REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
VII REGIÓN DEL MAULE Califica ambientalmente el proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO" Resolución Exenta N* 52/2013
Talca, 27 de marzo de 2013
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
u
La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO”, presentada por el Señor José Arturo Iracheta Cartes, en representación de Salmones Colbún Ltda, con fecha 28 de Septiembre de 2012.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N%46-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Maule, con fecha 22/10/2012; Oficio N%866 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 22/10/2012; Oficio N880 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 24/10/2012; Oficio N“2281 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 25/10/2012; Oficio N344 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 26/10/2012; Oficio N151 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 26/10/2012; Oficio N2532 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 26/10/2012; Oficio N1295 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule, con fecha 26/10/2012; Oficio N1240 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Pesca, SERNAPESCA, Región del Maule, con fecha 29/10/2012; Oficio N1863 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 29/10/2012; Oficio N%69 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 30/10/2012; Oficio N3876 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 31/10/2012; Oficio N117 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 11/01/2013; Oficio N1520 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Pesca,SERNAPESCA, Región del Maule, con fecha 11/01/2013; Oficio N%032 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 14/01/2013; Oficio N%3 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 14/01/2013; Oficio N108 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 14/01/2013; Oficio N%S sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 14/01/2013; Oficio N27 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 14/01/2013; Oficio N31 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 15/01/2013; Oficio N“45/2013 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 20/02/2013; Oficio N“235/2013 sobre la Adenda 2, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 28/02/2013; Oficio N178 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 01/03/2013; Oficio N567 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 04/03/2013;
El Acta de Evaluación N*14/2013 del Comité Técnico de fecha 12 de marzo de 2013. El Informe Consolidado de Evaluación de fecha 26 de marzo de 2013.
El Acta de la Sesión N*03/2013 de la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule, de fecha 27 de marzo de 2013.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO".
Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N? 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; La Resolución Exenta N844 de la Superintendencia del Medio Ambiente y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
u
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO".
Que, el derecho de Salmones Colbún Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas
aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO" consiste en un centro de cultivo de especies salmonídeas desde el estado de alevín hasta smolt para una producción máxima proyectada de 1.000 toneladas anuales de biomasa. El proceso productivo corresponde al desarrollo de peces (maquila), pudiendo obtener salmónidos en distintos pesos, dependiendo esto de los requerimientos de la empresa que contrate los servicios de Salmones Colbún.
El proyecto Piscicultura Bramadero, se ubica en Parcela 45 Lote N“2 del Proyecto Parcelación Bramadero, sector Bramadero, en la comuna de San Clemente, Provincia de Talca, Región del Maule. Las coordenadas UTM (Datum
WGS 84) son: Norte : 6.058.329 Este :294.540
El proyecto técnico presentado en el año 2007 al Servicio Nacional de Pesca se compone por:
Y 32 estanques de 30 m' Y 45 estanques de 50 m'
Con una capacidad de producción de 7.95 toneladas al año.
El proyecto regulariza las construcciones ya realizadas de acuerdo al proyecto técnico presentado en el año 2007 al Servicio Nacional de Pesca y las modificaciones que se realizarán (ver anexo N*1 del Adenda I). Estas modificaciones se componen por:
Y 32 estanques de 30 m: Y 15 estanques de 50 m Y 5 estanques de 100 m
3 3 Con una capacidad de producción de 1000 toneladas de salmónidos al año.
3.1. Etapas del proyecto:
3.1.1 Etapa de construcción
a) Instalaciones de faena: no se consideró la instalación de un campamento con habitaciones para la construcción, ya que el personal se traslada diariamente al lugar. Las instalaciones de faenas consultan sólo una
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bodega y punto temporal de acopio de materiales. Los servicios sanitarios corresponden a los existentes en la piscicultura para el personal.
b) Preparación del terreno: Se delimitó el área a intervenir con un cerco perimetral de polines y alambre de púas. Posteriormente se niveló el terreno y la construcción de los canales de descarga. Todo el material removido (tierra) fue utilizado para rellenar y nivelar el terreno de las construcciones.
e) Edificios principales: Una vez preparado el terreno se construyeron los radieres de concreto para cada uno de los galpones de las unidades de cultivo. Esto incluyó el levantamiento de armaduras y moldajes, el hormigonado, la instalación de techumbres, cubiertas y aislaciones e instalaciones mecánicas de equipos, tuberías, estanques, instalaciones sanitarias y eléctricas. Todo el material utilizado fue comprado a proveedores debidamente autorizados.
d) Patio de operación: Se construyó un patio de operación, circulación, carga y descarga de camiones y los accesos viales. Con el propósito de permitir y facilitar la descarga y carga de peces, desde las unidades de cultivo. Se contempla una superficie de trabajo suficiente considerando que en una operación normal de retiro de alevines y smolt trabaja un mínimo de 1 camión con acoplado que requiere fundamentalmente un área de viraje y de estacionamiento. Esta área se caracteriza por ser una superficie plana, cubierta con material estabilizado. Se han considerado también caminos para el tránsito de personal y vehículos, y áreas verdes con el propósito de armonizar el conjunto de construcciones indicadas anteriormente.
e) Equipos y maquinarias utilizadas: En la fase de construcción se utilizaron retroexcavadoras, para la excavación
de los estanques de decantación y el posterior vertimiento del material. El resto correspondió a herramientas menores, tales como compactadoras, betoneras, vibradores, etc.
f) Requerimientos viales: El flujo se origina principalmente por el movimiento de materiales necesarios para la construcción del centro. Los viajes se realizaron desde y hacia el lugar del emplazamiento a partir de diferentes ciudades cercanas al área del proyecto, principalmente Talca, y eventualmente desde Santiago o Puerto Montt. Los viajes en la fase de construcción fueron orientados principalmente al traslado de material de construcción, estanques, equipos, tuberías y fittings, y el traslado de trabajadores y profesionales.
g) Requerimiento de agua potable: Para la etapa de construcción el agua necesaria para el consumo de los trabajadores fue suministrada a través de la red de agua potable existente en el centro de cultivo.
3.1.2 Etapa de Operación
a) Descripción del proceso
El proyecto consiste en la operación de un centro cuyo objetivo es la producción de salmónidos. El centro cuenta con capacidad máxima de producción de 1.000 toneladas de peces al año.
El proceso productivo corresponde al desarrollo de peces (maquila) desde la etapa de alevín a smolt, pudiendo obtener salmónidos en distintos pesos, dependiendoesto de los requerimientos de la empresa que contrate los servicios de Salmones Colbún.
Los niveles de producción se mantienen constantes las 24 horas del día y los 365 días del año. Este valor va a depender de la demanda externa, teniéndose como nivel máximo de producción 1.000 toneladas anuales (aprox.: 82,2 ton/mes, 2,74 ton/día, 114 kg/hora).
- Alevinaje y smoltificación:
Las etapas de alevinaje y smoltificación se desarrollan en 7 salas o galpones independientes a flujo abierto de agua. Indistintamente se utilizan cada uno de estos galpones para desarrollar estas etapas de cultivo.
El agua que alimenta cada uno de estos galpones es dirigida desde la captación hasta las cajas de oxigenación donde el agua es oxigenada mediante el uso de un estanque criogénico. Los equipos de oxigenación están
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instalados en el estanque cabecera, el cual da la cota necesaria para alimentar gravitacionalmente cada uno de los galpones. La necesidad de oxigenar el agua es para cumplir con los requerimientos de consumo de los peces.
Posteriormente el agua de salida de cada uno de los estanques se junta en una matriz en cada galpón y son dirigidas al sistema de tratamiento para luego ser descargadas al Canal Sin Nombre (el permisos asociado a esta descarga se está tramitando con la respectiva asociación de canalistas y no generarán vertidos antes de contar con las autorizaciones correspondientes).
Se consideran en todas las etapas procedimientos como calibraciones, selecciones, fotoperiodos, manejos, etc. procedimientos habituales en este tipo de industria.
b) Requerimientos para la operación del centro
Considerando una capacidad máxima de producción de 1.000 toneladas de salmónidos al año, para el correcto funcionamiento de las áreas de cultivo se requiere:
- Requerimiento de agua para el proceso de cultivo:
El agua requerida para el proyecto es de 1.000 L/s. Esto si se contempla que la densidad máxima de cultivo para este tipo de procesos es de 70 kilogramos de individuos por metro cúbico de agua, esto último tomando en consideración las condiciones temperatura y oxigenación.
La fuente de abastecimiento de agua para los procesos de producción es el Canal Mariposa, se capta de forma gravitacional y luego es dirigida por 6 tuberías al estanque cabecera. Las coordenadas de referencia a la bocatoma son las siguientes de acuerdo a la carta IGM N* 5-04-06-0060-00 San Clemente.
Coordenadas de captación de agua del Centro Bramadero (Huso 19, Proyección WGS84)
Este Origen o Usos Restitución
6.058.416 Canal Maule Alto
El agua se obtiene del Canal de Riego Maule Norte Alto, proveniente de la Central de Paso Mariposas. Para ello
aptación 294.520 Riego
se dispone de un contrato de arriendo de la asociación Canal Maule norte por 1 m”/seg (ver anexo 5 de la DIA).
El agua captada contiene como promedio en forma natural cerca de 8 miligramos de oxígeno por litro, a una saturación del 70% y a una temperatura promedio anual de 13,5 *C.
Ya captada el agua es dirigida a través de cañerías de PVC hacia los estanques cabecera donde se oxigena y posteriormente se hace la distribución de agua hacia el centro. El agua es oxigenada artificialmente elevándose a un 150% o más de saturación, que equivale a 170 miligramos de oxígeno en el estanque cabecera, en estas
condiciones de agua de entrada se puede cultivar peces en densidades entre 40 y 70 ke/m?,
La captación, elevación y distribución espacial del agua en las unidades productivas, se realiza pensando permanentemente en una línea productivá unidireccional, para que impida la permanencia de factores de contaminación sanitaria. La captación del agua es un punto clave en el sistema, dado que el suministro debe ser constante y además debe considerar las fluctuaciones estacionales.
La evacuación de las aguas, se efectúa en el Canal Sin Nombre, este canal es un canal de regadío cuya administración es privada y corresponde a Canal Bajo Maule Norte. La autorización es entregada por la Asociación de Canalistas (Comunidad de Aguas o Junta de Vigilancia en su caso). (Ver anexo 8 del Adenda 1). Los puntos de captación y de descarga de agua pueden visualizarse en el plano del anexo 4 de la DIA.
- Requerimiento de agua para uso doméstico y alcantarillado:
El agua potable será suministrada por un sistema particular, cuyo proyecto ya se encuentra autorizado por la
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Seremi de Salud. Por su parte, las aguas servidas domésticas generadas en la piscicultura, son dispuestas en el sistema de alcantarillado autorizado por la Seremi de Salud (ver anexo 6 de la DIA). + Requerimiento de energía eléctrica:
El requerimiento de energía eléctrica para la operación del centro es de 12.000 KW. Dicha energía es abastecida a partir de la red de tendido eléctrico local que corresponde a los servicios de Emetal, conforme al servicio cuyo Número de suministro es el 3708414.
- Requerimientos viales:
Los requerimientos viales en la etapa de operación están enfocados al traslado de los insumos propios del proceso productivo como el alimento para los peces, combustible, oxígeno, entre otros; así como también los alevines a ingresar al centro y los peces vivos que serán trasladados a otros centros para su posterior cosecha.
De estos el que genera una mayor cantidad de viajes es el transporte de peces vivos, debido a la baja eficiencia de los sistemas actuales de transporte y a la elevada biomasa a trasladar. Durante la fase de operación de la ampliación de la piscicultura, se proyectan los siguientes viajes:
Flujo de camiones Piscicultura Bramadero
Actividad Tipo de transporte Despacho de peces Camión 6 viajes diarios en promedio anual JEntrega de insumos Camión 6 viajes semanales [Retiro de desechos Camión 4 viajes semanales [Traslado personal local bicicleta l viajes diarios ¡Traslado personal no local automóvil l viajes diarios
A todos los camiones se les exigirá sus certificados de control de gases y revisión técnica vigente, así como también los choferes deben contar con licencia adecuada para manejar este tipo de maquinaria.
Todos los viajes utilizan la ruta Ch-115 desde la Ruta 5S, y dependiendo del destino su dirección será norte o sur. En general el despacho de peces, que es el que produce el mayor impacto, tiene como destino principal la X y XI región, y en menor parte la Región Metropolitana, IX y XII.
Por su parte, la infraestructura vial interna de la piscicultura, caminos, estacionamientos y veredas peatonales se configuran a partir de hormigón, ripio y maicillo.
- Requerimientos de equipamientos y maquinarias
Para la fase de operación de las salas de alevinaje y smoltificación se usan, máquinas seleccionadoras y contadoras de peces. Todas las unidades de cultivo están conectadas a un sistema de oxigenación, el cual inyecta el oxígeno necesario para cada una de las zonas. El oxígeno es provisto desde un estanque criogénico de oxígeno líquido, el cual fue instalado y es recargado por personal calificado de la empresa que presta el servicio.
