Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN V REGIÓN DE VALPARAÍSO
Califica ambientalmente el proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos”
Resolución Exenta N* 1 1 5
Valparaíso, 16 de Mayo de 2013
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
1.
La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda, del proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos", en adelante el proyecto, presentada por el Señor Eduardo Latorre Salas, en representación de PROQUIEL ETDA., con fecha 6 de Noviembre de 2012.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
a. Con relación a la DIA:
- Oficio N* 2672 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, de fecha 30/11/2012;
. Oficio N” 433 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso, de fecha 02/12/2012;
Oficio N* 4379 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, de fecha 03/12/2012;
-
Oficio N* 85-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso, de fecha 03/12/2012;
-
Oficio N* 4022 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, de fecha 04/12/2012;
-
Oficio N” 4286 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, de fecha 04/12/2012;
- Oficio N* 1707 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, de fecha 03/12/2012;
. Oficio N* 668 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, de fecha 05/12/2012;
-
Oficio N* 2589 sobre la DÍA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, de fecha 04/12/2012;
-
Oficio N” 2182 sobre la DIA, por Hustre Municipalidad de San Antonio, de fecha 06/12/2012;
-
Oficio N” 662 sobre la DIA, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, de fecha 10/12/2012;
-
Oficio N* 1706 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso, de fecha 12/12/2012; 7
» Oficio N” 1705 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, de fecha 12/12/2012;
- Oficio N* 5140 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 12/12/2012.
b. Con relación al Adenda N? 1:
» Oficio N” 331 sobre el Adenda 1, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, de fecha 07/02/2013;
- Oficio N” 75 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, de fecha 15/02/2013;
+» Oficio N* 257 sobre el Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, de fecha 18/02/2013;
-
Oficio N” 311 sobre el Adenda 1, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, de fecha 20/02/2013;
-
Oficio N”* 285 sobre el Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, de fecha 20/02/2013;
-
Oficio N” 105 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, de fecha 25/02/2013;
» Oficio N 450 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, de fecha 26/02/2013; + Oficio N 0394 sobre el Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de San Antonio, de fecha 28/02/2013.
c. Con relación al Adenda N? 2:
-
Oficio N? 596 sobre el Adenda 2, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, de fecha 02/04/2013.
-
El Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos", de fecha de abril de 2013;
-
El Acta de Evaluación N* 18/2013 de la reunión del Comité Técnico de Evaluación de la Región de Valparaiso, de fecha 15 de febrero de 2013;
-
El Acta de la Sesión N* 8 de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, de fecha 16 de mayo de 2013;
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos";
-
Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2” del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N” 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
-
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos".
-
Que, el derecho de PROQUIEL LTDA. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
-
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos” consistirá en la implementación y operación de seis (6) bodegas para el almacenamiento de sustancias químicas peligrosas, según su clase de peligrosidad y compatibilidad. El almacenamiento proyectado será parte de las actividades propias del titular que, entre otros aspectos, considera la comercialización de productos terminados que obtiene de proveedores a nivel nacional e internacional. Las sustancias peligrosas a almacenar, corresponderán a gases comprimidos no inflamables y sustancias
inflamables, comburentes, tóxicas, corrosivas y peligrosas varias, con clasificación 2.2, 3.1, 5.1, 6, 8 y 9 según NCh. N* 382.0£2004, respectivamente.
Además, la actividad de transporte de las sustancias a almacenar en el área del proyecto será realizada a través de terceros, por lo cual esto no será parte del actual proyecto en evaluación.
La vida útil del proyecto se estima que será indefinida, y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental, éste comenzará su ejecución una vez obtenida la respectiva calificación ambiental favorable.
El monto de inversión total estimado para la ejecución del proyecto, será de US$1.500.000.-
Durante la etapa de construcción, en promedio, se requerirá contratar a 10 (personas), proyectándose un máximo de 20 (personas/mes); y durante la etapa de operación, a 4 (personas), con un máximo de 10 (personas).
3.1. Localización,
El proyecto se desarrollará al interior de predio que se ubica en camino San Juan de Leyda, ruta G-904 N* 16983, lote 5, comuna y provincia de San Antonio, región de Valparaíso.
El acceso vial al predio, tanto de entrada como de salida, se realizará a través de la ruta G-920 existente.
Con relación a los deslindes del predio, se tendrá que por el Norte, limitará con línea férrea a San Antonio, y después con la ruta 78, Autopista del Sol; por el Sur, con la ruta G-920, correspondiente a camino vecinal La Marqueza; por el Este, con terreno eriazo de uso industrial; y por el Oeste, con la ruta G-904, correspondiente al camino Leyda — San Juan — Tejas Verdes.
En la DIA, Figura 1, se muestra la ubicación general del proyecto y sus vecinos colindantes.
3.2. Coordenadas.
Las coordenadas UTM de la localización del predio en el cual se llevará a cabo el proyecto, serán 6.278.169 Sur y 272.009 Este, según Datum WGS84 Huso 19.
3.3, Superficies del Proyecto, Incluidas Obras y Acciones Asociadas.
El proyecto se desarrollará en un predio que tiene una superficie total de 14.829,40 (m?). Sin embargo la superficie total construida correspondiente al proyecto, será de 5.174,30 (m?), que se distribuirá de la siguiente manera:
Instalación Superficie me
A 758,62
B 490,48
€ 742,47
D 742,47
E 1.484,94
F 247,84 FOTO
Y, Superficie entre Bodegas D y E 66,97
Area del personal 38,18
3.4. Descripción de Obras e Instalaciones Proyectadas.
Entre las instalaciones que compondrán el proyecto, se tendrán:
a. Caseta de control. Contará con servicio higiénico y suministro de agua para consumo humano desde el sistema de suministro existente en el predio vecino al área del proyecto, de propiedad de RENTAS SOINVER LTDA.
b. Sala de cambio y baños para el personal. Estas instalaciones contarán con suministro de agua similar al de la caseta señalada antes. La sala contará con flujo unidireccional, sistema de doble casilleros para la ropa limpia y de trabajo sucia, lavadora y secadora. La lavadora sólo se empleará para la ropa de trabajo que se utilizará dentro de las instalaciones proyectadas y que no estuviera contaminada con alguna sustancia química peligrosa, considerando sólo las de uso personal.
c. Bodega A, aislada, construcción tipo “a”, para sustancias comburentes Clase 5.1 según NCh. N*
382.0f2004, con las siguientes características:
i. Superficie total de 758,62 (m?), con 36,12 (m) de largo interior, 20,49 (m) de ancho interior, 7,50 (m) de altura de hombro y 9,10 (m) de altura cumbrera.
ii. Capacidad de almacenamiento de 720 (ton).
ii.
iv.
vi. vil. viii. ix.
xi.
xii.
xiii. xiv.
La materialidad constructiva consistirá en pilares de hormigón armado; cierre de albañilería en altura de 3 (m), y el resto con panel de Zinc Alum, tipo PV4; cercha de acero; y cubierta con panel de Zinc Alum, tipo PV4.
El piso corresponderá a un radier de hormigón armado e impermeable, con pendiente interior de 1%, hacia el sistema de control de derrames perimetral que se describe en el Considerando 3.14 de esta Resolución.
Los elementos verticales se compondrán de cinco elementos soportantes verticales, con RF- 120; y seis muros no soportantes y tabiques, con RE-30.
Los elementos horizontales, consistirán en ocho elementos soportantes horizontales, con RF- 120; y techumbre, incluido cielo, con RF-60.
Además contará con muros cortafuegos con RF-180, y puertas y escape con RF-22,5. Tendrá tres accesos a nivel y contará con salida de emergencia.
Contará con sistema de detección y extinción de incendios, del tipo semiautomático, de aplicación manual, que estará conformado por gabinetes de manguera colapsable de 1 Y”, normados por National Fire Protection Associaton (NFPA), y que tendrán una autonomía de 60 minutos de aplicación, operando dos de ellos en forma simultánea. El sistema de extinción utilizará agua como agente de control y su distribución se realizará mediante cañerías que proporcionarán una protección interior, exterior y perimetral.
Se implementarán detectores fotoeléctricos del tipo enlace o beam; pulsadores manuales de doble acción a palanca; y, sirenas de evacuación de sonido ululante multitono, con luz estroboscópica.
Contará con panel de control de incendio, que se ubicará en la portería y que contará con baterías de respaldo que le permitirán una autonomía de 24 horas en caso de corte de energía eléctrica de la red pública. Adicionalmente, se proveerá de un sistema de alimentación ininterrumpida (UPS), el cual aumentará su respaldo, en al menos 6 horas más.
Las áreas de carga y descarga, contarán con una pendiente negativa de 11,5% para la posición del vehículo respectivo. Esta estructura será de hormigón, con un espesor de 13 (cm), para tránsito pesado, y se encontrará techada.
Contará con sistema de ventilación que garantizará al menos 12 cambios de aire por hora.
La instalación eléctrica se realizará conforme a lo que se establece en la normativa vigente aplicable,
9
Bodega B, aislada, construcción tipo “a”, para sustancias inflamables Clase 3.1 según NCh. N* 382.0f2004, con las siguientes características:
i
ii. til
iv.
vi vii. viii
ix.
xi.
xii.
Superficie total de 490,48 (m2), con 23,95 (m) de largo interior, 19,90 (m) de ancho interior, 6,0 (m) de altura de hombro y 7,55 (m) de altura cumbrera.
Capacidad de almacenamiento de 320 (ton).
La materialidad constructiva consistirá en pilares de hormigón armado; cierre de albañilería en
altura de 3 (m), y el resto con panel de Zinc Alum, tipo PV4; cercha de acero; y cubierta con panel de Zinc Alum, tipo PV4.
El piso corresponderá a un radier de hormigón armado e impermeable, con pendiente interior de 1%, hacia el sistema de control de derrames perimetral que se describe en el Considerando 3.14 de esta Resolución.
Los elementos verticales se compondrán de cinco elementos soportantes verticales, con RF- 120; y seis muros no soportantes y tabiques, con RF-120.
Los elementos horizontales, consistirán en ocho elementos soportantes horizontales, con RF- 120; y techumbre, incluido cielo, con RF-60.
Además contará con muros cortafuegos con RF-180, y puertas y escape con RF-90, Tendrá un acceso a nivel y una salida de emergencia,
Contará con sistema de detección y alarma de incendios, mediante detectores del tipo Rate Compensación, de umbral de calor de 198 (%F) (68? C), que estarán conectados de forma direccionada al panel de control de incendios.
Se implementará un sistema de extinción de incendios automático que se basará en la aplicación de polvo químico seco, del tipo B:C, Bicarbonato de Sodio.
Las áreas de carga y descarga, contarán con una pendiente negativa de 11,5% para la posición del vehículo respectivo. Esta estructura será de hormigón, con un espesor de 18 (cm), para tránsito pesado, y se encontrará techada.
Contará con sistema de ventilación que garantizará al menos 12 cambios de aire por hora.
xiii. xiv.
La luminaria a implementar será del tipo antiexplosiva. Se emplazará a más de 5 (m) del muro medianero y otras construcciones.
Ego
Bodega C, adyacente, construcción tipo “a”, para sustancias tóxicas Clase 6.1 según NCh. N* 382.0f2004, con las siguientes características:
L ii
iii.
iv.
vi vii. viii. ix,
xi. xii.
Superficie total de 742,47 (m?), con 20,90 (m) de largo, 36,11 (m) de ancho interior, 7,50 (m) de altura de hombro y 9,10 (m) de altura cumbrera.
Capacidad de almacenamiento de 720 (ton).
La materialidad constructiva consistirá en pilares de hormigón armado; cierre de albañilería en altura de 3 (m), y el resto con panel de Zinc Alum, tipo PV4; cercha de acero; y cubierta con pane! de Zinc Alum, tipo PV4.
El piso corresponderá a un radier de hormigón armado e impermeable, con pendiente interior de 1%, hacia el sistema de control de derrames perimetral que se describe en el Considerando 3.14 de esta Resolución.
Los elementos verticales se compondrán de cinco elementos soportantes verticales, con RF- 120; y seis muros no soportantes y tabiques, con RF-30.
Los elementos horizontales, consistirán en ocho elementos soportantes horizontales, con RF- 120; y techumbre, incluido cielo, con RF-60.
Además contará con muros cortafuegos con RF-180, y puertas y escape con RF-22,5. Tendrá dos accesos a nivel y una salida de emergencia.
Contará con sistema de detección y extinción de incendios, del tipo semiautomático, de aplicación manual, que estará conformado por gabinetes de manguera colapsable de 1 Y”, normados por NFPA, y que tendrán una autonomía de 60 minutos de aplicación, operando dos de ellos en forma simultánea. El sistema de extinción utilizará agua como agente de control y su distribución se realizará mediante cañerías que proporcionarán una protección interior, exterior y perimetral.
Las áreas de carga y descarga, contarán con una pendiente negativa de 11,5% para la posición del vehículo respectivo. Esta estructura será de hormigón, con un espesor de 18 (cm), para tránsito pesado, y se encontrará techada,
Contará con sistema de ventilación que garantizará al menos 12 cambios de aire por hora.
La instalación eléctrica se realizará conforme a lo que se establece en la normativa vigente aplicable.
Bodega D, adyacente, construcción tipo “b”, para sustancias corrosivas Clase 8 según NCh. N* 382.0f2004, con las siguientes características:
L ii
iii.
iv.
vi. vii. viii. ix.
Superficie total de 742,47 (m?), con 20,90 (m) de largo, 36,11 (m) de ancho interior, 7,50 (m) de altura de hombro y 9,10 (m) de altura cumbrera.
Capacidad de almacenamiento de 720 (ton).
La materialidad constructiva consistirá en pilares de hormigón armado; cierre de albañilería en altura de 3 (m), y el resto con panei de Zinc Alum, tipo PV4; cercha de acero; y cubierta con panel de Zinc Alum, tipo PV4.
El piso corresponderá a un radier de hormigón armado e impermeable, con pendiente interior de 1%, hacia el sistema de control de derrames perimetral que se describe en el Considerando 3.14 de esta Resolución.
Los elementos verticales se compondrán de cinco elementos soportantes verticales, con RF- 120; y seis muros no soportantes y tabiques, con RF-30.
Además contará con muros cortafuegos con RF-180, y puertas y escape con RF-22,5.
Los elementos horizontales, consistirán en ocho elementos soportantes horizontales, con RF- 120; y techumbre, incluido cielo, con RE-60.
Tendrá un acceso a nivel, un acceso por andén y una salida de emergencia.
Contará con sistema de detección y extinción de incendios, del tipo semiautomático, de aplicación manual, que estará conformado por gabinetes de manguera colapsable de 1 Y”, normados por NFPA, y que tendrán una autonomía de 60 minutos de aplicación, operando dos de ellos en forma simultánea. El sistema de extinción utilizará agua como agente de control y su distribución se realizará mediante cañerías que proporcionarán una protección interior, exterior y perimetral.
Las áreas de carga y descarga, contarán con una pendiente negativa de 11,5% para la posición del vehículo respectivo. Esta estructura será de hormigón, con un espesor de 18 (cm), para tránsito pesado, y se encontrará techada.
xi. Contará con sistema de ventilación que garantizará al menos 12 cambios de aire por hora,
xii. La instalación eléctrica se realizará conforme a lo que se establece en la normativa vigente aplicable, g. Bodega E, adyacente, construcción tipo “b”, para sustancias peligrosas varias Clase 9 según NCh. N* 382.0f2004, con las siguientes características:
i. — Superficie total de 1.484,94 (m?), con 41,39 (m) de largo interior, 36,11 (m) de ancho interior, 7,50 (m) de altura de hombro y 9,10 (m) de altura cumbrera,
li. Capacidad de almacenamiento de 1.440 (ton).
iii. La materialidad constructiva consistirá en pilares de hormigón armado; cierre de albañilería en altura de 3 (m), y el resto con panel de Zinc Alum, tipo PV4; cercha de acero; y cubierta con panel de Zinc Alum, tipo PV4.
iv. El piso corresponderá a un radier de hormigón armado e impermeable, con pendiente interior de 1%, hacia el sistema de control de derrames perimetral que se describe en el Considerando 3.14 de esta Resolución.
v. Los elementos verticales se compondrán de cinco elementos soportantes verticales, con RF- 120; y seis muros no soportantes y tabiques, con RF-30.
vi, Los elementos horizontales, consistirán en ocho elementos soportantes horizontales, con RF- 120; y techumbre, incluido cielo, con RF-60.
vii. Además contará con muros cortafuegos con RF-1830, y puertas y escape con RE-22,5. viii Tendrá dos accesos a nivel, un acceso por andén y dos salidas de emergencia.
ix. Contará con sistema de detección y extinción de incendios, del tipo semiautomático, de aplicación manual, que estará conformado por gabinetes de manguera colapsable de 1 Y”, normados por NFPA, y que tendrán una autonomía de 60 minutos de aplicación, operando dos de ellos en forma simultánea. El sistema de extinción utilizará agua como agente de control y su distribución se realizará mediante cafierías que proporcionarán una protección interior, exterior y perimetral.
X. Las áreas de carga y descarga, contarán con una pendiente negativa de 11,5% para la posición del vehiculo respectivo. Esta estructura será de hormigón, con un espesor de 18 (cm), para tránsito pesado, y se encontrará techada.
xi. Contará con sistema de ventilación que garantizará al menos 12 cambios de aire por hora.
xii. La instalación eléctrica se realizará conforme a lo que se establece en la normativa vigente aplicable.
h. Bodega F, adyacente, para gases comprimidos no inflamables Clase 2.2 según NCh. N* 382,0£2004, con las siguientes características:
i. Superficie total de 247,84 (m?), con 13,15 (m) de largo, 24,37 (m) de ancho. Hi. Capacidad de almacenamiento de 288 (ton).
tii. — De estructura metálica, tipo malla acma; con acceso controlado; y, separación de envases vacíos de los llenos, por un distanciamiento mínimo de 1,2 (m).
iv. El piso será de hormigón armado. v. — Contará con muro cortafuego RF-180 en el área vecina a la Bodega E. vi. Tendrá un acceso por andén y una salida de emergencia.
vii. Contará con sistema de detección y extinción de incendios, del tipo semiautomático, de aplicación manual, que estará conformado por gabinetes de manguera colapsable de 1 Y”, normados por NFPA, y que tendrán una autonomía de 60 minutos de aplicación, operando dos de ellos en forma simultánea.
i. Área % superficie que se implementará entre las Bodegas D y E, y que corresponderá a un área techada y abierta a una cara según se establece en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
- Estacionamientos. Se implementarán 10 estacionamientos para vehículos, y 8 para los camiones que transportarán las sustancias a almacenar en el área del proyecto.
k. Pañol, que se implementará a un costado de la Bodega E.
3.5. Etapa de Construcción.
Esta etapa tendrá una duración de 9 meses, y la jornada laboral única será diurna, de 9,5 (h) diarias, considerando Lunes a Viernes, de 08:30 a 18:15 horas, con un descanso de 45 (min) para la colación.
Durante esta etapa se llevarán a cabo las siguientes actividades:
a. Instalación de faenas, que considerará la implementación de bodegas, servicios higiénicos y pañol para herramientas. También se considerarán oficinas, de construcción ligera principalmente.
Además, dentro del recinto, se dispondrán espacios para el estacionamiento de maquinarias, el acopio de materiales y el acopio temporal de residuos.
Se implementará malla raschel en todo el perímetro del precio en que se llevará a cabo las obras proyectadas.
En la DIA, Anexo 3, Plano Instalación de Faenas, se muestra la ubicación de las instalaciones señaladas.
b. Excavaciones y movimientos de tierra, para establecer las condiciones y niveles de cota que se requerirán para el levantamiento y construcción de las instalaciones proyectadas.
Primero se contemplarán actividades de emparejamiento total del terreno, retirando por completo la capa vegetal con maquinaria adecuada, luego de lo cual se implementará la instalación de faenas.
Una vez implementada la instalación de faenas, se comenzará con las actividades de escarpe y excavaciones.
El movimiento de tierra, contemplará el movimiento de 517 (m') de material por las actividades de escarpe, y 1.868 (m') por la excavación total.
c. Obras previas, considerando la implementación de: i. Una barrera acústica que se detalla en el Considerando 3.11 de esta Resolución; ii. Topografía y trazado de las instalaciones proyectadas; iii. Escarpe y nivelación; iv. Fundaciones. d. Obra gruesa, considerando la ejecución de: i. Obras civiles de hormigón; li. Estructuras metálicas; iii. Instalaciones sanitarias; iv. Instalaciones de control y combate de incendios; v. Instalaciones eléctricas; vi. Obras civiles de apoyo; vii. Sistemas de particulares de agua potable y alcantarillado;
viii. Obras de recolección y disposición de aguas lluvias. La red a implementar se realizará en zanja abierta, con taludes verticales de hasta 1 (m) de profundidad. En caso de requerirse profundidades mayores por las condiciones del terreno, se usarán taludes 3/2 (H/V) para garantizar la estabilidad de éstos. En la DIA, Anexo 6, se presenta el detalle de las especificaciones técnicas y ubicación de estas obras.
ix. Sistemas de control de derrames; x. Sistemas de ventilación. e. Terminaciones, que comprenderá la ejecución de: i. Cubierta y revestimiento exteriores; ii. Oficinas y salas de cambio;
iii. Obras de pavimentación interior y exterior, que corresponderán a la aplicación de asfalto en los estacionamientos y patio de carga, y de hormigón en las rampas de vehículos pesados. En la DIA, Anexo 6, se presenta el detalle de las especificaciones técnicas y ubicación de las obras de pavimentación.
iv. Revestimientos interiores. v. Paisajismo.
En la DIA, Anexo 9, se detallan las especificaciones técnicas constructivas de las instalaciones proyectadas.
La maquinaria y herramientas que se utilizarán durante esta etapa, se detallan a continuación:
Maquinaria Herramientas
Camión tolva Banco de sierra eléctrico Compresor Palas
Vibrador de hormigón bencinero Picotas
Maquinaria Herramientas Retroexcavadora de 1 (m') de capacidad Chuzos
Camión mixer de 7 (m') de capacidad Carretillas
Camión Y Esmeriles angular Pavimentadora Taladros
Bombas de agua Soldadora eléctrica Pala mecánica
No se realizarán operaciones de mantención de maquinarias ni camiones al interior del predio en que se ejecutará el proyecto. Tampoco se mantendrá almacenamiento de combustible.
Durante esta etapa, la colación y/o cualquier tipo de merienda, se realizarán fuera del área de trabajo, no permitiéndose la preparación de alimentos de ningún tipo.
Una vez terminadas las obras proyectadas, la instalación de faenas será desarmada por completo.
3.6. Etapa de Operación.
Durante esta etapa, la jornada laboral única será diurna, de 9,5 (h) diarias, considerando Lunes a Viernes, de 08:30 a 18:15 horas, con un descanso de 45 (min) para la colación.
Esta etapa del proyecto comprenderá la recepción, almacenamiento y despacho de sustancias químicas peligrosas.
No se contemplarán procesos productivos de las sustancias químicas a almacenar, y tampoco el fraccionamiento de las mismas, por lo que éstos no serán intervenidos más que para los movimientos logísticos asociados a las operaciones de carga, descarga, y ordenamiento de las sustancias al interior de las bodegas. La actividad de transporte de las sustancias químicas a almacenar en las bodegas proyectadas, hacia éstas o desde las mismas hacia destino final, no será parte del actual proyecto en evaluación dado que será realizado por terceros.
La capacidad máxima de almacenamiento de las instalaciones proyectadas, será de 4.056 (ton) de carga general de sustancias peligrosas,
A continuación se detallan los productos inflamables al igual que las cantidades que se considerará almacenar en las instalaciones proyectadas.
Producto Total a almacenar (kg) % en peso Acido Fórmico 76.596 25,28 Acido Acético 99% 76.596 25,28 Butilglicol 23.830 7,86 Cloruro de Metileno 23.830 7,86 Acido Propiónico 23.830 7,86 Dietilenglicol 17.021 5,61 Propilénglicol 17.021 5,61 Acido de Etilo 3.404 1,12 Ácido de vinilo 3,404 1,12 Acetona 3,404 1,12 Aditivos para combust. 3.404 1,12 Agua ras 3.404 1,12 Alcoholes 3.404 1,12 Demulsificantes asfalténicos 3.404 1,12 Detergentes para motores : 3.404 1,12 Etanol desn. 3.404 1,12 Etanol perf. 3.404 1,12 Hidrosulfito 3.404 1,12 Inhibidores de corro. 3.404 1,12 Isopropanol 3.404 1,12 Isopropil alcohol! 3.404 1,12 Mejorador de ind. de cetano 3.404 1,12 MIBK 3.404 1,12 Trazador para kerosen 3.404 112
Producto Total a almacenar (kg) % en peso Xileno 3.404 1,12 Total 302.976 100
Para el almacenamiento de las sustancias señaladas antes, se habilitarán las 6 bodegas que se detallan en el Considerando 3.4 de esta Resolución. Los procesos que se contemplarán en cada bodega, considerarán actividades de recepción, aprobación de
ingreso y el almacenamiento de las sustancias químicas que llegarán hasta el área del proyecto, según se detalla a continuación:
a. Ingreso de los camiones con las sustancias a almacenar en el área del proyecto; b. Recepción y verificación del tipo de sustancia a almacenar, y estado de la carga;
c. Descarga de las sustancias en andén de carga de la bodega en que se almacenará la misma, mediante grúa horquilla.
d. Testificación de la carga que considerará la identificación de la misma para el proceso de rotulado administrativo y logístico.
e. Rotulado. El proceso de etiquetado se efectuará de forma manual o mecánica, según las características del envase de la sustancia a almacenar, y respetando la etiqueta del fabricante de la misma al igual que la normativa vigente.
Paletizado, si corresponde. Ingreso a la bodega.
h. Ordenamiento de las sustancias químicas en cada bodega, según categoría de peligrosidad y asignación de rack o a piso. Cualquiera fuese la tipología de la sustancia a almacenar, ésta se mantendrá almacenada sobre pallets dispuestos en racks o a piso, respetando los criterios de apilamiento establecidos en la normativa vigente aplicable.
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i Despacho de las sustancias químicas almacenadas, según solicitud de los clientes.
Todos los productos a almacenar en las bodegas proyectadas, llegarán con sus respectivos certificados de calidad, sellados y envasados, en distintos formatos considerando, entre otros, IBC (Intermediate Bulk Container), de 1.000 (1); tambores de 200, 220 y 230 (Kg); tinetas de 14 a 45 (Kg); bins, de 1 (m3); cuñetes, de 50 (Kg); y sacos, de 25 (Kg), entre otros, y saldrán de la misma forma.
El retiro de las sustancias químicas, será coordinado previamente por el jefe de bodega respectivo, quien realizará los movimientos de los productos requeridos, a los vehículos que traiga el dueño de las mismas, quedando circunscrito el titular solamente al movimiento de mercaderías dentro de la instalación, mediante una grúa horquilla, para su posterior retiro desde el área de carga y descarga de la bodega.
Las actividades de carga y descarga, se llevarán a cabo en zonas techadas.
Una vez finalizado el proceso de descarga o carga del vehículo con las sustancias químicas a almacenar o retirar respectivamente, éste deberá retirarse inmediatamente del área del proyecto. Esta exigencia será controlada por el personal del guardia al ingreso del vehículo que, además, hará entrega de un folleto con la información asociada a las condiciones de permanencia dentro de las instalaciones, procedimiento de emergencias y medidas de seguridad que se deberán adoptar, durante los procesos de descarga y carga.
Complementariamente, el vehículo de transporte que hubiese ingresado al interior del recinto y localizado en la zona asignada, deberá detener el motor y quedar el chofer atento a las instrucciones que le pudiese entregar el personal del área de bodegaje.
Durante esta etapa, no estará contemplado que los trabajadores tuvieran contacto directo o manipularan las sustancias químicas peligrosas a almacenar en el área del proyecto.
3.7. Etapa de Abandono.
Durante la evaluación del proyecto, el titular señaló que no se contempla el abandono de las instalaciones, ya que en caso de poner término a las actividades no se contemplará el desarme o demolición de las edificaciones, y puesto que estas construcciones corresponderán a un activo del titular, se procederá a la venta de ellas, con sus respectivos permisos, para que funcione otro titular con el mismo giro de almacenamiento de sustancias químicas peligrosas u otro que permita el estándar y equipamiento de las instalaciones existentes.
Sin embargo, entre las actividades a llevar a cabo en caso de un cierre de las actividades o abandono del proyecto, se ejecutarán las siguientes:
a. El titular dará aviso a las autoridades respectivas, sobre el cierre o abandono de las instalaciones y del inicio de las acciones que estarán asociadas a esto.
b. Se mantendrá la infraestructura correspondiente a las bodegas, para su venta.
Los sistemas de control de incendios, perimetral y de ataque interior, el piping respectivo, las interconexiones de componentes periféricos (PCD, las bombas de impulsión de agua y la central de alarma, permanecerán en forma intacta, para el uso del nuevo propietario.
d. El sistema particular de alcantarillado permanecerá en forma intacta para el uso del nuevo propietario.
e. Los productos almacenados, productos en merma y/o envases, que no fuesen comercializados en un plazo de 6 meses, pasarán a ser considerados como residuos peligrosos, y serán declarados y enviados, en su totalidad, a lugar autorizado para realizar su manejo y/o disposición final, dando cumplimiento a los requisitos establecidos en el D.S. N” 148/2003 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Sanitarios sobre Manejo de Residuos Peligrosos, en todo momento.
f. El titular se compromete a revisar que los elementos constructivos no presenten ningún tipo de contaminación por productos químicos peligrosos previo a su venta. Además, se limpiarán todas las bodegas y los elementos resultantes de esta limpieza serán tratados como residuos peligrosos, dando garantía de que la venta de las bodegas no presente ningún riesgo para el comprador ni para el cumplimiento de la legislación vigente, que en continuidad de la actividad, deberá acatarse. Los residuos serán declarados y enviados a lugares autorizados para realizar su manejo y/o disposición final, dando cumplimiento a los requisitos establecidos en el D.S. N” 148/2003 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Sanitarios sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
g. Los residuos sólidos domésticos, también serán enviados a lugar autorizado para llevar a cabo su manejo y/o disposición final.
h. Durante el proceso de cierre o abandono, no se generarán emisiones puesto que no habrán obras o actividades que impliquen movimiento de materiales o desarme de las instalaciones y las emisiones a la atmósfera asociadas al movimientos de los productos químicos, durante su proceso de retiro,
corresponderán a las consideradas para la operación normal del proyecto, correspondiendo a las indicadas en la DIA, Anexo 3.
i. Una vez finalizados los trabajos de abandono, se procederá a presentar un informe definitivo a la Superintendencia de Medio Ambiente, informando los objetivos cumplidos y resultados obtenidos, con aportes de fotografías para corroborar la realidad de los resultados. El plazo de entrega de la información, será de 15 días hábiles, después de terminados los trabajos.
3.8. Insumos.
Durante la etapa de construcción se contará con un alimentador eléctrico que estará compuesto por un sistema de distribución dentro de la obra, con tableros. Además, se solicitará una autorización de empalme provisorio, para los requerimientos energéticos básicos en las labores de faena.
La provisión de agua para las actividades de humidificación que se llevarán a cabo durante la construcción de las instalaciones proyectadas, se realizará mediante camiones aljibe con descarga gravitacional. El agua será comprada a la empresa sanitaria correspondiente, en partidas de 10 (m?), por lo que tendrá calidad de potable. En la DIA, Anexo 26, se presenta boleta de la empresa ESVAL S.A. en relación a venta de agua aljibe para obra en San Juan Leyda.
El material base que se requerirá para el estabilizado del terreno, alcanzará a un volumen de 691 (m*); y la arena que se requerirá para albañilería, alcanzará a 111 (mé). Estos insumos serán adquiridos a través de proveedores que esten autorizados para ello.
El hormigón requerido para las fundaciones, cadenas y pilares, será de 937 (mi); el hormigón asfáltico para el pavimento interior, de 400 (m'); y el asfalto para el pavimento exterior, de 83 (m?). El hormigón y el asfalto, serán provistos por empresas externas autorizadas para dar este servicio y llegarán en camiones al área de la obra, listos para su aplicación, por lo que no se necesitará preparar mezclas en el área de la faena.
Durante la ejecución del proyecto, el suministro de agua para consumo humano será provisto desde el predio vecino, mediante contrato de cesión de servicios con la empresa RENTAS SOINVER LTDA. Por esto, en el área del proyecto, sólo se requerirá ejecutar un sistema de distribución del agua potable. En la DIA, Anexo 12, se presenta el detalle del sistema a implementar, incluyendo los planos y memorias de cálculo respectivas. Además, todos los antecedentes del pozo de abastecimiento de agua, su ubicación, la curva de agotamiento, y características de agua cruda, según INN NCh 409.0£2004, se presentan en detalle en la DIA, Anexo 13, Captación de Aguas.
Durante la etapa de operación del proyecto, se requerirá de una potencia de 80 (KW), en media tensión, que será provista a través de la red pública existente en el área en que se emplazará el proyecto, y no se utilizará ningún sistema de apoyo complementario.
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El agua que se requerirá para el riego de jardines y las especies arbóreas que serán parte de las obras de paisajismo que se detallan en la DIA, Anexo 18, se comprará a la empresa sanitaria correspondiente, por lo que tendrá calidad de potable. En la etapa inicial del riego, el agua será suministrada mediante camiones aljibe. Además, en caso que se obtuviesen los derechos de aprovechamiento de aguas del pozo que se ubica al interior del predio en que se ubicará el proyecto, se podrá utilizar el agua que se obtendrá de éste para la actividad de riego.
3.9. Transporte y Vialidad.
Durante la etapa de construcción, las vías de circulación al interior de la propiedad serán implementadas en todo el terreno, el cual contará con un acceso claramente señalizado. Además, se mantendrá en buen estado el acceso al proyecto, considerando las soleras y el pavimento, al igual que el aseo de los mismos.
Durante la etapa de construcción, el transporte de hormigón al área de la faena se programará en forma previa, en horario diurno y con rutas preestablecidas, tanto en la llegada como en la salida.
Se comunicará a todos los contratistas y proveedores de la etapa de construcción, que el ingreso a la faena será través del camino San Juan de Leyda, hasta el acceso por camino vecinal La Marqueza.
Al interior del predio en que se emplazará el proyecto, se implementarán 13 estacionamientos. Con esto se evitará que, durante la etapa de operación, los camiones realicen detenciones fuera de las instalaciones proyectadas y, particularmente, en la localidad de Leyda.
Además, el titular contemplará la implementación de todos los mecanismos que fuesen de su responsabilidad y accionar para coordinar las actividades de la etapa de operación, instruyendo a los proveedores del servicio de transporte y coordinando las operaciones desde el puerto hasta las instalaciones proyectadas.
Las rutas a utilizar durante la etapa de construcción, se especifican y muestran en la DIA, Anexo 22, sin embargo la ruta predominante, será de poniente a oriente, es decir del puerto de San Antonio a Leyda, siendo el acceso al área del proyecto por el camino San Juan de Leyda.
Durante la ejecución del proyecto, el tránsito de camiones se realizará cumpliendo las ordenanzas locales de tránsito, las cuales regulan horarios, velocidades y calles de circulación, de tal manera que no se afectara la calidad de vida de los vecinos del sector en que se emplazará el proyecto.
Durante la ejecución del proyecto, no se contemplará intervenir la actual infraestructura vial existente en las vecindades de éste.
Durante la etapa de operación, se estima que se generará un flujo de 5 vehículos particulares al día y 14 vehículos medianos de hasta 16 (ton) al mes.
3.10. Emisiones a la Atmósfera.
Durante la ejecución del proyecto, en las etapas de construcción y de operación, se emitirá material particulado y gases, por los movimientos de tierra, el transporte de materiales y el tránsito de maquinaria y vehículos que se emplearán durante las etapas señaladas. Al respecto, en la DIA, Anexo 22, el titular presenta informe con la estimación de las emisiones que se generarán, considerando para esto la metodología de cálculo de la EPA (AP-42) y lo recomendado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios” de la Seremi de Medio Ambiente Región Metropolitana que indica factores de emisión que son aplicables a todo tipo de proyectos. A continuación se presentan los principales resultados de la estimación presentada.
Contaminante Emisión Construcción | Emisión Operación (ton/año) (ton/año)
MP total 0,347 0,106
co 0,089 0,479
HC 0,030 0,169
NO, 0,297 1,152
De acuerdo a los resultados señalados antes, el titular ha indicado que las emisiones no afectarán significativamente la calidad del aire del entorno del proyecto. Sin perjuicio de esto, el titular implementará medidas de control para minimizar las emisiones señaladas antes, de acuerdo a lo que se describe a continuación.
Durante la etapa de construcción, se implementarán las siguientes medidas para el control de emisiones de material particulado (MP ¡o):
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a. Desde el inicio de las actividades de construcción se humedecerán las superficies que serán intervenidas por los movimientos de tierra, con una frecuencia de, a lo menos, dos veces diarias, mediante camión aljibe de 10 (m') de capacidad.
b. Con respecto a los accesos a la obra y el interior de la misma, se humectarán las zonas de tránsito de la maquinaria pesada, a razón de dos veces al día mediante vehículos con estanques equipados con ducha de rocío. Además, se mantendrán limpias las calles y las aceras circundantes, previa humectación para no usar barrido en seco, con una frecuencia de dos veces a la semana o cuando se requiera.
c. Se regarán las zonas de remoción y acumulación de tierra en forma permanente. Además, se cubrirá el material que estuviera acopiado con malla raschel o lona hermética y/o se humedecerá periódicamente, y en particular, antes de ser conducidos hacia el lugar de disposición final.
d. Las faenas de corte y pulido de materiales, como ladrillos y otros, se efectuarán bajo techo y mojando el material a cortar.
e. Todos los vehículos que salieran del recinto, lo harán con sus ruedas limpias de polvo dado que se contará con una hidrolavadora y zona de pediluvio, para el lavado de las ruedas. Además, circularán con su carga debidamente cubierta con una lona que será fuertemente asegurada y húmeda, manteniendo una distancia mínima de 10 (cm) entre la superficie de la carga y la cubierta; se restringirá la velocidad de circulación a 20 (Km/h) como máximo y deberán contar con su revisión técnica al día.
f. Se minimizará la altura de descarga del material al utilizar la excavadora.
