Evaluación SEA

Construcción Patio de Maniobras en S/E Tres Pinos .

Rol 6812491
SEA · DIA · Aprobado · 2012-04-19 · Región del Biobío · CGE TRANSMISION S.A.

Servicio

de Evaluación Ambiental o.

Resolución Exenta N* 1 6 0

MAT: — Califica Ambientalmente Proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS ”

Reglán abi Biobío

CONCEPCIÓN, D9JUL 20%

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES;

le La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas del Proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES Pl NOS”, presentado por TRANSNET S.A., representada por el señor GERARDO ¡LLANES CARRASCO, con fecha 19 de abril del 2012.

2.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N150 sobre la DIA, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha de ingreso a oficina de partes del SEA el 02/05/2012; Oficio N% sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 03/05/2012; Oficio N1170 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha de ingreso a oficina de partes del SEA el 07/05/2012:Oficio N%16 sobre la DÍA, por SEREMI de Energía, Región del Biobío, con fecha 09/05/2012; Oficio N%506 sobre la DÍA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobio, con fecha 14/05/2012; Oficio N2127 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 22/05/2012: Oficio N*1729 sobre la DIA, por SEREMI de Saiud, Región del Biobío, con fecha 22/05/2012; Oficio N%1370 sobre la DIA, por el Gobierno Regional, Región del Biobío, con fecha de ingreso a oficina de partes del SEA el 06/06/2012;

3.- E! Acta del Comité Técnico de la Región del Biobío, que en su Sesión N? 12 del presente año, celebrada a partir de las 10:10 horas del día 11 de junio de 2012, en las oficinas de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, revisó los antecedentes del proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS", de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 86 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales det Medio Ambiente;

4.- El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS”, de fecha 20 de junio del 2012, que forma parte integrante de este acto administrativo;

B.- El Acta de la Sesión N* 9 de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, de fecha 03 de julio de 2012, en la que se calificó ambientalmente el proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS”;

6.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS";

Resolución de Calificación Ambiental l DIA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANMOBRAS EN YE TRES PINOS"

a Lo dispuesto en la Ley N 19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, el artículo 2% del D.S, 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19,880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1600/08 de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

4.- Que la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de! Biobío debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES P! NOS”;

2.- Que el derecho de TRANSNET SA., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado;

3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y en su Adenda respectiva, el Proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS”, tiene por objetivo la construcción de un Patio de Maniobras en la Subestación Eléctrica (S/E) Tres Pinos existente, ubicada en la comuna de Los Álamos, Provincia de! Arauco, Región de! Biobío. La modificación proyectada surge del requerimiento de la Empresa Eléctrica de la Frontera (FRONTEL), en el que solicita la habilitación de un paño de línea 66 kV en dicha subestación, para la llegada de su línea de transmisión de 68 kV Tres Pinos - Cañete. Dicha linea obtuvo calificación ambiental favorable mediante Resolución Exenta N% 255 del 27 de octubre de 2011.

3.1.- Descripción del proyecto.

El Proyecto "Construcción Patio de Maniobras en S/E Tres Pinos" se localizará administrativamente en la Región del Bioblo, provincia de Arauco, comuna de Los Álamos, al costado oriente de la Ruta 160 (Concepción - Lebt). La Figura 1.1 de la DIA muestra la ubicación general dei Proyecto,

Tabla N*1 Coordenadas Proyectadas de la Modificación S/E Tres Pinos N9 Coordenadas UTM DATUM WGS 84, Huso 18, Vértice Norte (m) | Este (m) vi 5.834.641 639.736 v2 5.834.672 |639,743 vY3 5.834.678 | 639.711 Lva4 5.834.647 639.704

La modificación proyectada se ubicará dentro del mismo predio donde actualmente se encuentran las instalaciones de la S/E Tres Pinos. Las coordenadas de los vértices del área donde se emplazará la ampliación de la S/E Tres Pinos se presentan en la Tabla anterior, mientras que en la Figura 1.2 de la DIA se muestra referencialmente la ubicación de las obras proyectadas. Para mayor detalle, véase el plano "Pianta General de Obras" adjunto en Anexo N*1 de la DIA.

Resolución de Calificación Ambiental 2 DÍA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MAMOBRAS EN S/E TRES PINOS”

Para la fase de construcción se ha considerado la contratación de una empresa externa, la cual efectuará todos los trámites, actuaciones y actividades necesarias para ejecutar las obras. Esta empresa será especialista en la construcción de proyectos eléctricos. La contratación de personal temporal será realizada directamente por el contratista a cargo de las obras, y contará con mano de obra con distintos grados de calificación, según las labores necesarias para realizar el Proyecto,

La fase de construcción se extenderá por aproximadamente 6 meses y presentará un máximo de demanda de mano de obra de 26 hombresímes, con Un promedio de 18 hombres/mes.

El proyecto contempla una superficie total de 0,1 ha aproximadamente. Cabe destacar que la superfície del predio donde se emplaza la subestación existente y asimismo, donde se ubicará el proyecto es de aproximadamente 1,8 ha, y que las actuales instalaciones de la S/E Tres Pinos ocupa una superficie aproximada de 0,08 ha,

Partes, Acciones y Obras Físicas del Proyecto 3.1.1 Obras permanentes

El proyecto consiste en la construcción de un Patio de Maniobras dentro de la Subestación Tres Pinos. Un Patio de Maniobras es uma instalación que cuenta con infraestructura y equipos eléctricos capaces de configurar las vias de energización (dirigir el flujo de energía) de las lineas al interior de una subestación, además de los equipos de maniobras y medida eléctrica.

Este Patio de Maniobras estará compuesto de las siguientes partes:

  • Habilitación de barra principal de 66 kV para conectar 4 paños de lnea.

  • Paños de línea: corresponde a la infraestructura necesaria para conectar las lineas de transmisión a la barra principal. Para la modificación objeto de esta pertinencia, se consideran 4 paños (1 paño para la línea hacia Cañete proyectada por FRONTEL; 1 paño para la línea hacia Lebu existente; 1 paño para la linea desde Curanilahue existente; y 1 un paño libre).

  • Modificación de cierre perimetral de la S/E Tres Pinos, de manera que abarque el Patio de Maniobras.

  • Instalación de equipos eléctricos:

  • Seccionadores cuchillo,

  • Interruptores.

  • Equipos de protección y medida (amperaje y voltaje).

  • Pararrayos.

Complementario a esta infraestructura, se considera:

  • Ampliación de la sala de comando existente. Esta ampliación se refiere sólo a un aumento en la superficie de la sala de comando para la instalación de instrumentos de contro!, protección, telecomando y medida asociados a Patio de Maniobras.

  • Vías de circulación hacia el Patio de Maniobras.

Todo lo anterior, se realizará en el predio de propiedad de TRANSNET,

La construcción del nuevo Patio de Maniobras en la actual S/E Tres Pinos, no considera la instalación de transformadores, por lo que no se considera un sistema de contención o sistema de impermeabilización del suelo.

Los transformadores existentes corresponden a unidades que atienden la distribución o sea adaptan el voltaje de alta tensión a nivel de distribución o medía tensión. El proyecto no altera o modifica las condiciones de dichos equipos y sólo tiene la finalidad de mejorar la conectividad de las líneas de transporte que se conectan y se conectarán a dicha subestación. Luego, los transformadores eléctricos que atienden a las distribuidoras no se verán modificados ni alterados respecto a la construcción del Patio de Maniobras.

Los transformadores eléctricos existentes consideran un sistema de enfriamiento a través de radiadores que permiten la circulación del aceite interior del equipo.

Resolución do Calificación Ambiental 3 DIA del proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

Con respecto a las medidas preventivas en caso de incendio, en el Anexo N1 de la Adenda N1 se adjunta el Plan de Emergencia y Amago de Incendio para Subestaciones de TRANSNET S.A.

3.1.2 Obras Temporales

La Instalación de Faenas es la única obra temporal que se contempla como apoyo durante la fase de construcción del proyecto. Esta instalación servirá como base de operaciones de la empresa contratista que se adjudique la construcción del proyecto y se ubicará al interior del predio de TRANSNET. Por lo tanto, para la ejecución del proyecto no se intervendrán zonas adicionales a las establecidas para la ampliación de la S/E Tres Pinos.

La Instalación de Faenas contempla la utilización de aproximadamente 3 “containers” metálicos, los que considerarán las siguientes dependencias: - Oficinas, - Zona estacionamientos para vehículos y maquinarias, - Bodegas de almacenamiento de materiales, - Baños químicos y guardarropias.

El agua potable para las oficinas y los frentes de trabajo será dispuesta en bidones plásticos etiquetados, cumpliendo con el D.S. N% 594/99 del MINSAL, para la cantidad, calidad y condiciones sanitarias que debe cumplir.

Para los servicios higiénicos, se instalarán baños químicos para un total de 16 trabajadores, conforme a lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. N” 594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo del Ministerio de Salud, de manera de proveer a los trabajadores de servicios higiénicos suficientes para su uso particular, Para la mantención de los baños químicos se contratará una empresa que cuente con la autorización correspondiente. Para ello, TRANSNET exigirá al contratista que corresponda, el certificado que acredite los puntos de descarga autorizados y la vigencia de ta autorización sanitaria,

La empresa contratista dispondrá de movilización diaria para sus trabajadores, desde los lugares de alojamiento en ciudades y localidades cercanas a la S/E Tres Pinos. No se considera ta habilitación de casinos o comedores, por lo que los trabajadores se alimentarán en las instalaciones de venta de alimentos cercanos al área del Proyecto, que cuenten con autorización sanitaria. Además, el Contratista proveerá de duchas al personal de construcción, en instalaciones a arrendar en las proximidades de la obra que cuente con sistema de alcantarillado,

3.1.3 Etapa de Construcción

Instalación de faenas: Previo a la construcción del proyecto, se habilitará la instalación de faenas con todos los servicios básicos necesarios para la operación del contratista, TRANSNET verificará, a través de su equipo de administración en terreno, el cumplimiento de las exigencias establecidas en el D.S. N* 594/99 del Ministerio de Salud.

Transporte de personal: El transporte de personal se realizará diariamente, en buses o míni van contratados a terceros. El traslado se realizará entre los lugares de alojamiento y la zona de obras, incluyendo el traslado en el horario de colación. El personal será trasladado en estos mismos vehículos al término de ta jornada diaria.

Fransporte de materiales, equipos y maquinaria: El transporte de materiales, tales como: hormigón, fierro y áridos, se realizará desde los lugares de venta o almacenamiento hasta la S/E Tres Pinos, y estará a cargo del proveedor del material o del personal calificado de la empresa contratista. Se utilizará para el traslado de materiales, la red vial existente en la zona, trasladando los materiales en camiones a camionetas dependiendo del tipo de material. La frecuencia máxima estimada de vehículos que trasladarán materiales a la zona del Proyecto se estima en 3 vehículos de carga al día, la que se producirá durante la fase de construcción.

Resolución de Calificación Ambiental 4 DÍA d8f proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

Con respecto a los residuos, los principales materiales a transportar son los excedentes de las excavaciones, los que serán dispuestos por el contratista en un sitio debidamente autorizado por la autoridad respectiva, Durante el transporte de escombros, los vehículos serán encarpados y mantendrán su carga cubierta, respetando una distancia mínima de 10 centimetros entre la superficie de la carga y la cubierta.

Preparación del Terreno y Movimientos de Tierra; Para construir las obras del proyecto, será necesario despejar y preparar el terreno donde éstas se emplazarán. En primer lugar se realizará el escarpe del terreno (retiro de piedras y promontorios de tierra). El escarpe se realizará en una superficie total de 0,1 ha (600 m* de escarpe). Luego de esto, se realizará la nivelación, relleno y compactación del terreno con material estabilizado.

Construcción de fundaciones: Las fundaciones para el soporte de los equipos y estructuras eléctricas, se construirán en hormigón armado de acuerdo a las dimensiones y especificaciones de diseño de cada equipo.

Montaje de las estructuras de patio: Se montarán las estructuras metálicas sobre las fundaciones, para sostener parte de los equipos eléctricos y el cableado de los paños.

Montaje de equipos eléctricos y obras menores: Una vez concluida las fundaciones de los equipos, se procederá al montaje electromecánico de los equipos y a lá ejecución de otras obras civiles menores, tales como, vías de circulación, canalizaciones, etc. Además, se procederá al alambrado, conexionado y pruebas de las instalaciones, incluyendo tanto equipos eléctricos, como tos equipos de control, protección, supervisión, medida, entre otros.

Pruebas de energización y puesta en servicio: Se revisará el correcto funcionamiento de los equipos instalados, la continuidad eléctrica det sistema, la conexión a tierra, las secuencias de fases, la instrumentación de control y se realizarán las pruebas con cargas, las que incluyen la protocolización de pruebas de montaje, pruebas eléctricas y mecánicas de todos los equipos,

Terminaciones de terreno: Se desarrollarán vías de circulación internas para permitir el tránsito de peatones, vehículos livianos y de carga, las cuales estarán debidamente demarcadas por medio de soleras. La actual S/E Tres Pinos, cuenta con un acceso por lo que no considera la construcción de otro adicional.

Retiro de las instalaciones de faena del contratista y restauración del terreno: Una vez terminadas las obras civiles e instalados los equipos eléctricos, el contratista retirará todas las instalaciones provisorias como containers, baños químicos, bodegas, etc. Adicionalmente, se llevarán a cabo las medidas orientadas a devolver, en lo posible, a su estado original los sitios intervenidos.

Toda maquinaria y/o herramientas que ingresen a la provincia de Arauco para la realización de esta obra, cualquiera que sea la faena, deben venir libre de tierra; según lo dispuesto en la resolución N* 2,104 (Art. 6) y sus modificaciones, que declara área libre de Globodera rostochiensis, Globodera pallida, Thecaphora solani (Angiosorus solani) y Ralstonia solanacearum al área comprendida por la provincia de Arauco, VII región y la IX, X y XI Regiones; lo mismo se debe considerar para los áridos y tierra utilizados en este proyecto, deben provenir de yacimientos de la Provincia de Arauco.

TRANSNET revisará y verificará que todas las maquinarias y herramientas que ingresen a la Provincia de Arauco vengan libres de tierra, según lo dispuesto en la Resolución N* 2.104, Asimismo, TRANSNET adquirirá los áridos para el proyecto en yacimientos de la Provincia de Arauco.

Resolución de Calificación Ambiental DÍA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN SE TRES PINOS”

3.1.4 Fase de Operación

La actividad principal de la fase de Operación del proyecto consiste en la conexión de las lineas de transmisión de energía eléctrica que lleguen a la subestación. Lo anterior, con el fin de dar seguridad al sistema de subtransmisión eléctrico de la provincia. A partir de este sistema de subtransmisión se conectan otras subestaciones eléctricas que atienden finalmente la red de distribución de la ciudad y de las zonas aledañas.

La operación de las instalaciones del proyecto no requerirá de la contratación de mano de obra adicional a la que actualmente tíene TRANSNET. Esto, ya que esta infraestructura será operada en forma remota desde el Centro de Operación de Transmisión (COT) de TRANSNET y las actividades de inspección y mantenimiento serán realizadas por personal que actualmente realiza similares labores en la S/E Tres Pinos.

Cabe señalar que la S/E Tres Pinos es y seguirá siendo operada bajo sistema de telecomando y sólo será visitada para realizar inspecciones periódicas, mantenciones programadas y reparaciones en caso de emergencias eléctricas.

TRANSNET es responsable de la elaboración de los planes de mantenimiento preventivo y correctivo y de los programas de trabajo asociados, vale decir, ejerce pleno control sobre la definición de los trabajos tanto con respecto a su alcance como a su oportunidad.

El proyecto no considera actividades de inspección y mantenimiento adicionales a las que actualmente se desarrollan en la S/E existente.

3.1.5 Etapa de Cierre

Por la naturaleza de este proyecto, no se considera fase de abandono en una primera instancia. Lo más apropiado es que las instalaciones vayan siendo actualizadas tecnológicamente y así prolongando su fase de operación, ocupando la misma superficie, En caso que por alguna razón deba implementarse el abandono del proyecto, se procederá de la siguiente forma:

  • Desconexión de lineas y equipos: se procederá a desenergizar las líneas conectadas a los paños de la S/E Tres Pinos y los equipos; tomándose todos los resguardos necesarios para la protección de las personas que participen en la actividad de retiro de las instalaciones.

  • Desmantelamiento de los equipos y estructuras: se desmontarán equipos y estructuras. Los equipos que puedan ser reutilizados serán embalados y guardados en almacenes de TRANSNET y los que no, se dispondrán en un sitio autorizado para ello.

  • Retiro de obras civiles y restitución del terreno: las obras civiles podrán ser demolidas en su totalidad o parcialmente para obras bajo superficie (por ejemplo dejando en su lugar fundaciones profundas). Se restaurará el terreno a condiciones lo más similar posible a tas originales.

3.1.6 Insumos requeridos por el proyecto

Los materiales y la cantidad aproximada que se requerirá en la fase de construcción del proyecto, se detallan en ia siguiente tabla

Tabla N*2 Estimación de Materiales requeridos para la Construcción del Proyecto Material

Material Cantidad

Hormigón 110 m*

Acero 14 ton

Material de relleno 600 m*

Gravilla 50 m*

Resolución de Calificación Ambiental 6

DÍA del proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS*

TRANSNET no considera la explotación de empréstitos o pozos de áridos propios, debido a que el material de relleno (grava, arena o áridos) que se requiera será adquirido a un distribuidor autorizado.

Las estructuras metálicas serán adquiridas para el proyecto y trasladadas al terreno, mientras que TRANSNET cuenta con los equipos eléctricos, cables, conductores, aislación y postes en sus almacenes de las ciudades de Los Ángeles, Concepción y Santiago,

Para las fases de operación y de cierre y abandono no se prevé necesidad de estos materiales.

Maquinaria y Herramientas : Camión tolva - Retroexcavadora - Camión mezclador - Camión pluma — Excavadora - Herramientas de mano (estacas y combo) - Portacarretes y carretes - Herramientas eléctricas menores — Generador - Vibradores de inmersión - Vibro apisonadores - Huinche y freno y Compresor.

Esta maquinaria se utilizará en horario de trabajo diurno y cumplirá con todos los estándares de seguridad y calidad vigentes. Por otro lado, los operarios que controlen dicha maquinaria estarán debidamente capacitados para ello.

La energía eléctrica a utilizar para operar los equipos y maquinarias necesarios para la construcción del proyecto será proporcionada mediante grupos electrógenos o a través de un empalme provisorio de la red de distribución. Durante la operación, el suministro de corriente altema será a través de los servicios auxiliares existentes en la S/E Tres Pinos. Durante la fase de cierre y abandono del proyecto el suministro de energía se realizaría de la misma forma indicada para la fase de construcción.

Durante la fase de construcción el agua para beber será proporcionada mediante bidones sellados, etiquetados y embotellados por una empresa autorizada. Además, el contratista proveerá de duchas al personal de construcción, en instalaciones a arrendar en las proximidades de la obra. En la etapa de operación no se requerirá agua potable a causa del Proyecto. En caso de un eventual cierre y abandono de las instalaciones el suministro de agua se realizará de la misma forma indicada para las fases de construcción. De esta forma se dará cumplimiento a lo indicado en el D.S. N* 594/99.

En la fase de construcción se requerirá en promedio de 0,3 m*día de agua industrial para procesos menores de construcción, para el curado del hormigón, y para la humectación de las zonas de tránsito interior, en caso de requerirse.

No se requerirá de agua para la preparación del hormigón, dado que fa mezcla a utilizar será provista principalmente por una empresa extema en camiones mixer.

En la fase de operación se requerirá como máximo 6 m*/año de agua para la limpieza de las instalaciones, esta agua será desmineralizada y no requiere de ningún tipo de aditivos.

En caso de un eventual cierre y abandono, se requeriría una cantidad menor de agua para la humectación de los frentes de trabajo,

No se considera el almacenamiento de combustible en terreno. En todas las fases del proyecto se utilizará combustible para la maquinaria, camiones y camionetas a utilizar en las actividades del proyecto, los que se abastecerán airectamente de las estaciones de servicio establecidas en el sector o en terreno a través de un camión distribuidor de combustible de empresas autorizadas para ello.

TRANSNET dará aviso a la Oficina sectorial de Cañete del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), del ingreso de materiales e insumos importados que posean embalaje de madera a la Provincia de Arauco, para que la Autoridad pueda efectuar una fiscalización de los mismos, a fin de evitar el transporte de insectos y por ende, evitar el ingreso de plagas cuarentenarias,

Resolución de Calificación Ambiental 7 DIA del proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN SE YRES PINOS"

3.2 Principales Aspectos Ambientales, Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto 3.2.1 Flora y Fauna en el área de influencia del proyecto

El capítulo N*4 de la DIA presenta una caracterización de los principales componentes ambientales definidos para el área de influencia del proyecto. Se definen cada uno de los elementos del medio ambiente contemplados en el área de influencia del proyecto. Se describe la Riqueza y composición de la flora vascular y las asociaciones vegetacionales presentes,

Del análisis de la flora y vegetación, se puede concluir que el establecimiento del Patio de Maniobras en la S/E Tres Pinos, no constituye una amenaza a la flora y vegetación presente en el AID, ya que no altera ni modifica las asociaciones vegetales presentes, por tratarse principalmente de especies herbáceas y de origen exótico. Cabe destacar que una importante parte de la superficie del suelo se encuentra desprovista totalmente de vegetación.

En cuanto a la riqueza de especies de Fauna en el área de estudio, los resultados que se muestran en la Tabla 4.2 de la DIA, indican que se registraron 10 especies de fauna, De ellas, 9 pertenecen a la Clase Aves, de las cuales, 2 pertenecen al grupo de las aves rapaces y las restantes a las aves no rapaces, Se observó sólo una especie perteneciente a la Clase Mamiferos y no se obtuvieran registros de reptiles,

Ninguna de las especies registradas directamente se encuentra en categoría de conservación. El área del proyecto se presenta como un ambiente altamente alterado, donde ta presencia de la vegetación natural ha sido remplazada por plantaciones exóticas y donde la presencia de centros poblados forman parte de la matriz del paisaje; en este sentido, la fauna silvestre ha sido desplazada del área del proyecto, lo que disminuye notablemente la riqueza y la abundancia de las especies. Las aves se distribuyen casi homogéneamente en el área de estudio; en general, todas las aves tienen uma distribución amplia y son habitantes de diversos hábitats inclusive en aquellos más antropizados. Respecto de los mamiferos, sólo se obtuvo registros de la presencia del conejo, especie introducida de amplia distribución.

3.2.2 Patrimonio Cultural y Arqueológico

Se realizó una inspección total del área del proyecto. Hacia los costados del área, se pudo ver terrenos despejados de pasto, con una buena visibilidad. Se puede considerar que el sector presenta buena accesibilidad, ya que se puede llegar en vehículo hasta la entrada del terreno, También se presenta una buena visibilidad, ya que se privitegió la observación de los sectores despejados y cortes presentes en el sector. La perceptibilidad se considera baja, ya que se trata de una terraza fluvial considerablemente alejada de la costa (20 km) y no hay hitos geográficos importantes en las cercanias. Como resultado de la inspección realizada no se registró restos culturales ni rasgos arqueológicos que pudieran ser atribuidos al Patrimonio Cultural y recursos protegidos por Ley.

Durante alguna de las actividades de la etapa de construcción del proyecto, ante la eventualidad de registrarse restos culturales (fragmentos cerámicos, restos humanos, piezas líticas, etc.) o paleontológicos (dados especialmente por el hallazgo de restos fósiles), se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, o a Carabineros (según lo dispone la ley citada), con el fin de proceder a evaluar su importancia y as! cumplir con la normativa aplicabie (Ley de Monumentos Nacionales N* 17.288).

3.23 Emisiones a la atmósfera

Durante la etapa de construcción del proyecto se generará material particulado en tas actividades que consideran movimientos de tierra por escarpe y excavaciones abiertas, por las actividades de carga, descarga y transporte del material, y por el tránsito de camiones y maquinaria pesada en caminos de tierra y pavimentados. Las actividades de construcción que implican excavaciones abiertas son la construcción de fundaciones y de la malla de puesta a tierra de las estructuras.

Resolución de Calificación Ambiental DÍA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

De acuerdo a los resultados obtenidos en la estimación de emisiones atmosféricas, se concluye que el proyecto generará una tasa de emisión de Material Particulado Respirable MP10 de 1,16 ton/año. Del total de emisiones que se generarán, la actividad con mayor emisión de MP10 será el tránsito de camiones con material de relleno por caminos pavimentados con 0,32 ton/año. Para el control de las emisiones de MP10 se han considerado las siguientes medidas durante la etapa de construcción:

  • El transporte de materiales se efectuará en camiones cuya sección de carga estará tapada con lonas.

  • Todos los vehículos a utilizar en el proyecto cumplirán con las normas de emisión establecidas en la normativa aplicable.

También durante la etapa de construcción del proyecto, se generarán emisiones de gases debido a los procesos de combustión en los motores de los vehículos livianos, de los camiones y de la maquinaria a utilizar. De acuerdo a los resultados obtenidos en la estimación de emisiones atmosféricas, se concluye que el proyecto generará una tasa de emisión por Monóxido de Carbono (CO) de 0,2 ton/año, una tasa de emisión por Óxidos de Nitrógeno (NOx) de 0,6 tonfaño y una tasa de emisión de Hidrocarburos (HC) de 0,1 tonfaño.

Para controlar las emisiones de estos gases a la atmósfera, se exigirá que los vehículos tengan la revisión técnica al día, que la mantención de la maquinaría se realice de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados, ubicados en las localidades cercanas y que, todo vehículo porte el sello que acredite la certificación del cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones.

Durante la etapa de Operación, no se realizará tránsito de vehículos adicionales a las que actualmente se realizan a la S/E Tres Pinos,

Si bien el Proyecto tiene una duración indefinida, en caso de ocurrir su cierre, se prevé que durante el desmantelamiento de las obras, las emisiones de material particulado serán similares a las que se producirán en la etapa de construcción del proyecto,

Se contempla que durante la operación del proyecto, no se generarán emisiones de gases de combustión adicionales, sólo se producirán las emisiones esporádicas de las camionetas que actualmente se utilizan en las actividades de inspección, mantenimiento y reparación de la S/E, las cuales cumplirán con la legislación aplicable,

Si bien el proyecto tiene una duración indefinida, en caso de ocurrir su cierre, se prevé que en la etapa de cierre y clausura, la generación de emisiones de gases de combustión será muy similar a la que se producirá durante la etapa de construcción.

3.2.4 Ruido

En las proximidades del proyecto se identificaron cinco receptores sensibles, los cuales se muestran en la tabla siguiente, y en cada uno de ellos se evaluaron los niveles de ruido estimados del proyecto, durante la etapa de construcción y operación. Además, para la evaluación de ruidos se debe considerar que la subestación se encuentra dentro del límite urbano, conforme al Plan Regulador Comunal de Los Álamos, y que se homologa a zona li según D.S. 146/97 de! MINSEGPRES.

Para estimar los niveles de ruido en esta etapa de! proyecto sobre los receptores cercanos, se realizó una proyección sonora, considerando todas las actividades asociadas a esta etapa, donde los niveles proyectados sobre los receptores cercanos oscilan entre 53 y 54 dBA.

Resolución de Calificación Ambiontal ? DIA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

Tabla N*3 Receptores Sensibles ubicados en las proximidades del Proyecto DATUM WGS84

[ID | Este (m) [Nor (m) | Distancia Descripción “A (m)

A 639,860 | 5.834.842 165 Sector de viviendas de un piso ubicadas en desnivel, hacia el norte del Proyecto.

B 639,849 | 5.834.877 190 Sector de instalaciones de

carabineros, ubicadas al norponiente de la subestación, cercana a Ruta 160.

C |639.476 [5.834.703 |210 Sector de viviendas y cabañas en arriendo, de un piso, hacia el poniente de la subestación, cercanas a la Ruta 160.

D 639.889 5.834.421 170 Viviendas de uno y dos pisos, ubicadas al sur oriente de la subestación, a un menor nivel de altura topográfica.

E 639.979 [5.834.531 205 Viviendas de uno y dos pisos en calle, hacia el oriente de la subestación, a]

Durante la etapa de operación, el ruido a generar corresponderá básicamente al funcionamiento de la subestación existente. Para evaluar un eventual impacto sobre los receptores cercanos, se realizó una medición del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) en las inmediaciones de ta subestación, identificándose una baja magnitud en los niveles de ruido a causa de esta instalación. Estos niveles oscilan entre 28 y 30 dBA, los que son imperceptibles en los puntos donde se ubican los receptores cercanos, situación que no variará con la modificación proyectada.

De la evaluación realizada en ambas etapas del proyecto, se concluye que los niveles de ruido asociados, cumplen con los límites establecidos por el D.S, N* 146/97 del MINSEGPRES (detalle en Estudio Acústico del proyecto en Anexo 3 de la DIA).

3.2.5 Residuos Líquidos

Aguas servidas: Los residuos líquidos que generará el proyecto, corresponderán exclusivamente a las aguas servidas provenientes de los baños químicos a utilizarse durante la construcción del proyecto. Se instalará baños químicos, según lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S, N? 594/99. La instalación y mantención será contratada a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud,

Se estima que se generarán 100 l/persona/día, lo cual producirá un máximo de 2,8 m*día cuando se alcance la mayor dotación de personal de la obra (26 personas/mes).

Durante la etapa de operación del proyecto, no se generarán residuos líquidos domésticos. Durante la eventual etapa de cierre y clausura, se prevé que la generación de aguas servidas será muy similar a las que se generarán durante las etapas de construcción del proyecto.

Residuos industriales líquidos: Durante el hormigonado de obras en la etapa de construcción, se generarán residuos industriales fiquidos por el lavado de las canoas de los camiones mezcladores. Se prevé el lavado de un máximo de 2 camiones al dla, utilizando para ello 20 litros de agua por camión, resultando una generación máxima 40 litrostdía,

Resolución de Calificación Ambiental 10 DIA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

Esta agua será decantada en un receptáculo, cuyo material será de plástico duro, para evitar fiiraciones y utilizada para humectar las zonas internas de tránsito, cumpliendo con los parámetros de la NCh Of 1333/78 Requisitos de Calidad del Agua para Riego. La parte sólida será tratada como residuos sólidos.

Los residuos líquidos del lavado de canoas sólo tendrán restos de lechada de hormigón, por lo que no serán contaminantes. Al respecto, TRANSNET se compromete a efectuar un muestreo de aguas durante el primer lavado de canoas que se realice en la etapa de construcción, con el fin de demostrar el cumplimiento de la NCh Of. 13333/78. Los resultados de este muestreo estarán disponibles en las oficinas de TRANSNET en caso que la Autoridad lo requiera.

El Proyecto no generará residuos líquidos industriales en su etapa de operación ni de cierre y clausura

Por otro lado, el nuevo Patio de Maniobras que se construirá en la S/E Tres Pinos, no tendrá zonas de impermeabilización del terreno, por lo que se mantendrán las características de permeabilidad existentes actualmente en la zona. De hecho el suelo del Patio de Maniobras será cubierto con una capa superficial de gravilla chancada, lo que permite la infiltración natura! de las aguas lluvias, por lo que éstas no escurrirán desde el interior del Patio de Maniobras hacia el exterior, Por esto no se considera Un sistema particular de evacuación de aguas lluvias. Esta solución es usada generalmente en las subestaciones. Por lo anterior, tampoco se consideran obras de descargas al cauce existente a 150 metros de los deslindes del predio donde se ubica la S/E Tres Pinos. Este cauce no será afectado por las aguas lluvias provenientes de la Subestación, ya que éstas se infiltrarán naturalmente en los suelos de! Patio de Maniobras.

3.2.6 Residuos Sólidos

El proyecto generará distintos tipos y cantidades de residuos sólidos en todas sus etapas, los cuales se pueden clasificar en: residuos domiciliarios o asimilables a domiciliarios, residuos provenientes de excavaciones, residuos industriales no peligrosos y residuos industriales peligrosos.

Residuos Sólidos Domiciliarios o Asimilables a Domiciliarios: Durante la etapa de construcción del Proyecto se generarán aproximadamente 0,4 kg/dla/persona de residuos sólidos asimilables a domésticos, correspondientes a papeles, envoltorios y envases plásticos producto de materiales de oficina. Lo anterior, se traduce en Una generación promedio mensual de 128

Estos residuos serán almacenados en contenedores con tapa, que se distribuirán en las instalaciones de faenas, para ser retirados por el contratista o el servicio municipal y llevado al sitio de disposición final más cercano, autorizado por la SEREMI de Salud respectiva, fuera de

Durante la operación del proyecto no se producirán residuos domésticos, salvo aquellos que puedan generarse en los cortos periodos de mantención y reparación. Estos residuos serán retirados por los propios trabajadores y serán dispuestos en un lugar autorizado para ello.

Ante un eventual cierre y clausura, se prevé que la generación de residuos domiciliarios será similar a los que se generarán durante la etapa de construcción.

Residuos Sólidos provenientes de excavaciones: Los residuos provenientes de excavaciones se generarán durante la etapa de construcción, y corresponden a restos de tierra y escombros procedentes de movimientos de terreno para instalar las estructuras y equipos. Se estima una generación máxima aproximada de 600 m3 de este tipo de residuos. Todo el material sobrante será retirado y derivado a sitios de disposición final debidamente autorizados por los

Resolución de Calificación Ambiental 11 DIA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS”

Todo el material de escarpe sobrante será reutilizado como material de relleno y se dispondrá dentro del mismo predio de la S/E Tres Pinos. De acuerdo con lo anterior, y considerando el bajo riesgo de erosión que existe en el área, debido a la baja pendiente del suelo y ala protección que se le dará al mismo al cubrirlo con ripio, tanto en el área.donde se extraerá el material y en el lugar donde se dispondrá, no se consideran medidas para controiar la erosión.

Residuos No Peligrosos: Durante la etapa de construcción se prevé la generación de residuos industriales no peligrosos tales como: restos de embalaje, carretes de madera para conductores eléctricos, cajones de madera, restos de conductores, chatarra (despuntes de fierro, cables, aisiadores quebrados, etc.). En la etapa de construcción se estima una generación aproximada de 3 m*mes de este tipo de residuos, los que se acumularán temporalmente en contenedores que serán dispuestos en la instalación de faenas, para su posterior comercialización o disposición final por empresas autorizadas. Durante la etapa de operación, se generarán cantidades menores de residuos sólidos industriales no peligrosos, como cables y piezas de recambio, producto de las actividades de mantención y reparación de la S/E. De generarse, estos residuos no serán almacenados en las instalaciones, sino que serán recolectados por el contratista, para ser trastadados a las bodegas de TRANSNET para su clasificación y posterior reutilización o disposición final por una empresa autorizada. Ante un eventual cierre y clausura de las instalaciones, la generación de residuos no peligrosos será similar a los producidos durante la etapa de construcción.

Residuos peligrosos: No se generará este tipo de residuos durante la construcción de las obras del proyecto, dado que las mantenciones de la maquinaria y vehículos serán efectuadas en las estaciones de servicio o talleres mecánicos cercanos al área del proyecto. Ai respecto, la empresa a cargo de las obras, tendrá estrictamente prohibido realizar cualquier tipo de reparación que pueda implicar la generación de residuos peligrosos, tales como filtros y envases de aceites, lubricantes y grasas de los camiones y maquinarias, Tanto para la etapa de operación, como para la etapa de cierre y clausura del proyecto, en caso de que hubiere, no se generarán este tipo de residuos.

3.2.7 Campos electromagnéticos e interferencia de radio y televisión

Durante la etapa de construcción del proyecto, no se generarán emisiones de ondas electromagnéticas ni interferencias de radio y televisión,

Para la etapa de operación del proyecto, se realizó una estimación de los campos electromagnéticos de baja y alta frecuencia que pueden presentarse en el interior y.en el borde de la S/E de potencia en operación, con la construcción de un Patio de Maniobras y la instalación de los equipos. En particular, se realizó una recopilación de información de referencias internacionales respecto de valores de campo eléctrico y campo magnético medidos en instalaciones similares a la subestación y equipos en referencia, se realizó Una modelación simplificada de las barras de la subestación, y finalmente, estos valores se confrontan con las recomendaciones y límites admisibles ICNIRP (International Commission On Non-lonizing Radiation, comité científico experto en el estudio de campos electromagnéticos que han sugeridos limites los cuales ha adoptado como recomendación la Organización Mundial de Salud y la Unión Europea) para establecer una conclusión respecto de la emisión electromagnética de bajas frecuencias provocadas por la incorporación de los equipos en referencia. A su vez, se realizó una estimación del nivel perturbador a frecuencias de radio generado por la S/E debido al fenómeno corona, en base a medidas referenciales y se compara con valores límites establecidos por recomendaciones internacionales (detalle en Estudio de Campos Electromagnéticos adjunto en Anexo 4 de la DIA).

De los resultados obtenidos se tiene que;

  • El campo eléctrico alcanza valores máximos de 925 Voltím bajo los paños de líneas al interior del Patio de Maniobras, y se reduce a menos de 200 Voltím a 20 m desde el conductor externo del paño, por tanto no representa ningún riesgo para las personas, por cuanto estos valores son muy inferiores al límite de 5000 Vím considerado internacionalmente como seguro, según la Comisión Internacional para la Protección contra la radiación No lonizante (¡CNIRP),

Resolución de Calificación Ambiental 12 DIA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

  • Por su parte, la inducción magnética llega a 0,50 micro Tesla (5,0 mili Gauss) bajo los paños de líneas, en el interior del Patio de Maniobra, y se reduce a 0,1 micro Tesla (1 mili Gauss) a 20 m desde el conductor externo del paño, por lo que no representa ningún riesgo para las personas, por cuanto los valores son muy inferiores a! límite de 100 micro Tesla considerado internacionalmente como seguro, según la ICNIRP.

  • Debido a que en la literatura no existen medidas de radio interferencia a tensiones de 66 KV, ya que el efecto corona sólo adquiere importancia a grandes voltajes (muy mayor que la tensión 110 kV y la literatura sólo tiene como referencia interior medidas en tensión 110 kV), se considera que este efecto no es significativo al nivel de voltaje que se encontrará en Patio de Maniobras proyectado (86 ky).

De lo anterior, se concluye que las emisiones de campos electromagnéticos y de interferencia a las señales de radio y televisión que pueda generar el proyecto, son bastante menores a los valores indicados por las normas de referencia, dándose cumplimiento a las mismas.

Por último, dados los antecedentes presentados en la DIA y Adenda, es posible concluir que la ejecución de las obras no producirá efectos de carácter negativo sobre el medio humano, puesto que, por una parte, no existen viviendas en el área de intervención del proyecto, y por otro lado, éste cumplirá cabalmente con la legislación vigente que le es aplicable. El proyecto se desarrolla cercano a dos sectores poblados correspondientes a Los Álamos y Cerro Alto. Estos sectores no serán intervenidos a consecuencia del proyecto, puesto que se encuentran fuera del área de influencia directa de éste. La distancia desde el área del proyecto a los sectores poblados próximos identificados son 3,18 km a Los Álamos y 0,33 km a Cerro Alto.

4.- Que, en relación con el cum, sobre la base de los antecedentes

que la ejecución de dicho proyecto cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales;

Normativa Ambiental de Carácter General Aplicable al Proyecto

N*19.300/94 y su modificación

Ley de Bases Generales del Medio Ambiente Ministerio de Medio Ambiente.

ambiente libre de contaminación, [a protección del medio ambiente, la

instrumentos de gestión ambiental.

El Art. 10 de la ley identifica aquellos tipos de proyectos que por ser susceptibles de causar impacto ambiental deben ser sometidos en forma obligatoria al SEJA, ya sea a través de una DIA, o de un ElA (en caso de que el proyecto o sus actividades, en cualquiera de sus fases, generase o presentase a lo menos uno de los efectos,

[CUERPO CONTENIDO ACREDITACIÓN DE LEGAL CUMPLIMIENTO Ley Regula el derecho a vivir en un medio] El proyecto da cumplimiento

a la normativa reseñada sometiéndose a evaluación

Ley preservación de la naturaleza y la|en el SEJA.

20.417/2010 conservación del patrimonio | Procede presentar una Ministerio ambiental. Declaración de Impacto Secretarla Ambiental, ya que el General de la|Establece el Sistema de Evaluación | proyecto no genera 0 Presidencia de Impacto Ambiental (SEIA) y otros presenta ninguno de los

efectos, caracteristicas o circunstancias de aquellos indicados en el artículo 11 de la Ley de Bases.

Adicionalmente, da respuesta a las modificaciones de la Ley 20.417, en cuanto a que contiene un capitulo especialmente dedicado a la compatibilidad territorial,

Resolución de Calificación Ambiental DÍA det proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

plimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto y que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse

13

CUERPO CONTENIDO ACREDITACIÓN DE LEGAL CUMPLIMIENTO características o circunstancias | La DIA Y su adenda señaladas en el Art.11). presentan toda la información necesaria para ser evaluado adecuadamente, según lo estipulado en la Ley 19.300, Ley 20.417, Reglamento del SEJA y normativa sectorial , Decreto Define los proyectos que deben]|El Titular da cumplimiento a Supremo ingresar al SEIA, los criterios para [todas las normas aplicables N*95/01 decidir entre estudio o declaración de | del RSEIA, especialmente a Ministerio impacto ambiental (ElA o DIA), los |lo dispuesto en el artículo 2 Secretaría plazos Y procedimientos dejletra d) en relación al General de la|evaluación, los permisos ambientales | artículo 3, mediante ¡a Presidencia sectoriales y otras materias | presentación del proyecto Reglamento del relacionadas a la Ley 19.300 para su evaluación por la Sistema de Autoridad en el marco del Evaluación de SEA cumpliendo con todos Impacto los requisitos y Ambiental! antecedentes establecidos en el artículo 12 del Reglamento. Lo anterior, considerando

que el proyecto de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 letra d) del Reglamento del SEJA, corresponde a una modificación de un proyecto o actividad, la cual contorme el literal b) del artículo 3* del Reglamento del SEIA, corresponde a “Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones”. Y se cumple con presentar la DIA para revisión de los órganos del Estado con competencia ambiental.

Normativas relacionadas con la atmósfera

Ministerio de Salud Establece normas para evitar emanaciones o|de contaminantes

atmosféricos de

vapores,

cualquier producidos establecimiento fabril o lugar de

su artículo 1 que "los gases, polvo, emanaciones o contaminantes naturaleza,

humos,

en cualquier | de

[Fuerza de Ley N*

cualquier trabajo, deberán captarse o

naturaleza eliminarse en forma ta! que no causen peligros, daños 0 molestias al vecindario",

Decreto con|El artículo 81 del “Código

Sanitario Establece que los

CUERPO LEGAL |CONTENIDO FORMA DE CUMPLIMIENTO Decreto Supremo|Este decreto contiene un | Durante la etapa de construcción N*144/61 mandato genera! al señalar en | del proyecto se generará materiai

particulado en ias actividades que consideran movimientos de tierra por (fundaciones), por las actividades

excavaciones abiertas

carga, descarga y transporte

del material, y por el tránsito de camiones y maquinaria pesada en caminos de tierra durante la época estival.

Para el control de las emisiones de material Particulado durante la

Resolución de Calificación Arnblental

DIA del proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

l4

CUERPO LEGAL |CONTENIDO FORMA DE CUMPLIMIENTO 725/67, Minsal, [vehiculos “y sistemas de construcción del Proyecto, el Código Sanitario. transporte de transporte de materiales se Publicado en el|materiales que a juicio del[efectuará en camiones cuya Diario Oficial de |Servicio Nacional de Salud| sección de carga será cubierta 31.01,68 (actual Autoridad Sanitaria), | con lonas, se realizará puedan humectación de sectores donde significar un peligro o molestia | se realice movimientos de tierra, a la población, y los transportes | al menos tres veces al día, salvo de basura y desperdicios de cuando el terreno esté húmedo cualquier naturaleza, deberán por causas naturales.

reunir los requisitos que señale dicho Servicio, el que además |Los vehículos y maquinarias que ejercerá — vigilancia sanitaria|se utilizarán en el proyecto,

sobre ellos. cumplirán con las normas de D.S.N* 75/87 del] Este cuerpo legal señala que] emisión establecidas por el Ministerio de |los vehículos que transporten | Ministerio de Transportes y Transporte y |desperdicios, arena, tierra, ripio Telecomunicaciones, fiscalizadas Telecomunicacion |u a través del Certificado de es, Establece [otros materiales, ya sean|Revisión Técnica al día, lo que Condiciones sólidos o líquidos, que puedan asegurará que los motores operen

para el Transporte | escurrirse o caer al suelo, [en buenas condiciones, de Carga que |estarán Indica. construidos de forma que ello |Para las labores de construcción, no ocurra por causa alguna.[el transporte de material será Además agrega en su artículo | realizado en camiones 2, inciso adecuados, que eviten el 2*, que “en las zonas urbanas, [escurrimiento de los materiales el transporte de material que |sólidos o liquidos al suelo. produzca polvo, tales como Adicionalmente, los camiones escombros, cemento, yeso, etc, [serán cubiertos con lonas para deberá efectuarse siempre | impedir la dispersión al aire.

cubriendo total y eficazmente |Para el transporte de jos los materiales de construcción, el materiales con lonas o plásticos | titular exigirá a la empresa de dimensiones adecuadas, u contratista, considerar camiones otro sistema que impida sulcerrados para impedir cualquier

dispersión al aire". tipo de emanación de polvo,

D.S. N* 4/94 del|Establece normas sobre la Ministerio de [emisión de contaminantes por Transportes y|el tubo de escape de los Telecomunicacion |vehtculos y la forma de medir es, Establece [estas emisiones, diferenciando Normas de |las exigencias para las distintas Emisión de | regiones,

Contaminantes Aplicables a los Vehículos motorizados y Fija los Procedimientos para su Control. D.S. N* 47/92 Art. TEl ” Artículo 5.8.3 de la 5.8.3. Ordenanza | Ordenanza señala que con el General de la Ley | objeto de mitigar el impacto de General dejlas emisiones de polvo y Urbanismo y | material, el responsable de la Construcciones, ejecución de dichas obras deberá implementar medidas que indica.

Resolución de Calificación Ambiental 15 DIA del proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

Normativas relacionadas con el control de ruidos molestos

CUERPO LEGAL

FORMA DE CUMPLIMIENTO

Decreto Supremo N*148/98

Ministerio Secretaria General de la Presidencia

Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas

CONTENIDO La norma establece los niveles máximos permisibles de

presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad, tales como las actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas U otras.

Fija los niveles máximos de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de la fuente fija emisora de ruido,

De la evaluación realizada en ambas etapas del proyecto, se concluye que durante la etapa de construcción los niveles de inmisión de ruido estimados, oscilarán entre 53 y 54 dBA al considerar la condición más desfavorable, Asimismo para la etapa de operación, los niveles de ruido estimados sobre los receptores sensibles fluctuarán entre 28 y 30 dBA, siendo imperceptibles. De esta forma los niveles de ruido asociados al proyecto cumplen con el límite establecido por el D.S. No 146/97 de! MINSEGPRES — (detalle en Estudio Acústico adjunto en Anexo 3 de la DIA).

Normativas relacionadas con residuos líquidos

Ministerio de Salud Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, modificado por Decreto Supremo 57/03,

incorporarse a las napas de

agua subterránea de los subsuelos o arrojarse en los canales de regadlo, acueductos, rios, esteros, quebradas, lagos, lagunas,

embalses o en masas o en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros o

las aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, sin ser previamente

sometidos a los tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria”.

El artículo 21 establece que todo lugar de trabajo estará provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que dispondrá como mínimo de excusado y lavatorio,

Decreto con Fuerza de Ley N* 725/67 (Ministerio de Salud

El articulo 71 letra b) señala que corresponde a la Autoridad Sanitaria aprobar los

CUERPO LEGAL CONTENIDO FORMA DE CUMPLIMIENTO Decreto Supremo N*| El articulo 17 dispone que "En | Durante la fase de 594/99 ningún caso podrán | construcción se requerirá

proveer de servicios higiénicos a los trabajadores, por lo que se generarán aguas servidas durante este período del proyecto.

Durante la construcción del proyecto, se instalarán baños químicos y duchas, según lo establecido en los artículos 23* y 24” del D.S. N” 594/00. La instalación y mantención será contratada a una empresa que cuente con las autorizaciones respectivas de la SEREMI de Salud.

Durante la operación del proyecto no se generarán residuos líquidos.

Resolución do Calificación Ambiental DIA del proyecto “CONSTRUCCIÓN PA TIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

16

CUERPO LEGAL

CONTENIDO

FORMA DE CUMPLIMIENTO

Código Sanitario

sirva

Proyectos

construcción, modificación y ampliación de cualquier obra particular

evacuación, disposición final de desagiles, aguas servidas de cualquier

naturaleza y residuos industriales o mineros, artículo 73

Asimismo el prohíbe la descarga de las aguas

lagunas, fuente o masa de agua que

potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes depuración en la forma que se señale en los reglamentos.

E! artículo 73 del Sanitario prohibe la descarga de las aguas servidas a ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua sin que antes L depuración,

relativos a la reparación,

pública o destinada a la tratamiento o

servidas a ríos o en cualquier otra

para proporcionar agua

se proceda a su

Código

se proceda a su

Normativas relacionadas con residuos sólidos

CUERPO LEGAL CONTENIDO FORMA DE CUMPLIMIENTO Decreto con Fuerza de Ley | El artículo 80 señala que | Durante — la etapa de

No 725167 Ministerio de Salud Código Sanitario

“Corresponde al Servicio Naciona! de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquiera clase.

Decreto Supremo N*148/04

Ministerio de Salud Reglamento Sanitario

Este reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la

construcción se prevé la generación de residuos industriales no peligrosos

tales como: restos de embalaje, carretes de madera para conductores eléctricos, cajones de madera, restos de conductores, chatarra (despuntes de fierro, cables, aisladores quebrados, etc). En la

etapa de construcción se estima una generación aproximada de 3 mYmes de este tipo de residuos,

sobre Manejo de Residuos generación, tenencia, | los que se acumularán Peligrosos almacenamiento, temporalmente en transporte, tratamiento, [ contenedores que serán reuso, reciclaje, | dispuestos en la disposición final y otras | instalación de faenas, para formas de eliminación de | su posteriór los residuos peligrosos. comercialización o

Resolución de Calificación Ambiental

DÍA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

17

Las instalaciones,

establecimientos o actividades de determinado volumen y peligrosidad deberán contar con um Plan de Manejo de Residuos Peligrosos presentado

ante la Autoridad Sanitaria,

Decreto Supremo N“594/99

Ministerio de Salud Reglamento sobre

condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo modificado por Decreto Supremo 57/03.

El artículo 19 señala que las empresas que realicen el tratamiento [o] disposición final de sus residuos industriales fuera o dentro de su predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros,

deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. La empresa deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el.

transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud. Dispone que en todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos que genere, diferenciando los peligrosos.

disposición final por empresas autorizadas. Durante la etapa de operación, se generarán cantidades menores de residuos sólidos

industriales no peligrosos, como cables y piezas de recambio, producto de las actividades de mantención y reparación de la S/FE. De generarse, estos residuos no serán almacenados en las instalaciones, sino que serán recolectados por el contratista, para ser trasladados a las bodegas de TRANSNET para su clasificación y posterior reutilización o disposición final por una empresa autorizada. Ante un eventual cierre y clausura de las instalaciones, la generación de residuos no peligrosos será similar a los producidos durante la etapa de construcción.

Residuos peligrosos: No Se generará este tipo de residuos durante la construcción de las obras de! proyecto, dado que las mantenciones de la maquinaria y vehículos serán efectuadas en las estaciones de servicio o talleres mecánicos cercanos al área del proyecto, Al respecto, la empresa a cargo de las obras, tendrá estrictamente prohibido realizar cualquier tipo de reparación que pueda implicar la generación de residuos peligrosos, tales como filtros y envases de aceites, — lubricantes y grasas de los camiones y maquinarias, Tanto para la etapa de operación, como para la etapa de cierre y clausura del proyecto, en caso de que hubiere, no se generarán este tipo de residuos.

Resolución de Calificación Ambiantal

DIA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

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Otras Normativas relacionadas con el proyecto

a). Flora y Fauna, Cuerpo legal: Ley N*19.473/96. Ley de Caza. Fecha de Publicación: 27 de septiembre de 1996. Organismo Fiscalizador; Servicio Agrícola y Ganadero.

Por su parte, el articulo 5, dispone que se prohíba en toda época, levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos o crias, con excepción de los pertenecientes a las especies declaradas dañinas. Además, el artículo 7, prohibe la caza o captura en y desde caminos públicos.

Pertinencia con el Proyecto: Del total de especies avistadas en el área de influencia directa del proyecto, ninguna de ellas presenta problemas de conservación. Sola se avistó la especie Phytotoma rara, la que está considerada con densidades poblacionales reducidas. Gran parte de las especies están consideradas como benéficas para la actividad silvoagropecuaria y como importantes para el funcionamiento de los ecosistemas naturales. Para mayor detalle remitirse al Anexo 6 de la DIA "Caracterización Fauna Terrestre”,

Forma de Cumplimiento: Se instruirá al personal tanto de la etapa de construcción del Proyecto, como de la operación sobre la prohibición de caza y de cualquier intervención a la fauna presente en el área del Proyecto, .

b). Patrimonio Cuitural. Cuerpo legal: Ley N* 17288770. Ley sobre Monumentos Nacionales. Fecha de Publicación: 04 de febrero de 1970. Organismo: Ministerio de Educación.

Materia Regulada: La presente ley, establece el régimen jurídico de protección de los monumentos nacionales, entre los cuales distingue monumentos históricos, monumentos públicos, monumentos arqueológicos, zonas típicas o pintorescas y santuarios de la naturaleza. Establece que la realización de cualquier obra que modifique o altere un monumento nacional, debe ser autorizada por el Consejo de Monumentos Nacionales.

En relación a los monumentos arqueológicos, el artículo 21 los define como los lugares, ruinas, yacimientos y piezas antropo-arqueológicas o paleontológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio naciona! y señala que por el sólo ministerio de la ley son de propiedad del Estado. El articulo 26, por su parte, señala que en caso de hallarse ruinas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico, con motivo de cualquier excavación, debe denunciarse el hallazgo al Gobernador de la Provincia, quien debe ordenar a Carabineros su vigilancia, hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.

Pertinencia con el Proyecto: De acuerdo a los resultados de la inspección arqueológica, no existe evidencia superficial de algún sitio o rasgo particular, que pueda adscribirse al Patrimonio Cultural en el área de influencia del Proyecto.

Forma de Cumplimiento: Durante la fase de construcción de las obras y ante la eventualidad de registrarse restos culturales (fragmentos cerámicos, restos humanos, piezas líticas, etc.) o paleontológicos (dados especialmente por el hallazgo de restos fósiles), se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, o a Carabineros, con el fin de proceder a evaluar su importancia y así cumplir con Ja establecido en la ley.

Resolución de Calificación Ambiental 19 DIA def proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN SE TRES PINOS"

4.2.- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación y efectuada la revisión de los permisos ambientales sectoriales (PAS) indicados en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental RSEJA (artículos 68 a 108) se concluye que el presente proyecto no requiere ninguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VI] del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación ambiental, debe indicarse que el proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/EÉ TRES PINOS”, no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias, Lo anterior, según los antecedentes que constan en el expediente de evaluación y en atención a los siguientes argumentos:

5.1.- Con relación a los efectos, caracteristicas o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley 19.300: Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce, es posible indicar que dada las características del proyecto, este no generara emisiones atmosféricas que sean susceptibles de generar riesgo para la salud de la población. Tampoco residuos Ilquidos o sólidos que pudieran afectarla. En particular en el capítulo 3 de la DIA y en su Adenda se presentan todos los antecedentes que dan cuenta del manejo ambiental del proyecto, refrendados por los pronunciamientos de los servicios públicos competentes que aprueban ambientalmente el proyecto presentado.

5.2.- Con relación a los efectos, caracteristicas o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19,300: Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que los riesgos son menores y están controlados. El área de estudio corresponde a un sector altamente intervenido por actividades humanas, donde ya existe una subestación eléctrica, donde no se detecta flora o fauna en peligro que sea necesario proteger ni hábitat de relevancia para su desarrollo, reproducción o alimentación. En la DIA y Adenda se presentan todos los antecedentes que dan cuenta del manejo ambiental del proyecto, refrendado por los pronunciamientos de los servicios públicos competentes que aprueban ambientalmente el proyecto.

5.3.- Atendiendo a las características, naturaleza y ubicación de proyecto, al proyecto no le resultan aplicables los efectos, caracteristicas o circunstancias señalados en las letras “c” a la “F del articulo 11, de la Ley 19.300, puesto que;

  • Atendidas las caracteristicas, naturaleza y localización del proyecto, éste no implica el reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

  • El proyecto no presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona donde se emplaza y no existirá alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en el lugar de emplazamiento del proyecto no existe evidencia visual ai respecto y en cualquier caso el proyecto deberá cumplir con la Ley N% 17,288 de 1970 dej Ministerio de Educación, Ley sobre Monumentos Nacionales y el correspondiente Decreto Supremo N 484/90, del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley N 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

Considerando lo expuesto y lo presentado por el titular de la DIA, se demuestra que el proyecto no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias mencionados en el artículo 11 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, desarrollados en los articulos 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del Titulo Il del Reglamento del SEA, por lo que sólo procede presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), todo ello de conformidad a lo indicado en el artículo N*4 del mencionado Reglamento.

Resotución de Calificación Amblental 20 DIA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"

6.- — Que, TRANSNET S.A., o quien en sus derechos le suceda, deberá remitir al Secretario de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, en un plazo no mayor a diez días hábiles contados desde su emisión, una copía de los permisos, autorizaciones o pronunciamientos ambientales sectoriales otorgados o emitidos por los órganos del estado competentes.

7.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a esta Comisión, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas de construcción y operación, :

B.- Que, para que el proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

9.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación Ambiental de la VIII Región del Biobío, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarios.

10.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación Ambienta! de la VI! Región del Biobío, ta individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.

11.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero,

12.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación Ambiental de la VIII Región del Biobío;

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el Proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS” de la Empresa TRANSNET S.A., representada para estos efectos por don GERARDO [LLANES CARRASCO;

2.- CERTIFICAR que el Proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS” de la empresa TRANSNET S.A,, cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, con la normativa de carácter ambiental y que no amerita presentar un Estudio de Impacto Ambiental, en virtud que no se generan los efectos, caracteristicas y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19,300,

  1. Hacer presente que la presente Resolución no exime a la TRANSNET S.A, o quien te suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes.

4.- Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación. :

5.- Disponer que las normas, condiciones o exigencias en base a las cuales se dicta ta presente Resolución serán fiscalizadas por la SEREMI] de Salud, SEREM] de Medio Ambiente, SEREM! de Transporte y Telecomunicaciones, Dirección General de Aguas, Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Consejo de Monumentos Nacionales y Superintendencia del Medio Ambiente, todo

Resolución de Calificación Ambiental 21 DIA def proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS”

lo cual se entiende sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan, en esta materia, a los Municipios de la Región del Biobío, en especia! a la lustre Municipalidad de Los Alamos.

6.- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Anótese, notifíquese al titular y archívese,

OBOS DEI. FIERRO Presidente de Evaluación Ambiental

uación Ambiental Región del Biobfo

VLOF, elo Distribución:

Representante legal TRANSNET S.A. - Gobiemo Regional, Región del Biobío - Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío - Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío - lustre Municipalidad de Los Alamos - — SEREMI MOP, Región del Biobío - — SEREMI de Energía, Región del Biobío + SEREMI de Salud, Región del Bloblo - SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío - Secretaría Regiona! Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío - — Superintendencia de Medio Ambiente - Dirección Regional Cañete, Corporación Nacional de Desarrollo Indigena - — Dirección Regional SEC, Región del Bioblo - Dirección Reglonal de Turismo, Región del Bloblo - — Dirección Regional del SAG, Región del Biobío

Clic: - Expediente del Proyecto “CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS". Archivo SEA VII!, Región del Bioblo. tna - 22 Resolución de Calificación Ambiental

DIA del proyecto "CONSTRUCCIÓN PATIO DE MANIOBRAS EN S/E TRES PINOS"