- Requerimientos prevención y tratamiento de patologías:
El aspecto sanitario es una prioridad en los centro de cultivo, por ello, y dando estricto cumplimiento a todas las normativas que rigen los aspectos sanitarios para este tipo de instalaciones, se implementan rigurosas medidas de bioseguridad.
Dado que el mayor peligro de contaminación se asocia al ingreso de alevines, en este punto se incrementan las medidas preventivas a fin de minimizar el riesgo, exigiéndose los certificados sanitarios correspondientes y seleccionando a proveedores de reconocida calidad en el mercado, entre otras medidas.
Para llevar a cabo y dar cumplimiento a los Programas Sanitarios Generales del Servicio Nacional de Pesca, tanto de limpieza como desinfección de peces e instalaciones, se mantiene un stock limitado de productos químicos dentro del centro de cultivo en una bodega especialmente acondicionada para estos fines. Los productos utilizados son los que usa la industria del salmón autorizados por el Servicio Agrícola y Ganadero. (Ver anexos
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N97 y N98 de la DIA)
c) Proyecto técnico: El proyecto técnico se resume en los siguientes puntos (ver Anexos 9a, 9b y 9c de la DIA):
e Especies a cultivar en la piscicultura
Las especies a cultivar pertenecen a la especie de Salmónidos, de acuerdo a lo definido en el artículo 21 bis del Reglamento de Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura, N? 290. El programa de producción esperado (capacidad máxima de producción posible) en toneladas a partir del año 2012 será de 1.000 toneladas anuales.
El número de peces es relativo pues depende del tamaño de estos, lo cual está en función de las dimensiones que tienen los peces a la llegada al centro y el tiempo de residencia. El peso promedio de los peces que se entregan al cliente es de 150 gr. Los peces son ingresados en distintas épocas del año, de acuerdo al requerimiento de los clientes.
La modalidad de trabajo de Salmones Colbún impide determinar el número de ejemplares por especie a ingresar al centro cada año, ya que como maquiladores depende de los requerimientos de empresas dedicadas a la engorda, faenamiento y posterior exportación de salmónidos, como Invertec, Ventisqueros y PacificStar, entre otros, cuyos requerimientos dependen de sus respectivos planes de producción anuales.
e Estructuras de cultivo
Las estructuras de cultivo a utilizar en cada una de las áreas de la piscicultura, antiguas y proyectadas en la ampliación, se presentan en la siguiente tabla:
Infraestructura de Cultivo
Sala Cultivo Estado N? Estang ues led Existente 3 Existente 16 30 3 1,1 IC Existente 5 50 5,6 1,2 ID Existente 5 50 5,6 1,2 E Existente 5 50 5,6 1,2 F Existente 3 100 10 1,3 G Existente 2 100 10 1,3
e Alimentación
Durante el alevinaje y smoltificación, las tasas de alimentación diaria varían desde un 2% hasta un 6% peso cuerpo de los peces. Este alimento es comprado a empresas del rubro debidamente establecidas, donde las cantidades, calidades y tamaños de los gránulos están de acuerdo al número, especie, estado de desarrollo y tamaño de los peces.Los alimentos son entregados por personal de la empresa y se administra durante las 24 hrs.
Cabe considerar que la conversión entre tasa de crecimiento de los peces y el alimento consumido es cercana a 1, lo que significa que prácticamente la totalidad del alimento (cercano al 99,9%) es consumido por los
peces. La composición de la dieta es la que se muestra en la siguiente tabla.
Composición del alimento (Fuente: EWOS Chile Alimentos Ltda.)
Componente Porcentaje (%) Proteína cruda 45
[Lípidos 20
[Fibra cruda 2
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eniza 11 lc
umedad 11 lA
Los ingredientes más usados en la formulación son los siguientes: harina de pescado, aceite de pescado, aceite vegetal, subproductos de molienda de trigo y maíz, gluten de trigo, subproductos de soya, subproductos de girasol, subproductos de origen avícola, almidones nativos, pre mezcla de vitaminas y sales minerales, aminoácidos esenciales, ácido ascórbico, entre otros.
- Manejo Sanitario
El titular Salmones Colbún Ltda. Señala que han establecido diversos planes de prevención y tratamiento de patologías, controles de salud de peces, planes de manejo sanitario y planes de contingencia para algunas eventualidades, con el objetivo de mantener una calidad adecuada para la producción. A continuación se describen los planes de prevención, control y manejo.
e Prevención y tratamiento de patologías
Como metodología de prevención, se utilizan utensilios individualmente para cada una de las unidades de cultivo. En el caso de presentarse algún brote de alguna enfermedad, esta es tratada de acuerdo a los procedimientos, dosis y productos que estén debidamente autorizados por la autoridad competente. Todo el plan de prevención y de tratamientos de patologías, está debidamente supervisado y ejecutado por un profesional médico veterinario.
Se minimiza los riesgos de brotes de enfermedades mediante el óptimo manejo de los peces. Las siguientes
medidas son implementadas para evitar el estrés y enfermedades asociadas:
2 Retiro, ensilaje y derivación a sitio de disposición final de los peces muertos.
2 Desinfección de las personas que ingresan al centro, mediante el uso de pediluvios y maniluvios.
2 Cumplimiento de densidades de cultivo programadas.
2 Evitar existencia de alimento libre que reduzca la calidad del agua y pueda ser foco de proliferación bacteriana.
2 Uso alimento acorde a la etapa y requerimientos nutricionales de los peces.
2 Minimizar manipulación de los peces.
- Control de Salud de los peces
Profesionales del área de la Acuicultura y Médicos Veterinarios especializados externos y del plantel piscícola serán los encargados de realizar chequeos periódicos del estado sanitario de los diferentes lotes de peces; se tomarán muestras y serán analizadas en laboratorios especializados a fin de pesquisar algún de tipo de anomalía y tomar las medidas correspondientes para la prevención y control de patologías que pudiesen afectar al plantel piscícola.
Todos los fármacos a utilizar en el control y prevención de enfermedades de ocurrencia en agua dulce, serán aquellos autorizados y con registro del Servicio Agrícola y Ganadero, previo diagnóstico y prescripción por profesional del área, y se registrarán los tratamientos efectuados, especificando dosis, fecha de inicio y término del tratamiento, el producto comercial utilizado y su concentración. Además se informará mensualmente a Servicio Nacional de Pesca de los productos usados. Para el caso de los antibióticos se utilizará preferentemente la vacunación, respecto a los otros productos estos se incorporarán a los peces a través de los alimentos por vía oral o sino mediante baños terapéuticos. Los compuestos a utilizar en el centro para el control de salud de los peces, además de cumplir con los requerimientos normativos, serán elegidos y suministrados de acuerdo a la prescripción del Médico Veterinario jefe de salud de la planta al igual que la posología, que dependerá de los lotes de peces que se encuentren en esa situación y al estado sanitario detectado.
