Parque Eólico Andes Wind Parks
Gobierno de Chile...
o RESOLUCIÓN EXENTA o 1 Y 9 12013 ANTOFAGASTA, — 29MAY 2013
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
- Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20,417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N? 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.
-
La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda, del proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks”, presentada por el Señor Jorge Raúl Toro Anastassiou, en representación de Andes Wind Parks S.A., con fecha 23 de agosto de 2012.
-
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N 788 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 07/09/2012; Oficio N 156 sobre la DÍA, por SEREMI Energía Región Antofagasta, con fecha 13/09/2012; Oficio N 977 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Calama, con fecha 14/09/2012; Oficio N 1025, por Dirección Regional de Pesca, Región de Antofagasta, con fecha 14/09/2012; Oficio N 685 sobre la DIA, por Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta, con fecha 14/09/2012; Oficio N 763 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 20/09/2012; Oficio N 7029/2012 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, con fecha 21/09/2012; Oficio N” 0258 sobre la DIA, por Oficina Regional CONADI, con fecha 21/09/2012; Oficio N” 2466 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 24/09/2012; Oficio N 89-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 20/09/2012; Oficio N 343/2012 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 24/09/2012; Oficio N 964 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 24/09/2012; Oficio N 580 sobre la DÍA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 25/09/2012; Oficio N 3984 sobre la DÍA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 26/09/2012; Oficio N 547 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Antofagasta, con fecha 27/09/2012; Oficio N 3736 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 25/09/2012; Oficio NO 1233 sobre la DÍA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 28/09/2012; Oficio N 0623 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 01/10/2012; Acta de Evaluación N 74/2012, por Servicio Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta, con fecha 12/10/2012; Oficio N 112-EA/2012 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 17/12/2012; Oficio N 1297 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Calama, con fecha 18/12/2012; Oficio N*
REGIÓN DE ANTOFAGASTA 1116
Servicio : EE] de Evaluación :Ambiental *
: Goblerno de Chile --
1588/2012 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 19/12/2012; Oficio N 1037. sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 20/12/2017 2, Oficio N 736 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 27/12/2012; Oficio N 451 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 27/12/2017 2; Oficio N 418 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 28/12/2012; Oficio N 004 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 02/01/2013; Oficio N 15 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 02/01/2013; Oficio N 007 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 04/01/201 3; Oficio N? 004 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 08/01/2013; Oficio N 282 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 07/03/2013; Oficio N 108 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 11/03/2013; Oficio N 091 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 11/03/2013; Oficio N 157 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 11/03/2013; Oficio N 239 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 11/03/2013; Oficio N 0194 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 13/03/2013; Oficio N 0166 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 15/03/201 3; Oficio N 000920/13 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 18/03/2013; Oficio N 0263 sobre la Adenda 3, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 17/05/2013; Oficio N* 1724 sobre la Adenda 3, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 1 7/05/2013; Oficio N?
0710 sobre la Adenda 3, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 17/03/2013.
-
El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks”.
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks”.
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El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 24 de mayo de 2013.
CONSIDERANDO:
- Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el
cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks”.
-
Que, el derecho del titular del proyecto “Parque Eólico Andes Ylind Parks”, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.
-
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental
respectiva y sus Adenda, el proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks” consistirá en lo siguiente:
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- Gobierno de Chile
3.1. Descripción del proyecto
El objetivo del proyecto será la construcción, instalación, puesta en marcha y operación de un parque eólico de 45 aerogeneradores con una potencia total instalada de 65 MW, una subestación colectora en los terrenos del parque eólico y una línea de transmisión para interconectarse al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING) en la subestación (S/E) eléctrica Calama.
3.1.1. Ubicación y mano de obra
El parque eólico se localizará aproximadamente a 16 km al este de la ciudad de Calama fuera del límite urbano, en la Comuna de Calama, Provincia El Loa y Región de Antofagasta, como se puede apreciar en las figuras 1 y 2 del capítulo 2 de la DIA. Cuyo emplazamiento colindará por el norte con el río Loa y por el sur con la ruta B-185, por el oeste su referencia más cercana será la ruta 23 y su cruce con la ruta B-165.
El proyecto contará con 3 accesos desde la ruta B-165 que se presentan en el plano del Anexo 1 del Adenda 2 de la DIA, cuyas coordenadas UTM Datum WGS-84, Huso
19 S, se presentan en el numeral 1 de la sección | “Descripción del Proyecto” del Adenda 2 de la DIA.
El proyecto contemplará un área total de 498 ha, dentro de la cual se emplazarán 5 polígonos de 100 ha, 253 ha, 25 ha, 50 ha y 70 ha, que contendrán las instalaciones permanentes y temporales del proyecto, cuyas coordenadas UTM Datum WGS-84, Huso 19 S, de los vértices de las instalaciones, se detallan en el numeral 3 de la sección !l del Adenda 2 de la DIA.
La mano de obra requerida en la fase de construcción será de 200 personas y 7 personas para la fase de operación.
3.1.2, Monto de inversión
El monto estimado de la inversión será de US $ 180.000.000.
3.1.3. Vida útil
La vida útil del proyecto será de 13 meses para la fase de construcción, 25 años para
la fase de operación y 6 meses para la fase de abandono. Teniendo una vida útil total de 26 años y 7 meses.
3.1.4. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto
3.1.4.1. Obras temporales
El parque contará con 3 instalaciones de faenas, que contarán con lo siguiente:
a) Instalación de faenas: Contará con bodega, talleres, oficina, comedores, servicios higiénicos y estacionamientos. Todas estas instalaciones temporales se emplazarán a
un costado de la calle de acceso principal (calle 4), ver plano del Anexo 4 del Adenda 3 de la DIA.
b) Instalación de faenas 1: Contará con un área de residuos 1, acopios 1 y
acumulación transitoria 1. Todas estas instalaciones temporales se emplazarán a un costado de la calle 4.
Cc) Instalación de faenas 2: Contará con un área de residuos 2, acopios 2 y acumulación transitoria 2. Todas estas instalaciones temporales se emplazarán a un costado de la calle 10, ver plano del Anexo 4 del Adenda 3 de la DIA.
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5 Gobierno de Chile :
La descripción de cada una de las instalaciones, se presenta a continuación:
-
Almacenamiento de residuos: El parque contará con dos sectores para el almacenamiento transitorio de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos, por separado. Los residuos peligrosos serán almacenados en un sector cerrado, con contención de derrames y piso impermeable, cumpliendo con lo señalado en el Reglamento de Residuos Peligrosos. Estas áreas de almacenamiento temporal serán nuevamente acondicionadas y empleadas, con las mismas características, durante la fase de cierre y/o abandono de! proyecto.
-
Acopios 1 y 2 y bodega y taller: Estas instalaciones tendrán la finalidad de almacenar insumos y materias primas, la bodega y taller almacenará principalmente insumos y repuestos asociados a los aerogeneradores.
-
Estacionamientos: Para estos fines el parque contará con una superficie de 5.204 m? ubicada a un costado de la instalación de faenas.
Para mayores antecedentes, ver numeral 3 del capítulo 3 de la DIA, páginas 7 y 8
sección | del Adenda 3 de la DIA, plano del Anexo 4 del Adenda 3 de la DIA y Anexo 7 del Adenda 3 de la DIA
3.1.4.2. Obras permanentes El proyecto considerará las siguientes obras permanentes:
a) Subestación colectora Andes Wind Parks (S/E AWP): Estará ubicada en el sector norte del parque, al final de la calle 4, contará con el tipo de celdas señaladas en la página 38 de la DIA, y será alimentada desde las celdas de media tensión ubicadas en
la sala de control, esta sala contará con los equipos de control, protecciones y comunicaciones asociados a la subestación.
b) Sala de control, oficinas y baños: La sala de controi contará con equipos de seguimiento de los principales parámetros operacionales del parque, además de oficinas y baños, para el desarrollo de las actividades administrativas, todo en un edificio de un piso, en base a estructuras prefabricadas. Las cuales se ubicarán al costado de la subestación eléctrica del parque.
c) Bodega: Para el almacenamiento de residuos sólidos industriales peligrosos y no
peligrosos, por separado. La bodega contará con un sector cerrado y con suelo impermeable, se ubicará al costado de la S/E AWP. :
d) Zonas de generación: El parque contará con dos tipos de aerogeneradores, 20 unidades de 750 KW con torres de 68 m de altura, que producirán ur, total de 15 MV, y 25 unidades de 2 MW con torres de 80 m de altura, que producirán un total de 50 MW. Cada aerogenerador estará constituido básicamente por tres componentes principales: rotor, góndola y torre, según se muestra en la figura 9 de la DIA.
e) Línea de transmisión eléctrica (LTE): Será mediante una línea aérea de 110 kv que conectará la subestación colectora del parque (S/E AVWP) a la S/E Calama, mediante una longitud de aproximadamente 18,3 km. Para mayores antecedentes, ver tabla 8 del numeral 3.2.3 del capítulo 3 de la DIA, Anexo 5 del Adenda 3 de la DIA y numeral 7 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.
f) Estacionamientos: Para estos fines el parque contará con una superficie ubicada a Un costado de la S/E AWP.
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Goblemo de Chile;
3.1.5. Fase de construcción 3.1.5.1. Las actividades a desarrollar
Esta fase durará aproximadamente 13 meses, dentro de los cuales se contemplarán las siguientes actividades.
a) Movimientos de tierra: Se asociarán a las excavaciones y escarpe de las siguientes actividades; fundaciones de aerogeneradores, subestación eléctrica, edificio, instalaciones temporales, caminos, canalés subterráneos, LTE. Para mayores antecedentes de los volúmenes de tierra que se moverán, ási como su manejo y
disposición, ver numeral 5 de la sección | del Adenda 2 de la DIA y numeral 8.2.2 del Anexo 5 del Adenda 3 de la DIA.
b) Transporte de materiales: El transporte de insumos y materiales no formará parte del proyecto.
c) Construcción de caminos: Los caminos internos necesarios para la construcción del parque y para el tránsito interno durante la fase de operación (calles 1, 2, 3, 4, 4A, AB, 5, 6, 7, 8, 9 y calle instalación de faenas), tendrán una longitud total aproximada de 20 km y un ancho mínimo de 8 m, los cuales serán diseñados para soportar un peso de 12 ton. Se contemplará la aplicación de estabilizante en la calle 4 y la humectación del
resto de los caminos no pavimentados del parque eólico durante todas las fases del proyecto.
Para mayores antecedentes, ver página 32 del capítulo 2 de la DÍA, numeral 4 y 8 de la sección | del Adenda 1 de la DIA, numeral 6 de la sección | del Adenda 2 de la DIA,
numeral 1.1 de la sección | del Adenda 3 de la DIA y numeral! 1.1 de la sección ! del Adenda 3 de la DIA. '
d) Construcción de fundaciones para aerogeneradores: Posterior a la instalación de faénas se comenzará con las excavaciones para la instalación de las fundaciones, las cuales se realizarán con maquinaria adecuada y específica para esta operación, considerando las estructuras geológicas que se intervendrán.
e) Montaje de aerogeneradores: Estará previsto que cada aerogenerador se despache desde la planta de manufactura dividido en ocho grandes partes, siendo las de mayor longitud las aspas. El montaje de cada unidad se realizará mediante anclaje a la base ya preparada, luego se instalarán las partes del pilar mayor hasta llegar a la zona denominada góndola. El izado y montaje de las piezas se realizará mediante una grúa maestra y una segunda grúa auxiliar. La última! parte del ensamblaje de cada torre corresponde a las palas que estarán unidas alt rotor.
f) Construcción de edificio de oficinas y control: En forma paralela a la construcción de fundaciones y montaje de los aerogeneradores se ejecutará la construcción de estas instalaciones prefabricadas, que contemplarán hormigón en las partidas de fundaciones y radier. Todos los paneles, techumbres, puertas y ventanas vendrán preparados y dimensionados desde la planta de manufactura.
g) Construcción de la línea de transmisión eléctrica (LTE): Contemplará la construcción de una línea de aproximadamente 18,3 km desde el proyecto hasta el punto de interconexión en la subestación Calama, en paralelo a una línea existente. La cual se montará sobre torres de acero galvanizado y un conductor por fase, lo que le permitirá al proyecto duplicar el circuito en caso de una eventual expansión. Para mayores antecedentes, ver páginas 34, 35, 36 y 37 del capítulo 2 de la DIA.
h) Construcción de canalizaciones eléctricas: Serán subterráneas y se considerarán de manera tal de poder alojar en la misma zanja los cables de control, fuerza, tensión y
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comunicaciones, las cuales contarán con canaletas para cables, bancos de ductos, caminos interiores, sistemas de drenaje, pozos colectores de aceite, etc, para mayores antecedentes ver página 37 de la DIA. La conexión entre las dos zonas de generación
del parque se realizará en forma aérea, con cables de media tensión, elevándola desde 23 kV a 110 Kv. :
i) Construcción de S/E colectora AWP: La subestación contemplará la construcción de las obras o instalaciones señaladas en la página 40 de la DIA.
j) Construcción de la sala de control: Contemplará la instalación de cargadores y bancos de baterías, tableros de servicios auxiliares de corriente alterna y continua, sistemas de comunicaciones, tableros de multiplexor, sistema de control del parque eólico y subestación, sistema Scada local del parque eólico y consolas o puestos de operación correspondientes, sistema de protecciones del transformador 110/23 kV y sistema de tarificación o medición comercial.
k) Desarme y retiro de instalaciones temporales: Una vez finalizada la fase de construcción, se retirarán de las instalaciones de faena todas las instalaciones provisorias y los restos de materiales, equipos y maquinarias.
l) Limpieza y restauración general del terreno: Una vez que los terrenos hayan sido limpiados de construcciones temporales y desechos, se realizarán las actividades tendientes a restaurar los suelos. Estas actividades implicarán, entre otras, la remoción o recubrimiento de las estructuras de hormigón de construcciones temporales.
3.1.5.2. Abastecimiento y suministro de insumos
- Agua potable: Se requerirán de 20 m'/día, la cual será proporcionada por
terceros autorizados y almacenada en estanques de polietileno instalados en faenas.
-
Agua industrial: Se requerirán de 923 m'/mes para la humectación de caminos no pavimentados y para la preparación del estabilizante, cuya caracterización fisicoquímica y microbiológica cumplirá con la NCh 1.333/78. :
-
Combustible: Se requerirán de 6 m'/mes de petróleo, el cual será suministrado
por terceros autorizados. No se contempla el almacenamiento de combustibles en faena.
-
Materiales e insumos: Los materiales requeridos tales como pinturas, aceites lubricantes, desengrasantes, acero, cables, fierro torres, acero estructuras y galvanizado, entre otros, serán provistos por terceros, en las cantidades señaladas en la tabla de la página 6 del Adenda 3 de la DIA. No existirá almacenamiento de sustancias peligrosas en el parque. ]
-
Transporte: Todo el transporte tanto de personal como. materiales, insumos y
servicios serán realizados por empresas contratistas, por lo que no formará parte del proyecto.
-
Energía: La energía eléctrica que se requerirá para la construcción será abastecida mediante tres grupos electrógenos de 15 KVA tada uno, totalizando 45 KVA. Dos se utilizarán en el área de construcción y uno en la zona de bodega y taller.
-
Maquinarias y equipos: Se requerirá de dos grúas de 80 ton, dos grúas de 50
ton, dos bulldozer, una motoniveladora y una retroexcavadora.
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Gobierno de Chile:
Para mayores antecedentes, ver numerales 8, 15 y 16 de la sección | del Adenda 1 de
la DIA, numeral 3 de la sección | del Adenda 2 de la DIA y páginas 6 y 7 del Adenda 3 de la DIA.
3.1.6. Fase de operación 3.1.6.1. Las actividades a desarrollar
Esta fase durará 25 años.
Durante la operación, los aerogeneradores capturarán y transformarán la energía cinética del viento que hará girar las aspas, cuyo movimiento rotatorio será transformado por medio de engranajes (cuando corresponda) y transmitido a un generador instalado en la góndola. Este generador convertirá finalmente la energía mecánica en electricidad. La energía producida en cada aerogenerador se transportará por cables subterráneos a la S/E colectora AWP, donde se elevará su tensión e inyectará a una línea de transmisión de 110 kV que irá desde la S/E AWP a la S/E Calama, donde se entregará la energía al SING.
Durante este período el parque será operado en forma remota, por lo que sólo se llevarán a cabo actividades de mantención de aerogeneradores de carácter preventivo, las cuales serán anuales y considerarán el cambio de partes móviles y aceites lubricantes de los sistemas de transmisión. Respecto a las actividades de mantención que requiera del manejo de hidrocarburos, se señala que se realizarán en lugares con suelo protegido con mangas impermeables. Para mayores antecedentes, ver numerales 9 y 14 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.
Además, el proyecto contempla un Plan de Emergencias que incluye planes de control para riesgos ambientales, tales como derrames de sustancias peligrosas, para mayores antecedentes, ver numeral 19 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.
3.1.6.2. Abastecimiento y suministro de insumos
Para dichas actividades, se requeriría del abastecimiento y suministro de los siguientes insumos:
-
Agua potable: Se requerirán de 0,6 m'/día, la cual será suministrada por proveedores autorizados.
-
Agua industrial: Se requerirán de 3.000 m* totales para la humectación de caminos no pavimentados y para la preparación del estabilizante. Al respecto, se mantendrá un registro y control sobre los puntos de abastecimiento del agua proporcionada por terceros, con los mismos contenidos y bajo las mismas exigencias que el de la fase de construcción.
-
Combustible: Se requerirán de 6 m'/mes de petróleo, el cual será suministrado
por terceros autorizados. No se contempla el almacenamiento de combustibles en faena.
- Materiales e insumos: Los materiales requeridos tales como pinturas, aceites lubricantes, desengrasantes, en las cantidades señaladas en la tabla de la
página 8 del Adenda 3 de la DIA. No existirá almacenamiento de sustancias peligrosas en el parque.
¡ * Transporte: Todo el transporte tanto de personal como insumos y servicios
serán realizados por empresas contratistas, por lo que no formará parte del proyecto.
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es. ¡Servicio 6 ¡de Evaluación * ¿Ambiental
:Gobíérno de Ché”,
- Energía: La energía eléctrica que se requerirá será abastecida desde el parque eólico.
Para mayores antecedentes, ver numerales 8, 15 y 16 de la sección | del Adenda 1 de
la DIA, numeral 3 de la sección | del Adenda 2 de la DIA páginas 8 y 9 del Adenda 3 de la DIA.
3.1.7. Fase de cierre
Si al final de la vida útil del proyecto, la empresa decide cerrar y dar por abandonadas las instalaciones, se iniciará la demolición y el desmantelamiento de las mismas.
Para dichas actividades se requerirá del abastecimiento y suministro de agua potable, agua industrial, combustible (petróleo), instalaciones sanitarias y energía en las mismas cantidades y bajo las mismas condiciones de calidad y uso, que las declaradas
para la fase de construcción. Para Mayores antecedentes, ver tabla de la página 9 del Adenda 3 de la DIA. :
3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto 3.2.1. Emisiones a la atmósfera 3.2.1.1. Fase de construcción
Durante esta fase, se generarán principalmente emisiones de material particulado (MP10) y gases de combustión de motores (camiones y maquinaria), asociadas a las
actividades de escarpe, excavaciones, carga y descarga de camiones y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.
Para cuantificar las emisiones, se utilizó la metodología sugerida en la Guía para la estimación de emisiones atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios, de la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Antofagasta de enero 2012.
Las emisiones máximas producto de estas actividades, se presentan en la tabla 1
entregada a continuación. Dichos valores se estimaron contemplando las medidas de abatimiento: :
Tabla 1: Estimación de emisiones de material particuiado y gases MP-10 NOx co HC Total (kg-día) 9,43 0,29 0,07 0,04
Para la estimación del aporte a la calidad del aire y su potencial aporte en la zona urbana de Calama y la localidad de Chiu Chiu, en estaciones de monitoreo con representatividad poblacional (EMRP), durante la fase de construcción del proyecto, se utilizó el modelo de dispersión de contaminantes AERMOD. Los resultados arrojaron los siguientes valores para el aporte de PM-10 durante la fase de construcción del proyecto, los cuales se resumen en la tabla 2 presentada a continuación:
Tabla 2: Resultados de la modelación para material particulado, MP-10
Receptor EMRP Aporte a la Aporte a la concentración concentración P98 en Media Anual 24 h (Norma 150
(Norma 50 ug/m*N) ug/mén)
Hospital El Cobre 0,0102 0,0340.
Servicio Médico 0,0059 0,0200
Legal
Chiu Chiu 0,0005 0,0040
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Respecto al punto de máximo impacto los resultados arrojaron una concentración máxima de 9,203 g/móN de PM-10 para la media anual y de 20,38 g/móN de PM-10 en 24 horas, en un punto ubicado al interior del parque eólico (S/E AWP).
Para el control de las emisiones del proyecto, se ejecutarán las siguientes medidas:
-
Estabilización del camino de acceso principal (calle 4) y el estacionamiento de la S/E, cuya superficie sería de 11.350 m (la eficiencia asociada al control de emisiones por esta medida será de un 50%).
-
Riego de caminos no pavimentados, 2 veces al día, cuya eficiencia será de un 50%.
-
Cubrir con lona el transporte de escombros u otro material que pudiera generar polvo. :
- Para mayor detalle de la estimación de emisiones y medidas de control, ver
páginas desde la 2 a la 5 de la sección | del Adenda 3 de la DIA y Anexo 5 del Adenda 3 de la DIA.
3.2.1.2. Fase de operación
Durante esta fase no se estiman emisiónes relevantes a la atmósfera, debido a que las actividades generadoras se asociarán al tránsito dé véhículos livianos producto de las labores de trastado de personal y mantención.
3.2.1.3. Fase de cierre
Durante esta fase, se estima una generación de material particulado inferior al generado durante la fase de construcción del proyecto, debido a que se descontarán
los aportes de las actividades de escarpes y excavaciones. Las emisiones de gases se mantendrán.
Las emisiones máximas producto de estas actividades se presentan en la tabla 3
entregada a continuación, dichos valores se estimaron contemplando las medidas de abatimiento:
Tabla 3: Estimación de emisiones de material particulado y gases j MP-10 NOx [eje) HC Total (kg-día) 7,56 0,29 0,07 0,04
Debido a que el peor escenario de generación de emisiones se presenta durante la fase de construcción, en la cual el aporte en la calidad del aire no es significativo en la ciudad de Calama, no se considera relevante modelar la fase de cierre del proyecto.
3.2.2. Residuos líquidos
3.2.2.1. Fase de construcción
Sólo se generarán residuos líquidos de carácter doméstico, que corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños químicos, estimadas un máximo
de 20 m'/día. Cuyos residuos serán retirados 3 veces por semana por una empresa autorizada de camiones limpiafosas.
3.2.2.2. Fase de operación
l Sólo se generarán residuos líquidos de carácter doméstico, que corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de una fosa estanca, estimadas un máximo de 0,7 m*/día. Cuyos residuos serán retirados dos veces al mes por una empresa autorizada de camiones limpiafosas.
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3.2.2.3. Fase de cierre
Sólo se generarán residuos líquidos de carácter doméstico, que corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños químicos, estimadas un máximo de 5 m'/día. Cuyos residuos serán retirados 3 veces por semana por una empresa autorizada de camiones limpiafosas.
3.2.3. Residuos sólidos
3.2.3.1. Fase de construcción
Durante esta fase se estima que se generarán aproximadamente 6 kg/día de residuos peligrosos (restos de desengrasante, paños con aceites, restos de soldaduras, latas contaminadas con pinturas, envases de aerosoles), 15 kg/día de residuos no peligrosos (restos de maderas y cartones), 110 kg/día de residuos domésticos y asimilables a domésticos (desechos de alimentos y de limpieza de oficina). Además, se generarán
32.654 m* de excedentes de excavaciones, los cuales serán redistribuidos en el parque.
Los residuos industriales peligrosos y no peligrosos serán dispuestos, por separado, temporalmente en las zonas de residuos 1 y 2, para ser finalmente retirados con una frecuencia de 2 veces por mes para los residuos industriales sólidos peligrosos y de 2 a 3 veces por semana para los residuos industriales sólidos no peligrosos, para finalmente ser trasladados a destinarios autorizados. Los residuos domésticos y asimilables serán retirados con una frecuencia de 3 veces por semana por una empresa autorizada, para finalmente ser trasladados a un relleno sanitario autorizado.
Para mayores antecedentes sobre las cantidades y el manejo de estos residuos, ver páginas 11 y 12 del Adenda 3 de la DIA.
3.2.3.2. Fase de operación
Durante esta fase, se estima que se generarán aproximadamente 0,2 kg/dia de residuos peligrosos asociados a paños con aceites y envases de aerosoles y a 10 kg/mes de residuos peligrosos asociados a aceites Usados, 0,1 kg/día de residuos no peligrosos (cartones), 5,5 kg/día de residuos domésticos y asimilables a domésticos (desechos de alimentos y de limpieza de oficina).
Los residuos industriales peligrosos y no peligrosos serán dispuestos, por separado, temporalmente en la bodega ubicada a un costado de la S/E AWP, para ser finalmente retirados con una frecuencia mensual para los residuos industriales sólidos peligrosos y de 2 veces por semana para los residuos industriales sólidos no peligrosos, para finalmente ser trasladados a destinarios autorizados. Los residuos domésticos y asimilables serán retirados con una frecuencia de 2 veces por semana por: una empresa autorizada, para finalmente ser trasladados a un relleno sanitario autorizado.
Para mayores antecedentes sobre las cantidades y el manejo de estos residuos, ver páginas 13 y 14 del Adenda 3 de la DIA.
3.2.3.3. Fase de cierre
Durante esta fase, se estima que se generarán 2 dia de residuos peligrosos asociados a desengrasantes y 2 kg/día de residuos peligrosos asociados a paños con aceites
usados 30 kg/día de residuos domésticos y asimilables a domésticos (desechos de alimentos y de limpieza de oficina).
Los residuos industriales peligrosos serán dispuestos temporalmente en las zonas de residuos 1 y 2, para ser finalmente retirados con una frecuencia de 2 veces por mes y
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trasladados a destinarios autorizados. Los residuos domésticos y asimilables serán retirados con una frecuencia de 2 veces por semana por una empresa autorizada, para finalmente ser trasladados a un relleno sanitario autorizado.
Adicionalmente se generarán residuos industriales no peligrosos tales como, escombros de concreto de fundaciones y losa de superficie, componentes metálicos, vidrios y similares, aspas de fibra de vidrio. , los cuales serán temporalmente
almacenados en las zonas de residuos 1 y 2 y finalmente dispuestos en lugares autorizados.
3.2,4. Ruido
3.2.4.1. Fase de construcción i
Las actividades sonoras asociadas a la construcción del parque se asociarán a las actividades de excavaciones, montajes, etc., las cuales por la distancia del parque a los receptores más cercanos, emplazados en Calama, no serán perceptibles. Durante la construcción de la torre de la LTE más cercana a la zona urbana de Calama se emitirán 112,4 dB (A), considerando la operación simultánea de 1 excavadora trabajando, 1 camión mixer con su respectiva bomba y 1 camión tolva siendo cargado.
Para proyectar la inmisión én los receptores más cercanos se realizó una predicción considerarido los niveles de ruido basales y los estándares del modelo matemático establecido en Normativa de Referencia ISO 9613-2/96. Dicha estimación arrojó un valor de inmisión máximo de 52,1 dB (A) en el receptor más cercano ubicado a 500 m de la torre, correspondiente a una industria ubicada en Av. Granaderos, dicho valor se emitirá en una zona | cuyos límites máximos de emisión son de 55 dB (A) entre las 7:00 a 21:00 hrs. y de 45 dB (A) entre las 21:00 a 7:00 hrs., por lo cual, y considerando que las actividades de construcción sólo se ejecutarán en periodos diurnos es decir, de lunes a viernes entre las 9:00 y las 18:00 horas, el proyecto cumplirá con la normativa vigente. Para mayores antecedentes, ver página 13 y Anexo 6 del Adenda 3 de la DIA.
3.2.4.2. Fase de operación
Durante la fase de operaciones del parque, se generarán emisiones sonoras por el funcionamiento de los aerogeneradores. Como el parque eólico estará localizado a una distancia de 16 km de la ciudad de Calama, los potenciales receptores no serán capaces de percibir las emisiones sonoras producidas, por lo tanto se cumplirá con los niveles de inmisión de ruidos exigidos por la normativa vigente.
3.2.4.3. Fase de cierre
Durante la fase de cierre del parque se generarán emisiones sonoras por el desmontaje de los aerogeneradores. Como el parque eólico estará localizado a una distancia de 16 km de la ciudad de Calama, los potenciales receptores no serán
capaces de percibir las emisiones sonoras producidas, por lo tanto se cumplirá con la normativa vigente.
Para el desmontaje de la torre de la LTE más cercana a la zona urbana de la ciudad de Calama, la cual se emplazará en las inmediaciones de la S/E Calama, se requerirá ejecutar menos actividades que las necesarias durante su construcción, debido a que sólo es necesario desinstalar la estructura metálica, por lo que se generarán menos emisiones sonoras. Estas faenas se realizarán solamente en horario diurno y en días hábiles, lo que permitirá cumplir con la normativa vigente.
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: Gobierno de Chile:
3.2.5. Campos electromagnéticos
3.2.5.1. Fase de construcción
Durante esta fase no se generarán campos electromagnéticos.
3.2.5.2, Fase de operación
Los valores estimados serán inferiores a 1,0 kV/m que a su vez serán inferiores a los 3 kV/m exigidos por la normativa extranjera más restrictiva.
3.2.5.3. Fase de cierre Durante esta fase no se generarán campos electromagnéticos.
-
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable. ;
-
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks” requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 76, 93 y 96 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El Permiso Ambientales Sectorial contenido en el artículo N 76, fue informado favorable por el Consejo de Monumentos Nacionales. El Permiso Ambientales Sectorial contenido en el artículo N% 93, fue informado favorable la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Antofagasta. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N 96 fue informado favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura para el cambio de uso de suelo por una superficie total de 498 ha. :
-
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Parque Eólico Andes
Wind Parks” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando ésta lo solicite, y facilitando la información y documentación que ésta requiera para el buen desempeño de sus funciones. :
-
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia de! Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N” 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.
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-
Gobierno de Chilg-.
-
Que, para que el proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al orgánismo coordinador de la fiscalización que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración
de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.
-
Que, el titular del proyecto deberá realizar las siguientes medidas en la ejecución del proyecto:
12.1. Se estabilizará el camino de acceso principal (calle 4) durante la fase de construcción, el cual se mantendrá durante las fases de operación y abandono según
el cronograma y condiciones presentadas en el numeral 1.1 de la sección | del Adenda 3 de la DIA.
12.2, Respecto al agua industrial que requerirá el proyecto en todas sus fases, se mantendrá un registro y control sobre los puntos de abastecimiento del agua proporcionada por terceros que incluirá la documentación que permite la extracción y los volúmenes transportados, y se remitirá a la Dirección Regional de la DGA, Región de Antofagasta, un primer informe al inicio de la fase de construcción y luego en forma trimestral una copia de dicho registro.
12.3. Realizará una serie de campañas de recolección de basura, especialmente de bolsas plásticas que se encuentran acumuladas en algunos puntos de ta ribera del río Loa, en la sección en frente del área de influencia del proyecto, frente a los dos polígonos donde se emplazarán los aerogeneradores.
12.4. Capacitará a obreros y personal en general sobre la ecología de la cuenca del Loa y sobre precauciones que se deberán tener al momento de la construcción del
proyecto, de forma de controlar eventuales impactos (tales como incendio, caída de material, entre otros) sobre la cuenca del Loa.
12.5. Para el componente fauna.
12.5.1. Durante la fase de construcción:
e Realizará una segunda campaña de terreno en el período de marzo - abril, la cual deberá ser visada por la Dirección Regional del SAG de la Región de Antofagasta previo a la fase construcción del proyecto.
; * Una vez concretada la implementación de tas medidas de control propuestas
para avifauna, durante la fase de construcción, se elaborará un informe
: específico que deberá ser presentado a la Dirección Regional del SAG de la
: Región de Antofagasta, previo a la fase de operación.
12.5.2. Durante la fase de operación:
I pe Realizará dos veces al año, a comienzos de primavera y de otoño, un monitoreo
de avifauna en el área de influencia del proyecto, cajón del río Loa, para evaluar
! la eventual colisión de las aves y si las medidas de control implementadas serán efectivas.
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12.6.
12.7.
«| Gobierno de Chile
Contemplará un monitoreo mensual en el área comprendida por el parque, que considere la búsqueda de aves siniestradas a causa de colisión o electrocución.
Todos los informes de monitoreo contendrán, como mínimo, un registro de cada una de las inspecciones, con el nombre y firma del responsable, fecha y hora de la inspección, y deberán ser remitidos en forma semestral a la Dirección Regional del SAG de la Región de Antofagasta, además de estar a disposición de la Autoridad Ambiental cuando ésta lo requiera,
Para el componente paisaje:
Implementará o habilitará un mirador contiguo a la ruta B-165 para la visualización o registro fotográfico del parque eólico, que incluya estacionamientos para automóviles y buses de turismo, información que permita al visitante comprender el proceso de aprovechamiento de energía eólica y
transformación en electricidad, además de medidas de seguridad aplicables al parque.
implementará una salida, desde la ruta B-165, y señalética adecuada que permita acceder al proyecto, y comprender y anticipar la existencia del mirador.
Coordinará todas las características de las señales éticas y del mirador propuesto, con la dirección Regional de SERNATUR de la Región de Antofagasta, así como con otras instituciones que sean pertinentes. :
implementará visitas guiadas al parque, para colegios, universidades u otras instituciones interesadas en la temática. !
Producirá material de difusión audiovisual que se pueda entregar a los visitantes o a instituciones que lo requieran.
Para el componente arqueológico:
Efectuará un monitoreo arqueológico permanente durante todo el período de construcción del proyecto, encabezado por un arqueólogo o licenciado en arqueología, quien remitirá informes periódicos al Consejo de Monumentos Nacionales, con los contenidos y condiciones estipuladas en el numeral 4.2.6 de la sección IV del Adenda 3 de la DIA.
Se realizarán charlas de inducción a los trabajadores del proyecto que incluya los contenidos y condiciones señaladas en la página 47 del Adenda 3 de la DIA.
Se entregarán al Consejo de Monumentos Nacionales informes parciales que
incluyan los contenidos y condiciones señaladas en la página 47 del Adenda 3 de la DIA.
Se entregará al Consejo de Monumentos Nacionales un informe final cuya finalidad será informar del estado de los sitios arqueológicos q:Je se encuentran en el área de influencia del proyecto una vez finalizada las obras, el cual incluya los contenidos y condiciones señaladas en la página 55 del Acienda 3 de la DIA.
Una vez que cuente con la ingeniería de detalle, durante la fase de construcción, el titular proyectará las torres de la LTE fuera del perímetro de los sitios arqueológicos y fuera de sus respectivos buffers de amortiguación, además de utilizar el camino de servidumbre existente. !
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Gobierno de Chile: :
¡ e Para la estructura E-22 se modificará la obra en caso de afectar el hallazgo, y
: en caso de no afectación implementará las medidas de protección propuestas
en el informes de arqueología y en el ORD. N* 920 del 18 de marzo del 2013 del Consejo de Monumentos Nacionales.
: « Encaso de encontrar material arqueológico en las áreas vinculadas a las obras, i el titular solventará los gastos de análisis, conservación y embalaje, así como : su traslado a la institución receptora; indicando la destinación definitiva al
momento de entregar el informe final del monitoreo al Consejo de Monumentos
Nacionales. Dicho trabajo será realizado por un arqueólogo o licenciado en arqueología.
- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son
de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un/a tercero/a.
- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
RESUELVE:
1.: CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks”, presentado por Andes Wind Parks S.A. e
| 2. DECLARAR que, para que el proyectó puéda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas tas medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adenda, y en el Informe
Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.
- CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Parque Eólico Andes Wind Parks”, cumple con la normativa de carácter ambiental, incluido los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N? 76, 93 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.
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Servicio : de Evaluación Ambiental: :-:
: Goblefnd de Chile:
Notifíquese y Archívese
de Evaluación Región de Antofagasta.
2 9d mA “CRISTIAN G ILLALOBOS
¡IÓ
Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta.
v le co Distribución: | Proponente.
Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente. Expediente proyecto.
Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
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