de hierbas medicinales y frutos. Las Organizaciones consultadas plantean que la medida establecida por el titular sobre la implementación de un vivero, es insatisfactoria y no atingente al impacto, toda vez que las especies crecen asociadas a determinadas condiciones ambientales.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en la medida establecida para este impacto. Medio Humano Posible afectación de sitio de significación cultural Eltun por línea transmisión eléctrica Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Construcción línea de trasmisión - Alejar los postes de la LTE en aproximadamente 30 metros, de los puntos identificados por CONADI donde estaría un Eltun. - Replantear trazado de la línea, ya que la existencia del Eltun se encuentra acreditada, y georreferenciada, por lo cual cualquier tipo de afectación de éste implicaría una seria vulneración al patrimonio cultural del Territorio.

  • Realizar prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea.

  • En la construcción del trazado, el informe arqueológico deberá ser entregado a la comunidad con fotografías diarias y, en lo posible, respaldo audiovisual.

Las partes llegan a acuerdo respecto a las medidas expuestas por las organizaciones consultadas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Aumento del tránsito vehicular en rutas transitadas por las comunidades Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito vehicular - Se restringirá el tránsito de vehículos pesados del proyecto por la Ruta 1 en horario de entrada y salida de alumnos a colegio del sector por la mañana (8:30 - 9:30), y por la tarde (16:30 - 17:30) durante el período de clases. En su defecto se ocupará la Ruta 2 (Ruta CH 199 y Ruta S-983) para acceder al proyecto.

  • Se disminuirá la velocidad máxima de circulación de la Ruta S-983 entre el Puente Añihuerraqui y el área del proyecto, a 30 km/h. En reunión de deliberación interna las organizaciones consultadas proponen que la circulación de vehículos asociada al proyecto no se realice ni por la Ruta 1, ni la Ruta 2, si no que por una tercera Ruta propuesta por éstas, que inicie en el km 7 de la Ruta CH-199 aproximadamente a la altura del camino maderero que pretende ser utilizado para las obras, hasta el predio de emplazamiento del proyecto, y que contemple la construcción de un puente provisorio entubando el Río Trancura.
  • En el caso de acogerse la medida el titular deberá constituir las servidumbres correspondientes con los predios que deba atravesar para conectar con el ingreso al camino maderero.

  • La solicitud de la implementación de una tercera ruta por parte de las Organizaciones consultadas se debe a que la Ruta S-983 en cualquiera de sus puntos implica una seria afectación para el Territorio y para su calidad de vida.

- Aumentar medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), disminuyendo la frecuencia de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. Las partes llegan a acuerdo respecto de esta medida, establecidas por las organizaciones consultadas.

Interrupción en el acceso a captación de agua. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de casa de máquinas El titular no establece medidas para este impacto. - Constituir servidumbre de paso ininterrumpida desde el camino S-983 hasta la toma de agua con la finalidad de mantener el traslado expedito de los habitantes del territorio hacia y desde la captación. Las partes llegan a acuerdo respecto de esta medida, establecida por las organizaciones consultadas.

Deterioro de caminos y puentes por tránsito de vehículos. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito de camiones y vehículos en la etapa de construcción El titular no establece medidas para este impacto. - El camino utilizado por el proyecto siempre se deberá mantener en las mejores condiciones de transitabilidad. - El titular deberá establecer claramente las medidas que a este respecto se implementarán.

  • Reforzar los puentes a utilizar por el proyecto.
  • En caso que el titular no acoja el requerimiento, deberá presentar documento de la Dirección de Vialidad que acredite que estas obras no sufrirán deterioro por el tránsito vehicular previo a su uso.

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Componente Cantidad de Agua

En cuanto al componente ambiental Cantidad de Agua en la etapa de operación, el titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por las Organizaciones consultadas en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de las Organizaciones consultadas se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 13 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul; las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones Cantidad de agua

Disminución en la cantidad de agua por intervenció n en parte del estero Añihuerraq ui donde existen puntos de captación y usos informales del agua por las comunidade s. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Uso de agua para operación de la central - Ingeniería Agua Potable Rural (APR): Se considera aportar con la ingeniería necesaria para el diseño de un proyecto de agua potable rural dirigido para el consumo de las familias de las comunidades.

- Adquisición derechos de aguas consuntivas para las comunidades: Entregar a las comunidades los derechos de uso consuntivo de agua para el suministro de la fuente de agua que garantice la disponibilidad del recurso en forma permanente.

Estas medidas se proponen en Sector Trancura y Carén, donde se ubican las 3 comunidades indígenas en las cercanías del área de emplazamiento del proyecto. - Otorgar derechos de agua a la comunidad en una cantidad de 10 l/s.

Se acuerda entre las Partes eliminar medida de proyecto de ingeniería de APR, dado que se implementará uno para el sector.

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Componente Paisaje

En cuanto al componente ambiental Paisaje en la etapa de operación, el titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por las Organizaciones consultadas en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de las Organizaciones consultadas se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 13 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul; las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones establecidas por las Organizaciones consultadas Paisaje Alteración en la homogenei dad del Paisaje Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Instalación de tubería forzada y casa de máquina - Instalar una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión y la casa de máquinas, y estará compuesta principalmente por Roble, Raulí, Coihue, Maqui, Calafate y Mosqueta. La plantación de los árboles se realizará en hileras a una distancia de 2,5 metros entre ellos y en la parte media se plantarán las especies arbustivas.

  • La tubería en presión, además, será mimetizada por medio de las siguientes medidas: será pintada de colores similares al entorno natural, se implementará una cobertura vegetal en base a arbustos también en los alrededores de la tubería, para mimetizarla con el entorno, y se reforestará todos aquellos sectores donde sea posible hacerlo, para impermeabilizar esta unidad.
  • El prendimiento de las especies nativas a plantar debe ser mínimo del 90% de sobrevivencia al segundo año.
  • Las Organizaciones consultadas plantean que la instalación del proyecto es completamente contrario a la homogeneidad del paisaje.

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Componente Medio Humano

En cuanto al componente ambiental Medio Humano en la etapa de operación, el titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de las Organizaciones consultadas en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de las Organizaciones consultadas se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 13 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul; las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por las Organizaciones consultadas Observaciones Medio Humano Afectación de sitio de significación cultural faldas del cerro Pünowema nke (TxenTxen) y Peñewe (cerro KaiKai) Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Operación del proyecto La Casa de Máquinas será insonorizada, con un diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno, así como se mimetizará la tubería en presión. El detalle de esta medida incluye:

  • La Casa de Máquinas irá enterrada casi en su totalidad (8 metros de los 12 metros a edificar).

  • La Casa de Máquinas será insonorizada, los niveles de ruido al exterior en los receptores sensibles no superarán los 48 dB(A) durante el día y los 45 dB(A) durante la noche.

  • Se instalará una cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión y la Casa de Máquinas, compuesta principalmente por Roble, Raulí, Coihue, Maqui, Calafate y Mosqueta.

  • Para mimetizar la tubería se contempla pintarla de colores similares al entorno natural y reforestar todos aquellos sectores donde sea posible hacerlo. Se analizaron las medidas propuestas por el titular y conforme las consideraciones de las Organizaciones consultadas, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar estas afectaciones de carácter cultural, dado que estos espacios se constituyen como Sitios de Significación Cultural de acuerdo a la indagatoria realizada en el territorio por el antropólogo especialista que se encuentra apoyando y asesorando a las organizaciones consultadas.

  • Las Organizaciones consultadas señalan que por tratarse de lugares y espacios sagrados, en la cosmovisión local no se concibe intervención sobre los mismos. Esta topografía se articula ceremonialmente al Gillatuwe local.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto. Molestia por la operación de la central durante la celebración del Gillatuwe. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Operación de la central y tránsito de vehículos asociado. - Suspender tránsito de vehículos del proyecto por el camino S-983 desde Curarrehue hasta la cancha del Gillatuwe (Ruta 1), durante el período de Se analizaron las medidas propuestas por el titular y conforme las consideraciones de las Organizaciones consultadas, se establece que para este - Las Organizaciones consultadas señalan que conforme al protocolo y al uso y costumbre tradicional del AzMapu, no se concibe una REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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preparación y realización del Gillatuwe, empleando únicamente la denominada Ruta 2.

  • Garantizar la libre asistencia de los trabajadores locales del proyecto que participen en la rogativa durante los días que dure la ceremonia y adicionalmente se dará permisos para ausentarse a las actividades productivas con motivo de la preparación del Gillatuwe a los trabajadores que participen.

  • Proveer transporte desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta la cancha del Gillatuwe a los participantes, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Gillatuwe, en caso que lo requieran para la preparación de la ceremonia.

  • Entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos.

- Coordinar las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que estas mantenciones coincidan con la fecha de la ceremonia. De esta manera, la impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar estas afectaciones de carácter cultural, dado que ésta es la máxima manifestación de religiosidad tradicional del territorio.

intervención en el ritual de Gillatuwe, por ser la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el Territorio. Circunstancia que se encuentra acreditada en diversos informes socio culturales (CONADI, Unidad de Cultura, 2010; Barrientos, 2014). Eventuales mitigaciones no tendrían pertinencia ni de sujeto ni de contexto.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

RCA N°177 /2015. EIA Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” 929

central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Cabe destacar que producto de esta medida, no habrá captación de agua del estero, quedando inalterada en su disponibilidad para ser usada en la rogativa.

Cabe mencionar que la Casa de Máquinas será insonorizada y tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y que contará con una cortina vegetal gracias a la cual se mimetizará con el entorno, al igual que la tubería en presión. Uso de agua del estero durante la celebración del Gillatuwe producto de la operación de la central. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Etapa de operación - Coordinar las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Gillatuwe, de manera tal que estas mantenciones coincidan con la fecha de la ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Se analizaron las medidas propuestas por el titular y conforme las consideraciones de las Organizaciones consultadas, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar esta afectación de carácter cultural, dado que ésta es la máxima manifestación de religiosidad tradicional del territorio.

Las Organizaciones consultadas señalan que conforme al protocolo y al uso y costumbre tradicional del AzMapu, no se concibe una intervención en el ritual de Gillatuwe, por ser la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el Territorio. Circunstancia que se encuentra acreditada en diversos informes socio culturales (CONADI, Unidad de Cultura, 2010; Barrientos, 2014). Eventuales mitigaciones no tendrían pertinencia ni de sujeto ni de contexto.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Aumento del tránsito vehicular en rutas transitadas por las comunidade s Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito vehicular relacionado con la operación del proyecto - La velocidad de circulación de los vehículos del proyecto no deberá superar los 40 km/hora en las rutas de acceso al sector del proyecto. Adicionalmente se contempla el uso de GPS en dichos vehículos para el control de velocidad y rutas. - Las Organizaciones consultadas proponen que el acceso al proyecto debe ser únicamente por la tercera Ruta planteada por las organizaciones consultadas, a saber: que inicie en el km 7 de la Ruta CH-199 aproximadamente a la altura del camino maderero que pretende ser utilizado para las obras, hasta el predio de emplazamiento del proyecto, y que contemple la construcción de un puente provisorio entubando el Río Trancura.

  • Aumentar medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), disminuyendo la frecuencia de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras. Las partes llegan a acuerdo respecto de esta medida.

Compromisos Voluntarios Solicitados por las Organizaciones Consultadas

Dentro del Proceso de Consulta Indígena, las Organizaciones consultadas establecieron los siguientes compromisos para ser considerados por el titular del EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”:

Componente Ambiental Compromisos establecidos por las Organizaciones Consultadas Avifauna Las Organizaciones consultadas plantean que la avifauna tiene una significancia religiosa y espiritual; además son de vital importancia para la economía local dado que una parte importante de las actividades turísticas se desarrollan a través del avistamiento de aves tales como: cóndor, chucao, pájaro carpintero; martín pescador, entre otros; por lo que las Organizaciones consultadas solicitan lo siguiente:

  • Disminuir las actividades de construcción, de todas las obras, en época de anidación y/o reproducción de la avifauna existente en el área de ejecución de obras.
  • Recalendarizar las obras constructivas en las etapas indicadas para proteger la avifauna.
  • Elaboración de informe técnico imparcial que identifique los períodos de reproducción y anidación de la avifauna local, y el efecto migratorio de la avifauna que implique la instalación del proyecto. Fauna Las Organizaciones consultadas plantean que la fauna tiene vital importancia para la economía local dado que una parte importante de las actividades turísticas se desarrollan en base a la observación de especies de fauna local, por lo que las Organizaciones consultadas solicitan lo siguiente:

  • Se aconseja no intervenir la fauna local, ya que cualquier intervención al frágil ecosistema de la microcuenca tendrá efectos ambientales irreversibles.

  • Respecto al rescate y relocalización de especies, éste deberá ser informado de manera mensual al SAG y las organizaciones consultadas, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. Fauna acuática Las Organizaciones consultadas plantean que la fauna acuática tiene vital importancia para la economía local dado que una parte importante de las actividades turísticas se desarrollan a través de la pesca recreativa, por lo que las Organizaciones consultadas solicitan lo siguiente:

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  • Implementar sistema en la bocatoma que permita el traslado libre aguas arriba y aguas abajo de los peces.

Impactos identificados por la Organizaciones consultadas durante el PCI

Las Organizaciones consultadas establecieron que el proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” generará los efectos establecidos en el Articulo 8 literal d) del D.S. N° 95/2001 Reglamento del SEIA, Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres en su dimensión socio económica, toda vez que la construcción e instalación del proyecto afectaría significativamente el sistema de producción local, el que se sustenta en el desarrollo de turismo de intereses especiales, vinculado principalmente con la explotación de la belleza natural mediante caminatas por el territorio, cultural y paisajística de Trankura, actividades que se desarrollan en completo respeto y armonía con el territorio.

De acuerdo a lo informado por la I. Municipalidad de Curarrehue, a través de Ordinario N° 1 de fecha 05 de enero de 2015 y Ordinario N° 72 de fecha 20 de enero de 2015, en el sector de Trankura existen las siguientes iniciativas productivas:

NOMBRE EMPRENDIMIENTO NOMBRE EMPRENDEDOR Colmenares Trankura Marisol CoñuequirPanguilef Cayak y Caminatas Familia Loncopan Coñoequir Turismo Rural Peñehue Familia López Faúndez Turismo Punowemanke Trankura Manuel Loncopan Coñoequir Ruka Trankura Pablo CoñuequirPanguilef Huerto Orgánico Juana Faúndez Riffo Camping Trankura Rigoberto Calfumán Camping Valle Familia Valle Manríquez Hospedaje Trankura Alex CoñuequirPanguilef Cabañas /Alimentación Claudia Coñuequir Huerto Orgánico Ida Coñoequir Sendero Añihuerraqui José López Valle Mueblería Patagonia Wilton López Faúndez Venta Huevos y Corderos Irene Soto

Además, la Municipalidad manifestó en el ORD. N°1303 de Pronunciamiento sobre ADENDA N°1 del 23 de octubre de 2013 que la comuna de Curarrehue hoy tiene un gran desafío en el tema turístico que se manifiesta como un pilar fundamental en el desarrollo de la comuna y avanza a pasos acelerados en el territorio, considerando los recursos naturales existentes.