Con el fin de evitar la emisión de humos y gases tóxicos o molestos, no se permitirá la presencia de ningún material en la obra que pueda ser utilizado como combustible.
h. Se instalará malla raschel por sobre cercos perimetrales. Ésta se implementará en forma previa al inicio de cualquier tipo de obra, y permanecerá puesta durante todo el periodo de construcción. La malla será instalada con un grado de inclinación de 70% hacia el predio, tendrá un alto de 2 (m). En el sector en que se instalará la barrera acústica que se detalla en el Considerando 3.11 de esta Resolución, la malla se instalará sobre ésta, llegando a una altura total de 5 (m), por lo cual, tanto la malla raschel como la barrera acústica se materializarán en forma conjunta y previo al inicio de las obras. La malla será retirada una vez concluida la etapa de construcción.
i. Se medirá la humedad del suelo, dado que frente a cualquier movimiento de tierra o maquinaria en la zona, ésta deberá ser de entre 7 a 8%. Esta medición, que se llevará a cabo con un higrómetro, se realizará dos veces al día, en 10 puntos de la zona del proyecto que se encontrarán distribuidos uniformemente en las zonas de tránsito y trabajo de la obra. Si la humedad estuviera por debajo de este valor, se procederá a la inmediata humectación del terreno, hasta alcanzar el porcentaje de humedad requerido.
Además, el titular señaló en la DIA que el suelo que será intervenido por los procesos de excavación, escarpe y terraplén, está configurado por una estructura arcillosa y, por lo tanto, al ser altamente higroscópica, la condición del suelo y sus partículas no permitirá el arrastre de material por la acción del viento.
3.11. Emisiones de Ruido.
Durante toda la ejecución del proyecto se generarán emisiones sonoras por la realización de obras y actividades, y por el funcionamiento de maquinaria y vehículos. Al respecto, en la DIA, Anexo 22, el titular presenta informe con la estimación de las emisiones que se generarán, con la modelación del nivel de ruido de inmisión en los distintos puntos receptores más sensibles del área de influencia del proyecto y con la verificación del cumplimiento de los límites máximos establecidos en la normativa vigente aplicable. Para la modelación se empleó el modelo ISO 9613-2 en el software de modelación CADNA-A versión 3.7 y, a su vez, para ésta, se utilizaron los valores de nivel de potencia acústica Lw a partir de la norma británica BS 5228-1 (2009) “Code of Practice for Noise aud Vibration Control on Construction and Open Sites — Part 1: Noise”, para cada una de las fuentes de ruido significativas del proyecto.
A continuación se presentan los resultados más relevantes del estudio acústico realizado.
El punto sensible identificado en el estudio y en que se llevaron a cabo las mediciones, en coordenadas UTM, Datum WGS84, es el siguiente:
Punt Coordenadas Distancia al deslinde del nto Norte Este proyecto (m) 1 6.278.215 272.104 32
En la DIA, Anexo 10, Figura 3-1, se muestra la ubicación del punto sensible señalado antes que, según el plano regulador de San Antonio, se emplaza en una Zona Mixta 2 (ZM2), pudiendo homologarse ésta a una Zona II según la clasificación establecida en el D.S. N” 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Luego, y dado que el proyecto en las etapas de construcción y de operación funcionará sólo en horario diurno, el nivel máximo de inmisión permitido en el punto sensible señalado, será de 60 dB(A).
Los resultados que se obtuvieron de la modelación para la etapa de construcción, se muestran en la siguiente tabla:
Sub-etapas Fuentes de ruido Nivel de Ruido significativas Proyectado dB(A) 1 motoniveladora, 1 pala A.1. Imprimación asfáltica lado norte mecánica y 1 rodillo 62 compactador A2.1. 1 pala mecánica y 1 Ñ .2 65 Excavaciones camión tolva A.2.2. Bases de|l compactador, 1 pavimentación y | niveladora y 1 camión 65 A.2. Construcción | radieres tolva de pavimentos | A.2.3. 1 camión aplicador de exteriores, radieres | Pavimentación asfalto, 1 compactador y 65 y losas 3 sierras circulares A.2.4. Losas de | 1 grúa móvil, 1 bomba de bodegas concreto, 1 camión 69 betonera y 5 vibrador de cemento A.3.1. Muros de! 1 camión betonera, 1 albañilería vibrador de cemento, 1 68 A.3. Construcción bomba de concreto y 1 de Edificaciones grúa móvil A.3.2. Estructura | 4 soldadura y 2 esmeril 2 64 metálica angular
De acuerdo a los resultados obtenidos, durante toda la etapa de construcción se sobrepasaría el nivel máximo de 60 dB(A), por lo que antes de comenzar los trabajos, se implementará una barrera acústica en todo el perímetro Norte del área del proyecto que será colindante a la línea férrea, y en la mitad del deslinde Oriente, con una longitud aproximada de 100 (m). La barrera estará conformada por un muro bulldog, de 2 (m) de altura, y un panel de 1 (m) de altura que se anclará en la parte superior del muro bulldog, en todo el perímetro, con lo que la altura total de la barrera alcanzará a los 3 (m). El panel será construido de un material con densidad de al menos 10 (kg/m2), según ISO 9613-2, considerando por ejemplo una placa OSB de espesor 18 (mm) o mayor. La barrera permanecerá instalada durante toda la etapa de construcción del proyecto. En la DIA, Anexo 10, se detallan las características que tendrá la pantalla acústica a implementar.
Con la implementación de la pantalla acústica señalada antes, durante la etapa de construcción los niveles de emisión de ruido que se percibirán en el punto sensible identificado, se especifican a continuación.
Sub-etapas Fuentes de ruido Nivel de Ruido Pp significativas Proyectado dB(A) 1 motoniveladora, 1 pala A.1. Imprimación asfáltica lado norte mecánica y 1 rodillo $52 compactador A.Z.l. l pala mecánica y 1 : 5 54 Excavaciones camión tolva A.2.2. Bases de|1 compactador, 1 A2. Construcción pavimentación — y niveladora y 1 camión 54 de avimentos radieres tolva . P - A.2.3. 1 camión aplicador de exteriores, radieres Ñ “2 Pavimentación asfalto, 1 compactador y 54 y losas . . 3 sierras circulares A.2.4. Losas de| 1 grúa móvil, 1 bomba de bodegas concreto, 1 camión s7 betonera y 5 vibrador de
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Sub-etapas Fuentes de ruido Nivel de Ruido significativas Proyectado dB(A) cemento
A.3.1. Muros de| 1 camión betonera, 1 albañilería vibrador de cemento, 1 57 A.3. Construcción bomba de concreto y 1 de Edificaciones grúa móvil A.3.2. Estructura | 4 soldadura y 2 esmeril 57 metálica angular
Los resultados que se obtuvieron de la modelación para la etapa de operación, se muestran en la siguiente tabla:
Nivel de Ruido
Fuentes de ruido significativas Proyectado dB(A)
1 Camión (exterior del galpón) y 1 grúa horquilla eléctrica (al interior | 45 de la bodega).
Durante la etapa de operación se dará cumplimiento al nivel máximo de 60 dB(A), por lo que no será necesaria la pantalla acústica, por lo que se procederá a su retiro una vez terminada la etapa de construcción del proyecto.
Como medida preventiva respecto de la emisión de ruidos, se utilizará maquinaria en óptimo estado, con equipos silenciadores; se respetarán los horarios de trabajo, es decir, que serán sólo en horario diurno; y se tomarán las medidas preventivas respecto de la seguridad del personal que laborará en las faenas e instalaciones proyectadas.
3.12. Residuos Líquidos.
Durante la etapa de construcción se implementarán baños químicos para los trabajadores que se emplearán en las obras, considerando las cantidades y distanciamientos establecidos en la normativa vigente aplicable. Los baños serán provistos por terceros que estuvieran autorizados para prestar este servicio. En específico, no se permitirá el uso de pozos negros en las instalaciones provisorias.
Durante la etapa de construcción se realizará el lavado de la bandeja de carga de los camiones betoneros que transportarán el hormigón al área de la faena. El sector en que se llevará a cabo esta actividad, que contará con sistema de control de derrames y pediluvio, se ubicará aledaña a la salida de las obras, en forma perpendicular al acceso. Para el manejo de las aguas residuales del lavado, en este sector se instalará una bandeja metálica, autocontenida, para su recolección. Luego, las mermas y/o restos de hormigón resultantes del lavado, serán retirados de la bandeja y almacenados en un estanque plástico que deberá ser retirado del área del proyecto por la empresa proveedora del hormigón, según se estipulará en el respectivo contrato de suministro.
En específico, se prohibirá el lavado de camiones en la acera o calzada.
Para el manejo de las aguas servidas que se generarán durante la etapa de operación se implementará un sistema particular de alcantarillado único para la caseta de control y el servicio higiénico que se implementará a un costado de la Bodega E. El sistema particular estará compuesto por una fosa séptica, de 2.000 (l) como mínimo de capacidad, y drenes para la disposición de las aguas servidas tratadas mediante infiltración. El sistema estará diseñado para un máximo de 7 habitantes, considerando una dotación de 150 (Vhab/día). En la DIA, Anexo 12, se presenta en detalle las características del sistema a implementar.
Con relación a las aguas lluvia, se contemplará la captación del agua que cayese sobre la techumbre de las instalaciones y sobre el pavimento de las áreas de circulación interiores. Las aguas lluvia serán conducidas desde los techos, por las respectivas bajadas, hacia tuberías subterráneas selladas de PVC y 200 (mm), que se encontrarán bajo las losas de las vías de circulación. Las aguas lluvias que caerán sobre el pavimento, serán captadas en sumideros. En ambos casos, las aguas lluvias recolectadas se conducirán, mediante tuberías y en forma gravitacional, hacia sistemas de drenes, para su infiltración. Dado que las tuberías a nivel de piso se encontrarán selladas, se asegurará que las aguas lluvias recolectadas no entren en contacto con las sustancias químicas que se manejarán durante la ejecución del proyecto, y por tanto, no se contaminen. En la DIA, Anexo 6, se presenta en detalle el proyecto de aguas lluvia y planos con la ubicación de las instalaciones asociadas al manejo y disposición de las mismas. Con relación a los drenes a implementar, estos considerarán una longitud total de 149 (m).
También con relación a las aguas lluvias, el titular precisó en la DIA que no se contemplará el uso de éstas para actividades de riego de las áreas verdes que serán parte de las instalaciones proyectadas.
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Durante la etapa de operación, en condiciones normales, no se generarán residuos líquidos industriales puesto que no existirán procesos productivos que los generaran, y frente a eventos no deseados de derrames y/o incendios, todos los residuos que se generaran, serán recolectados mediante los sistema de control con que contarán las instalaciones, para su posterior disposición en lugar autorizado para disponer residuos peligrosos, tal como se describe más adelante.
3.13. Residuos Sólidos.
Durante la etapa de construcción se generarán residuos sólidos del tipo doméstico, desechos de la construcción y peligrosos, que se manejarán conforme se describe a continuación.
a. El volumen de suelo vegetal que será removido y los materiales extraídos por las actividades de escarpe, ambos para la ejecución de las obras proyectadas, y que en total alcanzarán a 517,4 (mó), serán utilizados en la implementación de jardines y áreas verdes, y en caso de haber excedentes, se entregará éstos a los agricultores de la zona en que se emplazará el proyecto.
b. Los residuos correspondientes al descarte de residuos del tipo inerte que alcanzarán un volumen de 331 (mó), los asimilables a domésticos, los restos de construcción que alcanzarán un volumen de 507 (mé), las molduras y otros similares, serán acopiados temporalmente en el área de la instalación de faenas, en contenedores metálicos, estancos y claramente señalizados con el tipo de residuo que contendrán, para su posterior traslado, mediante terceros autorizados, a lugares también autorizados para realizar su disposición final.
c. Se colocarán, en diferentes puntos perfectamente visibles, contenedores estancos para la recolección de los residuos domésticos.
d. El almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, si los hubiere en la obra, se realizará en contenedores metálicos, con tapa hermética, que se acopiarán en un área diferenciada respecto a los residuos no peligrosos. Esta zona se mantendrá en perfecto estado, ordenada y limpia, manteniendo los residuos peligrosos separados, en grupos compatibles, para prevenir reacciones peligrosas en caso de ocurrir eventos no deseados. Además, el área de almacenamiento temporal contará con su señalización correspondiente. Los contenedores también serán señalizados según su contenido y lo establecido en la NCh 21900f.93, Clasificación y tipo de riesgo de los residuos de sustancias peligrosas, además serán rotulados con la fecha y unidad de generación. Respecto de estos residuos, el titular ha señalado que privilegiará la utilización de productos inocuos, que no presenten características de peligrosidad, para reducir al mínimo la generación de este tipo de residuos.
e. Para el retiro de los contenedores, se establecerá que la frecuencia de esta actividad deberá llevarse a cabo de manera que ellos no superaran el 90 % de su capacidad.
f. Los contenedores para los residuos de construcción serán de 12 (m?) de capacidad; y para los residuos domésticos y residuos peligrosos, de 1 (mé), por el menor volumen que se generará de ellos.
g. El área de acopio temporal de los residuos señalados, será cerrada y su ubicación se muestra en la DIA, Anexo 3, Plano Instalación de Faenas. Además, los residuos serán acopiados de manera diferenciada para permitir el retiro expedito de los mismos al momento de ser retirados para trasladarlos a lugar autorizado de disposición final.
h. El contrato con la empresa que proveerá el hormigón, estipulará que ésta será responsable de las mermas y/o restos de hormigón resultantes del lavado de la bandeja de carga del camión betonero, Esto último será recolectado en un estanque de plástico que deberá llevarse la empresa proveedora, además, el titular destinará una zona específica para la realización del lavado señalado, el cual contará con sistema de control de derrames y pediluvio.
i Sin perjuicio de que las mermas de asfalto, será de responsabilidad de la empresa proveedora, en caso que quedaran restos, el titular los dispondrá en contenedores estancos y cerrados, para su posterior envío a lugares autorizados para realizar su disposición final.
j. La pantalla acústica que se implementará durante esta etapa, será reutilizada en otras obras o bien, los paneles OSB que no pudiesen ser reutilizados, serán descartados como un residuo industrial asimilable a doméstico.
k. En general, el personal que laborará én las obras de construcción estará debidamente capacitado e instruido para distinguir los diferentes tipos de residuos que se generarán y su respectiva forma de recolección. El jefe de obra será responsable del manejo de los residuos que se generarán, debiendo instruir a todo el personal de la obra al respecto y dejando registro de las instrucciones dadas por parte de cada trabajador.
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Durante la etapa de operación también se generarán residuos sólidos domésticos y, eventualmente residuos sólidos peligrosos por la ocurrencia de eventos no deseados o por derrames desde envases dañados. Al respecto:
a. Los residuos sólidos domésticos se acopiarán en contenedores plásticos de HDPE, herméticos y de 60 (1) de capacidad, que se ubicarán afuera de cada una de las bodegas, en el andén de carga, claramente señalizado, para su posterior traslado, mediante terceros autorizados, a lugares también autorizados para realizar su disposición final.
b. Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente al interior de la misma bodega en que se hubiesen generado. Para lo anterior, cada una de las bodegas proyectadas contarán con un sector para el acopio temporal de estos residuos, que se encontrará claramente señalizado y demarcado con una franja amarilla a piso. Los contenedores que se emplearán para el acopio temporal de estos residuos serán rotulados de acuerdo a lo que establece en la NCh 21900f.93, Clasificación y tipo de riesgo de los residuos de sustancias peligrosas, y en el D.S. N” 148/2003 del Ministerio de Salud, correspondiente al Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Posteriormente, los residuos serán trasladados a lugar autorizado para realizar su disposición final.
En caso de ocurrir un evento correspondiente a un incendio o derrame, se realizará la caracterización de los residuos que se hubiesen generado de acuerdo a lo establecido en el D.S. N” 148/2003 del Ministerio de Salud, bajo el siguiente procedimiento:
a. Se identificarán todos los productos afectados.
b. Se llevarán a cabo ensayos de biotoxicidad, para la clasificación de peligrosidad del residuo generado.
c. Se dará aviso a todas las autoridades competentes sobre el accidente tecnológico. Se activará el plan de emergencia y el procedimiento de manejo de residuos peligrosos. Una vez obtenido los resultados de los ensayos, se solicitará a la Secretaría Regional Ministerial de Salud la autorización y validación de ellos, para proceder a la disposición final de los residuos.
f Informe final del incidente y medidas adoptadas.
En particular, ante la ocurrencia de un evento de derrame y/o incendio, la ropa de trabajo del personal y los elementos de protección personal que resultaran contaminados con sustancias químicas peligrosas, se manejarán y dispondrán como residuos peligrosos de acuerdo a lo establecido D.S. N* 148/2003 del Ministerio de Salud.
Los residuos peligrosos serán almacenados por un periodo no mayor a 6 meses, con su respectiva hoja de datos de seguridad, registro de entrada y salida del residuo, dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. N? 148/2003 del Ministerio de Salud.
Con relación a los lugares de acopio temporal de residuos peligrosos, el titular solicitará los permisos sectoriales respectivos a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la jurisdicción correspondiente, conforme a lo establecido en la normativa vigente aplicable.
3,14. Medidas de Prevención de Riesgos y Control de Emergencias.
En la DÍA, Anexo 7, se presentan estudios de carga combustible realizados para cada una de las bodegas proyectadas. A continuación se detallan los resultados de los estudios de carga.
Bodega Carga Combustible Media Carga Combustible (MCal/m?) Puntual Máxima (MCal/m?)
A 5.733 18.014 B 4.108 17.344 € 5.733 18.014 D 1.604 3.821
E 3.298 3.821
En el Anexo 25, se presenta en detalle el análisis de consecuencias de las instalaciones proyectadas, al igual que un plano con el radio de afectación de la radiación térmica que se producirá ante un evento no deseado.
En la DIA, Anexo 19, se presenta el Programa de Prevención de Riesgos que estará asociado a la ejecución del proyecto, identificando las áreas y procedimientos críticos de su operación, entre otros aspectos.
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Además, en el Anexo 20, se presenta el Plan de Acción para Enfrentar Situaciones de Emergencia y/o Contingencias, el Plan de Emergencia y Evacuación Interior y el Plan de Emergencias para el Transporte de Materias Primas y Productos Químicos para medios propios o servicios subcontratados, al igual que el plano con la ubicación de las vías de evacuación, las salidas de emergencias, los extintores, los baldes con arena y las zonas de seguridad, entre otros. Los eventos considerados por los planes señalados antes, son sismos, terremotos, amagos de incendio, incendios declarados, amenaza de atentados, derrame incontrolado de sustancias peligrosas, fuga de elementos tóxicos o irritantes, cortes de energía eléctrica y/o de suministro de agua, inundaciones, accidentes de trabajo, e incidentes sin lesiones y/o sin daño a la propiedad.
Con relación a la ocurrencia de inundaciones, el titular señaló en la DIA, página 48, que el proyecto se encontrará emplazado en un sector que colinda y tiene cota de nivel por sobre la línea ferroviaria y la autopista del Sol (Ruta 68), por lo que este terreno no será inundable. Además, el proyecto contará con sistemas de recolección y disposición de aguas lluvias que garantizarán su normal operación frente a condiciones extremas de precipitación.
En el Adenda 1, Anexo 4, se presenta el programa de prevención de riesgos y el procedimiento de trabajo seguro, ambos asociados a la ejecución del proyecto. En éste, se adjunta matriz de riesgos y peligros (MIPER) asociado a las medidas de control de riesgos de accidente y control de enfermedades ocupacionales. Además, se contará con un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, que se presenta en la DIA, Anexo 23.
Se contará con un proceso de capacitación formal en que se encontrarán definidos los riesgos para cada puesto de trabajo y las medidas de prevención de riesgos y control que se implementarán al respecto. También contará con un programa anual de capacitación, con énfasis en el manejo de sustancias químicas peligrosas. Las actividades de capacitación quedarán registradas en documentos anexos al Plan de Emergencias, con todos los datos de las personas capacitadas además de los datos personales de quien realizará la capacitación y la empresa o institución a la cual pertenecen.
El titular entregará ropa de trabajo y elementos de protección personal a todos sus empleados, los cuales serán adecuados a la actividad que desempeñe cada uno. El equipamiento con que contará la brigada de emergencia para dar respuesta ante un evento, estará compuesto por:
a. Chaqueta de cuero napón con forro acolchado 100% algodón con cinta reflectante 3M según configuración, resistente al fuego, con broches y mosquetón importado.
Casco de primera intervención.
Botas ignifugas.
Guantes de descarne.
Pantalón de cuero.
Conjuntos de protección contra vapores que cumplan los requisitos aplicables de NFPA 1991.
Conjunto con cilindros para respiradores autónomos (SCBA), sistemas con presión positiva y certificados por el Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional de Estados Unidos (NIOSH), según 42 Code of Federal Regulations (CFR) 84.
Rao paosS
Durante la etapa de construcción, se contará con un experto en prevención de riesgos, de tiempo parcial, que estará a cargo de la supervisión de las obras, en los aspectos de orden, higiene y seguridad. En particular, se contará con procedimientos claros y establecidos para actuar ante situaciones de emergencia y accidentes en la obra. Además, se dispondrá en la obra de implementos de seguridad para el personal, camillas de rescate, extintores y botiquín para primeros auxilios.
Si por causa mayor, se debiera efectuar la reparación de alguna maquinaria o camión dentro del predio en que se emplazará el proyecto, ésta se llevará a cabo sobre una lona impermeable que se extenderá en el suelo, para que cualquier derrame accidental de aceite o grasa fuese controlado evitando su contacto son suelo desnudo. Además, se adoptarán medidas para asegurar que las maquinarias y camiones utilizados fuesen mantenidos periódicamente, para asegurar que no provocasen derrames de aceite o combustible desde ellas.
Entre las actividades que se ejecutarán durante la etapa de operación, no se contemplarán las de trasvasije de productos a granel, por lo cual, tampoco se espera que se generen vapores por esta actividad.
Los trabajadores contarán con todas las capacitaciones asociadas al manejo de productos químicos y los procedimientos a seguir ante situaciones de emergencia, de las cuales se establecerá registro firmado por cada trabajador, con el temario de los contenidos entregados. En específico, al inicio de las obras y para todo el personal, se realizarán charlas que darán a conocer medidas de prevención y actuación ante derrames, dejándose registro firmado de la inducción.
Los trabajadores que ejecutarán labores de almacenamiento en las bodegas proyectadas, estarán provistos de los elementos de seguridad que fuesen necesarios, tal como:
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Guantes de goma, PVC, acrilo nitrilo o lanilla según corresponda. Bototos de seguridad.
Lentes de seguridad.
Overol impermeable desechable.
eo sp
Cada una de las bodegas proyectadas contará con sistemas de control de derrames que, conforme a lo establecido en la normativa vigente aplicable, tendrán una capacidad de contención que superará 1,1 veces el volumen del contenedor de mayor tamaño, correspondiente a un recipiente IBC de 1 (m*) de capacidad. Los sistemas de control, que se presentan en detalle en la DIA, Anexo 17, consistirán en:
a. Canaletas perimetrales, que serán de hormigón armado clase H-20, revestidas con pintura epóxica para darles la condición de impermeables y estancas, con pendiente de 1% hacia cámara de contención, abiertas y con rejilla metálica. El material derramado, primero será recepcionado en estas canaletas, dado que los pisos de las bodegas contarán con pendiente contrapuesta en dirección a ellas.
b. Cámaras de contención de derrames, que serán de hormigón armado clase H-20, revestidas con pintura epóxica para darles la condición de impermeables y estancas, del tipo ciego y con un volumen mayor a 1,1 veces el envase de mayor volumen a almacenar en las bodegas respectivas. El material recepcionado en las canaletas será evacuado hacia estas cámaras, desde donde será retirado posteriormente, mediante bombas manuales, a contenedores que, a su vez, serán traslados a lugar autorizado para realizar la disposición final de residuos peligrosos.
A continuación se presentan los volúmenes de control de derrames de las bodegas proyectadas.
Bodega Volumen Volumen ñ Volumen, Volumen total de piso (m?) canaleta (m*) | cámara (m') | contención (m') Inflamables 4,79 10,07 1,25 16,11 Comburentes 7,46 13,39 1,25 22,10 Corrosivos 14,86 13,29 1,25 29,40 Tóxicos 7,43 13,29 1,25 21,97 Peligrosos varios 7,43 13,29 1,25 21,97
Todas las bodegas serán del tipo autocontenidas, pues contarán con un pretil en sus accesos, que impedirá el escurrimiento de cualquier producto fuera de las áreas de almacenamiento. Además, el piso de las bodegas proyectadas, se encontrará a 1 (cm) debajo de la cota del pavimento exterior.
Sin perjuicio de lo señalado antes, los pavimentos exteriores estarán delimitados con soleras, de 0,12 (m) de altura, y se contará con un lomo de toro en el acceso y las junturas contarán con sello, con lo cual toda la propiedad tendrá características de autocontención, especialmente para el control de derrames frente a eventos de derrame y/o incendio.
Las zonas de carga y descarga de las bodegas proyectadas, contarán con:
a. Señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 21900f.93, Clasificación y tipo de riesgo de los residuos de sustancias peligrosas.
b. Acceso fácil y expedito a los medios, elementos y herramientas que fuesen necesarias para controlar un evento que pudieran ocurrir durante las labores de carga y descarga.
c. Sistema de control de derrames, del tipo autocontenido, con pendiente negativa de hormigón armado, de 4.5 Pa (HI 35), de 18 cm (e) y base C.B.R. mayor a 60%.
El sistema de extinción de incendios propuesto:
a. Se compondrá de una red húmeda perimetral para toda la planta, que se implementará mediante sistema de grifos.
b. Utilizará agua como agente de control, y su distribución se realizará mediante cañerías, proporcionando una protección interior, exterior y en los perímetros correspondientes.
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c. Contará con un estanque de 155 (m') que permitirá una autonomía de 60 minutos. El estanque será llenado con agua potable que será comprada a la empresa sanitaria correspondiente, y transportada al área del proyecto mediante camiones aljibe.
d. También contará con un sistema de respaldo de suministro de energía para asegurar la impulsión del agua, mediante bomba Diésel.
e. Todas las instalaciones se encontrarán conectadas a un panel de control de incendio que se ubicará en la portería de las instalaciones proyectadas, el cual contará con baterías de respaldo que le permitirán una autonomía de 24 horas, en caso de corte de energía eléctrica de la red pública. Adicionalmente se proveerá de un sistema UPS, el cual aumentará su respaldo en al menos 6 horas más.
En la DIA, Anexo 16, se presentan las especificaciones técnicas del sistema de protección contra incendios que se implementará para el proyecto, considerando el sistema de detección y alarma, y el sistema de extinción, entre otros aspectos.
Cada una de las bodegas proyectadas contarán con sistemas de ventilación forzada que se detalla en la DIA, Anexo 24, y con una iluminación de 150 lux.
En caso de ocurrir un evento de derrame que rebasara los sistemas de control que poseerán las instalaciones proyectadas y que alcanzara el suelo desnudo del perímetro del proyecto, se implementará la remoción del suelo que hubiese sido afectado, mediante la realización de calicatas y, posteriormente, se procederá a la reposición del material extraído con suelo natural no contaminado, una vez que se contara con las autorizaciones correspondientes. La determinación de la superficie y profundidad del suelo a extraer, se determinará mediante el muestreo que se implementará ante este tipo de eventos, según detalle indicado en el Considerando 3.15 de esta Resolución.
En caso de ocurrir un evento no deseado durante la ejecución del proyecto, y conforme a los componentes ambientales y/o recursos naturales que resultaran afectados, el titular dará aviso inmediato de la emergencia a los órganos del Estado competentes, considerando entre otros la Municipalidad de San Antonio, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, el Servicio Agrícola y Ganadero, la Dirección General de Aguas, la Superintendencia de Servicios Sanitarios y la Superintendencia de Medio Ambiente, todos de la jurisdicción correspondiente. Además, remitirá a los órganos del Estado competentes, un informe preliminar sobre la contingencia acaecida, en un tiempo no superior a 24 horas, el cual contendrá a lo menos la siguiente información:
Lugar, fecha, hora y tipo de evento ocurrido,
Causa y duración del evento,
Cantidad y tipo de sustancia o residuo involucrado en el evento, Efectos ambientales producidos por la ocurrencia del evento, Medidas asumidas para el control del evento y que serán adoptadas,
Medidas de rehabilitación, descontaminación y/o seguimiento de los recursos ambientales afectados.
DHOop2pSTop
También se elaborará un informe final del evento, que se remitirá a los mismos órganos del Estado en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, y que contendrá al menos información sobre la identificación del titular y del proyecto calificado ambientalmente, causas de la contingencia, cantidad y tipo de sustancia involucrada en el evento, fecha y hora de ocurrencia del evento, duración y efectos ambientales producidos por el evento, localización y superficie afectada, fotografías del evento y los recursos afectados, análisis de las medidas especificadas en el informe preliminar, y las medidas correctivas adoptadas y/o que se adoptarán en el futuro.
Ante la ocurrencia de un evento no deseado, los planes de remediación, reparación y seguimiento que involucren recursos suelo, agua, aire, flora y/o fauna, deberán ser visados en forma previa a su ejecución por los órganos del Estado competentes, considerando al Servicio Agrícola y Ganadero, entre otros,
En particular, ante un evento que afecte especies de fauna, el titular debe dar aviso inmediato al Servicio Agrícola y Ganadero de la jurisdicción correspondiente, en un plazo máximo de 24 horas contadas desde el inicio del incidente, dando apoyo veterinario y trasladando a los individuos afectados al centro de rescate más cercano, si fuese necesario.
Se llevará a cabo una socialización del Plan de Emergencia del proyecto, de acuerdo a lo siguiente:
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a. Se efectuará la capacitación a la comunidad respecto del Plan, a los 3 meses de iniciada la etapa de operación del proyecto, y luego otra a los 12 meses, para reforzar y/o plantear los resultados de propuestas o mejoras, que hubiese indicado la comunidad.
b. El programa de capacitación considerará, al menos, los siguientes aspectos:
i Antecedentes de las actividades que se llevan a cabo en las instalaciones proyectadas. li. Tipos de emergencias que podrán ocurrir.
iii Medidas preventivas.
iv. Procedimiento de activación del Plan de Emergencia. v. Procedimiento de evacuación.
vi. Operatividad del Plan y responsables.
vii. Condiciones para el cierre de una emergencia.
c. La actividad de capacitación será llevada a cabo por un profesional idóneo en las materias de prevención de riesgos y en lo asociado con el Plan de Emergencias y sus requerimientos legales.
El Plan de Contingencia, entre otros aspectos, incorporará los teléfonos de la Municipalidad de San Antonio. Además, el Plan de Prevención de Riesgos considerará, en su planificación, la actividad formal de capacitar a la comunidad.
Con relación a transporte ferroviario de Ácido Sulfúrico en dirección al puerto de San Antonio por parte de terceros, el titular solicitará a la empresa EFE, el procedimiento y plan de emergencia respectivo, para establecer canales de comunicación expedita. Asimismo, el titular hará entrega de su plan de emergencia a la empresa EFE para establecer los canales de comunicación y responsabilidades en el accionamiento de medidas de contingencia en caso de accidentes tecnológicos.
3.15. Medidas de Seguimiento.
Respecto de las mermas y/o restos de hormigón que resultarán del lavado de los camiones betoneros que proveerán el hormigón durante la etapa de construcción, el titular llevará registro, en el libro de obras, de cada salida del estanque de plástico que contendrá estos residuos.
Con relación a la disposición de los residuos sólidos que se generarán durante la etapa de construcción del proyecto, en forma previa a su retiro desde el área de las obras, el titular solicitará copia de la autorización de disposición, siendo previamente chequeada con la Municipalidad respectiva.
Con relación a las mediciones de humedad del suelo que se llevará a cabo durante la etapa de construcción, el titular llevará un registro de las mismas en el libro de obras, el cual estará disponible, en caso de ser solicitados estos antecedentes por algún órgano del Estado con competencias fiscalizadoras.
Durante la etapa de construcción, las condiciones de manejo de materiales y movimiento de tierras serán inspeccionadas por el titular mediante un control visual para asegurar su correcta humectación y evitar que el material particulado en suspensión producto de las acciones señaladas, migren hacia los vecinos colindantes.
Respecto de las emisiones de ruido que se producirán durante la ejecución del proyecto, y para corroborar los resultados del estudio acústico presentado en la DIA, Anexo 10, se llevará a cabo el monitoreo que se describe a continuación:
a. Serealizarán mediciones de nivel de presión sonora en el punto sensible identificado en el estudio, y que corresponde al especificado en el Considerando 3.11 de esta Resolución.
b. Las mediciones se ejecutarán en el exterior, considerando una distancia de al menos 3,5 (m) de superficies verticales reflectantes, además se realizarán en un día laboral, de lunes a viernes, en periodo diurno, de 7:00 a 21:00 horas. La altura del punto de medición, será de entre 1,2 a 1,5 (m) del suelo.
c. Seutilizará sonómetro integrador con certificado de calibración al día.
d. Durante la etapa de construcción, se realizarán mediciones con una frecuencia trimestral, durante los nueves meses que durarán las obras.
e. Durante el primer año de operación, se realizarán mediciones con una frecuencia trimestral. Luego de este periodo y si se cumplieran los límites de emisión durante el primer año, se solicitará a la Autoridad Sanitaria la evaluación de la modificación o suspensión del monitoreo.
f. Dos semanas después de efectuadas las mediciones, se entregará a la SEREMI de Salud, Región de Valparaíso, y a la Superintendencia de Medio Ambiente, Informe Técnico con los resultados de las evaluaciones y, de ser necesario, las medidas de control adicionales que se hubiesen implementado.
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En cualquier caso, el contenido del Informe dará cumplimiento a lo establecido al respecto en el D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
En caso de ocurrir un evento de derrame que rebasara los sistemas de control de derrames que poseerán las instalaciones proyectadas y alcanzara el suelo desnudo del perímetro del proyecto, se realizará un muestreo de suelo, en forma inmediata, para determinar la zona y profundidad de la contaminación. El monitoreo a implementar ante la situación planteada tendrá, a lo menos, los siguientes aspectos:
a.
c.
d.
£
Se contratará en forma inmediata, luego de controlada la emergencia, un laboratorio especialista en muestreo de suelos y acreditado por el INN, para que realizara una campaña de muestreo que cubrirá todos los parámetros que se consideraron en la caracterización que se presentó en la DIA, Anexo 21.
El muestreo se llevará a cabo una vez adoptadas las medidas de contingencia que se detallan en el Considerando 3.14 de esta Resolución para este tipo de eventos. El procedimiento de monitoreo considerará la caracterización del terreno afectado, en términos de su índice de infiltración y transmisividad, es decir, la profundidad de las muestras a extraer estará en directa relación con el tiempo de permanencia que el contaminante habrá tenido con el suelo.
La metodología a emplear para la ejecución del monitoreo, se describe a continuación.
i. Una vez controlado el evento, se sacará una muestra testigo de suelo de la zona afectada, de 1 (m) de profundidad, y se le analizarán parámetros físico — químicos en relación a los elementos constitutivos de los productos involucrados en el evento, y se contrastará con los valores de la línea base del suelo en la zona del proyecto (DIA, Anexo 21). La ubicación georeferenciada de los puntos de monitoreo, se detallan a continuación:
Punto Coordenadas UTM (WG84 Huso 19H) Muestreo Este Sur 1 272.185 6.278.093 2 272.155 6.278.172 3 272.272 6.278.151
ii, Del testigo se extraerán muestras cada 10 (cm), para determinar, la penetración, esparcimiento y evolución del o los contaminantes en el suelo.
iii Una vez determinada la profundidad de penetración y el esparcimiento de la contaminación, se procederá, en forma inmediata, a remover todo el suelo contaminado, hasta la profundidad del suelo afectado, más 20 % de la profundidad del suelo no contaminado en la zona afectada, para erradicar cualquier posibilidad que quedaran contaminantes en este lugar.
iv. Este procedimiento se realizará, en tramos de 1 (m), hasta determinar que no hay presencia de contaminantes.
v. — Cuando la muestra, ya no acusara la presencia de elementos contaminantes, se procederá a informar a la autoridad sobre la condición del terreno, y se esperará la venia de la autoridad competente, para tapar la excavación del lugar afectado con suelo limpio, no contaminado, por si ésta quisiera tomar una muestra de este lugar.
vi. Si la autoridad decidiera solicitar una nueva muestra de suelo de la zona afectada, el titular costeará él o los análisis, que la autoridad decidiera realizar.
vii. Todas las zonas afectadas o puntos afectados serán marcados, estableciendo la georreferenciación de cada uno de los puntos de muestreo, según el Datum WGS84, al igual que se tomará evidencia fotográfica de dicha situación.
En un plazo máximo de 24 horas contadas desde la ocurrencia del evento no deseado, el titular informará a las autoridades competentes respecto de las acciones preliminares que se adoptarán respecto del mismo. Se elaborará un informe final con los procedimientos realizados y los resultados obtenidos de los análisis de laboratorio, que será entregado a las autoridades competentes en un plazo máximo de 30 días contados desde la ejecución del monitoreo respectivo, pudiendo acortarse este plazo si el laboratorio especializado hace entrega de los protocolos con los resultados, en forma anticipada. El informe final contendrá al menos los siguientes aspectos:
i. Causas del evento.
ii Efectos del evento.
iii. Acciones inmediatas adoptadas.
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iv. Medidas de control implementados. v. Responsables y plazos para ejecución de las medidas. vi. Resultados analíticos de laboratorio. vii. Registro Fotográfico. viii. Cronograma de control y verificación de las medidas. ix. Copia de los documentos de aviso a la autoridad competente. El monitoreo señalado antes, también se llevará a cabo ante un abandono de las instalaciones proyectadas.
En caso que, ante la ocurrencia de un evento no deseado, se llegara a establecer que la contaminación alcanza hasta el nivel estático del acuífero subterráneo, es decir que se detectara la presencia de contaminantes hasta los 29,6 (m) o más de profundidad, se procederá a realizar un monitoreo de la calidad del agua de este recurso, que considerará los siguientes aspectos:
a. Se construirá un pozo aguas abajo del evento, en forma inmediata.
b. Se iniciará rápidamente una campaña de muestreo de la calidad de las aguas subterráneas, de manera simultánea, en el pozo construido y en el existente. Este último, considerando el escurrimiento de las aguas subterráneas, se ubicará aguas arriba de las instalaciones proyectadas y, por tanto, aguas arriba de cualquier evento no deseado que pudiera ocurrir en las mismas.
c. Los parámetros a medir serán los mismos que se miden en el pozo existente, y la calidad de las aguas deberá ser similar a lo que se mide en el pozo existente. Como valores de referencia de la calidad del agua del acuífero, se considerarán los resultados de los monitoreos anuales que se llevarán a cabo en el pozo existente el cual se utilizará para el suministro de agua para consumo humano de las instalaciones proyectadas.
d. Con relación a la frecuencia del monitoreo a implementar, se llevará a cabo un primer monitoreo luego de terminar la construcción y limpieza del nuevo pozo, luego se ejecutarán monitoreos anuales y, después de transcurridos 13 años de monitoreo, se solicitará suspender la realización del mismo en caso que no se hubiese detectado la presencia de contaminantes en el agua.
e. La ubicación georreferenciada de los puntos de monitoreo, se detallan a continuación.
Punto Muestreo Coordenadas UTM (WG34 Huso 19H) Este Sur
Aguas arriba (Pozo existente) 272.126,73 6.278.173,11
Aguas Abajo (Pozo nuevo) 272.002,25 6.278,214,23
f. Informes con los resultados de los monitoreos serán remitidos a las autoridades competentes, en un plazo máximo de 30 días contados desde la ejecución del monitoreo respectivo, pudiendo acortarse este plazo si el laboratorio especializado hace entrega de los protocolos con los resultados, en forma anticipada.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con:
4.1 Normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad. Entre otros, el proyecto deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos legales.
4.1.1. Ley N” 17.288/70, sobre Monumentos Nacionales; y su Reglamento, D.S. N” 484/90 del Ministerio de Educación, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
Forma de cumplimiento.
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico el titular deberá proceder según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N* 17.288, de Monumentos Nacionales, y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la situación anterior, el titular ejecutará las siguientes actividades, en el mismo orden:
a. Paralizará en forma inmediata las faenas que se estuvieran ejecutando;
b. Informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) sobre el hallazgo producido;
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c. Serealizará una visita arqueológica preliminar; e, d. Implementará los procedimientos a seguir, según hubiera estimado el CMN.
4.1.2. Ley N 19.473/96, de Caza, y su Reglamento, D.S. N 5/98 del Ministerio de Agricultura.
Forma de cumplimiento.
De acuerdo a los antecedentes presentados en la Adenda 1, Anexo 2, en que el titular presenta informe de flora y fauna existente en el área que será intervenida por el proyecto, se Hevará a cabo un Plan de Rescate
y Relocalización de especies encontradas que se encuentran en categoría de conservación, previa solicitud sectorial del permiso de captura respectivo.
4.1.3. D.F.L. N* 1/89, del Ministerio de Salud, que determina materias que requieren autorización sanitaria expresa, entre las que se cuenta, el funcionamiento de obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales y la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio y disposición final de basuras o desperdicios de cualquier clase.
4.1.4. D.F.L. N* 458/75, establece la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y el D.S. N” 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Esta normativa se cumplirá automáticamente al momento en que el titular presentara los antecedentes para la obtención de los permisos municipales y de salud, respectivos.
4.1.5. D.F.L. N 725/67 del Ministerio de Salud, que aprueba el Código Sanitario. 4.1.6, D.L. N 3.557/80 del Ministerio de Agricultura, que Establece Disposiciones sobre Protección del
Suelo, Agua y Aire. Forma de cumplimiento.
En la Adenda 1, Anexo 2, el titular presenta informe de flora y fauna existente en el área que será intervenida por el proyecto.
4.1.7. D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.
Forma de cumplimiento.
Si bien en la DIA, Anexo 10, respecto de los cálculos para una zona IL se consideraron los aspectos técnicos establecidos en el D.S. N” 146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas, en el Adenda 1 se presentaron antecedentes en base al D.S. N” 38/2011. Al respecto, el titular señaló que en horario diurno no existen cambios entre estos dos cuerpos legales, por lo que el proyecto en sus etapas de construcción y operación operará en horario diurno dando cumplimiento al límite máximo permitido en esta normativa, que corresponde a 60 dB(A). En particular, para la etapa de construcción, se implementarían medidas de control para minimizar la generación de ruido, según se describe en el Considerando 3.11. de esta Resolución.
4.1.8. D.S. N” 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica, modificado por el D.S. N” 78/97 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Forma de Cumplimiento.
Los camiones que transportarán material particulado y/o fragmentado, tales como tierra, material integral o escombros, entre otros, siempre ejecutarán esta acción con su carga cubierta.
4.1.9. D.S. N* 78/2009 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Forma de cumplimiento.
El titular dará cumplimiento a todo lo que se establece en este cuerpo legal para la ejecución del proyecto, y en específico para las bodegas, respecto de su implementación para todos los elementos técnicos asociados a la materialidad constructiva y resistencia al fuego (RF) de los muros, puertas principales, puertas de emergencia, pilares, elementos soportantes verticales y horizontales; y de su operatividad, desde el punto de vista del diseño de vías de evacuación, control de derrames, sistemas de control de incendio y plan de emergencia.
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4.1.10. D.S. N* 144/61 del Ministerio de Salud, que establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza.
Forma de cumplimiento.
Durante la ejecución del proyecto, estará estrictamente prohibida la quema de cualquier sustancia.
4.1.11. D.S. N* 148/2003 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Forma de cumplimiento.
El titular solicitará las autorizaciones sectoriales correspondientes a la Secretaría Regional Ministerial de
Salud, Región de Valparaíso, por la implementación y funcionamiento de las bodegas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos que se ubicarán en las bodegas proyectadas.
4.1.12. D.S. N 236/26 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras filtrantes, Cámaras de contacto, Cámaras absorbentes y Letrinas Domiciliarias, modificado por D.S. N 685/87, D.S. N” 833/92, D.S. N 53/04 y D.S. N 75/04, todos del Ministerio de Salud.
4.1.13. D.S. N 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece el Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos y sus modificaciones, introducidas por el D.S. N 198/2000 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Forma de Cumplimiento.
Se exigirá a los transportistas de los camiones que trasladaran las sustancias químicas, contar con las señalizaciones que identificarán la clase de sustancias transportadas, de acuerdo a lo que se establece en este cuerpo legal.
4.1.14. D.S. N* 594/99 del Ministerio de Salud, que establece Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, con las modificaciones introducidas por el D.S, 201/2001 del Ministerio de Salud (D.O. 5.7.2001).
Forma de cumplimiento.
Durante la etapa de construcción se dispondrá de baños químicos para el personal que laborará en las obras, en un número suficiente y considerando las distancias máximas establecidas en este cuerpo legal, además proveerá a los trabajadores de agua para consumo humano mediante dispensadores.
Se adoptarán todas las medidas de prevención de riesgos que fuesen requeridas para la ejecución del proyecto, considerando la implementación de extintores, señalización de prevención de riesgos, salidas de emergencia, de duchas de emergencia y el establecimiento de zonas de seguridad, entre otros aspectos. Además, los operarios contarán con elementos de protección personal que fuesen necesarios y no se excederán los límites permisibles para las concentraciones ambientales de las sustancias señaladas en el artículo 61 de este cuerpo legal.
Se contemplará la contratación de una empresa externa para el control de vectores sanitarios, en forma anual y renovable sucesivamente por iguales periodos. La frecuencia del control de vectores sanitarios será mensual, de acuerdo a la presentación que el titular hará a la SEREMI de Salud de la jurisdicción correspondiente.
4.1.15. Resolución Exenta N* 359/2005 del Ministerio de Salud, referida a la utilización del Formulario de Declaración de Residuos Peligrosos, o en su defecto el sistema SIDREP.
Forma de cumplimiento.
Todos los residuos peligrosos que se generarán durante la ejecución del proyecto, serán declarados de acuerdo a lo que se establece en esta Resolución.
4.1.16. INN NCh 2190 Of.93, que establece clasificación y tipo de riesgo de los residuos de sustancias peligrosas.
4.2. Permisos Ambientales Sectoriales.
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4.2.1. Artículo 91, que corresponde al permiso para la implementación del sistema particular de alcantarillado que será parte del proyecto. Los antecedentes requeridos para el otorgamiento de este permiso se presentan en la DIA, Anexo 12. Mediante el Ord. N” 285 del 20 de febrero de 2013, la Secretaria Regional Ministerial (SEREMD de Salud de la Región de Valparaíso se ha pronunciado favorable respecto del otorgamiento de este permiso, condicionado a la presentación sectorial del proyecto particular de agua potable y alcantarillado ante la SEREMI
4.2.2, Artículo 93, que corresponde al permiso para la implementación de las zonas de acopio de residuos sólidos durante las etapas de construcción y operación del proyecto. Los antecedentes requeridos para el otorgamiento de este permiso se presentaron en la DIA. Mediante el Ord. N* 1705 del 03 de Diciembre de 2012, la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso se ha pronunciado favorable respecto del otorgamiento de este permiso.
4.2.3. Artículo 94, que corresponde a la calificación industrial de la instalación proyectada. Los antecedentes requeridos para el otorgamiento de este permiso se presentaron en la DIA. Mediante el Ord. N* 285 del 20 de febrero de 2013, la SEREMI de Salud de la Región de Valparaiso ha calificado la actividad como Molesta, lo cual se encuentra en conformidad con el instrumento de planificación vigente en la zona en que se emplazará el proyecto,
4.2.4. Artículo 99, que corresponde al permiso para la captura y relocalización de ejemplares Liolaemus lemniscatus y Thylamys elegans, que se encuentran en categoría de vulnerable y rara respectivamente, mediante la implementación de un Plan de Rescate y Relocalización. Los antecedentes para el otorgamiento de este permiso se presentan en el Adenda 2, Anexo 1. Al respecto, se tendrá que:
a. El Plan de Rescate y Relocalización de Reptiles y Micromamíferos en categoría de conservación a implementar, que se presenta en detalle en el Adenda 2, Anexo 1, contemplará al menos los siguientes aspectos:
i Durante la ejecución de la campaña de rescate, se registrará el estado y sexo de cada ejemplar.
ii. La captura de reptiles será realizado mediante la técnica del lazo de nylon y nudo corredizo, complementada con captura manual directa. El rastreo del área se iniciará a las 08:00 (h) a.m., y finalizará a las 20:00 (h) p.m., con 10 (horas/persona/día de trabajo efectivo). El área será revisada durante dos días consecutivos, para asegurar un máximo nivel de rescate.
iii, El rescate de micromamíferos estará enfocado en la especie Thylamys elegans (Llaca), y para lo cual se utilizarán 30 trampas Sherman de captura viva, que se ubicarán en tres transectas. Los trampeos se realizarán por un periodo de 3 noches.
iv. Los ejemplares de reptiles capturados, serán dispuestos en recipientes plástico, con ventilación y tierra en su interior.
v. Los micromamíferos capturados, serán mantenidos en las mismas trampas, durante 2 (h) máximo aproximadamente.
vi. Los individuos capturados se relocalizarán en la Reserva Nacional Lago Peñuelas dado que tiene características ambientales similares a las del lugar de origen, en un plazo no superior a 24 (h) después de realizado el rescate.
vii. Se emitirá un informe al Servicio Agrícola y Ganadero de la jurisdicción correspondiente, que indicará claramente la cantidad de ejemplares que hubiesen sido capturados y los sitios de captura y relocalización de manera georeferenciada.
viii. Para verificar la eficiencia del Plan, se efectuará un primer monitoreo a los siete días de realizada la relocalización; y, un segundo monitoreo, a los 15 días. Para esto, se empleará la observación directa de los individuos marcados, en el caso de los reptiles; y a través de una recaptura con trampas, en el caso de los micromamíferos.
b. La presentación de los antecedentes ante el Servicio Agrícola y Ganadero para la obtención del permiso sectorial, dará cumplimiento a lo señalado en el D.S. N” 5/98 del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza, artículo 18.
c. El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), mediante su Ord. N* 596 del 02 de abril del 2013, ha señalado que se pronuncia conforme respecto del proyecto y con relación a este permiso, ha indicado que para efectuar la relocalización de los ejemplares de fauna en categoría de conservación en la Reserva Naciona! Lago Peñuelas, el titular debe contar con la autorización de la
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Corporación Nacional Forestal, en su calidad de Administrador de la Reserva. Además, con relación a la entrega del informe que se efectuará con posterioridad a la relocalización de la fauna, indica que éste sea entregado a la Dirección Regional del SAG, en un plazo no superior a 30 días, contados desde la finalización de las labores de rescate y relocalización.
Que, sobre la base de lo señalado en el Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental; los pronunciamientos evacuados por los servicios que han participado en el proceso de evaluación y según lo considerado por esta Comisión, el proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos", no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a los que se refiere el Art. 11 de la Ley 19.300, Ley de Bases del Medio Ambiente, dado lo siguiente:
a) Con relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, es posible indicar que:
a.1) Emisiones a la atmósfera. Durante la ejecución del proyecto se generarán emisiones a la atmósfera que serán controladas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.10 de esta Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
a.2) Generación de Ruidos. Durante la ejecución del proyecto se producirán emisiones de ruido que serán controladas/minimizadas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.11 de esta Resolución.
En particular, de acuerdo a lo informado por el titular durante la evaluación del proyecto, durante la etapa de construcción con la implementación de la barrera acústica propuesta, las emisiones no superarán los niveles máximos contemplados en la legislación vigente aplicable. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
a3) Residuos Líquidos: Durante la ejecución del proyecto se generarán residuos líquidos que serán manejados, tratados y dispuestos de acuerdo a las medidas que se detalla en el Considerando 3.12 de esta Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
a.4) Residuos Sólidos. Durante la ejecución del proyecto se generarán residuos sólidos que serán manejados y dispuestos según se detalla en el Considerando 3.13 de esta Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
a.S) Formas de Energía. Durante la ejecución del proyecto no se generará ninguna forma de energía. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
b) Con relación a efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que:
b.1) Recurso Aire, Durante la ejecución del proyecto se generarán emisiones a la atmósfera que serán controladas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.10 de esta Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considerará generar este tipo de efectos, caracteristicas y/o circunstancias.
b.2) Recurso Suelo. El proyecto se llevará a cabo en un área normada por el Plan Regulador Comunal de San Antonio, en una Zona Industrial 1 (ZI-1), que permite, entre otras, la realización de actividades productivas de industrias molestas e inofensivas; y, almacenamientos molestos e inofensivos. Además, durante la evaluación ambiental del proyecto el titular señaló que las actividades de bodegaje y almacenamiento de productos químicos no afectarán ni contaminarán el suelo.
En la DIA, Anexo 4, se presenta informe con las características geológicas de la zona en que se emplazará el proyecto. Entre otros aspectos, este informe indica que el suelo existente presenta una baja transmisividad, de 5,34 x 10-1 (m2/día); una permeabilidad de 0a 13 (mm/h); y una velocidad de infiltración de 0,0084 (m/día).
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En la DIA, Anexo 21, el titular presentó análisis del suelo del área de influencia del proyecto, que consideró todos los analitos orgánicos e inorgánicos de las diferentes sustancias químicas que serán manejadas durante la ejecución del proyecto. Las coordenadas de las muestras de suelo tomadas para establecer los valores de referencia, se muestran a continuación:
Coordenadas UTM (WGS84 Huso Muestra 19) Este Sur 1 272.185 6.278.093 2 272.155 6.278.172 3 272.272 6.278.151
En caso de ocurrir un evento de derrame no deseado que llegara a sobrepasar los sistemas de control de derrames que se implementarán en las instalaciones proyectadas y que alcanzara el suelo desnudo del perímetro de la propiedad, se implementará un plan de acción para controlar y monitorear los efectos sobre el suelo desnudo, que se detalla en los Considerandos 3.14 y 3.15 de esta Resolución.
Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considerará generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
b.3) Recurso Agua. En el área en que se emplazará el proyecto, no existen cursos de aguas superficiales que fuesen a ser intervenidos por la ejecución del mismo; sin embargo, si existe una obra de canalización artificial que se emplaza en el perímetro exterior del predio, pero ésta no será intervenida por las obras proyectadas. En el Adenda 1, Anexo 1, se presenta plano que muestra la ubicación del proyecto y la canalización mencionada.
En la DIA, Anexo 4, se presenta informe con las características hidrogeológicas de la zona en que se emplazará el proyecto. Entre otros aspectos, este informe presenta los siguientes antecedentes:
i. Las equipotenciales en el área de estudio muestran que el flujo subterráneo circula principalmente en dirección noreste, siguiendo la dirección de escurrimiento hacia el talweg del estero el sauce. Las líneas de flujo equipotenciales, se presentan en el Plano Equiflujo del mismo Anexo.
ii. El nivel estático del acuífero se encuentra es de 6 a 7 (m) de profundidad.
iii. La vulnerabilidad del acuífero es media, con un tiempo de residencia aproximado en el subsuelo sobre el acuífero de entre 3 y 10 años.
En el caso del acuífero presente en el área del proyecto, las obras de pavimentación de las vías de circulación exterior a las bodegas proyectadas, y las soleras perimetrales del recinto, evitará la salida de cualquier sustancia química ante un evento no deseado de derrame. Sin embargo, en caso de ocurrir un evento que llegara a sobrepasar los sistemas de control de derrames que se implementarán en las instalaciones proyectadas y que alcanzara el suelo desnudo del perímetro de la propiedad, se implementará un plan de acción para controlar y monitorear los efectos sobre el suelo desnudo, que se detallan en los Considerandos 3.14 y 3.15 de esta Resolución, que evitarán que el agua subterránea se viera afectada.
No obstante lo señalado, si ante la ocurrencia de un evento no deseado se llegara a establecer que la contaminación alcanza hasta el nivel estático del acuífero subterráneo, se procederá a realizar un monitoreo de este recurso, según se detalla en el Considerando 3.15 de esta Resolución.
Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
b.4) Recurso Flora y Fauna. Si bien para la ejecución del proyecto no se requerirá explotar ni intervenir este tipo de recursos, dado que, según antecedentes presentados en el Adenda 1, Anexo 2, en el área en que se emplazará el proyecto, existen dos especies vertebradas en categoría de conservación, especificamente Lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus) y Llaca (Thylamys elegans), en categoría de vulnerable y rara, respectivamente, por lo cual el titular, para controlar y minimizar los efectos que generará la ejecución del proyecto, implementará medidas de rescate y relocalización de la fauna en categoría de conservación, que se detallan en el Adenda 2, Anexo 1, y se mencionan en el Considerando 4.2.4 de esta Resolución.
Además, se colocarán letreros de prohibido cazar en la zona y se capacitará al personal con una charla audio visual sobre especies de fauna silvestre y vegetación existente en lugar en que se emplazará el proyecto,
Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considerará generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
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c) Con relación al reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que:
El proyecto se llevará a cabo en un área regulada por el Plan Regulador Comunal de San Antonio, correspondiendo a una Zona Industrial 1 (Z1-1), siendo concordante con el mismo.
Mediante un folleto, que se entregará antes del inicio de las obras proyectadas a las juntas de vecinos, el titular comunicará a los vecinos colindantes del poblado de Leyda sobre el imicio de las mismas, su duración, características y las actividades que se llevarán a cabo durante su ejecución.
Además, se mantendrá un canal de relaciones con la junta de vecinos, con un interlocutor a cargo por parte del titular, de tal forma de mantener siempre una comunicación expedita con la comunidad.
Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
d) Con relación a la localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible indicar que:
El proyecto se llevará a cabo en un área regulada por el Plan Regulador Comunal de San Antonio, correspondiendo a una Zona Industrial 1 (Z1-1), siendo concordante con el mismo.
Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
e) Con relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, es posible indicar que:
Se contemplará la implementación de una obra de paisajismo para disminuir el impacto visual de las instalaciones para los habitantes cercanos, que detalla en la DIA, Anexo 18, que entre otros aspectos, considera lo siguiente:
e.1. Se contemplará la implementación de una cortina verde a través de un cerco perimetral. Al interior del predio, se desarrollará un paisajismo basado en el xeriscape o paisajismo desértico, evitando el uso excesivo de agua y basado en una reducción casi total ella a partir del 3 año hacia delante, para esto se ocupará 80% de plantas nativas y de muy bajo consumo hídrico.
e.2. Las especies arbóreas que se emplearán, corresponderán a 44 unidades de Quillaja saponaria y 9 de Crinodendron patagua; mientras que los arbustos, a 40 unidades de Puya chilensis (Chagual), 16 unidades de Colliguaja odorifera (Colliguay), 21 unidades de Nasella tenuisima (Stipa) y 50 unidades de Penisetum seteasum (Penisetum).
e.3. La plantación total de las especies vegetales estará lista una vez terminada las obras gruesas, estimándose que corresponderá al segundo semestre del año 2013. La reposición de especies se realizará a partir de otoño del año 2014, evitando las altas temperaturas de verano por una probabilidad alta de pérdida de las plantas.
e.4. Todos los árboles y arbustos se fertilizarán una vez al año.
Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
f) Con relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se puede indicar que:
En el área de influencia directa del proyecto no existen monumentos nacionales declarados, ya sea históricos, santuarios de la naturaleza o zonas típicas, y de acuerdo a los antecedentes presentados en la DIA, Anexo 5, tampoco habrán antecedentes sobre la existencia de recursos paleontológicos.
Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.
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Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, en caso que el proyecto fuese calificado favorablemente, el titular se ha comprometido a:
a. Enviar el Plan de Emergencias a Bomberos de la jurisdicción respectiva y así, establecerá las coordinaciones respectivas ante la ocurrencia de eventos no deseados.
b. Entregará tríptico e informará a la comunidad de Leyda, a través de la junta de vecinos, sobre las medidas y procedimientos a adoptar en caso de ocurrir una situación de emergencia. Este proceso se realizará una vez que el proyecto estuviera en operación, y la fecha de la capacitación se acordará, de mutuo acuerdo, con la comunidad.
c. Ingresar las exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso se materializará en un plazo no superior a seis meses, contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según corresponda.
Que, respecto de la relación del proyecto con políticas, planes y programas de desarrollo regional y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental del mismo, el proyecto corresponde una actividad productiva, generadora de empleos y que dará cumplimiento a la normativa ambiental aplicable, acorde con los lineamientos del Plan. Lo anterior, respecto del Plan de Desarrollo Regional, para el período 2007 - 2010.
Que, respecto de la relación del proyecto con planes de desarrollo comunal, y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental del mismo, el proyecto será una oportunidad de empleo para los habitantes del sector. Además, se enmarca en el cumplimiento de la actual legislación ambiental, al ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y considera todos los aspectos ambientales asociados a la actividad en evaluación y su correspondencia con la ordenación territorial actual de la comuna. Lo anterior, respecto del Plan de Desarrollo Comunal de San Antonio que establece objetivos en relación con áreas estratégicas tales como institucional, económica-productiva, territorial, social, educación y salud.
Que, respecto de la compatibilidad territorial, el área donde se emplazará proyecto se encuentra normada por el Plan Regulador Comunal de San Antonio, correspondiendo a una Zona Industrial 1 (ZIF-1), que permite, entre otras, actividades productivas de industrias molestas e inofensivas; y, almacenamientos molestos e inofensivos. Al respecto, el titular presenta en la DIA, Anexo 2, Certificado de Informaciones Previas N? 479 del 29.06.2012, emitido por la I. Municipalidad de San Antonio que, entre otros aspectos, indica los usos permitidos de suelo para la zona en que se emplazará el proyecto e indica la existencia de servicios de agua potable, alcantarillado y electricidad. Adicionalmente, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, mediante Ord. N* 450 del 26 de febrero de 2013, ha señalado que el proyecto es concordante con el uso de suelo establecido en el Instrumento de Planificación Territorial vigente. Por lo anterior, la ejecución del proyecto será acorde con el instrumento de planificación territorial.
En virtud de lo que se establece en el D.S. N* 78/2009 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, artículo 5, una vez que el titular cuente con la calificación ambientalmente favorable para el proyecto, éste deberá obtener la autorización sectorial del proyecto por parte de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, y para lo cual deberá hacer los trámites correspondientes en la oficina de la jurisdicción respectiva.
Que, esta Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse sobre los aspectos ambientales del Proyecto, por lo cual para que éste pueda ejecutarse, debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, la Declaración de Impacto Ambiental, sus Adenda y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación se considerarán oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se considerarán asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones que quede sujeto por la presente Resolución.
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13.
Que, en relación con la identificación de impactos ambientales no previstos en la evaluación ambiental del proyecto, el titular deberá informar oportunamente a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaiso la ocurrencia de dichos impactos, asumiendo acto seguido las acciones o medidas ambientales necesarias para hacerse cargo de las mismas. La información deberá efectuarse el primer día hábil siguiente de ocurrido el o los impactos ambientales.
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia de Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Res. Ex. N? 844 de la Superintendencia de Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el día 02 de enero de 2013.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
Que, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso cualquier modificación o variación que se presente o ejecute al proyecto aprobado, para verificar si corresponde una nueva evaluación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley N* 19.300 y del artículo 2 literal d) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso y a la Superintendencia de Medio Ambiente la ocurrencia de cambios de titularidad, razón social, domicilio y representación legal del proyecto.
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Evaluación de la Región de Valparaíso, RESUELVE:
- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos
Químicos", en adelante el proyecto, presentado por el Señor Eduardo Latorre Salas, en representación de PROQUIEL LTDA.
La presente Resolución no exime a PROQUIEL LTDA. de la obligación de solicitar las autorizaciones que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes.
CERTIFICAR que el proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y cumple con los requisitos ambientales de los Permisos Ambientales Sectoriales N 91, N? 93, N? 94 y N” 99, establecidos en el Título VII del D.S. N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. .
Que para que el proyecto pueda ejecutarse deberá dar cabal cumplimiento a todas las exigencias, medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.
Dichas exigencias ambientales deberán ser ingresadas por el titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.
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Se hace presente que, contra de la presente Resolución procede la reclamación del artículo 20 de la Ley 19.300. El plazo para interponer estos recursos es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
¡RR
Raúl Eduardo Celis Montt Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso.
í
Y ln ra- - noveva Razeto ere;
Directora Regjónal del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Valparaíso.
A.
Distribución:
Cleo:
Señor Eduardo Latorre Salas
Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaiso
Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso
Gobierno Regional, Región de Valparaíso
Tlustre Municipalidad de San Antonio
SEREMI Salud, Región de Valparaiso
SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso
SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso
SEREMI de Economía
SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaiso
SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso
SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaiso
SEREMI de Minería, Región de Valparaíso
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso
Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central Servicio Nacional de Pesca, Región de Valparaíso
Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Valparaíso Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Sr. Raúl Celis Montt, Presidente Comisión Evaluación Ambiental, Región de Valparaiso
Sra. Coordinadora Unidad de Participación Ciudadana, Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaiso Superintendencia de Medio Ambiente
Expediente del Proyecto "Bodegas de Almacenamiento de Productos Químicos"
Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
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