LÍNEA DE FLUJO PUNTA DEL CERRO 2
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
Califica Ambientalmente el proyecto "LÍNEA DE FLUJO PUNTA DEL CERRO 2"
Resolución Exenta N* 196/2012 Punta Arenas, 2 de Octubre de 2012
VISTOS:
1.- La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Linea de Flujo Punta del Cerro 2”, presentada por el Señor Roberto Mc Leod Glasinovic, en representación de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes, con fecha 31 de julio de 2012;
2.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
2.1.- Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental
Oficio N5.7/055, publicado por Comisión Chilena de Energía Nuclear, con fecha 08/08/2012; Oficio N3464 DRMA, publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 10/08/2012; Oficio N1252, publicado por Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 10/08/2012; Oficio N3222, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 10/08/2012; Oficio N000055, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Energía, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/08/2012; Oficio N389/2012, publicado por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 16/08/2012; Oficio N329, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 17/08/2012; Oficio N%490, publicado por Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 20/08/2012; Oficio N%1452, publicado por Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 20/08/2012; Oficio N524, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 21/08/2012; Oficio N742, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 21/08/2012; Oficio N%300, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 21/08/2012; Oficio N104-EA/2012, publicado por Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 21/08/2012; Oficio N538, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 22/08/2012; Oficio N302, publicado por llustre Municipalidad de San Gregorio, con fecha 22/08/2012; Oficio N257, publicado por Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 22/08/2012; 22.- Con Relación al Adenda N1
Oficio N5.7/065, publicado por Comisión Chilena de Energía Nuclear, con fecha 13/09/2012; Oficio N371, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 13/09/2012;
3.- El Acta de la Sesión N*26 la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 02 de octubre de 2012;
4.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Línea de Flujo Punta del Cerro 2”. 5.- Lo dispuesto en la Ley N19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S.
95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N"19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N*1600/2008, de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
1.- Que, la Comisión de Evaluación de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Línea de Flujo Punta del Cerro 2”; 2.- Que, el derecho de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes a emprender actividades, está
sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. -. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Linea de Flujo Punta del Cerro 2" consiste en la interconeccción mediante la construcción *=.de una línea de flujo de 355 m de longitud, la producción de Gas del pozo Punta del Cerro 2 con la red de gases existente en el área del Bloque Dorado- Riquelme. 1:58 consideran los siguientes escenarios: y Escenario provisorio: mediante la utilización de una línea flexible que se recuperará una vez «terminado el periodo de prueba (6 a 8 meses máximo).
1/10
- Escenario definitivo: mediante la utilización de cañería de acero enterrada a 1 metro como mínimo, con revestimiento tricapa con un diámetro nominal entre 3" a 127. 3.1.- Superficies Se estima que la superficie a intervenir para la construcción de la línea de flujo es de 0,35 ha, considerando un ancho máximo de 10 m. Para la etapa de operación se contempla utilizar una franja de 6 m de ancho. 32.- Localización El Proyecto se ubica en la Comuna de San Gregorio, Provincia de Magallanes, especificamente en los predios "Avelina" y “Julia”. 3.2.1.- Coordenadas Las coordenadas geográficas son:
Coordenadas UTM-1/GS84/19 Punto de Referencia Norte Este Inicio 4.171.126 394.657 Fin 4,170,818 394.731 3.3.- Definición de sus partes, acciones y obras fisicas 33.1.- Trazado del Ducto
El Proyecto busca interconectar la producción del pozo Punta del Cerro 2 con la red de gases
existente en el área del Bloque Dorado Riquelme, para lo cual se plantea la construcción de una línea de flujo de un diámetro máximo de €" y una extensión de 355 m de longitud, que se interconectará al Nudo de Válvulas de Punta del Cerro.
De acuerdo a la longitud del trazado, se prevé que las obras se desarrollen en un área de
0,35 Ha, considerando un ancho de uso máximo de 10 m a lo largo de todo el ducto
proyectado para el pozo Punta del Cerro 2. Para este Proyecto se consideran dos escenarios:
-
Periodo de Prueba: El primer escenario, contempla la evaluación del pozo, lo cual dependerá de los resultados productivos y el comportamiento que tenga durante los primeros 6 meses. En el caso de resultar productor se llevará a cabo la instalación y enterramiento de la línea de flujo definitiva, en este caso se cambiará por una de acero. En caso contrario se procederá al retiro de la linea de flujo flexible, lo que permitirá la no intervención de la cubierta vegetal.
-
Periodo Definitivo: Posterior a la etapa de pruebas, y en caso de que el pozo resulte productivo se procederá a la instalación y enterramiento de la línea de flujo.
Junto a lo anterior es importante señalar que el Proyecto no considera la instalación de
equipos calentadores u otras obras anexas ajenas a las descritas en la presente DIA. 3.3,1.1.- Equipos de Mantención
Se utilizará la misma infraestructura y personal especializado existente en San Gregorio,
destinado al mismo propósito, para efectuar los mantenimientos programados y
preventivos del sistema de ductos e instalaciones de ENAP - Magallanes en actual
operación. 3.3.1.2.- Ingeniería y Diseño
Al igual que en todos los proyectos presentados por ENAP Magallanes, que tienen
relación con la conectividad de pozos o yacimientos con las plantas de procesos o
centrales de flujo, la Ingeniería del Proyecto comprende, principalmente, tres fases:
-
Ingeniería Conceptual para efectos de definición de estudio de factibilidad técnicoeconómica y definición de trazados tentativos.
-
Ingeniería Básica para definición del trazado preliminar, dimensión de los ductos y de sus principales equipos asociados.
“ Ingeniería de Detalle para definición del trazado definitivo y confección de los planos de ingeniería, en todas sus disciplinas, los que finalmente permitirán la construcción del Proyecto,
Como una medida conservadora, el diseño y la construcción de la línea de flujo se hará
conforme a la reglamentación vigente contenida en el Decreto N* 280/2010 del Ministerio
de Economía, Fomento y Turismo, referido al Reglamento de Seguridad para el
Transporte y Distribución de Gas de Red, utilizando como base las normas americanas
contenidas en ANSI/ASME B31.8 para el transporte de gas, de manera de maximizar la
seguridad del ducto. 3.3.2.- Etapa de Construcción 3.3.2.1.- Construcción del Ducto Provisorio
Para la Etapa provisoria se considera una línea flexible, la cual se encuentra probada y
calificada de acuerdo con las Normas de seguridad API RP 15 S, Recommended Practice
for the Qualification of Spoolable Reinforced Plastic Line Pipe. Además, cumple con las
Normas Canadienses CSA Z662-07, Oil and Gas Pipeline Systems, En esta Etapa, el
ducto se instalará en forma superficial al suelo, bajo el siguiente Procedimiento:
a) Se conectará la Línea de flujo flexible a la salida del pozo. Se transportará e instalará la línea temporal a través de un vehículo que va situando el ducto sobre el suelo,
Cada 600 m se conectarán uniones de línea y en este punto se instalarán tambores rellenos de hormigón sobre la linea de flujo para proporcionar una mayor estabilidad. Finalmente, la línea flexible se unirá con su respectivo empalme. Luego del término de la Etapa de Prueba, la linea de flujo flexible será retirada en su totalidad. En el caso de que las pruebas de pozo arrojen que es productor, se iniciará la segunda etapa, es decir la instalación de la linea de flujo de acero enterrada.
2/10
3.3.2.2.-
3.3.2.2.1.-
3.3.2.2.2.-
3.3.2.2.3.-
d) Las uniones flexibles no llevan hormigón, los soportes de hormigón que se pueden fabricar con mitad de tambores, son reutilizados para cada instalación de linea flexible, El área es aproximadamente 1m? para cada soporte (medio tambor, en cada unión). El retiro de los mismos se realizará con camiones plumas. El departamento de confiabilidad certifica que las uniones estén bien selladas, lo que se efectúa con pruebas de porosidad y resistencia, igual que con las líneas de acero.
e) Cuando se defina cambiar esta línea por una definitiva, y en el caso de dejarla fuera de servicio, se procede a bajar la presión de ella hasta llegar a cero, a través de conexiones en instalaciones existentes. En la zona de desconexión se coloca una pieza de geomembrana, sobre la cual se ubica un recipiente pequeño para recibir el líquido remanente, que es recuperado con un camión que succiona el liquido y lo transporta a estanques de almacenamiento.
Estas líneas según especificaciones del fabricante, son reutilizables. La cantidad de veces que se puede reutilizar va a ser determinada por los equipos de confiabilidad de la empresa, que evaluarán la degradación que pueda presentar la línea después de cada utilización. Esta evaluación en primer lugar es visual, para ver algún desperfecto externo que pueda presentar la cañería. La segunda parte consiste en aprovechar las pruebas de porosidad y resistencia para evaluar el estado de las lineas. Una vez que se determine el fin de la vida útil de la línea provisoria, será desechada como RESPEL, con los contratos que mantiene la empresa para dicho propósito,
Construcción del ducto definitivo
Previo a la construcción del ducto definitivo, tanto en el recorrido del mismo como en las
uniones, se incorporará la linea de flujo a la cartera de monitoreo de ductos, donde se
cuantificará la condición del pastizal posterior al retiro de ésta, en el caso de que no se instale la línea permanente o enterrada.
La etapa de construcción definitiva estará conformada por una secuencia de actividades
relacionadas entre sí y que deben ser correlativas. De esta manera la construcción de las
líneas contemplan las siguientes etapas:
Demarcación Topográfica
Se establecerá, de acuerdo a lo estipulado en la ingeniería conceptual el mejor trazado
desde el punto de vista ambiental y técnico. Lo anterior se realizará en la franja
levantada ambientalmente, donde se realizó el levantamiento arqueológico, flora, fauna
e hidrológico.
Apertura de la Zanja
Esta etapa involucra la preparación de la pista y excavación de la zanja que contendrá
el ducto. Cabe destacar que el movimiento de tierra efectuado para abrir la zanja se
planificará a fin de que este espacio sea el minimo necesario, con el objeto de mitigar el impacto a la menor superficie de suelo posible, además en el área de trabajo no se dispondrán materiales sobrantes de excavaciones.
Con respecto al cruce de la carretera, consiste en el soterramiento de la tubería de tal
manera que no se vea comprometida la infraestructura vial y de acuerdo a descripción
del Manual de carretera del MOP,
El procedimiento estipulado para el soterramiento en zanja de la línea de flujo es a 1 m
de profundidad, la cual será rellenada en forma compactada, llevándose a cabo
mediante las siguientes actividades:
a) Se retira el horizonte orgánico (Horizonte A) y se dispone lateralmente a sotavento. Se tendrá cuidado en retirar sólo esta primera capa de tierra.
b) Se retira el horizonte mineral (Horizonte B) el cual será de mayor volumen y dispuesto a barlovento creando una cortina natural del material orgánico, la excavación será realizará hasta llegar a un metro de profundidad.
Para la instalación de la tubería en terrenos que no contemplan la intervención de
cauce se realizará la excavación de la zanja segregando los horizontes orgánicos de
los minerales, posteriormente a la instalación de la tuberia se procederá a tapar la zanja en el mismo orden que fue hecha la excavación.
Etapa de Pruebas
Terminada la construcción comienza la fase de prueba del ducto, dentro de la cual se
tienen las siguientes tareas:
-
Prueba de Uniones Soldadas: Se efectuará la inspección de todas las uniones soldadas del trazado, lo anterior mediante técnicas de radiografías las cuales permitirán obtener una interpretación mediante una imagen fotográfica producida al incidir rayos X sobre una placa sensible, después de haber atravesado una unión soldada. Esto permitirá obtener información de las discontinuidades superficiales o internas presentes en las uniones. Lo anterior con el objetivo de reparar los defectos encontrados en las soldaduras. Para la obtención de las radiografías industriales, se utilizará un equipo de radiación gamma, el cual posee la Autorización de Operación entregada por la CCHEN N Gl-014-082-142, que son de propiedad de ENAP, y es almacenado en la bóveda de isotopos radiactivos, autorizada a su vez por la CCHEN N” DI-027-061-090, que la Empresa tiene en Cerro Sombrero. Asimismo, los Operadores tienen sus autorizaciones de operación al día, Finalmente, cabe mencionar que todas estas actividades e instalaciones radiactivas, son auditadas en forma permanente por la Comisión de Energía Nuclear.
-
Prueba de porosidad: Una vez efectuadas las pruebas de las uniones soldadas se efectuarán las pruebas de porosidad, Estas se realizarán antes de efectuar la protección anticorrosiva en las soldaduras circunferenciales. La prueba de porosidad consiste en la aplicación de presión en la tubería (100 psi con aire).
3/10
33224.-
3.3.2.3.- 3.3.2.3.1.-
332.32.-
Una vez que se ha realizado esto, se procede a inspeccionar cada soldadura realizada con una solución de agua jabonosa en muy bajas cantidades (jabón común biodegradable). La presión especificada deberá mantenerse durante el tiempo que sea necesario para inspeccionar el 100 % de las uniones soldadas.
En el caso de encontrarse defectos en las soldaduras durante esta prueba, se procede a la reparación de estas. A tal efecto, para fácil localización de las soldaduras defectuosas, se marcarán en el momento de ser detectadas con pintura indeleble. Si el número de las mismas fuese mayor de 3 (tres), el tramo deberá ser probado nuevamente, una vez efectuadas las reparaciones,
Finalizada la prueba, los extremos de cada linea deberán quedar cerrados con tapas herméticas (hasta el empalme con el resto de la obra).
-
Prueba de Revestimiento: Una vez efectuadas las pruebas de radiografías y porosidad a todas las uniones soldadas, los ductos son recubiertos con un revestimiento que tiene como función aislar la superficie externa de los ductos enterrados con el entorno para evitar la corrosión. Para ver que el revestimiento presenta una continuidad en todo el trazado del ducto se utiliza un detector Holyday.
-
Prueba de Resistencia: Finalizadas todas las pruebas anteriores se realiza la prueba de resistencia, la cual consiste en aplicar presión según lo indique cada proyecto. Los instrumentos exigidos para el control de la prueba son los siguientes:
a) Manómetro registrador con carta para registro de 24 6 48 horas.
b) Manómetro con grado de resolución de 50 psi, lectura en psi y kg/cm2.
c) Manómetro con grado de resolución de 10 psi, lectura en psi y kg/cm2.
d) Termómetro registrador con su elemento sensor colocado en contacto directo con la línea.
e) Termómetro de lectura directa para la determinación de la temperatura ambiente.
Tapado y Cierre de la Zanja
Una vez terminada la etapa de prueba del ducto se realizarán las siguientes
actividades:
-
Instalación de la cinta de advertencia
-
Relleno y Tapado de la zanja que contendrá los ductos.
-
Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada
-
Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción.
Una vez concluidas las acciones de construcción del ducto, se instalarán letreros
donde se indique el diámetro de la línea, la presión, la empresa a la cual pertenece.
Dichos letreros se ubicarán a distancias prudentes considerando además como en
todos los proyectos, su instalación en los sectores de pozos y límites prediales, entre
otros.
Junto a lo anterior es importante señalar que la construcción se realizará de acuerdo al
Proyecto de Ingeniería de Detalle desarrollado por ENAP conteniendo todas las
exigencias legales y normativas técnicas vigentes en nuestro país. Además, se
utilizarán normas internas de ENAFP contenidas en el documento “Especificaciones
Técnicas Generales para la Construcción de Gasoductos, Oleoductos y Líneas de
Producto", las que se anexan en cada contrato y cuyo cumplimiento será supervisado
por la Unidad de Logística e Inspección de Proyectos de ENAP.
Sistema contra Incendio y Condiciones de Seguridad en la Construcción del Ducto
Sistema Contra Incendios
En el periodo de construcción, la metodología de trabajo para el proceso de unión de
los ductos es mediante soldadura e incluye una carpa protectora donde va el soldador
para impedir que las chispas se dispersen al campo abierto, no obstante lo anterior se cuenta con un equipo de extinción de incendio de forma permanente acompañando el tren de soldadura conforme avanza el track,
Adicionalmente en los ANEXOS VI y VIl se encuentra el "Plan de Prevención
Presupresión y Supresión de Incendio de pastizales” y "Plan de Restauración de
Pastizales tras un Incendio” respectivamente.
Condiciones de Seguridad
A. lo largo de toda la fase de construcción, y también durante la operación del Proyecto,
ENAP Magallanes cumplirá estrictamente con su normativa interna la cual contiene la
legislación vigente en materia laboral y de seguridad.
El personal que participe en cualquier fase de la construcción, además de la legislación
vigente, deberá cumplir con los estándares estipulados por ENAP- Magallanes en
seguridad, contenidos en el documento "Reglamento de Seguridad y Salud para
Empresas Contratistas de ENAP en Magallanes".
El Reglamento de Control de Riesgos Operacionales para Empresas Contratistas de
ENAP Magallanes, tiene como objetivo regular los procedimientos y obligaciones sobre
el control de riesgos que rigen en los Contratos ENAP Magallanes. Principalmente,
cubre aspectos referentes a la legislación vigente sobre accidentes de trabajo, la seguridad minera, la prevención de riesgos profesionales, además de las condiciones ambientales básicas en los lugares de trabajo.
También, como condición de seguridad vigente a través de toda la vida útil de
operación de los ductos, cabe mencionar la instalación de una “cinta de advertencia"
de material plástico, ubicada 30 centímetros, bajo terreno, a lo largo de todo el trazado de las cañerías, con la leyenda de “NO EXCAVAR NI ANCLAR ALTA PRESION
GASODUCTO”. Este elemento tiene el objetivo de advertir a los operadores de
4/10
“maquinaria pesada" que accidentalmente pudieran intervenir sobre la franja de los ductos en operación. Durante la construcción como se ha señalado se usará como base el campamento de ENAP Magallanes en San Gregorio. 4- Insumos, Servicios y Suministros 41.- Insumos y Materiales Los insumos y materiales a ser requeridos para la etapa de construcción del Proyecto serán transportados a las diferentes áreas de ENAP Magallanes, a través de camiones, los cuales contarán con la rotulación y hoja de datos de seguridad según corresponda, los camiones a utilizar para el transporte de materiales serán de acuerdo a las dimensiones establecidas por la normativa vigente. Es importante destacar que la empresa exigirá la obtención de las autorizaciones ambientales y sectoriales correspondientes a los transportistas que prestarán servicios. 3.32.4,2.- Agua Potable Durante la construcción del Proyecto el agua potable será suministrada de forma envasada, en bidones a los lugares de trabajo, suministrada desde Punta Arenas por una empresa autorizada, la cual dará cumplimiento a la NCh N* 409. 3.3.2.4.3.- Combustible No existirá recarga ni abastecimiento de combustible en el área de emplazamiento del Proyecto. Dichas actividades serán efectuadas en el servicentro de San Gregorio, 3.3.2.4.4.- Transporte El personal de ENAP Magallanes destinado a la supervisión de las obras, se transportará en vehículos proporcionados por la misma empresa. Adicionalmente, el personal contratista contará con su propio transporte de acuerdo a los estándares exigidos por el Titular. 3.3.2.5.- Campamentos de Faena Para la etapa de construcción no se consideran campamentos de Faena. 3.3.3.- Etapa de Operación El ducto contemplado en el Proyecto, empalmará la producción de hidrocarburos con el Empalme a gasoducto de 18” (Linea de flujo de 355 m). 3.3.3.1.- Colector de Pozo La línea de flujo se construirá mediante la utilización de cañería de acero enterrada con revestimiento tricapa, que asegura una adecuada protección externa contra la corrosión y cuyos datos principales son: diámetro nominal 6”, longitud aproximada para el ducto de 355m; y una profundidad de enterramiento mínimo de 1m en todo el trazado. La linea de flujo se conectará finalmente a la red de gas existente. La linea de flujo flexible operará durante 6 meses equivalentes a la etapa de prueba del Proyecto, para posteriormente, de resultar productivos el pozo, instalar la linea definitiva, la cual operará por 20 años. 3.3.3.2.- Tiempo de Operación de las Instalaciones Como todos los procesos relacionados con los hidrocarburos, el Proyecto en análisis requiere de operación continua, vale decir, 365 días del año durante las 24 horas del día. La operación, control y labores de mantención, se harán con la misma infraestructura operacional existente para el manejo de las instalaciones ENAP-Magallanes, 3.3,4.- Etapa de Abandono El ducto permanecerá enterrado ya que por sus caracteristicas metálicas revestidas con polietileno tricapa es inerte y resulta ambientalmente inconveniente su retiro al tener que intervenir nuevamente la capa de suelo vegetal recuperada. Las cañerias metálicas que conforman los ductos, como se ha indicado, están protegidas externamente con poliuretano tricapa (HDPE) permitiendo un comportamiento inerte frente a la agresividad del subsuelo en que se encuentran instaladas y, por otro lado, estarán protegidas catódicamente mediante la instalación de ánodos de sacrificio. De esta forma, el conjunto "cañería - revestimiento plástico exterior - protección catódica" superará largamente la vida Útil de cualquier proyecto gasifero especifico, permitiendo la reutilización de la infraestructura industrial en otros proyectos dispuestos en la misma área geográfica, o bien en el peor de los casos, el abandono de las tuberías como conjunto inerte al interior del subsuelo.
3.4.- Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto
3.4,1.- Residuos Líquidos Industriales El Proyecto no contempla en cualquiera de sus fases la generación de residuos industriales líquidos.
3.4,2.- Residuos Líquidos Domésticos
314.2.1.- Construcción
Se estima una generación de 1,4m*/día para este Proyecto, En la faena se utilizarán baños químicos, cuyos desechos [aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización. La empresa prestadora del servicio, deberá contar con la autorización correspondiente emanada de la Autoridad Sanitaria para realizar dichas funciones. Operación 4 No habrá generación de residuos liquidos domésticos.
¡Residuos Sólidos, Domésticos e Industriales (No Peligrosos) 3 Construcción Los residuos sólidos de origen domiciliario e industrial generados en el Proyecto, serán almacenados momentáneamente en tambores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición. Se estima que en la etapa de construcción se
510
3.4.3.2.-
3.4,4.-
3.4.5.- 3.4.5,1.-
3.4.5.2.-
3.4.6.- 34.6,1.-
3.4.6.2.-
3.5.-
36.-
3.7.-
generarán restos de soldadura y despuntes metálicos, los cuales tendrán un volumen aproximado de 3,5m3. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal de Punta Arenas. Operación No se generan residuos sólidos en esta Etapa, Residuos Peligrosos Se estima que el Proyecto generará 5 kg de residuos peligrosos los cuales corresponderán a guaipes, paños con aceites y grasa. Dichos residuos serán rotulados y almacenados de forma temporal en la bodega de almacenamiento temporal con que cuenta ENAP - Magallanes en San Gregorio destinada para dicho efecto, la cual se encuentra autorizada por la Resolución Exenta N 30 del 16 de Septiembre del año 2009, La mantención programada de equipos y maquinarias se realizará en las instalaciones de San Gregorio (Cambio de aceites y otros), se deja en claro que estas mantenciones no corresponden a etapas del Proyecto. Emisiones Atmosféricas Construcción Las emisiones atmosféricas están relacionadas con la generación de polvo en suspensión, debido al movimiento de tierra en la etapa de construcción. Las emisiones serán mínimas, y de corta duración no superiores a dos meses debido principalmente a las dimensiones de la obra. Respecto a las emisiones asociadas a la maquinaria es importante señalar que todos los vehículos utilizados durante la construcción, perforación y operación se encuentran con las respectivas revisiones técnicas al día. Operación No habrá emisiones atmosféricas de ningún tipo. Emisiones de Ruido Construcción Se generará ruido debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo estas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de maquinas a utilizar en esta etapa. Por otra parte, el lugar donde está localizado el Proyecto es un área de viento frecuente, lo cual facilita que las emisiones acústicas se disipen rápidamente, junto a lo anterior es importante destacar que las emisiones tendrán un efecto puntual y transitorio por cuanto se contempla un periodo no superior a dos meses para la fase de construcción. Operación No habrá emisiones de ruido Plan de Emergencia Ambiental El control del proceso corresponde a una operación segura, lo que no implica que, por un eventual error operacional o por la acción de terceros, se produzcan contingencias durante la etapa de operación. En el Anexo VIIl de la DÍA, se presenta el Plan de Contingencia para Emergencias en Transporte de Gas Natural aplicable a este Proyecto. Las posibles contingencias han sido previamente analizadas y principalmente se traducen en rotura de algún tramo de los ductos. Las acciones a seguir ante eventualidades de contingencia se constituyen en dejar sin utilizar la linea hasta que sea evaluada y reparada. Arqueología El estado actual del conocimiento permite indicar que no existen inconvenientes para continuar con la ejecución del Proyecto, pues no se han identificado sitios de interés patrimonial protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales N17.288 en el área de estudio. Se realizará una inspección superficial del área antes de la ejecución de las excavaciones, o en cualquier labor asociada a la construcción del Proyecto, con el objetivo de verificar en terreno la presencia o ausencia de vestigios arqueológicos, antropológicos o paleontológicos. Se implementará una inducción arqueológica, a todo el personal involucrado en la construcción del proyecto, con el fin de garantizar la protección de los sitios arqueológicos, evitando la alteración del Patrimonio Arqueológico; Fauna De acuerdo a los datos obtenidos, se concluye que las actividades asociadas a la construcción la linea de flujo del pozo Punta del Cerro 2, no afectarán significativamente a la fauna que compone el área de estudio. Lo anterior, debido a que de las especies de aves registradas sólo 1 se encuentra en una categoría de conservación, la especie Pterocnemía pennata (Nandú). Dicha clasificación corresponde a "Vulnerable" (GLADE, 1993), sin embargo, se ha detectado un incremento poblacional de esta especie en la región, según lo indicado por Venegas et. al. (1998). No se registraron rastros de nidificación tanto de ésta especie, como de las demás especies de aves que componen el área de emplazamiento del Proyecto. En cuanto a los mamiferos, sólo Lycalopex griseus (zorro chilla) se encuentran en una de las categorias enunciadas por Glade (1993). Esta clasificación corresponde a "Fuera de Peligro", pero tomando en cuenta la alta movilidad que la caracteriza, es posible inferir que el impacto sobre la misma no sería significativo, debido además a que no se encontraron madrigueras ni
signos de reproducción que puedan asociársele.
Flora
Los antecedentes del área evaluada para la futura línea de flujo no existen plantas endémicas
¡de Chile; tampoco se encontraron especies en categoría de conservación según los criterios de ¡ Benoit (1989), CONAMA (2009), UICN (Walters € Gillett 1998) y Baeza et al. (1998). Por otro ¡ lado, la comunidad vegetal encontrada se distribuye ampliamente en la provincia biótica de
Estepa Patagónica, siendo la formación dominante junto al matorral. En consecuencia, desde el
6110
3.9.-
3.10.- 3,10.1.-
punto de vista de la flora y vegetación, la ejecución del Proyecto “Línea de Flujo Punta del Cerro 2” no debería afectar significativamente el patrimonio natural. Hidrología En el análisis de los antecedentes y del recorrido en terreno del trazado de la línea de flujo, no se observaron cauces ni singularidades hidrológicas, ni rastros de erosión hídrica de época actual o reciente en el sentido geológico, que pudiesen generar escorrentía efimera o transitoria que de inicio a la formación de cauces en el sentido de Montgomery y Dietrich (Montgomery, D, R. y Dietrich, VW. E. "Where do channel begin?”. Nature, Vol. 336, No. 6196, pp. 232-234, 17th November, 1988)y, además, el proyecto no contempla la intervención de cauces. Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal
Procedimiento de Apertura y Cierre de Zanja
a)
Sin quitar la vegetación de la superficie, retirar la tierra vegetal u horizonte superficial de suelo de color más oscuro y disponerlo lateralmente con las raíces de la vegetación hacia abajo disminuyendo la deshidratación de la vegetación presente por efectos ambientales (viento y temperatura), la profundidad del horizonte orgánico será determinado por la construcción de una calicata, permitiendo identificar su espesor, el horizonte de suelo vegetal puede presentar variaciones en su espesor, por lo que se debe tener cuidado en retirar sólo esta primera capa de tierra en esta primera operación. El horizonte orgánico deberá disponerse a sotavento, de manera que se proteja por el horizonte mineral, material de color más claro y pedregoso, que será de mayor volumen y dispuesto a barlovento creando una cortina natural, disminuyendo la perdida por factores eólicos de la cubierta vegetal. Además con esta disposición el material arrastrado por el viento y el agua, quedará dentro de la zanja en el ordenamiento que corresponde, no permitiendo que la cubierta vegetal quede al fondo de la zanja en el horizonte que no corresponde. Continuar la excavación retirando el resto de suelo hasta llegar a la profundidad requerida para la instalación del ducto. La maniobra de apertura y cierre de zanja deberá realizarse en el menor tiempo posible, no más de 2 semanas, de ser asi deberá realizarse por tramos. Por ningún motivo deben mezclarse los horizontes de suelo (el superficial con el profundo), pues sólo el horizonte superficial es fértil y capaz de sostener vida vegetal. Una vez que el dueto es soldado y dispuesto en el fondo de la zanja, ésta debe taparse, restituyendo los horizontes extraidos siguiendo el mismo ordenamiento en que se encontraban los perfiles de suelo antes de la excavación. Por tanto, deberá ponerse primero la tierra del horizonte mineral más profundo, para luego agregar aquella que fue retirada inicialmente del sector más superficial (horizonte orgánico). Dado que el suelo de la superficie quedará suelto y seguramente más elevado, éste deberá compactarse, esto evitará que el suelo se pierda por efecto del agua o el viento, se deberá realizar una sobremonta de 10 centimetros en el eje del ducto, debido a que este sector modificará su cota con el transcurso del tiempo debido a que el suelo removido se restructurará. La compactación deberá realizarse con un rodillo o bien la oruga de la retroexcavadora, Debe minimizarse el tránsito de maquinarias y vehículos en el área a intervenir, dado que éstos usualmente generan una mayor destrucción de cubierta vegetal que la misma zanja. Especial cuidado deberá tenerse en los suelos que la mayor parte del año se encuentran saturados de agua ya sea por crecimiento y/o desborde de chorrillos, o por condiciones naturales del suelo. En estas áreas se deberá realizar la intervención en verano o en la época en que el suelo se encuentre lo suficientemente drenado.
Siempre debe tenerse presente que los esquemas indicados en el presente
procedimiento de apertura y cierre de zanja, son sólo referenciales, pudiendo sufrir variaciones en torno a la disposición de los perfiles de suelo, dependiendo del área especifica que se intervenga. Sin embargo, siempre debe tenerse presente que dichos horizontes de suelo no importando donde se dispongan transitoriamente nunca deben mezclarse. Esta ductilidad debe considerarse en el diseño del proyecto, para estar preparados para una disposición distinta de los horizontes, acorde con el cuadrante de viento predominante. Se deberá realizar un Plan de Seguimiento Ambiental el cual tiene como objeto evaluar y verificar in situ el nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionando a la vez la información cualitativa y cuantitativa necesaria para prevenir la iniciación de posibles focos de erosión. Este plan propone realizar dos muestreos, el primero se llevará a cabo luego de finalizar la primera temporada de crecimiento, el segundo muestreo se realizará luego de finalizar la segunda temporada de crecimiento del pastizal. Este monitoreo será complementado con un informe final donde se reporte el crecimiento de la vegetación, vinculando el comportamiento de la temporada anterior. En cada monitoreo se evaluará la cobertura vegetacional general alcanzada en porcentaje, utilizando el método de estimación ocular por cuadrante de Parker, es importante lograr una cuantificación del estado del pastizal sin intervención por tal motivo se realizaran muestreos de parcelas testigos de la cubierta vegetal en el mismo lugar, bajo los mismos parámetros, de manera de estimar los porcentajes de cubierta vegetal existentes. De no presentar una recuperación superior al 60% del porcentaje original de cobertura vegetacional después del segundo muestreo, se procederá a la práctica agronómica del establecimiento artificial de una mezcla forrajera compuesta, acorde a la unidad vegetacional intervenida. La siembra de estas especies deberá realizarse en los meses de septiembre a noviembre cuando la pradera presenta un nivel adecuado de humedad.
3.10.2.-/. “ Plan de Seguimiento Ambiental
7110
El plan de seguimiento ambiental consiste en evaluar y verificar in situ durante los primeros estadios el nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionando a la vez la información cualitativa y cuantitativa necesaria para prevenir la iniciación de posibles focos de erosión. Dicho plan de seguimiento se realizará durante las obras y posterior a ellas, el cual consiste en la selección de áreas especificas para la medición y control de la recuperación de formaciones vegetales, considerando el éxito de restablecimiento de sus especies dominantes.
Los seguimientos se harán inicialmente con una frecuencia estacional, por un periodo de dos temporadas de crecimiento del pastizal. En este caso, la herbivoria por ovejas será considerada como un elemento constituyente del sistema natural. En cada monitoreo se recomienda evaluar la cobertura vegetacional general alcanzada (9), utilizando la estimación por cuadrante mediante el método de Parker.
Si durante el periodo de seguimiento ambiental (monitoreos) se detectasen focos erosivos, se realizará y ejecutará un plan de manejo agronómico mediante la siembra de especies forrajeras comerciales, de manera de detener la erosión con una cobertura vegetal temporal, debido a que estas especies son exigentes en nutrientes y riego, no permitiendo un establecimiento sustentable, a esto se debe sumar la alta herbivoría de estos pastos por la fauna debido a su mayor calidad y palatabilidad.
4- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Línea de Flujo Punta del Cerro 2" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Linea de Flujo Punta del Cerro 2" cumple con:
- Normas de emisión y otras normas ambientales
1.- D.F.L. N*725, Código Sanitario
Articulos 67” y 68%: Cumplirán la normativa a partir de reglamentos internos y procedimientos internacionales.
Articulos 70* y 71%: El agua potable y de consumo será proporcionada por un contratista y provendrá desde Punta Arenas en bidones. Para la etapa de construcción se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Para la etapa de construcción las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación que cuente con la autorización de la autoridad para tal efecto.
Articulos 72* y 73%: Se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto no descargará aguas servidas y residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población.
Articulo 77*: El Proyecto no contempla la habilitación de un campamento.
Artículo 78”: El retiro de los desechos corresponde a un contratista, el cual contará con las autorizaciones pertinentes emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores.
4.1.2.- D.S. N*132/2004, Reglamento de Seguridad Minera
Artículo 67: De acuerdo a lo señalado, en forma previa a la fase de construcción, ENAP enviará a SERNAGEOMIN la Resolución de Calificación Ambiental que califica favorablemente al Proyecto.
Artículo 68: Será cumplido ya que forman parte de la Política Ambiental de la Empresa. Respecto a las emisiones asociadas a la maquinaria es importante señalar que todos los vehículos utilizados durante la construcción y operación se encuentran con las respectivas revisiones técnicas al dia.
Artículo 69: Será cumplido debido a que forman parte de la Política Ambiental de la Empresa, donde se destaca que para cada etapa descrita en la Declaración de Impacto Ambiental, ENAP - Magallanes realiza actividades de inducción donde hace extensivos los compromisos ambientales a las empresas contratistas y subcontratistas. Además el Titular cuenta con planes y programas para dar cumplimiento a lo s compromisos ambientales asociados a la tramitación de la presente DIA.
Articulo 70: El Proyecto corresponde a un a propuesta de desarrollo minero, por lo que se encuentra en el ámbito de esta regulación.
Artículos 312 y 313: Los reglamentos antes señalados corresponden a procedimientos que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años actualizándolo e incorporando nueva normativa. En los entes fiscalizadores según corresponda, obran los procedimientos adoptados por la empresa.
Artículos 493, 497, 498 y 499: Corresponde a procedimientos que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años actualizándolo e incorporando nueva normativa. En los entes fiscalizadores según corresponda, obran los procedimientos adoptados por la empresa. Artículo $00”: Durante la etapa de construcción, el Proyecto generará desechos menores los cuales serán retirados y dispuestos oportunamente en lugares autorizados. Se cumplirán integra y cabalmente los requisitos del presente Decreto Supremo.
4.1.3.- Decreto 280, Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural
En el caso puntual del Proyecto, de acuerdo al Artículo 12”, las normas internacionales serán
cumplidas de forma óptima ya que corresponde al estándar de la industria y se actualizan a
mediad que son perfeccionadas,
D.S. N*594/99, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo
Artículo 16: El Proyecto generará aguas servidas provenientes de baños quimicos, las cuales
serán retiradas por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente
para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización. Es importante señalar que la empresa prestadora del servicio, deberá contar con la autorización correspondiente emanada de la Autoridad
Sanitaria para realizar dichas funciones.
4.1, 4.1.
$110
Artículo 18% ENAP - Magallanes posee un contrato para la eliminación de todos sus residuos, así como también una autorización de la municipalidad de Punta Arenas que le permite depositar en sus vertederos residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios.
Artículo 19”. ENAP - Magallanes exige a sus contratistas que dispongan de todas las autorizaciones que la ley exige de otra forma no podrían formar contrato con la empresa. Artículo 20%. ENAP - Magallanes cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos autorizados por la autoridad sanitaria que está vigente y a la vez con contratos que garantiza su disposición final. Los residuos industriales no peligrosos serán retirados y transportados vertedero autorizado de Porvenir por una empresa autorizada.
Artículos 24? y 267, En la DIA, se señala que para la etapa de construcción, se utilizarán baños químicos, donde las aguas servidas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, la cual se encargará de realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado.
4.1.5.- Ley 17.288, Ley sobre Monumentos Nacionales
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la etapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Artículos N*26 y 27 de la Ley N”17.288.
4.1.8.- D.S. N484, Reglamento de la Ley N17.288, Sobre Excavaciones ylo Prospecciones
Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas
El titular del Proyecto se compromete a respetar tado lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales su Reglamento, realizando para este proyecto un levantamiento Arqueológico, el cual da cuenta de los antecedentes arqueológicos, antropológicos o paleontológicos de la zona a intervenir. De esta manera, el Titular del Proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes. De acuerdo a lo señalado por las leyes mencionadas.
4.1.7.- D.S, N*146/97, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuente Fijas
El Proyecto, debido a la lejania con sectores poblados, a los factores climáticos y a la corta duración de la faena, no se afectará a ningún sitio poblado.
5.- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Línea de Flujo Punta del Cerro 2" no requiere de ninguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Titulo WII del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
6.- Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Linea de Flujo Punta del Cerro 2 no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
7.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente: Ti- El titular ingresará las exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de
Calificación Ambiental, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (Wwww.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso se materializará en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Calificación Ambiental:
7.2- El titular se compromete a minimizar el tránsito de maquinarias y vehículos en la franja en donde se instalará la linea de flujo flexible y, realizará la instalación de la línea de flujo flexible en verano o en época en que el suelo se encuentre lo suficientemente drenado. Si se detectase un daño a la cubierta vegetal, realizará un plan de seguimiento ambiental para evaluar daño y recuperación de la cubierta vegetal y, aplicar medidas de remediación si eventualmente se producen daños;
ds El Titular se compromete a llevar a cabo el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (PICW) durante el desarrollo del Proyecto, tanto para la apertura como así también en el cierre de la zanja.
8.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá
informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo, Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. 2.- Que, la Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del proyecto “Linea de Flujo Punta del Cerro 2”, por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio 'Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales previstos y no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 11.- QueZal titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de arittad. stodas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de de cad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero
9/10
13.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena
RESUELVE: 1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Línea de Flujo Punta del Cerro 2”. 2.- CERTIFICAR que el proyecto “Linea de Flujo Punta del Cerro 2” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, no requiere de permisos ambientales sectoriales y no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300. 3.- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante
la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
otifiquese y Archivese
01)
Y ROBE
Distribución:
- Roberto Jorge Mc Leod Glasinovic Superintendencia del Medio Ambiente Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena llustre Municipalidad de San Gregorio Secretaria Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Energía, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena Secretarla Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear Consejo de Monumentos Nacionales
Í0
A
Cie: + Encargada Participación Ciudadana - Expediente del Proyecto "LÍNEA DE FLUJO PUNTA DEL CERRO 2" + Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena
10/10