Evaluación SEA

Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia

Rol 7241631
SEA · DIA · Aprobado · 2012-08-17 · Región de Antofagasta · SQM Industrial S.A.

Servicio de Evaluación Ambiental

Gobierno de Chile 7 e , < RESOLUCIÓN EXENTA el 1 Ú Y 12014

ANTOFAGASTA, 2.1 FEB201

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20.417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas

que rigen sobre la materia.

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda, del proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia”, presentada por la Señora Pauline De Vidts Sabelle y el Señor Mauricio Cabello Cádiz, en representación de SQM Industrial S.A., con fecha 17

de agosto de 2012.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N 83-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 28/08/2012; Oficio N% 335 sobre la DIA, por llustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 06/09/2012; Oficio N 6809 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 07/09/2012; Oficio N 327 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 10/09/2012; Oficio N 796 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 10/09/2012; Oficio N 935 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 10/09/2012; Oficio N 557 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 12/09/2012; Oficio N 557 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 12/09/2012; Oficio N” 3548 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 12/09/2012; Oficio N” 0584 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 14/09/2012; Oficio N 1196 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 20/09/2012; Oficio N 3913 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 24/09/2012; Acta de Evaluación N 72/2012 sobre la DIA, Reunión Comité Técnico de Evaluación con fecha 12/10/2012; Oficio N 7432 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 13/09/2013; Oficio N 867 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 16/09/2013; Oficio N 398 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 23/09/2013; Oficio N 706 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 24/09/2013; Oficio N 578 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 30/09/2013; Oficio N 1162 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 01/10/2013; Oficio N 0556/2013 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 02/10/2013; Oficio N 3745 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 03/10/2013; Oficio N* 1684 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con

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fecha 04/10/2013; Oficio N 1177 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 09/10/2013; Oficio N” 160 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 04/02/2014; Oficio N 112 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 05/02/2014; Oficio N 0092/2014 sobre la Adenda 2, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 10/02/2014; Oficio N 246 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 10 de febrero de 2014; Oficio N” 064 sobre la Adenda , por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 13 de febrero 2014.

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia”.

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia”.

  3. El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 20 de febrero de 2014.

  4. Resolución Exenta N” 102 de fecha 30 de septiembre del año 2013 que nombra Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y el D.S. N* 807 de fecha 12 de agosto del año 2013 que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia”.

  2. Que, el derecho del titular del proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia”, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia” consistirá en lo siguiente:

3.1. Descripción del proyecto

El objetivo del proyecto es la incorporación de una nueva zona de mina, de superficie de 2.109,12 ha, para la explotación de caliche, lo que permitirá sustentar parte de la producción actual de yoduro, yodo y nitrato en la faena de Pedro de Valdivia, operativa desde el año 1932. De acuerdo a lo indicado por el titular en la DIA, la faena Pedro de Valdivia utiliza el mismo modo de extracción y procesamiento de mineral desde fines de la década del setenta, por lo que se trata en consecuencia de un proyecto ejecutado en forma previa a la entrada en vigencia de la Ley N*19.300 (Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente) y su Reglamento del SEIA DS N” 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

El proyecto sólo contempla la incorporación de una nueva área de mina, no se contempla un aumento en la tasa de explotación actual ni tampoco se modificará el método de explotación de las áreas de mina, y no se modificará el modo de operación

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ni los procesos asociados o niveles de producción actuales de la faena industrial de Pedro de Valdivia.

El proceso productivo existente en la faena Pedro de Valdivia, consiste en la extracción de caliche desde las zonas de mina, el cual es transportado por ferrocarril hasta la zona industrial de Pedro de Valdivia, donde el caliche es procesado para la obtención de yoduro, yodo y nitratos.

El nuevo sector de mina comenzará a ser explotado en conjunto con la zona de mina actual, manteniendo las tasas totales actuales de extracción de caliche. La extracción total de caliche, incluidas la nueva zona, y los sectores antiguos de mina, no superarán en conjunto los 13 millones de toneladas anuales.

3.1.1. Ubicación y mano de obra

El proyecto se localiza aproximadamente a 45 km al sur de la localidad de María Elena, en las Comunas de María Elena y Mejillones, Provincia y Región de Antofagasta.

Las instalaciones que requerirá el proyecto, se emplazarán al interior de un polígono de 2.109,12 ha, conformado por las coordenadas UTM Datum WGS-84 presentadas en la Tabla |G-2 del Capítulo 1 de la DIA. Dicho polígono se ubicará cercano a las áreas de explotación de la faena Pedro de Valdivia y a las instalaciones industriales de SQM, que se encuentran operativas desde el año 1932.

Para acceder al proyecto existen 4 puntos de acceso desde la ruta 5, los cuales se presentan en la Tabla AD-1 y Anexo AD-1 del Adenda 1 de la DIA.

Mayores antecedentes del área de mina actual y de la nueva zona asociada al proyecto se presentan en el Anexo AD-2 del Adenda 1 de la DIA. Cabe señalar, que la ubicación exacta de las zonas de apilamiento de caliche, líneas férreas, caminos e instalaciones de apoyo se definirá anualmente en función al plan de explotación minero, lo cual será informado a la autoridad.

La mano de obra requerida en la fase de construcción será de 50 personas en promedio y de 100 personas como máximo. Para la fase de operación no se requerirá de personal adicional al que actualmente opera en las zonas de mina de Pedro de Valdivia.

3.1,2. Monto de inversión El monto estimado de la inversión será de US$ 5.000.000.-

3.1.3. Vida útil

La vida útil del proyecto será de 7 meses para la fase de construcción, 15 años para la fase de operación, y 1 año para la fase de cierre. La fase de operación considera una tasa máxima de explotación de caliche de 13 millones ton/año, sin embargo, la fase de operación podría alcanzar los 30 años en caso que la tasa de explotación sea menor a la inicialmente presupuestada.

3.1.4. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto

Para la habilitación de la nueva área de explotación, se requiere de la construcción y/o habilitación de las siguientes obras y/o instalaciones:

+. La extensión del trazado de vía férrea existente en 10 km de longitud, para el traslado de caliche extraído al sector de planta de producción en Pedro de Valdivia.

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e La habilitación de zonas de apilamiento de caliche en el punto final de la extensión de la línea férrea, para acumular caliche previo a su transporte a la planta procesadora en instalaciones industriales de Pedro de Valdivia. Las zonas de apilamiento se emplazarán a ambos costados de la vía férrea, tendrán aproximadamente 50 m de ancho por 1.000 m de largo, con una altura máxima de 5 m y capacidad aproximada de 350.000 toneladas.

  • La construcción de una piscina de agua industrial de 800 m', para su uso en el regadío de los caminos internos en la fase de operación de la nueva área mina.

  • La construcción de una garita de acceso y de un área de servicios (oficinas, comedor, casa de cambio).

El proyecto utilizará la infraestructura existente y acceso a servicios asociados a la actual faena, tales como: estanques de almacenamiento de agua industrial, taller de mantención de equipos, bodegas de materiales, polvorines, galpones, y lugares de disposición temporal y final de residuos.

En Anexo AD-2 del Adenda 1 de la DIA, se adjuntan planos en coordenadas UTM (Datum PSAD 56 y Datum WGS-84) en los cuales se presenta la ubicación de las instalaciones actuales respecto a la nueva zona de mina. Para mayores antecedentes ver, numerales 1.3, 1.6 y 111.5 del Adenda 1 de la DIA.

El proyecto no requiere de instalaciones de faena, fundamentalmente porque la habilitación de la nueva zona mina, está adyacente a los frentes de trabajo actuales de la Mina Pedro de Valdivia, la cual proveerá de dichas instalaciones para la fase de construcción.

3.1.5. Fase de construcción

El cronograma previsto para la construcción del proyecto indica una duración de 7 meses, considerando 4 meses de trabajos de movimientos de tierra y 3 meses de trabajos en la vía férrea.

3.1.5.1. Actividades Las actividades a desarrollar en la fase de construcción serán:

a) Movimientos de tierra: se desarrollarán trabajos de excavación y de rellenos para nivelación del suelo (sólo en zona de línea férrea, área de acumulación de caliche y piscina de agua).

Las excavaciones se ejecutarán hasta alcanzar las cotas requeridas para la construcción del sello ferroviario y piscina de regadío. El relleno se colocará en capas horizontales uniformes que irán superponiéndose en forma pareja. El material se extenderá uniformemente, evitando la formación de acumulaciones innecesarias.

El total de material a remover se estima en 30.000 m', se utilizará para relleno y será suministrado en camiones desde canteras de zonas de explotación actual.

b) Construcción de la línea férrea: la construcción se iniciará con el emparejamiento del terreno. Luego se realizará el trazado topográfico de la línea, su demarcación y el traslado de los materiales (rieles y durmientes a los frentes de avance), los que serán instalados sobre el terreno por cuadrillas de afianzamiento de durmientes al terreno y de tendido de rieles sobre ellos. Una vez tendido, se procederá a realizar la alineación y nivelación de los rieles a través de un carro de avance que realiza la calibración de la línea y porta el generador y máquina de soldar con el que se afianza definitivamente la línea férrea.

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c) Construcción de las zonas de apilamiento de caliche: para esto se preparan lugares planos a cada costado de la línea férrea en donde pueda operar la maquinaria.

d) Construcción de la piscina de agua industrial: para la construcción de la piscina de agua industrial de 800 m?, se requerirá de una superficie de 864 m?, cubierta con liner de HDPE de 1 mm y geotextil. La piscina se abastecerá de agua industrial desde los estanques (3) de 3.400 mY existentes en las instalaciones de Pedro de Valdivia. Para mayores antecedentes ver numerales 1.5, 1.6 y Anexo AD-3 del Adenda 1 de la DIA y numeral 1.1 del Adenda 2 de la DIA.

e) Caminos: se contemplan nuevos caminos internos de servicio, los cuales se construirán de acuerdo al avance de las faenas (plan de explotación minero). Cada camino tendrá una extensión máxima estimada de 7,38 km con un ancho de 10 m. Para mayores antecedentes ver numeral 1.17 del Adenda 1 de la DIA.

3.1.5.2. Abastecimiento y suministro de insumos

a) Agua potable: se requerirá de 10 m*/día de agua potable para una dotación de 100 personas. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.1y 1.8 del Adenda 2 de la DIA

b) Agua industrial: se requerirán 600 m“día de agua industrial, considerando 500 m*/día necesarios para el riego de caminos. El agua será suministrada a través de camiones aljibes, desde los estanques existentes en la faena de Pedro de Valdivia. El consumo de agua industrial no implica un aumento del actual consumo de agua de las operaciones de Pedro de Valdivia, sólo se redistribuirá el insumo en la nueva área de mina. Mayores antecedentes se presentan en el numeral |.1 del Adenda 2 de la DIA y Tabla AD-3 del Adenda 2 de la DIA.

c) Combustible: se requerirán 30 m? semanales de combustible para los generadores, vehículos y maquinaria. El abastecimiento de combustible a maquinaria se efectuará con equipos móviles (camiones expendedores de combustibles) dentro del polígono del proyecto. Las medidas de control y contingencias ante eventuales derrames de combustibles se adjuntan en el Anexo AD-8 del Adenda 1 de la DIA. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.11 del Adenda 1 de la DIA y numeral 1.5 del Adenda 2 de la DIA.

d) Materiales: se requerirán materiales tales como durmientes, rieles, liner, geotextil, en las cantidades señaladas en la Tabla AD-2 del Adenda 1 de la DIA. Además se requerirá de áridos y hormigón proveniente de proveedores autorizados (numeral 1.18 del Adenda 1 de la DIA).

e) Transporte: el transporte tanto de materiales como de insumos no formará parte del proyecto.

f) Energía: se requerirá un generador de 200 kVA, cuya operación se estima en 3 horas diarias con un consumo de 120 litros en promedio diario de combustible.

9) Maquinarias y vehículos: se requerirá de wheel dozer, motoniveladora, camión y camión pluma.

Para mayores antecedentes, ver numeral 2.3.3 del Capítulo 2 de la DIA, Tabla DP-1 del Capítulo 2 de la DIA, y numerales 1.5, 1.6, 1.11, 1.17 y 1.18 del Adenda 1 de la DIA. El almacenamiento de los insumos para la fase de construcción se presenta en la Tabla AD-3 del Adenda 1 de la DIA.

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Gobierno de Chile 3.1.6. Fase de operación

La operación del proyecto considera la explotación de caliche en la nueva zona de mina, mineral que sustentará parte de la producción de las actuales Plantas de Pedro de Valdivia. Es importante recalcar que las operaciones actuales de extracción de caliche serán trasladadas a esta nueva área mina, lo que significa que no existirá aumento de equipos ni insumos en relación a los utilizados actualmente en la explotación de caliche ni tampoco existirá aumento en la tasa de extracción. En otras palabras, incorporándose esta nueva área de mina se mantienen todas las características de la operación actual de la faena de Pedro de Valdivia.

3.1.6.1. Actividades

a) Proceso de extracción de caliche: el proyecto considera la explotación de caliche a una tasa máxima de 13 millones de ton/año. Los procesos de extracción, carguío y transporte del caliche serán idénticos a los actuales:

  • Remover superficialmente la “sobrecarga” (material con bajo porcentaje de caliche, hasta una profundidad de 5 m) mediante tractores pechadores, los que depositarán esta sobrecarga (estéril) al costado de las zonas de extracción, en sectores próximos ya explotados o carentes de mineral, o en canteras.

  • Fragmentar el caliche mediante el uso de explosivos.

  • Carguío del caliche en los frentes de explotación, utilizando cargadores frontales o retroexcavadora.

e Transporte de caliche, a través de camiones, desde los frentes de explotación hacia las zonas de apilamiento cercanas al punto final de la línea férrea, donde se descarga y acopia el caliche.

  • Carguío del caliche en las zonas de apilamiento, utilizando cargadores frontales o maquinaria similar. Se cargará el tren, para finalmente transportar el caliche hasta la planta de procesamiento de caliche en Pedro de Valdivia.

Para mayores antecedentes de los procesos, se presenta la Figura DP-2 del Capítulo 2 de la DIA y numeral 1.4 del Adenda 1 de la DIA.

b) Instalaciones de faenas: se utilizarán las mismas instalaciones actuales de la operación minera de Pedro de Valdivia.

c) Caminos: se contemplan nuevos caminos internos de servicio, los cuales se construirán de acuerdo al avance de las faenas (plan de explotación minero). Cada camino tendrá una extensión máxima estimada de 7,38 km con un ancho de 10 m. Para mayores antecedentes ver numeral |.17 del Adenda 1 de la DIA.

d) Polvorín y tronaduras: en las actividades de explotación minera no se modifica el actual método de tronadura y carga de explosivos utilizados en Pedro de Valdivia. Por consecuencia, las instalaciones de polvorines no se modifican y continúa su servicio para esta nueva área de mina. Para mayores antecedentes ver numeral lIl.4 del Adenda 1 de la DIA.

e) Mantenciones: las mantenciones a equipos y maquinarias se realizarán en lugares debidamente habilitados, fuera del área del proyecto, tal como se realiza actualmente.

3.1.6.2. Abastecimiento y suministro de insumos

a) Agua potable: no hay consumo adicional respecto del empleado en la operación actual, ya que no se requiere de personal adicional.

b) Agua industrial: se requerirán de 800 m*/día de agua industrial. El agua industrial que se utilizará en la faena minera de la nueva zona mina, será la misma que

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actualmente se utiliza en las zonas de mina de Pedro de Valdivia. Por lo tanto, este proyecto no genera un consumo adicional de agua industrial. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.1. del Adenda 2 de la DIA y Tabla AD-3 del Adenda 2.

c) Combustible: se requerirán 1.040 m/año de combustible, asociado al consumo adicional que tendrá el ferrocarril en el tramo asociado al proyecto. Dicho abastecimiento se realizará por medio de un camión surtidor el cual se abastece desde estación de la servicio de combustible existente en Pedro de Valdivia.

d) Nitrato de amonio: no hay consumo adicional respecto de lo requerido en la operación actual. El suministro de nitrato de amonio utilizado para las tronaduras en el nuevo sector de mina se realizará por medio de camiones desde Antofagasta, Mejillones y/o Calama hasta el polvorín autorizado en Pedro de Valdivia, y a través de empresas acreditadas para este fin (venta, traslado y manejo de insumos para explosivos).

e) Transporte: el transporte tanto de materiales como de insumos no formará parte del proyecto.

f) Energía: se requerirá de dos equipos electrógenos 80 KVA, para proporcionar la energía necesaria para la iluminación. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.2 del Adenda 1 de la DIA.

g) Maquinarias y vehículos: la maquinaria y vehículos corresponde a la misma que opera actualmente en Pedro de Valdivia. El almacenamiento de los insumos para la fase de construcción se presenta en la Tabla AD-3 del Adenda 1 de la DIA.

Para mayores antecedentes ver, numeral 2.4 del Capítulo 2 de la DIA y numerales |.5, 1.6, 1.11 y 1.17 del Adenda 1 de la DIA.

3.1.7. Fase de cierre

En términos de objetivos específicos, el plan de cierre se desarrollará para minimizar los riesgos y peligros a la salud y seguridad pública, así como al medio ambiente, y además minimizar los requerimientos de mantenimiento de post-cierre.

3.1.7.1. Lineamientos generales del plan de cierre

Los lineamientos generales que aplica a las actividades, corresponden a medidas y acciones asociadas a:

e Restringir/limitar el acceso a las instalaciones cerradas, especialmente en lo que se refiere a las áreas explotadas (señalización).

e Planificar el destino de las estructuras operativas físicas, tanto de las que se vayan a reciclar in situ en función de alternativas de uso posterior, como de las que se vayan a desmontar.

Las obras remanentes de la operación, específicamente la línea férrea, quedarán en el sitio, y para cada una de ellas se han definidos acciones y medidas que permitan su estabilidad en el largo plazo. Al respecto, las medidas que se han definido para garantizar la estabilidad en el largo plazo son:

-Para la sobrecarga: quedará depositada en sectores ya explotados o carentes de mineral, procediendo a la estabilización de taludes en caso necesario.

-Para los accesos: al momento de quedar las zonas de mina, se cerrarán todos los accesos. Además, se instalarán las señalizaciones correspondientes.

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En general, se realizará un análisis de riesgo y se definirá si se requieren medidas adicionales como por ejemplo el retiro de infraestructura.

Mayores antecedentes se presentan en el Capítulo 2.5 de la DIA, 3.1.7.2. Abastecimiento y suministro de insumos

a) Agua potable: no hay consumo adicional respecto del empleado en la operación actual, ya que no se requiere de personal adicional.

b) Agua industrial: se consumirá agua industrial para el regadío de caminos, 100 m'/día. El agua será suministrada desde la faena Pedro de Valdivia, por lo que no significará un aumento de lo actualmente utilizado.

c) Combustibles: será necesario 1 m? de combustibles para el funcionamiento de maquinaria.

El almacenamiento de los insumos para la fase de construcción se presenta en la Tabla AD-3 del Adenda 1 de la DIA. Mayores antecedentes se presentan en la Tabla AD-2 de la DIA y numeral !.1 de la Adenda 2 de la DIA.

3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto

3.2.1. Emisiones atmosféricas

a) Fase de construcción

Durante esta fase se generarán emisiones fugitivas de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases de combustión de motores (camiones y maquinaria), asociadas a las actividades de movimientos de tierra o excavaciones, tránsito de camiones y de vehículos por caminos no pavimentados, operación de maquinaria y operación de

grupos electrógenos.

Para cuantificar las emisiones se utilizó la metodología sugerida por la US EPA, “Compilation of Air Pollutant Emission Factors”, AP-42, Quinta Edición, específicamente en los Capítulos 11 y 13 de esta edición.

Las emisiones máximas producto de estas actividades, se presentan en la Tabla 1 entregada a continuación, contemplando las medidas de abatimiento:

Tabla 1: Estimación de emisiones de material particulado y gases.

MP10 MP2,5 NOx [ej0) SOx Total (kg/día) 34,61 4,44 19,84 3,82 0,66

Para mayores antecedentes, ver numeral 3.3.1 del Capítulo 3 de la DIA y Anexo AD-14 del Adenda 1 de la DIA.

Para el control de las emisiones del proyecto, durante ésta y el resto de las fases del proyecto (operación y cierre), se ejecutarán las siguientes medidas:

e Los caminos internos de servicio serán humectados a través de un camión aljibe con eficiencia de control del 75%.

  • Los caminos internos de servicio se mantendrán en todo momento en buen estado a fin de facilitar el tránsito de vehículos.

  • La carga de los camiones, vagones de tren y/o vehículos utilizados para el transporte de material sólido que pueda generar emisiones, será tapada con lona u otra medida de contención de emisiones atmosféricas.

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  • Los equipos, maquinaria y vehículos se mantendrán con su mantención óptima y al día.

e Las zonas de carga y descarga de materiales, excedentes e insumos se mantendrán humectadas.

  • La velocidad máxima de tránsito de los vehículos en las distintas áreas del proyecto será de 30 km/h.

e En las instalaciones de faenas estará prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (madera, papeles, hojas o desperdicios de cualquier

tipo).

Para mayores antecedentes, ver página 4 del Capítulo 4 de la DIA, numeral 1.17 del Adenda 1 de la DIA y numeral 1.1 del Adenda 2 de la DIA.

b) Fase de operación

Durante esta fase, las emisiones a la atmósfera corresponderán principalmente a emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases de combustión, asociadas a las actividades de movimiento de material durante la faena minera (remoción de sobrecarga, perforación, explosiones, tronaduras, movimiento de material de sobrecarga y carga, transporte y deposición del caliche) y transporte a través de ferrocarril.

Es importante señalar que la única actividad que se incorpora como parte de las nuevas actividades de la explotación de la nueva zona de mina, son las emisiones atmosféricas del transporte del caliche por ferrocarril en un tramo de 10 kilómetros. Esto significa que las actividades actuales de operación de la mina, son las mismas, utilizando los mismos equipos, teniendo el mismo nivel de actividad y por consecuencia, no variará la tasa de emisión actual, ya contenida en la línea de base.

Las emisiones máximas producto de estas actividades, se presentan en la Tabla 2 entregada a continuación, contemplando las medidas de abatimiento:

Tabla 2: Estimación de emisiones de material particulado y gases. MP10 MP2,5 NOx co SOx Total (kg/día) 59,29 54,55 296,51 30,23 22,52

Para mayores antecedentes, ver numeral 3.3.2 del Capítulo 3 de la DIA y Anexo AD-7 del Adenda 2 de la DIA.

Para el control de dichas emisiones, durante la fase de operación, se mantendrán todas las medidas propuestas para la fase de construcción.

c) Fase de cierre

Las emisiones generadas durante esta fase son principalmente del tipo material particulado (PM10), asociado al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, estimándose poco significativas en comparación con las emisiones de la fase de operación. No obstante, se mantendrán todas las medidas propuestas para la fase de

construcción. 3.2.2. Emisión de ruido a) Fase de construcción

Las emisiones sonoras y vibraciones de esta fase serán de tipo discontinuas, principalmente asociadas al funcionamiento de maquinaria motorizada, tránsito de camiones pesados y livianos, entre otros, requeridos principalmente para la construcción de la extensión de la línea férrea. El proyecto generará emisiones sonoras

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del orden de 92,7 dB, las cuales se proyectaron en el sector del campamento Pedro de Valdivia emplazado a aproximadamente 23 km al norte del proyecto, arrojando un valor de inmisión máximo de 0,5 dB. Dicho valor se emitirá en una zona rural en horario diurno y nocturno, por lo que no superará los límites máximos permisibles establecidos

por la normativa.

Por otra parte, se hace necesario aclarar que el campamento de Pedro de Valdivia está cerrado, es decir, no está siendo habitado en la actualidad, por lo que la localidad más cercana es María Elena, emplazada a aproximadamente 45 km al norte del proyecto.

Para mayores antecedentes ver, numeral 3.6 del Capítulo 3 de la DIA, numeral IV.1. del Adenda 2 de la DIA.

b) Fase de operación

Las emisiones sonoras y vibraciones de esta fase estarán principalmente asociadas a la explotación de la zona de mina (tronadura, funcionamiento de maquinaria motorizada, tránsito de camiones pesados y livianos), y transporte de caliche en ferrocarril; estimándose una generación máxima del orden de 102,8 dB, las cuales se proyectaron en el sector del campamento Pedro de Valdivia, arrojando un valor de inmisión máximo de 3,8 dB. Dicho valor se emitirá en una zona rural en horario diurno y nocturno, por lo que no se superarán los límites máximos de emisión permitidos. Para mayores antecedentes ver, numeral 3.6 del Capítulo 3 de la DIA y numeral |V.1 del Adenda 2 de la DIA.

Cc) Fase de cierre

Durante esta fase sólo se emitirán emisiones sonoras asociadas al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, estimándose poco significativas en comparación a la fase de operación y con un manejo similar a la de la fase de construcción.

Mayores antecedentes se presentan en el numeral 3.6 del Capítulo 3 de la DIA. 3.2.3. Residuos líquidos a) Fase de construcción

Durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos de carácter doméstico e industrial (RlLes), que corresponderán a:

  • Un máximo de 8 m'/día aguas servidas que serán dispuestas en baños químicos. Los residuos líquidos serán retirados en su totalidad por una empresa autorizada, para su disposición en lugares autorizados.

  • RiLes provenientes del lavado de maquinaria (180 m*/mes). Los residuos serán enviados a una poza desripiadora impermeabilizada, en la cual se separará el agua de los sólidos. Las aguas serán reutilizadas y los sólidos (lodo compuesto por sales y sedimentos inertes) serán retirados por una empresa autorizada. Sin embargo, se aclara que no se generarán RlLes distintos en cantidad y características a los que se generan actualmente por el lavado de maquinaria.

Para mayores antecedentes, ver numeral 3.4.1 del Capítulo 3 de la DIA, numeral 1.8 del Adenda 1 de la DIA, y numeral 1.1.3 del Adenda 2 de la DIA.

b) Fase de operación

Durante esta fase el único efluente líquido generado por el proyecto corresponderá a aguas servidas de tipo doméstico. Al respecto, se aclara que el proyecto no generará

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efluentes líquidos adicionales a los generados en la actualidad, pues no se considera contratar personal adicional.

Para contar con servicios sanitarios en terreno, y debido a que el personal se va trasladando en la medida que la explotación de la nueva zona de mina va avanzando, se instalarán baños químicos, de la misma forma que se ha realizado en los distintos frentes de trabajo hasta ahora, cubriendo las distancias establecidas en el artículo 24 del D.S 594/99 Modificado por D.S. 201/01 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en lugares de trabajo.

Para mayores antecedentes, ver numeral 3.4.2 del Capítulo 3 de la DIA y numeral 1.7 del Adenda 1 de la DIA.

c) Fase de cierre Sólo se generarán residuos líquidos de carácter doméstico, los que corresponderán a

un máximo de 1,5 m'/día, que serán manejados de igual forma que en la fase de construcción. Para mayores antecedentes, ver numeral 3.4.3 del Capítulo 3 de la DIA.

3.2.4, Residuos sólidos

Durante las fases del proyecto se generarán residuos de domésticos, no peligrosos y peligrosos.

a) Fase de construcción

Tabla 3: Generación de residuos sólidos durante la fase de construcción.

Tipo Cantidad Descripción | Frecuencia | Disposición final de retiro Domiciliario | 1,1 ton/mes Restos de | 3 veces por | Vertedero comida, semana autorizado o relleno plásticos, sanitario María papeles, Elena emplazado a cartones, 53 km del proyecto. vidrio. No 1,0 ton/mes Restos de | Según Patio de salvataje de Peligrosos madera, generación | Maria Elena escombros, (Mancha 16), de restos de propiedad del titular, concreto, emplazado a 36 km alambres. (Res. N* 5938/2002 del Servicio de Salud de Antofagasta) y posterior reutilización, reciclaje lo) disposición final autorizada.

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Tipo Cantidad Descripción | Frecuencia | Disposición final de retiro

Peligrosos 0,2 ton/mes Baterías, Según Patio de tambores, generación | almacenamiento aserrín, EPP y temporal en Pedro paños de Valdivia (Res. contaminados N* 3106/2009) y con posterior transporte hidrocarburos, y disposición en sitio envases de final a través de una aerosoles, empresa autorizada. residuos lumínicos.

Residuos de | 30.000m* Material de |- La totalidad del

movimiento descarte material se

de tierra resultante por extenderá actividades de uniformemente en la movimiento de zona de tierra. construcción, — para

ajustar la topografía (nivelar).

Adicionalmente, se generarán escombros de construcción en una cantidad máxima de 1 ton/mes, y residuos de sobrecarga estimados en 250.000 ton/mes, los cuales se depositarán al costado de las zonas de extracción o en canteras.

Para mayores antecedentes, ver numeral 3.5.1 del Capítulo 3 de la DIA, numeral |. 9

del Adenda 1 de la DIA y numeral 1.4.1 del Adenda 2 de la DIA.

b) Fase de operación

Respecto a la fase de operación, se aclara que no se generarán residuos adicionales a los que genera la operación actual. Sin embargo, a modo de referencia se presenta la estimación de residuos.

Tabla 4: Generación de residuos sólidos durante la fase de operación.

Tipo Cantidad Descripción Frecuencia | Lugar de de retiro disposición final Domiciliario | No se Restos de | 3 veces por | Vertedero autorizado generarán comida, semana o relleno sanitario residuos plásticos, María Elena adicionales a | papeles, emplazado a 53 km la cartones, del proyecto. operación vidrio. actual (65 ton/año)

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Tipo Cantidad Descripción Frecuencia | Lugar de de retiro disposición final No No se Restos de | Según Patio de salvataje de Peligrosos generarán madera, generación | Maria Elena residuos escombros, (Mancha 16), de adicionales a | restos de propiedad del titular, la concreto, emplazado a 36 km operación alambres. (Res. N 5938/2002 actual (210 del ton/año) Servicio de Salud de Antofagasta) y posterior reutilización, reciclaje lo) disposición final autorizada. Peligrosos No se Baterías, Según Patio de generarán tambores, generación | almacenamiento residuos aserrín, EPP y temporal en Pedro adicionales a | paños de Valdivia (Res. la contaminados N 3106/2009) y operación con posterior transporte actual (65 | hidrocarburos, y disposición en sitio ton/año) envases de final a través de una aerosoles, empresa autorizada. residuos lumínicos.

Para mayores antecedentes, ver numeral 3.5.2 del Capítulo 3 de la DIA, numeral 1.9 del Adenda 1 de la DIA y numeral 1.1.4 del Adenda 2 de la DIA.

c) Fase de cierre

Tabla 5: Generación de residuos sólidos durante la fase de cierre.

Tipo Cantidad Descripción Frecuencia | Lugar de de retiro disposición final

Domiciliario | 1,1 ton/mes | Restos de | 3 veces por | Vertedero comida, semana autorizado o relleno plásticos, sanitario María papeles, Elena emplazado a cartones, 53 km del proyecto. vidrio.

No 0,5 ton/mes | Restos de | Según Patio de salvataje

Peligrosos madera, generación |de Maria Elena escombros, (Mancha 16), de restos de propiedad del titular, concreto, emplazado a 36 km alambres. (Res. N” 5938/2002

del Servicio de Salud de

Antofagasta) y posterior reutilización, reciclaje (e) disposición final autorizada.

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Para mayores antecedentes, ver numeral 3.5.3 del Capítulo 3 de la DIA, numeral 1.9 del Adenda 1 de la DIA y numeral 1.1.4 del Adenda 2 de la DIA.

  1. Que, el titular deberá ejecutar las siguientes medidas:

4.1. Componente fauna

Un especialista en fauna silvestre, contratado por el titular, deberá realizar una inspección mensual durante todo el periodo reproductivo (septiembre a febrero) de la especie Larus modestus, previo al inicio de cualquier obra o actividad que se ejecute en el área del proyecto, es decir, cada vez que se explote un área de mina del proyecto o se ejecuten actividades asociadas a la habilitación de la infraestructura necesaria para la explotación, la zona será inspeccionada previamente.

En el caso de detectar la presencia de nidificación de la especie, se deberá definir una zona de resguardo.

Estas zonas de resguardo, se mantendrán mientras exista nidificación. Adicionalmente, y como medida de protección del hábitat durante los periodos en los cuales no nidifica la gaviota, no se utilizará estas áreas durante 3 años consecutivos en los cuales se asegure que no existen indicios de nidificación.

La zona de resguardo a establecer por el titular, deberá ser definida de acuerdo al criterio establecido durante la evaluación ambiental, esto es, a 800 metros del nido, criterio presentado en Adenda 2 por el titular y que no fue cuestionado por los servicios.

El titular deberá enviar a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y al SAG, un informe donde al menos describa lo siguiente: a) coordenadas en UTM Datum WGS-84 de los vértices del o las áreas clasificadas como de resguardo para la nidificación de L. modestus; b) mecanismo de restricción de acceso a la zona de resguardo; c) sistema de monitoreo de la reproducción en la zona de resguardo.

Adicionalmente se generará un plan de manejo respecto a fauna (principalmente zorros y perros) que son los principales depredadores de la gaviota garuma. Este plan incluirá medidas respecto al adecuado manejo de basura doméstica en los frentes de trabajo y sobre la prohibición de alimentar a estos animales.

4.2, Otras consideraciones

Entregar anualmente la ubicación exacta de las instalaciones y obras del proyecto, en función de las definiciones del plan de explotación minero.

Se llevará un registro que contenga la información de la humectación, la cual estará disponible para la Autoridad Sanitaria, para verificar el cumplimiento de dicha medida en la etapa de seguimiento y fiscalización.

Una vez iniciado el proyecto se remitirá a la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, un resumen identificando los proveedores de áridos y hormigón, el total de material suministrado por cada uno ellos y copia de la Resolución Exenta Vigente de dicho Ministerio que autoriza a dicho proveedor a extraer árido de una determinada superficie fiscal. Se adjuntará mensualmente una copia de las órdenes de compras correspondientes a cada uno de los proveedores tanto de la extracción de áridos como de hormigón. Y se indicarán las coordenadas del yacimiento de extracción de áridos

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Se prohibirá la mantención y alimentación de perros y/o zorros en los frentes de trabajo durante la duración del mismo.

Se utilizarán contenedores cerrados herméticamente para almacenar los residuos domiciliarios hasta que sean debidamente retirados por una empresa autorizada, para evitar atraer algunas especies de fauna.

Se llevará un registro de retiro de todos los residuos sólidos que generará el proyecto.

El titular solicitará a la Dirección Regional de Vialidad las autorizaciones correspondientes en el caso de transportar equipos con sobredimensión y/o sobrepeso.

El titular entregará a la Dirección Regional de Vialidad de Antofagasta, la solución vial de conexión a caminos públicos desde las obras del proyecto en caso de requerir construcción de accesos, de acuerdo a lo establecido en el D.V. N*232/02, y una vez obtenida dicha autorización (en caso de requerirla), se enviará una copia a la Superintendencia del Medio Ambiente, previo a la etapa de construcción del proyecto.

El titular realizará una inducción arqueológica al personal que ejecutará las obras, tanto a los trabajadores de la empresa y/o subcontratistas, en que se informe sobre las características de los sitios arqueológicos de la zona y material cultural que presentan, con ilustraciones o fotografías, la protección legal que presentan, y los procedimientos a seguir frente a su hallazgo durante las labores del proyecto. Esta actividad deberá ser realizada por un arqueólogo. Una vez finalizada la actividad se deberá enviar al Consejo de Monumentos Nacionales, el acta de asistencia y los contenidos de la presentación.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia” requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 76, 88, 90 y 96 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Al respecto, se indica lo siguiente:

El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 76, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), fue informado favorablemente por el Consejo de Monumentos Nacionales, condicionado a lo establecido en el ORD. 3745 de fecha 03 de octubre de 2013.

El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 88, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), fue informado favorablemente por la Dirección Regional del Servicio Nacional de Geología y Minería de la Región de Antofagasta.

El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 90, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), fue informado favorablemente por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 96, fue informado favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Antofagasta, para el cambio de uso de suelo por una superficie total de 125,5 m?, condicionado a que se deberán precisar las coordenadas en

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donde se emplazarán las construcciones, una vez que se cuente con la ingeniería de detalle.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características

y circunstancias.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando ésta lo solicite, y facilitando la información y documentación que ésta requiera para el buen desempeño de sus funciones.

  2. Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas por ésta.

  3. Que, para que el proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo fiscalizador que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, con copia a la Superintendencia del Medio Ambiente, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.

  6. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.

  7. Que, esta Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse sobre los aspectos ambientales del proyecto, por lo cual su decisión no es vinculante con cualquier trámite posterior destinado a la obtención del terreno para que el proyecto se pueda ejecutar.

  8. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

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RESUELVE:

  1. CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia”, presentado por SQM Industrial S.A.

  2. DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.

  3. CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Nueva Zona de Mina Pedro de Valdivia”, cumple con la normativa de carácter ambiental, incluido los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N” 76, 88, 90 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.

Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.

Región de Antofagasta

ucrao Edic / CAU / CFB Teto: Distribución: Proponente. Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente proyecto. Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

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