Modificación subestación electrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane
se
AOS
0009 RESOLUCIÓN EXENTA NU Y 190993 ANTOFAGASTA, 41 ENE 201
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
- Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.
-
La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas del proyecto “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane”, presentado por el Señor Abraham Garrido Cárcamo, en representación de Empresa Eléctrica Cochrane S.A., con fecha 20 de agosto de 2012.
-
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la
evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N 910 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 29/08/2012; Oficio N 12.600/252 sobre la DIA, por Gobernación Marítima, Región de Antofagasta, con fecha 03/09/2012; Oficio N” 670 sobre la DIA, por Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta, con fecha 07/09/2012; Oficio N 339 sobre la DIA, por la llustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 07/09/2012; Oficio N 153 sobre la DIA, por la SEREMI de Energía, Región de Antofagasta, con fecha 10/09/2012; Oficio N 811 sobre la DIA, por la Dirección Regional de la DGA, Región de Antofagasta, con fecha 12/09/2012; Oficio N 3572 sobre la DIA, por la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 12/09/2012; Oficio N 555 sobre la DIA, por la Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 12/09/2012; Oficio N 331 sobre la DIA, por la Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 12/09/2012; Oficio N 1200/2012 sobre la DIA, por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 12/09/2012; Oficio N 751 sobre la DIA, por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/09/2012; Oficio N 0250 sobre la DIA, por la Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta, con fecha 14/08/2012; Oficio N 87-EA/2012 sobre la DIA, por la Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 14/09/2012; Oficio N” 6925 sobre la DIA, por la Dirección Regional del SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 14/09/2012; Oficio N 1023 sobre la DIA, por la Dirección Regional de Pesca, Región de Antofagasta, con fecha 14/09/2012; Oficio N 2445 sobre la DIA, por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 14/09/2012; Oficio N 522 sobre la DIA, por la Secretaria Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Antofagasta, con fecha 21/09/2012; Oficio N” 3858 sobre la DIA, por el Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 21/09/2012; Oficio N” 0606 sobre la DIA, por la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 24/09/2012; Oficio N 002109 sobre la DIA, por el Gobierno Regional, con fecha 09/10/2012; Oficio N? 0759 sobre la Adenda 1, por la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente,
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asta, con fecha 22/11/2012; Acta de Evaluación N 73/2012 sobre la DIA, Reunión Comité Técnico de Evaluación con fecha 12/10/2012; Oficio N 4572 sobre la Adenda 1, por la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 26/11/2012; Oficio N” 1448/2012 sobre la Adenda 1, por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, con fecha 26/11/2012; Oficio N 4985 sobre la Adenda 2, por la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 28/12/2012.
-
El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane”.
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación de subestación
eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane”.
- El acuerdo de la Sesión Extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 08 de enero de 2013.
CONSIDERANDO:
-
Que por un error involuntario el proyecto figura en el expediente de evaluación electrónico (e-seia) bajo el nombre “Modificación de subestación eléctrica y Sistema de almacenamiento de energía Central Termoeléctrica Cochrane, debiendo ser “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane”.
-
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Modificación
subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía Central Termoeléctrica Cochrane”.
- Que, el derecho del titular del proyecto “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane”, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales
que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.
- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adendas, el proyecto “Modificación de subestación eléctrica y
huevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane”, consistirá en lo siguiente:
4.1. Descripción del proyecto
El proyecto consistirá en modificar las siguientes instalaciones asociadas a la Central Termoeléctrica Cochrane:
e Se modificará la subestación eiéctrica aprobada del tipo convencional, a la intemperie, por una encapsulada tipo GIS, la cual además se reubicará al interior del predio.
so Se incorporará, un dispositivo de almacenamiento de energía denominado BESS, el cual se ubicará adyacente a la nueva subestación GIS.
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La subestación GIS constituirá el inicio del trazado de la línea de transmisión que evacuará la energía de la Central hacia el Sistema Interconectado del Norte Grande (SING) a través de la línea de alta tensión (LAT) Angamos — Atacama, aprobada ambientalmente mediante la Resolución Exenta N009 del 4 de enero de 2008 y la LAT Angamos-Encuentro que fue aprobada ambientalmente, mediante la Resolución Exenta N 0143 del 8 de abril de 2009, ambas de la COREMA de la Región de Antofagasta, las cuales no serán modificadas por éste proyecto. Para mayores antecedentes ver numeral 3 de la sección V del Adenda 1 de la DIA.
4.1.1. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto
4.1.1.1. Etapa de construcción
La etapa de construcción durará aproximadamente 20 meses para la subestación y 12 meses para la instalación de los dispositivos BESS, dentro de los cuales el movimiento
de tierra y suministros de insumos se realizará durante los 5 primeros meses de ésta etapa.
4.1.1.1.1. Subestación de salida Cochrane
El proyecto contemplará la conexión de las unidades de generación de la Central Termoeléctrica Cochrane a una subestación del tipo encapsulada G!S que se localizará a unos 300 metros de la Central. La subestación tipo GIS encapsulada en Hexafluoruro de Azufre (SF6), compartimentada, con envolvente en aleación de aluminio, doble barra con acoplador, estará compuesta por las siguientes posiciones:
e Dos posiciones de generación
Una posición para el transformador de partida
Dos posiciones para la línea de transmisión
Una posición para acoplador de barras.
Dos posiciones de reserva completamente equipada.
ce...
La modificación a una conexión independiente a través de una subestación GIS propia de la Central Termoeléctrica Cochrane se justifica debido a que mejorará el desempeño y confiabilidad, dado que todas las partes móviles de la subestación están encapsuladas, quedando completamente protegidas contra agentes ambientales como polvo, ambiente marino, humedad, además de utilizar aproximadamente un 20% del espacio comparado con subestaciones convencionales.
4.1.1.1.2. Sistema de almacenamiento de energía BESS
Se instalará un sistema para almacenar energía mediante baterías modulares, denominado dispositivos BESS, con el propósito de evitar apagones ante perturbaciones en el sistema eléctrico por la salida intempestiva de servicio de las centrales en el SING. Estas baterías modulares del tipo ión-litio con tecnología Nanofosfato de ión-litio, serán similares a los dispositivos ya instalados en las Subestaciones Andes y Angamos, los cuales serán ensamblados en su país de origen en módulos tipo contenedor, entregándose completamente armados, requiriendo sólo su conexión eléctrica a la subestación. Además cuenta con sistemas complementarios, como sistema de ventilación y sistema contra incendio.
Para mayores detalles de la subestación y dispositivos BESS, ver numeral 3.1.2 del capítulo 2 de la DIA y numeral 5 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.
4.1.1.1.3. Las actividades a desarrollar en la etapa de la construcción
a) Instalación de faenas
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pl EE:
El proyecto contempla una instalación de faena adicional durante la construcción del sistema BESS, en un sector aledaño a la subestación, cabe señalar que para la construcción de la subestación se utilizarán las instalaciones de faena circunscrita a la construcción de la Central Termoeléctrica Cochrane. El área a utilizar en instalaciones de faena será de 900 m” dentro de las cuales se instalarán oficinas, un comedor, casa de cambio, bodega, patio de suministros y área de almacenamiento temporal de
residuos sólidos, para mayores antecedentes ver numeral 3.4.1 del capitulo 2 de la DIA.
Para la etapa de construcción se utilizarán las mismas rutas no pavimentadas existen,
cuyas características y ubicación se señalan en el numeral 7 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.
b) Actividades relativas a la construcción de la subestación y dispositivos BESS
Para la construcción de la subestación y montaje de los dispositivos BESS, se realizarán las siguientes actividades:
o Preparación del terreno, principalmente excavaciones y nivelación. + Fundaciones y obras civiles
» Montaje (mecánico, eléctrico y estructuras).
o Puesta en servicio.
Para mayor detalle ver numeral 3.4.2 del capítulo 2 de la DIA,
4.1.1.1,4. Abastecimiento y suministro de insumos
a) Agua potable: se requerirán 3 mYdía de agua potable, la cual será provista mediante camiones aljibes desde empresas autorizadas y almacenada en !os estanques de acumulación previamente contemplados para la Central Termoeléctrica Cochrane. Se suministrará agua embotellada para el consumo humano, proveniente de un proveedor local que se encuentre autorizado por la Autoridad Sanitaria.
b) Agua industrial: se requerirán aproximadamente 17 m/día para la humectación de caminos no pavimentados, 0,2 m'día para el lavado de camiones mixer y adicionalmente 3 m/día para otros usos industriales, la cual será suministrada por proveedores locales que cuenten con la disponibilidad del recurso y que cumplan con
la normativa vigente. Además se entregarán los registros e información asociada al insumo.
c) Combustible: se requerirán 0,212 mdía de petróleo diésel el cual será almacenado en la bodega temporal de insumos de la Central Termoeléctrica Cochrane. Los permisos asociados al almacenamiento serán tramitados por la central.
d) Materiales: Los materiales, tales como 3.400 kg/día de áridos, 15.200 kg/día de hormigón, moldajes y enfierraduras, serán provistos durante 5 meses por proveedores locales y almacenados en el sitio de almacenamiento temporal de materiales de construcción. El hormigón y áridos serán abastecido desde empresas del rubro
debidamente autorizadas, e informado a la SEREM! de Bienes Nacionales con anterioridad a su uso.
e) Transporte: tanto el transporte de materiales, insumos y equipos serán realizados por empresas contratistas, por lo que no formará parte del proyecto.
f) Energía: la energía eléctrica para la instalación de faena, será provista mediante un generador diésel de 300 kVA.
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9) Maquinarias y equipos: se requerirá de dos camiones tolva, dos camiones plano, un camión % , un cargador frontal, dos retroexcavadoras, dos soldadoras autónomas diésel, un bulldozer y una motonioveladora, las cuales serán suministradas por proveedores locales y ubicadas temporalmente en el patio de estacionamiento.
h) Servicios higiénicos: se requerirá de tres baños químicos, lo cuales serán
suministrados por una empresa autorizada y Cuyos residuos serán dispuestos en lugares autorizados.
Para mayores antecedentes respecto a los insumos de la etapa de construcción, ver numeral 8 de la sección | del Adenda 1 de la DIA, numeral 1 de la sección V del Adenda 1 de la DIA y tabla 1 del numeral 2 de la sección 1 de! Adenda 2 de la DIA.
4.1.1.2. Etapa de operación
La operación de la subestación y del dispositivo BESS será vía remota desde la sala de control de la Central Termoeléctrica Cochrane. Las principales actividades del proyecto durante esta etapa serán visitas de inspección, mantención y limpieza.
Respecto del sistema de almacenamiento de energía, los dispositivos estarán programados para entrar en operación, en forma automática, en caso de ocurrir un descenso en la frecuencia bajo los 49,7 Hz. Una vez regulada la frecuencia en el sistema, los dispositivos dejarán de operar automáticamente.
Durante ésta etapa no se requerirá de agua industrial ni combustibles, los servicios básicos tales como, agua para consumo humano, baños y electricidad, serán abastecidos desde la Central Termoeléctrica Cochrane.
Para mayores antecedentes respecto a los insumos de la etapa de operación, ver tabla 2 del numeral 2 de la sección | del Adenda 2 de la DIA.
4.1.1.3. Etapa de cierre
El proyecto no contempla etapa de cierre.
4.1.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto 4.1.2.1. Emisiones a la atmósfera
4.1.2.1.1. Etapa de construcción
Las emisiones se asociarán principalmente a las actividades de movimientos de tierra, tránsito de vehículos y operación de motores de combustión.
Para cuantificar las emisiones de MP10 asociadas, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión 8. AP 42, Quinta Edición, 1995 y la Guía para la “Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios” de la MMA.
Las emisiones máximas producto de estas actividades se estimaron en 10,3 kg/día para material particulado (MP), 8,5 kg/día para Monóxido de Carbono (CO), 40,6 kg/día de óxidos de Nitrógeno (NOx) y 3,8 kg/día para Hidrocarburos (HC). El aporte del proyecto a lo estimado en la evaluación de la Central Termoeléctrica Cochrane se presenta en la tabla 6 del Adenda 1 de la DIA.
Para el control de las emisiones, durante la etapa de construcción se contemplará las siguientes medidas:
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- Humectación de los caminos no pavimentados de tránsito vehicular y durante las actividades de carga y descarga de material, para una superficie total de 7.876 m?, con una frecuencia de una vez al día, la cual será reforzada en función de inspecciones visuales en terreno.
o Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos en las áreas de faena.
- En los procesos de carga y descarga de materiales, se cercará el área de faenas y se utilizarán mallas protectoras para evitar la dispersión de polvo, además se humectará en forma previa el material.
e Se mantendrá un registro del mantenimiento y de la revisión técnica al día de los vehículos que se utilizarán en el proyecto.
-
Se cubrirá la carga de los camiones con algún sistema que permita su contención (lona, plástico, u otro), evitando que se dispersen contaminantes a la atmósfera o caigan materiales al suelo.
-
Se exigirá una velocidad máxima de 20 km por hora en las distintas áreas del proyecto.
-
Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios, prohibiéndose la incineración de estos últimos y contemplándose su disposición en sitios
autorizados.
Se informará a los profesionales, técnicos y obreros, respecto de las medidas
para reducir el polvo generado por las actividades de construcción, según lo
señalado en el “Manual de la Construcción Limpia. Control de Polvo en Obras
en Construcción” (Cámara Chilena de la Construcción. Comisión de Protección del Medio Ambiente, 1998).
Para mayor detalle ver numeral 4.1 del capítulo 2 de la DIA, numeral 7 de la sección 1 del Adenda 1 de la DIA y tablas 4 y 5 de la sección | del Adenda 2 de la DIA.
4.1.2.1.2, Etapa de operación
En ésta etapa no se generarán emisiones de gases ni partículas a la atmósfera.
4.1.2.2. Residuos líquidos. 4.1.2.2.1. Etapa de construcción
Se generarán 1,5 m'/día aguas servidas por el uso de los baños químicos y 0,2 m*/día
asociado a los Residuos industriales Liquidos (RlLes) provenientes del lavado de los camiones mixer.
El personal utilizará baños químicos portátiles, que serán instalados y manejados por
Una empresa autorizada, la cual dispondrá diariamente los residuos líquidos generados en un lugar autorizado.
Los RlLes serán tratados en un pozo de acumulación habilitado al interior del área de faenas, desde el cual el residuo sólido no peligroso generado (agua y hormigón solidificado) será dispuesto temporalmente como escombro, para finalmente ser retirado por empresas autorizadas y dispuesto en un lugar autorizado.
4.1.2.2.2. Etapa de operación
Las aguas servidas domésticas generadas en ésta etapa serán manejadas en las instalaciones de la Central Termoeléctrica Cochrane, debido a que la dotación de personal a emplear en la operación será parte de la contemplada para la central, por lo
cual se utilizarán los servicios higiénicos asociados a dichas instalaciones. En ésta etapa no se generarán RiLes.
4.1.2.3. Residuos sólidos
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4.1.2.3.1. Etapa de construcción
Se generarán residuos domésticos (5 kg/dia), residuos industriales no peligrosos (433,2 kg/dia) y residuos industriales peligrosos (2,4 kg/dia), para mayores detalles ver la tabla 3 de la sección | del Adenda 2 de la DIA.
De los residuos industriales no peligrosos, los excedentes de excavaciones y escombros serán dispuestos temporalmente en un sitio de acopio al interior de la faena y posteriormente serán retirados con una frecuencia mínima de dos veces por semana para ser dispuestos, respectivamente, en el depósito de Angamos y el relleno sanitario de Mejillones, que actualmente se encuentra en implementación. El resto de los residuos industriales no peligrosos tales como lana mineral, chatarras varias, madera, plásticos, vidrio, serán dispuestos temporalmente en los Patios de Gestión de Residuos, ubicados en sectores contiguos a los lugares de trabajo, en los cuales se clasificarán, separarán y evaluarán las potenciales alternativas de reciclaje o reutilización interna. Dichas áreas contarán con una superficie de a lo menos 100 m, con cierre perimetral, Aquellos residuos que no se puedan reutilizar o reciclar, serán
retirados con una frecuencia mensual para ser finalmente depositados en lugares autorizados.
De los residuos industriales peligrosos, los lodos orgánicos serán retirados según se alcance el nivel de seguridad del estanque de acumulación y dispuestos finalmente en el sistema de tratamiento modular contemplado para la Central Termoeléctrica Cochrane. El resto de los residuos industriales peligrosos tales como envases de pinturas, aceites, grasas y solventes, trapos, guaipes, ropa, papeles y tambores contaminados, serán dispuestos según clasificación en bodegas debidamente señalizadas, delimitadas y autorizadas durante un periodo máximo de cuatro meses,
para ser finalmente transportados y dispuestos en lugares autorizados por empresas autorizadas.
Todos los residuos industriales asociados a la etapa de construcción de éste proyecto serán manejados como parte de la etapa de construcción de la Central Termoeléctrica
Cochrane, por lo que dichas cantidades serán contempladas al momento de tramitar los permisos en la SEREMI de Salud.
Los residuos domésticos tendrán una frecuencia de retiro de 2 veces por semana, los cuales tendrán como disposición final el relleno sanitario de Mejillones.
4.1.2.3.2. Etapa de operación
Los residuos domésticos han sido contemplados dentro del manejo de la Central Termoeléctrica Cochrane, debido a que la dotación de personal a emplear en la operación será parte de la contemplada para la central. En el caso de que se generara residuos industriales peligrosos asociados a las mantenciones esporádicas, dichos residuos serán manejados de la misma forma. :
4.1.2.4. Generación de ruido
4.1.2.4.1. Etapa de construcción
La emisión de ruidos se deberá principalmente al movimiento de maquinaria y tránsito de camiones, cuya emisión no superará los 40 dBA en los receptores sensibles ubicados en zona IV, para mayores detalles ver la tabla 4 de la sección | del Adenda 2 de la DIA. Por lo que dichas emisiones cumplirán con la normativa vigente, cuyo límite para dicha zona corresponde a 70 dB(A).
4.1.2.4,1. Etapa de operación
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No se generarán emisiones sonoras que sean perceptibles fuera de las instalaciones de proyecto.
-
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.
-
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane”, requiere del Permiso Ambiental Sectorial contemplado en el artículo N 90 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual fue informado
favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta.
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central
Termoeléctrica Cochrane” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia de Medio Ambiente en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
-
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en ta presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N* 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.
-
Que, para que el proyecto “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane”
pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
- Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo coordinador de la fiscalización que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración
de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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A
-
Que, ular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad ylo representación legal, así como los cambios de domicilio.
-
Que, el titular del proyecto deberá realizar las siguientes medidas en la ejecución del proyecto, las que asume como compromisos voluntarios:
13.1. Se mantendrá en las instalaciones del proyecto un registro con la información de la humectación de superficies, que contendrá a lo menos la fecha, hora del día en la cual se realiza la humectación, tramo mantenido y cantidad de agua utilizada. Este
registro estará disponible para ser visto por la Autoridad Sanitaria en todo momento de la etapa de seguimiento y fiscalización del proyecto.
13.2, Referente al abastecimiento externo de áridos y hormigón, remitirá a la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, una vez iniciado el proyecto o al momento de requerir áridos y hormigón, un resumen identificando a sus proveedores, el total de material suministrado por cada uno ellos y copia de la Resolución Exenta Vigente de dicho Ministerio que autoriza a su proveedor a extraer árido de una determinada superficie fiscal. Además, adjuntará mensualmente una copia de las órdenes de compras correspondientes a cada uno de sus proveedores tanto de la extracción de áridos como de hormigón. Sin perjuicio de lo anterior, el titular del proyecto se compromete a indicar las coordenadas del yacimiento de extracción de áridos.
13.3. Ingresar las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente
(www.compromisos-ambientales.cl) en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA.
- Que, todas fas medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son
de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.
- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
RESUELVE:
-
CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane” presentado por la Empresa Eléctrica Cochrane S.A.
-
DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adendas, y en el Informe
Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.
- CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Modificación de subestación eléctrica y nuevo sistema de almacenamiento de energía de Central Termoeléctrica Cochrane” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluido el Permiso Ambiental Sectorial contemplado en el artículo N 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19,300.
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Notifíquese y Archívese
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29 TOLOZA FERNANDEZ
Intendenté Regional
/ Presideñte
Comisión de Evaluación
- Región de Antofagasta.
éctor Regional SEA "o. o l¡ Secretario
"S Comisión de Evaluación Región de Antofagasta.
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COC / CGV 1 MRG 1 HT htp. j
istribución: p 1 /Aroponemte
ñ Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente
Expediente proyecto
Archivo Comisión de Evaluación Ambiental de ta Región de Antofagasta.
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