Evaluación SEA

Mina - Planta Mantos al Sol

Rol 7032325
SEA · DIA · Aprobado · 2012-06-18 · Región de Antofagasta · Sociedad Minera e Industrial Los Mantos Limitada

. 990 RESOLUCIÓN EXENTA N* 2 8 312012

ANTOFAGASTA, 27 oy 200

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20,417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija

normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y las Adendas del proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol”, presentado por el Señor Patricio Pinto Araya y el Señor Jean Courderc

Williams, en representación de Sociedad Minera e Industrial Los Mantos Limitada, con fecha 18 de junio de 2012.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la

evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N 386 sobre la DIA, por SEREMI de Planificación y Coordinación, Región de Antofagasta, con fecha 29/06/2012; Acta de Evaluación N 59/2012 sobre la DIA, Reunión Comité Técnico de Evaluación, con fecha 29/06/2012; Oficio N 675 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 05/07/2012; Oficio N 4105 sobre la DIA por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 06/07/2012; Oficio N 572 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 06/07/2012; Oficio N 132 sobre la DIA, por SEREMI de Energía, Región de Antofagasta, con fecha 10/07/2012; Oficio N 0184 sobre la DIA, por Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta, con fecha 11/07/2012; Oficio N 530 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 11/07/2012; Oficio N 497 sobre la DIA, por Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta, con fecha 12/07/2012; Oficio N 4630/2012 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 11/07/2012; Oficio N 245 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 12/07/2012; Oficio N 65-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 12/07/2012; Oficio N 425 sobre la DIA, por Dirección Regional DOH, Región de Antofagasta, con fecha 13/07/2012; Oficio N 399 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 13/07/2012; Oficio N 0420 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 18/07/2012; Oficio N” 2634 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 18/07/2012; Oficio N 2893 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 19/07/2012; Oficio N 877 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 19/07/2012; Oficio N” 958 sobre la Adenda 1, por SEREM! de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 20/09/2012; Oficio N 1717 sobre la Adenda 1 por SEREMI! de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 24/09/2012;

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Oficio N 781 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 24/09/2012; Oficio N 7208 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 25/09/2012; Oficio N 833 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 26/09/2012; Oficio N 585 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 26/09/2012; Oficio N” 0616 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 28/09/2012; Oficio N 1234 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 28/09/2012; Oficio N 4041 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 03/10/2012; Oficio N 3786 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 03/10/2012; Oficio N” 1374 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 06/11/2012; Oficio N 1101 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 06/11/2012; Oficio N 946 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 09/11/2012; Oficio N” 356 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 12/11/2012; Oficio N 4375 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 13/11/2012; Oficio N” 4383 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 14/11/2012; Oficio N” 0743 sobre la Adenda 2, por Secretaría

Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 16/11/2012.

  1. Los Informes Consolidados de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol”.

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol”.

  3. El acuerdo de la Sesión Extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 21 de Noviembre de 2012.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el

cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol”.

  1. Que, el derecho del titular del proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol”, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

  2. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental

respectiva y sus Adendas, el proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol”, consistirá en lo siguiente:

3.1. Descripción del proyecto

El proyecto consistirá en aumentar el ritmo de extracción de minerales oxidados de cobre desde 4.900 ton/mes a 16.200 ton/mes, modificando las características del producto final, desde la obtención de 220 ton/mes de sulfato de cobre pentahidratado a 170 ton/mes (2.040 ton/año) de cátodos de cobre de grado A, incrementando la vida útil del proyecto de 5 a 10 años.

Para mayores antecedentes ver numerales 1.1 y 2.4 del capítulo 1 de la DIA y Anexos 4 y 4.a del Adenda 2 de la DIA.

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3.1.1. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto

Los principales componentes del proyecto están asociados al rajo y a la planta Mantos al Sol, de ahora en adelante la planta, los cuales serán los siguientes:

a) Rajo Mantos al Sol

El rajo de 150 m de largo x 100 m de ancho x 50 m profundidad, posee un cuerpo mineralizado tipo veta subvertical de dirección norte-sur, cuya explotación se realizará por el método de cielo o rajo abierto.

Para mayor detalle, ver numerales 2.4.2 y 2.4.3 del capítulo 2 de la DIA, numeral 18 de la sección | del Adenda 1 de la DIA y numeral 2 de la sección | del Adenda 2 de la DIA.

b) Sector de acopio del mineral pre-chancado

Se contempla una cancha de acopio intermedio de 30 m x 30 m por una altura de 1,5

m y una capacidad aproximada de 3.645 ton. Para mayor detalle, ver numerales 2.4.2 y 2.4.3 del capítulo 2 de la DIA.

c) Planta de chancado, aglomerado y acopio

La planta contará con un chancador metálico de mandíbula, primario y otro secundario, los equipos que comprenden la instalación de chancado serán:

  • Tolva de alimentación de 15 m? de capacidad.

  • Chancador primario con una capacidad nominal de procesamiento entre 45 a 137 toníh.

  • Chancador secundario entre 59 a 127 ton/h.

Una parrilla de clasificación o alimentación, tolva de almacenamiento/ingreso

carga, harnero doble decks, correas transportadoras, electro imán, y sala de control.

  • Sistema eléctrico,

El tambor aglomerador tendrá una capacidad nominal de 60 a 90 ton/h contará con un sistema de extracción de gases y un área circular de acopio de 8 m x 8 m de alto, capacidad para aproximadamente 900 ton.

Para mayor detalle, ver numerales 2.4.2 y 2.4.3 del capítulo 2 de la DIA y el numeral 2 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.

d) Zona de pilas y piscinas de soluciones (PLS, ILS, refino y emergencia)

Se construirá un sector impermeabilizado de 7.500 m? para la lixiviación, el cual contempla un pretil en su contorno para la contención de derrames. Además de una superficie de 7.396,9 m” para la instalación de las piscinas impermeabilizadas que contendrán las siguientes soluciones:

  • Una piscina para PLS 1 y otra para PLS 2, ambas de 20mx 15mx3m.
  • UnaparallS,40mx15mx3m.

  • Una para refino, de 40 mx 15mx 3 m.

  • Una para emergencia, 40 mx 15 mx 3 m.

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El sistema de cañerías y tuberías de conducción de soluciones ácidas tales como PLS, ILS y refino, irá al interior de zanjas tipo media luna impermeabilizadas, de manera que cualquier filtración menor se desplazará mediante esta zanja hasta pozos de acumulación, desde el cual se impulsarán dichas soluciones de vuelta a su fuente de origen o destino, según sea el caso.

Para mayor detalle respecto a la construcción y configuración de las piscinas y conducciones, ver numerales 2.4.2 y 2.4.3 y figuras 11 y 12 del capítulo 2 de la DIA, numeral 12 de la sección | y numeral 3 de la sección 111, ambos del Adenda 1 de la DIA y numeral 2 de la sección | del Adenda 2 de la DIA.

e) Instalaciones de extracción por solventes (SX) y electro-obtención (EW).

El proyecto contemplará una superficie de 1.788 m? para las instalaciones de SX-EW. Para ambas instalaciones se contempla la construcción de galpones metálicos

cerrados con aberturas para ventilación. Mayor detalles ver numeral 20 de la sección | de la Adenda 1 de la DIA.

f) Botaderos

Se contemplará dos botaderos, uno para ripios de lixiviación y otro para estériles, ambos con una superficie de 37.500 m? y para una capacidad de 1.360.000 ton cada uno. El botadero de estériles tendrá una altura máxima de 37 m y el de ripios de 33 m. El proyecto contempla generar un total de 2.139.840 ton de estériles y 1.846.800 ton de ripios durante sus 10 años de operación, por lo que el titular solicitará los permisos

de ampliación correspondientes que permitan cubrir dichas diferencias durante la vida útil del proyecto.

Para mayor detalle del sector de emplazamiento y estabilidad de los botaderos, ver numerales 6.1 y 6.2 del capítulo 6 de ta DIA, numerales 17 y 18 de la sección | del Adenda 1 de la DIA y numeral 2 de la sección | del Adenda 2 de la DIA.

9) Piscinas de agua industrial y estanques para insumos

El proyecto contemplará la construcción de las siguientes piscinas y estanques para insumos:

  • Piscinas impermeabilizadas y semienterradas para agua de proceso (agua de mar) y agua dulce, 20 m x 10 m x 3 m de profundidad y otra 10 m x 10 mx 3 m de profundidad respectivamente.

  • Dos estanques en acero al carbono para almacenar ácido sulfúrico con una

capacidad para 25 m* cada uno, y otro de uso diario con una capacidad para 7

mi

  • Dos estanques en acero al carbono para almacenar petróleo con una capacidad para 30 mí cada uno.

  • Un estanque en fibra de vidrio para almacenar solvente isoparafínico con una capacidad para 7 mi.

  • Un estanque en acero al carbono para almacenar agua de lavado del orgánico con una capacidad para 25 mí.

  • El resto los reactivos, solvente y extractante abastecidos en contenedores de 1

m? de capacidad y sacos, serán almacenados en la Zona de Estanques de 1.210 m?

Las piscinas contarán, en las zonas perimetrales-centrales (calicatas), con un sistema para detectar fugas de soluciones que pudieran fluir por la primera carpeta de HDPE,

Y

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además de un pretil en el contorno para la contención de derrames (ver figuras 11 y 12 del capítulo 2 de la DIA).

Para mayores detalles respecto a la construcción de las piscinas y configuración de los estanques, ver numerales 2.4.2 del capítulo 2 de la DIA, numeral 12 de la sección | del Adenda 1 de la DIA, numeral 3 de la sección !I! del Adenda 1 de la DIA y plano del Anexo 1 del Adenda 2 de la DIA.

h) Polvorines

Se contemplará la construcción de un polvorín para el almacenamiento de altos explosivos y otro polvorín para accesorios. Para mayores detalles, ver numeral 3 de la sección II! de la Adenda 1 de la DIA y numeral 2 de la sección | del Adenda 2 de la DIA.

i) Instalaciones Auxiliares

Se habilitarán las siguientes instalaciones auxiliares asociadas a los distintos procesos:

  • Garita de control de acceso.

  • Una sala de generadores, con cinco grupos electrógenos.

  • Galpones metálicos para el taller y bodega.

  • Contenedores modificados para emplazar la casa de cambio, casino, la zona de administración y los servicios higiénicos.

  • Estacionamientos abiertos colindantes a la administración

  • Un estanque para almacenar agua potable con una capacidad para 19 m',

  • Una estación de combustibles de 606 m?, la cual contará con un dispensador para el abastecimiento de petróleo a los equipos y vehículos de faena.

» Dos patios temporales de residuos industriales, uno para residuos peligrosos y otro para residuos no peligrosos, cada uno de 48 m?,

  • Dos fosas sépticas para un total de 60 personas, con sus respectivos sistemas de infiltración.

  • Una planta desaladora tipo osmosis inversa con una producción entre 30 a 50

m*/día de agua con una calidad menor a 5 ppm de cloruros, para utilizar en los procesos el agua de mar almacenada.

Para mayores detalles respecto a la construcción de las instalaciones auxiliares, ver numeral 2.4.2 del capítulo 2 de la DIA, numerales 12, 13, 16 y 20 de la sección | del Adenda 1 de la DIA y numeral 2 de la sección | de ta Adenda 1 de la DIA.

3.1.2. Etapa de construcción 3.1.2.1. Las actividades a desarrollar en la etapa de la construcción

La duración de esta etapa será de 4 meses y contemplará las siguientes actividades:

a) Instalación de faenas

El proyecto no contempla la instalación de faena temporales, ya que utilizará las instalaciones actuales con que cuenta la mina en el predio, autorizadas en el proyecto técnico original concedido con las Res. Ex. N 791/2011 del 12-09-11 y Res. Ex. N

2981/2011 DEL 26-09-11, complementada con el ORD N* 71/2012 del 17-01-2012, todas del SERNAGEOMIN.

Para mayores antecedentes ver numerales 2.4.3.3 y 2.4.3.5 del capítulo 2 de la DIA y numerales 12, 14, 15 y 16 de la sección | del capítulo | de la Adenda 1 de la DIA.

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b) Construcción de caminos y accesos

Para acceder a la planta, se utilizará el tramo de aproximadamente 2,5 km de camino existente que empalma con la ruta B-150 en la Estación El Tigre, para mayores

antecedentes de su ubicación, ver numeral 1 y tabla 20 de la sección | de la Adenda 1 de la DIA.

c) Preparación del terreno

Se contempla remover un total de 56.900 m' entre movimientos de tierra, excavaciones menores, nivelación de piso y rellenos de plataformas para construir las áreas de planta, tales como canchas de acopio, área de chancado, piscinas, botaderos, canchas de lixiviación, mejora de caminos, etc., y superficies en general en las cuales se emplazarán las instalaciones auxiliares y equipos.

d) Actividades relativas a construcción de la planta

  • Construcción de las obras de la planta, incluyendo radier y/o fundaciones y plataformas para unidades y equipos.

» Construcción de sistemas de sello y unidades de emergencia de las instalaciones de planta.

  • Montaje e instalación de equipos.
  • Montaje e instalación de instalaciones auxiliares.

Según lo señalado por el titular en el numeral 5 de la Adenda 2 de la DIA, actualmente “el proyecto se encuentra en fase de construcción, en la cual todo el movimiento de

tierra y carpetas se encuentran finalizadas, las obras civiles se encuentran con un avance de alrededor de 80%”.

Para mayores antecedentes de la etapa de construcción ver numeral 2.4.2 y 2.5 del capítulo 2 de la DIA.

3.1.2.2. Abastecimiento y suministro de insumos

a) Agua potable: Se requerirá de agua potable para 60 trabajadores (aproximadamente 6 m*/día), para la cual se utilizará el agua almacenada en un estanque acumulador, y se asegurará su potabilización mediante un proceso de cloración. Para el agua de consumo humano en puntos alejados, se proporcionará agua envasada, por una empresa autorizada.

b) Agua industrial: Se requerirán 1 a 2 m? de agua para 2,5 km de caminos no pavimentados, para el control de emisiones de material particulado, de la tabla 20 de la sección | del Adenda 1 de la DIA, en una frecuencia de 3 veces al día. El agua

provendrá de la piscina de agua de mar, la cual será abastecida y transportada por terceros, debidamente autorizados.

c) Combustible: El proyecto original cuenta con la autorización para instalar un estanque de 15 m' de petróleo, el cual será abastecido por el contratista, quien será responsable del traslado y almacenamiento.

d) Materiales: Los materiales requeridos serán provistos por un contratista autorizado.

e) Transporte: Todo el transporte tanto de personal como materiales, insumos y servicios serán realizados por empresas contratistas, por lo que no formará parte del proyecto.

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f) Energía: El proyecto original cuenta con la autorización para utilizar equipos generadores portátiles a diesel de 200 y 400 kV,

9) Maquinarias y equipos: Respecto a la maquinarias y equipos, se requerirán de seis camiones día de 20 ton para insumos y maquinarias varias, diez camiones día de 20 ton para carga, seis camionetas día, un camión aguador día, un camión petrolero día, dos retro-excavadoras, un bulldozer, una motoniveladora, dos cargadores frontales.

h) Servicios higiénicos: Se implementarán baños químicos, suministrados y

manejados por una empresa autorizada en la cantidad y disposición establecida en la normativa.

Para mayores antecedentes ver numeral 2.4 del capítulo 2 de la DIA y Anexos 4 y 4.a de la Adenda 2 de la DIA,

3.1.3. Etapa de operación

La duración de esta etapa será de 10 años, y contemplará las siguientes actividades: 3.1.3.1. Las actividades a desarrollar en la etapa de operación

a) Actividades relativas a la operación del rajo

  • Habilitación de accesos secundarios al rajo: Éste requerirá de la habilitación de accesos secundarios, mediante bancos de explotación y producción, rampas y pretiles de protección. Debido a que la mina se encuentra operativa, los accesos principales ya existen.

  • Explotación del mineral a rajo abierto: Será mediante perforaciones y tronaduras. Los estériles generados, aproximadamente 16.200 ton/mes, serán enviados al botadero de estériles y el mineral extraído a la planta de chancado.

  • Transporte y acopio del mineral: El transporte del mineral será mediante camiones hasta la cancha de acopio intermedio, desde la cual se transportará utilizando un cargador frontal hasta el buzón del chancador.

Para mayores antecedentes ver numeral 2.4.3 del capítulo 2 de la DIA.

b) Actividades relativas a la operación de la planta

  • Chancado primario y secundario: La planta para una producción de 16.200 ton/mes, contará con un chancador primario y otro secundario, que reducirán el

tamaño del mineral hasta obtener un producto cuyo 80% será menor a 1/2” y una densidad aparente de 1,6 ton/m?,

+. Transporte del mineral chancado a la aglomeración: El mineral será transportado mediante correas transportadoras al tambor aglomerador.

  • Aglomeración ácida del mineral y acopio del aglomerado: La finalidad de la aglomeración será acelerar la cinética del proceso a través de la impregnación del mineral con una solución de ácido sulfúrico.

  • Transporte a la cancha de lixiviación en pilas: Después de la aglomeración, el mineral será transportado vía correa de carga/descarga hacia un área circular de acopio y posteriormente en camiones hasta la cancha de lixiviación en pilas.

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  • Carguío de pilas y lixiviación ácida: Las pilas dinámicas de 12 m x 60 m x 2 m se cargarán mediante cargadores frontales que dispondrán las 540 ton/día (16.200 ton/mes) en alturas de 2 a 3 m sobre el sector impermeabilizado. La tasa de riego de las pilas será de 10 a 20 L/hm? dependiendo de la ley del mineral, producto de las cuales se generarán dos soluciones, una rica en cobre (4 a 5 gpl) denominada PLS y otras baja en cobre (1 a 3 gp!) denominada ILS o solución intermedia. Los ripios generados, aproximadamente 15.390 ton/mes, serán enviados al botadero de ripios.

  • Extracción por solventes (SX): La solución PLS almacenada alimentará el circuito de extracción por solventes (mezcla de extractantes y solvente isoparafínico) en dos etapas, E1 y E2 en serie. Una etapa de lavado (LV) y una etapa de re-extracción (S). La solución agotada en cobre (0,4 a 0,5 gpl) denominada refino, saldrá de E2 pasando por un estanque recuperador de orgánico y luego retornará a la lixiviación. El electrolito rico saldrá de S, pasará

por un estanque recuperador de orgánico antes de continuar a la etapa siguiente.

  • Electro-obtención (EW): El electrolito rico en 45 gr/l de cobre almacenado será alimentado mediante bombas a las celdas electrolíticas previo calentamiento hasta 45 a 50 *C. El electrolito pobre será retornado a SX en S.

» Cosecha de cátodos: Los cátodos se lavarán y se despegarán de las placas en forma manual, formando paquetes de 54 a 58 planchas. La planta producirá 170 ton/mes (6 ton/dia) de cátodos a un 99,94% de cobre, equivalentes a 3 paquetes en 12 horas de trabajo.

Para mayores antecedentes ver numeral 2.4.3 y 2.4.5 del capítulo 2 de la DIA y tabla 3 del Anexo 8 de la DIA.

3.1.3.2. Abastecimiento y suministro de insumos

a) Agua potable: Para suministrar a la planta se contará con un sistema de potabilización conformado por un estanque de 19 nY, con cloración y controles periódicos. El agua será transportada y abastecida por terceros, mediante camiones aljibe provenientes desde el estanque de Colupo de Aguas Antofagasta, ubicado en coordenadas UTM Datum WGS-84 7.552.621 N y 411.142 E. Además se proveerá de agua envasada en botellones sellados, abastecidos por una empresa autorizada, en

aquellas áreas remotas que no cuenten con agua potable, tales como, botaderos, zona de lixiviación, etc.

b) Agua industrial: Se requerirán aproximadamente 30 m'/día de agua dulce para el proceso de SX/EW la cual será abastecida desde el estanque Colupo perteneciente a Aguas Antofagasta, ubicado en coordenadas UTM WGS-84 7.552.621 N y 411.142 E, y utilizada previo tratamiento en la planta de osmosis inversa de la faena. Una alternativa a ésta fuente, será desalinizar el agua de mar en la misma planta de osmosis pero con un mejor pre y post tratamiento. Para el resto de los procesos de la planta se requerirán aproximadamente 189 m*/día de agua de mar, cuyo abastecimiento, en trámite, será probablemente desde el área de Remanso ubicado en coordenadas UTM Datum WGS-84 7.559.571 N y 376.943 E. Adicionalmente y para el control de emisiones de material particulado, se requerirá un suministro constante de agua para humectar las zonas de chancado de 1 a 2 m? de agua por km de caminos no pavimentados, la cual se detalla en la tabla 20 de la sección 1 del Adenda 1 de la DIA,

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la frecuencia de riego será de 3 veces al día, la cual provendrá de la piscina de agua de mar o del rechazo de la planta de osmosis, aprox. 40 a 50 m*/día. Todas las aguas serán transportadas y abastecida por terceros, debidamente autorizados.

c) Combustible: Se estima un consumo de aproximadamente 200 m*/mes de petróleo, para cuyo almacenamiento se requerirán dos estanques de 30 m? cada uno. El primero se utilizará para alimentar gravitacionalmente los generadores y sistema de calentamiento del electrolito, y el segundo estará enterrado y formará parte de la estación de combustibles ubicada al interior de la planta. Este será abastecido por contrato por la empresa Shell (actual ENEX), quien será responsable del traslado, almacenamiento, y de todos los permisos sectoriales asociados a la instalación.

d) Materiales, reactivos e insumos: Se requerirá de aproximadamente 570 ton/mes de ácido sulfúrico, de 850 kg/mes de extractante (Acorga M5640), de 8.500 l/mes de diluyente o solvente isoparafinico (Orfom SX 80), de 119 kg/mes de reactivo anódico (sulfato de cobalto) y 68 kg/mes de reactivo catódico (Guard floc u otro similar), 150 l/mes de aceites lubricantes , 5 kg/mes de grasas mecánicas, 500 kg de cal viva (stock para emergencias), explosivo, ver detalle de las sustancias peligrosas a manejar en la tabla 31 de la sección | de la Adenda 2 de la DIA. Todos serán abastecidos y transportados por un contratista autorizado, cumpliendo con toda la normativa vigente.

e) Transporte: Tanto el transporte de personal como de materiales, insumos y

servicios serán realizados por empresas contratistas, por lo que no forma parte del proyecto.

f) Energía: No se considera una red de suministro eléctrico externo, por lo que se

utilizarán tres equipos generadores portátiles a diesel de 500, 500 y 800 kVA para la planta y otros dos de 20 kVA para la zona de botaderos y mina.

9) Maquinarias y equipos: Se requerirán de cinco camiones tolva de 25 ton (para transportar mineral, estériles, ripios y aglomerado), dos retro-excavadoras, dos perforadoras KY120 Crowler Rig, un bulldozer, una motoniveladora, tres camiones cisterna de 15 m' (para el agua industrial o de mar y agua potable), un camion de 28 ton para ácido sulfúrico, un camión de 24 ton para petróleo, un camión lubricador, dos

cargadores frontales de 3,5 m*, un compresor y 5 camionetas (explosivos y transporte de personal).

h) Servicios higiénicos: La planta contará con baños en la administración, casino, casa de cambio y garita, los cuales se conectarán a una red de alcantarillado particular que enviará las aguas servidas a dos fosas sépticas, para mayor detalle ver Anexo 13 del Adenda 1 de la DIA. Además se implementarán baños químicos, suministrados y manejados por una empresa autorizada en la cantidad y disposición establecida en la

normativa, en aquellas áreas remotas que no cuenten con agua potable, tales como, botaderos, mina, zona de lixiviación, etc.

Para mayores antecedentes ver numerales 2.4.3.3, 2.4.3.5 y 2.5 del capítulo 2 de la DIA y numerales 12, 14, 15 y 16 de la sección | del capítulo | de la Adenda 1 de la DIA.

3.1.3.3. Otras consideraciones

Para evaluar la capacidad de infiltración ácida del suelo del rajo y botaderos de ripios, se aplicó el Test ABA a 4 muestras, las cuales arrojaron como resultado que el suelo no es potencial de generación de aguas ácidas debido a su bajo contenido de súlfuros. De todas formas y como medida de monitoreo en el área del botadero de ripios, se realizará un Test ABA (Análisis equilibrio ácido-base) en forma anual durante toda la vida útil del proyecto. Para mayores antecedentes ver numeral 2.4.4 del capítulo 2 de la

DÍA, numeral 18 de la sección | del Adenda 1 de la DIA y Anexos 9 y 10 del Adenda 1 de la DIA.

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Para demostrar que las obras o instalaciones del proyecto se emplazarán en terrenos que no son susceptibles de provocar arrastres de contaminantes, se presentaron las líneas de flujo asociadas a precipitaciones extremas, y sus flujos probables. Para mayores antecedentes ver numeral 6 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.

3.1.4. Etapa de cierre

La duración de esta etapa será de 3 meses y contemplará la elaboración de un Plan de Cierre y Abandono que será presentado para su aprobación a la dirección Regional del SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, en concordancia a lo presentado en ésta RCA, el cual otorgará una condición segura al área del proyecto y a las obras remanentes, para proteger el medio ambiente y evitar accidentes al término de las operaciones, dando cumplimiento a lo establecido en el Título X Normas Sobre Cierre de Faenas Mineras, D.S. 72/85 del Ministerio de Minería, modificado por el DS N?132/04 del mismo ministerio y la Ley N* 20.551/2011. Ministerio de Minería, Regula el cierre de faenas e Instalaciones Mineras.

Finalmente, una vez concluidas las operaciones del proyecto, se procederá a desmantelar las instalaciones y obras construidas, las que serán retiradas del terreno y transportadas para su disposición final. Se limpiará el área de restos de residuos sólidos no peligrosos y domiciliarios que pudiesen quedar tirados, cierre de caminos de ingreso al interior del rajo, se colocará señalética de advertencia, etc.

Como medida de vigilancia/monitoreo post-cierre, se realizará un Test ABA en forma anual durante los 2 años posteriores a la etapa de cierre. Sin embargo, dicha medida será reevaluada previo al cierre de la planta, en función de las condiciones climáticas

de la zona (desierto y lluvias), los recursos hídricos subterráneos y la permeabilidad del suelo.

Para mayores antecedentes referentes a la estabilidad de los botaderos y rajo, ver numerales 2.4.4 del capítulo 2 de la DIA y numerales 18 y 1 de la sección | y VI respectivamente del Adenda 1 de la DIA.

3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto

3.2.1. Emisiones a la atmósfera

En el proyecto, las emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases de combustión interna de motores, maquinarias y vehículos, en la etapa de construcción y cierre se generarán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material y el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Mientras que las mismas emisiones en la etapa de operación, se producirán principalmente por las actividades de manejo y transferencias de mineral, chancado, erosión eólica en los sectores de acopio y botaderos, además del tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.

Para cuantificar las emisiones conjuntas, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión 8, AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose una emisión máxima de 103,15 kg/día de MP10 por un período de 4 meses durante la fase de construcción. En la operación la emisión de MP10 será de 85,92 kg/día y en la fase de cierre y abandono se estima en 57,91 kg/dia. En general se observa que la emisión de MP2.5 representa aproximadamente el 17% de las emisiones de MP0 durante las fases de construcción y abandono; durante la operación, dicha proporción será un poco superior (32%) debido fundamentalmente a la utilización de los grupos generadores que estarán en funcionamiento.

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Para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y su potencial aporte en las ciudades de María Elena y Tocopilla, se utilizó el modelo de dispersión de contaminantes AERMOD para las fases de construcción y operación del proyecto, en los meses de enero y junio 2012. Los resultados arrojaron un aporte máximo del proyecto durante la etapa de construcción en un punto situado a 2 km del proyecto al interior de la faena, entregando 5 ug/móN de concentración media de MP10 y un aporte máximo de 25 g/móN de PM10 en 24 horas. En base a lo anterior se concluye que ta influencia del proyecto sobre la calidad del aire se limitará a las inmediaciones de la faena minera, debido a que las emisiones se reducirán considerablemente entre los primeros 2 a 5 km del proyecto, por lo que no afectarán a las localidades más próximas, de Tocopilla y María Elena, que se ubican a más de 30 km de distancia.

Para mayor detalle de las emisiones en cada etapa del proyecto ver tabla 1 del Anexo 8 de la DIA y la modelación en el Anexo 11 del Adenda 1 de la DIA.

Para el control de las emisiones del proyecto, se ejecutarán las siguientes medidas:

  • Riego de caminos no pavimentados internos y externos (3 veces al día). Se estima regar unos 3 km de caminos internos y otros 3 de caminos externos.

  • Humectación fina por agua en forma continua durante la operación del chancador, en los puntos de ingreso del mineral y en los 2 traspasos de correas transportadoras.

+» Se restringirá la velocidad de circulación de los vehículos (mediante señalética)

al interior de la planta entre 30 a 40 kmí/h, y a 60 km/h en el camino de acceso a la planta.

Para mayor detalle de las medidas de contro! ver numeral! 3.1.5 del capítulo 3 de la DIA y Numeral 22 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.

3.2.2. Residuos líquidos

Los residuos líquidos de carácter doméstico en las etapas de construcción y operación, corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, totalizando un máximo de 4 m'/día en cada una de las etapas. Durante la etapa de operación las aguas servidas, en su mayoría, serán dispuestas en dos fosas sépticas e infiltradas en el predio, y durante la etapa de construcción y en los sectores lejanos de la planta durante la operación, se instalarán baños químicos, los que serán operados por una empresa autorizada que retirará los residuos y que deberá contar con las autorizaciones pertinentes y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar autorizado.

Los únicos residuos industriales líquidos (RlLes), serán los asociados a los lavados a presión generados en el taller durante la etapa de operación, se estima una generación de aguas con hidrocarburos de unos 10 a 20 l/mes, considerando la evaporación, los cuales serán manejados y dispuestos como residuos peligrosos.

Para mayor detalle de las medidas de control ver numeral 3.1.5 del capítulo 3 de la DIA y numeral 22 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.

Para mayor detalle ver numeral 6.3 del capítulo 6 de la DIA y numeral 13 y 21 de la sección | del Adenda 1 de la DIA.

3.2.3. Residuos sólidos

a) Movimientos de tierra

Se generarán movimientos de tierra por la construcción de las obras generándose un

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excedente de aproximadamente 56.900 m?, los que serán retirados y transportados para su disposición final en lugares autorizados.

b) Residuos sólidos asimilables a domésticos

Los residuos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos y asimilables a domésticos, estimándose una generación aproximada de 108 kg/día en la etapa de construcción, 88 kg/día en la etapa de operación y de 41,25 kg/día en la etapa de cierre y abandono. Los residuos serán dispuestos temporalmente al interior de un contenedor de 17 m? con tapa, hasta su envío, con una frecuencia de 3 veces por semana, al relleno sanitario de Calama para su disposición final. Posteriormente y una

vez que entre en funcionamiento el relleno sanitario de Tocopilla, estos residuos serán enviados a dicho lugar.

c) Residuos sólidos industriales Los residuos sólidos industriales generados se clasificarán en:

  • Residuos industriales sólidos no peligrosos: Corresponderán a chatarra metálica, trozos de carpetas y tubos, herramientas en desuso, etc.

  • Residuos industriales sólidos peligrosos: Corresponderán a aceites usados, lubricantes, aserrín contaminado, paños y/o textiles contaminados, etc.

Respecto de los residuos sólidos industriales no peligrosos, se estima que se generará una cantidad de 68 kg/mes en la etapa de construcción, 55 kg/mes en la etapa de operación y 100 kg/mes en la etapa de cierre y abandono. Además y debido a las caracteristicas del proyecto, durante la etapa de Operación del proyecto que será de 10 años, se dispondrán en el botadero de estériles unos 2.139.840 ton totales de estériles y 1.846.800 ton totales de ripios lixiviados.

La cantidad de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará, será de 21 kg/mes en la etapa de construcción, 498,3 kg/mes en la etapa de operación y de 1.374 kg/mes en la etapa de cierre y abandono.

En cuanto a los residuos industriales no peligrosos y peligrosos, se mantendrán al interior de patios de disposición transitoria y de la bodega de residuos peligrosos, y posteriormente serán enviados a disposición final fuera del predio en empresas autorizadas y mediante empresas de transportes autorizadas.

Para mayor detalle, ver numeral 3.3. del capítulo 3 de la DIA y numeral 2 de la sección lll del Adenda 1 de la DIA.

3.2.4, Generación de ruido

Se generará ruido, principalmente en las etapas de construcción y operación debido a las faenas de construcción y al funcionamiento de maquinaria y equipos. La emisión de ruido durante la etapa de operación, se estima en 40 dB a 3 km desde la fuente de emisión del proyecto.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol” y sobre la base de los antecedentes que constan en el

expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  1. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol” requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N* 88, 91, 93,

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94 y 96 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El permiso contemplado en el artículo N 88 fue informado favorablemente por la Dirección Regional del SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. Los permisos contemplados en los artículos N” 91, 93 y 94 fueron informados favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Antofagasta. El permiso contemplado en el artículo N” 96 fue informado favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Antofagasta.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Mina — Planta Mantos al

Sol” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten,

y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  1. Que, para que el proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo coordinador de la fiscalización que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración

de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.

  2. Que, el titular del proyecto deberá realizar las siguientes medidas en la ejecución del proyecto, las que asume como compromiso voluntario:

11.1. Protegerá mediante cercos, señalización y un pretil los segmentos de huellas de

carreta que se identificaron dentro del polígono destinado al emplazamiento de las obras del proyecto y del camino de acceso.

11.2. Implementará charlas de inducción acerca del componente patrimonial presente en el área, la legislación vigente asociada y los procedimientos a implementar en caso de ocurrir algún nuevo hallazgo, las cuales serán dictadas por un arqueólogo, incluyendo el correspondiente registro de asistencia en los informes de monitoreo. Dichas charlas considerarán la participación de la totalidad del personal a cargo de las instalaciones de faenas, como de quienes posteriormente se harán cargo de las labores mineras propiamente tal (extracción y procesamiento). Todo ello se realizará de acuerdo a un programa y calendario fijado de común acuerdo con la empresa. Posteriormente esta inducción será realizada por la supervisión del proyecto.

11.3, Se realizarán 3 nuevos monitoreos de gaviota Garuma (Larus modestus) en los sitios en los cuales existe registro de nidificación, ubicados en las coordenadas UTM 7.557.206 N; 412.146 E y 7.559.398 N; 411.445 E, ambos en Datum WGS-84. Dicho

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monitoreo se ejecutará dentro de la temporada reproductiva, comprendida desde septiembre a marzo de cada año, siendo realizado los levantamientos o monitoreos en el mes de octubre y finales de noviembre del año 2013, 2014 y 2015. En caso de no encontrar evidencia de anidamiento de la gaviota Garuma en la zona, se procederá a revisar la continuidad del monitoreo con los servicios competentes lo que

posteriormente será comunicado al Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta.

11.4. Realizará, como medida de monitoreo durante la fase de operación, en el área del botadero de ripios, un Test ABA (Análisis equilibrio ácido-base) en forma anual durante toda la vida útil del proyecto. Además, durante el post-cierre, se realizará un Test ABA en forma anual durante los 2 años posteriores a la etapa de cierre. Dicha medida será revaluada previo cierre de la planta. Los informes serán enviados a la Dirección Regional del SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con copia al Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta.

11.5. Ante cualquier eventualidad que implique una descarga de Residuos Industriales Líquidos (RiLes) en curso superficial y/o que se genere algún grado de infiltración hacia la napa subterránea, se informará por escrito a la SISS, en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, entregando los siguientes antecedentes; la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la misma y el plazo en que se estima se dará solución definitiva al problema.

11.6. En caso de ocurrir algún siniestro, devolverá los insumos, equipos u otros elementos que bomberos hiciera uso en la contingencia. Además, informará a la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Antofagasta, mediante un informe técnico, de los antecedentes del accidente, en un plazo no superior a los 7 días hábiles de ocurrido el incidente (usar formato de la OREMI).

11.7. Ingresará las exigencias ambientales establecidas en ésta RCA, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl) en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA.

  1. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son

de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.

  1. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol”, presentado por Sociedad Minera e Industrial Los Mantos Limitada.

  2. DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada Una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adendas, y en el Informe

Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.

  1. CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Mina — Planta Mantos al Sol” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N” 88, 91, 93, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto

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Ev - Ambiental +

Ambiental, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.

Notifíquese y Archívese

¡dente Comisiónde Evaluación Región Ye Antofagasta.

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Proponente. Ó

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Archivo Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta.

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