Planta de Intercambio Iónico Colón
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO OHIGGINS
Califica ambientalmente el proyecto “Planta de Intercambio lónico Colón"
Resolución Exenta N*194/2012
Rancagua, 13 de noviembre de 2012.
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón", presentada por el Señor Alberto Campos Espinoza, en representación de Vapor Procesos S.A., con fecha 19 de Junio de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
a) Referente a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto
Oficio N%32EA/2012 de CONAF Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N1357/2012 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N1243/2012 de la SEREMI MINVU, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N51/2012 de la SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N1217/2012 de la Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N2821/2012 del Consejo de Monumentos Nacionales; Oficio N%1471/2012 del SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N%766/2012 de la |. Municipalidad de Machalí, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N%4228/2012 del Servicio Nacional de Geología y Minería SERNAGEOMIN; Oficio N757/2012 de la SEREMI Transporte, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N373/2012 de la DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N584/2012 de la SISS, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N“266/2012 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N%329/2012 de la SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N2460/2012 de la Dirección Zona Centro SERNAGEOMIN; Oficio N*1155/2012 del Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
b) Referente a la Adenda N*1 del Proyecto
Oficio N2108/2012 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N2176/2012 del SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N3667/2012 de la Dirección Zona Centro SERNAGEOMIN; Oficio N“465/2012 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N*“895/2012 de la SISS, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón".
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
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El Oficio Ordinario N466 de fecha 31 de octubre de 2012, corregido por el Oficio Ordinario N475 de fecha 08 de noviembre de 2012, que citan a la sesión N*%16 de 2012 del Comité Técnico del proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón".
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La Sesión N*16 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental de fecha 06 de noviembre del 2012.
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El Acta N44 de la Sesión N16 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental que visa el Proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón".
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La Resolución N*115 del 31 de agosto de 2012 emanada de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que establece el nombramiento de la Dirección Regional de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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Acuerdo Sesión Ordinaria N*19 de la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins de fecha 12 de noviembre del 2012. CONSIDERANDO:
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Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón".
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Que, el derecho de Vapor Procesos S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón” consiste en:
3.1 Antecedentes Generales del Proyecto
Identificación del Titular
Titular : Vapor Procesos S.A.
RUT : 79.859.180-0
Domicilio : Av, Nueva Costanera 3832 Of. 32. Comuna : Vitacura.
Región : Metropolitana.
Identificación del Representante Legal
Representante Legal : Alberto Campos E.
RUT : 9.637.781-9
Domicilio : Av. Nueva Costanera 3832 Of. 32. Comuna : Vitacura.
Región : Metropolitana.
3.2 Monto de Inversión
US$ 4.000.000
3.3 Vida Útil
5 años.
3.4 Mano de Obra
La mano de obra que se requiere para la etapa de construcción del proyecto corresponde a 10 personas, durante la etapa de operación 11 personas. Para las labores de cierre se estima un total de 10 personas.
3.5 Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
La Planta de Intercambio lónico considera una superficie total de 3.000 m', de los cuales el galpón de la Planta utiliza 1.200 m? y el resto esta destinado a estacionamientos, accesos y puntos de carga y descarga.
3.6 Localización
La ubicación político-administrativa del proyecto es la siguiente:
- Región: Del Libertador General Bernardo O'Higgins.
e Provincia: Cachapoal. + Comuna: Machalí.
3.6.1 Coordenadas Tabla N*1 Coordenadas de localización del proyecto
Vértice Coordenada E Coordenada N 1 364.713 6.226.775 2 364.691 6.226.813 El 364.720 6.226.826 4 364.738 6.226.795
Sistema de proyección cartográfico: UTM huso 19s, datum WGS 84.
En las figuras N%1 y N2 de la Declaración de Impacto Ambiental se presenta una imagen de la localización del proyecto, complementado con el Anexo N%1 y N1B de la Adenda N%1.
3.7 Descripción del proyecto 3.7.1 Antecedentes y Justificación del Proyecto
El proyecto surge a partir de una optimización de los procesos existentes en la Planta Concentradora de División El Teniente, razón por la cual su desarrollo sólo es factible en la localización antes mencionada.
El proceso propuesto consiste en el intercambio iónico en columnas cerradas, donde mediante resinas de alta selectividad se retiene el ion Cu2 + y en la descarga de la misma se genera una solución concentrada de cobre que es devuelta a Codelco DET para la obtención de cátodos de cobre, vía extracción con solvente y electro obtención, en una planta ya existente (SX/EW). El agua tratada es devuelta al proceso de flotación, desprovisto del Cu2+ el que es extraído y recuperado.
La inversión, construcción, operación y cierre de esta Planta la efectúa integramente la empresa Vapor Procesos S.A., incluyendo los trabajadores. Codelco proveerá la solución con cobre disuelto y el terreno para el desarrollo del proyecto.
3.7.2 Objetivo del Proyecto
Construcción y operación de una planta destinada a recuperar el cobre soluble contenido en las aguas provenientes de la recuperación de aguas de la flotación de minerales que se realiza en Colón, Codelco, División El Teniente (DET).
3.7.3 Etapas del Proyecto 3.7.3.1 Etapa de Construcción Etapa de Construcción
La construcción se inicia con la nivelación del terreno existente, la construcción del radier (25 cm.) para la planta y la estructura metálica del edificio. Los equipos se transportan armados al sitio para su conexión. Las principales actividades que forman parte de la etapa de construcción del proyecto se desarrollan secuencialmente según las siguientes etapas:
A. Movimiento de tierra
El movimiento de tierra considera nivelar una superficie de 1.200 m? para la base de concreto o radier donde se instala el galpón y los equipos, lo que implica remover aproximadamente 1.300 mé para nivelación y 1. 100 mí de relleno. El lugar para el estanque de soda cáustica requiere un movimiento de 400 mÍ de remoción y 700 m? de relleno. El proyecto requiere de 100 mé de empréstito para completar los rellenos, los cuales son extraídos del sector de empréstito Barahona (usado en el reforzamiento de Muro 1 Tranque Cauquenes, proyecto ya evaluado en el SEIA), su ubicación se encuentra señalizada en la vista satelital del Anexo N*2 de la Adenda 1, con sus coordenadas UTM en el Datum WGS 84.
Debido a que el terreno en donde se localiza el proyecto corresponde a un sector conformado por material de relleno, se debe efectuar un trabajo de compactación previo a la construcción. La carga sobre el terreno calculada no excede el 20% de la recomendada para suelos de baja calidad, condición que es superada por las características actuales del terreno.
Se considera el uso de la siguiente maquinaria para el trabajo de movimiento de tierra y construcción.
- 1 Camión aljibe
- 1 Bulldozer.
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1 Camión para transporte de áridos
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1 Rodillo vibrador compactador. B. Hormigonado
El hormigón necesario para el radier, bases de estanques y fundaciones necesarias es comprado a una empresa especializada que lo entrega listo para ser vertido en el sitio, mediante camiones tolva mezcladores.
Este radier cuenta con un pretil en todo su perímetro el cual evita cualquier tipo de derrame hacia el exterior; la planta es instalada dentro de un galpón cerrado.
El volumen del pretil de contención de la planta es suficiente para contener 1,5 veces el volumen del mayor estanque de almacenamiento. El volumen determinado para esta contención es de 250 mé. Los derrames producidos en la planta son reingresados al estanque de recepción de agua del proceso de flotación de la planta.
Para esto la planta tiene un pozo recolector y mediante bombas se recircula el derrame al estanque de alimentación. De esta manera, los derrames son reprocesados en el proceso principal.
C. Traslado de equipos y materiales
Para el transporte de equipos principales se dispone de camiones de plataforma convencional y cama baja (ramplas), más una grúa de 50 toneladas que permite la descarga y montaje de equipos sobre las fundaciones. No hay equipo sobredimensionado que requiera transporte bajo condiciones especiales.
D. Estructuras metálicas
El edificio se ejecuta en acero estructural A-36 fabricado y pintado en maestranza. El montaje se ejecuta en terreno con la ayuda de una grúa de 50 toneladas. El galpón ha sido diseñado para ser armado en terreno. Está opción facilita el montaje y desmontaje de toda la instalación permitiendo el reciclaje de la misma.
E. Listado de equipos Bombas Centrífugas
Para el movimiento de líquidos del proyecto solo se usan bombas centrífugas fabricadas en acero inoxidable con sellos especiales para evitar la fuga de soluciones acidas.
Filtros
Los sistemas de filtro están constituidos por cilindros de acero inoxidable. Llegan fabricados al sitio y se montan sobre los pernos pre instalados en las fundaciones respectivas.
Columnas de Intercambio ¡iónico
Las columnas de intercambio iónico están construidas en acero inoxidable. Igualmente se transportan armadas y se anclan en las fundaciones construidas.
F, Cañerías de aducción
La instalación, anclaje y conexión de cañerías que conducen el agua a tratar y sus válvulas se realizan una vez que los equipos se encuentran montados en terreno. Estas cañerías son de HDPE y su hermeticidad es verificada en cada tramo mediante pruebas de presión, previo a la puesta en servicio.
G. Montaje de Transformador y Conexionado Eléctrico
En cuanto a la energía eléctrica se instala un grupo generador provisorio de 200 KVA, alimentado con petróleo Diesel. Este generador solo opera en la primera etapa que debe tomar menos de 30 días, mientras se regulariza la conexión definitiva de la red eléctrica de la División El Teniente. Posterior a los 30 días, se monta el transformador de 750 KVA el cual suministra electricidad trifásica en baja tensión (380 V). La energía es distribuida desde la sala eléctrica que forma parte del proyecto.
El conexionado eléctrico constituye la parte final de construcción. Una vez concluido se da curso a las pruebas de puesta en marcha, la operación individual de cada equipo y la verificación del correcto funcionamiento de los sistemas de control.
H. Oficinas e instalaciones auxiliares
La planta dispone de una sala eléctrica donde residen los tableros generales y sistemas de control de la planta más cuatro dependencias de 3 m x 6 m, que están destinadas a los siguientes usos:
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Administración y control
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Bodega de materiales y repuestos
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Casa de cambio
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Oficina control de despacho PLS1 a División El Teniente
. Obras menores Instalación de faenas
Para la instalación de faena se cuenta con dos módulos tipo contenedor para oficinas y uno para bodega de materiales. Están montados sobre poyos de concreto. Para el uso de los trabajadores durante esta etapa es arrendada una batería de tres baños químicos, los que son mantenidos por la misma Empresa que proporciona el servicio.
Habilitación de accesos
Al terreno donde se instala la Planta de Intercambio lónico se llega por la Carretera del Cobre hasta la entrada de la Planta de Flotación. En el costado de esta existe un camino que accede al costado del sitio tal como se señala en el Anexo N%1 de la Adenda 1.
En el terreno de la planta se efectúa el movimiento de tierra y la compactación que permite el acceso de la maquinaría y la construcción de fundaciones y estructuras de soporte de equipos y edificio, que es de carácter modular, tal como se ilustra en el plano presentado en el Anexo 1B de la Adenda 1.
Cierres perimetrales
Considerando que la planta esta dentro de las instalaciones de División El Teniente, los cierres perimetrales solo requieren estructuras para cumplir el propósito de evitar acceso accidental de personal. En este caso se utiliza malla metálica soportada por postes metálicos que resulta fácil de instalar y retirar una vez cerrada la operación.
Señalética de la Planta
La Planta de Intercambio lónico cuenta con un letrero de identificación de Vapor Procesos S.A. como Empresa Contratista. Letreros de advertencia y restricción de acceso a los estanques de ácido y soda. Se instala la señalética que indique tránsito de vehículos con carga. Todos los letreros están confeccionados de acuerdo a los estándares establecidos por CODELCO División El Teniente.
J. Condiciones sanitarias en la etapa de construcción
La planta cuenta con una casa de cambio, baños y duchas dispuestas durante la construcción de la planta. En la primera etapa se instalan baños químicos para los trabajadores. El agua de bebida es proporcionada a través de bidones dispensadores de agua purificada.
3.7.3.2 Etapa de Operación
La planta es modular, de diseño compacto y totalmente automatizada, emplea válvulas neumáticas con control automático a través de un PLC2. Puede operar con soluciones acidas y básicas a la vez, con bajos costos de operación y altos niveles de seguridad para el personal y los equipos.
En la figura N%4 de la Declaración de Impacto Ambiental, se muestra el proceso productivo general de la Planta de Intercambio lónico.
A. Filtración fina en medios múltiples
La primera etapa del proceso es la filtración en medios múltiples, la cual consiste en la remoción de los sólidos suspendidos que podrían estar presentes en la solución. Los sólidos deben ser eliminados para evitar interferencias o taponamientos que puedan ocurrir dentro de la columna de intercambio iónico que impidan el contacto de la resina con la solución y de esta manera no ocurra la reacción química de intercambio ¡iónico y con ello disminuya la recuperación de cobre.
Un filtro de multimedios es un estanque a presión, el cual contiene una cama filtrante conformada por gravas, arena de diferente granulometría y antracita que sirve como medio Filtrante. El proceso de retro lavado se aplica a los filtros con motivo de reordenar el medio filtrante y remover el contenido de partículas finas retenidas dentro del filtro. La solución al ser inyectada a presión, percola a través del medio filtrante y las partículas finas son retenidas.
B. Filtración carbón activado
Los filtros de carbón activado son estanques a presión, en cuyo interior se encuentra como medio filtrante el carbón activado. Esta etapa de filtración elimina la presencia de grasas y aceites que el agua de alimentación pueda contener; las grasas tienen la propiedad de formar una película antiadherente sobre las partículas que conforman la resina, disminuyendo ampliamente su eficiencia al impedir el contacto entre la resina y la solución. Las grasas y aceites provienen de la dilución del orgánico en base a solventes de tipo hidrocarburos como por ejemplo el querosén.
Una vez que el filtro se ha saturado, este se puede regenerar mediante un retro lavado con la misma agua de efluente de las columnas de intercambio iónico, para evitar el consumo de agua de proceso.
C. Etapa de Intercambio lónico
El proceso de intercambio iónico se compone de tres fases: carga, regeneración e inversión iónica. El ciclo completo es de aproximadamente 400 minutos.
Carga
El agua filtrada entra en contacto con la resina produciéndose un intercambio iónico entre el ión Cu++ presente en la solución y el ión Na+ de la resina. La resina tiene una alta afinidad con el cobre, recuperándolo selectivamente por sobre los otros ¡ones existentes en la solución y liberando al ión Na+.
R -CH2 N(CH? COONAa), +Cu'? ———> R -CH, N(CHz COO), Cu + 2Na**
Regeneración
Una vez que la resina se satura (cargada totalmente con cobre), se lava con una solución de ácido sulfúrico, permitiendo el intercambio del ión H+ presente en el ácido sulfúrico por el ión Cu++, obteniéndose una solución rica en CUSOA, varias veces más concentrada que la alimentación.
R -CH2 N(CH2 COO), Cu + H2 SO¿4 ———>R -CH) N(CH2 COOH), + CuSO,s Inversión lónica
Por último, es necesario restablecer las propiedades iníciales de la resina para que nuevamente pueda ser cargada. En esta fase es lavada, con una solución de soda caustica. De esta manera la resina intercambia el ión H+ por el ión Na+ presente en la solución, quedando lista para ser cargada nuevamente en la fase de intercambio iónico.
R CH2 N (CH2 COOH)2 + 2 NaOH ———>R - CH2 N (CH? COONa)2+2 H20 D, Procedimiento de operación
El sistema a operar en esta planta considera dos trenes en paralelo, cada uno con tres columnas de intercambio iónico operando en serie, todas conteniendo 15 m? de resina de intercambio iónico AMBERSEP 748 UPS (fabricada por DOW CHEMICALS). El flujo filtrado pasa a través de dos columnas conectadas en serie. La primera recupera la mayor cantidad de cobre (Cargadora) y la segunda el remanente (Pulidora). La operación tiene lugar en dos columnas simultáneamente, alternándose cada vez que la resina de la columna Cargadora se satura. La tercera permite asegurar la continuidad del proceso.
Tabla N*2 Etapas del proceso de Intercambio lónico
Proceso Etapa lo cil Entrada Salida Intercambio lónico Carga 18 Agua con cobre Solución rica en Na2504 Intercambio lónico Lavado 12 Agua Solución rica en Na2504
Regeneración Descarga 2 Solución ácida Solución rica en CuSO4
Regeneración Lavado lento 2 Agua Solución rica en CuSO4
Regeneración Lavado rápido 10 Agua Solución de descarte Conversión lónica_| Conversión iónica 2 Solución de soda Solución de descarte Conversión lónica Lavado lento 2 Agua Solución de descarte Conversión lónica Lavado rápido 10 Agua Solución de descarte
1 Volumen Lecho (VL): 1 m3 de solución por m3 de resina.
Cabe mencionar que no es factible la operación de la Planta de Intercambio lónico desviando o acumulando agua tratada sin cobre o el descarte operacional a vías alternativas ya que en su diseño no se ha considerado piscinas ni estanque de acumulación de agua tratada. La planta de intercambio iónico opera como un sistema de paso por lo que se debe detener la alimentación ante cualquier falla o interrupción del servicio de la Planta.
La alimentación de agua de entrada a la Planta esta controlada por una válvula reguladora de flujo de acuerdo a la capacidad operacional de la planta y conectada al sistema PLC. Esta válvula cierra la alimentación en caso de no ser factible la descarga. Los operadores pueden cerrarla manualmente si fuera necesario.
Cualquier situación que impida la salida de agua al circuito del proceso de flotación implica la detención inmediata de la Planta de Intercambio lónico.
E. Producto
El producto generado por esta planta consiste en una solución ácida (PLS) con una concentración que va entre 6 a 12 g/l de sulfato de cobre. Esta solución es retornada hacia la planta de CuSX (extracción por solvente) de la División El Teniente para la recuperación de cobre. La solución se traslada en 2 camiones aljibes en un promedio diario de 10 traslados. Dichos traslados no afectan el flujo vehicular del sector Colón Bajo.
3.7.3.2.1 Agua y energía Se ha considerado un requerimiento de potencia eléctrica instalada de 750 KVA, la que es suministrada por la División El Teniente de Codelco. El agua industrial requerida para el proceso es
de 1.289 m'/día, que es proporcionada por División El Teniente.
Tabla N*3 Balance de Masa
os Flujo Concentración : Flujo Caudal diario másico de Cu Flujo de Cobre mIdía lis | Ton/ímes g/l Cu Ton Culdía | Ton Cu/mes Agua de Colas de 1 Flotación 17.280 200 0,17 2,94 88 2 Agua Industrial 1.289 14,9 3 | Ácido Sulfúrico 98% 246,9 Hidróxido de Sodio 4 50% 129,6 Agua consumo 5 personal 5 041 6 PLS 270 3,1 10,9 2,94 88 Descarte agua Y regeneración 4018 118 8 Descarte principal 17.280 200 Descarte agua 9 consumo personal 5 0,1
3.7.3.2.2 Insumos del proyecto Los insumos del proyecto corresponden al ácido sulfúrico, soda cáustica y agua industrial.
Tabla N%4 Insumos del Proyecto
Tipo de Insumo Consumo Proveedor Ácido Sulfúrico 98% 247 ton/mes División El Teniente Soda Caustica 50% 130 ton/mes División El Teniente
Agua Industrial 38.670 m“/mes División El Teniente
Agua Potable 150 m/mes. División El Teniente
(*) Se utiliza el actual suministro de soda de la División, Codelco DET no produce Soda Caustica.
3.7.3.2.3 Sistema de aguas servidas
La Planta dispone de baños que están conectados al sistema de alcantarillado del sector de Colón y las aguas servidas son tratadas en la planta de tratamiento de aguas servidas del Campamento Colón Bajo, que cuenta con autorización a través de Resolución N*6557, Seremi de Salud. Esta recibe 0,05 l/s como caudal medio generado por el proyecto (5 m3/día).
3.7.3.3 Etapa de Abandono
Al término de la vida útil del proyecto se contempla el retiro de los equipos, el desarme de las instalaciones, la demolición del radier y fundación y la restauración del terreno para dejarlo en un estado similar al que se encuentra actualmente.
Los equipos serán retirados en la forma que se encuentren, sin soluciones en su interior, asegurando que no haya fugas o derrames durante su transporte a las instalaciones de Vapor Procesos S.A. ubicadas en Santiago donde serán limpiados para reciclaje o disposición final. Equipos descartados y residuos serán dispuestos en sitios autorizados para ello.
No se efectuará limpieza de equipos en el sitio del proyecto al término del contrato con Codelco Chile División El Teniente.
3.8 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos
3.8.1 Residuos domésticos
Se generan residuos sólidos asimilables a domésticos, tales como papeles y cartones, además de envases, botellas de vidrio o plásticas, se disponen en los lugares que División El Teniente tiene asignados para este efecto. División El Teniente dispone de contenedores para residuos
domésticos, los que son despachados semanalmente a un sitio autorizo.
Tabla N*%5 Residuos domésticos
Tipo de residuos Cantidad Destino Papeles, cartones 0.10 m'/mes Sitio autorizado Envases, plásticos y otros | 0.050 ton/mes | Sitio autorizado
3.8.2 Residuos sólidos no peligrosos
En la etapa de construcción se genera cartón, madera y plástico proveniente del embalaje de los equipos, como también despuntes de cables eléctricos, envases de componentes, etc.
Como residuos de la operación se debe disponer, carbón activado gastado cuya duración se ha estimado entre 6 meses y un año y material de envases o embalaje de repuestos y partes. La arena de los sistemas de filtros y la resina de las columnas tiene una vida de cinco a siete años, por lo que no se requiere disponer estos materiales en División El Teniente (DET) los que son retirados por Vapor Procesos al término del contrato y dispuestos en un recinto autorizado para ello.
Los Residuos industriales sólidos son segregados en este proceso según el procedimiento divisional GSYS-CMRIS-P-015, en Centros de Acopio de Rises, dispuestos por la División El teniente, para su posterior retiro y envío al Centro de Manejo de Rises (CMRis), que cuenta con autorización a través de RCA N*104 de 1999 de COREMA VI Región.
Tabla N%6 Residuos Industriales Sólidos
Tipo de residuos Cantidad Destino Papeles, cartones, maderas y plásticos (etapa de 1 tonelada durante 1 mes | Sitio autorizado construcción) Carbón activado gastado 2 m/año Sitio autorizado Envases vacíos no peligrosos 0.2 m/mes Sitio autorizado
3.8.3 Residuos Peligrosos
Como residuos peligrosos se ha identificado los envases vacíos de solvente o lubricante para la mantención de equipos, trapos o guaipe impregnado con grasa o aceite, material de contención de algún posible derrame. Estos materiales son dispuestos en el Centro de Acopio temporal de Rises Peligrosos de la Planta Sx/Ew, que cuenta con el debido permiso de parte del Servicio de Salud según Resolución 8265. Estos residuos serán posteriormente enviados al Centro de Manejo de Residuos Sólidos CMRIS (RCA N* 104 de 199 9 de COREMA VI Región).
Tabla N*%7 Residuos Peligrosos
Tipo de residuo Cantidad Destino
Aceite lubricante 2 litros/mes Envases de solventes 0.5 kg/mes
Guaipes y trapos impregnados 0.5 kg/mes Centro de acopio de Rises
con grasa o aceite Ñ peligrosos de la planta Sx/Ew, Ropa y equipo de protección 1 kg/mes Res N*8265, de parte del personal contaminada Servicio de Salud VI Región Arena contaminada o material de 40k
g/mes
contención de derrames
3.8.4 Residuos líquidos Los residuos líquidos generados por el proyecto son los siguientes:
Se generara un caudal máximo de 5 m3/día, equivalentes a 0,057 l/s de agua servida doméstica desde las duchas y baños del personal, la que es conducida a la Planta de aguas servidas de Colón Bajo, propiedad de Codelco Chile División El Teniente.
El descarte principal de la planta o agua filtrada y el agua de descarte de regeneración no son considerados Residuos Líquidos debido a que se integran al proceso de Flotación de Codelco DET.
Tabla N*8 Residuos Líquidos Corriente residuo líquido Cantidad Destino Aguas servidas domésticas 5 m día Planta de tratamiento de aguas servidas Colón bajo.
El agua de descarte no es recirculada directamente al proceso de flotación, sino al sistema de recuperación de agua en Colón Bajo. El volumen contenido en este sistema es de una magnitud mayor que el descarte de la Planta de intercambio lónico, por lo que la variación de pH es mínima. Adicionalmente el pH del agua incorporada es acondicionado en la entrada al proceso de flotación.
3.8.5 Emisiones del Proyecto
Dada la naturaleza del Proyecto, las emisiones a la atmósfera generadas durante la construcción no son relevantes en cuanto a su calidad ni composición, ya que sólo corresponden a polvo producido por las faenas y limitado al área de trabajo. Estas emisiones fugitivas durante la construcción son insignificantes ya que las áreas que se intervienen con las excavaciones son en general húmedas, lo que favorece el no levantamiento de polvo, y en el caso que no sea así, se utilizan camiones aljibe para mantener esta condición.
La humectación del terreno es parte de la actividad de compactación y se mantiene durante todo el tiempo que dure la preparación de los suelos en la nivelación previa a la instalación de radieres y bases de soporte de equipos. Este trabajo se extiende por un tiempo máximo de 30 días.
El camino de acceso no asfaltado tiene una extensión de 250 m y se humecta durante todo el período de construcción. Durante la operación se restringe la velocidad para evitar el polvo en suspensión durante el verano.
Mediante el modelo USEPA Screen 3 se ha efectuado el cálculo de las emisiones que se producen durante la etapa de construcción del proyecto. Se ha considerado el lugar habitado mas cercano que corresponde a la población de Coya ubicada a 16 Km de distancia. El aporte del proyecto considerando la peor condición entregada por la modelación respectiva para MP10 es de 0,386 ug/m3 en 24 horas, y de 0,253 ug/m3 para MP2.5 en 24 horas. Los aportes de concentración para 24 horas de CO y NOx son 0,148 y 0.709 microgramos por metro cúbico Normal respectivamente. El detalle de este cálculo se presenta en el Anexo N%6 de la Adenda 1 “Informe de modelación mediante modelo USEPA Screen 3”.
Adicionalmente, hay ruido y gases de maquinaria en la etapa de construcción. Sin embargo, las actividades se desarrollan en el área de Colón Bajo, donde existe una intensa actividad industrial. No existen poblaciones o asentamiento humanos en el entorno inmediato y se exige a los contratistas el cumplimiento de la normativa referente a emisiones generadas por vehículos motorizados, Decreto Supremo N* 55 del 16 de abril de 1994, que establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Pesados Motorizados.
El procedimiento constructivo considerado no contempla el empleo de explosivos.
Durante la operación, la única actividad asociada a la emisión de polvo es el tránsito de los camiones que transportan ácido sulfúrico desde la Planta de Limpieza de Gases (PLG) ubicada en
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Caletones, hasta el estanque de recepción ubicado en Colón Bajo. No obstante, los caminos a utilizar se encuentran pavimentados.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto denominada "Planta de Intercambio lónico Colón" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón" cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales: 4.1.1 Legislación Ambiental de Carácter General Aplicable al proyecto.
Ley N%19.300/1994 Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente modificada por Ley N 20.417/2010.
Relación con el proyecto El proyecto corresponde a una planta de intercambio iónico, el cual se encuentra dentro de la
clasificación de proyectos de desarrollo minero, literal i) del Reglamento SEIA, además de estar contemplado literal Á numeral 1 (A.1), “Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a doscientos kilogramos mensuales (200 kg/mes), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en la Clase 6.1 de la NCh 382.0f89”.
De acuerdo a la Nch. 382/2004 el ácido sulfúrico está definido como sustancia peligrosa. La característica principal es “Sustancia Corrosiva”, de la clase 8. Sin embargo como característica secundaria de peligrosidad se ha indicado la clase 6.1 sustancia tóxica. El proyecto considera el uso de 247 toneladas mensuales de ácido sulfúrico, razón por la que se considera su ingreso al SEIA. El ácido sulfúrico utilizado tiene una concentración de 98% y es proporcionado por la División El Teniente de Codelco Chile.
Forma de cumplimiento El presente proyecto es sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, a través de una
Declaración de Impacto Ambiental.
D.S. N*95/2001 Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. MINSEGPRES.
Relación con el proyecto El proyecto corresponde a una planta de intercambio iónico, el cual se encuentra dentro de la
clasificación de proyectos de desarrollo minero, literal i) del Reglamento SEA, además de estar contemplado literal f numeral 1 (A.1), “Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a doscientos kilogramos mensuales (200 kg/mes), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en la Clase 6.1 de la NCh 382.Of89”.
De acuerdo a la Nch. 382/2004 el ácido sulfúrico está definido como sustancia peligrosa. La característica principal es "Sustancia Corrosiva”, de la clase 8. Sin embargo como característica secundaria de peligrosidad se ha indicado la clase 6.1 sustancia tóxica. El proyecto considera el uso de 247 toneladas mensuales de ácido sulfúrico, razón por la que se considera su ingreso al SEIA. El ácido sulfúrico utilizado tiene una concentración de 98% y es proporcionado por la División El Teniente de Codelco Chile.
Forma de cumplimiento El Titular de este proyecto da cumplimiento a las obligaciones establecidas en este reglamento
mediante el ingreso del proyecto al SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental. 4.1.2 Legislación Ambiental de Carácter Específico Aplicable al Proyecto.
Decreto Supremo N*594/1999, del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Dicho reglamento impone los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.
Por otra parte, el reglamento establece las normas sobre provisión de agua potable, disposición de
residuos industriales líquidos y sólidos, servicios higiénicos, de evacuación de aguas servidas y guardarropía y comedores.
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Relación con el proyecto En cuanto al segundo punto, el personal que trabaje en la Planta de intercambio lónico, requiere de provisión de agua potable, servicios higiénicos, duchas y casa de cambio.
Forma de cumplimiento En la etapa de construcción, se considera el uso de la casa de cambio propia para duchas del
personal que trabaje en esta faena sin perjuicio de la instalación de baños químicos durante la primera etapa de construcción.
Durante la operación el proyecto considera la instalación de un sector con baños, duchas y casa de cambio. La provisión de agua para estas instalaciones proviene de División El Teniente. Todas las aguas servidas que se generan en estas instalaciones se disponen en el sistema de alcantarillado de Colón Bajo.
El sistema de baño, ducha y casa de cambio, como así también el de distribución de agua y de alcantarillado, se construye de acuerdo a la normativa vigente y se regulariza en los organismos sectoriales correspondientes
Relación con el proyecto Considerando lo señalado respecto a “los límites permisibles de exposición ambiental a agentes
químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional”, los trabajadores están expuestos a, ruido, contacto con ácidos o álcalis durante las etapas de construcción y de operación.
Forma de cumplimiento La Planta esta sometida a los controles de exposición a los agentes físicos y químicos establecidos
en el Programa de Seguridad y Salud Ocupacional interno. Todas las personas que participan de las actividades de construcción y operación del proyecto, son provistos de los elementos de protección personal adecuados a las tareas que se encuentran ejecutando. En el Anexo N?* 4 de la Declaración de Impacto Ambiental se adjunta el Plan de Prevención de Riesgos de Vapor Procesos S.A,
Forma de cumplimiento artículo 17 del D.S. 594/1999
El agua de descarte del proceso no se descarga en ninguno de los cuerpos de agua precitados en el artículo 17. El efluente es reincorporado al proceso de flotación de Colón Bajo de la misma manera que en la situación sin proyecto previa extracción del cobre.
Forma de cumplimiento artículo 19 del D.S. 594/1999
Estos elementos se disponen temporalmente en los depósitos autorizados por el Servicio de Salud que DET dispone en sus instalaciones y posteriormente dispuestos en el CMRIS de Caletones, administrado por KDM.
Forma de cumplimiento artículo 20 del D.S. 594/1999 Los residuos peligrosos y no peligrosos son depositados en los sitios dispuestos para ello por División El Teniente.
Forma de cumplimiento artículo 24 del D.S. 594/1999
Los baños son arrendados a una Empresa con sus permisos al día y el servicio es contratado incluyendo mantención y limpieza, previa comprobación de las Resoluciones que autoricen la disposición de las materias de desecho. Por otra parte, el reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina está considerado por Vapor Procesos S.A en cumplimiento de su reglamento interno y del compromiso contractual con el mandante.
Forma de cumplimiento artículo 26 del D.S. 594/1999 Las aguas servidas se disponen en el sistema de alcantarillado que posee División El Teniente en
el Sector de Colón.
Forma de cumplimiento artículo 42 del D.S. 594/1999 El ácido sulfúrico 98% y el hidróxido de sodio 50% son suministrados por Codelco División El Teniente que posee autorización y procedimientos seguros para su transporte y descarga.
El personal es capacitado en el manejo, utiliza equipo adecuado y es instruido en el uso de las hojas de datos de seguridad las que forman parte del Programa de Prevención de Riesgos Profesionales de Vapor Procesos S.A. (Anexo N*4 de la Declaración de Impacto Ambiental). Además los estanques utilizados son diseñados aptos para el almacenamiento de dichas sustancias (cuentan con pretiles y diseños anti derrame).
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Forma de cumplimiento artículo 47 del D.S. 594/1999 Todos los circuitos están protegidos con interruptores, pero de todas maneras se instalan extintores clase C de acuerdo a lo indicado en este artículo.
Decreto Supremo N*59/1998, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Fija Norma Primaria de Calidad del Aire para Material Particulado Respirable MP10. Modificado por DS N? 45/2001.
Relación con el proyecto Durante la etapa de construcción existen emisiones de MP-10 producto de la nivelación y compactación del terreno. Durante la etapa de operación no hay emisiones a la atmósfera.
Forma de cumplimiento La humectación del terreno es parte de la actividad de compactación y se mantiene durante todo el
tiempo que dure la preparación de los suelos en la nivelación previa a la instalación de radieres y bases de soporte de equipos. Este trabajo se extiende por un tiempo máximo de 30 días.
El camino de acceso no asfaltado tiene una extensión de 250 m y se humecta durante todo el período de construcción. Durante la operación se restringe la velocidad para evitar el polvo en suspensión durante el verano.
Mediante el modelo USEPA Screen 3 se ha efectuado el cálculo de las emisiones que se producen durante la etapa de construcción del proyecto. Se ha considerado el lugar habitado mas cercano que corresponde a la población de Coya ubicada a 16 Km de distancia. Siendo el aporte del proyecto considerando la peor condición entregada por la modelación respectiva para MP10 es de 0,386 ug/m3 en 24 horas. El detalle de este cálculo se presenta en el Anexo N*6 de la Adenda 1 “Informe de modelación mediante modelo USEPA Screen 3”.
Decreto Supremo N*144/1961, del Ministerio de Salud. Aprueba el Reglamento que establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Relación con el proyecto Durante la etapa de construcción existen emisiones de MP-10 producto de la nivelación y compactación del terreno, Durante la etapa de operación no hay emisiones a la atmósfera.
Forma de cumplimiento La humectación del terreno es parte de la actividad de compactación y se mantiene durante todo el
tiempo que dure la preparación de los suelos en la nivelación previa a la instalación de radieres y bases de soporte de equipos. Este trabajo se extiende por un tiempo máximo de 30 días.
Mediante el modelo USEPA Screen 3 se ha efectuado el cálculo de las emisiones que se producen durante la etapa de construcción del proyecto. Se ha considerado el lugar habitado mas cercano que corresponde a la población de Coya ubicada a 16 Km de distancia. El aporte del proyecto considerando la peor condición entregada por la modelación respectiva para MP10 es de 0,386 ug/m3 en 24 horas, y de 0,253 ug/m3 para MP2.5 en 24 horas. Los aportes de concentración para 24 horas de CO y NOx son 0.148 y 0.709 microgramos por metro cúbico Normal respectivamente. El detalle de este cálculo se presenta en el Anexo N%6 de la Adenda 1 “Informe de modelación mediante modelo USEPA Screen 3”.
Decreto Supremo N*12/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Material Particulado Fino PM 2.5.
Relación con el Proyecto
Si bien el Decreto Supremo en comento indica que las principales fuentes de generación son los motores de combustión interna, se ha supuesto que hay emisión desde maquinaria y camiones durante la fase de movimiento de tierra.
Forma de cumplimiento Se incluyó en la modelación el efecto en Coya a 16 km de distancia. El aporte de PM 2.5 estimado
para este lugar alcanza a 0.253 microgramos por metro cúbico normal en las concentraciones promedio de 24 horas. El valor establecido por la Norma de Calidad del presente Decreto es de 50 microgramos por metro cúbico normal para 24 horas y 20 para un año.
Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos.
Relación con el proyecto Algunos residuos utilizados en el proyecto clasifican como peligrosos, los cuales son:
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- Aceites usados (D.S. 148, Art. 18 Lista l)
- Guaipe contaminado con aceite y grasa (D.S. 148, Art. 18 Lista 111).
- Envases de solventes y/o pinturas (D.S. 148, Art. 18 Lista 111).
Forma de cumplimiento artículo 4* del D.S. 148/2003
Debido a la mantención de equipos se genera aceite usado, guaipe y trapos contaminados, así como envases de solventes y pinturas. Se identifican estos residuos de acuerdo a lo señalado en Norma NCh 2.190 of 93 y se disponen de inmediato en los lugares destinados para ello, llevándose el correspondiente registro de ingreso y almacenamiento transitorio.
Forma de cumplimiento artículo 8 del D.S. 148/2003
De acuerdo a los estándares de la División El Teniente, el aceite usado se almacena en contenedores metálicos de capacidad y resistencia adecuada a su movimiento y transporte. Del mismo modo los contenedores de sólidos (guaipe, envases) son de metal y todos cuentan con la rotulación de la Norma NCh 2.190 of 93.
Forma de cumplimiento artículo 29 del D.S. 148/2003 Los residuos son dispuestos en la CMRIS que opera actualmente en la División la cual cuenta con
todos los permisos para operar.
Forma de cumplimiento artículo 31 del D.S. 148/2003
Los residuos peligrosos generados no se almacenan dentro de la Planta de Intercambio lónico. Estos son dispuestos en la ocasión de su generación en los sitios dispuestos con estos fines en la División El Teniente, los cuales son retirados de acuerdo a programa mensual, por parte de KDM.
Para efectos de control de Residuos Peligrosos debe llevarse registro. Los formularios respectivos se adjuntan en el Anexo N*5 de la Adenda 1 “Formularios de registro residuos peligrosos”. Copia de estos registros se mantiene en forma permanente en la Planta.
Decreto Supremo N*78/2010, del Ministerio de Salud. Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Relación con el proyecto
El proyecto utiliza ácido sulfúrico al 98% e hidróxido de sodio (soda caústica) al 50%. El producto (PLS) generado en la planta de intercambio iónico tiene contenido de sulfato de cobre y de ácido sulfúrico por lo que también cataloga como sustancia peligrosa.
Forma de cumplimiento El ácido sulfúrico es proporcionado por Codelco DET a través de camiones y es suministrado a la
planta de intercambio ¡iónico a través de un puerto de descarga e inyectado mediante válvulas automáticas al proceso.
La operación de esta planta se desarrolla al interior de la División El Teniente de Codelco Chile, por lo que se ha acordado con el mandante aplicar el procedimiento que la División ha establecido para el manejo de ácido sulfúrico. En el anexo N*4 de la Adenda 1 se encuentra el procedimiento para el transporte, carga y descarga de ácido que debe ser incorporado a la operación de la Planta de Intercambio lónico.
Para el hidróxido de sodio se cuenta con un estanque de almacenamiento para abastecer la planta, y es entregado por un proveedor interno de Codelco DET en camiones aljibes. Todo esto, dentro los permisos y bajo los estándares de seguridad de la División.
Para el almacenamiento de estas sustancias se consideran las siguientes medidas de seguridad:
Ambos insumos líquidos son descargados a estanques construidos bajo norma API 650 y certificados por la misma.
Los estanques cuentan con pretiles individuales de seguridad, revestidos con material resistente al insumo y apropiados para contener un 20% más del volumen del estanque respectivo.
La zona de estanques es de acceso restringido solo para el personal autorizado. Es demarcada y cuenta con la señalética apropiada indicando las características, número UN y exigencias de uso de equipo de protección personal.
Durante la carga y descarga se restringe el acceso al sitio, para lo cual se cerca el área mediante la instalación de barreras temporales provistas de letreros que advierten de proceso.
El PLS es transportado a la Planta de extracción por solventes (SX EW) Electro-obtención de DET mediante camiones aljibe.
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Decreto Supremo N*72/1985 del Ministerio de Minería. Reglamento de Seguridad Minera.
Relación con el proyecto El Proyecto contempla la construcción, operación y cierre de una “Planta de intercambio lónico”,
para la obtención de cobre y presta servicio en el interior de un establecimiento minero por lo que se considera bajo jurisdicción del SERNAGEOMIN.
Forma de cumplimiento Todos los antecedentes del proyecto, son presentados a SERNAGEOMIN para su correspondiente
evaluación y aprobación sectorial. Decreto con Fuerza de Ley N*458/75, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley General de
Urbanismo.
Relación con el proyecto El proyecto construye instalaciones industriales de apoyo para el desarrollo de la actividad.
Forma de cumplimiento Se solicitan las autorizaciones de cambio de uso de suelo de acuerdo a la legislación vigente para
las superficies de terreno donde se emplacen las instalaciones.
Ley N19.473/1996, del Ministerio de Agricultura, Sustituye texto de la Ley N 4.601, sobre caza, y artículo 609 del Código Civil.
Relación con el Proyecto A pesar del que la zona donde se ejecuta el proyecto es una zona netamente industrial y altamente
intervenida, ocasionalmente podría ocurrir el acercamiento de especies de fauna natural.
Forma de Cumplimiento Se incorpora al Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad un artículo que prohíbe
alimentar, cazar o interactuar con ejemplares de la fauna silvestre. Se actúa además de acuerdo a los estándares establecidos por Codelco División El Teniente en este punto.
Decreto Supremo N5/1998, del Ministerio de Agricultura, modificado por el D.S. N53/2003 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza.
Relación con el proyecto Es posible la presencia de animales como pájaros o zorros en áreas cercanas al lugar de
emplazamiento del proyecto.
Forma de cumplimiento La empresa incluye en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, Anexo N* 5 de la
Declaración de Impacto Ambiental que es distribuido a todo el personal que labore en el proyecto, un artículo específico que señala la prohibición de cazar, capturar, criar, conservar o utilizar animales silvestres.
Decreto Supremo N*146/1997, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Reglamento sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. Publicado en el Diario Oficial el 17 de abril de 1998.
Relación con el proyecto En el área de proyecto se emiten ruidos desde fuentes fijas, producto de la operación de los
equipos de la planta. Este Decreto Supremo está relacionado con la población en general y no necesariamente con la zona de Colón Bajo, zona que está bajo la clasificación de zona Industrial por lo que le es aplicable el DS. 594/99 MINSAL, para lugares de trabajo.
Forma de cumplimiento Se considera la zona de Colón Bajo como un área altamente intervenida industrialmente. Todas las
fuentes de ruido se encuentran ubicadas dentro de las instalaciones de División El Teniente, además se ejecuta la provisión de elementos de protección personal EPP a los trabajadores.
Ley N 17.288 de 1970, del Ministerio de Educación. Consejo de Monumentos Nacionales, modificada por la Ley N20.021 y su Reglamento.
Relación con el proyecto De encontrarse algún elemento de carácter arqueológico o paleontológico producto de la excavación para nivelar y construir fundaciones.
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Forma de cumplimiento Ante la eventualidad de hallazgos de elementos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o
paleontológico, se procederá a detener la obra en el lugar del hallazgo y se avisará por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, de acuerdo a lo establecido por los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288/1970.
Ordenanza Municipal de Gestión Ambiental, |. Municipalidad de Machalí.
Relación con el proyecto Utilización de áridos durante la etapa de construcción.
Forma de cumplimiento artículo 17 El camión de transporte de áridos utilizado contiene los elementos protectores necesarios para evitar la caída de dicho material, cumpliendo así las exigencias del artículo precitado.
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Planta de Intercambio lónico Colón”, presentó todos los antecedentes necesarios para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales N%9%4 y N”96, contemplado en el Título VII del D.S. N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Permiso Ambiental sectorial 94
Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. N*47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
El recinto de la planta esta constituido por un galpón de 1200 m? según se detalla en el plano del anexo N% de la Declaración de Impacto Ambiental. Construido en estructura de acero A-36 fabricado y pintado en maestranza, techo y cubierta exterior de planchas de zincalum.
El detalle de las oficinas y dependencias de trabajo que comprende el proyecto se encuentran descritos en el capítulo VIl Permisos Ambientales Sectoriales de la Declaración de Impacto Ambiental
En cuanto al proceso productivo y su flujograma del proyecto, este se presenta en la figura N%4 de la Declaración de Impacto Ambiental.
El proyecto no tiene riesgo de generar contaminación biológica ya que no considera el uso de agentes o productos de esta característica. Tampoco hay riesgo de contaminación física, la que está descartada en virtud de que no considera emisión vibraciones, ni ruido sensible más allá del límite del perímetro de la planta. No se requiere generación eléctrica durante la operación porque los sistemas se alimentan directamente de un transformador conectado a la red de energía de División el Teniente.
Se utilizan sustancias químicas peligrosas de la Clase 8 según la NCh. 382 (Sustancias Corrosivas): Ácido Sulfúrico e Hidróxido de Sodio. El riesgo asociado es la contaminación del medio por derrames, filtraciones o rotura de válvulas y el contacto de los operadores con alguna de estas sustancias. Cada estanque esta montado sobre un pretil impermeabilizado y recubierto con HDPE resistente a la acción química y de volumen suficiente para contener la totalidad del eventual derrame. En el Anexo N*3 de la Declaración de Impacto Ambiental se presenta Plan de Prevención Ambiental, el cual contiene las directrices para enfrentar emergencias con estos productos.
Las sustancias peligrosas a emplear en la Planta de Intercambio lónico serán las siguientes:
Tabla N%9 Sustancias peligrosas usadas
ID Nombre HDS Cantidad almacenada 1 Ácido sulfúrico Si 20 ton. 2 Soda Cáustica Si 20 ton. 3 PLS No 25m" 4 Grasas Si 1 galón 5 Aceites Si 1 galón 6 VWD40 Si 1 frasco 7 Pinturas Si 1 galón 8 Diluyente Si 1 botella
Los riesgos a la comunidad para este proyecto están asociados principalmente a derrames de sustancias peligrosas, ácido sulfúrico o soda Cáustica, que son proporcionadas por Codelco
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División El Teniente y por lo tanto su transporte está sujeto a las medidas de seguridad de la División.
Adicionalmente se contemplan procedimientos a eventuales situaciones de emergencia, los cuales están contenidos en el Anexo N%3 de la Declaración de Impacto Ambiental. Junto con lo anterior, en el Anexo N*4 de la Declaración de Impacto Ambiental se detalla el "Programa de Prevención de Riesgos Profesionales”, el cual contribuye a la seguridad del personal que se relacionará con el proyecto.
Dado los antecedentes entregados por el titular del proyecto, para la obtención del permiso ambiental sectorial 94 del D.S. N* 95/01 del MINSEGPRES, se informa que la actividad se califica como MOLESTA”.
Permiso Ambiental sectorial 96
Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3% y 4” del artículo 55 del D.F.L. N* 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
En relación a la probabilidad que producto de la ejecución del proyecto se produzca pérdida y degradación del recurso natural suelo, tal como se, indica en el punto 2.2 de la Declaración de Impacto Ambiental, el proyecto solo utiliza 3000 m? de superficie, construyéndose en una zona industrial ya intervenida, con caminos de acceso existentes
Junto con lo anterior, este proyecto solo considera una dotación de once personas que trabajan en diferentes turnos, por lo que en la práctica no permanecen más de tres personas simultáneamente en el sitio, que es parte de un área industrial de acceso controlado por personal de Codelco División El Teniente. El servicio de alimentación es proporcionado por Codelco División El Teniente en su instalación para contratistas en el Campamento Barahona, por lo que no se generan núcleos urbanos al margen de la planificación regional.
El titular deberá enviar copia al SEA y a la Superintendencia de Medio Ambiente de las resoluciones ambientales sectoriales, una vez sean obtenidos los permisos, para el expediente de seguimiento del proyecto.
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el Proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón", no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
Literal a) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. (Artículo 5 del Reglamento del SEIA).
Residuos Líquidos
Durante el proceso de construcción del proyecto no se genera emisión de residuos líquidos. Durante la operación se generan residuos líquidos emitidos por el personal de operación los cuales son tratados en una planta de tratamiento de aguas servidas existente en el Campamento Colón Bajo, autorizado a través de la Resolución N* 6557, de la Seremi de Salud VI Región.
Residuos Sólidos
En la etapa de construcción, el proyecto genera residuos consistentes en material de embalajes de equipos y restos de elementos de construcción, en una cantidad que no excede 1 tonelada/mes. Durante la operación se genera carbón activado gastado en un volumen que se estima en una cantidad menor que 2 m3 al año.
Estos residuos no constituyen residuos peligrosos y son dispuestos en el CMRIS administrado por KDM en Caletones RCA N* 104 de 199 9 de COREMA VI Región.
No se considera disponer ningún otro tipo de residuo sólido en el predio ya que los elementos
peligrosos y no peligrosos son retirados y dispuestos los lugares que la División El Teniente dispone para estos efectos.
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Residuos Peligrosos
Los residuos peligrosos que se generan debido a la ejecución del proyecto corresponden a envases vacíos de solvente o lubricante para la mantención de equipos, trapos o guaipe impregnado con grasa o aceite, material de contención de algún posible derrame. Estos materiales son dispuestos en el Centro de Acopio temporal de Rises Peligrosos de la Planta Sx/Ew, que cuenta con el debido permiso de parte del Servicio de Salud según Resolución 8265. Estos residuos son posteriormente enviados al Centro de Manejo de Residuos Sólidos CMRIS (RCA N 104 de 199 9 de COREMA VI Región). Para efectos de control de Residuos Peligrosos debe llevarse registro. Los formularios respectivos se adjuntan en el Anexo N5 de la Adenda 1 “Formularios de registro residuos peligrosos”.
En complemento a lo anterior, en el Anexo N*3 de la Declaración de Impacto Ambiental se presenta el “Plan de Prevención Ambiental”, el cual contiene las directrices para enfrentar emergencias producidas por el manejo de estos productos.
Emisiones Atmosféricas
Sólo durante la etapa de construcción se producen emisiones a la atmosfera producto de los movimientos de tierra y compactación del terreno, este trabajo se extiende por un tiempo máximo de 30 días. A fin de minimizar estas emisiones se mantiene humedecido el camino de acceso no asfaltado (250 m) a la Planta. Durante la operación se restringe la velocidad para evitar el polvo en suspensión durante el verano.
Mediante el modelo USEPA Screen 3, el cual se presenta en el Anexo N'6 de la Adenda 1 "Informe de modelación mediante modelo USEPA Screen 3”, se estima que para el MP10 las emisiones alcanzan, los 0,386 ug/m3 en 24 horas, durante la etapa de construcción.
Ruido
La planta de intercambio iónico esta emplazada en las inmediaciones de una zona donde existe una intensa actividad industrial, además no existe población residente en el entorno inmediato del proyecto que pudiera verse afectado por este. El ruido producido por el funcionamiento de la planta queda confinado al interior del galpón de la planta.
En el Anexo N9%7 de la Adenda 1, se presenta el Plan de Emergencia Ambiental preparado para la operación de la Planta de Intercambio lónico, en el cual se detallan los procedimientos a considerar como manera preventiva ante eventuales situaciones de emergencia que puedan producirse.
Por último, la información que demuestra la no generación de efectos adversos en estas materias, se presenta en detalle en el punto 3.8 “Principales Emisiones, Efluentes y Desechos” de la presente Resolución de Calificación Ambiental.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Intercambio lónico Colón”, ya que no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que generará o producirá, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal b) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental sí su proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. (Artículo 6 del Reglamento del SETA).
La no generación de efectos adversos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, se señala en el análisis del Literal a) del artículo 11 de la Ley 19.300 del capítulo presente.
Las actividades y obras del proyecto al encontrarse emplazadas al interior de la División El Teniente, no intervienen ni explotan fauna silvestre, como tampoco contemplan la extracción, explotación, alteración o manejo de especies de flora y fauna.
No obstante lo anterior, la empresa ha incluido en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, presentado en el Anexo N*5 de la Declaración de Impacto Ambiental que es distribuido a todo el personal que labora en el proyecto, un artículo específico que señala la prohibición de cazar, capturar, criar, conservar o utilizar animales silvestres.
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El proyecto tampoco contempla la intervención ni explotación de recursos hídricos; el agua industrial necesaria para el proceso de intercambio iónico proviene del circuito de agua industrial de la planta de flotación de Colón Bajo.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Intercambio lónico Colón”, ya que no genera o presenta afectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos (Artículo 8 del Reglamento del SE/A).
Las actividades y obras del proyecto se efectúan al interior de División El Teniente, por lo que no afectan la distribución espacial de los grupos humanos en el área circundante al proyecto, tampoco se contempla el traslado o reubicación de población residente en el área de influencia, tanto para su fase de construcción, como de operación o intervenciones territoriales permanentes. Por lo cual no se generan alteraciones significativas de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, como tampoco influye en el acceso de estos a bienes, equipamientos y servicios.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Intercambio lónico Colón”, ya que no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal d) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar (Artículo 9 del Reglamento del SETA).
Las actividades y obras del proyecto se efectuaran al interior de División El Teniente, por lo que no se encuentra próximo a áreas que formen parte del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado (SNASPE).
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Intercambio lónico Colón”, ya que este no se localiza próximo a población, recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal e) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental sí su proyecto o actividad genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona (Artículo 10 del Reglamento del SEIA).
El proyecto al estar emplazado en una zona de elevada actividad minera e industrial, no obstruye la visibilidad de zonas con valor paisajístico. Tampoco se encuentra cercana a una zona declarada de interés turístico.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Planta de Intercambio lónico Colón”, ya que este no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal f) del artículo 11 de la Ley 19.300
El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental sí su proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural (Artículo 11 del Reglamento del SETA).
El proyecto no se desarrolla en proximidades a Monumentos Nacionales por lo que no se remueve, destruye, excava, traslada, deteriorar o se modifica en forma permanente a alguno de esto sitios.
La superficie de terreno a utilizar es de 3.000 m2, siendo un área previamente intervenida y de alto desarrollo industrial, por lo que no deteriora ni modifican construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural.
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10.
Pl,
No obstante lo anterior, si durante las faenas de construcción y operación se detectase algún hallazgo arqueológico, se paralizarán las faenas y se procederá a denunciar el hecho a la autoridad competente se realizarán todos los procedimientos que se establecen en el artículo 23 del Reglamento de la Ley 17.288.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón”, ya que este no presenta o genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá
informar a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, en el contexto del seguimiento del proyecto deberá entregar planos asbuilt una vez finalizada la etapa de construcción de las obras, en coordenadas UTM Datum WGS 84, huso 19 Sur, a lo menos un mes antes de la operación del proyecto, remitiéndola al SEA y/o a la Superintendencia de Medio Ambiente, según corresponda.
. Que, para que el proyecto “Planta de Intercambio lónico Colón” pueda ejecutarse, necesariamente
deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación Región del
Libertador General Bernardo O'Higgins, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de
Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, la individualización de cambios de titularidad.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
RESUELVE:
. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Planta de Intercambio lónico Colón”.
CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón” cumple con la normativa de carácter ambiental, considerando que requiere de los permisos ambientales sectoriales 94 y 96 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que no requiere de un Estudio de Impacto Ambiental para su evaluación.
. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá
informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. Además de ingresar las exigencias ambientales que se han establecido en la presente Resolución, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.Compromisos-ambientales.cl); y que dicho ingreso deberá materializarse en un plazo no superior a 6 meses contados desde la fecha de notificada la presente resolución.
Notifíquese y Archívese
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el) el Servicio de EvaluaciónAmbiental Ario Comisión de Evaluación grtador General Bernardo O'Higgins
Distribución:
C/c
Alberto Campos Espinoza
Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central Corporación Nacional Forestal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
llustre Municipalidad de Machalí
SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI de Minería
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Subsecretaria de Minería
Consejo de Monumentos Nacionales
Servicio Nacional de Geología y Minería
Superintendencia de Servicios Sanitarios
nuevas.rcas(Wsma.gob.cl
Encargado Participación Ciudadana
Expediente del Proyecto "Planta de Intercambio lónico Colón"
Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
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