- Plan de manejo sanitario
Como proyecto piscícola se espera producir peces sanos, teniendo presente hacer un manejo que sea adecuado, simple y lógico, de tal forma de entregar peces al mercado que sean sanos, seguros de consumir y económicos. Para lograr este objetivo, se exigirán las certificaciones sanitarias y de desinfección a cada partida de ovas y/o alevines que ingresen al centro.
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En el caso que se presente una patología las medidas a tomar serán las siguientes:
-
Se hará un chequeo diario a los peces y ante cualquier signo de enfermedad se informara al médico veterinario de la empresa para que examine los peces y realice el diagnóstico. Ante cualquier duda se hará asesorar por profesionales especializados externos.
-
Frente la sospecha de alguna enfermedad de alto riesgo, ya sea por los signos clínicos, comportamientos o alzas en la mortalidad, se notificará de inmediato a Servicio Nacional de Pesca, previa confirmación que realice el profesional correspondiente.
-
Ante cualquier duda de enfermedad, y hasta no tener la confirmación del diagnóstico real, los peces no se moverán y se implementarán normas de manejo sanitario y barreras de control, orientadas a eliminar él o los agentes infecciosos, para evitar un posible contagio a los peces y ovas sanas. Para esto se tomaran las siguientes medidas:
2 Eliminación (retiro y ensilaje) de peces muertos y peces moribundos.
2 Eliminación del o los grupos de peces que salgan positivo.
o Se continuará con una correcta desinfección de los elementos de trabajo, antes y después de ser usado.
o Restricción al movimiento de personas y vehículos que ingresen y salgan del centro.
o Seasignarán personas exclusivas para el trabajo con los lotes que presenten este tipo de enfermedad y se aislará de inmediato del resto de los peces del plantel, intensificándose temporalmente las labores de control de la biomasa sana a fin de detectar tempranamente eventuales brotes
o Se continuará con la desinfección al ingreso y salida de las instalaciones, con productos diluidos y amigables
con el medioambiente.
o Barreras Sanitarias: Se efectúa control sanitario de los vehículos que ingresan al centro y se emplean y pediluvios y maniluvios en la entrada de la sala de incubación, sala de estanques de alevinaje y smoltificación.
El titular deberá tomar todas las medidas ambientales y sanitarias, incluidos los programas sanitarios generales, así como los programas sanitarios específicos y medidas de bioseguridad aplicables a los centros de cultivos en tierra.
e Control de plagas Para mantener las condiciones sanitarias de las instalaciones y del lugar de trabajo se han tomado las medidas necesarias para evitar la entrada de plagas como también su eliminación de acuerdo al plan de control de plagas.
Se adjunta en el anexo 10 de la DIA los antecedentes de este plan de control, realizado por una empresa acreditada por los organismos correspondientes.
e Protocolo de bioseguridad para la piscicultura:
El titular entrega las condiciones de organización y aplicación de los programas de desinfección en los centros de cultivo de peces de Salmones Colbún Ltda., en la piscicultura Bramadero, que permitan mantener las condiciones de Bioseguridad del centro, con la finalidad de controlar y prevenir la transmisión y diseminación de agentes patógenos y disminuir la contaminación cruzada, ya sea al interior del centro, desde o hacia otros centros de cultivo, o al medio ambiente. (Ver anexo 3 del Adenda l).
e Planes de contingencia
Los planes de contingencia en respuesta a escapes o mortalidades masivas deben dar cumplimiento a los Artículos 5 y 6 del D.S N 320/01 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (ver anexo N17 del Adenda 1). El titular dará cumplimiento a lo estipulado en el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para Las Especies Hidrobiológicas (Reglamento Sanitario para la Acuicultura). Las principales acciones serán:
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1) Escape de peces
Los escapes de peces serán evitados por la rejilla que posee cada estanque de crianza. Se harán revisiones periódicas de las rejillas con el fin de verificar su estado de conservación y funcionamiento.
En caso que los dispositivos de seguridad fallen y exista escape de peces, se realizarán actividades de recaptura en un radio de 400 m y por un período máximo de 5 días, de acuerdo a las exigencias vigentes. En caso de ser necesario, se solicitará al Servicio Nacional de Pesca una ampliación del periodo y área antes indicada. Se dará aviso a las autoridades respectivas dentro de 24 horas y durante los siete días siguientes al escape de peces se entregará un informe que incluirá lo siguiente:
-
Localización exacta del escape, señalando la identificación del centro y curso de agua afectado.
-
Especie o especies involucradas.
-
— Número de individuos estimados y su peso aproximado.
-
— Circunstancias en que ocurrió el hecho.
-
— Estado sanitario de los ejemplares involucrados en el escape.
-
Período del último tratamiento efectuado, señalando nombre del producto, dosis y concentración.
Los peces capturados quedarán en estanques o piletas separados del resto de los peces y en observación. De presentar algún síntoma de enfermedad se hará un diagnóstico y estudiará su tratamiento o su correcta eliminación.
ii) Mortalidad masiva de peces
El Art. 5 del Reglamento Ambiental para la Acuicultura — RAMA (D.S. N* 320/2001, modificado por D.S. N9397/2009) señala: “En cada centro de cultivo debe existir un plan de contingencia que establezca las acciones y responsabilidades operativas en caso de ocurrir circunstancias susceptibles de provocar efectos ambientales negativos o adversos”. Una mortalidad masiva tiene el potencial de generar estos efectos y para su control se debe implementar un correcto sistema para la eliminación de la biomasa involucrada. Por ello se opta por el uso de proceso de ensilaje diseñado para estos fines (Ver anexos lla, 11b y 11c de la DIA)
iii) Derrame de productos
Los químicos a usar para desinfección serán biodegradables y medioambientalmente amigables, se usarán en concentraciones relativamente bajas y pequeñas cantidades. Para estos productos un derrame debido a su uso es poco probable y de reducido impacto, debido a su baja concentración. Estos productos son almacenados en una bodega etiquetados, de acuerdo a las especificaciones del producto, a cargo del Jefe del centro, entregándose al personal sólo la cantidad necesaria de cada compuesto de la solución preparada.
En torno a la bodega de estos productos se establece una canaleta impermeabilizada con la capacidad de sostener cualquier eventual derrame. Además la empresa capacita al personal sobre estas materias.
iv) Falla en suministros críticos
Oxígeno: En caso de falla en la provisión de oxigeno desde el estanque criogénico, se alimentarán las líneas productivas con un manifold de cilindros de emergencia.
v) Incendio Las dependencias están dotadas de extintores de incendio tipo multipropósito de polvo químico seco, debidamente certificados, bien ubicados, señalizados, todo en conformidad a la normativa vigente (Decreto
Supremo N*594 que aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo).
vi) Seguridad y salud ocupacional
Se ha considerado la implementación de un programa de seguridad y salud ocupacional basado en la
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identificación de los peligros y riesgos de las operaciones asociadas al proceso. Además la empresa se encuentra adherida a la mutual de seguridad para dar cumplimiento a la obligación de contar con un seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
3.1.3 Etapa cierre y abandono
El proyecto Piscicultura Bramadero no tiene contemplada una fecha límite de producción o término de proyecto, debido a que la industria ha logrado superar la crisis que la afecto y nuevamente está alcanzando los niveles de producción pasados. Por ello el proyecto presenta un horizonte indefinido.
No obstante lo anterior, en caso de que el centro concluya su operación, el titular señala que se procederá a:
-
Retiro de equipos y desmovilización de estructuras instaladas.
-
Se efectuará una limpieza del área retirando todos los residuos y elementos que pudieran generar contaminación del agua o suelo, para su posterior disposición en lugar autorizado y de acuerdo a la normativa
vigente. - Seretirará todo vestigio de ocupación del lugar o lugares tales como: chatarra y escombros, entre otros.
- — Sólo podrán permanecer dentro de las zonas aquellos elementos o estructuras que presten utilidad práctica evidente, que constituyan una mejora para el ambiente y que sean autorizados por los propietarios de los terrenos involucrados.
3.2 Principales emisiones, descargas y residuos Producidos por el Proyecto
3.2.1 Emisiones Atmosféricas
A la etapa de construcción se asocian emisiones referidas al tránsito de vehículos y maquinarias, correspondiendo principalmente a PM10, además de emanaciones de CO, NOxy HC, producto del proceso de combustión de los motores. Para mitigar esto se trabaja con material humedecido, se humectan las zonas de tráfico y se mantienen los vehículos y maquinaria en buenas condiciones y con sus revisiones técnicas al día.
3.2.2 Emisión de ruido
Las fuentes de emisión de ruido se concentran en la etapa de construcción e involucran básicamente el movimiento de tierra, excavaciones menores, el movimiento de camiones y maquinaria y el montaje de estructuras. Para reducir impactos se mantienen las maquinarias, vehículos y otros equipos en buenas condiciones y, en caso que corresponda, con sus permisos al día. Además las labores se desarrollan durante el día y en los horarios permitidos para este tipo de trabajos. Finalmente se hace notar que la etapa de construcción tuvo una duración de 2 meses.
Durante la operación la emisión de ruidos corresponde a los asociados a la operación y administración del centro. 3.2.3 Residuos líquidos
3.2.3.1 Aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos
Las aguas servidas del tipo doméstico generadas en la piscicultura son conducidas a un sistema de alcantarillado autorizado por la autoridad competente (ver anexo 6 de la DIA).
3.2.3.2 Efluentes líquidos provenientes del sistema de cultivo Durante la etapa de operación, la descarga de residuos líquidos, corresponderá a la característica de una piscicultura,
acarreando los desechos metabólicos y el alimento no consumido por los peces en cultivo, el cual es mínimo para esta actividad productiva donde la conversión entre tasa de crecimiento y tasa de alimentación es cercana a 1, es decir, por cada kilo de crecimiento hay equivalencia con cada kilo de alimento otorgado. Esta es una condición que se explica por la temperatura del agua en la zona, que favorece este tipo de características del proceso de alimentación de los peces.
La evacuación de las aguas, se efectúa en el Canal Sin Nombre, dando cumplimiento a la tabla 1 del DS 90/00, “Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales”, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República. La autorización es
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entregada por la Asociación de Canalistas (Comunidad de Aguas o Junta de Vigilancia en su caso). Los puntos de captación y de descarga de agua pueden visualizarse en el plano del anexo 4 de la DIA.
El titular entrega un análisis de las aguas crudas sin tratamiento por un laboratorio acreditado, de acuerdo a esta información la instalación se clasifica como fuente emisora. Adicionalmente se adjunta un análisis del afluente, en términos de los sólidos presentes en este caudal (ver anexo 4 del Adenda).
El titular deberá implementar el sistema de tratamiento de RILes una vez iniciada su operación, este tratamiento consiste en un tratamiento primario en el efluente enfocado a la retención de sólidos suspendidos y sedimentables. Los sólidos se deben principalmente al alimento no consumido y a las fecas de los peces
El sistema de tratamiento, consiste en un sistema de filtro rotatorio que corresponden a un cilindro cuyo manto es una malla filtrante, el agua a filtrar pasa a través de la malla quedando los sólidos atrapados en ella. Los sólidos que obstruyen la malla reducen el área efectiva de filtración al punto que el nivel de entrada de agua alcanza un nivel crítico; sensores de nivel activan un moto-reductor que hace girar el tambor, permitiendo que el área sucia (sumergida) quede fuera del agua y se someta a retrolavado a través de inyectores dispuestos en la parte superior. De este modo, el retrolavado del filtro sólo se acciona cuando las mallas se encuentren colmadas de sólidos, generando un caudal de retrolavado con un nivel de sólidos entre el 0,1 al 0,5%.
Las partículas recolectadas en la bandeja de retrolavado de los filtros son enviadas a una cámara de lodo la que cuenta con un sistema de recirculación del sobrenadante. La estructura de soporte de los filtros y la cámara de lodo serán construidas de hormigón, lo que garantiza la estabilidad del sistema. El volumen de acumulación temporal del lodo es de 540 m3 en total.
Respecto a la generación de lodos, se ha estimado la cantidad de 0.6 toneladas/día, operando la piscicultura a plena capacidad, es decir con las mayores tasas de alimentación y la mayor densidad de cultivo en los estanques, siendo esta condición la peor en términos de generación de lodos. El volumen de acumulación temporal del lodo es de 540 m3 en total.
3.2.4 Residuos sólidos
En la etapa de construcción los residuos sólidos se asocian principalmente a despuntes y recortes de planchas metálicas, plásticas y ductos de PVC, entre otros los se disponen en un sitio de disposición final autorizado. El volumen de este tipo de residuos es de aproximadamente 2 m/día.
