Evaluación SEA

Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías

Rol 7218750
SEA · DIA · Aprobado · 2012-08-14 · Región de Atacama · Vicuña Chile SpA.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN III REGIÓN DE ATACAMA

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías", presentada por el Señor Pablo Mir Balmaceda, en representación de Frontera Chile Ltda., con fecha 14 de Agosto de 2012.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N Por Frontera Chile Ltda., con fecha 14/08/2012

Test de admisión S/N Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 14/08/2012

Oficio solicitud de evaluación DIA Nº364 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 14/08/2012

Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº221 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 01/10/2012

Adenda S/N Por Frontera Chile Ltda., con fecha 24/01/2013

Solicitud de evaluación de adenda Nº56 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 25/01/2013

Adenda S/N Por Frontera Chile Ltda., con fecha 17/05/2013

Solicitud de evaluación de adenda Nº254 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 17/05/2013

Califica Ambientalmente el proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías"

Resolución Exenta Nº 192

Copiapó, 02 de Septiembre de 2013 Resolución de ampliación de plazo Nº124 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 28/05/2013

Adenda S/N Por Frontera Chile Ltda., con fecha 09/08/2013

Solicitud de evaluación de adenda Nº389 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 09/08/2013

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio Nº868 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 23/08/2012; Oficio Nº86-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 27/08/2012; Oficio Nº280 sobre la DIA, por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 28/08/2012; Oficio Nº622 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 28/08/2012; Oficio Nº8619 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 29/08/2012; Oficio Nº3493 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 30/08/2012; Oficio Nº855 sobre la DIA, por SEREMI MINVU, Región de Atacama, con fecha 31/08/2012; Oficio Nº678 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 31/08/2012; Oficio Nº190 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 31/08/2012; Oficio Nº542 sobre la DIA, por DGA, Región de Atacama, con fecha 31/08/2012; Oficio Nº300 sobre la DIA, por CONADI, Región de Atacama, con fecha 31/08/2012; Oficio Nº601 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 31/08/2012; Oficio Nº1304 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 31/08/2012; Oficio Nº704 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 31/08/2012; Oficio Nº685 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 31/08/2012; Oficio Nº613 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 03/09/2012; Oficio Nº390 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 03/09/2012; Oficio Nº2321 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 04/09/2012; Oficio Nº1669/2012 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 07/09/2012; Oficio Nº86 sobre la Adenda 1, por DOH, Región de Atacama, con fecha 28/01/2013; Oficio Nº81 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 31/01/2013; Oficio Nº1181 sobre la Adenda 1, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 06/02/2013; Oficio Nº90 sobre la Adenda 1, por DGA, Región de Atacama, con fecha 06/02/2013; Oficio Nº142 sobre la Adenda 1, por SAG, Región de Atacama, con fecha 06/02/2013; Oficio Nº97 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 06/02/2013; Oficio Nº368 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 07/02/2013; Oficio Nº34 sobre la Adenda 1, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 08/02/2013; Oficio Nº109 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 08/02/2013; Oficio Nº20-EA/2013 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 08/02/2013; Oficio Nº82 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 08/02/2013; Oficio Nº160 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 11/02/2013; Oficio Nº330 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 19/02/2013; Oficio Nº77 sobre la Adenda 1, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 20/02/2013; Oficio Nº00 sobre la Adenda 1, por CONADI, Región de Atacama, con fecha 25/02/2013; Oficio Nº414 sobre la Adenda 2, por SAG, Región de Atacama, con fecha 29/05/2013; Oficio Nº4992 sobre la Adenda 2, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 31/05/2013; Oficio Nº367 sobre la Adenda 2, por DGA, Región de Atacama, con fecha 03/06/2013; Oficio Nº00 sobre la Adenda 2, por CONADI, Región de Atacama, con fecha 11/06/2013; Oficio Nº1193 sobre la Adenda 2, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 12/06/2013; Oficio Nº594 sobre la Adenda 3, por SAG, Región de Atacama, con fecha 19/08/2013; Oficio Nº608 sobre la Adenda 3, por DGA, Región de Atacama, con fecha 19/08/2013; Oficio Nº1669 sobre la Adenda 3, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 22/08/2013;

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías', han sido invitados a participar, coordinados por el Servicio de Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

CONADI, Región de Atacama Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobierno Regional, Región de Atacama Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla SAG, Región de Atacama SEREMI Agricultura, Región de Atacama SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SEREMI Minería, Región de Atacama SEREMI MINVU, Región de Atacama SEREMI Salud, Región de Atacama SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Desarrollo Social SEREMI de Energía, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama SERNAPESCA, Región de Atacama SERNATUR, Región de Atacama Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

Oficio no participación en la evaluación Nº1005 Por SERNAPESCA, Región de Atacama, con fecha 22/08/2012

Oficio no participación en la evaluación Nº68 Por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 28/08/2012

  1. El Acta de Comité Técnico Nº 27, Región de Atacama, de fecha 27.08.2013.

  2. La Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 29.08.2013.

  3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías".

  4. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías".

  2. Que, el derecho de Frontera Chile Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías" consiste en:

3.1.1 Antecedentes del Titular.

Titular: Frontera Chile Ltda. Domicilio: Avenida Andrés Bello N°2711, piso 8, Santiago. Representante Legal: Pablo Mir Balmaceda Domicilio: Avenida Andrés Bello N°2711, piso 8, Santiago.

3.1.2 Monto de Inversión.

US $20.000.000

3.1.3 Vida útil.

4 años, 4 campañas de 7 meses cada una.

3.1.4 Mano de Obra.

Tabla N° 1: Mano de Obra del Proyecto ETAPA MANO DE OBRA CONSTRUCCIÓN 6 personas OPERACIÓN 50 personas ABANDONO 10 personas Fuente: Elaboración Propia.

3.1.5. Superficie.

148.25 ha. En la siguiente Tabla se presenta las superficies que contempla el Proyecto:

Tabla N° 2: Superficies del Proyecto SECTOR SUPERFICIE (ha) Camino existente 6,136 Camino Nuevo 0,092 Mejora 1 Camino Existente 0,002 Mejora 2 Camino Existente 0,002 Mejora 3 Camino Existente 0,002 Mejora 4 Camino Existente 0,002 Campamento 0,5 Prospecciones 141,5 Total 148,25 Fuente: Tabla 2.2-2, Capítulo 2, DIA.

3.1.6 Objetivo

Realizar un programa de prospección minera correspondiente a 200 sondajes, para identificar, caracterizar y delimitar manifestaciones anómalas de oro y cobre.

3.1.7 Localización.

Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó. Las coordenadas de la zona de prospección y el campamento del Proyecto, se presenta en la siguiente tabla:

Tabla N° 3: Coordenadas del Proyecto OBRA VÉRTICE COORDENADAS UTM WGS 84 ESTE NORTE Área de prospección A 434.400 6.848.000 B 434.778 6.848.000 C 435.071 6.846.200 D 434.400 6.846.200 Campamento Maranceles 428.900 6.851.600 Fuente: Tabla 2.2-1, Capítulo 2, DIA.

En el Anexo I de la DIA, el Proponente presenta los planos de las obras que contempla el Proyecto, el cual es complementado por el Anexo I y Anexo II del Adenda 1 y Anexo I del Adenda 2, adjuntando los archivos .kmz con las obras del Proyecto y caminos existentes.

1.8 Vías de Acceso

El acceso hasta el campamento Maranceles se realiza desde la ciudad de Copiapó tomando la ruta C-35 hasta el sector de Las Juntas y se continúa por la ruta C-453, en el 6 Km., al sureste de la localidad de Iglesia Colorada, luego por la ruta de tierra C-497 y finalmente, por un camino de tierra existente hacia el sector del campamento. La zona de prospección se conecta con el campamento por un camino de 15,57 Km. de distancia. El Proponente presenta en el Anexo I de la DIA, el Mapa I.6, que señala las rutas a utilizar.

3.2 Descripción del proyecto.

3.2.1 Etapa de Construcción

Durante la etapa de construcción, se ejecutarán las siguientes actividades:

a. Instalación de faenas: Comprende la remodelación y ampliación del campamento existente de las campañas de exploración, desde 3.500 m2 a 5.000 m2. El campamento será de tipo modular formado por 17 containers, correspondientes a 7 containers de habitación, 6 de habitación con ducha y baño, 2 de cocina/comedor y 2 de baño completo. Adicionalmente, se instalarán 3 carpas estructurales; 2 serán para almacenamiento de materiales e insumos y 1 para oficina y recreación, según lo dispuesto en el Plano I.2 del Anexo I de la DIA. En la zona de sondajes se instalarán 2 baños químicos, los cuales serán provistos por una empresa autorizada del rubro, que se encargará de su mantención y disposición final semanalmente.

Al respecto, el Proponente aclara en el Adenda 1, que el campamento Maranceles no abastece a otros Proyectos. Además, señala que el mencionado campamento actualmente cuenta con un área nivelada de 5.000 m2, en la cual existe una instalación de faenas con capacidad para 35 personas. Dicha capacidad será aumentada a 50 personas, contemplando el Proyecto la habilitación de equipamiento adicional y remodelación de equipamiento existente; este equipamiento será implementado dentro de los límites actuales del área nivelada para instalación de faenas.

La siguiente Tabla, presenta un cuadro comparativo de la situación actual y proyectada del campamento:

Tabla N° 4: Características Campamento Actual y Proyectado.

CARACTERÍSTICAS SITUACIÓN ACTUAL SITUACIÓN PROYECTADA Capacidad total 35 personas 50 personas Equipamiento Dormitorio (con y sin baño) 6 containers 13 containers Baño completo -- 2 containers Cocina/comedor 2 containers 2 containers Despensa/Bodega/Recreación 2 carpas 3 carpas Área servicios 1 1 () Área carga de combustible 1 1 () Área de acopio 1 1 () Área de estacionamientos 1 1 () Área de maniobras y circulación 1 1 () () Proyecto considera ampliación de área Fuente: Tabla 1, Adenda 1.

b. Construcción y mantención de caminos: 15,34 Km corresponden a un camino existente y 0,23 Km a un camino que será construido. Durante la fase de construcción, se realizarán 4 mejoras al camino existente. Las mejoras consisten en ensanchar el camino de 4 a 8 m para ampliar el radio de giro, según lo señalado en el Mapa I.1 del Anexo I de la DIA. La siguiente Tabla detalla las mejoras consideradas:

Tabla N° 5: Área de Mantención de Caminos

SECTOR LONGITUD (Km) SUPERFICIE (Ha) Camino existente 15,34 6,136 Camino Nuevo 0,23 0,092 Mejora 1 - 0,002 Mejora 2 - 0,002 Mejora 3 - 0,002 Mejora 4 - 0,002 Total 15,57 6,236 Fuente: Tabla 2.3-1, Capítulo 1, DIA.

Se instalará señalética en el acceso y dentro de las instalaciones del Proyecto, que informe el sentido del camino y los límites máximos de velocidad. Además, se instalarán letreros indicativos sobre las faenas y datos de la empresa en los establecimientos contemplados en el Proyecto.

El Proponente señala en el Adenda 1, que el Proyecto no contempla la intervención de cauces continuos o intermitentes, toda vez que los atraviesos de cauces se realizan por caminos ya existentes. En el caso de aquellos sectores del camino que se mejorarán, no se contempla intervención de cursos de agua permanente o intermitente, sino únicamente el mejoramiento en curvas en las que se requiere aumentar el radio de giro.

c. Insumos

  • Energía eléctrica: Para el funcionamiento del campamento, será abastecida por un generador diesel primario con cabina insonora y con capacidad instalada de 100 kVA. Los tendidos serán subterráneos hasta el campamento, controlados en un tablero eléctrico desde el cual saldrán las conexiones a los módulos. No existirán transformadores de corriente.

  • Combustibles: Durante la construcción, se contempla un consumo de 990 l/día de combustible. El consumo unitario de cada una de las maquinarias, se presenta en la Tabla 2.3-1 del Capítulo 1 de la DIA. El petróleo será abastecido por una empresa certificada, mediante camiones aljibe de 10.000 l de capacidad, con una frecuencia de 8 a 10 días. El almacenamiento de petróleo se realizará en 1 camión–estanque de 10.000 l de capacidad, el cual se posicionará sobre un terreno previamente emparejado y cubierto con una geomembrana de 500 micrones de alta densidad con pretiles de al menos 40 cm, además se dejará un espacio cubierto por geomembrana para estacionar vehículos que requieran cargar combustible. Adicionalmente, se contará con un kit para derrame y dos tambores de 200 Kg. de arena. La zona de almacenamiento de combustibles será de acceso restringido, estará debidamente señalizada con prohibición de fumar o prender fuego en un perímetro de 2 m y se colocarán extintores de polvo químico seco de una capacidad de 10 Kg.

  • Maquinaria: Respecto al transporte de equipos y maquinaria pesada, el Proponente señala en el Adenda 1, que ante cualquier tipo de carga sobredimensionada, contará con la autorización de la Dirección de Vialidad, Región de Atacama. Además, aclara que el Proyecto no contempla la construcción, modificación y/o habilitación de caminos públicos.

3.2.2 Etapa de Operación

Durante la etapa de operación, se ejecutarán las siguientes actividades:

a. Muestro de roca y suelo: Muestreo sobre cortes del camino donde se tomarán esquirlas de roca, no más de 2 kg cada tres metros.

b. Sondajes: Realización de 200 sondajes en 4 temporadas. La ubicación de las perforaciones se definirá en función de los resultados que se obtengan a partir del muestreo de roca y suelo y estudios de geofísica. Las muestras se trasladarán diariamente a la localidad de Paipote.

Las plataformas de sondaje serán de 20 x 20 m y serán localizadas en pendientes inferiores a 20% y no se ubicarán cerca de cursos de agua . Las perforaciones se realizarán mediante sondajes del tipo diamantina con recuperación de testigo, serán de 13,7 cm de diámetro y entre 300 y 1000 m de profundidad. Se proyecta la realización de un total de 160.000 m de perforación en el área de prospección (40.000 m de profundidad por temporada).

La cantidad de sondajes que se pueden realizar en paralelo dependerá de la cantidad de perforadoras disponibles, cada perforadora puede realizar un sondaje por vez. El Proponente señala en el Adenda 1, que podría operar hasta 8 perforadoras y por ende ejecutar como máximo 8 sondajes en paralelo.

Los aditivos utilizados para las perforaciones, son derivados de polímeros naturales o aceites vegetales, siendo por lo tanto, de naturaleza biodegradable. El efluente será dispuesto en una zanja o pileta de decantación de 7 m3, emplazada a un costado del sondaje. Para evitar infiltraciones se utilizará en la base un Liner doble de 200 µm dando un espesor de 400 µm. Si es vertido un exceso de lodo o la pileta está saturada, se construirá otra pileta. Posteriormente, se recirculará toda el agua hacia la máquina perforadora, mientras que los residuos generados (200 Kg./día), que corresponden a material fino de la misma roca decantado y seco, serán apilados y almacenados con el material extraído, y utilizados, previo al abandono de cada plataforma de sondaje, para nivelar el terreno. Una vez terminadas los sondajes, las zanjas serán rellenadas con el mismo material, considerando la compactación y restitución de la pendiente original.

El Proponente señala en el Adenda 1, que las labores de prospección asociadas al Proyecto, corresponden única y exclusivamente a sondajes mineros, en ningún caso a exploraciones hídricas de ningún tipo en el sector a que se refiere el Proyecto.

Una vez terminadas las actividades de sondaje y retirada la maquinaria, se retirará el material impermeable sobre la plataforma, para ser dispuesto en un lugar autorizado y se limpiará de todos los residuos que puedan haberse generado durante la actividad.

En el Adenda 2, el Proponente aclara que actualmente no existen plataformas, de terceros o de él, que se encuentren habilitadas en el área de emplazamiento del Proyecto. Existen plataformas habilitadas por terceros desde el año 2000, sin embargo, el Proponente aclara en el citado Adenda, que éstas se consideran solo como una alternativa y no corresponden al método exclusivo de prospección del Proyecto en evaluación. No obstante lo anterior, el Proponente se compromete en el Adenda 2, a que al inicio de cada temporada de prospección, comunicará a la Autoridad las plataformas que se ejecutarán.

El Proponente señala en el Adenda 1, que en caso que se detecten surgencias de agua desde algún sondaje, se dará aviso a la Autoridad y se procederá con el sellado del pozo, al cual se inyectará a través de presión en la parte superior de la perforación, un sello superficial de cemento de rápido fraguado, de modo de detener el flujo de agua e impedir que ésta aflore por la boca del sondaje. Una vez que el cemento esté fraguado, se realizará una perforación a través de este, para que se forme una capa de cemento saliente en todo el perímetro del sondaje, lo que impedirá la entrada de agua. Al terminar la perforación, se sellará el collar del sondaje con cemento en el extremo superior, evitando así el surgimiento de agua desde el sondaje. El sellado final de los sondajes considerará colores diferenciados para aquellos que hayan presentado surgencias.

c. Insumos:

  • Energía Eléctrica: La energía eléctrica necesaria para el funcionamiento del campamento, será abastecida por un generador diesel primario con cabina insonora y con capacidad instalada de 100 kVA. Los tendidos serán subterráneos hasta el campamento, controlados en un tablero eléctrico desde el cual saldrán las conexiones a los módulos. No existirán transformadores de corriente.

  • Combustibles: Durante la operación, se estima un consumo de 4.560 l/día de combustible. El consumo unitario por cada una de las maquinarias se presenta en la Tabla 2.3-3, del Capítulo 2 de la DIA.

El petróleo diesel será abastecido mediante camiones aljibe de 10.000 litros con una frecuencia de 2 días. El almacenamiento de petróleo se realizará en 1 camión–estanque de 10.000 litros de capacidad, el cual se posicionará sobre un terreno previamente emparejado y cubierto con una geomembrana de 500 micrones de alta densidad con pretiles de al menos 40 ´cm, además se dejará un espacio cubierto por geomembrana para estacionar vehículos que requieran cargar combustible. La carga de combustible a las perforadoras, se realizará mediante una camioneta equipada con un estanque de 500 l. Adicionalmente, se contará con un kit para derrame y dos tambores de 200 Kg. de arena. La zona de almacenamiento de combustibles será de acceso restringido, estará debidamente señalizada con prohibición de fumar o prender fuego en un perímetro de 2 m y se colocarán extintores de polvo químico seco de una capacidad de 10 Kg.

  • Aditivos: Los aditivos para los sondajes corresponden a POLY PLUS RD, MAX GEL, SODA ASH, BENTONITA y CAL.

3.2.3 Etapa de abandono

Durante el abandono del Proyecto, se ejecutarán las siguientes actividades:

a. Desmantelamiento de instalaciones, edificios y maquinaria: Se retirarán todas las estructuras habilitadas durante la actividad de instalación de faenas y operación del proyecto. La maquinaria será retirada del área de faena.

b. Desarme de plataformas de sondaje: Terminados los sondajes, las plataformas serán desmanteladas y se dejará un tubo de PVC de 1 m de altura, indicando la ubicación de ellos.

c. Limpieza de las áreas de trabajo: Serán limpiadas, retirando todos los desperdicios remanentes de los lugares ocupados durante la construcción y operación del proyecto, siendo dispuestos en un lugar habilitado.

d. Cierre de accesos y caminos: El acceso al área de prospección será cerrado a través de la instalación de una barrera que impida el tránsito de vehículos por el área.

e. Insumos

  • Energía eléctrica: Será suministrada por un generador con una capacidad instalada de 100 kVA.

  • Combustibles: Durante el abandono, se estima un consumo de 380 l/día de combustible. El consumo unitario por cada una de las maquinarias, se presenta en la Tabla 2.3-4 del Capítulo 2 de la DIA. El petróleo diesel será abastecido mediante camiones aljibe de 10.000 l, con una frecuencia de 15 días. El almacenamiento de petróleo se realizará en 1 camión–estanque de 10.000 l de capacidad, el cual se posicionará sobre un terreno previamente emparejado y cubierto con una geomembrana de 500 micrones de alta densidad con pretiles de al menos 40 cm, además, se dejará un espacio cubierto por la geomembrana para estacionar vehículos que requieran cargar combustible. Adicionalmente, se contará con un kit para derrame y dos tambores de 200 Kg. de arena. La zona de almacenamiento de combustibles será de acceso restringido, estará debidamente señalizada con prohibición de fumar o prender fuego en un perímetro de 2 metros y se colocarán extintores de polvo químico seco de una capacidad de 10 Kg.

3.3 Antecedentes relevantes del Proceso de Evaluación.

3.3.1. Emisiones Atmosféricas

a. Material Particulado: En el Anexo III, de la DIA, el Proponente presentó una Estimación de Emisiones, cuyos valores se presentan en la siguiente tabla:

Tabla N° 6: Resumen Estimación de Emisiones del Proyecto.

ACTIVIDAD MP10 MP2.5 NOx CO CONSTRUCCIÓN Movimiento de tierra – excavaciones 4.87 1.25 Movimiento de tierra – escarpes 25.73 7.57 Tránsito por vías sin pavimentar 64.45 6.44 Operación de maquinaria Off – Road 0.44 0.43 11.06 3.63 Funcionamiento de motores de vehículos 0.01 0.01 0.51 0.13 Operación de grupo electrógeno 2.57 2.49 36.19 7.80 TOTAL (Kg./día) 98.07 18.19 47.76 11.56 OPERACIÓN Movimiento de tierra – escarpes 25.73 7.57 Tránsito por vías sin pavimentar 499.56 49.96 Operación de maquinaria Off-Road 3.99 3.87 76.09 25.90 Funcionamiento de motores de vehículos 0.38 0.35 17.24 4.20 Operación de grupo electrógeno 2.57 2.49 36.19 7.80 Perforaciones 2.41 0.71 TOTAL (Kg./día) 534.64 64.94 129.52 37.89 Fuente: Elaboración Propia.

Se realizó la estimación y modelación del material particulado sedimentable, la cual se presenta en el Anexo VII del Adenda 1. Las concentraciones modeladas, muestran el punto de máximo impacto a los 61 m de la fuente, aportando una concentración horaria de 59,18 µg/m3 de MPS.

Los receptores evaluados corresponden al campamento, el cual se encuentra a 10 m del camino y otros asentamientos humanos identificados cerca del camino ubicado entre el predio de abastecimiento de agua y el campamento, siendo el más cercano ubicado a 60 metros del camino. En el campamento, los aportes corresponden a 16,18 µg/m3.

La humectación de caminos se realizará en la etapa de operación, de acuerdo a las labores de prospección que se realicen. En caso que se ejecuten 3 a 4 perforaciones y/o que el campamento se encuentre en su máxima capacidad (50 personas), se realizará la humectación una vez al día en el camino circundante al campamento. El Proponente mantendrá una ficha de registro donde quedará indicada la fecha y hora de los caminos humectados.

3.3.2 Flora y Vegetación

  • El Proponente presenta en el Anexo III de la DIA, la caracterización del área de estudio para la componente Flora y Vegetación. En dicho informe, se señala que el área de prospección, está desprovista de vegetación. Mientras que en el sector de mejoras de camino, ubicadas entre el campamento y la zona de prospección, existe una muy baja cobertura de vegetación o casi ausente. Se evidenciaron pocos individuos de la especie Stipa chrysophylla, con cobertura insignificante. Respecto del área de emplazamiento del campamento, se caracteriza esencialmente por la presencia de una formación vegetacional de matorral muy abierto en el sector de laderas y una pradera densa en torno a la Quebrada del Marancel, los cuales varían en cobertura y en composición de especies. Se distinguen dos formaciones, correspondientes a matorral muy abierto de la especie Adesmia echinus, acompañada de las especies Adesmia hystrix, Azorella cryptantha, Chaetanthera lycopodioides, Kurzamra pulchella, Mullinum spinosum, Oxalis hypsophila, Perezia purpurata, Senecio Volkmanii y Stipa chrysophylla. La otra formación corresponde a pradera densa de la especie Deyeuxia sp., acompañada de las especies Calandrinia compacta, Calceolaria pinifolia y Mimulus depressus. Al respecto, el Proponente señala en dicho documento, que la instalación del campamento no afectará la formación vegetacional.

  • El Proponente indica en el Adenda 1, que la ampliación del campamento se llevará a cabo sin intervención de las formaciones vegetacionales colindantes, toda vez que las actividades contempladas de ampliación o remodelación se realizarán al interior del límite actual del campamento.

CIERRE Tránsito por vías sin pavimentar 64.45 6.44 Funcionamiento de motores de vehículos 0.01 0.01 0.51 0.13 Operación de grupo electrógeno 2.57 2.49 36.19 7.80 TOTAL (Kg./día) 67.03 8.95 36.70 7.93 - Respecto de la prospección en terreno para la identificación de especies de flora, se identifico la presencia de 17 especies, de las cuales 1 corresponde a una especie endémicas y 16 especies nativas. Al respecto, ninguna de estas especies presenta alguna categoría de conservación. El catálogo de especies se presenta en la Tabla III.A-2 del Anexo III de la DIA. De acuerdo a dicho catálogo, la especie Kurzamra pulchella fue calificada como Vulnerable y la especie Mulinum spinosum como Insuficientemente Conocida/Fuera de peligro.

  • Complementariamente, el Proponente presenta en el Anexo VI de la DIA, un Manual de Operaciones Ambientales, entre las cuales se encuentra que el tránsito desde y hacia los lugares de trabajo se realizará a través de áreas autorizadas. Además, se implementarán restricciones relativas a la circulación de personal y vehículos; se instalará señalética y se exigirán límites de velocidad de 50 km/hora para el tráfico de vehículos en los caminos; se prohibirá la alteración de cualquier especie de flora en el sector del campamento, sondajes y el camino de acceso a las faenas de sondaje.

  • El Proponente señala en el Adenda 1, que con el objeto de asegurar que no se introducirán especies de flora desde Argentina, se realizarán capacitaciones a todos los trabajadores y a toda persona que ingrese al área del Proyecto, mediante charlas informativas y la entrega de folletos. Además se entregará información respecto al acuerdo CITES suscrito en el año 1974; toda capacitación que se realice, contará con un registro con la fecha de capacitación, nombre y firma del trabajador y contenidos abordados. Este registro estará a disposición de la Autoridad, de modo de verificar el cumplimiento de esta medida.

3.3.3 Fauna

  • El Proponente presento en el Anexo III de la DIA, los antecedentes referidos a la campaña de verano para la identificación de fauna en el área de emplazamiento del Proyecto, caracterizando cuatro zonas, correspondientes al área de prospección, campamento, mejoras y camino nuevo. El sector del campamento, presentó una riqueza de 11 especies, correspondientes a un reptil, nueve aves y un mamífero. De las especies observadas, dos (Liolaemus rosenmanni y Lycalopex culpaeus) presentan categoría de conservación.

  • El Proponente señala en el Anexo VI de la DIA, que para no afectar a los individuos de especies de fauna en categoría de conservación, en particular reptiles, se realizará el procedimiento de Perturbación Controlada. Esta actividad se realizará lo más cercano posible al inicio de las obras contempladas en el Proyecto, para así evitar la recolonización de los lugares intervenidos. Complementariamente a lo indicado por el Proponente en el Anexo VI de la DIA, en el Anexo IV del Adenda 1, el Proponente presenta los antecedentes para realizar el Plan de Rescate y Relocalización de fauna de baja movilidad, el cual es complementado en el Adenda 2 y Adenda 3. Al respecto, el Proponente deberá, para la medición del éxito de la captura de fauna de baja movilidad, efectuar seguimientos a los 15, 30 y 60 días después de efectuada la actividad de relocalización, pues el marcaje de los individuos con pintura acrílica no tiene efectividad más allá de este período. Por lo anterior, no deberá realizar recapturas posteriores propuestas, pues la medida de éxito de esta dependerá de los indicadores de éxito propuestos en el plan de captura aprobado.

  • En el Adenda 1, el Proponente indica que se realizará el sellado de la perforación una vez que finalice cada actividad de sondaje, de modo de evitar la eventual colonización por parte de la fauna oportunista.

  • El Proponente señala en el Anexo VI de la DIA, que en caso de que individuos de zorro culpeo se acerquen a las áreas del proyecto, se prohibirá al personal dar alimento a dichos individuos y se prohibirá el acceso de animales domésticos a la faena.

  • Además, se prohibirá la alteración o destrucción de vegas y humedales y la intervención de acuíferos que alimentan vegas y bofedales. Además, se prohibirá la alteración o destrucción de fuentes de provisión de agua, debido a que poseen gran relevancia para la fauna en términos de refugio, sitios de reproducción y de alimentación.

  • El Proponente señala en el Adenda 1, que con el objeto de asegurar que no se introducirán especies de fauna desde Argentina, se realizarán capacitaciones al personal mediante charlas informativas y la entrega de folletos. Además se entregará información respecto al acuerdo CITES suscrito en el año 1974; toda capacitación, contará con un registro con la fecha, nombre, firma del trabajador y contenidos abordados, el cual estará a disposición de la Autoridad.

  • El Proponente señala en el Adenda 1, que verificará que cualquier insumo o maquinaria proveniente desde Argentina, cumpla con las disposiciones establecidas en la Resolución 133/05 del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Además se verificará que cualquier embalaje proveniente del comercio internacional, cumpla con las disposiciones establecidas en la Resolución 2859/07, que establece la norma mínima para el tratamiento de fumigación con Bromuro de Metilo aplicado a embalajes de madera.

  • Se priorizará la internación de embalajes que cumplan las más estrictas medidas de tratamiento fitosanitario en origen, sin embargo en caso de evidenciar insectos, larvas o huevos, se aplicará insecticida de contacto y se dará aviso inmediato al SAG para solicitar la inspección y determinar las acciones a seguir.

3.3.4 Transporte

  • El Proponente presenta en el Adenda 1 el flujo vehicular que contempla el Proyecto, siendo complementado en el Adenda 3. En la siguiente Tabla, se presenta el detalle del flujo vehicular:

Tabla N° 7: Resumen Flujo Vehicular del Proyecto

TIPO VEHICULO FLUJO FRECUENCIA VELOCIDAD RUTA CONSTRUCCIÓN Bulldozer Movimiento de tierra Máximo 30 km al día ida y vuelta. - Caminos internos Pala cargadora Movimiento de tierra Máximo 30 km al día ida y vuelta. - Caminos internos Camión aljibe Agua para uso doméstico 1 viaje cada 10 días, en no más de 100 km ida y vuelta. 40 Tránsito desde fundo Quebrada Seca al campamento Efluentes tratados para humectación de caminos 1 viaje cada 2 días, 1 camión 20 Camino de acceso al campamento Camionetas Personal Un viaje al día por aprox. 30 km por camioneta (se utilizarán 2 camionetas 50 Caminos internos. Traslado de operarios entre campamento y Copiapó

OPERACIÓN Bulldozer

Máximo 30 km al día. - Caminos internos Camioneta Petróleo Máximo 8 viajes diarios, en aprox. 30 km ida y vuelta. 50 Caminos internos Perforadoras

Funcionamiento de 8 perforadoras durante las 24 horas del día - Zona de sondajes Camionetas Personal Dos viajes al día por aprox. 30 km por camioneta (se utilizarán 4 camionetas) 40 Caminos internos. Traslado de operarios entre campamento y Copiapó Camión aljibe Agua para uso doméstico y agua para sondajes 9 viajes al día por cada camión, en no más de 130 km ida y vuelta (se utilizarán 4 camiones). 40 Tránsito desde fundo Quebrada Seca al campamento y zona de sondajes Camión aljibe Agua para uso doméstico y agua para sondajes 9 viajes al día por cada camión, en no más de 130 km ida y vuelta (se utilizarán 4 camiones).

40 Tránsito desde fundo Quebrada Seca al campamento y zona de sondajes

Efluentes tratados para humectación de caminos 1 viaje al día, 1 camión 20 Camino de acceso y zona de sondajes (si aplica) ABANDONO Camioneta Personal Un viaje al día por aprox. 30 km por camioneta (se utilizarán 2 camionetas) 50 Caminos internos. Traslado de operarios entre campamento y Copiapó Camión aljibe Agua para uso doméstico 1 viaje cada 8 a 10 días, en no más de 100 km ida y vuelta. 40 Tránsito desde fundo Quebrada Seca al campamento Efluentes tratados para humectación de caminos 1 viaje cada 2 días, 1 camión 20 Camino de acceso Fuente: Tabla 1, Adenda III.

3.3.5 Residuos

a. En el Adenda 1 y Adenda 2, el Proponente entrega una cuantificación y caracterización de los residuos que generará el Proyecto, la cual se presenta en la siguiente Tabla:

Tabla N° 8: Residuos generados en el Proyecto.

TIPO DE RESIDUO CANTIDAD UNIDAD ALMACENAMIENTO LUGAR DE DISPOSICIÓN FINAL CONSTRUCCIÓN Domésticos y asimilables 3 kg/día Serán almacenados en forma temporal en bolsas plásticas dentro de contenedores herméticamente sellados Serán retirados por una empresa acreditada una vez por semana, y se encargará de su disposición final en el Relleno Sanitario El Chulo Peligrosos - - - - Industriales no Peligrosos 200 Kg/día Patio de residuos Serán retirados por una empresa acreditada una vez por semana, y se encargará de su disposición final en el Relleno Sanitario El Chulo Efluentes líquidos 0,48 m3/día PTAS Sitio autorizado OPERACIÓN Domésticos y Asimilables 25 kg/día Serán almacenados en forma temporal en bolsas plásticas dentro de contenedores herméticamente sellados Serán retirados por una empresa acreditada una vez por semana, y se encargará de su disposición final en el Relleno Sanitario El Chulo Peligrosos 50 kg/día Serán almacenados temporalmente en contenedores herméticos con estructura de contención secundaria, debidamente rotulados en base a la clasificación de residuos peligrosos de acuerdo a la normativa vigente ubicados en el patio de residuos peligrosos. La disposición final de los residuos se realizará mensualmente y estará a cargo de una empresa debidamente autorizada. Industriales no Peligrosos 200 kg/día Serán almacenados con el material extraído Serán utilizados, previo al abandono de cada plataforma de sondaje, para nivelar el terreno Efluentes líquidos 4 m3/día PTAS Sitio autorizado ABANDONO Domésticos y asimilables 5 Kg/día Serán almacenados en forma temporal en bolsas plásticas dentro de contenedores herméticamente sellados Serán retirados por una empresa acreditada una vez por semana, y se encargará de su disposición final en el Relleno Sanitario El Chulo Peligrosos - - - - Industriales no Peligrosos 200 kg/día Patio de residuos Serán retirados por una empresa acreditada una vez por semana, y se encargará de su disposición final en el Relleno Sanitario El Chulo Efluentes líquidos 0,8 m3/día PTAS Sitio autorizado Fuente: Tabla 5, 6 y 7, Adenda III.

Respecto a los residuos orgánicos, el Proponente señala en el Adenda 1, que contempla la habilitación de una fosa de 2x2x4 m de largo, ancho y profundidad respectivamente, donde serán depositados e incinerados todos los desechos orgánicos. A esta fosa, se aplicará guano de animal que será adquirido en la zona, lo que facilitará la descomposición de los residuos. La fosa contará con una tapa metálica que evitará la generación de olores, proliferación de moscas y otros insectos, así como el consumo de desechos por parte de la fauna del lugar.

El Proponente señala en el Adenda 2, que la fracción liquida de los residuos provenientes de las aguas servidas, será recirculada y posteriormente reutilizada en el riego de los caminos circundantes al campamento, así como en caminos de la zona de prospecciones en la medida que sea necesario y en función de las prospecciones que se estén ejecutando. Debido a las dimensiones del camino de acceso, no se generarán excedentes de agua tratada que requieran ser acumulados en un estanque o piscina de acumulación, por lo que el Proyecto no contempla la implementación de dichas estructuras. Así, la fracción líquida de las aguas servidas, no serán descargadas a ningún cuerpo de agua o curso receptor.

El Proponente señala en el Adenda 3, que para cargar las aguas tratadas desde la Planta de Tratamiento a los camiones aljibes, se utilizarán mangueras de succión de PVC las cuales se conectarán desde la salida de aguas de la cámara de desinfección hasta el camión aljibe, el cual estará equipado con un tanque de vacío para sacar las aguas y evacuarlas de manera segura. Además, indica en el Adenda 3, que se realizará un monitoreo mensual del efluente tratado en la PTAS, a fin de cumplir con la Norma NCh 1.333 y el D.S. N° 90.

El Proponente indica en el Adenda 1, que establecerá un sistema de registro con empresas autorizadas para el retiro y disposición final de las aguas servidas generadas en los baños químicos. Lo anterior, incluye el listado de los camiones que realizarán el retiro de dichos residuos, autorización, marca, modelo, año, patente, nombre de conductor, capacidad del camión, destino final, fecha de disposición final y la localización de la PTAS regional autorizada.

Respecto de los residuos provenientes de la PTAS, el Proponente señala en el Adenda 3, que implementará un procedimiento para el manejo de los lodos de la PTAS, el cual considerará la información señalada en el punto 1.1.3 del citado documento, correspondiente a un informe mensual, designación de una unidad o departamento responsable del manejo, guías de despacho, listado actualizado de las empresas que trabajarán en la labor y los certificados sanitarios de los camiones. Además, señala que llevará un registro de los retiros y de los ingresos de lodos desde el Proyecto a la PTAS de la sanitaria regional autorizada.

3.3.6 Contingencia

El Proponente presenta en el Anexo V de la DIA, un Plan de Contingencia, siendo complementado por el Anexo III y Anexo VIII del Adenda 1 y Adenda 2 respectivamente. Se consideran medidas específicas las que contemplan la instalación de señalética preventiva en el camino existente y en el caso de ocurrencia de un evento de remoción en masa, se suspenderán las faenas, el tránsito de vehículos y de las personas por el sector afectado, hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. En caso de persistir el riesgo se realizarán los trabajos de estabilización en el sector de ocurrencia de este fenómeno natural.

Además, el Proponente señala que se incluirá al Plan de Contingencia, la coordinación con los organismos públicos que participen en los comités de emergencias regionales, la coordinación se establecerá en el caso de que no funcionen las medidas de prevención de riesgo propuestas, en tal caso se deberá alertar a los servicios o autoridades pertinentes cuando ocurran incidentes que produzcan impacto directo en la comunidad, o impactos en el área del proyecto que puedan afectar o afecten a la comunidad.

Ante cualquiera de las emergencias definidas, se establecerá un sistema de comunicación inmediata con ONEMI, Carabineros, Bomberos, PDI, Seremis de Obras Públicas, de Gobierno y Salud, según corresponda al tipo de emergencia ocurrida. Sin perjuicio de informar a la Superintendencia del Medio Ambiente.

3.3.7 Recurso Hídrico

El Proponente señala en el Adenda 1, Adenda 2 y Adenda 3, que para el abastecimiento de agua del Proyecto, ha suscrito una Promesa de Contrato de Suministro de agua, con Pedro Salomón Cruz Olivares y otros. La siguiente tabla, resume el consumo hídrico durante las distintas etapas del Proyecto:

Tabla N° 9: Consumo hídrico del Proyecto

ACTIVIDAD UNIDAD CONSTRUCCIÓN OPERACIÓN ABANDONO Bebida y cocina litros/día 18 150 30 Aseo y duchas litros/día 582 4.850 970 Perforaciones m3/día - 220 - Humectación de caminos m3/día - 2 - Fuente: Tabla 2, Adenda I.

Para aseo y duchas, el abastecimiento se realizará desde el tranque Pedro Cruz, dispuesto por el propietario del predio agrícola “Quebrada Seca”. El agua será transportada desde el predio por un camión aljibe de 8.000 l hasta 2 estanques de 5.000 l de capacidad ubicados en el campamento, donde el agua se desinfectará mediante la aplicación de hipoclorito de sodio.

La provisión del agua para los sondajes, se realizará desde el predio agrícola “Quebrada Seca” ubicado en el Río Pulido, mediante 4 camiones aljibe de 8 m3 de capacidad que realizarán 9 viajes diarios cada uno.

El Proponente señala en el Adenda 1, que el Proyecto actualmente no cuenta con Resolución Sanitaria favorable para el almacenamiento de agua potable, por lo cual previo al inicio de la etapa de construcción, tramitará el informe sanitario respectivo ante la SEREMI de Salud de la Región de Atacama.

3.3.8 Medio Humano

El Proponente reconoce en el Adenda 1, la presencia de la Comunidad Colla del Torín, la cual se ubica en la Quebrada El Potro. En relación de la distancia del Proyecto sobre la Comunidad señalada, el Proponente presentó en el Anexo IX del Adenda 1, un Estudio Complementario del Medio Humano, en el cual se identifican los sectores de ocupación, veranadas, majadas, sitios de significación cultural, asociados a la Comunidad, señalando en el mencionado documento, que el Proyecto se ubica aproximadamente a 5 Km. del territorio de la Comunidad Indígena El Torín.

En dicho informe, se identifica la presencia de tres familias, se presentan las zonas de pastoreo y los sitios de significación especial. La caracterización de las tres familias que han sido identificadas como usuarios permanentes y actuales se presenta en la Tabla 1 del Anexo IX del Adenda 1.

Además, presenta en la Tabla 3 del Anexo IX del Adenda 1, las distancias desde la zona de prospección y campamento hacia los asentamientos humanos más cercanos, la cual se presenta a continuación:

Tabla N° 10: Distancias desde el Proyecto a asentamientos humanos.

EN QUEBRADA DE MONTOSA DISTANCIA A CAMPAMENTO TAMBERÍAS SECTOR PROSPECCIÓN RUTA C- 463 EN QUEBRADA MONTOSA Junta de Montosa/ Pulido 40,2 kilómetros 60 kilómetros menos de 50 metros Casa principal de Familia Godoy - Olivares 40 kilómetros 59,8 kilómetros menos de 50 metros Casa Principal de Don Ovidio Arostica 33,8 kilómetros 43,8 kilómetros menos de 50 metros Casa de Campo de Don Daniel Godoy 33,7 kilómetros 43,7 kilómetros menos de 50 metros

Aperreadero 30,3 kilómetros 40,3 kilómetros menos de 50 metros Rancho de José Guerrero (uso descontinuado) 20 kilómetros 30 kilómetros menos de 50 metros Rancho 2 de José Guerrero (uso descontinuado) 15,7 kilómetros 35,7 kilómetros menos de 50 metros Posición Los realitos de José Guerrero ( uso descontinuado) 9 kilómetros 19 kilómetros menos de 50 metros Rancho Tamberías de Daniel Godoy (Victor Buegeño) 6,5 Kilómetros 16,5 kilómetros menos de 50 metros Fuente: Tabla 3, Anexo IX, Adenda III.

El Proponente realizó una presentación de los alcances del Proyecto a la Comunidad Indígena El Torín. En el Anexo II del Adenda 2, se presentan los antecedentes de dicha presentación, incluyendo la lista de asistentes, registro fotográfico y la minuta de reunión, en la cual se identifican los planes de acción asociados a los acuerdos definidos con la comunidad.

Con fechas 07.06.2013 y 14.06.2013, el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, realizó dos reuniones con la Comunidad Indígena El Torín. En dichas reuniones, la Comunidad confirmó que se reunió con el Proponente a objeto de que este último realizara una presentación del Proyecto; además, el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, realizó una presentación a la Comunidad de la componente arqueológica del sector y de las mejoras de caminos que contempla el Proyecto. De lo anterior, la Comunidad plantea su preocupación por la afectación a vegas, patrimonio cultural y plantas medicinales, las cuales fueron aclaradas durante la mencionada presentación y se encuentran consideradas en este documento. Las actas de dichas reuniones, se encuentran publicadas en el portal www.e-seia.cl.

Mientras que, con fecha 19.06.2013, el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, realizó una reunión con la Comunidad Indígena Pai-Ote, donde dicha comunidad plantea su preocupación por la posible afectación del Proyecto a sus actividades de transhumancias y el manejo de las aguas servidas del Proyecto, las cuales fueron aclaradas y consideradas durante el proceso de evaluación y se encuentran contenidas en este documento. El acta de dicha reunión, se encuentra publicada en el portal www.e-seia.cl. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías" cumple con:

4.1 D.S N° 379/1986, Aprueba Reglamento Sobre Requisitos Mínimos de Seguridad Para el Almacenamiento y Manipulación de Combustibles Líquidos Derivados del Petróleo, Destinados a Consumos Propios. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Forma de Cumplimiento: El Proponente señala en la DIA, que se dará cumplimiento a lo establecido en esta norma. El área destinada al abastecimiento de combustible será claramente demarcada y señalizada, se dispondrán de elementos de seguridad, incluyendo material absorbente de hidrocarburos, guantes, palas, cascos y contenedores herméticos.

4.2 D.S. Nº 160/2009, Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución Y Abastecimiento De Combustibles Líquidos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Forma de Cumplimiento: Los estanques de almacenamiento de combustible cumplirán con los requisitos indicados en el reglamento. Asimismo, los operarios a cargo de este estanque estarán capacitados para su utilización.

4.3 D.F.L. Nº 725/1968, Código Sanitario. Ministerio de Salud, Código Sanitario.

Forma de Cumplimiento: Se cumplirá con todas las disposiciones contenidas en el Código Sanitario, en especial a lo referido en el libro III sobre Higiene y Seguridad del Ambiente y los lugares de Trabajo y sus Reglamentaciones complementarias.

Los efluentes líquidos domésticos se dispondrán en una planta de decantación con cloración y el retiro de lodos se realizará 3 veces a la semana por una empresa certificada para tal fin.

4.4 D.S. Nº 594/1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, modificado por los D.S. Nº 201/2001 y Nº 556/2000. Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: El agua para duchas y cocina será abastecida desde el predio agrícola Quebrada Seca ubicado en el río Pulido y cumplirá con todos los estándares físicos, químicos y bacteriológicos. El agua para consumo será envasada y será trasladada al campamento desde la ciudad de Copiapó. El Proyecto contará con servicios higiénicos según número de trabajadores. Los efluentes líquidos domésticos se dispondrán en una planta de decantación con cloración y el retiro de lodos se realizará 3 veces a la semana por una empresa certificada para tal fin.

4.5 D.S. Nº 446/2006, NCh 409/1.Of 2005. Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: El agua para duchas y cocina será abastecida desde el predio agrícola Quebrada Seca ubicado en el río Pulido, con el cual existe un contrato de provisión de agua requerida. Cumplirá con todos los estándares físicos, químicos y bacteriológicos. El agua para consumo será envasada y será trasladada al campamento desde la ciudad de Copiapó. 4.6 D.S. Nº 148/2003, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: El Proyecto dará cumplimiento a cabalidad a esta normativa. Los residuos peligrosos corresponden principalmente a latas de aceite y grasas, filtros de aceite y trapos con aceites y/o residuos, los cuales serán almacenados temporalmente en contenedores herméticos y rotulados, ubicados en el patio de residuos peligrosos, a un costado del campamento. La disposición final de los residuos se realizará mensualmente y estará a cargo de una empresa acreditada.

En el campamento sólo se realizará, de ser necesario, la mantención de maquinaria pesada, para lo cual, se colocará una cubierta plástica de no menos de 200 micrones, con el fin de contener posibles derrames.

4.7 Resolución Exenta Nº 427/2002 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama.

Forma de Cumplimiento: El Proponente señala en la DIA, que el Proyecto dará cumplimiento a lo establecido en esta resolución.

4.8 D.F.L. Nº 725/1968, Código Sanitario; D.S. Nº 594/1999 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Modificado por los D.S. Nº 201/2001 y Nº 201/2001 y Nº 556/2000. Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: El Proyecto cumplirá a cabalidad la normativa señalada. Los residuos sólidos domésticos generados durante la fase de construcción y de operación del Proyecto, serán recolectados, almacenados en bolsas plásticas en tambores cerrados, transportados y depositados por una empresa autorizada.

Durante la etapa de operación se generarán residuos sólidos provenientes de las actividades de sondaje, que corresponden a material decantado y seco. Estos quedarán en los depósitos de decantación, los cuales se rellenarán con material in situ.

Se estima una generación de 50 kg/mes de residuos provenientes de la mantención de maquinaria pesada. Estos serán almacenados temporalmente en contenedores herméticos con estructura de contención secundaria, ubicados en el patio de residuos peligrosos. La disposición final de los residuos se realizará mensualmente y por una empresa autorizada.

4.9 D.F.L. Nº 1/1989, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: El Proyecto cumplirá a cabalidad la normativa señalada. Los residuos sólidos domésticos generados durante la fase de construcción y de operación del Proyecto, serán recolectados, almacenados en bolsas plásticas en tambores cerrados, transportados y depositados por una empresa autorizada.

Durante la etapa de operación se generarán residuos sólidos provenientes de las actividades de sondaje, que corresponden a material decantado y seco. Estos quedarán en los depósitos de decantación, los cuales se rellenarán con material in situ.

Se estima una generación de 50 kg/mes de residuos provenientes de la mantención de maquinaria pesada. Estos serán almacenados temporalmente en contenedores herméticos con estructura de contención secundaria, ubicados en el patio de residuos peligrosos. La disposición final de los residuos se realizará mensualmente y por una empresa autorizada.

4.10D.S. Nº 38/2011, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Ministerio de Medio Ambiente.

Forma de Cumplimiento: El Proyecto cumplirá a cabalidad con la normativa vigente. En el Anexo III del Adenda 1, el Proponente presenta el Informe de Evaluación de Ruido, en el cual se identifican las fuentes de ruido, los puntos sensibles y el nivel de presión sonora del Proyecto, analizando el cumplimiento normativo para las etapas de construcción y operación del Proyecto. De lo anterior, el nivel de inmisión de ruido en los puntos sensibles, no sobrepasa el nivel permitido por la normativa.

4.11D.S. Nº 4/1994, Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos motorizados y Fija los Procedimientos para su Control. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Forma de Cumplimiento: Se dará cumplimiento a lo establecido en esta norma. Todo vehículo motorizado que participe en el Proyecto, en cualquiera de sus fases, tendrá la revisión técnica y el certificado de emisión de gases al día.

4.12D.S. Nº 144/1961 del Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: Las emisiones a la atmósfera corresponden a material particulado y gases que se producirán durante todas las etapas del proyecto por las actividades de movimiento de tierra, combustión de motores y levantamiento de polvo por el tránsito de vehículos en caminos no pavimentados. Se dará cumplimiento a esta normativa, se contempla como medida preventiva la humectación del camino en zonas cercanas al campamento.

4.13 D.S. Nº138/2005, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: El Proyecto cumplirá con este decreto, enviando anualmente a la Autoridad, las emisiones del equipo electrógeno.

4.14Ley Nº 17.288 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales. D.S. Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley 17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Forma de Cumplimiento: El Proponente señala en el Adenda 1, que el Proyecto dará fiel cumplimiento a este cuerpo legal y ante el hallazgo de cualquier hallazgo, se paralizarán las obras y se dará aviso inmediato a la Autoridad competente.

4.15D.S. Nº 72/1985, Reglamento de Seguridad Minera. Ministerio de Minería modificado por el D.S. Nº 132/2002.

Forma de Cumplimiento: El Proponente señala que el Proyecto dará cumplimiento a esta normativa. 4.16Ley 18.902. Crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Forma de Cumplimiento: El Proponente señala que ante cualquier evento fortuito que genere descarga de RILes a cursos de agua superficial o cuando se genere infiltración hacia la napa subterránea, informará por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en un plazo no superior a 24 h. Se informará además la razón por la cual se realizó la descarga, tiempo de duración de la misma y plazo estimado en que se dará solución definitiva al problema. Sin perjuicio de reportar el cumplimiento de estas acciones a la Superintendencia del Medio Ambiente.

  1. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 91, 93, 96 y 99 de los artículos 68 al 106 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Artículo 91: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.

Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, se presentan en el Adenda 1, siendo complementados en el Adenda 2.

El Proyecto contempla la instalación de una planta de tratamiento de aguas servidas compacta, para todas las etapas del Proyecto. Las aguas residuales corresponden a aquellas provenientes de usos domésticos (aseo y duchas), de las instalaciones del campamento Maranceles. El volumen de aguas servidas que se generará será de 0,48 m3/día durante la etapa de construcción, 4 m3/día durante la etapa de operación y 0,8 m3/día durante la etapa de Abandono.

El efluente de la PTAS, una vez concluida la desinfección de las aguas tratadas, cumplirá con la NCh 1.333 Of 78 y el D.S. N° 90, lo que permite su uso en la humectación de caminos del Proyecto. En relación al manejo y disposición de lodos, estos serán retirados semanalmente por una empresa autorizada.

Al respecto, la SEREMI de Salud, mediante el Of. ORD. N° 1193, de fecha 10.06.2013, se pronunció conforme.

Artículo 93: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras o desperdicios de cualquier clase.

Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, se presentan en la DIA, siendo complementados en el Adenda 1 y Adenda 2. En la Tabla N° 8 del presente documento, se resume la cantidad de residuos que generará el Proyecto, su almacenamiento transitorio y disposición final de los residuos.

Al respecto, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Of. ORD. N° 1193, de fecha 10.06.2013, se pronunció conforme. Artículo 96: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos.

Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, se presentan en la DIA. La superficie afecta a la solicitud de cambio de uso de suelo corresponde al sector del campamento, con una superficie de 5.096,32 m2.

Al respecto, la SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, mediante el Of. ORD. N° 77, de fecha 20.02.2013, se pronunció conforme.

Artículo 99: Permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9° de la Ley N° 4.601, sobre Caza.

Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, se presentan en el Adenda 1, siendo complementados en el Adenda 2 y Adenda 3, referentes al Plan de Rescate y Relocalización para fauna de baja movilidad, correspondiente a la especie Liolaemus rosenmanni.

Al respecto, el SAG, Región de Atacama, mediante el Of. ORD. N° 594, de fecha 19.08.2013, se pronunció conforme.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Letra a: Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.

Respecto de las emisiones atmosféricas (MP10 y MP 2.5), estas corresponden a las señaladas en la Tabla N° 6 del presente documento. Las concentraciones de material particulado muestran el punto de máximo impacto a 61 m del camino, aportando una concentración de 22,96 µg/m3 y 2,79 µg/m3 para MP10 y MP2,5, respectivamente. Los receptores evaluados corresponden al campamento (el cual se encuentra a 10 m del camino) y otros asentamientos humanos identificados cerca del camino que une el predio de abastecimiento de agua con el campamento, estando el más cercano ubicado a 60 m del camino. El Proponente señala en la DIA, que el Proyecto dará cumplimiento al D.S. N° 59/1998, modificado por el D.S. N° 45/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, indicando además, que contempla la humectación del camino en zonas cercanas al campamento.

En el campamento, los aportes de material particulado respirable y fino del proyecto corresponden a 6,28 µg/m3 y 0,76 µg/m3, respectivamente.

En base a lo anterior, los aportes de las emisiones no son significativos y no representan un riesgo para la población.

El Proyecto, se emplazará en un sector identificado como zona de tipo rural, lo que implica que el nivel de inmisión de ruido máximo permitido en los puntos evaluados, tanto en horario diurno como nocturno, corresponde al menor Nivel entre NPC para Zona III y nivel de ruido de fondo + 10 dBA. Durante las etapas de construcción y operación, el nivel de inmisión de ruido calculado en los puntos sensibles evaluados, no sobrepasa el nivel de inmisión de ruido máximo permitido por la normativa, tanto para horario diurno como nocturno.

Durante todas las etapas del proyecto se generarán aguas servidas producidas por el funcionamiento del campamento. Considerando un coeficiente de recuperación del 80%, los efluentes líquidos provenientes de baños, duchas y cocina del campamento corresponderán a 0,48 m3/día durante la etapa de construcción, 4 m3/día durante la operación y 0,8 m3/día para la etapa de abandono. Estas aguas servidas serán tratadas en una PTAS, cuyos lodos serán retirados por una empresa autorizada y el efluente será utilizado para la humectación de caminos. Al respecto, el Proponente indica en el Adenda 3, que realizará un muestreo mensual del efluente tratado, que asegure el cumplimiento de la NCh 1.333. En la zona de sondajes se habilitarán 2 baños químicos los que serán provistos por una empresa autorizada que se encargará de su manejo y disposición final en forma semanal.

En la Tabla 8 del presente documento, se presenta una cuantificación y caracterización de los residuos generados por el Proyecto, indicando su tiempo de almacenamiento temporal y sitio de disposición final.

En conclusión, el Proyecto no presenta o genera riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que generará.

Letra b: Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Respecto de las emisiones atmosféricas, el Proponente realizó la estimación y modelación del material particulado sedimentable, la cual se presenta en el Anexo VII del Adenda 1. Las concentraciones modeladas, muestran el punto de máximo impacto a los 61 m de la fuente, aportando una concentración horaria de 59,18 µg/m3 de MPS.

Respecto al agua a utilizar, el Proponente señala en la DIA, Adenda 1 y Adenda 2, que el abastecimiento se realizará desde un tranque de riego dispuesto por el propietario del predio agrícola “Quebrada Seca” ubicado en el Río Pulido. Además, presenta en el Anexo I del Adenda 3, un informe hidrológico que contiene un análisis de los posibles efectos que provocaría la utilización de recursos hídricos desde el sector del río Pulido, en el cual se concluye que el Proyecto no causará alguna afectación sobre el sistema hídrico de la cuenca Copiapó.

En la Tabla 8 del presente documento, se presenta una cuantificación y caracterización de los residuos generados por el Proyecto, indicando su tiempo de almacenamiento temporal y sitio de disposición final.

El área en que se desarrollarán las labores de prospección minera carece de vegetación, mientras que en el área de campamento, las formaciones vegetacionales presentes no se verán afectadas por las actividades a desarrollar. En cuanto a la flora, el Proponente realizó una prospección en terreno para la identificación de especies de flora, de la cual se identifico la presencia de 17 especies, de las cuales 1 corresponde a una especie endémica y 16 especies nativas. Al respecto, ninguna de estas especies presenta alguna categoría de conservación. El catálogo de especies se presenta en la Tabla III.A-2 del Anexo III de la DIA. De acuerdo a dicho catálogo, la especie Kurzamra pulchella fue calificada como Vulnerable y la especie Mulinum spinosum como Insuficientemente Conocida/Fuera de peligro.

Respecto de la fauna, en el área de prospección y de mejoras en los caminos, no se registró presencia de especies de fauna terrestre. De las especies observadas en el campamento, dos de ellas (Liolaemus rosenmanni y Lycalopex culpaeus) poseen alguna categoría de conservación. Para lo anterior, el Proponente realizará el procedimiento de Perturbación Controlada, de manera previa a una Plan de Rescate y Relocalización para fauna de baja movilidad.

Como conclusión, el Proyecto no genera ni presenta efectos adversos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, debido a la relación entre las emisiones de los contaminantes generados por el Proyecto.

Letra c: Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre de grupos humanos y Letra d: Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Respecto de las medidas de control contempladas para los grupos humano, el Proponente presenta en el Adenda 1, Adenda 2 y Adenda 3, lo siguiente:

Tabla N° 11: Medidas contempladas para los grupos humanos COMUNIDAD COMPROMISO OBJETIVO PLAZO MEDIO DE VERIFICACIÓN Sectores de Ojo de Agua y Aperreadero Despeje de acequias Retirar basura y escombros En el primer mes de ejecución de la primera temporada del proyecto se realizará el despeje de las acequias. Luego dentro del primer mes de ejecución de cada una de las temporadas siguientes, se realizará una revisión y mantención de las acequias a fin de que se mantengan libres de escombros y basuras. El titular mantendrá un registro que acredite la realización del despeje de las acequias en la primera temporada y la mantención el resto de las temporadas del proyecto. El registro estará disponible para consulta de la autoridad. Instalación de señalética Proteger las acequias con señalética que indique restricción de arrojar basuras y escombros. Primer mes del primer año de ejecución del proyecto. Luego en las temporadas siguientes, dentro del primer mes de ejecución de cada una se realizará una revisión y mantención Registro que acredite instalación de señalética la que consistirá en una estructura de madera acorde con el entorno y con la identificación del sitio. El registro estará disponible Cierre y señalización en sector de Instalar cerco Primer mes del primer año de horno para la fabricación de carbón perimetral de madera y alambre, con señalética que identifique el horno e indique restricción de ingresar al lugar y de arrojar basuras y escombros. ejecución del proyecto. Luego en las temporadas siguientes, dentro del primer mes de ejecución de cada una se realizará una revisión y mantención para consulta de la autoridad. Instalación de señalética especial y cierres identificatorios Identificar y proteger sitios de interés especial en la Quebrada de Montosa para los habitantes de la zona (ver Tabla 1) Primer mes del primer año de ejecución del proyecto. Luego en las temporadas siguientes, dentro del primer mes de ejecución de cada una se realizará una revisión y mantención Capacitación a trabajadores propios y de empresas contratistas, sobre el modo de vida de los lugareños Charla de inducción a los trabajadores en la cual se explicará el modo de vida de los lugareños y se exigirá el respeto por dicho modo de vida Al comienzo de las actividades de construcción del campamento, el primer año de ejecución del proyecto. Al comienzo de las siguientes temporadas del proyecto, se realizará una charla de reforzamiento de estos temas. El Proponente mantendrá un registro de todas las capacitaciones sobre el modo de vida de los lugareños que realice a sus trabajadores y a los trabajadores de sus empresas contratistas. Este registro contendrá la fecha de realización de la charla, nombre del relator, nombre y empresa de los asistentes, y temario de la charla. El registro estará disponible para consulta de la autoridad. Información a los trabajadores acerca de los sitios de interés especial en la zona identificados en el camino y se exigirá el respeto a lo señalado en señaléticas

Paralelo a la instalación de cierres y señalética. Al comienzo de las siguientes temporadas del proyecto, se realizará una charla de reforzamiento de estos temas. Instalación de señalética en el sector de ubicación de la cañería aérea en el predio de la familia Godoy Olivares Eliminar el riesgo de que equipos o vehículos pesados pasen a llevar el cruce aéreo de una cañería en el pedio de la Familia Godoy Olivares Primer mes del primer año de ejecución del proyecto. Luego en las temporadas siguientes, dentro del primer mes de ejecución de cada una se realizará una revisión y mantención de dicha señalética. Registro que acredite instalación de señalética instalada la que consistirá en una estructura de madera acorde con el entorno y con la identificación del sitio Establecer mecanismos de comunicación con los vecinos. Informar eventuales cambios de ruta del proyecto que pudieran interferir con actividades de traslado de ganado, tanto para veranadas como invernadas. El Proponente contactará a los vecinos para informarles de dicho cambio y generar las medidas que permitan resguardar el tránsito, dicha comunicación será realizada por personal del proyecto quien visitará a los vecinos en sus viviendas. Titular mantendrá un registro de las instancias formales de comunicación con los vecinos asociadas a posibles cambios de ruta. No obstante lo anterior, en el Adenda 3, el Proponente señala que no realizará cambio alguno en la ruta, fuera del área ambientalmente evaluada. Fuente: Elaboración Propia.

Además, el Proponente realizó una presentación de los alcances del Proyecto a la Comunidad Indígena El Torín. En el Anexo II del Adenda 2, se presentan los antecedentes de dicha presentación, incluyendo la lista de asistentes, registro fotográfico y la minuta de reunión, en la cual se identifican los planes de acción asociados a los acuerdos definidos con la comunidad.

Con fechas 07.06.2013 y 14.06.2013, el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, realizó dos reuniones con la Comunidad Indígena El Torín. En dichas reuniones, la Comunidad confirmó que se reunió con el Proponente a objeto de que este último realizara una presentación del Proyecto; además, el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, realizó una presentación a la Comunidad de la componente arqueológica del sector y de las mejoras de caminos que contempla el Proyecto. De lo anterior, la Comunidad plantea su preocupación por la afectación a vegas, patrimonio cultural y plantas medicinales. Al respecto, se revisaron los planos de emplazamiento de las obras del Proyecto, los caminos de acceso y tránsito vehicular, las mejoras de camino consideradas, además de los sitios de significación cultural, ante lo cual se verificó que las actividades del Proyecto no afectarán vegas, zonas de significación patrimonial y zonas de extracción de plantas medicinales; además, se envió a la Comunidad los antecedentes arqueológicos de la zona de emplazamiento del Proyecto, a objeto de verificar que en el área de influencia no se evidenciaron antecedentes patrimoniales. Las actas de dichas reuniones, se encuentran publicadas en el portal www.e-seia.cl.

Mientras que, con fecha 19.06.2013, el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, realizó una reunión con la Comunidad Indígena Pai-Ote, donde dicha comunidad plantea su preocupación por la posible afectación del Proyecto a sus actividades de transhumancias y el manejo de las aguas servidas del Proyecto. Al respecto, se puede indicar que según consta en los antecedentes correspondientes en el Adenda 2 y Adenda 3, que el paso de vehículos no atraviesa directamente predios; los caminos hacia el campamento del sector Tamberías no atraviesan los predios que se encuentran en el área y su paso en las cercanías tampoco origina menoscabo alguno para las actividades económicas y sociales de sus habitantes. Además, no se altera la vida económica, social y cultural de las personas que allí habitan: la rutina diaria de los habitantes, como así también su actividad económica principal, no se ven afectadas ni por los trabajo llevados a cabo en el sondaje, ni por las instalaciones asociadas al campamento Maranceles. El acta de dicha reunión, se encuentra publicada en el portal www.e-seia.cl.

Letra e: Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

El Proponente presenta en el Anexo III.F de la DIA, un Informe respecto de la Componente Paisaje. Al respecto, dicho informe señala que en el área de influencia del Proyecto se distingue una unidad de paisaje, con características biofísicas, antrópicas y visuales propias. Esta unidad de paisaje está conformada por un terreno con grandes variaciones de pendiente con una topografía abrupta y difícil con quebradas intermitentes que pasan por el lugar. De acuerdo a la evaluación de calidad y fragilidad visual, esta unidad presenta una calidad visual media y una fragilidad visual baja. De acuerdo al modelo de clasificación visual, la unidad identificada presenta características de calidad y fragilidad visual que permite la ejecución de actividades antrópicas que causen impactos visuales moderados.

El Proponente señala que el Proyecto no alterará significativamente la panorámica actual, no obstruirá la visibilidad a zonas con valor paisajístico, ni el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico. Además de que el sector de emplazamiento del Proyecto, no corresponde a un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el D.L. Nº 1.224/1975.

Complementariamente, el Proponente presenta en el Anexo V del Adenda 1, montajes fotográficos elaborados para el área del campamento y para una de las mejoras a realizar en el camino existente.

Como conclusión, el Proyecto no genera ni presenta alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

Letra f: Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

El Proponente realizó una prospección arqueológica al área de influencia del Proyecto, en el cual no se registró la presencia de evidencias patrimoniales, según lo presentado en el Anexo III.B de la DIA.

El Proponente señala que la ejecución de las actividades del proyecto, no afectará ningún tipo de monumento nacional, según lo establece la ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y que el Proyecto no contempla la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación permanente de algún Monumento Nacional. Como conclusión, el Proyecto no genera ni presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, pertenecientes al patrimonio cultural.

  1. Relación entre el Proyecto y Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Regional.

A continuación se indica el lineamiento que relaciona el Proyecto con la Estrategia Regional de Desarrollo 2007-2017 (ERDA):

Lineamiento N° 7: Implementación y consolidación de un modelo de desarrollo que garantice el uso eficiente y sustentable del recurso hídrico.

Forma de Cumplimiento: El Proyecto utilizará recursos hídricos cuyos derechos ya han sido otorgados a terceros y por ello no utilizará recursos adicionales a los ya concedidos. El mayor consumo de agua industrial y doméstico, provendrá desde un tranque de abastecimiento situado en el predio agrícola Quebrada Seca, en el sector del Río Pulido, con el cual se tiene un contrato de provisión que será renovado en cada temporada.

Lineamiento N° 9: Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable.

Forma de Cumplimiento: El Proyecto presenta los antecedentes de Flora, Vegetación y Fauna presente en el área de influencia del Proyecto, situándose el área de sondajes en suelos desnudos o zonas de vegetación escasa. Se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier especie de fauna en el área de campamento, camino y área de prospección.

  1. Relación entre el Proyecto y Planes de Desarrollo Comunal

A continuación se indica la relación del Proyecto con el Plan de Desarrollo Comunal de Tierra Amarilla:

Forma de Cumplimiento: El Proyecto Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías, materia de la presente DIA, se inserta en la comuna de Tierra Amarilla, sin contraponerse, sino más bien contribuyendo, al logro de determinados objetivos y lineamientos contenidos en las Políticas y Planes de Desarrollo Regional y Comunal.

  1. Que, Para el adecuado seguimiento y fiscalización de las condiciones y obligaciones sobre la base de las cuáles se aprobó la resolución de calificación ambiental (RCA), el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme el formulario electrónico de la Res. N° 574 de la Superintendencia del Medio Ambiente, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, y el término de la etapa de cierre, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividad es de fiscalización en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes, acciones y obras físicas del Proyecto, cuando ésta lo solicite y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  2. El Titular deberá proporcionar a la Superintendencia todos los antecedentes de la Resolución de Calificación Ambiental, sus modificaciones y aclaraciones, así como, la información sobre las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información asociada al seguimiento de las variables ambientales proyectadas en el proyecto o actividad, según las obligaciones establecidas en el formulario electrónico, Resolución de Calificación Ambiental, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.

  3. Para el debido y adecuado seguimiento de las condiciones, compromisos o medidas y, permisos ambientales sectoriales aplicables, cuyos requisitos técnicos y formales deban ser aprobados o visados por los organismos del Estado competentes, el Titular deberá remitir los antecedentes al servicio respectivo y, de igual forma reportar su efectivo cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente.

  4. Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

Distribución:

• Intendencia, Región de Atacama • Pablo Mir Balmaceda • CONADI, Región de Atacama • Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama • DGA, Región de Atacama • DOH, Región de Atacama • Gobierno Regional, Región de Atacama • Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla • SAG, Región de Atacama • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama • SEREMI Agricultura, Región de Atacama • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama • SEREMI de Desarrollo Social • SEREMI de Energía, Región de Atacama • SEREMI Minería, Región de Atacama • SEREMI MINVU, Región de Atacama • SEREMI MOP, Región de Atacama • SEREMI Salud, Región de Atacama • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama • SERNAGEOMIN, Región de Atacama • SERNAPESCA, Región de Atacama • SERNATUR, Región de Atacama • Consejo de Monumentos Nacionales • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • Superintendencia de Servicios Sanitarios • Superintendencia del Medio Ambiente

C/c: • Encargado Participación Ciudadana • Expediente del Proyecto "Prospección Minera Vicuña, Sector Tamberías" • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama