AUMENTO DE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS, EMPRÉSTITOS LOS DURAZNOS Y LOS CASTAÑOS.
Servicio , sa
de laca Ú ” 8 o Resolución Exenta Ne. 29 12013
MAT: Califica Ambientalmente Proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños"
Región del Biubio
CONCEPCIÓN, 11 6 ABR 208
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas del Proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”, presentado por Constructora Ruta 160 rut 76.034.353-6, representada por el Sr. Jon Ander De Quintana Bilbao rut 22.530.426- 2, con fecha 10 de Julio de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N472 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 25/07/2012; Oficio N3287 DRMA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 03/08/2012; Oficio N1 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 07/08/2012; Oficio N“233 sobre la DIA, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha 08/08/2012; Oficio N%972 sobre la DIA, por llustre Municipalidad de Arauco, con fecha 08/08/2012; Oficio N52-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 08/08/2012; Oficio N"647 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 09/08/2012; Oficio N2064 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 10/08/2012; Oficio N%438 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 10/08/2012; Oficio N2684 sobre la DÍA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 10/08/2012; Oficio N%559 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 10/08/2012; Oficio N1755 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 14/08/2012; Oficio N2097 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 17/08/2012; Oficio N1402 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Arauco, con fecha 11/12/2012; Oficio N%1060 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 11/12/2012; Oficio N904 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 12/12/2012; Oficio N1958 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 13/12/2012; Oficio N1454 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 13/12/2012; Oficio N341 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha 13/12/2012; Oficio N%78-EA/2012 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 13/12/2012; Oficio N%4220 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 13/12/2012; Oficio N761 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 14/12/2012; Oficio N2207 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 18/12/2012; Oficio |N%3363 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 18/12/2012; Oficio N%798 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 19/12/2012; Oficio N904 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 19/12/2012; Oficio N097 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha 22/02/2013; Oficio N“2303 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 01/03/2013; Oficio N*307 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 04/03/2013.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 1 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
3.- El Acta N 010/2013 y los acuerdos que en ella constan de la sesión N 2 del Comité Técnico de la Región del Biobío de fecha 15 de enero de 2013.
4.- El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”, presentado por el Sr. Jon Ander De Quintana Bilbao, en representación de Constructora Ruta 160, de fecha 13 de marzo de 2013 que forma parte integrante de este acto administrativo.
5.- El Acta y los acuerdos que en ella constan de la Sesión N? 4 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 08 de Abril de 2013, en la que se calificó ambientalmente el proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”.
6.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”.
7-. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, el artículo 2% del D.S. 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600/08 de la Contraloria General de la República; la Resolución Exenta N 27/2010 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
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Que la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”.
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Que el derecho de Constructora Ruta 160, representado por el Sr. Jon Ander De Quintana Bilbao, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y en sus Adendas respectivas, el Proyecto " Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”, se encuentra localizado en la Comuna de Arauco, Provincia de Árauco, Región del Biobío, a 2 Km de Carampangue, 3 Km de Ramadillas aproximadamente. La Figura 6 de la DIA, muestra la ubicación geográfica de la zona de extracción.
Ambos empréstitos se encuentran ubicados en el sector Conumo, Comuna de Arauco; en el km 60,000, costado de la izquierdo Ruta 160. Sin embargo se aclara que para acceder a los predios es aproximadamente la 3,5 km. Las figuras 2, 3, 4 y 5 de la DIA, detallan los antecedentes respectivos de las cuatro cuñas de extracción, con sus respectivas coordenadas y volumen esperado de material disponible.
Las siguientes tablas muestran las coordenadas UTM de cada cuña de extracción (4 en total):
Tabla N* 1 Coordenadas UTM, Cuña 1
SISTEMA DE COORDENADAS UTM WGS34 H19S Vértice NORTE ESTE 1 5.871.866 657.632 2 5.871.833 657.809 3 5.871.686 657.672 4 5.871.136 657.623
Resolución de Calificación de impacto Ambiental 2 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
Tabla N* 2 Coordenadas UTM, Cuña 2
SISTEMA DE COORDENADAS UTM: WGS84 H19S Vértice NORTE ESTE 13 5.871.656 657.623 14 5.871.597 657.747 15 5.871.527 657.585 Tabla N 3 Coordenadas UTM, Cuña 3 SISTEMA DE COORDENADAS UTM WGS84 H19S Vértice NORTE ESTE 8 5.871.222 657,743 9 5.871.205 657.862 10 5.871.170 657.994 11 5.871.112 657.884 12 5.871.089 657.744 Tabla N 4 Coordenadas UTM, Cuña 4 SISTEMA DE COORDENADAS UTM WGS84 H19S Vértice NORTE ESTE 5 5.871.416 657.567 6 5.871.316 657,432 7 5.871.470 657,354
El proyecto intervendrá una superficie total de 62.943 m?. La superficie donde se emplazan las cuatro cuñas de extracción de empréstitos se detallan en la siguiente tabla:
Tabla N* 5 Superficie del proyecto
ETAPA SUPERFICIE (m”) TOTAL (m?) CUÑA 1 | CUÑA 2 CUÑA3 | CUÑA 4 Área efectiva de extracción 18.871 11.995 15.500 16.577 62.943
El monto estimado de inversión es de US$ 975.000 (dólares) y la mano de obra asociada al proyecto, para la etapa de construcción y abandono corresponde a un total de 13 personas. El
detalle de la distribución de la mano de obras en las distintas etapas del proyecto se muestra en la siguiente tabla:
Tabla N* 6 Mano de Obra
CARGO MANO DE OBRA Guardia 1 Operador Excavadora 2 Operador de Cargador 2 Guía 1 Chofer 7 Total de Trabajadores 13
De acuerdo al cronograma. de proyecto, la etapa de construcción tendría una duración de 13 meses y la etapa de abandono una duración de 3 meses.
3.1 DESCRIPCION DEL PROYECTO
El proyecto tiene por finalidad la extracción de áridos para ser utilizados como material base en la ejecución del proyecto “Concesión Ruta 160 Tramo Tres Pinos Acceso Norte a Coronel”.
Para la materialización del proyecto de la Ruta Concesionada, es necesario contar con áridos de características adecuadas para la conformación del material base. Este material es posible conseguirlo mediante compra a terceros (proveedores) y/o mediante la extracción de áridos desde pozos de empréstito en predios particulares o en Bien Nacional de Uso Público. En el
caso particular de este proyecto, se cuenta con la autorización por parte de los propietarios de los terrenos.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 3 DIA del proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
El proyecto corresponde a la ampliación del proyecto de extracción de áridos desde el empréstito ubicado dentro del predio Los Duraznos perteneciente a Marcos Neira, de rol 159- 42; y desde el predio Los Castaños, perteneciente e a Joel Urrutia, de rol 159-44, ambos ubicados en la Comuna de Arauco. Es importante señalar, que ambos empréstitos por si mismos cuentan con autorización emitidos por la llustre Municipalidad de Arauco. En el caso del empréstito Los Duraznos cuenta con la aprobación de 93.000 mó, mientras que Los Castaños con 95.000 m?, en el Anexo 2 de la DIA, se adjuntan las autorizaciones respectivas.
El proyecto consistirá en la extracción de áridos de cuatro cuñas, para extraer una cantidad máxima de 334.242 m', en una superficie total de 62.943 m?. La Cuña 1, corresponde al terreno con autorización municipal para su extracción, por lo tanto las Cuñas 2 y 3' corresponden a la ampliación extracción del empréstito Los Castaños. Además la Cuña 4 corresponde al aumento del empréstito Los Duraznos. La siguiente tabla muestra los volúmenes totales de extracción de cada cuña:
Tabla N* 7 Volúmenes totales de extracción por cuña
CUÑA VOLÚMEN TOTAL (m*) 1 91.521 2 96.855 3 11.779 4 134.087 Total a extraer ] 334.242
La producción de áridos por medios mecánicos para usos en vialidad, consiste en la obtención de áridos de granulometría estandarizada. Inicialmente el titular hizo un reconocimiento de la geografía y del suelo del sector. Posteriormente, el titular realizó calicatas para conocer la profundidad de cada estrato de material útil, que para efectos de este proyecto, no considera trituración del material extraído puesto que todas las calicatas muestran una grava arenosa de tamaño máximo 6 pulgadas de diámetro. Por tanto, no habrá: planta de chancado o instalaciones similares, ya que no se justifica su instalación.
Además se aclara que estos pozos no están conectados entre sí, pero se encuentran a una distancia tal que permite el paso de equipos y maquinarias entre ellos. El escarpe se depositará a los costados para que en la etapa de cierre y abandono sean nuevamente incorporados al empréstito.
Actualmente en la zona de emplazamiento del proyecto de extracción, existe la presencia de plantaciones que comprende una superficie aproximada de 6 hectáreas. Previo al ingreso de la DIA al SEIA, ya se había realizado la corta de 6.10 ha de eucaliptus, lo cual cuenta con Noma de Manejo para la corta y reforestación de las 6.10 ha. En el contexto de la evaluación ambiental del presente proyecto, se requiere además la corta de 1.7 ha de eucaliptus, respecto
de lo cual el titular presentó, en el Anexo 7 de la Adenda N*41, los antecedentes necesarios para el Permiso Sectorial N”102.
a) Vías de acceso
La red vial que se utilizará está asociada al transporte del material a través de la actual Ruta 160 hacia el sur este con una conexión con el camino forestal en el km 79,500 hacia el oriente, ubicado entre las localidades de Carampangue y Ramadilla.
La ruta de tránsito corresponde principalmente a la utilización del camino forestal en el sector, cuyo uso ha sido debidamente autorizado por Bosques Arauco; y a través de camino interior,
cuya servidumbre de tránsito se constituye a favor del. propietario del terreno, en el cual se ejecutan las labores extractivas.
El camino vecinal es muy poco transitado, debido a que es un área netamente forestal en donde
no existen construcciones de tipo habitacional u otras que pudieran originar tránsito mayor en éste.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 4 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
En cuanto a la existencia de áreas sensibles, estas han sido consideradas en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Concesión Ruta 160, toda vez que el tránsito de materiales se hará a las diferentes áreas de trabajo, a través del área de concesión de la Ruta 160, y en ningún caso por áreas interiores en que se pueda utilizar los caminos públicos y afectar zonas sensibles en dicho trayecto. :
En el Anexo 3 de la Adenda N' 1, se adjuntó plano que detalla el tránsito de los camiones provenientes desde los empréstitos hacia la ruta concesionada R-160, donde será utilizado el material extraído.
La red vial asociada el transporte del material es a través de camino vecinal interior, para continuar por Ruta P-346 en dirección norte — sur, tomando luego un camino forestal de propiedad de BASA hacia el poniente por 2 Km aproximadamente y conectar con la actual Ruta 160 en el Km 59,500 aproximadamente. Desde allí, se trasladará el material de acuerdo a necesidad a los diferentes frentes de trabajo hacia el norte o sur del proyecto Concesión Ruta 160, en su etapa constructiva.
Es importante señalar que en el plano adjunto se visualizan las señaléticas implementadas en cada uno de los tramos correspondientes, como también la presencia o ausencia de viviendas y!o infraestructuras en el tramo observado.
El tramo desde los empréstitos hasta su conexión corresponde a un camino de ripio, sin embargo, este tramo será humectado para evitar la polución de material particulado generado por el tránsito de camiones, además de aplicar restricciones en la velocidad de circulación. Además. el titular velará por el buen estado de este camino y conservación de los caminos interiores del predio, para el tránsito de camiones, por lo cual una vez terminado el desarrollo
del proyecto, se preocupará de dejar el camino en condiciones apropiadas para su posterior USO.
b) Camiones a utilizar
En función de los volúmenes a extraer, siendo un total de 334.242 m?, es posible indicar lo siguiente:
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Se utilizarán 6 camiones de capacidad 20 m', por cada cuña de extracción (2 cuñas de extracción en trabajo simultáneo) funcionando aproximadamente 9 horas diarias:
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De acuerdo a la cantidad de material extraído durante la vida útil del proyecto, se estima
que cada camión ejecutará 6 viajes al día, correspondiendo a un total aproximado de 72 viajes.
3.1.1. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
La fase de construcción corresponde a la disposición del equipamiento e infraestructura de las instalaciones requeridas para iniciar las distintas actividades de operación que estarán presentes durante el desarrollo del proyecto. Esta etapa comprende las siguientes acciones:
3.1.1.1 Obras y Actividades de la Etapa de Construcción
a) Traslado de maquinarias: consiste en el traslado de la maquinaria a utilizar hasta el
frente de extracción. Para esta etapa se utilizará una retroexcavadora y camiones de 15 m?.
b) Habilitación de las vías de acceso y control de acceso: para el traslado de material extraido desde el empréstito se utilizarán vías existentes; particularmente la Ruta 160 y caminos interiores. Se mejorará la señalización del sector mediante la incorporación de letreros de restricción de velocidad y aviso de obras especificadas en la siguiente tabla.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 5 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
Tabla N* 8 Señalización letreros de restricción de velocidad y aviso de obras
DESCRIPCIÓN CANTIDAD Restricción de velocidad 50 km/h 1 Entrada y salida de camiones a 100 m 2
c) Retiro y disposición de escarpes: Se retirará la capa de escarpe que se presente, disponiéndola en el perímetro del área de extracción, de tal forma que sea posible su reutilización en la etapa de abandono para la recuperación del área. Se estima que el material de rechazo será de aproximadamente 31.122 mé, considerando la suma de las cuatro cuñas de extracción.
La Figura N 5 de la Adenda N 1, indica el lugar en donde se dispondrán los rechazos provenientes de las cuñas de extracción, a medida que se requiera su explotación. Al respecto, se incorporará una zanja perimetral al acopio del rechazo, para de esta forma evitar el escurrimiento o arrastre de material hacia el curso de agua aledaño.
3.1.2, ETAPA DE OPERACIÓN
Las actividades a desarrollar durante la etapa de operación son principalmente la explotación del empréstito y el transporte de material a los puntos de necesidad de obra, ubicados en la faja de Ruta 160.
Durante la etapa de operación se considera una jornada de trabajo diurna esto es, de lunes a vienes de 08:00 a 18:00 horas. El transporte de los trabajadores hasta el lugar de trabajo, es por parte de cada trabajador. En el horario de colación, el titular dispondrá de movilización a los trabajadores hasta un lugar cercano habilitado para estos efectos.
La actividad de extracción de áridos, no requiere la utilización de equipos electrógenos. 3.1.2.1 Proceso Productivo a) Delimitación del área de empréstito
Se dispondrá, según corresponda, de los elementos que señalen los límites (banderillas en los vértices de la zona a explotar) del empréstito con el fin de evitar extracciones en zonas fuera de los límites de éste, y/o el tránsito libre por el sector de personas ajenas a la obra.
b) Extracción de áridos
Durante la etapa de operación será necesaria la adecuación del terreno en el cual se proyecta el polígono de extracción. Deberá retirarse todo el material superficial no apto para el proceso productivo hasta la cota que sea necesaria para alcanzar el inicio del estrato a explotar.
La remoción deberá efectuarse mediante maquinaria retroexcavadora, la cual acopiará provisoriamente el material a un costado para luego ser cargado mediante cargador frontal
sobre los camiones tolva, quienes transportarán y acopiarán el material en sectores adecuados para ese único propósito.
A medida que se comience con la explotación del material integral, se deberán dejar taludes suaves en los bordes de las excavaciones, para permitir el fácil acceso de maquinaria hacia el interior de los pozos cuando sea necesario el carguío y transporte del material.
Las obras de evacuación de aguas lluvias consideran medias que evitan el arrastre de sedimentos hacia los cauces y que pudiesen menoscabar la calidad de sus aguas y medidas
que evitan el efecto erosivo de las aguas y que pudiese generar formación de cárcavas o degradación de los cauces.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 6 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
c) Proyecto de extracción: Diseño de la cuña.
El procedimiento adecuado para la realización de cualquier proyecto de extracción de áridos queda definido por parámetros o criterios de extracción relacionados a cumplir con la cantidad de extracción programada de forma económica y segura. El proyecto de extracción, se presentó en el Anexo N? 6 de la DIA.
Dentro de los parámetros geométricos básicos relacionados a la extracción de materiales se cuentan (Figura 7 de la DIA Parámetros geométricos de excavación):
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Altura de banco: Es la distancia vertical entre dos niveles, o la distancia entre el pie del banco y la parte más alta o corona.
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Arranque: Consiste en la extracción del material pétreo, ya sea en pozo lastrero O cantera.
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Banco: Es el módulo o escalón comprendido entre dos niveles que se explota.
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Bermas: Son aquellas plataformas horizontales existentes 'en los límites de la excavación sobre los taludes finales que ayudan a mejorar la estabilidad de! talud y las condiciones de deslizamiento frente a deslizamientos o caidas de rocas.
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Límites finales de explotación: Son aquellos espacios hasta los que se realizan las excavaciones.
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— Talud de banco: Es el ángulo limitado entre la horizontal y la línea de máxima pendiente de la cara del banco.
d) Diseño de la cuña Para el diseño de la cuña de extracción se consideró lo siguiente:
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El material apto de explotar se encuentra a nivel superficial, dejando un escarpe de 0,3 m, en base a mediciones realizadas en terreno.
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Laextracción se realiza mediante terrazas para asegurar la estabilidad de los taludes.
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Los taludes laterales, corresponden a la pendiente generada por medio de terrazas, las cuales aseguran la estabilidad del terreno considerando un talud promedio de V:H=3:4 (según Manual de Carreteras Volumen 3 del MOP), lo cual implica terrazas de 3 metros de ancho y de 4 metros de alto. Además se contempla la ejecución de canales que permitan el escurrimiento de agua lluvia para evitar eventuales desprendimientos de terreno, las terraza consideran la pendiente natural del terreno.
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Se establece que para la zona de extracción se contemplará una pendiente transversal de fondo del 1% con la finalidad de permitir el adecuado escurrimiento de aguas lluvias y así evitar anegamientos, no se proyectan obras de descarga, porque al rellenar la cuña
se asume que las aguas escurrirán al igual que en condiciones sin proyecto, ya que se mantienen las pendientes originales.
Las medias de manejo ambientas específicas a considerar para evitar el arrastre de sólidos a! cuerpo de agua superficial existente en el área (estero Sin Nombre) por efecto de arrastre por aguas lluvia, se indican en el Considerando 5.2 del presente acto administrativo.
e) Estabilidad de taludes
Dentro de la extracción a realizar, se debe asegurar la estabilidad de los taludes proyectados durante toda la vida útil del proyecto. La estabilidad de los taludes de la extracción se estudió utilizando el informe geotécnico realizado por Acciona Infraestructura - Ruta 160 S.A.
A partir de estas descripciones se caracterizó el suelo mediante factores geotécnicos bibliográficos y a partir de ellos se realizó una modelación en el software GeoStudio para
Resolución de Calificación de impacto Ambiental 7 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños"
conocer el factor de seguridad ante el deslizamiento para el estrato más desfavorable a ejecutar.
Según la modelación realizada la superficie de deslizamiento más probable se muestra en Figura 8 de la DIA, para esta superficie el factor de seguridad se presenta mayor que 1, por lo que el talud no presentaría deslizamiento.
De igual forma se modeló en el software, el perfil transversal del Km 0+050 el cual es que presenta mayor altura y longitud. Los resultados del análisis de estabilidad se presentan en la Tabla 6 y en la Figura 9, ambas de la DIA, el deslizamiento más probable.
f) Transporte de material
Se considera el traslado de material desde el pozo de empréstito hacia los frentes de trabajo utilizando camiones tolva o tractocamioñes.
En el traslado, los camiones utilizarán cobertura de carga mediante lonas, carpas y/o malla rashel doble de alta cobertura de sombra (figura N 7 de la Adenda N 1), la cual presenta efectividad al aplicarla de manera doble en las cubiertas de los camiones y de este modo impedir la caida de material, así como la emisión de material particulado. El cubrimiento de los camiones será chegueado antes de abandonar la zona de extracción, por personal destinado a esta actividad.
Además, se llevará registro del material extraído, mediante control de camión en la salida del empréstito.
g) Acciones transversales a la etapa de operación.
Por último, de manera transversal a todas las actividades contempladas en la etapa de operación se consideran las siguientes acciones:
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Mantención de maquinarias y equipos: En relación a la mantención de los camiones y maquinarias ésta se realizará en talleres fuera del área de emplazamiento del proyecto. En caso de estimar algún tipo de mantención.o reparación en faena, ésta se realizará en un área especificada y tomando todas las medidas que se -requieran para evitar derrames u otros inconvenientes. Particularmente, se utilizará una bandeja metálica que pueda recoger el aceite de posibles derrames y adicionalmente se cubrirá un área extensa con plástico de gran densidad. Cabe señalar que el proyecto no contempla el lavado de camiones y/o ruedas.
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Mantención de caminos de acceso y vías interiores: Las mantenciones se realizarán según las necesidades de la empresa durante la ejecución del proyecto. Adicionalmente se transitará a las velocidades señaladas por ley y en caso contrario, de las establecidas
en las señaléticas descritas en la DIA y mostradas en plano adjunto en el Anexo N* 3 de la Adenda N? 1,
3.1.2.2 Equipos utilizados en el proceso
Para la materialización del empréstito: se ha considerado la utilización de la siguiente maquinaria:
Tabla N 9 Maquinaria a utilizar CARGUÍO NUMERO DE EQUIPOS Excavadora 2 Cargador 2 TRANSPORTE Camión 14 m a 20 m? o similar 7
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 8 DIA del proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
3.1.2.3 Insumos y Servicios a) Abastecimiento de combustible
El abastecimiento de combustibles se realizará a través de camiones surtidores en el área del proyecto. La carga de combustible se realizará cumpliendo con los procedimientos establecidos en el Anexo 12 de la DIA, Plan de Contingencias.
b) Provisión de agua potable
El agua potable para consumo, será suministrada a través de agua envasada. En este sentido, la misma empresa será la encargada de la compra, recambio y traslado de éstos. Estos servicios serán proporcionados por una empresa debidamente autorizada. Se adjunta en Anexo 11 de la DIA, comprobante de la empresa distribuidora del servicio (Certificado Suministro Agua Potable).
El sistema particular de agua potable (duchas y wc) se utilizará agua proveniente de la Red de Agua Potable de ESSBIO. Se adjunta, en Adenda N*? 1 informe de cargo faceptación de cargo de ESSBIO, en donde se expone el consumo de agua a granel por un determinado volumen de agua.
El transporte de agua potable es ejecutado periódicamente en camión aljibe autorizado para tal efecto. En Anexo 2 de la Adenda N” 1, se adjuntó resolución sanitaria para el transporte de agua potable.
El sistema de agua potable necesita de dos estanques de acumulación de 5.400 L, los cuales serán periódicamente llenados mediante aljibe, los estanques se dispondrán a nivel del terreno y en el arranque del sistema, se dispondrá de un sistema (1+1) bomba-hidropack, el cual estará encargado de mantener el sistema en condiciones adecuadas y bajo los requerimientos que exige la normativa correspondiente, de manera de asegurar el abastecimiento a los usuarios. El detalle del sistema de agua potable se adjunta en el Anexo 9 de la DIA.
c) Aguas servidas
Se dispondrá de un sistema particular de aguas servidas, el cual contará de instalaciones de acuerdo al número de trabajadores que operen en esta etapa del proyecto y según. lo establecidos en el D.S. N* 594, específicamente el Artículo 23 de esta normativa. Sin embargo, en cada uno de los frentes de extracción se dispondrá de baños químicos, para tales efectos se adjuntó, en Anexo 10 de la DIA, el contrato que mantiene el titular con DISAL. Respecto de esto último, cabe señalar que la empresa con que el titular realice esta función deberá siempre contar con las autorizaciones correspondientes sea DISAL u otra.
3.1.2.4 Planes de Contingencia
En el Anexo 12 de la DIA, se adjuntó un documento denominado Procedimiento de Gestión PRPRO1, Plan de Medidas de Control de Accidentes y Contingencias, en el cual se entregan los procedimientos a seguir, en caso de:
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Incendios.
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Incendios forestales.
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Explosiones.
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—Derrames de sustancias peligrosas.
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Condiciones climáticas extremas: tormenta eléctrica, lluvia, viento, etc.
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Inundaciones
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Sismos / Terremotos / Tsunamis.
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— Plan de accidente vial.
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—Sabotaje, asaltos o intromisiones.
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Derrumbes
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Accidentes individuales y/o colectivos.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 9 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
E]
Además en dicho Anexo, también se adjuntó el Procedimiento para el Abastecimiento de Combustible.
Por su parte, en la Adenda N” 1 el titular complementa información asociada a la ocurrencia de un accidente vial, según lo siguiente:
- Accidentes en ruta
Desde el punto de vista Prevención de Riesgos, cualquier accidente en el cual se vean afectados personal directo o subcontratos de la empresa titular, que ocurran dentro del área de concesión de la Ruta 160 son manejados por las cuadrillas viales de la Sociedad Concesionaria Acciona Ruta 160 S.A., desde el punto de vista segregación de emergencia para prestar la primera atención, rescate O investigación de organismos pertinentes ya que éstos, por una parte, corresponden a subcontratos pero nunca dejan de considerarse como usuarios de la ruta. Ahora bien en el caso que exista algún evento, llámese incidente o accidente, que ocurra fuera del área de concesión y que se vean involucrados contratistas o personal propio y que afecten la conectividad, estas segregaciones las hace directamente personal de seguridad vial de la constructora coordinando con los organismos pertinentes como bomberos, ambulancia o carabineros las atenciones correspondientes y el posterior despeje del camino con el fin de restablecer la conectividad en el menor tiempo posible.
Finalmente, el procedimiento en caso de accidente vial en las áreas de trabajo se describe en Anexo 12 de la DIA, Plan de Medidas de Control de Accidentes y Contingencias, en su Letra |).
- Fauna
Asimismo, en el Anexo 15 de la DIA, se adjuntó el Reglamento Interno para Especies con Problemas de Conservación, lo cual fue complementado en la Adenda N? 1, para eventos que involucren avistamiento de especies, captura involuntaria, daño involuntario, accidente, etc y eventos fortuitos en terreno, con la siguiente información:
Avistamiento de especies: ante el eventual avistamiento de especies dentro del área de extracción, de acuerdo al listado presentado en el Informe de Flora y Fauna, se detendrán las actividades extractivas dando aviso al Jefe de Operaciones, quien dará aviso al Departamento de Medio Ambiente de la Constructora, quien coordinará de manera oportuna con el SAG, para posteriormente evaluar las acciones a seguir en conjunto, para su captura y relocalización, de ser necesario.
Captura involuntaria: ante la eventualidad de realizarse una captura involuntaria, sin la autorización del SAG, se informará de manera inmediata a la autoridad para gestionar las acciones a seguir de acuerdo a lo solicitado por dicho organismos.
Daño involuntario o accidente: se mantendrán los esfuerzos para evitar daños involuntarios a la fauna, considerando, las capacitaciones a cada uno de los trabajadores, con charlas inductivas y manteniendo como responsable al Jefe de Área, quien mantendrá las comunicaciones con el Departamento de Medio Ambiente de la Constructora Ruta 160 y éste a su vez con el organismo correspondiente.
Cabe señalar además, que el reglamento interno ambiental de la empresa, fue actualizado y presentado en el Anexo N” 4 de la Adenda N” 1, en el cual se incorporaron los antecedentes presentados en el Informe de Flora y Fauna, incorporando las fichas de reconocimiento respectivas, información consistente y acorde a lo catastrado en el área de emplazamiento.
3.1.3, ETAPA DE ABANDONO
La fase de abandono de un proyecto tiene que ver con el desarrollo de las distintas acciones y actividades asociadas al término de la actividad productiva y posterior levantamiento de las instalaciones. Se debe realizar el retiro del equipamiento y preparación del terreno, con la finalidad de que éste posea condiciones de mayor similitud y homogeneidad posible con el entorno. Las actividades corresponden a las siguientes:
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 10 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
a) Cubrimiento y nivelación del área de disposición.
Esta actividad consiste en el relleno y tendido de material de escarpe o fino de excedente sobre el área explotada, para restituir su condición de recuperación, esto se realizará de acuerdo a líneas similares del paisaje. La ejecución de este recubrimiento se realizará en forma tal, que el asentamiento o los factores meteorológicos no produzcan grietas o afloramientos del material soterrado y que el escarpe desarrolle una revegetación natural, sin perjuicio de que los terrenos serán reforestados por el propietario en periodos de las primeras lluvias de mayo a septiembre de 2013.
b) Recuperación del área.
La recuperación del área consiste en el retiro de todo vestigio de ocupación, tales como chatarra, cercos, señalización innecesaria, etc., de manera de dejarlo en condiciones de limpieza con respecto a elementos antrópicos.
Se asegurará un correcto drenaje del área de empréstito a fin de evitar procesos erosivos que impliquen arrastre de material desde taludes. Las terrazas que se deben generar en esta etapa están señaladas en los planos anexados a la DIA. Se indica que el proyecto no contempla la generación de material de rechazo, debido a que el volumen de escarpe será utilizado para relleno de las zonas de explotación, para evitar de esta forma que se presenten zonas con erosión producto de las aguas lluvias que caigan en el sector.
De acuerdo a las obras que impidan que las aguas lluvias generen arrastres de sólidos y de esta manera alcancen otras- fuentes en su calidad fisicoquímica, se considerarán taludes laterales que corresponden a la pendiente generada por medio de terrazas, las cuales aseguran la estabilidad del terreno considerando un talud promedio de V:H=1,3:1, lo cual implica terrazas de 3 metros de ancho y de 4 metros de alto, que permitan el escurrimiento de agua lluvia para evitar eventuales desprendimientos de terreno, las terraza consideran la pendiente natural del terreno.
Se establece que para la zona de extracción se contemplará una pendiente transversal de fondo del 1% con la finalidad de permitir el adecuado escurrimiento de aguas lluvias y así evitar anegamientos, no se proyectan obras de descarga, porque al rellenar la cuña se asume que las aguas escurrirán en similares condiciones que sin proyecto, ya que se mantendrán las direcciones de las pendientes originales. Durante la etapa de abandono se proyecta rellenar el sector de extracción con el material de escarpe, superior a la cota de abandono presentada en el proyecto de extracción.
El material de rechazo será dispuesto en las zonas habilitadas como acopio, como se observa en la Figura 5 de la Adenda N” 1, los cuales en la etapa de abandono serán utilizados como material para el relleno del pozo. Además se informa que el material de escarpe, será dispuesto sobre las terrazas, generando una cobertura de una media entre 30 y 40 cm. Se debe recordar que el material escarpado, está constituido en parte por material orgánico, perteneciente a la cubierta vegetal removida en la preparación de la zona de extracción, lo cual las condiciones del suelo permiten la revegetación, incorporando una reforestación del terreno.
Durante la etapa de cierre se entregará un informe, adjuntando la topografía del área intervenida, como evidencia del cumplimiento de las condiciones establecidas anteriormente, en lo que respecta a la extracción.
Por otra parte, el titular entregará una topografía de abandono, de manera de confirmar que se dio cumplimiento a los taludes informados y autorizados durante la evaluación ambiental del proyecto. Los informes de topografías del abandono indicados precedentemente, deberán ser enviados a la |. Municipalidad de Arauco, al SERNGEOMIN para su revisión y -la
Superintendencia del Medio Ambiente, con copia informativa al Servicio de Evaluación Ambiental.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 11 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
3.2 ASPECTOS AMBIENTALES: Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto o Actividad
3.2.1. EMISIONES A LA ATMÓSFERA + Etapa de operación
Se generarán emisiones a la atmósfera en la etapa de operación; dichas emisiones corresponden principalmente al polvo en suspensión generado durante la extracción por el movimiento de los camiones en el camino entre la extracción y el destino y la cancha de acopio.
Las emisiones atmosféricas de la operación del proyecto se generan por las siguientes actividades:
-
Emisiones por extracción.
-
Carga de camiones en zona de extracción.
-
Descarga de material.
-
Emisiones de los motores de maquinaria en extracción
-
Emisión PM10 circulación camiones área de extracción frente de trabajo (tramo camino pavimentado y tramo camino no pavimentado)
-
Emisión gases de escape camiones desde área extracción frente de trabajo.
En este sentido, como medida para controlar las emisiones de polvo fugitivo generado por el movimiento de los camiones, se humectará el terreno y las vías de acceso. Esto será realizado con camiones aljibe alimentados desde el agotamiento de la napa freática desde la construcción de distintas obras de arte del proyecto. Por otra parte, los camiones serán encarpados en el momento de retirarse de la zona del proyecto, de esta manera cubrir la carga y minimizar las emisiones de material. :
Otra actividad que es fuente de emisión son los motores de combustión interna de la maquinaria y equipos que utilizan petróleo diesel. En ambos casos existe una ventaja de dilución debido a que esta actividad se realizará al aire libre. Sin embargo, toda la maquinaria cumplirá con las revisiones de mantenimiento necesarias y los camiones con las revisiones técnicas respectivas;
de esta manera se garantizará que las emisiones den cumplimiento a las normas de emisión vigentes.
Por último, en el Anexo 13 de la DIA, se adjuntó las estimaciones de material particulado en la etapa de operación del proyecto. Es importante señalar que para el cálculo de las emisiones de estas actividades, el titular consideró los factores de emisión definidos en los documentos: “GUIA PARA LAS ESTIMACIONES DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS DE PROYECTOS INMOBILIARIOS PARA LA REGION METROPOLITANA”, enero 2012.
3.2.2. EMISIONES LÍQUIDAS + Etapa de operación
Los residuos líquidos generados de los servicios higiénicos utilizados por los trabajadores, serán provenientes de los baños químicos, ubicados en los frentes de extracción más alejados, los cuales serán retirados por la empresa proveedora que se hará cargo del mantenimiento de éstos. Además, es importante señalar que se instalará una solución particular de aguas servidas, por lo cual en el Anexo 9 de la DIA se adjuntaron antecedentes, tales como la Memoria de Cálculo y Planos, para la acreditación del Permiso Ambiental Sectorial N*91. El proyecto presentado es para una dotación de 14 personas.
El sistema de alcantarillado proyectado, corresponde a un sistema de fosa sética y drenes de infiltración, el que se compone principalmente por:
- Cámara de inspección domiciliaria: corresponde a una cámara de inspección prefabricada, instalada a la salida del container de servicios para la captación de las aguas servidas, provenientes desde los artefactos.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 12 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
-
Línea principal de descarga: corresponde a tubería de PVC sanitario que va entre la cámara de inspección domiciliaria y la fosa séptica.
-
Fosa séptica: corresponde a la estructura de contención y retención del. lodo provenientes de las aguas servidas. Se efectuará limpieza de la fosa 2 veces al año.
-
Línea secundaria de descarga: corresponde a tubería de PVC sanitario para la evacuación del efluente libre de lodos, desde la fosa séptica hasta la cámara repartidora de drenes.
-
Cámara repartidora de drenes: corresponde a una estructura prefabricada cuya función es recibir el efluente clarificado y repartirlo hacia los drenes de infiltración.
-
— Drenes de infiltración: corresponde a la faja enterrada bajo el subsuelo donde se dispone finalmente para su infiltración en el terreno
3.2.3. RESIDUOS SÓLIDOS «e Etapa de operación
Durante la etapa de construcción y operación del proyecto los residuos sólidos asimilables a domiciliarios generados por el proyecto durante su ejecución serán dispuestos en contenedores claramente identificados para luego ser retirados por el encargado de la faena a lo menos 2 veces por semana y trasladados desde la zona de faena hasta la oficina Carampangue, y dispuestos en un contenedor habilitado para tales efectos para luego ser retirados hacia sitios de disposición final autorizados por la empresa de Gestión de Residuos Himce. Respecto de esto último, cabe señalar que la empresa con que el titular realice esta función deberá siempre contar con las autorizaciones correspondientes (sanitarias y ambientales) sea HIMSE u otra.
De acuerdo al número de personas en planta se estima que se puedan generar aproximadamente 2,5 kg/día de residuos asimilables a domésticos.
En el caso de producirse residuos industriales peligrosos debido a mantenciones no programadas u otro tipo de contingencias, estos serán acopiados en contenedores específicos para luego ser transportados, en un máximo de dos días después de generados, hacia las dependencias de las oficinas en Arauco de Acciona Ruta 160, quienes cuentan con resolución de almacenamiento de residuos peligrosos. Se adjunta en Anexo 14 de la DIA, Resolución de Almacenamiento Temporal de Residuos.
3.2.4. Ruipo + Etapa de operación
En el caso particular de este proyecto, no se generarán ruidos molestos a la comunidad, debido a que el lugar de extracción no se encuentra cercano a poblaciones o comunidades. El sitio poblado de mayor cercanía se encuentra aproximadamente a 3 km de distancia del sitio del proyecto. Adicionalmente, de manera de complementar el proyecto se presentan los
antecedentes que permiten indicar el cumplimiento de.la normativa respecto de esta variable, especificamente el D.S.38/2011.
En el Anexo 7 de la DIA se adjuntó Estudio Acústico asociado al D.S. N” 146/97. Dada la entrada en vigencia del D.S.38/2011, la Autoridad Sanitaria solicitó una nueva modelación en base a este decreto, la cual se adjuntó en el Anexo 5 de la Adenda N” 1.
En la siguiente tabla, se muestran detalles de la ubicación en coordenadas DATUM WGS84 de los puntos de medición de ruido:
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 13 DIA del proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
Tabla N* 10 Ubicación georeferenciada puntos de medición de ruido
PUNTO COORDENADAS UTM DATUM WGS84 N? NORTE ESTE 1 5.871.674 657.171 2 5.872.013 657.567
Para la medición del ruido de fondo se realizó en ausencia total de faenas y procesos de extracción de áridos. De acuerdo a lo obtenido en terreno los resultados y la descripción del ruido de fondo encontrado en terreno, se muestra en detalle en la siguiente tabla.
Tabla N* 11 Medición de ruido de fondo
PUNTO N* L£o DIURNO dB(A) Lza NOCTURNO dB(A) 5 10 5 10 1 41 40 39 39 2 43 41 41 40
El ruido de fondo característico para los puntos de la línea base de ruido dispuesta para este proyecto se describe a continuación:
-
Punto N* 4: Está compuesto principalmente por el ruido de aves y la acción del viento sobre el follaje de los árboles.
-
— Punto N? 2: Este punto es de características similares al punto N? 1.
Para la proyección de los niveles de ruido, fueron considerados las principales fuentes emisoras del proceso de extracción y transporte de material de todas las zonas de extracción, denominadas Cuñas 1, 2 y 3. Las fuentes incluidas en la modelación acústica, como sus niveles de potencia acústica en bandas de 1/1 octava se muestran en la tabla N? 6 del estudio de ruido adjunto en Anexo 5 de la Adenda N*1.
A continuación en las siguientes tablas, se presentan los niveles proyectados en la línea base de ruido, según los niveles máximos permisibles del D.S. N* 38/2011 para una zona rural, tanto en horario diurno como nocturno respectivamente. Sin perjuicio de lo anterior, es necesario precisar que la actividad a desarrollar, sólo se contempla en horario diurno.
Tabla N* 12 Evaluación de los niveles proyectados en la línea de base en jornada diurna
EVALUACIÓN HORARIO DIURNO PUNTO N* RUIDO DE in NIVEL CUMPLIMIENTO FONDO dB(A) JA) PROYECTADO D.S 146/97 1 40 50 55 No Cumple 2 41 51 51 Cumple
Como se observa en la Tabla N 12, el nivel máximo permisible se ve superado en el punto N1
de la línea base de ruido, en base a los niveles máximos de emisión de acuerdo al D.S. N* 38/2011.
Tabla N* 13 Evaluación de los niveles proyectados en jornada nocturna
EVALUACIÓN HORARIO NOCTURNO PUNTO N* RUIDO DE plirnd tran NIVEL CUMPLIMIENTO FONDO dB(A) DBA) PROYECTADO D.S 146/97 1 39 49 54 No Cumple 2 40 50 50 No Cumple
Como se observa en la tabia anterior, el nivel máximo permisible se ve superado en los dos
puntos de la línea base de ruido, en base a los niveles máximos de emisión de acuerdo al D.S. N* 38/2011.
Resolución de Calificación de impacto Ambiental 14 DIA del proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
Debido a la situación presentada, se debe implementar medidas de manejo ambiental con el fin de disminuir el impacto acústico y con ello cumplir la normativa vigente. Las medidas a
implementar corresponden a dos: la primera consiste e de las cuñas, de a lo menos 4 metros de altura, segunda opción, corresponde a la óptima condición las 4 cuñas (Los detalles de las medidas se presentan en el capítulo d
Aplicable).
4.- Que, en relación con el cumplimien "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y
lo a
n hacer acopios de material al costado ual sirve como pantalla acústica y la de trabajos simultáneos en la extracción de e Normativa Ambiental
to de la normativa ambiental aplicable al proyecto Los Castaños” y sobre la base
de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución de dicho proyecto cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
LEGISLACIÓN GENERAL
Constitución Política de la República:
19, N” 8 “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.
Ley N” 19.300
Art. 10, letra i)
Decreto Supremo Reglamento del SEIA
95/01,
Art. 3, letra i.1)
En función de las leyes citadas, el proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” (SEIA), en forma obligatoria, a través de la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental, en consideración de lo contemplado en el Art. 10 letra i) de la Ley N 19.300 e ¡.1) del artículo 3 del D.S. N 95/01,
LEGISLACIÓN ESPECÍFICA:
RUIDO
D.S. N 38/2011 Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas (modifica D.S. N 146/97)
Órgano del Estado competente: Autoridad Sanitaria
Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora continuos equivalentes y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados a la comunidad por las fuentes fijas.
De acuerdo a lo señalado en el punto 3.2.4 del presente acto administrativo, de acuerdo a la modelación acústica presentada en el Anexo N 5 de la Adenda N 1, el nivel máximo permisible de ruido se ve superado en un punto (receptor) en horaria diurno y en los dos puntos de la línea base de ruido en horario nocturno.
Debido a la anterior situación, se debe implementar medidas de manejo ambiental con el fin de disminuir el impacto acústico y con ello. .cumplir la normativa vigente. Al respecto,'se consideran dos medidas:
La primera consiste en hacer acopios de material al costado de las cuñas, de a lo menos 4 metros de altura, lo cual sirve como pantalla acústica y la segunda opción, corresponde a la óptima condición de trabajos simultáneos en la extracción de las 4 cuñas.
Acopios de material: consiste en hacer acopios de material entre las cuñas y los receptores de a lo menos 4 metros. de altura, con una extensión mínima de 100 metros lineales bordeando el perímetro de la cuña. Los acopios deben hacerse en las cuñas 1 y 2 las cuales son las que se encuentran más próximas a los receptores. Los acopios se situarán lo más cerca posible a las cuñas de extracción, para que su efecto de atenuación sea aún mayor, como lo muestra la figura 6 del informe acústico presentado en el Anexo 5 de la Adenda N' 1.
Por su parte, se realiza un análisis comparativo (proyectado en Minerva 6) sin acopios en las cuñas 1 y 2, contrastado con la modelación utililando acopios como barrera acústica, cuyos resultados se muestran en la Tabla N? 12 de fa Anexo 5 de la Adenda N? 1 tanto para horario diurno,
Resolución de Calificación de impacto Ambiental DIA del proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
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como nocturno, mostrando que con acopios para el receptor 1 se proyectan 49 dB(A), mientras que para el receptor 2 46 dB(A), siendo los niveles permisibles según la norma de 50 dB(A) para el receptor 1 y de 51 dB(A) para el receptor 2 en horario diurno y de 49 dB(A) para el receptor 1 y de 50 dB(A) para el receptor 2 en horario nocturno, por lo cual se cumpliría con los niveles máximos exigidos por la normativa vigente.
Coordinación de extracciones simultáneas: consiste en realizar una correcta coordinación de las faenas de cuñas de extracción. De acuerdo a las modelaciones realizadas, la cuña que presenta limitaciones es la cuña 1, debido a la proximidad que se encuentra con el receptor N*2. Es por esto que dicha cuña debe trabajarse de manera independiente, asegurando así la disminución de niveles de emisión. Esta situación varía para las otras 3 cuñas, ya que al quitar la extracción en la primera se abre la posibilidad de trabajarias de manera simultánea.
La tabla 13 del Anexo 5 de la Adenda N 1 muestra un análisis de los niveles proyectados de la cuña 1 de manera exclusiva, de los. datos entregados se aprecia que al estar en funcionamiento sólo la extracción de la cuña 1, los niveles de ruido se encontrarían bajo cumplimiento según el D.S. N 38/2011.
Por su parte, la tabla 14 del Anexo 5 de la Adenda N 1 muestra los resultados de una análisis de los niveles proyectados cuando se encuentran en funcionamiento de extracción las cuñas 2, 3, y 4 de manera simultánea. De igual forma que el caso anterior, al estar en funcionamiento la extracción de las cuñas 2, 3 y 4, los niveles de ruido se encontrarían dentro de los niveles permisibles según el D.S. N 38/2011.
At respecto, la Autoridad Sanitaria indicó que una vez en operación el proyecto, se realicen monitoreos semestrales diurnos y nocturnos con el objetivo de verificar las medidas de mitigación propuestas.
Antes de ser realizado los monitoreos deberán ser informados a la Autoridad Sanitaria y posterior entrega de los resultados. Para la propuesta de coordinación de extracción simultánea se solicita se generen registros que sean auditables. Y para la propuesta de acopio de material se deberá permanecer durante toda la operación del proyecto con las dimensiones establecidas en el estudio. (Altura y extensión).
Respecto de lo anterior, el titular en la Adenda N* 2 indicó que una vez que se inicie la etapa de operación del proyecto, previo aviso a la Autoridad Sanitaria, se realizarán monitoreos semestrales en horario nocturno y diurno, sólo si en efecto se realiza el trabajo de extracción de las 4 cuñas de manera simultánea, cuyos
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental
DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
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resultados posteriormente serán entregados a la autoridad antes señalada.
En relación a la propuesta de acopio de material , permanecerán durante la etapa de operación el proyecto, eso si, que toda vez que el titular mantenga la propuesta de extraer de manera simultánea las cuatro cuñas de extracción, sin embargo a la medida que se abandone la cuña 1, las restantes cuñas 2, 3 y 4 sí podrán trabajar en forma simultánea, antecedentes que fueron presentados en el Anexo 7 de la DIA (cabe indicar que el anexo 7 de la DIA contiene el informe acústico presentado por el titular en base al D.S. N” 146)
En relación a lo propuesto, tanto por la Autoridad Sanitaria, como por el titular del proyecto, asociado a los monitoreos de ruido, este Servicio estima que ante la imposibilidad de los órganos del estado con competencias — fiscalizadoras, de poder evidenciar los momentos en que el titular trabajada en una u otra cuña o en forma simultánea, es que se considera que el titular debe efectuar los monitoreos de acuerdo a lo indicado por la Autoridad Sanitaria. Lo anterior sin perjuicio de que en forma sectorial se puedan establecer otras condiciones para efectuar el monitoreo de ruido. Lo anterior sobre la base de medios de verificación que le permitan a la autoridad competente conocer cuando el titular opera las cuñas por si solas o de manera simultánea.
EMISIONES ATMOSFERICAS
D.FL. N*725/67 Código |Dentro de otras materias, eljEl titutar aplicará todas las medidas para Sanitario Código Sanitario dicta los|minimizar la generación de material
siguiente: particulado, indicadas en tos siguientes Órgano del Estado | Artículo 89: El reglamento | cuerpos normativos y tal como se detalla en competente: Autoridad | comprenderá normas como las que [el punto 3.2.1 del presente acto Sanitaria se refieren a: a) la conservación y | administrativo.
pureza del aire y evitar en él la presencia de materias u olores que constituyan una amenaza para la salud, seguridad o bienestar del hombre o que tengan influencia desfavorable sobre el uso y goce de los bienes.
D. S. N* 144/61 del MINSAL. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
Órgano del Estado competente: Autoridad Sanitaria.
Artículo 1% del DS 144/61, "Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario".
Se generarán emisiones a la atmósfera en la etapa de operación. Dichas emisiones corresponden principalmente al polvo en suspensión generado durante la extracción por el movimiento de los camiones en el camino entre la extracción y el destino, y la cancha de acopio.
En este sentido, como medida para controlar las emisiones” de polvo fugitivo generado por el movimiento de los camiones, se humectará el terreno y las vías. de acceso. Esto será realizado con camiones aljibe alimentados desde el agotamiento de la napa freática desde la construcción de distintas obras de arte del proyecto. Por otra parte, los camiones serán encarpados en el momento de retirarse de la zona del proyecto, de esta manera cubrir la carga y minimizar las emisiones de material.
Es importante señalar que gran parte del camino privado que será utilizado por el
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
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titular, se encuentra asfaltado, por lo tanto la distancia de tránsito de los camiones por
caminos no pavimentados, es de aproximadamente 3 km.
Además, “se proponen medidas de restricción de velocidad en caminos
interiores y de acceso, así como también la mantención periódica de los caminos interiores. Al respecto, el titular dispondrá de señaléticas de restricciones de velocidad, las cuales están descritas en la DIA y mostradas en plano adjunto en el Anexo N? 3 de la Adenda N? 1.
D. S. N* 75/87 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Órgano del Estado competente: inspectores Municipales y Carabineros de Chile
El artículo 2 de este decreto
señala:
“En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre
cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire”
Para evitar derrame de sustancias en las vías y que posteriormente sean suspendidas a la atmósfera por el tráfico de los vehículos, los camiones de transporte desde la planta al lugar de disposición final, cumplirán con lo dispuesto en esta norma, particularmente en el cubrimiento de la carga y aseguramiento de ésta. Lo que será verificado por el personal de la faena dispuesto para este fin.
D. S. N” 55/94 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
Establece Normas de Emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados que permitan cumplir niveles máximos de emisión de monóxido .de carbono, hidrocarburos totales, óxidos de nitrógeno y material
Todos los vehículos que presten servicio a la “ejecución del proyecto cumplirán la norma máxima de emisión de gases, y se velará por que ellos tengan sus Certificados de Emisión de Contaminantes al día.
particulado.
Órgano del Estado competente: Dirección de Vialidad
RESIDUOS LÍQUIDOS D.F.L.. N*725/67 Código Sanitario
Órgano del Estado competente: Autoridad Sanitaria
Art. 69. No podrá iniciarse la construcción o remodelación de una población, sin que el Servicio Nacional de Salud haya aprobado previamente los servicios de agua potable y de alcantarillado o
desagúes.
Art. 71 Corresponde al Servicio de Salud aprobar los proyectos relativos. a la construcción, modificación, y ampliación de cualquier obra pública y en
particular destinada a: la provisión o purificación de agua de una comunidad; la evacuación, tratamiento y disposición final de aguas servidas. Se agrega que antes de poner en explotación tales obras deberán ser autorizadas - por el Servicio de Salud de la Jurisdicción.
Art. 73. Prohíbase descargar las aguas semidas y los residuos industriales o mineros en rios o lagunas, o en cualquiera otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o para baineario, sin que antes se proceda a su depuración en la
forma que se señale en los reglamentos. Art. 82. El reglamento
comprenderá normas como las que se refieren a:
a) las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos,
El proyecto se ajustará a las disposiciones de éste código, los lugares de trabajo se mantendrán limpios de modo que no afecten la salud o pongan en riesgo la seguridad de las personas.
Las medidas especificas para el cumplimiento de este cuerpo normativo se detallan en la acreditación del D.S. N* 594/99 y en el punto 3.2.2 del presente acto administrativo.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
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maquinarias, instalaciones, materiales «y cualquier otro elemento, con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los obreros y empleados y de la población en general.
D.S. N*594/99, Ministerio de Salud
Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Órgano del Estado competente: Autoridad Sanitaria
Art. 12. Todo lugar de trabajo deberá contar con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal.
Art 21. Todo lugar de trabajo estará provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que dispondrán como mínimo de excusado y lavatorio. Cada excusado se colocará en un compartimiento con puerta, separado de los compartimentos anexos por medio de divisiones
permanentes. Art 24 En aquellas faenas temporales en que por su
naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico.
Párrafo Ill de los Residuos industriales Líquidos y Sólidos
Los residuos líquidos generados de los servicios higiénicos utilizados por los trabajadores, serán provenientes de los baños químicos, ubicados en los frentes de extracción más alejados, los cuales serán retirados por la empresa proveedora que se hará cargo del mantenimiento de éstos.
Además, es importante señalar que se instalará una solución particular de aguas servidas, por lo cual en el Anexo 9 de la DIA se adjuntaron antecedentes, tales como la Memoria de Cálculo y Planos, para la acreditación del Permiso Ambiental Sectorial N*91. El proyecto presentado es para una dotación de 14 personas, consistente en fosa séptica y drenes de infiltración.
RESIDUOS SÓLIDOS
D.S. N* 594/99, Ministerio de Salud
Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Órgano del Estado competente: Autoridad Sanitaria
Art. 18. La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria.
Art 19. Las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades.
Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios generados por el proyecto, serán dispuestos en contenedores claramente identificados, para luego ser retirados por el encargado de faena a lo menos 2 veces por semana y. trasladado desde la zona de faena hasta la oficina de Carampangue. De acuerdo al número de personas en planta, se estima que pueden generarse 2.2 kg/día de residuos sólidos asimilables a domiciliarios aproximadamente.
D.S. N 148/03 del MINSAL | Establece las condiciones | No se contempla la generación de residuos Reglamento Sanitario de | sanitarias y de seguridad mínimas | peligrosos, sin embargo, de ocurrir Manejo de Residuos |a que deberá someterse — la| situaciones imprevistas en que se generen, Peligrosos generación, tenencia, ¡éstos serán transportados hacia las almacenamiento, transporte, | dependencias de Acciona Ruta 160 en Órgano del Estado | tratamiento, reuso, reciclaje, | Arauco (que cuenta con resolución sanitaria competente: Autoridad | disposición final y otras formas de | para el almacenamiento de este tipo de Sanitaria eliminación de los residuos jresiduos) para luego ser tratados y/o peligrosos. dispuestos. De to anterior, el titular deberá llevar un registro y no almacenar dichos residuos en el área del proyecto. FLORA Y FAUNA D.L. N 701 Sobre Fomento | Tiene por objeto regular la |Cabe señalar que al momento de presenta
Forestal, Ley 19.561 Ministerio de Agricultura
Órgano del competente: CONAF
Estado
actividad forestal en suelos de aptitud preferentemente forestal y en suelos degradados e incentivar la forestación, en especial, por parte de los pequeños propietarios forestales y aquélla necesaria para la prevención de la degradación, protección y recuperación de los suelos del territorio nacional
la DIA al SEIA el área presentaba corta de vegetación. Al respecto el titular actaró en la Adenda N” 1 que la corta de vegetación se ejecutó a través de una Norma de Manejo de eucaliptus, antecedentes que se presentaron en el Anexo N” 6 de la Adenda N%1, de fecha 12 de septiembre de 2011, mediante la cual se autorizó la corta y reforestación de 6.10 ha.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
Por su parte, en el contexto de la evaluación de la DIA en comento, el titutar en el Anexo 7 de la Adenda N*1 presentó los “antecedentes del Plan de Manejo Forestal (asociado al PAS 102), mediante el cual se solicita el permiso para la corta y reforestación de 1.7 ha de Eucalyptus globlufus.
Ley N” 19.473 de Caza|Se refiere a la protección de la Reglamento N? 5/98 | fauna silvestre; además establece Modifica a la Ley | los procedimientos en caso de 4.601/1929. implementar un plan de rescate con relocalización.
Órgano "del Estado competente: SAG
Como medida transversal en la etapa constructiva de-la ruta 160, y por ende todas aquellas actividades directamente relacionadas con esta etapa y obra, entre ellas la presente extracción de áridos, lo siguiente:
Existe prohibición de caza y captura de cualquier especie de fauna que pueda ser avistada en el área del proyecto, cualquiera sea su naturaleza, poniendo énfasis en aquellas especies que se encuentran indicadas en el reglamento Interno de especies con problemas de conservación y cuidado del .medio ambiente, para empresas contratistas o subcontratistas, edición 1, el cual se adjuntó en el Anexo 4 de la Adenda N? 1.
Capacitaciones de educación ambiental a todos los trabajadores involucrados en el proyecto Ruta 160 y, para este caso en particular, se reforzarán dichas capacitaciones a todo el personal directamente involucrado en las faenas de extracción de áridos, con especial énfasis a las especies descritas en el área del proyecto y mencionadas en bibliografía, como factibles de ser encontradas.
El titular deberá mantener los registros de las capacitaciones, sus contenidos visados por el SAG y realizar dichas charlas oportunamente, es decir en forma previa a las intervenciones, por obras y/o acciones del proyecto. j
PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO
Ley N* 17.288 Sobre|Regula los lugares, ruinas, Monumentos Nacionales construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los Órgano del Estado | enterratorios o cementerios u otros competente: Consejo dejrestos de los aborígenes, las Monumentos Nacionales piezas u objetos antropo- arqueológicos, paleontológicos O de formación natural, que existen bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia.
Ante un hallazgo arqueológico O paleontológico, el titular informará según lo establecido en los artículos N? 26 y 27 de la Ley N* 17.288 y notificará oportunamente a la autoridad para que ésta indique las acciones a seguir.
Ante la eventualidad de hallarse elementos patrimoniales de relevancia durante las operaciones de excavación del proyecto, estará presente un arqueólogo con la misión de supervisar esa faena, e indicar los procedimientos para dar cumplimiento con la normativa en cuestión.
4.2.- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”, requiere de los siguientes permisos ambientales sectoriales
contemplados en Título VI! del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:
4.2.1 Artículo 91.- En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. N*
725/67, Código Sanitario.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental
DIA del proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
Ester permiso ambiental es aplicable, dado que el titular propone una solución particular de alcantarillado para los trabajadores durante la etapa de operación del proyecto.
Los antecedentes que acreditan los requisitos técnicos y formales de este PAS, se encuentran en el Capítulo IV de la DIA.
De acuerdo a lo informado por la Autoridad Sanitaria en su Ord. N* 2684 del 09 de agosto de 2012, el titular ha acreditado satisfactoriamente los requisitos ambientales requeridos para el PAS 91.
Al respecto indicó en dicho oficio que “el titular del proyecto una vez obtenida su RCA deberá solicitar sectorialmente la autorización del sistema particular de aguas servidas”, cuestión que el titular acogió en la Adenda N? 1.
4.2.2 Artículo 96.- En el permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3? y 42 del artículo 55 del D.F.L. N* 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Los antecedentes que acreditan los requisitos técnicos y formales de este PAS, se encuentran en la Adenda N*2 (punto 3.1 y Anexo 1 “Plano Agrológico”). Dicho PAS es solicitado para un poligono de una superficie de 30,42 m? aproximadamente, en la cual se encontrarán las instalaciones temporales del proyecto, correspondientes a un conteiner tipo de 15.21 m? destinado a zona de baños, duchas y vestuario.
De acuerdo a lo informado por la SEREMI de Agricultura en su Ord. N” 2303 del 01 de
marzo de 2013, el titular ha acreditado satisfactoriamente los requisitos ambientales requeridos para el PAS 96.
Cabe indicar que de acuerdo a lo señalado en el Of Ord. N* 761 del 10 de diciembre de 2012 del MINVU, el titular deberá obtener Permiso de Construcción Provisoria, de la DOM de la Comuna de Arauco (según Art. 124 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, LGUO), previa obtención de las autorizaciones del Art. 55 de la LGUC.
4.2.3 Artículo 102.- En el permiso para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el artículo 21 del Decreto Ley N* 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas
en el artículo 3 del presente Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere el literal m.1.
Los antecedentes que acreditan los requisitos técnicos y formales de este PAS, se encuentran en el Anexo N' 7 de la Adenda N? 1, donde se adjunta el Plan de Manejo Forestal para corta y reforestación de 1.7 ha de eucaliptus. :
Al respecto CONAF por medio de su Ord. N* 78-EA/2012 se pronunció conforme respecto del PAS 102 y le indicó al titular lo siguiente:
Para la presentación sectorial del PAS 102, es decir el Plan de Manejo Forestal de Obras Civiles, se debe incorporar y detallar medidas de protección, que si bien se presentan en esta Adenda no se encuentran en el anexo 7, correspondiente al PAS 102, estas son:
-
Medidas tendientes a evitar el daño a los ejemplares de Myrceugenia lepstospermoides y Myrceugenia pinifolia.
-
El plan de manejo (punto V.1 medidas de protección ambiental) debe considerar medidas para evitar la erosión hídrica en los taludes de corte y derrame.
-
Medidas correctivas o de reparación en la eventualidad que se produzcan
deslizamientos y derrames a cursos de agua, las que deberían ser realizadas en un plazo menor de 15 días.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 21 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
ú
- Además respecto a las cortas realizadas en el área N* 2 dentro del predio Los Castaños, si bien esta se contempla en la Norma de Manejo presentada en el Anexo 6 de la Adenda, en la presentación sectorial los antecedentes del PAS para ese sector deberán indicar que corresponden a una modificación de ésta.
Al respecto, el titular en la Adenda N? 2 acoge lo planteado por CONAF.
5.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación ambiental, debe indicarse que el proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”, no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Lo anterior, según los antecedentes que constan en el expediente de evaluación y en atención a:
5.1 Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley 19.300 riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes emisiones y/o residuos que genera o produce, es posible indicar que, teniendo en cuenta las características del proyecto, según lo detallado en los Considerando 3.1 “Descripción de Proyecto” y 3,2. “Aspectos Ambientales” del presente acto administrativo, así como también en el Considerando 4 “Plan de Cumplimiento de la Normativa de Carácter Ambiental aplicable al Proyecto” y “Permisos Ambientales Sectoriales” y de acuerdo a lo informado por la Autoridad Sanitaria respecto de la misma, este proyecto no generaría efluentes, emisiones o residuos que presenten riesgo para la salud de la población, por lo que no le resulta aplicable la letra “a” del artículo 11 de la Ley N*19.300. Al respecto la fundamentación realizada por el titular sobre este aspecto, se encuentra en el Capítulo 2, punto 1 de la DIA.
5.2 Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300 efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que, atendiendo a las características del proyecto detalladas en el Considerando 3.1. “Descripción del proyecto” así como de sus Aspectos Ambientales (Considerando 3.2. del presente acto administrativo) y los antecedentes presentados por el titular respecto del cumplimiento de la normativa ambiental, el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la “p” del art. 6” del RSEIA. La localización del proyecto se encuentra rodeada por terrenos forestales, con plantaciones exóticas.
En Anexo N 4 de la Adenda N 1 se entregó una actualización del reglamento Interno Ambiental de la empresa titular siendo este consistente y actualizado de acuerdo a lo catastrado en el área del proyecto.
a) Cabe señalar que se identificó la especie Myrceugenia leptospermoides (macolla), clasificada como rara y la especie Myrceugenia pinifolia (chequén de hoja fina), ambas especies endémicas.
Dichas especies fueron identificadas en la cuña 3, perteneciente al empréstito Los Castaños (Figura 9 de fa Adenda N* 1 página 26). Se identificaron individuos de manera dispersa, y ubicados al borde del proyecto cercano a un curso de agua. En el área con mayor presencia de individuos se observaron-30 «aproximadamente, correspondientes a adultos con medidas que van desde 30 cm a 180 cm de altura.
A objeto de no afectar a los individuos de ambas especies observadas en el área del proyecto, el titular mantendrá una franja de protección, considerando que se encuentran ubicadas en la periferia de la cuña 3.
b) Por otra parte, las obras de evacuación de aguas lluvias consideran medias que evitan el arrastre de sedimentos hacia los cauces y que pudiesen menoscabar la calidad de sus
aguas y medidas que evitan el efecto erosivo de las aguas y que pudiese generar formación de cárcavas o degradación de los cauces.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 22 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
En el área de emplazamiento del proyecto existe un curso de agua sin nombre con un pequeño caudal, principalmente invernal, bajando por las cuencas en direcciones suroriente-norponiente, el cual se muestra en la Figura N 2 de la Adenda N” 1. La ubicación de este cuerpo de agua, se emplaza a unos 200 m aguas debajo de la zona extracción Los Duraznos en su cuña 4 y que bordea el límite de extracción del empréstito Los Duraznos original (con autorización de la |. Municipalidad de Arauco). Las características hidrológicas de dicho estero, se entregan en la Adenda N 2 (punto 1.1 Descripción de Proyecto).
La protección de este curso de agua, se ejecutará a través de la disposición de señalética, indicando: “Prohibido Botar Basuras”, “Prohibido cazar y capturar animales”, “Prohibido intervenir el curso de agua, mantenga La Distancia de Trabajo”. Todo según lo indicado en el Decreto N* 3166 de la Dirección de Obras Municipales |. Municipalidad de Arauco, que autoriza Extracción de Empréstitos Los Duraznos (adjunto en Anexo N? 2 de la DIA).
Cabe indicar en el Anexo 1 de la Adenda N? 1 se presentó análisis de calidad de agua superficiales, tanto aguas arriba, como aguas abajo del curso de agua señalado, de acuerdo a la NCh 1333 of.78, para riego y de acuerdo a ello, las aguas del Estero Sin Nombre presentan buena calidad.
Cabe señalar que, de acuerdo a lo indicado por el titular en la Adenda N* 1, durante el desarrollo del proyecto no se ejecutarán obras que modifiquen los cauces existentes en el área de influencia del proyecto. Sin embargo, es necesario precisar la presencia de una tubería, que permite el escurrimiento libre de las aguas del curso de agua sin nombre, cuya obra es preexistente al desarrollo del proyecto, la cual fue ejecutada anteriormente por el propietario de dicho empréstito, dicha obra permite el paso de vehículos.
La tubería existente es de HDPE corrugado de 300 mm de diámetro, con una longitud de 7 metros y pendiente de 6%. El titular en la Adenda N* 2, verificó la capacidad hidráulica para asegurar un buen funcionamiento en eventos de crecidas (T=10 años), concluyendo que posee un buen comportamiento hidráulica, por lo que no provocaría ningún tipo de incidentes para un T=10 años.
Por su parte, para evitar la contaminación del estero y no afectar su utilización aguas abajo del proyecto, producto del arrastre de sedimento provocado por el escurrimiento del agua lluvia sobre las cuñas de extracción, se proyectan piscinas en forma de zanjas de acumulación excavadas en tierra en el punto de recepción de las aguas lluvias que drena la cuenca de cada cuña, con el fin de que los sólidos arrastrados por ésta sedimenten antes de que lleguen al estero Sin Nombre.
El sistema de descarga de las aguas lluvias acumuladas por las zanjas se realizará mediante la infiltración al subsuelo y al desborde de éstas, de manera uniforme y de forma longitudinal a través de la zanja, con el fin de no generar cauces menores al momento de escurrir. Se proyecta la plantación de fajas de vegetación de tipo forestal (que soporte las condiciones ambientales locales) bajo las zanjas de acumulación de un ancho relativo de entre 5 a 8 metros, aumentando la rugosidad existente actualmente en la ladera del cerro, de esta manera la escorrentía producida viajará a una baja velocidad, evitando la erosión del suelo. Las fajas de pasto servirán de biofiltros, reteniendo una fracción importante de solidos suspendidos producidos por el proyecto de extracción.
Para dimensionar las zanjas de acumulación proyectadas se consideró el caudal de aguas lluvias calculado en la Tabla 4 de la Adenda N?2, (respuesta 1.1 de la Adenda N* 2) y un tiempo de concentración de 10 minutos, por lo tanto las zanjas proyectadas con un ancho de 2 metros y una profundidad de 1.5 metros, deben tener el largo y la capacidad volumétrica indicada en la siguiente tabla:
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 23 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
Tabla N* 14 Capacidad de Zanjas de Acumulación
ZANJA LARGO (m) VOLUMEN (mi) Zanja Cuña 1 47,5 142,5 Zanja Cuña 2 10,4 31,2 Zanja Cuña 3 30,4 91,2 Zanja Cuña 4 22,9 68,7
Para asegurar que las aguas lluvias lleguen a las zanjas de acumulación proyectadas y no se desvien en el trayecto, las terrazas generadas dentro de la cuña para facilitar la tarea de extracción del material han sido diseñadas con una pendiente longitudinal y transversal al igual que el fondo de la cuña, en dirección al punto de concentración de estas aguas. La ubicación de las fajas, se muestran en las figuras 12, 13, 14 y 15 de la Adenda N?2.
Una vez finalizadas las obras de extracción se realizará una reforestación de los pozos, emulando la vegetación existente en la zona, evitando la erosión de los terrenos por la existencia del proyecto.
c) Respecto de la zona de rechazos provenientes de las zonas de extracción, (cuya ubicación se muestra en la figura 5 de la Adenda N?1) se incorporará una zanja perimetral al acopio del rechazo para, de igual manera, evitar el arrastre de solidos al cuerpo de agua superficial.
5.3 En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra c) del artículo 11, de la Ley 19.300 reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible señalar que, atendiendo a la naturaleza y caracteristicas propias del proyecto, esto es, extracción de áridos, el proyecto no implicará cambios en las dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socio-económica y de bienestar social básico, por lo que se estima que no le resultan aplicables las letras “a” a la “e” del Art, 8 del RSEIA.
Cabe señalar que el área de emplazamiento del proyecto, donde se realiza la extracción de material árido, corresponde a un predio privado, el cual no tienen acceso a terceros, ni tampoco se le da uso turístico, siendo su uso eminentemente forestal.
Por otra parte durante la presentación del Estudio de impacto Ambiental de la Ruta 160, no se visualizaron comunidades y/o asociaciones indígenas que se puedan ver afectadas durante la operación del proyecto. Sin embargo, es necesario precisar que los asentamientos humanos más cercanos al área de influencia, corresponden a Carampangue y Ramadillas.
El tráfico de camiones para el traslado de material extraido desde el empréstito hacia cada uno de los frentes de trabajo, se utilizarán vías existentes; particularmente la Ruta 160 y caminos interiores, como se observa en Anexo 3 de la Adenda N?1.
5.4 En relación a los efectos, caracteristicas o circunstancias señalados en la letra d) del artículo 11, de la Ley 19.300 localización próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, asi como el valor ambiental el territorio en donde en que se pretende emplazar, es posible indicar que atendiendo a las características, naturaleza, ubicación del proyecto así como lo informado por los servicios públicos con competencia ambiental, el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, dado que no existen en el sector población, recursos, ni áreas protegidas que se puedan ver afectados en forma directa por el proyecto.
5.5 En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra e) del artículo 11, de la Ley 19.300 alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, debe indicarse que por las características del lugar de localización y por la naturaleza y caracteristicas propias del proyecto, no se alterará negativamente el valor paisajístico o turístico de la zona asociada a la ejecución del proyecto, toda vez que el proyecto se inserta en un área rodeada de
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 24 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
plantaciones forestales y pertenece a terrenos privados en los cuales no se desarrolla ningún tipo de actividad turística.
Sin perjuicio de lo anterior, es importante indicar que el proyecto se localiza aproximadamente a 3 km de Ramadillas y 2 km de Carampangue y en ambos lugares existe actividad turística, especialmente en la época estival. En función: de aquello es que durante la evaluación ambiental, le fueron solicitados al titular fotomontajes realizados con fotografías actuales tomadas desde distintos ángulos, a objeto de evaluar los, efectos que generaría esta actividad sobre los componentes ambientales que sirven de soporte al desarrollo de la actividad turística del sector,
Al respecto, el titular en la Adenda N 2 entregó los fotomontajes con fotografías actuales, asociadas a las 4 cuñas de extracción y su estado actual (Figuras 17, 18, 19 y 20 de la Adenda N 2). A demás es importante señalar que el proyecto posee una vida útil de 15 meses y considerando la forma de explotación de los áridos y la ejecución de la etapa de abandono propuesta, se evitará el deterioro paisajístico en forma permanente, al transitar por la ruta concesionada. La etapa de abandono contempla realizar plantaciones en el mismo sector de extracción de áridos.
5.6 En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra f) del artículo 11, de la Ley 19.300 genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, debe indicarse que el proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural pues en el área del proyecto no existen monumentos nacionales declarados históricos, santuario de la naturaleza ni zona típica, de acuerdo a la tipología de Monumentos Nacionales.
Sin perjuicio de lo anterior, ante un hallazgo arqueológico fortuito en ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra, el titular procederá de acuerdo a lo que la Ley 17.288 dispone y contará con la presencia de un arqueólogo, a objeto de adoptar las medidas de conservación necesarias en base a la normativa vigente y según la autoridad competente disponga.
6.- Que, en el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular asumió los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
6.1 El titular en la Adenda N* 1 se compromete voluntariamente a ingresar las exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), al Sistema de carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl).no contempla compromisos ambientales voluntarios.
Dicho ingreso deberá materializarse en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación
administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial según corresponda.
7.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a esta Comisión, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas de construcción
y operación de cada etapa o fase del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
8.- Que, Constructora Ruta 160, o quien en sus derechos le suceda, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a diez días hábiles contados desde su emisión, una copia de los permisos, autorizaciones o pronunciamientos ambientales sectoriales otorgados o emitidos por los órganos del estado competentes.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 25 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
9.- Que, para que el proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
10.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a esta Comisión, ta ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
11.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Superintendencia del Medio Ambiente y a esta Comisión, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.
12.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
13.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío;
RESUELVE:
1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el Proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños” de Constructora Ruta 160, rut 76.034,353-6, cuyo domicilio es Magdalena 140 oficina 501, Las Condes, Santiago, representada legalmente por el Sr. Jon Ander De Quintana Bilbao rut 22.530.426-2.
2.- CERTIFICAR que el Proyecto “Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”, cuyo titular es Constructora Ruta 160, representada por el Sr. Jon Ander De Quintana Bilbao, cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, con la normativa de carácter ambiental y que no amerita presentar un Estudio de Impacto Ambiental, en virtud que no se generan los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300,
3.- Hacer presente que la presente Resolución no exime a Constructora Ruta 160, o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos
ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes.
4.- Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir
exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.
5.- Disponer que las normas, condiciones o exigencias, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reporte, análisis, informes, estudios, auditorias, medidas de manejo ambiental, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra actividad destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titutar debe entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de calificación Ambiental, deberá ser remitida a la
Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas por ella establecidas.
6.- Disponer que el titular del proyecto deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de las normas, condiciones y medidas establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y que correspondan a cada una de las etapas o fases del proyecto, permitiendo para ello su acceso a las diferentes partes y componentes del mismo, cuando ello le sea solicitado y facilitando la información y documentación que para ello se requiera, por él o los órganos de la Administración del Estado competente en la materia
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 26 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”
7.- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción legal que estime oportuna.
Anótese, notifíquese al titular, comuníquese y archívese,
GBLICA DE an
S e
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Presidente isión de Evaluación Región del Biobío
fisión de Evaluación Región del Biobío
Nit
Distribución:
= Sr. Jon Ander De Quinta Bilbao, Representante Legal Constructora Ruta 160 = Gobierno Regional
» SEREMI MOP, Región del Biobío
= SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
" SEREMI de Energía, Región del Biobío
» SEREMI de Medio Ambiente, Región del Biobío
= SEREMI de Salud, Región de! Biobío
« SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío » SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
= SEREMI de Minería
" SEREMI de Desarrollo Social
"= SEREMI de Economía
a Dirección Regional de CONAF, Regién del Biobío
= Dirección Regional de Cañete, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena = Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío
» Dirección Regional SERNAGEOMIN, Zona Sur
= Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío
= Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío
a Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío
= Dirección Regional del SAG, Región del Biobío
» Superintendencia de Servicios Sanitarios
»= |, Municipalidad de Arauco
= Superintendencia del Medio Ambiente
-
— Expediente del Proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”.
-
— Archivo SEA, Región del Biobío.
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental 27 DIA del proyecto "Aumento de Extracción de Áridos Empréstitos Los Duraznos y Los Castaños”