Evaluación SEA

Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3

Rol 7132919
SEA · DIA · Aprobado · 2012-07-19 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes

XIl REGIÓN

2.1.-

2.2.-

3.-

4-

REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Construcción de

Línea de Flujo para Pozo LC3" Resolución Exenta N* 195/2012 Punta Arenas, 2 de Octubre de 2012

La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Construcción de Línea de Flujo para

Pozo LC3”, presentada por el Señor Juan José Dauria, en representación de Pan American Energy

Chile Ltda., con fecha 19 de julio de 2012;

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la

base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de

Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental Oficio N1194, publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 25/07/2012; Oficio N357/2012, publicado por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 26/07/2012; Oficio N1330, publicado por Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 30/07/2012; Oficio N3219 DRMA, publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 01/08/2012; Oficio N000048, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Energía, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 01/08/2012; Oficio N“485, publicado por Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 02/08/2012; Oficio N241, publicado por Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 02/08/2012; Oficio N699, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 03/08/2012; Oficio N%98-EA/2012, publicado por Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 06/08/2012; Oficio N”497, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 06/08/2012; Oficio N310, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 06/08/2012; Oficio N5.7/054, publicado por Comisión Chilena de Energía Nuclear, con fecha 07/08/2012; Oficio N282, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 07/08/2012; Oficio N081, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 08/08/2012; Oficio N3215, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 08/08/2012; Con Relación al Adenda N1 Oficio N5,7/060, publicado por Comisión Chilena de Energía Nuclear, con fecha 29/08/2012; Oficio N3585, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 03/09/2012; Oficio N3976 DRMA, publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 03/09/2012; Oficio N315, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 05/09/2012;

El Acta de la Sesión N*26 la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena,

de fecha 02 de octubre de 2012 ;

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la

Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3".

Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S.

95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y

sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N*19.880

establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la

Administración del Estado; la Resolución N*1600/2008, de la Contraloría General de la República; y

las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

ds

EE

E

Que, la Comisión de Evaluación de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por el cumplimiento de

todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Construcción de Linea de Flujo para Pozo LOS”;

Que, el derecho de Pan American Energy Chile Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

ve según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyacío Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3" consiste en la construcción de una línea de flujo de6* a 8” de diámetro nominal y de 1.340m de longitud, el cual transportará los hidrocarburos

CRE provénientes del pozo LC 3 hacia la Baterla Los Cerros.

Superficies

1/9

3.2.-

3.2.1.-

3.3.- 3.3.1.-

3,3.2-

La superficie que contempla el Proyecto en la etapa de construcción es de 1,608 ha, considerando un ancho máximo de 12 metros en la construcción de la linea de flujo (1.340m), en la etapa de operación la superficie se reducirá a 0,804 ha. Localización El Proyecto se localiza en la Provincia de Magallanes, Comuna de San Gregorio; Específicamente en los predios "Estancia Don Alejandro" y “Estancia Segunda Angostura”, ambas localizadas en el sector denominado Altos de San Gregorio.

Coordenadas

Las coordenadas geográficas son:

Coordenadas UTM - WGS84/19 Punto de Referencia Norte Este Inicio 4.189.614 416.117 Termino 4.189.254 414.861

Definición de sus partes, acciones y obras fisicas

Trazado del ducto

El Proyecto busca conectar la producción del pozo LC 3 mediante el tendido de una Línea de

flujo de 6" a 8” de diámetro a la futura Batería Los Cerros. De acuerdo a la longitud total del

trazado, 1.340 metros, se puede asegurar que este ducto, tanto para la etapa de construcción

como en la de posterior operación, sólo ocupará una fracción menor de la estepa magallánica

(0,804 ha). Así mismo, la capa vegetal intervenida, será tratada según lo establecido en el Plan

de Intervención de Cubierta Vegetal.

Dentro de las principales caracteristicas de las instalaciones se presentan:

= Cañería de acero enterrada a 1 metro de profundidad, con revestimiento de polietileno o polipropileno tricapa el cual brindará protección contra la corrosión externa del ducto durante la operación, además se instalarán ánodos de sacrificio para la protección catódica.

  • Diámetro nominal 6” a 8”.

  • Longitud de Línea de flujo: 1.340m.

  • La línea de flujo, se vinculará a través de un manifold a la Batería Los Cerros.

Este sistema en conjunto será sometido a mantenimiento programado el cual es realizado por

personal especializado de PAE Chile, y busca optimizar la operación del ducto y a su vez

minimizar el riesgo de roturas. No se prevé la instalación de trampas de scrapper.

Etapa de Construcción

No se utilizarán campamentos de faena, por lo tanto se contará con baños químicos de acuerdo

a las dimensiones de la obra. El agua potable será suministrada a los lugares de trabajo en

forma envasada desde Punta Arenas por una empresa autorizada de manera de dar

cumplimiento a la NCh N* 409.

En cuanto al transporte del personal de PAE destinado a la supervisión de las obras, se

transportará en vehículos proporcionados por la misma empresa, adicionalmente, el personal

contratista contará con su propio transporte de acuerdo a los estándares exigidos por el Titular.

Durante la fase de construcción, PAE cumplirá estrictamente con su normativa interna la cual

contiene la legislación vigente en materia laboral y de seguridad. Los procesos establecidos

internamente por PAE persiguen controlar los procedimientos y las obligaciones sobre la

prevención de riesgos, esto especialmente abarca aspectos sobre accidentes de trabajo, la

seguridad minera, la prevención de riesgos profesionales, además de las condiciones

ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Los camiones a utilizar para el transporte de materiales al lugar de trabajo, no excederán las

dimensiones establecidas por la normativa vigente, no obstante, de realizarse transporte de

carga mayor, PAE Chile, o en su defecto el contratista, solicitará a la Dirección de Vialidad del

Ministerio de Obras Públicas de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena y a Carabineros

de Chile, el permiso de carga en camiones que exceden las dimensiones y pesos máximos, al

mismo tiempo que se coordinarán las medidas de seguridad habituales para este tipo de

actividad.

La construcción del ducto se realizará en un sector acotado de estepa magallánica (1,608ha)

con el fin de minimizar los efectos de la ejecución de las obras sobre el medio ambiente. Por lo

tanto este proceso se llevara a cabo siguiendo los pasos establecidos en el Plan de

Intervención de la Cubierta Vegetal.

Esta etapa involucra como primera acción la demarcación topográfica del eje del ducto y su faja

de derecho de paso, posteriormente se inicia el movimiento de tierra que consiste en la

excavación de la zanja que albergará el ducto y la disposición en forma ordenada y separada de

los horizontes del perfil edáfico del suelo.

Luego se procede al transporte de materiales en camiones, los cuales contarán con la

rotulación según corresponda. Los camiones a utilizar para el transporte de materiales serán de

acuerdo a las dimensiones establecidas por la normativa vigente. Es importante destacar que

PAE exigirá la obtención de las autorizaciones ambientales y sectoriales correspondientes a los

transportistas que prestarán servicios.

A continuación se procederá al montaje del ducto lo cual incluye la disposición de las cañerias

junto a la zanja, el curvado de ellas donde sea necesario, la soldadura e inspección de éstas y

el parcheo de las uniones soldadas. En el proceso de unión de las cañerias mediante

“ soldadura, se mantendrá una carpa protectora donde va trabajando el soldador de manera de

s | ¿evitar que las chispas se diseminen hacia el campo, además se contará con un equipo extintor

de incendios durante los trabajos el cual acompañara la faena de soldadura conforme se

/ avance en el trazado. Se procederá de acuerdo a lo estipulado en el “Plan de Prevención

Presupresión y Supresión de Incendios en Pastizales y/o Matorrales” (Anexo X de la DIA).

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Posteriormente se instala el ducto dentro de la zanja y se da paso a la etapa de pruebas y limpieza interior del ducto.

3.3.2.1.- Etapa de Pruebas Al finalizar la etapa de construcción del ducto se realizan las siguientes pruebas: 3.3.2.1.1.- Prueba de Uniones Soldadas

Se inspecciona un porcentaje de las uniones soldadas (establecido en la norma ASME B31.8) en base a placas radiográficas tomadas a las uniones soldadas. De esta forma se ponen en evidencia las discontinuidades superficiales o internas de las uniones, y asi poder identificar y reparar los posibles defectos encontrados. 3.3.2.1.2.- Prueba de Revestimiento Esta prueba se realiza para verificar que el revestimiento tricapa aplicado a la tubería lo protege exteriormente de las condiciones corrosivas del entorno y tenga continuidad en todo su trazado, en este ejercicio se emplea un detector similar al Holyday. 3.3.2.1,3.- Prueba de resistencia Esta prueba consiste en aplicar presión al ducto, en esta práctica se utilizarán los siguientes equipos de medición: - Manómetro registrador con carta para registro de 24 horas, - Manómetro con grado de resolución de 50 psi, lectura en psi y kg/cm?. - Manémetro con grado de resolución de 10 psi, lectura en psi y kg/cm. - Termómetro registrador con su elemento sensor colocado en contacto directo con la línea. - Termómetro de lectura directa para la determinación de la temperatura ambiente. Cabezal de prueba hidráulica. 3.3.2.1.4.- Relleno de zanja Una vez finalizadas las tareas de prueba del ducto se procederá al relleno de la zanja comenzando con arena o material de granulometría equivalente para luego continuar rellenando con material libre de rocas o grava, como medida de seguridad a modo de alertar a operadores de maquinaria pesada que accidentalmente pudiesen intervenir sobre el terreno donde quedará enterrado el ducto, se instalará una cinta plástica de advertencia a 30 cm de profundidad y en todo el trazado del ducto ,esta cinta tendrá la leyenda "NO EXCAVAR NI ANCLAR ALTA PRESIÓN LÍNEA DE FLUJO". A continuación se procederá a terminar de rellenar con material mineral para dar paso finalmente a la restitución del material orgánico (capa vegetal) al lugar de donde fue retirada. Posterior a la construcción del ducto se instalarán letreros en sectores de pozos, caminos y limites prediales, la información contenida en los letreros especificará el diámetro de la cañería, la presión, y el nombre de la empresa a la cual pertenece. Como medida de cautela en cuanto a ingeniería y construcción del Proyecto se mantendrá conformidad con la normativa vigente (D.S. N*280/2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, referido al Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural) y usando como pilar las normas americanas contenidas en ANSVASME B31.8 para el transporte de gases, de esta forma se optimiza la seguridad del ducto. El Proyecto no contempla el atravieso de caminos enrolados o bajo la tuición de la Dirección de Vialidad. 333% Etapa de Operación La etapa de operación del Proyecto se ocupará esencialmente de transportar gas, el cual se caracteriza por ser una fuente de energía no renovable, compuesta por una mezcla de gases ligeros que se encuentran en yacimientos de petróleo, el gas por ser un fluido, intrinsicamente posee energía para desplazarse desde sitios de mayor presión a sitios con menor presión. Una de las formas de movilizar el gas en por medio de gasoductos esta modalidad no es nueva y es realizada en forma segura y ambientalmente amigable en el mundo bajo normas internacionales y también reglamentación propia de cada país, PAE cuenta con un Plan de Detección y Control de Fugas de Gas en Ductos de Transporte de Gas" (Anexo VIII de la DIA) y un Plan de Preparación y Respuesta a Emergencias (Anexo IX de la DIA). 3.3.3.1.- Descripción del Proceso Este proceso pretende centralizar el fluido de gas mediante una línea de flujo que llevará la producción del pozo LC 3 hasta la Batería Los Cerros. Ante eventuales contingencias y emergencias que tengan implicancias sobre el medio natural o social se cuenta con un “Plan de Detección y Control de Fugas de Gas en Ductos de Transporte de Gas" (Anexo VIIl de la DIA) y un “Plan de Preparación y Respuestas a Emergencias” (Anexo IX de la DIA). En los cuales se describen las acciones a tomar para enfrentar las antes mencionadas situaciones. 3.3.3,2.- Instalaciones en Plataforma del Pozo LC 3 En el pozo LC 3, se encontrará el manifold tradicional de pozo, con conexiones para instalación de Unidades de prueba y empalmes a la linea proyectada. 33.33.- Linea de flujo LOS - Batería Los Cerros El Proyecto implica la construcción de una linea de flujo que transportará los hidrocarburos desde el pozo LC 3 hacia la batería Los Cerros, este ducto irá enterrado a una profundidad de 1 men todo su trazado y contará con protección tricapa para protegerlo de la corrosión, la longitud de este ducto será de 1.340 m. Este ducto tendrá un diámetro de 6”, provendrá desde el cabezal del pozo LC 3 y se conectarán al manifold de la Bateria. ¿Etapa de Abandono a protección de polietileno tricapa con la cual contará el ducto, tiene como objetivo proteger la cañería del efecto corrosivo del medio donde estará inmersa durante la operación del Proyecto

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inadecuado el retiro de la estructura dado que significaría una reintervención de la cubierta vegetal ya recuperada.

De esta forma el ducto sobrepasaria la vida útil del proyecto, dando paso a la posibilidad de reutilizarla en futuros proyectos o en el escenario más desfavorable el abandono de este en su lugar de instalación.

34.- Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto 3.4.1.- Emisiones Atmosféricas 3.4.1.1.- Construcción

Las emisiones atmosféricas están relacionadas con la generación de polvo en suspensión, debido al movimiento de tierra en la etapa de construcción, Las emisiones serán minimas, y de corta duración no superiores a 2 meses. Respecto a las emisiones asociadas a la maquinaria es importante señalar que todos los vehículos utilizados durante la construcción y operación se encontrarán con las respectivas revisiones técnicas al día.

3.4.1.2.- Operación No habrá generación de emisiones atmosféricas. Cabe mencionar que los motores contaran con un plan de manteniendo que asegurará el correcto funcionamiento de los mismos.

3.4.2.- Emisiones de Ruido

3,42.41.- Construcción Se generará ruido debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo estas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de maquinas a utilizar en esta etapa. Por otra parte el lugar donde está localizado el Proyecto es un área de viento frecuente, lo cual facilita que las emisiones acústicas se disipen rápidamente, junto a lo anterior es importante destacar que las emisiones tendrán un efecto puntual y transitorio por cuanto se contempla un periodo no superior a 2 meses para la fase de construcción. Cabe destacar que el sitio en donde se desarrollan las actividades es Rural, con la ausencia de asentamientos que pudieran ser afectados por la presencia de emisiones de ruidos.

3.4,2,2.- Operación No habrá generación de emisiones de ruido,

3.4.3.- Residuos Líquidos Domésticos

3.4.3.1.- Construcción En la faena se utilizarán baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán almacenados en estanques con capacidad de 12 a 15 m* y retirada cada 3 a 5 dias (dependiendo de la acumulación en el estanque y del tamaño del camión que retire). Estos desechos serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización. Es importante señalar que la empresa prestadora del servicio, deberá contar con la autorización correspondiente emanada de la Autoridad Sanitaria para realizar dichas funciones.

3,4.3.2.- Operación

No habrá generación de residuos líquidos domésticos. 3.4.4.- Residuos Líquidos Industriales 3.4.4.1.- Construcción

El Proyecto no contempla, la generación de residuos industriales liquidos.

3.4,4.2.- Operación Se prevé, transportar íntegramente el fluido del pozo LC 3, por lo cual no se generarán residuos industriales líquidos en esta etapa.

3,4.5.- Residuos Sólidos, Domésticos e Industriales (No Peligrosos)

3.4.5.1.- Construcción Los residuos sólidos de origen domiciliario e industrial generados en el Proyecto, serán almacenados momentáneamente en tambores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición. Se estima que en la etapa de construcción se generarán restos de soldadura y despuntes metálicos, los cuales tendrán un volumen aproximado de 10mP. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal de Punta Arenas, de acuerdo a una autorización especifica obtenida para tal efecto.

3,4.5.2.- Operación No se generan residuos sólidos de origen domiciliario e industrial no peligrosos en esta Etapa.

3.4.6.- Residuos Peligrosos

3.46.1.- Construcción

Los residuos peligrosos que se generen durante la etapa de construcción, tales como guaipes y paños empetrolados serán manejados de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de PAE Chile. La mantención programada de equipos y maquinarias se realizará en instalaciones ubicadas fuera del yacimiento (Cambio de aceites y otros), se deja en claro que estas mantenciones no corresponden a etapas del Proyecto.

Operación E No habrá generación de residuos peligrosos. 3.5.5.0 -Arqueologia

ego de los trabajos de prospección arqueológica realizados en el área de estudio permitieron E istrar un sitio con dos concentraciones de materiales líticos en superficie, en el informe A ducolóaics se detallan las recomendaciones emanadas del profesional para el desarrollo del Proyecto,

tes del comienzo de las obras de construcción del proyecto se deberán cercar para su

protección las 2 concentraciones arqueológicas (localizadas en los puntos UTM 415.588E - 4,189.538N y 415.644E - 4.189.582N, DATUM WGS84), utilizando una malla preventiva, la que

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deberá ser retirada una vez finalizada las faenas de acuerdo a las características propuestas en el

informe arqueológico del proyecto.

Además, debido a que en sectores cercanos al proyecto existen restos arqueológicos, el titular

deberá:

a) Implementar una inducción arqueológica, por un arqueólogo o licenciado en arqueología, a todo el personal involucrado en la construcción del proyecto, con el fin de evitar la alteración del Patrimonio Arqueológico.

b) Desarrollar un monitoreo arqueológico permanente, por un arqueólogo o licenciado en arqueología, durante las etapas del proyecto que involucren movimientos de tierra y/o excavaciones. A partir del monitoreo se deberá remitir al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente, los informes elaborados por el arqueólogo, de forma mensual con las actividades realizadas en ese período. El informe de monitoreo deberá contener los siguientes antecedentes relevantes:

  • Descripción de las actividades de todos los frentes de excavación del mes y con fecha.

  • Descripción de las matrices y materialidad encontrada (con profundidad) en cada excavación.

  • Plan mensual de trabajo de la constructora en las obras,

  • Información sobre la implementación de charlas de inducción a los trabajadores del proyecto sobre el componente cultural que se podría encontrar en el área.

  • Incluir registro fotográfico (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas.

  • Informar sobre eventuales recolecciones de materiales arqueológicos encontrados en cada sector de la excavación, indicando las profundidades de cada hallazgo.

  • El informe final de monitoreo deberá integrar además de una revisión bibliográfica exhaustiva (arqueológica e histórica), el análisis de materiales arqueológicos, (por especialistas en cada tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad,

  • En relación a los materiales recuperados, si es que los hubieren, la destinación definitiva de estos deberá ser implementada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación.

c) En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la etapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los artículos N26 y 27 de la Ley N17.288.

3.6.- Fauna

En la evaluación de la fauna presente en el área de estudio de este proyecto, se identificaron un

total de 6 especies de fauna vertebrada (3 especies de aves y 3 de mamiferos), las que

corresponden a parte de las descritas para el ambiente de Estepa Patagónica de la Región de

Magallanes, según la literatura referida,

Entre las aves, se detectó la presencia de una especie con problemas de conservación,

Pterocnemía pennata (fandú) la que se encuentra en categoría de Vulnerable de acuerdo al "Libro

rojo de los vertebrados terrestres de Chile" (Conaf, 1993); sin embargo, Pferocnemía pennata no

está incluida en el listado de especies con alguna categoría de riesgo, clasificadas por CONAMA

(2009). En este sentido, se considera que esta especie ha tenido una recuperación en la última

década (Venegas et al. 1998) y tiene bastante disponibilidad del tipo de ambiente que usa, por lo

que dada su movilidad, puede mantenerse fuera del área de estudio.

En el área prospectada, no se encontraron especies de mamiferos con problemas de

conservación, de acuerdo al "Libro Rojo de Vertebrados Terrestre de Chile" (Conaf, 1993); tampoco

se encontraron especies incluidas en el listado de especies con alguna categoría de riesgo,

clasificadas por CONAMA (20089).

Las aves y los mamiferos registrados tienen bastante movilidad y en el área de estudio son

temerosas ante la actividad humana, por lo que se alejarían del área, teniendo las precauciones

adecuadas durante los trabajos para este proyecto,

De acuerdo a la presente evaluación, se concluye que no habrá impactos negativos sobre estas

comunidades de fauna, en los trabajos de construcción de la línea de flujo para el pozo LC3, en la

Comuna de San Gregorio, en la Provincia de Magallanes.

37.- Flora

En la evaluación de la flora del área de estudio de este proyecto, se identificó sólo una comunidad vegetacional: (1) el brezal de Empetrum rubrum (97%). Las comunidades registradas corresponden a algunas de las asociaciones del ambiente de Estepa Patagónica de la región de Magallanes. En esta comunidad no se encontraron especies de flora en alguna categoría de problemas de conservación, de acuerdo al "Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile” (Conaf, 1989), a su vez, tampoco se encontraron especies de flora incluidas en el listado de especies con alguna categoría de riesgo, clasificadas por CONAMA (2009).

De acuerdo a la presente evaluación, se concluye que no habrá impactos negativos sobre esta comunidad de flora, en los trabajos de construcción de la línea de flujo para el pozo LCS3, en la comuna de San Gregorio, en la provincia de Magallanes.

Hidrología

'En el área de intervención directa de la línea de flujo, no se atravesará o intervendrá ningún cauce tural superficial permanente o intermitente que necesite o requiera de algún Permiso Ambiental Sectorial (PAS).

Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal

Los pasos y consideraciones a seguir en la apertura y cierre de la zanja, para minimizar el impacto ' favorecer un menor tiempo en la recuperación de la cubierta vegetacional de las áreas

a) Sin quitar la vegetación de la superficie, retirar la tierra vegetal u horizonte superficial de suelo

de color más oscuro y disponerlo lateralmente con las raíces de la vegetación hacia abajo disminuyendo la deshidratación de la vegetación presente por efectos ambientales (viento y temperatura), la profundidad del horizonte orgánico se prospectó en terreno determinándose un espesor de 40 cm pudiendo presentar variaciones en su profundidad a lo largo del trazado de la linea de conducción, por lo que se debe tener cuidado en retirar sólo esta primera capa de tierra en esta primera operación. El horizonte orgánico deberá disponerse a sotavento, de manera que se proteja por el horizonte mineral (B), material de color más claro y pedregoso, que será de mayor volumen y dispuesto a barlovento, creando una cortina natural, disminuyendo la erosión eólica de la cubierta vegetal (figura 5). Además, con esta disposición el material arrastrado por el viento y el agua, quedará dentro de la zanja en el ordenamiento que corresponde, no permitiendo que la cubierta vegetal quede al fondo de la zanja en el horizonte que no corresponde. Luego se continúa la excavación retirando el resto de suelo hasta llegar a la profundidad requerida para la instalación del ducto. La maniobra de apertura y cierre de la zanja deberá realizarse en el menor tiempo posible, no más de 2 semanas, de ser así deberá realizarse por tramos. Por ningún motivo deben mezclarse los horizontes de suelo (el superficial con el profundo), pues sólo el horizonte superficial es fértil y capaz de sostener vida vegetal.

b) Una vez que el ducto es dispuesto en el fondo de la zanja, éste debe taparse, restituyendo los horizontes extraídos siguiendo el mismo ordenamiento en que se encontraban los perfiles de suelo antes de la excavación. Por tanto, deberá ponerse primero la tierra del horizonte mineral más profundo, para luego agregar aquella que fue retirada inicialmente del sector más superficial (horizonte orgánico).

c) Dado que el suelo de la superficie quedará suelto y seguramente más elevado, éste deberá compactarse, esto evitará que el suelo se pierda por efecto del agua o el viento. Se deberá realizar una sobremonta de 30 centimetros en el eje del ducto, debido a que este sector modificará su cota con el transcurso del tiempo debido a que el suelo removido se reestructurará. La compactación podrá hacerse con un rodillo agricola.

d) Debe minimizarse el tránsito de maquinarias y vehículos en el área a intervenir, dado que éstos usualmente generan una mayor destrucción de cubierta vegetal que la misma zanja.

e) Siempre debe considerarse que los esquemas indicados en el presente procedimiento de apertura y cierre de zanja, son sólo referenciales, pudiendo sufrir variaciones en torno a la disposición de los perfiles de suelo, dependiendo del área específica que se intervenga. Sin embargo, siempre debe tenerse presente que dichos horizontes de suelo, no importando donde se dispongan transitoriamente, nunca deben mezclarse. Esta adaptabilidad debe considerarse en el diseño del proyecto, para estar preparados para una disposición distinta de los horizontes, acorde con el cuadrante de viento predominante.

fi Se deberá realizar un monitoreo de las áreas en recuperación con el objeto de evaluar y verificar el estado de restauración de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas. En el caso de no presentar una recuperación superior al 60% del porcentaje original de cobertura vegetacional al cabo de dos temporadas de desarrollo vegetativo, se procederá a sembrar con especies adaptadas a un agroclima de estepa, recomendándose realizar de forma conjunta, una fertilización con macronutrientes primarios (NPK) y una corrección de la condición de acidez de acuerdo a los resultados de un análisis de suelo, el cual permitirá realizar las correcciones nutricionales necesarias para favorecer el prendimiento de las especies establecidas. La siembra de estas especies deberá realizarse en los meses de primavera (Septiembre - Noviembre), cuando los niveles de humedad y temperatura sean los adecuados.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Construcción de Linea de Flujo para Pozo LC3” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3” cumple con:

4.1.- Normas de emisión y otras normas ambientales

4.1.1.- D.S. N*146/97, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuente Fijas

De acuerdo a lo señalado en la DIA, en la etapa de construcción del proyecto, se generará ruido debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo, éstas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de máquinas a utilizar. En la etapa de operación los ruidos emitidos por los equipos asociados al ducto no sobrepasarán los 80 dBA,

4.1.2.- Decreto 280: Aprueba Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas de

Red, deroga DS 254/95,

Artículo 1%: El diseño y la construcción de la línea de flujo que transportará el gas, se hará conforme a la reglamentación vigente contenida en este Decreto,

Artículo 5*: El titular conservará los diferentes estudios y documentos técnicos utilizados en el diseño y construcción y sus modificaciones, como asimismo los registros de las certificaciones e inspecciones de que hubiera sido objeto, todo lo cual estará a disposición de la Superintendencia.

Artículo 12* y 18”: Las normas y reglamentos internacionales serán cumplidas de forma óptima ya que corresponde al estándar de la industria y son aplicadas por PAE en sus distintos Proyectos.

%, Ley 17,288, sobre Monumentos Nacionales

¿¿El Proyecto contempla la preparación de zanjas y excavaciones de aproximadamente 1m de

"profundidad para el ducto. De esta manera, el Titular del Proyecto se compromete en la

RIA ¡eu ntualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico 0

ad ¡Pelgontológico de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes.

4.1.4.-

¿D.S. N484, Reglamento de la Ley N 17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones queológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

6/9

4.1.5.-

4.1.6.-

4.1.7.-

4.1.8.-

que -“de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VIl del D.S. N*95/01 del Ministerio

El Titular del Proyecto se compromete, en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes.

D.S. N132/2004: Reglamento de Seguridad Minera Artículos 67, 68%, 69* y 70”. Los artículos precedentes serán cumplidos, ya que forman parte de la Politica Ambiental de la Empresa en Latinoamérica.

Artículos 312”, 313*, 493", 497", 498” y 499", Todos los Planes antes señalados corresponden a procedimientos Standard en la industria Petrolera y forman parte de las normas de seguridad en abandono de faenas. El Titular evaluará todos antecedentes solicitados en los artículos precedentes, para el fiel cumplimiento de la normativa.

Artículo 500*. El Proyecto contempla la construcción de un ducto que se hará conforme a la reglamentación vigente contenida en este Decreto, Durante la etapa de construcción, especificamente durante la instalación del ducto, el Proyecto generará desechos menores, los cuales serán retirados y dispuestos oportunamente en lugares autorizados, La tubería cumplirá

integra y cabalmente los requisitos del D.S. 132/2004,

D.S. N594/99: Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Artículo 16, No aplica debido a que no existe red de alcantarillado público en el lugar de faena. Artículo 17”. El Proyecto no contempla incorporar ningún tipo de relave minero o industrial tanto a cursos de agua superficiales como a napas de agua subterránea. Artículo 18%, PAE posee una autorización de la municipalidad de Punta Arenas que le permite depositar en sus vertederos residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios.

Artículo 19”. PAE exige a sus contratistas que dispongan de todas las autorizaciones que la ley exige, de lo contrario, no podrían operar en las faenas de PAE.

Artículo 20*. El Proyecto contempla la generación de residuos peligrosos, en su etapa de construcción, los cuales serán gestionados como se indicia en el Plan de Manejo de Residuos

Peligrosos de PAE Chile. Los residuos industriales no peligrosos serán retirados y transportados al vertedero de Punta Arenas por una empresa autorizada.

Artículo 24* y 26”. En el área de trabajo se utilizarán baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además de realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización, según le exige PAE como responsable del residuo.

Artículo 42”. Durante la etapa de construcción no se requiere almacenar sustancias peligrosas.

Los materiales a almacenar constituyen los tubos para el trazado del ducto, los cuales son dispuestos en el área declarada de forma temporal. Durante la etapa de construcción (faena temporal) el personal trabajará a la intemperie y contará con todo tipo de implementación de vestuario para su protección personal. En todo momento el titular se hace responsable por cumplir con las condiciones sanitarias y ambientales dispuestas por esta, haciéndolas exigibles por parte del titular a toda empresa y personal contratista,

D.S. N*148/03: Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos El Proyecto, en su etapa de construcción, contempla la generación de residuos peligrosos, los cuales serán gestionados como se indicia en el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de PAE Chile.

D.F.L. N725: Actualizado en Julio de 2000, Código Sanitario "Seguridad e Higiene del Ambiente y lugar de Trabajo" Artículos 67” y 68”. Se cumplirá la normativa a partir de reglamentos internos y procedimientos internacionales. Artículo 70” y 71. El agua potable y de consumo será proporcionada por un proveedor de

Punta Arenas y transportada en contenedores diseñados especificamente para dicho uso. Se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria y la evacuación, tratamiento o disposición final de desagies y aguas servidas de cualquier naturaleza serán retirados por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto.

Artículo 72 y 73. El agua para consumo humano será entregada a través de envases sellados, a la vez no se contempla la instalación de ningún tipo de plantas depuradores. Se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto no descargará aguas servidas y residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población.

Artículo 74”. El Proyecto no ejecutará obras ni labores en terrenos particulares ni en aquellos lugares cuya explotación pueda afectar el caudal o la calidad natural del agua,

Artículo 77". El Proyecto no contempla la construcción de campamentos, sin embargo en la Etapa de Construcción el contratista instalará un comedor para el personal de maquinaria y camiones, dicha instalación cumplirá con la reglamentación vigente contenida en este Decreto, Artículo 78*. El retiro de los desechos corresponde a un contratista, el cual contará con las autorizaciones pertinentes emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores.

Artículo 90%. El diseño y la construcción se harán conforme a la reglamentación vigente

“contenida en este Decreto.

'D.S. N*735/1969: Reglamento de los Servicios de Agua, Destinado al Consumo Humano

“Articulo 1?. PAE para todas sus faenas proporciona agua potable de acuerdo a los requisitos

exigidos en la presente normativa, asegurando la continuidad y la calidad de este recurso en el abastecimiento a todos sus trabajadores.

  • “sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse

[a/ejecución del proyecto “Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3" no requiere de ninguno

Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

719

6.- — Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

7.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente: 7.1.- El Titular se compromete a llevar a cabo el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (PICW) durante el desarrollo del Proyecto, tanto en la construcción como en el abandono del Proyecto. 7.2.- El titular ingresará las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA, al Sistema de Carga

de Compromisos Ambientales de Superintendencia del Medio Ambiente (iwww.compromisosambientales.cl). Dicho ingreso se materializará en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA

8.- — Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo, Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

9.- Que, la Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del proyecto "Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3”, por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

10.- — Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales previstos y no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

11.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de titularidad.

12- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

13- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena

RESUELVE:

1 CALIFICAR FAWORABLEMENTE el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3".

2.- CERTIFICAR que el proyecto "Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, no requiere de permisos ambientales sectoriales y no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300.

3.- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

44,

Distribución:

.

.o. . o.

Juan José Dauria .

Superintendencia del Medio Ambiente

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena

8/9

Cie:

PO

Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena

Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

llustre Municipalidad de San Gregorio

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Energía, Magallanes y Antártica Chilena

Secretarla Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena

Comisión Chilena de Energía Nuclear

Consejo de Monumentos Nacionales

Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "Construcción de Línea de Flujo para Pozo LC3" Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena