La Reserva de Machalí Reserva de Machalí
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO OHIGGINS
Califica ambientalmente el proyecto “La Reserva de Machalí"
Resolución Exenta N* 214/2012
Rancagua, 11 de diciembre de2012
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "La Reserva de Machal presentada por el Señor Nelson Ernesto Mouat Zunino, en representación de Inmobiliaria Pocuro Ltda., con fecha 17 de Julio de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
a) Referente a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto
Oficio N37EA/2012 de la Corporación Nacional Forestal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N2792/2012 del Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N“632/2012 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N293/2012 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N1504/2012 de la SEREMI MINVU, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N202/2012 del Servicio Nacional de Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N58/2012 de la SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N1590/2012 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador Genera! Bernardo O'Higgins; Oficio N8/2012 de la |. ici Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N813/2012 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N1477/2012 de la Dirección Regional de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N%423/2012 de la Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oj N1687/2012 del Servicio Agricola y Ganadero, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N%3261/2012 de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Monumentos Nacionales; Oficio N"384/2012 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N“893/2012 de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N1185/2012 del Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O'Higgins.
b) Referente a la Adenda N*1 del Proyecto
Oficio N%49EA/2012 de la Corporación Nacional Forestal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N%439/2012 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N“2090/2012 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N“521/2012 de la Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N2099/2012 de la SEREMI MINVU, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N“2071/2012 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N4390/2012 de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Monumentos Nacionales.
c) Referente a la Adenda N?2 del Proyecto
Oficio N*577/2012 de la Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. 3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "La Reserva de Machall".
- Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2” del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido,
coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
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El Oficio Ordinario N521 de fecha 28 de noviembre de 2012, que citan a la sesión N18 de 2012 del Comité Técnico del proyecto "La Reserva de Machal?”
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La Sesión N”18 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental de fecha 04 de diciembre del 2012.
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El Acta N46 de la Sesión N18 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental que visa el Proyecto "La Reserva de Machalí"
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La Resolución N*115 del 31 de agosto de 2012 emanada de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que establece el nombramiento de la Dirección Regional de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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Acuerdo Sesión Ordinaria N*"21 de la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins de fecha 10 de diciembre del 2012.
CONSIDERANDO:
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Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "La Reserva de Mach
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Que, el derecho de Inmobiliaria Pocuro Ltda.,a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "La Reserva de Machalí” consiste en:
3.1 Antecedentes Generales del Proyecto
Identificación del Titular
Titular aria POCURO Ltda.. RUT 96.602.000-8.
Domicilio : Santo Domingo 1138. Comuna : Santiago Centro.
Región : Metropolitana.
Identificación del Representante Legal
Representante Legal : Nelson Ernesto Mouat Zunino. RUT : 11.471.984-6.
Domicilio : Santo Domingo 1138. Comuna : Santiago Centro.
Región : Metropolitana.
3.2 Monto de Inversión
US$ 7.900.000
3.3 Vida Útil
Indeficnida.
3.4 Mano de Obra
Para la ejecución de los trabajos en la etapa de construcción, son requeridos aproximadamente 150 trabajadores, en el periodo de mayor intensidad, incluyendo todas las fases de construcción
del proyecto (obra gruesa, terminaciones, urbanizaciones, obras exteriores, instaladores, etc.). En la etapa de demanda normal se estima un promedio de 90 trabajadores.
Durante la etapa de operación del proyecto, se estima que el número de trabajadores requeridos para desarrollar todas las actividades solicitadas asciende a 5 personas, las que desarrollan funciones administrativas y de vigilancia dentro del proyecto.
3.5 Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
La superficie total (bruta) del predio es de 50.789.18m2, mientras que la superficie útil corresponde a 49.226,33, su desglose se presenta a continuación.
Tabla N*1 Cuadro Resumen de Superficies Etapa |l
Sector Superficie M2 % Superficie bruta 50.789,18 Superficie neta útil para cálculo de casas y equipamiento 49.226,33 100 Superficie lotes habitacionales 28.218,34 57,32 Superficie áreas verdes 3.573,68 7,26 Superficie equipamientos municipales 1.060,66 2,16 Vialidad interior 16.373,65 33,26
En el Anexo N%2 de la Declaración de Impacto Ambiental se adjunta el Plano de Loteo, en el cual se señalan las superficies, la ubicación y el uso destinado a cada sector dentro del área que involucra el proyecto.
3.6 Localización La ubicación político-administrativa del proyecto es la siguiente: + Región: Del Libertador General Bernardo O'Higgins.
. Provincia: Cachapoal. + Comuna: Machal
3.6.1 Coordenadas
Tabla N*2 Coordenadas de localización del proyecto
Vértice Este Norte 1 344472 6216241 2 344750 6216567 3 344820 6216475 4 344545 6216166
Sistema de proyección cartográfico: UTM huso 19s, datum WGS 84.
En las figuras N“3 y N%% de la Declaración de Impacto ambiental se muestra el lugar de emplazamiento del proyecto. En el Anexo N%3 de la Adenda N*1, se adjunta plano con loteo a urbanizar del proyecto.
3.7 Descripción del proyecto 3.7.1 Antecedentes y Justificación del Proyecto
El Proyecto “La Reserva de Machalí”, consiste en la construcción de 376 viviendas, ubicadas en la comuna Machalí con sus correspondientes áreas verdes y equipamiento.
3.7.2 Objetivo del Proyecto
El proyecto tiene como objetivo dar solución a la demanda habitacional en la comuna de Machali mediante la construcción de 376 viviendas para uso residencial.
En la figura N*2 de la Declaración de Impacto Ambiental se ilustran los modelos de casa con que contará el proyecto.
3.7.3 Etapas del Proyecto
El proyecto contempla la ejecución de actividades y trabajos, tales como instalación de faena, la preparación del terreno, la solución y conexión de servicios básicos (energía, agua potable y alcantarillado), la construcción de vías internas, solución de aguas lluvias, la construcción de áreas verdes y de equipamiento y la construcción de las viviendas individuales.
Previo a la etapa de construcción, se realiza el levantamiento de información, ejecutando los
estudios preliminares (levantamiento topográfico, estudios de mecánica de suelo.), utilizados para efectuar el diseño a nivel de ingeniería básica. Junto con lo anterior, se ejecuta el diseño del Plan
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Maestro (diseño lotes, distribución, áreas verdes, accesibilidad) efectuándose en este tenor los diseños de redes (agua potable, alcantarillado, pavimentación, manejo aguas lluvias, etc.), servicios (electricidad, otros) y las correspondientes solicitudes de facti
3.7.3.1 Etapa de Construcción
Como primer punto se considera la preparación del terreno, correspondiente a despeje y escarpe de terreno, movimientos de tierra para nivelación de las calles y lotes y posterior pavimentación, cabe mencionar que los m? removidos de tierra son utilizados para rellenar las zonas que lo requieran.
Los áridos a utilizar son comprados a terceros debidamente autorizados, para la ejecución de esta actividad. Se adjunta en el Anexo N% de la Declaración de Impacto Ambiental, carta de compromiso de abastecimiento de la obra de áridos mediante una empresa autorizada.
AI momento de realizar el abastecimiento de áridos por parte del proyecto, se informará a la SEREMI del Medio Ambiente de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins acerca de la empresa con la cual se comercializará este producto.
Todas las labores relacionadas con la construcción del proyecto se ejecutan de lunes a viernes entre las 08:00 hrs., y las 18:00 hrs., y los sábados de 08:00 hrs., a 14:00 hrs.
A. Cierre perimetral
Se realiza un cierre perimetral con la finalidad de restringir el total acceso a cualquier persona que no desarrolle labores dentro del proyecto, controlar el impacto visual, contener el material particulado fugitivo y entregar seguridad a! sector donde es desarrollado el proyecto.
Este cierre perimetral en la etapa de construcción del proyecto corresponde a una malla metálica tipo "bizcocho” de 1,80 m, soportada cada 20 m, por un sistema de pilares, la cual abarca toda el área del proyecto o las zonas donde se efectúan los trabajos de construcción e instalación de faenas. Esto esta definido según la' velocidad de construcción y del número de viviendas a construir.
B. Preparación del terreno
La preparación del terreno se inicia con la limpieza del predio previo cierre perimetral de la zona destinada a efectuar los posteriores trabajos relacionados con el proyecto.
Despeje de vegetación: La limpieza consiste en la eliminación de la vegetación presente en el área, las especies presentes en el área se encuentran debidamente caracterizadas en el Catastro de Flora y Fauna adjunto en el Anexo N*5 de la Declaración de Impacto Ambiental, en la cual se afirma que en el sector no fueron detectadas especies vegetales con problemas de conservación.
Nivelación del Terreno: Una vez despejada la superficie de vegetación y limpia de basuras, se realiza la nivelación del sitio mediante movimientos de tierra y emparejamiento con maquinaria, esto a fin de alcanzar el nivel necesario para la construcción de las viviendas. Es importante mencionar que el terreno es prácticamente plano lo que implica menor movimiento de equipos y maquinaria.
C. Instalación de faenas
Considera la habilitación de recintos temporales para la administración de faenas. La instalación y operación de faenas incorpora las siguientes áreas distribuidas en 3 oficinas de material ligero paneles de OSB con vulcanita, cubierta de zinc:
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Recinto temporal para la administración.
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Bodega temporal de materiales e insumos para la construcción del proyecto y artículos de seguridad.
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Bodega de almacenamiento de combustible, en la bodega se resguarda el estanque de combustible de 1000 Lt que se contempla para la faena, este cuenta con la certificación de la SEC.
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Sector o área destinada para el estacionamiento de vehículos y de maquinarias.
No se generan residuos peligrosos dentro del proyecto dado que las mantenciones preventivas se efectúan fuera del área del proyecto o bien, por una empresa externa autorizada que se encarga de la mantención propiamente tal y de la disposición de los residuos que se generen.
La instalación de faenas ocupa un área de no más de 300 m' la cual es parte de las mismas etapas, es decir, se ocupa para este fin el espacio destinado a áreas verdes o bien al resto de las etapas cuando aun no se encuentren en construcción. Se debe considerar que la instalación de faenas es de tipo móvil y se ubica dependiendo de la construcción del proyecto a fin de minimizar la distancia de transporte de materiales. Terminados los trabajos se retira absolutamente todo vestigio de ocupación del lugar tales como residuos no peligrosos (chatarra, escombros, entre otros) e instalaciones de carácter transitorio.
Para el acopio de escombros se destina un área de 40 m? claramente delimitada con estacas y señalizada, cuidando que sea de fácil acceso y salida. Los materiales en categoría de escombros no corresponden a residuos peligrosos ya que están constituidos por restos de madera, restos de hormigón y moldajes mayoritariamente por lo que no se considera la generación de lixiviados. El retiro de escombros se efectúa una vez por semana. El procedimiento de carga y trasporte se ajusta a los siguientes pasos:
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El camión ingresa al sitio de acopio para ser cargado de forma manual o mecánica mediante un cargador frontal.
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El camión debe ir encarpado a fin de evitar filtraciones de material.
- Se registra, a la salida del camión la carga y destino de este.
A fin de minimizar las emisiones de material particulado se humectan los caminos interiores de la obra tres veces por día considerando los factores climáticos y se restringe la velocidad a 30 km máximo. Los escombros son dispuestos en un sitio autorizado, en el Anexo N%4 de la Adenda N1, se presenta carta de compromiso para la disposición de este tipo de residuo.
En cuanto a la tierra vegetal proveniente de la nivelación de terreno, esta es utilizada dentro del mismo predio como material de relleno o bien es trasladada en camiones correctamente encarpados hacia otro recinto propiedad de Inmobiliaria Pocuro S.A. para los mismos fines.
Las mezclas de concreto ingresan al predio ya preparadas, por lo que no existe un área destinada a este fin al interior de la obra. El lavado de los camiones utilizados para esta labor es responsabilidad de la empresa proveedora del hormigón, la cual cuenta con la autorización correspondiente para la ejecución de este tipo de actividades.
En el sector donde se realiza la instalación de faenas queda completamente desmantelado y reutilizado en una nueva faena (es posible reciclar gran parte de la infraestructura). El lugar donde se instala la faena, es utilizado como un área verde por lo que debe ser entregada como tal, a fin de cumplir con la normativa. No debe quedar ningún rastro de la instalación de faenas previo a la recepción de la obra por la Dirección de Obras Municipales.
A efecto de dar cumplimiento a los requerimientos sanitarios de los trabajadores, se contemplan los siguientes sistemas:
Provisión de agua potable
Se abastece de agua potable a la obra mediante agua envasada, utilizando sistemas de dispensadores, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable, Artículo 15 del D.S N* 594/99 MINSAL. Esto se realiza de forma temporal hasta la habilitación del empalme a la red pública.
Servicios higiénicos
Los servicios higiénicos son provistos de forma temporal en la etapa de construcción, mediante baños químicos, el servicio se encuentra a cargo de una empresa autorizada. Los baños químicos son utilizados únicamente hasta lograr la conexión al alcantarillado para la instalación de faenas a través del empalme a la red.
Se exige el cumplimiento a cabalidad de las condiciones de protección ambiental que establece la normativa vigente. También se exige el cumplimiento de las Ordenanzas u otras disposiciones municipales aplicables a las faenas de construcción, a fin de asegurar que el proyecto se ejecute bajo la normativa nacional vigente.
El abastecimiento de electricidad se lleva a cabo mediante un empalme autorizado a la red pública. D. Urbanización
Esta etapa consiste en la construcción de la infraestructura básica para el desarrollo de cada proyecto.
Las obras de urbanización conforme al artículo 134 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones se realizan según proyectos previamente aprobados por los organismos competentes. Se adjunta Urbanización considerada en el Anexo N%7, en el Anexo N7.1, Factibilidad Sanitaria, en el Anexo N7.2 Proyecto de Agua Potable en el N*%7.3 Proyecto de Aguas Servidas y en el Anexo N?7.4 Proyecto de Pavimentación, todos de la Declaración de Impacto Ambiental.
Los elementos que incorpora la urbanización del conjunto habitacional comprenden las siguientes obras:
Agua Potable y Aguas Servidas
Se conectan y empalman las instalaciones sanitarias a las redes existentes de agua potable y alcantarillado de aguas servidas pertenecientes a la empresa sanitaria. Se adjunta en el Anexo N97.1 factibilidad Sanitaria y el proyecto de agua potable y alcantarillado en Anexo N%7.2 y 7.3, todos de la Declaración de Impacto Ambiental, complementado con lo presentado en el Anexo N%9 de la Adenda N*1.
Evacuación de Aguas Lluvias
Se contempla la evacuación de las aguas lluvias, mediante la conducción superficial y a través de colectores de éstas dentro del loteo hacia el punto final de descarga. Se considera para ello cuencas de escurrimiento de acuerdo a la nueva condición del terreno, es decir, considerando la urbanización y particularmente las obras de pavimentación. En Anexo N?7.5 de la Declaración de Impacto Ambiental, se adjunta proyecto de evacuación de aguas lluvias.
Canales
El canal a intervenir corresponde a un canal artificial de regadío, este es entubado por lo que no representa peligro de caídas para personas o animales. En el Anexo N1 de la Adenda N2, se adjunta carta de aprobación por parte de la Asociación de Canalistas Canal Común San Joaquín a la intervención del cauce artificial.
Pavimentación
El proyecto contempla la pavimentación de las vías que son utilizadas por los usuarios de las viviendas del proyecto, pavimentación de calles y pasajes, las que se han diseñado conforme a las Normas 1.N.N. correspondientes y a los instructivos y especificaciones técnicas vigentes en el SERVIU. Se adjunta proyecto de Pavimentación en el Anexo N*7.4 de la Declaración de Impacto Ambiental.
Suministro eléctrico
Se realiza una conexión a la red pública de suministro, esta instalación eléctrica es utilizada para el uso interno de las viviendas y para el alumbrado público. La conexión cumple con todas las condiciones de seguridad y normas técnicas de instalaciones eléctricas de consumo en baja y media tensión. Por su parte, el alumbrado público cumple con las especificaciones para luminarias de calles, incluyendo características fotométricas, del sistema óptico, eléctricas y mecáni las demás exigencias para el diseño del alumbrado público en sectores residenciales, fijando los niveles mínimos de iluminación de calles. Se adjunta certificado en el Anexo N*8 de la Declaración de Impacto Ambiental.
Áreas Verdes
Se realizan de acuerdo a las especificaciones de arquitectura y de acuerdo a lo señalado en la Ordenanza General! de Urbanismo y Construcción.
E. Equipos y Maquinarias
Para el desarrollo del proyecto se utilizan las siguientes maquinarias:
Tabla N%3 Listado de Maquinaria y equipos
Equipo Cantidad Marca Retroexcavadora 1 JOHN DERE 310J Dumper 1 DIRCI Minicargador 1 CASE 430 Rodillo compactador 1 BOMAG Tractor 1 UNIVERSAL Betonera 1 LEMACO Alisadora pavimento 1 LEIS Placa compactadora 1 MBW Vibrador 3 WACKER Cercha vibradora 2 LEMACO Compresor 2 KRAFTER Cortadora ladrillo 1 Cortadora pavimentos 1 WACKER
Además se considera la utilización de otros equipos menores necesarios para la etapa de construcción del proyecto, como son equipos de mano de cada trabajador.
Los vehículos a utilizar cuentan con revisión técnica al día, cumpliendo con la D.S N*%55 “Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados”, la cual establece los valores máximos de gases y partículas que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas.
Asimismo, se vela por la mantención de camiones, maquinarias y diferentes equipos de la construcción, la que se realiza en locales establecidos y ubicados fuera del área del proyecto.
Tabla N%4 Flujo de camiones proyectado
tapa ctivida: (viajes camiones pl de utas principales totales/año) e sa Ruta 5— Ladrillos 38 Camión con 1 Monseñor Escrivá pla Balaguer Ruta 5— Hormigón 235 Camión mixer 5 Monseñor Escrivá Balaguer . e Ruta 5-— cues de 2 a 0,04 Monseñor Escrivá Balaguer Materiales menores e Ruta 5 — Construcción (grifería, 17 Camión con 0,3 Monseñor Escrivá rampia artefactos Balaguer sanitarios)
Humectación Ruta 5— caminos 264 Camión aljibe 6 Monseñor Escrivá interiores Balaguer
Ruta5— Escombros 48 Camión 3/4 1 Monseñor Escrivá Balaguer Ruta 5 — Escarpe 24 Camión 3/4 1 Monseñor Escrivá Balaguer Total 628 13
Los materiales y/o insumos principales son: madera, aluminio, ladrillos, cementos, productos de terminación (madera, vidrios, etc.), tuberías PVC, fitting cobre, alambres, postes hormigón, entre otras, y son suministrados por las empresas del rubro de la construcción que tengan dependencias o desarrollen labores comerciales en la comuna.
Tabla N*5 Cantidad de materiales a utilizar en el proyecto
Material Cantidad Unidad Capacidad camión | Unidades Ladrillos 1.854 Nofviv 4.000 Ladrillos/camión Hormigón 17 mó/viv 6 M”/camión mixer Techo 65 méviv 10.000 Kg/camión Artefactos 0,2 camión/viv
Escombros 5.000 Kg/camión
Cabe señalar que el transporte de insumos al proyecto y en general, el tráfico de maquinaria relacionada con el proyecto no se realiza en horas punta. Por lo demás, existen vías bien sematorizadas y señalizadas por donde puede circular esta maquinaria, sin interferir en el normal flujo vehicular.
F. Movilización del personal
El personal que trabaja durante las faenas de construcción se moviliza desde su lugar de vivienda hacia la faena, y viceversa, mediante movilización propia o pública.
G. Riesgos potenciales durante la etapa de construcción
Los riesgos potenciales a los cuales se encuentran expuestos los trabajadores, tanto en la etapa de construcción como en la etapa de operación, son los que se muestran a continuación:
Prevención y Control de Emergencias
Las medidas de prevención de riesgos que se toman y ejecutan durante la construcción y operación del proyecto “La Reserva de Machalí”, están enfocados a prevenir la ocurrencia de eventuales accidentes y pérdidas, permitiendo así un trabajo seguro de todo el personal considerado en el proceso constructivo. Se adjunta en el Anexo N*9 de la Declaración de Impacto Ambiental el certificado de afiliación de Constructora Pocuro Ltda., a la Asociación Chilena de Seguridad.
Entre las medidas de control y prevención de riesgos que se contemplan, se destacan los siguientes antecedentes:
Elaboración de un Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos junto con un Plan de Emergencias, contemplando los planes de respuestas ante contingencias, además se mantiene un Experto en Prevención de Riesgos a tiempo completo en la obra, quien se encarga con autorización del Administrador de Obra de hacer cumplir las normas de seguridad y los procedimientos previstos en caso de accidente.
En conjunto con la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), se establece un sistema de transporte de emergencia expedita, mediante el cual se moviliza a los eventuales accidentados desde su lugar de trabajo hasta el centro asistencial de dicho Organismo Administrador el cual derivara si es necesario a otro centro en relación a la gravedad del accidente.
Se provee a los trabajadores todos los elementos de seguridad adecuados según corresponda su labor a ejecutar, tales como casco, zapatos y botas de seguridad con punta y plantilla de acero guantes de protección sean estos cuero, anti corte, palma látex o neopreno según corresponda trajes de agua para evitar las inclemencias del tiempo, protección ocular y facial, protección auditiva, protección frente a los rayos UV, protección para la ejecución de trabajos en altura tal como arnés de seguridad con cabo de vida para los trabajos en altura, entre otros elementos según corresponda.
Se mantiene en la obra una carpeta de control, donde se adjuntan los análisis de accidentes, investigaciones, notificaciones y certificados de atención y alta del centro asistencial (ACHS).
Inducción en Prevención de Riesgos, proceso que se ejecuta a todo trabajador nuevo y a aquel que cambie de actividad (Obligación de Informar los Riesgos Laborales: Art. 21 - D.S. N” 40), según ingreso de personal a obra y en función de los cambios de actividades. Esta actividad queda registrada por escrito.
La obra debe programar la Capacitación en Prevención de Riesgos de su personal mensualmente. Para tal efecto, la empresa considera de suma importancia efectuar, según el avance de sus obras cursos de capacitación.
En este marco, en la Tabla N%6 de la Declaración de Impacto Ambiental se describen a nivel macro las medidas correspondientes a la prevención y control de emergencias que es posible visualizar en este tipo de faenas, además de las ya señaladas anteriormente.
Procedimiento frente a Emergencias
Derrame: En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, pinturas, barnices, pegamentos, grasas, lubricantes y/o combustible, durante las actividades de construcción, se realiza una remediación inmediata, para lo cual se procede de acuerdo al siguiente programa de contingencia:
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Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente.
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De ser necesario se utilizan barreras absorbentes para cercar y contener derrames.
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Uso de material seco absorbente para atraer y capturar inmediatamente los líquidos derramados.
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Cubrir y cerrar inmediatamente todos los sumideros de aguas de lluvia y las alcantarillas sanitarias.
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Una vez controlado el derrame de debe barrer el material absorbente y disponerlo como desecho peligroso.
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En todo evento se debe informar al encargado de prevención de riesgos y al administrador de la obra para que tomen las medidas administrativas correspondientes, señaladas en los Planes de Emergencia.
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En caso de un derrame que amenace descargar o descargue en algún curso de aguas Lluvias, alcantarillado o fuente de agua potables se debe informar inmediatamente a carabineros y bomberos.
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La disposición final de los residuos recuperados y almacenados, se debe realizar en sitios autorizados por la autoridad sanitaria competente.
Incendio: En el caso que ocurra un incendio y afecte a una bodega, las acciones a seguir son las siguientes:
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Identificar y evaluar la emergencia estableciendo el punto de ocurrencia, la causa, la magnitud, las consecuencias, las acciones a seguir y el. apoyo necesario para el control.
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Solicitar apoyo externo para el control del evento cuando sea necesario, e iniciar los procedimientos de control con los recursos disponibles (primera respuesta).
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Suministrar los medios para mantener comunicación permanente (radios o teléfonos).
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Se debe prevenir y/o controlar incendios en el sitio de trabajo y se hace uso de equipos y extintores en caso necesario.
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La primera persona que observe el fuego, debe dar la voz de alarma.
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Combatir el fuego con los extintores más cercanos.
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Suspender el suministro de la energía en el frente de obra y campamento.
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Evacuar personas del frente de obra y del campamento.
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Si el área de campamento u oficinas se llena de humo, se debe salir arrastrándose, para evitar asfixias.
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Permanecer tan bajo como se pueda, para evitar la inhalación de gases tóxicos, evadir el calor y aprovechar la mejor visibilidad.
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Suspender de inmediato el suministro de combustibles.
Una vez que el incendio haya sido controlado, se realiza la recolección de los residuos generados, los cuales son almacenados y dispuestos de acuerdo a sus características.
Elementos de Protección Personal EPP
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Los Elementos de Protección deben ser definidos por la Empresa, de acuerdo a la naturaleza de sus riesgos.
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La Empresa debe tener en bodega (pañol) o asignados, EPP., en la cantidad necesaria que la obra requiera, los dispositivos adecuados para las labores, que se realicen o que se requieran en un futuro próximo (Art. 68 Ley 16.744, Art. 53 D.S 594/99 MINSAL).
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Se lleva un registro en el que se mencione la entrega a cada trabajador de los EPP., que se le hayan proporcionado.
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Los EPP., que la empresa haya proporcionado, deben ser usados por cada trabajador en las labores que se le han asignado. Es labor de la Supervisión vigilar el cumplimiento de este punto.
H. Servicios
Los principales servicios requeridos durante el transcurso de la obra son: fletes para el transporte de materiales, y servicio de vigilancia.
- Inicio de Proyecto
La fase de construcción finaliza con el retiro de todas las instalaciones provisorias empleadas durante las faenas de construcción. Asimismo, se efectúa una limpieza de las áreas comunes y perímetro del proyecto.
3.7.3,2 Etapa de Operación
La etapa de operación se inicia al momento en que las primeras viviendas del complejo habitacional son entregadas a sus nuevos propietarios. La operación del complejo es parte integrante de la funcionalidad de la comuna, constituyéndose la zona como un área residencial y equipamiento a nivel vecinal.
3.7.3.3 Etapa de Cierre y Abandono
Si bien el proyecto contempla una vida útil indefinida, esta proyección de vida se hace en relación a las características técnicas del proyecto. En relación a este tema, se estima que cada propietario realiza las mejoras y mantenciones necesarias de cada vivienda con la finalidad de entregar las características óptimas para residir en ellas.
3.8 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos
3.8.1 Emisiones Atmosféricas
Etapa de Construcción
En la etapa de construcción se generan emisiones menores de gases de combustión y de material particulado localmente en el sitio de obras, debido al movimiento de tierra y otras labores de construcción.
De acuerdo a la estimación de emisiones (Anexo N10 de la Declaración de Impacto Ambiental, complementado con el Anexo N%2 de la Adenda N1), el proyecto cumple con los límites definidos por el Plan de Descontaminación Atmosférica de que rige la comuna de Machalí. El resultado de la estimación de emisiones se resume en la siguiente tabla:
Tabla N*6 Etapa de Construcción, Tasa anual de Emisión
Actividad MP10 co HC NOx NH3 Perforación (kg) 24 Escarpe (kg) 51,7 Excavaciones (kg) 77,3 Transferencia de material, carguío y volteo de camiones 4,59 (kg) Tránsito de vehículos en caminos pavimentados (kg) 5,5 Tránsito de vehículos pesados en caminos no 198,6 pavimentados (kg) Gases de combustión por el funcionamiento de vehículos 0,4 1,2 1 20,1 0,006 pesados (kg) Erosión pila de acopio (kg) 0,02 Uso motoniveladora (kg) 77 20,99 9,44 100,47 Uso camión mixer (kg) 64,0 174,6 78,6 835,5 Uso retroexcavadora (kg) Ñ 7,3 30,03 10,21 85,22 Uso rodillo compactador (kg) 21 7 3,2 19,7 Uso cargador frontal (kg) 0 [9 0 0 Uso tractor (kg) 1 29 1,3 11,1 o Total (ton/año) 0,4 0,2 0,1 1,1 6,4x10*
Como acciones ambientales para la minimización de emisiones en esta etapa, se implementan las siguientes acciones:
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En relación al transporte, se exige la mantención periódica de los vehículos que desarrollan labores en el proyecto.
-
El proyecto contempla, dentro de las primeras actividades, la habilitación de los caminos estabilizados al interior del área de faenas que permite mitigar el impacto asociado al tránsito al interior de la faena.
-
Se humecta la superficie donde es desarrollado el proyecto, así como las vías de acceso no pavimentadas tres veces por día considerando factores climáticos.
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- Se exige el encarpe de todos los camiones pertenecientes al proyecto para evitar la dispersión de material particulado a la atmósfera.
Etapa de Operación
Las emisiones atmosféricas generadas durante la etapa de operación corresponden a flujo de vehículos y sistemas de calefacción asociado al complejo habitacional, los que se van manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas.
A fin de considerar el peor escenario la estimación de emisiones supuso que en plena operación todas las casas contarán con un vehículo, catalítico tipo Il y un calefactor en base a leña (el consumo de combustible fue calculado en base a la tasa promedio de consumo en la Ciudad de Rancagua que se encuentra aledaña a Machalí, este valor se obtuvo del estudio "Diagnóstico del Mercado de la Leña en Chile”), el resultado de la estimación se resume en la siguiente tabla.
Tabla N%7 Emisiones Etapa de Operación
Actividad MP10 co HC | NOx | NH3
Tránsito de vehículos livianos por caminos pavimentados 0,464
Gases de combustión por tránsito de vehículos en caminos 87na40* 9,4 05 05 0.05 pavimentados ' » 6 » ,
Gases de combustión estufas combustión lenta 3,56 27,39 0 0,33 Total (t/año) 4,03 36,78 | 0,5 | 0,85 | 0,05 3.8.2 Ruido
Etapa de Construcción
El estudio de Impacto Acústico, adjuntado en el Anexo N*%11 de la Declaración de Impacto Ambiental, evaluó el nivel de presión sonora en los puntos de mayor cercanía al proyecto a fin de proyectar y verificar el cumplimiento normativo. Los puntos son lo señalados por la Figura N%6 de la Declaración de Impacto Ambiental y descritos a continuación.
Se ubicaron 3 puntos de evaluación en un sector residencial emplazado inmediatamente al costado del loteo del proyecto, hacia el noroeste. Este sector corresponde a una población relativamente nueva, de casas habitadas que resultan ser las más expuestas a las emisiones de ruido que generaría el proyecto.
Un cuarto punto fue considerado hacia el suroeste, correspondiente a una casa particular ubicada al costado de la Avda. José María Escrivá de Balaguer.
iento a la normativa el proyecto contempla la implementación de una barrera Acústica frente a la posición en el punto cuatro además de barrera acústica flexible (BAF) del tipo cortina acústica, en los lugares donde se desarrollaran faenas ruidosas y de frente hacia los receptores ubicados en las casas aledañas a las faenas de construcción. Esto es principalmente para las etapas de obra gruesa y terminaciones Frente a estas acciones el Estudio de Impacto Acústico, adjunto en el Anexo N*%11 de la Declaración de Impacto Ambiental, concluye del análisis efectuado que, se garantiza el cumplimiento normativo del proyecto.
Las barreras perimetrales son instaladas al inicio de cada etapa, la orientación debe ser la indicada por el Estudio Acústico (Anexo N*%11 de la Declaración de Impacto Ambiental) que señala la ubicación de los receptores más cercanos. Por otra parte las barreras acústicas flexibles se instalan antes del comienzo de las actividades de pulido y trabajos interiores en las viviendas, respetando de igual forma la orientación mencionada por el estudio de ruido, es decir, hacia los receptores de mayor cercanía. Se debe tener presente que en caso de que existan viviendas habitadas antes del término de la construcción de la etapa siguiente, estas casas corresponden a los puntos más cercanos en la dirección en la que se encuentren.
Tabla N%8 Resumen Niveles de Ruido Etapa de Construcción
Ruido de Nivel Nivel total emitido Cumplimiento Receptor fondo dB(A) proyectado proyectado dE(A) horario D.SN38/12 dB(A) dB(A) diurno MINSEGPRES Punto 1 40,9 58 58 Si Punto 2 44,6 57 57 60 Punto 3 47,1 56 57 Punto 4 75 49 75
*Instalación de barreras acústicas.
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3.8.3 Efluentes Líquidos
Etapa de Construcción
Los efluentes líquidos corresponden a aquellos derivados de las actividades sanitarias de los trabajadores, los que son descargados a la red pública de alcantarillado. De ello se estima que se generan 22.500 litros, considerando el periodo de la cantidad máxima de trabajadores que demanda el proyecto, 150 trabajadores con una generación de 150 It/trabajador/dia y 1.350 litros por día considerando el promedio de trabajadores, es decir, 90.
Una vez que las instalaciones sanitarias se conecten a la red de alcantarillado, se destinan ciertas cantidades de artefactos sanitarios para los operarios. La cantidad de servicios se realiza conforme a las disposiciones del D.S.N*594/99 MINSAL, especialmente en lo relativo a cantidad y distancia al puesto de trabajo.
Etapa de Operación
Las descargas de efluentes líquidos son de tipo domésticos, para lo cual el proyecto se conecta a la matriz de alcantarillado administrada por la Sanitaria, se adjunta certificado de factibilidad en el Anexo N%9 de la Adenda N%1,
Residuos Sólidos
Etapa de Construcción
Tanto los residuos asimilables a domésticos, no peligrosos y peligrosos son trasladados y dispuestos por empresas autorizadas y siempre cumpliendo la normativa ambiental y sanitaria vigente.
En cuanto a los residuos no peligrosos provenientes de la preparación del terreno, estos son dispuestos en un sitio autorizado.
El acopio de residuos no peligrosos es llevado a cabo en un área delimitada y de forma temporal, en el sitio de construcción hasta su traslado y disposición en un sitio autorizado.
Los residuos domiciliarios son almacenados temporalmente en contenedores plásticos cerrados y rotulados, distribuidos para mantener limpia la faena.
Tabla N*9 Cuantificación residuos dom rios Residuo Personal Kg/día Dias/trabajados Kg/mes Papeles y cartones 150 0.2 22 660 Plásticos y botellas 150 0.1 22 330 Residuos orgánicos 150 0.3 22 990 Total 1980
No se considera acopio de residuos peligrosos dado que las mantenciones de los equipos y maquinarias se ejecutan fuera del área, en un taller autorizado, o bien, por una empresa externa que se encargue de la mantención y el retiro de los residuos que se generen.
Etapa de Operación.
Los residuos sólidos que se generan en la etapa de operación, consisten en desechos domésticos o asimilables a domésticos, los cuales son retirados por camiones de recolección de basura perteneciente a la empresa que preste el servicio a la Ilustre Municipalidad de Machalí. Se adjunta certificado de factibilidad de recolección en el Anexo N%8 de la Adenda N*1.
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- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto denominado "La Reserva de Machalí” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "La Reserva de Machalí" cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales: 4.1.1 Legislación Ambiental de Carácter General Aplicable al proyecto.
Ley N 19.300/1994, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría Genera! de la Presidencia modificada por la Ley N 20.417/2010.
Forma de cumplimiento El presente proyecto es sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, a través de una Declaración de Impacto Ambiental.
Decreto Supremo N”* 95/2001 Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Forma de cumplimiento
El Proyecto se somete al SEIA, mediante la presente Declaración de Impacto Ambiental, conforme a los requisitos establecidos en el Artículo 15 del Reglamento del SEIA.
4.1.2 Legislación Ambiental de Carácter Específico Aplicable al Proyecto. Ordenamiento Territorial
D.F.L. N 453/1976 Ley General de Urbanismo y Construcciones, y D.S. N47/1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones del ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Forma de cumplimiento
De acuerdo al artículo 116 de la Ley; las obras de urbanización y construcción de cualquier naturaleza, requieren permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario. A la solicitud deben acompañarse los antecedentes exigidos por la O.G”. El caso es que el titular del proyecto presenta su solicitud de permiso de urbanización y construcción simultánea, sin perjuicio de poder solicitar previamente la aprobación de un anteproyecto, ante el Director de Obras de la |. Municipalidad de Machalí, autoridad competente sobre el particular.
La aprobación del anteproyecto, como el otorgamiento del permiso de urbanización y construc: se concede si los antecedentes acompañados cumplen con el Plan Regulador y demás disposiciones de la L.G.U.C y O.G.U.C, previo pago de los derechos que correspondan, sin perjuicio de las facilidades de pago contempladas en la misma ley.
El proyecto cumple con el resto de las obligaciones emanadas de la L.G.U.C, entre las cuales se destacan que se destinan terrenos gratuitamente a circulación, áreas verdes y equipamiento de acuerdo a las especificaciones de la Ordenanza General (artículo 70) y que debe cumplirse con los estándares de diseño en las obras de urbanización (artículo 105).
Se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 134 de la L.G.U.C, en cuanto constituye una obligación del urbanizador ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagúes, y las obras de defensa y servicio del terreno.
El proyecto de urbanización debe ajustarse estrictamente a los trazados y normas que consulte el Plan Regulador, según lo establece el articulo 67.
El cumplimiento de las obligaciones de tipo urbanístico indicadas en la L.G.U.C anteriormente también se verifica al efectuarse la recepción de las obras por parte de la Dirección de Obras de la I. Municipalidad, de conformidad al párrafo 4” del Capítulo |! del Título 111 de la L.G.U.C.
En dicha recepción de las obras debe acreditarse el cumplimiento de normas referidas a redes y obras complementarias de agua potable y alcantarillado de aguas servidas, y aguas lluvias, cuando corresponda; a las redes y obras complementarias de electrificación y alumbrado público; las redes de gas y sus obras complementarias; las redes de telecomunicaciones y sus obras complementarias; y las plantaciones y obras de ornato, mediante la emisión de los certificados por los organismos competentes. Dichas normas revisten la calidad de normas técnicas y hno ambientales, y por consiguiente escapan de la presente evaluación.
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En virtud de todo lo anterior, se encuentra acreditado el modo de cumplimiento de las normas urbanísticas que rigen al presente proyecto de loteo y ejecución de obras de urbanización, según los antecedentes y documentos acompañados.
Resolución N* 203/2010 del Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O'Higgins, aprueba Actualización del Plan Regulador Intercomunal (PRI) de Rancagua.
Forma de cumplimiento
El proyecto se ajusta al uso del territorio asignado por el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua al área de emplazamiento del proyecto, situándose en una zona establecida como urbana consolidada.
Resolución N* 616/2007 de la SEREMI MINVU Región del Libertador General Bernardo O'Higgins que aprueba el Plan Regulador Comunal de Machalí.
Forma de cumplimiento
El proyecto se ajusta al uso y condiciones del territorio asignadas por el Plan Regulador de la Comuna de Machalí, situándose en una zona urbana y de extensión urbana.
Ruido
Decreto Supremo N* 38/2012, Ministerio de Medio Ambiente. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.
Forma de cumplimiento El proyecto da cumplimiento a los niveles máximos permisibles de ruido de acuerdo a lo establecido en el esta norma, La principal fuente de emisión a la que están expuestos los receptores de la zona de influencia del proyecto corresponde al uso de vehículos y maquinarias en la fase de construcción del proyecto. De acuerdo al Estudio acústico presentado en el Anexo N*11 de la Declaración de Impacto Ambiental, el proyecto cumple con los niveles de ruido definidos en esta norma,
Decreto Supremo N” 594/1999 del Ministerio de Salud. Sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, donde se definen los niveles máximos permitidos para ruidos molestos generados por fuentes fijas, artículo 18, 19 y 20.
Forma de cumplimiento Las principales fuentes de emisión en la fase de construcción a las que están expuestos los trabajadores corresponden a la circulación de vehículos de transporte y al funcionamiento de herramientas y maquinarias.
Los trabajadores cuentan con todos los elementos de protección auditiva, adecuados al nivel de ruido al que están expuestos
Emisiones Atmosféricas
Decreto Supremo N” 144/1961 del Ministerio de Salud. Establece las normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Forma de cumplimiento Se generan gases de combustión de los vehículos motorizados que realizan el transporte de materiales y desechos de la construcción, así como material particulado producto de las obras de construcción y preparación del terreno. Estas emisiones no representan riesgo alguno para la salud humana o el medio ambiente, puesto que se han tomado todas las medidas pertinentes tales como, todos los vehículos presentan sus revisiones técnicas al día, asegurando el buen funcionamiento de motores y en cuanto al traslado de escombros los camiones son encarpados para disminuir las emisiones de MP se humectan caminos interiores no pavimentados tres veces por días considerando las variables climáticas. En el Anexo N*%10 de la Declaración de impacto Ambiental, se adjunta el Informe de Estimaciones Atmosféricas.
Decreto Supremo N* 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos Motorizados y fija los procedimientos para su control
Forma de cumplimiento
Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exige que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica. El transporte de escombros se realiza en
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camiones tolva encarpados y se exige limitar la velocidad en caminos interiores de la obra a 30 kmíhr.
Decreto Supremo N* 47/1992 y sus modificaciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, artículo 5.8.3.
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción del proyecto, se mantiene la obra aseada y sin desperdicios, para ello se disponen recipientes identificados y convenientemente ubicados. Además durante esta etapa se minimizan las emisiones trasladando el material inerte en camiones encarpados.
Decreto Supremo N* 7/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Declara como zona saturada por material particulado respirable PM 10, como concentración anual y de 24 horas, el valle central de la VI Región.
Forma de cumplimiento
Las emisiones atmosféricas son generadas principalmente por la maquinaria utilizada y vehículos para las diferentes obras a ejecutar, los cuales cumplen con las normas de emisión que les sean aplicables. Además, se generan emisiones de materia! particulado proveniente de los movimientos de tierra, la circulación de vehículos por caminos pavimentados y la carga y descarga de materiales, estas emisiones son minimizadas encarpando los vehículos que transporten material y humectando los caminos de circulación interna tres veces por día considerando factores climáticos.
Resolución N* 1.215/1978 del Ministerio de Salud. Fija las concentraciones máximas permisibles de los contaminantes atmosféricos. Prohíbe la quema de residuos sólidos, líquidos o de cualquier material combustible a cielo abierto en áreas rurales, radio urbano, vía pública y recintos privados, excepto cuando se efectúen con permiso de Servicio de Salud del Ambiente
Forma de cumplimiento
El proyecto no contempla la quema de residuos de ningún tipo.
Decreto Supremo N* 211/1991, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.
Forma de cumplimiento
Todos los vehículos motorizados que se relaciones con la construcción del proyecto cumplen con los límites de emisión de gases y partículas definidos por la normativa. Estos vehículos son sometidos a mantenciones y deberán contar con la revisión técnica correspondiente.
Decreto Supremo N”* 54/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica.
Forma de cumplimiento
Todos los vehículos motorizados que se relaciones con la construcción del proyecto cumplen con los límites de emisión de gases y partículas definidos por la normativa. Estos vehículos son sometidos a mantenciones y deben contar con la revisión técnica correspondiente.
D.S. N"55/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica..
Forma de cumplimiento
Todos los vehículos motorizados que se relacionan con la construcción del proyecto cumplen con los límites de emisión de gases y partículas definidos por'la normativa. Estos vehículos son sometidos a mantenciones y deben contar con la revisión técnica correspondiente.
Decreto Supremo N* 45/2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia
Forma de cumplimiento
Las emisiones generadas por el proyecto son principalmente en la etapa de construcción, etapa que se lleva a cabo en un periodo acotado de tiempo. Por otra parte de acuerdo a la estimación de emisiones, adjunta en el Anexo N%2 de la Adenda N*1. Vale la pena mencionar que la cantidad de MP10 emitida al ambiente es inferior a los valores establecidos para la Región Metropolitana, Zona declarada como Saturada para MP10.
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Agua Potable y Aguas Servidas
Decreto N* 50/2002 Ministerio de Obras Públicas. Aprueba el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y de Alcantarillado.
Forma de cumplimiento
Se utiliza un arranque de agua potable en la etapa de construcción del proyecto.
Durante la etapa de operación el proyecto se conecta a la matriz de agua potable y alcantarillado de la empresa sanitaria que entrega el servicio en la comuna.
Norma Chilena NCh N* 409/1984 Ministerio de Salud. Establece los requisitos que debe cumplir el agua potable.
Forma de cumplimiento
El agua potable para consumo humano cumple con los requisitos de esta norma.
Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Forma de cumplimiento El proyecto requiere abastecer de suministro de agua potable a los trabajadores (etapa de construcción) y a los habitantes en la etapa de operación El suministro de agua para los trabajadores y habitantes es provisto en primera instancia por una empresa autorizada, hasta habilitar la conexión a la red de Agua Potable de la empresa sanitaria del sector,
El Proyecto provee de servicios higiénicos a los trabajadores en la etapa de construcción y habitantes en la etapa de operación.
Residuos líquidos y Sólidos
Decreto Supremo N” 594/1999 del Ministerio de Salud. Sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Forma de cumplimiento Los residuos inertes generados en la etapa de construcción son dispuestos en un lugar específico dentro del área donde se realizan las faenas, para su posterior retiro por una empresa autorizada.
Los residuos domi recolección municipal.
arios generados en la etapa de operación, estan a cargo del se
Decreto Fuerza Ley N” 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
Forma de cumplimiento
El proyecto no contempla la incorporación de aguas servidas ni residuos de algún tipo a cuerpos de agua. Tanto en la fase de construcción como en la operación las aguas servidas generadas son descargadas a la red de alcantarilladlo público. Los residuos domiciliarios generados en la etapa de operación, están a cargo del servicio de recolección municipal y los residuos producto de las obras de construcción son retirados y dispuestos por una empresa autorizada.
Decreto Ley N” 3.557/1980, Ministerio de Agricultura, Establece disposiciones sobre protección agrícola.
Forma de cumplimiento
Todos los residuos generados son acopiados convenientemente (clasificados según tipo), retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizado, en función de su naturaleza. El proyecto considera todas las medidas técnicas y prácticas necesarias para evitar la contaminación de suelos agrícolas, pues además, por la naturaleza y fin del proyecto, la protección de los suelos es requisito fundamental.
Decreto Supremo N' 594/1999 del Ministerio de Salud. Sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Artículos 16, 17 y 26.
Forma de cumplimiento Todos los residuos generados son acopiados convenientemente (clasificados según tipo), retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizado, en función de su naturaleza. La única descarga al alcantarillado corresponde a aguas residuales domésticas tanto en la etapa de construcción como en la de operación.
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El proyecto descarga las aguas servidas generadas tanto en etapa de construcción como de operación a la red de alcantarillado.
D.S. N' 75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece condiciones para el transporte de carga que indica; artículo 2”.
Forma de cumplimiento
El transporte de los materiales de construcción se realiza mediante camiones, los que cumplen con las disposiciones de este Decreto, en lo que respecta a la forma de transporte del material.
Decreto con Fuerza de Ley N” 1.122/1981 del Ministerio de Justicia. Código de Aguas. Artículo 92.
Forma de cumplimiento
Los residuos generados por el proyecto son transportados en condiciones exigidas y dispuestos en lugares autorizados.
Decreto Supremo N” 148/2003, Ministerio de Salud, Aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Artículos 4", 6* y 8%.
Forma de cumplimiento
Todos los residuos peligrosos que son acopiados en recipientes y bodega rotulados de acuerdo a lo exigido por la normativa, y su traslado y disposición final se efectúa por empresas que cuenten con autorización para la ejecución de este tipo de actividades. Por otra parte la obra se lleva a cabo tomando en cuenta el Plan de prevención y control de emergencias, empleando todas las medidas de seguridad que correspondan. La bodega de acopio temporal cuenta con las características descritas en la Declaración de Impacto Ambiental contando con la autorización correspondiente.
Decreto Supremo N* 298/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Reglamento Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.
Forma de cumplimiento
El retiro, transporte y disposición final de los residuos se efectúa por empresas autorizadas. Transporte
Decreto Supremo N* 158/1980 Ministerio de Obras Públicas. Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden circular por Caminos Públicos.
Forma de cumplimiento Durante la etapa de construcción se utiliza maquinaria pesada y camiones para el transporte de construcción, se toma en consideración la normativa, ya que se hace mención en la presente Declaración de Impacto Ambiental.
Decreto con Fuerza de Ley N” 850/1997 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 15.840, de 1964 y del DFL N 206, de 1960; artículo 36.
Forma de cumplimiento Los camiones que transportan materiales durante la obra son encarpados a fin de evitar cualquier tipo de filtraciones al medio ambiente.
Electricidad
Decreto con Fuerza de Ley N” 327/1998 del Ministerio de Minería. Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.
Forma de cumplimiento
El proyecto requiere de un suministro de energía eléctrica que provee la empresa de energía comunal. Las instalaciones eléctricas domiciliarias y aquellas de carácter urbano estan de acuerdo a lo establecido por la empresa que suministra energía a la comuna.
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Combustible
Decreto Supremo N* 160/2009, de la Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
Forma de cumplimiento
El estanque de almacenamiento de combustible de 1000 litros cuenta con la autorización de la SEC. y con todas las condiciones de seguridad exigidas por este Decreto.
Decreto Supremo N* 78/2010 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas
Forma de cumplimiento El proyecto considera la instalación de una bodega temporal para la protección del estanque almacenamiento de combustible, se adjunta en el Anexo N*%5 de la Declaración de Impacto Ambiental el registro y autorización del estanque por parte del fabricante. La bodega se construye de acuerdo a las especificaciones de seguridad necesarias (piso impermeable, pretil de contención, señalización, extintores, correcta ventilación etc.)
Por otra parte, en cuanto al destino de los residuos peligrosos, estos son enviados a sitios debidamente autorizados. Tal como se menciona en el Anexo N%6 de la Adenda N“1, previo al inicio de la fase de construcción se presenta a la Dirección regional del Servicio de Evaluación Ambiental los antecedentes sobre la autorización de la empresa que se encarga del transporte de residuos peligrosos y del sitio final de disposición de estos.
Flora y fauna
Ley N? 19.473/1996 del Ministerio de Agricultura y su Reglamento, Ley de Caza.
Forma de cumplimiento :
No se prevé realizar caza alguna de especies de la fauna silvestre, por otra parte se efectúa
capacitación respecto de la Ley y su reglamento, a los trabajadores por un profesional competente previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto.
Ley N”20.283/2008, Ministerio de Agricultura, Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal.
Forma de cumpli Tanto en la construcción como operación del proyecto, no se interviene bosque nativo.
Decreto Supremo N”* 100 de 1990 del Ministerio de Agricultura. Prohíbe el empleo del fuego para destruir la vegetación en las provincias que se indican durante el periodo que se señala y la quema de neumático u otros elementos contaminantes.
Forma de cumplimiento
El proyecto no contempla la quema de vegetación o materiales de ningún tipo en el marco de la ejecución de obra.
Patrimonio Cultural
Ley N 17.288 sobre Monumentos Nacionales y D.S. N” 484/90, Reglamento de la ley N 17.288, Ministerio de Educación.
Forma de cumplimiento
Toda oportunidad que exista movimiento de tierra, en el caso de encontrar restos arqueológicos, existe la instrucción de paralizar todos los trabajos vinculados con la faena y se comunica inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales y al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por medio escrito, todo esto en el marco de lo estipulado por la Ley N* 17.288 Monumentos Nacionales.
Se imparte una capacitación a los trabajadores que tengan que ver con todo proceso de
movimiento de tierra, por un arqueólogo o licenciado en arqueología previo a actividades de remoción de terreno.
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Ofros cuerpos normativos aplicables al proyecto
Ley 19.525/1997 del Ministerio de Obras Públicas. Regula sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias, artículos 1 y 2.
Forma de cumplimiento
El proyecto debe contar con la aprobación sectorial de los proyectos que competan la urbanización del conjunto habitacional, estos se ajustan a todas las exigencias normativas que impliquen dar seguridad a los residentes en relación a la evacuación de aguas lluvias.
Decreto Supremo N” 50/2002 del Ministerio de Obras Públicas. Introduce Modificaciones al Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y de Alcantarillado.
Forma de cumplimiento
El proyecto debe contar con la aprobación sectorial de los proyectos que competan la urbanización del conjunto habitacional, el proyecto de agua portable y alcantarillado se rige por todas la exigencias técnicas establecidas por la normativa nacional.
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "La Reserva de Machalí”, no requiere el otorgamiento de permisos ambientales sectoriales consignados en los artículos 68” al 106” del Reglamento SEIA D.S. 95/01 del MINSEGPRES.
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el Proyecto "La Reserva de Machalí", no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
Literal a) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera O presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. (Artículo 5 del Reglamento del SEIA).
Para evaluar si se genera o presenta riesgo para la salud de la población, se realizó un Informe de Calidad del Aire, adjunto en el Anexo N%10 de la Declaración de Impacto Ambiental complementado con el Anexo N2 de la Adenda N%1, con la estimación de emisiones a la atmósfera, el cual arroja como resultado un total de emisiones de MP10 de 0,4 ton/año., para la etapa de construcción. Junto a lo anterior, se presentan acciones de manejo ambiental para la minimización de emisiones durante esta etapa.
En cuanto al ruido, en el Anexo N*%11 de la Declaración de Impacto Ambiental se presenta el estudio de emisiones acústicas, en donde se muestra que se cumplirá con la legislación vigente.
Junto a lo anterior, y a fin de asegurar el cumplimiento normativo, el titular efectuará un monitoreo de ruido al inicio de cada etapa, de dicho monitoreo se elaborará un informe el cual será remitido al Servicio de Evaluación Ambiental y a la Seremi de Medio Ambiente para su revisión.
Durante la fase de construcción los efluentes líquidos son solo domésticos. Su peligrosidad es mínima. La cantidad de residuos líquidos diarios producidos se estima en 22.500 litros durante la construcción
Los efluentes líquidos que produce el proyecto durante la operación, corresponden a los efluentes líquidos domésticos por cuanto estos son tratados por la empresa sanitaria ESSBIO, cuyo
Durante la fase de construcción los residuos sólidos son aquellos propios de ejecución de trabajos de construcción de viviendas. Estos no revisten peligrosidad. Durante la fase de operación, los residuos sólidos son exclusivamente domésticos, con peligrosidad mínima.
Tanto los residuos sólidos domésticos en la fase de construcción como de operación son recolectados por el servicio de aseo municipal! de la |. Municipalidad de Machalí. En el Anexo N*8 de la Adenda N%1 se presenta certificado de factibilidad emitido por la |. Municipalidad de Machalí.
Por último, la información que demuestra la no generación de efectos adversos en estas materias, se presenta en el punto 3.8 "Principales Emisiones, Efluentes y Desechos” de la presente Resolución de Calificación Ambiental.
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En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “La Reserva de Machalí”, ya que no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que generará o producirá, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal b) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental sí su proyecto o actividad genera O presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. (Artículo 6 del Reglamento del SEIA).
En el Anexo N*5 de la Declaración de Impacto Ambiental se presenta el informe de Catastro de Flora y Fauna, del cual se puede indicar que de las especies catastradas, un 94,6% corresponden a especies de origen exótico, siendo muchas de ellas especies de amplia distribución a nivel nacional, la mayoría se relaciona directamente con la presencia de cultivos agrícolas.
Las especies nativas, por tanto, solamente están representadas por dos especies, que corresponden a un 5,4% de las presentes en el área. De estas especies una corresponde al estrato arbustivo y la otra es una enredadera que puede constituir matorral.
La especie del estrato arbustivo registrada es el Culén, Otholobium glandulosum, la cual no se encuentra dentro del polígono de intervención del proyecto. La otra especie nativa presente, se encuentra de manera aislada, en el área de emplazamiento del proyecto, detectándose solamente dos individuos de pequeño tamaño entre malezas. Se trata de la especie Muehlenbeckia hastulata, el Quilo. Se presenta como una trepadora, es una especie de gran plasticidad y amplia distribución, creciendo preferentemente en terrenos degradados por el cultivo, asoleados y secos, siendo muy abundante en la zona central.
Ninguna de las especies nativas presentes se encuentra considerada dentro de alguno de los listados de especies con problemas de conservación, de los válidos según la legislación.
Por otra parte en términos de fauna tampoco fueron registradas especies en alguna categoría de conservación. Dado lo anterior se contempla la capacitación de los trabajadores en relación al Ley de Caza y su Reglamento, por un profesional competente, además de la entrega de trípticos a cerca de la potencial fauna previo a las labores de construcción.
Por último, la no generación de efectos adversos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovabies, incluidos el suelo, agua y aire, se aborda en detalle en el análisis del artículo 5 del capítulo presente.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “La Reserva de Machalí”, ya que no genera o presenta afectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental sí su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos (Artículo 8 del Reglamento del SEIA).
El sector se emplaza en una zona proyectada como residencial de acuerdo al Plan Regulador Comunal que rige esa parte del territorio, respeta las densidades de población, espacios verdes y vialidad.
El proyecto no interfiere las características étnicas de población indígena alguna ya que no existen agrupaciones ni manifestaciones religiosas que deban desplazarse o alterarse debido a la ejecución del proyecto.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto "La Reserva de Machalí”, ya que no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal d) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar (Artículo 9 del Reglamento del SEIA).
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- Que, para que el proyecto "La Reserva de Machal
El área en se emplaza el proyecto, no corresponde la categoría de propiedad indígena ni existe población con esta característica; tampoco existe en sus cercanías población protegida por leyes indígenas, recursos protegidos o áreas que formen parte del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado (SNASPE).
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “La Reserva de Mach ya que este no se localiza próximo a población, recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal e) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona (Artículo 10 del Reglamento del SE[A).
El proyecto no modifica la morfología del terreno y no interviene zonas con valor paisajístico y/o turístico o un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley N* 1.224 de 1975. La ejecución del proyecto se ajusta a la planificación estratégica territorial de la comuna como bien es señalado y relacionado con el Plan Regulador de la Comuna de Machalí.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “La Reserva de Machalí, ya que este no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal f) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural (Artículo 11 del Reglamento del SETA).
En el Anexo N% de la Declaración de Impacto Ambiental se presenta el informe Inspección Visual Arqueológica, en el cual se concluye que en área del proyecto no hay presencia de materiales patrimoniales en las superficies inspeccionas.
Junto a lo anterior, el terreno en donde se emplaza el proyecto corresponde a una zona ya intervenida por la acción antrópica, además de estar definido por el Plan Regulador Intercomunal (PRI) de Rancagua como "zona urbana consolidada” y como "zona urbana y de extensión urbana” por el Plan Regulador Comunal de Machalí, ambos Instrumentos de Planificación Territorial vigentes.
No obstante, se impartirá una capacitación a los trabajadores que tengan que ver con todo proceso de movimiento de tierra, por un arqueólogo o licenciado en arqueología previo a actividades de remoción de terreno a fin de resguardar eventuales hallazgos de elementos con valor patrimonial.
Por último, ante la eventualidad de hallarse elementos patrimoniales de relevancia durante las operaciones de excavación de este proyecto, se debe proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N? 20 y 23 del Reglamento de la Ley N 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “La Reserva de Machalí”, ya que este no presenta o genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, en el contexto del seguimiento del proyecto deberá entregar planos asbuilt una vez finalizada la etapa de construcción de las obras, en coordenadas UTM Datum WGS 84, huso 19 Sur, a lo menos un mes antes de la operación del proyecto, remitiéndola al SEA y/o a la Superintendencia de Medio Ambiente, según corresponda.
f” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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-
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, la individualización de cambios de titularidad.
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Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
-
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
RESUELVE: 1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "La Reserva de Machalí”.
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CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "La Reserva de Machalí” cumple con la normativa de carácter ambiental y que no requiere de un Estudio de impacto Ambiental para su evaluación.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. Además de ingresar las exigencias ambientales que se han establecido en la presente Resolución, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.Compromisos-ambientales.cl); y que dicho ingreso deberá materializarse en un plazo no superior a 6 meses contados desde la fecha deyAotificada la presente resolución.
Región del/Libertador'Genera Bernardo
Y lo rio Comisión de Evaluación, Miberteldor General Bernardo O'Higgins
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Clc:
Nelson Ernesto Mouat Zunino
Corporación Nacional Forestal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Ilustre Municipalidad de Machalí
SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Secretaría Regional! Ministerial del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI de Planificación y Cooperación, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREM! de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SERNATUR, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Superintendencia del Medio Ambiente
nuevas.rcas(Wsma.gob.cl
Encargado Participación Ciudadana
Expediente del Proyecto "La Reserva de Machal Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VJ Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
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