Proyecto Fotovoltaico Huatacondo
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN | REGIÓN DE TARAPACÁ
CALIFICA AMBIENTALMENTE PROYECTO "PARQUE FOTOVOLTAICO HUATACONDO"
RESOLUCIÓN EXENTAN* 3OD0O7O IQUIQUE, 2040 208
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Proyecto Fotovoltaico Huatacondo", presentada por el Señor Felipe Crignola Toledo, en representación de Desarrollos Fotovoltaicos de Chile S.A, con fecha 22 de Noviembre de 2012, con fecha 26 de Diciembre de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N“575 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá, con fecha 18/12/2012; Oficio N%577 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá, con fecha 18/12/2012; Oficio N%1081 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá, con fecha 19/12/2012; Oficio N“3956 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá, con fecha 19/12/2012; Oficio N176 sobre la DIA, por SEREMI Energía Tarapacá, con fecha 19/12/2012; Oficio N%343 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá, con fecha 19/12/2012; Oficio N37- EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá, con fecha 19/12/2012; Oficio N%396 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá, con fecha 19/12/2012; Oficio N%1052 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 20/12/2012; Oficio N“2300 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Tarapacá, con fecha 20/12/2012; Oficio N1733 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá, con fecha 21/12/2012; Oficio N%5392 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 02/01/2013; Oficio N%32 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Tarapacá, con fecha 15/01/2013; Oficio N“202 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 07/03/2013; Oficio N%95 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Turismo, Región de Tarapacá, con fecha 07/03/2013; Oficio N%73 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá, con fecha 12/03/2013; Oficio N%7-EA/2013 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá, con fecha 13/03/2013; Oficio N%453 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Tarapacá, con fecha 14/03/2013; Oficio N303 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá, con fecha 15/03/2013; Oficio N%103 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá, con fecha 15/03/2013; Oficio N%85 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá, con fecha 15/03/2013; Oficio N%931 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 19/03/2013; Oficio N“877 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá, con fecha 20/03/2013; Oficio N%170 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Turismo, Región de Tarapacá, con fecha 03/06/2013; Oficio N*1931 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 06/06/2013;
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El Acta de la Sesión N*11 de la Comisión de Evaluación de la | Región de Tarapacá, de fecha 19/06/2013
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Parque Fotovoltaico Huatacondo".
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido,
coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
A.
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Parque Fotovoltaico Huatacondo”.
. Que, el derecho del Ministerio de Justicia a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento
estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el
proyecto "Parque Fotovoltaico Huatacondo" consiste en la construcción, montaje, operación y mantenimiento de una central generadora de 98 MW de potencia instalada con tecnología solar fotovoltaica, enmarcándose dentro de las Energías Renovables No Convencionales (ERNC), entregado energía al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING).
3.1.Ubicación Geográfica del Proyecto
El proyecto se ejecutará en la Región de Tarapacá, en la provincia del Tamarugal, comuna de Pozo Almonte, específicamente en una zona rural ubicada a una distancia de 100 km al sur de la capital comunal de Pozo Almonte, y a 10 km aproximadamente al sur de la intersección de la ruta 5 con la ruta A-85, que conecta hacia la localidad de Huatacondo.
Las coordenadas UTM (Datum WGS 1984, Huso 19 Sur) respectivas para el proyecto son las siguientes:
e Coordenadas de la Superficie Predial
VÉRTICE ESTE NORTE 450816 7663685 452613 7664304 452613 7662359 450816 7661735
o/o|m|>
- Coordenadas del Emplazamiento Área del Proyecto
VÉRTICE ESTE NORTE 1 442000 | 7658740 450865 | 7663332 3 450865 | 7663463 4 451065 | 7663463 5 451065 | 7663226 6 452501 7663226 vá 8
452501 7662325 450982 | 7662325
9 450982 | 7663092 10 450865 | 7663092 11 450865 | 7663152 12 450811 7663191 13 442030 | 7658645
e Coordenadas Línea de Transmisión
ESTRUCTURA ESTE NORTE 1 450815,85 | 7663249,97 2 450549,46 | 7663112,00 3 450283,07 | 7662974,02 4 450016,68 | 7662836,05
E 449750,29 | 7662698,07 6 449483,91 | 7662560,10 7 449217,52 | 7662422,12 8 448951,13 | 7662284,14 9 44868474 | 7662146,17 10 448418,35 | 7662008,19 11 448151,96 | 7661870,22 12 447885,57 | 7661732,24 13 447619,19 | 766159427 14 447352,80 | 7661456,29 15 447086,41 | 7661318,32 16 446820,02 | 7661180,34 17 446553,63 | 7661042,37 18 446287,24 | 7660904,39 19 446020,85 | 7660766,42 20 445754,47 | 7660628,44 21 445488,08 | 7660490,47 22 445221,69 | 7660352,49 23 444955,30 | 7660214,52 24 444688,91 | 7660076,54 25 444422552 | 7659938,57 26 444156,13 | 7659800,59 27 443889,75 | 7659662,62 28 443623,36 | 7659524,64 29 443356,97 | 7659386,67 30 443090,58 | 7659248,69 31 442824,19 | 7659110,72 32 442557,80 | 7658972,74 33 442291,41 | 7658834,77
3.2. Descripción de las Fases del Proyecto y Acciones Asociadas 3.2.1 Fase de Construcción La fase de construcción contempla las siguientes actividades
eInstalación de Faenas: Se contempla la instalación de oficinas, bodegas y talleres del tipo modular móvil, tipo conteiner. Se habilitarán zonas cercadas destinadas al almacenamiento de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos provenientes de la fase de construcción. También se habilitará un recinto cercado con los equipos del suministro de energía eléctrica para la faena, así como una zona para el depósito de combustible.
e Construcción Parque Solar: Comenzará con la preparación de los terrenos con el objetivo de nivelar algunos sectores. Las principales obras corresponderán a:
Construcción de Caminos Internos y Caminos de Acceso Excavación de Zanjas y Canalización de Cableado Instalación Cierre Perimetral
Montaje de 49 Unidades Generadoras de 2 MW cada una. Instalación del Bloque de Transformación y Potencia Construcción Subestación
Construcción Sala de Control
Habilitación de las Zonas de Acopio de Residuos
. Montaje de la Línea de Transmisión Eléctrica: La línea de transmisión estará compuesta por 33 estructuras y tendrá una longitud de 10 km. Su montaje comenzará con un despeje de la superficie que ocupará cada pata de las estructuras. Las actividades que contempla esta obra son:
Y” Movimientos de Tierra y Fundaciones de las Estructuras Y” Instalación de Conductores y Cables de Guardia Y” Conexión y Pruebas de Energización.
eInsumos: Los principales insumos requeridos para la fase de construcción son: Hormigón, Material de Relleno, Estructuras Metálicas, Agua Potable, Agua Industrial para otros usos, Energía Eléctrica y Combustible.
+. Maquinarias: Las principales maquinarias a utilizar en la fase de construcción son: Retroexcavadoras, Compactadores de suelo, Motoniveladoras, Excavadoras, Manipuladores telescópicos y Camiones volquete.
eServicios Básicos
= Agua Potable: El agua para beber se suministrará en bidones y/o botellas proporcionados por empresas autorizadas; mientras que el agua para baños de las instalaciones de faena se suministrará a partir de estanques localizados en el sector de las obras, alimentados mediante camiones aljibes.
= Agua Industrial para otros usos: El uso de agua industrial será principalmente para humectar los materiales que puedan producir polvo, previo a su transporte, así como también, para humectar los caminos del proyecto. El abastecimiento de agua para uso industrial será mediante camión aljibe de proveedores autorizados con los permisos respectivos para desarrollar esta actividad. Por otro parte, se mantendrá un registro y control sobre el punto de abastecimiento de agua industrial a emplear por los camiones aljibes que la suministrarán al proyecto, señalando los proveedores del recurso hídrico y la documentación que permite tal extracción. El Titular remitirá a la Dirección General de Aguas (DGA) de la Región de Tarapacá, un primer informe al inicio de la etapa de construcción y luego en forma trimestral, una copia del citado registro.
= Energía eléctrica: Se utilizarán provisionalmente 5 generadores eléctricos Diesel de aproximadamente 20 KVA cada uno, con el fin de abastecer de energía eléctrica a las faenas de construcción, así como a las oficinas y sistemas de seguridad de la instalación.
= Combustible (Petróleo Diesel): Los vehículos livianos, así como también los minibuses para el transporte de personas serán abastecidos en estaciones de servicio de la localidad de Iquique, mientras que para las maquinaria, se dispondrá de lugar especial, el cual contará con las medidas de seguridad requeridas para este tipo de maniobras, entre otras, recubrimiento de terreno con material aislante como polietileno. Por otra parte, la instalación de faenas contempla con un recinto que alojará un depósito de combustible que contará con una losa (radier) de concreto y un sistema contenedor de derrames, además de cumplir con las normas de seguridad mínimas para el almacenamiento de combustibles, con el cual se abastecerá a los grupos electrógenos destinados a proveer de energía a las oficinas y faenas de construcción.
3.2.2. Fase de Operación La fase de operación comprende las siguientes actividades y acciones:
- Mantenimiento: Se establecerán planes de mantenimiento preventivo y correctivo de todas las instalaciones, considerando una frecuencia de mantenimiento entre 6 meses y 1 año, en función del estado de la instalación.
Para el mantenimiento preventivo se establecerán los siguientes puntos de inspección:
= Limpieza de paneles
= Revisión visual diaria de la instalación, es decir, paneles, centros de transformación, etc.
= Ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de las infraestructuras mecánica y eléctrica, según las necesidades de la planta.
= Solución de pequeñas averías.
= Revisiones termográficas de los módulos fotovoltaicos.
= Control de los valores de producción de las series de paneles.
= Las tareas de mantenimiento correctivo, y por lo tanto extraordinarias, serán las siguientes:
= Reparación de averías de inversores, incluso sustitución parcial o total.
= Reparación de averías de celdas de Media Tensión (MT) incluido el cableado.
» Reparación de averías de transformadores de potencia. Incluso sustitución.
= Reparación en cuadros de protecciones de corriente continua y corriente alterna, tales como sustitución de fusibles, etc.
- Insumos: Los insumos requeridos durante la fase de Operación del Proyecto son:
= Agua Potable: Esta agua se obtendrá de la planta potabilizadora ubicada en las instalaciones del proyecto, cumplirá con la legislación vigente. Durante esta fase, se estima que se tendrá una demanda media de 100 litros de agua por persona al día.
= Energía eléctrica: La energía eléctrica será auto suministrada por lo que no se requerirá de instalación eléctrica alguna para abastecer de energía la sala de control ni la planta. Para situaciones de falla de la red, se contará con un grupo electrógeno de emergencia capaz de suministrar energía para los sistemas de protecciones y seguridad de la planta.
= Otros Insumos: corresponden a materiales y/o repuestos que serán requeridos por personal de mantenimiento.
3.3.Patrimonio Arqueológico
Respecto del patrimonio arqueológico, en el área de influencia del proyecto se identificaron 28
hallazgos arqueológicos correspondientes a Senderos Troperos, Talleres Líticos, Dispersión de
Materiales, Hallazgos aislados, entre otros, para los cuales el titular procederá de la siguiente
forma:
y” Previo al inicio de la etapa de construcción, se procederá a proteger 7 sitios arqueológicos dentro del área de la Línea de Transmisión Eléctrica, correspondientes a los sitios codificados como PFI-17, PFI-18, PFI-19, PFI-21, PFI-22, PFI-23, PFI-24. Lo anterior, se realizará mediante cercos visibles simples de 1,20 m como mínimo de altura y con una zona buffer de 10 m alrededor de los hallazgos. Se deberán enviar informes de dichas actividades al Consejo de Monumentos Nacionales.
Y Para el resto de los hallazgos identificados se procederá según las metodologías establecidas por el Consejo de Monumentos Nacionales (D.S. 484/90, MINEDUC), dando tratamiento adecuado tanto para la conservación y posterior depósito en el Museo Municipal de Iquique.
3.4. Etapa de Cierre y/o Abandono
La vida útil del Proyecto se estima en un período mínimo de 20 años. Sin embargo, debido a las características de este tipo de instalaciones, se espera que el período de funcionamiento de estas unidades se extienda en el tiempo. Esto se logrará mediante la continua renovación de los equipos de acuerdo a los programas de inspección y mantención y a la incorporación de innovaciones tecnológicas.
En caso de que se considere o fuese necesario una fase de abandono del Proyecto, se cumplirán todas las exigencias legales y ambientales vigentes, se retirarán los elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. En tal caso se contemplarán las siguientes acciones:
Contratación de Mano de Obra Desmantelamiento de la Planta Fotovoltaica Desmantelamiento de la Subestación Desmantelamiento de la Línea de Transmisión Cierre y Clausura de instalación
3.5.Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto 3.5.1. Etapa de Construcción
e Emisiones Atmosféricas: El Proyecto generará emisiones atmosféricas que tendrán un carácter estrictamente temporal y serán relacionadas al movimiento de tierras, tránsito de camiones, excavaciones y escarpe del terreno, así como de otras actividades relacionadas con el acondicionamiento del terreno para la construcción, no obstante se tomarán las siguientes medidas de control para minimizar las emisiones:
= Humectación de áreas de movimientos de tierra, las vías de circulación interna de las faenas.
= Tránsito de maquinaria y vehículos se realizará a baja velocidad, 30 km/h con carga cubierta y 40 km/h sin carga
= Se aplicará a los caminos interiores un estabilizado de Bischofita para la reducción del polvo por largo tiempo.
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Emisiones de Ruido: Los niveles de ruido estimados en las etapas de construcción considerando los escenarios más desfavorables no superan los 10 dBA sobre la comunidad, valor que se encuentra fuera del límite de percepción humana que oscila en torno a 25 dBA. Se concluye que los niveles de ruido generados cumplen con el límite máximo de ruido establecido por el D.S.38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.
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Residuos Líquidos Domésticos: Durante esta fase, el proyecto generará aproximadamente 15 m*/día de aguas servidas, considerando una dotación de 150 trabajadores/día. El aprovisionamiento, retiro y manejo de los residuos generados en los baños químicos será contratado a empresas que cuenten con autorizaciones sanitarias para estos efectos.
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Residuos Líquidos Industriales: En la fase de construcción no se generarán residuos líquidos industriales ya que las mantenciones y lavados de equipos se harán fuera del área del proyecto, en sitios autorizados.
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Residuos de construcción: Los residuos sólidos industriales no peligrosos, generados durante la fase de construcción (cartones, maderas, escombros, pallets, puntas de fierros, gomas, etc.) serán acopiados temporalmente en la instalación de faenas para su comercialización o reciclaje, el remanente será transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en sitio autorizado. Todos los residuos sólidos generados serán tratados en conformidad a la legislación aplicable y respecto de las maderas de embalajes de los equipos que provengan del extranjero, deberán contar con la certificación exigida en la Resolución N” 133/05 del SAG destinado a la prevención del ingreso potencial de plagas al país. Se priorizará la reutilización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial o puedan ser aprovechados por contratistas o subcontratistas (maderas, cartones, despuntes o excedentes metálicos, chatarra)
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Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios: Estos residuos, serán retirados diariamente de los frentes de trabajo y acopiados de manera temporal en las instalaciones de faena en contenedores cerrados para posteriormente ser enviados cada 2 días a rellenos sanitarios autorizados.
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Residuos Peligrosos: Estos residuos serán almacenados en tambores de 200 Litros con tapa, en la bodega de acopio temporal, debidamente identificados y clasificados, en conformidad con el D.S. 148/04 del MINSAL. El transporte y la disposición final de estos residuos, se realizará a través de una empresa autorizada, cumpliendo con lo señalado en el mencionado decreto. Cabe señalar que los residuos sólidos peligrosos serán dispuestos en receptáculos y el tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses. La disposición final se hará en un lugar autorizado.
3.5.2. Fase de Operación
e Emisiones a la Atmosfera: Durante esta fase, las emisiones de material particulado y gases son prácticamente despreciables ya que se estima la circulación de 2 vehículos por el área del Proyecto y por caminos tratados con bischofita.
- Emisiones de Ruido: Durante la fase de operación, el ruido que se producirá será principalmente por los transformadores de la subestación eléctrica. Cabe destacar, que no existen receptores cercanos al área del Proyecto que se puedan ver afectados por los ruidos generados en la etapa de operación. No obstante el Proyecto cumplirá con los niveles máximos permitidos, según lo establece el D.S. N* 38/11 del MMA.
e Residuos Líquidos Domésticos: Durante la fase de operación del proyecto se generarán aguas servidas domésticas provenientes de la sala de control. Las aguas servidas serán tratadas por una planta de tratamiento biológico modular de aguas servidas (PTAS), mediante el sistema de lodos activados. El efluente tratado será utilizado para humectación de superficies descubiertas.
Residuos Líquidos Industriales: En la fase de operación no se generarán residuos líquidos industriales. El agua utilizada para la mantención de los equipos es del tipo desmineralizada no contribuyendo riesgo para la calidad del suelo, debido a que se evapora en la aplicación pulverizada a presión.
Residuos Sólidos asimilables a domiciliarios: Los residuos domésticos generados durante la operación del proyecto serán originados principalmente por el consumo de alimentos, restos de envoltorios de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas. Estos residuos serán tratados y dispuestos del mismo modo que los generados en la fase de construcción y serán retirados una vez por semana.
Lodos de Planta de Tratamiento: Los lodos que se generarán por la operación de la planta de tratamiento, se han estimado en 0,144 Kg/d (base seca) estos serán retirados por una empresa limpia fosas y se dispondrán en un lugar autorizado.
Residuos peligrosos: Respecto a residuos de tipo peligroso, se estiman que se puede generar producto de las actividades de mantenimiento y limpieza de las instalaciones del proyecto, correspondiendo principalmente a restos de aceites, lubricantes, trapos y material absorbentes y envases vacíos contaminados. Estos residuos serán manejados de acuerdo al D.S. 148/04 del MINSAL, siendo almacenados temporalmente en la bodega de almacenamiento, para su posterior transporte y disposición final, la cual estará a cargo de empresa autorizada por la autoridad sanitaria, en conformidad a la normativa aplicable (D.S. N* 148/04 del MINSAL). Se estima que el retiro de los residuos peligrosos se efectúe cada 6 meses.
Formas de Energía y Radiación: Durante la fase de operación el Proyecto generará energía eléctrica a partir de la subestación y la Línea eléctrica, no obstante las estimaciones del campo eléctrico están bajo los niveles considerado internacionalmente como seguro. Por otra parte el lugar de emplazamiento de la línea, no presenta asentamientos humanos, por lo que no existen receptores permanentes de esta radiación.
3.5.3. Fase de Cierre o Abandono
Emisiones a la Atmósfera: Se prevé que en la etapa de cierre y abandono, las emisiones de material particulado y de gases de combustión serán de escasa importancia, similares a la etapa de construcción.
Emisiones de Ruido: En la etapa de cierre y abandono se prevé que la generación de ruido durante el desmantelamiento de las obras será similar a la de la etapa de construcción del Proyecto.
Residuos Líquidos Domésticos: Se prevé que en la etapa de cierre y abandono del Proyecto, la generación de residuos líquidos domésticos será similar a la que se producirá en la etapa de construcción del Proyecto.
Residuos Líquidos Industriales: Al igual que en la fase de construcción, no se generarán residuos líquidos industriales ya que las mantenciones y lavados de equipos se harán fuera del área del proyecto, en sitios autorizados.
Residuos de construcción: La cantidad de residuos sólidos industriales a generarse será el resultado directo del desmontaje de los generadores fotovoltaicos, casetas, cables, demolición de S/E, considerando la potencialidad de venta de la mayoría de los equipos y chatarra. Respecto a los residuos a generarse como resultado de la presencia del personal y equipos asociados a esta futura etapa de cierre y abandono, se prevé que su manejo será similar al contemplado para las etapas de construcción del Proyecto.
Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios: En la etapa de cierre y abandono, durante el desmantelamiento de las obras, la cantidad generada de residuos sólidos domésticos dependerá del personal que se considere para esta etapa. El manejo de residuos sólidos será similar al contemplado en la etapa de construcción.
Formas de Energía y Radiación: En esta fase no se emitirá forma alguna de radiación.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Parque Fotovoltaico Huatacondo" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto " Parque Fotovoltaico Huatacondo" cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
eD.F.L. N 4, de 2006 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. N 1/82, Ley General de Servicios Eléctricos.
e D.S. N* 327, de 1998, del Ministerio de Minería, Reglamento General de Servicios Eléctricos.
e Ley N* 20.257 Introduce Modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos Respecto de la Generación de Energía Eléctrica con Fuentes de Energías Renovables No Convencionales y su Reglamento.
e D.S. N%144, de 1961 del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
e D.S. N* 138, de 2005 del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.
e D.S. N%7, de 1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
e D.S. N%75, de 1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica.
eD.S. N* 59, de 1998 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, modificado por el D.S. N%45/01, del mismo ministerio, Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en Especial de los Valores que Definen Situaciones de Emergencia.
D.S. N%12, de 2011 del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable 2,5.
eD.S. N*%55, de 1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones “Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados.”
e D.S. N* 38, de 2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N” 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
eD.F.L. N%458, de 1975 y D.S. N%47, 1992 ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
e Decreto N52, de 1984 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que Aprueba Plan Regulador Comunal de Pozo Almonte, modificado por el Decreto N95, de 2010, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que Modifica Plan Regulador Comunal de Pozo Almonte en el sentido que indica y deja sin efecto Decreto N*65, de 2009.
eD.F.L. N* 725, de 1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.
e D.S. N* 148, de 2003 del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
eD.L. N* 3557 de 1980 del Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.
- D.S. N* 4/09 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.
8
e D.F.L. 725/67 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.
e D.S. N*594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
- D.S. N*236, de 1926 del Ministerio de Salud, Reglamento General de Alcantarillados Particulares y sus modificaciones.
eD.S. N 594, de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
- D.S. N 446, Oficializa Norma Chilena N 409 /1. Of 2005, Calidad de Agua para Uso Potable.
e Ley N 19.473 y D.S. N 5/98 ambos del Ministerio de Agricultura, Ley de Caza y su Reglamento.
e D.S. N 4.363/31 Ministerio de Tierras y Colonización, Aprueba Texto Definitivo de la Ley de Bosques, D.L. N 2565/1979 del Ministerio de Agricultura, que sustituye el D.L. N 701/74 y Ley N 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.
e R.E. N? 133 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera y sus modificaciones. Modificado mediante 2.859/07, del Servicio Agrícola y Ganadero.
e Ley N* 17.288 de 1970 del Ministerio de Educación, Ley sobre Monumentos Nacionales.
eD.S. N? 484 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
e Ley N* 19.253 del Ministerio de Planificación y Cooperación, Establece Norma sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
- D.S. N* 160, de 2008 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
e D.F.L. N850, de 1997 del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N 15.840/64 y del D.F.L. N* 206/60, sobre Construcción y Conservación de Caminos.
eR.E. N* 232, de 2002 del Ministerio de Obras Públicas, Aprueba Nuevas Normas de Acceso a Caminos Públicos que Indica.
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Parque Fotovoltaico Huatacondo” requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos N76, 91, 93, 94 y 96 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Parque Fotovoltaico Huatacondo" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
6.
Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente.
6.1. Sin perjuicio de los antecedentes presentados en el informe de Medio Biótico de capitulo
“Incidencias del Proyecto Sobre Componentes del Medio Ambiente”, y dada a las características climáticas de la zona propiamente tal, tipificada como Desierto Interior con aridez acentuada y con una baja fluctuación estacional, el titular se compromete previo a la fase de construcción complementar la información de la flora y fauna del sector con dos monitoreos adicionales que se realizarán en períodos de otoño y verano (Invierno Altiplánico) y cuyos resultados serán enviados a las autoridades correspondientes.
6.2. El titular se compromete a implementar señalética informativa e interpretativa, así como
material de difusión para los principales atractivos turísticos cercanos al área del proyecto. Lo anterior en coordinación con la Dirección Regional de Turismo y la llustre Municipalidad de Pozo Almonte.
6.3. Una vez que el proyecto sea calificado ambientalmente favorablemente, el Titular asumirá
Ta
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11.
12.
como compromiso voluntario ingresar las exigencias ambientales al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.compromisos- ambientales.cl). Dicho ingreso debe materializarse en un plazo no superior a los seis meses contados desde la fecha de notificación de la Resolución Exenta que eventualmente califique favorablemente el proyecto.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la | Región de Tarapacá, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
. Que, para que el proyecto "Parque Fotovoltaico Huatacondo" pueda ejecutarse, necesariamente
deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio
de Evaluación Ambiental de la | Región de Tarapacá, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la | Región de Tarapacá, la individualización de cambios de titularidad.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la | Región de Tarapacá.
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RESUELVE: 1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Parque Fotovoltaico Huatacondo".
- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Parque Fotovoltaico Huatacondo" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 76, 91, 93, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
ANÓTESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
MIGUEL ANGEL Presidente (S) Cofnisiónide-E Región dé Tarapacá "=="
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Distribución + Titular del Proyecto + Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental + Expediente de Evaluación + Archivo
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