Ampliación Planta Talcuna Fase II, 120 KTM
ica Ambientalmente Favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Ampliación Planta Talcuna Fase 1, 120 KTM”.
RESOLUCION EXENTAN" (y 7 7 AN
La Serena, 23 460.208
VISTOS:
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Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N20.417; el Decreto Supremo N95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N%1.600/2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y las demás normas aplicables al proyecto.
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La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA y sus Adenda del proyecto “Ampliación Planta Talcuna Fase Il, 120 KTM”, presentada por el Señor Patricio Rendic Lazo, en representación de Compañía Minera San Gerónimo, con fecha 11 de abril de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Pronunciamientos a la DIA:
. Oficio N*0703 de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo, de fecha 23/04/2012;
. Oficio N*719 de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 26/04/2012;
. Oficio N*1.872 del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 30/04/2012;
. Oficio N*“2.381/2012 del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 02/05/2012;
. Oficio N*15-EA/2012 de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo,
de fecha 04/05/2012;
. Oficio N%754 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 04/05/2012;
. Oficio N*139 del Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo, de fecha 07/05/2012;
. Oficio N*38 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 07/05/2012;
. Oficio N*370 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 07/05/2012;
Oficio N*169 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha
nu mel Sn Os/2012; AZ * ———Oficio N*”706 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Regjén Óe DER gauimbo, de fecha 07/05/2012; 15, JURIDI € 15 ¿ 5
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HUT,
. Oficio N*726 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 07/05/2012;
. Oficio N*"378 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 08/05/2012;
. Oficio N*354 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 08/05/2012;
. Oficio N*2.210 de la Ilustre Municipalidad de La Serena, de fecha 09/05/2012;
. Oficio N%145 de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 10/05/2012;
. Oficio N*1944 del Gobierno Regional, de fecha 22/05/2012.
3.2. Pronunciamientos al Adenda N?1 de la DIA:
. Oficio N*2.893/2012 del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 14/06/2012;
. Oficio N*1.074 de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 19/06/2012;
. Oficio N*1.020 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 20/06/2012;
. Oficio N*456 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 20/06/2012;
. Oficio N*501 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 21/06/2012;
. Oficio N*214 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 21/06/2012;
. Oficio N*48 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 21/06/2012;
. Oficio N%1.017 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 22/06/2012.
3.3. Pronunciamientos al Adenda N”2 de la DIA:
. Oficio N*3.291/2012 del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 10/07/2012;
. Oficio N*56 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 13/07/2012;
. Oficio N*525 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 23/07/2012.
3.4. Pronunciamiento al Adenda N“3 de la DIA:
. Oficio N*556 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 03/08/2012.
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El acta de la sesión del Comité Técnico de la Región de Coquimbo, de fecha 08 de agosto de 2012.
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El Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación Planta Talcuna Fase ll, 120 KTM”, de fecha 08 de agosto de 2012.
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El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, de fecha 20 de agosto de 2012.
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Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación Planta Talcuna Fase ll, 120 KTM”.
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t Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.
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Que, el derecho del titular del proyecto a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales.
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Que, según los antecedentes señalados en la DIA respectiva y sus Adenda, el proyecto consiste en ampliar la capacidad de procesamiento de mineral de la Planta Talcuna desde las 75.000 toneladas de mineral por mes, aprobadas por la Resolución Exenta N*302/2008 de la COREMA Región de Coquimbo a 120.000 toneladas de mineral por mes. Lo anterior, implicará la modificación de equipos y maquinaras en las áreas de chancado, molienda y flotación de la Planta Talcuna; además, de la construcción de instalaciones complementarias para el funcionamiento a una tasa mayor de procesamiento, correspondientes a una casa de cambio, muro de gaviones para la protección fluvial de la planta, sistema de tratamiento de aguas servidas y piscina de agua industrial.
Además, la nueva tasa de procesamiento de la planta implicará una modificación en las operaciones unitarias de Mina Tugal (Resolución Exenta N32/2009 de la COREMA Región de Coquimbo, Anexo N4 de la DIA) y Embalse Humo Corral (Resolución Exenta N239/2009 de la COREMA Región de Coquimbo, Anexo N5 de la DIA). La vida útil de la Mina Tugal se verá disminuida de 15 años a 7 años y aumentará la frecuencia de viajes entre Mina Tugal y Planta Talcuna, desde 42 viajes/día a 90 viajes/día. Asimismo, habrá un aumento en la tasa de depósito de relaves en Embalse Humo Corral, de 72,8 KTM a 116,4 KTM, por lo anterior, la vida útil del embalse se verá disminuida de 19 años a 12,8 años.
El proyecto se encuentra a 30 kilómetros al Este de la ciudad de La Serena, en las localidades de Talcuna y Llanos de Arquero, de las comunas de Vicuña y La Serena, respectivamente, ambas de la Provincia de Elqui, Región de Coquimbo. Para mayor detalle de la ubicación del proyecto ver numeral 2.1 y Figura N*1, ambas de la DIA.
En relación a la superficie del proyecto este no implica una ampliación ni modificación en cuanto al área, todas las instalaciones, actividades y/o obras de éste están contempladas dentro del área actual de la Planta Talcuna. De acuerdo a lo anterior, la superficie total ocupada por las modificaciones del presente proyecto será de 5.958 m?.
La inversión estimada para la ejecución del proyecto será de US$10.000.000. La vida útil del proyecto será de 7 años.
La mano de obra requerida para la etapa de construcción será de 35 trabajadores. Mientras que en la etapa de operación se contempla una dotación de 80 trabajadores y en la etapa de cierre 6 trabajadores.
3.1. Descripción de las Partes, Obras y Acciones del Proyecto.
A continuación, se definen y describen las actividades e instalaciones que el proyecto considera. Cabe destacar, que de acuerdo a lo declarado por el titular existen obras ya existentes en el área del proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 1.7, Anexo N*7 y Anexo N'8, todos del Adenda N?1 de la DIA.
3.1.1. Etapa de Construcción.
Esta etapa considera la modificación y/o ampliación de las operaciones unitarias dentro de la Planta Talcuna, las cuales se detallan a continuación:
a) Área de Recepción de Minerales: Incorporación de Pre-Chancado.
La cancha de recepción de minerales corresponde al área que recibe los minerales
ovenientes de las minas que abastecen la Planta Talcuna. En esta área, se instalará4gx.:
$ .chancado, correspondiente a una tolva metálica de 9 m* de capacidad, un alime
S. -———tipatgrizzly, un chancador de mandíbula y una correa transportadora. Con la incorpezAcil
Pos! pre-chancado se optimizará el desempeño del área de chancado N*2 (para ¿ E] E A
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detalle ver Figura N2 de la DIA), ya que el mineral proveniente de las minas reduce su granulometría, con lo cual se logra una mayor eficiencia. Para mayor detalle de las características del pre-chancado ver numeral 2.2.2.2 y Anexo N”14, ambos de la DIA y numeral 1.3 y Anexo N4, ambos del Adenda N?1 de la DIA.
b) Área de Molienda: Modificación Área de Acopio de Mineral e Incorporación de Molinos.
El proceso de molienda de la Planta Talcuna se divide en las siguientes áreas: área de acopio de mineral fino, área de molienda N1 y área de molienda N2. El presente proyecto considera las siguientes modificaciones de acuerdo a las diferentes áreas:
. Acopio de Mineral Fino: existen en la planta dos áreas de acopio, cada una de las cuales abastece de mineral chancado a las áreas de molienda N1 y N2, respectivamente. Para el proyecto, se contempla la construcción de un muro de hormigón armado en el área N*1, con un largo de 115 metros y una altura aproximada de 11 metros. Dicha obra constituye el reemplazo de la actual empalizada existente para el acopio de finos.
. Área de Molienda N*1: se contempla la incorporación de un nuevo circuito de molienda. Este circuito estará compuesto por un nuevo molino de bolas de 15x20 pies.
. Área de Molienda N*2: en esta área se incorporará un nuevo molino de 9x12 pies.
El objetivo de este, es que funcione como molino de remolienda, de los concentrados que presenten sobre-tamaños en la etapa de flotación colectiva.
Para mayor detalle de las áreas antes mencionadas ver numerales 2.2.2.4.1, 2.2.2.4.2, 2.2.2.4.3, Anexo N16 y Anexo N17, todos de la DIA, y numeral 1.3 y Anexo N*4, ambos del Adenda N?1 de la DIA.
c) Área de Flotación: Incorporación de Nuevas Celdas de Flotación.
Actualmente en la Planta Talcuna existen dos áreas de flotación, Área N%, correspondiente al área de flotación más antigua y Área N2. Para el proyecto se contempla eliminar el Área N1, compuesta de 32 celdas de 1,4 m? cada una y ampliar la capacidad del Área N'2, instalando 12 celdas adicionales, de 40 m' cada una. Estas celdas se suman al circuito ya instalado. Con lo anterior, se logra liberar el espacio ocupado por el Área N*1, utilizándolo para ampliar el sector de molienda que se describió en el punto anterior. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.2.5 de la DIA.
Además, se considera incorporar como parte del plan de contingencia ante posibles fugas, una piscina de emergencia cuya labor será contener, eventualmente, la totalidad de los fluidos contenidos en las celdas detalladas. La capacidad de esta piscina será de 385 m' y estará revestida por muros de hormigón y láminas de polietileno. Para mayor detalle de las características constructivas y operacionales de esta piscina ver numeral 1.5 y Anexo N*5, ambos del Adenda N?1 de la DIA.
d) Cancha de Concentrado: Ampliación de Área Cancha de Acopio.
Está área corresponde al sector de acopio de los concentrados de cobre, provenientes de la etapa de filtrado. Actualmente, el área de la cancha de acopio posee 607 m?. El presente proyecto contempla aumentar en 313 m? adicionales a esta área, ya que el aumento de material procesado implicará un aumento proporcional de los volúmenes de concentrado que se manejarán en este sector. Para mayor detalle de lo anterior, ver numerales 2.2.2.6.3, 2.2.3.7.3 y Anexo N*18, todos de la DIA.
e) Impulsión de Relaves: Incorporación de Nueva Estación de Bombeo.
Los relaves finales producto de la flotación alimentan al espesador de relaves de 16 metros de diámetro, desde donde son enviados por medio del relaveducto al Embalse Humo Corral. El presente proyecto, considera usar el mismo espesador señalado, la única variación consiste en que, para conducir los relaves desde el área de flotación hacia el espesador se instalará una nueva estación de bombeo, previa al espesador. Para mayor
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detalle de la obra y sus características ver numeral 2.2.2.7 y Anexo N*19, ambos de la DIA y numeral 1.2 del Adenda N%1 de la DIA.
y) Instalaciones de Apoyo.
Para la ejecución del proyecto, es necesario implementar instalaciones de apoyo para los trabajadores y los procesos nuevos que se desarrollarán en las distintas áreas. A continuación, se detalla cada uno de estos:
. Casa de Cambio: la superficie de esta obra será de 700 m?, con un área de estacionamiento de 1.200 m?. Para mayor detalle ver numerales 2.2.2.8.1, 2.2.4.8.1 y Anexo N*20, todos de la DIA.
. Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas: se contempla para el presente proyecto la incorporación de una nueva planta de tratamiento de aguas servidas en el área de Planta Talcuna, la cual se incorporará al sistema integral de tratamiento de aguas servidas ya en funcionamiento, en Mina Tugal y Embalse Humo Corral, los cuales cuentan con las autorizaciones ambientales y sanitarias respectivas. El efluente tratado cumplirá con los parámetros establecidos por la Norma Chilena N1.333 para riego, y será utilizada para la humectación de caminos internos. Para mayor detalle de este sistema de tratamiento de aguas servidas ver numeral 2.2.2.8.3 y Anexo N”7, ambos de la DIA y numeral 2.1 y Anexo N6, ambos del Adenda N?2 de la DIA.
. Piscina de Agua Industrial: corresponde a una piscina que se ubicará en la parte alta de la Planta Talcuna, junto al actual reservorio de agua industrial (piscina de 1.000 m?). Su construcción se realizará en base a rellenos compactados y láminas de HDPE, con una capacidad de 2.000 m?, Dicha piscina contará con un sistema de control de niveles ultrasónico que detecta la superficie del agua contenida en esta, De igual forma, contará con un sistema de detección y control de fugas a través de sensores remotos, monitoreo continuo y un plan de contingencia en caso de eventual emergencia. Además, se realizará inspección visual directa de los taludes y zonas cercanas de la piscina para detectar posibles fugas. La frecuencia de inspección será de tres veces al día y estará a cargo del jefe de turno de la planta. Cada uno de los sistemas de control antes indicados, contará con medios de verificación fechado y estará disponible cuando la autoridad lo requiera. Para mayor detalle de las características constructivas y operativas de la piscina de agua industrial, ver numeral 2.2.2.8.4 y Anexo N21, ambos de la DIA, numerales 1.1.1, 1.1.3, 1.1.4 y 1.1.5 todos del Adenda N1 de la DIA, numerales 1.1.2, 1.1.3, Anexo N2, N3 y N4, todos del Adenda N*2 de la DIA, y numeral 1.1 del Adenda N93 de la DIA.
. Muro de Gaviones: consiste en una obra de defensa fluvial para las instalaciones de la Planta Talcuna. Corresponde a una losa de fundación de hormigón armado y una serie de filas entrelazadas de gaviones, con relleno compactado. Para el detalle de la obra ver numerales 2.2.2.8.5, 2.2.4.8.5 y Anexo N*22, todos de la DIA.
9) Instalación de Faena.
La instalación de faena estará dentro del área de la Planta Talcuna, en la cual se ubicarán los componentes necesarios para dotar de servicios a los trabajadores e instalar recintos de forma momentánea para la etapa de construcción del proyecto. La superficie de esta instalación será de 67,8 m?. Dicha instalación contará con un área de comedor, oficinas administrativas, área de baño, duchas y área de descanso. Además, contará con una bodega para el almacenamiento de insumos y herramientas para la construcción. Para mayor detalle de las características de la instalación de faena ver numeral 1.6 y Anexo N6, ambos del Adenda N'1 de la DIA y numeral 1.2 del Adenda N2 de la DIA.
3.1.2. Etapa de Operación.
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. DepTef détallan: a JVRÍDICO E Ñ Sy $ X
tayias en cuanto a su tasa de producción o frecuencia en actividades. A contin
a) Mina Tugal.
Se proyecta el aumento en la tasa de producción de 45 KTM a 90 KTM de mineral. Se presenta una nueva planificación en el programa de extracción de la mina. Para mayor detalle ver numeral 2.2.3.1 y Tabla N*14, ambos de la DIA.
b) Área de Chancado
Debido a la incorporación de nuevos equipos, la capacidad de operación del área de chancado se verá aumentada desde las 100 TPH (toneladas por hora) a 167 TPH. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.3.3 de la DIA.
c) Acopio de Finos.
Al ampliarse el área para el acopio de finos a 2.081 m” (aumento de 555 m?), implica una capacidad de acopio de 18.840 t, lo que permitirá cinco días de operación continua sin abastecimiento desde el área de chancado. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.3.4 de la DIA.
d) Área de Molienda.
Para las áreas de molienda se considera una serie de circuitos paralelos compuestos cada uno por un molino de bolas y una batería de ciclones operando en circuito cerrado directo. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.3.5 y Anexo N*25, ambos de la DIA.
e) Área de Flotación.
Actualmente, la Planta Talcuna procesa mineral desde la mina subterránea (30 KTM) y desde la mina a rajo abierto Tugal (45 KTM). Se proyecta completar la capacidad de tratamiento, incorporando 45 KTM adicionales provenientes desde la Mina Tugal. Para mayor detalle, ver. numeral 2.2.3.6 y Anexo N*26, ambos de la DIA.
y) Impulsión y Depósito de Relaves.
La tasa de depósito de relaves en Embalse Humo Corral, que actualmente opera a 72,8 KTM aumentará a 116,4 KTM, lo que es consecuencia además, de la incorporación de una nueva estación de bombeo, previa al espesador de relaves. Para mayor detalle, ver numerales 2.2.3.8 y 3.1 de la DIA.
3.1.3. Etapa de Cierre.
Se contará con un plan de cierre global que involucrará las unidades operativas de Mina Tugal, Embalse Humo Corral y Planta Talcuna, el cual se resume en un plan de cierre único y que reemplaza los anteriormente presentados. En el Anexo N5 del Adenda N2 de la DIA se presenta el plan de cierre para las unidades operativas mencionadas anteriormente.
Las actividades generales relacionadas a la etapa de cierre considera el desmantelamiento de las instalaciones, edificios, equipos y maquinarias; esto implica desarmar estructuras, demolición y retiro de materiales, cubrir fundaciones remanentes con estériles o materiales de empréstito. Desenergizar instalaciones (cortar suministro eléctrico, retiro de cables conductores, postaciones, retiro de generadores, transformadores y otros equipos) y estabilización de taludes (de las obras o nivelaciones).
Además, se contempla la instalación de letreros o señales que indiquen lo que alguna vez operó en el área y las indicaciones de peligro, si se requiere; el retiro de materiales y repuestos; se retirará todos los elementos de desecho, para enviarlos a algún lugar de disposición autorizada y la protección de estructuras remanentes, esto es, aquellas estructuras o instalaciones que por razón justificada permanecieran en el lugar, serán protegidas y reforzadas para evitar su deterioro.
Para mayor detalle de las actividades asociadas a la etapa de cierre del proyecto, ver numeral 2.2.7 y Anexo N28, ambos de la DIA y numeral 1.3 y Anexo N5, ambos del Adenda N?2 de la DIA.
3.1.4. Insumos y Servicios. a) Combustibles y Sustancias Peligrosas.
Los combustibles que se utilizarán durante la etapa de construcción corresponderán a petróleo diesel, para el funcionamiento de vehículos, maquinaria y generadores, respectivamente. El consumo de combustible será de 606 litros/mes. Su almacenamiento será en dos estanques de 20.000 y 15.000 litros cada uno, los cuales estarán debidamente registrados en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Además, se contará con un plan de contingencia en caso de derrames.
Se contempla el uso o manejo de sustancias peligrosas tales como lubricantes, aceites y/o reactivos asociados a la mantención de maquinaria, actividad que será realizada de igual forma que en la actualidad.
Para mayor detalle de los combustibles y sustancias peligrosas contempladas en el proyecto, ver numerales 2.2.4.5.2, 2.2.4.6, 2.2.4.7, 2.2.5.8, todos de la DIA y Anexo N*9 del Adenda N?1 de la DIA.
b) Baños y Servicios Higiénicos.
Durante la etapa de construcción, en el área de faena se dispondrá de baños químicos, en cantidad suficiente para dar cumplimiento a la normativa vigente. En la etapa de operación del proyecto se verá modificado, en cuanto a la instalación de baños y servicios higiénicos, sólo el sector de Planta Talcuna, al incorporar la casa de cambio, que considera servicios higiénicos (duchas, baños y lavamanos), conectados a una planta de tratamiento de aguas servidas modular. Para mayor detalle ver numeral 2.2.2.8.2 de la DIA y numeral 2.1 del Adenda N*2 de la DIA.
c) Agua Potable.
Se contempla un sistema de abastecimiento de agua potable para Planta Talcuna, Embalse Humo Corral y Mina Tugal, respectivamente. Cada uno de estos sistemas ya cuenta con la respectiva autorización sanitaria. Este sistema de abastecimiento consiste en un sistema de distribución a través de la impulsión de agua fresca proveniente del Canal Marquesa, donde el titular tiene acciones. Para mayor detalle, ver numerales 2.2.2.8.2, 2.2.4.4, 2.2.4.8.2 y Anexo N'6, todos de la DIA.
d) Electricidad.
El suministro de energía eléctrica para la Planta Talcuna requerirá de un potencial adicional al instalado actualmente, que asciende a 4.082 KW debido a la instalación de los nuevos equipos. Actualmente la planta se encuentra alimentada a través de dos empalmes, cada uno de 2.000 KW. El presente proyecto incorporará dos empalmes adicionales, con cuya instalación se tendrá una potencia instalada de 10.000 KW. Además, la energía eléctrica domiciliaria para la mueva casa de cambio proyectada incorporará un transformador de 300 KVA.
Por último, se considera la utilización de equipos electrógenos en la etapa de operación del proyecto, los cuales se utilizarán en caso de emergencia en diferentes áreas del proyecto. Se estima la utilización de 3 generadores estacionarios de 2.000 KVA, ubicado en Planta Talcuna, de 500 KVA, ubicado en Embalse Humo Corra! y de 160 KVA, ubicado en Mina Tugal.
¡ayor detalle de los equipos eléctricos a instalar, ver numerales 2.2.4.1.1, 2.2. By Anexo N*27, todos de la DIA, y numeral 2.3 del Adenda N'1 de la DIA. »,
PIRECCIÓN E PA REGIONAL
e) Agua Industrial.
El origen del agua industrial que requerirá el proyecto provendrá del agua captada desde el Canal Marquesa (por medio de la impulsión existente de agua fresca), agua recuperada del Tranque Humo Corral y agua recuperada desde el espesador de relaves. Los porcentajes de agua que aportarán las distintas fuentes son: 14% desde el Canal Marquesa, 62% desde el espesador de relaves y un 24% desde el Tranque Humo Corral. El agua industrial será almacenada en la nueva piscina de 2.000 mé incorporada en el proyecto. Para mayor detalle del requerimiento de agua industrial, ver numerales 2.2.4.3, 2.2.4.5 y 2.2.4.5.1, todos de la DIA y para mayor detalle de las características del agua industrial almacenada, ver numeral 1.1.1 y Anexo N*1, ambos del Adenda N?2 de la DIA.
1 Transporte y Flujo Vial.
Principalmente se mantendrá el mismo tipo de transporte y vías a utilizar que las autorizadas en los proyectos en ejecución Mina Tugal, Planta Talcuna y Embalse Humo Corral; lo que variará será la frecuencia en el tránsito de camiones y el número de camiones para el transporte de mineral entre Mina Tugal y Planta Talcuna. En la Tabla N%15 y N*16, ambas de la DIA, se detalla la cantidad de camiones adicionales a utilizar producto de la ampliación contemplada en el presente proyecto.
En cuanto a los servicios de transporte, los relacionados a transporte de personal y de mineral, serán contratados a terceros, mientras que el transporte de lubricantes y combustible formarán parte del proyecto. Las rutas utilizadas por cada uno de estos y los planes de contingencia asociados, se visualizan en el numeral 9.3.5 de la DIA y numeral 6.1 y Anexo N16, ambos del Adenda N1 de la DIA.
3.2. Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto. 3.2.1. Emisiones Atmosféricas.
La modificación contemplada en el presente proyecto implica un aumento en las emisiones atmosféricas respecto a la operación actual de la Planta Talcuna, principalmente en la emisión de material particulado. Esto se debe al aumento de la frecuencia del tránsito de camiones por caminos no pavimentados, específicamente del tránsito de camiones con mineral por el trayecto Mina Tugal - Planta Talcuna. De igual forma, en el sector de Planta Talcuna, principalmente el área de chancado, verá aumentada sus emisiones de material particulado por el aporte de los nuevos equipos y su aumento en la capacidad de procesamiento.
Además, se generarán gases de combustión (CO, NOx e Hidrocarburos), provenientes de la combustión interna de vehículos de carga, y de los grupos electrógenos contemplados durante la operación del proyecto.
En el área del proyecto, no existen centros poblados cercanos, sólo existen receptores aislados correspondientes a una casa habitación ubicada a 310 metros de la cuesta del camino Mina Tuga! - Planta Talcuna, por donde transitan los camiones con mineral y a 1.500 m de distancia de Planta Talcuna.
Para controlar las emisiones durante la etapa de construcción y operación del proyecto se consideran las siguientes medidas:
a) Humectación de los caminos no pavimentados por donde circularán los vehículos asociados al proyecto. En lo particular, en los caminos internos del sector Mina Tugal se mantendrá una frecuencia de humectación de tres veces al día durante todo el año y en el camino interno entre Mina Tugal - Planta Talcuna, se considera una frecuencia de humectación constante, con 23 viajes diarios del camión aljibe humectando. Se mantendrá registro de humectación, donde se detallará: cantidad de agua utilizada y horas del día en la cual se realizará la humectación de los caminos. Estos registros estarán disponibles para efectos de las actividades de seguimiento y fiscalización ambiental.
b) Humectación de toda actividad de movimiento de tierra que genere levantamiento de material particulado en la etapa de construcción. Se considera una frecuencia de humectación de cuatro veces al día. Se mantendrá registro de dicha actividad.
c) Humectación de minerales en el área de recepción de minerales y carguío a tolva. Consiste en un conjunto de aspersores dispuestos en una columna especialmente adaptada para la altura y posición de los camiones. Este sistema de humectación se encuentra operativo en la actualidad.
d) Humectación mediante nebulizadores en el área de chancado, consistente en ocho nebulizadores ubicados en los lugares de traspaso entre correas trasportadoras. Este sistema de humectación se encuentra operativo en la actualidad.
e) Restricción de la velocidad de circulación de vehículos a 30 Km/hora con instalación de señalética.
1 Transporte de materiales en camiones con tolva cubierta mediante lona hermética.
Para mayor detalle de las emisiones, frecuencia de generación y estimación, ver numerales 8.1, 9.2.2 y Anexo N8 todos de la DIA. Para mayor detalle de las medidas de control de emisiones ver numerales 4.1.1, 4.1.2, 4.1.3, 4.1.4 y 4.1.6 todos del Adenda N1 de la DIA y numeral 3.1.1 del Adenda N?2 de la DIA.
3.2.2. Efluentes Líquidos.
Los efluentes líquidos que se generarán durante la etapa de construcción y operación del proyecto, corresponderán a aguas servidas. La generación de aguas servidas adicional a las condiciones actuales de operación de la Planta Talcuna, está asociada al aumento de personal que se requerirá para la etapa de construcción y operación del proyecto. Para mayor detalle ver Tabla N*38 de la DIA.
Durante la etapa de construcción las aguas servidas se evacuarán a través de la instalación de baños químicos en la instalación de faena, conforme al cumplimiento de las disposiciones del Decreto Supremo N*549/1999 del Ministerio de Salud, cuya limpieza y retiro estará a cargo de una empresa autorizada. Se estima un volumen de generación diario de 0,9 m”. En la etapa de operación, en las oficinas y casa de cambio se instalarán servicios higiénicos (lavamanos, baños y duchas) conectados a una red particular de alcantarillado, que descargará a una planta de tratamiento de aguas servidas, que funcionará en base a tratamiento de lodos activados. En esta etapa se estima un volumen diario a generar de 26 m'.
Para mayor detalle, ver literales 5.b) y 5.c) del numeral 1.5 de la DIA, numerales 8.2, 9.3.2 y 10.2.2.1 todos de la DIA; numeral 2.1 del Adenda N1 de la DIA; numerales 2.1 y 4.1.3 ambos del Adenda N2 de la DIA.
3.2.3. Residuos Sólidos.
Los residuos a generar no variarán con los residuos que actualmente se generan en Planta Talcuna, Mina Tugal y Embalse Humo Corral. En cuanto a la cantidad y frecuencia de generación de cada uno de éstos, se verá aumentada producto de la mayor dotación de mano de obra en las diferentes etapas del proyecto. A continuación, se identifica y describe cada uno de los residuos generados en el proyecto:
a) Residuos Sólidos Domésticos (RSD): estos se generarán en diferentes puntos de la Planta Talcuna, Mina Tugal y Embalse Humo Corral. Los RSD para la etapa de operación del proyecto, se estiman en 0,075 año en el sector de Embalse Humo Corral, en 9,5 t/año en Mina Tugal y en 21,5 taño en Planta Talcuna. Estos residuos se manejarán de igual forma como en la actualidad; depositados en bolsas cerradas y acumulados en contenedores con tapa en los sectores de Mina Tugal y Embalse Humo <=; rral y enviados diariamente al sector de Planta Talcuna para el almaconamio
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NN ral. Para efectos del presente proyecto, se contempla la construcción de una ; (E —de basura que contendrá dos contenedores de 8 mé cada uno para el almacenami
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DIRECCION REGIONAL.
temporal de estos residuos, en el área de Planta Talcuna. La frecuencia de retiro de estos será de dos veces por semana, tanto durante la etapa de construcción como de operación del proyecto.
b) Residuos No Peligrosos (RNP): estos residuos corresponderán a restos de madera, chatarra, gomas, neumáticos, entre otros. El detalle de la cantidad a generar por cada uno los sectores que considera el proyecto se detalla en el numeral 8.3 de la DIA.
La disposición y manejo de estos se realizará de igual forma que en la actualidad. En el sector de Planta Talcuna y en Mina Tugal se dispondrán en patio de salvataje los que ya cuentan con autorizaciones sanitarias y ambientales respectivas. La frecuencia de retiro hacia su disposición final desde los patios de salvataje respectivos, será para el sector de Embalse Humo Corral y Planta Talcuna cada tres meses, mientras que en el sector de Mina Tugal cada dos meses.
El material excedente de los movimientos de tierra, necesarios para las obras, será reincorporado íntegramente en las obras de construcción proyectadas, por lo cual no será necesario el retiro de estos.
c) Residuos Peligrosos (RP): los residuos peligrosos a ser generados durante el proyecto corresponderán principalmente a aceites usados, filtros de petróleo, envases de grasas, guaipes, entre otros. La generación de estos principalmente está asociada a actividades de mantención de maquinarias y vehículos.
El manejo y disposición de estos residuos se llevará a cabo de igual forma como en la actualidad. En el sector de Planta Talcuna se dispone de un sitio de almacenamiento de residuos peligrosos al igual que en Mina Tugal. Ambos sectores cuentan las autorizaciones sanitarias respectivas y un plan de manejo de residuos peligrosos.
La frecuencia de retiro desde las bodegas de residuos peligrosos hacia su disposición final para el sector de Embalse Humo Corral y Planta Talcuna será cada tres meses, mientras que en el sector de Mina Tugal cada dos meses.
Se mantendrá registro de la disposición interna y retiro para la disposición final de cada uno de los residuos sólidos generados en el proyecto.
Para mayor detalle de todos los residuos generados por el proyecto ver literales 5.d) y 5.e) del numeral 1.5 de la DIA, además de los numerales 8.3, 9.3.2 y 10.2.3 todos de la DIA y numerales 2.1, 3.3.1, 4.1.7, 4.1.8 y 4.1.10 del Adenda N1 de la DIA y numeral 4.1.2 del Adenda N2 de la DIA. En cuanto a la ubicación del lugar temporal de disposición de cada uno de estos residuos ver Anexo N*15 del Adenda N?1 de la DIA.
3.2.4. Ruido.
Las principales fuentes de generación de ruido asociadas a la etapa de construcción del proyecto corresponderán al uso de maquinaria para el movimiento de tierra, además del ruido generado por el tránsito de camiones a utilizar para el transporte y montaje de los nuevos equipos, transporte de maquinaria y materiales de construcción.
El ruido que generará el proyecto en la etapa de operación será de origen mecánico, principalmente asociado al área de Planta Talcuna, específicamente a la operación de la máquina chancadora, que operará de igual forma que en la actualidad. A su vez, producto del aumento del tránsito de camiones para el traslado de mineral, específicamente en el tramo Mina Tugal - Planta Talcuna, se generará emisión de ruido.
El' proyecto se emplaza en una zona rural desprovista de población receptora. No obstante, se identifica un receptor aislado, correspondiente a una casa-habitación, ubicado a 310 metros del camino Mina Tugal - Planta Talcuna. La modelación de ruido. indica que no existirá durante la construcción ni operación, niveles de presión sonora que superen los valores establecidos por la normativa vigente.
Para mayor detalle en relación a la modelación y emisión de ruido asociado al proyecto ver numeral 8.4 y Anexo N*9 ambos de la DIA.
-
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Ampliación Planta Talcuna Fase Il, 120 KTM” y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto cumple con ta normativa ambiental aplicable.
-
Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables:
5.1. Control de Emisiones a la Atmóstera.
. Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
. Decreto Supremo N*138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.
Forma de cumplimiento: el proyecto emitirá material particulado principalmente asociado al aumento de la frecuencia de tránsito de camiones por caminos no pavimentados y por las actividades del área de chancado de la Planta Talcuna.
Además, se utilizarán equipos electrógenos en la etapa de operación del proyecto en caso de emergencia. Las emisiones asociadas a cada uno de estos equipos serán declaradas a través del sitio web: www.declaracionemision.cl.
Para mayor detalle de las emisiones atmosféricas asociadas al proyecto, ver numeral 3.2.1 de la presente Resolución.
5.2. Ruido.
. Decreto Supremo N*146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados Por Fuentes Fijas.
Forma de cumplimiento: las principales fuentes de generación de ruido asociadas a la etapa de construcción del proyecto corresponderán al uso de maquinaria para el movimiento de tierra y ruido generado por el tránsito de camiones para el transporte de maquinaria y materiales de construcción. El ruido que generará el proyecto en la etapa de operación estará asociado a la operación de la máquina chancadora, en la Planta Talcuna. Además, se generará ruido producto del tránsito de camiones para el traslado de mineral, específicamente en el tramo Mina Tugal - Planta Talcuna. Para mayor detalle, ver numeral 3.2.4 de la presente Resolución.
- Efluentes Líquidos.
. Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en Los Lugares de Trabajo.
. Decreto con Fuerza de Ley N%725/1968 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
Forma de cumplimiento: las aguas servidas generadas durante la etapa de construcción del proyecto, serán evacuadas en baños químicos ubicados en la instalación de faena; cuya limpieza y retiro estará a cargo de una empresa autorizada. En la etapa de operación, en las oficinas y casa de cambio se instalarán servicios higiénicos (lavamanos, baños y duchas), conectados a una red particular de alcantarillado que descargará a oe planta de tratamiento de aguas servidas. Para mayor detalle de la forma de cumplimiéR
ver numeral 3.2.2 de la presente Resolución. 3 ON E a S 0 A ?L DEPTO. a . *) PTO, Ñ Í RÍDICO d $ S
5.4. Residuos Sólidos
. Decreto con Fuerza de Ley N*725/1968 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
. Decreto Supremo N”594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
. Decreto Supremo N”148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos.
Forma de cumplimiento: el proyecto generará residuos sólidos peligrosos, no peligrosos y residuos domésticos.
Los residuos solidos domésticos serán almacenados en bolsas cerradas y acumulados en contenedores con tapa en los sectores de Mina Tugal y Embalse Humo Corral, y desde dicho lugar enviados diariamente al sector de Planta Talcuna para el almacenamiento temporal en contenedores habilitados de 8 m'. La frecuencia de retiro de estos, será de dos veces por semana durante la etapa de construcción y de operación del proyecto.
Los residuos no peligrosos, en el sector de Planta Talcuna y en Mina Tugal se almacenarán temporalmente en patios de salvataje, los que ya cuentan con autorizaciones sanitarias y ambientales respectivas. La frecuencia de retiro hacia su disposición final será para el sector de Embalse Humo Corral y Planta Talcuna cada tres meses, mientras que en el sector de Mina Tugal cada dos meses.
Respecto a los residuos peligrosos, se almacenarán temporalmente en recipientes sellados, debidamente etiquetados, en sectores claramente delimitados y cubiertos, de acuerdo a la normativa vigente. La frecuencia de retiro desde las bodegas de residuos peligrosos hacia su disposición final a cargo de una empresa especializada será para el sector de Embalse Humo Corral y Planta Talcuna cada tres meses, mientras que en el sector de Mina Tugal cada dos meses.
Se mantendrá registro de la disposición interna y retiro para disposición final de cada uno de los residuos sólidos generados en el proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 3.2.3 de la presente Resolución.
5.5. Contaminación Lumínica
. Decreto Supremo N*686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica.
Forma de cumplimiento: el sistema de iluminación será proyectado de modo de dar cumplimiento a lo establecido en la presente norma, en términos del flujo luminoso y tipo de dispositivos de iluminación, adquiriendo equipos certificados. Para mayor detalle, ver numeral 9.2.2 de la DIA y literal d) del numeral 3.1.4 de la presente Resolución.
5.6. Patrimonio Cultural
. Ley N*17.288 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales.
. Decreto Supremo N*484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N"17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Forma de cumplimiento: de acuerdo a la naturaleza del proyecto y considerando que este no implica una expansión superficial, si no que corresponde a una modificación en áreas ya intervenidas en la actualidad y autorizadas ambientalmente (Mina Tugal, Planta Talcuna y Embalse Humo Corral), el proyecto no afectará sitios con valor arqueológico o paleontológico, producto del presente proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 9.2.3 de la DIA.
En caso de un eventual hallazgo arqueológico, paleontológico o de cualquier otra índole Cultural patrimonial, se procederá según lo establecido en los Artículos 26 y 27 de la Ley
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N?17.288 y los Artículos 20 y 23 de su Reglamento. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo defina los procedimientos a seguir.
5.7. Combustibles Líquidos.
. Decreto Supremo N"160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
Forma de Cumplimiento: el proyecto contempla el almacenamiento y manipulación de combustibles para consumo propio durante la etapa de construcción y operación del proyecto. Se contempla para su almacenamiento dos estanques de combustible de 20.000 y 15.000 litros cada uno, los cuales estarán debidamente registrados en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Para mayor detalle, ver numeral 2.2 del Adenda N*1 de la DIA y literal a) del numeral 3.1.4 de la presente Resolución.
5.8. Seguridad Minera.
. Decreto Supremo N'”72/1985 del Ministerio de Minería. Reglamento de Seguridad Minera, modificado mediante el Decreto Supremo N*132/2002, del Ministerio de Minería.
Forma de Cumplimiento: se presentará el plan de cierre, único y definitivo para las partes constitutivas y modificaciones del presente proyecto al Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo. Para mayor detalle, ver numeral 3,1.3 de la presente Resolución.
-
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Ampliación Planta Talcuna Fase !l, 120 KTM” requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 91, 93, 94, 96 y 106 contemplados en el Decreto Supremo N”95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, permisos que han sido informados favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Secretaría Regional Ministerial de Agricultura y la Dirección General de Aguas, respectivamente, todos de la Región de Coquimbo, durante el proceso de Evaluación.
-
El titular ingresará al Sistema de Carga de Compromiso Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl) en los plazos determinados (plazo no superior a seis meses contados desde la techa de notificación de la RCA), las exigencias ambientales establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental.
-
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Ampliación Planta Talcuna Fase ll, 120 KTM” no generaría ni presentaría ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
-
Que, el titutar del proyecto deberá informar dentro de 24 horas y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, una vez constatada, ya sea por medios visuales o instrumentales, la ocurrencia de cualquier hecho, circunstancia, accidente y/o contingencia, previstas o no, y sus posibles efectos o impactos ambientales. El titular deberá implementar e informar a esta Comisión las medidas provisorias o definitivas necesarias para controlar, evitar y/o detener estos efectos o impactos. Asimismo, deberá coordinar con los Órganos de la Administración del Estado con 1 ¿Sompetencia Ambiental, la implementación de las medidas adecuadas para controlar, Metar, detener, restaurar y/o compensar en forma definitiva los efectos o impactosi
fecha de aviso a la Comisión de Evaluación de los eventos a que alude el presente considerando.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con Competencia Ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación Región de Coquimbo, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, la DIA, sus respectivas Adenda y el Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se consideran asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones a que quede sujeto por la presente Resolución.
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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, la individualización de cambios de titularidad o domicilio.
-
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
RESUELVE:
-
CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE la DIA del Proyecto “Ampliación Planta Talcuna Fase ll, 120 KTM”, presentada por el Señor Patricio Javier Rendic Lazo, en representación de Compañía Minera San Gerónimo.
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CERTIFICAR, que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y que no generaría, ni presentaría ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 91, 93, 94, 96 y 106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, contemplado en el artículo 20 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, en el plazo y ante quien corresponda según las disposiciones del citado artículo.
Notifíquese y Archívese.
gión de Coquimbo isión de Evaluación
de Coquimbo
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Distribución:
- Sr. Patricio Javier Rendic Lazo, representante legal Compañía Minera San Gerónimo.
- Sres, Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
-
Gobierno Regional, Región de Coquimbo.
-
Ilustre Municipalidad de La Serena.
-
lustre Municipalidad de Vicuña.
+= Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
+* Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.
-
Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo.
-
Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo.
-
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
-
Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.
-
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo.
+= Consejo de Monumentos Nacionales.
- Expediente de evaluación del proyecto “Ampliación Planta Talcuna Fase Il, 120 KTM”.
- Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.
+. DEPTO, JURÍDICO