Evaluación SEA

Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas

Rol 7477387
SEA · DIA · Aprobado · 2012-11-07 · Región de Antofagasta · AES ANDES S.A.

Servicio de Evaluaci Ambiental

Gobierno de Chilé'£

RESOLUCIÓN EXENTA 108 108 12013 ANTOFAGASTA, — 27 MAV 208

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. Lo dispuestc: en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en e! Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20.417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de dic.embre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; ta Resolución N* 1.670 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija

normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda, del proyecto "Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas”, presentada por el Señor Marco Antonio

Quezada Rojas, en representación de NORGENER S.A., con fecha 07 de noviembre de 2012.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en ta

evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N 966 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 13/11/2012; Oficio N 943 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 19/11/2012; Oficio N 634 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Antofagasta, con fecha 26/11/2012; Oficio N? 105-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 26/11/2012; Oficio N 9233 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 30/11/2012; Oficio N 1500/2012 sobre ta DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 03/12/2012; Oficio N 2022 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telesomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 03/12/2012; Oficio N 1377 sobra la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región de Antofagasta, con fecha 03/12/2( 12; Oficio N 421 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofeyasta, con fecha 03/12/2012; Oficio N 1183 sobre la DIA, por SEREMI de Obras: Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 03/12/2012; Oficio N 3249 sobre la D!1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 05/12/2012; Oficio N 708 score la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 06/12/20”2; Oficio N 02-6682-2012 sobre la DIA, por SEREM! de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta, con fecha 06/12/2012; Acta de Evaluación N 89/2012, por Servicio Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta, con fecha 07/12/2012; Cficio N 396 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 07/12/2012; Oficio N 175 sobre la DIA, por SEREMI Energía Región Antofagasta, con fecha 07/12/2012; Oficio N 4766 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 12/12/2012; Oficio N 0815 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta,

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es, Servicio LEA dé Evaluación

: Ambiental: -

Gobierno de Chile

con fecha 13/12/2012; Oficio N 278 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 19/03/2013; Oficio N 261 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta,. con fecha 20/03/2013; Oficio N 237 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 21/03/2013; Oficio N 188 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 28/03/2013; Oficio N% 44 sobre la Adenda 1, por SEREMI Energía Región Antofagasta, con fecha 01/04/2013; Oficio N 802 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 02/04/2013; Oficio N 214 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 04/04/2013; Oficio N 0190 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 08/04/2013; Oficio N 0264 sobre la

Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 17/05/2013.

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas;”.

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación Cent-al Termoeléctrica

Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Eniísiones Centrales Termoeléctricas”.

  1. El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 24 de Mayo de 2013.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplirsiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas”.

  2. Que, el derecho del titular del proyecto “Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas”, está sujeto al cumplimiento estricto de ¿udas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y les condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales

que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estacio, cuando corresponda otorgar tales permisos.

  1. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto “Modificación Central Yermoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas” consistirá en lo siguiente:

3.1. Descripción del proyecto

El proyecto consistirá en una modificación al sistema de control de emisiones atmosféricas de la Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla a través de la implementación de un proyecto de actualización tecnológica que yermitirá mejorar el desempeño de los sistemas existentes de control de emisiones a la almósfera, para dar cumplimiento a las nuevas regulaciones del D.S. N*70/2010 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el Plan de Descontaminaciós; Atmosférica para

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Ambiental

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la ciudad de Tocopilla y su zona circundante (PDA Tocopilla) y del D.S. N*13/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba la Norma de Emisión para Centrales Termoeléctricas (NECT), la cual establece nuevos requerimientos de desempeño ambiental para el sector.

3.1.1. Ubicación y mano de obra

El proyecto se ubicará en la Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla, localizada en la comuna y Provincia de Tocopilla en la Región de Antofagasta, a 190 Km al Norte de la ciudad de Antofagasta. En las figuras 1 y 2 de la DIA, se presenta la localización en el contexto regional. En figura 3 de la DIA, se presenta la ubicación de las obras proyectadas al interior del predio de la Central.

La superficie total-de las obras del proyecto será de 4.600 m?, |

Durante el desarrollo de tas actividades de construcción la cantidad de trabajadores será variable, con un promedio general de 149 trabajadores permanentes, con un

máximo de 360 trabajadores en obra. Por otra parte, la mano de obra para la etapa de operación, considera utilizar los

mismos operadores existentes en la Central para efectos de operación y mantenimiento.

3.1.2. Monto de inversión

El monto de la inversión será de US $ 107.800.000.- 3.1.3. Vida útil

La vida útil del proyecto será de 32 meses para la fase de construcción, 20 años para la fase de operación. Teniendo una vida útil total de 22 años y 8 meses.

3.1.4. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto

El proyecto considera la instalación de los siguientes equipos en cada unidad de la Central:

e Incorporación de un sistema de abatimiento de emisiones de SO,, sistema de , desulfurización (FGD sigla en inglés).

  • . Implementación de un sistema de abatimiento de material particulado, sistemas de filtros de manga de alta eficiencia (FMAE).

Implementación de nuevos quemadores de baja producción de NOx. + * Sistema de almacenamiento de Cal. Nuevas unidades desaladoras de agua de mar.

Mayores antecedentes de estas instalaciones, se presentan en el numeral 3.1. de la DIA.

3.1.5. Descripción de la fase de construcción (duración 32 meses)

3.1.5.1. Insumos

a) Agua potable

Se requerirá 10 a 15 l/dia la cual será proporcionada por un proveedor local autorizado.

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b) Agua industrial

Se requerirá 10 m'/día aproximadamente, la cual se utilizará para el control de emisiones de material particulado y para el lavado de camiones mixer. Dicha agua será

proporcionada por la plata de agua servida (efluente) y de la red actual de agua potable.

Cc) Combustible

Se requerirá de 3 a 20 m'/mes de petróleo Diesel, el cual será proporcionado por proveedores locales autorizados.

d) Otros insumos

Áridos (1.000 m*/mes), hormigón (1.200 m“/mes) y enfierradura (200 ton/mes), todos adquiridos a proveedores autorizados.

3.1.5.2. Actividades

a) Instalaciones de faena

En cuanto a la instalación de faenas, el proyecto contemplará la utilización de aproximadamente 10.000 m? de terrenos aledaños a la Central Nueva Tocopilla, los

cuales serán utilizados para la descarga de containers, área de almacenamiento y pre- ensamblado.

En cuanto a la instalación de faenas para personal en terreno y manejo de herramientas, ésta consistirá en 8 contenedores de 20 pies, los cuales se ubicarán; en un sector aledaño a la Central, denominado La Colonia, y al interior de la Central, propiedad de Norgener.

b) Excavaciones

Comprende las actividades previas a la construcción de fundaciones y obras civiles como excavaciones mayores, movimientos de tierra, remoción de losas de hormigón y roca y su posterior extracción, transporte y disposición.

c) Fundaciones y obras civiles

Considera la construcción de fundaciones de hormigón para los diferentes componentes del proyecto, las edificaciones necesarias para la operación de los equipos, las canalizaciones subterráneas y las modificaciones a los caminos internos de la planta producto del nuevo layout de las instalaciones.

d) Montaje

Se refiere, entre otras, a las actividades de pre-ensamblado, instalación y armado de estructuras metálicas, montaje de equipos mecánicos, instalación y cableado de

equipos eléctricos, instalación de sistemas de monitoreo y control, y el ruteo de tuberías de proceso.

e) Puesta en servicio

Consiste en la puesta en marcha inicial de los diferentes equipos del proyecto y las diferentes actividades de configuración, ajustes y comprobación de parámetros de performance, consumos, confiabilidad, ruido y emisiones.

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3.1.6. Descripción de la fase de operación (duración 20 años) 3.1.6.1. Insumos a) Agua industrial

El sistema FGD requiere agua (desalinizada) para hidratación de la cal y para dilución de la misma, en la mezcla de inyección al equipo de abatimiento, en una cantidad 1200 m”/día. Además, se requerirá agua (desalinizada) para la generación de vapor en una

cantidad de 600 m*/día. Esta agua será proporcionada por las unidades desaladoras incluidas en este proyecto.

b) Cal

El insumo principal en esta etapa, se requerirá en el proceso de desulfurización y será cal hidratada, la cual se inyectará directamente en el flujo de gases para absorber el SO». La cal sin hidratar será almacenada en dos silos con una capacidad aproximada

de 300 m? por cada Unidad. El consumo normal promedio, se indica en la tabla 13 de la DIA.

3.1.6.2. Actividades

a) Sistemas de control de emisiones

La Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla seguirá operando con sus dos unidades de generación equipadas con tecnología de carbón pulverizado, cuya potencia instalada total alcanza los 293 MW. Los cambios generados por este proyecto serán al sistema de control de emisiones. En el caso del material particulado actualmente es un precipitador electroestático (ESP), el cual será cambiado por filtro de manga de alta eficiencia (FMAE). Con respecto a los gases, para SO, se operará con un sistema de desulfurización (FGD) y se instalarán nuevos quemadores de bajo producción de NOx,

que el sistema antiguo no tenía. Con los sistemas indicados se logrará cumplir con las nuevas normas ambientales.

Mayores antecedentes, se presentan en el numeral 3.1.2. de la DIA. En la figura 6 de la

DIA, se muestra la configuración del nuevo sistema de abatimiento en las unidades 1 y 2.

El titular señala que la eficiencia de estos sistemas de control, están garantizados por el contratista que construirá los sistemas, adjunta carta en el Anexo A de la Adenda 1 de la DIA. Dicha carta señala que los valores garantizados de emisión corresponden a

45 mg/móN en material particulado y de 400 mg/móN en dióxido de azufre. (Valores normalizados a 1 atm, 25*C y 6% O»).

Respecto de los equipos de abatimiento de NOx, el titular se compromete a enviar

dicha información a la Autoridad una vez que se adjudique el contrato de ingeniería y montaje de dichos equipos.

b) Operación sistema de manejo y almacenamiento de Cal

La cal a granel será recibida mediante descarga presurizada (PD) desde camión. Los camiones estarán equipados con un soplador de descarga energizado y los camiones serán descargados neumáticamente hacia el silo de almacenamiento de cal, el que tendrá una capacidad de almacenamiento 300 m* cada uno por Unidad. Desde el silo de almacenamiento, la cal será enviada neumáticamente a las tolvas diarias de

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acuerdo a una señal bajo nivel. Un alimentador de tornillo de velocidad variable, ubicado en la sección de descarga de la tolva diaria, alimentará la cal a un transportador de tornillo para su envío al mezclador/humidificador de cada turboreactor de FGD. El hidratador utilizará una cantidad controlada de agua, en proporción a la tasa de alimentación de cal, para convertir la CaO en polvo de Ca(OH),. El hidratante estará ubicado directamente al lado del mezclador de ceniza de resiclado y descarga Ca(OH)», por gravedad al mezclador de ceniza.

Cc) Nuevas unidades desaladoras de agua de mar

El proyecto contempla la inclusión de tres nuevas Unidades desaladoras de agua de mar en la Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla, las cuales se componen principalmente de:

e Evaporador

e Desaireador

e Intercambiador de calor e Bombas

El proceso consiste principalmente en el bombeo de agua de mar hacia la planta a través de un sistema de alimentación que lleva el agua hacia la unidad de desalinización. Aproximadamente un 42% del agua de mar se desala y se envía hacia el estanque de almacenamiento de agua de proceso con una capacidad de 1.257 m? para cada Unidad, suficiente para una autonomía de dos días con operación continua. El 58% del agua restante, denominada salmuera, se descarga hacia el pozo de sello de

cada Unidad, la que luego es descargada por medio de gravedad hacia el mar a través del emisario submarino existente en cada Unidad.

Cabe indicar que dos de las unidades desaladoras abastecerán de agua de proceso a los respectivos FGDs, mientras que la tercera unidad desaladora abastecerá de agua al proceso de generación de vapor de la Central Termoeléctrica Tocopilla, en remplazo de una de las plantas desaladoras existentes de capacidad de 360 m'/día, por

recambio tecnológico. La cantidad de agua desalada a utilizar en el proceso de generación de vapor se mantiene.

En las tablas 9,10 y 11 de la DIA, se resumen la composición del agua de mar a la entrada del sistema de refrigeración, el agua de salmuera (RIL desde desaladora) y agua devuelta hacia el mar a través de emisarios submarinos existentes.

Se aclara que el agua utilizada en cada unidad desaladora forma parte del volumen total de agua aprobada para el sistema de enfriamiento de la Central, por lo que no habrá extracción adicional de agua de mar.

3.1.7. Descripción de la fase de abandono

El proyecto no considera el cierre anticipado de estas obras. Estas modificaciones se proyectan durante toda la vida útil de la planta.

3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto 3.2.1. Emisiones a la atmósfera 3.2.1.1. Etapa de construcción

Durante esta fase, se generarán emisiones principalmente de material particulado MP10 0,129 ton /año, asociadas al movimiento de materiales y a la combustión interna

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de los motores de las maquinarias, y al tránsito de vehículos por vías no pavimentadas.

Mayores antecedentes de la estimación de emisiones, se presentan en el Anexo | de la DIA.

Las medidas de control consideradas en esta fase para el material particulado MP10 serán las siguientes:

  • Humectación de la calle Riquelme y la Ex calle J.B. Allende para asegurar una mejor supresión de polvo, generado por el tránsito de camiones y otros vehículos. Para llevar a cabo lo anterior, se tramitará la respectiva autorización con la 1.M. de Tocopilla. Mayores detalles se presentan en la tabla N%2 de la Adenda 1 de la DIA. En figura 1 de la Adenda 1 de la DIA, se presenta una imagen con los caminos a humectar durante esta fase. El riego se realizará con

una frecuencia de al menos 2 veces al día, verificando mediante inspecciones visuales el estado del camino.

  • Se implementará dentro de los terrenos de ejecución del proyecto un sistema de lavado de ruedas, donde se limpiarán los neumáticos con agua a presión, con el objetivo de eliminar restos de tierra, polvo, y/o hormigón presentes en las obras. La frecuencia de lavado de ruedas se realizará cada vez que un vehículo salga

desde el área de construcción. El uso de agua se estima aproximadamente en 0,2 mdía.

  • Se controlará la velocidad de los vehículos, la cual no deberá superar los 20 km/h en ¡ugares de la obra.

  • Todas aquellas fuentes que generan emisión de material particulado serán humectadas o cubiertas. Las faenas de corte y pulido de materiales (ladrillos y otros) deberán efectuarse bajo techo y/o en condiciones de humedad. Las construcciones en altura deberán estar protegidas en su entorno con malla tipo raschel, con el objeto de evitar fugas de emisiones de polvo. Se mantendrán limpias las calles y aceras circundantes a la obra, previa humectación.

  • Se considerará el uso de mallas protectoras tipo Raschel en el entorno de las excavaciones. En caso de ser necesario se humectará el terreno con agua, considerando una razón de 2,11 kg/m?.

  • Los vehículos de transporte de áridos, escombros y residuos deberán ser encarpados manteniendo su carga cubierta y a una distancia mínima de 10 centímetros entre la superficie de la carga y la cubierta.

Se cubrirán los acopios de materiales provenientes de la excavación o

escombros, durante el período previo a su retiro, humectándolos en el caso de ser necesario.

  • Se mantendrá un registro mensual de los vehículos que circulen en la obra verificando que posean su revisión técnica y de gases al día.

3.2.1.2. Fase de operación

Las emisiones atmosféricas generadas, debido a la operación de proyecto, provienen principalmente de las unidades de generación.

En la siguiente tabla, se presenta la estimación de emisiones de MP10, SO, y NOx por unidad, implementados los nuevos sistemas de control:

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Tabla N* 1: Estimación de emisiones atmosféricas con los nuevos sistemas de control de emisiones.

Fuente Parámetro Emisión con proyecto ton/año

MP10 234

Unidad 1 SO, 2.102 NOx 2.628 MP10 234

Unidad 2 SO, 2.102 NOx 2.628

La máxima concentración de MP10 de salida desde los filtros de manga, ubicados en la parte superior de los silos de cal y de residuos de combustión, será de 10 mg/móN. Considerando el flujo volumétrico que se descarga en el año, la emisión total anual esperada corresponderá a 0,007 ton/año para el silo de cal, y de 0,041 ton/año para el silo de residuos de combustión. Debido a lo bajo de estas emisiones, solo se medirán durante el periodo de puesta en marcha del sistema de desulfurización.

Para disminuir las emisiones de material particulado MP+0 en otros sectores generadores, se han considerado las siguientes medidas:

e Las vías a humectar en la fase de construcción serán posteriormente pavimentadas.

  • El proyecto contempla realizar mejoras en calle J.B. Ailende, y (eje 2) acceso desde la carretera Avenida Sloman, mejorando la estabilización mediante la construcción de una carpeta asfáltica para el tránsito de camiones. La referida pavimentación quedará finalizada al inicio de la etapa de operación junto con todos los sistemas de abatimiento proyectados en la Central.

3.2.2. Efluentes líquidos 3.2.2.1. Fase de construcción

a) Aguas servidas

El proyecto contempla la generación de aguas servidas 1 m*/mes, las cuáles serán manejadas en la planta de aguas servidas del sector “Colonia”. En los frentes de trabajo se utilizarán baños químicos. Dos veces por semana, la empresa autorizada encargada de los baños químicos realizará una mantención y retiro de los residuos.

b) Residuos líquidos

Estos residuos corresponden al agua de lavado de los camiones mixer en una cantidad de 0,2 m*/mes, los cuales serán manejados en pozo de acumulación habilitado en el área de faenas. La mezcla residual (principalmente agua y hormigón) solidificará en el pozo y el residuo sólido no peligroso resultante será manejado como parte de los escombros.

3.2.2.2. Fase de operación

a) Aguas servidas

Las aguas servidas generadas en esta fase serán 150 m“/mes, las cuales serán tratadas a través de una Planta de Tratamiento de Aguas Sezvidas presente en la

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Central, en un sector aledaño a la misma, denominado “Colonia”. El efluente de esta planta se utilizará en la humectación de áreas verdes y caminos.

b) Residuos líquidos

En cuanto a la generación de residuos industriales líquidos (631.680 m*/día) corresponderán a los provenientes de agua de enfriamiento de las unidades generadoras y el efluente de las unidades desalinizadoras; evacuados por el emisario submarino. Éstos darán cumplimiento a la normativa aplicable, específicamente D.S. N” 90, que Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes

Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.

Mayores antecedentes, se detallan en el Anexo F de la DIA, donde se presenta caracterización del efluente de la Empresa Norgener S.A., emitido por la Armada de

Chile, además de Resolución que modifica el Programa de Monitoreo de Autocontrol del Efluente de Norgener.

3.2.3. Residuos sólidos

3.2.3.1. Fase de construcción

a) Residuos sólidos domésticos y asimilables

En esta fase, se generarán principalmente restos de alimentos, envases y envoltorios,

papeles, etc. La cantidad de residuos sólidos domésticos generados se estima que será de 2,2 ton/mes.

El manejo de estos residuos, se realizará en contenedores plásticos para desechos

domésticos, ubicados en las baterías de contenedores habilitadas para la segregación de residuos en las faenas.

La frecuencia de retiro de los residuos domésticos se realizará dos veces por semana

por un contratista autorizado, para luego ser enviados a un lugar definido por la Ilustre Municipalidad de Tocopilla.

b) Residuos sólidos Industriales

  • Residuos Industriales No Peligrosos: Estos consistirán en excedentes de excavaciones (900 m'/mes) y escombros (700 m/mes). Estos residuos se almacenarán temporalmente en un sitio en faena y finalmente en un sitio autorizado sanitariamente. Otros residuos serán lana mineral (500 kg/mes), maderas (10 m'mes), chatarra (50,2 m“/mes), plásticos (0,4 m'/mes). Estos residuos serán manejados en un patio de gestión de residuos, ubicado dentro del lugar donde se desarrollará el proyecto, en el que se clasificarán, separarán y evaluarán las potenciales alternativas de reciclaje o reutilización interna. Este patio contará con una superficie de a lo menos 15 m?, con divisiones duras entre diferentes tipos de residuos, terreno estabilizado y señalización de acuerdo a la normativa aplicable y vigente. Aquellos residuos no peligrosos que no se puedan reutilizar o reciclar, serán enviados a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria vigente.

  • Residuos Industriales Peligrosos: Se generarán unos 2,04 m'/mes, debido principalmente a envases de pintura y solvente, aceites, grasas, trapos y huaipe contaminados, etc., los cuales serán almacenados en conformidad al D.S.148/03 y la Norma Ch. 2.190 Of. 93, en una bodega de residuos peligrosos que será debidamente señalizada y delimitada. Cada residuo estará separado

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y Goblemnd de chile de

en contenedores adecuados según las características del mismo y posteriormente serán dispuestos en un lugar autorizado.

La frecuencia de retiro para la disposición final de cada residuo, se presenta en la tabla N? 3 de la Adenda 1 de la DIA.

3.2.3.2. Fase de operación

a) Residuos industriales no peligrosos

Durante la etapa de operación, y debido a la implementación de los nuevos equipos en la Central, de la Unidad 1, así como también de la Unidad 2, se generarán residuos mezclados correspondientes a 170 ton/día de cenizas (volante + escoria), 84 ton/día (cal hidratada) yeso y subproductos agotados, por cada unidad de generación; los cuales serán dispuestos en el depósito de cenizas de la Central. Cabe señalar, que este depósito por la cantidad de residuos dispuestos por este proyecto, disminuirá su vida útil de 21 a 14 años. :

Los silos de almacenamiento de residuos de combustión están diseñados con una capacidad de almacenamiento de 600 m? por cada Unidad. Los residuos de combustión capturados se descargan mediante un sistema húmedo hacia camiones acondicionados para el transporte de este material, hacia el Depósito de Cenizas propiedad de la Central autorizado para tales efectos. Mayores antecedentes, se presentan en el numeral 2.6 de la Adenda 1 de la DIA.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando la Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla inicie sus operaciones con el nuevo sistema de abatimiento de dióxido de azufre, se realizarán las pruebas correspondientes para confirmar que dichos residuos sean no peligrosos. En caso de obtener resultados con características de peligrosidad, los residuos se manejarán dando cumplimiento a lo indicado en el D.S. N*148/03, y su disposición se

realizará en sitios con autorización sanitaria vigente para la disposición de estos residuos.

b) Residuos industriales peligrosos

Se generarán residuos peligrosos en una cantidad de 900 kg/me:, los cuales serán dispuestos temporalmente en una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, que fue construida y se maneja en conformidad al D.S. 148/03 y la Norma Ch. 2.190 Of. 93. Finalmente se dispondrán en un lugar autorizado.

La frecuencia de retiro para disposición final de cada residuo, se presenta en la tabla N? 3 de la Adenda 1 de la DIA.

3.2.4. Ruido

Las principales emisiones de ruido, se generarán en la fase de operación, producto de las nuevas instalaciones dispuestas en la Central. Su detalle y análisis se encuentra contenido en el Anexo G de la DIA, considerando los requerimiezitos del proyecto.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para 2l Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas”, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Modificación Sentral Termoeléctrica

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Ambientál

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Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma -de Emisiones Centrales Termoeléctricas” requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N? 73, 90, 93 y 94 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El Permiso Ambiental Sectorial contemplado en el artículo N” 73 se entiende otorgado favorable, de conformidad al artículo 18 inciso cuarto de la Ley 19.300, por la Gobernación Marítima de Antofagasta, ya que se le ofició a través de OF. ORD. D.R. N 0466 de fecha 08 de abril de 2013. Los Permisos Ambientales Sectoriales contenidos en los artículos N* 90, 93 y 94 fueron informados favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Antofagasta, calificando la actividad como molesta.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19,300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las fases del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando ésta lo solicite, y facilitando la información y documentación que ésta requiera para el buen desempeño de sus funciones.

  3. Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N* 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.

  4. Que, para que el proyecto “Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas” pueda

ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  1. Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo coordinador de la fiscalización que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en ta Declaración

de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.

  2. Que, el titular del proyecto deberá realizar las siguientes medidas en la ejecución del proyecto:

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 11/13

¡Servicio: ¿de Evaluación Ambiental ::. *

+Goblernd de Chile

12.1. El titular se compromete a enviar a la SEREMI de Medio Ambiente Región de Antofagasta, los monitoreos de los filtros de manga de los silos de cal y de residuos de combustión realizados en la puesta en marcha del sistema de desulfurización.

12.2. Mejorar el acceso en el cruce ferroviario para la entrada y salida de los vehículos a la Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla — Norgener, según plano de referencia de Anexo 3 del Estudio de Impacto Vial.

12.3. Señalizar y demarcar (vial) de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito para el acceso en el cruce ferroviario.

12.4. Mejorar la demarcación de las intersecciones 18 de Septiembre/Teniente Merino/ Arturo Prat.

  1. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son

de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un/a tercero/a.

  1. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta

RESUELVE:

  1. CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas”, presentado por Norgener S.A.

  2. DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de ¿as exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adenda, y en el Informe

Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.

  1. CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Modificación Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla para el Cumplimiento de Norma de Emisiones Centrales Termoeléctricas”, cumple con la normativa de carácter ambiental, incluido los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 73, 90, 93 y 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300.

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 12/13

Servicio de Evaluací Ambiental

Gobierno de Chile

Notifíquese y Archívese

ER ÁNDEZ édional P ésidente

Comisión de Evaluación Región de Antofagasta.

o

AE]

CRISTIAN GUTIÉRREZ VILLALOBOS Difector Regional (S) SEA Secretari ¿“Comisión de Evaluación

Región de Antofagasta.

OC / l sec.

Distribución:” Proponente. Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente proyecto.

Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

REGIÓN DE ANTOFAGASTA

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