Procesamiento de Óxidos DMH
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RESOLUCIÓN EXENTA N? _ 234 12012 ANTOFAGASTA, 93 (CT 2012
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20.417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.
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La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda del proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH”, presentado por el Señor Juan Medel Fernández, en representación de Corporación Nacional del Cobre, con fecha 25 de Junio de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N 693 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 06/07/2012; Acta de Evaluación N 63/2012 sobre la DIA, Reunión Comité Técnico de Evaluación, con fecha 06/07/2012, Oficio N 254 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 19/07/2012; Oficio N? 756 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Calama, con fecha 20/07/2012; Oficio N? 5046/2012 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 23/07/2012; Oficio N 648 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 24/07/2012; Oficio N” 594 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 24/07/2012; Oficio N” 421 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Antofagasta, con fecha 25/07/2012; Oficio N 418 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 26/07/2012; Oficio N 920 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 27/07/2012; Oficio N 0455 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 30/07/2012; Oficio N 2863 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 31/07/2012; Oficio N 01566 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Antofagasta, con fecha 02/08/2012; Oficio N 778 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 06/09/2012; Oficio N 725 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 07/09/2012; Oficio N 6818 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 10/09/2012; Oficio N 3063 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 11/09/2012; Oficio N 0575 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 11/09/2012; Oficio N” 299 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 01/10/2012.
- El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH”.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH”.
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El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 4 de Octubre de 2012.
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH”.
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Que, el derecho del titular del proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH” está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y su Adenda, el proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH” consistirá en lo siguiente:
3.1. Descripción del proyecto
El proyecto consistirá en una modificación de los proyectos “Mansa Mina” y “Modificaciones Mina Ministro Hales” aprobados mediante Resolución Exenta N 0311/2005 con fecha 7 de Diciembre de 2005 y Resolución Exenta N 0240/2010 con fecha 5 de Agosto de 2010, respectivamente, ambas de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, cuyo objetivo será el beneficio de aproximadamente 20 millones de toneladas de minerales oxidados in situ (OIS) a través del método de lixiviación en pila estática, la que se realizará mediante la irrigación de solución de refino proveniente de la Planta de Tratamiento de Minerales en Pila (PTMP) de la División Chuquicamata, originando una solución enriquecida que se devolverá a la planta PTMP para su procesamiento.
Al respecto, la mejor identificación de los minerales ha permitido precisar la generación de los minerales de los proyectos originales, cambiando su identificación y cantidades, de acuerdo a lo siguiente:
*e Sulfuros de alta ley: 37,942 kt
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Sulfuros de baja ley: 4.814 kt
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Óxidos exóticos: 23.375 kt
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— Óxidos in situ (OIS): 20.439 kt.
Sin embargo, el presente proyecto no generará modificaciones en la cantidad de movimientos anuales ni de la cantidad total que se acopiarán de estos minerales, respecto a los proyectos originales.
Por lo tanto, para cumplir el objetivo de lixiviar los minerales oxidados in situ, se deberán implementar las siguientes modificaciones a los proyectos originales:
» Optimizaciones de configuración física en el depósito de sulfuros de baja ley del proyecto original, para acopiar los sulfuros de baja ley y los óxidos exóticos en Una misma pila ROM de una superficie de 44,11 ha.
» Optimizaciones de configuración física del depósito de óxidos del proyecto original, para acopiar los óxidos in situ en una pila OIS de una superficie de
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44,41 ha, para su posterior procesamiento a través del método de lixiviación en pila estática.
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Disposición temporal de óxidos OIS en stock de alimentación para su posterior chancado,
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Transporte de soluciones de refino desde PMPT para lixiviar los óxidos OIS y transporte de la solución resultante a la PTMP para su procesamiento.
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Construcción y operación de piscina desarenadora, PLS y emergencia y sistema de impulsión de soluciones.
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Construcción y operación de canaletas para alojar las tuberías de conducción de refino, PLS, ácido y agua.
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Construcción y operación de un estanque de ácido sulfúrico de 679 m* de capacidad.
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Aumento de la capacidad de almacenamiento de combustible para abastecer las nuevas actividades del presente proyecto, consistente en la construcción y operación de dos estanques de combustible de 1.200 m? de capacidad cada Uno y una estación surtidora de combustible.
Para mayor detalle, ver numeral 1 de la DIA y numerales 1.1, 1.3 y 1.9 de la Adenda N* 1 de la DIA.
3.1.1. Ubicación y mano de obra
El proyecto se emplazará en la comuna de Calama, Provincia de El Loa, Región de Antofagasta, especificamente a 6 km al norte de Calama. Para mayor detalle, ver figura N? 1 de la DIA.
Las coordenadas UTM (Datum PSAD 56, Huso 19) de las áreas del proyecto, se detallan en la lámina N* 1 del Anexo N? 1 de la DIA.
Las instalaciones del proyecto se desarrollarán en una superficie aproximada de 110,9 ha. Para mayor detalle, ver tabla N? 8 de la DIA.
La mano de obra requerida en la etapa de construcción será de aproximadamente 250 personas, 40 personas en la etapa de operación y 10 personas en la etapa de cierre.
3.1.2. Monto de la inversión
El monto total estimado de la inversión será de US $ 70.000.000. 3.1.3. Vida útil
La vida útil del proyecto será de 3 años.
3.1.4. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto Los principales componentes del proyecto serán los siguientes:
e Pila de óxidos OIS y pila ROM de sulfuros de baja ley y óxidos exóticos.
- Planta de chancado y sistema de manejo y apilamiento de minerales.
+. Canaletas revestidas con HDPE para alojar tuberías de conducción de refino, PLS, ácido y agua.
- Estanque de ácido.
Piscina de PLS, piscina desarenadora, sistema de impulsión y piscina de
emergencia.
Caminos de servicio para el transporte de mineral y accesos a pilas.
Salas eléctricas y empalmes a la red existente.
Estanques de combustible y estación surtidora de combustible.
Instalaciones de faena para etapa de construcción.
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Para mayor detalle, ver numeral 2.1.1 de la DIA y lámina N 1 del Anexo N 1 de la DIA.
3.1.4.1. Etapa de construcción
Esta etapa consistirá principalmente en la preparación de accesos y plataformas para el stock de minerales para la planta de chancado, la instalación y montaje de los equipos de chancado y manejo de minerales, además de los sistemas para conducir las soluciones desde y hacia la pila de lixiviación. La preparación de superficies de las pilas y la instalación de carpetas de HDPE en las pilas de lixiviación de óxidos (Pila OIS) y apilamiento de mineral ROM, son actividades ya evaluadas en los proyectos originales.
La duración de esta etapa será de aproximadamente 6 meses y contemplará las siguientes actividades:
a) Instalación de faenas
Tendrá una superficie aproximada de 4,5 ha y consistirá en instalaciones modulares para oficinas, bodegas, casa de cambio con baño, duchas, etc. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.1 de la DIA.
b) Planta de chancado
Consistirá en el montaje e instalación de una planta que contará con chancadores para reducir el tamaño del mineral proveniente de la mina y tendrá una capacidad de procesamiento proyectada de 20.000 ton/dia. Adicionalmente, en esta área se habilitará el stock de alimentación a la planta de chancado, de una superficie de 16,84 ha y una capacidad de almacenamiento de 7.400.000 ton.
Las actividades de construcción considerarán la preparación del terreno, construcción de fundaciones de hormigón armado, montajes estructurales y de los equipos de chancado, harneado y de manejo de material.
Para mayor detalle, ver numeral 2.2.2 de la DIA, láminas N 2 y N” 10 del Anexo N 1 de la DIA y numeral 1.4 de la Adenda N” 1 de la DIA.
c) Pilas OIS y ROM
La construcción de las pilas impermeabilizadas basalmente es una actividad ya evaluada en los proyectos originales. Al respecto, en el presente proyecto sólo se realizarán optimizaciones de configuración física en éstos depósitos, los que tendrán una pendiente longitudinal de 3,6% y transversal de 1% (manteniendo la pendiente del terreno) y con elevaciones máximas entre los 2.440 y 2.400 m.s.n.m.
Al respecto, se realizará lo siguiente:
- Habilitación del terreno.
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Instalación de la geomembrana.
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Sobre la geomembrana se habilitará un sistema de drenaje para captar y conducir las soluciones.
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Disposición del material protector (cover).
Para mayor detalle, ver numeral 2.2.3 de la DIA.
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d) Habilitación del sistema de riego
El sistema de riego comprenderá las obras físicas para irrigar las pilas con la solución de lixiviación (refino) proveniente de la PTIMP, para lo cual se instalará una tubería de HDPE de 450 mm de diámetro con una longitud total de 4.000 m, la que estará dispuesta sobre una canaleta revestida con una geomembrana de HDPE de 1,5 mm de espesor.
Para acidular el refino de lixiviación, se instalará una tubería de acero Sch 80 de 6” de diámetro y 4.000 m de longitud, que estará dispuesta sobre una trinchera revestida con HDPE para conducir el ácido desde la PTMP. Este ácido será almacenado en un estanque de 679 m' de capacidad que será construido al costado norte de las superficies de lixiviación. Para mayor detalle del estanque de ácido, ver numeral 2.2 del Anexo N 9 de la DIA, lámina N” 11 del Anexo N 1 de la DIA y numeral 1.9 de la Adenda N? 1 de la DIA.
Adicionalmente, se instalarán tuberías perforadas o línea de gotero y aspersores para el riego de las pilas.
Para mayor detalle, ver numeral 2.2.4 de la DIA y lámina N 5 del Anexo N 1 de la DIA.
e) Construcción del sistema de recolección e impulsión
Se instalarán tuberías HDPE de 560 mm y 630 mm para la recolección de las soluciones de lixiviación (PLS), las que estarán alojadas en canaletas revestidas con HDPE de 1,5 mm de espesor, capaces de conducir el total de los eventuales derrames hasta la piscina de emergencia.
Por otra parte, para la impulsión de las soluciones se instalarán 4 bombas centrífugas verticales de impulsión y una tubería para trasladar la solución de lixiviación hasta la piscina existente localizada en la PTMP, la que constará de dos tramos con una longitud total de 7.000 m.
Para mayor detalle, ver numerales 2.2.5 y 2.2.6 de la DIA y láminas N* 1 y N” 2 del Anexo N” 1 de la DIA.
f) Construcción de piscinas
Se habilitarán tres piscinas: desarenadora, PLS y de emergencia; cuyas caracteristicas de diseño se detallan en la tabla N” 2 de la Adenda N? 1 de la DIA.
Las piscinas PLS y desarenadora estarán conectadas a la piscina de emergencia a través de cañerias dispuestas sobre canaletas y por derrame. Asimismo, las líneas de conducción de soluciones estarán dispuestas sobre canaletas revestidas de HDPE, conectadas directamente a la piscina de emergencia, la que también estará conectada a la pila ROM,
Para mayor detalle, ver numeral 2.2.7 de la DIA; láminas N 6, N 7 y N 8 de la DIA, numeral 1.3 de la Adenda N 1 de la DIA y láminas N 1, N 2 y N* 4 de la Adenda N? 1 de la DIA.
9) Construcción de empalmes a la línea de transmisión eléctrica
Se construirán tres empalmes conectados a la línea de transmisión eléctrica de 23 kV de tensión ya existente. Esta energía sustentará las operaciones de chancado, equipos apiladores, bombeo en piscinas PLS y emergencia, e inyección de ácido. Asimismo, alimentará la demanda de los servicios auxiliares.
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h) Estanques de combustible y estación surtidora de combustible Se realizarán las siguientes actividades:
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Construcción de la estación de combustible, consistente en un estanque enterrado de 50 m?, isla con un surtidor, sistema automatizado, pavimento ¡sla, losa sobre estanque, cañerías, instalación eléctrica, elementos de seguridad y luminaria con poste en isla.
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Instalación de las tuberías.
+. Habilitación de sistemas contra derrames y contra incendios.
» Instalación de 2 estanques de 1.200 mf de capacidad.
Para mayor detalle, ver numeral 2.2.9 de la DIA, numeral 2.3 del Anexo N? 9 de la DIA, lámina N 12 del Anexo N 1 de la DIA y numeral 1.9 de la Adenda N? 1 de la DIA.
Para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta etapa, ver numeral 2.5 de la DIA y Anexo N? 7 de la DIA.
3.1.4.2. Etapa de operación Esta etapa contemplará las siguientes actividades:
- Apilamiento de mineral en el acopio transitorio de alimentación a la planta de chancado.
*« Chancado primario, secundario y terciario de los minerales óxidos OIS (20.000 ton/día).
Humectación y pre-acondicionamiento ácido del mineral.
Transporte del mineral a través de correas transportadoras.
Disposición de mineral chancado en la pila OIS mediante equipos mecánicos. Irrigación con solución de refino, en parcelas de acuerdo a plan de riego. Recolección y conducción de las soluciones a piscinas desarenadora y PLS. Transporte de las soluciones, mediante bombeo, para su procesamiento en las instalaciones de la PTMP de la División Chuquicamata.
- Apilamiento de los sulfuros de baja ley y los óxidos exóticos en la pila ROM.
Para mayor detalle de esta etapa, ver numeral 2.3 de la DIA y numeral 1.5 de la Adenda N? 1 de la DIA.
Respecto de las medidas del plan de vigilancia ambiental establecido en los proyectos originales, se implementará lo siguiente:
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Se mantendrá la propuesta de llevar a cabo estudios geofísicos en las mismas áreas de la pila de lixiviación OIS y estanque de ácido. Adicionalmente, el presente proyecto ampliará el área de monitoreo geofísico al sector de las piscinas de soluciones.
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Se mantendrá el monitoreo GEM con frecuencia anual e incluyendo los perfiles TEM y NanoTEM y el monitoreo anual para el área de las piscinas.
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Se realizará un monitoreo de aerosoles ácidos, cuyos puntos de monitoreo serán definidos según el emplazamiento de la pila de lixiviación, considerando mediciones concéntricas cada 200 m en dirección a la zona poblada de Calama, hasta una distancia que asegure una presencia nula de aerosoles ácidos en el ambiente, de acuerdo a los resultados obtenidos.
Para mayor detalle del plan de vigilancia, ver numerales 1.6 y 1.8 de la Adenda N* 1 de la DIA y Anexos C y D de la Adenda N” 1 de la DIA.
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Para mayor detalle del plan de emergencias del proyecto, ver Anexo N? 3 de la DIA y literal d) del numeral 1.9 de la Adenda N 1 de la DIA y para mayor detalle de los sensores de fuga de las piscinas, ver literal d) del numeral 1.3 de la Adenda N 1 de la DIA y Anexo B de la Adenda N? 1 de la DIA.
El agua industrial requerida para esta etapa será de 45 l/s, proveniente desde las fuentes ya autorizadas del sistema de abastecimiento distrital a través de los ramales existentes. Para mayor detalle, ver tabla N* 12 de la DIA.
Respecto al ácido sulfúrico, se utilizarán entre 30 a 40 kg por tonelada de mineral, que será suministrado desde el sistema de abastecimiento de la División Chuquicamata. Para mayor detalle, ver numeral 2.5.3 de la DIA.
Para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta etapa, ver numeral 2.5 de la DIA y Anexo N? 7 de la DIA.
3.1.4.3. Etapa de cierre
El cierre del proyecto se enmarcará en las actividades contempladas en el Plan de Cierre global de Codelco Chile, División Ministro Hales.
Como parte del fin de las operaciones, se elaborará un informe final de las condiciones de cierre del proyecto, conteniendo los aspectos técnicos y ambientales fundamentales que se presenten a la fecha del cierre. Este informe contendrá al menos los siguientes aspectos:
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Planos topográficos con registro de dimensiones y geometría final alcanzada.
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Volumen de material almacenado.
+» Perfil de densidades y humedades del material depositado y consolidado en la pila OIS, de acuerdo a una campaña de exploraciones geotécnicas.
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Estabilidad de las estructuras.
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Propuesta de medidas que aseguren la estabilidad química de los residuos, con monitoreos posteriores a la etapa de cierre, y de ser necesario se incluirán medidas para la remediación o el control respectivo.
Finalmente, una vez concluidas las operaciones del proyecto, se procederá a desmantelar las instalaciones y obras construidas, las que serán retiradas del terreno y transportadas a bodegas para su utilización en otras obras o para su disposición final. Además, se protegerán aquellas obras que por su instalación o construcción, no puedan retirarse del lugar en que se encuentran emplazadas.
3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto 3.2.1. Emisiones a la atmósfera
Para identificar las fuentes emisoras de MP10 y MP2,5, calcular sus emisiones y su aporte en concentración a la ciudad de Calama, se consideraron las emisiones conjuntas del proyecto “Modificaciones Mina Ministro Hales”, que incluyen las modificaciones que implementará el presente proyecto, así como las del proyecto “Nuevo Escenario Operacional de Procesamiento de Concentrado de la División Ministro Hales” (en adelante NEO).
En el presente proyecto, las emisiones de MP10 y MP2,5 en la etapa de construcción se generarán principalmente por movimientos de tierra para la construcción de las obras, transferencias y movimientos de material y el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Mientras que las emisiones de MP10 y MP2,5 en la etapa de operación, se producirán principalmente por las actividades de manejo y transferencias de mineral, chancado, erosión eólica de acopio intermedio y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.
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En el proyecto NEO, las emisiones de MP10 y MP2,5 se generarán principalmente por movimientos de tierra para la construcción de las obras y del barrio cívico, transferencias y movimientos de concentrado, calcina y arsenito de calcio y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.
Para cuantificar las emisiones conjuntas, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión €. AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose una emisión máxima de 3.217,9 ton/año de MP10 y 427,6 ton/año de MP2,5, en el año 8 de la etapa de operación (aproximadamente el año 2020). Para el presente proyecto, se generará una emisión máxima de 409 ton/año de MP10 y de 103,2 ton/año de MP2,5 en el año 2014 (segundo año de operación del presente proyecto). Para mayor detalle, ver Anexo N 2 de la DIA, numeral 4.1 de la Adenda N? 1 de la DIA y Anexo E de la Adenda N” 1 de la DIA.
Por otro lado, para el cálculo del aporte conjunto a la calidad del aire por MP10 en la ciudad de Calama, se utilizó el modelo de dispersión de contaminantes CALMET- CALPUFF. Estos resultados se adjuntan en el Anexo N 2 de la DIA y numeral 4.1 de la Adenda N 1 de la DIA, que corresponderá a un aporte anual total máximo de MP10 de 3,6 ug/méN y un aporte diario máximo de 15,3 ug/méN, en el año 8 de la etapa de operación (aproximadamente el año 2020); y un aporte anual total máximo de MP2,5 de 0,5 ug/móN y a un aporte diario máximo de 2,0 g/móN en el año 8 de la etapa de operación (aproximadamente el año 2020). Para el presente proyecto, el aporte anual total máximo de MP10 será de 4,5 g/móN y un aporte diario máximo de 19,7 ug/méN en el segundo año de operación del presente proyecto; y el aporte anual total máximo de MP2,5 será de 0,6 pg/mÍN y un aporte diario máximo de 2,8 ug/móN en el segundo año de operación del presente proyecto.
Respecto al aporte a la calidad del aire, el proyecto “Mansa Mina” fue concebido para producir impacto cero por MP10 en la ciudad de Calama, para lo cual se estableció una compensación para contrarrestar los impactos de la emisión de MP10, consistente en pavimentar aproximadamente 8 km de calle en la ciudad de Calama (al interior de la zona saturada), para compensar el 100% del aporte de MP10 del proyecto original (6,5 Hg/móN). Para el presente proyecto, esta compensación se mantiene, aunque la nueva modelación de la dispersión atmosférica indica que el aporte conjunto (3,6 ug/miN) será menor al aporte del proyecto original.
Para el control de las emisiones del presente proyecto, se mantendrán las medidas contempladas en los proyectos originales, incorporando las siguientes medidas adicionales:
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Estabilización mediante la aplicación de bischofita de todos los caminos no pavimentados, con una longitud aproximada de 11.500 m, Para mayor detalle, ver literal d.1) del numeral 4.1 de la Adenda N? 1 de la DIA.
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Humectación periódica (5 veces al día) de los caminos que no tengan tratamiento superficial y que deban utilizarse por situaciones puntuales.
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En el área de chancado primario se implementará un sistema de supresión de polvo en la tolva de alimentación.
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Enel área de chancado secundario y terciario se implementarán sistemas cerrados en la alimentación de tolvas, traspasos, chancadores y en la superficie expuesta de harneros.
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Las correas transportadoras estarán cubiertas.
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Se restringirá la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/h, en el área del proyecto.
Para mayor detalle de las medidas, ver literal d) del numeral 4.1 de la Adenda N* 1 de la DIA y Anexo F de la Adenda N? 1 de la DIA.
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3.2.2. Residuos liquidos
Los residuos líquidos de carácter doméstico en las etapas de construcción y operación, corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, totalizando 20 m'/día en la etapa de construcción y 3,2 m'/dia en la etapa de operación.
Para su tratamiento, en la etapa de construcción se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo y una fosa séptica, los que serán operados por una empresa autorizada que retirará los residuos dos veces por semana y que deberá contar con las autorizaciones pertinentes y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar autorizado.
En la etapa de operación, para el manejo de las aguas servidas se utilizará una planta de tratamiento de aguas servidas.
3.2.3. Residuos sólidos a) Movimientos de tierra
Se generarán movimientos de tierra por la construcción de las obras y por la obtención y descarga de material protector (cover) en la pila OIS, generándose un excedente de aproximadamente 1.990.128 ton, los que serán retirados y transportados para su disposición final en el sector desde donde se obtendrá el material cover, en la cercanía de los botaderos de la Mina Sur,
Para mayor detalle, ver tabla N* 10 de la Adenda N” 1 de la DIA. b) Residuos sólidos asimilables a domésticos
Los residuos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, aluminio, etc., estimándose una generación aproximada de 125 kg/día en la etapa de construcción y de 20 kg/día en la etapa de operación. Los residuos serán dispuestos temporalmente en tambores y/o contenedores cerrados herméticamente y trasladados diariamente para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
c) Residuos sólidos industriales
Los residuos sólidos industriales generados corresponderán a restos de materiales de la construcción y montaje de equipos. Estos residuos se clasificarán en:
- Residuos industriales sólidos no peligrosos: corresponderán a maderas, plásticos, metales de construcción, etc.
*. Residuos industriales sólidos peligrosos: corresponderán a aceites usados, lubricantes, paños de limpieza, etc.
Respecto de los residuos sólidos industriales no peligrosos, se estima que se generará una cantidad de 5 ton/mes en la etapa de construcción y de 0,5 ton/mes en la etapa de operación y serán dispuestos temporalmente en contenedores en el patio de almacenamiento y posteriormente serán reutilizados y/o reciclados o trasladados por Una empresa autorizada para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
La cantidad de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará, será de 0,2 ton/mes en la etapa de construcción y 0,5 ton/año en la etapa de operación y serán dispuestos temporalmente en tambores y trasladados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, para ser depositados finalmente en sitios autorizados.
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Para mayor detalle, ver Anexo N? 4 de la DIA y numeral 1.10 de la Adenda N' 1 de la DIA.
3.2.4. Generación de ruido
Se generará ruido en la etapa de construcción y operación debido a las faenas de construcción y al funcionamiento de maquinaria y equipos.
Como las fuentes de emisión se encontrarán en una zona en la cual no existe presencia de centros poblados o eventuales receptores, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
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Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.
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Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH” requiere los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 88, N 91, N 94 y N” 96 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, informados favorablemente por la Dirección Regional del Servicio Nacional de Geología y Minería, Secretaría Regional Ministerial de Salud y Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, respectivamente, todas de la Región de Antofagasta, durante el proceso de evaluación.
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Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19,300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, al menos con Una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
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Que, durante el desarrollo del proyecto, el titular implementará los siguientes compromisos voluntarios:
8.1. Las exigencias ambientales establecidas por la presente Resolución, deberán ser ingresadas por el titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Calificación Ambiental; de la notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según corresponda. Sin perjuicio de que la propia Superintendencia pueda definir un plazo mayor distinto.
8.2. Se incluirá en el marco del “Plan de Gestión de la Calidad del Aire de Calama” u otro instrumento de gestión ambiental a implementarse en la ciudad de Calama, el diseño e implementación de un programa de pavimentación de calles en la comuna de
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Calama en torno a 2 km. La metodología de cálculo de esta medida será presentada a la autoridad ambiental para su visado y los lugares en donde se ejecutará serán definidos en conjunto con el Municipio de Calama.
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Que, para que el proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo coordinador de la fiscalización que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.
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Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un/a tercero/a.
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Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
RESUELVE:
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CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH”, presentado por Corporación Nacional del Cobre.
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DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de ta presente Resolución, asi como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en su Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución,
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CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Procesamiento de Óxidos DMH” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 88, N 91, N? 94 y N 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, caracteristicas o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19,300.
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