Evaluación SEA

Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía

Rol 7466481
SEA · DIA · Aprobado · 2012-10-25 · Región de La Araucanía · Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A...

REPUBLICA DE CHILE COMISION DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS REGION DE LA ARAUCANIA

MATERIA: Califica Ambientalmente el proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”

Temuco, abril 02 de 2013

Resolución Exenta N2 75/2013

VISTOS:

1.- Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente modificada por la ley 20.417/2010; El D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; La Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N2 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás

normas aplicables al proyecto.

2.- La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”, presentada por el señor Álvaro Latorre Sanz, en representación de COPEC S. A., con fecha 25 de octubre de 2012.

3.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, que forman parte integrante del expediente administrativo del proceso de evaluación del proyecto.

4.- El Acta N” 9 del Comité Técnico de Evaluación, de la Región de La Araucanía, de fecha 11 de marzo de 2013.

5.- El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”, de fecha 27 de marzo de 2013.

6.- El Acta de la Sesión N? 5 de la Comisión Evaluación de Proyectos, de la Región de La Araucanía, de fecha 28 de marzo de 2013.

7.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”, que forman parte integrante del expediente administrativo del proceso de evaluación del proyecto.

CONSIDERANDO:

1.- Que, la Comisión Evaluación de Proyectos, de la Región de La Araucanía, debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”, del titular COPEC S. A., ubicado en la

comuna de Freire.

2.- Que, el derecho de COPEC S. A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, el proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de

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La Araucanía” consiste en la construcción y operación de las instalaciones para el suministro de combustible de aviación requerido por el nuevo aeropuerto regional de La Araucanía.

Su emplazamiento quedó definido en el Considerando 5.4.2.3.1 de la RCA N” 252/2006, que aprobó el ElA Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, donde se estableció que el almacenamiento de combustibles se ubicaría en el área 26 de las instalaciones proyectadas para el funcionamiento operacional del nuevo aeropuerto.

Por tanto, la ejecución del proyecto se materializa en una pequeña parte del área destinada a la construcción y operación del Nuevo Aeropuerto Regional de La Araucanía, superficie comprendida por terrenos que pertenecieron a particulares no indígenas cuya expropiación que se encuentra ejecutada, y donde ya se han desarrollado actividades, principalmente las referidas a la preparación del terreno y despeje, que han considerado el corte de vegetación, despeje de matorrales y el escarpe o retiro de la capa vegetal (orgánica). Además, esa área ya fue evaluada ambientalmente el año 2006, y hoy cuenta con cambio de uso de suelo para destino aeronáutico que fue aprobado mediante Res. MINAGRI N*52/2012.

El proyecto se ejecutará en la Región de la Araucanía, Provincia de Cautín, Comuna de Freire, específicamente al interior del área de las instalaciones del nuevo aeropuerto regional de la Araucanía, distante aproximadamente a 14 kilómetros al sur de Temuco y a unos 2 kilómetros al poniente de la Plaza de Peaje Quepe ubicada sobre la Ruta 5 Sur. El acceso al proyecto, se ubica en el kilómetro 692 costado poniente de la Ruta 5 Sur. La superficie de emplazamiento es de 0,15 hectáreas y se estima una vida útil indefinida.

La ubicación del proyecto, se encuentra en las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, Huso 18) de referencia, son:

Punto Norte Este Ubicación 5.689.560 704.125

El proyecto considera la instalación de tres estanques subterráneos de 50 metros cúbicos cada uno para el almacenamiento de Kerosene de Aviación (Jet A-1) y de un estanque subterráneo de capacidad de 50 metros cúbicos para el almacenamiento de Gasolina de Aviación (AVGAS). Se contempla además, las respectivas áreas de carga y suministro de combustible, junto con la instalación de módulos para el uso

como oficinas y bodegas.

La RCA N* 252/2006, especifica en el numeral 5.2.6 lo siguiente: “Las instalaciones para el combustible de aviación: El sistema de abastecimiento de combustible de aviación es licitado directamente por la DGAC y por lo tanto las instalaciones para el combustible de aviación y sus permisos asociados son de responsabilidad de dicha institución no constituyendo parte del ElA y por ende cualquier información o requisito técnico deberá ser solicitado a la DGAC directamente”. En este sentido, la presente DIA permite cumplir con las especificaciones exigidas por la DGAC, en virtud de lo indicado en el numeral 5.2.6 de la RCA 252/2006, sometiendo el Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

DESCRIPCIÓN DE PARTES, OBRAS Y ACCIONES FÍSICAS DEL PROYECTO

El proyecto considera un área de carga de combustible mediante camiones; un área de almacenamiento compuesto por estanques para los combustibles Jet A-1 y AVGAS; zona de suministro de combustible para aviación comercial y para aviación general, y la instalación de módulos para el uso como oficinas y bodegas.

En el Plano Disposición de Equipos N9 1363-01-ME-02, que se adjunta en el Anexo 2 de la DIA, se aprecia el detalle de las instalaciones del proyecto. En general, el área del proyecto cuenta con un cerco perimetral superior a 2 metros de altura y portones de acceso, uno en la zona de oficinas que conecta con las áreas de circulación del aeropuerto y otro en la zona de ingreso y salida de camiones desde los caminos internos del aeropuerto hacia la zona de carga de combustible.

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Carga de Combustibles

La carga de combustibles se realizará mediante camiones tanque que harán ingreso mediante caminos de acceso de uso exclusivo para este fin. La zona de carga está compuesta por un área de circulación de camiones, zona de descarga y bombas centrífugas con filtro separador.

Se prevé que los caminos de acceso de camiones, de 4,5 metros de ancho, sean de adocretos mientras que la zona de carga de combustible estará protegida por una losa de hormigón y una solera perimetral para contener y conducir hacia una cámara recolectora los eventuales derrames que pudiesen producirse.

Almacenamiento de Combustible El área de almacenamiento considera los siguientes estanques:

Estanques para combustible Jet A-1: Se contemplan tres estanques subterráneos de 50 metros cúbicos de capacidad unitaria, construidos en acero carbono, con un diámetro aproximado de 2,75 metros y largo total de 9 metros, con doble Manhole, recubrimiento interior, succión flotante y alarma sobrenivel. Su conexión a cañerías de descarga y de suministro es a través de boquillas con flanges y coplas de acero carbono.

Estanque para AVGAS: Se contempla un estanque horizontal subterráneo, con doble pared de 50 metros cúbicos de capacidad, con doble Manhole, diámetro aproximado de 2,75 metros y largo total de 9 metros, recubrimiento interior y alarma de sobrenivel, construido en acero carbono. Su conexión a cañerías de descarga y de suministro es a través de boquillas con flanges y coplas de acero carbono.

Todos los estanques serán certificados por laboratorios o entidades autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Las unidades han sido diseñadas para prevenir y evitar fugas y derrames. Ellas consideran una pared de Poliéster reforzado con fibra de vidrio resistente a las condiciones ambientales y cumple con la normativa exigida en esta materia, quedando un espacio intersticial entre el estanque metálico y la membrana de PVC de alta densidad (doble pared), a fin de retener posibles fugas del estanque metálico o pared interior que

contiene al combustible.

Elementos de identificación de estanques y señalética de seguridad

Todos los estanques contarán con su placa de identificación; además se incorporarán a éstos los símbolos de inflamabilidad de acuerdo a NFPA 704.

Sistema de venteo normal

Se considera la instalación de ventilaciones montadas sobre los estanques, las que en su tramo final se elevarán a una altura mínima de 3,7 metros sobre el nivel del terreno. Las ventilaciones estarán localizadas de tal modo que den mayor seguridad, para lo cual se ciñen a las siguientes normas generales:

e serán instaladas en áreas abiertas y ventiladas, y e emplazadas a una distancia igual o mayor a 1,5 metros de todo edificio, estructura, equipo eléctrico o cualquier tipo de construcción que pueda tender a atrapar vapores.

Suministro de combustible a aeronaves

El proyecto considera instalaciones para el suministro de combustible para aviación comercial a través de pits y para aviación general mediante cabinet, tal como se describe a continuación:

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Zona de pits (aviación comercial)

Esta área se ubica a unos 370 metros al sur de las instalaciones de combustibles (área 26 del aeropuerto), donde se instalarán pits hidratantes con su respectiva válvula con conexión de acople rápido, a la que se conectará el camión hidrante para suministrar Kerosene de aviación (Jet A-1) a los aviones en dichas posiciones.

En la línea de suministro de combustible hacia los pits se consideran cámaras de inspección con puntos bajos de cañerías cada 100 metros; además, en cada ramal hacia pit habrá otra cámara con una válvula.

Zona de cabinet (aviación general)

Esta se ubicará hacia el norte de la instalación de combustible, lugar donde se instalarán dos casetas: una para Kerosene de aviación (Jet A-1) y otra para Gasolina de aviación (AVGAS).

Para el caso de Jet A-1, se prevé la instalación de los siguientes equipos:

e Filtro separador de partículas y de humedad (coalescente) que eliminará el agua que pudiere estar presente en el combustible.

e Manómetro y termómetro.

e Medidor de flujo volumétrico, el que indicará los volúmenes de producto despachado.

e Carrete de distribución de accionamiento eléctrico, con manguera y una pistola de carga con acople corte rápido-seco, para carga sobre ella.

Para el caso de AVGAS, el gabinete contendrá los siguientes equipos:

e Medidor de flujo volumétrico, que indicará el volumen de producto despachado.

e Filtro micrónico separador de partículas que eliminará el particulado que pudiere estar presente en el combustible.

e Manómetro y termómetro.

e Carrete de distribución manual, con 25 m de manguera y pistola de carga con acople corte rápido - seco para carga sobre ella. Para este equipo se dispondrá de una estructura metálica contenedora.

Conexiones

La distribución de los combustibles dentro las instalaciones se realizará mediante un sistema de bombas y cañerías, que tendrán un trazado aéreo en la zona de los estanques y subterránea entre éste y los consumos, y los equipos moto bombas en el caso de Jet A-1. Todos los tramos descritos se efectuarán con cañería con

uniones soldadas.

Red Hidrante

La red hidrante está constituida por una red de cañerías enterradas por donde se conduce el combustible a los puntos de suministro (pits). Dicha red, la componen una línea matriz y los arranques que terminan en los puntos

de suministro o pits.

Todas las cañerías de la red hidrante consideran recubrimiento interior epoxi-fenólico y recubrimiento exterior tricapa.

La línea matriz se instalará con una inclinación adecuada, tal que se establezcan puntos altos para la extracción de aire y puntos bajos para el drenaje de sedimentos. Las líneas laterales o arranques, también se instalarán con una inclinación tal que permita drenar hacia la línea principal o matriz.

En la unión de las líneas laterales a la línea matriz, se instalarán válvulas de corte para aislar dicha línea en caso de que surja la necesidad de dejar un pit fuera de servicio.

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El diseño y especificaciones técnicas de la red hidrante se ajusta a recomendaciones de Air BP.

Sistemas de iluminación.

En los sectores de bombas y estanques de combustible se considera alumbrado exterior. Las luminarias exteriores serán del tipo Sodio Alta Presión instaladas en poste, las que serán comandadas desde el tablero eléctrico.

Además, se considerará alumbrado de emergencia con KIT de baterías respaldo, a instalarse en las áreas de maniobra y operación de equipos como son: sector de bombas y tableros eléctricos principales, los que deberán operar ante cortes de energía.

Obras para la protección de incendios Se considera la disposición de extintores del tipo carro debidamente certificados, aptos para combatir incendios de cualquier origen. Se prevé serán del tipo polvo químico seco (PQS), con un potencial de extinción de 80 BC

cada uno, los cuales serán ubicados en lugares visibles de fácil acceso y con la señalización requerida.

Adicionalmente, se prevé carros extintores de espuma certificados.

Instalaciones eléctricas

Las obras se ejecutarán de acuerdo al proyecto eléctrico cumpliéndose estrictamente las normas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Para el tendido de las canalizaciones al equipo impulsor de combustible, y otros circuitos que utilizarán cañerías de acero, se emplearán cañería Rigid Conduit, galvanizada, fabricada de acuerdo a la Norma ANSI C-80-1.

La instalación eléctrica en la zona de carga será "a prueba de explosión" de acuerdo al código NEC. Además, la instalación eléctrica considera las siguientes características:

Los cables se encuentran canalizados en cañerías de acero galvanizado Los flexibles son Clase | división 2 o superior.

Todos los equipos se encuentran conectados a malla de tierra.

Los equipos son Clase | división 2 o superior.

Tablero eléctrico se encuentra fuera del área clasificada.

Sistema de "puesta a tierra"

Las instalaciones constarán de malla a tierra de dimensiones a definir de acuerdo a la resistividad del terreno. Todos los equipos estarán conectados a ésta.

En el caso de la descarga de combustible hacia estanques de almacenamiento a través de camiones tanques, estos últimos también se conectarán a la malla tierra a través de carretes toma tierra dispuestos en

los puntos de descarga.

Sistema de seguridad y control de derrames

El proyecto posee consideraciones técnicas que tienen como objetivo prevenir y/o controlar el riesgo de derrames y filtraciones.

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Diseño de estanques (doble pared)

El sistema de control considera, en especial, el diseño de los estanques de almacenamiento de combustible, siendo éstos de doble pared. El estanque, construido en acero carbono, cuenta con una segunda pared de Poliéster reforzado con fibra de vidrio resistente a las condiciones ambientales. El espacio intersticial entre el estanque metálico y la membrana de PVC de alta densidad (doble pared) cumple con la finalidad de contener cualquier eventual fuga de combustible.

Sistema de prevención de sobrellenado

Los estanques de almacenamiento contarán con un sistema de medición automático de niveles a definir para medir los niveles bajo, alto y alto-alto. Esta actúa accionando una alarma cuando el estanque alcance el nivel alto y desactivando las bombas en el nivel alto-alto, evitando de este modo, eventuales derrames.

Losas contenedoras

En los sectores de descarga de combustible así como en la zona de bombas y filtros, se contará con losas contenedoras que conducirán los eventuales derrames hacia cámaras de recolección. Tanto las losas como la cámara serán de hormigón calidad H25.

Los derrames contendidos en las cámaras de recolección de hidrocarburos serán retirados por la empresa "Via Limpia" u otra debidamente autorizada a través de camiones certificados para dicha acción, y serán llevados a su disposición final a plantas que cuenten con la respectiva autorización.

Sistemas de control en red hidrante

La red hidrante está compuesta por cañerías de acero carbono con recubrimiento interior epoxy fenólico y recubrimiento exterior tricapa de polietileno extruido (3LPE), otorgándole a las cañerías una adecuada protección a la corrosión a lo largo del tiempo.

Además, a lo largo de la línea matriz se dispone de puntos altos para la extracción de los vapores que puedan acumularse y puntos bajos para el drenaje del agua que pudiese contener el combustible. Los puntos altos y bajos están constituidos por tuberías que alcanzan la superficie con válvula de corte, acople kamlock con tapa y cadena. Dichas válvulas son instaladas en cámaras estancas para evitar filtraciones al

suelo ante eventuales derrames.

Los puntos de suministro o pit están constituidos por válvulas de corte y válvulas check. Además, los puntos de conexión (pit) se ubican al interior de una cámara estanca, de manera de evitar filtraciones al suelo ante

la eventualidad de un derrame.

Losa de hormigón

En los puntos de descarga de camión tanque y zona de bombas se habilitará una losa de hormigón rodeada de soleras e inclinación, tal que un eventual derrame se canalice hasta un sumidero y cámara de derrames.

Cámaras de inspección

Las cámaras de inspección están confeccionadas de hormigón, cubiertas con pintura epóxica para asegurar su estanqueidad y evitar así posibles filtraciones ante un eventual derrame.

ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

Considera la instalación de faenas, movimientos de tierra, excavaciones, construcción de obras civiles y obras complementarias, montaje de estanques y obras de conexión, pruebas de funcionamiento y cierre de

faenas.

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El cronograma asociado a la fase de construcción, es el siguiente:

Meses

Actividad 1|2|3|4|5|6|7|8|9|10 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN Instalación de faenas Xx Red Hidrante X|X Obras civiles X|X Montaje mecánico y cañerías Xx Montajes eléctrico X Instalación de Combustible Obras civiles X|X Montaje mecánico y cañerías Montajes eléctrico Arquitectura X|X PUESTA EN MARCHA X|X

x

x

Instalación de Faenas

La instalación de faenas para la construcción del proyecto se ubicará el interior del área 26, que es la asignada a la presente iniciativa de inversión, en el contexto del proyecto Nuevo Aeropuerto Regional de La

Araucanía.

La instalación está formada por containers para oficinas, bodega, comedor, servicios higiénicos, servicios de agua potable, estacionamientos, áreas para el acopio temporal de materiales e insumos, entre otros.

No se considera la instalación de campamentos debido a que la mayoría de los trabajadores provendrán de localidades y ciudades cercanas, pudiendo ser trasladados diariamente a las instalaciones de faenas o áreas de trabajo respectivos. La alimentación de personal, tanto administrativo como de obras, se realizará en comedores provistos por empresas especialistas y externas que cumplirán con todas las autorizaciones sanitarias correspondientes.

Movimientos de tierra y excavaciones

Cabe señalar que el Aeropuerto Regional de La Araucanía, obra de la que este proyecto forma parte integral, ya se encuentra en su etapa de construcción, y por lo tanto, a la fecha de presentación de esta DIA, se han ejecutado actividades, principalmente las referidas a la preparación del terreno y despeje. Estas actividades han considerado el corte de vegetación y despeje de matorrales y el escarpe o retiro de la capa vegetal (orgánica) dentro del área 26, sitio de emplazamiento de las instalaciones de combustible.

Dado lo anterior, al momento de inicio de las actividades de construcción de este Proyecto, el sitio de emplazamiento se encontrará libre de vegetación u otros componentes superficiales.

No obstante lo anterior, el proyecto requerirá realizar excavaciones para la instalación de las cañerías enterradas que conducirán el combustible hacia los pit de suministro, para la instalación de los estanques, habilitación de losas en la zona de descarga, zona de bombas y filtros y zona de cámaras. Se estima una cantidad aproximada a remover de 1.450 metros cúbicos; de ella, se utilizará para rellenos una cantidad aproximada de 350 metros cúbicos, generándose una cantidad estimada de 1.100 metros cúbicos de material excedente, el que será llevado a botaderos autorizados.

En la excavación necesaria para la posterior instalación de los estanques de almacenamiento, se considera extraer el agua que pudiere acumularse en esta faena.

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Obras Civiles

Como medida de diseño que permita evitar cualquier tipo de infiltración al suelo, se construirán losas de hormigón bajo todas las instalaciones de almacenamiento, carga y suministro de combustible, así como en la zona de bombas y filtros, para contener los eventuales derrames.

Por otro lado, se construirá una losa de hormigón en el fondo de la excavación sobre la cual se instalarán los estanques de combustible subterráneos, los cuales se anclarán a la losa para evitar su desplazamiento. Se considera además la colocación de una membrana de geotextil. En este caso se utilizará hormigón H-25 y armadura de acero confeccionada con barras de acero calidad A63-42 H. Para el anclaje de los estanques, se colocarán en el hormigón, insertos tipo "omega". Dichos insertos se confeccionarán con barra de acero galvanizado.

Las losas de contención de derrames de combustible, ubicadas tanto en la zona de descarga del camión como en el sector de bombas y filtros, serán construidas con hormigón H-25.

Las armaduras para las fundaciones de las bombas se realizarán con barras de acero calidad A63-42 H. Para los anclajes de las bombas y equipos se utilizarán pernos de expansión de acero.

Se considera la mejora del terreno con relleno estabilizado en caminos de acceso, en sector de estanques y de bombas y container.

Para las cámaras de inspección proyectadas en Línea hacia Pits, se considera utilizar hormigón 11-25 con armadura en barras de acero de calidad A63-42 H.

Montaje de estanques y obras de conexión

La instalación de los estanques se realizará cumpliendo las especificaciones generales para la fabricación e instalación de estanques de almacenamiento para líquidos inflamables de la industria petrolera, en general, y la última edición de N.F.P.A. 30 Código para líquidos inflamables y combustibles para estanques subterráneos. A modo general, el procedimiento es el siguiente:

a) Antes de bajar el estanque a la excavación se revisará que no tenga daños exteriores. El daño exterior se manifiesta cuando el color azul del laminado de FRP exhibe un patrón de fractura blanco.

b) Los estanques no deben rodarse ni dejar caer del vehículo del transporte al piso o directamente a la excavación. Los cáncamos de izaje provistos deben ser utilizados en combinación con un equipo de descarga de capacidad adecuada. Esta actividad será realizada por personal calificado y con un equipo de descarga adecuado y seguro, dando consideración específica al peso del estanque y la distancia a moverlo para colocarlo en la excavación.

c) El anclaje de los estanques se realizará directamente sobre la plataforma de hormigón construida previamente, uniforme y plana, teniendo cuidado de colocar entre estanque y concreto un fieltro a lo largo de la línea central del fondo del estanque y la plataforma de concreto para evitar daños durante su colocación.

d) El procedimiento se completa instalando tuberías y conexiones, sellando las coplas no utilizadas. Se aplica una presión de prueba de 10 Psig al estanque primario y verifique la hermeticidad de conexiones de tubos y tapas de registros pasa-hombre. El manómetro a utilizar será calibrado de manera previa a la prueba.

e) El estanque primario (interior) debe estar siempre ventilado a la atmósfera; el espacio intersticial no requiere ventilación.

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Normas específicas de diseño y de inspección utilizadas por el Proyecto A continuación se indican las normas específicas de diseño y de inspección utilizadas por el Proyecto:

e D.S.160/2009 - Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.

e NFPA 30/2003 - Código de líquidos inflamables y combustibles.

e NFPA 704 - Sistema Normativo para la Identificación de los Riesgos de Materiales para Respuesta a Emergencia Código para instalaciones de suministro de combustible y estaciones de reparación.

e UL 58 - Estándar de Seguridad para Estanques de Acero Enterrados para líquidos inflamables y combustibles.

e NChElec. 4/2003 - Instalaciones interiores en baja tensión

e NFPA 70- Código eléctrico

e Mobil Engineering Guide - EGS 284-1978 Aviation Fuel Systems

e AirBP Engineering Guide 2001

e Joint Inspection Group (JIG) - Aviation Fuel Quality Control and Operating Standards for Airport Depots, Issue 11,2011.

e DAR-14 - "Reglamento de Aeródromos"

Otras obras complementarias

Una vez finalizadas las obras de instalación de estanques, se instalarán elementos de paisajismo como césped, gravilla y plantas ornamentales.

Pruebas de funcionamiento

En forma previa a la etapa de puesta en marcha del Proyecto, se realizará un conjunto de pruebas de funcionamiento de las instalaciones, entre las que se encuentran:

e Verificación de la recepción y aprobación de protocolos de pruebas de la instalación por ITO Copec. Protocolos mecánicos, Eléctricos, Civiles, Estructurales, Control, Topográficos, etc.

e Implementos de seguridad para la operación. Verificación de cumplimiento con los elementos de protección personal de toda la dotación involucrada.

o Verificación de los equipos mecánicos. Verificación visual con la finalidad de detectar cualquier deterioro.

e Corrosión o picaduras en superficies metálicas.

e Endurecimientos o quebraduras o distorsión de juntas y empaquetaduras.

e Daños menores por transporte y manipulación de componentes de los equipos. Corrosión o descascaramiento de superficies pintadas.

e Limpieza de estanques.

Verificación de conformidad pruebas de estanqueidad de estanques.

Verificación de conformidad pruebas de estanqueidad de líneas de piping.

e Verificación de conformidad de aislación de equipos eléctricos.

e Verificación de conformidad protecciones y puesta a tierra de Tableros eléctricos.

e Verificación de conformidad protecciones y puesta a tierra de fuerza y control.

e Verificación de conformidad de conexionado en equipos e instalaciones a Malla tierra.

o Verificación de conformidad pruebas de sentido de giro de motores y giro de bombas. 1) Verificación de conformidad calibración y operación flujómetros.

e Verificación de conformidad operación válvulas de control.

e Verificación de conformidad pruebas de instrumentación y verificación de controles de nivel.

e Verificación de conformidad funcionamiento dispositivos de instrumentación. Comprobación que alarmas, reguladores, detectores, sensores, etc., estén operando apropiadamente y en los rangos preestablecidos.

o Verificación de conformidad calibración y operación equipos de Telemedición.

e Verificación de conformidad Sistemas de Control de Combustibles flujómetro del sistema Cabinet y Servicer.

e Verificación de conformidad flushing de cañerías.

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Verificación de conformidad flushing de estanques.

Verificación de alineación de equipos con servicios (piping).

Verificación de vibración de equipos. Las vibraciones deberán ser determinadas con motor en vacío (desacoplado) y luego con motor acoplado.

Verificación de apriete de pernos de fijación de equipos.

Verificación de limpieza dinámica, con filtro previo.

Verificación niveles de lubricante en equipos (motores, bombas, reductores, variadores mecánicos, etc.).

Verificación que todas las partes móviles de los equipos estén protegidas apropiadamente. Verificación de protecciones y resguardos de equipos rotantes o con temperatura antes de la puesta en marcha de los equipos.

Procedimiento de Seguridad.

Prueba pre operacional en vacío, energizando todos los sistemas.

Cierre de faenas

Esta actividad se realiza al término del periodo de construcción y contempla el desarme de las instalaciones de faenas, limpieza del lugar, traslado y disposición final de todos los residuos de construcción en vertederos autorizados u otros fines permitidos.

Requerimientos de insumos maquinarias y servicios

Agua potable

El agua potable para el consumo de personal de faenas será provista mediante estanque de 1 metro cúbico ubicado sobre la oficina, el cual será abastecido mediante camión aljibe por empresas que cuenten con las autorizaciones correspondientes para esos efectos.

El agua necesaria para la habilitación de duchas, será provisto a través de estanques de almacenamiento, provisto por empresa autorizada, y cumpliendo con lo establecido en la normativa aplicable vigente. Se estima una demanda máxima de 3 metros cúbicos/día, considerando una dotación estimada de 30 trabajadores y un consumo medio de 100 litros/día por cada trabajador.

Agua Industrial

El agua industrial requerida durante la construcción será proporcionada por una empresa autorizada mediante camiones aljibes. Se estima un consumo diario promedio de 5 metros cúbicos que será utilizada principalmente durante las faenas de compactación y humectación de superficies a intervenir por el proyecto.

Servicios higiénicos

Los servicios higiénicos durante la etapa de la construcción serán dotados mediante barios químicos en cantidad y calidad apropiadas, dando cumplimiento con lo señalado en el D.S. 594/00 del MINSAL.

Se estima la instalación de 2 barios químicos y 3 duchas, ello considera un pick de 30 personas en faena.

Combustibles

El suministro de combustible para maquinarias y equipos se realizará a través de una estación de servicio ubicada en el interior de la instalación de faenas del proyecto Aeropuerto de La Araucanía, autorizado según RCA 252/06 COREMA IX Región de La Araucanía.

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Suministro eléctrico

El Proyecto considera suministro eléctrico para la instalación de faenas, el cual será proporcionado mediante equipos electrógenos.

Insumos y Requerimientos de Maquinaria y Equipo

El Proyecto requiere la utilización de maquinarias y equipos para las actividades de construcción, éstas se presentan en la tabla siguiente:

Maquinaria/equipo Cantidad Estimada Retroexcavadora Niveladora Compactadora Grúa Camiones Mini-buses Camionetas Mezcladora Generador Compresor Vibradores Esmeriles Biseladoras

ejalnier|a|elw|a|inNinie lala

ETAPA DE OPERACIÓN Puesta en marcha

De acuerdo a lo dispuesto en el D.S. N” 160/09 del MINECON, previo a la puesta en marcha y una vez sometidos a pruebas de funcionamiento, calibración y aislación de equipos eléctricos; pruebas de estanqueidad y presión de líneas, se efectuará la limpieza de estanques, líneas y unidades filtrantes, incluyendo la estanqueidad y compatibilidad de combustible con pintura interior; condición de funcionamiento de bombas, filtros y sistema de sobrellenado.

Los estanques serán certificados por un laboratorio o entidad de Control de Seguridad y Calidad, debidamente autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), quien emitirá un certificado que acredite que éstos en sus distintas etapas de fabricación o montaje, han sido construidos de acuerdo a las normas nacionales existentes o a las normas extranjeras reconocidas, y sometidos a las

pruebas correspondientes.

La etapa de puesta en marcha se iniciará una vez finalizadas las pruebas de seguridad y hermeticidad de los estanques. Posteriormente, se presentarán las instalaciones a la SEC quienes ejecutarán inspecciones e inscripciones respectivas.

El inicio de la operación normal sólo se realizará una vez aprobadas satisfactoriamente las pruebas ejecutadas y completadas las inscripciones ante la autoridad correspondiente.

Operación en régimen normal La operación en régimen normal de las instalaciones de combustibles se puede resumir en las siguientes

tres etapas:

a) Carga de combustible (recarga de estanques). b) Almacenamiento de combustible.

c) Suministro de combustible a aeronaves.

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Además, se contemplan las acciones propias de limpieza y mantención de las instalaciones. A continuación se describen las etapas de la operación normal de las instalaciones de combustible: Carga de combustibles

Se prevé el ingreso de camiones tanque desde el costado Norte-Este de la instalación, posicionándose en la losa de descarga; una vez efectuada la descarga del camión, éste saldrá por el costado sur.

Los camiones que descargarán combustibles de aviación en las instalaciones del proyecto, serán del tipo Tracto y Semi remolque con estanque acero-carbono con pintura interior para Jet A-1 (Kerosene de Aviación) y tipo Camión Estanque con estanques acero-carbono con pintura interior para AVGAS. A continuación se presentan sus principales características y dimensiones aproximadas:

Tracto y semirremolque

e Largo: 18 metros aproximadamente (estanque acero-carbono) e Altura: 3,15 metros

e Peso: 17 toneladas (con estanques llenos)

e Anchotractor: 2,98 metros.

e Compartimentos: 405

e Capacidades: desde 33 a 38 metros cúbicos.

Camión estanque

e Largo: 9,70 metros (camión frontal). e Altura: 3,02 metros

e Peso: 9 toneladas.

e Ancho: 2,72 metros.

e Compartimentos: 3

e Capacidad: 15 metros cúbicos.

Se prevé que el ingreso de camiones sea desde el costado Norte - Este de la instalación, posicionándose en la losa de descarga; una vez efectuada la descarga del camión, éste saldrá por el costado sur. En el Anexo 7 de la Adenda N” 1, se presenta a modo de referencia figura de este tipo de camiones, así como el recorrido habitual de ellos al interior de la instalación.

El suministro de combustible Jet A-1 se realizará desde el camión mediante una bomba centrífuga de 150 gpm, a través del filtro separador, hasta los tres estanques horizontales subterráneos. Por su parte, el suministro de AVGAS se realizará mediante descarga gravitacional desde los camiones hasta el estanque subterráneo.

Se considera el ingreso de uno a tres camiones diarios de Jet A-1 de capacidades entre 32 a 38 Metros cúbicos, según necesidades de despacho y demanda del aeropuerto. Para el caso de AVGAS se considera la frecuencia de un camión mensual de capacidad de 15 a 20 metros cúbicos.

En forma previa a la recepción de combustible se efectúa control de calidad obteniendo muestras de cada compartimiento del camión. Todas las operaciones de descarga de combustible se efectúan en la zona destinada para este fin, la que cuenta con un sistema de contención para eventuales derrames; ello se realiza de acuerdo a procedimientos específicos para cada tipo de descarga. En Anexo 7 de la Adenda 2, se presentan los procedimientos o tareas específicas, y en el Anexo 5 de la Adenda 1, se presenta el plan de preliminar de emergencias cuya versión definitiva será elaborada durante la etapa de marcha blanca del proyecto (pues deberá ajustarse a las especificaciones "as built") para ser entregado en esa oportunidad, a la autoridad ambiental regional.

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Almacenamiento de combustibles

Se realizará mediante estanques horizontales subterráneos de 50 metros cúbicos de capacidad cada uno, considerando tres para combustible Jet A-1 y uno para AVGAS. Éstos contarán con un conjunto de medidas de diseño en la ingeniería que permiten minimizar la eventualidad de contingencias En el Anexo 4 de la DIA se presenta las hojas de seguridad de los combustibles que se almacenarán en esta instalación.

Se efectuará control diario de existencias con registro, control de densidad del combustible por estanque, drenaje diario de fondo de estanque haciendo uso de bombas manuales instaladas para cada estanque, derivando los volúmenes hacia un estanque decantador por producto.

La liberación de combustible para despacho se realizará según el siguiente procedimiento general:

Decantación del producto: Se dejará tiempos mínimos de decantación del combustible en los estanques luego de su recepción.

Nivel de estanque: Se verificará el nivel del estanque a utilizar, de manera de efectuar debidamente el suministro a las aeronaves.

Drenaje de estanque para eliminación de agua: Una vez que el combustible cumplió su tiempo de decantación, se quitará el agua libre y en suspensión que pueda haber en el estanque mediante drenajes. Cuando el agua libre haya sido eliminada, se drenará al menos el contenido de la línea de muestras hasta obtener del punto bajo del estanque una muestra libre de agua. Ello se repetirá hasta eliminar toda el agua libre.

Toma de muestra para test de aceptación: Se realizarán muestras de calidad del combustible almacenado previo al suministro de aeronaves. En caso que no se cuente con las condiciones de calidad requeridas, no se utilizará el combustible de este estanque. El combustible que no cumpla con las condiciones de calidad requerida será retirado mediante camiones y devuelto a su origen.

Procedimiento de entrega: Si el drenaje y la prueba de control son satisfactorios, se utilizará el estanque para el despacho de combustible.

Suministro de combustibles

Para el suministro de Jet A-1 a aeronaves, se emplearán 2 unidades de bombeo y su respectivo filtro separador que impulsarán el combustible desde el estanque de almacenamiento subterráneo, hacia 5 pits en la plataforma de aviones comerciales y hacia un cabinet (surtidor) en la plataforma de aviación

general.

El carguío de aviones comerciales se efectúa bajo ala, empleando un "servicer" (camión hidrante) que se conecta a un pit con Jet A-1 a presión y pasa a través de una unidad filtrante con sistema de control de presión para conectarse al acople de panel de combustible del ala del avión y transferir el Jet A-1 desde la red hidrante a los estanques del avión. Antes del inicio de la etapa de operación del proyecto, se emitirá y aprobará un procedimiento de suministro de combustible de acuerdo a los equipos y condiciones específicas del Aeropuerto Regional de La Araucanía.

Se dispondrá de al menos dos servicers que poseerán las siguientes características, las que pueden variar según el avance del proyecto:

e Chassis Hyundai HD 78 con sistema hidrante constituido por: filtro, medidores, mangueras, carretes, válvulas, acoples, plataforma hidráulica, medidores y sistemas de control.

e Dimensiones: Largo: 7,5 m, Ancho 2,5 m y alto 2,4 m.

e Peso bruto 10,8 ton.

Normalmente estos vehículos se encontrarán dentro de la instalación en un área destinada para su estacionamiento (dentro del Área N” 26 del aeropuerto) y cuando se requiere realizar el suministro, se trasladarán hasta la plataforma de aviación para prestar el servicio. Una vez finalizada la operación de

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suministro, el camión servicer volverá a la instalación. Cabe señalar que este vehículo siempre estará bajo la supervisión de un operador y no se prevé que éste estacione en la plataforma de aviación. En Anexo 7 de la Adenda N” 1, se presenta el recorrido habitual dentro del recinto aeroportuario desde la instalación del operador hasta los posibles puntos de suministro a aeronaves y, a modo de referencia, se adjunta figura del módulo sistema hidrante y chassis.

En el suministro de Jet A-1 a aviones menores de Aviación General, se empleará el cabinet (surtidor) en la plataforma, éste recibe el Jet-A1 bombeado desde el estanque subterráneo. Este cabinet se compone de un filtro separador, medidor y carrete con manguera y pistola de carguío para efectuar el suministro sobre el ala del avión.

En el suministro de AVGAS a aviones menores de Aviación General, se empleará un cabinet (surtidor) en la plataforma, éste recibe el AVGAS bombeado desde el estanque subterráneo y dispone de un filtro micrónico, carrete con manguera y pistola parta efectuar el carguío sobre el ala del avión.

Antes del inicio de la etapa de operación del Proyecto, se emitirán y aprobarán procedimientos para efectuar el carguío de combustible para aviones de Aviación General de acuerdo a los equipos y condiciones específicas del aeropuerto.

Mantención de las obras

Las instalaciones de combustible serán mantenidas para impedir o reducir cualquier filtración, emanación o residuos que pueda causar eventualmente efectos a las instalaciones de uso público y a cursos de agua superficial o subterráneos.

Las principales actividades de mantenimiento se encontrarán detalladas en un Programa de Mantenimiento para la Instalación, de uso interno.

Medidas de seguridad presentes

Se dispone de un Plan de Emergencia y control de accidentes preliminar que contempla los siguientes eventos:

Incendio en la instalación o estanque

Incendio durante la operación de suministro al avión Incendio en oficina o equipo en la instalación Derrame en la instalación

Derrame durante la operación de suministro a aeronave Riesgos a las personas en la instalación

Accidente de aeronave después de suministro Petición de carguío en caso de secuestro

Disturbios civiles, huelgas, piquetes

Amenaza de bomba

Evacuación/búsqueda en la instalación

Recepción de cata o paquete sospechoso Terremoto

Emergencia por calidad de combustible

Pérdida de suministro eléctrico

La versión definitiva de este plan, se emitirá y aprobará en forma previa a la entrada en operación del proyecto y estará ajustado a las características de los equipos y condiciones específicas del Aeropuerto

Regional de La Araucanía.

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Requerimientos de insumos, maquinaria y servicios

Instalación de agua potable

Se considera el abastecimiento de agua potable para el consumo humano desde las instalaciones del Sistema de Agua Potable del Aeropuerto Regional de La Araucanía, sistema aprobado según RCA N? 252/06 por la COREMA Región de la Araucanía.

Instalación de alcantarillado

Se considera la conexión al sistema particular de alcantarillado y planta de tratamiento de aguas servidas del Aeropuerto Regional de La Araucanía, sistema aprobado según RCA N* 252/06 por la COREMA Región de la Araucanía.

Instalación eléctrica Se considera un tablero general de fuerza y alumbrado, que será alimentado desde un empalme al

sistema eléctrico de alimentación del Aeropuerto Regional de La Araucanía, aprobado según RCA N* 252/06 por la COREMA Región de la Araucanía. Junto con ello, se instalarán postes de alumbrado doble y simple de 400 W

de potencia.

Adicionalmente, se prevé la instalación de un generador de respaldo para los servicios eléctricos necesarios para la operación del Proyecto.

PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO

Emisiones a la Atmósfera

Las emisiones a la atmósfera del proyecto serán las siguientes:

Gases producto de la combustión de vehículos

Durante la etapa de construcción la generación de emisiones atmosféricas serán mínimas debido a que las obras serán menores, y constarán principalmente de hidrocarburos, producto de la combustión de vehículos pesados, tales como camiones y excavadoras, durante un tiempo estimado de 8 horas diarias por un periodo aproximado de 8 meses (periodo estimado que comprende la instalación de faenas, movimiento de tierra, trazado de tuberías e instalación de edificaciones proyectadas para el primer año), sin embargo su utilización será en forma intermitente.

En cuanto al polvo que se generará producto del movimiento de tierra será mínimo por las características propias del suelo; cabe destacar que el terreno de emplazamiento del proyecto es de superficie bastante regular y pedregoso.

Durante la etapa de operación del proyecto, se generarán gases producto del tránsito de vehículos de carga y livianos, lo cual dependerá de la frecuencia del transporte de carga y de vehículos particulares.

Para ambas etapas, se establecerán como medidas:

e Exigencia y mantención de certificado de revisión técnica al día de los vehículos y maquinaria que sean

utilizadas por el proyecto. e Programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.

Polvo fugitivo

Durante la fase de construcción, las emisiones de material particulado se generarán durante las actividades de excavación en el sitio de instalación de los estanques, los cuales serán del tipo subterráneo. Asimismo se

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generarán emisiones derivadas del tránsito de camiones y maquinarias en el sitio de construcción de las obras y por el transporte de insumos y residuos.

A fin de mantener controladas las emisiones que se generarán en la fase de construcción, se ejecutarán las siguientes medidas:

e Ejecución de las excavaciones estrictamente necesarias.

e Humectación de zonas de remoción de tierras y de tránsito de vehículos.

e Uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo.

e Optimización del flujo de camiones.

e Sellado de carrocerías que transportan materiales.

e Velocidad máxima de 30 km/h para circular en el área del Proyecto durante los meses secos del año. e Uso de contenedores para recibir y acopiar escombros y reciclado de materiales de construcción.

Durante la fase de operación del proyecto no se generarán emisiones de material particulado de relevancia, dado que ellos están asociados exclusivamente al tránsito de vehículos relacionados con el proyecto.

Gases producto del funcionamiento del equipo electrógeno

Durante la etapa de operación se generarán gases producto del funcionamiento del equipo electrógeno el cual será usado exclusivamente como sistema de respaldo ante eventuales cortes de energía eléctrica. Las emisiones del equipo electrógeno, serán declaradas según estipula el artículo 32 del D.S. N2 138/2005.

Ruido

Durante la etapa de construcción del proyecto, las principales fuentes de emisión de ruido corresponden al uso de maquinarias y al tránsito de vehículos.

Cabe señalar que estas actividades se desarrollarán dentro del área de faenas del Nuevo Aeropuerto Regional de La Araucanía (en cuyo predio se encuentra inserto) y que se encuentra alejado de viviendas.

Si bien no existen receptores directos en el área del proyecto, a fin de que los niveles de ruido sean lo menos perceptibles en el entorno, igualmente se tomarán las siguientes medidas de gestión:

e Se exigirá a la empresa contratista que la maquinaria y camiones a utilizar, se encuentren con su revisión técnica al día. e Se realizarán mantenciones periódicas a la maquinaria y camiones involucrados en la construcción del

Proyecto. e Se velará por la protección auditiva de los trabajadores a través del uso de protectores auditivos en

ambientes de trabajo ruidoso. e Seutilizará maquinaria con sus equipos silenciadores en óptimas condiciones. e Se mantendrá una jornada laboral de 45 horas a la semana de lunes a sábado. e Seevitará producir ruido en días festivos.

Durante la etapa de operación la principal fuente de generación de ruido corresponde a los equipos motobomba y un equipo generador de respaldo. Se prevé que el efecto en los niveles de ruido debido al funcionamiento de estos equipos, quedará subsumido en los niveles de presión sonora propios de la operación aeroportuaria.

Residuos Líquidos

Los únicos residuos líquidos que generará el proyecto, corresponden a las aguas servidas originadas por el personal. Para ello, se contempla lo siguiente:

Durante la fase de construcción del proyecto, se generarán aproximadamente 2,4 metros cúbicos/día de aguas servidas correspondientes a una dotación máxima de 30 trabajadores con un consumo medio de agua de 100

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litros/día por persona, que se obtiene al aplicar un factor de aguas servidas de 0,8 al consumo de agua potable. Para su manejo, la instalación de faenas y las áreas de trabajo serán dotadas de baños químicos cuyos servicios serán subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el D.S. N 594/1999 modificado por el D.S. N 201/2001 del Ministerio de Salud. El titular velará que el contratista mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de estos servicios, como asimismo, su disposición final en sitio autorizado sanitariamente.

Las aguas servidas que se generen en la fase de operación, serán recolectadas en los servicios higiénicos (lavamanos, wc y duchas) que contempla el proyecto, para luego ser evacuadas mediante conexión

respectiva, hacia el sistema de alcantarillado particular del ElA Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, autorizado mediante la RCA N* 252/2006.

Residuos Sólidos

Residuos Sólidos Domésticos

La fase de construcción implicará la generación de alrededor de 0,02 toneladas/día de residuos domésticos, considerando una tasa de generación de 0,75 kilos/habitante/día, y que corresponderán básicamente a restos de comida, envases, papeles y cartones, entre otros, generados en la instalación de faena y oficinas. Para su manejo, se habilitará sitios de acopio temporal, desde donde serán retirados por empresa autorizada para su transporte y disposición final en lugares autorizados sanitariamente.

Durante la fase de operación del proyecto, se generarán residuos sólidos domiciliarios o asimilables a domiciliarios generados por el personal que estará a cargo de las labores de mantención y operación, estimándose una generación de 3,75 Kilos/día. Para su manejo, se contará con receptáculos habilitados con tapa para su acopio temporal, y luego, ser recogidos por empresa externa autorizada o por el servicio asociado a las operaciones del aeropuerto, con el propósito de disponerlos en sitio autorizado sanitariamente.

Residuos Sólidos Industriales

Durante la fase de construcción, se prevé generar los siguientes residuos:

Mantención de maquinaria Cantidad Aceites y grasas 80 litros/mes Filtros de aceites 2 unidades/mes Huaipes 20 kilos/mes Envases de aceites, grasas y 2 unidades/mes Envases de repuestos 1 unidades/mes

Residuos de construcción Escombro, despuntes de fierros, restos de maderas y embalajes Restos de hormigón 2 metros cúbicos totales Latas y envases 20 toneladas totales

1 tonelada/mes

Durante la fase de operación, se prevé generar los siguientes residuos

Mantención de generadores Cantidad Aceites y filtros 80 litros/mes

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Residuos Industriales No Peligrosos

Estos corresponden a residuos propios del proceso de construcción y consisten, principalmente en madera proveniente de despuntes y desechos de moldajes, restos de tuberías, alambres, trozos de fierro de construcción, vidrio, gomas y plásticos provenientes de envoltorios de suministros y otros desechos propios de desmantelamiento de galpones y oficinas. Estos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y debidamente rotulados, para su posterior retiro y disposición final en sitio autorizado sanitariamente, por parte de una empresa autorizada conforme a la legislación vigente.

En relación a los pallet de madera se dará aviso al SAG para que proceda a su inspección según lo establece la establece la Resolución N” 133, modificada por la Resolución N” 2.859, del 26 de enero de 2005 y 29 de junio de 2007, respectivamente del Ministerio de Agricultura, Servicio Agrícola y Ganadero, para su posterior eliminación o reutilización, según determinación del SAG.

Durante la fase de operación, se podrían generar cantidades menores de residuos sólidos industriales no peligrosos, como piezas de recambio, producto de las actividades de mantención y reparación. De generarse, éstos serán manejados por las empresas a cargo de la reparación y mantención de equipos.

Residuos Industriales Peligrosos

Durante la construcción del Proyecto no se generarán residuos sólidos peligrosos distintos a aquellos propios de la mantención de equipos, lo que estará a cargo del contratista de obra.

Durante la fase de operación se generarán residuos tales como aceites y filtros derivados de la mantención de equipos. Estos están catalogados como residuos peligrosos en la Norma Chilena NCh N* 382. Ellos serán retirados, manipulados y transportados por empresas autorizadas.

El proyecto contempla una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos del Proyecto. Esta instalación será utilizada tanto en la etapa de construcción como en la de operación del proyecto, y posee las siguientes características:

Base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

e Contará con un cierre perimetral de a lo menos 2,00 metros de altura para impedir el libre acceso de personas y animales.

e Considera techo y protección de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

e Garantizará la minimización de la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de alteración del medio ambiente que pueda afectar a la población.

e Tendrá una capacidad de contención de 200 litros, lo que corresponde al contendor mayor (tambor de 200 litros) y no se acumulará un volumen mayor a 1000 litros.

e Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

e Tendrá acceso restringido, pudiendo acceder a él solo personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación.

Cabe recalcar, que el titular del proyecto cautelará por el retiro, transporte y disposición final de los residuos generados, de acuerdo a su peligrosidad a un sitio autorizado sanitariamente para dicho fin, y

declarará los retiros ante la Autoridad sanitaria.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con:

4.1. Normativa Ambiental Aplicable RCA N*75/2013. Declaración de Impacto Ambiental "Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”

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4.1.1. Normativa Ambiental General 4.1.1.1 Constitución Política de la República de Chile

Fase del Proyecto vinculada: Todas las fases

Relación con el Proyecto: El artículo 19, N? 8 de la Constitución Política, establece para todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

El ejercicio del derecho del titular a desarrollar cualquier actividad económica, establecida en el artículo 19, N?2 21, de la Constitución Política, debe respetar las normas legales que la regulen.

Por su parte, el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales, que le asiste al titular, consagrado en el artículo 19 N? 24 de la Constitución Política, impone limitaciones y obligaciones que derivan de su función social, dentro de las que se comprende la conservación del patrimonio ambiental.

Acreditación de Cumplimiento: Se da pleno cumplimiento al artículo 19 N? 8, de la Constitución Política de la República, con el ingreso del presente Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y con el compromiso por parte del titular de respetar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, lo que se manifiesta en el apego de su actividad a las normas contenidas en el presente Capítulo 4, denominado Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto y a la resolución de calificación ambiental que en definitiva ponga término al procedimiento administrativo de evaluación ambiental que al efecto se iniciará.

Fiscalización: Corresponde a los Tribunales de Justicia, a la Contraloría General de la República, al Tribunal Constitucional y a la propia Administración del Estado en el ejercicio de sus funciones.

4.1.1.2. Ley N219.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente del 09 de marzo de 1994, modificada por Ley N? 20.417 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Crea El Ministerio, El Servicio

de Evaluación Ambiental y La Superintendencia del Medio Ambiente (D.O. 26.01.2010).

Fase del Proyecto vinculada: Todas las fases

Relación con el Proyecto: De acuerdo al artículo 8 de la Ley 19.300, los proyectos o actividades señalados en su artículo 10, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.

En lo que respecta al presente Proyecto, corresponde a la construcción y operación de las instalaciones de combustibles para aviación del aeropuerto de La Araucanía, en la comuna de Freire, Región de la Araucanía, mediante la instalación de tres estanques subterráneos para combustible Jet A-1 de capacidad de 50 metros cúbicos cada uno y un estanque de 50 metros cúbicos para combustible AVGAS.,

Por lo anterior, constituye uno de los proyectos listados en el artículo 10 letra fi) de la Ley.

Asimismo, y de acuerdo al análisis presentado en el Capítulo 3, el Proyecto no genera ni tampoco presenta, algunos de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 (letras a) a la f)), razón por la que se somete al SEIA mediante una DIA. En este sentido, el artículo 12 bis, establece las materias que deberán considerar las Declaraciones de Impacto Ambiental.

Acreditación de Cumplimiento: El Titular del presente proyecto da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley 19.300, mediante el ingreso del proyecto al SEIA. Asimismo, el compromiso de respetar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación se manifiesta a través del cumplimiento de la normativa ambiental de carácter específico, vigente y aplicable al proyecto, que se expone en la siguiente sección.

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Fiscalización: En conformidad a la Ley N? 20.473, durante el tiempo que medie entre la supresión de la Comisión Nacional del Medio Ambiente y la entrada en vigencia de los títulos ll, salvo el párrafo 32, y II de la ley a que hace referencia el artículo 92 transitorio de la ley N2 20.417, corresponderá a los órganos del Estado que, en uso de sus facultades legales, participan en el sistema de evaluación de impacto ambiental, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas y condiciones sobre la base de las cuales se aprobó el Estudio o se aceptó la Declaración de Impacto Ambiental. A partir de la fecha de entrada en funcionamiento de los Tribunales Ambientales (28.12.2012, de acuerdo a la Ley N*20.600), la fiscalización le corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.1.3. D.S N* 30, Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental del 03 de abril de 1997, modificado por el D.S. N2 95 del 07 de diciembre de 2002, del Ministerio Secretaría General de la

Presidencia.

Fase del Proyecto vinculada: Todas las fases

Relación con el Proyecto: En lo que respecta a este Proyecto, cabe señalar que en arreglo a su artículo 3, letra ñ4, deberá someterse al SEIA.

En lo que respecta al presente Proyecto, corresponde a la construcción y operación de las instalaciones de combustibles para aviación e el aeropuerto de La Araucanía, en la comuna de Freire, Región de La Araucanía, mediante la instalación de tres estanques subterráneos para combustible Jet A-1 de capacidad de 50 metros cúbicos cada uno y un estanque de 50 metros cúbicos para combustible AVGAS.

En consecuencia, resulta procedente su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental contemplado en la Ley 19.300 y en el presente Reglamento del SEIA.

El proyecto no genera ni tampoco presenta, alguno de los efectos, características, o circunstancias señaladas en los artículos 5, 6, 8, 9, 10 y 11, del presente Reglamento, razón por la que se somete al SEIA mediante una DIA (Ver Capitulo 3 de la DIA).

Acreditación de cumplimiento: El Titular de este proyecto da cumplimiento a las obligaciones establecidas en este Reglamento mediante el ingreso del Proyecto al SEIA a través de una DIA.

Fiscalización: En conformidad a la Ley N220.473, durante el tiempo que medie entre la supresión de la Comisión Nacional del Medio Ambiente y la entrada en vigencia de los títulos Il, salvo el párrafo 32, y II! de la ley a que hace referencia el artículo 92 transitorio de la ley N 20.417, corresponderá a los órganos del Estado que, en uso de sus facultades legales, participan en el sistema de evaluación de impacto ambiental, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas y condiciones sobre la base de las cuales se aprobó el Estudio o se aceptó la Declaración de Impacto Ambiental. A partir de la fecha de entrada en funcionamiento de los Tribunales Ambientales (28.12.2012, de acuerdo a la Ley N20.600), la fiscalización le corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2. Normativa Ambiental Sectorial

4.1.2.1. Recurso Aire

4.1.2.1.1. D. S. N2 144 Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza, del Ministerio de Salud, publicado el 02 de mayo de 1961.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: Durante la fase de construcción, las emisiones atmosféricas corresponderán principalmente a material particulado producido durante las actividades de excavación y movimientos de tierra en el sitio de emplazamiento del proyecto, para la instalación en forma subterránea de los estanques de combustibles. Asimismo se generarán emisiones derivadas del tránsito de camiones y maquinarias en el sitio de construcción de las obras y por el transporte de insumos y residuos

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Acreditación de cumplimiento: Se contempla un conjunto de acciones para controlar las emisiones atmosféricas, a saber:

— No realizar ningún tipo de quemas de madera u otros materiales combustibles.

— Toda la maquinaria contratada contará con las mantenciones indicadas por el fabricante y cumplirá con la normativa vigente.

— Ejecución de las excavaciones estrictamente necesarias.

— Uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo

— Optimización del flujo de camiones.

— Sellado de carrocerías que transportan materiales.

— Velocidad máxima de 30 km/h para circular en el área del Proyecto durante los meses secos del año.

— Uso de contenedores para recibir y acopiar escombros y reciclado de materiales de construcción.

Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.1.2. D.S. N?2 75, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica, del Ministerio de Transporte, publicado el 7 de Julio de 1987.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: Se contempla que durante la fase de construcción exista transporte de tierra, arena, escombros, cemento y otros materiales capaces de generar polvo por esta zona urbana en la cual se encuentra emplazado.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de construcción, el transporte de los materiales se realizará mediante camiones, que cumplirán con las disposiciones de este Decreto, en lo que respecta a la forma de transporte del material y su cubrimiento con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no malla Rachel).

Fiscalización: Carabineros de Chile, los Inspectores Municipales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.1.3. D.S. N2 47, Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del MINVU, publicado el 5 de Junio de 1992.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: El artículo 5.8.3 de la Ordenanza, establece que con el objeto de mitigar las emisiones de polvo, en toda obra de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, se deberán implementar una serie de medidas.

Durante la fase de construcción, las emisiones atmosféricas corresponderán principalmente a material particulado producido durante las actividades de excavación en el sitio de instalación de los estanques, los cuales serán de modo subterráneo. Asimismo se generarán emisiones derivadas del tránsito de camiones y maquinarias en el sitio de construcción de las obras y por el transporte de insumos y residuos.

Acreditación de cumplimiento: A fin de mantener controladas las emisiones que se generarán en la fase de construcción, se ejecutarán las siguientes medidas:

— No realizar ningún tipo de quemas de madera u otros materiales combustibles.

— Toda la maquinaria contratada contará con las mantenciones indicadas por el fabricante y cumplirá con la normativa vigente.

— Ejecución de las excavaciones estrictamente necesarias.

— Riego de zonas de remoción de tierras.

— Uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo.

— Optimización del flujo de camiones.

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— Sellado de carrocerías que transportan materiales. — Velocidad máxima de 30 km/h para circular en el área del Proyecto durante los meses secos del año. — Uso de contenedores para recibir y acopiar escombros y reciclado de materiales de construcción.

Fiscalización: Ilustre Municipalidad de Freire y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.1.4. D.S. N2 55, Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, publicado el 16 de Abril de 1994.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: Esta norma establece los valores máximos de gases que el motor de un vehículo pesado puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. El proyecto considera el empleo de vehículos motorizados pesados durante la fase de construcción.

Acreditación de cumplimiento: A fin de mantener controladas las emisiones que se generarán en la fase de construcción, se ejecutarán entre otras, las siguientes medidas:

— Exigencia y mantención de certificado de revisión técnica al día de los vehículos y maquinaria que sean utilizadas para la construcción del Proyecto. — Programa de control y mediciones periódicas del estado de funcionamiento de los motores.

Fiscalización: Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales y Municipales, Depto. de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes, Región de la Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.1.5. D. S. N2 4 Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados, del Ministerio de Transporte, publicado el 29 de Enero de 1994.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: En la fase de construcción del Proyecto, se considera un flujo de vehículos al interior y exterior del sitio de faenas.

Acreditación de cumplimiento: Se utilizará como medida de control de las emisiones de gases de combustión, la exigencia que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica.

Fiscalización: Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales, Municipales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.1.6. D. S. N2 54 Establece las Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos, del Ministerio de Transporte, publicado el 03 de mayo de 1994,

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: En la fase de construcción del Proyecto se considera un flujo de vehículos al interior del área del proyecto, sean propios o de terceros.

Acreditación de cumplimiento: Todos los vehículos relacionados con el proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán mantenimientos regulares.

Fiscalización: Carabineros de Chile y a los Inspectores Fiscales, Municipales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

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4.1.2.1.7. D. S. N2 279 Aprueba el Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna, del Ministerio de Salud, publicado el 17 de diciembre de 1983.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

Relación con el Proyecto: Se considera un flujo de vehículos al interior del área del proyecto, sean propios o de terceros.

Acreditación de cumplimiento: Todos los vehículos relacionados con el proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán mantenimientos regulares.

Fiscalización: Carabineros de Chile, Inspectores Municipales, Depto. de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes, Región de la Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.1.8. D.S. N2 138, Establece la obligación de Declarar Emisiones Gaseosas que indica, del Ministerio de Salud, publicado el 17 de Noviembre de 2005.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

Relación con el Proyecto: Se contará con Generador Electrógeno, destinado al respaldo de suministro eléctrico.

Acreditación de cumplimiento: Se entregará anualmente a la Autoridad la Declaración de Emisiones correspondiente al Grupo Electrógeno, de acuerdo a lo definido por esta norma.

Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.2. Ruidos

4.1.2.2.1. D. S. N*”38 Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, del Ministerio del Medio Ambiente, publicado el 12 de junio de 2012.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

Relación con el Proyecto: En la etapa de construcción del proyecto, las principales fuentes de emisión de ruido, corresponde al uso de maquinaria y el tránsito de vehículos. Durante la etapa de operación la principal fuente de generación de ruido corresponde a los equipos motobomba y un equipo generador de respaldo.

Acreditación de cumplimiento: El sitio de faenas se emplaza en un sector rural, se prevén niveles de ruido bajo la permisibilidad definida en los estándares establecidos para Zona !I! de la Tabla 1 del artículo 72 del D.S. N2 38/2011.

Cabe señalar que estas actividades se desarrollarán dentro del área de faenas del aeropuerto regional de la Araucanía (en cuyo predio se encuentra inserto) y que se encuentra alejado de viviendas.

Si bien no existen receptores directos en el área del proyecto, a fin de que los niveles de ruido sean lo menos perceptibles en el entorno, igualmente se tomarán las siguientes medidas de gestión:

— Se exigirá a la empresa contratista que la maquinaria y camiones a utilizar se encuentre con su revisión

técnica al día. — Se realizarán mantenciones periódicas a la maquinaria y camiones involucrados en la construcción del

Proyecto. — Se velará por la protección auditiva de los trabajadores a través del uso de protectores auditivos en

ambientes de trabajo ruidoso.

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— Se utilizará maquinaria con sus equipos silenciadores en óptimas condiciones. — Se mantendrá una jornada laboral de 45 horas a la semana de lunes a sábado. — Se evitará producir ruido en días festivos.

Durante la fase de operación, el efecto en los niveles de ruido debido al funcionamiento de estos equipos, quedará subsumido en los niveles de presión sonora propios de la operación aeroportuaria.

Fiscalización: Superintendencia del Medio Ambiente. 4.1.2.3. Aguas Servidas y Efluentes Líquidos 4.1.2.3.1. D.F.L. N2 725, Código Sanitario, del Ministerio de Salud, publicado el 31 de Enero de 1968.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

Relación con el Proyecto: Se generarán aguas servidas por parte del personal asociado a las fases que contempla el proyecto.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de construcción del proyecto, la instalación de faenas y las áreas de trabajo serán dotadas de baños químicos cuyos servicios serán subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el D.S. N” 594/1999 modificado por el D.S. N” 201/2001 del Ministerio de Salud. Para su manejo los baños químicos serán proporcionados y mantenidos por una empresa autorizada que realizará la recolección y disposición de los residuos generados. El titular velará que el contratista mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de estos servicios.

Las aguas servidas que se generen en la fase de operación del proyecto, serán evacuadas mediante conexión respectiva, hacia el sistema de alcantarillado particular del proyecto Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, aprobado según RCA 252/2006 por la COREMA IX Región. Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.3.2. D.S. N2 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, publicado el 29 de Abril de 2000.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

Relación con el Proyecto: Se generarán aguas servidas por parte del personal asociado a las fases que contempla el proyecto.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de construcción del proyecto, la instalación de faenas y las áreas de trabajo serán dotadas de baños químicos cuyos servicios serán subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el D.S. N” 594/1999 modificado por el D.S. N” 201/2001 del Ministerio de Salud. Para su manejo los baños químicos serán proporcionados y mantenidos por una empresa autorizada que realizará la recolección y disposición de los residuos generados. El titular velará que el contratista mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de estos servicios.

Las aguas servidas que se generen en la fase de operación del proyecto, serán evacuadas mediante conexión respectiva, hacia el sistema de alcantarillado particular del proyecto Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, aprobado según RCA 252/2006 por la COREMA IX Región

Por su parte, el sistema de red interna de evacuación de aguas servidas, se realizará según las instrucciones que fija la normativa correspondiente y con la aprobación de la SEREMI de Salud de la Araucanía.

Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y Superintendencia del Medio Ambiente.

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4.1.2.4. Agua Potable

4.1.2.4.1. D.S. N* 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, publicado el 29 de Abril de 2000.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

Relación con el Proyecto: Se requiere proveer de agua potable al personal asociado a las fases que contempla el proyecto.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de construcción y dentro de las instalaciones de faenas, se contará con un estanque de 1 metro cúbico especialmente acondicionado para proveer de agua potable a los trabajadores, tanto en cantidad como en los requisitos de calidad, de acuerdo lo que estipula el D.S. N* 594/1999 del MINSAL, párrafo Il y la NCh 409.

Durante la etapa de operación, la dotación de agua potable, tanto en cantidad como en calidad, será proveída mediante conexión respectiva, desde el sistema de agua potable particular del proyecto Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, aprobado según RCA 252/2006 por la COREMA IX Región.

Por su parte, el sistema de red interna de agua potable se realizará según las instrucciones que fija la normativa correspondiente y con la aprobación de la SEREMI de Salud de la Araucanía.

Sin perjuicio de lo anterior, el Titular del Proyecto, garantizará en todo momento que la entrega de agua para consumo humano, cumpla con los requisitos físicos, químicos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409 Of.2006 “Requisitos de Calidad para el Agua Potable” y lo establecido en los artículos 12, 13, 14 y 15 del D.S. N” 594/1999 del MINSAL, sobre las "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo".

Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.4.2. D. S. N2 446, Declara Oficial la Norma Chilena 409, Requisitos de Agua Potable, del Ministerio de Salud, publicado el 27 de Junio de 2006.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

Relación con el Proyecto: Se requiere proveer de agua potable al personal asociado a las fases que contempla el proyecto.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de construcción y dentro de las instalaciones de faenas, se contará con un estanque de 1 metro cúbico especialmente acondicionado para proveer de agua potable a los trabajadores, tanto en cantidad como en los requisitos de calidad, de acuerdo lo que estipula el D.S. N* 594/99 del MINSAL, párrafo Il y la NCh 409.

Durante la etapa de operación, la dotación de agua potable, tanto en cantidad como en calidad, será proveída mediante conexión respectiva, desde el sistema de agua potable particular del proyecto Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, aprobado según RCA 252/2006 por la

COREMA IX Región. Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.5. Energía

4.1.2.5.1. D. S. N2 327 Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, del Ministerio de Minería, publicado el 10 de Septiembre de 1998.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

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Relación con el Proyecto: Requisitos debe cumplir la instalación eléctrica del proyecto.

Acreditación de cumplimiento: Las instalaciones eléctricas se ajustarán a las especificaciones técnicas de todo proyecto eléctrico a la presente iniciativa de inversión, así como su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes.

La construcción, operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, serán ejecutadas por personal calificado y autorizado, de acuerdo a los reglamentos y normas vigentes. Todos los materiales que se utilizarán en la construcción de las instalaciones eléctricas, contarán con la requerida certificación de aprobación.

Las instalaciones serán declaradas ante la SEC, mediante un instalador eléctrico de la Clase correspondiente, autorizado por ésta, según lo establecido en el D.S 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, "Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos" de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N” 1128, de 2006, y el Trámite Eléctrico TEl "Declaración de Instalación Eléctrica Interior".

Con al menos 15 días de anticipación, se dará aviso a la SEC de la puesta en Servicio de las instalaciones eléctricas interiores del proyecto.

Fiscalización: Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.6. Residuos

4.1.2.6.1. D.S. N2 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, publicado el 29 de Abril de 2000.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

Relación con el Proyecto: Se generarán residuos durante las fases que contempla el proyecto.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de construcción, los residuos domésticos se acumularán temporalmente en contenedores especialmente habilitados en la instalación de faenas, desde donde serán retirados por empresa autorizada para su transporte y disposición final en sitio autorizado sanitariamente. Respecto de los residuos industriales, éstos serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados, resguardando la separación entre residuos peligrosos y los no peligrosos, los que serán recolectados, transportados y depositados por terceros en sitios autorizados sanitariamente.

Durante la fase de operación, los residuos domésticos serán adecuadamente dispuestos en receptáculos habilitados con tapa, cuyo manejo será realizado por empresas externas autorizadas o servicio de recolección municipal, para luego ser dispuesto finalmente en lugar autorizado sanitariamente.

En cuanto a los residuos industriales no peligrosos, éstos serán manejados por las empresas a cargo de la reparación y mantención de equipos, los que deberán ser dispuestos en sitios autorizados sanitariamente. Respecto de los residuos industriales peligrosos, éstos serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados, dentro de un recinto especialmente habilitado para ello, los que serán recolectados, transportados y depositados por terceros en sitios autorizados sanitariamente.

Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.6.2. D. S. N2 148, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, del Ministerio de Salud, publicado el 16 de Abril de 2004.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

RCA N*75/2013. Declaración de Impacto Ambiental “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”

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Relación con el Proyecto: Se generarán residuos peligrosos durante las fases que contempla el proyecto.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de construcción, Los residuos peligrosos que se generen serán acumulados en la instalación de faena donde serán acopiados en un sitio especialmente habilitado para tales efectos hasta su envío al lugar de disposición final autorizado sanitariamente, dando cumplimiento en todo momento a lo indicado en el D.S. N2 148/2003 del Ministerio de Salud y demás disposiciones sanitarias.

El recinto para el acopio temporal de residuos peligrosos, tendrá las siguientes características:

Contará con cierre perimetral de a lo menos 2 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

Tendrá un área especial con base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Esta área será además techada para asegurar su protección contra la humedad, temperatura y radiación solar.

En caso que se almacenen líquidos, poseerá una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los

contendedores almacenados. Contará con la señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

Tendrá acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación.

Contará con extintores de incendio en buen estado, con contenido de químicos apropiado para controlar posibles amagos de los materiales almacenados.

Si corresponde, el recinto destinado al almacenamiento de residuos peligrosos será debidamente autorizado ante la Autoridad Sanitaria regional.

Durante la fase de operación, serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados, dentro de un recinto especialmente habilitado para ello, los que serán recolectados, transportados y depositados por terceros en sitios autorizados sanitariamente.

Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.7. Sustancias Peligrosas

4.1.2.7.1. D.S. N2 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, publicado el 29 de Abril de 2000.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: Se utilizarán insumos que son susceptibles de constituir o contener sustancias peligrosas.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de construcción, las sustancias peligrosas que requiera el proyecto serán almacenadas en recintos habilitados especialmente para tales efectos, y se contará con un plan detallado para enfrentar emergencias y una hoja de seguridad donde se incluirán los antecedentes requeridos por el reglamento respecto de las sustancias peligrosas almacenadas.

En la etapa de operación no se considera el almacenamiento de sustancias peligrosas.

RCA N*75/2013. Declaración de Impacto Ambiental “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”

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Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.7.2. D. S. N? 78, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, del Ministerio de Salud, publicado el 11 de Septiembre de 2010.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: Se utilizarán insumos que son susceptibles de constituir o contener sustancias peligrosas.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de construcción, las sustancias peligrosas que requiera el proyecto serán almacenadas en recintos habilitados especialmente para tales efectos, y se contará con un plan detallado para enfrentar emergencias y una hoja de seguridad donde se incluirán los antecedentes requeridos por el reglamento respecto de las sustancias peligrosas almacenadas.

En la etapa de operación no se considera el almacenamiento de sustancias peligrosas. Fiscalización: SEREMI de Salud Región de La Araucanía y Superintendencia del Medio Ambiente. 4.1.2.8. Combustibles 4.1.2.8.1. D. S. N2 160, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, del Ministerio de Trasportes y Telecomunicaciones, publicado el 07 de Julio de 2009, que deroga al D.S. N?

379/86 y al D.S. N* 90/96.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de operación.

Relación con el Proyecto: Se contempla almacenamiento de combustible para aviación.

Acreditación de cumplimiento: Durante la etapa de construcción, el combustible para maquinarias y equipos se realizará a través de una instalación de servicios ubicada en el interior de la instalación de faenas del proyecto Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, autorizado según RCA 252/06.

Durante la fase de operación, se contará con tres estanques subterráneos de 50 metros cúbicos cada uno para el almacenamiento de combustible Jet A-1 y un estanque de 50 metros cúbicos para el almacenamiento de combustible AVGAS.

El titular del Proyecto cuenta con procedimiento de trabajo seguros para la operación de las instalaciones de combustible en el aeropuerto la Araucanía, plan de emergencias, plan de contingencias y medidas de diseño que permiten cumplir con la legislación vigente para la actividad de almacenamiento y distribución de combustibles señalados en este cuerpo legal.

Las actividades de operación consisten en la recepción, almacenamiento y suministro de combustibles de aviación en el aeropuerto de la Araucanía.

Todos los camiones tanque que realizarán el abastecimiento de combustible estarán debidamente inscritos ante MINTRATEL.

Durante las actividades de operación no se generan residuos peligrosos de forma recurrente. Ello solo podría ocurrir en casos puntuales en que sea necesaria la ejecución de trabajos de mantención.

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Los productos de combustibles líquidos que se utilicen en la instalación, contarán con su respectivo certificado de fabricación, según se establece en el artículo 7” del citado Decreto Supremo N” 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Se dará cumplimiento a los requisitos de seguridad establecidos en el Decreto Supremo N” 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, "Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”, y a la declaración de la instalación ante Superintendencia de Electricidad y Combustibles, considerando el procedimiento de Notificación de Obras (Oficio Circular SEC N” 2083 de 1998) y el establecido en la Resolución Exenta SEC N* 1128, de 2006, "Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta NQ 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta NQ 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esa Superintendencia” y mediante el Trámite de Combustibles TC4 "Declaración de Instalaciones de Combustibles Líquidos”.

Fiscalización: Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.8.2. D. S. N” 1.314, Establece las Medidas de Seguridad en el Empleo y Manejo de Materias Inflamables, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado el 19 de Diciembre de

1955.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de operación.

Relación con el Proyecto: Se contempla almacenamiento de combustible para aviación.

Acreditación de cumplimiento: Durante la etapa de construcción, el combustible para maquinarias y equipos se realizará a través de una instalación de servicios ubicada en el interior de la instalación de faenas del proyecto Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, autorizado según RCA

252/06.

Durante la fase de operación, se contará con tres estanques subterráneos de 50 metros cúbicos cada uno para el almacenamiento de combustible Jet A-1 y un estanque de 50 metros cúbicos para el almacenamiento de combustible AVGAS.

Toda la instalación está diseñada, operada, inspeccionada y mantenida para impedir o reducir cualquier filtración, emanación o residuo que pueda causar peligro, daños o molestias a los cursos de agua superficiales o subterráneos.

Todas las instalaciones que forman parte del Proyecto, serán inscritas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Fiscalización: Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.8.3. D. S. N” 1.164, Oficializa Norma Técnica para el Almacenamiento de sólidos, líquidos y gases inflamables, del Ministerio de Obras Públicas, publicado el 04 de Noviembre de 1974.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de operación.

Relación con el Proyecto: Se contempla almacenamiento de combustible para aviación.

Acreditación de cumplimiento: Durante la fase de operación, se contará con tres estanques subterráneos de 50 metros cúbicos cada uno para el almacenamiento de combustible Jet A-1 y un estanque de 50 metros cúbicos para el almacenamiento de combustible AVGAS.

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Toda la instalación está diseñada, operada, inspeccionada y mantenida para impedir o reducir cualquier filtración, emanación o residuo que pueda causar peligro, daños o molestias a los cursos de agua superficiales o subterráneos.

Todas las instalaciones que forman parte del Proyecto, serán inscritas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. El Proyecto incorpora en el diseño de las obras los requisitos de esta normativa, las cuales

deben ser presentados y autorizados por la SEC.

Fiscalización: Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.9. Vialidad y Transporte

4.1.2.9.1. D. F. L. N2 1, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, publicado el 29 de octubre de

2009.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción y de operación.

Relación con el Proyecto: Se generarán requerimientos de materiales e insumos durante las fases que contempla el proyecto.

Acreditación de cumplimiento: Durante las fases de construcción y operación, el proyecto requerirá del transporte de materiales e insumos por vías públicas, lo cual se realizará mediante camiones y otros

vehículos.

Se exigirá la obtención de las autorizaciones sectoriales correspondientes a los transportistas contratados. Los camiones a ser utilizados para el transporte se ajustarán a las dimensiones establecidas por la normativa vigente. En caso de que algunos equipos requieran transporte especial debido a que sus dimensiones y/o pesos excedan los límites permitidos, el Titular o el contratista responsable solicitará a la Dirección de Vialidad las respectivas autorizaciones según Resolución 1/95 y Decreto Supremo 19/84 o en áreas urbanas, a la municipalidad respectiva de acuerdo al DS 200/93 del Ministerio de Obras Públicas.

Fiscalización: Carabineros de Chile y a los Inspectores Fiscales, Municipales y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.9.2. D. F. L. N2 850, Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N*15.840, de 1964 y del DFL N2 206 de 1960, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, del Ministerio de Obras Públicas, publicado el 25 de Febrero de 1998.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: Se generarán requerimientos de transporte de insumos de gran tonelaje.

Acreditación de cumplimiento: No se excederán los pesos máximos permitidos. En el eventual caso de transporte de equipos para la etapa de construcción, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad. Este transporte se efectuará con la debida coordinación con las autoridades municipales, policiales y con los servicios públicos con competencia, con los que se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada

caso.

Fiscalización: Carabineros de Chile , Inspectores Fiscales de la Dirección de Vialidad y Superintendencia del Medio Ambiente.

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4.1.2.9.3. D. S. N* 298, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado el 11 de Febrero de 1995.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de operación.

Relación con el Proyecto: Se generarán requerimientos de transporte cargas peligrosas.

Acreditación de cumplimiento: Las actividades de operación se limitan a la recepción, almacenamiento y distribución de combustibles mediante camiones tanque, los cuales se encuentran debidamente inscritos ante MINTRATEL.

Durante las actividades de operación no se generan residuos peligrosos de forma recurrente. Si estos se generaran solo se deberán a la necesidad de realizar actividades puntuales asociadas a la ejecución de actividades de mantención.

La totalidad de las operaciones realizadas en la planta se ejecutan en cumplimiento de lo señalado en el en el D.S. N2 160/09 MINECON.

Fiscalización: Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales, Municipales y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.9.4. D. S. N2 158, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total, del Ministerio de Obras Públicas, publicado el 07 de Abril de 1980.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: Se pueden generar eventuales requerimientos de transporte que cumplan estas características.

Acreditación de cumplimiento: En el eventual caso de transporte de equipos para la etapa de construcción, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad. Este transporte se efectuará con la debida coordinación con las autoridades municipales, policiales y con los servicios públicos con competencia, con los que se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Fiscalización: Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales de la Dirección de Vialidad y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.1.2.10. Patrimonio Arqueológico 4.1.2.10.1. Ley N? 17.288 Legisla sobre Monumentos Nacionales, del Ministerio de Educación Pública,

publicada el 4 de Febrero de 1970.

Fase del Proyecto vinculada: Etapa de construcción.

Relación con el Proyecto: Se realizarán movimientos de tierra y excavaciones en el sitio de emplazamiento del proyecto.

Acreditación de cumplimiento: En la etapa de construcción del Proyecto, y durante las actividades de excavación del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie, se realizará un monitoreo arqueológico permanente por parte de un arqueólogo o licenciado en arqueología, o un equipo de esta especialidad, según si los frentes de trabajo sean uno o varios.

Se remitirá al Consejo de Monumentos Nacionales un informe de monitoreo, con una frecuencia mensual, mientras duren estas faenas, elaborado por el arqueólogo, el que incluirá los siguientes antecedentes:

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— Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con indicación de la fecha.

— Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

— Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

— Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

Además, se realizarán charlas de inducción a los trabajadores de la etapa de construcción del Proyecto (específicamente, para las actividades de excavación del terreno y que consideren la remoción de la superficie) sobre el componente arqueológico que podría ser encontrado en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Los contenidos de la inducción realizada y constancia de asistentes a la misma se entregarán en los informes mensuales de monitoreo arqueológico

Se elaborará un informe final de monitoreo arqueológico que dará cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluirá la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica del lugar del Proyecto, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad, si corresponde) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad, según sea el caso.

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N* 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N” 20 y 23 del Reglamento de la Ley N2 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del Proyecto. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva será indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. El Proyecto solventará los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

Fiscalización: Consejo de Monumentos Nacionales y Superintendencia del Medio Ambiente.

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”, requiere sólo del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 94 del D.S. N295/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, respecto del cual, se puede indicar lo siguiente:

Artículo 94: Si bien la SEREMI de Salud no ha emitido pronunciamiento sobre la materia, se establece que los antecedentes contenidos en el expediente de evaluación ambiental del proyecto, dan cuenta que el titular ha entregado los contenidos técnicos y formales que son necesarios para acreditar su cumplimiento y

su otorgamiento, siendo éstos los siguientes:

e Memoria técnica de las características de construcción: Las características constructivas del proyecto, se encuentran descritas en los numerales 2.6 y 2.7 de la DIA, plasmadas en “Descripción de partes, acciones y obras físicas del Proyecto” de la descripción de proyecto del presente Informe Consolidado de Evaluación.

e Plano de planta: Entregado en el Anexo 2 de la DIA y que ha sido complementado por la Adenda 1 y Adenda 2 del proyecto.

  • Memoria técnica de los procesos productivos y su respectivo flujograma: En el numeral 2.7.2 de la DIA, se entregaron los antecedentes de los procesos operativos compuestos por el almacenamiento,

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distribución y suministro de combustibles. El diagrama o flujograma de procesos, fue entregado numeral 5.2 letra c) de la DIA.

e Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química. En el numeral 2.8 de la DIA, están descritas las emisiones, descargas y residuos del proyecto, como asimismo, sus formas de manejo, lo cual, se ha complementado en las respectivas Adendas proyecto. Asimismo, el proyecto cuenta con procedimientos de tareas específicas destinado a prevenir eventuales riesgos que pudiese generar el proyecto, y para el evento que ello ocurra, existe un plan de Emergencias para abordar las contingencias que se presenten, especialmente respecto de derrames de combustibles e incendios.

e Medidas de control de riesgo a la comunidad: Estas fueron entregadas en la DIA y han sido complementadas en las Adendas del proyecto, especialmente en la Adenda 2. Se identifican los riesgos naturales y antrópicos que están asociados al proyecto, los cuales son abordados con las medidas establecidas en el Plan de Emergencias que se ha entregado, lo cual, está apoyado directamente con el Sistema de Gestión de Seguridad y Medio Ambiente que el titular aplica en todos sus proyectos u obras, antecedentes que son parte de la DIA. También, se ha entregado un plan de evacuación (Anexo 2 de Adenda 2).

e Anteproyecto de medidas de control de riesgos de accidente y control de enfermedades ocupacionales: El titular posee un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud de los trabajadores, que contempla la prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, que aplica en todas las instalaciones y oficinas de la empresa, donde el proyecto en evaluación no será la excepción. Estos antecedentes se encuentran en el Anexo 4 de la Adenda 2.

Adicionalmente, el titular ha entregado en el Anexo 5 de la Adenda 2, el Reglamento Especial de Higiene y Seguridad para Empresas Contratistas y Subcontratistas de COPEC S.A., que es de cumplimiento obligatorio para las empresas externas, y donde se abordan exigencias para prevenir y evitar los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.

Todos éstos antecedentes, han sido conocidos por el Comité Técnico de Evaluación (Acta N* 9 de fecha 11 de marzo de 2013), instancia donde además, el representante de la SEREMI de Salud, expresó que el proyecto cumple con los requisitos ambientales para el otorgamiento de este permiso ambiental sectorial y que si bien, puede existir falencia en la entrega de algunos antecedentes, éstos son netamente de carácter sectorial (no ambiental), los que deberán ser subsanados en la tramitación sectorial que el titular debe realizar ante la Autoridad Sanitaria.

5.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N2 19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía” no genera ni presenta ninguno de los efectos, características y circunstancias. descritas en el artículo N* 11 letras a), b), c), d), e) y f) de la Ley N” 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, desarrollados en los artículos 52, 62, 82, 92, 102 y 112 del Título Il del Reglamento del SEIA, motivo por el cual, sólo procede presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), todo ello en conformidad al artículo 42 del mencionado Reglamento.

5.1. Con relación al Art. 11 letra a), Riesgo para la salud de la Población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, no se presentan tales efectos toda vez que:

Los únicos residuos líquidos que generará el proyecto, corresponden a las aguas servidas originadas por el personal. Para ello, se contempla lo siguiente:

  • Durante la fase de construcción del proyecto, no realizará evacuación a ningún cuerpo de agua superficial o subsuperficial, dado que la instalación de faenas y las áreas de trabajo serán dotadas de baños químicos cuyos servicios serán subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el D.S. N” 594/1999 modificado por el D.S. N” 201/2001 del Ministerio de Salud. Para su manejo los

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baños químicos serán proporcionados y mantenidos por una empresa autorizada que realizará la recolección y disposición de los residuos generados. El titular velará que el contratista mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de estos servicios.

e Las aguas servidas que se generen en la fase de operación del proyecto, serán evacuadas mediante conexión respectiva, hacia el sistema de alcantarillado particular del proyecto Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, autorizado según RCA 252/2006.

Respecto de las emisiones atmosféricas, éstas se generarán principalmente durante la fase de construcción, correspondiendo a material particulado producido durante las actividades de excavación y movimientos de tierra en el sitio de emplazamiento del proyecto, que son necesarias para la instalación en forma subterránea de los estanques de almacenamiento de combustibles que se contemplan. Asimismo se generarán emisiones derivadas del tránsito de camiones y maquinarias en el sitio de construcción de las obras y por el transporte de insumos y residuos. Para minimizar estos efectos, que tienen un carácter puntual y acotado, se considera la humectación de caminos, cubrimiento de la carga, exigir que los vehículos relacionados con el proyecto cuenten con su revisión técnica al día y establecer límites de velocidad máxima de circulación (30 Km/hora).

Con relación a las emisiones de ruido, las actividades de este proyecto que está inserto dentro del predio donde se desarrollan las faenas del Aeropuerto Regional de La Araucanía, no generará alteraciones a los impactos ya evaluados y mitigados que fueron establecidos en la RCA N*252/2006 de la COREMA Regional y que corresponden a los producidos por la maquinaria y vehículos utilizados en la excavación terreno y remoción de superficie contemplados en la fase de construcción y también aquellos derivados de la construcción de pista e instalaciones, donde en su momento, se adoptaron las medidas de mitigación que el presente proyecto también implementará, donde se considera principalmente, utilizar maquinaria con equipos silenciadores en óptimas condiciones, mantener una jornada laboral de 45 horas a la semana de lunes a sábado y evitar producir ruido en días festivos (Pág. 7-3 del ElA).

El proyecto contempla generar residuos sólidos domésticos y residuos sólidos industriales del tipo peligroso y no peligroso, todos los cuales serán debidamente acopiados en recinto autorizado sanitariamente, para luego ser retirados y dispuestos en sitios autorizados por la SEREMI de Salud.

Por último, se cuenta con planes de contingencias que se activarán para abordar eventualidades que pudiesen presentarse en las distintas fases del proyecto, en especial, los potenciales derrames de combustible.

Considerando que, la cantidad de residuos, emisiones y efluentes son adecuadamente manejados y que se dará cumplimiento con la normativa de emisión y manejo, junto a exigencias adicionales el proyecto no generará riesgos para la salud de la población en relación a la calidad y cantidad de estos residuos y efluentes.

5.2. Con relación al Art. 11, letra b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, no se presentan tales efectos toda vez que:

Respecto del Componente Fauna:

Cabe señalar que el Nuevo Aeropuerto Regional de La Araucanía, obra de la que este proyecto forma parte integral al estar inserto dentro de su superficie, se encuentra en plena etapa de construcción, y por lo tanto, a la fecha de presentación de esta DIA, se han ejecutado actividades, principalmente las referidas a la preparación del terreno y despeje, que han considerado el corte de vegetación y despeje de matorrales y el escarpe o retiro de la capa vegetal (orgánica), incluida el área 26, que corresponde al sitio de emplazamiento de las instalaciones de combustible.

Además, el Servicio Agrícola y Ganadero, mediante Res. N*1320/2011, autorizó al Sr. José Manuel Retamal, a realizar un rescate de anfibios, reptiles y micro mamíferos con fines científicos, presentes en el área de intervención del Nuevo Aeropuerto Regional de La Araucanía, actividad que se realizó los días 8 y 11 de

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octubre de 2011 dando cuenta que los ejemplares capturados fueron liberados en sectores cercanos, según consta en informe de Empresa PROCON S.A. de fecha 27 de octubre de 2011. Por tanto, en el área del proyecto en evaluación, no se afecta este componente ambiental.

Respecto del Componente Flora:

Cabe señalar que el Nuevo Aeropuerto Regional de La Araucanía, obra de la que este proyecto forma parte integral al estar inserto dentro de su superficie, se encuentra en plena etapa de construcción, y por lo tanto, a la fecha de presentación de esta DIA, se han ejecutado actividades, principalmente las referidas a la preparación del terreno y despeje, que han considerado el corte de vegetación y despeje de matorrales y el escarpe o retiro de la capa vegetal (orgánica), incluida el área 26, que corresponde al sitio de emplazamiento de las instalaciones de combustible.

La CONAF mediante ORD N” 32-EA/2012, señalo que en el área de emplazamiento del proyecto en evaluación, no había existencia previa de bosques. Además, el área se encuentra previamente intervenida por las actividades que se han desarrollado para la ejecución del Nuevo Aeropuerto Regional, respecto del cual, ya se evaluaron los impactos sobre la flora y sus mitigaciones que se reflejaron en el correspondiente Plan de Manejo Forestal que se aprobó en esa oportunidad. Por tanto, en el área del proyecto en evaluación, no se afecta este componente ambiental.

Respecto del Componente Suelo:

El proyecto se emplaza dentro de una zona con cambio de uso de suelo otorgado mediante la RCA N252/2006 y que corresponde a uso industrial aeronáutico (Res. MINAGRI N52/2012), donde ya se ha materializado la pérdida de terreno, el dominio legal de las propiedades asociadas a la expropiación y sus actividades. Por tanto, en el área del proyecto en evaluación, no se afecta este componente ambiental.

Componente Agua:

El proyecto contempla realizar descargas de efluentes líquidos sobre ningún cuerpo de agua existente en el sector, por cuanto:

  • Durante la fase de construcción del proyecto, no realizará evacuación a ningún cuerpo de agua superficial o subsuperficial, dado que la instalación de faenas y las áreas de trabajo serán dotadas de baños químicos cuyos servicios serán subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el D.S. N* 594/1999 modificado por el D.S. N” 201/2001 del Ministerio de Salud. Para su manejo los baños químicos serán proporcionados y mantenidos por una empresa autorizada que realizará la recolección y disposición de los residuos generados. El titular velará que el contratista mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de estos servicios.

  • Las aguas servidas que se generen en la fase de operación del proyecto, serán evacuadas mediante conexión respectiva, hacia el sistema de alcantarillado particular del proyecto Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, autorizado según RCA 252/2006.

Sobre la base de los antecedentes presentados, se considera que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. Con relación al Art. 11, letra c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, no se presentan tales efectos toda vez que:

  • Reasentamiento de Comunidades Humanas: El concepto de reasentamiento de comunidades humanas está dado por la pérdida del territorio común que condiciona la interacción de los miembros de un

determinado grupo.

El proyecto en evaluación, no tiene la aptitud para generar tales efectos, toda vez que sus efectos están acotados exclusivamente al lugar de emplazamiento, y no contempla descarga de residuos líquidos industriales, con lo cual, no produce invasión u ocupación de otros territorios. La ejecución del proyecto se

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materializa en una parte del área destinada a la construcción y operación del Nuevo Aeropuerto Regional de La Araucanía, comprendida por terrenos que pertenecieron a particulares no indígenas, y que hoy corresponde al área de expropiación que se encuentra ejecutada. Por otra parte, esa área ya fue evaluada ambientalmente el año 2006, y hoy cuenta con cambio de uso de suelo para destino aeronáutico que fue aprobado mediante Res. MINAGRI N*52/2012.

Por otro lado, atendido que la zona de ubicación del proyecto en evaluación, corresponde al Área de Influencia Directa del ElA Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía, aprobado por la RCA N* 252/2006., no produce ningún tipo de afectación a los habitantes aledaños y comunidades indígenas en particular, tales como aumento de la densidad poblacional, intervención de algún sitio de significación cultural, afectación a la conectividad, bienes de equipamiento o servicio y su accesibilidad, o entorpecimiento de actividades culturales o religiosas, afectación de alguna actividad económica que sea el sustento de las comunidades. Además, se debe considerar que las actividades del proyecto no contemplan afectar cursos de agua, o el régimen hidrogeológico del acuífero, existente en el sector.

En resumen, el proyecto no genera relocalización de grupos humanos, ni menos alteración a sus sistemas de vida o costumbre.

5.4. Con relación al Art. 11, letra d) Localización próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, no se presentan tales efectos toda vez que:

El proyecto no se emplaza en una Zona de Interés Turístico Nacional (ZOIT) en virtud del DL 1224/75 del Ministerio de Economía, y tampoco se emplaza en tierra indígena proveniente de aquellos títulos señalados en el artículo 12 de la ley 19.253.

La ejecución del proyecto se materializa en una parte del área destinada a la construcción y operación del Nuevo Aeropuerto Regional de La Araucanía, comprendida por terrenos que pertenecieron a particulares no indígenas, y que hoy corresponde al área de expropiación que se encuentra ejecutada. Por otra parte, esa área ya fue evaluada ambientalmente el año 2006, y hoy cuenta con cambio de uso de suelo para destino aeronáutico que fue aprobado mediante Res. MINAGRI N*52/2012.

Revisado los antecedentes del proyecto en evaluación, por la CONADI, esta se pronunció conforme con el proyecto ya que cumple con la normativa de carácter ambiental y no se generan los efectos aludidos en el Art. 11 de la Ley 19.300. (Oficio CONADI N* 847/2012).

En resumen sobre la base del análisis del área donde se emplazará el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas a él, en cualquiera de sus fases, no producirá efectos adversos negativos sobre la población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

5.5. Con relación al Art. 11, letra e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, no se presentan tales efectos toda vez que:

El proyecto no se emplaza en una Zona de Interés Turístico Nacional (ZOIT) en virtud del DL 1224/75 del Ministerio de Economía, no es visible desde rutas turísticas (Ruta 5 Sur) y no obstruye el paisaje o turismo del sector. Atendido que la ejecución del proyecto se materializa en una parte del área destinada a la construcción y operación del Nuevo Aeropuerto Regional de La Araucanía, comprendida por terrenos que pertenecieron a particulares no indígenas, y que hoy corresponde al área de expropiación que se encuentra ejecutada. Por otra parte, esa área ya fue evaluada ambientalmente el año 2006, y hoy cuenta con cambio de uso de suelo para destino aeronáutico que fue aprobado mediante Res. MINAGRI N*52/2012.

Revisado los antecedentes del proyecto en evaluación, por el Servicio Nacional de Turismo, este se pronunció conforme con el proyecto ya que cumple con la normativa de carácter ambiental y no se generan los efectos aludidos en el Art. 11 de la Ley 19.300. (Oficio SERNATUR N? 0206/0362 de 2012).

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5.6. Con relación al Art. 11, letra f, alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural, no se presentan tales efectos toda vez que:

Revisados los antecedentes del proceso de evaluación se puede concluir que el proyecto no genera tales efectos negativos, toda vez que:

No existen en el área de intervención ningún sitio declarado como Monumento Nacional, tampoco hay presencia de sitios de significación cultural, pues el componente antropológico, y arqueológico ya se encuentra evaluado, y calificado ambientalmente mediante la Res. N” 252/2006 que aprobó el ElA Anteproyecto Referencial Nuevo Aeropuerto Región de La Araucanía.

Revisado los antecedentes del proyecto en evaluación, por el Consejo de Monumentos Nacionales y por la CONADI, estos se pronunciaron conforme con el proyecto ya que cumple con la normativa de carácter ambiental y no se generan los efectos aludidos en el Art. 11 de la Ley 19.300. (Oficio Consejo de Monumentos Nacionales N 321/2013 y Oficio CONADI N 847/2012).

Sin perjuicio de lo anterior, el titular ha comprometido la supervigilancia permanente de un arqueólogo o licenciado en arqueología, durante la fase de construcción del proyecto. En caso de producirse algún hallazgo, se procederá de acuerdo a lo estipulado en ley N* 17.288.

6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

6.1.- En la etapa de construcción del Proyecto, y durante las actividades de excavación del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie, se realizará un monitoreo arqueológico permanente por parte de un arqueólogo o licenciado en arqueología, o un equipo de esta especialidad, según si los frentes de trabajo sean uno o varios.

6.2.- Se remitirá al Consejo de Monumentos Nacionales un informe de monitoreo, con una frecuencia mensual, mientras duren estas faenas, elaborado por el arqueólogo, el que incluirá los siguientes antecedentes:

6.2.1.- Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con indicación de la fecha. 6.2.2.- Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

6.2.3.- Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

6.2.4.- Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

6.3.- Se realizarán charlas de inducción a los trabajadores de la etapa de construcción del Proyecto (específicamente, para las actividades de excavación del terreno y que consideren la remoción de la superficie) sobre el componente arqueológico que podría ser encontrado en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Los contenidos de la inducción realizada y constancia de asistentes a la misma se entregarán en los informes mensuales de monitoreo arqueológico.

6.4.- Se elaborará y entregará al Consejo de Monumentos Nacionales, un informe final de monitoreo arqueológico que dará cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluirá la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica del lugar del Proyecto, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad, si corresponde) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad, según sea el caso.

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6.5.- En caso de recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva será indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. Además, el Proyecto solventará los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

6.6.- Durante la fase de marcha blanca del proyecto, se elaborará y entregará al SEA, SEREMI de Medio Ambiente y SEREMI de Salud, el Plan de Contingencias definitivo del proyecto, atendido que durante la evaluación se ha entregado sólo una versión preliminar.

7.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Evaluadora de Proyectos, de la Región de La Araucanía

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía”, presentada por el Señor Álvaro Latorre Sanz, en representación de la empresa COPEC S. A.

2.- El titular deberá cargar las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos- ambientales.cl). Dicho ingreso se materializará en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.

3.- El titular deberá hacer entrega del Plan de Contingencias definitivo del proyecto, de manera previa al inicio de la fase de operación, el que deberá incluir además, las acciones preventivas y correctivas para eventos de derrames que alcancen la napa de agua presente en el sector de emplazamiento del proyecto. El plan deberá ser entregado en formato papel al Servicio de Evaluación Ambiental, SEREMI de Salud y Seremi

de Medio Ambiente.

4.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 94 del D.S. N* 95/2001 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5.- Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 24” de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, y en mérito de lo resuelto, ningún organismo del Estado podrá negar las autorizaciones, ni solicitar nueva información al proyecto, aduciendo razones de carácter ambiental.

6.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus

funciones.

7.- Que atendiendo a lo indicado en el artículo 8% de la Ley N? 19.300, sobre Bases del Medio Ambiente "Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley", si su proyecto se pretende modificar, deberá evaluar si dicha modificación amerita su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental.

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8.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, con copia a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales No Previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones

necesarias para abordarlos.

9.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad, representación legal

y/o domicilio.

10.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

11.- Contra la presente resolución procede por parte del titular el recurso de reclamación contemplado en el artículo 25 de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente.

ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE

SECRETARIO EJECUTIVO COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

da A

LMV/1BJ/dus

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Distribución:

e Sr. Alvaro Latorre Sanz

e Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

e Corporación Nacional Forestal, Región de la Araucanía

e Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía Dirección Regional SEC, Región de la Araucanía Gobierno Regional, Región de la Araucanía Ilustre Municipalidad de Freire Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de La Araucanía SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía SEREMI de Salud, Novena Región de La Araucanía SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de la Araucanía SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía SEREMI MOP, Región de la Araucanía Subdirección Nacional Temuco CONADI Superintendencia de Medio Ambiente Consejo de Monumentos Nacionales

Qe

e Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo

e Expediente del Proyecto "Construcción y Operación de Instalaciones de Combustible de aviación, Aeropuerto Regional de La Araucanía"

e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía

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