Las Organizaciones consultadas agregaron que la construcción y operación del proyecto CH Añihuerraqui en el Territorio de Trankura, alteraría significativamente el sistema productivo del sector ya que la circulación de camiones y la alteración del entorno natural en la etapa de construcción, restarían parte del importante potencial turístico del sector, lo que implica una directa afectación al desarrollo socio económico de los habitantes del territorio. A su vez, la operación del proyecto también afectaría dicho potencial turístico, ya que el Territorio perdería las características únicas de ser no intervenido a gran escala, que es uno de los principales elementos que favorecen el desarrollo turístico del lugar.

En virtud del análisis de la información presentada, se concluye que no existirá una afectación de carácter significativa en lo referente a sus actividades productivas y emprendimientos turísticos tal como se analiza y detalla en Considerando 6.8 de la presente Resolución. Lo anterior en consideración a que durante el proceso de evalución ambiental del proyecto se recopiló y analizó información de actividades económicas y turísticas existentes en terreno en base a lo señalado por la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, los antecedentes proporcionados por la Municipalidad de Curarrehue respecto a las actividades económicas y emprendimientos turísticos, y la información del tema proporcionada por el titular en su Adenda 1, concluyendo que ninguna de las actividades productivas y turísticas detectadas en terreno y las establecidas por la Municipalidad tendrá afectación de carácter significativa ya que no existirá interrupción bajo ninguna forma y circunstancia en la continuidad de las actividades productivas, considerando que ni sus accesos ni el abastecimiento de agua o de recursos naturales se verán interferidos durante la construcción y operación del proyecto. Respecto al componente turismo, los emprendimientos existentes se ubican a una distancia tal de las obras del proyecto que no generará interferencia en su desarrollo dejando de manifiesto que el proyecto se REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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desarrollará en un terreno particular donde no existen actividades turísticas, antecedentes que han sido validados por SERNATUR en su Ord. N° 064 de fecha 19 de marzo de 2015.

Informe Antropológico

En el marco del proceso de Consulta Indígena desarrollado con las organizaciones antes indicadas se realizó, a solicitud de éstas, un Informe Antropológico complementario.

El objetivo de este informe fue realizar una indagación sociocultural que posibilitara la caracterización de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul situada en el área de influencia directa del proyecto en proceso de evaluación de impacto ambiental “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, en consideración de la Ley Indígena N° 19.253 y el Convenio N° 169 de OIT, así como de la Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente Nº 19.300 y su reglamento.

Entre los objetivos específicos, se mencionaron: 1) Consolidar un cuerpo de conocimientos socioculturales y patrimoniales que posibilitara disponer de un insumo informativo sistematizado para complementar en forma y contenido socioculturalmente pertinentes la consulta indígena a realizar en el territorio, acorde a los principios consagrados en el Convenio N°169 OIT y la legislación ambiental aplicable.; 2) Acompañar a la comunidad en el proceso de reuniones y actividades que demandó el proceso de Consulta Indígena, de tal forma que la revisión de las medidas ambientales a consultar se realicen en un marco de pertinencia sociocultural; 3) Caracterizar la comunidad indígena y el Lof Trankura acorde a lo establecido en el Art. 8º del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; 4) Caracterizar a la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul conforme a criterios socioeconómicos y socioculturales, considerando la información bibliográfica -documentaria y la información a recoger en terreno; 5) Identificar los Sitios de Significación Cultural Mapuche (SSC) en el área de influencia del proyecto, es decir aquellos entornos naturales a los cuales localmente se les asigna un valor cultural y/o ceremonial que están presentes en la memoria colectiva vigente de la (s) comunidad (es) y/o que forman parte de un referente histórico cultural.; 6) Identificar aquellos rasgos, manifestaciones y expresiones culturales propias que favorecen un acercamiento y conocimiento de la dimensión cosmogónica de las comunidades del territorio, así como un reconocimiento del küpalme, la historia local y riqueza cultural, incluyendo las prácticas y conocimientos de la etnomedicina mapuche local; 7) Evaluar en consideración a los antecedentes recogidos en terreno la ocurrencia de impactos y/o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de las comunidades mapuche involucradas con el proyecto en mencionado, con pertinencia de sujeto y contexto, rescatando la visión de mundo winkulche-pewenche y su percepción ante una intervención del tipo del proyecto mencionado; 8) Aportar con elemento de análisis desde el punto de vista sociocultural con el fin de otorgar sustento antropológico a la redacción del protocolo final de consulta indígena respecto de las medidas ambientales consultadas contempladas en el EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, para asegurar que este instrumento contenga los elementos antropológicos propios de las comunidades indígenas objeto del proceso de consulta.

Los antecedentes que contiene el informe se relacionan con : a) la memoria e historia local, b) Ordenamiento Territorial y Ocupación de Espacios desde la Cosmovisión Mapuche; c) Etnomedicina Mapuche en el territorio del lof Trankura.; d) Noción de Impacto y Afectación desde La Perspectiva de las Comunidades Mapuche y Sitios de significación cultural.

Firma Protocolo Acuerdo Final de Consulta Indígena: Con fecha 22 de enero de 2015 se firma Protocolo Final del Proceso de Consulta Indígena entre la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, LOF Trancura, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, y el Servicio de Evaluacion Ambiental Región de La Araucanía.

Epílogo de las Organizaciones Consultadas

El Lof Trancura, representado por su autoridad tradicional, el Logko Alejandro Coñuequir, la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, representada por su Presidente don Silverio Loncopan Calfumán y el Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, representado por su Presidenta la señorita Ely López Faúndez, dejaron de manifiesto en el Protocolo Final de Consulta Indígena su más férrea oposición a la instalación en su Territorio del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, por cuanto éste significaba una seria afectación y amenaza a sus sistemas de vida y costumbres, y de sus derechos territoriales. En ese sentido, dichas Organizaciones consultadas manifestaron de manera explícita e inequívoca no entregar su consentimiento a la instalación de dicho proyecto.

Asimismo, dichas Organizaciones consultadas, como señal de su disposición al diálogo intercultural y de utilización de los medios institucionales, manifestaron que decidieron participar del Proceso de Consulta Indígena (PCI) convocado de buena fe por el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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mediante la Resolución N°262 de fecha 29 de noviembre de 2013, dado que el PCI es una herramienta institucional mediante la cual, de alguna forma, pueden canalizar de manera concreta su oposición al proyecto, influyendo durante el proceso de evaluación de impacto ambiental y en los términos de la RCA para que ésta no implicara una vulneración de los derechos colectivos de las instituciones consultadas. Definido en el Informe “Indagación Sociocultural e Identificación de Sitios de Significación Cultural en la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trankura”, elaborado por el Antropólogo Mario Barrientos en el contexto del PCI.

En ese sentido, para estas Organizaciones consultadas el resultado del PCI, fue que ellas mismas identificaron efectos que no fueron evidenciados durante la evaluación ambiental del proyecto. Además, replantearon algunas de las medidas de mitigación, compensación y/o reparación propuestas por el titular, en términos de que éstas fueran realmente eficaces desde la perspectiva de los impactos producidos. Por último, se dejó en evidencia que a juicio de las organizaciones consultadas hay impactos, principalmente los relacionados al ámbito cultural y religioso del territorio, sobre los cuales no cabe ninguna medida de mitigación.

Las Organizaciones consultadas, manifestaron de forma unánime disconformidad con las limitaciones de la Institucionalidad Ambiental vigente en Chile, por cuanto ésta no permite a las comunidades indígenas que habitan en los territorios en los que se pretenden instalar proyectos de inversión decidir respecto a la instalación o no de éstos, en ejercicio del derecho a “decidir sus prioridades en materia de desarrollo”, consagrado en el artículo 7.1 del Convenio 169 de la OIT, Tratado Internacional de Derechos Humanos ratificado por el Estado de Chile y que actualmente se encuentra vigente, y que forma parte del bloque constitucional de acuerdo a lo prescrito por el inciso 2° del artículo 5 de la Constitución Política de la República.

Expresan que la oposición y no entrega del consentimiento de las Organizaciones consultadas respecto de la instalación en su Territorio del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, se funda en que éste significa una seria afectación y amenaza a sus sistemas de vida y costumbres, y de sus derechos territoriales, bajo condiciones que no admiten ningún tipo de mitigación ni compensación; señalando además que la implementación del proyecto provocará severas modificaciones sobre los ecosistemas naturales circundantes al estero Pichitrankura.

El estero Pichitrankura como espacio de significancia cultural, adquiere una dimensión sagrada al ser considerado Txayenko. Durante los rituales en el Gillatuwe el estero provee de los recursos necesarios, como el caso del agua para ceremonias propiciatorias. El agua desde la visión mapuche no es sólo un elemento, el agua es vida. La instalación del proyecto conlleva un deterioro de la flora o lawen que significa la pérdida del oficio de lawentuchefe y los conocimientos de la etnomedicina mapuche tradicional. Las aguas del estero Pichitrankura permiten a la comunidad abastecerse de distintas especies vegetales para fines gastronómicos, vinculado también con la recolección de frutos locales.

Adicionalmente, indicaron que es importante tener presente que en el estero existen puntos de captación y derechos de aprovechamiento de agua consuntivos de ejercicio permanente y eventual inscritos por parte de integrantes de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Camilo Coñoequir.

Junto a lo anterior, manifestaron que, frente a la llegada del proyecto la espiritualidad mapuche del Lofmapu sería vulnerada por la intervención de espacios ancestrales sagrados, referentes principales del territorio Trankura, como son el Gillatuwe ritualmente conectado a los cerros Txen Txen Pünowemanke y Kai Kai Peñewe, que conforman y delimitan socioculturalmente el territorio, que sirven como fuente de conocimiento, que dan sentido a la vida, a la naturaleza, al territorio y la cultura. De esta forma, los cerros, junto al estero y el río son parte constitutiva de la identidad cultural de las comunidades que participan del Gillatuwe.

De igual modo indicaron que, entendiendo el carácter esencialmente comunitario del territorio, el proyecto hidroeléctrico contradice las formas colectivas de desarrollo económico. La construcción del proyecto atenta contra el estero Pichitrankura y el río Trankura como recursos naturales del territorio, afectando directamente a las actividades turísticas de intereses especiales que se desarrollan. Cabe destacar que estos emprendimientos son un ejemplo de desarrollo endógeno, constituyéndose en relevantes atractivos etnoturísticos.

Desde la perspectiva de dichos impactos las Organizaciones consultadas identificaron:

  • Una insuficiente consideración de la cosmovisión mapuche, en el sentido de una percepción sistémica del mundo y de la propia existencia. Esto implica una noción de causa y efecto como un continuum, que afecta a todo ser viviente, animal y vegetal, así como la topografía, todo tiene vida y tiene su ngen. Es una noción de todo relacionado con todo holísticamente.

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  • Otra consideración ausente en el diseño de implementación del proyecto es la noción de espacio y lugar desde la perspectiva de la gente del territorio. Ello tiene directa relación en la forma en que la población local construye la geometría de sus espacios socioculturales y su concepción de ordenamiento territorial tradicional y en la actualidad.

  • Otro impacto negativo que se desprende de lo anterior es la noción de ocupación de los espacios, que para la población local no puede acotarse a un lugar específico sin afectar el entorno inmediato y mediato del territorio. Se trata de una noción local de no manipulación del espacio físico dado que cada espacio es indisoluble de su carga religioso espiritual e histórica.

  • Una afectación negativa ya observada a propósito de la eventual implementación del proyecto es un deterioro del tejido social local producto del trastoque de relaciones que la intervención externa ha significado con eventuales beneficiarios y/o afectados. Dicho deterioro de las relaciones interfamiliares e interpersonales resultan en una pérdida del sentido colectivo local y de la identidad que incluso se reflejan en la participación en el ritual del Gillatuwe. Asimismo, las Organizaciones consultadas manifiestan su preocupación respecto a las posibles irregularidades que tendrían los procesos previos a la constitución de la permuta de la hijuela N° 28-E de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en la cual se emplazaría la bocatoma del proyecto, cuya ocurrencia es anterior al ingreso del proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Es en consideración a todo lo antes expuesto, que las Organizaciones consultadas, reiteraron su oposición y no entregaron el consentimiento respecto de la instalación en su Territorio del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, pero también reiteraron su intención de continuar un diálogo intercultural y de buena fe con el Estado, para que este vele por el respeto de sus derechos.

11.5. Proceso de Consulta Indígena con la comunidad indígena Folilco Juan Curipichun.

  • Reuniones preliminares: Actividad que se realizó con la finalidad de entregar y analizar los antecedentes que generaron la realización del Proceso de Consulta Indígena asociado al EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en evaluación de impacto ambiental. Esta actividad se realizó a través de una reunión en la que participó la Directiva de la Comunidad y el SEA. Estos antecedentes constan en correo electrónico de fecha 25 de agosto de 2014 y en Acta de Visita N°185 del 26 de agosto de 2014 con su respectiva nómina de asistencia.

  • Resolución Inicio de Consulta: Con fecha 29 de Noviembre de 2013 el SEA emitió Resolución Exenta N°262/2013 que dio inicio al proceso de Consulta Indígena asociada al EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en evaluación de impacto ambiental.

  • Difusión proceso Consulta Indígena: Se realizó difusión del Proceso de Consulta Indígena, a través de medios de comunicación social escrita y radial. A saber: Diario Oficial, Diario Austral de Temuco y las emisoras locales Radio Ñgen de Curarrehue y Radio Picarona de Villarrica con cobertura en la comuna de Curarrehue.

  • Resolución N°65/2014: Con fecha 21 de febrero de 2014, el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el Proceso de Consulta Indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba.

  • Resolución N°247/2014: Con fecha 22 de agosto de 2014, el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el proceso de consulta indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba.

  • Notificación Resolución N°247/2014: Se notificó a la comunidad indígena Folilco Juan Curipichun respecto de Resolución N° 247/2014 en la que el SEA resolvió la aplicación de la medida provisional de suspensión de plazo de evaluación ambiental del EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” conforme el artículo 32 de la Ley N°19.880 con la finalidad que el Proceso de Consulta Indígena contara con tiempo para el desarrollo de todas las etapas que implicaba. Consta en Acta de Visita N°185 del 26 de agosto de 2014.

  • Reuniones elaboración acuerdo metodológico Consulta Indígena: Este proceso se realizó desde el mes de agosto a diciembre de 2014. En este período se determinó, en conjunto con los representantes de la comunidad, el procedimiento para el desarrollo de la Consulta Indígena estableciendo principalmente los plazos, actividades, análisis de impactos y medidas a consultar. Consta en correo electrónico de fecha 29 de agosto de 2014; Acta de Visita N°188 del 04 de septiembre de 2014; Acta de Visita N°192 del 13 de septiembre de 2014, ocasión en la cual REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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además se revisaron los antecedentes del proyecto que se encuentra en proceso de evaluación de impacto ambiental; correo electrónico de fecha 11 de noviembre de 2014; Acta de Visita N°140 del 13 de noviembre de 2014 con su respectiva nómina de asistencia.

  • Firma Acuerdo Metodológico: Con fecha 09 de diciembre de 2014 se firmó Acuerdo Metodológico entre la comunidad indígena Folilco Juan Curipichun y el SEA. En este documento se acordaron los procedimientos, plazos y actividades a desarrollar en la Consulta Indígena.

  • Reunión revisión proyecto, impactos y medidas de mitigación, compensación y/o reparación: En el marco de la Consulta Indígena se realizó reunión con parte de la directiva de la Comunidad, CONADI y el SEA con la finalidad de revisar y analizar el proyecto, sus impactos y las medidas de mitigación, compensación y/o reparación del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” que se encontraba en proceso de evaluación ambiental. Consta en Acta de Visita N°313 del 13 de diciembre de 2014.

  • Reunión y actividad de terreno entre las organizaciones consultadas y el Comité Técnico de Evaluación: Se realizó reunión con la finalidad de generar un espacio de diálogo entre LOF Trancura, Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura, la Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun, el Comité Técnico de Evaluación, CONADI y SEA. En la ocasión se realizó recorrido en los sectores en los cuales estaba diseñada la propuesta de trazado y de obras, como también de los sitios de significación cultural y los emprendimientos turísticos presentes en el territorio. Antecedentes constan en Acta de Visita N°317 de fecha 15 de diciembre de 2014.

  • Reunión redacción Protocolo Final: Se realizó reunión entre el Presidente de la comunidad, CONADI y el SEA con la finalidad de comenzar redacción del Protocolo Final de la Consulta Indígena. Se revisaron los acuerdos sistematizados y se analizaron de tal forma de incorporarlos al documento final. Consta correo electrónico de fecha 19 de diciembre de 2014 y en Acta de Visita N°320 del 30 de diciembre de 2014.

  • Reunión revisión y redacción de Protocolo Final: Esta reunión se realizó el día 19 de enero con la finalidad de concluir el documento de Protocolo Final de Consulta. Se acordó firmar de entre las partes el día 22 de enero de

  • Consta en Acta de Visita N°247 de fecha 19 de enero de 2015 y en correos electrónicos de fecha 06 de enero de 2015 y 21 de enero de 2015.

Acuerdos Alcanzados

a. Las partes convinieron que el Proceso de Consulta Indígena se desarrolló con pleno cumplimiento de las exigencias y principios establecidos por el Convenio N°169 de la OIT y la normativa vigente.

b. Las Partes estuvieron de acuerdo en que el Proceso de Consulta Indígena realizado entre la Comunidad Folilco Juan Curipichun y el SEA Región de La Araucanía, en relación con el proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, se realizó de buena fe, en forma transparente, de manera adecuada y con pertinencia cultural, y con la finalidad de lograr consensos que quedaron expresados en el Protocolo de Acuerdo Final , reconociéndose recíprocamente los mutuos esfuerzos desplegados para tal propósito.

c. En reuniones sostenidas para la formulación del acuerdo metodológico para el Desarrollo de la Consulta Indígena, se acordó entre las Partes que el PCI llevado a cabo tendría carácter reservado, publicando documentos, medios de verificación y cualquier información obtenida a partir del Proceso sólo una vez firmado el Protocolo Final de Consulta Indígena.

d. Las Partes declararon que en el presente Proceso de Consulta Indígena, se incluyeron las medidas de mitigación y compensación presentadas por el Titular para hacerse cargo de los efectos del artículo 11 de la ley Nº 19.300, concretamente en este caso, de los previstos en sus literales c) y d).

e. En el Protocolo Final de Consulta Indígena, la comunidad consultada, no obstante no haber otorgado su consentimiento respecto del proyecto, manifestó su acuerdo libre e informado respecto de algunas de las medidas de mitigación y compensación consultadas y establecidas en el punto 7.9. del Protocolo de Acuerdo Final.

f. En virtud de los acuerdos obtenidos, las Partes convinieron que el Proceso de Consulta Indígena realizado comprendió los impactos y las medidas de mitigación, compensación y/o reparación consultadas relacionadas con el proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”.

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g. Las Partes convinieron que las medidas de mitigación, compensación y/o reparación analizadas, acordadas y no acordadas para cada impacto y establecidas en el Protocolo Final de la Consulta Indígena, al igual que los efectos ambientales del proyecto identificados por la comunidad consultada durante el PCI, serían incorporadas en un ICSARA con la finalidad de que sean abordadas y consideradas por el Titular del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” en la ADENDA correspondiente, las que serían adjuntadas en el Informe Consolidado de la Evaluación (ICE) y en el Considerano 7 del presente acto administrativo.

h. Las Partes convinieron que las medidas acordadas y no acordadas, así como también los efectos ambientales del proyecto identificados por la comunidad consultada durante el PCI y establecidos en el Protocolo Final del Proceso de Consulta Indígena, serían incorporadas en el presente acto, como asimismo las medidas de mitigación, compensación y/o reparación, y los compromisos voluntarios, según corresponda.

i. Los acuerdos y no acuerdos que se establecieron sobre medidas de mitigación, compensación, seguimiento ambiental y/o compromisos con la comunidad respecto del proyecto, se indican a continuación:

Componente Calidad del Aire

En cuanto al componente ambiental Calidad del Aire en la etapa de construcción, el Titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de la comunidad consultada en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de la comunidad se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 11 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Folilco Juan Curipichun; las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por la comunidad consultada Observaciones Calidad del aire Alteración en la calidad del aire Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito vehicular por la ejecución del proyecto en su etapa de construcción Implementar Plan de Control de Emisiones Atmosféricas que comprende:

  • Riego periódico de superficies transitables, caminos y de zonas de remoción de tierra. − Control de las velocidades de circulación al interior de las faenas, que no debe superar los 30 km/h.
  • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos. − Exigencia a los contratistas de realizar inspecciones y mantenciones a los vehículos y maquinarias del proyecto, con la revisión técnica al día. − Encarpado de vehículos que transportan materiales y residuos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire.
  • Para el tránsito de vehículos asociados al proyecto se deberá utilizar sólo la ruta 2, esto es desde el camino internacional ruta CH - 199 hasta el puente Añihuerraqui retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S - 983.
  • La velocidad de los vehículos por caminos exteriores no debe exceder los 30 km/hr., y que sea controlada por GPS.
  • Aumentar la frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo.
  • El agua de abastecimiento de los camiones aljibe, deberá acreditar su procedencia. Dicho registro deberá ser puesto en conocimiento de la comunidad consultada por medio de un Las partes llegan a acuerdo respecto de las medidas planteadas.

  • La comunidad solicita que los datos de velocidad registrados mediante GPS sean entregados a la comunidad de forma mensual. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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informe mensual.

Componente Ruido

En cuanto al componente ambiental Ruido en la etapa de construcción, el titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por la comunidad en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad. A su vez, las medidas planteadas por los representantes de la comunidad se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 11 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Folilco Juan; las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental reconocido por el Titular Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por la comunidad consultada Observaciones establecidas por la comunidad consultada Ruido Aumento en los niveles de Ruido en la etapa de construcción del proyecto Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito de vehículos - Instalación de barrera acústica modular mediante paneles acústicos de OSB en el frente de trabajo donde se ubicará la casa de máquinas. Estos paneles amortiguarán los niveles de presión sonora que se percibirán producto de las actividades de construcción, hasta niveles por debajo de los niveles normados.

  • Monitoreo de ruido durante la construcción de la casa de máquinas En reunión de deliberación interna la comunidad consultada solicita que:

  • Las barreras de contención acústica a instalar sean de un material con mayor potencial de aislación que el OSB.

  • Las barreras deberían tener como mínimo 5 metros de altura.

  • Se deberá realizar monitoreo diario de ruido.

  • Se deja de manifiesto que el material propuesto (OSB) no satisface los requerimientos técnicos respecto de la minimización de ruido hacia el entorno.

  • El punto de medición de ruidos debe ser localizado en la vivienda más cercana a las obras del proyecto.

  • El Titular deberá entregar los informes mensuales de resultados de mediciones de ruido a la comunidad consultada para verificación de cumplimiento de normativa en la construcción de casa de máquinas.

Componente Medio Humano

En cuanto al componente ambiental Medio Humano en la etapa de construcción, el titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de la comunidad consultada en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de comunidad consultada se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 11 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Folilco Juan Curipichun; las que se establecen a continuación:

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Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por la comunidad consultada Observaciones Medio Humano Afectación de sitio de significación cultural faldas del cerro Pünowema nke (TxenTxen) y Peñewe (cerro KaiKai) Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de obras del proyecto El proyecto original contemplaba un sistema de aducción que incluía un canal en superficie de 230 metros y la construcción de un túnel por la ladera del cerro en el costado derecho del río de más de 1 kilómetro de longitud.

A diferencia del diseño original, en el proyecto en evaluación la intervención sobre el cerro se minimiza por cuanto no considera perforarlo para construir un túnel, y la tubería que reemplaza a dicho túnel irá bajo un camino maderero antiguo, es decir minimizando la intervención de terrenos. Este rediseño del proyecto, si bien disminuye la eficiencia del proyecto, fue privilegiado para minimizar la intervención sobre cerro. Se analizaron las medidas propuestas por el Titular y conforme las consideraciones de la comunidad consultada, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar estas afectaciones de carácter cultural, dado que estos espacios se constituyen como Sitios de Significación Cultural de acuerdo a la indagatoria realizada en el territorio por el antropólogo especialista que se encuentra apoyando y asesorando a la comunidad consultada. La comunidad consultada señala que por tratarse de lugares y espacios sagrados, en la cosmovisión local no se concibe intervención sobre los mismos. Esta topografía se articula ceremonialmente al Gillatuwe local.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto. Molestia producto del desarrollo de actividades constructiva s durante la celebración del Guillatuwe Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de obras del proyecto - Suspender tránsito de vehículos del proyecto por el camino S-983 desde Curarrehue hasta la cancha del Guillatuwe (Ruta 1), durante el período de preparación y realización del Guillatuwe, empleando únicamente la denominada Ruta 2.

  • Garantizar la libre asistencia de los trabajadores locales del proyecto que participen en la rogativa durante los días que dure la ceremonia y adicionalmente se dará permisos para ausentarse a las actividades productivas con motivo de la preparación del Guillatuwe a los trabajadores que Se analizaron las medidas propuestas por el Titular y conforme las consideraciones de la comunidad consultada, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar estas afectaciones de carácter cultural, dado que ésta es la máxima manifestación de religiosidad tradicional del territorio.

La comunidad consultada señala que conforme al protocolo y al uso y costumbre tradicional del AzMapu, no se concibe una intervención en el ritual de Guillatuwe, por ser la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el Territorio. Circunstancia que se encuentra acreditada en diversos informes socio culturales (CONADI, Unidad de Cultura, 2010; Barrientos, 2014). Eventuales mitigaciones no tendrían REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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participen.

  • Proveer transporte desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta la cancha del Guillatuwe a los participantes, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Guillatuwe, en caso que lo requieran para la preparación de la ceremonia.

  • Entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos.

Cabe mencionar que durante la construcción se contempla la instalación de una barrera acústica que amortiguará los niveles de ruido que emitirá la construcción de la central. pertinencia ni de sujeto ni de contexto.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto.

Alteración en la calidad del agua utilizada para la ceremonia de Guillatuwe.

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Construcción de obras en el lecho del estero Añihuerraqui El Titular propone la instalación de un estanque de 40 m³ de capacidad que almacenará agua potable proveniente de una fuente externa autorizada que cumpla con el D.S. N°735/68 del MINSAL y la NCh 409.

Este estanque será construido en el mismo sitio donde actualmente está emplazada la captación de estos comuneros. La operación de este estanque estará a cargo del titular, y los beneficiados con esta medida serán las 12 familias de la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul que actualmente se abastecen de agua a través de esta Se analizaron las medidas propuestas por el Titular y conforme las consideraciones de la comunidad consultada, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar esta afectación de carácter cultural, dado que ésta es la máxima manifestación de religiosidad tradicional del territorio.

La comunidad consultada señala que conforme al protocolo y al uso y costumbre tradicional del AzMapu, no se concibe una intervención en el ritual de Guillatuwe, por ser la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el Territorio. Circunstancia que se encuentra acreditada en diversos informes socio culturales (CONADI, Unidad de Cultura, 2010; Barrientos, 2014). Eventuales mitigaciones no tendrían pertinencia ni de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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captación. sujeto ni de contexto.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto.

Posible afectación de sitio de significación cultural Eltun por línea transmisión eléctrica Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Construcción Línea de Trasmisión. - Alejar los postes de la LTE en aproximadamente 30 metros, de los puntos identificados por CONADI donde estaría un Eltun. - Replantear trazado de la línea, ya que la existencia del Eltun se encuentra acreditada, y georreferenciada, por lo cual cualquier tipo de afectación de éste implicaría una seria vulneración al patrimonio cultural del Territorio.

  • Realizar prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea.

  • En la construcción del trazado, el informe arqueológico deberá ser entregado a la comunidad con fotografías diarias y, en lo posible, respaldo audiovisual. Las partes llegan a acuerdo respecto a las medidas expuestas por la comunidad consultada. Aumento del tránsito vehicular en rutas transitadas por las comunidade s Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito vehicular

  • Se restringirá el tránsito de vehículos pesados del proyecto por la Ruta 1 en horario de entrada y salida de alumnos a colegio del sector por la mañana (8:30 - 9:30), y por la tarde (16:30 - 17:30) durante el período de clases. En su defecto se ocupará la Ruta 2 (Ruta CH 199 y Ruta S-983) para acceder al proyecto.

  • Se disminuirá la velocidad máxima de circulación de la Ruta S- 983 entre el Puente Añihuerraqui y el área del proyecto, a 30 km/h.

  • En reunión de deliberación interna la comunidad consultada establece que para el tránsito de vehículos asociados al proyecto se deberá utilizar sólo la ruta 2, esto es desde el camino internacional ruta CH -199 hasta el puente Añihuerraqui retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S - 983.

  • Aumentar medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), disminuyendo la frecuencia de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras del proyecto. Las partes llegan a acuerdo respecto de esta medida.

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Deterioro de caminos y puentes por tránsito de vehículos.

Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito de camiones y vehículos en la etapa de construcción El titular no establece medidas para este impacto. - El camino utilizado por el proyecto siempre se deberá mantener en las mejores condiciones de transitabilidad. - El Titular deberá establecer claramente las medidas que a este respecto se implementarán. - Reforzar los puentes a utilizar por el proyecto. - En caso que el titular no acoja el requerimiento, deberá presentar documento de la Dirección de Vialidad que acredite que estas obras no sufrirán deterioro por el tránsito vehicular previo a su uso.

Componente Paisaje

En cuanto al componente ambiental Paisaje en la etapa de operación, el titular presentó medidas de mitigación, las que fueron analizadas y complementadas por la comunidad consultada en las reuniones desarrolladas con dicha finalidad.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de la comunidad consultada se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 11 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Folilco Juan Curipichun; las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por la comunidad consultada Observaciones establecidas por la comunidad consultada Paisaje Alteración en la homogenei dad del Paisaje Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Instalación de tubería forzada y casa de máquina - Instalar una pantalla o cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión y la casa de máquinas, y estará compuesta principalmente por Roble, Raulí, Coihue, Maqui, Calafate y Mosqueta. La plantación de los árboles se realizará en hileras a una distancia de 2,5 metros entre ellos y en la parte media se plantarán las especies arbustivas.

  • La tubería en presión, además, será mimetizada por medio de las siguientes medidas: será pintada de colores similares al entorno natural, se implementará una cobertura vegetal en base a arbustos también en los alrededores de la tubería, para
  • El prendimiento de las especies nativas a plantar debe ser mínimo del 90% de sobrevivencia al segundo año.
  • La comunidad consultada plantea que la instalación del proyecto es completamente contrario a la homogeneidad del paisaje.

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mimetizarla con el entorno, y se reforestará todos aquellos sectores donde sea posible hacerlo, para impermeabilizar esta unidad.

Componente Medio Humano

En cuanto al componente ambiental Medio Humano en la etapa de operación, el titular presentó medidas de mitigación en su EIA, las que fueron analizadas y complementadas por los representantes de la comunidad consultada en las reuniones efectuadas para el análisis de dichas medidas.

A su vez, las medidas planteadas por los representantes de la comunidad consultada se presentaron y fueron ratificadas en reunión interna de deliberación de fecha 11 de enero de 2015 y que constan en el libro de Actas de la Comunidad Folilco Juan Curipichun; las que se establecen a continuación:

Componente Ambiental Impacto Ambiental Impactos Identificados Artículo 11 de la Ley 19.300 Acciones del Proyecto que dan origen al Impacto Medidas Mitigación establecidas por el Titular Medidas planteadas por la comunidad consultada Observaciones Medio Humano Afectación de sitio de significación cultural faldas del cerro Pünowema nke (TxenTxen) y Peñewe (cerro KaiKai) Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Operación del proyecto La Casa de Máquinas será insonorizada, con un diseño arquitectónico que la mimetice con el entorno, así como se mimetizará la tubería en presión. El detalle de esta medida incluye:

  • La Casa de Máquinas irá enterrada casi en su totalidad (8 metros de los 12 metros a edificar).

  • La Casa de Máquinas será insonorizada, los niveles de ruido al exterior en los receptores sensibles no superarán los 48 dB(A) durante el día y los 45 dB(A) durante la noche.

  • Se instalará una cortina vegetal que cubrirá la tubería en presión y la Casa de Máquinas, compuesta principalmente por Roble, Raulí, Coihue, Maqui, Calafate y Mosqueta.

  • Para mimetizar la tubería se contempla pintarla de colores similares al entorno natural y reforestar todos aquellos Se analizaron las medidas propuestas por el Titular y conforme las consideraciones de la comunidad consultada, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar estas afectaciones de carácter cultural, dado que estos espacios se constituyen como Sitios de Significación Cultural de acuerdo a la indagatoria realizada en el territorio por el antropólogo especialista que se encuentra apoyando y asesorando a la comunidad consultada.

  • La comunidad consultada señala que por tratarse de lugares y espacios sagrados, en la cosmovisión local no se concibe intervención sobre los mismos. Esta topografía se articula ceremonialmente al Guillatuwe local.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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sectores donde sea posible hacerlo. Molestia por la operación de la central durante la celebración del Guillatuwe. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Operación de la central y tránsito de vehículos asociado. - Suspender tránsito de vehículos del proyecto por el camino S-983 desde Curarrehue hasta la cancha del Guillatuwe (Ruta 1), durante el período de preparación y realización del Guillatuwe, empleando únicamente la denominada Ruta 2.

  • Garantizar la libre asistencia de los trabajadores locales del proyecto que participen en la rogativa durante los días que dure la ceremonia y adicionalmente se dará permisos para ausentarse a las actividades productivas con motivo de la preparación del Guillatuwe a los trabajadores que participen.

  • Proveer transporte desde la cabecera comunal de Curarrehue hasta la cancha del Guillatuwe a los participantes, en coordinación con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia. Adicionalmente se proveerá movilización para los organizadores del Guillatuwe, en caso que lo requieran para la preparación de la ceremonia.

  • Entrega de un fondo para la rogativa, el que será coordinado con las autoridades ancestrales encargadas de esta ceremonia, y se hará efectivo en el momento que se inicien los preparativos.

Se analizaron las medidas propuestas por el Titular y conforme las consideraciones de la comunidad consultada, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar estas afectaciones de carácter cultural, dado que ésta es la máxima manifestación de religiosidad tradicional del territorio.

La comunidad consultada señala que conforme al protocolo y al uso y costumbre tradicional del AzMapu, no se concibe una intervención en el ritual de Guillatuwe, por ser la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el Territorio. Circunstancia que se encuentra acreditada en diversos informes socio culturales (CONADI, Unidad de Cultura, 2010; Barrientos, 2014). Eventuales mitigaciones no tendrían pertinencia ni de sujeto ni de contexto.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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  • Coordinar las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Guillatuwe, de manera tal que estas mantenciones coincidan con la fecha de la ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia. Cabe destacar que producto de esta medida, no habrá captación de agua del estero, quedando inalterada en su disponibilidad para ser usada en la rogativa.

Cabe mencionar que la Casa de Máquinas será insonorizada y tendrá un diseño arquitectónico y materialidad acorde al entorno, y que contará con una cortina vegetal gracias a la cual se mimetizará con el entorno, al igual que la tubería en presión. Uso de agua del estero durante la celebración del Guillatuwe producto de la operación de la central. Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Etapa de operación - Coordinar las mantenciones de la central la primera semana de cada año con los organizadores del Guillatuwe, de manera tal que estas mantenciones coincidan con la fecha de la ceremonia. De esta manera, la central no operará durante un máximo de 3 días que coincidirán con la ceremonia, por lo tanto no habrá captación de agua del estero en la bocatoma. Se analizaron las medidas propuestas por el Titular y conforme las consideraciones de la comunidad consultada, se establece que para este impacto no existen medidas que permitan mitigar, compensar y/o reparar esta afectación de carácter cultural, dado que ésta es la máxima manifestación de religiosidad tradicional del territorio.

La comunidad consultada señala que conforme al protocolo y al uso y costumbre tradicional del AzMapu, no se concibe una intervención en el ritual de Gillatun, por ser la manifestación máxima de la religiosidad tradicional en el Territorio. Circunstancia que se encuentra acreditada en diversos informes socio culturales (CONADI, Unidad de Cultura, 2010; Barrientos, 2014). Eventuales mitigaciones no tendrían pertinencia ni de sujeto ni de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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contexto.

Por lo expuesto, no se llega a acuerdo entre las partes en las medidas establecidas para este impacto. Aumento del tránsito vehicular en rutas transitadas por las comunidade s Letra c), Alteración en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Tránsito vehicular relacionado con la operación del proyecto - La velocidad de circulación de los vehículos del proyecto no deberá superar los 40 km/hora en las rutas de acceso al sector del proyecto. Adicionalmente se contempla el uso de GPS en dichos vehículos para el control de velocidad y rutas. - En reunión de deliberación interna la comunidad consultada establece que para el tránsito de vehículos asociados al proyecto se deberá utilizar sólo la ruta 2, esto es desde el camino internacional ruta CH -199 hasta el puente Añihuerraqui retornando hacia el área del proyecto por el camino de ripio ruta S -983.

  • Aumentar medidas de seguridad y preventivas en horarios de transporte público y escolar (7:30 – 9:30 y 16:00 – 18:00 horas), disminuyendo la frecuencia de circulación de los vehículos, camiones y buses que participen en la obras. Las partes llegan a acuerdo respecto de esta medida.

  • Compromisos Voluntarios Solicitados por la comunidad

Dentro del proceso de consulta indígena, la comunidad consultada estableció los siguientes compromisos para ser considerados por el titular del EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”:

Componente Ambiental Compromisos establecidos por la comunidad consultada Avifauna -La comunidad consultada plantea que la avifauna tiene una significancia religiosa y espiritual; además son de vital importancia para la economía local, dado que una parte importante de las potenciales actividades turísticas se desarrollan a través del avistamiento de aves tales como: cóndor, chucao, pájaro carpintero; martín pescador, entre otros; por lo que la comunidad solicita lo siguiente:

  • Disminuir las actividades de construcción, de todas las obras, en época de anidación y/o reproducción de la avifauna existente en el área de ejecución de obras.
  • Recalendarizar las obras constructivas en las etapas indicadas para proteger la avifauna.
  • Elaboración de informe técnico imparcial que identifique los períodos de reproducción y anidación de la avifauna local, y el efecto migratorio de la avifauna que implique la instalación del proyecto. Fauna
  • La comunidad consultada plantea que la fauna tiene vital importancia para la economía local, dado que una parte importante de las potenciales actividades turísticas se desarrollan en base a la observación de especies de fauna local, por lo que la comunidad consultada solicita lo siguiente:

  • Se aconseja no intervenir la fauna local, ya que cualquier intervención al frágil ecosistema de la microcuenca tendrá efectos ambientales irreversibles.

  • Respecto al rescate y relocalización de especies, éste deberá ser informado de manera mensual al SAG y la comunidad consultada, con registros audiovisuales, cuantitativos y cualitativos. Fauna acuática -La comunidad consultada plantea que la fauna acuática tiene vital importancia para la economía local, dado que una parte importante de las potenciales actividades turísticas se REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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desarrollan a través de la pesca recreativa, por lo que la comunidad consultada solicitan lo siguiente:

  • Implementar sistema en la bocatoma que permita el traslado libre aguas arriba y aguas abajo de los peces.
  • Se sugiere utilizar un sistema de rejillas de punto en la bocatoma para aumentar la eficiencia en la medida.

Impactos identificados por la comunidad durante el PCI

La comunidad indígena Folilco Juan Curipichun estableció que la ejecución del proyecto les generará una pérdida de chance en los potenciales emprendimientos turísticos que se podrían ejecutar en el sector por parte de la comunidad.

Firma Protocolo Acuerdo Final de Consulta Indígena: Con fecha 22 de enero de 2015 se firma Protocolo Final del Proceso de Consulta Indígena entre la comunidad indígena Folilco Juan Curipichun y el Servicio de Evaluacion Ambiental Región de La Araucanía.

Epílogo de a Comunidad Consultada

La comunidad indígena Folilco Juan Curipichun, representada por su Presidente don Jorge Jiménez Parra dejó de manifiesto en el Protocolo Final de Consulta Indígena su más férrea oposición a la instalación en su Territorio del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, por cuanto éste significa una seria afectación y amenaza a sus sistemas de vida y costumbres, y de sus derechos territoriales. En ese sentido, la comunidad consultada manifestó de manera explícita e inequívoca no entregar su consentimiento a la instalación de dicho proyecto.

Asimismo, la comunidad consultada, como señal de su disposición al diálogo intercultural y de utilización de los medios institucionales, manifestó que decidieron participar del Proceso de Consulta Indígena (PCI) convocado de buena fe por el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía mediante la Resolución N°262 de fecha 29 de noviembre de 2013, dado que el PCI es una herramienta institucional mediante la cual, de alguna forma, pueden canalizar de manera concreta su oposición al proyecto, influyendo durante el proceso de evaluación de impacto ambiental y en los términos de la RCA para que ésta no implique una vulneración de los derechos colectivos de las instituciones consultadas.

En ese sentido, para la comunidad consultada el resultado del PCI, dio cuenta que existe una potencial afectación para los emprendimientos turísticos que la comunidad podría desarrollar; además, replanteó algunas de las medidas de mitigación, compensación y/o reparación propuestas por el titular en términos de que éstas sean realmente eficaces desde la perspectiva de los impactos producidos. Por último, se dejo en evidencia que a juicio de la comunidad hay impactos, principalmente los relacionados al ámbito cultural y religioso del territorio, sobre los cuales no cabe ninguna medida de mitigación.

La comunidad consultada, manifestó de forma unánime disconformidad con las limitaciones de la Institucionalidad Ambiental vigente en Chile, por cuanto ésta no permite a las comunidades indígenas que habitan en los territorios en los que se pretenden instalar proyectos de inversión decidir respecto a la instalación o no de éstos, en ejercicio del derecho a “decidir sus prioridades en materia de desarrollo”, consagrado en el artículo 7.1 del Convenio 169 de la OIT, Tratado Internacional de Derechos Humanos ratificado por el Estado de Chile y que actualmente se encuentra vigente, y que forma parte del bloque constitucional de acuerdo a lo prescrito por el inciso 2° del artículo 5 de la Constitución Política de la República.

La comunidad consultada expresó que la oposición y no entrega del consentimiento de la comunidad Folilco Juan Curipichun respecto de la instalación en su Territorio del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, se funda en que éste significa una seria afectación y amenaza a sus sistemas de vida y costumbres, y de sus derechos territoriales, bajo condiciones que no admiten ningún tipo de mitigación ni compensación; señalando además que la implementación del proyecto provocara severas modificaciones sobre los ecosistemas naturales circundantes al estero Pichitrankura.

El estero Pichitrankura como espacio de significancia cultural, adquiere una dimensión sagrada al ser considerado Txayenko. Durante los rituales en el Gillatuwe el estero provee de los recursos necesarios, como el caso del agua para ceremonias propiciatorias. El agua desde la visión mapuche no es sólo un elemento, el agua es vida. La instalación del proyecto conlleva un deterioro de la flora o lawen que significa la pérdida del oficio de lawentuchefe y los conocimientos de la etnomedicina mapuche tradicional. Las aguas del estero Pichitrankura REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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permiten a la comunidad abastecerse de distintas especies vegetales para fines gastronómicos, vinculado también con la recolección de frutos locales.

Adicionalmente, la comunidad indicó que es importante tener presente que en el estero existen puntos de captación y derechos de aprovechamiento de agua consuntivos de ejercicio permanente y eventual inscritos por parte de integrantes de las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Lloftunekul y Camilo Coñoequir.

Junto a lo anterior, la comunidad manifestó, frente a la llegada del proyecto la espiritualidad mapuche del Lofmapu sería vulnerada por la intervención de espacios ancestrales sagrados, referentes principales del territorio Trankura, como son el Gillatuwe ritualmente conectado a los cerros Txen Txen Pünowemanke y Kai Kai Peñewe, que conforman y delimitan socioculturalmente el territorio, que sirven como fuente de conocimiento, que dan sentido a la vida, a la naturaleza, al territorio y la cultura. De esta forma, los cerros, junto al estero y el río son parte constitutiva de la identidad cultural de las comunidades que participan del Gillatuwe. De igual modo indicó que, entendiendo el carácter esencialmente comunitario del territorio, el proyecto hidroeléctrico contradice las formas colectivas de desarrollo económico. La construcción del proyecto atenta contra el estero Pichitrankura y el río Trankura como recursos naturales del territorio, afectando directamente a las actividades turísticas de intereses especiales que se desarrollan. Cabe destacar que estos emprendimientos son un ejemplo de desarrollo endógeno, constituyéndose en relevantes atractivos etnoturísticos.

Desde la perspectiva de dichos impactos la comunidad consultada identifica:

  • Una insuficiente consideración de la cosmovisión mapuche, en el sentido de una percepción sistémica del mundo y de la propia existencia. Esto implica una noción de causa y efecto como un continuum, que afecta a todo ser viviente, animal y vegetal, así como la topografía, todo tiene vida y tiene su ngen. Es una noción de todo relacionado con todo holísticamente.

  • Otra consideración ausente en el diseño de implementación del proyecto es la noción de espacio y lugar desde la perspectiva de la gente del territorio. Ello tiene directa relación en la forma en que la población local construye la geometría de sus espacios socioculturales y su concepción de ordenamiento territorial tradicional y en la actualidad.

  • Otro impacto negativo que se desprende de lo anterior es la noción de ocupación de los espacios, que para la población local no puede acotarse a un lugar específico sin afectar el entorno inmediato y mediato del territorio. Se trata de una noción local de no manipulación del espacio físico dado que cada espacio es indisoluble de su carga religioso espiritual e histórica.

  • Una afectación negativa ya observada a propósito de la eventual implementación del proyecto es un deterioro del tejido social local producto del trastoque de relaciones que la intervención externa ha significado con eventuales beneficiarios y/o afectados. Dicho deterioro de las relaciones interfamiliares e interpersonales resultan en una pérdida del sentido colectivo local y de la identidad que incluso se reflejan en la participación en el ritual del gillatun. Asimismo, la comunidad consultada manifestó su preocupación respecto a las posibles irregularidades que tendrían los procesos previos a la constitución de la permuta de la hijuela N° 28-E de la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul en la que se emplazaría la casa de máquinas y restitución del proyecto, cuya ocurrencia es anterior al ingreso del proyecto al Sistema de Evaluación Ambiental.

Es en consideración a todo lo antes expuesto, que la comunidad Folilco Juan Curipichun, reiteró su oposición y no entregó el consentimiento respecto de la instalación en su Territorio del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, pero también reiteró su intención de continuar un diálogo intercultural y de buena fe con el Estado, para que este vele por el respeto de sus derechos.

  1. Que, con relación al cumplimiento de la legislación aplicable, el titular acredita el cumplimiento a dichas normas y que, según lo informado por los servicios públicos competentes, el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable. Es del caso señalar que, para todos los efectos, el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas son parte constitutiva de esta Resolución de Calificación Ambiental.

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12.1. Componente ambiental - Aire

Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación D.S. N° 144/61, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquiera Naturaleza. MINSAL En el Artículo 1 establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario. SEREMI de Salud Se controlarán las emisiones de polvo y gases mediante un Plan de Control de Emisiones Atmosféricas, de tal forma de no minimizar su emisión hacia el entorno. Los gases que se podrán emitir son los derivados del equipo electrógeno el cual sólo se utilizará cuando exista corte del suministro eléctrico, por lo que será de forma puntual y por un breve período de tiempo. D.S. N°47/92, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. MINVU El Artículo 5.8.3 de esta Ordenanza, establece medidas orientadas a minimizar las emisiones de polvo, en toda obra de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, en obras constructivas. Dirección de Obras Municipales El proyecto aplicará medidas para controlar las emisiones atmosféricas producto del tránsito de vehículos y movimientos de tierra, las que se establecerán en el Plan de Control de Emisiones Atmosféricas. No aplica para esta etapa del proyecto. D.S. N° 138/05, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. MINSAL Establece que los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos deberán entregar a la SEREMI de Salud del lugar en que se encuentran, los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes, entre las fuentes que distingue están equipos electrógenos SEREMI de Salud Se utilizarán 5 equipos electrógenos, 2 de 80 KVA y 3 de 50 KVA, por lo que el titular pondrá a disposición de la autoridad los antecedentes necesarios sobre la estimación de emisiones generadas durante la fase de construcción, de acuerdo a lo establecido en los artículos 3 y 4 de la norma citada. Se utilizará equipos electrógenos que operarán sólo en situaciones de emergencia, por lo que el titular pondrá a disposición de la autoridad los antecedentes necesarios sobre la estimación de emisiones generadas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 3 y 4 de la norma citada. D.S. N° 54/94, Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. MINTRATEL En su Artículo 8bis, establece normas sobre características técnicas de motores que permitan cumplir niveles máximos de emisión de monóxido de carbono, hidrocarburos totales, óxidos de nitrógeno y material particulado. SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones El proyecto contempla tránsito de vehículos medianos, todos a los cuales se exigirá estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados y deberán contarán con sus respectivas revisiones técnicas al día, rótulos y distintivos, que acrediten el cumplimiento de la norma de emisión. Los que no lo porten no serán admitidos en la obra. El proyecto contempla el tránsito de un camión al mes y 3 vehículos livianos al día, todos a los cuales se exigirá sus respectivas revisiones técnicas al día, rótulos y distintivos, que acrediten el cumplimiento de la norma de emisión. Los que no lo porten no serán admitidos en la obra. D.S. N° 55/94, Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica. MINTRATEL En sus Artículos 2, 4, y 8 bis, establece que deben estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados y señala las características técnicas de motores que permitan cumplir niveles máximos de emisión de monóxido de carbono, hidrocarburos totales, óxidos de nitrógeno y material particulado. SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones El proyecto contempla tránsito de vehículos pesados, todos a los cuales se exigirá estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados y deberán contarán con sus respectivas revisiones técnicas al día, rótulos y distintivos, que acrediten el cumplimiento de la norma de emisión. Los que no lo porten no serán admitidos en la obra. El proyecto contempla el tránsito de un camión al mes el cual deberá contar con su sello de registro y con sus respectivas revisiones técnicas al día, rótulos y distintivos, que acrediten el cumplimiento de la norma de emisión. Los que no lo porten no serán admitidos en la obra. D.S. N° 75/87 Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. MINTRATEL En su Artículo 2, establece que el trasporte de materiales e insumos debe ser de forma tal que no generen escurrimiento o caídas al suelo. Además, en las zonas urbanas el transporte de materiales que produzcan polvo deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales de tal forma de impedir su dispersión al aire Carabineros de Chile, Municipalidad de Curarrehue El proyecto contempla tránsito de camiones con materiales e insumos, cuya carga no se dispersará bajo ninguna forma ni circunstancia. Los insumos o materiales que se utilicen en la etapa de operación serán transportados de manera tal que no se producirá dispersión de los mismos bajo ninguna forma ni circunstancia.

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12.2. Componente ambiental – Ruido

Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación D.S. N° 38/11, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. MMA

Esta norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad. Superintendencia del Medio Ambiente En la construcción de la casa de máquinas, se proyectó superación en los niveles permisibles de ruido considerando que existen receptores cercanos, por lo que se implementará una medida de mitigación consistente en una barrera acústica de OSB de 18 mm de espesor, 2,4 m de altura y un largo no inferior a 10 metros (cuando esto sea posible). Con ello se disminuye en 6,5 dB el ruido hacia el entorno, cumpliendo con la normativa. Durante esta etapa, habrá generación de ruido principalmente por la operación ininterrumpida de la casa de máquinas, sin perjuicio de lo cual, los resultados de la modelación de ruido indican que no existirá superación de la normativa de ruido aplicable. Ley N° 18.290/84, Ley de Tránsito. Ministerio de Justicia En su Artículo 78, permite el uso de cualquier aparato sonoro en zona rural sólo en caso necesario. Carabineros de Chile Durante esta etapa, se utilizarán rutas públicas para el acceso al proyecto, ante lo cual se instruirá al personal para hacer uso de aparatos sonoros sólo en casos estrictamente necesarios. Durante esta etapa, se utilizarán rutas públicas para el acceso al proyecto, ante lo cual se instruirá al personal para hacer uso de aparatos sonoros sólo en casos estrictamente necesarios.

12.3. Componente ambiental – Suelo

Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación DFL N° 458/76, Ley General de Urbanismo y Construcciones. MINVU En su artículo 55 señala que fuera de los límites urbanos no será permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para la explotación agrícola del inmueble, o para las viviendas del propietario y sus trabajadores. Sin perjuicio de lo anterior, en dicho artículo, en sus incisos 3 y 4, se faculta al Ministerio de Agricultura para autorizar el emplazamiento de actividades ajenas a la agricultura. Dirección de Obras Municipales El proyecto se emplaza fuera del límite urbano, por lo que respecto de la construcción de la casa de máquinas requiere cambio de uso de suelo para una superficie de 215 m2. No aplica Decreto Ley N° 3.557/81, Establece Disposiciones Sobre Protección Agrícola. MINAGRI El artículo 9° establece la obligación en predios rústicos, a destruir, tratar o procesar las basuras, malezas o productos vegetales perjudiciales para la agricultura, que aparezcan o se depositen en caminos, canales o cursos de agua, vías férreas, lechos de ríos o terrenos en general, cualquiera sea el objeto a que estén destinados. Servicio Agrícola y Ganadero El proyecto generará residuos sólidos y restos de excavaciones y escarpes durante la construcción, para lo cual se implementarán medidas para evitar la contaminación y degradación del recurso natural suelo. En especial, los aceites y lubricantes usados serán almacenados en una bodega especial de acopio temporal y serán retirados de faenas y trasladados a sitios de disposición final autorizados. Los residuos sólidos generados serán almacenados en bodegas especiales para ello y autorizados por la SEREMI de Salud.

12.4. Componente ambiental – Flora y fauna

Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación Decreto Ley N° 701/74, Somete los Terrenos Forestales a las Disposiciones que Señala. MINAGRI Normativa que incentiva la forestación en especial por parte de pequeños propietarios. También define el concepto de Plan de Manejo indicando su alcance y la forma en que opera. Corporación Nacional Forestal La forma en que se dará cumplimiento a esta normativa será a través de la presentación y aprobación del Plan de Manejo de Corta y Reforestación para Obras Civiles. Una vez aprobado, se procederá a realizar la corta establecida en una superficie de 1,648 ha, donde el polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 há. Se reforestará el doble de la superficie intervenida, dando un total de 3,46 há. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Ley 19.473/96, Sustituye Texto de la Ley N° 4.601, Sobre Caza, y Articulo 609 Del Código Civil. MINAGRI Esta Ley regula la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre. Asimismo, regula la caza o captura de aves, mamíferos, reptiles y anfibios de la fauna silvestre, prohibiendo en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. Servicio Agrícola y Ganadero En el área de influencia del proyecto se identificaron especies en categoría de conservación para lo cual se implementará un Plan de Rescate y Relocalización de Fauna de Movilidad Reducida (reptiles, anfibios y micromamíferos), cuyas principales actividades del consisten en: Rescate, Cautiverio, Identificación-marcaje, Liberación y Monitoreo. Las actividades serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero. No aplica en esta etapa toda vez que no se considera la caza o captura de especies en categorías de conservación en esta etapa. Ley 18.892/89, General de Pesca y Acuicultura. MINECON En su Artículo 136 establece la prohibición de introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de aguas, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos. Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Regional La construcción de la bocatoma se realizará sin introducir al estero agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos. Sin perjuicio de lo anterior, se considera el monitoreo de la calidad del agua del estero, de manera que no sobrepasen los límites establecidos en la NCh 1.333/78 Calidad del agua para distintos usos. En esta etapa no se introducirán al estero agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos toda vez que el agua utilizada para la operación de la central se devolverá al estero en iguales condiciones de cantidad y calidad. Ley 20.283/08, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal y su Reglamento establecido en el D.S. N° 93/08. MINAGRI Establece la protección, recuperación y mejoramiento de los bosques nativos, con el fin de asegurar la sustentabilidad forestal. Corporación Nacional Forestal Se autorizará el Plan de Manejo Forestal, de Corta y Reforestación para ejecutar Obras Civiles, el cual incluirá la reforestación del doble de la superficie de corta estimada en 1,648 ha, donde el polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 ha. Dicho Plan se elaboró por un profesional idóneo teniendo en consideración los tipos forestales del bosque nativo a cortar. Las actividades de corta y reforestación se llevarán a cabo de acuerdo a las condiciones que apruebe CONAF en la resolución correspondiente. No se realizará corta de especies de ribera a excepción de las obras de bocatoma y restitución. Se reforestará el doble de la superficie intervenida, dando un total de 3,46 há. D.S. N° 461/95, Reglamento para Pesca de Investigación. MINECOM Establece Requisitos que deben cumplir las solicitudes sobre pesca de investigación. Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Para establecer la línea de base de fauna íctica, se realizaron tres campañas de terreno, cuyas solicitudes fueron presentadas ante la Subsecretaría de Pesca. No aplica.

12.5. Componente ambiental – Patrimonio cultural

Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación Ley N° 17.288/70, Legisla Sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento establecido en el D.S. N° 484/90. MINEDUC

Establece categorías de protección del patrimonio bajo la denominación de Monumentos Nacionales. Entre estas se encuentran los monumentos arqueológicos que son definidos como los lugares, ruinas, yacimientos y piezas antropo- arqueológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional incluidas piezas paleontológicas. El Reglamento define los procedimientos para solicitar autorizaciones.

Consejo de Monumentos Nacionales, con la cooperación de las autoridades civiles, militares y de carabineros.

La prospección arqueológica realizada no identificó sitios con valor patrimonial por lo que no se generará pérdida, remoción, destrucción o transformación de algún elemento o lugar perteneciente al patrimonio cultural. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un arqueólogo en terreno durante las faenas de movimiento de tierra asociadas a la ejecución del proyecto, y en caso que se encuentren objetos de interés patrimonial, se denunciará este hecho oportunamente a la Autoridad a fin de implementar las medidas que No aplica. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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ésta indique. Ley N° 19.253/93, Ley indígena. Ministerio de Desarrollo Social

Establece Norma sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (modificada por ley 19.587)

CONADI

El proyecto desarrolló un proceso de participación ciudadana específico para las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto, así como un proceso de Consulta Indígena en conformidad con el Convenio 169 de la OIT, en la cual se analizaron los impactos y medidas establecidas durante la evaluación ambiental del proyecto. Cabe señalar que el proyecto no alterará el desarrollo de las actividades económicas de las comunidades indígenas identificadas, Para la construcción de las obras del proyecto, se utilizarán los mecanismos previstos por este cuerpo legal, esencialmente por medio de servidumbre, las cuales serán constituidas en su oportunidad y en la forma establecida en esta ley. Se mantendrá un protocolo de comunicación con las comunidades indígenas ubicada en el área de influencia del proyecto, y se les entregará copia del Informe Ambiental mensual a realizar en la etapa de construcción del proyecto, así como del informe semestral en la de operación.

12.6. Normativa ambiental – Obras en cauces naturales o artificiales

Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación D.F.L. N° 1.122/81, Código de Aguas. MOP Señala que cuando una instalación de cualquier naturaleza atravesare ríos, lagos, lagunas, tranques, represas o acueductos, deberán ejecutarse las obras de manera que no perjudiquen o entorpezcan la navegación ni el aprovechamiento de las aguas como tampoco el ejercicio de las servidumbres constituidas sobre ellas. Además, prohíbe vaciar residuos domiciliarios e industriales en aguas que puedan afectar derechos de terceros. Dirección General de Aguas Regional

La construcción de las obras del proyecto en el cauce del estero Añihuerraqui, no perjudicarán los derechos de aprovechamiento de las aguas constituidas sobre el mismo ubicadas aguas arriba de la restitución, toda vez que se implementará un estanque de 40 m3 para dotar de agua a las familias y comuneros que tienen derechos de agua otorgados como una medida de compensación, durante el tiempo que dure la construcción de las obras en el lecho del estero (estimado en 7 meses). El proyecto no contempla vaciar residuos a ningún cuerpo de agua. La captación de agua para el funcionamiento de la central no perjudicarán los derechos de aprovechamiento de las aguas constituidas sobre el mismo y ubicadas aguas arriba de la restitución, toda vez que el titular aumentó la cantidad de caudal ecológico establecido por la DGA y, de acuerdo a las campañas de aforo realizadas entre la captación y restitución, existe, en promedio, un 25% de recarga natural. Con lo anterior se asegura la no afectación sobre derechos de terceros.

12.7. Normativa ambiental – Residuos líquidos

Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación D.S. N° 594/99, Reglamento sobre Condiciones Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. MINSAL

Establece que en aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico. Las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes SEREMI de Salud

Para dotar de servicios higiénico a los trabajadores, se implementará un sistema de tratamiento particular mediante una planta compacta tipo Ecojet o similar y cuyo efluente se infiltrará en terreno. En los sectores alejados a la instalación de faenas se instalarán baños químicos los cuales también serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada para el manejo de este tipo de residuos con una frecuencia semanal. No se generarán residuos industriales líquidos. Se implementará un sistema de tratamiento particular mediante una planta compacta tipo Ecojet o similar y cuyo efluente se infiltrará en el sistema de infiltración utilizado en la etapa de construcción.

No se generarán residuos industriales líquidos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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D.S. N° 236/26, Reglamento General de Alcantarillados Particulares. MINSAL

El artículo 5 establece que para disponer las aguas servidas caseras en algún cuerpo o curso de agua, será menester someterlas previamente a un tratamiento de depuración, en donde la contaminación bacteriana sea inferior a 1.000 coliformes fecales por 100 mililitros. SEREMI de Salud

Se implementará un sistema de tratamiento particular para las aguas servidas generadas cuyo efluente se infiltrará mediante pozo absorbente. Se ubicará en el sector de casa de máquinas y se ubicará a más de 60 m de cuerpo de agua. Será autorizado previamente por la SEREMI de Salud. Se implementará un sistema de tratamiento particular para las aguas servidas generadas cuyo efluente se infiltrará en el terreno aprovechando para ello el sistema utilizado en la etapa de construcción. El sistema será autorizado previamente por la SEREMI de Salud.

12.8. Normativa ambiental – Residuos sólidos

Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación D.F.L. N° 725/67, Código Sanitario. MINSAL En sus artículos 79 y 80 establece que corresponde a la Autoridad Sanitaria autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicio de cualquier clase, determinando las condiciones sanitarias y de seguridad que deben cumplir para evitar molestia o peligro para la salud de la comunidad o del personal que trabaje en estas faenas.

SEREMI de Salud Los residuos sólidos generados en esta etapa serán del tipo domiciliario, industriales no peligrosos y peligrosos, y material inerte de excavación y construcción. En todas las zonas de acopio existirán lugares de almacenamiento transitorio para cada tipo de residuo los que contarán con las medidas requeridas para que no se dispersen al entorno. Cada uno de los tipos de residuos será retirado y eliminado en sitios autorizados. Las bodegas de acopio transitorias serán autorizadas por la Autoridad Sanitaria. Los lodos provenientes del sistema de tratamiento de aguas serán retirados periódicamente con camión limpia fosas, y dispuestos en un lugar autorizado. Durante la etapa de operación se generarán residuos sólidos de tipo doméstico, industriales no peligrosos y peligrosos. Las bodegas a utilizar para su almacenamiento serán las implementadas y autorizadas en la etapa de construcción en el sector de casa de máquinas. Los residuos serán retirados por una empresa especializada y autorizada para realizar estas labores, al menos una vez por semana, y eliminados en sitios autorizado. Los lodos del sistema de tratamiento de aguas servidas serán retirados periódicamente por camión limpia fosas autorizado. D.S. N° 594/99, Reglamento sobre Condiciones Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. MINSAL

En su artículo 18 y 19 establece que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente. SEREMI de Salud Los residuos industriales no peligrosos y peligrosos serán acopiados en sectores y condiciones autorizados por la SEREMI de Salud; además se presentarán las autorizaciones respectivas que acrediten que tanto el transporte y la disposición final será realizada por empresas autorizadas.

Los residuos industriales no peligrosos y peligrosos serán acopiados en las bodegas implementadas y autorizadas en la etapa de construcción en el sector de casa de máquinas. Además se presentarán las autorizaciones respectivas que acrediten que tanto el transporte y la disposición final será realizada por empresas autorizadas.

12.9. Normativa Ambiental Aplicable – Residuos y sustancias peligrosas

Cuerpo legal Contenido Fiscalización Relación con el Proyecto y Forma de Cumplimiento Construcción Operación D.S. N° 148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. MINSAL Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. SEREMI de Salud Se generarán residuos peligrosos que serán almacenados temporalmente en contenedores de 200 litros. El manejo y rotulado de cada tipo de contenedor será de acuerdo al tipo de residuos que contendrá. El transporte y la disposición final de los residuos peligrosos se harán a través de empresas que cuenten con la correspondiente autorización sanitaria y se cumplirá con el sistema de declaración SIDREP y seguimiento en cada una de sus fases. Los residuos peligrosos generados serán almacenados en la bodega autorizada previamente en la etapa de construcción del proyecto. Su transporte y eliminación se realizará con empresas autorizadas y se cumplirá con el sistema de declaración y seguimiento SIDREP en cada una de sus fases. D.S. N° 78/06, Aprueba Reglamento del Almacenamiento de Regula el almacenamiento de sustancias peligrosas, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg SEREMI de Salud El almacenamiento de sustancias contará con sistema de control de derrame y sistema de extinción de incendio. Los envases menores o No se almacenarán sustancias peligrosas en la etapa de operación. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Sustancias Peligrosas. MINSAL Prohíbe almacenar estas sustancias en instalaciones que no estén destinadas o que no constituyan una bodega Define las características del lugar de almacenamiento, prevención de riesgos, tipo de contenedores y rotulado de los mismos. iguales a 5 kilogramos o litros y los de vidrio, estarán en estanterías de material no absorbente, liso y lavable, cerradas o con barras antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior. Los envases de sustancias peligrosas estarán debidamente etiquetadas al igual que las estanterías donde se ubicarán. D.S. N° 298/94, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. MINTRATEL Establece las condiciones de transporte de las cargas que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, la seguridad pública o el medio ambiente y hace obligatoria la NCH 382/2004 sobre Sustancias Peligrosos-Clasificación General Dirección de Vialidad, Carabineros de Chile, Municipalidad de Curarrehue El Titular cumplirá con las especificaciones técnicas dispuestas en dicho decreto. Para ello los vehículos que transporten cargas peligrosas contarán con las autorizaciones pertinentes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. El transporte de residuos peligroso se realizará cumpliendo con todas las normativas en el materia. D.S. N° 1164/74, oficializa NCh 389/Of74. MOP Establece las medidas de seguridad que deben adoptarse para el manejo de sustancias peligrosas, almacenamiento de sólidos, líquidos y gases inflamables. Superintendencia de Electricidad y Combustibles Se seguirán todas las especificaciones de esta norma para el manejo del petróleo diesel, incluyendo: disposiciones generales; construcciones e instalaciones anexas; seguridad; y lucha contra incendios u otros siniestros. No habrá almacenamiento de sustancias peligrosas durante la operación.

Resolución Exenta N° 610/82, de Servicios Eléctricos y Combustibles Normativa que prohíbe el uso de bifenilos policlorados (PCB) como fluido dieléctico en transformadores, condensadores y cualquier otro equipo eléctrico. Superintendencia de Electricidad y Combustibles No aplica dado que no se usará PCB en ningún equipo eléctrico. No aplica dado que no se usará PCB en ningún equipo eléctrico. D.S. N° 90/93, oficializa NCh 2190/Of03. MINTRATEL Establece los distintivos para identificar riesgo que deben portar las sustancias peligrosas, incluye disposiciones sobre marcas etiquetas y rótulos. Dirección de Vialidad, Carabineros de Chile, Municipalidad de Curarrehue El proyecto contempla la utilización y almacenamiento transitorio de sustancias peligrosas las que serán identificadas con los distintivos de seguridad indicados en la norma chilena oficializada por este decreto. No habrá almacenamiento de sustancias peligrosas durante la operación.

12.10. Normativa SEC

Respecto a la aplicación de la normativa de la Superintendencias de Electricidad y Combustible, el organismo, a través de su Ord. N° 85 ACC de fecha 07 de febrero de 2013, establece que en materias de seguridad de electricidad y combustibles, el titular deberá dar cumplimiento a la siguiente normativa sectorial:

  • D.F.L. N° 4/20.018 del 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica” (LGSE).

  • D.S. N° 327/97, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”.

  • D.S. N° 115/04, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCh Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de1984".

  • D.S.244/2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que "Aprueba Reglamento para Medios de generación No Convencionales y Pequeños Medios de Generación establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos".

  • D.S. N° 4188/55, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”.

  • D.S. N° 1261/57, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas”.

  • Norma NCh Elec 10/84. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”.

  • Resolución Exenta N° 610/82, "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos 1982".

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12.11. Aplicabilidad Convenio OIT 169

En cuanto al deber de desarrollar la Consulta Indígena contemplada en el Convenio N° 169 de la OIT cabe tener presente que es una normativa que viene a complementar la normativa indígena y que guarda perfecta armonía con las normas del SEIA en el entendido que dichos espacios de participación se abren cuando hay afectación significativa a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto en cuestión. A su vez, se reconoce que la obligatoriedad que subyace para los organismos del Estado para aplicar dicho procedimiento existe desde la ratificación del referido Convenio por nuestro país, por lo que la aplicación de la Consulta Indígena no se restringe, ni se limita a la dictación de reglamentos u otros.

Efectivamente los principios que informan el SEIA son perfectamente conciliables con el Convenio N° 169, en el entendido que el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 N° 1 letra a) y N°2, opera bajo la lógica que el derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades o grupos humanos indígenas presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.

En concordancia con lo anterior, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto en cuestión, se determinó que éste genera, en lo pertinente, los siguientes efectos, características o circunstancias establecidos en los literales del artículo 11 de la actual Ley N° 19.300 y sus correspondientes artículos del RSEIA, y relacionados con población protegida. A saber:

  • Literal c) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión antropológica, toda vez que existen sitios de significación cultural tales como: un Eltuwe, un Gillatuwe, los cerros Peñewe y Punowemanke y áreas de recolección de hierbas medicinales, que se verían intervenidos por la ejecución del proyecto.

  • Literal e) del artículo 8 del RSEIA, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en su dimensión de bienestar social básico, a raíz de que se intervendrá parte del estero Añihuerraqui, lugar donde existen puntos de captación de agua para el consumo humano, riego, bebida animal y derechos de aprovechamiento de agua inscritos por parte de integrantes de la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

  • Literal a) del artículo 9 del RSEIA, vinculado a la proximidad de población protegida, en este caso las comunidades mapuches del sector. Además, la casa de máquina del proyecto se encuentra aproximadamente a una distancia de 300 metros del sitio Gillatuwe. En lo que refiere a este literal, se indica que además fue reconocido por el titular del proyecto.

Considerando que el proyecto generará efectos adversos significativos a comunidades y grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia del proyecto, y en virtud de lo establecido precedentemente, el Servicio de Evaluación Ambiental ordena la realización de un Proceso de Consulta Indígena a través de la Resolución Exenta N° 262 de fecha 29 de noviembre de 2013 del Servicio de Evaluación Ambiental, dando pleno cumplimiento a la legislación vigente y a los principios y estándares que rigen el desarrollo de los procesos de Consulta Indígena en conformidad al Convenio N° 169 de la OIT, lo cual es reconocido por CONADI en su Ord. N° 252 de fecha 25 de marzo de 2015 donde estableció que “Dicho proceso se ha realizado de buena fe, con procedimientos adecuados y con las instituciones representativas del territorio.”, siendo relevante toda vez que CONADI participó durante todo el proceso como Ministro de fe y observador del mismo.

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12.11.1. Cumplimiento de los Estándares del Convenio N° 169 de la OIT por parte del SEA de la Región de La Araucanía

En cuanto a los principios que inspiran la realización de los procesos de Consulta Indígena en conformidad a los preceptos del Convenio N° 169 de la OIT, se puede indicar que éstos se vienen cumpliendo a cabalidad. De lo anterior, se da cuenta a continuación:

a. El proceso de Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, ha cumplido el estándar de ser PREVIO a la adopción administrativa que debe ser consultada.

El proceso ha sido concebido y propuesto por el SEA de la Región de La Araucanía a las Comunidades Indígenas: Camilo Coñoequir Lloftunekul, Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun y Folilco Juan Curipichun y sus organizaciones complementarias y funcionales que la conforman, las que fueron convocadas en forma previa a la adopción de la medida administrativa objeto de la Consulta Indígena, la RCA.

En el proceso de consulta, de forma sistemática y permanente, se ha propiciado la generación de instancias de diálogo con las comunidades y grupos humanos indígenas consultadas.

b. El proceso de Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” ha cumplido el estándar del Convenio, toda vez que ha sido LIBRE e INFORMADO.

A objeto de dotar de la más alta legitimidad el proceso consultivo, el SEA de la Región de La Araucanía propició – sin ejercer presión alguna, ni imponiendo plazos para pronunciarse– que las mismas organizaciones indígenas definieran sus órganos representativos, conforme consta en los documentos y actas que se originaron en dicho proceso y que son parte del expediente del proyecto en evaluación ambiental.

Conviene también tener presente que en el PCI desarrollado no se ha vulnerado ningún tipo de libertad de las Comunidades Indígenas y/o Grupos Humanos pertenecientes a Pueblos Protegidos que participaron en dicho proceso. En efecto, el procedimiento y las instancias generadas por el SEA han considerado plena libertad de acción a las comunidades y/o organizaciones consultadas. Incluso se intentó acordar plazos, formas y fines de la Consulta a través de la construcción conjunta de un acuerdo metodológico, dando con ello cumplimiento a lo prescrito en el Resuelvo N° 2 de la Resolución Exenta N° 262, que declaró el inicio del PCI.

Adicionalmente, el proceso ha sido planteado y formulado de manera tal que las Comunidades consultadas puedan sin impedimentos presentar sus inquietudes, fomentando su participación en forma permanente y manteniendo una actitud efectiva tendiente a procurar todos los espacios posibles para generar instancias de diálogo genuino, incluso disponiendo el SEA de una suma importante para efectos de contratar asesoría y estudios especializados según lo solicitado por la Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul.

De igual forma, el SEA de la Región de La Araucanía no ha escatimado esfuerzos en poner a disposición de las Comunidades consultadas toda la información que fueran por éstas requeridas.

c. El proceso de Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, ha cumplido el estándar de BUENA FE.

Sobre el particular, el mandato del Convenio N° 169 de la OIT relativo a la buena fe en el desarrollo de un proceso de Consulta, implica la realización de una Consulta bajo un clima de confianza y respeto mutuo y participación plena, mediante la realización de reuniones genuinas y constructivas, así como evitar demoras injustificadas y cumplir con los acuerdos pactados en su implementación.

En este sentido, el SEA de la Región de La Araucanía, ha brindado espacios efectivos y razonables para que las organizaciones indígenas convocadas puedan decidir si ejercerían o no su derecho a ser consultadas de conformidad con el Convenio N° 169, consensuar con las que optaron por ejercerlo, una metodología y un procedimiento de consulta, e implementar de buena fe y junto con ellas un proceso consultivo que se ajuste a los acuerdos alcanzados y a las exigencias del Convenio N° 169 de la OIT.

Todas estas fases abarcaron un período de 14 meses (noviembre de 2013 a enero de 2015) que ponen de manifiesto la real disposición del SEA de la Región de La Araucanía de propender a un diálogo genuino con las Comunidades Mapuches Camilo Coñoequir Lloftunekul, Camilo Coñoequir, Juanita Curipichun y Folilco Juan Curipichun y sus organizaciones complementarias y funcionales que la conforman, convocadas y consultadas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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En complemento a lo señalado, debe indicarse que el SEA de la Región de La Araucanía, ha manifestado junto al envío del Borrador del Acuerdo Metodológico, su disposición a gestionar la presencia de profesionales que asesoren cuando así lo estimen necesarios la Comunidades consultadas y la preparación de estudios adicionales por parte de entidades independientes .

Por lo demás, el SEA realizó un esfuerzo y mediante los procedimientos establecidos en la Ley de Compras Públicas, dispuso de un presupuesto de siete millones de pesos ($ 7.000.000.-) destinado al financiamiento de asesorías y estudios que brindasen colaboración cierta y efectiva a la Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul.

En concordancia con lo hasta acá señalado, resulta necesario tener presente que el principio de la buena fe debe orientar las actuaciones de todas las partes que participan de un proceso de Consulta Indígena. Atendidas las particularidades de las medidas que se consultan en la especie, tal principio impone estándares de comportamiento tanto al SEA de la Región de La Araucanía, como a la Comunidades convocadas y consultadas, y a la propia empresa titular del proyecto.

En el documento de Adición al Informe del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas (James Anaya, año 2009), titulado “La situación de los pueblos indígenas en Chile: seguimiento a las recomendaciones hechas por el Relator Especial anterior”, se expresó claramente que los principios de consulta están más bien encaminados a evitar que se imponga la voluntad de una parte sobre la otra y a que, en lugar de ello, se procure llegar a un entendimiento mutuo y adoptar decisiones por consenso.

El documento anterior contiene un Apéndice A titulado “Principios internacionales aplicables a la consulta en relación con la reforma constitucional en materia de derechos de los pueblos indígenas en Chile”, de abril del 2009, que explica en referencia a la buena fe que “ambas partes, tanto las autoridades del Estado como los propios pueblos indígenas, deben realizar todos los esfuerzos para generar un clima de confianza y respeto mutuo en el que la consulta se lleve a cabo de buena fe”.

Por otra parte, en el Manual para los mandantes tripartitos de la OIT, del año 2013, señala que, en la consulta, “ambas partes deben procurar llegar a un acuerdo, efectuar negociaciones genuinas y constructivas, evitar demoras injustificadas, cumplir con los acuerdos pactados y ponerlos en práctica de buena fe”.

En efecto, la participación efectiva de los pueblos consultados implica necesariamente que éstos se encuentren genuinamente dispuestos a entregar información oportunamente y a arribar a acuerdos.

d. El proceso de Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” ha sido desarrollado con las INSTITUCIONES REPRESENTATIVAS de las Organizaciones Mapuches Camilo Coñoequir Lloftunekul, Juanita Curipichun de Carén y Folilco Juan Curipichun y sus organizaciones complementarias y funcionales que la conforman.

Tal como ya fuera señalado, a objeto de satisfacer esta exigencia y dotar de la más alta legitimidad el proceso consultivo, el SEA de la Región de La Araucanía propició –sin ejercer presión alguna ni imponiendo plazos para pronunciarse– que fueran las propias organizaciones indígenas las que determinaran si ejercerían o no su derecho a ser consultadas y, definieran sus instituciones representativas.

Según consta en el Expediente del PCI, se da cuenta que las mismas organizaciones indígenas, radicaron libre y autónomamente, las facultades representativas en sus respectivos representantes.

Ahora bien, en cuanto a los Comités de Salud y de Pequeños Agricultores se trabajó con sus directivas, focalizándose en ellas por cuanto éstas se integran por los mismos grupos humanos protegidos pertenecientes a las comunidades ubicadas en el área de influencia del proyecto, según se pueda dar cuenta en el mismo expediente de evaluación ambiental del proyecto. Sin embargo, obviando dicha circunstancia y en cumplimiento del principio de buena fe que funda el Convenio 169 de la OIT, el SEA decidió dar cabida a dichas organizaciones y respetó su existencia como “institución representativa”. Para cumplir lo anterior, en particular, se tuvo presente lo dispuesto en el artículo 1 letra b) del Convenio 169 de la OIT que dispone que las “instituciones representativas” serán consideradas así “cualquiera sea su situación jurídica”.

Cobra sentido destacar que a lo largo del PCI, incluyendo sus etapas preliminares, el SEA de la Región de La Araucanía ha respetado en todo momento a las personas que han sido identificadas como sus representantes, no REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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existiendo reparo alguno. Lo que ha significado, entre otras cosas, canalizar a través de los/as representantes toda clase de comunicación.

e. El proceso de Consulta Indígena desarrollado en el marco de la evaluación ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, se ha realizado mediante PROCEDIMIENTOS ADECUADOS y PREVIAMENTE CONSENSUADOS.

Sobre este punto se puede indicar que el SEA de la Región de La Araucanía ha procurado la proposición de un procedimiento adecuado a los estándares antes indicados, arbitrando todas las gestiones necesarias para cumplir estos fines.

Todas las Comunidades que participaron en el PCI, sistemática y consistentemente han venido participando del proceso de Consulta del proyecto, mediante reuniones, cartas, llamados telefónicos y correos electrónicos de sus representantes designados y otros miembros de las mismas.

Por tanto, se hace presente que la Consulta se condujo través de un proceso de buena fe, que contempló mecanismos apropiados de acuerdo a las características socioculturales particulares de las comunidades y grupos humanos indígenas que participaron del proceso.

Precisado aquello, las actuaciones generales realizadas en el marco del PCI del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, detalladas en Considerando 11 de la presente Resolución, y que en síntesis fueron las siguientes:

  • Comité de Salud Punowemanke y Comité de Pequeño Agricultores Pichitrancura: Doce reuniones aproximadamente, entre ellas, reuniones preliminares, salidas a terreno, capacitaciones técnicas, cada uno de ellas respaldadas en sus respectivas Actas.

  • Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul, LOF Trancura y Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura: Catorce reuniones aproximadamente, entre ellas, reuniones preliminares, salidas a terreno, todas respaldadas en sus respectivas Actas.

  • Comunidad Folilco Juan Curipichun: Ocho reuniones aproximadamente, entre ellas, reuniones preliminares, salidas a terreno, asamblea, todas respaldadas en sus respectivas Actas.

  • Comunidad Juanita Curipichun de Carén: Nueve reuniones aproximadamente, entre ellas, reuniones preliminares, salidas a terreno, asamblea, todas respaldadas en sus respectivas Actas.

f. Sesión Ordinaria Comisión de Evaluación Ambiental de Calificación Ambiental del proyecto fecha 14 de Julio de 2015.

El proceso de calificación ambiental no estuvo ajeno a la incorporación de los actores locales, toda vez que el Servicio de Evaluación Ambiental informó a las organizaciones territoriales de las fechas y procedimientos de calificación de acuerdo a los principios de buena fe, es así como en la sesión ordinaria N° 5/2015 de calificación de la Comisión Evaluadora pudieron intervenir manifestanto sus opiniones sobre el proyecto, del proceso de evaluación ambiental y consulta indígena los siguientes interesados:

Sr. Abel Painefilo Barriga - Alcalde comuna de Curarrehue. Sr. Alejandro Coñoequiir Curilaf - Lonko Lof Trankura. Sr. Silverio Loncopan Calfuman - Presidente de Comunidad Indigena Camilo Coñoequir Lloftunekul. Sr. Leonardo Crisóstomo Loncopan - Werken Lof Trankura. Sra. Marisol Coñoequir - Integrante Comunidad Indigena Camilo Coñoequir Lloftunekul Sr. Jorge Jimenez Parra - Presidente de Comunidad Indigena Folilco Juan Curipichun. Sra. Ely Lopez - Presidenta del Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura. Sr. Pablo Fernandez Lopez - Integrante Consejo Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura. Sr. Hernando Silva - Integrante Observatorio Ciudadano. Sra. Maribel Riffo Aravena - Presidenta de Comunidad Juanita Curipichun. Sr. Manuel Calfuman - Presidente de Comité Pequeños Agricultores Pichitrancura. Sra. Erica Barria Muñoz - Presidenta de Comité Salud Punowemanke Trancura.

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes contenidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui", éste requiere para su ejecución los permisos de carácter ambiental de los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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artículos Nº 91, 93, 95, 96, 99, 101, 102 y 106, contemplados en el Título VII del artículo 2 del D.S. Nº 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. De lo anterior se establece lo siguiente:

Permiso Ambiental Sectorial Institución Relación con el proyecto Permiso 91, para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de aguas servidas. SEREMI de Salud

Durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el PAS 91 fue informado favorable por la SEREMI de Salud, Región de La Araucanía mediante Ord. N° A20- 582 de fecha 28 de febrero de 2014. El proyecto contempla la implementación de un sistema de tratamiento particular de aguas servidas tanto para la etapa de construcción como para la de operación del proyecto mediante la implementación de una planta de tratamiento compacta tipo Ecojet y sistema de infiltración por pozo absorbente, cuya calidad del efluente tratado cumplirá con lo establecido en la NCh 1.333, calidad de agua de riego. El sistema de tratamiento se emplazará a aproximadamente 60 m del estero Añihuerraqui y, en época más desfavorable, sus obras se ubicarán a una distancia mínima de 1,5 m entre la obra más profunda del sistema de tratamiento y la napa de agua. Lo anterior justificado en que con fecha 12 de julio se realizó la prueba de absorción del terreno y se profundizó una calicata hasta 3,5 metros sin detectarse napa de agua, lo cual está certificado por laboratorio Labotec en Informe N° 23150/1. Los antecedentes del PAS se encuentran en el EIA y Adendas 1 y 2. Permiso 93, para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. SEREMI de Salud

Durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el PAS 93 fue informado favorable por la SEREMI de Salud, Región de La Araucanía mediante Ord. N° A20- 582 de fecha 28 de febrero de 2014. El proyecto no contempla plantas de tratamiento de basuras o desperdicios, sino que contempla sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos en las faenas de trabajo de la etapa de construcción y operación del mismo. El transporte y la disposición final de cada uno de los residuos generados, se realizará con empresas autorizadas. Los antecedentes del PAS se encuentran en el EIA y Adendas 1 y 2. Permiso 95, sobre actividades de pesca de investigación necesaria para el seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas en la aplicación del primer año del plan de seguimiento ambiental. SUBPESCA

Durante el proceso de evaluación ambiental, el PAS 95 fue informado favorable por SUBPESCA mediante Ord. N° 2401 de fecha 23 de octubre de 2013. Este PAS aplica ya que el proyecto incorpora un plan de seguimiento del medio limnológico, en el estero Añihuerraqui. Se realizará monitoreo limnológico en la etapa de construcción en los 4 puntos de muestreo realizado en la línea de base, 3 monitoreos al año (estiaje, invierno y deshielo). Durante la etapa de operación se realizaran 3 monitoreos anuales (estiaje, invierno y deshielo), durante los tres primeros años de operación. Los antecedentes del PAS se encuentran en la Adenda 1. Permiso 96, para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos. SEREMI de Agricultura

Durante el proceso de evaluación ambiental, el PAS 96 fue informado favorable por la SEREMI Agricultura mediante Ord. N° 5758 de fecha 14 de octubre de 2013. El proyecto se emplazará fuera del límite urbano, en área rural donde el cambio de uso de suelo aplica para una superficie de 215 m2 que corresponde al área de emplazamiento de la casa de máquinas, la cual se ubicará en un suelo con capacidad de uso VI que corresponde a suelos inadecuados para los cultivos y su uso está limitado para pastos y forestales.

Al respecto, la SEREMI de Agricultura mediante Ord. N° 5758 de fecha 14 de octubre de 2013, y la SEREMI de Vivienda y Urbanismo por Ord. N° 62 de fecha 18 de enero de 2013, se pronunciaron favorable con el PAS 96, donde ésta última condiciona su pronunciamiento al cumplimiento del art. 5.8.3 de la OUG relativo a implementar las medidas para minimizar las emisiones de polvo en las obras de construcción, y a tramitar los permisos de edificación provisorios ante la DOM para las zonas de acopio 1, 2 y 3 con una superficie total de 3.600 m2. Los antecedentes del PAS se encuentran en el EIA. Permiso 99, para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas. Servicio Agrícola y Ganadero

El SAG no presenta observaciones a la Adenda 2 del proyecto mediante Ord. N° 270 de Este permiso es aplicable en atención a que en el área de emplazamiento del proyecto, se registró la presencia de 13 especies en categoría de conservación; éstas corresponden a 6 aves, 1 reptil, 1 anfibio y 5 mamíferos, ante lo cual se implementará un Plan de Manejo de Fauna el que incorpora un Plan de Rescate y Relocalización de Fauna de Movilidad Reducida (reptiles, anfibios y micromamíferos), cuyas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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fecha 8 de febrero de 2014. principales actividades del consisten en: Rescate, Cautiverio, Identificación-marcaje, Liberación y Monitoreo. Las actividades y profesionales a cargo, serán autorizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de La Araucanía. Los antecedentes del PAS se encuentran en el EIA y Adenda 1. Permiso 101, para la construcción de obras que transporten más de 2 m3 de agua. Dirección General de Aguas

La DGA no presenta observaciones a la Adenda 2 del proyecto mediante Ord. N° 250 de fecha 12 de febrero de 2014. El titular ha presentado los antecedentes para asegurar que la construcción y operación de conducción del agua a través del canal de aducción y tubería en presión, no producirá contaminación de las aguas lo cual será monitoreado mediante un plan de monitoreo de las aguas del estero Añihuerraqui. El titular aprobará sectorialmente ante la Dirección General de Aguas el proyecto de acueducto y bocatoma, garantizando la mantención en todo momento del caudal mínimo ambiental comprometido. Los antecedentes del PAS se encuentran en el EIA y Adenda 1. Permiso 102, para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad ingresada al SEIA. CONAF

CONAF no presenta observaciones a la Adenda 1 del proyecto mediante Ord. N° 130- EA/2013 de fecha 16 de octubre de 2013, estableciendo que en el plan de manejo presentado sectorialmente se incorporen sus observaciones y, en caso que corresponda, se rectifiquen categorías de conservación de acuerdo al D.S. N° 29/2011 del MMA. Permiso que aplica considerando que se intervendrá una superficie total de 1,648 hectáreas bosque nativo, donde el polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 ha. En la evaluación ambiental, el titular ha establecido que el escenario más desfavorable y conservador de este componente es considerar que toda la superficie a intervenir tendría bosque nativo, totalizando 1,648 ha intervenidas donde el polígono a reforestar e incluido en el Plan de Manejo Forestal será de 1,73 ha. Una vez aprobado sectorialmente el Plan, se procederá a realizar la corta establecida en una superficie de 1,648 ha, y una reforestación de 1,73 ha. En base a la densidad de las especies, determinada durante los levantamientos en terreno, el titular estimó el número total de individuos a intervenir por el proyecto por especie, cuyo detalle se muestra en la siguiente tabla:

Especie N° individuos Avellano 130 Ciprés 6 Coihue 828 Lingue 256 Mañío 25 Piñol 10 Radal 47 Raulí 252 Roble 343 Tepa 4 Trevo 129 Total 2029

Adicionalmente, el titular se comprometió a duplicar el área a reforestar resultando una superficie total de 3,46 há. Los antecedentes del PAS se encuentran en el EIA y Adenda 1. Permiso 106, para las obras de regularización y defensa de cauces naturales . Dirección General de Aguas

La DGA no presenta observaciones a la Adenda 2 del proyecto mediante Ord. N° 250 de fecha 12 de febrero de 2014 Este PAS es aplicable para las obras de intervención de cauce del estero Añihuerraqui ubicadas en la zona de la bocatoma, rápido de descarga, puentes y restitución del proyecto, para lo cual se realizó estudio hidráulico de máxima crecida para una precipitación máxima en 24 horas y periodos de retorno T = 10, T=100, T=250 y T=500 años. El titular, aprobará sectorialmente ante la Dirección General de Aguas los proyectos de defensas fluviales en atención a los antecedentes presentados. Los antecedentes del PAS se encuentran tanto en el EIA como en las Adendas 1 y 2.

  1. Que, en el marco del proceso de evaluación ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, y en virtud de la Sesión N° 5/2015 de la Comisión de Evaluación Región de La Araucanía, se han establecido las siguientes condiciones o exigencias específicas a cumplir en su ejecución:

14.1. Durante el Proceso de Consulta Indígena, si bien se logró acuerdo con los grupos humanos indígena Comité de Salud y Comité de Pequeños Agricultores así como con la comunidad indígena Juanita Curipichún de Carén, durante el proceso desarrollado con la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, Lof Trancura y Consejo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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Medio Ambiental y Cultural Lof Trankura y Folilco Juan Curipichun, se establecieron acuerdos entre el SEA y las organizaciones antes señaladas que no fueron acogidos en su totalidad por el titular en su Adenda 3. Por lo anterior, y considerando el principio de buena fe y cumplimiento de los acuerdos alcanzados, el titular deberá dar cumplimiento a las siguientes exigencias para la ejecución del proyecto:

  • La velocidad de los vehículos por caminos exteriores no debe exceder los 30 km/hr, la que debe ser controlada por GPS.

  • Aumentar la frecuencia de riego de caminos interiores y exteriores utilizados por el proyecto realizándolo, al menos, cada vez que transite un vehículo u otra medida similar que mitige de forma adecuada las emisiones de polvo asociadas a este componente ambiental.

  • Replantear trazado de la línea en consideración a la existencia del Eltwe cercano a la línea de trasmisión, realizando prospección previa a la excavación para ir definiendo el trazado de la línea.

  • Constitución de servidumbre de paso ininterrumpida desde la ruta S-983 hasta la toma de agua para mantener el traslado expedito e independiente de los comuneros bajo los cuales se encuentran otorgados los derechos de agua ubicados aguas arriba de la restitución de la central. El titular deberá iniciar los trámites de servidumbre de paso en un plazo no superior a tres meses de notificada la presente Resolución.

14.2. Para la ejecución de la MV1, Esquema de asociatividad con Comunidades Indígenas, el Fondo de Asociatividad estará integrado por una Directiva y una Secretaría Técnica como se detalla a continuación:

a) Directiva Fondo de Asociatividad:

La Directiva Fondo de Asociatividad estará integrada por un representante de cada una de las Comunidades Camilo Coñoequir Lloftunekul, Camilo Coñoequir, Juanita Curipuchin y Folilco Juan Curipichun, junto con la presencia de un representante del titular y otro de CONADI.

Esta Directiva deberá constituirse legalmente en un plazo no superior a seis meses a la aprobación ambiental del proyecto, toda vez que esta medida operará durante toda la vida útil del proyecto. Esta Directiva tendrá la responsabilidad de decidir respecto del financiamiento de las propuestas presentadas por los grupos humanos indígenas del área de influencia del proyecto.

La primera función de la Directiva del Fondo de Asociatividad una vez constituida, será elaborar un Manual de Procedimiento o Reglamento del Fondo de Asociatividad para la gestión, transparencia y aprovechamiento de beneficios asociados a la medida MV1.

b) Secretaría Técnica:

Se constituirá una Secretaría Técnica que tendrá las siguientes obligaciones:

  • Determinar si los proyectos corresponden grupos humanos indígenas del área de influencia del proyecto.
  • Calificar a través de una evaluación social, económica los distintos proyectos que se presenten.
  • Informar a la directiva de los proyectos y sus calificaciones.

Esta Secretaría Técnica estará formada por una comisión que el Reglamento del Fondo de Asociatividad definirá en número y forma de constitución de sus representantes.

14.3. El titular, en representación de las Comunidades Indígenas Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Lloftunekul, deberá iniciar los trámites de solicitud de constitución de los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas y superficiales, respectivamente, ante la autoridad competente, según lo acordado, en un plazo no superior a tres meses de notificada la presente Resolución.

  1. Que, en relación con los Planes de Desarrollo Comunal y la Compatibilidad Territorial, señalado en el Art. 9 ter y Art. 8 respetivamente de la Ley 19.300, se hace presente que la Municipalidad de Curarrehue establece, durante la evaluación ambiental, su postura de rechazo a las mitigaciones y consideraciones presentadas por el titular sobre la dimensión antropológica de las comunidades indígenas, relevando la comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul y Lof Trancura, señalando que el proyecto generará una intervención directa en las costumbres ancestrales, en sus tradiciones y religiosidad de una cultura ancestral que no es posible mitigar y que la ejecución REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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del proyecto no es concordante con los ejes fundamentales de Identidad Cultural y Recursos Naturales; al respecto, se debe dar cuenta que:

  • Las obras de generación contempladas para la implementación de la central se materializan en terrenos no indígenas de propiedad particular, donde el terreno de 4 ha proyectado para el emplazamiento de la casa de máquinas, tubería forzada y restitución fue permutado con autorización sectorial de CONADI, establecida en Resolución Exenta N° 2084 de fecha 20 de julio de 2011 de dicha institución por lo que el proyecto centra sus principales impactos físicos y directos sobre terrenos privados no existiendo discordancia respecto de algún instrumento de planificación territorial vigente de carácter restrictivo sobre dichas propiedades;

  • Respecto a los impactos significativos sobre el componente medio humano en especial su dimensión antropológica, se debe dar cuenta que el titular ha adoptado al menos 45 medidas que se hacen cargo de cada uno de los efectos significativos generados dentro de las cuales 21 son en atención a los Arts. 57, 58, 59 y 60 del D.S. N° 95/01, 20 de ellas son acuerdos notariales y voluntarios focalizados con población protegida, y 4 medidas voluntarias focalizados con población protegida, las cuales tienen como objetivo que la población protegida ubicada en el área de influencia del proyecto participen de los beneficios que reportará el proyecto;

  • Respecto del carácter ambiental de las medidas, éstas están acorde con los efectos generados, en especial sobre el medio humano en su dimensión antropológica y de bienestar social básico. Antecedentes que han sido ratificados por la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015.

  • Que, en relación a las observaciones establecidas por CONADI en sus Of. N° 252/2015 y Of. N° 568/2015, donde señala principalmente que las medidas de mitigación asociadas a los impactos sobre el medio humano en su dimensión antropológica no son adecuadas puesto que no aborda el impacto sobre las dimensiones no tangibles percibidas de forma especial por las comunidades indígenas que se verán afectados, la que impediría la normal manifestación de sus creencias, cultura y cosmovisión, haciendo presente que para diseñar una medida de compensación adecuada se debió haber orientado ésta de manera preferente hacia el grupo humano indígena que es el principal sujeto pasivo del impacto significativo, la comunidad indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul, antecedentes que son señalados por la SEREMI de Desarrollo Social y por el Presidente de la Comisión en la Sesión N° 5/2015 de la Comisión de Evaluación de Proyectos. Al respecto, se debe dar cuenta que:

La evaluación ambiental del proyecto EIA “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui” ha presentado particularidades que han establecido la existencia de afectaciones de carácter significativas sobre los literales b, c y d de la Ley 19.300, donde los efectos adversos se generarían debido a la diferencia que se produciría por el proyecto y su relación con la condición de línea de base. Para ello la normativa ambiental establece la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental que conlleva la aplicación de mecanismos de mitigación, reparación y/o restauración y las medidas de compensación de los impactos presentados. Luego de este procedimiento de evaluación ambiental, hay que dar cuenta que el titular ha desarrollado alrededor de 21 medidas de mitigación, reparación y/o restauración y compensación. En lo que respecta a la presencia de población protegida susceptible de ser afectada en atención a los literales c y d del Art. 11 de la Ley N° 19.300, la evaluación ambiental tradicional realiza ajustes incorporando procedimientos adicionales y que tienen por finalidad complementar los procedimientos de información, participación como también adoptar medidas especiales y tender a acuerdos en virtud del estándar del Convenio OIT N° 169.

Luego, el espíritu de la evaluación ambiental ha tendido a que el proyecto se haga cargo de las afectaciones ambientales vinculadas al proyecto, entorno a medidas ambientales, acuerdos y beneficios de acuerdo al estándar ambiental y del Convenio OIT N° 169 entre las comunidades del área de influencia (Comunidades Camilo Coñoequir Lloftunekul, Camilo Coñoequir, Juanita Curipuchin y Folilco Juan Curipichun). Medidas y/o acuerdos que tienen la particularidad de ser focalizados y no excluyentes, en atención a requerimientos locales manifestados por las directivas de las comunidades mapuches implicadas y sus asambleas o en los casos donde no ha existido acuerdo con las directivas, se ha focalizado a través de organizaciones complementarias y funcionales que integran los mismos grupos humanos protegidos, según se pueda dar cuenta en el mismo expediente de evaluación ambiental del proyecto.

Así, el proyecto ha considerado la implementación de al menos 45 medidas acordes a los impactos generados, de las cuales 21 se enmarcan en atención a los Arts. 57, 58, 59 y 60 del D.S. N° 95/01, correspondiendo a las medidas: A1, R1, S1, FL1, FL2, FA1, FA2, FA3, MH1, MH2, MH3, MH4, MH5, MH6, MH7, MH8, MH9, MH10, MH11, MH12, PA1 (Considerando 7 de la presente Resolución). Adicionalmente, durante la evaluación ambiental se presentan 20 medidas asociadas a acuerdos notariales suscritos y focalizados directamente con población protegida del área de influencia del proyecto en atención Art. 6 punto dos del Convenio 169, correspondiendo a: AC1, AC2, AC3, AC4, AC5, AC5, AC6, AC7, AC8, AC9, AC10, AC11, AC12, AC13, AC14, AC15, AC16, AC17, AC18, AC19, AC20 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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(Considerando 8 de la presente Resolución). Todo ello, se complementa con dos medidas voluntarias asociadas a la participación de las comunidades indígenas ubicadas en el área de influencia del proyecto, haciéndolas partícipes de los beneficios que reporte el proyecto en alusión al Art. 15 punto dos del Convenio OIT N° 169 que corresponden a MV1 y MV2 (Considerando 9 de la presente Resolución), medidas que se desarrollarán por toda la vida útil del proyecto.

Por último, hay que dar cuenta que el concepto de distribuir los beneficios del proyecto no es exclusivo para una única comunidad, sino asociado a los grupos humanos protegidos del área de influencia del proyecto de tal forma de entregar beneficios permanentes a cada uno de los grupos involucrados.

  1. Que, la Comisión de Evaluación Región de La Araucanía sólo está facultada para pronunciarse respecto de la calificación ambiental del proyecto, por lo cual, para que éste pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las demás normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, la Comisión de Evaluación Región de La Araucanía en su Sesión N° 5/2015 de fecha 14 de julio de 2015, ha establecido:

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, presentado por el Señor Héctor José Lagunas Méndez, en representación de GTD Negocios S.A., condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución.

  2. CERTIFICAR que el proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”, de GTD Negocios S.A., en la medida que se ejecute en el marco de los requisitos, condiciones, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, con los requisitos ambientales de los permisos mencionados en los artículos Nº 91, 93, 95, 96, 99, 101, 102 y 106 del Reglamento del SEIA y que respecto de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, se han establecido las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas y acorde a los impactos significativos generados.

  3. Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 24° de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, y en mérito de lo resuelto, ningún organismo del Estado podrá negar las autorizaciones, ni solicitar nueva información al proyecto, aduciendo razones de carácter ambiental.

  4. Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 8° de la Ley N° 19.300, sobre Bases del Medio Ambiente “Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley”, si su proyecto se pretende modificar, deberá evaluar si dicha modificación amerita su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental.

  5. Que, una vez emitida la presente Resolución, ningún órgano de la administración del Estado podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.

  6. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación, Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.

  7. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  8. Dejar constancia que contra la presente Resolución procede el Recurso de Reclamación establecido en la Ley N° 19.300 en el Art. 20 y 29, cuyo plazo para interponerlo es de 30 días hábiles, contados desde la notificación de la presente resolución, para ante el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.

  9. Atendido al número de personas que participaron en el proceso de Participación Ciudadana y en el proceso de Consulta Indígena del proyecto, se ordena realizar su publicación por avisos, para lo cual deberá ser publicado en el Diario Oficial y en un Diario de circulación regional.

Anótese, Notifíquese y Archívese. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

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- Arnol Valle - César Chávez - Claudia Coñuequir - Claudia Valle - Doménica González - Edgardo Dumihuala - Erica Barría - Fidel Tralma - Francisco Calfumán - Gerardo Coñuequir - Gloria Dumihuala - Hugo Antivil - Helmut Guenther - Isidora Coñoequir - Ida Coñuequir - Javier Colihueque - José López Valle - José Ramiro López - José Saéz - Leonardo Crisostomo - Luis Loncopán - Luis Valle - Manuel Calfumán - Marcelina Coñoequir - María Coñoequir - María Figueroa - María Ortíz - Marisol Coñuequir - Mireya Dumihuala - Mónica Calfumán - Mario Loncopán - Manuel Loncopán - Patricia del Valle - Pedro Coñuequir - Sergio Coñoequir - Silverio Loncopán

Personas Jurídicas PAC

Comunidad Camilo Coñoequir Lloftunekul

Comunidad Camilo Coñoequir

Comité de Salud Punowemanke

Consejo Ambiental de Curarrehue

Proceso de Consulta Indígena

Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul; LOF Trancura, Consejo Ambiental y Cultural Lof Trankura

Comunidad Indígena Camilo Coñoequir Lloftunekul

Comunidad Indígena Juanita Curipichun de Carén

Comunidad Indígena Folilco Juan Curipichun

Comité de Salud Punowemanke

Comité de Pequeños Agricultores Pichitrancura

C/c:

Patricia Espinoza Del Pozo

Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo

Encargada Participación Ciudadana

Expediente del Proyecto “Central Hidroeléctrica Añihuerraqui”

Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía