DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC
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- REPÚBLICA DE CHILE, COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DE AYSÉN
Califica Ambientalmente el proyecto “DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC"
Resolución Exenta N* 373
Coyhaique, 11 de Diciembre de 2012
VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC”, presentada por Salmones Aysén S.A., representada por el Sr. Walter Fernando Barría Bahamonde, con fecha 23 de agosto de 2012
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
2.1. Con relación a la DIA del Proyecto
Institución ORD. N? Fecha
Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén. 83-EA/2012 05/09/2012 Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén 1394 29/08/2012 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/335 31/08/2012 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 465 14/09/2012 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 1189 13/09/2012 Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén 292 20/09/2012 Subsecretaría de Pesca 2458 20/09/2012
Informes de Compatibilidad Territorial, políticas, planes y programas; instrumentos de planificación territorial.
Institución ORD. N Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/332 28/08/2012 Gobierno Regional, Región de Aysén 1495 04/09/2012 llustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén. 1654 12/09/2012 2.2. Con relación a la Adenda N” 1 del Proyecto Institución ORD, N? Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/449 03/12/2012 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 581 03/12/2012 3. El Acta de Evaluación N 109/2012, del Comité Técnico de fecha 06 de Diciembre de 2012. 4. El informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto “DISPOSICION DE
MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA
TANGBAC”, de fecha 10 de Diciembre de 2012.
- El Acta Comisión de Evaluación Región de Aysén, Sesión Ordinaria N* 01-12/2012, de fecha 11 de
Diciembre de 2012.
- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE
ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC".
- La Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de
marzo de 1994, modificada por la Ley N 20,417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; el D.S. N 95, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de diciembre de 2002; la Ley N” 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; la Resolución Exenta N 1303, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 24 de octubre de 2012, que nombra como Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Aysén a don Christian Betancourt Guerra; y, la Resolución Exenta N* 1.600, de 2008, de la Contraloria General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma Razón.
CONSIDERANDO:
1.- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC".
2.- Que, el derecho de Salmones Aysén S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC”, consiste en:
3.1, Tipología de Proyecto:
0.8.- “Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos”
3.2. Cronograma de Actividades
ACTIVIDAD Fecha de inicio Fecha de término Etapa de Construcción 2” Semestre de 2012 2* Semestre de 2012 Etapa de Operación 2” Semestre de 2012 Indefinido
Etapa de Abandono Indefinido Indefinido
3.3. Monto de Inversión: USD $ 90.000.-
3.4. Vida útil: Indefinida.
3.5. Mano de Obra:
Etapa Mano de obra promedio Mano de obra máxima Construcción 2 2 Operación 2 2 Abandono 2 2
3.6 La superficie involucrada de la concesión, corresponde a 10 hectáreas. La superficie involucrada para la
plataforma de ensilaje es de 48 m2.
3.7. Localización:
El proyecto se emplazará en una concesión de acuicultura de porción de agua y fondo de mar, localizada en el lado noreste de la Isla Tangbac, específicamente en el Canal Nihualac, a una distancia aproximada de 91 km., en línea recta de la ciudad de Puerto Aysén.
En relación a la zonificación del borde costero (D.S. 153, Ministerio de Defensa Nacional, del 20-05-2004) el proyecto se localiza en una zona preferencial para la Extracción de Recursos Bentónicos.
Respecto a la compatibilidad territorial del Proyecto:
De acuerdo a la información presentada por el titular en la DIA y la información que consta en el expediente, es posible señalar que el proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial
vigentes en la región. 3.8. Justificación de la Localización:
La justificación de su localización se basa en que el sistema de ensilaje se debe implementar donde se encuentra operando el centro de cultivo, el que se encuentra otorgado por la autoridad competente mediante Resolución.
3.9. Coordenadas Geográficas:
Referidas a Carta SHOA N* 801. Datum WGS-84,
Vértice | Latitud (S) Longitud (W)
A 44" 58' 56,21” 73% 41' 00,42" B 44" 58' 51,15" 73% 40' 54,72" c 44 59' 01,25" 73% 40' 36,88” D 44" 59' 06,32” 73% 40' 42,57”
3.10. Descripción del Proyecto
El proyecto postula la instalación de un sistema de ensilaje para la inactivación de la mortalidad producida por el centro de cultivo 110791 autorizado mediante la Resolución (SUBPESCA) N* 3239 de 2009, dicho sistema de ensilaje será de uso exclusivo del centro.
Otros antecedentes:
e La Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada por la COREMA XI] Región corresponde al N* 659 del 2008,
e Resolución N* 191 de fecha 26 de enero de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional.
e El Titular aclara que si bien la Concesión de Acuicultura está a nombre de Salmones Aysén, el centro será operado por Salmones Multiexport S.A., y por lo tanto, las mortalidades generadas durante la ejecución del proyecto serán manejadas y dispuestas conforme a los procedimientos de Salmones Multiexport S.A. De la misma forma, las acciones que serán realizadas frente a eventuales contingencias en el centro de cultivo seguirán los lineamientos y protocolos establecidos en los planes de contingencia de Salmones Multiexport S.A., los cuales han sido elaborados en conformidad con las exigencias contenidas en la normativa vigente.
3.10.1 Fase o Etapa de Construcción.
La construcción del sistema de ensilaje será llevada a cabo en tierra por parte de la empresa proveedora del equipo, dando cumplimiento a la normativa legal y bajo. estrictas normas de seguridad y funcionalidad. De esta forma el equipo será trasladado vía marítima al sector de emplazamiento del proyecto para su instalación sobre una plataforma al interior de ta concesión de acuicultura.
El proyecto contempla la implementación de un sistema de ensilaje, el cual tendrá como objetivo principal detener tempranamente la actividad biológica y posterior descomposición de la mortalidad.
El proceso de ensilaje de la mortalidad se realizará mediante la molienda y acidificación in situ con un agente acidificador o desnaturalizante, el cual preserva la mortalidad producto de la inactivación de la desnaturalización de esta, impidiendo así la proliferación de patógenos y deteniendo con esto el proceso de descomposición de la mortalidad.
a) Componentes del sistema de ensilaje
Estructura de acero inoxidable, completamente hermético y Estanque Triturador cerrado con capacidad de 1,5 m3, con alta resistencia a bajos pH; actúa como triturador de la mortalidad.
Para transferencia de carga desde estanque picador al estanque de acopio. Compuesto de HDPE 4”, que ofrece durabilidad especialmente ante la acción del bajo pH presente en los estanques. Uniones en electrofusión.
Piping
Dosificador Bomba eléctrica Finish-Thompson, caudal: 15 l/min de ácido electrónico
Contenedor de 15 m3 compuesto de HDPE de alta Estanque densidad, atóxico y que resiste el almacenamiento de
de acopio de la mortalidad mortalidades a pH entre 3 y 4.
Estructura de HDPE hermética, preparada para soportar el estanque picador y contenedor de acido fórmico. Impide Pretil de contención escurrimientos de líquidos (ácidos y/o molienda de mortalidad), sin correr el riesgo de contaminar el ambiente circundante.
Generador eléctrico de energía trifásica, capaz de alimentar el sistema de ensilaje. A base de petróleo (diesel) y que se encuentra en el Pontón de Alimentación del Centro de Cultivo.
Tablero de fuerza para bomba Flygt, y Tablero PLC para control automático de la adición de ácido.
Fuente de energía
Sistema Eléctrico
El estanque triturador corresponderá a una estructura de acero inoxidable, completamente hermético y cerrado, lo cual impedirá cualquier tipo de derrames y/o filtraciones. Del mismo modo, la plataforma de ensilaje contará con una resistencia estructural y boyantes para soportar los esfuerzos a los que será sometida, producto de las condiciones oceanográficas existentes en el área de emplazamiento del proyecto.
b) Plataforma de ensilaje
Se hará uso de una plataforma diseñada y construida por la empresa proveedora del servicio de ensilaje. De esta forma, el sistema de ensilaje se ubicará sobre la plataforma, la cual poseerá un área suficiente para la instalación de todos los componentes del sistema.
Estructura de la Plataforma de ensilaje
Dimensiones 48 m2 aproximadamente Capacidad de carga 20T Materiales de Elaboración Cubierta metálica + flotadores
Por una cabecera: 1 muerto de 20 ton. unido con grillete, cadenas, cabos y boya de 2 m3.
Sistema de Fondeo/amarre Por otra cabecera: grilletes unidos a cadenas de pontón,
mediante cabos” Cerco perimetral + barandas metálicas y pretil para asegurar estanque triturador e IBC de ácido fórmico.
Elementos de seguridad Piso antideslizante, argollas salvavidas, balizas.
Protección
En general, la plataforma de ensilaje contará con las siguientes características:
e Contará con resistencia estructural suficiente para soportar los esfuerzos a los que será sometido, entiéndase carga, condiciones de viento, mar, etc.
e La cubierta mantendrá todos los elementos de protección y emergencia para la operación en la plataforma, (barandas, aro salvavidas, señales de fondeo, etc).
e Se dispondrá de un pretil de contención de HDPE para el adecuado mantenimiento del IBC de acido fórmico.
e Las instalaciones serán de estructura sólida, resistente a la acción del agua, incombustible.
e La plataforma, tendrá la boyantes suficiente con un francobordo con carga y personal a bordo, que evite el embarque de agua en distintas condiciones de tiempo.
e Las vías de ingreso, tránsito y evacuación estarán siempre despejadas, sin nada que las obstruya.
e Los productos estarán segregados de acuerdo a sus compatibilidades.
e Los equipos eléctricos, de iluminación y ventilación, que deba tener la instalación, serán resistentes a la corrosión.
e Se contará con agentes de absorción y/o neutralización en lugares debidamente dispuestos y señalizados.
En la plataforma se instalará además, un pretil de contención antiderrames que contendrá el estanque triturador y contenedor de acido fórmico, evitando de esta forma, posibles derrames. El pretil de HDPE será fijado a la plataforma.
Al respecto, el pretil de contención corresponderá a una estructura de HDPE hermética y que cumplirá con las condiciones de fabricación y seguridad necesarias para soportar el estanque triturador y el contenedor, así como para impedir escurrimientos de líquidos y producto derivado de la molienda de la mortalidad. A la vez, los contenedores tendrán un espesor adecuado y estarán construidos con materiales que serán resistentes al producto
almacenado y a prueba de filtraciones, serán diseñados para ser capaces de resistir esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga, además del traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados y que presentarán buenas condiciones, procediendo al reemplazo de aquel contenedor que muestre deterioro de su capacidad de contención.
La cubierta principal de la plataforma podrá ser aligerada (con orificios), excepto en las zonas en que pueda caer “acido fórmico” u otra sustancia nociva al agua, donde ésta debe ser corrida (continua) y no porosa, además de contar con un pretil de contención de un material resistente al ácido fórmico, con el objetivo de poder contener la totalidad del producto o sustancia derramada.
En la Plataforma de Ensilaje no habrá almacenamiento de ácido fórmico. De este modo, el abastecimiento de ácido fórmico, se hará en la medida que se requiera. No obstante lo anterior, el proyecto contempla una estación lavaojos, la cual deberá estar ubicada en un lugar libre de obstáculos y debidamente señalizado a no más de 20 metros del área de emplazamiento del sistema de ensilaje,
3.10.2 Etapa o Fase de Operación
El funcionamiento del equipo de ensilaje será de 12 horas en condiciones normales. Sin embargo, en aquellos casos en los cuales se produce un incremento de la mortalidad, la operación del equipo será de 24 horas, lo cual será cubierto por personal capacitado en su operación.
a) Traslado de la mortalidad hacia el sistema de ensilaje El traslado de la mortalidad desde la jaula hasta el sistema de ensilaje se realizará en
Atención al siguiente procedimiento:
e La mortalidad generada en las unidades de cultivo será extralda con una frecuencia diaria y en el caso que las condiciones climáticas no lo permitan, se realizará apenas se normalicen las funciones del centro.
e El buzo, luego cumplir con el protocolo de desinfección del centro, procederá a sumergirse en la unidad de - cultivo, colectando la mortalidad del fondo, los peces orillados y revisará la malla pecera.
e Posterior a ello la mortalidad en la superficie de la unidad de cultivo se dispondrá en contenedores de mortalidad sin vías de evacuación abiertas.
e De esta forma, la mortalidad será transportada a la plataforma en la que se ubicará el sistema de ensilaje, al interior de contenedores
e En la plataforma, el sistema de ensilaje será cargado de acuerdo a su capacidad, hasta disponer toda la mortalidad extraída del día, desde las unidades de cultivo.
b) Proceso de ensilaje de las mortalidades El operador en forma previa y posterior al inicio del ensilaje, supervisará el ciclo del proceso y cautelará que ninguna persona sin la indumentaria de seguridad apropiada se acerque al equipo en funcionamiento.
El traslado de la mortalidad hacia la plataforma de ensilaje se realizará usando contenedores herméticos con tapa de polietileno.
Los contenedores se usarán durante las faenas de buceo de retiro de mortalidad y luego serán trasladados hasta la plataforma de ensilaje. La extracción de la mortalidad se realizará diariamente tal como lo dispone la actual normativa.
