Evaluación SEA

Edificio Gamero #1541

Rol 7462804
SEA · DIA · Aprobado · 2012-10-23 · Región Metropolitana de Santiago · EMPRESA INMOBILIARIA EUROCORP S.A.

REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el Proyecto “Edificio Gamero 1t1541”.

Resolución Exenta N* 79/2013

Santiago, 06 de febrero de 2013

VISTOS:

1.

Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el Decreto Supremo N 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución N* 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la Resolución N? 110, de fecha 20 de agosto de 2012, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en las demás normas jurídicas aplicables al proyecto.

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Edificio Gamero +1541>”, presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por Empresa Inmobiliaria EUROCORP S.A., con fecha 23 de octubre de 2012.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Respecto a la DIA

e Oficio N*1841 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, con fecha 08/11/2012;

  • Oficio N*1810 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, con fecha 15/11/2012;

  • Oficio N"5033 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, con fecha 19/11/2012;

e Oficio N*2187 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 20/11/2012;

e Oficio N*947 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 20/11/2012;

e Oficio N8157 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 19/11/2012; *

e Oficio N*%8532 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 21/11/2012;

Respecto a la Adenda

e Oficio N“380 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 9/01/2013;

e Oficio N163 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 14/01/2013;

  • Oficio N*267 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de VIVIENDA y Urbanismo, RM, con fecha 18/01/2013;

El Acta de Comité Técnico de Evaluación, de fecha 21 de enero de 2013.

El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Edificio Gamero 41541”.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Edificio Gamero 41541”.

El acuerdo de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 24 de enero de 2013.

CONSIDERANDO:

l.

3.1

Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Edificio Gamero 141541”.

Que, el derecho de Empresa Inmobiliaria EUROCORP S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos

aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Anexos, la Adenda y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de esta resolución, el proyecto consiste en la construcción de dos edificios destinados a 663 viviendas, 205 estacionamientos y 50 bodegas. El proyecto inmobiliario comprende una superficie construida de 34.473 m? sobre una superficie de terreno de 6.160 m?, cuya población estimada corresponde a 1.894 habitantes.

El proyecto cuenta con factibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado otorgado por la empresa Aguas Andinas S.A.

La factibilidad de suministro de energía de la empresa Chilectra S.A., estará de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Servicios Eléctricos y Combustibles (SEC), y la cual a la fecha está en proceso de tramitación.

El proyecto contempla construir salas de basuras para cada edificio, ubicada principalmente en

el primer piso e igualmente contempla una zona de pre carguío localizado próximo al acceso del condominio.

Cada edificio contempla un grupo electrógeno estrictamente de emergencia, con transferencia automática de capacidad de 160 KW equivalente a 200 KVA. Este deberá atender los circuitos de alumbrado de emergencia, bombas de impulsión de agua potable, ascensores, alarma de incendio, robo, circuito cerrado TV, citofonía, portero eléctrico, portón de acceso vehicular, entre otros.

. Tipología.

El proyecto “Edificio Gamero 11541”, ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ya que cumple con lo establecido en el Artículo 3? letra h) del Reglamento del SEIA, que señala que... deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental los proyectos industriales y los proyectos inmobiliarios que se ejecuten en zonas comprendidas en

los planes a que se refiere esta letra, cuando los modifiquen o exista declaración de zona saturada o latente,

h.1. Para los efectos del inciso anterior se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos conjuntos que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional y/o de equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas o consulten la construcción de 300 o más viviendas. ”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto debe ingresar al SEIA, ya que contempla la construcción de 663 viviendas, dentro de la Región Metropolitana, zona declarada latente y saturada mediante Decreto Supremo N* 131, publicado en el Diario Oficial el 01 de agosto de 1996.

3.2. Localización.

El proyecto se emplazará en la comuna de Independencia, Provincia de Santiago, Región Metropolitana, especificamente en calle Gamero + 1541.

Las vías principales que convergen en el área de emplazamiento del proyecto corresponden a: calle Escanilla por el sector Oriente, Carrión por el Norte, Av. Fermín Vivaceta por el sector

Poniente y Gamero por el Sur. A continuación se presentan las coordenadas aproximadas del área del proyecto:

Tabla 1. Coordenadas UTM- Datum WGS 1984, VERTICE ESTE NORTE 345498 6300868 345533 6300867 345533 6300874 345569 6300874 345586 6300815 345542 6300806 345550 6300777 345510 6300769

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3.3. Superficie asociada al proyecto.

El proyecto inmobiliario comprende una superficie construida de 34.473 m? sobre una superficie de terreno de 6.160 m?, cuya población estimada corresponde a 1.894 habitantes.

Tabla 2. Cuadro resumen de las superficies del proyecto.

Superficies de Proyecto

Superficie Estacionamientos y Áreas Comunes bajo cota 0 (m?) 3.300 3.700 Superficie Estacionamientos cubiertos 1? Piso (m?) 400 Superficie Hall Acceso y Servicios 1”Piso (m”) 900 Superficie Pasillo y Áreas Comunes sobre cota 0 (m2) 5.280 Superficie Terrazas en Cubiertas (m%) 200 Superficie Interior Útil sobre cota 0 (m2) 24.393

Total Construido Proyecto ] 34.473 m?

El proyecto “Edificio Gamero + 1541” se ha proyectado en este terreno de la comuna de Independencia, consolidando el destino habitacional que caracteriza a este sector urbano, ampliando las posibilidades de acceso a departamentos.

La localización del edificio se justifica, debido a que se inserta en una zona prevista de uso residencial de acuerdo al Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y el Plan Regulador Comunal de Santiago.

3.4. Accesos. El acceso al proyecto es a través de la calle Gamero N* 1541.

3.5. Vida útil del proyecto. El proyecto considera una vida útil indefinida.

3.6. Descripción General del proyecto,

El proyecto “Edificio Gamero ++1541” el cual se emplazará en la comuna de Independencia, contempla la construcción de dos edificios destinados a 663 viviendas, 205 estacionamientos y 50 bodegas. El proyecto inmobiliario comprende una superficie construida de 34.473 m? sobre una superficie de terreno de 6.160 m?, cuya población estimada corresponde a 1.894 habitantes.

El proyecto contempla dos fases de desarrollo, correspondientes a la construcción y habilitación del edificio y la operación, que consiste en la etapa de ocupación del recinto por parte de los nuevos propietarios. Este proyecto no considera una fase de abandono.

3.6.1 Plano planta general (1? piso).

En la presente planta primer piso se considera construir un total de 85 estacionamientos para los habitantes del proyecto y 15 estacionamientos para visitas. Además, en esta planta se contempla hall de acceso por calle Gamero, áreas comunes, sala de estar, lavandería, gimnasio, administración, servicios de conserjería, salas multiuso, salas de basuras y pre carguío.

3.6.2 Plantas subterráneo nivel 1?.

La planta subterráneo nivel 1? está destinada principalmente a estacionamientos y bodegas. Se considera para este nivel una rampa vehicular que permitirá el acceso al piso superior y áreas comunes compuestas por un pasillo de circulación, caja de ascensores, rampa para discapacitados, escaleras de emergencia, red seca y red húmeda.

El primer subterráneo considera un total de 105 estacionamientos para residentes y estacionamientos para bicicletas. Además se ubicarán las salas eléctricas, grupos electrógenos, salas de bombas e hidropack, estanques, y una sala de basuras.

3.6.3 Planta piso 2? al 25”.

Esta planta tipo está destinada principalmente a departamentos y constituido por los ductos de basura, ascensores, escaleras, matriz de gas, medidores de agua y shaft de electricidad.

3.6.4 Agua Potable y Alcantarillado de Aguas Servidas.

El proyecto cuenta con factibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado otorgado por la empresa Aguas Andinas S.A.

3.6.5 Electricidad.

La factibilidad de suministro de energía de la empresa Chilectra S.A., estará de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Servicios Eléctricos y Combustibles (SEC), y la cual a la fecha está en proceso de tramitación.

3.6.6 Especificación de los sistemas.

3.6.6.1 Generalidades.

El proyecto se compone de dos edificios destinados a uso residencial; estacionamientos y bodegas. El condominio contempla un total de 663 departamentos, más un acceso vehicular por calle Gamero. Además posee áreas de conserjería, administración, lavandería, sala de estar, piscina, salas multiuso, asaderas y gimnasio, entre otros.

3.6.6.2 Red húmeda contra incendios. Se dispondrá en cada piso del edificio, de una llave de agua contra incendios y una manguera de emergencia según lo estipula el artículo 4.3.9% de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

3.6.6.3 Señalética.

Se contemplan señales gráficas en todas las vías de evacuación dando cumplimiento con lo establecido en el artículo 4.2.299 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

3.6.6.4 Red de agua caliente.

Cada edificio tendrá una central de agua caliente en el techo donde se dispondrán de dos calderas a gas natural con una potencia por definir.

3.6.6.5 Sistema de ventilación.

El proyecto inmobiliario considera un nivel subterráneo, el cual contará con sistema de extracción y renovación natural de aire y gases de combustión, acondicionado con rejillas en el

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nivel subterráneo y rampa vehicular que facilitará la ventilación y desplazamiento de aire entre el nivel inferior y superior.

3.6.7 Sala de basuras.

El proyecto contempla construir salas de basuras para cada edificio, ubicada principalmente en

el primer piso e igualmente contempla una zona de pre carguío localizado próximo al acceso del condominio.

Para el cálculo de producción de basura y considerando un factor de riesgo, en Chile se ocupa la cifra de 4 (L/dia/hab). El Condominio tiene 663 departamentos para un total de 1.894 usuarios. Los residuos se almacenarán en contenedores y posteriormente estos residuos serán tratados en una máquina compactadora que reducirá los volúmenes totales en una razón de 3 esa 1.

Las salas de basura y zona de pre-carguío para los dos edificios del proyecto, se encuentran indicadas en la figura 18 de la página 29 de la DIA.

3.6.8 Grupo electrógeno.

El grupo electrógeno usado en cada edificio funciona estrictamente de emergencia, con transferencia automática de capacidad 160 KW equivalente a 200 KVA. Este deberá atender los circuitos de alumbrado de emergencia, bombas de impulsión de agua potable, ascensores, alarma de incendio, robo, circuito cerrado TV, citofonía, portero eléctrico, portón de acceso vehicular, entre otros.

Por ser un grupo electrógeno de emergencia no se requiere acreditar mediante muestreo isocinético CH-5 para el cumplimiento de la norma de material particulado, según lo dispuesto en el instructivo de SEREMI de Salud. Además, los gases generados por los grupos electrógenos generalmente se ajustan a normas de la Comunidad Europea o de la EPA. Por lo que no se justifica el cálculo de tales emisiones.

3.6.9 Solución aguas lluvias.

Todas las aguas lluvias provenientes del edificio y terreno serán conducidas a través de canaletas hacia cámaras decantadoras, calculadas a través de datos hidrológicos en base a la superficie total del terreno. De acuerdo a esto se obtendrán, el índice de aguas lluvias del área, el coeficiente de ponderación de la zona, el índice de infiltración de aguas lluvia.

Una vez construido el edificio, la mantención del sistema de infiltración será de responsabilidad del de la administración, por lo que el titular con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema de evacuación de aguas lluvias durante la operación, dejará indicado en el Reglamento que la mantención permanente de estas obras deberá hacerse de la siguiente forma:

Limpieza periódica en cada elemento componente del conjunto evacuador de aguas lluvias (canaletas techo, piletas, cámaras y rejillas).

La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias, considerará las características del sitio de emplazamiento, y cumplirá con los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvia del Gran Santiago, y de acuerdo a las indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano,

3.7. Fase de construcción.

El tiempo estimado para la construcción es de 24 meses aproximadamente.

3.7.1 Mano de Obra.

El proyecto contempla dos fases de desarrollo, correspondientes a la construcción y habilitación del edificio y la operación, que consiste en la etapa de ocupación del recinto por parte de los nuevos propietarios. Este proyecto no considera una fase de abandono.

Tabla 3. Mano de obra y duración fase de construcción

Fase Duración Mano de obra aproximada Construcción | 22 meses. 160

3.7.2 Las actividades contempladas en la fase de construcción son: 3.7.2.1 Obras preliminares.

En esta etapa se llevarán a cabo las actividades de demolición de estructuras, instalación de faenas, habilitaciones de zonas de carga y descarga, señalizaciones al interior y exterior del predio, de modo de habilitar el predio para la construcción del edificio. Además, se instalará el cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo raschell o paneles OSB de 15 mm, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo, caída de material al exterior del área de faena, y atenuación de las emisiones sonoras que se puedan generar.

Estas instalaciones consisten básicamente en la instalación de contenedores, los cuales serán

subdivididos y habilitados para ser utilizados como oficinas, bodegas, comedores, vestidores y servicios sanitarios.

Los servicios sanitarios (Baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementadas de acuerdo al D.S. N* 594 de 1999 del MINSAL, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”. Para el suministro de agua potable, electricidad y el servicio de alcantarillado se solicitará oportunamente la conexión a las redes públicas correspondientes.

Cabe destacar que el sitio donde se proyecta construir los edificios se encuentra actualmente con construcciones que serán necesarios demoler y desmantelar sus estructuras.

3.7.2.2 Excavación.

El proyecto contempla la excavación para las fundaciones de los edificios, esto que la cantidad de material a remover es aproximadamente de 3.800 m3 de material integral y 1.600 m3 de tierra vegetal producto del escarpe del terreno. El transporte del material extraído a los sitios de disposición final, se realizará con camiones tolva de 12 m* aproximadamente.

Para minimizar las emisiones de material particulado el camino interior en dónde transitarán los camiones se encontrará compactado y estabilizado, además, se evitará en todo momento realizar acopios de material, cargando éste inmediatamente en los camiones.

El material extraído corresponderá principalmente a suelo natural, el cual será transportado y dispuesto en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana.

3.7.2.3 Obra gruesa.

Una vez preparadas las pilas de socalzado, la base del edificio, y puesta la losa principal encima del emplantillado, se iniciará la construcción de los pisos superiores. La obra será realizada con hormigón premezclado abastecido por camiones mixer.

3.7.2.4 Terminaciones.

Las terminaciones y las obras exteriores consisten básicamente en las faenas de habilitación del inmueble y de hermoseamiento de la estructura y los exteriores, entre las cuales se pueden mencionar las siguientes actividades: estucado y pintura de muros, instalación de cerámicas y alfombras, instalaciones de ventanas y puertas, muebles, guardapolvos y cornisas, papel mural, estucos y yesos interiores, entre otros.

En esta etapa se tendrá especial cuidado con las emisiones atmosféricas del tipo material particulado y de ruido mediante capacitación del personal y la implementación de medidas específicas, como: habilitación de ductos para el transporte de los residuos generados hacia los niveles inferiores, prohibición de la quema de cualquier material, instalación de mallas de retención de polvo, humectación de áreas de circulación de camiones.

3.7.2.5 Instalaciones.

La presente etapa contempla las distintas instalaciones involucradas en un proyecto inmobiliario tales como sanitarias, eléctricas, de climatización e instalación de gas, junto con la disposición de los ascensores y piscina.

3.7.2.6 Flujos vehiculares.

Durante la fase de construcción, el acceso al proyecto será por calle Gamero. El arribo de camiones de transporte de material será planificado, así como también su permanencia al interior de la obra, evitando aglomeraciones excesivas de vehículos en la obra o estacionados en la calzada, limitando la cantidad de camiones que ingresan a la obra a un máximo diario de 29 y a un máximo simultáneo de 3 en obra. En la tabla a continuación se presenta la cantidad de viajes por tipo de transporte.

Tabla 4. Cantidad de viajes anuales de camiones.

Tierra Escombros Otros Residuos Personal Año | Hormigón | Acero (Botadero) (Botadero) | Materiales Asimilables Obra Peligrosos 1 497 12 867 197 624 12 4,800 2 894 21 0 355 1.248 9 4.800

Fuente: Extracto Anexo N* 6 DIA. Estudio atmosférico.

(*) Se aclara que el tipo de transporte asociado a “Otros Materiales”, corresponderá a moldajes, pinturas, ventanas y material para pisos, utilizados en la fase de construcción del proyecto.

3.7.3 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de construcción son: 3.7.3.1 Emisiones Atmosféricas.

Las principales emisiones que se generarán, son las que se muestran en las siguientes tablas:

Tabla 5. Resumen de emisiones de MP10, fase de construcción.

Tipo de Emisión Actividad 1 2 Emisiones Directas Perforación 0,00118 0,00000 Escarpe 0,01253 0,00000 Excavación 0,17852 0,00000 Pesados camino no pavimentado 0,02152 0,00000 Livianos camino no pavimentado 0,00000 0,00000 Camino pavimentado interior 0,01446 0,00521 Acopio 0,07752 0,02584 Carga y volteo 0,00465 0,00094 Combustión maquinas 0,07110 0,00492 Combustión vehículos livianos 0,00000 0,00000 Combustión camiones 0,00016 0,00013 Emisiones Indirectas Transito caminos pavimentado 0,10906 0,09746 Carga y volteo 0,00465 0,00094 Combustión livianos 3,46E-05 3,46E-05 Combustión pesados 0,00588 0,00483 Emisiones de la fase de Operación Etapa operación 0,00000 0,00000 MP10 Total en (ton/año) 0,50128 0,14031 Emisión Máxima, según PPDA. (ton/año) 2,5 2,5 Fuente: Extracto Anexo N* 6 DIA. Estudio atmosférico. Tabla 6. Resumen de emisiones de gases, fase de construcción. Actividad 1 2 co NOx HC co NOx HC Combustión maquinaria 0,2118 | 0,8535 0,0965 0,0130 0,0574 0,0069 Combustión camiones al interior del recinto 0,0017 | 0,0047 0,0004 0,0014 0,0037 0,0003 Combustión vehículos livianos al interior del recinto 0,0005 0,0024 0,0003 0,0005 0,0024 0,0003 Combustión camiones al exterior del recinto 0,0643 0,2567 0,0139 0,0527 0,2106 0,0114 Combustión vehículos livianos al exterior del recinto 0,2095 0,1158 0,3166 0,2095 0,1153 0,3166 Emisiones fase de operación 0,0000 | 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 Total (ton/año) 0,2782 | 1,2331 0,4277 0,2791 0,3900 0,3355 Limite Max. PPDA (ton/año) 100 8 100 100 8 100

Fuente: Extracto Anexo N* 6 DIA. Estudio atmosférico.

3.7.3.2 Efluentes Líquidos.

  • Aguas Servidas: El consumo promedio diario de un trabajador se estima en 100 L/día, esto implica que como máximo, se tendrá un caudal de aguas servidas de 16 m/día (160 trabajadores máximo). Estas corresponden a las aguas provenientes de duchas, baños y lavamanos que se instalarán dentro de un conteiner ubicado en la zona de instalación de faenas, cumpliendo con lo señalado en el D.S. N 594/99 del Ministerio

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de Salud. Las aguas serán vertidas a la red pública de alcantarillado previa autorización por parte de la empresa sanitaria.

  • Lavado de ruedas de camiones: Se implementará un sistema de lavado de ruedas para evitar el arrastre del barro adherido a los neumáticos de los camiones debido a la humectación de caminos interiores y de accesos.

Las aguas servidas generadas por los baños químicos instalados para los trabajadores de la obra, serán retiradas por contratistas autorizados y llevadas a sitios de disposición final autorizada.

Considerando la posible o mínima presencia de aceites o grasas derivados del lavado de ruedas, se instalará una cámara desgrasadora, los elementos que se mantengan en flotación serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares de disposición final aptos para este tipo de residuos. Cabe señalar que esta cámara, contará con capacidad suficiente para evitar derrames, asegurando que éstas no escurran hacia bienes nacionales de uso público.

3.7.3.3 Residuos Sólidos.

Los residuos sólidos en la fase de construcción se pueden clasificar en tres categorías: la primera son los residuos que se generan por la actividad misma, principalmente la tierra removida y los escombros, por otro lado se tienen los residuos que generan los trabajadores, los que se asimilarán como residuos domiciliarios y finalmente los residuos asimilables a peligrosos, como desechos de

pintura, aceites pegamentos, entro otros. En la tabla siguiente, se indica la estimación de residuos sólidos para la fase de construcción.

Tabla 7: Estimación de los residuos para la fase construcción.

Fase Residuo Tipo de | Cantidad Almacenamiento Transporte Forma de Residuo (ton/mes) disposición final Construcción Inertes Escombros 213,38 Zona de acopio | Empresa Empresa - temporal autorizada por | autorizada por la T 600,36 : : Matñal la Autoridad | Autoridad Integral Sanitaria, Sanitaria, según Industriales No | Restos de | 0,5 Tambores metálicos de | 8%N listado listado . de Peligrosos madera 200 Litros de trasportistas destinatarios de la Restos de | 0,78 (Etiquetados) de la pagina | pagina web Fierro web , www.asrm.cl Peligrosos Pinturas 1,50 Bodega temporal www.asrm.c! Pegamentos 0,20 Diluyentes 0,20 Domiciliario Restos de | 1,92 Contenedores plásticos comida, papel, de 800 Litros con tapa servilletas, y bolsa plástica en su tela, plásticos, interior, distribuidos al etc. interior del predio

3.7.3.4 Impacto Vial.

El flujo de camiones asociado al proyecto durante la fase de construcción, se presenta en la siguiente tabla.

Tabla 8: Rutas de Ingreso y egreso de camiones durante la fase de construcción del proyecto.

Origen/Destino Vía N? Camión /día | Distanci | Categoría total (aproximado | a (Km) de ) viajes Hormigón/Zona Montevideo 0,16 Superior a 10.000 veh/día Proyecto Puerto Montt 0,79 Superior a 10.000 veh/día Autopista Central 1391 3 2,7 Superior a 10.000 veh/día Domingo Santa María " 1,4 Superior a 10.000 veh/día Fermín Vivaceta 0,7 Superior a 10.000 veh/día Gamero 0,16 Entre 500 y 10.000 veh/día Acero/Zona Proyecto Senador Jaime Guzmán 0,13 Entre 500 y 10.000 veh/día Colón 1,2 Superior a 10.000 veh/día Autopista Central 0,15 Entre 500 y 10.000 veh/día Autopista Central 33 1 1,2 Superior a 10.000 veh/día Domingo Santa María 1,4 Superior a 10.000 veh/día Fermin Vivaceta 0,7 Superior a 10.000 veh/día Gamero 0,16 Entre 500 y 10.000 veh/día Zona Gamero 0,16 Entre 500 y 10.000 veh/día proyecto/Botadero Fermín Vivaceta 0,45 Superior a 10.000 veh/día (NEXO RESIDUOS | Comandante Canales 0,5 Superior a 10.000 veh/día LTDA.) Costanera Norte 1.419 3 16,1 Superior a 10.000 veh/día Ruta 68 Ñ 1,1 Superior a 10.000 veh/día Camino A Noviciado 2,6 Superior a 10.000 veh/día Camino Cemento Melón 3,3 Superior a 10.000 veh/día Campo Alegre 0,7 Entre 500 y 10.000 veh/día Zona Gamero 0,16 Entre 500 y 10.000 veh/día proyecto/Residuos Fermín Vivaceta 0,45 Superior a 10.000 veh/día Asimilables a | Comandante Canales 0,5 Superior a 10.000 veh/día Peligrosos Costanera Norte 21 1 16,1 Superior a 10.000 veh/día Ruta 68 1,1 Superior a 10,000 veh/día Camino La Botella 0,84 Entre 500 y 10.000 veh/día Bilbao 1,3 Entre 500 y 10.000 veh/día Otros Materiales! | Presidente Frei Montalva 0,45 Superior a 10.000 veh/día Zona del Proyecto Calle Uno 0,06 Superior a 10.000 veh/día Ruta 5 5,1 Superior a 10.000 veh/día Autopista Central 552 2 57 Superior a 10.000 veh/día Domingo Santa María 1,4 Superior a 10.000 veh/día Fermín Vivaceta 0,7 Superior a 10.000 veh/día Gamero 0,16 Entre 500 y 10.000 veh/día Zona Proyecto/Av. | Gamero 0,5 Entre 500 y 10.000 veh/día Américo Vespucio Santos Dumont 1 Superior a 10.000 veh/día (Corresponden a'| Recoleta 9.600 19 1,7 Superior a 10.000 veh/día vehículos livianos) Einstein ? 0,9 Superior a 10.000 veb/día El Salto 1,3 Superior a 10.000 veh/día Las Torres 0,23 Superior a 10.000 veh/día

3.8. Fase de operación.

La fase de operación consiste en la ocupación de los inmuebles habilitados, incluyendo toda la infraestructura complementaria, suponiendo una vida útil del edificio es de carácter indefinida.

Las actividades de un edificio habitacional corresponden a las comúnmente conocidas, como son:

  1. Entrada y salida de habitantes, visitantes y trabajadores (jardineros, conserjes, personal de aseo, entre otros).

ii. Estacionamiento de vehículos. tii Vigilancia y mantención del condominio. iv. Limpieza del edificio y su alrededor.

v. — Extracción de basura. vi. Administración de las actividades (gastos comunes, arriendo, mantención, etc.).

Se estima que la población que habitará el proyecto es aproximadamente 1.894 personas. La cantidad de mano de obra en esta fase será aproximadamente de 15 personas, la que está compuesta principalmente por el personal de las actividades de servicios del edificio (administración, vigilancia, limpieza y mantención de máquinas del edificio principalmente).

3.8.1 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de operación son:

3.8.1.1 Emisiones Atmosféricas.

En la fase de operación se consideran los siguientes cálculos de emisión:

En

i Emisión por combustión de calderas. ii. — Emisión por combustión de grupo electrógeno.

la siguiente tabla se presenta un resumen de las emisiones generadas durante la fase de

operación del proyecto, producto de la realización de las actividades listadas anteriormente.

Tabla 9. Resumen emisiones de MP10, CO, HC y NOx.,

Operación MP10 co NOx SOx HC Calderas 0,12411 0,12411 1,37981 0,00012 0,00000 Grupos Electrógenos 0,00072 0,00564 0,02467 0,00004 0,00000 Total Emisión (ton/año) 0,12483 0,12975 1,40448 0,00016 0,00000 Límite Max PPDA (ton/año) 2,5 100,0 8,0 50,0 100,0

Fuente: Extracto Anexo N%6 DIA. Estudio atmosférico.

3.8.1.2 Residuos Líquidos.

En la fase de operación se estima un consumo medio diario de 550,0 m, estos efluentes serán vertidos a la red de alcantarillado público.

3.8.1.3 Residuos Sólidos.

La cantidad de residuos que se generan en un edificio habitacional dependen del número de usuarios de las instalaciones. Para el cálculo de producción de basura y considerando un factor de riesgo, en Chile se ocupa la cifra de 4 L/dia/hab. El condominio tiene 880 departamentos para un total de 2.248 usuarios.

Tabla 10. Cálculo de producción de basuras.

Viviendas N* de Producción Acumulación Compactación N? de personas basura (L/día) temporal (3 3:1 contenedores de días) 360 L 663 1.894 7.576 22.728 7.576 22

3.9. Fase de abandono.

5.1.

El proyecto no contempla fase de abandono.

Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental, en su Adenda, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (Emisiones Atmosféricas y ruido), Suelo (Residuos Sólidos y Residuos Sólidos Peligrosos), Agua (Manejo de Aguas y Manejo de Aguas Servidas), Vialidad Adyacente y Patrimonio Arqueológico.

Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, el titular no requiere presentar un Plan de Compensación de Emisiones según la estimación de emisiones presentada en el Estudio de Emisiones Atmosféricas incorporado en la Declaración de Impacto Ambiental.

10

5.1.4

El titular se obliga a lo siguiente en todas las fases del proyecto:

Dar cumplimiento a lo normado por el D.S. N? 66/2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), o aquel que lo reemplace.

Dar cumplimiento a lo señalado en el Decreto Supremo N*144/1961 Ministerio de Salud, o

aquel que lo reemplace, que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.

El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:

Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N* 75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”, o aquel que lo reemplace, en lo referido a que los vehículos que transporten desperdicios, arenas, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caerse al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc., deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.

Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga en Vias que Indica”.

Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3 y 5.8.5 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material, en lo referente a las siguientes medidas:

5.1.5.1 Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el periodo en que se realicen

las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

5.1.5.2 Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.

5.1.5.3 Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

5.1.5.4 Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

5.1.5.5 Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes

recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

5.1.5.6 Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las

precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

5.1.5.7 La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros

revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caida de material hacia el exterior.

5.1.5.8 Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

5.1.6

Además, el titular se compromete durante la fase de construcción a:

5.1.6.1 Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental

relacionados con prevención de contaminación en las faenas.

5.1.6.2 Se instalará señalética de reducción de velocidad al interior del terreno. La velocidad

que se permitirá en dicha zona será de 10 (Km/h).

5.1.6.3 Se realizará el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona

hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo.

5.1.6.4 Se controlará los limites máximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del

máximo de la tolva, además de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibición del uso de carpas que no cumplan con las características mencionadas.

5.1.6.5 Se realizará diariamente la limpieza de calle en el sector correspondiente al frente del

proyecto.

5.1.6.6 Se humectarán, como mínimo cuatro veces al día, las áreas de movimientos de tierra y

vías de circulación interna.

11

5.2.

5.2,

5.1.6.7 Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

5.1.6.8 El recinto contará con una zona de lavado de ruedas para camiones que egresen de la zona del proyecto.

5.1.6.9 Se construirá un cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de panel OSB hasta una altura de 2 m, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caida de material al exterior del área de faenas. Los cierres

podrán ser remplazados por los cierres perimetrales que pudieran ser desarrolladas con fin acústico.

5.1.6.10 Se prohibirá la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros.

5.1.6.11 Se realizarán mantenciones periódicas a las maquinarias, equipos, camiones y vehículos en general, a través de empresas externas, para así controlar las emisiones atmosféricas de gases contaminantes.

5.1.6.12 Se reforzarán las medidas de mitigación y evitará la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a Emisiones de ruido, el titular se obliga a lo siguiente:

1 Dar cumplimiento en todo momento con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, conforme al Decreto Supremo N38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto N146/1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.”, o aquel que lo reemplace, es decir, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor sensible al ruido (Comunidad vecina).

El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:

5.2.2 Se construirá una barrera de 3.8m de altura en el deslinde oriente del proyecto, conformado

por madera OSB de 15mm de espesor o material equivalente, con una densidad superficial igual o superior a 660 kg/m'. Esta medida estará orientada a proteger los receptores a nivel de suelo y baja altura que se puedan ver afectadas por la ejecución del proyecto.

5.2.3 La altura de la barrera propuesta es de 3.8m de altura, por lo tanto puede complementarse la

altura del muro perimetral existente (2.5m de altura) para obtener la altura requerida.

5.2,4 Se prohibirá el uso de bocinas en el ingreso de camiones al recinto y se instalará frente al

5.2.

portón una señalética “No Tocar Bocina”.

5 Los camiones que se encuentren a la espera de ingresar al recinto lo efectuarán con el motor del camión apagado.

5.2.6 Se cubrirán los vanos, de la fachada que enfrenten directamente a los puntos evaluados

(especialmente hacia los puntos “A”, “B”, “F”, “G” y “H” señalados en Anexo 3 de la Adenda), con madera OSB de 15 mm. de espesor en los pisos con faenas ruidosas en sectores específicos, en especial en los primeros pisos, con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior del recinto que se propagan al exterior,

5.2.7 A su vez se implementará, previa factibilidad técnica, un cierre en la losa de avance en los

5.2.

costados que enfrente a los receptores (hacia el exterior del proyecto). Este cierre podrá ser con paneles OSB u otro material de similares características de atenuación, ubicados verticalmente.

8 Analizar la factibilidad técnica de ubicar el sector de descarga del camión mixer lo más

alejados de los receptores (principalmente el Punto B Anexo 3 de la Adenda), siendo un lugar adecuado de descarga el sector central del área de la Obra.

12

Ml

5.2.9

5.2.10

5.2,11

5.2.12

5.2.13

5.2.14

5.2.15

5.2.16

5.2.17

5.2.18

5.2.19

A

Se destinará un área de funcionamiento para la betonera y bomba, así como para el corte de material, a nivel de superficie, que estará conformado por 4 paneles de madera OSB de l8mm de espesor (tres laterales más techo), revestidos interiormente con material absorbente por la cara en dirección a la fuente sonora con una densidad de 80 kg/m? y 50 mm de espesor. La dimensión del semi-encierro será la necesaria que permita realizar adecuadamente las faenas, recomendándose un recinto de 6x 8x 2,4 m de altura. La cara abierta del semi-encierro no deberá enfrentar a ningún receptor.

Para las faenas ruidosas que enfrenten directamente a puntos evaluados, se emplearán barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas de madera OSB de 15mm de espesor.

Estas pantallas tendrán una altura mínima de 1,8 metros y estarán conformadas por tres hojas de 1.5 metros de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas se montarán lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores.

Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de

mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente.

Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.

Mantención de los equipos.

Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.

Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones betoneros durante el periodo de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.

Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y

silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.

Las faenas de demolición y construcción del proyecto se deberán realizar sólo en horario diurno (7:00 horas a 21:00 horas).

Para toda la etapa de demolición y construcción, se deberá mantener el muro perimetral existente en el lugar de emplazamiento del proyecto, tal como lo muestran la Figura 8 “Distancia demolición y movimiento de tierra a puntos receptores” y la Figura 9 “Distancia construcción obra gruesa a puntos receptores” del Anexo N* 3 “Estudio Acústico Corregido” de la Adenda 1 de la DIA.

Para toda la etapa de demolición y construcción, se deberá implementar una barrera perimetral complementaria en el deslinde oriente del proyecto. La barrera deberá ser fabricada de paneles que posean una densidad superficial de al menos 10 kg/m?, La altura de la barrera será de 3.8 m, esta barrera se deberá implementar de acuerdo a lo mostrado en la figura 14 “Altura y ubicación barrera perimetral — Desarme y Movimiento de tierra y obra gruesa” del Anexo N* 3 “Estudio Acústico Corregido” de la Adenda 1 de la DIA.

Se cubrirán los vanos de la fachada del edificio en construcción con paneles de OSB de 15 mm. de espesor, en los pisos con faenas ruidosas que estén cerca de los potenciales receptores, con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior del recinto, lo

cuales se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio,

13

5.2.20

5.2.21

5.2,22

5.2.23

5.2.24

5.3,

5.3.1

Se deberá implementar un cierre en la losa de avance en los costados que enfrenten los

potenciales receptores. Este cierre deberá ser de algún material con densidad superficial de al menos 10 kg/m?.

Se destinará un área de funcionamiento para el corte de material y la bomba de hormigonado, a nivel de superficie, que estará conformado por 4 paneles de OSB de 18 mm de espesor (Tres laterales más techo), revestidos interiormente con material absorbente por la cara en dirección a la fuente sonora con una densidad de 80 kg/m? y 50 mm de espesor. La dimensión del semi- encierro será la necesaria que permita realizar adecuadamente las labores de trabajo. La cara abierta del semi-encierro no deberá enfrentar a ningún receptor.

Se deberá implementar pantallas móviles, las cuales se deberán ubicar frente a las fuentes más ruidosas y que estén cerca de los potenciales receptores determinados. Las pantallas estarán compuestas por tres hojas de paneles de 1.5 m de ancho, y con una densidad superficial de 10 kg/m2 cada una; se deberán revestir de material absorbente y éste se deberá cubrir con una malla tipo Raschell para evitar su deterioro. Las pantallas tendrán una altura mínima de 1.8 m y se deberán montar a 1 m de la fuente de ruido.

Se deberán implementar las medidas de gestión para el control de ruido indicadas en el apartado 7.3 del Anexo N* 3 “Estudio Acústico Corregido” de la Adenda 1 de la DIA.

El titular se obliga a lo siguiente en la fase de operación:

La aislación de los muros de los recintos donde se ubicarán equipos hidráulicos, eléctricos o de climatización, deberá ser la adecuada para que se cumpla la normativa de ruido ambiental vigente en el lugar donde se ubiquen los potenciales receptores, ya sean éstos del propio edificio o externos. Además, se deberá considerar la utilización de elementos

mecánicos que permitan desacoplar los equipos y ductos de la losa y muros de los recintos donde se encuentren instalados.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, por generación de Aguas Residuales y respecto del abastecimiento de Agua potable.

El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:

Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, o aquel que lo reemplace, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, en lo referido a la responsabilidad del titular respecto de la instalación, mantenimiento y limpieza de los servicios higiénicos provisorios (baños químicos) y abastecimiento de agua potable para la totalidad de los trabajadores durante la fase de construcción del proyecto. Lo anterior, principalmente relacionado a:

5.3.1.1 Que el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del

citado D.S,

5.3.1.2 Que los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo. 5.3.1.3 Que el punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en

las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del Titular del proyecto.

5.3.1.4 Que el Titular del proyecto debe cumplir con los artículos del Párrafo IV, “De los

5.3.2

Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas”, contenidos en el D.S. N* 594 de 1999 del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

Contar con abastecimiento de agua potable para sus trabajadores que cumpla con la calidad establecida en el D.S. N* 735 de 1969 del Ministerio de Salud, que establece el “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y sus

14

5.3.3

5.4,

5.4.1

5.4.2

5.4.3

5.4.4

5.4.5

5.4.6

5.4.7

5.4.8

5.4.9

5.4,10

modificaciones según Decreto Supremo N 131 de 2006 y Decreto Supremo N 76 de 2009, el Decreto Supremo 594 de 1999, del MINSAL y el Código Sanitario.

Dar cumplimiento a la Ley N*19.525 de 1997 del Ministerio de Obras Públicas, que “Regula el Sistema de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias”.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de Residuos Sólidos, Residuos Sólidos Peligrosos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:

Dar cumplimiento a lo establecido en Decreto Supremo N* 594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.

Dar cumplimiento al Decreto con Fuerza de Ley N* 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.

Dar cumplimiento al Decreto Supremo N” 148 del 2003 “Reglamento Sanitario para el Manejo de Residuos Peligrosos”, en lo relativo a su almacenamiento, transporte y su eliminación en sitios autorizados por el organismo competente.

Mantener un registro en obra de la Documentación (guías de despacho) que acredite que los residuos generados durante la fase de construcción del proyecto sean dispuestos en destinatarios autorizados por el organismo competente y que estarán a disposición de la autoridad en caso de requerirlo.

Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto,

deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Los escombros de la construcción serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.

Los residuos sólidos inertes generados por excavaciones, los de materiales empleados en la construcción (hormigón, enfierraduras, etc.), los excedentes de movimiento de tierra y los de materiales empleados en la construcción, deberán ser eliminados en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud del lugar de destino final. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. En caso de optar por esta alternativa el titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana, previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos.

Considerar, que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reúso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional.

Instalación de contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores

de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los 15

5.4,11

5.4,12

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5.4.14

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5.4.16

5.4,17

5.4.18

5.4.19

5.5.

5.5.1

residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección. Si no esta disponible en el sector, deberá contactar a la Municipalidad correspondiente o en su defecto a una empresa de residuos autorizada,

con el propósito de que dichos residuos se retiren regularmente, evitando la generación de focos de insalubridad.

Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, solicitará la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, el cual debe estar debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 y 19 del D.S. N 594/99 del Minsal, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Para el caso especifico de la eliminación de los residuos peligrosos, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N 148/03 del Minsal, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre

Manejo de Residuos Peligrosos”, enviando cada umo de estos materiales a lugares autorizados.

Dar cumplimiento a la Resolución N*7328 de 1976 del Ministerio de Salud, referente al “Reglamento Sobre Eliminación de Basuras en Edificios Elevados”.

Para el caso de las mantenciones de equipos y maquinaria a utilizar en la obra, éstas se realizarán con empresas externas, fuera del área del proyecto. Sin embargo, se implementará un registro en obra de los talleres autorizados donde se realizarán las mantenciones de maquinarias utilizados por la constructora.

Se deberá contar con una empresa que tenga autorización sanitaria vigente emitida por la SEREMI de Salud, para el traslado y disposición final de residuos peligrosos.

En el caso de que durante la actividad de demolición se identifiquen materiales que contengan asbesto, el titular dará cumplimento a los procedimientos sectoriales establecidos por la Autoridad Sanitaria, disponiendo los residuos generados de esta actividad en lugares autorizados según sea su clasificación. Igualmente, el titular dejará en su contrato con la empresa especializada en demolición, que se dé cumplimento a lo señalado anteriormente,

El titular se obliga a lo siguiente en la fase de operación:

Los residuos comunes deberán ser embolsados en domicilio y tirados a sala de basura por ducto metálico.

El sistema contempla la colocación de ductos de diámetro 51 cm., y closet para basura clasificada para cada piso.

La sala de basura será manejada por personal de aseo y el acceso de personas ajenas estará prohibido.

Se compromete a dar aviso a la Dirección de Aseo y Ornato de la Municipalidad de Independencia, con quince días de anticipación, a la fecha en que se debería comenzar el servicio de recolección municipal.

Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:

Operar, para el traslado de materiales, con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto Supremo N? 158 de 1980, que “Fija Peso Máximo

16

1

5.5.2

5.5.3

5.5,4

5.5.5

5.6.

5.6.1

5.7.

5.6.2

5.8.

5.7.3

de Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos” del Ministerio de Obras Públicas, o el que lo reemplace.

Realizar e implementar todas las medidas de gestión vial que se desprendan de la evaluación y respectiva aprobación del Informe Vial Básico ingresado de manera sectorial a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región Metropolitana. Deberá tener materializadas las medidas de gestión vial, de manera previa a la recepción final del proyecto.

Mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.

Cumplir con las rutas indicadas en Tabla 1. “Rutas de Ingreso y egreso de camiones durante la fase de construcción del proyecto” indicada en Adenda N*1 en respuesta a la Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Edificio Gamero +41541".

Se evitará la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 07:00 a 09:00 horas. y de 18:00 a 20:00 horas).

Respecto de los impactos ocasionados sobre el Medio Humano, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

Implementar un Plan de Manejo con la comunidad, de acuerdo al señalado en el Anexo N?3 de la DIA.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

Dar cumplimiento a la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

Respecto al suministro de Electricidad y Combustibles, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

Durante la fase de operación el proyecto contempla la instalación de calderas a gas natural, por lo que el titular contará con los Certificados de Aprobación emitidos por un Organismo de Certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N? 298/2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles, y deroga decreto que indica”.

  1. En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VIT del Decreto Supremo N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Edificio Gamero +f1541” requiere la obtención del siguiente Permiso Ambiental Sectorial establecido en dicho Reglamento:

6.1 El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que aplica a la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase o la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto, se informa lo siguiente:

17

6.1.

li.

ii.

iv.

vl

ii.

iii.

1 Al respeto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y su Adenda, pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio N*380 de fecha 09 de enero de 2013, condicionado a lo siguiente:

a) Fase de Construcción.

De acuerdo a lo declarado en la DIA y su adenda, el sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos dará cumplimiento a las disposiciones del DS 148/2003 del MINSAL, considerando como mínimo la habilitación de una bodega exclusiva para el almacenamiento de residuos peligrosos la que:

Se emplazará en un lugar definido dentro del área de faena. Contará con contenedores para el almacenamiento temporal de estos residuos al interior de la bodega, los que estarán señalizados.

Contará con piso sólido, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.

Tendrá un sistema de contención de derrames y un plan de acción frente a derrames, descritos en el Anexo 5 de la DIA

Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

En relación a la inaterialidad del cierre de este recinto, según lo indicado en la figura 1 de la Adenda 1, se muestra una bodega de almacenamiento con dos muros compuestos por mallas metálicas. Al respecto, el titular deberá tener presente que los muros de dicha bodega deben proteger los residuos almacenados de las inclemencias del tiempo y las condiciones ambientales, características que no son cubiertas por un muro construido en base a una malla metálica tipo acma, por lo tanto, se reitera al titular que las características constructivas de la bodega deberán estar dadas por la carga de combustible almacenada, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

Sin perjuicio a lo anterior, es opinión de la Autoridad Sanitaria Regional que el titular ha entregado la documentación necesaria para la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, por lo tanto, se pronuncia conforme, sin embargo el titular deberá considerar los puntos citados precedentemente al momento de solicitar la autorización sectorial a la SEREMI de Salud.

b) Fase de Operación.

De acuerdo a la información presentada, el sistema de acumulación y recolección de residuos asimilables a domésticos está conformado por 4 salas de basura, 2 por cada edificio. Las especificaciones de estas salas deberán ajustarse a lo propuesto en el punto 7.1.2 de la DIA, debiendo además, considerar entre otras, las siguientes características:

La capacidad de la sala de basura deberá permitir almacenar como mínimo el volumen de 3 días de basura, calculo según las dotaciones establecidas (4 lpersona/día), considerando además espacios de desplazamiento para el operador.

Los pisos y muros deben estar revestidos con cerámica, bordes redondeados. El piso de la sala deberá estar construido con pendiente de un 1% hacia la pileta de desagúc.

La sala deberá contar con luminaria protegida con foco tortuga u otro similar, ventilación protegida con malta mosquitera, puerta con peinazo metálico exterior, burlete de goma que arrastre el piso, extintor de incendio PQS tipo ABC y los siguientes accesorios: Parrilla Seleccionadora; lavaderos o lavamanos y receptáculo de lavado.

Al respecto, es opinión de la Autoridad Sanitaria Regional que el titular ha entregado todos los antecedentes necesarios durante la evaluación ambiental, por lo tanto, se pronuncia conforme.

Sin perjuicio a lo señalado en los puntos anteriores, se hace presente al titular que deberá cumplir con lo establecido en la Resolución N* 7328 “Norma Sobre Eliminación de Basuras Sobre Edificios Elevados”.

Asimismo, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 79 del Código Sanitario, en el sentido de que una vez obtenida la RCA favorable deberá solicitar la aprobación del proyecto y

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autorización de funcionamiento del sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, así como de las salas de basura contempladas para la fase de operación, según corresponda, ambas entregadas por la SEREMI de Salud.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.

Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

Que, el titular del Proyecto “Edificio Gamero 441541” deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

Que, el titular del Proyecto “Edificio Gamero ++1541” deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.

Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de

responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

Que, el proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental aplicable vigente, y a aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.

Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del Proyecto “Edificio Gamero +1541”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.

RESUELVE:

1.

Calificar ambientalmente favorable el Proyecto “Edificio Gamero 11541”, cuyo titular es EMPRESA INMOBILIARIA EMPRESA INMOBILIARIA EUROCORP S.A.

Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las

medidas, compromisos y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

Dichos compromisos ambientales deberán ser ingresados por el Titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos- ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según corresponda.

Certificar que el Proyecto “Edificio Gamero *1541”, cumple con la normativa de carácter ambiental; que requiere del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el artículo 93 del Título

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VII del D.S. N* 95/2001, del MINSEGPRES, el que se otorga, y que no genera ni presenta alguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300.

Se hace presente que procede en confía de la présente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servigio de Evaluadión Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados de A notificaciónidel presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cuaJquiér otgó recurso que se eftime oportuno.

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+. Intendencia de la Región Metropolitana.

Representante legal EMPRESA INMOBILIARIA EMPRESA INMOBILIARIA EUROCORP S.A.

Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana.

Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región Metropolitana.

Gobierno Regional, Región Metropolitana.

Hustre Municipalidad de Independencia.

Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana.

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana.

Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana. Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región Metropolitana. Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, Región Metropolitana. Superintendencia de Electricidad y Combustible SEC RM.

Superintendencia de Servicio Sanitarios.

Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente del Proyecto “Edificio Gamero 41541” Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana.

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