En cuanto a la basura doméstica se estima en alrededor de 3 kg/día, los cuales van a contenedores tapados, retirados por un servicio de recolección acreditado y, finalmente son dispuestos en un recinto de disposición final autorizado por las autoridades competentes.
El sistema de tratamiento, consiste en un sistema de filtro rotatorio que corresponden a un cilindro cuyo manto es una malla filtrante, el agua a filtrar pasa a través de la malla quedando los sólidos atrapados en ella. Los sólidos que obstruyen la malla reducen el área efectiva de filtración al punto que el nivel de entrada de agua alcanza un nivel crítico; sensores de nivel activan un moto-reductor que hace girar el tambor, permitiendo que el área sucia (sumergida) quede fuera del agua y se someta a retrolavado a través de inyectores dispuestos en la parte superior. De este modo, el retrolavado del filtro sólo se acciona cuando las mallas se encuentren colmadas de sólidos, generando un caudal de retrolavado con un nivel de sólidos entre el 0,1 al 0,5%.
Las partículas recolectadas en la bandeja de retrolavado de los filtros son enviadas a una cámara de lodo la que cuenta con un sistema de recirculación del sobrenadante. La estructura de soporte de los filtros y la cámara de lodo serán construidas de hormigón, lo que garantiza la estabilidad del sistema. El volumen de acumulación temporal del lodo es de 540 m3 en total.
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Respecto a la generación de lodos, se ha estimado la cantidad a generar operando la piscicultura a plena capacidad, es decir con las mayores tasas de alimentación y la mayor densidad de cultivo en los estanques, siendo esta condición la peor en términos de generación de lodos. El volumen de acumulación temporal del lodo es de 540 m3 en total.
El titular señala que según Aguayo (2003), el alimento no consumido por los peces y que forma parte del efluentes corresponde al 10% del total de alimento suministrado; las fecas corresponden al 13% del alimento consumido por los peces y estas están constituidas de un 80% de cenizas y el 20% restante corresponde a material sólido factible de ser oxidado; la orina corresponde al 12% del alimento consumido y se compone de aproximadamente 50% de nitrógeno en forma de urea y el saldo corresponde a agua y sales minerales; en tanto que el fósforo presente en el efluente alcanza al 1,3% del alimento total suministrado.
La periocidad del retiro será cada 6 meses, y dependiendo de la operación, se podrá aumentar o disminuir el retiro. No habrá tratamiento de lodo al interior de la piscicultura. El lodo será retirado y transportado por una empresa autorizada y dispuesto en un recinto autorizado para este fin.
Los residuos generados en la operación de la planta son clasificados de la siguiente manera:
a) Desechos provenientes de los materiales de las medidas de bioseguridad: Se consideran dentro de esta clasificación guantes, cotonas, mascarillas, etc., utilizados en las medidas de bioseguridad en las salas de cultivo. Estos desechos están clasificados como residuos sólidos industriales asimilables a domésticos y son dispuestos en un recinto autorizado por las autoridades competentes.
b) Desechos provenientes de envases de insumos: estos desechos corresponden a envases vacíos de insumos tales como alimentos, sal, etc. Estos residuos son clasificados como residuos sólidos industriales asimilables a domésticos y son dispuestos en un recinto autorizado por las autoridades competentes. Cantidad a generar puntos a y b: 108 kg/día.
c) Basura domiciliaria: se considera todo aquello generado en la casa habitación, comedores y baños. Están clasificados como residuos domiciliarios y son dispuestos en sitio autorizado por las autoridades competentes. Cantidad a generar: 5,4 kg/día.
d) Mortalidad: corresponde a los peces muertos en la piscicultura, estos son clasificados como residuos sólidos industriales asimilables a domésticos y son eliminados mediante un proceso de ensilaje para posterior traslado a sitio de disposición final autorizado. La cantidad a generar es de 32,5 kg/día.
e) El titular dará oportuno aviso al SAG (Talca), por medios escritos, en el caso que se produzcan ingresos de materiales, equipos y maquinaria procedentes del extranjero, que estén embalados en madera.
3.2.4.1 Manejo Mortalidades
Se generan aproximadamente 32,5 kg/día de mortalidad en la etapa de mayor biomasa de la piscicultura, la cual será manejada mediante un sistema de ensilaje.
- Depósito temporal de mortalidad:
El balde que contiene la mortalidad, con desnaturalizador, de cada sala, será trasladado con tapa a fin de evitar derrames hasta la zona de acopio de la mortalidad, y será depositada en los contenedores de acopio de la mortalidad. El cual debe encontrarse debidamente identificado y con tapa, paredes y fondo hermético que impidan posibles derrames. El sistema de ensilaje se ubicara en forma independiente de las demás instalaciones del centro.
- Sistema de registros, referente a esta etapa: Se formulara un sistema de registro que contenga a lo menos los siguientes datos: o Cantidad de mortalidad destinada a molienda Cantidad de químicos utilizados e identificación de esto Frecuencia del retiro del producto de ensilaje y disposición final de esta. Medición y valores de ph. Identificación de transporte utilizado en el retiro de la mortalidad neutralizada Personal a cargo Frecuencia de lavado, limpieza y desinfección de los equipos utilizados en este proceso.
000000
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e El retiro y transporte del producto final o pasta deberá realizarse de acuerdo a los
siguientes criterios:
o En contenedores herméticos y anti derrame o En contenedores exclusivo y debidamente señalizado y etiquetado.
3.2.5 Residuos sólidos Pe:
ligrosos
Residuos generados se asocian a los tubos fluorescentes utilizados en luminarias, baterías y tintas (impresoras), residuos de fluidos térmicos y envases de productos químicos. Se estima un total de 215,3 kilos/año.
Para la acumulación de estos residuos existe una bodega que permite almacenarlos por un periodo máximo de 6 meses, para posteriormente ser retirados dispuestos fuera de la piscicultura en un centro autorizado.
La bodega fue diseñada acorde a los siguientes criterios requeridos por la normativa: - Base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.
- Cierre perimetral de 1,8 m de altura, techada y protegida de condiciones ambientales.
- Retención de escurrimientos con peralte de 15 cm.
- Señalización y acceso restringido.
Considerando que la cantidad de residuos es menor a 12 toneladas año, no existe un plan de manejo de residuos peligrosos. El titular entrega una aproximación de la generación de residuos y la forma de disposición final.
Cantidad
, , ; Empresa Código | Código estimada de . E : Lugar o proceso j encargada i 5 Tipo de según según o generación ó Tipo de Residuo Peligrosidad DS 148 1DS148 | 1* lo origina residuos retiro / Art. 18 | Art. 90 en Kg Disposición final Baterías de Plomo 1-13 (41020 A dad al (Baterías de plomo — |Corrosivo - 141160 CUMUiaaores de |s4 y ¡Bravo Energy lácido 12 y 24 Y) Jr-16uqoo0 energía ¡Residuos de fluidos térmicos (R-4014 PONGO Gases ¡Clorodifluormetano — (R- A 22) 1, Difucccino (R- AGUDOS 11-14 [44100 pefr IEA a 1 tin 152a) 2 Cloro-1,1,1,2- equipos de frío 'etrafluoretano (R-124)) TOXICOS Vluminación - 4101 Tubos Fluorescentes EXTRINCICOS 11 010 Reneral 47,6 ¡Bravo Energy! ¡Residuos resultantes de Tóxico 17720) 144070 Oficina Ñ de 1,1 Bravo Energy a utilización de tintas lExtrínseco ladministración Cantidad Empresa Código | Código estimada e Tipo de según según Lugar o proceso de encargada PE Peligrosidad | DS 148 (Ds 148 | W'2/00rigina | generación | retiro/. Art. 18 | Art. 90 residuos Disposición en Kg final ¡Envases usados Desinfección — y productos químicos - Licido fórmico. Ácido réxico crónico 11-3 44130 lratamientos de (108,2 ¡Bravo Energy! aracético óxico agudo peces Total Residuos Peligrosos (Kg. al año) 215,3
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Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO" cumple
con:
Componente Texto Normativo | Aspecto Regulado y Cumplimiento Regulado Sistema de Ley N 19.300 Establece la obligatoriedad de someter a evaluación de impacto Evaluación de sobre Bases ambiental a para proyectos de inversión como la Piscicultura El Impacto Generales del Colorado. También crea normas de calidad ambiental y normas de Ambiental Medio Ambiente. emisión, entre otros instrumentos de gestión ambiental. Modificada por Para dar cumplimiento el titular presenta a la Comisión Regional Ley N 20.417 del Medio Ambiente de la Región del Maule una Declaración de creando el Impacto Ambiental Piscicultura El Colorado, acorde a lo Ministerio, el establecido en la ley. Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente Reglamento D.S. N* 95 Establece los criterios, normas y procedimientos que rigen al Sistema de Secretaría General | Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, así como los Evaluación de de la República contenidos de las Declaración y Estudios de Impacto Ambiental. Impacto Ministerio Para dar cumplimiento el titular se somete al Sistema de Evaluación Ambiental de Impacto Ambiental presentando la Declaración de Impacto
Ambiental del Proyecto, acorde a los criterios establecidos en la normativa.
Autorización para acuicultura en el territorio nacional
Ley N* 18.892 General de Pesca y Acuicultura
Artículo 1: Señala: “A las disposiciones de esta Ley quedará sometida la preservación de los recursos hidrobiológicos, y toda actividad pesquera extractiva, de acuicultura, de investigación y deportiva, que se realice en aguas terrestres, aguas interiores, mar territorial o zona económica exclusiva de la República y en las áreas adyacentes a esta última sobre las que exista o pueda llegar a existir jurisdicción nacional de acuerdo con las leyes y tratados internacionales.” Quedando también sometidas: “las actividades pesqueras de procesamiento y transformación, y el almacenamiento, transporte o comercialización de recursos hidrobiológicos.
Para dar cumplimiento el titular posee autorización de la Subsecretaría de Pesca para realizar las actividades de acuicultura, acorde a los requerimientos establecidos.
Artículo 122: que hace referencia a las labores de Fiscalización del Servicio, personal de la Armada y Carabineros, así como a los aspectos a fiscalizar.
Para dar cumplimiento el titular facilitará las labores de fiscalización de las autoridades correspondientes y proveerá toda la documentación requerida.
Artículo 136: Establece un cuasidelito referido al que “introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos sin que hayan sido neutralizados será sancionado con multa de 50 a 3.000 UTM”. En caso de proceder con dolo, además de la multa a aplicar, se establece presidio menor en su grado mínimo.
Para dar cumplimiento el titular antes de devolver las aguas utilizadas las tratará en la planta de tratamiento de RILes autorizada
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y los efluentes serán monitoreadas acorde al Plan de Monitoreo de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Regulación ambiental de la acuicultura
D.S. N* 320 Reglamento Ambiental para la Acuicultura Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Establece los requerimientos ambientales para autorizar la operación de los centros de cultivo.
Para dar cumplimiento el titular aborda con todos los artículos que lo atañen respecto a los centros de cultivo en tierra, como se ha dado cuenta en la presente Declaración de Impacto Ambiental.
D.S. N? 290/93 Reglamento de Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura.
Establece los procedimientos para las concesiones y autorizaciones de acuicultura, como también disposiciones varias, antecedentes para la acreditación de procedencia de especies producidas en las concesiones y autorizaciones de acuicultura.
Para dar cumplimiento el titular aborda todo lo estipulado en el reglamento, y posterior a la obtención ambiental aprobatoria se modificarán los antecedentes en el Registro Nacional de Acuicultura
D.S. N*319/01 y sus modificaciones Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas.
Establece las medidas de protección y control para evitar enfermedades de alto riesgo, el aislamiento en caso de que estas ocurran, evitar su propagación y su erradicación, determinando las patologías que se clasifican de alto riesgo.
Para dar cumplimiento el titular aborda todo lo estipulado en el reglamento, implementando los controles y planes de contingencia sanitarios señalados en la descripción del proceso productivo.
Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura
D.S. N* 1/92 Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática Ministerio de Defensa.
Establece la prevención, vigilancia y combate de la contaminación en: aguas de mar, puertos, ríos y lagos nacionales
Para dar cumplimiento el titular cumple con las disposiciones de la Armada, así como de los otros cuerpos normativos asociados.
Mantención de limpieza y equilibrio ecológico
D.S. N* 594/99 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo Ministerio de
Establecen las condiciones ambientales y sanitarias básicas en lugares de trabajo, como también los aspectos de salud ocupacional (agua potable y servicios higiénicos).
Para dar cumplimiento el titular se ajustará estrictamente a la normativa en todos sus aspectos, manteniendo al personal del centro en las mejores condiciones de higiene y seguridad.
Salud. Contaminación D.F.L N*725/68del | Establece la obligatoriedad de obtener una autorización sanitaria acuática Ministerio de para la evacuación, tratamiento y disposición final de desagiies, Salud. aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales
líquidos.
Para dar cumplimiento el titular evacua las aguas servidas a una fosa séptica la que es limpiada regularmente En cuanto a los RILes estos son tratados en la planta y posteriormente evacuados cumpliendo con la normativa establecida.
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Emisiones Atmosféricas
D.S. N* 55/94
Establece valores máximos de gases que un vehículo o motor pueden emitir.
Para dar cumplimiento el titular utilizará vehículos que cumplan con los valores máximos, contando cada uno con su certificado de revisión técnica al día.
Código Sanitario
Código Sanitario D.F.L N* 725/68 Ministerio de Salud
Artículos 78 y 80: Establece las condiciones de acumulación, industrialización, selección, comercio, disposición o transporte desperdicios y basuras.
El titular da cumplimiento mediante la disposición de los residuos generados en la piscicultura en lugares autorizados por la autoridad correspondiente.
Residuos D.S. N90 Establece la concentración máxima de contaminantes para residuos Líquidos Ministerio General | líquidos descargados por las fuentes emisoras a los cuerpos de agua de la Presidencia marinos y continentales. de la República El titular cumple con todos los parámetros establecidos. D.O. 07.03.2001 Ley N 4.601 sobre | Artículo 3 Establece la prohibición de caza o captura de ejemplares Caza, modificado de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de por la Ley N extinción, vulnerables, raras y escasamente protegidas, así como la 19,473 de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. El titular da cumplimiento mediante la instrucción al personal de la piscicultura y personal de servicios asociados de la prohibición de caza en el lugar de operación de la Piscicultura. Agua Potable Decreto N735 de | Establece las condiciones en las cuales se debe proporcionar agua 1969 de buena calidad en cantidad suficiente para abastecer satisfactoriamente a la población. El titular dará cumplimiento íntegro a la normativa. N.Ch. 1.333, Establecen los requisitos de calidad de agua para diversos usos. Calidad de agua El titular dará cumplimiento íntegro a la normativa. para diferentes usos Residuos D.S. N* 148/2003, | Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que Sólidos Reglamento deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, Sanitario sobre transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras Manejo de residuos | formas de eliminación de los residuos peligrosos. peligrosos El titular dará cumplimiento de la normativa mediante el cumplimiento de los requerimientos para la tenencia, almacenamiento. En cuanto al transporte y la disposición estos se realizan con servicios autorizados por la autoridad correspondiente. Ruido Decreto Supremo El titular dará cumplimiento íntegro a la normativa.
N38/11 del Ministerio del Medio Ambiente - Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes Fijas en esta actividad
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industrial ubicada en una zona rural, en donde no se debe sobrepasar el nivel de ruido de fondo en 10 dB.
Otras
D.L. 3.557, de 1980, sobre protección agrícola, Artículo 11.
La única fuente existente en la piscicultura que pudiese llegar a contaminar la agricultura es la descarga de RILes, no obstante esta cumplirá con todos los parámetros establecidos en la norma (DS 90), para lo cual se utilizará un filtro rotatorio, situación que es exigida por los organismos competentes, así como en el contrato de arrendamiento de aguas, y que es verificada mediante el monitoreo de las aguas descargadas.
Resolución Exenta N? 133, de 2005,
Regula el ingreso y tránsito de madera de embalaje extranjera en el país.
del Servicio El titular se compromete a dar cumplimiento, en caso que
Agrícola y corresponda a la Resolución Exenta N? 133/2005 del SAG. Para
Ganadero (SAG esto se solicitará a los proveedores y/o contratistas que los embalajes de madera deberán presentar marca para certificar que ha sido sometido a alguno de los tratamientos fitosanitarios requeridos. Además se informará la situación al SAG, quienes determinarán las acciones a seguir con el total de los bultos y, se mantendrá un registro de los ingresos de madera (proveniente del extranjero).
Ley N*20.019, que | El titular dará cumplimiento íntegro a la normativa
modifica la LGPA
(Ley General de
Pesca y
Acuicultura), en materias de Acuicultura.
Ley General de Pesca y Acuicultura, artículos 1 y 136 de la LGPA (Ley General de Pesca y Acuicultura).
El titular dará cumplimiento íntegro a la normativa
Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, que instruye normas de carácter general sobre la remisión de los antecedentes respecto de las condiciones, compromisos y medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental.
El titular dará cumplimiento íntegro a la normativa
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Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos de los artículos 74, 90, 93,94 y 96 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
7.1. El titular asume como compromiso voluntario el ingreso de las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso deberá materializarse en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.
7.2. El titular asume como compromisos voluntarios que velará permanentemente por el cuidado de la flora y fauna nativa presente en su predio y áreas de influencia cercanas, además, una vez obtenida la calificación ambiental, realizar programas de capacitación y educación ambiental a sus trabajadores y poblaciones vecinas sobre el cuidado del medio ambiente y la biodiversidad presente en el sector, estas se realizarán anualmente.
7.3. El titular se compromete a que los lodos generados se dispondrán en un sitio de disposición final autorizado ambiental y sanitariamente.
7.4. El titular se compromete a que durante la extracción del lodo se mantendrá un nivel de agua que sirve como aislante en la emisión de olores.
7.5. El titular se compromete a que en un año, como máximo plazo, estará funcionando el Filtro Rotatorio. Además se coordinará la caracterización del lodo con los servicios correspondientes y se determinará la naturaleza del residuo y su lugar de disposición.
El titular deberá avisar a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) 90 días de antes del inicio de la operación del sistema de tratamiento de RILes, esto de acuerdo al formato de aviso correspondiente.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Comisión de Evaluación, Región del Maule, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
Que, para que el proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO"” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Comisión de Evaluación, Región del Maule, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación Ambiental, Región del Maule, la individualización de cambios de titularidad.
19/19 13. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación Región del Maule
RESUELVE: 1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO".
- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 74, 90, 93, 94 y 9%
Secretario Comisión de Evaluación Región del
HGP/PCT/ONM
Distribución: e Sr. José Arturo Iracheta Cartes
Corporación Nacional Forestal, Región del Maule
Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule
Dirección General de Aguas, Región del Maule
Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule
Gobierno Regional, Región del Maule
Ilustre Municipalidad de San Clemente
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule
SEREMI de Agricultura, Región del Maule
SEREMI de Salud, Región del Maule
SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule
SEREMI MOP, Región del Maule
Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule
Servicio Nacional de Pesca, SERNAPESCA, Región del Maule
Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule
Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule
Dirección Regional Cañete, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Clc:
Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "REGULARIZACION PISCICULTURA BRAMADERO" Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule