Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos
Servicio de Evaluación Ambiental
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MAT: Califica Ambientalmente al Proyecto "Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos"
Región del Bioblo:
CONCEPCIÓN, (4.7 ABR 208
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas del Proyecto "Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos", presentado por Química del Sur y Compañía Limitada rut 78572860-2, representada por el Señor Juan Antonio Sanchez Morales rut: 4223158-4, con fecha 23 de noviembre de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N1463 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 17/12/2012; Oficio N2978 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 18/12/2012; Oficio N3350 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 18/12/2012; Oficio N1203 sobre la DIA, por Hustre Municipalidad de Coronel, con fecha 19/12/2012; Oficio N"4234 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 19/12/2012; Oficio N935 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 19/12/2012; Oficio N816 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 26/12/2012; Oficio N%454 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 11/01/2013; Oficio N“122 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 11/02/2013; Oficio N280 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 21/02/2013; Oficio N222 sobre la Adenda 1, por lustre Municipalidad de Coronel, con fecha 21/02/2013; Oficio N114 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 25/02/2013; Oficio N946 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 28/02/2013; Oficio N'0388 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 01/03/2013;
3.- El Acta N” 021/2013, levantada con ocasión de la reunión de Comité Técnico de fecha 20 de marzo de 2013.
4.- El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”, presentado por el Señor Juan Antonio Sanchez Morales, en representación de Química del Sur y Compañía Limitada, de fecha 26 de marzo de 2013 que forma parte integrante de este acto administrativo.
5.- El Acta de la Sesión N* 04 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 08 de abril de 2013, en la que se calificó ambientalmente el proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”.
6.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de
la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
7-. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, el artículo 2% del D.S. 95/2001 del' Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto y la Resolución Exenta N 027/2010 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.
CONSIDERANDO:
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Que la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”.
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Que el derecho de Química del Sur y Cia Ltda., representado por el Señor Juan Antonio Sanchez Morales, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y en su Adenda, el Proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”, se ejecutará en la Región del Biobío, en la provincia de Concepción, comuna de Coronel, específicamente en un terreno de 12.000 m?, ubicado en la calle E s/n, Lote N* 17-B, manzana A, Parque Industrial Escuadrón 1, comuna de Coronel. Las coordenadas U.T.M. para el polígono de la planta, establecidas con el DATUM WGS84, HUSO 188, son los siguientes:
Vértice N E A 5.909.119 663.554 B 5.909.093 663.675 € 5.908.995 663.643 D 5.909.021 663.521
Por su parte, la superficie a utilizar por el proyecto, se muestra en la siguiente tabla:
Etapa Superficie requerida (ha) ¡Construcción 1,2 ha ¡Operación 1,2 ha ¡Abandono 1,2 ha
El monto estimado de inversión es de US $ 2.000.000 y la mano de obra total será de 10 personas como máximo.
3.1 DESCRIPCION DEL PROYECTO
Desde el año 2010 la empresa Química del Sur y Cía, Ltda. opera en la ciudad de Coronel, Región del Biobío, la actividad de “Almacenamiento y Distribución de Productos Químicos”, la que consta básicamente en el almacenamiento de productos químicos para ser distribuidos a diversos clientes de la zona sur del país. Esta actividad no fue pertinente haberla sometido al sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, lo que consta en la carta de pertinencia de ingreso N322 de fecha 22 de julio de 2010 emitida por la Comisión Nacional del Medio Ambiente — CONAMA de la Región del Biobío, y la carta N526 de fecha 31 de agosto de 2011 emitida por el Servicio de Evaluación Ambiental — SEA de la Región del Biobío. Ambas cartas se presentan en el Anexo N%1 de la DIA.
Resolución de Calificación de impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
Por su parte, esta actividad original que en la actualidad desarrolla Química del Sur y Cía. Ltda. en la Región del Biobío, fue calificada por la SEREMI SALUD de la Región del Biobío como una actividad de carácter “peligroso”. En el Anexo N%2 de la DIA se presenta el Certificado de Calificación Técnica de la actividad N*835 del 25 de noviembre de 2010 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Biobío y el Certificado de Recepción Definitiva Total de Obras de Edificación, de fecha 28 de octubre de 2011, otorgado por la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Coronel, Región del Biobío. Adicionalmente, en Anexo N9 de la DIA se presenta el Informe Sanitario Favorable entregado con fecha 27 de septiembre de 2011 por la Autoridad Sanitaria de la Región del Biobío.
El presente proyecto, pretende aumentar el nivel de almacenamiento y síntesis de productos químicos de la actividad en operación, por lo cual es necesario someter este aumento de actividad al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.
- Objetivo
El objetivo de este proyecto es implementar una planta productiva y comercializadora de productos químicos de la empresa QUÍMICA DEL SUR Y CÍA. LTDA. en la Región del Biobío.
La actividad que se somete a evaluación ambiental incluye lo siguiente:
- Almacenamiento de productos químicos.
- Producción de productos químicos.
Los productos que se elaborarán en las instalaciones de QUÍMICA DEL SUR Y CÍA. LTDA. Serán los siguientes:
- — Sulfato de Aluminio
- — Sulfato de Magnesio
Descripción de los procesos productivos El lugar donde se emplazará el proceso productivo será en una zona adyacente a la Bodega de Productos Químicos Peligrosos. Este proceso será realizados en una unidad productiva
consistente en:
- 2 reactores de 8 m3 cada uno.
- — IT filtro prensa.
- — 4 estanques de almacenamiento.
Esta misma unidad productiva será utilizada para fabricar los productos ya mencionados Sulfatos de Aluminio y de Magnesio. Ambos se fabrican de manera similar siguiendo los siguientes pasos:
Dosificación
El proceso de producción del sulfato de magnesio y sulfato de aluminio a partir de óxido de magnesio e hidróxido de aluminio, comienza con la dosificación de las cantidades de estas materias primas al reactor, agua fresca y ácido sulfúrico.
Reacción
El sulfato de magnesio y sulfato de aluminio se generan mediante una reacción exotérmica, generando una temperatura al interior del estanque reactor entre 70%C y 80*C.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
Las ecuaciones (no estequiométricas) de las reacciones químicas se presentan a continuación:
Oxido de Magnesio + Ácido Sulfúrico + Agua - ——> Sulfato de Magnesio Hidróxido de Aluminio + Ácido Sulfúrico + Agua ——=> Sulfato de Aluminio
Filtrado
Luego de la reacción inicial, el líquido es filtrado en un filtro prensa, obteniéndose una borra insoluble, pasando el líquido sobrenadante a un estanque de almacenamiento.
Flujo de materiales hacia y desde las instalaciones
A continuación se indican las cantidades máximas de materiales (productos terminados, materia prima, residuos) que podrán salir e ingresar en un día normal de trabajo desde las instalaciones del proyecto en evaluación.
Flujo de materias primas
La cantidad de materia prima y el flujo de camiones de 28:m3 que ingresará a las instalaciones de Química del Sur y Cía. Ltda. se estima en lo siguiente:
Insumo Cantidad Ton/día Flujo de camiones N/día Sustancias Peligrosas Clase 8 140 5 Sustancias No Peligrosas 84 3 Insumos Varios 28 1
Flujo de productos terminados
La cantidad de Productos Terminados y el flujo de camiones de 28 m3 que egresarán de las instalaciones de Química del Sur y Cía. Ltda. se estima en.lo siguiente:
Producto Cantidad Ton/día Flujo de camiones NY/día Sustancias Peligrosas Clase 8 230 8 Sustancias No Peligrosas 140 5
Flujo de residuos
La cantidad de residuos y el flujo de camiones de 28 m3 que egresará de las instalaciones de Química del Sur y Cía. Ltda. se estima en lo siguiente:
Insumo Cantidad Ton/mes | Flujo de camiones N“/mes Residuos Sólidos Industriales 4 1 Basura doméstica 4 4 Residuos Peligrosos 4 1 RIL 15 1
Almacenamiento de materias primas y productos terminados
A continuación se indican las cantidades máximas de materiales (productos terminados, materia prima) que podrían ser almacenadas en las instalaciones del proyecto en evaluación, cantidades que podrían variar dependiendo del comportamiento del mercado. En Anexo N%7 de la DIA, se presentan las Hojas de Datos de Seguridad — HDS para cada sustancia mencionada.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
Materias primas almacenadas
Las materias primas que se almacenarán, como cantidad máxima, en las instalaciones de Química del Sur serán las siguientes:
a) Cantidades almacenadas en pretil:
N? Productos Clase Numero de Capacidad Capacidad Capacidad Pretil Terminados NCh estanques Estanque m3 | Total m3 Total Ton Almacenados 382 1 Hipoclorito de Sodio | 8 6 15 90 115 2 Soda Cáustica/ 8 6 15 90 140 Ácido Nítrico 3 Acido 8 4 15 60 90 Clorhídrico/ Cloruro Férrico 3 Cloruro de NP 2 15 30 50 Calcio 4 Ácido 8 6 15 90 180 Sulfúrico 5 Agua 5.1 1 20 20 25 Oxigenada Total Clase 8 525 Total Clase 5.1 | 25 Total NP 50 Total 600
Nota: la ubicación de los pretiles se indican en el Lay — Out presentado en el Anexo N%6, de la DIA.
b) Cantidades almacenadas en Bodega Productos Químicos Peligrosos y No Peligrosos
Las sustancias que se almacenarán en la Bodega de Productos Químicos Peligrosos y No Peligrosos serán las siguientes:
Productos Químicos Almacenados | Tipo de Producto Cantidad Máxima a Almacenar (TON) Oxido de magnesio No Peligroso 100
Hidróxido de Aluminio No Peligroso 300
Sulfato de Aluminio No Peligroso 100
Acido Bórico No Peligroso so
Sulfato Ferroso No Peligroso 50
Sulfato de Magnesio No Peligroso 50
Sulfato de Zine No Peligroso 50
Acido Fosfórico Peligroso 50
Soda Cáustica en escamas / perla | Peligroso 50
Producto terminado almacenado
El producto terminado que se almacenará, como cantidad máxima, en las instalaciones de Química del Sur serán el siguiente:
N* Productos Clase NCh Ne Capacidad Capacidad Capacidad
Pretil Terminado 382 estanques Estanque m3 | total m3 Total Ton
6 Sulfato de No Peligroso | 2 15 30 40 Aluminio
6 Sulfato de No 2 15 30 40 Magnesio Peligroso
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
La carga del producto terminado y la descarga de materias primas
La carga y descarga de materias primas sólidas será con grúa horquilla por pasillos de circulación que conectan con las pasarelas de proceso. La carga y descarga de líquidos se realizará en zona de carga y descarga con piso sólido por medio de mangueras especialmente habilitadas para este efecto. Los estanques y ductos estarán diseñados de acuerdo a prácticas de ingeniería reconocidas, de manera que impidan las pérdidas de contenido, se mantendrán en adecuado estado de conservación y serán de un material químicamente compatible con la sustancia, de difícil ruptura y que minimice eventuales accidentes. Las. medidas que se tomarán para asegurar el adecuado estado de conservación son revisión periódica de estanques, mangueras y conexiones y cambio de mangueras preventivo cada 6 meses.
Por otra parte, Química del Sur y Cía. Ltda. tiene implementado un procedimiento denominado “Plan de Contingencias en Caso de Derrame”, el cual está contenido en el documento general “Plan de Emergencias”. Este Plan de Contingencias, que se presenta en Anexo N% de la adenda, aborda la forma de actuar frente a la ocurrencia de una contingencia de derrame.
Condiciones de almacenamiento Las sustancias líquidas peligrosas y no peligrosas se almacenarán en estanques con pretil.
Las sustancias sólidas peligrosas y no peligrosas se almacenarán en Bodega de Productos Químicos Peligrosos.
Tanto para el almacenamiento de sustancias líquidas peligrosas como para el almacenamiento de sustancias sólidas peligrosas, las condiciones del almacenamiento se regirá según lo estipulado en el D.S. N”78/2009 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, MINSAL.
La bodega es considerada “adyacente” según lo establecido en el D.S. N*78/2009 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, MINSAL, con un muro divisorio común que colinda con Producción. Su estructura está formada por marcos y costaneras de acero, con tratamiento anticorrosivo y pintura ignífuga según la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Se consideran estructuras de hormigón, en los pedestales de los pilares de la estructura de acero del galpón y la cubierta en planchas de acero zincadas. El piso es sólido de radier afinado, lavable, impermeable y no poroso. La superficie de esta bodega de productos químicos peligrosos es de 1.152 m2.
Por su parte, los líquidos se almacenan en estanques fijos superficiales de material resistente al producto que contienen, con sistema de control de derrame, consistente en un pretil con capacidad superior a 1,1 veces el volumen del (los) estanque(s). El piso es de radier afinado no poroso, lavable con centina para acumulación de producto.
Almacenamiento de residuos A continuación se indican las cantidades máximas de residuos, sólidos y líquidos, que podrían ser almacenadas en las instalaciones del proyecto en evaluación, cantidades que podrían variar
dependiendo del comportamiento del mercado. En Anexo N% de la DIA se presentan las Hojas de Datos de Seguridad — HDS para los residuos mencionados que por normativa así lo requieran.
Resolución de Calificación de impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
Residuos
Residuo Característica Cantidad Máxima a Almacenar (TON)
Borra insoluble Peligrosa 15
Envases plásticos vacíos Peligroso $
Basura doméstica No peligroso 5
Madera /pallets No peligroso $
Cartón No peligroso 2
Chatarra fierro No peligroso 5
Plásticos No peligroso 1
RIL Peligroso 15
Condiciones de almacenamiento de residuos
La ubicación de la bodega y pretil para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos generados se indica en el Lay — Out de las instalaciones presentado en el Anexo N%6 de la DIA, y será construida siguiendo las exigencias contenidas en el D.S. N*148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, que en su Art.33 establece lo siguiente:
Tener una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.
Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1.80 mt de altura que impida el libre acceso de personas y animales
Estar techados y protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar
Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población
Tener una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados
Contar con señalización de acuerdo a la NCh 2,190 Of.93
Proyección de producción en el tiempo
La proyección del aumento de la producción dentro de los cinco próximos años se estima en lo
siguiente:
Año después del inicio de las Aumento de la Producción %
operaciones Sulfato de Aluminio Sulfato de Magnesio Año 1 10 10
Año 2 10 10
Año 3 10 10
Año 4 10 10
Año $ 10 10
Prevención de Riesgos
Al personal que trabaja en secciones donde puede existir algún riesgo, se les facilitará los elementos de protección personal — EPP necesarios.
A pesar que los insumos que se manejarán no son inflamables ni explosivos, Química del Sur y Cía. Ltda. implementará el siguiente Sistema de Prevención de Incendios:
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental
Se realizará la mantención de las instalaciones eléctricas cada seis meses.
DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
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Estarán definidos claramente los sectores de almacenamiento de residuos, con el objeto de mantener la limpieza tanto del terreno como de las instalaciones y así no acumular desechos que puedan entrar en combustión.
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Se efectuarán cursos de adiestramiento en el manejo de extintores cada seis meses.
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Estarán establecidas las vías de evacuación, las cuales se encontrarán debidamente señalizadas.
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Las instalaciones contarán con un número adecuado de extintores portátiles de polvo químico seco y dióxido de carbono, según corresponda, ubicados en lugares de fácil acceso y de clara identificación, libres de cualquier obstáculo y debidamente señalizados. También se contará con carros de polvo químico seco multipropósito modelo P.Q.S. ABC ubicado en los accesos al sector de bodegas. Los extintores estarán en cantidades de acuerdo al tipo de actividad y en concordancia con el D.S. N*594/99 del Ministerio de Salud sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
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Se realizarán periódicamente acciones de limpieza de las zonas aledañas al sector de producción y almacenamiento, que puedan ser focos de incendio. En el caso de ser áreas de riesgo en la cercanía de la empresa, se solicita asesoría de bomberos con quienes se mantiene contacto directo a objeto de planificar en forma conjunta las acciones de control que se ejecutarán en caso de incendio.
Plan de Contingencias
La empresa cuenta con un Plan de Emergencia que define claramente las funciones del personal en el momento de una emergencia. Este Plan de Emergencia está estrechamente ligado a la infraestructura de protección contra incendios. En caso de producirse una emergencia, se actuará de la siguiente forma:
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Al producirse un incendio se dará cuenta de inmediato de éste a bomberos, carabineros y personal ejecutivo de la empresa, a fin de que se tomen medidas inmediatas para su sofocamiento.
-
Se cortará la energía eléctrica de inmediato.
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Dependiendo del tipo de siniestro se activará el sistema de extinción correspondiente, esperando la llegada del Cuerpo de Bomberos.
-
Una vez sofocado el siniestro, se analizarán sus causas y pérdidas.
El Plan de Emergencia para las instalaciones de Coronel de Química del Sur y Cía. Ltda. se presenta en Anexo N%9 de la DIA.
Por otra parte, con fecha 10 de noviembre de 2009, Química del Sur y Cía. Ltda. ha suscrito el Contrato de Servicios N*004/2009 con la empresa SUATRANS CHILE S.A. cuyo principal objetivo es el de prestar servicios por parte de SUATRANS CHILE S.A. en la atención de accidentes con productos químicos o sus residuos, sean estos peligrosos o no, que sean transportados o almacenados por Química del Sur y Cía. Ltda. o cualquier empresa de transporte contratada por Química del Sur y Cía. Ltda. para estos efectos. El servicio se prestará las 24 hrs. del día, los 365 días del año, a partir del 16 de noviembre de 2009.
SUATRANS CHILE S.A., es la primera empresa que presta servicios de la naturaleza descrita anteriormente, que tiene cobertura nacional y con un tiempo de respuesta promedio de 2.5 horas en el tramo comprendido desde Arica hasta Puerto Montt. SUATRANS CHILE S.A. nace para atender la necesidad de un servicio integral de atención a emergencias de transporte, con brigadas de emergencias HazMat profesionales, enfocado a atender emergencias de transporte en general, de combustibles y de productos químicos, agroquímicos y sus residuos en particular, tanto en calles, caminos, carreteras e interior de la empresas.
El contrato suscrito y actualmente vigente entre la empresa Química del Sur y Cía. Ltda. con la empresa SUATRANS CHILE S.A. se presenta en Anexo N*10 de la DIA. 8
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
Finalmente, en Anexo N*11 de la DIA se presenta el plano a escala de la instalación donde se explicita el sistema de seguridad con la que cuenta.
Sin perjuicio del contrato con que se cuenta con la empresa SUATRANS CHILE S.A. para la asistencia en ruta de emergencias que pudieran acontecer durante el transporte de sus cargas peligrosas, Química del Sur y Cía. Ltda. se compromete a restituir los elementos, recursos o daños materiales que eventualmente serán utilizados por otros organismos de respuesta en el manejo o atención de incidentes o accidentes de responsabilidad de la empresa.
Instalaciones y obras físicas del proyecto
Como ya ha sido mencionado, el proyecto es una ampliación de capacidad de almacenamiento y síntesis de 2 compuestos químicos. Por tanto, las obras físicas se restringirán a ampliar y complementar las instalaciones ahora operativas. Las obras físicas que implica el proyecto son las siguientes:
- Construcción de bodega de residuos peligrosos y no peligrosos generados
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2 reactores de 8 m3 cada uno.
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1 filtro prensa.
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4 estanques de almacenamiento.
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Implementación de Caldera generadora de vapor a utilizar en el proceso.
El Lay — Out de las instalaciones se presenta en el Anexo N'6 de la DIA.
La fase de implementación del proyecto se restringirá a la construcción de las obras recién mencionadas, proceso que tardará aproximadamente 6 meses.
Flujo vial asociado a la fase de operación
El flujo de camiones estará asociado al ingreso materia prima, al egreso de productos terminados y al egreso de residuos hacia y desde las instalaciones de Química del Sur y Cía. Ltda.
La siguiente tabla muestra el flujo de camiones considerando lo recién mencionado:
Flujo Camiones hacia las Instalaciones | Flujo Camiones desde las Instalaciones N? Camiones/mes N* Camiones/mes
Materia Prima 198 No Aplica
Productos Terminados No Aplica 286
Residuos No Aplica 7
El tipo de vehículos con que se prestará el servicio de transporte es el siguiente:
Tonelaje Máximo a Transportar (TON) Tipo Camión 15 Ñ Camión 28 Tracto Camión con semi-remolque plano 28 Tracto Camión con Semi-remolque estanque 5 Camión
Las rutas que seguirán los camiones dentro del parque y de acceso a él desde la ruta 160 (considerando el cruce de la línea de ferrocarril), serán los siguientes:
Viniendo por la Ruta 160 de Norte a Sur, se ingresa en el km 20 al Parque Industrial Escuadrón 1
tomando la pista que se abre hacia la derecha y se dobla a la derecha por Calle A Sur. Antes de cruzar la línea de ferrocarril existe un disco Pare.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
Viniendo por la Ruta 160 de Sur a Norte, se avanza hasta el cruce de Oxiquim, se ingresa al parque industrial y se utiliza la rotonda existente dentro del parque para retornar a la la Ruta 160 con dirección Norte a Sur. Seguir camino descrito anteriormente.
Para entregas en empresas ubicadas dentro de Coronel, se toma el By-Pass y se ingresa por acceso Sur hacia Coronel. Se toma Calle Arturo Prat hasta llegar al semáforo y se dobla a mano izquierda por Av. Pedro Aguirre Cerda. De esta manera no se ingresa a la zona urbana de Coronel y se da cumplimiento a la Resolución Exenta, N? 239 del 08 de Junio de 1994 de la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones Región del Bio Bio.
PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO
Como ya se mencionó, parte de la operación y del proyecto ya existe en el terreno, lo que implica que las emisiones, descargas y residuos generados en la etapa de construcción del proyecto serán prácticamente inexistentes. Sin embargo, de todas formas la etapa de implementación será considerada en este punto.
1 Etapa de construcción del proyecto 1.1 Emisiones Atmosféricas
Durante la etapa de construcción e implementación del proyecto, las emisiones que se generarán serán las habituales en obras de este tipo, donde las actividades a ejecutar serán obras civiles, instalaciones eléctricas, fundaciones para estanques y emplazamiento de los mismos. Las emisiones, por tanto, serán básicamente material particulado (PM10) proveniente del transporte de materiales, movimiento de tierra, limpieza del terreno, despeje del mismo. Por su parte, se generará emisiones menores de CO, NOx y HC proveniente de los tubos de escape de la maquinaria pesada utilizada para las labores recién descritas.
Sin perjuicio de lo anterior, durante la etapa de construcción se adoptarán medidas destinadas a disminuir las emisiones que afecten la calidad del aire, entre las que se destacan:
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Encarpado de tolva de los camiones que transporten los materiales de construcción.
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Uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo.
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Uso de contenedores para recibir y acopiar los escombros, el reciclado de materiales de construcción.
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Los movimientos de tierra se realizarán humedeciendo previamente la superficie del suelo cuando sea necesario.
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No se permitirán las quemas de ningún tipo.
-
— Las emisiones de la maquinaria utilizada estarán conforme a la normativa existente, para esto la empresa se compromete a exigir a sus contratistas revisiones técnicas al día.
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Se mantendrán húmedos o cubiertos los materiales que puedan desprender polvo, tales como los acopios temporales de áridos.
1.2 Efluentes Líquidos
Los efluentes líquidos que se generarán en la etapa de construcción serán básicamente los generados por el personal que participará en dicha labor. Como se trata de una ampliación de una instalación ya existente, donde al día de hoy existen baños para los trabajadores, duchas, y acceso a agua potable, no será necesario proveer de agua potable a los trabajadores, así como baños químicos ni duchas portátiles en la etapa de construcción.
Por su parte, los residuos industriales líquidos serán recolectados y transportados fuera de las instalaciones de Química del Sur y Cía. Ltda. a una instalación autorizada para proceder a su eliminación conforme a la legislación vigente.
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Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
Finalmente los residuos líquidos asimilables a domiciliarios, serán descargados directamente al alcantarillado existente en el predio.
1.3 Residuos Sólidos Durante la etapa de construcción se generará una relativamente baja cantidad de residuos sólidos.
Los residuos asimilables a domiciliarios serán eliminados en rellenos sanitarios autorizados, mientras que para los residuos sólidos no peligrosos no asimilables a domiciliarios será solicitada la autorización de generación — transporte — disposición final correspondiente a la Autoridad Sanitaria.
Generación de Ruidos
El D.S. N 38/11, del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial el 12 de junio de 2012, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del D.S. N146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos generados por fuentes
emisoras de ruido (Título IV, Art. 7 y 9) de acuerdo a cinco zonas homologadas (Título UL, Art. 6, 28, 29, 30, 31, 32).
Por su parte, y de acuerdo al instrumento de planificación territorial vigente correspondiente al Plan Regulador Metropolitano de Concepción, el Proyecto en evaluación se desarrollará en sectores donde los receptores adyacentes se encuentran en zonas con usos de suelo del tipo industrial, cuya homologación con el D.S. N*38/11 corresponde a Zona IV, que permite 70 dBA para horario diurno y nocturno.
Para la medición del cumplimiento de la norma tanto para la etapa de construcción como en la etapa operación, se contrató un estudio a la empresa CONASUD, cuyo informe final se presenta en Anexo N*12 de la DIA. Los objetivos del estudio fueron los indicados a continuación:
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Realizar una línea base de los actuales niveles de ruido en los sectores potencialmente afectados por las actividades a desarrollar por parte del Proyecto tanto en su fase constructiva como de explotación.
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Realizar una campaña de mediciones de ruido ambiente natural en los puntos receptores comunitarios más cercanos al Proyecto a objeto de definir su línea basal, los estándares de permisibilidad de ruido y a su vez, caracterizar fuentes de ruido propias del proyecto a objeto de disponer de niveles de referencia frente a la modelación matemática que define la proyección de niveles de ruido en la ubicación de los puntos receptores comunitarios más cercanos.
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— Evaluar los niveles de presión sonora modelados en la ubicación de los puntos receptores comunitarios más cercanos, verificando su cumplimiento y/o conformidad con los máximos exigidos por la normativa aplicable y criterios internacionales.
De acuerdo a los valores obtenidos en la campaña de mediciones en las evaluaciones realizadas a los receptores comunitarios, y resumidos en el Informe presentado en el Anexo N%12 ya mencionado, durante la etapa de construcción del proyecto una evaluación sobre un receptor arroja una no conformidad tanto en la fase de movimiento de tierra como en la fase de obras civiles, existiendo superaciones en los límites permisibles. Por lo recién señalado, es necesario adoptar como medida de control de ruido, en el frente de trabajo y sobre la posición identificada para las fases de movimiento de tierra y obras civiles, deberá contemplar instalación de barrera acústica perimetral.
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Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
El largo de la barrera será superior a 35 metros de largo, con altura de 4 metros y de materialidad típica de placa de OSB de 18 mm de éspesor cuya función es servir de obstáculo entre faenas ruidosas y sectores potencialmente afectados.
La ubicación de la pantalla acústica recién mencionada se presenta en la siguiente figura de la página 25 de la DIA.
Con la medida de control mencionada, la evaluación de ruido en la etapa de construcción — Fase Montaje, se encuentra en concordancia a lo establecido en el D.S. N*38/11 del Ministerio del Medio Ambiente:
Finalmente, se exigirá y controlará que el personal contratado para las labores de implementación de las instalaciones, estén con sus Elementos de Protección Personal — EPP (protectores auditivos, por ejemplo) de acuerdo a lo estipulado en el D.S. N*594,
2 Etapa de operación del proyecto 2.1 Emisiones Atmosféricas 2.1.1 Emisiones Atmosféricas generadas en la instalación productiva
Durante la etapa de producción se generarán nieblas ácidas en los reactores químicos. Los vapores con restos de ácido que provendrán de la reacción originada en el reactor serán captados por una campana e ingresarán a una columna de neutralización que en su interior tendrá deflectores separados entre sí cada 30 cm. Éstos tienen por objeto producir turbulencia aumentando de esta manera la superficie de neutralización.
Por su parte, los vapores neutralizados serán captados por un extractor de aire el cual expulsará los gases ya neutralizados del sistema a la atmósfera. La neutralización de los vapores se realizará con agua en contracorriente, la cual será utilizada como agua madre en las próximas reacciones, no siendo generado por tanto, como residuo industrial líquido.
El sistema posee una eficiencia estimada de un 90%, producto de fugas por las uniones de las tuberías y pérdida de hermeticidad de la campana. Sin embargo, las cantidades de emisiones atmosféricas producidas no son relevantes desde el punto de vista ambiental global, pero sí existe un efecto importante desde el punto de vista de salud ocupacional. Por ello, los trabajadores expuestos se someterán a un Plan de Vigilancia de aerosoles ácidos según el D.S. N*594 MINSAL y además deberán utilizar mascarillas con filtros para vapores inorgánicos.
Como valor referencial se puede mencionar que el Instituto de Seguridad del Trabajo — IST ha realizado mediciones en la Planta de Santiago de Química del Sur y Cía. Ltda. obteniéndose valores menores a 0.001 mg/m3, valor muy inferior al LPP de 0.8 mg/m3 establecido por el D.S. N*594 MINSAL.
Finalmente, y para minimizar las posibles fugas, se realizarán mantenciones semestrales al sistema de captación de gases y se medirá el pH de las aguas de lavado.
Dada la experiencia en la Planta ubicada en Santiago, se espera obtener la misma capacidad de extracción de vapores ácidos durante la etapa de producción. Sin embargo, cuando se comience a operar, estas emisiones de nieblas ácidas serán monitoreadas por el mismo IST o bien por algún organismo competente según D.S. 594/99 MINSAL.
Para asegurar el cumplimiento de las normas de salud ocupacional y ambiental, se realizará un monitoreo semestral y se exigirá el uso adecuado de los Elementos de Protección personal — EPP.
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Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
Por otra parte, el proceso productivo requiere de vapor de agua el que será aportado por una caldera que utilizará petróleo diesel. La caldera a utilizar será la misma que está actualmente operativa en la Planta Santiago de Química del Sur y Cía. Ltda.
Los datos de la fuente son los siguientes:
Marca: SERVIMET
Modelo: MIX750VPSPOCKET
Horas app. de funcionamiento: 8 hr/día. Días de funcionamiento: 170 días/año Emisión PM10: 30 mg/m3N
Potencia calorífica: 405000 kcal/hr
Los datos del quemador son los siguientes: Marca: RIELLO
Modelo: RL 50
Tipo de quemador: 2 etapas
Tipo de combustible: Petróleo Diesel Consumo Máximo de Combustible: 60 kg/h Frecuencia de Mantención: Anual
Química del Sur y Cía. Ltda. para su planta en Santiago contrató los servicios del Laboratorio “Labsé Testing Chile S.A.” para muestrear la caldera utilizada en el proceso e informar sus resultados en conformidad al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana — PPDA (D.S.N58, Ministerio Secretaría General de la Presidencia). Sólo como referencia, el laboratorio aludido concluye que la fuente fija medida tiene una concentración corregida de monóxido de carbono de 69 ppm, valor que es menor que la concentración máxima permitida de 100 ppm (Art.31, D.S. N58). Como ya fue mencionado, la caldera a implementar en este proyecto es de las mismas características de la ya usada en la planta de la Región Metropolitana. El mismo laboratorio aludido, informa que la caldera a instalar en Coronel, considerando el comportamiento de la caldera instalada en Santiago, debiera emitir en PM10, SOx y NOx, lo siguiente:
Caldera Industrial 2195 Producción de Vapor 750 kvh Tipo de combustible Diesel Consumo de Combustible 51 Kg/h
F. Emisión kg/kg diesel__ | Emisión kg/hr
PM 10 0,00014 0,00714 SOx 0,0042 0,2142 NOx 0,00283 0,14433
2.1.2 Emisiones Atmosféricas generadas por el flujo de vehículo
El proyecto generará emisiones a la atmósfera como consecuencia de la combustión de combustible líquido en los motores de los camiones que ingresen y egresen de las instalaciones. Cabe mencionar que las emisiones máximas permitidas son aquellas controladas periódicamente por los Centros de Revisión Técnica, por lo que se entiende que los camiones cumplen con la legislación respectiva en este ámbito al tener su Revisión Técnica al día, documento que será portado por cada móvil.
2.2 Efluentes Líquidos
Con respecto a los residuos industriales líquidos, su generación se relaciona al proceso de lavado de envases usados dentro de las instalaciones de la empresa. Estos residuos, si bien presentan una baja carga contaminante, serán tratados como residuos peligrosos según lo establecido en el D.S. N*148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, MINSAL. Estos residuos
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Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
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líquidos serán almacenados y succionados por camión autorizado para posteriormente realizar su transporte a una instalación de eliminación.
La generación de los residuos líquidos se presenta en la siguiente tabla:
Residuo Fuente Generación Característica | Clasificación D.S.
Líquido . N*148/03, MINSAL L/semana M3/mes Art.18 Art.90
RIL Proceso | Proceso 4.000 15 Peligroso 116 A4090
Aguas Baños y Duchas 1.000 4 No Peligroso
Servidas del personal
Almacenamiento de Residuos Líquidos Industriales
Los residuos líquidos (RIL Proceso) serán almacenados en un estanque plástico de 20 m3 de capacidad. La zona donde se emplazará este estanque será al costado este de la bodega de almacenamiento según lo indicado en el Lay — Out presentado en el Anexo N*6 de la DIA. El estanque plástico que recibirá RILes se instalará dentro de pretil de contención construido sobre hormigón H-30 de 18 cms de espesor, con una compactación de 95% de base estabilizada de CBR debidamente vibrados y sellados. Sobre el hormigón se aplicará una capa de resina de poliéster bifenólica Basf Palatal A:430 antiácida reforzada con tela de fibra de vidrio o cuarzo molido malla 24/50, catalizador y acelerantes adecuados, espesor de 3 a 4 mm.
La capacidad total de almacenamiento será la suficiente para almacenar los residuos generados entre retiros de éstos, con una holgura de un 25%.
El proceso de carga y descarga se realizará a través de mangueras y bombas de material resistente sobre el pavimento en sectores de tránsito con carpeta asfáltica de 7 cms de espesor. De esta manera no existe posibilidad de contacto con aguas subterráneas o superficiales.
Transporte de Residuos Líquidos Industriales
La recolección (succión) y transporte de estos residuos será realizado por camiones sanitariamente autorizados para estos fines, según lo establecido en el Art. 36 del D.S. N*148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, MINSAL. La succión se realizará al menos 1 vez al mes, con un total aproximado, por evento, de 15 m3 succionados.
Eliminación de Residuos Líquidos
Los residuos succionados serán transportados hacia una instalación de eliminación sanitariamente autorizada según lo establecido en el Art. 43 del D.S. N*148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, MINSAL. Dentro de la zona (VIII Región del Biobío) existen 2 instalaciones de eliminación que contarían con esta autorización.
Con respecto a los residuos líquidos domiciliarios, su generación se debe exclusivamente al personal administrativo y operativo que labora dentro de las instalaciones, además de las circunstanciales personas que visiten la planta. Su eliminación está considerada a través de la Empresa Sanitaria Aguas San Pedro a través de la conexión de alcantarillado disponible.
Como ya fue indicado, y a manera de resumen, las medidas de control para cada residuo líquido identificado se presentan en la tabla siguiente:
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Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
Residuo Líquido Medidas de Control
RIE Proceso Almacenamiento en planta y retiro hacia disposición final en lugar autorizado, según lo ya indicado.
Aguas Servidas Empresa Sanitaria Aguas San Pedro a través de la conexión de alcantarillado disponible,
Por su parte, es importante mencionar, que la caldera a utilizar generará vapor que se aplicará directamente en los procesos. No existe retorno de condensado, sólo se efectuarán purgas de vapor durante su funcionamiento. La mantención consiste en realizar limpieza de tubos cada 3 meses, proceso en el cual no se utiliza agua.
Por tanto, no hay generación de RlLes, tanto en la fase de operación como en la de mantención de la caldera.
Respecto de las aguas lluvias, actualmente, se encuentra en ejecución el Proyecto de Aguas lluvias de Coronel Parque Escuadrón 1, de acuerdo a Plano que se presenta en Anexo N' 11 de la adenda N” 1. Una vez construido el Colector correspondiente, Química del Sur proyectará la canalización de sus aguas lluvias hacia él.
2.3 Residuos Sólidos En relación a los residuos sólidos que se generarán en la etapa de operación, éstos serán clasificados en No Peligrosos, Peligrosos y Residuos Domiciliarios o Asimilables a
Domiciliarios.
Las cantidades de residuos generados, sus características y clasificación en caso de ser considerado como residuos peligroso se presentan en la tabla siguiente:
Residuo Fuente Generación Característica Clasificación D.S. N*148/03, MINSAL
kg/semana Ton/mes Art.18 Art.90
Borra Proceso 50 0,2 Peligroso 1.16 A4090
Insoluble
Envases Proceso 50 0,2 Peligroso 111,2 A4130
plásticos
vacíos
Basura Casino y s0 0,2 No peligroso
doméstica oficinas
Madera Proceso 30 0,12 No peligroso
/pallets
Cartón Proceso 30 0,12 No peligroso
Chatarra Proceso 30 0,12 No peligroso
fierro
Plásticos Proceso 30 0,12 No peligroso
Las medidas de control para cada residuo identificado se presentan en la tabla siguiente:
Residuo Medidas de Control
Borra insoluble Almacenamiento en planta y retiro hacia disposición final en lugar autorizado.
Envases plásticos vacios Almacenamiento en planta y retiro hacia disposición final en lugar autorizado.
Basura doméstica Almacenamiento y retiro semanal
Madera /pallets Almacenamiento y retiro semanal
Cartón Almacenamiento y retiro semanal
Chatarra fierro Almacenamiento y retiro semanal
Plásticos Almacenamiento y retiro semanal
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Para acreditar la eliminación adecuada de los residuos peligrosos (sólidos y líquidos) generados, se contará con el registro legal de eliminación que representa el correspondiente folio entregado por el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos — SIDREP. Para acreditar la correcta eliminación de residuos sólidos no peligrosos asimilables a residuos domiciliarios, se contará con copias de los tickets de ingreso a los rellenos sanitarios.
2.4 Generación de Ruidos
De igual forma que en la etapa de construcción, se aplica modelación matemática de cálculo de proyección de niveles de ruido en la ubicación de punto receptor frente a operación de focos sonoros, de acuerdo a fuentes de ruido.
La proyección de niveles y área de influencia directa del Proyecto frente al proceso operacional se realiza bajo estándares del modelo matemático de referencia para el cálculo de proyección de niveles de ruido establecidos en Normativa Referencia ISO 9613-2/96. Los resultados se presentan en Anexo N*12 de la DIA.
Por tanto, según la evaluación del agente físico ruido para la etapa de operación del Proyecto, se presentan niveles de ruido conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente (D.S. N*38/11 Ministerio del Medio Ambiente).
Finalmente, se exigirá y controlará que el personal de Química del Sur y Cía. Ltda. así como personal externo que cumpla labores dentro de las instalaciones del Química del Sur y Cía. Ltda., estén con sus Elementos de Protección Personal — EPP (protectores auditivos, por ejemplo) de acuerdo a lo estipulado en el D.S. N*594, En este mismo sentido, se solicitará al Organismo Administrador de la Ley 16.744 que establece normas sobre accidente del trabajo y enfermedades profesionales — Ministerio del Trabajo, el desarrollo de un programa de vigilancia de salud del trabajador expuesto al riesgo de ruido.
4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos” y sobre la base de los antecedentes que constan
en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución de dicho proyecto cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
TEXTO LEGAL
ESTABLECE
FORMA DE CUMPLIMIENTO
D.S. N%458/76 Ley General de Urbanismo y Construcciones, MINVU
Regula el uso del suelo y define y establece la estructura de planificación urbana.
La ejecución del proyecto está condicionada a los permisos de edificación otorgados por los organismos competentes. Por tanto, en este proyecto se da especial cuidado al cumplimiento de esta norma.
D.S. N"W47/92 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, MINVU
Calificación de establecimientos industriales y de bodegaje de materiales.
Al proyecto presentado le corresponde su calificación según lo establecido en el Art. 4.14.2. del D.S. N%47/92, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Esta calificación está contenida en el Permiso Ambiental Sectorial del Art. 94 del D,S, N*95/01 MINSEGPRES, desarrollado en este documento,
D.F.L. 'N*725/67 Código Sanitario, MINSAL.
Regula la disposición adecuada tanto de los residuos líquidos como de los residuos “sólidos generados dentro del predio industrial.
Los residuos líquidos generados en el proyecto serán gestionados según lo indicado en este proyecto, cumpliendo con la normativa que los regula, Por su parte los residuos sólidos asimilables a domiciliarios serán gestionados como “residuos domiciliarios” en un relleno sanitario.
D.F.L. N*1/89 Determina materias que requieren autorización sanitaria
Determina las materias que requieren autorización sanitaria expresa de
El Proyecto considera la gestión sanitaria y ambientalmente adecuada de aguas servidas, residuos líquidos y sólidos industriales,
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental
DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
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expresa, MINSAL funcionamiento.
explosivos 0
instalación de
para la salud
Entre otros, destaca la acumulación y disposición final de residuos dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo cuando los residuos sean inflamables,
algunos de los elementos o compuestos señalados en el artículo 13 del "Reglamento de Condiciones Sanitarias y Ambientales Mínimas en los Lugares de Trabajo”;
destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase; importación y/o fabricación de sustancias químicas peligrosas
encontrándose listado entre las actividades que requieren autorización sanitaria expresa. Según se indicó en la tabla del punto N3.7.1, en las instalaciones se almacenarán más de 12 Ton de residuos peligrosos, por lo que según lo indicado en el Art.29 del D.S. N148/03 MINSAL, esta bodega de almacenamiento deberá. contar con un proyecto previamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Esta solicitud se presenta en este documento a través del Permiso Ambiental Sectorial — PAS contenido en el Art. 93 del D,S, N*95/01 Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Sin perjuicio de esto, el Titular se compromete a solicitar las autorizaciones sectoriales que no sean entregadas dentro del proceso de evaluación ambiental para los lugares destinados a la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos, a los cuales les es aplicable esta normativa, antes del comienzo de la operación del proyecto.
D.S, N* 594/99 Sobre las | Establece las Condiciones Sanitarias y | sanitarias y Ambientales Básicas en | básicas en los los Lugares” de Trabajo, | trabajo. MINSAL
Se dará cumplimiento a este amplio reglamento. Como se trata de una ampliación de una instalación ya existente, donde al día de hoy existen baños para los trabajadores, duchas, y acceso a agua potable, no será necesario proveer de agua potable a los trabajadores, así como baños químicos ni duchas portátiles en la etapa de construcción. Los residuos asimilables a domiciliarios serán eliminados en rellenos sanitarios y para los residuos sólidos no peligrosos no asimilables a domiciliarios será solicitada la autorización de generación — transporte — disposición final a la Autoridad Sanitaria. Por su parte, los residuos industriales líquidos serán recolectados y transportados fuera de las instalaciones de Química del Sur y Cía, Ltda. a una instalación autorizada para proceder a su eliminación. Los residuos líquidos asimilables a domiciliarios, serán descargados directamente en la alcantarilla existente en el predio.
D.S N*148/03 Reglamento | Establece las Sanitario sobre Manejo de | sanitarias y de
Residuos Peligrosos, | mínimas a que
MINSAL. someterse la
tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.
Se dará cumplimiento a este reglamento, entre otras, en lo siguiente:
-
— Se contará con bodega autorizada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
-
— Serealizará Plan de Manejo de Residuos Peligrosos en caso de sobrepasar los límites máximos establecidos en el reglamento desde el cual se debe realizar, operar y presentar a la Autoridad Sanitaria uno.
-
— Se exigirá que los camiones que saquen residuos peligrosos desde las instalaciones de Química del Sur y Cía. Ltda. con fines de eliminación de éstos, cuenten con la respectiva autorización sanitaria para el transporte de residuos peligrosos.
-
— No se transportarán residuos peligrosos sin el documento de declaración establecido en este reglamento (SIDREP).
-
_ El Art.25 de este cuerpo legal establece
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental
DÍA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
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que todo generador que genere cantidades iguales o superiores a 12 kg/año de residuos que presenten la característica de peligrosidad de toxicidad aguda, o 12 Ton/año para cualquier otra clase de peligrosidad, deberán presentar un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos -—- PRMP a consideración frente a la respectiva Autoridad Sanitaria. Según las cantidades presentadas en el punto N*6.2.3 de este documento, no se requiere presentar un PRMP por generar residuos peligrosos bajo las cotas indicadas.
- — Según se indicó en la tabla del punto N%3.7.1, en las instalaciones se almacenarán más de 12 Ton de residuos peligrosos, por lo que según lo indicado en el Art.29 del D.S. N148/03 MINSAL, esta bodega de almacenamiento deberá contar con un proyecto previamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Esta solicitud se presenta en este documento a través del Permiso Ambiental Sectorial — PAS contenido en el Art. 93 del D.S. N95/01 Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Sin perjuicio de esto, el Titular se compromete a solicitar las autorizaciones sectoriales que no sean entregadas dentro del proceso de evaluación ambiental para los lugares destinados a la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos, a los cuales les es aplicable esta normativa, antes del comienzo de la operación del proyecto.
D.S. N%78/2010 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, MINSAL
Establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de
sustancias peligrosas. Estas disposiciones rigen preferentemente sobre lo
establecido en materias de almacenamiento en el decreto N* 157 de 2005, del Ministerio de Salud, Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico, y de lo establecido en el artículo 42 del decreto N? 594 de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Toda sustancia peligrosa gestionada dentro de las instalaciones de Química del Sur y Cía. Ltda. será almacenada según lo establecido en este reglamento. Para esto, se habilitarán sistemas de almacenamiento, tanto para sustancias líquidas como para sustancias sólidas.
Art24. Las Bodegas para Sustancias Peligrosas, deberán contar con rótulos externos € internos, que indiquen las clases y divisiones de las sustancias almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial 'N* 2190 de 2003, o la que la sustituya.
Las Bodegas para Sustancias Peligrosas, así como también la habilitada para la acumulación de Residuos Peligrosos, tendrán rótulos por los 4 costados que indiquen las clases: y divisiones de las sustancias almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial N 2190/0f. 2003. La rótulos serán de un tamaño apropiado siguiendo las indicaciones del Art.24 del D.S. N78/2010 MINSAL.
Art 26, Las puertas de carga y descarga y las de evacuación deberán tener un 75% de la RF
La bodega posee 2 portones y puertas de evacuación ubicados en muros externos que sirven para carga y descarga de productos y
Resolución de Calificación de impacto Ambiental
DÍA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
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de los muros que las contienen y estar ubicadas en muros externos.
tendrán un 75% de la RF de los muros que las contienen.
Art 27. Deberán existir una o más puertas de escape que den al exterior de la bodega, distintas de la puerta de carga/descarga, con al menos dos direcciones de escape distintas.
La bodega posee dos puertas de escape que dan al exterior de la bodega, las que son distintas de las puertas de carga/descarga de productos. Tendrán al menos 2 direcciones de escapes distintas. La ubicación de estas puertas será tal que desde cualquier punto al interior de la bodega la distancia recorrida no sea superior a 30 m.
Las puertas de la bodega se abren hacia el exterior con manillas antipánico, sin chapas, llaves. ni mecanismos que requieran un conocimiento especial para su apertura desde el interior. Las puertas tienen un ancho mínimo de 90 cm y pueden ser abiertas fácilmente desde el interior de la bodega en todo momento.
Art 28, Dentro de las
bodegas para sustancias peligrosas no podrán realizarse” mezclas ni re-
envasado de esas sustancias, excepto en aquellas que existan estanques fijos o en aquellas en, que se deba realizar fraccionamiento para ser utilizado en la zona producción dentro del mismo sitio de la empresa.
Dentro de la bodega de sustancias peligrosas no se realizarán mezclas algunas ni re- envasado de sustancias.
Art29. Estas bodegas deberán tener ventilación natural o forzada, con una renovación de aire mínima de 12 cambios por hora.
Se evaluará si la condición natural actual cumple con las 12 renovaciones por hora. De no ser así, se instalará un sistema de ventilación forzado.
Art 30. Si cuenta con instalación eléctrica, ésta debe ser reglamentaria, de acuerdo a la normativa vigente y registrada ante la autoridad competente,
La instalación eléctrica de la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas es reglamentaria, de acuerdo a la normativa vigente.
Art 40. Las bodegas para sustancias peligrosas, deberán contar con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, cuyo tipo,
cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otras
características, deberán estar de acuerdo a lo establecido en el decreto N? 594 de 1999 del Ministerio de Salud.
La bodega posee extintores de acuerdo a lo establecido por el D.S. 594/99 y la Planta posee una red húmeda. Sólo faltaría instalar un sistema de detección automático de incendios que cumpla con la NFPA 72,
Todos. los sistemas anteriormente señalados estarán sometidos a programas de mantenimiento para asegurar su disponibilidad y vigencia. En el caso del sistema de detección, se seguirán las pautas establecidas por el presente artículo.
Art 41. Las bodegas para sustancias peligrosas, que contengan líquidos, deberán tener un sistema de control de derrames el que deberá contemplar, a lo menos, piso con pendiente no inferior a
0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de
La bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas líquidas tendrá un sistema de control de derrames el que contemplará piso con pendiente no inferior a 0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación o contención perimetral a través: de soleras y/o lomos de toro o canaletas conectadas a una cámara de contención impermeable la que tendrá un volumen equivalente al 110% del envase de
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DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
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acumulación O contención perimetral a través de soleras y/o lomos de toro o canaletas conectadas a una cámara de
contención impermeable la que tendrá un volumen equivalente al 110% del
envase de mayor capacidad, con un mínimo de 1,1 m?,
mayor capacidad, con un mínimo de 1,1 m?, Adicionalmente, tanto las bodegas que almacenen líquidos como sólidos, contará con agentes de absorción y/o neutralización.
Art 24, Las Bodegas para Sustancias Peligrosas, deberán contar con rótulos externos e internos, que indiquen las clases y divisiones de las sustancias almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial N* 2190 de 2003, o la que la sustituya.
Las Bodegas para Sustancias Peligrosas, así como también la habilitada para la acumulación de Residuos Peligrosos, tendrán rótulos por los 4 costados que indiquen las clases y divisiones de las sustancias almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial 'N 2190/0f. 2003. La rótulos serán de un tamaño apropiado siguiendo las indicaciones del Art.24 del D.S. N78/2010 MINSAL.,
D.S. N*160/2008 Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y
Establece los requerimientos mínimos de seguridad que deben cumplir las
En las instalaciones de Química del Sur y Cía. Ltda. se utilizará Petróleo Diesel para alimentar la caldera que proveerá el vapor de
Operaciones de | instalaciones de combustibles | agua que requiere el proceso productivo. El Producción y Refinación, | derivados del petróleo y los | almacenamiento de este combustible en un Transporte, biocombustibles. estanque de 1 m3 cumplirá con las exigencias Almacenamiento, establecidas en este cuerpo legal. Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, MINECON NCh 382/0f.2004 | Establece una clasificación | El proyecto considera la clasificación de Sustancias Peligrosas — | general de sustancias | riesgos según la citada norma para todas las Clasificación General, | peligrosas en Clase y | sustancias peligrosas a manipular dentro de INN División. —Clasifica a las | las instalaciones de Química del Sur y Cía,
sustancias de acuerdo al riesgo | Ltda.
más significativo que
presentan en el transporte
terrestre en territorio nacional,
en su manipulación y
almacenamiento asociado al
transporte, DS. N? 298/94 | Establece las condiciones, | Si bien el ámbito de evaluación de este
Reglamenta el transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, MTT.
normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que por sus características, sean peligrosas O representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente.
proyecto se circunscribe a lo que ocurre dentro de la instalación de Química del Sur y Cía. Ltda. en la dirección precedentemente mencionada, la empresa cumplirá con toda la legislación aplicable al transporte de sustancias peligrosas y no peligrosas desde y hacia las instalaciones de la empresa. Entre otras, se cumplirá con los siguientes puntos:
-
Los vehículos no tendrán más de 15 años de antigiledad.
-
Los vehículos portarán rótulos, según la NCh 2190/0f.03.
-
Los vehículos contarán con tacógrafos y celulares con cobertura nacional.
-
El embalaje de los residuos estarán etiquetados según la
-
NCh2190/0f.03.
-
El estibado dei los residuos peligrosos asegurará su seguridad durante el transporte.
-
— La limpieza de los vehículos se realizará en lugares autorizados por la autoridad sanitaria.
-
El motor del vehículo durante la carga
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental
DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
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estará: detenido. Además se encontrará inmovilizado con cuñas u otro dispositivo,
-
Se utilizará rutas que son normales para este tipo de transporte.
-
Antes de iniciar cualquier faena de transporte se revisará el vehículo. Además cada vehículo contará con su respectivo permiso de circulación.
-
El conductor no manipulará el residuo peligroso. Además todo el personal que participe en las faena contará con elementos de seguridad personal acordes a la naturaleza del peligro del residuo.
-
Durante el transporte de residuos peligrosos se portarán las Hojas de Datos de Seguridad respectivas.
NCh 2190/0f.2003 | Establece los requisitos de los Distintivos de seguridad | distintivos de seguridad con para Identificación de | que se deben identificar los
Riesgos, INN riesgos que presentan sustancias incluyendo sobre
lugares en que colocar.
peligrosas;
características de las marcas, etiquetas y rótulos, uso de ellos, excepciones en el uso y
Las sustancias peligrosas serán adecuadamente rotuladas según lo establece esta norma, dando cumplimiento a la misma.
Norma Chilena NCh | Establece las condiciones 2245/0f93 Hojas de | generales que se debe contener en una Hoja de Seguridad para la sustancia que se transporta
Datos de Seguridad, INN
y los requisitos contenido,
Todas las sustancias peligrosas que ingresen, se almacenen o egresen de las instalaciones de Química del Sur y Cía. Ltda. estarán acompañadas con su respectiva Hoja de Datos: de Seguridad, las cuales estarán confeccionadas en cumplimiento a esta norma:
D.S. N*138/05 Establece | Todos los titulares de fuentes Obligación de Declarar | fijas de emisión Emisiones que Indica, | contaminantes atmosféricos MINSAL que se establecen
presente decreto, entregar a la
estimar las
normas que se
los antecedentes
o tipo de fuente:
secundarias.
cal o yeso.
Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas, antecedentes necesarios para
provenientes de cada una de sus fuentes, de acuerdo con las
reglamento. Estarán afectas a la obligación de proporcionar
determinación de emisión de contaminantes, las fijas que correspondan a los siguientes rubros, actividades
-
Calderas generadoras de vapor y/o agua caliente.
-
Producción de celulosa.
-
Fundiciones primarias
-
Centrales termoeléctricas.
-
Producción de cemento,
-
Producción de vidrio.
El proyecto considera el uso de una caldera generadora de vapor requerido por el proceso productivo. Por tanto, durante la fase de operación del proyecto corresponderá la declaración de las emisiones que esta fuente fija generará en cumplimiento a este cuerpo legal.
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- Producción de cerámica.
-
Siderurgia.
-
Petroquímica.
-
Asfaltos.
-
Equipos electrógenos.
D.S. N144 Establece | Material particulado, gases y | Durante la fase de operación no se espera un
Normas para Evitar | olores. incremento en las emisiones atmosféricas Emanaciones o provenientes de las operación de Química del Contaminante Sur y Cía. Ltda. De este modo el proyecto no Atmosféricos de Cualquier implicará emisiones atmosféricas que Naturaleza, MINSAL ocasionen peligro, daño o molestias al vecindario. D.S. N'38/11 Establece | Ruidos. De acuerdo a la evaluación del agente físico Norma de Emisión de ruido «para la etapa de construcción del Ruidos Generados por Proyecto de Química del Sur y Cía. Ltda., se Fuentes que indica, presentan niveles de ruido conformes con los Ministerio del Medio límites permisibles establecidos en la Ambiente legislación vigente (D.S. N*38/11 Ministerio
del Medio Ambiente), situación que integra la aplicación de una medida de control especificada en punto N 6.1.4. de este documento, y en el Anexo N12. Por otra parte, de acuerdo a la evaluación del agente físico ruido para la etapa de operación del Proyecto, se presentan niveles de ruido conformes con los límites establecidos en la legislación vigente (D.S. N38/11 Ministerio del Medio Ambiente). Según estudio realizado en el mes de septiembre de 2012 por la:empresa CONASUD, cuyo informe se presenta en Anexo N12, concluye que el proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos” presenta conformidad con la normativa vigente de emisión de ruidos: molestos generados por fuentes que indica, según lo establecido en el DS, N*38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.
Cabe señalar que si bien esta norma establece en su Art.23 que será vigente 2 años después de su publicación en el Diario Oficial, es decir a contar del 12 de junio de 2014, en el mismo artículo se señala que para los proyectos que ingresen al SEIA posterior al 12 de junio de 2012, la norma le será aplicable a contar de esa fecha.
4.2.- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”, requiere del siguientes permiso ambiental sectorial contemplados en Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:
4.2.1 Artículo 93 En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de trata-miento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L, N* 725/67, Código Sanitario.
Los antecedentes técnicos de este permiso los visa la SEREMI de Salud, quien mediante Oficio ORD N? 946 de fecha 21 de febrero de 2013 se pronuncia conforme sobre la Adenda
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Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
4.2.2 Artículo 94 “calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. N* 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”.
Los antecedentes técnicos de este permiso los visa la SEREMI de Salud, quien mediante Oficio ORD N? 946 de fecha 21 de febrero de 2013 se pronuncia conforme sobre la Adenda
5.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, y sobre la base de los antecedentes que. constan en el expediente de evaluación ambiental, debe indicarse que el proyecto "Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”, no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Lo anterior, según los antecedentes que constan en el expediente de evaluación y en atención a:
5.1.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley 19.300: Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce, es posible indicar que:
« Atendiendo a las características y naturaleza de proyecto, el Comité Técnico Evaluador estima que el proyecto no generaría efluentes, emisiones o residuos que presenten riesgo para la salud de la población, por lo que no resulta aplicable la letra “a” del artículo 11 de la Ley 19,300. Las emisiones al aire son controladas adecuadamente en el área de influencia del proyecto y no se generarán residuos líquidos durante la operación.
5.2.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300: Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que:
- Atendiendo a las características, naturaleza y ubicación de proyecto, el Comité Técnico Evaluador estima que el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, según lo señalado en el número anterior, por lo que no le resultan aplicables ninguna de las letras del Artículo 6 del Reglamento del SEIA.
5.3.- Atendiendo a las características, naturaleza y ubicación de proyecto, el Comité Técnico Evaluador estima que al proyecto no le resultan aplicables los efectos, características o circunstancias señalados en las letras “c” a la “f” del artículo 11, de la Ley 19.300, puesto que:
-
Atendidas las características, naturaleza y localización del proyecto este no implica el reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; ya que se emplaza en un parque industrial, alejado de toda vivienda.
-
El proyecto no presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona donde se emplaza.
-
Atendidas las características, naturaleza y localización del proyecto, este no presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6.- Que, en el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular asume el siguiente compromiso ambiental voluntario.
De acuerdo a lo señalado por el titular en la Adenda N* 1, en respuesta a una consulta de la DGA sobre los derechos de aprovechamientos de agua otorgados cercanos al área de emplazamiento del proyecto, Química del Sur se compromete a tomar todas las medidas necesarias para que las sustancias peligrosas no alcancen el acuífero o aguas superficiales.
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Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DÍA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
7.- Que, para que el proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
8.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a esta Comisión, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
9.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Superintendencia del Medio Ambiente y a esta Comisión, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y domicilio.
10.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
11.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a esta Comisión, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
12.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación Región del Biobío.
RESUELVE:
1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el Proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos” de Química del Sur y Cia Ltda. rut 78.572.860-2, cuyo domicilio es Calle E s/n, Lote N* 17-B, manzana A, Parque Industrial Escuadrón 1, comuna de Coronel, representada legalmente por el Señor Juan Antonio Sanchez Morales rut: 4,223,158-4,
2.- CERTIFICAR que el Proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”, cuyo titular es Química del Sur y Cia Ltda., representada por el Señor Juan Antonio Sanchez Morales, cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, con la normativa de carácter ambiental y que no amerita presentar un Estudio de Impacto Ambiental, en virtud que no se generan los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19,300.
3.- Hacer presente que la presente Resolución no exime a Química del Sur y Cia Ltda., o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes. Debiendo enviar copia de ellas, a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, dentro de un plazo de 10 días, desde su obtención.
4.- Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.
5.- Disponer que la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas por ella establecidas.
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Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto “Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”
6.- Disponer que el titular del proyecto deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de las normas, condiciones y medidas establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y que correspondan a cada una de las etapas o fases del proyecto, permitiendo para ello su acceso a las diferentes partes y componentes del mismo, cuando ello le sea solicitado y facilitando la información y documentación que para ello se requiera, por él o los Órganos de la Administración del Estado competente en la. materia
7.- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción legal que estime oportuna.
Anótese, Notifíquese, Comuníquese y Archívese
ÚBLICA Dz A dencia Región, Gegontencio Fonlón py,
SALOBOS DEL FIERRO
Intendente
Presidente
Comisión de Evaluación Región del Biobío
€
ó misión de Evaluación Región del Biobío
SOLIVÁR RUIZ A. Ñi E
DIRECCIÓN) , REGIONAL NA
Distribución:
Sr. Juan Antonio Sanchez Morales, Representante Legal Química del Sur y Cia Ltda Gobierno Regional, Región de Biobio
Superintendencia del Medio Ambiente
SEREMI MOP, Región del Biobío
SEREMI de Salud, Región del Biobío
SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío
Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío
Tustre Municipalidad de Coronel
Miembros Comisión de Evaluación
Cle: - — Expediente del Proyecto "Fábrica y Distribuidora de Productos Químicos”. - Archivo SEA, Región del Biobío.
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