Evaluación SEA

Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT Nº212111004.

Rol 7410339
SEA · DIA · Aprobado · 2012-10-08 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · Ventisqueros S.A.

*

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DE AYSÉN

Califica Ambientalmente el proyecto "Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004."

Resolución Exenta N* 148

Coyhaique, 3 de Julio de 2013

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004”, presentada por PRODUCTOS DEL MAR VENTISQUEROS S.A,

representada por el Sr. Javier Lecaros Hernández, con fecha 08/10/2012.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las

cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1. Con relación a la DIA del Proyecto

a) Con relación a la DIA del Proyecto

Institución ORD. N Fecha Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de | 533 23/10/2012 Aysén. Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén 1864 31/10/2012 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén 99-EA/2012 31/10/2012 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/412 05/11/2012 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 1390 05/11/2012 Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén 361 06/11/2012 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 552 06/11/2012 Subsecretaria de Pesca 3043 08/11/2012 Informes de compatibilidad territorial; políticas, planes y programas, Regional y Comunal Institución ORD. N? Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/403 23/10/2012 Gobierno Regional, Región de Aysén 1791 2510/2012

b) Con relación a la ADENDA N*1 del Proyecto

Institución ORD. N* Fecha

SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 160 11/04/2013 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/140 11/04/2013 Subsecretaría de Pesca 877 12/04/2013

c) Con relación a la ADENDA N?2 del Proyecto

Institución ORD. N* Fecha

Subsecretaría de Pesca 1413 13/06/2013

  1. El Acta de Evaluación N* 033/2013, del Comité Técnico de fecha 27 de Junio del 2013.

  2. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004”, de fecha 01 de Julio del 2013.

  3. El Acta Comisión de Evaluación Región de Aysén, Sesión Ordinaria N* 01-07/2013, de fecha 02 de julio del 2013.

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004".

  5. La Ley N” 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de

1994, modificada por la Ley N” 20.417, publicada en el Diario Oficial el 28 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; el D.S. N 95, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; la Resolución Exenta N 1303, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 24 de octubre de 2012, que nombra como Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Aysén a don Christian Betancourt Guerra; y, la Resolución Exenta N* 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma Razón.

CONSIDERANDO: 4.- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004".

2.- Que, el derecho de PRODUCTOS DEL MAR VENTISQUEROS S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que

deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado,

3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*2121 11004", consiste en:

3.1. Tipología de Proyecto:

n3- Producción anual igual o mayor a (35ton) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo.

s

0.8. - Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el titular presenta como parte integrante de su proyecto un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.

3.2. Cronograma de Actividades

ACTIVIDAD FECHA DE INICIO FECHA DE TÉRMINO Levantamiento de la Información Junio 2012 Julio 2012 Etapa de Operación Noviembre 2012 Indefinida Etapa de Abandono Indefinida Indefinida

3.3. Monto de Inversión: USD $ 2.600.000.- 3.4. Vida útil: Indefinida. 3.5. Mano de Obra:

Etapas Mano de obra | Mano de obra PROMEDIO MÁXIMA

Levantamiento de la Información 4 4

Etapa de Construcción 10 10

Etapa de Operación 11 11

Etapa de Abandono 5 5

3.6. La superficie que comprende el proyecto es de 14,65 hectáreas. 3.7. La producción máxima solicitada es de 6.000 toneladas de salmónidos

3.8. Localización:

El proyecto se localizará en la Undécima Región, Provincia de Aysén, Comuna de Cisnes, Isla Francisco, Sector Noroeste la administración marítima corresponde a la Gobernación Marítima de Cisnes.

El proyecto se localiza en una zona preferencial para la extracción de recursos bentónicos, según lo establecido en Decreto Supremo (M) N* 153, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional.

3.9. Coordenadas Geográficas: Coordenadas de los Vértices de la Concesión

Referidas a la Carta SHOAN*8300 WGS — 84

Vértice Geográficas UTM Latitud (S) Longitud (W) Distancia entre vértices A 420 44% 28' 17.02" 73% 41* 04.33”

B 44" 28' 29.32” 73" 40' 56.20” 323

Cc 44" 28' 35.99" 309 73% 41' 07.46”

D 524 44" 28' 30.35” 73% 41' 19.09" Superficie total de la concesión 146.500 m*

3.10.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto corresponde a la ampliación de producción en la operación de un centro de cultivo de recursos hidrobiológicos, específicamente engorda de salmónidos de una producción de 1.980 Ton a 6.000 Ton. El proyecto se encuentra localizado en Canal Chipana, al Noroeste de Isla Francisco, Comuna de Cisnes, Región de Aysén con una

RCA Original N*327 de Agosto del 2005, 3.10.1 FASE O ETAPA DE CONSTRUCCIÓN. 3.10.1.1. Balsas de cultivo:

El número de estructuras técnicas a instalar cada año, las dimensiones de las balsas-jaulas, y volumen y área máxima a ocupar por el proyecto, se encuentran detallados en el siguiente cuadro. Además se realiza una comparación con las estructuras que se instalarían si el proyecto comenzara a funcionar como se encuentra aprobado.

Número de balsas-jaulas a instalar por cada ciclo productivo.

Ciclo Producción Original PRoducción proyectada 1 2 3 4 5 1 2 3 4 5 p] 2 19 24

Número de estructuras :

Total 19 24 20x20x14 30x30x18

Dimensiones de las

estructuras

Área de mar total a| 7.600 m? 21.600 m?

ocupar

Volumen máximo a| 106.400 m? 388.800 m*

ocupar

Fuente: Proyecto Técnico

Las instalaciones necesarias para la operación del centro comprenden un sistema de balsas-jaula y bodega flotante. Las balsas-jaula serán compradas a empresas dedicadas al rubro. Se fondearán a través de cables tensores de acero unidos a un sistema de anclaje de cemento (muertos). Estas estructuras serán armadas en Puerto Montt, siendo posteriormente remolcadas al lugar de operación del proyecto, previa autorización de la Capitanía de Puerto correspondiente.

Para su instalación se contratará los servicios de instalación y fondeo.

El sistema de fondeo estará compuesto por bloques dobles de hormigón armado de 12 toneladas y bloques de hormigón armado de 8 toneladas a ambos lados del sistema, cadenas de 32 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8, cabo de polipropileno de 1,1/4 de diámetro y cable de acero de una pulgada. En las cabeceras irán boyas de 2000 L y en los

lados serán de 1100 L. 3.10,1.2. Redes.

En el centro se manejarán tres tipos de redes:

Redes de cultivo

Estas irán variando su abertura de malla dependiendo del tamaño de los salmones. Sus dimensiones serán de 30 x 30 m, con una titulación que variará de 2104/60 a 210d/120 y una apertura de malla que variará de 1” a 2%”. Poseen un cono inferior para un deslizamiento más fácil del pez.

Redes loberas

Bajo el agua: Éstas evitarán pérdidas de salmones por ataques y roturas de red por lobos de mar u otros depredadores. Sus dimensiones serán de 144 x 32, con una titulación de 210/360 y una apertura de malla de 10”, la que evitará que los

depredadores se enmallen.

En concreto, por cada red se ubicaran 2 jaulas; por lo que en total se utilizaran 12 redes loberas.

Redes pajareras

Estas tendrán doble propósito de proteger la superficie de la balsa-jaula de posibles escapes de salmones y ataques de pájaros. Sus dimensiones serán de 33 x 33 m, con una titulación de 400d/38 abertura de malla de 4”.

Se dispondrá impregnar las redes en talleres de autorizados por las autoridades competentes y que posean todos sus permisos ambientales vigentes. En este caso las redes se cambiarán para limpiarlas, lavarlas, repararlas y luego impregnarlas con pintura anti-incrustante. No se descarta la posibilidad de realizar limpieza de redes insitu, siempre y cuando se obtengan los permisos correspondientes con la autoridad competente respecto a la normativa ambiental

aplicable,

e redes”, el cual incluye todos los procedimientos referidos a la extracción misma de ellas como a su traslado desde el centro de cultivo al lugar de destino. Lo anterior considerando las recientes modificaciones realizadas al D.S. N* 320 del 14 de Diciembre de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (MINECON), Reglamento Ambiental para la Acuicultura, que incorporó nuevos deberes y/o obligaciones a las empresas productoras y de servicios, en especial en lo referente al transporte de redes de cultivo, señalando que “El transporte marítimo, fluvial y lacustre de las artes de cultivo deberán realizarse en contenedores que impidan el

escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material”.

El centro cuenta con un “protocolo de extracción d

3.10.1.3. Reemplazo de las estructuras existentes en el centro

En Adenda 1, el titular informa el procedimiento y destino de las 19 balsas jaulas y todos sus componentes. Como primer procedimiento el titular limpiará y desinfectará las estructuras de cultivo, conforme los lineamientos señalados en la normativa ambiental vigente. Para su traslado se consideraran las siguientes acciones.

  1. Enel centro de cultivo, el Departamento de Salud deberá coordinar faenas de desinfección de la infraestructura.

  2. Estas se llevarán a cabo de acuerdo a instrucciones entregadas para cada oportunidad por el Departamento de Salud, ya sea, elaborada por ellos mismos o por empresas prestadoras de servicios, previa revisión y aprobación.

  3. Una vez realizadas las faenas de desinfección, estas deben quedar registradas en la “Bitácora del Centro”.

  4. Silos manejos de lavado y desinfección de maquinarias o instalaciones son realizados por personal externo o fuera de las dependencias de la empresa se debe entregar (por el encargado de dicho manejo) el protocolo o

procedimiento con el cual trabaja, un certificado que acredite lo realizado, así como los productos utilizados.

Luego de dar cumplimiento a estas acciones, las estructuras de cultivo serán reutilizadas en la implementación de otros centros de cultivo de la misma empresa. Sin embargo, en caso de que algunos de los componentes (dispositivos flotantes de plástico, cables de acero y sistema de anclaje) no puedan ser reutilizados para los fines que fueron fabricados y dependiendo de sus características serán trasladados a un vertedero autorizado y por alguna empresa que

entregue este servicio. 3.10,1.4. Artefacto Naval El pontón flotante contará con habitabilidad máxima para 11 personas y bodegas para los insumos.

Esta estructura es un Artefacto Naval que se encuentra bajo la jurisdicción de ta Armada, por lo que cumplirá con la normativa específica aplicable.

La estructura contará con las siguientes características.

Características principales

  • Eslora de flotación: 21 m.

  • Manga máxima: 13 m.

  • Puntal de trazado: 3.2 m.

  • Habitabilidad 2? nivel: 136 m?

  • Habitabilidad total bodega:114 m?

  • Habitabilidad útil bodega:75 m?

  • Capacidad de Carga : 180 toneladas

  • Estanque de combustible: 9m*

  • Estanque para agua dulce: 9m*.

Materiales empleados

El principal material empleado es el hormigón armado, con el que se construye todo el casco de flotación, las mamparas interiores y la cubierta.

Circuito de agua para consumo El circuito de agua de bebida consiste en lo siguiente:

Una capacidad de acopio de 9 m* aprox. en estanque de acero, ubicada bajo cubierta en estanco según plano (Anexo IV de la DIA)

La presión del circuito se realizará por medio de un hidropack, de 220 VAC de 1.5 HP, con un respaldo de baterías para su funcionamiento cuando no exista energía de 220 volt.

Cañerías y fittings en cobre tipo L

Tratamiento de aguas sucias

Las aguas servidas domésticas generadas durante la etapa de operación del proyecto, se tratarán en una planta de tratamiento electroquimica y/o fisicoquiímico de pequeño tamaño, las que poseen las siguientes ventajas:

+» No genera lodos. + Es posible utilizar agua salada. + No es afectada por productos químicos de limpieza utilizados en baños y cocina. Alarma indicadora de falla en

varios de sus parámetros críticos, con lo que asegura al usuario el cumplimiento de la norma de emisiones. + No requiere uso de cloro, éste es autogenerado por la planta de tratamiento. + No utiliza bacterias ni químicos, el tratamiento es por oxidación electroquímica. » Requiere de no más que 4 horas de mantención al mes, la mantención es automática con un sistema de lavado de celdas incorporado. No requiere ser intervenida para realizar mantención, esta es realizada desde el panel de control eléctrico. Se apaga junto con el generador durante las noches si es necesario. No genera olores, gas metano o sulfurados.

Reducido tamaño, hasta 10 veces menor que una planta biológica. No requiere un tiempo de puesta en marcha, al ser conectada ya está en condiciones de tratar el efluente. Así

mismo, puede ser desconectada de la fuente de energía y al ser conectada nuevamente procesará los desechos

acumulados. + La planta es extremadamente compacta, por lo que especialmente indicada para su instalación en espacios

confinados. + Fácil manejo, la planta se opera a través de una pantalla de control.

Esta planta de tratamiento consiste en una unidad principal de tratamiento, un declorador y un transformador, todos los cuales pueden ser montados en muros. La unidad de tratamiento ha sido certificada por Bureau Veritas (BV) para la última recomendación OMI MEPC 159(55) y cuenta con certificado de aprobación DGTM y MM para su instalación en

territorio chileno.

El Titular declara que las concentraciones máximas del efluente descargado serán las establecidas en la circular A- 52/004 DGTM. Y MM. ORDINARIO N? 12600/931 VRS. de fecha 13 de diciembre de 2007, de acuerdo a la siguiente

cuadro:

Concentraciones máximas del efluente a descargar

Parámetro unidad expresión límites máximos

Aceites y Grasas mg/L. AyG 150

Sólidos Sedimentables mg/L/h S SED 35

i 4

Sólidos Suspendidos Totales mg/L ss 35

pH Unidad pH 6-8.5 Coliformestermotolerantes NMP/100 mi Coli/100 ml 100 (*) Demanda Bioquímica de Oxígeno | mg/L DBOs5 25

en 5 días

Demanda Química de Oxígeno mg/L DQO 125 Sólidos flotantes Ausentes Ausentes Ausentes

Generadores eléctricos

Se instalarán generadores bajo cubierta con ventilaciones y alimentación de combustible.

La casa es alimentada por un circuito de 220 Volt como sistema normal. También se instalará un sistema de 12 Volt independiente. El circuito de 220 Volt contempla la alimentación de las dependencias, dormitorios, cocina, baño, estar/comedor, oficina, con un centro superior y un enchufe de bajo consumo, además se consideran 2 enchufes

monofásicos para exteriores, próximo a las salidas de la bodega.

Estanques de combustible

Contiguo al estanco del generador, se instala un estanque de combustible con capacidad para 9 m'. Aprox. El estanque se alimenta desde cubierta por una cañería de admisión de 2" de diámetro.

El titular se compromete a presentar un Plan de Contingencia ante la Autoridad Marítima correspondiente, para afrontar derrames de hidrocarburos una vez que sea aprobado el proyecto de acuerdo a la directiva de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante ordinario A-53/002.

Sistema de achique y combate contra incendios

El sistema consiste en la instalación de una motobomba desmontable, la cual puede moverse por la cubierta, manguera de succión, manguera de bombero con pitón, picota de bombero y cuatro extintores de 6 kg a ubicarse en el interior de la habitabilidad. La motobomba tiene como objetivo succionar el agua dulce desde los estancos en caso de inundación o succionar agua de mar para apagar eventuales incendios.

Esquema de pintura

La obra muerta será pintada con esmalte sintético industrial color verde oliva u otro, al igual que la obra viva. Los silos en su totalidad serán pintados verde oliva u otro con anticorrosivo y en la cubierta de éstos se aplicarán esquema epóxico antideslizante con arena de cuarzo.

3.10.1.5. Plataforma de ensilaje de Mortalidad

El proceso de construcción del Sistema de Ensilaje se realizará y se ubicará dentro del área de la Concesión, para esto se contará con una plataforma para tales efectos.

La instalación que alberga el proceso se construirá en acero inoxidable, el que contará en su interior un pretil de contención para derrame.

La mortalidad que será sometida a ensilaje es exclusiva del Centro. Estructura y características de la Bodega de ensilaje:

Eslora total: 6,00 m

Manga Máxima: 5,50 m.

Puntal Máximo: 1,70 m.

Calado de diseño: 1,00 m.

Francobordo Mínimo con Carga: 0,60 m. Superficie de Cubierta: 32,75 m2.

  • Altura máxima del Galpón: 2,60 m.
  • Ancho máximo del Galpón: 3,80 m.

  • Capacidad de silo de ensilaje: 21 mé Características de la instalación en donde se emplazará el sistema de ensilaje.

  • Contará con resistencia estructural suficiente para soportar los esfuerzos a los que será sometido, entiéndase carga, condiciones de viento, mar, etc.

  • El armador deberá evaluar si sobre cubierta se requiere de elementos de protección para la operación en la

plataforma, debiendo proponer barandas, aro salvavidas, señales de fondeo, etc., lo anterior de acuerdo a la

ubicación de cada proyecto.

Las instalaciones destinadas a albergar el Ensilaje contarán con un lugar especialmente adecuado para el

almacenamiento del acido fórmico. Entre las características que este reunirá, están el que sea un lugar ventilado,

fresco, seco y lejos de fuentes de calor o ignición.

  • Las instalaciones serán de estructura sólida, resistente a la acción del agua, incombustible, y de techo liviano.

  • Contar con techumbre si se trata de almacenar envases con ácido, según ficha de seguridad. Lo anterior es para evitar el contacto con el agua o las fuentes de calor para el verano.

  • En la Plataforma de Ensilaje no habrá almacenamiento de ácido fórmico. El abastecimiento de ácido fórmico, se hará en la medida que se requiera.

  • Contar con los cálculos de fondeo.

  • El Artefacto Naval o Plataforma, debe tener la boyantez suficiente con un francobordo con carga y personal a

bordo, que evite el embarque de agua en distintas condiciones de tiempo.

Acceso restringido del personal.

Los productos estarán segregados de acuerdo a sus compatibilidades.

Los equipos eléctricos, de iluminación y ventilación, que deba tener la instalación, serán resistentes a la corrosión.

La plataforma donde se emplazarán los equipos de ensilaje deben disponer de agua dulce de emergencia y una

estación Lavaojos a no más de 20 metros, esta debe ubicarse en un lugar libre de obstáculos y debidamente

señalizado.

  • La cubierta principal puede ser aligerada (con orificios), excepto en las zonas en que pueda caer “ácido fórmico” u otra sustancia nociva al agua, donde ésta debe ser corrida (continua) y no porosa, además de contar con un pretil de contención, objeto pueda contener la totalidad del producto o sustancia derramada. (Volumen Mínimo de 1,3 mí)

  • Se contará con agentes de absorción y/o neutralización en lugares debidamente dispuestos y señalizados.

El titular señala que la superficie utilizada para este proceso, será la misma que hasta hoy se usa como lugar de acopio temporal de la mortalidad.

3.10,1.6. Agua Potable Abastecimiento de agua potable

La fuente de abastecimiento de agua potable provendrá de la red pública desde el centro urbano más próximo, Puerto Chacabuco, o Cisnes. El titular se compromete a abastecer el centro con la cantidad necesaria para cumplir con el requerimiento de 100 litros/persona/día, según lo indicado en el Art. 14 del D.S. N* 594/99 sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Además se proveerá de agua para beber mediante bidones de agua mineral envasados, adquiridos en el comercio y transportados en botes o barcazas hacia el centro.

Si el agua dulce a utilizar para el abastecimiento del Centro de Engorda de Salmones proviene de una fuente distinta a las indicadas, previo al uso y, según las fuentes de que provenga para los fines de agua potable y sanitarios se solicitarán las autorizaciones y permisos correspondientes y/o los derechos de aprovechamiento asociados.

En caso de utilizar para el suministro de agua dulce la altemativa de un Sistema de Agua Potable Rural, el titular presentará, previo a su utilización, la autorización del comité respectivo, previo Informe Técnico del Ministerio de Obras

Públicas.

Transporte de agua potable

El titular transportará el agua potable en una embarcación o barcaza según requerimiento. La norma vigente, exige que se dispongan de 100 litros por persona en el lugar de trabajo, por lo que se necesitarán 1.100 litros diarios para todo el

personal en periodo de máxima operación.

Almacenamiento de agua potable

El agua será almacenada en un estanque de acero de 10.000 litros de capacidad de acopio.

3.10.2 ETAPA OFASE DE OPERACIÓN

| | j

3.10.2.1. Ingreso de los peces

El número de smolts (salmónidos) ingresado cada ciclo será el mismo, debido a que se instalarán la totalidad de balsas jaulas el primer año. Los smolts ingresarán con un peso inicial promedio de 100 gramos para salmónidos a este centro de engorda; provenientes de centros de smoltificación o pisciculturas. Estos serán transportados en wellboat o camiones, al centro de cultivo. Este servicio podrá ser contratado en el mercado de empresas autorizadas destinadas a ello.

Cada movimiento de smolts desde la piscicultura hasta el centro de cultivo será respaldado por registros internos del centro (bitácora) y guías visadas de Sernapesca.

El número de smolt y biomasa a ingresar por ciclo productivo se encuentra detallado en el siguiente cuadro.

Número y Biomasa de Smolt ingresados por ciclo productivo.

Ciclo Producción Original Ampliación de Producción NÚMERO DE SMOLTS | BIOMASA DE SMOLTS | NÚMERO DE SMOLTS | BIOMASA DE SMOLTS INGRESADOS POR | INGRESADOS POR AÑO | INGRESADOS POR | INGRESADOS POR ciclo (U) (Kg.) ciclo (U) ciclo (Kg.)

1 65.784 6.578 1.325.890 132.589

2 0 0 1.325.890 132.589

3 65.784 6.578 1.325.890 132.589

4 0 0 1.325.890 132.589

5 624.952 62.495 1.325.890 132.589

Comparando las características del proyecto aprobado y las modificaciones que se pretenden implementar, podemos mencionar el aumento del tiempo en el ciclo productivo, ya que el proyecto inicial contempla ciclos de 12 meses mientras que en el proyecto en evaluación corresponden a ciclos de 21 meses, debido principalmente a la talla y peso que se desea lograr en los individuos.

3.10.2.2. Engorda

En esta etapa se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 6 Kg promedio.

Durante esta etapa los salmónidos serán mantenidos a una densidad máxima en toro a los 12 Kg/m' a 17 Kg/m?, densidad de cultivo que se encuentra recomendada para reducir los riesgos de brotes de enfermedad.

Se realizarán monitoreos de los peces registrando talla y peso, si no fuese posible realizar este monitoreo se podrá ajustar el mismo según conversión de los peces, permitiendo proporcionar el alimento de acuerdo a la talla y peso de los peces. Los peces se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente preparado para cubrir las necesidades nutricionales específicas de éstos. También se utilizarán alimentadores automáticos y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito.

Un ciclo de engorda desde que llegan los smolts hasta que alcanzan un peso de cosecha demora aproximadamente a los 10 a 12 meses para trucha y salmón del pacifico, mientras que para el caso de los salar el periodo será de entre 17 a 21 meses, además durante todo el periodo se contará con sistemas de seguridad adecuados para prevenir el escape de recursos en cultivo.

Se comparan las características del proyecto aprobado y las modificaciones que se pretenden implementar. En primer lugar, podemos mencionar el aumento del tiempo en el ciclo productivo ya que el proyecto inicial contempla ciclos de 12 meses mientras que en el proyecto en evaluación corresponden a ciclos de 21 meses, debido principalmente a la talla y peso que se desea lograr en los individuos,

Cabe señalar, además, que el aumento de producción se basa en un aumento en la talla y peso de los ejemplares, así como en un aumento del número de ellos. En el siguiente cuadro se puede apreciar la diferencia entre la producción proyectada originalmente y la cual se desea efectuar con la modificación del proyecto.

Número y Biomasa de Salmones a producir.

Ciclo Producción Original Ampliación de Producción N de Salmones | Biomasa de Salmones |N de Salmones | Biomasa de Salmones producido por ciclo producido por ciclo (Kg) producido por ciclo producido por ciclo (Kg)

1 59.549 208.421 1.200.000 6.000.000

2 0 0 1.200.000 6.000.000

3 59.549 208.421 1.200.000 6.000.000

4 0 0 1.200.000 6.000.000

5 565.714 1.980.000 1.200.000 6.000.000

Densidades de cultivo al 5to ciclo con producción máxima.

Biomasa, Volumen y densidad de cultivo.

Producción Biomasa total en un | Volumen total de | Densidad por ciclo (kg) cultivo (mé) ciclo (kg/m?) Aprobada 1.980.000 106,400 18,6 Proyectada 6.000.000 388.800 15,4

3.10.2.3, Cosecha

Cuando los peces alcancen un peso aproximado de 6,0 Kg se procederá a cosecharlos (en función de la normativa ambiental vigente), considerando de tres a cinco días de ayuno previos a la cosecha. Esta actividad consistirá en trasladar los peces vivos desde el centro hasta la planta de proceso ubicada en Chacabuco o Puerto Montt u otra. Serán trasladados en Wellboats, embarcaciones que cuentan con estanques acondicionados para la mantención y traslado de

los peces vivos.

Período de descanso

El proyecto considera períodos de descanso que se cumplirán de acuerdo a lo establecido por la autoridad y el barrio correspondiente, lo que permitirá realizar, mantención; además de proporcionar descanso al lugar y ayudar a la recuperación de la fauna. El proyecto se emplaza en el sector Barrio 18 D.

El titular realizará los muestreos en las frecuencias y condiciones establecidas en la Res. 3612/09, para determinar la presencia de condiciones aeróbicas en, el o los módulos de cultivos.

3.10,2.4. Alimento

Método de alimentación

Se utilizarán sistemas centralizados automáticos de alimentación como, el cual se basa en el suministro de pienso a las jaulas (incluso estanques), a través de tuberías, impulsado por aire desde un lugar centralizado, donde se ubican los silos de pienso, controlados de forma automática desde un computador con software.

El alimento será almacenado en la plataforma flotante en 8 silos de 30 toneladas c/u (no necesariamente contará con todos los silos llenos de alimento) y su suministro estará controlado por medio remoto.

Composición y atributos del alimento

El alimento utilizado será extruido, con una digestibilidad de 80%. La composición promedio del alimento para estos peces y los requerimientos nutricionales se presentan en la siguiente tabla:

Composición promedio del Alimento.

COMPOSICIÓN PROMEDIO (g/Kg.) TAMAÑO DEL PEZ (g)

100-999 1000-1999 >2000 Proteína Cruda 44 37 34 Lípidos 26 31 32 Humedad 8,5 8,5 8,5 Cenizas 6,5 6 6 Fibra Cruda 2,1 2,4 3 Extracto No Nitrogenado 12,9 15,1 16,5

Los ingredientes seleccionados más usados en la formulación son: Harina de pescado, aceite de pescado, aceite vegetal, harina hidrolizada de plumas, harina de vísceras de ave, harina de girasol, harina de soya, gluten de maíz, trigo, sub-productos de molinería de trigo y maíz, premezcla de vitaminas y sales minerales, antioxidantes, astaxantina.

Los porcentajes promedios de fósforo y nitrógeno por clase de talla por pez en el alimento son de:

Porcentajes promedio de fósforo y nitrógeno.

TAMAÑO PEZ (g) NITRÓGENO FÓSFORO TOTAL

% MÍN % MÁX % MÍN % MÁX 100-999 6,88 7,52 0,8 1,0 1000-1999 6,40 7,04 0,8 1,0

2000 5,76 6,40 0,8 1,0

Alimento, y Mortalidad acumulada por ciclo.

Producción Mortalidad máxima acumulada Alimento Acumulado por | por ciclo (Ton) ciclo (Ton) Aprobada 9.676 64 Proyectada 44.625 168

Manejo de insumos

i |

Los insumos serán almacenados en envases separados y herméticamente cerrados. Se pondrá gran énfasis en mantener los envases bien etiquetados.

Se tendrá especial cuidado al manipular los insumos, tales como los combustibles, con el fin de evitar cualquier tipo de derrame al medio, además se utilizarán receptáculos adecuados para evitar vertimientos al medio acuático durante las

labores de llenado o abastecimiento de motores.

El titular se compromete a que el manejo de combustibles, e insumos en general, se respaldará adecuadamente mediante doble guía de recepción y despacho.

Para prevenir y enfrentar algún tipo de derrame, se seguirán las instrucciones establecidas en el D.S. 1/92 Titulo II del Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina

Mercante.

3.10.2.5. Prevención y tratamiento terapéutico Prevención

Se tratará que los peces lleguen a la etapa de mar en las mejores condiciones sanitarias posibles para lo cual se tomarán ciertas precauciones:

Se vacunarán los peces con antígenos para proteger contra las siguientes enfermedades: o Trucha y coho: Necrosis Pancréatica Infecciosa (IPN), Piscirickettsiosis (SRS)

o Salmón atlántico: Necrosis Pancreática Infecciosa (IPN), Piscirickettsios (SRS), Anemia Infecciosa de Salmón (ISA) y Vibriosis (Vibrio sp.).

Se tratará que los smolts lleguen con un peso homogéneo y óptimo.

Medidas preventivas

La composición del alimento está calculada con los requerimientos ideales para el pez. Se han incluido aditivos en la dieta (vitaminas, Nucleótidos, Glucanos, etc), los cuales aportan a la estimulación del sistema inmune, contribuyendo de esta forma a una mejor respuesta a las enfermedades.

Se mantendrá al mínimo la manipulación de los peces, para evitar el estrés fisiológico y los riesgos de una alteración en el sistema inmunológico.

Se realizará evaluación sanitaria periódicamente: se realizará necropsias y clasificación de mortalidad para una detección temprana de la presencia de patógenos. Si requiere, se enviará muestras a laboratorio para evaluación

sanitaria.

Cada centro contará con la asistencia permanente de un médico veterinario, quien será responsable de la supervisión de los aspectos sanitarios de los peces en cultivo,

Después de cada manipulación con mortalidad o con peces mórbidos, se procederá a desinfectar los elementos y superificies utilizados (quecha, botas, manos, etc). El desinfectante utilizado para los maniluvios es alcohol, el cual no necesita enjuague posterior. Para pediluvios se utilizará un desinfectante que no genere daños al medio ambiente, no sea corrosivo de materiales, no polimerice, no sea cancerígeno, no sea ecotóxico, no emane vapores, no presente olor, y posea una eficacia comprobada contra [SAv.

Los pediluvios son utilizados como barrera química para el tráfico normal de las personas que entran y salen de un centro de cultivo. Asimismo, es importante destacar que el producto desinfectante deberá contar con autorización de la Autoridad Marítima, para ser utilizado sobre estructuras marítimas

Entre ciclos productivos, el centro aplicará un periodo de descanso sanitario de acuerdo a lo que establece la normativa vigente. Durante este, se realizará limpieza y desinfección de las instalaciones para reducir la carga de

patógenos.

Tratamientos terapéuticos

Los Tratamientos terapéuticos a utilizar, corresponden al procedimiento destinado a reducir el impacto de brotes de

enfermedades (bacterianas o parasitarias), con el fin de controlar aumentos de mortalidad o daño asociado a las presencia de parásitos, enfermedades producidas por hongos o patógenos bacterianos. La vía de administración de

productos terapéuticos puede ser oral, inyectable o por inmersión.

Este tratamiento será ejecutado para controlar un problema sanitario, previo diagnóstico realizado por el Médico Veterinario responsable del centro de cultivo. La indicación de una terapia se establece a través de una Prescripción

Médico Veterinaria (PMV), donde se indican las condiciones en las cuales debe ser realizada la terapia (duración, dosificación, vía de administración, etc). Posterior a la entrega de esta indicación, se procede a realizar lo que se

denomina tratamiento terapéutico.

Tratamiento oral:

Consiste en incorporar un medicamento al alimento a consumir por una población a tratar en la dosis establecida por el veterinario.

Cuidados con el alimento medicado:

  • Se procurará que el consumo de alimento medicado sea lo más normal posible.
  • Por ningún motivo se interrumpirá un tratamiento, Excepto por motivos de fuerza mayor como malas condiciones

climáticas. + Debe controlarse la identificación de bolsas con alimento medicado con el fin de evitar:

o Control de las bolsas de alimento para que no se mezclen de diferentes tratamientos, o Control de las jaulas en tratamiento para no aplicar tratamiento a peces que no lo necesiten.

Tratamiento inyectable:

Una terapia inyectable consiste en la aplicación de un medicamento en solución o suspensión vía intraperitoneal. Se utiliza esta vía para prevenir reacciones adversas en tejido muscular que pudieran generar daño en la calidad del filete al momento de la cosecha. Previo a iniciar la faena se determinará el largo necesario de la aguja a utilizar mediante

muestreo para cada grupo de peces a inyectar.

  • Cada 1250 peces se controlará la dosis a través de una jeringa graduada que permitirá medir la cantidad de

producto inoculado. + Se realizará el control de la anestesia y el recambio de aguja durante la faena a intervalos regulares.

Se administrará terapias inyectables cuando sea necesario:

.

Administrar la dosis de medicamento rápidamente, con el objetivo de establecer un control de brotes de

| enfermedades infecciosas de tipo agudo. : + La mortalidad aumenta sobre el 0,8% semanal, asociado a brote de un patógeno bacteriano.

Tratamiento Vía Inmersión:

Se administrará terapias por inmersión para control de parásitos externos (Caligus sp), siguiendo las indicaciones del laboratorio proveedor del medicamento a utilizar.

Otras:

Se administrará terapias inyectables cuando sea necesario:

  • Administrar la dosis de medicamento rápidamente, con el objetivo de establecer un control de brotes de

enfermedades infecciosas de tipo agudo. + La mortalidad aumenta sobre el 0,8% semanal, asociado a brote de un patógeno bacteriano.

Drogas a usar

En general se usan fármaco y antiparasitarios para el control de problemas parasitarios y bacterianos que afectan a los peces. Se utilizará sólo medicamentos autorizados y con registro.

Los ingredientes activos con algún medicamento registrado, sus dosis y concentraciones comerciales habituales son los que se indican en el siguiente cuadro:

Dosis, del fármaco, duración del tratamiento y período de resguardo.

ANTIBIÓTICO CONTROL DOSIS DURACIÓN DEL PRESENTACIONES PERÍODO DE (mg /Kg.) TRATAMIENTO RESGUARDO (grados día) Oxitetraciclina SRS, BKD Furunculosis, 80-120 12 - 21 días Oral 80% 1030 Vibrosis. 20-50 Inyectable 10 — 20% 1030 Flumequina SRS, 12 - 21 días Oral 50% y 80% 900 | Furuncultosis, Vibriosis, 20-30 | Flavobacteriosis |

Ac. Oxolínico SRS, Vibriosis 20-30 12 - 21 días Oral 50% y 80% 900

Eritromicina 15 - 21 días Oral 50% y 80% 600 BKOD, estreptococosis 85-110

Florfenicol 10 - 15 días Oral 50% 250

Flavobacteriosis SRS, | 15-20 Furunculosis, Vibriosis

Inyectable 30% 250 20

En adenda 1 el titular señala que solo utilizará BETAMAX para el tratamiento contra Caligus mientras no exista otro producto autorizado por la autoridad y que la empresa pudiese preferir. Su utilización no generará en el entorno inmediato al centro de cultivo concentraciones iguales o superiores a 0.0062 ppm del producto. El Titular aclara que la aplicación del producto se hará conforme a los lineamientos entregados en la normativa ambiental vigente y en las especificaciones técnicas que aprueban el uso del producto en medio marino. Previo a su utilización el titular solicitará el permiso correspondiente a la Autoridad Marítima antes de cada tratamiento.

La empresa tomará todas las medidas necesarias para evitar enfermedades en los peces y evitar por lo tanto la utilización de fármacos.

Registro asociado al uso de fármacos y alimento medicado.

El registro de Información es el siguiente: + Planilla de liberación de jaulas a cosecha de residuos farmacológicos

  • Declaración de cosecha:

ú Solicitud de muestreo de sustancias no autorizadas para cosecha. úiSolicitud de muestreo de residuos para cosecha.

  • Planilla de Control de Monitoreo de jaulas en Medicación

  • Planilla de Control de Monitoreo de jaulas en Carencia,

Tiempo de carencia El tiempo de carencia necesario previo a la cosecha va a estar dado por el medicamento utilizado. Este tiempo será el

especificado por proveedor de medicamento o por evaluaciones respaldadas por análisis de laboratorio y corresponden a los que se detallan en el Cuadro anterior. Para asegurar que el tratamiento no afecte la calidad del producto y posterior

cosecha, se realizará todo de acuerdo a la legislación vigente.

Procedimientos generales: uso adecuado de los alimentos (normal y medicado

El objetivo, de contar con un procedimiento establecido para el manejo del alimento, es llevar un control de las jaulas que reciben alimentos medicados, del almacenaje, registros, y de los periodos de resguardo; con la finalidad de llegar a

cosecha con ausencia de residuos.

Por otra parte todos los objetivos anteriormente planteados también pretenden cumplir con las exigencias del D.S N* 319 de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que encargó al Servicio Nacional de Pesca el establecimiento de programas sanitarios generales y específicos, aplicables a todas las actividades sometidas a ese

reglamento.

La empresa se abastece de alimento proporcionados por terceros, tanto, alimentos normales como medicados. ALIMENTO NORMAL

Recepción y Almacenamiento de alimento

El alimento es recibido de acuerdo a un calendario de entrega previamente acordado con el proveedor. Existen dos tipos de presentación del alimento cada uno adecuado a la forma de entrega, la que puede ser manual, transportadores mecánicos o mediante alimentadores automáticos. El alimento para entrega manual se presenta en bolsas plásticas de 25 Kg. El alimento para sistemas automáticos se presenta en bolsas reutilizables de 1.250 Kg. (Maxisacos).

Las bolsas de 25 Kg. se transportan sobre pallet en número de 50, formando unidades de 1.250 Kg., que se depositan en bodegas y/o plataformas. El alimento en maxisacos es descargado directamente a los silos de los sistemas automáticos

mediante grúas._

Entrega de alimento

l | 1 | ] | | !

Al inicio de cada jornada el encargado del centro revisa la información del consumo y tipo de alimento por jaula, la cual queda en registros diarios de producción, ordena la distribución ya sea a través de los operarios o del computador del

alimentador automático.

ALIMENTO MEDICADO

Recepción alimento medicado y bodegaje

El alimento medicado es almacenado dentro de los silos que posee cada pontón o almacenado en bodega de alimentación (8 en total), posterior a esto se carga en el sistema automático de alimentación la información del número del silo que posee alimento medicado y la dieta a entregar, con esto se evita posible confusiones en la entrega del

alimento.

Entrega de alimento medicado

El periodo del tratamiento está determinado por el veterinario y señalado en la PMV. Cualquier evento anormal en el desarrollo del tratamiento (por ejemplo, inapetencia, menor tasa de ingesta, demora inicio tratamiento, no alimentación por mal tiempo, etc.) DEBE ser registrado en bitácora y registro de alimentación diaria y debe ser comunicado por el jefe de centro al Médico veterinario a cargo. De acuerdo a estas observaciones, el veterinario evaluará una eventual modificación al tratamiento, consignándolo en la bitácora y en la PMV original.

Almacenaje de alimento medicado

Se señala que no existirá almacenaje de medicamentos en el centro, salvo cuando todas de las unidades de cultivos se encuentren en tratamiento.

Por otra parte, el alimento medicado almacenado durante el tratamiento, está contenido en silos sellados, del cual no es posible tener perdida o fugas de alimento al medio, además, toda la información del alimento en el silo es chequeada diariamente y el programa de alimentación es el encargado de impedir que se mezcle con el alimento normal.

Debido a la experiencia con que se cuenta, se solicita la cantidad justa necesaria para el tratamiento prescrito; el alimento medicado se entregará totalmente debido a que el tratamiento finaliza cuando se acaba el medicamento y no al revés, por lo que no quedará ningún tipo de medicamento en stock.

Condiciones ambientales para el suministro de alimento medicado . Sólo se efectuará tratamiento con alimento medicado cuando se posean condiciones apropiadas, donde se considerarán factores como las corrientes y su dirección.

Los niveles más favorables de los parámetros son definidos automáticamente por los alimentadores automáticos en función a la optimización del alimento entregado, por lo que en instantes en que la corriente, principalmente por su dirección, pueda llevar el alimento fuera de las jaulas, el suministro se detendrá.

3.10.2.6. Manejo de Residuos peligrosos:

La estructura flotante cuenta con áreas determinadas para el acopio y disposición de combustibles y lubricantes, los cuales se mantendrán en recipientes herméticamente cerrados y debidamente rotulados, así mismo los residuos de lubricantes se almacenarán en recipientes herméticamente sellados en un área especialmente destinada para esta función, debidamente identificados según lo indica la Nch 2.190 of 93. Es importante destacar que el área en donde se almacenen dichos residuos se encontrará debidamente señalizada y tendrá acceso restringido. El retiro de dichos residuos se realizará de forma periódica y será trasladado por una empresa que cuente con las autorizaciones y procedimientos para su manejo y disposición final, ya que dentro de los tipos de residuos autorizados por Seremi de salud de la región de Aysén para el retiro, transporte y acopio, por parte de esta empresa son:

Aceites y lubricantes usados;

Envases de lubricantes y solventes;

Paños, huaipes u otro elemento contaminado;

Filtros de aceite;

Agua residual con diesel;

» Baterías de plomo ácido;

» Petróleo diesel contaminado con agua;

+» Pilas;

  • Envases de fármacos utilizados por la industria salmonicultora y silvoagropecuaria.

3.10.2.7. Protocolo de extracción de redes

El procedimiento para hacer retiro de las redes sucias desde los centros de cultivo será ejecutado en todos los centros de salmones de Productos del mar Ventisqueros S.A., su ejecución y control estará a cargo del jefe de redes y este procedimiento será supervisado por el Jefe de centro.

Al presentarse la necesidad de efectuar un cambio de redes, el jefe de centro comunicará al jefe de redes. Una vez aceptada la solicitud del jefe de centro, el jefe de redes comunicará vía correo electrónico la coordinación del cambio.

El procedimiento de extracción de redes será el siguiente:

  • El Jefe de redes contratará una barcaza, que tenga todas las autorizaciones para efectuar movimientos de

contenedores. + Al llegar al centro la barcaza, se posicionará en el módulo (la barcaza traerá un contenedor metálico y hermético).

  • La barcaza se posicionará al costado de los módulos y mediante una grúa se elevarán las redes sucias para ser introducidas al contenedor.

  • Terminado la carga del contenedor se cubrirá con plástico y se enviará al taller de redes para su limpieza.

  • Al recalar en el puerto la barcaza se procederá a descargar desde ella el contenedor para posicionarlo sobre un camión, el cual llevará el contenedor cerrado hasta el taller de redes.

3.10.2.8. Tratamiento de Mortalidad y Sistema de Ensilaje

El centro de cultivo contempla la implementación de un sistema de ensilaje el cual tiene como objetivo principal detener tempranamente la actividad biológica y posterior descomposición de la mortalidad.

Esto se realiza mediante la molienda y acidificación in situ con Ácido Fórmico, el cual preserva la mortalidad producto de la inactivación de la desnaturalización de esta, impidiendo así la proliferación de patógenos y deteniendo con esto el proceso de descomposición de la mortalidad. Con esto se evita también la mayoría de las enfermedades presentes en la industria salmonera, así mismo también se elimina la contaminación cruzada.

El modelo de ensilaje a implementar será de la marca OCEA u otra, el cual preserva la mortalidad (o materia prima) por medio de la inhibición del desarrollo de microorganismos creando para esto un ambiente acidificado con un PH < 4.0, para esto se agrega Ácido Fórmico, para posteriormente ser retirada dependiendo de la cantidad, del centro de cultivo

por medio de barcaza a la planta de proceso.

Esto tiene como finalidad una optimización de los programas de retiro de mortalidad desde los centros de cultivo, dado a que el material ensilado permanece por tiempo indefinido en una condición de estabilidad.

3.10.2.9. Medidas de contingencia, procedimientos y fichas técnicas.

En Anexo de la DIA, se adjuntan detalles sobre las estructuras instaladas en la concesión:

  • Ficha Técnica Artefacto Naval.
  • Ficha Técnica Planta de Tratamiento.
  • Certificado de Homologación Planta de Tratamiento

En Anexos se adjuntan Manuales de Procedimiento y de Contingencia.

Plan de contingencia ensitaje de mortalidad masiva

Manual de limpieza y desinfección

Procedimiento de lavado y desinfección sistemas de ensilaje de mortalidad. Floraciones algales nocivas

Manejo y almacenamiento de ácido fórmico.

Plan contra derrame de ácido fórmico

Manejo de sustancias químicas

Plan de no factibilidad de ensilaje

Plan de contingencia ante derrame de mortalidad ensilada

Plan de contingencia ante vertimientos en faenas de limpieza y desinfección

En Adenda 1, se presentan los siguientes planes de acción y contingencias.

Plan de acción ante contingencia de choque con embarcaciones

Plan de acción ante contingencia de enmalle de mamíferos marinos

Plan de contingencia ante pérdida accidental de alimento

Plan de contingencia ante pérdida de estructura de cultivo u otros materiales Plan de respuesta ante emergencias

Plan de contingencia de escape de peces agua de mar

e...» ...o.

3.10.3. ETAPA DE ABANDONO

Se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción. La actividad tiene una vida útil indefinida, pero en el caso de que se encuentre

pertinente el cierre del centro se procederá a retirar los peces, desarmar las balsas-jaulas y trastadarlas al centro más cercano donde puedan ser reutilizadas.

La duración del proyecto se verá sujeto a las condiciones oceanográficas del sector y a las características del fondo

marino, las cuales deberán ser óptimas, ya que de esto depende una buena calidad del cultivo de peces.

El titular considerará lo establecido en el artículo 4? letra c) del D.S, 320/01 Reglamento Ambiental para la Acuicultura en cuanto a que: se retirará al término de su vida útil o a la cesación de las actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables, o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistemas de anclaje al fondo, con excepción de

las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje.

Si llegase a producirse alguna eventualidad que conlleve a realizar el abandono o cierre del centro, se realizará la venta o reciclaje de todos los materiales que posean un valor económico (balsas jaula, Redes, Pontón, entre otros) y todo lo que no posea un valor económico, será derivado a un relleno sanitario autorizado o reciclado.

3.10,4. DESCARGAS, EMISIONES Y RESIDUOS

3.10.4.1. Emisiones a la atmósfera

Emisión de Gases:

Durante la operación, se generará emisiones a la atmósfera por 3 generadores uno de 220 KVA, cuya fuente de emisión es fija, emite durante 16 horas. Otro generador de 150 KVA, cuya fuente de emisión es fija, durante 16 horas y un tercer generador de 40 KVA y en caso que exista fotoperiodo las 24 horas si es que así lo requiera

La Norma Chilena para combustible diesel permite un contenido de azufre de 0,3 ppm. Los Índices emitidos de los gases utilizados en los generadores serían:

  • NOX: 1.235 (9/m3)
  • HC: 0,120 (g/m3)
  • CO: 0,395 (g/m3)
  • PM: 0,095 (g/m3)

El estándar COPEC es un contenido de 0,17 - 0,21 ppm., esto significa que por cada 1 Kg de Diesel quemado se genera aprox. 0,2 mg de azufre, generándose 0,0002[9]/32[g/mol]22,4[L/mol]1.000[cm3/L] = 0,14 [cm? normal de SO,/Kg de Diesel quemado]. Este generador gasta aproximadamente 40 litros Diesel/hora.

Las emisiones de los motores fuera de borda están condicionadas al uso intermitente de los mismos, de acuerdo a los requerimientos de traslado del personal e insumos del centro,

Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores para producir la mínima cantidad de gases y/o residuos, tanto en los generadores como en los motores fuera de borda.

Descripción de las emisiones que se generarán hacia la atmósfera.

Identificación de la fuente | Tipo Etapa Duración

Generador de 220 KVA Fija Operación 16 horas consumo 47 lts/hora Generador de 150 KVA Fija Operación 16 horas consumo 34 Its/nora Generador de 65 KVA Fija Operación 16 horas consumo 15 Its/hora

Emisión de ruidos:

La fuente de emisión corresponderá a los motores fuera de borda, generados en forma intermitente, y a los generadores de electricidad, los que se encontrarán debidamente aislados reduciendo así la emisión de ruidos.

Es importante destacar que dichas emisiones no pueden ser consideradas significativas dado que un generador emite una mínima cantidad de gases y no en las cantidades considerados tóxicos, debiendo agregar otros factores como el clima reinante en la zona, cuya característica principal son las intensas precipitaciones que ocurren todo el año,

alcanzando los 3.500 mm, la humedad media es superior al 80% y no hay meses con humedad media inferior a 75% y vientos sobre los 20 km/h. la mayor parte del año.

Respecto de la generación de ruidos, sobre la base del proceso productivo de la actividad no se generarían ruidos significativos en ninguna sus etapas.

3.10.4.2. Descarga de efluentes líquidos

Efluente líquido proveniente de la planta de tratamiento de aguas servidas de la bodega flotante y otros.

El consumo de agua diario por persona está estimado en 100 L, por lo tanto el efluente diario de la planta de tratamiento es de 1100 L (1,1 m3). Estas aguas serán vertidas en las aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo paso por la planta de tratamiento, cumpliendo las prescripciones operativas estipuladas por la Dirección General, con el Art. 95” del Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, en cuanto a que el efluente no contendrá sólidos flotantes visibles y no ocasionará la decoloración de las aguas circundantes. El efluente es inoloro, incoloro y antes de ser vertido al medio marino pasa por un clorador y luego por un declorador lo que evita un impacto sobre la vida

acuática.

La clasificación industrial uniforme (CIIU) de la planta de proceso que recibirá los residuos líquidos del centro es la N* 31141 sobre la "Elaboración de pescado, crustáceos y otros productos marinos”.

Es importante destacar, que la planta de tratamiento de aguas servidas del pontón cumple con la Norma Técnica MEPC (VI) de la Organización Maritima Internacional (OMI), exigida por la Dirección General de Territorio Marítimo y Marina

Mercante (DIRECTEMAR).

Residuos de pediluvios y maniluvios

Mensualmente se utilizarán 60 L de desinfectante para el pediluvio, el cual contará con todas las autorizaciones respectivas y cumplirá con toda la actual normativa vigente. El desinfectante a utilizar, específicamente en los maniluvios, corresponde a alcohol gel, el cual elimina hasta un 99,9% los gérmenes, no requiere enjuague, es un producto antiséptico germicida, no es corrosivo, es ideal para áreas de producción de alimento, posee una solubilidad total, por lo cual no se generarán desechos o residuos líquidos. La cantidad a utilizar en este producto de forma mensual es de 4

litros aproximadamente.

Resumen de los residuos líquidos en la etapa de operación. Estimación al 5% ciclo productivo.

Identificación Producción | Residuos | Residuos | Residuos . porCICLO | porMES | por AÑO Destino de | Tipo de Manejo Residuos de Residuos Aprobada Residuos 288.000 24.000 288.000 Planta de | Neutralización en líquidos tratamiento domiciliarios residuos líquidos | Planta de Proyectada bod tratamiento Bodega flotante en odega 0) 945.000 45.000 540.000 flotante de bodega flotante Aprobada Residuos de 720 60 720 Vertedero Degradación de pediluvios autorizado los residuos. Proyectada y maniluvios (L) 0 0 0

El titular señala que los residuos líquidos producidos principalmente en limpieza y desinfección de las diversas estructuras y materiales utilizados en el centro de cultivo, incluido el sistema de ensilaje, serán realizado por aspersión y o pediluvio desinfectante cubierta por una funda de plástico que evita la pérdida de agua y desinfectante por lo cual no se

generarían residuos líquidos por este ítem.

El titular además se compromete a que todo retiro de residuos sólidos (esponjas, paños y plásticos) que se efectúe será realizado a lugares autorizados y quedará debidamente registrado en el centro de cultivo al cual pertenece y dentro de la bitácora correspondiente.

Respecto a los residuos de maniluvios y pediluvios, el titular hace mención que utilizará alcohol gel en reemplazo de los maniluvios, ya que es un producto más práctico y de fácil evaporación, y en el caso de los pediluvios se utilizarán productos que estén certificados por la Autoridad Marítima.

3.10.4.3. Residuos sólidos

Bolsas de alimento

Se utilizarán bolsas de 1.250 Kg (35.700 unidades).Las bolsas de alimento vacías serán retiradas por las empresas fabricantes y distribuidoras de alimento o empresa de reciclaje de plástico. Entre los retiros, las bolsas se juntarán en fundas plásticas para evitar pérdidas al ambiente. En caso de usar bolsas de 25 Kg, están tendrán el mismo destino que

las anteriores o reciclaje interno.

Pérdidas de alimento

El titular señala que proyecta alcanzar un factor de conversión biológica de 1.25 al 5% ciclo productivo, entonces un 20% del alimento se perderá como fecas y/o alimento. En titular espera que con la implementación y utilización de alimentadores automáticos se tienda a alcanzar factores de conversión cercanos a 1. Según los proveedores de alimentadores automáticos la pérdida de alimento no debiera ser mayor al 1% del total de alimento entregado siempre

que se Utilice bajo las recomendaciones del fabricante.

Es por esto que el titular se compromete a utilizar el alimento de mejor calidad (palatabilidad), a estandarizar métodos de alimentación probados, con cámaras y sistemas automatizados, lo que homogeniza la distribución de alimentos en las jaulas y regula la actividad de alimentación, contrarrestando los peaks de corrientes. Además se compromete a ir

adquiriendo grupos de peces que presenten mejores resultados productivos.

Fecas

El titular señala que asumiendo un factor de conversión de 1.25 (peor escenario), según González (op. Cit, 1997) el porcentaje de fecas sedimentada bajo una balsa-jaula en el fondo marino correspondería a un 20% del total del alimento no convertido o perdido. Según los datos aportados por EWOS, la digestibilidad del alimento que se encuentra en los mercados actualmente alcanza un 92 %, por lo que un 8 % del alimento que se digiere es eliminado como fecas.

Lodos

Los lodos generados en la planta de tratamiento poseen un volumen equivalente al 50% del volumen de la planta, lo cual será generado cada 4 a 6 meses, dependiendo de la utilización de la planta, que estará en función de la dotación de personal,

Estos lodos serán bombeados y retirados por una empresa externa, que realice este tipo de trabajo y cuenten con todos los permisos ambientales vigente, para así posteriormente trasladar los residuos a un vertedero autorizado. La periodicidad del retiro de los residuos será aproximadamente cada 6 meses. :

Residuos domicilarios

El residuo domiciliario o Basura (definida en el Art. 27” del "Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática” como toda clase de restos de comida, así como residuos resultantes de las faenas domésticas y trabajos rutinarios del artefacto naval, en condiciones normales de servicio) que se produzca será almacenado en bins herméticos debidamente rotulado y retirado por una de las empresas autorizadas que compiten en este rubro y que cuenten con todos sus permisos ambientales vigentes, las cuales llevarán estos residuos para su disposición final a un establecimiento y/o vertedero previamente autorizado. Asimismo el titular se compromete a llevar un control, mediante el sistema de doble guía, de estas disposiciones. El Titular se compromete a retirar los residuos domiciliarios cada 7 días con el fin de evitar la formación de focos de insalubridad. De igual modo, los desechos generados por la operación de los equipos electrógenos serán mantenidos en recipientes cerrados para su posterior disposición en un vertedero industrial

autorizado.

Residuos peligrosos

Durante la operación se generarán residuos considerados peligrosos, tales como, pilas, cartridges, tonners, tubos fluorescentes, aceites y grasas entre otros, en general artículos que se utilizan en la oficina. Dichos residuos serán dispuestos en contenedores habilitados para ello, debidamente rotulados, de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial NCH 2.190 OF.93, la cual es exigible desde su almacenamiento hasta su eliminación.

Se procurará tomar todas las precauciones para evitar inflamaciones o reacciones entre ellos y/o con otras sustancias, asi como también para evitar derrames, descargas o emanaciones al medioambiente según lo establecen los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, contenido en el D.S. N* 148/04.

Además quedará prohibida en cualquier etapa del manejo de residuos la mezcla entre los residuos o con otras sustancias a fin de disminuir o diluir su concentración.

Los contenedores de residuos peligrosos cumplirán con las disposiciones siguientes:

a) Tendrán un. espesor adecuado y estarán construidos con materiales que serán resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones.

b) Estarán diseñados para ser capaces de resistir esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga, además del traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados.

c) Estarán en todo momento en buenas condiciones, y se reemplazarán los contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención.

d) Estarán rotulados indicando en forma clara y visible las características de su peligrosidad de acuerdo a la Norma Chilena NCH 2.190 Of 93, en el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento.

Además de lo mencionado anteriormente el centro de cultivo cumplirá siempre con las siguientes condiciones de limpieza y disposición final de residuos (D.S. N* 86 de 2007, sustituye artículo 4? del D.S. 320/01 Reglamento Ambiental para la

Acuicultura): Se empleará una doble guía de despacho y recepción, las que se encontrarán en el centro y las cuales darán cuenta del movimiento de todos los residuos generados por el centro de cultivo. El titular se compromete a que antes de iniciar la

etapa de operación del proyecto acreditará mediante certificado otorgado por la autoridad marítima ante el SEA, que se dará cumplimiento a las condiciones sanitarias, ambientales y de seguridad básicas en los lugares de trabajo exigidas.

Limpieza del borde costero

La limpieza del borde costero se realizará con una periodicidad mensual y consistirá en trasladarse en bote a la playa y Solectar la basura encontrada en bolsas plásticas, las que serán depositadas en tachos herméticos debidamente rotulados de residuos domiciliarios, siguiendo su curso como se describe anteriormente.

Resumen de los residuos sólidos en la etapa de operación. Estimación 5% ciclo productivo.

Residuos (ton) Cantidad de Residuos por Cantidad de Residuos por CICLO MES Producción Producción Producción Producción Aprobada Proyectada Aprobada Proyectada 97 446 8 21 Alimento no consumido Fecas 766 3.534 64 168 Alimento no consumido + fecas 863 3.981 72 190 19 89 0,00 0,01 Bolsas de alimento . Residuos domiciliarios 2 7 0,17 0,32 Residuos Peligrosos Indeterminado 0,0516 Indeterminado 0,003

En el cuadro anterior, se puede apreciar la cantidad de ri proyectada, la cual corresponde a un ciclo de 21 meses.

avalado por la empresa proveedora de los sistemas de alimentación, Akvasmart Chile S.A.

Mensualmente, el aporte del alimento ni ton/mes, el total de residuos alcanza a 190 ton/mes. El implementadas en los últimos años, permite una mayor efi

no consumido.

Mortalidad

La mortalidad será triturada y preservada en el sistema de ensilaje, dependiendo de la generación) por la empresa de servicio que real

esiduos que se estiman serán generados con la producción La cantidad de alimento no consumido se reduce a un 1 %,

o consumido en el nuevo proyecto alcanza 21 ton/mes y de fecas alcanza 168 uso de nuevas y mejores tecnologías las cuales han sido ¡ciencia en el proceso de alimentación reduciendo el alimento

para luego ser trasladadas en barcaza (periocidad liza el trabajo, transporte y disposición final de la

mortandad de peces, la que contará con la documentación y reglamentación pertinente para este traslado, la empresa encargada será Pesquera PacificStar S.A.

Se estima una mortalidad para los ciclos productivos del orden del 10 %. Esta estimación se realiza de acuerdo a la mortalidad acumulada para el ciclo productivo, es decir, se calcula la mortalidad diferenciada por meses y luego se suma la mortalidad de todos estos meses, obteniendo la mortalidad acumulada para el ciclo productivo.

Estimación de la mortalidad por ciclo.

Ciclo 1 2 3 4 5 Aprobada Individuos 6.236 0 6.236 0 59.238 Toneladas 7 0 7 0 64 Proyectada Individuos 125.890 125.890 125.890 125.890 125.890 Toneladas 168 168 168 168 168

El sistema de ensilaje se realizará en una plataforma anexa, la cual será instalada en un sector especialmente habilitado para este fin, la mortalidad será llevada al ensilaje donde se le añadirá ácido fórmico para su preservación y alcanzar un pH < 4. El estanque triturador posee una capacidad de 700 litros y una carga de 500 Kg de mortalidad, además posee un

estanque IBC con capacidad de 21m*, para el almacenamiento de la pasta resultante del ensilado.

La mortalidad estimada para este proyecto al quinto ciclo productivo (duración 21 meses) es de 168,3 Ton, por tanto diariamente el centro tendrá una carga de mortalidad de 267,1 Kg en promedio, la cual será ensilada alrededor de 10

minutos.

Considerando que mensualmente se genera una carga de mortalidad aproximadamente de 8.200kg (que equivale a aproximadamente 8,0m? de material ensilado), y que el estanque acumulador soporta una carga de 21m'.

En caso de no poder cumplir con este procedimiento por razones de fuerza mayor (condiciones climáticas o fallas en el sistema) se procederá con el plan de contingencia establecido en los manuales elaborados presentados en Anexo VII de

la DIA.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004" cumple con:

4.1. — Normas de emisión y otras normas ambientales.

Normativa Etapa Forma de cumplimiento

Constitución Política de la | Etapa de | La realización de esta DIA y su sometimiento al SEIA República de Chile construcción para su evaluación y aprobación, tienen por objeto y operación. contribuir al cumplimiento de la garantía constitucional: El Derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.

Ley N” 18.892 MINECON | Etapa de | Cumplimiento con las normas ambientales indicadas

, construcción en la ley, por la implementación de técnicas de Ley General de Pesca y | y operación manejo del centro y tecnologías para reducir y Acuicultura”. eliminar efectos negativos sobre el medio

ambiente.

D.S. N? 320/01

MINECON

“Reglamento Ambiental para la Acuicultura”.

Etapa de operación.

Mantener la limpieza del área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por éste.

Disponer los desechos sólidos o líquidos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante.

Retirar todo tipo de soporte no degradable o degradable como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro.

impedir que las redes tengan contacto con el fondo. En cada centro deberá existir un plan de contingencia, para casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento.

Para pérdida o escape de peces, se deberá avisar al Sernapesca y capitanía de Puerto correspondiente, y presentar un informe.

Sólo se podrán liberar ejemplares con la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca.

No se podrán realizar cultivos de organismos vivos modificados sin la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca.

Sólo se podrá realizar limpieza y lavado de redes con y sin anti-fouling en instalaciones que permitan el tratamiento de los efluentes.

Res. 3612/09 MINCON

“Resolución Acompañante Reglamento Ambiental para la Acuicultura”

Etapa de operación

Cumplimiento con los contenidos y metodologías de análisis para la elaboración de la Caracterización Preliminar del Sitio (CPS) y la información ambiental a que se refieren los artículos 2 letra p) y 15 del D.S. N* 320 de 2001.

Ley No 19.300

MINSEGPRES

“Ley de Bases del Medio Ambiente”.

Etapa de construcción y operación

Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la ley, por la implementación de técnicas de manejo del centro y tecnologías para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente.

D.S. N* 95/01 MINSEGPRES

“Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.

Etapa de construcción y Operación de Evaluación de Impacto Ambiental.

Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental para la evaluación de las etapas del proyecto, donde se demuestra cumplimiento debido a los manejos de residuos producidos, medidas para reducir los impactos sobre el ambiente tales como implementación de tecnologías de alimentación, planes de contingencia en caso de emergencia, etc. Además CPS y se considera el emplazamiento del sitio respecto a grupos humanos, flora, fauna, etc.

D.S. N* 1/92 "Reglamento para el Control de la

Contaminación Acuática”.

Todo el Proyecto

Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional.

Todo el

La evacuación, tratamiento o disposición final de

Ley N” 19.821 Proyecto desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza “Deroga la Ley N” 3.133 y y.o residuos industriales. modifica la Ley N 18.902 en Materia de Residuos Eliminación de residuos sólidos en vertedero Industriales Líquidos”. autorizado. Todo el D.S. N? 90/01 | Proyecto No se considera vertimiento de agua-sangre MINSEGPRES proveniente del corte de agallas durante la cosecha, ya que el sistema de cosecha será el “Norma de Emisión para traslado de peces vivos hasta la planta de proceso la Regulación de de X y XI región, que cuenten con todas las Contaminantes autorizaciones ambientales vigentes y plantas de Asociados a las tratamientos de riles aprobadas, para la recepción Descargas de Residuos y procesamiento de este tipo de residuos, Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Las aguas para consumo diario serán vertidas en las Superficiales”. aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo paso por la planta de tratamiento, cumpliendo la norma y se tendrá especial cuidado que el efluente no contendrá sólidos flotantes visibles y no ocasionara la decoloración de las aguas circundantes. DGTM. Y MM. | Etapa de | Los efluentes a verter sobre la columna de agua no ORDINARIO N 12600/ | operación. superarán los valores establecidos en él (cuadro 931 3). La planta de tratamiento fue sometida a los análisis respectivos que aseguren dicho cumplimiento DGTM. Y MM. ORD. | Todo el A-52/004 Proyecto Las aguas para consumo diario serán vertidas en las deroga la Resolución aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la DGTM y MM 12600/5 del bodega, previo paso por la planta de tratamiento, 4 de Enero de 2006 cumpliendo la norma y se tendrá especial cuidado que el efluente no contendrá sólidos flotantes visibles y no ocasionara la decoloración de las aguas circundantes. Todo el DFL 725/1967 MINSAL Proyecto La evacuación, tratamiento o disposición final de . o desagiles, aguas servidas de cualquier naturaleza "Código Sanitario”. y o residuos industriales. Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado. Todo el D.S. 201/01 MINSAL Proyecto Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado. “Reglamento sobre Condiciones Ambientales Niveles de ruidos compatibles con la salud de los y Sanitarias Básicas en trabajadores. los Lugares de Trabajo”

Provisión de agua potable y servicios higiénicos en el lugar de trabajo según lo exigido por la autoridad competente.

Todo el DS N* 148/03 MINSAL Proyecto Almacenaje diferenciado de residuos peligrosos,

Sanitario de

cl

“Reglamento sobre manejo Residuos Peligrosos:

debidamente rotulados, en envases herméticos y retirados por empresa autorizada.

3 J , i 4

DS N* 138/05 MINSAL “Establece Obligación de declarar Emisiones que Indica ”

D.S. N*225/95

“Veda para Mamiferos, Aves y Reptiles Marinos” D. Ex. N*765/2004 MINECON

“Establece Veda Extractiva para el Lobo Marino Común”.

D.S N? 594/1999, MINSAL — (Pub. D.O. 29/04/2000). Reglamento sobre condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Todo el Proyecto

Todo el

proyecto

Todo el

Proyecto

Estimación de emisión de contaminantes

provenientes de fuentes fijas.

Medidas para prevenir enmalles y capacitación de trabajadores en preservación de animales.

Los lugares de trabajo, durante la instalación y construcción del proyecto, contarán con suministro de agua potable destinada, tanto para el consumo personal, como para las necesidades básicas de higiene y aseo.

NCh 409

“Norma Chilena de Agua Potable”

Todo el

proyecto

Implementación de un sistema que cumple con la calidad de agua descrita en la norma. Monitoreo de la calidad en forma diaria.

D.S (MINECOM) N*

345/2005, Reglamento sobre Plagas hidrobiológicas.

Todo el

proyecto

El Titular notificará a la Autoridad competente ante cualquier brote epidemiológico.

D.Ex. (MINECOM) N* 1892/2009, Establece veda extractiva para recurso lobo marino común en área y periódo que indica.

Todo el

proyecto

El Titular instruirá a su personal técnico y profesional respecto del cumplimiento de la normativa y de las medidas a aplicar en caso de enmalle o muerte de un ejemplar.

Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas, Decreto Supremo (M) N* 777 de 1978

Todo el

Proyecto

El titular se regirá de acuerdo al código Marítimo intemacional de mercancías peligrosas, ante cualquier traslado o uso de este tipo de sustancias de acuerdo al decreto estipulado.

Resolución MSC.205 (81) del 18 de Mayo de 2006, vigente en todo el mundo a contar del 1 de Enero de 2008.

Todo el

proyecto

Se establecerán y dispondrán los diferentes tópicos de esta resolución que amplían la identificación del Ácido Fórmico como mercancía peligrosa en sus diferentes formas.

Todo el

El titular establecerá los procedimientos necesarios para el control de mercancias peligrosas en los

Circular Marítima DGTM | proyecto recintos portuarios que posea, así como también

y MM 0-32/011, del 14 en sus artefactos navales.

de Enero de 2000

Circular Marítima DGTM | Todo el El titular establecerá los procedimientos para obtener

y MM 0-31/015, del 20 la aprobación y certificación de embalajes /

de Mayo de 1992. proyecto envases y recipientes intermedios para graneles que se utilicen en el transporte marítimo de mercancías peligrosas.

El Titular instruirá a su personal técnico y profesional

Decreto Supremo (M) N* | Todo el respecto del cumplimiento del Reglamento para la

146, del 6 de Febrero de construcción, reparaciones y conservación de las

  1. proyecto naves mercantes y especiales mayores y de artefactos navales, sus inspecciones y reconocimiento.

Circular Marítima DGTM | Todo el El titular establecerá los procedimientos que

Y MM 0-71/010, del 5 de establece normas sobre construcción,

Diciembre de 2006. proyecto equipamiento, inspecciones y otras exigencias de seguridad que deben cumplir las naves y artefactos navales menores.

El Titular aplicara en todo momento la normativa de

Circular Marítima DGTM | Todo el señalización marítima para balsas-jaulas de y MM 0-63/002, del 15 cultivos marinos e instalaciones relacionadas. de Enero de 2008. proyecto Resolución Operación Se establecerán y dispondrán los programas (SERNAPESCA) N” 66 sanitarios generales y específicos, junto con los de 2003, Programa manuales de procedimientos en el cual se Sanitario General de describan los métodos y frecuencia de extracción Manejo de Mortalidades, de mortalidad utilizados, los procedimientos de del Servicio Nacional de necropsia, la disposición final de las mortalidades, Pesca. los procedimientos de desinfección asociados y el persona! responsable de ejecutar cada una de estas operaciones.

Se dispondrá de un sistema de registros que permita documentar los procedimientos realizados y contabilizar el número de peces muertos en cada recolección.

Se mantendrá plataforma de ensilaje para tratamiento de la mortalidad del centro conforme a lo dispuesto en la normativa.

Resolución Operación Se establecerán y dispondrán los programas

(SERNAPESCA) N* 64

de 2003, Programa Sanitario General de procedimientos de Transporte.

sanitarios generales y específicos, junto con los manuales de procedimientos de traslados en el cual se describan los métodos, documentación exigida y el personal responsable de ejecutar cada una de las operaciones.

Se exigirán los registros necesarios para acreditar los transportes realizados, en ellos se indicar la identificación de los peces, huevos, gametos o productos, el origen, destino y procedimientos que se aplicarán en cada uno de ellos. Se exigirá a

todo medio de transporte su respectivo certificado de desinfección previo al transporte.

Se mantendrá plataforma de ensilaje para tratamiento de la mortalidad de! centro conforme a lo dispuesto en la normativa.

Resolución Operación Se establecerán y dispondrán los programas

(SERNAPESCA) N* 72 sanitarios generales y específicos, junto con el

de 2003, Programa manual de Higiene y desinfección, el cual será

Sanitario General de conocido y estará disponible para el personal

Limpieza y Desinfección. involucrado en las faenas de limpieza y desinfección y elaborado en base a la Res. N*72 de 2003.

Se mantendrá plataforma de ensilaje para tratamiento de la mortalidad del centro conforme a lo dispuesto en la normativa.

Resolución Operación Se establecerán y dispondrán los programas (SERNAPESCA) N 2638 sanitarios generales y específicos, junto con los : de 2008, Programa planes de vigilancia y contro! del ISA, los cuales ¡ Sanitario Específico de incluirán las acciones a implementar en periodos Vigilancia y Control de la normales, como ante la ocurrencia de algún Anemia Infecciosa del evento. Se notificará al Servicio, dentro de las 48 Salmón. horas siguientes, la. sospecha fundada de la presencia del virus o de la aparición de un brote, a partir de un informe Médico Veterinario o del resultado positivo de un laboratorio de diagnóstico. Todos los procedimientos se ajustarán a lo señalado en la Res. N 2638 de 2008.

Se mantendrá plataforma de ensilaje para tratamiento de la mortalidad del centro conforme a lo dispuesto en la normativa.

D. L. N* 2,222 de 1978. En caso de transporte de ácido fórmico por vía

i Ley de Navegación, Operación marítima, el titular del proyecto presentará los

! Título IX, de la antecedentes establecidos en Circular O-31/015, Contaminación para obtener la aprobación de la Autoridad. Si el

transporte lo efectuara un tercero autorizado, el titular lo informará.

El titular declara que si se detecta algún Florecimiento Algal Nocivo (FAN) con presencia de Alexandriumcatenella, el centro no realizará ningún tipo de traslado, hasta que no haya presencia de en el cuerpo de agua de la especie mencionada, así dando cumplimiento a la Resolución Exenta (SUBPESCA) N*177/2009,

Además el titular se compromete a tomar las siguientes medidas necesarias en caso de plagas hidrobiológicas siguiente lo expuesto en el D.S N* 345/2005 REPLA.

a) Prohibición o restricción de traslado de todo o parte de organismos hidrobiológicos vivos o frescos enfriados, destinados a su uso como carnada.

b) Restricciones al traslado de ejemplares hidrobiológicos y de su medio acuoso en sistema hermético.

c) Restricciones al traslado de elementos, artefactos o estructuras de cultivo, y de artes o aparejos de pesca.

d) Identificación del agente causal.

e) Seguimiento y vigilancia. Esta medida será ejecutada a través del instituto de Fomento Pesquero, mediante el “Programa de Manejo y Monitoreo de las mareas rojas en las regiones de los Lagos, Aysén y

Magallanes”.

f) Muestreos puntualeso esporádicos. 9) Contención de Recursos hidrobiológicos. h) Entrega oportuna de información.

Todos los antecedentes para verificar que se da cumplimiento a la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, se encuentran detallados en esta Declaración de Impacto Ambiental.

Respecto al DS N* 148/03 se señala que no compete realizar un plan de manejo de sustancias peligrosas puesto que la generación de residuos peligrosos es inferior a 12 toneladas anuales y no existen sustancias clasificadas como crónicas agudas. Sin embargo, los residuos peligrosos generados, serán manejados de la siguiente forma:

Residuos Peligrosos generados en centros de cultivo

  • Cada vez que se generen residuos peligrosos provenientes de mantenciones periódicas aceites usados, cambio de pilas o baterías y otros, deberán ser enviados al acopio transitorio autorizado para tal efecto. Estos deberán salir del centro con una guía de despacho indicando los residuos y la cantidad.

  • En el caso de pilas, éstas serán entregadas al técnico a cargo cuando sea necesario para que sean repuestas por pilas nuevas. Las baterías una vez que ya no carguen también serán entregadas para su reposición.

  • Cada vez que se cambien los cartuchos de tinta deberán ser enviados a base.

  • Para el caso de los residuos peligrosos (baterías) generados por el centro de cultivo, estos son retirados internamente con guía de despacho, los cuales se llevan a distintos centros de acopio transitorio que mantiene la empresa, para ser finalmente trasladados a un sitio de acopio definitivo que cuenta con la resolución sanitaria

correspondiente. Registros

  • El presente procedimiento será registrado en una planilla de Control de Residuos.

4.2. Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004”, requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental. 4.2.1 PAS establecido en el artículo 68 del RSEIA

Permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos, a que se refiere el artículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de

Navegación.

Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Gobernación Marítima de Aysén, mediante Of. Ordinario N*12600/146 de fecha 11 de Abril de 2013, informó favorablemente.

Condicionado a.

  • El titular debe mantener a bordo del artefacto naval, el certificado de Seguridad de Prevención de la

Contaminación por Aguas Sucias, durante la operación del proyecto. + El titular debe dar estricto cumplimiento a la Directiva A-52/004 en lo referente a los sistemas de tratamiento y sus

análisis, debiendo acreditar el correcto funcionamiento del sistema, con monitoreos puntuales, semestrales del efluente generado. Lo anterior, en el entendido de que el correcto funcionamiento de la mencionada planta es condición sine qua non para mantener vigente el Permiso Ambiental Sectorial asociado.

4.2.2 PAS establecido en el artículo 74 del RSEIA

Permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos, a que se refiere el Título VI de la Ley N*18,892, Ley general de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones.

Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Subsecretaría de Pesca, mediante Of. Ordinario N* 1413 de fecha 13 de junio de 2013, informó favorablemente.

Condicionado a:

+» Una producción máxima de 6.000 toneladas de Salmónidos. + El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) N* 320 de 2001.

  • El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico, asociado a la solicitud de concesión en comento. r

  • En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N” 3612 de 2009 y a las caracteristicas del proyecto, éste se clasifica en Categoría 4 y 5.

  • En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha modificación genera cambios de consideración a objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modificación deba someterse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  • Que en lo relativo a los efectos características y circunstancias señalados en los literales “a”, “b”, “e”, "g”, “e” y "f' del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

6.- Que, en el proceso de evolución de proyecto " Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004”, el titular ha adquirido los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

  • Si ocurriera el abandono del centro, se retirarán todas las estructuras que fueron necesarias para su funcionamiento (excepto los muertos) y se realizará una INFA para conocer el estado final del área de concesión utilizada por el proyecto.

  • Desarrollo de capacitaciones a todo el personal de los centros sobre el manejo de alimento medicado y la mortalidad, tarea a cargo del médico veterinario de la compañía.

  • El Titular asume como compromiso voluntario el ingreso de las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). No obstante, el ingreso de las exigencias ambientales contempladas en el presente proyecto, se realizará conforme a los plazos que determine la normativa ambiental vigente.

  • El titular asume como compromiso voluntario, enviar a la Seremi de Medio'Ambiente región de Aysén el Registro Fotográfico del antes y después de la limpieza de los sectores aledaños al centro semestralmente; esto con el objeto de resguardar los recursos naturales, la biodiversidad, ecosistemas y especies presentes, y de esta forma reducir o minimizar los impactos negativos y compatibilizar con esto el desarrollo de las demás actividades

presentes.

7.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004”, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

8.- Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, ¡ mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en j general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba ! entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N? 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2

de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

9.- Que, para que el proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

10.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, asumiendo acto seguido,

las acciones necesarias para abordarlos.

11.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio,

] ¿ 1

12.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

13.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén.

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004”

2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales que se señalan en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad lo dispuesto en los Considerandos de esta Resolución. Dichas exigencias ambientales deberán ser ingresadas por el titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial,

según correspondiere.

3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N 20 de la Ley N 19.300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno,

Notifiquese y Archiyese

o a

Región de Aysén

CBG/RMR

Distribución:

Clc:

e... .....0.

Javier Lecaros Hernandez

Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén

Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén. Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén.

Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén

Gobierno Regional, Región de Aysén

lustre Municipalidad de Cisnes, Región de Aysén.

Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Encargada Participación Ciudadana

Superintendencia de Medio Ambiente

Expediente del Proyecto "Ampliación de producción, centro de engorda de salmones, PERT N*212111004." Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén