Evaluación SEA

Regularización del Campus Universidad de los Andes y construcción del Edificio Rectoría

Rol 7054560
SEA · DIA · Aprobado · 2012-06-25 · Región Metropolitana de Santiago · Universidad de los Andes

hold

REPÚBLICA DE CHILE _ COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el Proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría”.

Resolución Exenta N* 89/2013 Santiago, 13 de febrero de 2013

VISTOS:

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el D.S. No 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución N” 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón: en la Resolución Exenta N? 110, de fecha 20 de agosto de 2012, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación

Ambiental y en las demás normas jurídicas que rigen la materia.

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría”, presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por Universidad de Los Andes, con fecha 25 de

junio de 2012.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los

siguientes documentos:

Respecto a la DIA.

  • Oficio N*%550 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha

06/07/2012;

  • Oficio N*978 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región

Metropolitana, de fecha 10/07/2012;

  • Oficio N*1203 de la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región

Metropolitana, de fecha 13/07/2012;

  • Oficio N*383 por Gobierno Regional, Región Metropolitana, con fecha

19/07/2012;

  • Oficio NOrd. SRM RMS N83/2012 (sea-seia-dia) de la Secretaría Regional

Ministerial de Obras Públicas, Región Metropolitana, de fecha 20/07/2012;

  • Oficio N*1099 la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región

Metropolitana, de fecha 23/07/2012;

  • Oficio N*33/2012 de la llustre Municipalidad de Las Condes, Región

Metropolitana, de Fecha 24/07/2012;

  • Oficio N*671 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha

24/07/2012;

  • Oficio N*5326 de la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y

Telecomunicaciones, Región Metropolitana, de fecha 20/07/2012;

  • Oficio N*"5191 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región

Metropolitana, de fecha 23/07/2012;

4.

1.

  • Oficio N” 6487 del Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU), Región Metropolitana, de fecha 24/07/2012;

  • Oficio N*3187 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (MINVU), Región Metropolitana, de fecha 30/07/2012.

Respecto a la Adenda N* 1.

  • Oficio N”854 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 22/10/2012;

  • Oficio N”1809 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 31/10/2012;

  • Oficio N*1727 la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región Metropolitana, de fecha 05/11/2012;

  • Oficio N*2073 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 06/11/2012;

  • Oficio N*54/2012 de la llustre Municipalidad de Las Condes, Región Metropolitana, de Fecha 06/11/2012;

  • Oficio N*”7931 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 06/11/2012;

  • Oficio N*8344 de la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, de fecha 09/11/2012.

Respecto a la Adenda N* 2.

  • Oficio N%1096 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 21/12/2012;

  • Oficio N*2205 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 28/12/2012;

  • Oficio N*08 la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región Metropolitana, de fecha 02/01/2013;

  • Oficio N*07 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 03/01/2013;

  • Oficio N*54/2012 de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, Región Metropolitana, de Fecha 06/11/2012;

  • Oficio N*%54 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 03/01/2013;

  • Oficio N*119 de la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, de fecha 09/01/2013.

El Acta de Comité Técnico Ordinario de Evaluación, de fecha 14 de enero de 2013.

El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del

Proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría”.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto

Ambiental del Proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría".

El acuerdo de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 17 de enero de 2013.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría”.

  1. Que, el derecho de la Universidad de Los Andes a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  2. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental, sus Anexos, la Adenda N1, la Adenda N2 y en el respectivo Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de esta resolución, el proyecto consiste en la regularización de 4 edificaciones existentes en el lote A-1 del Campus (excluyendo la Clínica los Andes, que cuenta con RCA N? 20 de fecha 13 de octubre de 2010), más la construcción de un edificio de rectoría.

La regularización, aparte de considerar las edificaciones existentes en el lote AA,

contempla 4 grupos electrógenos de emergencia, 5 calderas y 3 sala de basura y 1.297 estacionamientos.

Respecto al edificio rectoría, éste se emplazará en el lote A-1 y en el lote 141-A1B (ambos lotes propiedad de la Universidad de los Andes), contará con una plaza ceremonial a nivel de superficie y 4 niveles subterráneos para el uso de 254 estacionamientos y áreas administrativas de la Universidad, esto es: oficinas para el personal, 2 salas de conferencia para 60 alumnos, una sala de titulación con capacidad para 254 alumnos. Además, este edificio tendrá un grupo electrógeno de emergencia de 250 KVA y una caldera.

l.. Tipología de Proyecto:

El proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) debido a que cumple con el criterio establecido en el literal h.1.3) del artículo 3 del Decreto Supremo 95/2001, del MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que hace referencia a proyectos inmobiliarios que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas o consulten la construcción de 300 o más viviendas, en una zona declarada latente y saturada.

En consecuencia con lo anterior, el presente proyecto debe presentarse a evaluación ambiental ante el SEIA, debido a que se emplaza en la Región Metropolitana, Zona declarada latente y saturada y se ubica en una superficie de 18,67 ha, por lo que cumple con la tipología establecida en el Artículo 3 literal h.1.3) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

ll. Vida útil:

El proyecto se ha diseñado para una vida Útil indefinida.

11). Superficie: Las superficies asociadas al proyecto se muestran en la siguiente tabla:

Tabla N*01 Superficies del Proyecto Tipo de superficie|Superficie m? Total de Terreno 186.700 Edificio Ciencias 7.703,43 Edificio Biblioteca | 12.525,74 Edificio ESE 7.764,05

Facultad Derecho - Facultad Ciencias 6.803,82 Económicas

Edificio Rectoría 13.381,06

IV. Mano de Obra:

La cantidad de mano de obra del proyecto se describe en la siguiente tabla:

Tabla N*02 Mano de Obra

Fase Mano de Obra Construcción 160 Operación 50

V. Cronograma:

El proyecto se desarrollará en un período total de 18 meses, según se muestra en la

siguiente tabla:

Tabla N*03 Cronograma

1_ [Preparación del terreno

Despeje de terreno

Escarpe

1.3 instalación de faenas

1.4 Excavación

Obra gruesa

Instalaciones

Terminaciones

Urbanización interna

Aseo y entrega

Pruebas

VI Localización:

El Proyecto se localizará en Avenida San Carlos de Apoquindo N* 2200, esquina Avenida Plaza y calle Monseñor Álvaro del Portillo, comuna de Las Condes, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.

Las coordenadas UTM (WGS 1984 HUSO 19), de la ubicación del proyecto son las

siguientes:

Tabla N* 04 Coordenadas en U.T.M (WGS 1984 HUSO 19) de la ubicación del

proyecto Punto Este Norte 1 359607 6303172 2 359911 6303203 3 360087 6302854 4 360074 6302819 5 360032 6302814 6 359997 6302764 7 360027 6302720 8 360016 6302539 9 359833 6302602

De acuerdo al Plan Regulador Comunal, el área donde está emplazado el proyecto está definida como de Uso Metropolitano (UM/UEe3), que permite un uso de suelo Residencial, Equipamiento, Espacio público, entre otros (Certificado de Informes Previos N” 5141, con fecha 27 de diciembre del 2011, adjunto en Anexo N*2 de la

DIA).

VII. Objetivo:

El proyecto tiene como objetivo la Regularización del Campus de la Universidad de los Andes y la construcción de un edifico para ser utilizado como Rectoría,

3.1. Fases de proyecto.

Fase de Construcción.

3.1.1 Obras Preliminares.

En esta etapa se llevarán a cabo las actividades de instalación de faenas, habilitaciones de zonas de carga y descarga, señalizaciones al interior y exterior del predio, de modo de habilitar el predio para la construcción de los edificios. Además, se iristalará el cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo raschell, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo, caída de material al exterior del área de faena, y atenuación de las emisiones sonoras que se polvo, caída de material al exterior del área de faena, y atenuación de las emisiones sonoras que se puedan generar.

Estas instalaciones consisten básicamente en la instalación de contenedores, los cuales serán subdivididos y habilitados para ser utilizados como oficinas, bodegas, comedores,

vestidores y servicios sanitarios. En la figura N*18 de la DIA, se muestran la ubicación de las instalaciones.

3.1.2 Excavación y Movimiento de Tierras.

El proyecto contempla el escarpe y excavación para la construcción del Edificio Rectoría, esto implica que la cantidad de material a remover es aproximadamente de 50.000 m*.

Tanto el transporte del material extraído como la disposición final, se realizará a través de empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana.

3.1.3 Obra Gruesa.

En cuanto a la descripción de los principales insumos y materiales, el edificio originalmente estará estructurado por muros y losas de hormigón armado. Por añadido tendrá una estructura de hormigón armado con resistencia al fuego, cimientos de

hormigón sobre un emplantillado, y sobre la losa del último piso se consulta cubierta de fierro galvanizado embayetado.

3.1.4 Terminaciones.

Las terminaciones y las obras exteriores consisten básicamente en las faenas de habilitación del inmueble y de hermoseamiento de la estructura y los exteriores, entre las cuales se pueden mencionar las siguientes actividades: estucado y pintura de muros, instalación de cerámicas y alfombras, instalaciones de ventanas y puertas, muebles, guardapolvos y cornisas, papel mural, estucos y yesos interiores, entre otros.

En esta etapa se tendrá especial cuidado con las emisiones atmosféricas del tipo material particulado y de ruido mediante capacitación del personal y la implementación de medidas específicas, como: habilitación de ductos para el transporte de los residuos generados hacia los niveles inferiores, prohibición de la quema de cualquier material, instalación de mallas de retención de polvo, humectación de áreas de circulación de camiones.

3.1.5 Instalaciones.

La presente etapa contempla las distintas instalaciones tales como sanitarias, eléctricas, de climatización e instalación de gas, redes húmedas y/o ventilación, entre otros,

El Edificio Rectoría considera la instalación de una caldera a gas natural, ubicado en el nivel -1 y que no superará los límites de emisión establecidos en el D.S. N* 66/10 (Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la R.M.). Las instalaciones de gas se

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harán por personal autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y cumplirá con los requisitos y condiciones de instalación de dicha institución. La caldera quedará inscrita en los registros de la Autoridad Sanitaria cumpliendo con lo establecido en la normativa vigente, especialmente en lo que refiere a declaración de emisiones.

3.1.6 Flujo Vehicular.

Durante la fase de construcción, el acceso al proyecto será la Av. San Carlos de Apoquindo, correspondiente a la salida poniente del proyecto. El arribo de camiones de transporte de material será planificado, así como también su permanencia al interior de la obra, evitando aglomeraciones excesivas de vehículos en la obra o estacionados en la calzada, limitando la cantidad de camiones que ingresan a la obra a un máximo diario de

  1. El número camiones que ingresarán y egresarán durante la fase de construcción, se detalla en las Tablas N2 y N3 de la Adenda N%1.

3.1.7 Capacidad Máxima de Alumnos.

La capacidad máxima de alumnos estimada para los edificios de la Universidad de los Andes se indica en la siguiente tabla:

Tabla N*05 Capacidad Máxima de Alumnos.

í mens ns 2, | Permiso Capacidad Item | Edificio Superficie (m”) Municipal Máxima de Alumnos

1 Edificación construida

1,1 Edificio Ciencias 7.703,43 PE 241/1998 | 1.300

1,2 | Edificio Biblioteca 12.525,74 PA 288/2001 | -

1,3 | Edificio ESE 7.764,05 PA 095/2005 | 1.666

1.4 | Edificio Humanidades 5.837,93 PA 324/1995 | 740 Facultad Derecho - Facultad

15 Ciencias Económicas (Edificio | 6.803,82 PA 095/2005 | 716 Reloj)

Subtotal 40.634,97 4.422

2 Edificio por construir

2,1 Edificio Rectoría 13.381,06 -

Subtotal 13.381,06

Total ítems (1 + 2) 54.016,03 4.422

3.1.8 Prevención de Riesgos.

Para atender a eventuales situaciones de riesgo, el titular se compromete contar con la presencia de un experto en prevención de riesgos el tiempo que sea necesario durante la fase de la construcción del proyecto. Este profesional estará encargado de realizar las actividades necesarias para salvaguardar la integridad de los trabajadores y la comunidad aledaña, además de dar cumplimiento de la normativa aplicable y vigente en materia de riesgos laborales, sanitarios y medio ambientales.

3.1.9 Bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos de la construcción.

Para la fase de construcción el titular habilitará una bodega de almacenamiento temporal

de residuos sólidos peligrosos de la construcción, las principales características son las siguientes:

a) Aspectos Generales.

a.1) Definición del tipo de tratamiento.

Almacenamiento de residuos de la construcción (inertes), asimilables a domiciliarios y peligrosos.

a.2) Localización y características del terreno.

Durante la fase de construcción, el manejo de los residuos se realizará en sectores especialmente habilitados de la instalación de faenas.

a.3) Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.

Se almacenarán 3 tipos de residuos, según lo indicado en la Tabla N*13 de la DIA:

i. Residuos de construcción. li. Residuos asimilables a domiciliarios. ill. Residuos peligrosos.

En la Tabla N*06 del presente documento se indica la producción total de residuos domiciliarios de la Universidad.

a.4) Obras civiles proyectadas y existentes.

Durante la Fase de construcción, se proyecta la habilitación de sectores de acopio para el almacenamiento de residuos. También, se habilitará una zona para residuos

de construcción en el cual se mantendrán separados los residuos que pudieran ser reciclables,

Asimismo se proyecta la instalación de una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, tales como lubricantes, pinturas, aceites, solventes, etc. Remitirse a Anexo N? 5. Plan de acción frente a derrames de la DIA.

a.5) Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores.

Durante la fase de construcción, se almacenará los residuos peligrosos en tambores

metálicos y posteriormente éstos serán retirados por un transportista autorizado por la Autoridad Sanitaria.

i. Por las características y tiempo de disposición, no se consideran emisiones gaseosas.

li. El terreno contará con cierro especial para el control de olores, polvo, vectores y ruidos.

lil. Los tambores se dispondrán sobre atriles metálicos, que además en la zona de descarga tendrá un pretil plástico impermeable, cubierto por una capa de arena de un espesor adecuado para absorber los eventuales derrames fugas o pérdidas al trasvasijar el residuo, que no estará conectados con desagiles de

aguas lluvias, alcantarillado ni lugares en que puedan provocar contaminaciones.

a.7) Características hidrológicas e hidrogeológicas.

De acuerdo al Estudio de mecánica de suelos elaborado para la Clínica de la Universidad de los Andes, señala que no se encontró presencia de napa freática a los 20 metros de profundidad del pozo excavado en el terreno, por lo que no existe riesgo de contaminación de napas. Junto con lo anterior, los residuos de construcción no generan percolados, mientras que los residuos de tipo domiciliario y peligroso serán almacenados en contenedores a modo de contener cualquier percolado que pudiera generarse.

a.8) Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos.

El proyecto considera un plan de prevención de riesgos y un plan de acción frente a posibles derrames que considera las siguientes condiciones de seguridad:

i. Los tambores se dispondrán sobre atriles metálicos, que además en la zona de descarga tendrá un pretil plástico impermeable, cubierto por una capa de arena de un espesor adecuado para absorber los eventuales derrames fugas O pérdidas al trasvasijar el combustible, que no estarán conectados con desagiles de aguas lluvias, alcantarillado ni lugares en que puedan provocar contaminaciones.

ii. Señalización externa con letreros advirtiendo del riesgo de incendio, tales como: INFLAMABLES - NO FUMAR, NI USAR LLAMAS ABIERTAS, los cuales deben ser visibles a lo menos a 3 metros de distancia.

iii. Colocación de al menos un extintor de polvo químico de 10 Kilos en el exterior de la bodega.

a.9) Manejo de residuos generados dentro de la planta.

Tanto el transporte como la disposición final de los residuos inertes, peligrosos y no peligrosos estarán a cargo de empresas debidamente autorizadas por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana, según listado de la página web www.asrm.cl

b) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a).

b.1) Características del recinto.

Durante la fase de construcción se considera una bodega temporal para el almacenamiento de residuos peligrosos. (Ver figura 21 de la DIA) que contará con las características indicadas en D.S. N* 148/2003 de MINSAL.

Características generales:

i. Base continua, impermeable y resistente, estructural y químicamente, a los

residuos.

li. Cierre perimetral de 1,80 metros de altura como mínimo que impida el libre acceso de personas y animales.

ii. Distanciamiento mínimo de 15 metros respecto a los deslindes de las instalaciones del Proyecto.

iv. Techo y protección contra la humedad, temperatura y radiación solar, ubicada lejos de fuentes de ignición o chispa, y fuentes de calor.

v. Sistema de contención con capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al 20% del volumen total de los materiales almacenados.

vi. Extintores en número y lugar que dependerá de la cantidad y naturaleza de los residuos.

vii. Letrero que indicará prohibición de ingreso a personas extrañas al área de almacenamiento.

vil. Los residuos peligrosos serán retirados desde las instalaciones del Proyecto por una empresa externa debidamente autorizada. El personal a cargo inspeccionará, previamente, el estado de los envases y etiquetado de modo de asegurar que al momento de ser retirados los residuos peligrosos, éstos se encuentran adecuadamente envasados (sin deformaciones del envase, roturas, cierre defectuoso, etc.) y bien etiquetados (Figurando claramente la categoría del residuo, nombre de la unidad generadora, etc.).

ix. Los residuos peligrosos serán enviados para su disposición final hacia un lugar debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria.

b.2) Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.

En la fase de construcción, los residuos peligrosos se dispondrán en tambores metálicos, su almacenamiento será inferior a 6 meses y serán retirados por una empresa autorizada por la Autoridad sanitaria.

3.1.10 Aguas Servidas.

El consumo promedio diario de un trabajador se estima en 100 L/día, esto implica que como máximo, se tendrá un caudal de aguas servidas de 16 m*/día (160 trabajadores máximo). Estas corresponden a las aguas provenientes de duchas, baños y lavamanos que se instalarán dentro de un conteiner ubicado en la zona de instalación de faenas. Las

aguas serán vertidas a la red pública de alcantarillado previa autorización por parte de la empresa sanitaria.

3.1.11 Napa Subterránea.

Sobre las afectaciones a la napa freática debido a las construcciones existentes (Edificio de Ciencias, Biblioteca, Edificio ESE, Edificio Facultad Derecho — Facultad Ciencias

Económicas y Edificio Humanidades) y por construir (Edificio Rectoría) se aclara lo siguiente:

i. — Históricamente se ha observado que las construcciones existentes no han causado detrimiento en las napas.

li, Se han realizado estudios de Mecánicas de Suelo que han reflejado que no se ha afectado la napa freática.

iii, El año 2009 se realizó una prueba de bombeo de los 3 pozos existentes en el campus y que se concluyó que el comportamiento de los pozos se encuentran en la mismas condiciones desde el año 2002, en cuanto a caudal y nivel estático (los pozos se encuentran en la parte nor-poniente del terreno y son utilizados para el riego de áreas verdes del Campus). Remitirse a Anexo N4 la Adenda N2.

Dicho lo anterior, si bien no se ha observado — de acuerdo a los informes — un detrimiento de las aguas subterráneas, el desarrollo del futuro edificio Rectoría el titular ha considerado las siguientes medidas:

a) Medidas Preventivas:

Fase de construcción Edificio Rectoría.

i. Se prohibirá la mantención de vehículo y equipos al interior del Campus.

ii. En la fase de construcción se utilizaran baños químicos cuya mantención periódica será desarrollada por empresas debidamente autorizadas. Esto evitará la acumulación de aguas servidas que puedan tener contacto con eventuales

afloramientos de napas. Para la fase de operación existirá un sistema de alcantarillado. Instruir a trabajadores respecto a las actividades a desarrollar, en especial si se detectan derrames hacia el suelo de algún producto y si se identifican afloramientos de napas (fases de construcción y operación).

b) Acciones y medidas ante afloramientos de aguas subterráneas:

Fase de construcción Edificio Rectoría.

Ante eventuales afloramientos de aguas subterráneas en algún área de la instalación de faenas, se procederá de acuerdo a lo siguiente:

i. — Delimitar y señalizar el área mientras permanezca el afloramiento (fase de construcción y operación).

li. Si se observa que el afloramiento se ha mezclado con algún producto, insumos u otro durante las actividades constructivas, se debe confinar o contener esta mezcla (preferentemente con algún material absorbente o arena) y luego colocarlo en algún contenedor para su disposición final en un lugar debidamente autorizado.

3.1.12 Abovedamiento y/o encausamiento de la Quebrada Grande.

El proyecto no plantea el abovedamiento y/o encausamiento de la denominada Quebrada Grande tanto como para la Regularización del Campus Universidad de los Andes como para la construcción del Edificio Rectoría.

3.1.13 Caracterización y Cuantificación de los Residuos en Fase de Construcción.

A continuación se señala los residuos que se generan en la fase de construción:

Tabla N*06 Residuos en Fase Construcción

Cantidad Forma de Fase Residuo Tipo de Residuo Almacenamiento | Transporte disposición lton/mes) final Restos de hormigón 209 Zona de acopio Inerte (1) temporal Tierra 3.528 Empresa Empresa Restos de madera 0,12 Tambores autorizada autorizada . metálicos de 200 Reciclables Ri deñi 0,12 e por la por la estos de fierro Litros Autoridad Autoridad Restos de vidrio 0,06 (Etiquetados) Sanitaria, Sanitaria, Construcción Pinturas 0,25 según listado | según listado Z de de Peligrosos (2) Pegamentos 0,03 Bodega temporal trasportistas | destinatarios Diluyentes 0,03 de la página | de la página web web Contenedores www.astm.cl | www.asrm.cl Restos de comida, plásticos de 800 Domiciliario (*3) papel, servilletas, 1,9 Litros con tapa y tela, plásticos, etc. bolsa plástica en su interior

(+1) El material extraído corresponderá principalmente a suelo natural y escombros, los

cuales serán transportados y dispuestos empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana.

(+2) Los residuos peligrosos se dejarán en bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

En el Anexo N? 5 de la DIA, se presenta el plan de acción frente a derrames de aceites, pinturas, barnices, pegamentos, grasas, lubricantes y/o combustible.

(*3) Durante la fase de construcción también existe generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra. Estos se estiman igual a 80

Kg/día (160 trabajadores máximo), considerando una tasa de generación de residuos de 0,5 Kg/día/por trabajador.

Fase Operación.

La fase de operación consiste en la ocupación de los inmuebles habilitados, incluyendo toda la infraestructura complementaria, suponiendo que la vida útil es de carácter indefinida.

Las actividades del Campus Universidad de los Andes corresponde a las comúnmente conocidas, como son:

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i. Entrada y salida de alumnos, profesores, personal administrativo y auxiliares. ii. Estacionamiento de vehículos. iii. Vigilancia, mantención y limpieza de cada edificio y su alrededor. iv. Extracción de basura.

Se estima que la población que habitará el Campus de la Universidad es aproximadamente 3.682 personas. La cantidad de mano de obra en esta fase será aproximadamente de 50 personas, la que está compuesta principalmente por el personal

de las actividades de servicios del Campus (Jardineros, guardias, personal de aseo, entre otros).

3.1.14 Instalaciones Generales.

a) Grupos electrógenos.

La Universidad de los Andes cuenta un grupos electrógenos de emergencia para cada

edificio existente del campus, que sólo funcionan en caso de caída del suministro eléctrico o mantención del equipo.

La capacidad de cada grupo electrógeno es suficiente para la alimentación de las áreas comunes, de servicios y los principales equipos de cada edificio (como ascensores,

impulsores de agua, etc.), los cuales se estima no serán superiores a 12 horas durante el año.

A continuación se presenta el tipo de grupo electrógeno para cada edificio de la Universidad:

Tabla N* 07 Grupos electrógenos existentes y proyectados del proyecto.

Edificio Cantidad Marca Localización oo a Potencia Ciencias 4 PERKINS Are bre) Pstróleo 250 KVA Biblioteca 4 PERKINS Piso 1 Polo 300 KVA ESE 4 CATERPILLAR Piso 1 Petróleo 455 KVA cho 1 CUMMINS Piso -1 Petróleo 300 KVA Rectoría 1 Por definir Piso 1 POSO 250 KVA

Fuente: Elaboración realizada por el Titular, en base antecedentes det proyecto.

Por ser grupos electrógenos de emergencia no se requieren acreditar mediante muestreo isocinético CH-5 para el cumplimiento de la norma de material particulado, según lo dispuesto en el instructivo de la Autoridad Sanitaria Región Metropolitana.

Para mayor detalle de la ubicaciones de los grupos electrógenos, remitirse a Anexo N%1 de la Adenda N%1.

b) Salas de basura.

La Universidad cuenta con tres salas de basura utilizadas únicamente para el almacenamiento transitorio de residuos. Éstas, están ubicadas en el piso -1 del Edificio ESE, en el piso 1 del Edificio Biblioteca y en el piso -1 del Edificio de la Facultad de Derecho - Ciencias Económicas. Cada una de estas salas cuenta con su respectiva aprobación de la Autoridad Sanitaria Región Metropolitana, documento que se encuentra archivado en el expediente Municipal de Recepción Final de los edificios mencionados.

Para la construcción del Edificio Rectoría, se contempla una sala de basura ubicada en el Nivel -4 con características similares a las existentes.

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Para mayor detalle de la localización de la sala de basura del Edificio Rectoría y salas del

campus de la Universidad, remitirse a la figura N%13 y figura No15 respectivamente de la DIA.

c) Caldera. La Universidad de los Andes cuenta con calderas para abastecer de agua caliente y

calefacción los edificios existentes del Campus de forma independiente. A continuación se presenta el tipo de caldera para cada edificación de la Universidad:

Tabla 08 Calderas existentes y proyectadas del proyecto.

Tipo De N' De

Edificio Cantidad Marca Localización : Inscripción Combustible Fuente

Ciencias 2 AA Piso 1 Gas Natural | 2806 y 2807

Biblioteca 2 IVAR Piso 1 Gas Natural 3803 y 3804

ESE 0 Piso -1 Gas Natural

Derecho - :

Economía 1 IVAR Piso -1 Gas Natural 6758

Rectoría 1 Por Definir Piso -1 Gas Natural

Fuente: Elaboración propia, en base antecedentes del proyecto.

Para mayor detalle de la ubicaciones de las calderas, remitirse a Anexo N%1 de la Adenda INR

d) Electricidad.

El Campus de la Universidad de los Andes cuenta suministro de energía de la empresa Chilectra S.A. de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Servicios Eléctricos y Combustibles (SEC).

Para la operación del Edificio Rectorías se utilizará el empalme existente de red eléctrica, previa solicitud de aumento de capacidad a la empresa eléctrica.

En el Anexo N* 2 de la DÍA, se adjunta la Declaración de Instalación Eléctrica Interior (TE1) para una Potencia instalada 900,57 KW.

e) Agua potable y Alcantarillado.

La Universidad de los Andes cuenta un arranque de agua potable desde el Edificio Facultad de Ingeniería y Derecho, según certificado N* 1519 de fecha 20.10.2009, Cliente N” 1866445-3, otorgado por la empresa sanitaria Aguas Cordilleras S.A. Éste medidor alimenta de agua potable a los estanques ubicados al costado sur oriente del campus y

que luego es distribuida a través de una red intema a los edificios restantes de la Universidad.

Para mayor claridad de la ubicación de los estanques y el sistema de distribución de agua potable de la Universidad de los Andes, remitirse al Anexo N1 de la Adenda N1, donde se adjunta plano Proyecto Sanitario Facultad de Ingeniería y Derecho.

En el Anexo N1 de la Adenda N2, se adjunta el Certificado de Factibilidad N*1359 de fecha 22.de noviembre del 2012 para dotar de agua potable y alcantarillado al Edificio Rectoría.

f) Aguas Lluvias.

En Adenda N2, el titular aclara que las aguas lluvias provenientes de los edificios existentes son conducidas ya sea hacia drenes ubicados en los nivel subterráneos de los edificios (o en sus cercanías) o permeadas hacia las áreas ocupadas por paisajismo que ocupan la mayor parte del Campus. En el Anexo N3 Aguas Lluvias de la Adenda N1 se adjunta los cálculos con los cuales se construyeron los drenes existentes para cada uno

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de los edificios, todos ellos diseñados según los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvia del Gran Santiago, y de acuerdo a las indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano.

Para el Edificio Rectoría, se contempla la misma solución de agua lluvias, considerando

los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y

Drenaje de Aguas Lluvia del Gran Santiago, y de acuerdo a las indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano.

3.1.13 Caracterización y Cuantificación de los Residuos en Fase de Operación. A continuación se señala los residuos que se generan en la fase de operación:

Tabla N*09 Residuos en Fase de Operación

Cantidad Forma de Fase Residuo Tipo de Residuo Almacenamiento | Transporte disposición (ton/mes) final Dirección de Rellenos Aseo y a Contenedores Ornato de la Sanitarios de Restos de comida, plásticos de 340 L Metroj ho ana Domiciliario papel, servilletas, 53 Litros con tapa y | Municipalidad aut hn ados tela, plásticos, etc, bolsa plástica en de Las or la Operación su interior Condes en A oridad camión eS municipal Sanitaria Reciclables (*1) | Pa y cañón o asian or asposión será a cargo de pe y > iso P empresas autorizadas por la Plástico 5,83 » Autoridad Sanitaria

(*1) El porcentaje de material reciclable corresponde a lo indicado en el documento Primer Reporte sobre Manejo de Residuos Sólidos en Chile, CONAMA, 2010. La composición de la generación de residuos municipales es la siguiente: 7 % vidrio; 10% Papel, cartón y productos de papel, 3% metales y 11 % plásticos. 3.1.14 Almacenamiento de residuos en la Fase de Operación. a) Aspectos Generales. a.1) Definición del tipo de tratamiento. Almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios y reciclados. a.2) Localización y características del terreno. Para la fase de operación, la Universidad de los Andes cuenta con tres salas de basura utilizadas únicamente para el almacenamiento transitorio de residuos. Estas, están ubicadas en el Edificio ESE, Edificio Biblioteca y en el Edificio de la Facultad de Derecho y Ciencias Económicas. Para la construcción del Edificio Rectoría, se contempla una sala de basura ubicada en el Nivel -4 con características similares a las existentes. Remitirse al Capítulo 2.13. Sala de Basura de la DIA. a.3) Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.

En la Tabla N*09 del presente documento se indica la producción total de residuos domiciliarios de la Universidad.

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a.4) Obras civiles proyectadas y existentes.

Para la Fase de operación, la Universidad de los Andes cuenta con tres salas de hormigón para almacenamiento de basuras, recubiertos con estucos lisos y pintados con pintura oleo blanco brillante, que resista un aseo profundo mediante agua a presión. Asimismo para la construcción Edificio Rectoría se proyecta una sala de basura ubicada en el Nivel -4 con características similares a las existentes.

a.5) - Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores.

Para la fase de operación, se almacenará basuras en contenedores y posteriormente éstos serán retirados por el servicio de recolección municipal.

i. Por las características y tiempo de disposición, no se consideran emisiones gaseosas.

li. No se considera la circulación por caminos no pavimentados para el manejo de los residuos.

lil, La sala contará con cierro especial para el control de olores y ruidos. Las emisiones líquidas serán manejadas al interior de las salas de basuras.

a.7) Características hidrológicas e hidrogeológicas.

De acuerdo al Estudio de mecánica de suelos elaborada para la Clínica de la Universidad de los Andes, señala que no se encontró presencia de napa freática a los 20 metros de profundidad del pozo excavado en el terreno, por lo que no existe riesgo de contaminación de napas. Junto con lo anterior, los residuos de construcción no generan percolados, mientras que los residuos de tipo domiciliario y peligroso serán almacenados en contenedores a modo de contener cualquier percolado que pudiera generarse.

a.8) Manejo de residuos generados dentro de la planta.

Tanto el transporte como la disposición final de los residuos domiciliarios y los reciclados estarán a cargo de empresas debidamente autorizadas por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana.

b) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a).

b.1) Características del recinto.

En la fase de operación, las salas de basuras de los edificios contarán como mínimo las siguientes características:

i. La capacidad de la sala deberá permitir almacenar como mínimo el volumen diario de basura, calculado según las dotaciones establecidas (4 L/pers/día) considerando además espacios de desplazamiento para el operador.

li. Los pisos y muros de la sala deben ser afinados a cemento puro, revestidos con cerámica o pintado con pintura epóxica, bordes redondeados. Además, el piso de la sala deberá estar construido con pendiente de un 1% hacia la pileta de desague.

iii. La Iluminación eléctrica deberá estar protegida con foco tortuga u otro similar.

iv. La sala deberá contar con ventilación protegida con malla mosquitera, puerta de acceso con peinazo metálico exterior (h: 40 cm), burlete de goma que arrastre el piso, extintor de incendio tipo ABC de 10 kilos, polvo químico seco. Además de los siguientes accesorios:

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a) Parrilla seleccionadora; esta se debe instalar a objeto de almacenar materiales de basura reciclables, como: papeles, cartones, plásticos, etc.

b) Lavaderos o lavamanos; para el lavado de manos del operador y otros elementos que se utilicen en el aseo de la sala.

c) Receptáculo de lavado; la zona de lavado de contenedores, deberá contar con receptáculo o pileta hundida, aproximadamente 10 cm bajo

el nivel del piso, evitando posibles anegamientos de la sala por efecto del lavado.

b.2) Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.

Durante la fase de operación, la basura será almacenada en contenedores de 340 L de capacidad con tapa y ruedas para facilitar su transporte a la salida de los acceso vehiculares.

3.1.15 Casinos.

Respecto a los casinos existentes, el titular declara que al interior del Campus se encuentran dos casinos para el personal de la Universidad y estudiantes, localizados en el

primer subterráneo de los edificios Biblioteca, y Facultad de Derecho y Ciencia Económicas.

Cada casino cuenta con un sistema de separador de grasas y aceites (Cámaras desgrasadoras) previa conexión a la red de alcantarillado. Estos residuos líquidos son

retirados por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana

En el Anexo N2 de la Adenda n1, se adjunta un Documento de Declaración de

Desechos Sólidos Industriales N"0618 de fecha 05.05.2012 por la limpieza de cámaras desgrasadoras.

3.1.16 Sistema de Ventilación Edificio Rectoría.

El Edificio Rectoría considera cuatro niveles subterráneos los cuales contarán con sistema de extracción y renovación natural de aire y gases de combustión, acondicionado con rejillas en ambos niveles de subterráneo y rampas vehiculares que facilitarán la ventilación y desplazamiento de aire entre los niveles inferiores y superiores (primer piso). Ver Anexo N? 3 de la DIA.

Asimismo contará con un 1 equipo de enfriamiento (Chillers), con una capacidad aproximada de 150TR, el cual consiste en un sistema de agua fria para acondicionamiento de las zonas de oficinas y procesos del Edificio.

Fase de Abandono.

El proyecto no considera fase de abandono,

  1. Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y en su Adenda N” 1 y Adenda N” 2, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Suelo (residuos sólidos), Agua (Efluentes líquidos, Agua Potable, Aguas lluvias), Patrimonio Arqueológico y Vialidad Adyacente.

  2. Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas las

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cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

5.1 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, el titular requiere presentar un Plan de Compensación de Emisiones según la estimación de emisiones presentada en el Estudio de Emisiones Atmosféricas en el Anexo N'6 de la DIA y complementado con las aclaraciones indicadas en el punto 5 de la Adenda N*2.

5.1.1 En base a lo declarado por el titular de la DIA “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría” y a los pronunciamientos de los servicios, donde expone que sus emisiones de MP10 durante la fase de construcción, son de 6,742 ton/año, superando el límite de 2,5 ton/año establecido en el artículo 98 del D.S. N” 66 de 2009, por lo que el titular deberá presentar un Plan de Compensación de Emisiones (PCE). Se hace presente que el mecanismo de compensación opera aplicando un 150% a las emisiones producidas por el proyecto, por tanto el titular deberá presentar un PCE por 10,113 ton/año. Al respecto, esta Comisión precisa que el PCE deberá ser presentado a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región Metropolitana para su aprobación, en un plazo de 60 días a contar de la notificación de la presente Resolución de Calificación Ambiental. En dicho Plan se debe indicar la forma exacta en la que se materializará la compensación y los plazos asociados, al igual que la manera que se dará seguimiento al cumplimiento de la misma.

5.1.2 Para llevar a cabo la medida de compensación, el titular propuso Mantención de Áreas Verdes, de acuerdo los criterios de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región Metropolitana.

5.1.3 Deberá ejecutar dicha compensación en el plazo de un año desde la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, debiendo informar a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente RM, el avance progresivo de dicha ejecución para efectos de su seguimiento.

5.1.4 El titular se obliga a lo siguiente en todas las fases del Proyecto:

5.1.4.1 Dar cumplimiento a lo señalado en el D.S. N*66 de 2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana o el que lo reemplace.

5.1.4.2 Dar cumplimiento a lo señalado en el D.S. N* 144 de 1961, del Ministerio de Salud, que “Normas para evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza"” o el que lo reemplace.

5.1.5 El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:

5.1.5.1 Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 75 de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, o el que lo reemplace, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”.

5.1.5.2 Dar cumplimiento al D.S. N*47 de 1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”, especificamente a lo indicado en el artículo 5.8.3 y 5.8.5 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material,

5.1.5.3 Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N*18 de 2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga por Vías que Indica”, o aquel que lo reemplace, en el sentido de que los camiones y vehículos de carga que trasladen residuos e insumos desde y hacia el proyecto, no circularán por tas vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio.

5.1.5.4 Realizar capacitaciones a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas.

5.1.5.5 Instalar señalética de reducción de velocidad y velocidad máxima permitida dentro de la zona donde se emplaza el proyecto, la velocidad que se permitirá en dicha zona será de 30 (Km/h).

5.1.5.6 Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del

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proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo.

5.1.5.7 Controlar los límites máximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del máximo de la tolva, además de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibición del uso de carpas que no cumplan con las características mencionadas.

5.1.5.8 Realizar diariamente la limpieza de calle en el sector correspondiente al frente del proyecto. :

5.1.5.9 Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios.

5.1.5.10 Humectar de forma permanente las áreas de circulación vehicular no pavimentadas, de tal manera que se impida el levantamiento de polvo.

5.1.5.11 Se humedecerán y cubrirán las pilas de tierra y escombros, con lona o malla Raschel en buen estado de conservación.

5.1.5.12 Se construirá un cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo Raschel hasta una altura de 2 m, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas. Los cierres podrán ser reemplazados por los cierres perimetrales que pudieran ser desarrolladas con fin acústico.

5.1.5.13 El recinto contará con una zona de lavado de ruedas para camiones que egresen de la zona del proyecto.

5.1.5,14 El recinto del proyecto contará con una barrera perimetral de placa OSB la cual impedirá la dispersión de polvo fugitivo y emisiones de ruido. Ésta se instalara alrededor de todo el perímetro del recinto.

5.1.5.15 Prohibir la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros.

5.1.5.16 Realizar mantenciones periódicas a las maquinarias, equipos, camiones y vehículos en general, a través de empresas externas, para así controlar las emisiones atmosféricas de gases contaminantes.

5.1.5.17 Reforzar las medidas de mitigación y evitar la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental.

5.1.5.18 Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

5.1.5.19 Se humectarán, como mínimo cuatro veces al día, las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna.

5.1.5.20 Se limpiarán y aspirarán las calles pavimentadas exteriores y el perímetro de la obra.

5.1.6 Eltitular se obliga a lo siguiente en la fase de operación:

5.1.6.1 Dar cumplimiento al D.S. N* 48 de 1984, del Ministerio de Salud, que establece “Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor” o el que lo reemplace.

5.1.6.2 Dar cumplimiento al D.S. N* 4 de 1992, del Ministerio de Salud, que establece “Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales” o el que lo reemplace.

5.1.6.3 Implementar todas las medidas de mantención de equipos necesarias en

condiciones, lo más similares posibles a las de lun equipo nuevo, en base a los manuales del proveedor.

5.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a Emisiones de Ruido, el titular se obliga:

5.2.1 Cumplir en todo momento los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N 38 de 2011 del MMA, “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto N 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”, o el que lo reemplace, es decir,

medidos en el lugar donde se encuentra el receptor susceptible del ruido (comunidad vecina).

5.2.2 Eltitular se obliga a lo siguiente durante la fase de construcción: 5.2.2.1 Instalar, previo a toda faena, barreras acústicas ubicadas en el perímetro del área

del edificio subterráneo a construir, de entre 2 y 5 metros de altura según memorias de cálculo indicadas. El elemento constructivo puede ser cualquiera que

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presente una densidad superficial mínima de 12 Kg/m?, como por ejemplo madera OSB de 15mm de espesor. 5.2.2.2 Realizar las faenas de construcción sólo en periodo diurno. 5.2.2.3 Minimizar el ruido del uso de alarmas de retroceso. Esto incluye el uso de alarmas de retroceso auto ajustable sensible al ambiente, alarmas manualmente ajustables en posición de volumen mínimo y uso de vigilantes. 5.2.2.4 Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y, en general, la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a las dependencias de la propia universidad, además de limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio. 5.2.2.5 Mantención de los equipos en condiciones similares al equipo nuevo. 5.2.2.6 Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de equipos o cualquier otra maquinaria que tenga cabina de insonorización. 5.2.2.7 Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores colindantes. 5.2.2.8 Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.

5.2.3 — Eltitular se obliga a lo siguiente durante la fase de operación:

5.2.3.1 Los equipos generadores que se encuentran en niveles subterráneos deberán estar provistos de montajes antivibratorios, ya sea sobre apoyos antivibratorios o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructural a las otras salas del proyecto.

5.2.3.2 Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio deberán ser aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigúe las vibraciones.

5.2.3.3El generador que se encuentra a 15 m del edificio de ciencias de la misma universidad deberá operar al interior de un encapsulamiento tipo FG Wilson con emisiones de ruido acordes a los catálogos presentados en Anexo N*5 del estudio acústico de la Adenda 1.

5.3 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de residuos sólidos, el titular se compromete en todas las fases con lo siguiente:

5.3.1 Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. N* 148 de 2003 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, o el que lo reemplace.

5.3.2 Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. N* 594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.

5.3.3 Dar cumplimiento al D.F.L. N* 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a la “Disposición Residuos Sólidos” o el que lo reemplace.

5.3.4 Dar cumplimiento D.S. N*78 de 2009 del Ministerio de Salud, sobre las “Condiciones de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.

5.3.5 El manejo de residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos.

5.3.6 El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:

5.3.6.1 Dar cumplimiento a la Resolución N*7328 de 1976 del Ministerio de Salud, referente al “Reglamento Sobre Eliminación de Basuras en Edificios Elevados”.

5.3.6.2 Dará cumplimiento a la Resolución N*"5081 de 1993 del Ministerio de Salud, que establece el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales”.

5.3.6.3El sitio de almacenamiento de residuos peligrosos contemplado en la fase de construcción del proyecto, deberá cumplir con las características constructivas establecidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales.

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presente una densidad superficial mínima de 12 Kg/m?, como por ejemplo madera OSB de 15mm de espesor.

5.2.2.2 Realizar las faenas de construcción sólo en periodo diurno.

5.2.2.3 Minimizar el ruido del uso de alarmas de retroceso. Esto incluye el uso de alarmas de retroceso auto ajustable sensible al ambiente, alarmas manualmente ajustables en posición de volumen mínimo y uso de vigilantes.

5.2.2.4 Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y, en general, la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a las dependencias de la propia universidad, además de limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio.

5.2.2.5 Mantención de los equipos en condiciones similares al equipo nuevo.

5.2.2.6 Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de equipos o cualquier otra maquinaria que tenga cabina de insonorización.

5.2.2.7 Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores colindantes.

5.2.2.8 Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción tendrán los sistemas de

escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.

5.2.3 — Eltitular se obliga a lo siguiente durante la fase de operación:

5.2.3.1 Los equipos generadores que se encuentran en niveles subterráneos deberán estar provistos de montajes antivibratorios, ya sea sobre apoyos antivibratorios o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructura! a las otras salas del proyecto.

5.2.3.2 Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio deberán ser aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigile las vibraciones.

5.2.3.3El generador que se encuentra a 15 m del edificio de ciencias de la misma universidad deberá operar al interior de un encapsulamiento tipo FG Wilson con emisiones de ruido acordes a los catálogos presentados en Anexo N*5 del estudio acústico de la Adenda 1.

5.3 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por

generación de residuos sólidos, el titular se compromete en todas las fases con lo siguiente:

5.3.1 Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. N% 148 de 2003 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, o el que lo reemplace.

5.3.2 Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. N* 594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.

5.3.3 Dar cumplimiento al D.F.L. N* 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a la “Disposición Residuos Sólidos” o el que lo reemplace.

5.3.4 Dar cumplimiento D.S. N*”78 de 2009 del Ministerio de Salud, sobre las “Condiciones de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.

5.3.5 El manejo de residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos.

5.3.6 El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:

5.3.6.1 Dar cumplimiento a la Resolución N*”7328 de 1976 del Ministerio de Salud, referente al “Reglamento Sobre Eliminación de Basuras en Edificios Elevados”.

5.3.6.2 Dará cumplimiento a la Resolución N*5081 de 1993 del Ministerio de Salud, que establece el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales”.

5.3.6.3El sitio de almacenamiento de residuos peligrosos contemplado en la fase de construcción del proyecto, deberá cumplir con las características constructivas establecidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales.

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5.3.6.4 Los Residuos Peligrosos se acopiarán en forma temporal por un tiempo máximo de 6 meses y se mantendrán en obras, los correspondientes registros de los sitios de disposición final.

5.3.6.5Los residuos peligrosos deberán ser almacenados temporalmente antes de su disposición final, en contenedores que estarán debidamente rotulados en conformidad a lo señalado en la Norma Chilena NCh. 2.190 Of. 93 del INN.

5.3.6.6 Deberá solicitar ante esta Autoridad Sanitaria la autorización para la disposición final de los residuos industriales no peligrosos generados por la actividad, dando cumplimiento a los artículos 18 y 19 del D.S. N* 594/99 del MINSAL.

5.3.6.7 Mantener un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite la disposición final de los escombros, en destinatarios autorizados por la SEREMI de Salud.

5.3.6.8 Mantener un registro en obra (boleta, factura u otro documento) de los talleres autorizados en donde se realizarán las manteciones de maquinarias, camiones, equipos, o bien solicitar a la constructora que se encargue de las obras su debido seguimiento y registro.

5.3.6.9 Deberá tener presente que no podrá disponer los volúmenes de material removido en la fase construcción en cauces naturales o artificiales en el área de proyecto o zonas aledañas.

5.3.6.10 Los destinatarios de residuos peligrosos y no peligrosos autorizados, están disponibles en la página web (www.asrm.cl).

5.3.6.11 Disponer los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción, en botaderos o en pozos con planes de recuperación de suelos, autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. En caso de optar por esta alternativa el titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana, previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos.

5.3.6.12 Mantener orden y limpieza en su instalación de faenas (bodegas y vestidores, entre otros recintos).

5.3.6.13 Implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final.

5.3.6.14 Cumplir con el Plan de acción frente a derrames de aceites, pinturas, barnices,

pegamentos, grasas, lubricantes y/o combustible adjuntado en el Anexo N*5 de la DIA.

5.3.7 — Eltitular se obliga a lo siguiente en la fase de Operación:

5.3.7.1 El retiro de los residuos sólidos asimilables a residuos domésticos será recolectado por el Servicio de Recolección Municipal.

5.4 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, referido a Efluentes líquidos, el titular se obliga:

5.4.1 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*594 de 1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, en lo referido a la responsabilidad del titular la instalación, mantenimiento y

limpieza de los servicios higiénicos provisorios y baños químicos durante la fase de construcción del proyecto. Lo anterior, principalmente relacionado a:

¡. Que, el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado D.S, N*594 de 1999.

li, Que, los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

ii. El transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del titular del proyecto.

iv. El punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

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v. Reacondicionar los espacios que ocuparon los baños químicos después de su USO.

5.5 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, referido a Agua Potable, el titular se obliga:

5.5.1 Dar cumplimiento en todo momento al D.S. N” 735 de 1969, que establece el “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y sus modificaciones según D.S. N* 131 de 2006 y D.S. N” 76 de 2009, el D.S. 594 de 1999, del MINSAL y el Código Sanitario.

5.6 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, referido a Aguas Lluvia, el titular se obliga a:

5.6.1 Dar cumplimiento a la Ley N*19.525 de 1997 del Ministerio De Obras Públicas, que Regula el Sistema de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias.

5.6.2 La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias, considerará las características del sitio de emplazamiento, y cumplirá con los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvia del Gran Santiago, y de acuerdo a las indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano.

5.7 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se obliga a:

5.7.1 En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N?17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto.

5.8 Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a:

5.8.1 Deberá ingresar de manera sectorial a la SEREMITT-RM, un Estudio de Impacto Sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) para su evaluación y posterior aprobación, el cual deberá corresponder a la regularización del total de los estacionamientos del Proyecto.

5.8.2 El EISTU que se ingrese de manera sectorial a la SEREMITT-RM deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la tabla 2.2 de la Metodología de los ElSTU (Resolución Exenta N” 2379 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo), y considerar todo el terreno que se está regularizando (es decir, Lote A-1, excluyendo el terreno asociado a la Clínica los Andes que ya cuenta con una RCA aprobada).

5.8.3 Se deberá tener claridad del requerimiento de estacionamientos que debe satisfacer el proyecto de acuerdo al tipo de uso que define el instrumento de planificación que corresponda, como también respecto a la capacidad de alumnos establecida sobre la base de la carga de ocupación máxima para albergar a los alumnos en forma simultanea de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Además, mediante el EISTU a ingresar se deberán regularizar todas las playas de estacionamiento fuera de norma que actualmente mantiene el proyecto las cuales se aprecian en las imágenes satelitales ingresadas por el titular en la DIA.

5.8.4 Materializar todas las medidas de mitigación, que resulten del EISTU que se ingrese a la SEREMITT-RM, y que sean evaluadas a través de Ventanilla Única de Transportes.

5.8.5 Teniendo presente que gran parte del proyecto se encuentra actualmente en operación generando externalidades negativas sobre la red vial las cuales no han sido mitigadas, el Titular deberá previo a la fase de operación del Edificio Rectoría tener ejecutadas la medida de mitigación que resulten de la evaluación y posterior aprobación del ElISTU a ingresar sectorialmente a la SEREMITT-RM.

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5.8.6 Mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.

5.8.7 Las rutas de ingreso y egreso, así como las frecuencias para los camiones durante la fase de construcción deberán mantenerse de acuerdo a lo informado en la Adenda N”1, específicamente lo indicado en la Tabla N 2 “Viajes de camiones durante la fase de construcción (año 1)” y Tabla N 3 “Viajes de camiones durante la fase de construcción (año 2).”

5.8.8 Existe una conexión entre la “Clínica Los Andes” y el proyecto de regularización del “Campo Universidad de los Andes”, sobre la base de lo anterior, se deberá contar en todo momento con un acceso controlado, con la finalidad de que dicha conexión vial se mantenga exclusivamente para el tránsito de servicios.

5.8.9 En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N* 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

5.8.10 Se debe considerar las restricciones horarias que exige la correspondiente Municipalidad por la circulación de los vehículos.

5.8.11 Se deberá considerar para el traslado de materiales de los camiones, el operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N” 158/80 del MOP.

5.9 Otras consideraciones relacionadas con el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto.

5.9.1 Respecto de los impactos ocasionados sobre la Comunidad, el titular dará cumplimiento a lo siguiente:

5.9.1.1 El titular implementará un Plan de Manejo con la Comunidad, el que considerará:

i. Establecer un medio (correo electrónico y/o número de teléfono) a cargo del encargado ambiental del proyecto, para recoger las inquietudes de la comunidad de modo de tomar las acciones preventivas y/o correctivas en el desarrollo e implementación del proyecto.

il. Informar oportunamente a la comunidad las distintas fases y actividades del proyecto.

lll. Avisar respecto a ruidos molestos, identificando fuentes emisoras y medidas de mitigación.

iv. Horarios de faenas.

v. Dar cumplimiento al Plan de Manejo a Comunidad adjuntado en el Anexo N6 de la Adenda N1.

5.9.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre Electricidad y Combustible, el titular dará cumplimiento a lo siguiente:

5.9.2.1 Dar cumplimiento al D.S. N*160 de 2008, “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de combustibles Líquidos”, del Ministerio de Economía, fomento y Reconstrucción, o el que lo reemplace. En especial, en el abastecimiento de combustibles líquidos a maquinarias, equipos y/o vehículos, para la preparación del terreno (relleno y nivelación del terreno) que se efectúen en la Instalación de Faenas.

5.9.2.2 Deberán contar con su correspondiente Certificado de Aprobación emitido por un Organismo de Certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, las calderas a gas y/o quemadores a gas, según corresponda, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N* 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles, y deroga decreto que indica”.

5.9.2.3 Deberán cumplir las instalaciones interiores de gas con el Decreto Supremo N' 66, de 2007, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Instalaciones Interiores y de Medidores de Gas” y la R.E. 1250/2009, de SEC, “Establece procedimiento para la autorización y control de entidades de certificación de instalaciones interiores de gas y procedimientos de certificación,

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inspección y verificación de la conversión de instalaciones interiores”, instalaciones que previo a su puesta en servicio, deben ser declaradas ante la Superintendencia, mediante Instaladores de Gas, de la Clase correspondiente, autorizado por ésta, según lo establecido en el D.S. 191, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas”, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta N 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta N* 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de la Superintendencia” y el Trámite de Combustibles TC6 “Declaración de Instalaciones Interiores de Gas”.

5.9.2.4 Deberán ser declaradas ante la Superintendencia, las instalaciones eléctricas que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, mediante instaladores eléctricos de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, de acuerdo al procedimiento establecido en la citada precedentemente Resolución Exenta SEC N* 1128, de 2006 y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.

5.9.3 Respecto a las Ordenanzas Municipales, el titular se obliga a:

5.9.3.1 Cumplir con la Ordenanza N* 504/99, sobre sonidos y ruidos molestos en la comuna de Las Condes.

5.9.3.2 Cumplir con la Ordenanza N* 1502/84, sobre mantención de áreas verdes y especies vegetales en la vía pública en la comuna de Las Condes.

5.9.3.3 Cumplir con la Ordenanza N” 512/98, sobre Aseo y Ornato de la comuna de Las Condes.

5.9.3.4 Cumplir con la Ordenanza N*16.85, sobre horario de carga y descarga de camiones destinados a trabajar en faenas que comprenden la actividad de la construcción y normas complementarias.

  1. En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría” requiere la obtención del siguiente Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Decreto Supremo N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

6.1El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Artículo 93 del DS N? 95/2001, relacionado con la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL N* 725/67, Código Sanitario, que corresponde otorgar para el almacenamiento de residuos generados.

6.1.1. Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio N 7931 de fecha 06 de noviembre de 2012 modificado en lo que corresponde mediante Ord. N 54 de fecha 03 de enero de 2013 y otorga dicho permiso ambiental para la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos generados en la fase de construcción y para las 4 salas de acumulación y recolección de residuos domiciliarios en fase de operación, localizadas según el punto 3.1.14 letra a.2) del presente documento.

7 Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la

información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.

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Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

Que, el titular del Proyecto "Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría” deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental,

asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

Que, el titular del Proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría” deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.

Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son

de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o através de un tercero.

Que, el proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental vigente, y aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.

Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del Proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 sobre Bases Generales de! Medio Ambiente.

Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.

RESUELVE:

1.

Calificar ambientalmente favorable el Proyecto “Regularización del Campus

Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría”, cuyo titular es Universidad de Los Andes.

Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las exigencias, compromiso, medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

Dichos compromisos ambientales deberán ser ingresados por el Titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según corresponda.

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  1. Certificar que el Proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción del Edificio Rectoría” cumple con la normativa de carácter ambiental; que requiere el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N*93 del Título Vil del D.S. N” 95/2001, del MINSEGPRES, el que se otorga; y que no genera ni presenta alguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19.300.

  2. Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente

acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

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Distribución: + Representante Legal de la Universidad de Los Andes. Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana. Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región Metropolitana. llustre Municipalidad de Las Condes. Gobierno Regional, Región Metropolitana. Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región Metropolitana. Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana. Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana. Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana. Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región Metropolitana. Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región Metropolitana. Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU), Región Metropolitana. Servicio Agrícola Ganadero (SAG), Región Metropolitana. Superintendencia de Servicios Sanitarios. Corporación Nacional Forestal (CONAF), Región Metropolitana.

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Superintendencia de Electricidad y Combustible. Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente del Proyecto “Regularización del Campus Universidad de los Andes y Construcción de! Edificio Rectoría”.

Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana.

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