Una vez que la mortalidad ha llegado a la zona de ensilado, se deben seguir los siguientes pasos:
e Se cargará el estanque de triturador con peso conocido de pescado. Se debe impedir el ingreso de impurezas (piedras, cordeles, plásticos, etc.) y de caída de peces o fluidos fuera del estanque. Los desechos o impurezas serán desinfectados por aspersión y acopiados en otros contenedores herméticos, sin que se incorporen al sistema de ensilaje.
e El ácido fórmico tamponeado se utilizará de acuerdo a los kilos de mortalidad a ensilar según procedimiento a una concentración del 3% peso/volumen. La adición del ácido fórmico, se realiza en forma automática. De esta forma, el operador programa los litros a aplicar mediante bomba dosificadora según los kilos de mortalidad.
e La medición del pH será realizada a través de papel pH o instrumento digital con una frecuencia diaria. Siempre se medirá el pH antes de trasvasijar al silo.
e Luego de agregada la mortalidad y el acido fórmico (u otro producto), se cierra la tapa y se inicia la molienda por un tiempo de 15 a 45 minutos. El tiempo de molienda varía en relación directa con el potencial del equipo y la consistencia de la materia prima (tamaño del pescado a procesar). Se continúa con la molienda hasta que toda la mortalidad es tratada.
e El proceso termina, en el estanque de molienda, cuando se ha obtenido un producto de pH entre 3 y 3,8, de aspecto cremoso (color café rojizo) y en el que ya no se observan trozos de tamaño mayor a 1 cm. Este
rango asegura que el ensilado quedó bien hecho y que, por lo tanto, eliminará todo tipo de patógenos (ISAv incluido) e impedirá también que haya procesos de descomposición posteriores. e Finalmente, mediante bombeo se evacua desde el triturador hasta un estanque o silo de acopio de
aproximadamente 15m? de capacidad.
e El abastecimiento de energía al sistema de ensilaje será mediante el generador de energía ubicado en el pontón del centro de cultivo.
e Existirán Procedimientos de Operación del sistema de ensilaje, escrito y disponible para todo el personal de bodega. El personal que opera este sistema será debidamente capacitado.
c) Traslado de la Mortalidad ensilada a Planta Reductora Se deja expresa constancia que la empresa prestadora de este servicio deberá contar con las autorizaciones correspondientes y de lo cual se llevará un registro que facilite la fiscalización de la autoridad.
El producto generado en el ensilaje, será llevado hacia una Planta reductora de Harina y Aceite.
La operación de retiro de producto desde el centro de cuitivo, consistirá básicamente en coordinar el retiro del énsilado. El procedimiento implica trasladar el ensilado por medio de embarcaciones exclusivas de la empresa prestadora de servicios hasta la planta reductora para su disposición final.
El proceso de transporte del material ensilado será llevado a cabo por empresa contratista que cuente con embarcaciones que cumplan con la normativa vigente y que cuenten con todos los protocolos de desinfección. En este sentido, el Titular se compromete a dar estricto cumplimiento al Programa Sanitario General de Procedimiento de Transporte. Al respecto se mantendrán en el centro de cultivo los registros de todos los transportes de material ensilado realizados a planta reductora.
El Titular aclara que cada procedimiento de transporte dará un estricto cumplimiento a la normativa de carácter ambiental y de seguridad ocupacional, comprometiéndose a que en todo momento los equipos empleados en el transporte de los contenedores de producto ensilado, se encuentren en óptimas condiciones de seguridad, funcionamiento y mantención. Al respecto, el Titular pondrá especial énfasis en indicar al prestador de los servicios de retiro del ensilado, la necesidad que en todo momento los equipos empleados en el transporte del producto ensilado, se encuentren en óptimas condiciones de seguridad, funcionamiento y mantención.
La frecuencia de retiro estará relacionada exclusivamente a la generación de ensilado. En general, el producto será retirado por alguna de las empresas contratadas para este servicio, una vez que el silo del sistema de ensilaje alcance un volumen de un 75-80% de su capacidad.
d) Manejo del ácido fórmico
Las actividades de transporte de los insumos para el proceso (ácido fórmico u otro producto), así como el traslado de este producto (Pasta Homogeneizada) hacia plantas reductoras, NO forman parte de esta modificación, comprometiendo, en todo caso, que la empresa que realice este servicio, deberá contar con los permisos correspondientes.
En general, el Ácido Fórmico será mezclado en dosis específicas de acuerdo al peso de la mortalidad, por lo cual el equipo de ensilaje contará con un dosificador automático, el que adicionará el ácido fórmico, de acuerdo al volumen de mortalidad existente.
Cabe señalar que en el centro en el que se ubicará el proyecto de disposición de mortalidades no existirá almacenamiento de ácido fórmico, ya que este insumo será abastecido en la medida que se requiera.
El Titular deja abierta la posibilidad de emplear otro producto autorizado y de características similares, existente en el mercado al momento de la entrada de operación del proyecto.
Cabe señalar que el personal a cargo de la operación del sistema de ensilaje contará con los respectivos implementos de seguridad.
e) Procedimientos de lavado limpieza y desinfección del sistema de ensilaje
Esta actividad será desarrollada, con previa autorización, por una empresa externa de limpieza y desinfección que cumplirá con un riguroso procedimiento para el tratamiento y disposición final de los residuos líquidos provenientes de esta actividad, los que deberán ser dispuestos de acuerdo a la normativa ambiental vigente.
Para facilitar la verificación de la autoridad sobre los volúmenes generados y su destino, se llevará un registro de ello.
Los residuos líquidos generados serán inactivados y trasladados por el proveedor del servicio, para ser dispuesto en Planta de Tratamiento Autorizada y/o vertedero Industrial o bien disponga la Autoridad,
La Empresa de limpieza y desinfección debe entregar un certificado de desinfección el que se debe mantener en el centro de cultivo. Si se optare por realizar esta actividad con personal propio de la empresa, se solicitará la autorización de la autoridad.
Se generarán aguas de lavado (por aspersión) de tachos y materiales utilizados para el manejo de mortalidad, los cuales serán acopiados en bins debidamente identificados.
Todo detergente o desinfectante que sea utilizado para lavar y desinfectar los bins de mortalidad si aplica, deberá ser inactivado previo a su eliminación. El retiro de los residuos líquidos será efectuado mensualmente por una empresa debidamente autorizada, la que dejará un registro de este despacho y se dispondrán en vertederos autorizados.
La plataforma del sistema de ensilaje dará cumplimiento a la normativa sectorial aplicable. De la misma forma, el proyecto contará con los respectivos planes de contingencia y bitácora de registro.
Por otra parte, los detergentes y desinfectantes empleados en las actividades de lavado, limpieza y desinfección no serán vertidos al cuerpo de agua. Al respecto y tal cual como fue indicado en la DIA, estos serán dispuestos de conforme la normativa ambiental sectorial lo autorice y de lo cual se mantendrá un registro para fines de fiscalización.
En cuanto a las faenas de lavado, limpieza y desinfección (LLD) que serán ejecutadas en la etapa de “cierre de ciclo”, ello será llevado dando cumplimiento a la normativa ambiental sectorial, lo cual será notificado a la Autoridad sectorial.
Finalmente, el proyecto contempla la capacitación del personal vinculado a la operación del proyecto en aspectos relacionados a la operación y planes de contingencias con que contará el sistema de ensilaje.
f) Estimación de las mortalidades generadas en el centro de cultivo
La cantidad de mortalidad (kg.) que se generará en un ciclo productivo en el centro de cultivo será del orden del 10% de la producción máxima por ciclo. La mortalidad total aproximada que será generada en un ciclo productivo será del orden de 450 toneladas. Cabe señalar que para este cálculo se considera un ciclo productivo de 16 meses.
Mortalidades Kgs. Mortalidades por ciclo 450.000 Mortalidades por mes 28.125 Mortalidades por día (30 días) 938
De la misma forma, el Titular considera la aplicación de una alimentación óptima, la utilización de redes con antifouling, el retiro de mortalidades en forma periódica y la realización de un trabajo preventivo y de control de enfermedades, todo lo cual permitirá minimizar al máximo la ocurrencia de eventos de mortalidad.
3.10.3 Planes de Contingencia, procedimientos y hojas de seguridad.
Manual de operación sistema de inyección de ácido.
Instructivo aplicación de necropsias.
Instructivo para ensilaje de mortalidad.
Procedimiento de manejo de mortalidad.
Manual de buenas prácticas productivas.
Procedimiento para manejo, transporte y almacenamiento de residuos. Procedimiento para manejo, transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas. Plan contingencias asociadas al sistema de ensilaje de mortalidad.
Plan contingencia ante mortalidad masiva.
Hoja de Seguridad y ficha técnica ácido fórmico
3.10,4 Etapa de abandono
El proyecto tendrá una vida util indefinida. Una vez concluida la vida útil del proyecto, o si bien se requiere remplazar el sistema por otro que pudiera estar autorizado por la autoridad, se procederá a desmantelar las instalaciones que no presten utilidad. En este sentido, las estructuras desmanteladas serán preferentemente
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reutilizadas en otras instalaciones del titular u otros titulares de proyectos, de lo cual se dejará expresa constancia para efectos del expediente del proyecto. Aquellos materiales que no puedan ser reutilizados, serán dispuestos en algún sitio de disposición final autorizado, de lo cual se dará cuenta a la autoridad ambiental y sanitaria competente.
3.10.5. Descargas, Emisiones y Residuos 3.10.5.1 Emisiones a la Atmósfera.
A continuación se presentan un cuadro con las emisiones que serán generadas por el proyecto en las etapas de construcción, operación y abandono:
Etapa Tipo de emisión
Construcción Ninguna
Operación Gases producto del empleo de un generador Abandono Ninguna
De esta forma, durante la etapa de construcción el proyecto no generará emisiones a la atmósfera. En tanto, durante la etapa de operación, las emisiones generadas estarán restringidas al empleo de un generador, por lo que estas serán de baja escala y no significativas.
Emisión de ruido
Las emisiones de ruido provendrán fundamentalmente del generador con que contará el sistema de ensilaje y que ho tendrán algún efecto dañino. Además, en ningún caso se exceden los valores permitidos de permanecía de exposición. Sin embargo, se dará pleno cumplimiento al D.S. N* 594/99, respecto de las emisiones de ruido y los trabajadores contarán con protecciones auditivas.
3.10.5.2. Efluentes líquidos
A continuación se presentan un cuadro con las descargas que serán generadas por el proyecto en las etapas de construcción, operación y abandono
Etapa Tipo de residuo Lugar de descarga o Manejo y almacenamiento disposición final Construcción Ninguna rn Operación Aguas residuales de Almacenamiento en Retiro por empresa pediluvios y Contenedores prestadora de procedimientos de LLD herméticos servicios hacia del sistema de ensilaje planta de tratamiento o lugar autorizado. Abandono Ninguno e
El sistema de ensilaje en sí mismo NO generará RILES. De este modo, los únicos residuos liquidos que serán generados provendrán de las actividades de Aguas residuales de pediluvios y procedimientos de LLD del sistema de ensilaje, lo cual será realizado por personal capacitado, de modo de ajustar al máximo las diluciones y cantidades de desinfectante recomendadas por el proveedor del producto y de esta forma, reducir la generación de volúmenes de aguas residuales. En el mismo lineamiento, las actividades de LLD de los componentes del sistema de ensilaje considerarán el empleo de un método de desinfección por aspersión.
Por lo tanto, los volúmenes de aguas residuales provenientes de las actividades de LLD serán plenamente manejables y la frecuencia de su retiro será realizado de forma periódica, existiendo una coordinación oportuna entre el centro de cultivo y el servicio de transporte de los residuos. De la misma forma, se indica que el proyecto contará con un registro de LLD, en el que se indicarán las fechas de las actividades de LLD, así como el medio de transporte y disposición final de los residuos liquidos generados en dichas actividades. Dicho registro estará a disposición de la Autoridad para fines de fiscalización.
3.10.5.3 Residuos Sólidos
| T y T
Cantidad
Etapa Tipo de residuo Tipo de manejo Disposición generada Construcción Ninguno |. a Retiro por Almacenamiento contacta Operación Mortalidad ensilada temporal en silo 938 Kg/dia di asta y
de acopio isposición en Planta de reducción
El Titular aclara que el proyecto en evaluación corresponde a un sistema de disposición de mortalidades mediante ensilaje en el que no serán generados residuos sólidos asimilables a domésticos. No obstante lo anterior, se amplía información y se indica que el centro de engorda de salmónidos en el que se emplazará el sistema de ensilaje cuenta con un proyecto aprobado en el SEIA mediante RCA N” 659/2008, en el que se caracterizan, cuantifican y se indica el manejo y disposición final de los residuos domiciliarios y domésticos que serán generados en el centro de cultivo.
3.10.5.4. Residuos Peligrosos
Residuo Cantidad Forma manejo Disposicion final Generada Traslado en embarcaciones de la Almacenamiento en logística del centro y ; contenedores derivados a centros Aceites usados . herméticos, sin vias de de almacenamiento empleados en Variable : : PARDO : evacuación abiertas y provisorio, para motores Variable : rotulados conforme a la | posteriormente ser normativa dispuestos por empresa externa autorizada. Material absorbente macia retiro Empresa externa producto de Variable por empresa encargada autorizada. contingencias LLD de LLD Material absorbente moral e retiro Empresa externa producto de Variable por empresa encargada | 9Ulorizada, contingencias al de retiro de material proceso de ensilaje : ensilado.,
El Titular aclara información presentada en punto 3.5.1 de la DIA y señala que el proyecto contará con un generador eléctrico de energía trifásica, capaz de alimentar el sistema de ensilaje. Sin embargo, es preciso aclarar que dicho generador se encuentra en el Pontón de Alimentación del Centro de Cultivo. Por lo tanto, el sistema de disposición de ensilaje no generará residuos peligrosos como aceites lubricantes usados.
En cuanto, al material absorbente empleado en contingencias asociadas a la operación del sistema de ensilaje y considerando que los componentes del sistema de ensilaje corresponderán a estructuras completamente herméticas, es posible indicar que la probabilidad de ocurrencias de contingencias será mínima y que la cantidad generada y frecuencia de retiro de dichos residuos será variable. No obstante lo anterior, el Titular aclara que todo material empleado frente a la ocurrencia de alguna contingencia será almacenado en recipientes cerrados y debidamente etiquetados, según lo establece artículo 4 a 9 del D. S. de MINSAL N* 148/03, Los residuos generados serán manejados según normativa vigente (D. S. MINSAL 148/03).
Por lo tanto, el retiro de estos residuos será cada vez que se presente una contingencia y serán llevados a la parcela Alto Bonito la cual cuenta con resolución sanitaria para acopio tempora! de residuos peligrosos y el destino final de los lubricantes se encarga DIPERK, la cual lleva a una planta de tratamiento de residuos Industriales Peligrosos que cuenta con los permisos para funcionar como Bravo Energy Chile S.A. u otra autorizada.
3.10.5.5. Emisiones de formas de energía.
Por la naturaleza del Proyecto y las medidas que se tomarán para asegurar el tratamiento y manejo adecuado de sus residuos sólidos, no se prevé la generación de efectos adversos de esta naturaleza.
4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC" cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales.
República de Chile.
NORMATIVA ETAPA FORMA DE CUMPLIMIENTO
Art. 19 N0 8 La elaboración de esta DIA y su ingreso al SEIA Constitución Construcción y para su evaluación y aprobación, tienen por objeto Política de la operación. contribuir al cumplimiento de la garantía
constitucional sobre El Derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.
Ley N* 19,300 Ley de Bases del Medio Ambiente.
Construcción y operación
El Titular expresa su compromiso de cumplir con las normas ambientales indicadas en la ley 19.300, así como con la implementación de técnicas y tecnologías que permitan minimizar los efectos negativos sobre el medio ambiente.
Ley N* 20,417. Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y La Superintendencia del Medio Ambiente
Construcción y operación
Se presenta a tramitación al SEA de la XI región de Aysén, y se incorporan los nuevos aspectos de evaluación estipulados en la ley
Ley N* 18.892. Ley General de Pesca y Acuicultura. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Construcción y operación
El Titular se compromete a mantener la limpieza y equilibrio ecológico de la zona concedida y en la que se emplazará el proyecto.
Ley N 2.222/78. Ley de Navegación. Título IX D.S. N 1/92 Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática
Construcción y operación
Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional sin tratamiento previo.
D.S. N* 95/01 del MINSEGPRES Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental
Construcción y operación
Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental para la evaluación de las etapas del proyecto, donde se demuestra el cumplimiento a la normativa de carácter ambiental, al adoptarse aquellas medidas y acciones que permiten un adecuado manejo de las emisiones, descargas y residuos generados por el proyecto, de modo de reducir los impactos sobre el ambiente.
D.S. N* 1/92 Reglamento para el control de la contaminación acuática Ministerio de Defensa
Construcción y operación
Establece el régimen de prevención, vigilancia y combate de la contaminación en las aguas de mar, puertos, ríos y lagos sometidos a la jurisdicción nacional.
El Titular se compromete a NO arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas O peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional sin tratamiento previo.
D.S, N* 320/01. MINECON.
“Reglamento Ambiental para la Acuicultura”
Construcción y operación
El Titular se compromete a adoptar medidas para impedir el vertimiento de residuos y desechos sólidos y líquidos, además de cumplir con lo estipulado para el almacenamiento, transporte y disposición final de residuos.
En el mismo sentido, se mantendrá la limpieza del área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por éste.
De la misma forma, el centro de cultivo contará con
manuales y procedimientos en caso de fallas en el
sistema de ensilaje y eventos de mortalidades masivas.
Finalmente, todas las contingencias serán informadas al Servicio y a la Autoridad Marítima dentro de un plazo de 24 horas desde detectado el hecho.
DS N* 148/03 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre manejo de Residuos Peligrosos
Construcción y operación
Esta normativa está referida a los residuos peligrosos que serán generados en el proceso de ensilaje. Para ello se cumplirá con lo establecido en este decreto de acuerdo a la rotulación, almacenaje diferenciado en envases herméticos, manejo, acopio y retiro por empresa autorizada de este tipo de
residuos.
D.S N” 594/1999 del MINSAL. Reglamento sobre condiciones Sanitarias y
Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo
Construcción y operación
Normativa referida a los residuos generados en las actividades de manejo de mortalidades. Al respecto, el
Titular se compromete a dar cumplimiento a lo establecido en este Decreto
D.S. N* 777/1978 Reglamento de la Republica Internacional de Mercaderías Peligrosas y sus Anexos. Ministerio de Defensa Nacional
Operación
El trasporte de ácido fórmico será realizado por una empresa autorizada para llevar a cabo dicho transporte.
D.S. N* 319/01 MINECON
“Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas”
Operación
El cumplimiento de esta normativa se refiere principalmente al manejo de mortalidades en el centro de cultivo, Al respecto el centro de cultivo en el que se emplazará el proyecto dará cumplimiento a los siguientes aspectos:
El sistema de ensilaje cumplirá con lo establecido en la presente Decreto.
Se realizará el retiro diario de la mortalidad de cada jaula, informando al servicio semanalmente el número de mortalidades y su causa.
Todos los desechos generados en el centro de cultivo serán dispuestos en contenedores que
permitan un adecuado acopio y transporte.
Respecto al Art. 4 Letra b del D.S. N” 320/01 MINECON, referido a limpieza de las playas y terrenos de playa aledaños al proyecto. Se mantendrá durante la vida útil del proyecto, un programa de limpieza del cuerpo de agua y
sector costero aledaño al centro de cultivo. El programa dará énfasis a la capacitación del personal que forma parte del proyecto, así como a aspectos asociados al manejo: de residuos sólidos. Ello será complementado con la realización de actividades de playas limpias en sectores aledaños al área de emplazamiento del proyecto, de forma tal de mantener los sectores costeros y terrenos aledaños al proyecto libre de residuos asociados a la actividad acuícola.
En el mismo sentido, estas labores se realizarán con una frecuencia mensual y serán mantenidos con fines de fiscalización los respectivos registros de las capacitaciones efectuadas al personal, así como los registros asociados a retiros y disposición de residuos sólidos generados por el proyecto. A partir de la realización de estas actividades, se generará un informe el cual será remitido a la Autoridad
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC”, no requiere de permisos ambientales sectoriales.
- Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en los literales “a”, "b”, “c”, “q”, “e" y “P', del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto “DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto "DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC”, el titular ha adquirido los siguientes compromisos ambientales voluntarios: EN
Para el óptimo funcionamiento de este proyecto, el Titular asumirá los siguientes compromisos ambiéntales
voluntarios:
. El Titular se compromete a mantener un mejoramiento continuo de sus procesos, adoptando nuevas tecnologías disponibles.
. El Titular se compromete a cumplir con todos los procedimientos y «normativas asociadas al sistema de ensilaje. :
El titular asume como compromiso voluntario el ingréso de las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente.
7.- Que, el titular deberá tener en consideración las indicaciones realizadas por la Gobernación Marítima de Aysén, y que se detallan en el Capítulo VI, del Informe Consolidado de Evaluación del presente proyecto.
8.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto "DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC?, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
9.- Que, para que el proyecto "DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
10.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
11.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.
42.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
13.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén. RESUELVE:
1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE
ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC”
2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC”, cumple con la normativa de carácter ambiental. “Dichas exigencias ambientales deberán ser ingresadas por el Titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.c/), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.”
3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N” 20 de la Ley N” 19.300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archivése
9 G sación Ambiental Secretario sión de Evaluación Región de Aysén
CBG/RRL
Distribución:
Walter Fernando Barria Bahamonde
Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén
Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén.
Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén
Gobierno Regional, Región de Aysén
llustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén
Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Encargada Participación Ciudadana
Superintencia del Medio Ambiente
Expediente del Proyecto "DISPOSICION DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL NIHUALAC LADO NOR ESTE ISLA TANGBAC"
Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén