Evaluación SEA

Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco .

Rol 6827721
SEA · DIA · Aprobado · 2012-04-24 · Región del Maule · Agrícola Chorombo S.A.

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEL MAULE

Califica ambientalmente el proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco."

Resolución Exenta N* 175

Talca, 03 de Septiembre del 2013

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

1.- La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco.", presentada por Agrícola Chorombo S.A., con fecha 24 de Abril de 2012.

2.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N%21-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Maule, con fecha 14/05/2012; Oficio N399 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 14/05/2012; Oficio N%68 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 15/05/2012; Oficio N784 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, con fecha 15/05/2012; Oficio N%611 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 16/05/2012; Oficio N1213 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 16/05/2012; Oficio N929 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 17/05/2012; Oficio N%377 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 17/05/2012; Oficio N1741 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 18/05/2012; Oficio N819 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 18/05/2012; Oficio N“28 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 25/05/2012; Oficio N671 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 21/08/2012; Oficio N1078 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 27/08/2012; Oficio N38-EA/2012 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región del Maule, con fecha 27/08/2012; Oficio N3158 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 31/08/2012; Oficio N1908 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 31/08/2012; Oficio N721 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 31/08/2012; Oficio N2085 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 31/08/2012; Oficio N53 sobre la Adenda 1, por Secretaría

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Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 03/09/2012; Oficio N1113 sobre la Adenda 2, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 28/05/2013; Oficio N%49 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 29/05/2013 y Oficio N*36 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 31/05/2013.

3.- El acta de evaluación N 31/2012 de Comité Técnico. 4.- El informe consolidado de evaluación 5.- El Acta de la Sesión N008 de la Comisión de Evaluación Región del Maule.

6.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco.".

7.- Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

1.- Que, la Comisión de Evaluación debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco.".

2.- Que, el derecho de Agrícola Chorombo S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco.”" consiste en la regularización del Stud de machos y la modificación del actual sistema de tratamiento y disposición final de purines para cada sitio (sitio 1 “Maternidad” y sitio 2 “Engorda”), del proyecto “Proyecto Plantel de cerdos Pelarco” aprobado mediante Resolución de Calificación Ambiental N* 455/2006.

El proyecto se ejecutará en la comuna de Pelarco. Su acceso es a través de la ruta 5 Sur hasta el Km 223, luego se sigue en dirección Este 14 Km hasta el cruce Santa Lucía, desde

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ahí se continúa en dirección Sur 15.4 Km y finalmente se prosigue en dirección Este 4 Km por la ruta K-45.

La ubicación del proyecto según coordenadas UTM WGS84 huso 19 es:

Polígono Este Norte Punto 290.700 6.083.440 referencial

Proyecto

La construcción total del proyecto tendrá un monto de inversión de US$ 790.000 dólares americanos.

A fin de reducir el riesgo de contagio de enfermedades entre los animales, éstos son mantenidos en pabellones aislados físicamente, correspondientes a Sitio 1 (maternidad y stud de machos) y Sitio 2 (engorda), donde cada sitio cuenta con una planta de tratamiento independiente.

El sistema de tratamiento que fuese aprobado mediante la Resolución de Calificación Ambiental N 455/2006 consistía en un tratamiento para los purines generados por el plantel (Sitio 1 y Sitio 2), dimensionado para un nivel de producción de 10.000 hembras, basado en un sistema Biofiltro Dinámico Aeróbico, y una disposición final en el Estero Pelarco, con el objeto de dar cumplimento con los requisitos establecidos en Tabla N1 del D.S. N* 90/01 del MINSEGPRES. Cabe mencionar que en la actualidad sólo se encuentra operando la primera etapa compuesta de 2500 hembras, la cual se ampliará en etapas de 2500 hembras cada una, cada 2 años de manera estimativa hasta llegar a la máxima capacidad de 10.000 hembras.

El nuevo proyecto que sustituye al calificado mediante la Resolución Exenta N 455/2006, comprende la regularización del Stud de Machos, la cual posee una capacidad máxima de albergue para 152 animales. Esta instalación se encuentra emplazada dentro del área de desarrollo del Proyecto, específicamente en Sitio N1.

En síntesis, las principales obras que constituyen el nuevo proyecto son:

a) Planta de tratamiento de purines para el Sitio 1 “Maternidad y Stud”.

b) Laguna de almacenamiento de efluentes para el Sitio 1 “Maternidad y Stud”.

c) Planta de tratamiento de purines para el Sitio 2 “Engorda”.

d) Laguna de almacenamiento de efluentes para el Sitio 2 “Engorda”.

e) Sistema de riego tecnificado tipo californiano, para la disposición de los efluentes ya tratados en predios de propiedad del titular plantados con bosques de pinos y eucaliptus.

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f) Sitio de acopio Lodo — Guano.

g) Stud de machos.

3.1.- Modificaciones

3.1.1.- Modificación del Sistema de tratamiento

El plantel está dividido en dos sitios de producción, los que se localizan físicamente en dos sectores diferentes, por lo que cada sitio cuenta con una Planta de tratamiento de purines independiente.

Actualmente y para cada sitio, el sistema de tratamiento de purines está basado en la tecnología Biofiltro Dinámico y Aeróbico como sistema central de eliminación de carga orgánica con Pre y Post tratamiento, compuesto por:

a) Estanque homogenizador

b) Filtro parabólico.

c) Estanque pulmón.

d) Pre filtros.

e) Lombrifiltro primario

f) Lombrifiltro secundario.

La modificación del sistema de tratamiento aprobado en la RCA N*455/2006, consideraría cambios en las unidades de proceso del sistema de tratamiento y la inclusión de lagunas de almacenamiento de efluentes ya tratados, para ser utilizados como agua de riego. Cada sistema contará con las siguientes unidades:

1) Estanque Homogenizador.

Consiste en un estanque cónico de hormigón con 110 metros cúbicos de capacidad que contará con agitación mecánica. Desde él se impulsará el efluente por medio de una bomba hacia la etapa de separación primaria de sólidos.

ii) Filtro Parabólico (Sistema de separación primaria de solidos)

Corresponde a un separador de malla inclinada estacionaria, de perfil triangular (tipo

Johnson), con un diseño parabólico y una abertura de 0,5 mm, lo que permitirá una recuperación de sólidos (base sólido seco) de 30 a 40%.

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La fracción solida (guano) caerá en la parte superior de la malla y la fracción líquida pasará a través de una cañería que conduce los líquidos hacia el estanque de aireación, mientras que los sólidos rodarán por la superficie de la malla hasta un tornillo que prensará los sólidos. Las aguas obtenidas en este último proceso serán conducidas hasta el estanque de aireación.

Los sólidos secos serán depositados directamente a un camión cubierto con lona.

iji) Acondicionamiento y decantación

Compuesto por 2 estanques cónicos de 40 metros cúbicos cada uno, donde los purines son separados de la fracción solidas (lodos) mediante la adición de químicos floculantes y

coagulantes, produciendo una decantación de estos.

Los líquidos son enviados hacia el sistema biológico (lombrifiltro) para que prosigan con el tratamiento de purificación a través de lombrices.

iv) Decanter, para secado de lodo.

Los lodos provenientes del sistema de acondicionamiento y decantación serán elevados mediante una bomba al Decanter, el cual corresponde a una centrífuga horizontal, que consiste en un rotor de forma cilíndrica con un extremo cónico, en cuyo se encuentra un sinfín, teniendo lugar la separación de la fase líquida con la fase sólida (lodo).

El objetivo de esta etapa es obtener un lodo con un menor porcentaje de humedad. El purín tratado y recuperado en esta etapa se recirculará al proceso de acondicionamiento y decantación.

v) Unidad de Tratamiento Biológico o lombrifiltros

La unidad de tratamiento biológico o lombrifiltro se encontrará compuestos de tres materiales de estratos diferentes para el relleno:

a) Una base de doble fondo, destinada al drenaje del sistema y para permitir la existencia de flora bacteriana aeróbica.

b) Una capa de bolones con gravilla, una capa de arena, carbón activado y viruta más aserrín.

c) Una capa de lombrices en la superficie que degradan la materia orgánica y generan las condiciones para la proliferación de micro organismos asociados a estas.

Los purines (fracción liquida) provenientes de la etapa de acondicionamiento y

decantación, se esparcirán en forma homogénea en la parte superior del Biofiltro a través del sistema de riego (aspersores en el biofiltro).

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La superficie de los biofiltros por etapa de producción serían las siguientes:

¡Area dejEtapa Caudal Superficie de biofiltro (m2) roducción m3/día) IN91: 2.500 hembras enP200 2.000 JEngorda etapa N1 Sitio 2) IN92: 5.000 hembras en400 4.000 letapa N2 IN93: 800 8.000 10.000 hembras en etapal IN93 y 4 IN9]1: 2.500 hembras en/133 1.300 Maternidad yletapa N1 Stud se ÍN92: 5.000 hembras enP63 2.600 (Sitio 1) letapa N2 IN93: 1523 5.200 10.000 hembras en etapal IN93 y 4

vi) Lagunas de almacenamiento de efluentes para períodos de lluvias

Los efluentes ya tratados, provenientes del lombrifiltro serán utilizados para riego, y en forma eventual serán descargados a cada una de las lagunas de almacenamiento que se construirán, para posteriormente disponerlas en forma de riego en los terrenos de Agrícola Chorombo S.A. (titular). Esto último ocurrirá sólo en los días de lluvia, ver Anexo N%8 del Adenda N93 y considerando 3.3.1 de la presente resolución.

Las lagunas tendrán una capacidad máxima de 72.000 metros cúbicos (Sitio 2-Engorda) y 48.000 metros cúbicos (Sitio 1-Maternidad y Stud).

Las ubicaciones de las lagunas según coordenadas UTM WGS84 huso 19 serán:

Polígono Este Norte Laguna Maternidad 290.462 6.082.936 Laguna Engorda 291.622 6.083.949

3.1.2.- Sitio de acopio de lodo y guano. Tanto los lodos como el guano generado en el sistema de tratamiento de efluentes, serán

transportados hasta la cancha de acopio, mediante camiones con contenedor estanco, herméticos, con descarga a través de una puerta trasera. El guano será transportado 1 vez al

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día al sitio de acopio, por lo que el número de viajes será de al menos 2 al día, considerando uno desde maternidad y uno desde engorda, lo anterior estimado con el proyecto en operación a 10.000 hembras.

El acopio del guano y lodo en el sitio de acopio, se realizará a través de pilas, las cuales tendrán dimensiones aproximadas de 3 metros de alto, y 1,5 metros de ancho.

A este sitio llegará la fracción sólida generada, y que no es entregada a terceros en forma inmediata para su posterior aplicación a terrenos agrícolas, de conformidad a lo indicado en el considerando 3.3.2.4. de la presente resolución.

El registro de los destinatarios será realizado a través de las guías de despacho y la correspondiente factura. Además, el titular deberá mantener en planta un sistema de registro para receptores de guano, el que indicará:

a) Fecha de la entrega.

b) Antecedentes de los destinatarios (Destino, responsable, patente vehículo).

c) Cantidad (metros cúbicos).

d) Uso previsto del guano.

e) Otros datos de interés.

3.1.3.- Stud de machos

El plantel cuenta con una instalación para el alojamiento máximo de 152 machos. Estos animales son los que proveen de semen, para las labores de inseminación que se realiza en los planteles de reproducción, dicha instalación consiste en un pabellón de 640 metros cuadrados, con las siguientes partes:

a) Zona de jaulas

b) Corrales

c) Laboratorio

d) Sala de empaque

e) Pediluvio

f) Zona de administración (hall de estar, comedor, oficina).

El stud a capacidad completa, tiene un requerimiento de alimentos de 2.5 kilos por macho instalado al día, lo que equivale a 9,300 kilos/mes aproximadamente.

El consumo de agua diario por macho instalado, es de 12 litros/día, por lo que para su capacidad completa se estima un consumo diario de 2 m3/día de agua aproximadamente.

El consumo eléctrico, será aproximadamente 345,5 Kw/hora/mes.

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Los purines a generar serán tratados junto a los del sitio 1 (maternidad).

3.2.- Etapa de Construcción.

Los sitios de crianza (maternidad y engorda), y el Stud de machos ya se encuentran construidos, por lo que las obras a construir son las modificaciones al sistema de tratamiento para el Sitio 1 (Maternidad y Stud), Sitio 2 (Engorda) y la regularización del Stud. Es decir, la construcción de las lagunas de almacenamiento de efluentes y el sitio de acopio de lodo-guano.

3.2.1.- Construcción de las lagunas.

Las fases de la construcción son las siguientes:

a) Preparación del Terreno de lagunas

Considera la limpieza, nivelación y compactación en las áreas donde se construirán las lagunas de cada Planta de tratamiento (sitio 1 y sitio 2).

Se utilizarán principalmente bulldozer, cargador frontal, camiones y rodillos compactadores. A fin de minimizar las emisiones de material particulado, el titular humectará el terreno del área donde se estén ejecutando las obras en función de las condiciones meteorológicas.

b) Impermeabilización de lagunas

Se realizará mediante la aplicación de una capa de arcilla compactada al 95% en su base. Sobre el suelo natural compactado se instalará una lámina de HDPE de 1,0 mm. El volumen máximo de las lagunas será de 72.000 metros cúbicos (sitio 2 - Engorda) y 48.000 metros cúbicos (sitio 1- Maternidad).

3.2.2.- Sitio de acopio de guano y lodos.

El titular habilitará una zona para contener de manera temporal (por un periodo no superior a l mes) el guano, lodos y humus. Esta contará con cortinas vegetales a su alrededor y con un sistemas de control de aguas de escorrentías. Este sitio de acopio (A3) posee una

superficie aproximada de 2,35 ha.

La ubicación del sitio de acopio temporal es en las siguientes coordenadas:

Coordenadas UTM (WGS84 huso Polígono Superficie (ha) Vértice 19) Este | Norte

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1 291.002 6.085.412 . 2 291.081 6.085.522 A3 (Acopio) 2,35 3 291.235 6.085.433 4 291.154 6.085.328

3.3.- Etapa de Operación.

El proyecto ya funciona con un plantel de 2.500 hembras, la cual se ampliará en etapas de 2500 hembras cada una, cada 2 años de manera estimativa hasta llegar a la máxima capacidad de 10.000 hembras.

3.3.1.- Manejo de los efluentes líquidos.

El sistema de tratamiento de las aguas residuales generadas en los planteles de maternidad, engorda y Stud está basado en lombrifiltros. Dicho tratamiento consiste en:

a) Conducción del purín por medio de aducciones hacia la planta de tratamiento. b) Separación de la fracción sólida de los purines por medio de un sistema de prensas.

c) El agua residual es regada sobre un lecho compuesto por distintos estratos y que contiene un alto número de lombrices.

d) El agua residual escurre por el medio filtrante quedando retenida la parte sólida. Esta fracción es consumida por las lombrices.

e) Conducción de las aguas tratadas para riego en terrenos con eucaliptos y pinos.

El sistema de tratamiento integrado requiere de lagunas que acumulen el efluente tratado durante periodo en que no se regará o cuando el suelo se encuentra saturado (época invernal), alrededor de 5 días después de un evento de lluvia. En este caso, el titular utilizará para el almacenaje dos lagunas, una correspondiente al sitio de maternidad más Stud, de aproximadamente 48.000 metros cúbicos y otra correspondiente al sitio de engorda de aproximadamente 72.000 metros cúbicos, lo que dará una capacidad total de almacenaje aproximado de 120.000 metros cúbicos para un periodo de 90 días de lluvia prolongada. (Ver anexo N98 del Adenda N93.)

Los efluentes tratados serán aplicados al suelo de manera controlada bajo la modalidad de tasa lenta.

Con respecto al diseño del programa de aplicación, este deberá ser coincidente con los resultados del balance hídrico presentado en anexo 8 del Adenda N*3.

La siguiente tabla muestra las etapas, zonas, superficies y tipo de riego comprometidos:

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N? total de Animales por Zonas de Superficie Plantel etapas riego (ha) Tipo de riego 2.500 hembras en etapa N1 1y2 10,48 Californiano 5.000 hembras Sitio 1 (Maternidad) en etapa N2 1,2,3y4 19,15 Californiano 10.000 hembras en etapaN”3y4 |1,2,3,4,5y6 30,69 Californiano

En base a 2.500 hembras etapa

N*1 5y4 6,46 Californiano En base a 5.000 hembras etapa

Sitio 2 (Engorda)

N2 5,4y3 10,4 Californiano En base a 10.000 hembras 9,8,7,6,5, 4, 3, etapas N3 y 4 2y1 27,74 Californiano

Tal como se detalla en la tabla anterior las zonas y superficies de riego estarán condicionadas al número de animales (etapas del proyecto), donde:

i) El primer balance hídrico (ver anexo N*8 del Adenda N?3) presenta la situación actual del Plantel Pelarco (Etapa 1, en total 2.500 hembras), en donde se considera la aplicación de riego de acuerdo a la impulsión N? 1 de los sectores respectivamente. En esta etapa, se considera regar las zonas 1 y 2 (10,48 ha) para el caso del Sitio 1 (Maternidad) y las zonas 5 y 4 (6,46 ha) para el caso del Sitio 2 (Engorda).

En el caso del Sitio 1 correspondiente a Maternidad, las hectáreas consideradas en el riego corresponden en un 76% a Pino (7,96 ha) y en un 24% a Eucaliptus (2,52 ha), mientras que

para el Sitio 2, Engorda, el riego es destinado en un 100% (6,46 ha) a Eucaliptus.

Plan de distribución de purines en forma anual para sitio 1(Maternidad y Stud):

PLAN RESUMEN DISTRIBUCIÓN ANUAL PURINES TRATADOS Total requerimie Caudal | Volumen aria Almacen Superfic nto total Lora entaje Total Aplicació: Riego ¿Alinecs aje de s ie Total E aplicación o. |] nm Purines o naje de 3 día | Mes a consideran | generado a Aplicación adicional y purines de riego ñ purines s tratados(m purines (ha) do de purines (0%) Purines 3/ha/dia) (m3) (m3) acumulad eficiencia (m3) dd (m3) m o (m3) riego (m3) 31 | En 10.48 34.368 4.123 14% 6.832 21,03 27.536 0 3.300 28 | Febr. | 10.48 23.559 3.724 13% 6.203 21,14 17.357 0 821 31 | Mar 10.48 16.124 4.123 10% 4.944 15,22 11.180 0 0 30 | Abr 10.48 3.467 3.990 6% 2.997 9,53 700 993 993

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31 | May 10.48 0 4.123 5% 2.517 1,75. 0 1.606 2.599 30 | Jun 10,48 0 3.990 3% 1.528 4,86 0 2.462 5.061 31 |Jul 10.48 0 4.123 3% 1.498 4.61 0 2.625 7.686 31 | Ago. 10.48 0 4,123 4% 1.948 6 0 2.175 9.861 30 | Sep. 10.48 1.016 3.990 6% 2.997 9,53 0 993 10.854 31 | Oct 10.48 10.876 4.123 9% 4.495 13,84 6.382 0 10.482 30 | Nov 10.48 23.155 3.990 13% 6.113 19,44 17.041 0 8.359 31 | Dic 10.48 32.752 4.123 14% 6.473 19,92 26.280 0 6.010 29 [Total 145.317 100% | 48.545 106.476 | 10.854 Plan de distribución de purines en forma anual para sitio 2 (Engorda): PLAN RESUMEN DISTRIBUCIÓN ANUAL PURINES TRATADOS Total Caudal Volumen Aplicación ¡Altesconaj Almacenaj Superficie | requerimiento total Porcentaje Total E ado Riego de y e de día | Mes | Total de | considerando | generado | aplicación | Aplicación e adiciona es purines - E tratados(m3/ purines riego (ha) eficiencia de purines | purines (%) Purines ha/día) 1 (m3) (m3) acumulado riego (m3) (m3) (m3) (m3) ae 6.46 23.558 6.200 14% 10.274 51,3 13.284 0 4,963 Febr. A 28 6,46 15.628 5.600 13% 9.328 51,57 6.300 0 1.235 a nl ss 9.063 6.200 10% 7.435 37,13 1.628 0 0 Abr 30 6,46 1.260 6.000 6% 4.506 23,25 0 1.494 1.494 ai as 0 6.200 5% 3.785 18,9 0 2.415 3.909 DN A 0 6.000 3% 2.298 11,86 0 3.702 7.610 apro 6.46 0 6.200 3% 2.253 11,25 0 3.947 11.557 a reel sas 0 6.200 4% 2.929 14,63 0 3271 14.828 Sep. E 30 6,46 0 6.000 6% 4.506 23,25 0 1.493 16.322 Oct 31 6,46 5.090 6.200 9% 6.759 33.75 0 0 15.763 Nov 30 6,46 13.776 6.000 13% 9.193 47,43 4.584 0 12.570 a rel ss 21.772 6.200 14% 9.734 48,6 12.038 0 9.037 365 | Total 90.147 73.000 100% 73.000 37.834 | 1632

ii) El segundo balance hídrico presenta la situación del Plantel Pelarco en Etapa 2, es decir un total de 5.000 hembras, en donde, las aguas de riego provenientes del Sitio 1 consideran el riego de 19,15 ha, de las cuales un 65% es destinado a Pino y el 35% a Eucaliptus, lo cual corresponde a 12,43 ha y 6,72 ha respectivamente. En el caso de las aguas correspondientes al Sitio 2, se considera que estas abarquen 10,4 ha, cubiertas en su totalidad por Eucaliptus.

Plan de distribución de purines en forma anual para sitio 1(Maternidad y Stud):

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PLAN RESUMEN DISTRIBUCIÓN ANUAL PURINES TRATADOS Total Super | Caudal . ficie essa total Fogón henna n Aplicación Rieso Almacen er sl Total E genera E, E Purines od aje de ete día | Mes consideran aplicació | Aplicación adiciona z purines de do do de n purines | Purines tratados(m3 1 (m3) punnes acumulado ego | ericiencia | PUrines (2%) (m3) /ha/día) (m3) (m3) (ha) riego (m3) (m3) 31 [En 19,15] 63.823 8.153 14% 13.510 22,76 50.313 0 6.526 28 |Febr. 19,15 | 43.527 7.364 13% 12.266 22,88 31.261 0 1.624 31 | Mar 19,15 | 29.086 8.153 10% 9.177 16,47 19.309 0 0 30 | Abr 19,15 5.958 7.890 6% 5.926 10,31 801 1.964 1.964 31 |May 19,15 0 8.153 5% 4.978 9,38 0 3.175 5.140 30 |Jun 19,15 0 7.890 3% 3.022 5,26 0 4.868 10.008 31 [Jul 19,15 0 8.153 3% 2.963 4,99 0 5.190 15.198 31 | Ago. 19,15 0 8.153 4% 3.852 6.49 0 4.303 19.499 30 |Sep. 19,15 1.587 7.890 6% 5.926 10,31 0 1.964 21.464 31 [Oct 19,15 19.179 8.153 9% 8.888 14,97 10.290 0 20.728 30 | Nov 19,15 | 42.097 7.890 13% 12.088 21,04 30.009 0 16.530 31 | Dic 19,15| 60.531 8.153 14% 12.799 21,56 47.731 0 11.880 365 | Total 265.788 | 95.995 | 100% 95.995 189.714 | 21.464 Plan de distribución de purines en forma anual para sitio 2 (Engorda): PLAN RESUMEN DISTRIBUCIÓN ANUAL PURINES TRATADOS Total Superfic A E Porcentaje A Aplicació Riego Almace pr : ie Total : aplicación E n Purines eS naje de ye día | Mes A consideran | generado a Aplicación adicional E purines de riego d d E purines Puri tratados(m 3 purines lad (ha) do le purines (0%) urines 3/ha/día) (m3) (m3) acumul eficiencia (m3) (m3) o (m3) riego (m3) 31 |En 10.4 37.926 12.400 14% 20.548 63,73 17.378 0 9.926 28 | Febr. 10.4 25.160 11.200 13% 18.656 64,06 6.504 0 2.470 31 | Mar 10.4 14.590 12.400 10% 14.870 46,12 0 0 0 30 | Abr 10.4 2.029 12.000 6% 9.012 28,89 0 2.988 2.988 31 | May 10.4 0 12.400 5% 7.570 23,48 0 4.830 7.817 30 | Jun 10.4 0 12.000 3% 4.596 14,73 0 7.404 | 15.221 31 | Jul 10.4 0 12.400 3% 4.506 13,98 0 7.894 | 23.115 31 | Ago. 10.4 0 12.400 4% 5.858 18,17 0 6.542 | 29.657 30 | Sep. 10.4 0 12.000 6% 9.012 28,89 0 2.988 | 32.644 31 | Oct 10.4 8.195 12.400 9% 13.519 41,93 0 0 31.526 30 | Nov 10.4 22.179 12.000 13% 18.385 58,93 3.793 0 25.141 31 | Dic 10.4 35.050 12.400 14% 19.467 60,38 15.583 0 18.074 22 | Total 145.129 100% | 146.000 43.259 | 32.644

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111) El tercer balance hídrico presenta la situación del Plantel Pelarco en Etapa 3, es decir en base a un sistema productivo de 10.000 hembras, en donde, el plan de riego contempla un total de 30,96 ha para el caso de Maternidad y 27,74 en Engorda. En el primer caso, las zonas consideradas para riego corresponden a las zonas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, de las cuales un 40,5% corresponden a Pino (12,43 ha) y un 59,5% a Eucaliptus (18,26 ha); mientras que para el caso de Engorda las zonas son 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, estando todas ellas cubiertas por Eucaliptus.

Plan de distribución de purines en forma anual para sitio 1(Maternidad y Stud):

PLAN RESUMEN DISTRIBUCIÓN ANUAL PURINES TRATADOS Total Superfic a 2.” Porcentaje hice úl Aplicació Riego Almace peer A ie Total A = aplicación eras n Purines eS naje de Je día | Mes : consideran enerado : Aplicación adicional ñ urines ES pi de riego do de purines PS Purines tatadoson (m3) puros laccumulad E A (Mm) | eticiencia | (m3) (4) (may | nvdía) (m3 1 (m3) riego (m3) 31 | En 30,69 105.907 16.213 14% 26.867 28,24 79.040 0 12.978 28 | Febr. | 30,69 71.445 14.213 13% 24.392 29,39 47.053 0 3.230 31 | Mar 30,69 45.276 16.213 10% 19.443 20,44 25.833 0 0 30 | Abr 30,69 8.209 15.690 6% 11.784 12,80 0 3.906 3.906 31 | May 30,69 0 16.213 5% 9.898 10,40 0 6.315 10.221 30 | Jun 30,69 0 15.690 3% 6.010 6,53 0 9.680 | 19.901 31 | Jul 30,69 0 16.213 3% 5.892 6,19 0 10.321 | 30,223 31 | Ago. | 30,69 0 16.213 4% 7.659 8,05 0 8.554 | 38.776 30 | Sep. 30,69 1.587 15.690 6% 11.784 12,80 0 3.906 42.683 31 | Oct 30,69 28.272 16.213 9% 17.675 18,58 10.597 0 41.220 30 | Nov 30,69 66.707 15.690 13% 24.039 26,11 42.669 0 32.872 31 | Dic 30,69 99.422 16.213 14% 25.453 26,75 73.969 0 23.632 36 [oral 426825 | 190895 | 100% | 190.895 279.160 | 42.683 Plan de distribución de purines en forma anual para sitio 2 (Engorda): PLAN RESUMEN DISTRIBUCIÓN ANUAL PURINES TRATADOS Total Superfic A DN se Porcentaje hon lí y Aplicació Risso Almace pe á ie Total . aplicación ss | n Purines eS naje de ye día | Mes s consideran | generado : Aplicación adicional : purines de riego dó d ón purines Púrines tratados(m (m3) parias leumulad (ha) O E a O! 3/ha/día) (m3) eficiencia (m3) (m3) o (m3) riego (m3) 31 | En 27,74 101.161 24.800 14% 41.096 47,79 60.065 0 19.852 28 | Febr. | 27,74 67.109 22.400 13% 37.311 48,04 29.798 0 4.941 31 | Mar 27,74 38.917 24.800 10% 29.741 34,58 9.176 0 0 30 | Abr 27,74 5.411 24.000 6% 18.025 21.61 0 5.975 5.975 31 | May 27,74 0 24.800 5% 15.141 17,61 0 9.659 15.635 30 | Jun 27,74 0 24.000 3% 9.193 11,05 0 14.807 | 30.442 31 | Jul 27,74 0 24.800 3% 9.012 10,48 0 15.788 | 46.230 31 | Ago. | 27,74 0 24.800 4% 11.716 13,62 0 13.084 | 59.314 30 | Sep. 27,74 0 24.000 6% 18.025 21,66 0 5.975 65.289

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31 ¡Oct 27,74 21.859 24.800 9% 27.037 31,44 0 0 63.052 30 | Nov 27,74 59.157 24.000 13% 36.770 44,18 22.387 0 50.281 31 | Dic 27,74 93.488 24.800 14% 38.933 45,27 54.555 0 36.148 el Total 387.104 292.000 100% 292.000 175.981 | 65.289

Sin perjuicio a lo anteriormente mencionado, el titular deberá mantener las siguientes consideraciones al momento de regar, con el objeto de prevenir posibles efectos ambientales derivados de las aplicaciones del efluente tratado.

1) Distancia mínima de 3 metros entre el límite del área de aplicación de purines y cuerpos de agua superficiales (ríos, esteros, canales, humedales o lagos).

2) Construcción de contrafosos, que eviten el contacto entre la aplicación y los cursos de agua superficiales.

3) Distancia mínima de 20 metros entre el límite del área de aplicación de purines y fuentes de agua potable.

4) Evitar el uso de volúmenes excesivos de agua que produzcan condiciones de encharcamiento, con un efectivo control de la eficiencia del riego.

5) En eventos de lluvias no se regará.

6) Para el cálculo del balance hídrico y la tasa de riego, se establece como restricción que el porcentaje de humedad del suelo no supere el 80 % de la Capacidad de Campo, esto para asegurar que no exista escurrimiento superficial.

7) En caso de precipitaciones que superen los 100 mm en un periodo de 24 horas, se suspenderá el riego, volviendo a reiniciarse una vez que cesen las lluvias y que el suelo no se encuentre saturado.

8) Muestreos para la determinación de la oportunidad de riego, el cual implica la instalación de tensiómetros (mediciones a 60, 90 y 150 cm) en las zonas a regar, para la verificación que el suelo no se encuentre saturado al momento de regar (bajo el 80% de capacidad de campo). El titular no podrá regar o disponer los purines tratados en los momentos que la capacidad de campo supere el 80%

9) En el caso que se reemplace la superficie a regar ya sea en terrenos del titular o de vecinos, el titular deberá dar aviso al Servicio Agrícola y Ganadero, con al menos 4 meses de anticipación, con el objeto de validar dicho reemplazo.

10) El titular mantendrá disponible en forma permanente un registro de campo que especificará las aplicaciones de purines, donde se indicará al menos: cantidad, tiempo y lugar de aplicación.

3.3.1.1.- Caracterización del efluente líquido

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Las características del purín a tratar son:

Parámetros de entrada al sistema de tratamiento del sitio maternidad

Parámetro Concentración Media (mg/It) Escenarios (N* de cerdos) 2.500 hembras | 10.000 hembras Caudal de purín a tratar m3/d 130 520 SST (mg/L) 12.577 12.577 DBOt (mg/L) 17.348 17.348 DQOt (mg/L) 27.355 27.355 Ay G (mg/L) 3.449 3.449 NTK (mg/L) 3.316 3.316 PT (mg/L) 646 646

Parámetros de

entrada al sistema de tratamiento del sitio de engorda

Parámetro Concentración Media (mg/It) Escenarios (N” de cerdos) 28.800 115.200 Caudal de purín a tratar m3/d 200 800 SST (mg/L) 38.857 38.857 DBOt (mg/L) 24.504 24.504 DQOt (mg/L) 32.671 32.671 A y G (mg/L) 5.524 5.524 NTK (mg/L) 3.656 3.656 PT (mg/L) 642 642

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Una vez tratados los purines, se obtendrá un efluente con las siguientes características.

Caracterización del efluente liquido del Plantel de maternidad y stud.

Parámetro Concentración Media (mg/It) 2.500 hembras | 10.000 hembras SST (mg/L) 82 82 DBOt (mg/L) 197 197 DQOt (mg/L) 743 743 A y G (mg/L) 5 5 NTK (mg/L) 365 365 P (mg/L) 155 155

Caracterización del efluente liquido Plantel de engorda.

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Parámetro Concentración Media (mg/It) 2.500 hembras | 10.000 hembras SST (mg/L) 82 82 DBOt (mg/L) 364 364 DQOt (mg/L) 1162 1162 A y G (mg/L) 11 11 NTK (mg/L) 170 170 P (mg/L) 296 296

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3.3.1.2.- Balance de Nitrógeno (ver anexo N*8 del Adenda N93).

Los planteles de los sitios 1 (Maternidad y Stud) y 2 (Engorda) entregarán sus efluentes directamente a los sistemas de tratamiento propio. Para el sitio 1 (Maternidad y Stud) el Balance de Nitrógeno considera una concentración ponderada de 365 mg/l, un caudal de 133 metros cúbicos por día y el riego en 7,96 hectáreas de pino y 2,52 hectáreas de eucaliptos. El balance para el sitio 1 (Maternidad y Stud) es:

Balance de nitrógeno Etapa 1 —Sitio 1(Kg. N/ha/año)

Entradas Salidas Aplicación purines de 1.690,74 Extracción por las plantas 167,6 cerdo Mineralización 125 Volatilización y desnitrificación 591,8 Depositación Atmosférica 2,9 o

Lixiviación 260,8

N basal suelos 57,7

Balance de Nitrógeno 856,2 Kg N/ha/año

Para el sitio 2 (Engorda), la concentración será de 170 mg/l, un caudal de 200 metros cúbicos por día y el riego en 6,46 ha de eucaliptos. El balance de nitrógeno para el sitio 2, será:

Balance de nitrógeno Etapa 1 — Sitio 2 (Kg. N/ha/año)

Entradas Salidas Aplicació i a plicación Burineside 1.921,05 Extracción por las plantas 460 cerdo Mineralización 125 Volatilización y desnitrificación 672,4

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Depositación Atmosférica 2,9 o Lixiviación 220,8

N basal suelos 46,5 Balance de Nitrógeno 856,2 Kg N/ha/año

Sin perjuicio a lo anterior, y dado que el titular dispone de aproximadamente 300 hectáreas de bosques, como una medida de reducir el excedente de nitrógeno en el suelo por la disposición de los purines tratados como riego en bosques forestales (sobrepasar los 1,4 toneladas de nitrógeno por hectárea por año), el titular deberá aumentar la superficie a regar. El cálculo del aumento sobre la superficie a regar deberá estar determinado por un nuevo balance de nitrógeno, el cual deberá realizarce en el momento que la concentración de nitrógeno presente en el purín tratado sobrepase los 515 mg/l, debiendo esto ser informado y aprobado por el Servicio Agrícola y Ganadero Región del Maule.

3.3.1.3.- Plan de monitoreo.

Se realizarán monitoreos mensuales a los siguientes parámetros.

Parametro Limite Maximo DBOS 600 mg/l Nitrógeno Total Kjeldahl 515 mg/l

Solidos Suspendidos Totales 250 mg/lt Coliformes Fecales 1000 NMP/100ml Aceites y Grasas 200 mg/l

Ph 5,5 —9,0

Fosforo 200 mg/l

El método de análisis será de acuerdo a la Guía de Evaluación Ambiental para la aplicación de efluentes al suelo del Servicio Agrícola Ganadero (SAG), aplicando el método de muestreo y número de monitoreos estipulado en el D.S. 90/2000 MINSEGPRES, es decir:

a) Se realizará un numero de muestreo de acuerdo a lo estipulado en el punto 6.3.1 literal b del D.S. 90/2000 MINSEGPRES

b) Por cada punto de descarga se deberá obtener una muestra compuesta, representativa del volumen descargado el dia de control (punto 6.3.2 del D.S. 90/2000 MINSEGPRES).

c) Las condiciones para la extracción de las muestras y volúmenes se someterán a lo establecido NCh 411/0f.96, a las NCh 2.313 y a lo descrito en el Standard Methods for the Examination of Water and Wastewater; 19th Ed, 1995, (punto 6.3.3 del D.S. 90/2000 MINSEGPRES).

d) Si los resultados de los análisis de una o más muestras durante el mes exceden los límites máximos establecidos en la tabla anterior se debe realizar un muestreo adicional o

remuestreo.

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e) Se indicará claramente (georeferenciado en coordenadas WGS 84 huso 19), el lugar y momento en que se realizó la muestra, manteniendo un lugar fijo para el muestreo.

f) La toma de muestras será realizada por un Laboratorio externo acreditado

Los efluentes ya tratados, provenientes del lombrifiltro serán utilizados para riego, y en forma eventual, en días de lluvia intensa, serán acopiados en cada una de las lagunas de almacenamiento descritas anteriormente, para posteriormente disponerlas en forma de riego en los terrenos del titular.

3.3.2.- Manejo del guano y lodo.

La fracción sólida producida por el tratamiento del efluente generado en los planteles de maternidad, el Stud y de engorda será aplicado en campos como mejorador de suelos y como fertilizante en predios propios o de terceros. Éste será retirado y transportado por el titular en camiones estancos.

3.3.2.1.- Caracterización del guano y lodo.

De acuerdo a muestreos de guano y lodo obtenidos desde el plantel, el guano contiene más de un 90% de materia orgánica y un alto contenido de nitrógeno disponible. El porcentaje de humedad indica que este se puede manejar como materia sólida, sin riesgos de derrames

al momento de su transporte.

Caracterización de la fracción solida

Parámetro Unidad Valor Nitrógeno Total % N 2,65 Fósforo Total %P 0,69 Potasio Total %K 0,21 Materia Orgánica % MO 96,7 Humedad % 75,4 Conductividad eléctrica dS/m 2,2 pH pH 5/5

Estimación efluente solido de la planta de tratamiento

Parámetro Unidad Guano Lodos Cantidad estimada sitio 1 m3/d 5,6 21,55 Cantidad estimada sitio 2 m3/d 77,2 60,2

Humedad % 73 80

Densidad kg/m3 700 1000

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El titular habilitará una zona de 2,35 hectáreas especialmente diseñada para contener de manera temporal la fracción sólida. Ésta se ubicará lejos de cursos de agua superficiales, y contará con cortinas vegetales a su alrededor. Además contará con sistemas de control de aguas de escorrentías y control de líquidos percolados.

3.3.2.2.- Medios de transporte.

El traslado de guano a predios de terceros, se realizará a través de transporte hermético (camión hermético), de manera de evitar derrames o escurrimiento. Para ello el titular contará con un contenedor estanco que evite el escurrimiento o derrame de líquidos, caída de guano y atracción de vectores.

El medio de transporte será cubierto, de manera de proteger la carga y evitar su dispersión en el trayecto. La carga no deberá exceder el 90% de la capacidad máxima nominal de carga del vehículo.

3.3.2.3.- Lugar y forma de almacenamiento.

El área de acopio se ubicará alejada de cursos de agua a una distancia superior a los 30 m, específicamente en las siguientes coordentadas UTM WGS84 huso 19:

Polígono | Superficie (ha) Vértice Este Norte 291.002 6.085.412

. 2 291.081 6.085.522

A3 (Acopio) 2,35 3 291.235 6.085.433 4 291.154 6.085.328

Con dimensiones aproximadas de 60 x 60 metros, en él se formarán 13 pilas de 5 metros de ancho, 2 metros de altura y 25 metros de largo, respetando un espacio entre pilas de 3 metros para la circulación del personal y maquinaria.

El titular impermeabilizará la superficie de acopio y construirá unas canaletas perimetrales con el objeto de captar posibles lixiviados y ser recirculados a las pilas.

Durante el período de almacenamiento, las pilas serán cubiertas con plásticos impermeables los días de lluvias para evitar el contacto con agua.

3.3.2.4.- Plan de aplicación de lodos y guano.

El Plan de manejo de guanos, lodos y humus, se encuentra en el anexo N*9 de la Adenda 2 y Anexo 4 del Adenda N93,

En la siguiente tabla se identifica lugar, N? del análisis de suelo, superficie, tipo de cultivo y pendiente del terreno donde serán incorporado los lodos, guanos y humus al suelo,

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provenientes del sistema de tratamiento de Purines para los sitios 1 y 2.

. Coordenadas N? de Superficie O Predios WGS 84 huso 19 [Análisis de | disponible Cultivo Este” [Norte suelo () (ha) del terreno Esmeralda 091.62516.094.505 42216 35 Maíz 0-30 039.478/6.092.336 58,5 0-30 Hijuela Sur Santa 291.02016.093.323 12,5 (0-20 Lucia b90.50ol6.092.710/221" 63 Maíz 0-20 ++) 290.976/6.092.748 32 0-20 092.897/6.088.535 30.8 0-30 —— 2292.7286.088.081 38.7 (0-30 La Hormiga Maíz Lo e 088.506/22.5 18,2 Maíz 00 091.970/6.088.029 32.0 0 - 30 092.86916.089.127 16 O - 30 La Hormiga Avellanos293.328/6.088.121142219 7,6 ¡Avellanoj0 - 30 093.28416.087.922 15,3 | 0 - 20 2.92216.094.526 22 0-20 San Enrique REA geón z 2220 ¡Maíz 093.8956.094.097 65 lO - 30 ¡Resto parcela EL Llano y Los Álamos 290.39666.084.475 42221 42,0 Maíz (0-20 ¡Resto parcela EL Llano y Los Álamos 290:667/6.085.484 42222 43,0 Maíz 0-30 Lote 1 Parcela 291.158|6.082.397 42223 12,0 Maíz 0-30 IN96 (2%) Parcela N95 Santa 290.4576.081.515 30.8 (0-30 Lucrecia (**) 290.31016.081.734|'222+ 10,7 Maíz 020

() Análisis adjuntos en el Anexo 5 del Adenda N93. () Estos predios fueron ya evaluados y aprobados para disposición de guano y lodo en la RCA 455/2006. (***): Predios del titular.

Los predios disponibles para la aplicación de guano, lodo y humus, se encuentran mayoritariamente cerca al Plantel, distante a cursos de agua de 30 o 45 m, alejados de la población considerando una distancia mínima de 500 m, el tiempo de permanencia en los predios antes de ser incorporados al suelo no deberá ser superior a 5 días, lo anterior con el objeto de evitar posibles impactos odorantes.

Sin perjuicio a lo anterior, en el caso de agregarse nuevos predios, el titular deberá

informar a la Secretaria Regional Ministerial de Salud Región del Maule y al Servicio Agrícola y Ganadero, para su respectiva aprobación.

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3.3.2.4.1.- Profundidad de napa de agua subterránea.

De acuerdo a los resultados obtenidos en el Estudio Hidrogeológico presentado en Anexo 1 del Adenda 2, los predios considerados para la aplicación de guano, lodo y humus, se ubican en un radio aproximado de 12 km desde el sector del Plantel y dado a los rasgos geomorfológico principales, son de unidades litológicas similares y niveles también parecidos, por lo que el grado de vulnerabilidad es similar, no previéndose contaminación a las napas subterráneas.

3.3.2.4.2.- Cantidad de guano a ser incorporado en predio. La tasa de aplicación deberá ser de 50 ton/ha/año de guano/lodo en cada predio.

3.3.2.4,3.- Requerimiento mineral del suelo antes de ser incorporado, mediantes análisis de suelo por laboratorio certificado.

El Anexo 5 del Adenda N*3 muestra los resultados del análisis de suelo realizado en los predios destinados a la aplicación de guano y lodo. Estos análisis, indican que los predios poseen un bajo contenido de minerales.

A continuación se indican los requerimientos de Nitrógeno de los cultivos presentes en los predios antes mencionados.

Demanda de nitrógeno a un 100% del rendimiento alcanzable.

[Cultivo Demanda de N (Kg N/ha) [Fuente Potencial

IHirzel, J., l. Matus, F. Novoa and I. Walter. 2007. Effect of

¡poultry litter on silage maize (Zea mays L.) production and nutrient uptake. Spain J. lAgric. Res.5(1):102-109.

Maíz Silo 450 IHirzel, J., F. Novoa, P. Undurraga and I. Walter. 2009. Short-term effects of ¡poultry litter application on silage maize ¡Roversi, A. and V. Ughini. 2005. Further investigations into

lAvellano 91,3 the mineral uptake of hazelnut orchards. p. ¡Europeo 285-289 In

El titular se compromete a que previo a la aplicación de guano, lodos y humus, se realizará un balance de nitrógeno en los terrenos donde serán incorporados al suelo, el cual será informado a la Autoridad Sanitaria y al Servicio Agrícola y Ganadero cada 3 años.

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3.3.3.- Control de vectores.

Para el control de vectores se realizarán acciones de prevención. El diseño de las estructuras facilita la limpieza y el aseo tanto al interior como al exterior de los planteles. El programa de control de plagas será:

a) Prevención de la proliferación de plagas.

b) Aplicación de pesticidas.

c) Selección de aquellos pesticidas, aprobados por el SAG menos peligrosos para el ser humano, animales y medio ambiente.

3.3.3.1.- Manejo de Insectos (Moscas).

Como medidas pasivas el titular realizará eliminación permanente de basuras y focos de suciedad, tales como:

a) Evitar la dispersión de alimento de cerdos en el sector de almacenamiento y en el sector exterior de los pabellones.

b) En épocas de temperaturas elevadas (primavera y verano) el manejo de materia orgánica se realizará mediante cubierta plástica, así, evitar la oviposicion de moscas.

Las medidas activas consisten en la aplicación de un producto químico en forma de cebo, el cual es ofrecido en platos específicos para este fin, en pequeñas cantidades.

Los platos están dispuestos en todos los galpones, con una separación de alrededor de 25 metros cada uno.

3.3.4.- Planes de Contingencias

3.3.4.1.- Vertido de Efluentes Asociados al Riego o Ruptura de Matrices

El titular debe:

a) Apagar la bomba para suspender la generación de efluentes que causa el vertido.

b) Direccionar el efluente de manera de detener su escurrimiento hacia lugares no deseados (cursos de agua, vecinos) mediante la construcción de contrafosos en el punto más cercano al lugar del accidente, o redestinar el vertido a la laguna más cercana, mediante bombeo o camión aljibe.

c) Dar aviso a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, Seremi de Salud y Superintendencia del Medio Ambiente, indicando:

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c.1) Magnitud del evento.

c.2) Zona afectada.

c.3) Extensión del derrame en metros.

c.4) Peligro de contaminación de aguas, instalaciones y vecinos.

Adicionalmente, el titular contempla una red de monitoreo de aguas subterráneas, específicamente el Punto de monitoreo N*2 corresponde a un pozo de propiedad del titular y los parámetros a monitorear son: profundidad de la napa, pH, nitratos, nitritos, fósforo total, conductividad eléctrica, cloruros, sulfatos (SO4-).

Las 3 norias restantes son de propiedad de terceros, por lo que en caso de no poder monitorear en dichos puntos, se buscará un punto de reemplazo que permita establecer conclusiones según los objetivos de este monitoreo.

. Coordenadas UTM Punto de Monitoreo Tipo Norte Este 1 Noria Aguas arriba Línea Base | 6.084.262 | 292.596 2 Pozo Área de riego Área de riego | 6.084.795 | 291.119 3 Noria Aguas abajo (1) Evaluación | 6.083.154 | 289.725 4 Noria Aguas abajo (2) riego 6.084.143 | 289.410

El procedimiento de monitoreo, se realizará de acuerdo a lo indicado en el Anexo 5 del Adenda N*2.

3.3.4.2.- Vertido de Efluentes asociado al Rebalse o Ruptura de Lagunas.

El titular debe dar aviso a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, Seremi de Salud y Superintendencia del Medio Ambiente, indicando:

a) Magnitud del evento.

b) Zona afectada.

c) Extensión del derrame en metros.

d) Peligro de contaminación de aguas, instalaciones y vecinos.

El deberá realizar el retiro del vertido y redestinarlo a la laguna más cercana, mediante bombeo o camión aljibe. Así mismo, debe evaluar la magnitud del derrame y la necesidad de remover la tierra afectada.

3.3.4,3.- Olores molestos que causen denuncias y/o reclamos por la comunidad a causa del acopio de guano.

En caso de ocurrencia el titular deberá ejecutar el Plan de Contingencia para Control de Olores presentado en anexo 7 del Adenda N?3, el cual consiste en la implementación

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excepcional de medidas tendientes a evitar o minimizar las molestias producidas por los eventuales olores atribuibles al acopio o aplicación de guano, lodos y humus.

En caso de no lograr controlar la situación, el titular deberá dar aviso de inmediato a la Seremi de Salud y a la Superintendencia del Medio Ambiente, mediante comunicación telefónica y escrita.

3.3.4.3.- En caso de desperfecto de los equipos Decanter.

En la actualidad el titular ha realizado la compra de dos equipos de procesamiento de hasta 6 m3/h, lo que permite operar durante la primera etapa de producción. Ambos decanters poseen la misma capacidad, por lo que permitirá atender el tratamiento de los lodos provenientes de las Plantas de tratamiento de maternidad o engorda. Por lo anterior, con esta modalidad se asegurará que el plantel siempre contará con un Decanter disponible para procesar los lodos provenientes de las plantas de tratamiento en caso de emergencias.

Las acciones específicas a realizar para alguna eventual falla que se produzca en cada Decanter se resumen en la siguiente tabla:

Sitios de fallas Acciones Falla Decanter Planta de 1. Solicitud de Mantención al Proveedor Tratamiento de Maternidad

  1. Traslado de Lodos de Maternidad a Planta de Tratamiento de Engorda mediante camión aljibes (17 m3 diarios aproximadamente para la primera etapa del proyecto).

  2. Restricción de la descarga de piscinas (ubicada bajo los Pabellones). Esto con el fin de disminuir el volumen de purines que llegan a la Planta de Tratamiento

  3. Restricción para el lavado de Pabellones. Esto con el fin de disminuir el volumen de purines que llegan a la Planta de Tratamiento

Falla Decanter Planta de 1. Solicitud de Mantención a proveedor. Tratamiento de engorda

  1. Traslado de Decanter desde Planta de Tratamiento de Maternidad hasta la Planta de Tratamiento de Engorda.

  2. Traslado de Lodos de Maternidad a Planta de Tratamiento de Engorda mediante

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camión aljibes (17 m3 diarios aproximadamente para la primera etapa del proyecto).

  1. Restricción de la descarga de los Pabellones de Engorda. Esto con el fin de disminuir el volumen de purines, y por consiguiente de sólidos, que llegan a la Planta de Tratamiento

  2. Restricción para el lavado de Pabellones. Esto con el fin de disminuir el volumen de purines que llegan a la Planta de Tratamiento.

3.3.4,4.- En caso que el parámetro Nitrógeno Total Kjeldahl en el purín tratado sobrepase los 515 mg /l.

El titular deberá aumentar la superficie a regar, presentando un nuevo balance de Nitrógeno, para la determinación del aumento de superficie a regar.

3.4.- Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto.

3.4.1. Emisiones atmosféricas.

3.4.1.1.- Gases de combustión y polvo en suspensión.

3.4.1.1.1.- Etapa de construcción.

Las emisiones más relevantes corresponden a material particulado, CO, NOx y HC, producto de los gases de escape de todos los vehículos en general, frente a lo cual el titular dará cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la etapa de construcción de las lagunas y el centro de acopio.

La maquinaria utilizada para efectos de transporte, deberá contar con revisión técnica al día cumpliendo con la “Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados”, Decreto N* 55/1994 MINTRATEL, la cual establece los valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.

3.4.1.1.2.- Etapa de operación.

Las emisiones provendrán principalmente del tránsito vehicular por caminos no pavimentados asociado a la salida de los cerdos y al trasporte del alimento, así como

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también al tránsito de vehículos correspondientes a las actividades de supervisión, gestión administrativa y visita de veterinarios.

Para disminuir la cantidad de polvo suspendido, se mantendrán humectadas las vías de acceso y superficies interiores de la obra, en función de las condiciones meteorológicas, además de transitar a velocidades que minimicen la suspensión de polvo.

3.4.1.2.- Ruido.

3.4.1.2.1.- Etapa de construcción.

La fuente fundamental de ruido que generará el Proyecto corresponde a la circulación de vehículos y camiones, como de las propias obras (movimientos de tierra, montaje de estructuras, movimiento de maquinaria), no obstante, el titular dará cumplimiento al D.S. 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

3.4.1.2.2.- Etapa de operación.

La fuente será producto de los viajes asociados al transporte de los cerdos para el stud, el titular dará cumplimiento al D.S. 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

3.4.1.3.- Olores.

3.4.1.3.1.- Etapa de operación.

El titular presenta en anexo 10 del Adenda N*2 un estudio de impacto odorante, donde las distribuciones por estación del año y hora de las concentraciones máximas y de percentil 98 muestran que la molestia de olor fue más elevada en otoño e invierno y entre las 19:00 pm y 8:00 am hrs.

Basándose en los resultados obtenidos en dicha modelación, el Plantel de Cerdos Pelarco genera molestias de olor no superiores a los límites sugeridos por la Environmental Protection Agency (EPA) para una planta de producción porcina ya existente.

Sin perjuicio a lo anterior en el caso de existir algún tipo de impacto odorante que causen denuncias y/o reclamos por la comunidad a causa del acopio de guano, el titular deberá ejecutar el plan de contingencia presentado en el anexo 7 del Adenda N93.

Las siguientes medidas se ejecutarán para minimizar dicho impacto:

a) Centro de Acopio de Guano.

1) Emplazamiento alejado de población. El sector más cercano a la población se encuentra a más de 4 km.

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ii) Periodo de lluvia. Durante el período de almacenamiento las pilas serán cubiertas con plásticos impermeables los días de lluvias para evitar el contacto con agua.

iii) Cortinas vegetales. Emplazamiento del sitio de acopio entre plantaciones forestales de especies aromáticas, Eucaliptus y Pino. Esta cortina tendrá un ancho perimetral de 50 m.

b) Aplicación de Guanos, Lodos y Humus.

En los casos que existan denuncias por aplicación y transporte de lodos fuera del establecimiento, el titular deberá:

  1. Cese inmediato de la entrega de Guano al Predio involucrado.
  2. Acercamiento a la comunidad afectada.

  3. Incorporación inmediata mediante subsoladores del guano acopiado en el predio, si lo existiera.

  4. Aplicación de Plaguicidas por una empresa acreditada si corresponde.

  5. Evaluación de futuros envíos a dicho predio.

c) Estanque Homogenizador

Como medida de manejo de olores para los estanques homogeneizadores de las 2 Plantas de Tratamiento, el titular instalará cubiertas plásticas o similares ubicadas sobre los estanques de almacenamiento logrando el efecto de reducir olores y bloquear el paso de la interface líquida a la gaseosa de los compuestos H2S-NH3 que poseen un alto poder odorífico.

3.4.2. Residuos Líquidos.

3.4.2.1.- Purines

El sistema de tratamiento de las aguas residuales generadas en los planteles de maternidad, engorda y Stud está basado en lombrifiltros. Dicho tratamiento se describe a continuación:

a) Conducción del purín por medio de aducciones hacia planta de tratamiento. b) Separación de la fracción sólida de los purines por medio de un sistema de prensas.

c) El agua residual es regada sobre un lecho compuesto por distintos estratos y que contiene un alto número de lombrices.

d) El agua residual escurre por el medio filtrante quedando retenida la parte sólida, siendo esto el alimento de las lombrices.

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e) Conducción de las aguas tratadas a las lagunas de almacenaje, para su posterior riego en terrenos con eucaliptos y pinos.

3.4.2.2.- Aguas servidas domésticas.

Las aguas servidas de origen domiciliario serán dispuestas en un sistema particular de alcantarillado, cuyo proyecto cuenta con autorización sanitaria para su funcionamiento.

3.4.3.- Residuos Sólidos. 3.4.3.1.- Residuos sólidos domésticos y asimilables

El titular estima una generación de residuos sólidos domiciliarios del orden de los 42 Kg/día (84 personas x 0,5 Kg día), estos serán acopiados en contenedores herméticos, con tapa e identificados, para ser recolectados por una empresa autorizada ambiental y sanitariamente para el retiro y disposición final de este tipo de residuos.

3.4.3.2.- Residuos peligrosos El Proyecto no contempla la generación ni el almacenamiento de residuos peligrosos.

Sin perjuicio a lo anterior, en la eventualidad de generarse, éstos serán destinados a través de una empresa autorizada sanitaria y ambientalmente para el transporte a disposición final de estos tipos de residuos. De esta manera el titular deberá dar cumplimiento a lo estipulado en el D.S. 148/2003 del Ministerio de Salud (Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos).

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco." y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución

del proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco." cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales: 1.- Ley 19.300/1994 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Modificada por la Ley 20.417/2010 que crea el Ministerio, Superintendencia y Servicio de Evaluación

Ambiental.

2.- D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.- Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud.

4.- Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud.

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5.- Norma Chilena N409 Parte 1. Of. 2005, INN, Oficializada por Decreto Exento N446/2006 del Ministerio de Salud.

6.- Decreto Ley N* 3.557/1980 del Ministerio de Agricultura.

7.- D.F.L. N*458 /1976 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

8.- Decreto Supremo N* 259/1980 del Ministerio de Agricultura.

9.- Ley N? 4.601 del Ministerio de Agricultura.

10.- Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación.

11.- Decreto Supremo N* 484/1990 del Ministerio de Educación.

12.- Decreto Supremo N? 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

13.- Ley N* 18.290/1984 del Ministerio de Justicia.

14.- Decreto Supremo N? 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 15.- Decreto Supremo N 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 16.- Decreto Supremo N? 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 17.- Decreto Supremo N 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. 18.- Decreto Supremo N* 144/1961 del Ministerio de Salud.

19.- Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

20.- Decreto con Fuerza de Ley N* 1/1989 del Ministerio de Salud.

21.- Decreto Supremo N* 148/2003 del Ministerio de Salud.

22.- Decreto con Fuerza de Ley N* 850/1997 del Ministerio de Obras Públicas.

23.- Decreto Supremo N 158/1980 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 24.- Resolución N 1/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

25.- Resolución Exenta 133/2005, Ministerio de Agricultura, Servicio Agrícola y Ganadero.

26.- Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre la Remisión de los antecedentes respecto de las

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Condiciones, compromisos y Medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental.

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco." requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 90, 93 y 99 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco ." no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

No se realizar riegos en condiciones de saturación del suelo. Se establecerá una serie de medidas para evitar escurrimiento superficial e infiltración tales como:

a) Distancia mínima de 3 metros entre el límite del área de aplicación de purines y cuerpos de agua superficiales (ríos, esteros, canales, humedales o lagos) y de infraestructuras tales como pozos y norias.

b) Cumplir con el requisito de que las pendientes sean igual o inferior a 15%. Sin embargo, se tomarán las medidas respectivas, como la construcción de contrafosos, para evitar el contacto entre dicha aplicación y los cursos de agua superficiales, evitar escurrimiento superficial y el agua pueda infiltrar adecuadamente en el perfil.

c) Distancia mínima de 20 metros entre el límite del área de aplicación de purines y fuentes de agua potable.

d) Evitar el uso de volúmenes excesivos de agua que produzcan condiciones de encharcamiento, con un efectivo control de la eficiencia del riego y monitoreo del avance del “bulbo de riego” mediante equipos.

e) Para el cálculo del balance hídrico y la tasa de riego, el porcentaje de humedad del suelo no deberá superar el 80 % de la Capacidad de Campo.

7.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Comisión de Evaluación Región del Maule, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además,

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deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

8.- Que, para que el proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco." pueda ejecutarse, necesariamente deberá aumentar la superficie a regar cuando la concentración de nitrógeno presente en el purín tratado sobrepase los 515 mg/l y/o el excedente de nitrógeno en el suelo supere las 1,4 toneladas de nitrógeno. El cálculo del aumento sobre la superficie a regar deberá estar determinado por un nuevo balance de nitrógeno, debiendo este ser informado y aprobado por el Servicio Agrícola y Ganadero Región del Maule.

9.- Que, para que el proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco." pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

10.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación Región del Maule, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

11.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental Región del Maule, la individualización de cambios de titularidad.

12.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

13.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación Región del Maule

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco." presentada por Agrícola Chorombo S.A.

2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco.” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 90, 93 y 99 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente

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acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

yA AS . o. A

DBA Regional del Servicio de Evaluación

==: z Secretario Comisión de Evaluación

Región del Maule

HGP/PCT/RCF

Distribución:

Agrícola Chorombo S.A.

Corporación Nacional Forestal, Región del Maule

Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule

Dirección General de Aguas, Región del Maule

Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule

Gobierno Regional, Región del Maule

lustre Municipalidad de Pelarco

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule SEREMI de Agricultura, Región del Maule

SEREMI de Energía, Región del Maule

SEREMI de Salud, Región del Maule

SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule

SEREMI MOP, Región del Maule

Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule

Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Superintendencia de Servicios Sanitarios

C/e:

Encargada Participación Ciudadana

Expediente del Proyecto " Modificación y Regularización Proyecto Plantel de Cerdos Pelarco."

Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Maule

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