Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo
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Gobierno de Chile:
59 RESOLUCIÓN EXENTA N* 12013
ANTOFAGASTA, 0 ¿4 MAR 2013
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20.417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, la Resolución N 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.
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La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del proyecto "Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo", presentada por el Señor Joseph Tis, en representación de Sierra Gorda Sociedad Contractual Minera, con fecha 14 de noviembre de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N 988 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 23/11/2012; Oficio N 106-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 26/11/2012; Oficio N% 2038 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 06/12/2012; Oficio N 649 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Antofagasta, con fecha 10/12/2012; Acta de Evaluación N 88/2012 sobre la DIA, Reunión Comité Técnico de Evaluación, con fecha 07/12/2012; Oficio N 431 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 10/12/2012; Oficio N% SE 02-7035-2012 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta, con fecha 11/12/2012; Oficio N? 397 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 11/12/2012, Oficio N 718 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 11/12/2012: Oficio N% 9339 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 11/12/2012; Oficio N 1547/2012 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 12/12/2012; Oficio N 453 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 1 2/12/2012; Oficio N 12.600/325 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Antofagasta, con fecha 12/12/2012; Oficio N 1216 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 13/12/2012; Oficio N 0821 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 1 7/12/2012, Oficio N 4773 sobre la DIA, por SEREMI de Saluda, Región de Antofagasta, con fecha 24/12/2012; Oficio N 034 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 22/01/2013, Oficio N 408 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 22/01/2013; Oficio N 41 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 22/01/2013; Oficio N 093
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sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 23/01/2013, Oficio N 103/2013 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 25/01/2013; Oficio N 0078 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 29/01/2013; Oficio N 0049 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 30/01/2013; Oficio N 796 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 15/02/201; Oficio N 0126 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 20/02/2013; Oficio N 225/2013 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 20/02/2013; Oficio N 0147 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 21/02/2013; Oficio N 090 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 22/02/2013.
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El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo”.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo”.
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El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 28 de Febrero de 2013.
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo”.
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Que, el derecho del titular del proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo”, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo” consistirá en lo siguiente:
3.1. Descripción del proyecto
El proyecto consistirá en la construcción y operación de un campamento necesario para la construcción de la tubería que transportará el agua de mar desde el sector Mejillones hasta el área de la mina, en el Sector Mina-Planta Catabela. Además, este proyecto considera el emplazamiento de una instalación de faena que dará apoyo a la construcción de las obras de abastecimiento del Proyecto Sierra Gorda.
3.1.1. Ubicación y mano de obra
Las obras e instalaciones del proyecto se localizarán en la Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Comuna de Mejillones.
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Gobierno de Chile En particular, el campamento de construcción se localizará a unos 17,4 km de la ciudad de Mejillones, tal y como se observa en las Figuras 1 y 2 de la DIA. Las coordenadas de los vértices del sector intervenido por este campamento se entregan en la Tabla 2 de la Adenda 2 de la DIA (UTM, Huso 19, Datum WGS 84). Por su parte, la instalación de faena que servirá de apoyo, se localizará a unos 12,7 km al sureste de la ciudad de Mejillones (Figuras 1 y 3 de la DIA). Las coordenadas de los
vértices de este sector se presentan en la Tabla 3 de la Adenda 2 de la DIA (UTM, Huso 19S, Datum WGS 84).
El proyecto abarca una superficie total de 5,2 hectáreas, correspondiendo 3,6 ha del campamento y 1,59 ha de la instalación de faena.
El requerimiento de mano de obra para la fase de construcción del proyecto se estima en 50 personas como máximo para la construcción del campamento, mientras que se requerirá de 25 personas para la construcción de la instalación de faena, ambos valores en el periodo de máxima ocupación.
En la etapa de operación del proyecto, se hará uso del campamento, que contará con un máximo de 750 personas, mientras que la instalación de faena prestará servicios a una dotación peak de 350 personas.
3.1.2. Monto de inversión
El monto de inversión será de US $ 75.000.000.-
3.1.3. Vida útil
El proyecto tendrá una vida útil de 9 meses.-
3.1.4. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto
Las partes que formarán este proyecto serás las siguientes:
a) Campamento de construcción +. Pabellones dormitorios + Comedor -— cocina + Estacionamientos e Enfermería e Área deportiva y de esparcimiento e Sistema tratamiento de agua para consumo +. Sistema tratamiento de efluentes + Área almacenamiento de residuos e Taller mecánico + Área generadores
e Área estanques de combustibles
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e Instalaciones anexas b) Instalación de faena
- Comedor
e. Estacionamientos
- Almacén y depósito insumos
e Taller de mantención
e Área de generadores
- Área de depósito de combustibles
e Instalaciones anexas
Mayores antecedentes de estas instalaciones, se presentan en el numeral 2.2 de la DIA.
3.1.5. Descripción de la etapa de construcción (duración 2 meses) 3.1.5.1. Insumos a) Agua potable
Durante la fase de construcción el requerimiento de agua potable se estima en 42 m'/día, principalmente para abastecer el campamento. La instalación de faena requerirá de menor cantidad de agua, dado que allí no existirá alojamiento de personas ni preparación de alimentos.
Se proporcionará agua potable envasada para bebida de los trabajadores y se suministrará agua potable para servicios higiénicos y duchas. Lo anterior, en conformidad a lo establecido en el artículo 15 del D.S N* 594/00 del Ministerio de Salud “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.
b) Agua industrial
El agua industrial será abastecida desde la localidad de Mejillones y será trasladada a las áreas del proyecto en camión aljibe. Dicha agua se utilizará principalmente para la humectación de accesos y trabajos de construcción. El requerimiento promedio de agua se estima en 60 m*/día. El agua a utilizar será abastecida por un proveedor al cual se le exigirá que cuente con los permisos aplicables.
c) Suministro de energía eléctrica
Se considera atender la demanda de energía de equipos menores a través de un grupo generador diesel de 13 kVA de potencia que será ubicado en un recinto provisorio debidamente resguardado y señalizado. Su función en esta etapa será el suministro de energía para herramientas y maquinaria y para iluminación.
d) Combustibles
El proyecto contempla abastecer de combustible a la maquinaria rodante y generadores desde dos (2) estanques de 350 m* cada uno, los cuales se instalarán al
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interior de una estructura de concreto capaz de contener hasta 110% del volumen del estanque mayor.
Se estima un consumo aproximado de 5 medía, para ambas áreas.
e) Varios
Para la instalación de las estructuras se considera el uso de maderas, hormigones, enfierraduras, moldes, entre otros, los cuales corresponden a insumos típicos de construcción.
3.1.5.2. Actividades
La etapa de construcción del proyecto (campamento de construcción e instalación de faena) considera la realización de las siguientes actividades:
e Instalación de cierres perimetrales.
e Movimiento de tierra. Consiste en la preparación del terreno para la construcción de radieres y fundaciones de las estructuras principales.
- Instalación de redes de agua y sistema de alcantarillado modular.
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Fundaciones y plataformas.
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Montaje de los módulos prefabricados. Considera la instalación de estructuras modulares para el campamento, las cuales serán ensambladas in situ.
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Montaje de las instalaciones anexas. Contempla la instalación de depósitos, talleres, bodegas, planta de tratamiento de agua para consumo y tratamiento de efluentes, entre otras.
e Instalación de redes de energía y suministro de agua.
Una vez terminadas las obras de construcción, se procederá a retirar los remanentes de materiales y/o residuos generados, realizando una limpieza total de las áreas.
3.1.5.3. Transporte
El transporte de insumos y materiales no forma parte de la presente evaluación.
3.1.6. Descripción de la etapa de operación (duración 9 meses)
3.1.6.1. Insumos
a) Agua potable:
Durante la fase de operación el requerimiento de agua potable se estima en 90 m'/día, para el campamento, considerando la dotación máxima de 750 trabajadores. Para la
instalación de faena el requerimiento de agua potable se estima en 11 m'/día.
El campamento contará con un sistema de distribución de agua potable, el que también abastecerá la red húmeda de incendio.
El agua potable para la instalación de faena contará con un sistema compuesto por cuatro depósitos de agua, los que serán llenados mediante camiones aljibe autorizados para el transporte de agua potable. La distribución del agua se realizará mediante dispensadores distribuidos en el área.
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Gobierno de Chile b) Suministro de energía eléctrica
La energía eléctrica necesaria para el funcionamiento del proyecto será provista por equipos generadores diesel, modulares, que serán instalados y conectados en base a los requerimientos del proyecto, se contará aproximadamente con 8 generadores de 37,5 KVA por punto de trabajo y de 2 de 125 KVA por estación de trabajo, sumando una potencia total de 550 KVA.
3.1.6.2. Actividades
La etapa de operación del campamento y de la instalación de faena corresponde al uso de sus instalaciones para el servicio de alojamiento, higiene, recreación, descanso, administración y alimentación del personal a cargo de la construcción del ducto de agua de mar asociado al “Proyecto Sierra Gorda” (PSG). El proyecto brindará, además, apoyo a las labores de construcción, puesto que sus instalaciones estarán destinadas al almacenamiento de equipos, mantenimiento de vehículos y otros servicios anexos.
La capacidad máxima de alojamiento en el campamento será de 750 trabajadores y se entregará alimentación a 350 trabajadores, como máximo, en la instalación de faena. En este último lugar no se habilitarán dormitorios.
3.1.6.3. Transporte
El transporte de insumos y materiales no forma parte de la presente evaluación. 3.1.7. Descripción de la etapa de cierre (duración 2 meses) Se procederá al cierre y desmantelamiento de la instalación de faena y el campamento,
Una vez que termine la construcción del sistema de abastecimiento de agua de mar del PSG.
Para esto se han establecido las siguientes medidas: e Retiro de maquinarias, estanques y equipos
- Desmantelamiento completo de las estructuras y edificaciones de superficie
-
Limpieza general de las instalaciones y retiro de residuos
-
Movimiento de tierra para restaurar un relieve semejante al original.
Mayores antecedentes de estas instalaciones, se presentan en el numeral 2.5 de la DIA.
3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto
3.2.1. Emisiones a la atmósfera
3.2.1.1. Etapa de construcción
a) Emisiones de material particulado
El proyecto contempla actividades que pueden emitir material particulado, tales como el tránsito de vehículos livianos y pesados por caminos pavimentados y no pavimentados. Las emisiones durante la etapa de construcción, llegarán aproximadamente a 8,1 kg/día de MP10 y 3,4 kg/día de MP2,5 en el sector de campamento y a 2,2 kg/día de MP10 y 1,5 kg/día MP2,5 en el sector de instalación de faena. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 1.4 de la Adenda 1 de la DIA.
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Durante estas actividades se tendrá especial cuidado en humectar las fuentes de emisión de material particulado, disponiéndose para ello de dos camiones aljibe, uno para cada área de trabajo. Se implementará el uso de Bischofita o similar en los caminos de acceso.
Las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa serán muy poco significativas; no obstante, serán controladas y/o reducidas, de corta duración.
b) Emisiones de gases de combustión
Dada las características y magnitud del proyecto y su ubicación geográfica, se estima que la emisión de gases de combustión, producto de la Operación de vehículos de transporte y maquinaria (CO, SO», NOx y HCT) no será significativa, ni afectará la salud de la población.
Las actividades contempladas en el proyecto, no generará emisiones significativas de material particulado, que puedan significar una superación de alguna de las normas indicadas. No obstante se harán extensivas las medidas aprobadas en el ElA PSG para el control de las emisiones en la Comuna de Mejillones, sector donde se emplazará el proyecto, entre las que se incluyen:
- Riego de los frentes de trabajo, caminos y áreas de circulación en el Sector de la Comuna Mejillones, con una frecuencia de 9 veces al día, alcanzando una eficiencia de control de 90%.
o Estabilización de los caminos de acceso en el sector de la Comuna de Mejillones, mediante la aplicación de bischofita o similar cada 20 días, alcanzando una eficiencia de control de 90%. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.2 de la Adenda 1 de la DIA.
3.2.1.2. Etapa de operación
Las emisiones durante esta etapa serán solo las productos del tránsito vehicular en caminos no pavimentados, por lo cual las emisiones disminuyen a 4,9 kg/día de MP10 y a 0,9 kg/día MP2,5 en el sector de campamento, y a 0,7 kg/día de MP10 y 0,1 kg/día MP2,5 en el sector de faena. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 1.4 de la Adenda 1 de la DIA.
3.2.1.3. Etapa de cierre
Las emisiones de material particulado y gases serán generadas principalmente por la circulación de maquinaria durante el desmantelamiento de las instalaciones del campamento, las cuales serán muy menores a las generadas en la etapa de construcción.
3.2.2. Efluentes líquidos 3.2.2.1. Etapa de construcción
Se generarán solo aguas servidas provenientes del uso de baños químicos 8,1 m“día. Éstos se dispondrán en la cantidad requerida por el D.S N* 594/99 del MINSAL (Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas de los lugares de trabajo). La instalación, operación y limpieza de los baños químicos será asignada a un contratista que disponga de todas las autorizaciones correspondientes. La disposición final de estos residuos se realizará en una planta autorizadas por el SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
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Las labores de lavado de maquinarias, camiones y vehículos livianos se realizarán en talleres situados en localidades cercanas, que estén autorizados para prestar este servicio.
3.2.2.2. Etapa de operación
En el campamento se estima una generación de aproximadamente 150 m*/día de
aguas servidas desde los servicios higiénicos y de casino, considerando dotación máxima.
En el sector de la instalación de faena, se estima una generación de aguas servidas de 42 m'/día, considerando dotación máxima.
El tratamiento de las aguas servidas generadas (baño-cocina) se realizará a través de Una planta de tratamiento del método de lodos activados con aireación extendida, cuya característica es la de recircular los lodos durante un tiempo (retención celular de los lodos o Edad del Lodo (SRT)) en el tanque de aireación, lo que permite reducir los sólidos volátiles a porcentajes menores o iguales a 35%, generando un lodo estabilizado con bajo potencial de atracción de vectores sanitarios. Asimismo, el tratamiento o manejo de lodos considerado por el proyecto es el retiro de éstos directamente del decantador, para ser transportado por un camión limpia fosas, gestionado por empresas autorizadas, y enviado a un sitio de disposición final autorizado, evitando de esta manera la proliferación de olores y vectores.
Las labores de lavado de maquinarias, camiones y vehículos livianos se realizarán en
talleres situados en localidades cercanas, que estén autorizados para prestar este servicio.
3.2.3. Residuos sólidos 3.2.3.1. Etapa de construcción a) Residuos sólidos domésticos y asimilables
En la construcción del campamento se generarán principalmente restos de alimentos, envases y envoltorios, papeles, desechos de artículos de aseo personal, etc. La cantidad de residuos sólidos domésticos generados se estima será menos de 3 ton/mes.
En el sector de la instalación de faena la generación de residuos domésticos, se estima, será menos de 1,5 ton/mes.
Para el manejo de estos residuos se instalarán contenedores especiales, cerrados para evitar la proliferación de vectores, los cuales se instalarán en el casino y las oficinas administrativas.
La frecuencia de retiro de los residuos domésticos se realizará tres veces por semana por un contratista autorizado, para luego ser enviados a un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud.
b) Residuos sólidos industriales
Se generarán residuos industriales peligrosos y no peligrosos en las actividades de construcción, manejo de materiales, así como en el mantenimiento de vehículos y maquinarias.
- Residuos Industriales No Peligrosos: Éstos consistirán en excedentes de construcción, escombros, maderas, restos de embalajes, despuntes de metales, vidrios y restos de materiales, en general. Se generarán aproximadamente 9
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ton/mes durante el período que dure la construcción de las estructuras del campamento y 6 ton/mes para la construcción de la instalación de faena. Los residuos serán trasladados al sitio de almacenamiento temporal de residuos, para posteriormente ser reutilizados y/o retirados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado.
e Residuos Industriales Peligrosos: Se generarán unos 0,5 ton/mes en la construcción del campamento y 0,3 ton/mes para la construcción de la instalación de faena, debido principalmente a materiales o tierra con hidrocarburos, huaipes y brochas con restos de pinturas, restos y envases de pegamentos, elementos inflamables, contaminados, etc. Además, se generará en esta etapa aceites usados 0,2 ton /mes.
Estos residuos serán recolectados y almacenados temporalmente en recintos diseñados de acuerdo a las exigencias de la normativa vigente (D.S. N” 148/2003), y posteriormente retirados y dispuestos en rellenos de seguridad por una empresa especializada.
Cabe señalar, que la frecuencia de retiro de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) se realizará con una frecuencia de una vez por semana, según volúmenes de generación, hasta los almacenamientos temporales, y una vez al mes se realizará el retiro desde estos almacenamientos hasta su disposición final; los cuales serán retirados por una empresa especializada y transportados a sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud.
3.2.3.2. Etapa de operación a) Residuos sólidos domésticos y asimilables
En la construcción del campamento se generarán principalmente restos de alimentos, envases y envoltorios, papeles, desechos de artículos de aseo personal, etc. La cantidad de residuos sólidos domésticos generados se estima será menos de 18 ton/mes.
En el sector de la instalación de faena se producirán residuos domésticos a razón de Unas 9 ton/mes.
El manejo de estos residuos se realizará de la misma forma que en la etapa de construcción.
b) Residuos sólidos industriales:
+. Residuos industriales no peligrosos: Correspondientes a restos de materiales generados por actividades de mantenimiento y eventuales reparaciones de maquinarias y equipos. Se estima una generación de aproximadamente 0,4 ton/mes en la operación del campamento y 0,6 ton/mes en la operación de la instalación de faena, los cuales serán almacenados temporalmente en recintos diseñados especialmente para su acopio y posteriormente retirados y dispuestos en vertederos autorizados por una empresa especializada.
e Residuos industriales peligrosos: Correspondientes a envases de insumos químicos, restos de materiales con residuos de combustibles o aceites, tóner, tubos fluorescentes, baterías, entre otros. Se estima una generación de aproximadamente 0,1 ton/mes en la operación del campamento y 0,1 ton/mes en la instalación de faena, además de 0,2 ton/mes de aceites Usados, los cuales serán almacenados temporalmente en recintos diseñados de acuerdo a las exigencias de la normativa vigente (D.S. N* 148/2003), y posteriormente retirados y dispuestos en rellenos de seguridad por una empresa especializada.
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Cabe señalar que la frecuencia de retiro para los residuos peligrosos y no peligrosos se realizará de la misma manera que en la etapa de construcción.
3.2.3.3. Etapa de cierre
a) Residuos sólidos domiciliarios y asimilables
En el cierre del campamento se generarán principalmente restos de alimentos, envases y envoltorios, papeles, desechos de artículos de aseo personal, etc. La cantidad de residuos sólidos domésticos generados se estima será menos de 1 ton/mes.
En el sector de la instalación de faena se producirán residuos domésticos a razón de unas 0,5 ton/mes.
El manejo de estos residuos se realizará de la misma forma que en la etapa de construcción.
b) Residuos sólidos industriales:
e. Residuos industriales no peligrosos: Estos consistirán en escombros, maderas, despuntes de metales, vidrios y restos de materiales, en general. Se estima una generación de aproximadamente 4 ton/mes en el cierre del campamento y 2 ton/mes para el cierre de la instalación de faena, los cuales serán almacenados temporalmente en recintos diseñados especialmente para su acopio y posteriormente retirados y dispuestos en vertederos autorizados por una empresa especializada.
- Residuos industriales peligrosos: Correspondientes a envases de insumos químicos, restos de materiales con residuos de combustibles o aceites, tóner, tubos fluorescentes, baterías, entre otros. Se estima una generación de aproximadamente 0,4 ton/mes en el cierre del campamento y 0,2 ton/mes en el cierre de la instalación de faena, los cuales serán almacenados temporalmente en recintos diseñados de acuerdo a las exigencias de la normativa vigente (D.S. N* 148/2003), y posteriormente retirados y dispuestos en rellenos de seguridad por una empresa especializada.
Cabe señalar que la frecuencia de retiro para los residuos peligrosos y no peligrosos se realizará de la misma manera que en la etapa de construcción.
3.2.4, Ruido 3.2.4.1. Etapa de construcción
Las actividades del proyecto en esta etapa producirán un aumento transitorio de niveles de ruido en el entorno de los frentes de trabajo, asociado a los movimientos de tierra, tránsito vehicular y montaje de estructuras.
Para efecto de estimar los niveles de presión sonora en el entorno del campamento e instalación de faena (ambos sector rural) se aplicó un modelo de propagación de la potencia, según el cual un incremento de 10 dB(A), de acuerdo a la normativa para zonas rurales, se alcanza a aproximadamente 240 m de la fuente, a cuya distancia no se encuentran lugares habitados, para ninguno de las dos ubicaciones del proyecto.
El centro poblado más cercano al campamento se encuentra a 17,4 km de distancia, mientras que la instalación de faena se encuentra a más de 10 km de algún sector poblado. Por lo anterior, las emisiones de ruido no afectarán a receptores sensibles.
Mayores antecedentes sobre la aplicación del modelo se presentan en el numeral 4.3.6. de la DIA.
3.2.4.2. Etapa de operación
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Las emisiones de ruido generadas en la etapa de operación corresponderán principalmente aquellas producidas por el flujo de vehículos y camiones, pero de magnitud a lo más igual que para las actividades de la fase de construcción. Por lo tanto, considerando la estimación de distancia de cumplimiento de la norma, y la distancia a sectores con presencia de población, es posible indicar que el proyecto dará cumplimiento a la nueva norma de ruido.
Por lo lejano de los centros poblados, las emisiones de ruido no afectarán a receptores sensibles.
Mayores antecedentes sobre la aplicación del modelo se presentan en el numeral 4.3.6. de la DIA.
3.2.4.3. Etapa de cierre
Se generarán emisiones de ruido discretas debidas, fundamentalmente, al flujo vehicular, funcionamiento de maquinaria, y las actividades propias del cierre, tales como el desmantelamiento de instalaciones.
Por lo lejano de los centros poblados, las emisiones de ruido no afectarán a receptores sensibles.
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Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.
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Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo” requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 91, 93, 94 y 96 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los Permisos Ambientales Sectoriales contenidos en los artículos N 91, 93 y 94 fueron informados favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Antofagasta, calificando la actividad como molesta. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N 96 fue informado favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo para el cambio de uso de suelo de un área de 8573,9 m? para el campamento y un área de 1973,7 m? para la instalación de faena
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Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando ésta lo solicite, y facilitando la información y documentación que ésta requiera para el buen desempeño de sus funciones.
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Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones,
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estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N* 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.
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Que, para que el proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo coordinador de la fiscalización que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.
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Que, el titular del proyecto deberé realizar las siguientes medidas en la ejecución del proyecto:
12.1. El titular se compromete a enviar un registro fotográfico antes de la instalación y después de su desmantelamiento.
12.2. Implementar las medidas necesarias para evitar la mantención y alimentación de
perros en los frentes de trabajo, del mismo modo que la alimentación de fauna silvestre.
12.3. El titular mantendrá un registro con la cantidad de agua, frecuencia y superficies a humectar, a fin de permitir la verificación y fiscalización del cumplimiento de la medida señalada en el considerando 3.2.1.1. letra b) de esta Resolución Exenta.
12.4. El titular remitirá trimestralmente a la Dirección Regional de la DGA un informe con el volumen diario de agua industrial a utilizar, indicando fuente. También solicitará al proveedor del agua que informe directamente a la Dirección Regional de la DGA sobre los permisos asociados.
12.5. En caso que se detecte la presencia de individuos de Garumas (Larusmodestus) o evidencias de nidificación, el titular se comunicará con los organismos competentes (Dirección Regional del SAG y SEREMI de Medio Ambiente) para que indiquen cómo poder actuar frente a esta situación. No obstante, desde ya el titular se pondrá en contacto con los organismos competentes para de antemano acordar dichos procedimientos y proceder de acuerdo a ellos en caso de detectar la presencia de individuos de Garumas (Larusmodestus) o evidencias de nidificación y poder así actuar a la brevedad posible sin tener que esperar a establecer dicha comunicación en el caso que efectivamente se detecte la presencia de individuos de Garumas (Larusmodestus) o evidencias de nidificación.
- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un/a tercero/a.
14, Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta
REGIÓN DE ANTOFAGASTA 12/13
Servicio de Evaluación Ambiental
IS
RESUELVE:
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CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo”, presentado por Sierra Gorda Sociedad Contractual Minera.
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DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.
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CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Campamento de construcción ducto e instalaciones de apoyo”, cumple con la normativa de carácter ambiental, incluido los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N” 91, 93, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.
omisión de Evaluación egión de Antofagasta.
Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta.
Cc! IIRG / sec.
Distribución:
Proponente. |
Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.
Expediente proyecto.
Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
REGIÓN DE ANTOFAGASTA 13/13