Línea de Alta Tensión S/E Chacaya - S/E Crucero
Ny 2 0 - 12013
RESOLUCIÓN EXENTA ANTOFAGASTA, — 30 JUL 208
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N* 20.417 de fecha 26 de enero de 2010, el Decreto Supremo N” 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N” 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N? 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.
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El Estudio de Impacto Ambiental y sus Adenda del proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya - SIE Crucero”, presentado por el Señor Pablo Espinosa Aguirre, en representación de E-CL S.A., con fecha 4 de Junio de 2012, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Con relación al Estudio de Impacto Ambiental:
Oficio N 791/2012 sobre el ElA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 26/06/2012; Oficio N 027/2012 sobre el ElA, por la Secretaria Regional Ministerial de Minería, Región de Antofagasta, con fecha 27/06/2012; Oficio N 1390/2012 sobre el ElA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 05/07/2012; Oficio N 567 sobre el ElA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 05/07/2012; Oficio N 689 sobre el ElA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 06/07/2012; Oficio N 001363/2012 sobre el ElA, por Gobierno Regional de Antofagasta, con fecha 13/07/2012; Oficio N 134 sobre el ElA, por SEREMI Energía Región Antofagasta, con fecha 19/07/2012; Oficio N 12.600/200 sobre el ElA, por Gobernación Marítima de Antofagasta, con fecha 19/07/2012; Oficio N 281 sobre el ElA, por llustre Municipalidad de Sierra Gorda, con fecha 20/07/2012; Oficio N 4992/2012 sobre el ElA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 20/07/2012; Oficio N 70-EA/2012 sobre el ElA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 21/07/2012; Oficio N 260/2012 sobre el ElA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 23/07/2012; Oficio N 257 sobre el ElA, por Ilustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 23/07/2012; Oficio N 0198/2012 sobre el ElA, por Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta, con fecha 23/07/2012; Oficio N” 1940 sobre el ElA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 24/07/2012; Oficio N 438 sobre el ElA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 30/07/2012; Oficio N% 0459 sobre el ElA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 01/08/2012; Oficio N 3110 sobre el ElA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 02/08/2012; Oficio N 2864 sobre la ElA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 02/08/2012; Oficio N SEO2
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3845/2012 sobre el ElA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta, con fecha 21/08/2012.
3.2. Con relación al Informe de Respuestas al 1? Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:
Oficio N 179 sobre la Adenda 1, por llustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 14/02/2013; Oficio N 789 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 15/02/2013; Oficio N 183 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 19/02/2013; Oficio N 226 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 20/02/2013; Oficio N 201 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 25/02/2013; Oficio N 274 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 05/03/2013; Oficio N% 136 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 05/03/2013; Oficio N 087/2013 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 05/03/2013; Oficio N 101 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 05/03/2013; Oficio N 0152 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 07/03/2013; Oficio N 571 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 08/03/2013; Oficio N 814 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 08/03/2013; Oficio N 212 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 11/03/2013; Oficio Complementario N 215 sobre Adenda 1, por la llustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 12/03/2013; Oficio N 153 sobre Adenda 1, por la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, con fecha 14/03/2013.
3.3. Con relación al Informe de Respuestas al 2” Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:
Oficio N 3113 sobre Adenda 2, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta, con fecha 19/06/2013; Oficio N” 0346 sobre Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 02/07/2013; Oficio N 1006 sobre Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 04/07/2013.
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El Informe Consolidado de la Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya — S/E Crucero”.
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Las visaciones al contenido del Informe Consolidado de Evaluación emitidas por los Órganos de la Administración del Estado que han participado en la evaluación y que se contienen en los siguientes documentos:
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Ordinario N” 5395 del 09/07/2013, Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta.
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Ordinario N” 412 del 10/07/2013, Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta.
e Ordinario N” 243 del 10/07/2013, Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta.
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Ordinario N* 836 del 11/07/2013, SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta.
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Ordinario N” 51-EA/2013 del 12/07/2013, Dirección Regional CONAF, Región de Antofagasta.
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Ordinario N” 79 del 10/07/2013, SEREMI de Energía, Región de Antofagasta.
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Ordinario N* 519 del 15/07/2013, Superintendencia de Servicios Sanitarios.
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Ordinario N* 406 del 17/07/2013, llustre Municipalidad de Sierra Gorda.
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Ordinario N* 567 del 17/07/2013, Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta.
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e Ordinario N” 0370 del 15/07/2013, SEREMI de Medio Ambiente, Región de Antofagasta.
e Ordinario N* 12.600/148 del 17/07/2013, Gobernación Marítima de Antofagasta.
e Ordinario N* 531 del 18/07/2013, Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta.
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El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 18 de Julio de 2013.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya - S/E Crucero”.
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya -— S/E Crucero”, de E-CL S.A.
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Que, el derecho del titular del proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya — S/E Crucero” está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.
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Que, debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y el derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.
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Que, según lo establecido en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adenda, el proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya - S/E Crucero” consistirá en lo siguiente:
4.1. Descripción del proyecto
El proyecto consistirá en la construcción y operación de una Línea de Alta Tensión (LAT) de 220 kV en doble circuito de aproximadamente 160 kilómetros de longitud, que unirá la Subestación (S/E) Chacaya con la S/E Crucero, ambas subestaciones existentes y de propiedad del Titular, E-CL S.A. Además, al interior de la S/E Chacaya se contempla la implementación de una configuración del tipo GIS 220 kV, es decir, nuevos paños (2 inyección, 2 de líneas de evacuación y un acoplador de barra), mientras que en la S/E Crucero se ha planificado la ampliación de la casa de mando y la instalación de dos paños adicionales, para lo cual será necesario ampliar físicamente la S/E en 40 m hacia el Norte.
4.1.1. Ubicación, superficie y mano de obra
El proyecto se emplazará en la Región de Antofagasta, Provincias de Tocopilla y Antofagasta y Comunas de Mejillones, Sierra Gorda y María Elena.
La superficie que se intervendrá por la ejecución del proyecto durante las fases de construcción y cierre será de 650,53 ha, correspondiente a la línea de transmisión, su franja de servidumbre, las obras en la S/E Crucero y Chacaya, y las 3 instalaciones de faena. Durante la fase de operación el proyecto abarcará una superficie de 640,97 ha correspondientes a las obras antes señaladas exceptuando las obras temporales
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(instalaciones de faenas). Para la construcción de la Línea de Alta Tensión S/E Chacaya — S/E Crucero, la superficie estimada a ocupar por la servidumbre será de aproximadamente 640 ha (160 km de largo por 40 de ancho). Sin embargo, la superficie afectada directamente corresponderá al área de emplazamiento de las estructuras, que se estima en un máximo de 1,93 ha aproximadamente. La línea de Alta Tensión Eléctrica estará compuesta por un total de 533 torres, de las cuales se estima un 75 % de ellas (400 torres), serán torres de suspensión de 5,7 x 5,7 m y el resto (133 torres) serán torres de anclaje y remate de 6,9 x 6,9 m, de base en ambos casos.
Las coordenadas UTM (en datum WGS84) de las instalaciones del proyecto, se detallan en la tabla DP-2 del ElA, tablas AD1-13, AD1-14 de la Adenda 1 del ElA, “Modificación de trazado Chacaya — Crucero” Anexo AD1-1 de la Adenda 1 del ElA y Anexo AD1-7 de la Adenda 1 del ElA.
La mano de obra requerida será de un máximo de 250 personas para la fase de construcción y 15 personas en la fase de operación.
4.1.2. Monto de la de inversión
El monto total estimado de la inversión será de US $ 70.500.000. 4.1.3. Vida útil
La vida útil del proyecto será de 50 años.
4.1.4. Partes, actividades y obras del proyecto
El proyecto contemplará las siguientes obras:
a) Obras temporales
Las obras temporales necesarias para construir la línea de transmisión, corresponderán sólo a la instalación de faena.
a.1) Instalación de Faenas
Consistirá en la implementación de 3 instalaciones de faenas durante la fase de construcción y cierre (Instalación de Faena S/E Chacaya, Instalación de Faena principal o LLTT e Instalación de Faena S/E Crucero). Dichas instalaciones estarán subdivididas en las siguientes áreas:
Área de harneros.
Área de trasvasije de combustible. Área de bodegas y talleres.
Área de estacionamiento.
Área de oficinas y comedores servicios. Área de acumulación transitoria.
Área de acopio.
Área de residuos.
a.1.1) Instalación de Faena S/E Chacaya
Consistirá en la implementación de las instalaciones faenas aledañas de la Subestación Chacaya, en la comuna de Mejillones, con una superficie aproximada de 0,12 ha.
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a.1.2) Instalación de Faena Principal o LLTT
Consistirá en la implementación de las instalaciones faenas principales o LLTT ubicadas cercanas al vértice V30 (409.336,43 m E 7.469.760,54 m N) comuna de Sierra Gorda, con una superficie aproximada de 7,04 ha.
a.1.3) Instalación de Faena S/E Crucero
Consistirá en la implementación de las instalaciones faenas aledañas de la Subestación Crucero, en la comuna de María Elena, con una superficie aproximada de 2,4 ha.
Cabe señalar, que las medidas a implementar para el retiro de las instalaciones de terreno serán las siguientes:
- Retiro de containers.
- Retiro de equipos y materiales.
- Preparación de terreno. Para mayores antecedentes, ver numeral 3.1 de la Adenda 1 del ElA. b) Obras permanentes Las obras permanentes consistirán en: b.1) Línea de Alta Tensión La Línea de Alta Tensión tendrá una longitud de 160 Km, cuyo trazado estará constituido por tramos rectilíneos, en un total de 50 vértices y contemplará la construcción de 533
torres.
Las estructuras que se proyectan utilizar en la línea de transmisión serán de tres tipos: anclaje, suspensión y remate.
Cabe señalar que la franja de seguridad que contemplará la linea de alta tensión, tendrá un ancho total de 40 m, distribuidos en 20 m a cada lado del eje de la línea de alta tensión.
Para mayores antecedentes, ver numerales 1.4.3 y 1.4.10 del ElA, 1.3 del Adenda 1 del ElA, 1.3 del Adenda 2 del ElA.
b.2) Ampliación Sala Mando y S/E Crucero
Consistirá en la ampliación del edificio de mando en una superficie de 0,0081 ha, con la finalidad de instalar dos paños (220 kV) de conexión a la línea de transmisión.
b.3) Ampliación S/E Chacaya
Contemplará la construcción de fundaciones, radier e instalación del equipamiento eléctrico para dejar habilitada la configuración del tipo GIS 220 kV, es decir, nuevos paños (2 inyección, 2 de líneas de evacuación y un acoplador de barra). Estas actividades se ejecutan íntegramente dentro de la S/E existente.
Mayores antecedentes sobre obras y partes del proyecto, se presentan en el numeral 1.1 del Adenda 2 del ElA.
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b.4) Caminos y huella
El acceso al área del proyecto, se realizará prioritariamente a través de la Ruta B-262 y Ruta 1, mientras que el acceso a los lugares de faenas se efectuará haciendo uso de caminos de líneas eléctricas existentes y rutas mineras también existentes.
Cabe señalar, que solo se habilitarán los accesos correspondientes para llegar al lugar exacto de construcción de las estructuras de la línea de transmisión, cuidando de no afectar sitios o hallazgos arqueológicos.
Mayores antecedentes sobre obras y partes del proyecto, se presentan en los numerales 1.4.9 del ElA, 1.1 y 1.2 del Adenda 1 del ElA.
b.5) Medidas de control adicionales
Cabe mencionar que el titular implementará una serie de medidas de control (elementos anticolisión y antielectrocutación) para evitar posibles efectos adversos sobre la avifauna que transiten en las cercanías del proyecto, las cuales son:
Desviadores de vuelo tipo espiral.
Desviadores de vuelo tipo luciérnaga.
Peinetas (guardaperchas).
Apoyos con sistemas anti-nidos o aisladores verticales colgantes. Ahuyentadores de colores llamativos para evitar colisiones.
Para mayores antecedentes, ver numeral Anexo MM-1 del Capítulo 5 del ElA y pág. 17 numeral 3.2 del Adenda 2 del ElA.
La localización de los elementos disuasivos se presentan en las pág. 17 y 18 del numeral 3.2 del Adenda 2 del ElA, numeral 6.2. del Adenda 2 del EIA y Anexo AD2-3 del Adenda 2 del ElA.
b.6) Transporte
El transporte de insumos (agua potable, agua industrial, hormigón, áridos, materiales, etc.) es parte del proyecto. Mientras que el transporte de combustible no es parte del proyecto y será realizado por terceros autorizados.
En la tabla AD1-9 de la Adenda 1 del ElA, se presentan todas las rutas a utilizar por el proyecto, los flujos vehiculares a generarse y los volúmenes transportados según tipo de carga.
4.1.4.1. Fase de construcción
La fase de construcción se estima que tendrá una duración de 18 meses. Las principales actividades que forman parte de la fase de construcción de la línea de transmisión son las siguientes:
Instalaciones de faenas y frentes de trabajo. Alojamiento y alimentación.
Accesos a las estructuras o torres.
Cruces aéreos.
Replanteo de estructuras.
Movimiento de tierra y excavaciones.
- Fundaciones para las estructuras.
Rellenos compactados.
- Montaje de estructuras.
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Montaje cadenas de aisladores. e Tendido de conductores.
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Terminaciones.
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Prueba y puesta en marcha.
Para mayores antecedentes, ver numeral 1.5.1 del ElA.
Se estima que el proyecto contemplará una serie de maquinarias y equipos, los cuales se detallan en la tabla DP-4 del capítulo 1 del ElA.
4.1.4.1.1. Insumos Los principales insumos a utilizar serán:
Agua potable.
Agua industrial.
Energía.
Combustibles.
Materiales de construcción.
e... .o..
Cabe señalar, que respecto al agua industrial, esta será proporcionada por proveedores autorizados. Por otra parte, para el abastecimiento de energía eléctrica durante esta fase, se utilizará un generador de 40 KVA en cada instalación de faena y 2 generadores de 5 KVA a utilizar en los frentes de trabajo.
Para mayores antecedentes, ver numeral 1.5.2.del ElA. 4.1.4.2. Fase de operación
Durante esta fase se realizará la transmisión de energía eléctrica entre la S/E Chacaya y S/E Crucero. La operación de la línea de transmisión será vía remota desde el Centro de Despacho de Carga Centralizado Antofagasta. Las principales actividades del proyecto durante esa fase serán visitas de inspección, mantenimiento y limpieza.
El mantenimiento de las líneas eléctricas, considera acciones de tipo preventivo, correctivo programado y correctivo contra fallas. Estas acciones, tendrán una intervención de corta duración (unidades de horas), y serán realizadas por equipos técnicos humanos una vez al año.
Las principales actividades de mantención consideradas en el proyecto son:
a) Mantenimiento preventivo básico: El mantenimiento preventivo básico o menor de las líneas eléctricas considera lavado de aisladores con línea energizada, inspección visual de estructuras, cadenas de aisladores y mediciones de termografía (la medición de temperatura de un objeto).
b) Mantenimiento correctivo programado: El mantenimiento de menor envergadura, basado en anomalías detectadas en la inspección del mantenimiento preventivo básico y situaciones en que los problemas no pudieren ser solucionados en esa ocasión.
c) Mantenimiento contra fallas: Reparaciones de las instalaciones tras fallas que comprometan la continuidad del servicio, de diversa envergadura según la anomalía producida, con programación de corto plazo después de producida la falla.
d) Reparaciones de emergencia: Las reparaciones de emergencia se realizarán tras daños mayores, no predecibles, localizados en una torre. Las actividades de reparación
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pueden requerir uso de equipo mayor y de personal adecuado, sin afectar propiedad ajena y en una zona limitada alrededor del sector de la torre.
Para mayores antecedentes, ver numeral 1.6.3 del ElA y numerales 1.9 y 1.10 de la Adenda 1 del ElA.
4.1.4.3. Fase de cierre
En el caso que al final de la vida útil del proyecto (50 años) no exista un uso alternativo para la línea de transmisión eléctrica, se procederá a retirar toda la infraestructura (cables y torres), la que será reutilizada o vendida. Para esto, previo al abandono, el titular presentará un Plan de abandono a la Superintendencia de Medio Ambiente, con el detalle de las siguientes actividades:
Planificación de actividades.
Aviso a las autoridades correspondientes. Trabajos de desmontaje de cables y estructuras. Gestión en la reutilización o reciclaje del material.
De todos modos, en dicho Plan de abandono se procederá de la siguiente forma:
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Desconexión de líneas de transmisión: Se procederá a desenergizar las líneas de transmisión conectadas a las subestaciones eléctricas; tomándose todos los resguardos necesarios para la protección de las personas que participen en la actividad de retiro de éstas.
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Desmantelamiento de estructuras: Se desmontarán las estructuras. Lo que pueda ser reutilizado, serán embalados y guardados en almacenes de E-CL y, lo que no, se dispondrá en un sitio autorizado para ello.
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Retiro de obras civiles y restitución del terreno: Las obras civiles podrán ser demolidas en su totalidad o parcialmente (por ejemplo dejando en su lugar fundaciones profundas). En lo posible, se restaurará a las condiciones del terreno original mediante el uso de carpetas de suelo.
4.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto 4.2.1. Emisiones a la atmósfera a) Fase de construcción
Las emisiones de MP10 en la fase de construcción del proyecto corresponderán a 616,27 kg/día, de los cuales 36,14 kg/día se generarán dentro de la Zona Saturada de las localidades de María Elena y Pedro de Valdivia (Decreto Supremo N* 1.162 de 1993 del Ministerio de Salud). Dichas emisiones se generarán principalmente por la realización de las siguientes actividades:
Excavaciones y movimientos de tierra;
Carga y descarga de material;
Compactación del terreno;
Transporte de vehículos por caminos no pavimentados;
Combustión interna de vehículos, maquinaría y grupos electrógenos;
Por otro lado, para la estimación del aporte a la calidad del aire en la localidad de María Elena generada por las emisiones de por MP10 relacionadas al proyecto, se utilizó el modelo de dispersión de contaminantes atmosféricos recomendado por US EPA (Agencia
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de Protección Ambiental de Estados Unidos) AERMOD. Específicamente se estimó el aporte del proyecto a la calidad del aire, en las estaciones monitoras con Representatividad Poblacional más cercanas al proyecto, denominadas Estación Iglesia, Estación Sur y Estación Hospital. Estos resultados indican un impacto nulo en dicha localidad. Para mayores antecedentes, ver Anexo AD1-4.2 de la Adenda 1 del ElA.
El proyecto considera la implementación de medidas de control de emisiones de MP10, referida a la humectación de caminos y frentes de trabajo, con una frecuencia de regadío de 2 veces al día (10:00 — 16:00) con agua de mar o agua industrial de proveedores autorizados. Cabe señalar, que se llevará un registro diario del origen del agua, la cantidad utilizada, y horas del día en la cual se ejecutará la medida de humectación de las distintas zonas, ya sean caminos o frentes de trabajo. Para mayor detalle se indica en el numeral 1.16 de la Adenda 1 del ElA.
Cabe señalar, que los caminos que serán humectados durante la fase de construcción, se presentan en el Plano AD1-1 del Anexo AD1-1 del Adenda 1 del ElA.
b) Fase de operación
En la fase de operación no se generarán emisiones a la atmósfera, dado que está previsto que la línea de transmisión será del tipo no atendida, por lo que el control y la operación de sus instalaciones se ejecutarán normalmente de forma remota mediante un sistema desde el Centro de Despacho de Carga Centralizado Antofagasta.
Cc) Fase de cierre
Las emisiones de MP10 en la fase de cierre del proyecto corresponderán a 616,27 kg/día, de los cuales 36,14 kg/día se generarán dentro de la Zona Saturada de las localidades de María Elena y Pedro de Valdivia (Decreto Supremo N* 1,162 de 1993 del Ministerio de Salud). Dichas emisiones se generarán principalmente por la realización de las siguientes actividades:
Excavaciones y movimientos de tierra;
Carga y descarga de material;
Compactación del terreno;
Transporte de vehículos por caminos no pavimentados;
Combustión interna de vehículos, maquinaría y grupos electrógenos;
Por otro lado, respecto de la estimación del aporte a la calidad del aire en la localidad de María Elena generada por las emisiones de por MP10 relacionadas al proyecto, se indica que las fuentes emisoras serán similares en magnitud y ubicación a las evaluadas en la fase de construcción. Por lo que se espera, un impacto nulo en la localidad de María Elena. Para mayores antecedentes, ver numeral 1.4 del Adenda 2 del ElA.
El proyecto considera la implementación de medidas de control de emisiones de MP10, referida a la humectación de caminos y frentes de trabajo, con una frecuencia de regadío de 2 veces al día (10:00 — 16:00), con agua que dará cumplimiento a la NCh 1.333/78. Cabe señalar, que se llevará un registro diario del origen del agua, la cantidad utilizada, horas del día en la cual se ejecuta la medida de humectación de las distintas zonas, ya sean caminos o frentes de trabajo. Para mayores, ver 1.4 de la Adenda 2 del ElA.
Los caminos que serán humectados durante la fase de cierre, se presentan en el Plano AD1-1 del Anexo AD1-1 del Adenda 1 del ElA.
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4.2.2. Residuos líquidos a) Fase de construcción
Los residuos líquidos que se generarán en la fase de construcción, serán sólo de carácter doméstico, provenientes de las instalaciones de faenas (de obras civiles y montaje). Se estima una generación de aguas servidas por un total de 20 m'/día, dichos residuos serán manejados a través de baños químicos, estanque de lavamano y duchas. La disposición final de dichos residuos será realizada a través de una empresa autorizada para realizar dicha labor.
b) Fase de operación En esta etapa no se generará ningún tipo de efluente líquido, ni industrial, ni doméstico. c) Fase de cierre
Los residuos líquidos que se generarán en la fase de cierre, serán sólo de carácter doméstico, provenientes de las instalaciones de faenas (de obras civiles y montaje). Se estima una generación de aguas servidas por un total de 20 m*/día, dichos residuos serán manejados a través de baños químicos, estanque de lavamano y duchas. La disposición final de dichos residuos será realizada a través de una empresa autorizada para realizar dicha labor.
4.2.3. Residuos sólidos a) Fase de construcción
Se generarán residuos sólidos domésticos en una cantidad de 2,2 ton/mes, los cuales serán recolectados en bolsas de basura y recipientes cerrados para ser almacenados temporalmente en contenedores dispuestos en la zona de almacenamiento de residuos de cada instalación de faena. Dichos residuos serán retirados de manera semanal a través de una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un vertedero autorizado.
También, se generarán residuos sólidos no peligrosos en una cantidad de 30 m'/mes, los cuales serán trasladados desde los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en contenedores y/o sobre el radier de la zona de almacenamiento de residuos de cada instalación de faena. Respecto la disposición final de dichos residuos, estos serán retirados a través de una empresa especializada, para ser enviados y dispuestos en vertedero o entregados a una empresa de reciclaje; todo autorizado según la legislación vigente.
Finalmente, se generarán residuos sólidos peligrosos en una cantidad de 50 kg/mes, los cuales serán trasladados desde los frentes de trabajo al patio de residuos peligrosos en la zona de almacenamiento de residuos de cada instalación de faenas, dichos residuos serán retirados por empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado según D.S N” 148/03 del Ministerio de Salud.
b) Fase de operación
Debido a las actividades de mantenimiento, se generarán residuos sólidos domésticos en una cantidad de 6 kg/día, los cuales serán recolectados diariamente y transportados hasta la ciudad más cercana, donde serán dispuestos en contenedores municipales para su posterior retiro.
También, se generarán residuos sólidos no peligrosos en una cantidad de 0,5 m”/mes, los cuales serán recolectados diariamente y transportados hasta la ciudad más cercana,
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donde serán dispuestos en contenedores municipales para su posterior retiro o serán retirados por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado.
Durante la fase de operación no se prevé la generación de residuos sólidos peligrosos. c) Fase de cierre
Se generarán residuos sólidos domésticos en una cantidad de 2,2 ton/mes, los cuales serán recolectados en bolsas de basura y recipientes cerrados para ser almacenados temporalmente en contenedores herméticos dispuestos en la zona de almacenamiento de residuos de cada instalación de faenas. Dichos residuos serán retirados de manera semanal a través de una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un vertedero autorizado.
También, se generarán residuos sólidos no peligrosos en una cantidad de 30 m*/mes, los cuales serán trasladados desde los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en contenedores y/o sobre el radier de la zona de almacenamiento de residuos de cada instalación de faenas. Respecto la disposición final de dichos residuos, estos serán retirados a través de una empresa especializada, para ser enviados y dispuestos en vertedero o entregados a una empresa de reciclaje; todo autorizado según la legislación vigente.
Finalmente, se generarán residuos sólidos peligrosos en una cantidad de 50 kg/mes, los cuales serán trasladados desde los frentes de trabajo a patio de residuos peligrosos en la zona de almacenamiento de residuos de cada instalación de faenas, dichos residuos serán retirados por empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado según D.S N” 148/03 del Ministerio de Salud.
4.2.4, Ruido a) Fase de construcción
Durante la fase de construcción se generarán emisiones sonoras a partir de las actividades desarrolladas en el área de faenas, tales como movimiento de maquinaria, trabajos de excavación, moldaje y enfierradura, hormigonado, relleno compactado, entre otros.
El mayor nivel de presión sonora esperado será de 98,4 dB(A), el que estará dado por las actividades de construcción de las estructuras. Con ese resultado, se estima un nivel de 72,4 dB(A) en el borde de la franja de servidumbre del proyecto.
Cabe destacar que estas emisiones serán acotadas en el tiempo (horario diurno) y alejadas de sectores poblados. Cabe señalar, que la distancia más cercana que estarán las obras del proyecto a un centro poblado, será a la localidad de Mejillones (3 km), el resto de los centros poblados estarán a una distancia de: Antofagasta (17 km), María Elena (12 km), Tocopilla (70 km), Coya Sur (9 km) y Pedro de Valdivia (6 km). Por lo anterior, se puede concluir que no es esperable un impacto sobre la población y el proyecto dará cumplimiento a la normativa de carácter ambiental vigente.
b) Fase de operación Durante la fase de operación del proyecto, no se prevé la generación de emisiones sonoras significativas (entre 35 y 50 dB(A)), casi imperceptible fuera de la franja de
seguridad de la Línea de Alta Tensión), por lo que no serán apreciables por parte de los receptores cercanos que se encuentran identificados a lo largo del tendido eléctrico.
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c) Fase de cierre
Durante la fase de cierre se generarán emisiones sonoras de las mismas características y magnitud que la fase de construcción, generadas a partir de las actividades desarrolladas en el área de los frentes de trabajo, tales como movimiento de maquinaria, funcionamiento de equipos, tránsito de camiones, etc. Cabe recordar que estas emisiones serán acotadas en el tiempo (horario diurno) y alejadas de sectores poblados, por lo que, el proyecto dará cumplimiento a la normativa de carácter ambiental vigente.
4.2.5. Campos eléctricos y magnéticos a) Fase de construcción
Durante la fase de construcción del proyecto no se generarán formas de energía y radiación.
b) Fase de operación
-
Campos eléctricos El valor del campo eléctrico generado por una línea de transmisión de 245 kV (máxima tensión considerada en la línea del proyecto), genera entre 1,5 y 2,6 kV/m bajo el eje, este valor será menor que lo indicado por la norma de referencia del ICNIRP, que es de 5 kV/m.
-
Campos magnéticos El valor de campo magnético producido por una línea de transmisión de 225 kV (algo mayor a la considerada en este proyecto), se encuentra entre los 2,0 y 4,3 pT bajo el eje, este valor será menor que lo indicado por la norma de referencia del ICNIRP, que es de 100 pT.
Para mayores antecedentes sobre los campos eléctricos y magnéticos, ver numeral 1.8.2.5. del ElA.
c) Fase de cierre Durante la fase de cierre del proyecto no se generarán formas de energía y radiación.
- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento del SEIA, se realizaron las siguientes actividades de Participación Ciudadana:
La publicación del extracto del Estudio de Impacto Ambiental, se efectuó el día 16/06/2012, en los diarios Oficial y El Mercurio de Antofagasta, iniciándose en consecuencia el proceso de Participación Ciudadana (PAC) el día 18/06/2012, para concluir al cabo de 60 días el 12/09/2012.
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Al respecto, se realizaron 2 talleres de capacitación, 3 dialogos titular- comunidad y dos talleres de asistencia técnica, como se señala en la tabla siguiente:
Tabla N? 1: Actividades de Participación Ciudadana
Persona Natural Persona Jurídica Actividad (según | Comuna y N? Total A 6 Organización ” corresponda) Localidad Mujeres | Hombres | Indígena ciudadanas Empresas | otras | Indígena Participantes Taller de Mejillones Capacitación 3/07/2012 2 2 2 2 4 Taller de Serra Gorda [2 o 1 1 2 Capacitación Dialogo Titular- | Sierra Gorda 1 0 1 1 Comunidad 19/07/2012 Dialogo Titular- María Elena 1 o 4 4 Comunidad 19/07/2012 Dialogo Titular- Mejillones Comunidad | 20/07/2012 | * o 1 d 1 Taller de . - ; Sierra Gorda Asistencia 0 0 o Técnica 29/08/2012 Taller de a A ; Mejillones Asistencia 1 0 1 1 Técnica 29/08/2012 TOTAL 13
5.1. Síntesis de Observaciones Ciudadanas:
No se recibieron observaciones ciudadanas durante el plazo establecido por la Ley N* 19.300.
- Que, se realizó la identificación, predicción y evaluación de los impactos ambientales y situaciones de riesgo:
En Capítulo 4 de ElA, Evaluación de Impactos Ambientales, E-CL S.A., realizó una evaluación de los impactos ambientales del proyecto. Además, del análisis de los componentes del medio ambiente descritos en la línea base del proyecto (Capítulo 2 del EIA), considerando las etapas de construcción, operación de acuerdo a lo definido en la pertinencia de ingresar al SEIA y la necesidad de elaborar un ElA (Capítulo 3 del ElA), el proyecto será susceptible de causar los siguientes impactos:
a) Impactos positivos
- Aumento del empleo y ocupación.
b) Impactos negativos
b.1) Fase de construcción
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-
Alteración de sitios arqueológicos y del patrimonio cultural.
-
Alteración en la abundancia de las poblaciones de avifauna.
e Alteración en la abundancia de las poblaciones de ave rapaces. + Alteración de la calidad visual del paisaje.
Mayores antecedentes se presentan en el capítulo 4 del ElA, página 17 del ElA. b.2) Fase de operación
- Alteración en la abundancia de las poblaciones de avifauna.
- Alteración en la abundancia de las poblaciones de ave rapaces.
- Alteración de la calidad visual del paisaje.
Mayores antecedentes se presentan en el capítulo 4 del ElA, página 23 del ElA. 7. Medidas de mitigación, reparación y/o compensación
Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya - S/E Crucero” puede concluirse que las siguientes medidas propuestas por el titular y contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adenda, complementadas, en su caso, por los órganos con Competencia Ambiental, son apropiadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, las que deberán cumplirse para la ejecución del respectivo proyecto.
7.1. Fase de construcción a) Arqueología
i) Respecto a las obras del proyecto que se emplacen dentro del área del Taller Lítico Algorta, se dispondrá que cada torre y acceso ubicado a menos de 40 m de un sitio arqueológico sea cercada a fin de generar un área de trabajo aislada que permita que los trabajos y la circulación de equipos y personas se hagan exclusivamente en dicha área.
li) Se implementará señalética prohibiendo la circulación de personas, vehículos y maquinaria fuera de los caminos preexistentes y de los espacios destinados a la construcción de las torres.
iii) Se instalarán cercados (cerco de malla “Dorment”) a lo largo de los caminos que colinden con sitios arqueológicos, con el objeto de reforzar la restricción circular fuera de los espacios destinados para ellos y señalización con letreros con la leyenda “Zona de Restricción No ingresar”.
iv) La instalación de señalización, cercos y barreras de protección, será supervisada en terreno por un profesional con formación en arqueología, y que posea experiencia en este tipo de acciones de protección y conservación, además de conocimiento del área objeto del proyecto.
v) Se implementará un programa de capacitación patrimonial para todo el personal que intervenga en el terreno, dictada por un arqueólogo o licenciado en arqueología, en el cual se entregarán los procedimientos a seguir en caso que se detecte algún hallazgo arqueológico durante la fase de construcción.
vi) Se definirán áreas de restricción en aquellos sectores en que se concentran varios elementos patrimoniales.
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vii) En relación a los hallazgos arqueológicos emplazados en el área de influencia directa, pero fuera del sector del Taller Arqueológico Algorta, consistente en los hallazgos aislados LTE Chacaya-Crucero 1, LTE Chacaya - Crucero 3, LTE Chacaya — Crucero 4, LTE Chacaya - Crucero 5 y LTE Chacaya -— Crucero 6, se implementará señalética asociada a los elementos, prohibiendo las actividades de cualquier tipo sobre ellos.
b) Medio Biótico i) Alteración en la abundancia de las poblaciones de avifauna.
-
Se instalarán desviadores de vuelo en aquellos tramos de la línea de alta tensión que intersecten rutas migratorias y/o zonas de desplazamiento de avifauna.
-
El proyecto contará con la presencia de un especialista en fauna que estará presente en los frentes de trabajo durante la fase de construcción, quien será responsable de realizar microrruteos por el trazado del proyecto, constatando que en el área del proyecto no existan evidencias de nidificación de L. modestus, huevos, polluelos y/o volantones. En el caso de detectar la presencia de dicha especie, se prohibirá el acceso y realización de cualquier actividad relacionada con la construcción del proyecto.
-
Desarrollo de charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, por parte de un biólogo, a todas las personas que trabajen durante la fase de construcción.
*e Con el objetivo de asegurar el mínimo impacto de las obras de construcción en las cercanías a los cruces de los ríos Loa y San Salvador, se instalarán mallas tipo Raschel alrededor de los frentes de trabajo de las torres a cada lado de los cruces, además de la humectación de caminos cercanos a dicho sector.
ii) Alteración en la abundancia de las poblaciones de aves rapaces. + Seinstalarán desviadores de vuelo en aquellos tramos de la línea de alta tensión que intersecten rutas migratorias y/o zonas de desplazamiento de avifauna. +. Desarrollo de charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, por parte de un biólogo, a todas las personas que trabajen durante la etapa de construcción.
c) Paisaje
¡) Se minimizará la intervención sobre superficies, disminuyendo los impactos asociados a la construcción de nuevos caminos de acceso a las obras y frentes de trabajo.
li) Las estructuras y conductores a utilizar en la construcción de la línea de alta tensión serán de materiales opacos, con baja reflectividad, lo que disminuirá su visibilidad.
iii) Se mantendrá permanentemente ordenados y limpios los frentes de faena.
iv) Una vez concluida la fase de construcción, se reacondicionará el terreno de las instalaciones de faena, dejando el terreno con características topográficas similares a la que se encontraban de manera previa al inicio de la fase de construcción.
7.2. Fase de operación
a) Medio Biótico
i) Alteración en la abundancia de las poblaciones de avifauna.
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+. Seinstalarán desviadores de vuelo en aquellos tramos de la línea de alta tensión que intersecten rutas migratorias y/o zonas de desplazamiento de avifauna.
- Desarrollo de charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, por parte de un biólogo, a todas las personas que trabajen durante la fase de operación.
ii) Alteración en la abundancia de las poblaciones de aves rapaces.
-
Se instalarán desviadores de vuelo en aquellos tramos de la línea de alta tensión que intersecten rutas migratorias y/o zonas de desplazamiento de avifauna.
-
Desarrollo de charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, por parte de un biólogo, a todas las personas que trabajen durante la fase de operación.
c) Paisaje
- Las estructuras y conductores a utilizar en la construcción de la línea de alta tensión serán de materiales opacos, con baja reflectividad, lo que disminuirá su visibilidad.
Mayores antecedentes respecto de las medidas anteriormente señaladas (Arqueología, Medio biótico y Paisaje), ver numerales 7.2, 7.3 y 7.4 del Adenda 1 del ElA, pág.1, 2 y 3 fichas impactos medidas del Anexo AD2-2 del Adenda 2 del ElA, pág. 16 del numeral 3.2 del Adenda 2 del ElA, numeral 6.1 del Adenda 2 del ElA.
- Plan de seguimiento ambiental propuesto en el ElA y sus Adenda
A continuación, se describe el plan de seguimiento ambiental propuesto por E-CL S.A, que permitirá asegurar que la variable ambiental relevante que dió origen al ElA y que se relaciona con los impactos del proyecto, evoluciona según lo establecido en la evaluación del proyecto.
8.1. Arqueología
El objetivo es poder establecer eventuales alteraciones a los monumentos arqueológicos, debido a la presencia de sitios arqueológicos. Para lo cual se realizará durante la fase de construcción:
-
Supervisión permanente de la construcción de las obras del proyecto por parte de un arqueólogo o licenciado en arqueología, durante toda la fase de construcción (movimiento de tierras y/o excavaciones, faenas de construcción de la línea de alta tensión, la habilitación y mantención de accesos, etc.). Cabe señalar, que respecto de la relocalización de torres en el sector Algorta, dicho profesional deberá supervisar que los nuevos emplazamientos correspondan a áreas libres de presencia de bienes patrimoniales.
-
Verificación in situ la implementación de cercados, señalizaciones y condiciones de los sitios arqueológicos por parte de un arqueólogo o licenciado en arqueología. Dicha actividad se realizará con una frecuencia mensual.
-
Los resultados de dicha supervisión deberán ser presentados en un informe de monitoreo en forma mensual, donde se consignen todas las actividades supervisadas, los eventuales hallazgos nuevos que se realicen, el registro fotográfico de los frentes monitoreados, y cualquier otra información relevante. Además, dentro de este informe será incorporado el programa de capacitación patrimonial (charlas de capacitación que se realizarán al personal que trabajará en el proyecto), con las respectivas actas de asistencia a dicha actividad.
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Mayores detalles se presentan en la tabla PS-1 del capítulo 6 del ElA, numerales 8.1, 8.2 y 8.3 del Adenda 1 del ElA.
8.2. Otros seguimientos propuestos
A pesar que las variables relacionadas con el artículo 6 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental no han dado origen al Estudio de Impacto Ambiental, el titular ha propuesto un plan de seguimiento durante la fase de operación correspondiente a:
a) Medio biotico
Un plan de monitoreo de la avifauna, por la potencial ocurrencia de colisiones de ejemplares con la línea de alta tensión y la presencia de nidos en el área de influencia directa. El cual consistirá en 3 prospecciones anuales al trazado del proyecto (dos monitoreos se realizarán durante el periodo de reproducción, entre los meses de septiembre a febrero), el que se llevará a cabo durante los dos primeros años de operación.
El monitoreo determinará la presencia de aves muertas o heridas bajo los conductores y dentro del área de influencia del proyecto, además de la nidificación de aves dentro de la misma. Se llevará un registro fotográfico y del número de accidentes atribuibles al proyecto y de la presencia de nidos de Leucophaeus modestus o Sterna lorata.
En los lugares en que se tenga acceso vehicular, la prospección se llevará a cabo en vehículo a baja velocidad, con la participación de 2 profesionales. En el resto de los sectores, se realizará una prospección pedestre, con igual número de profesionales.
Posterior a cada monitoreo se emitirá un informe que será enviado al SEA y al SAG de la Región de Antofagasta. Cabe señalar, que este informe deberá ser remitido a dichos servicios a más tardar 1 mes después de realizado el monitoreo o visita a terreno.
Si como resultado del monitoreo, se llegan a determinar falencias en la efectividad de la medida, o se detectan nuevos sectores que ameriten la implementación de elementos disuasivos, se propondrá a la autoridad medidas complementarias. Esto será reflejado en los informes que se entregarán a la autoridad, los que incorporarán una propuesta de medidas correctivas en caso que sea necesario.
Mayores detalles se presentan en la pág 2, tabla fichas de seguimiento del Anexo AD2-2 del Adenda 2 del ElA y numerales 3.2, 4.2 y 7.1 del Adenda 2 del ElA.
- Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes
Las medidas contenidas en el plan de prevención de riesgos y control de accidentes ambientales del proyecto, está enfocado a dos aspectos, el primero consiste en la elaboración y aplicación de un plan de prevención de riesgos ambientales, cuyo objetivo es evitar la ocurrencia de eventos con potencial de causar daño a las personas, instalaciones y/o al medio ambiente. Mientras que el segundo aspecto está enfocado al plan de contingencia de accidentes enfocado al medio ambiente, personas e instalaciones del proyecto. Para mayor detalle, ver capítulo 11 del ElA.
- Relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo regional y con los planes de desarrollo comunal.
El Gobierno Regional de Antofagasta se pronunció conforme respecto a las políticas, planes y programas de desarrollo regional, a través del Ordinario N” 001363/2012 de fecha 13 de Julio de 2012.
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La llustre Municipalidad de María Elena no emitió pronunciamiento, respecto a la relación entre las políticas, planes y programas de desarrollo regional y el proyecto en evaluación.
La llustre Municipalidad de Sierra Gorda se pronunció, señalando que el proyecto en evaluación no interferirá con el Plan de Desarrollo Comunal, a través del Ordinario N* 153 de fecha 14 de Marzo de 2013.
La Ilustre Municipalidad de Mejillones se pronunció conforme, respecto a la relación entre los planes de desarrollo comunal y el proyecto en evaluación, a través del Ordinario N* 215 de fecha 12 de Marzo de 2013.
- Compatibilidad territorial del proyecto
El Gobierno Regional de Antofagasta se pronunció conforme respecto a la compatibilidad territorial del proyecto, a través del Ordinario N” 001363/2012 de fecha 13 de Julio de 2012.
La llustre Municipalidad de María Elena no emitió pronunciamiento respecto de la compatibilidad territorial del proyecto.
La llustre Municipalidad de Sierra Gorda se pronunció, señalando que el proyecto en evaluación se emplazará fuera de lo límites definidos por el actual Plan Regulador Comunal, por lo cual no interferirá con dicho instrumento, a través del Ordinario N* 153 de fecha 14 de Marzo de 2013.
La Ilustre Municipalidad de Mejillones se pronunció conforme, respecto a la compatibilidad del proyecto y los instrumentos de planificación territorial existentes, a través del Ordinario N? 215 de fecha 12 de Marzo de 2013.
- Proposición de condiciones o exigencias específicas que el titular debería cumplir para ejecutar el proyecto o actividad.
a) El titular mantendrá un registro del punto de abastecimiento de agua industrial a emplear por lo camiones aljibes, que incluirá la documentación necesaria que permita tal extracción al proveedor. Además, se remitirá a la Dirección General de Aguas de la Región de Antofagasta, un primer informe de registro al inicio de la construcción, y luego, informes trimestrales durante la fase de construcción.
b) Se ingresarán las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA, al Sistema de Carga de Compromisos ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso deberá materializarse en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quedé firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.
c) Se mantendrán todos los registros que permitan verificar el retiro de residuos y su disposición final en lugares autorizados, para todos los tipos de residuos generados en el proyecto. Sobre la frecuencia de retiro de residuos proveniente de los baños químicos, se deberá garantizar el adecuado funcionamiento de dichas instalaciones en función del número de trabajadores contemplados para la fase de construcción.
d) Una vez iniciada la fase construcción se remitirá un resumen, a la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Antofagasta, en el que se identificará a los proveedores de áridos y hormigón. Adicionalmente, se enviará mensualmente a dicha Secretaría Regional Ministerial las órdenes de compras correspondientes a cada uno de sus proveedores tanto de la extracción de áridos como de hormigón, y se informará las
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coordenadas que delimitan el polígono del yacimiento de extracción de áridos. Cabe señalar, que una vez que se haya materializado el proyecto, se deberá enviar el mismo informe con un resumen de los proveedores y el total de material suministrado (áridos y hormigón).
- Que, los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300 han sido adecuadamente considerados según se indica a continuación, definiéndose las medidas de mitigación, reparación o compensación apropiadas, de conformidad a lo señalado en el artículo 16 de la Ley N” 19.300.
f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
El proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya - S/E Crucero” poseerá actividades y acciones que intervendrán sitios con valor antropológico, arqueológicos, históricos o pertenecientes al patrimonio cultural. Cabe señalar, que respecto de la línea de transmisión del presente proyecto, ésta corresponde a un proyecto ya presentado y evaluado en el marco del SEIA mediante la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ingresada el día 11 de junio del 2010, aunque se modifican algunos vértices en la salida desde Mejillones (detalle en el numeral 1.2.3. del presente Capítulo) y se agregan las obras señaladas para las subestaciones. Sin embargo, dicho proceso (DIA) fue desistido por el titular debido a las observaciones realizadas por el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), donde, entre otras, se sugiere la reevaluación del proyecto y su ingreso al SEIA como un ElA, observación que es acogida por el Titular.
De acuerdo a lo indicado por el Consejo de Monumentos Nacionales a través del ORD. N? 3641, del 19 de julio de 2010, en el sector denominado “Taller Algorta” el trazado de torres está inserta dentro de un área con una concentración importante de sitios arqueológicos. En efecto, dentro del Área de Influencia Directa del proyecto en el sector “Taller Algorta” se identificaron 167 elementos patrimoniales, muchos de los cuales, dada su cronología y/o contexto de uso, corresponden a Monumentos Arqueológicos según lo definido en el artículo 21 de la Ley N* 17.288/70 de Monumentos Nacionales.
Las actividades del proyecto deben ingresar al SEIA presentando un Estudio de Impacto Ambiental, ya que generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, según lo indicado en la letra f) del artículo N 11 de la Ley 19.300 y artículo N 11 del Reglamento del SEIA, y sus correspondientes modificaciones.
-
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya — S/E Crucero” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.
-
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya - S/E Crucero” requiere los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 93 y 96 del Decreto Supremo N” 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El Permiso Ambiental Sectorial contemplado en el artículo N 93 ha sido informado favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 96 fue informado favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Antofagasta, para el cambio de uso de suelo por una superficie total de 9,6 ha.
-
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, sólo está facultada para pronunciarse respecto de la calificación ambiental del proyecto, por lo cual, para que éste
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pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las demás normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando ésta lo solicite, y facilitando la información y documentación que ésta requiera para el buen desempeño de sus funciones.
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Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N”* 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, con copia a la Superintendencia del Medio Ambiente, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.
-
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta, las modificaciones del proyecto, a objeto de analizar la pertinencia de ingreso de dichas modificaciones al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
Que si bien el Seguimiento y Monitoreo Ambiental señalado en la presente resolución, permitirá corroborar que las variables ambientales que pudieran verse afectadas por el proyecto, evolucionen según las predicciones realizadas por el titular, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta podrá solicitar cuando existieren antecedentes fundados, monitoreos, análisis y mediciones adicionales a los establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adenda, así como la modificación de sus frecuencias. A su vez el titular podrá solicitar a dicha Comisión, cuando existieren antecedentes fundados para ello, la modificación, reducción o eliminación de dichos monitoreos, análisis, mediciones o sus frecuencias y/o demás características.
-
Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
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Evaluación Ambiental
RESUELVE:
-
CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya - S/E Crucero”, presentado por E-CL S.A.
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DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su ElA, en sus Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.
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CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Línea de Alta Tensión S/E Chacaya - S/E Crucero” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N* 93 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que respecto de los efectos características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la ley N” 19.300, se han establecido las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas.
Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.
Comisión de Evaluación Región de Antofagasta.
CGD
Distribución: Proponente. Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia de Medio Ambiente.
Expediente proyecto.
Archivo Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta.
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