Evaluación SEA

Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel

Rol 6778007
SEA · DIA · Aprobado · 2012-04-05 · Región del Biobío · Cemento Polpaico S.A.

REPÚBLICA DE CHILE senicio COMISION DE EVALUACIÓN

de Evaluación

Ambiental REGIÓN DEL BIOBÍO

egin de labio Califica ambientalmente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta

Coronel” A. Resolución Exenta N*”. 2 3 2 Concepción, 120 001200

YISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

1.

Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, el artículo 2? del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de: la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución Exenta N* 27/2010 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y las demás normas aplicables al proyecto.

La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel”, presentada por el señor Louis Beauchemin, en representación de Cemento Polpaico S.A., con fecha 05 de abril de 2012.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la ¡Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

En el caso de los oficios que han sido firmados con firma electrónica a través del sistema e-seia, la fecha corresponde al día en que han sido firmados en él. En'el caso de documentos que no están con firma electrónica en el sistema e-seia, las fechas a continuación corresponden al día en que el documento ingresó a la oficina de partes del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.

e Oficio N*3 sobre la DIA, remitido por la Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 23/04/2012;

  • Oficio N'ORD.OFIC. M.AMB):N? 376 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Coronel, con fecha 25/04/2012;

  • Oficio N*1595 sobre la DIA, remitido por la SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 25/04/2012;

  • Oficio N'ORD. N*549 sobre la DIA, remitido por la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 26/04/2012;

  • Oficio N'ORD. N? 0866 sobre la DIA, remitido por la Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 26/04/2012;

e Oficio N"544 sobre la DIA, remitido por la Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 26/04/2012;

e Oficio N*%635/2012 sobre la Adenda 1, remitido por la Ilustre Municipalidad de Coronel, con fecha 28/06/2012;

  • Oficio N841 sobre la Adenda 1, remitido por la Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 29/06/2012; Oficio N445 sobre la' Adenda 1, remitido por la SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 05/07/2012;

  • Oficio N“2370 sobre la Adenda 1, remitido por la SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 06/07/2012;

  • Oficio N”847/2012 sobre la Adenda 2, remitido por la Ilustre Municipalidad de Coronel, con fecha 03/09/2012;

e Oficio N"628 sobre la Adenda 2, remitido por la SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 04/09/2012;

  1. El Acta N*39 de la Sesión N” 17 del Comité Técnico de la Región del Biobío, de fecha 24 de agosto de 2012.

  2. El Acta y los acuerdos que en ella constan de la Sesión N*14 de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, de fecha 08 de octubre de 2012, vinculadas al procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel”, en la cual se resolvió su calificación ambiental .

  3. El Informe Consolidado de la Evaluación del proyecto “Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de “alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel”, de fecha 28 de septiembre de 2012, que forma parte integrante del presente acto administrativo.

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel".

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al: proyecto “Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel”.

  2. Que, el derecho de Cemento Polpaico S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto " Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel" en general consiste en:

3.1. Localización:

El proyecto se localiza en la comuna de Coronel, Provincia de Concepción, Región de Biobío, en los terrenos del Parque Industrial Coronel, comuna :de Coronel: Específicamente, en un sitio con una superficie 163.264,7 metros cuadrados (m3. Las coordenadas U.T.M. del sitio son aproximadamente 5.905.970,64 Norte y 663.826,03 Sur.

El proyecto se emplaza en el Barrio Industrial Coronel, especificamente en la Avenida Golfo de Arauco 3561, en una zona de uso industrial, según el actual Plan Regulador Metropolitano de Concepción, aprobado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo a través de la Resolución N* 171, publicado en el Diario Oficial él 28 de Enero de 2003.

El sector cuenta con alumbrado público, suministro de agua potable, energía eléctrica con capacidades para usos industriales, diseño vial y pavimentación aptos para tráfico de vehículos livianos y pesados.

El proyecto se ubica en una zona altamente intervenida, clasificada de acuerdo al Plan Regulador vigente como zona de uso industrial (Zona ZI-12), no genera efecto sobre el patrimonio cultural, población, recurso ni área protegida, ni tampoco sobre monumentos nacionales de ningún tipo. Por otro lado, tampoco tiene efectos sobre alguna zona con valor paisajístico o turístico, ni que haya sido declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el DL N* 1224 de 1975, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción,

Cabe señalar que en las inmediaciones del sector dónde se ubica. la planta de molienda, están instaladas y operando varias actividades de carácter industrial.

La localización del proyecto se justifica ya que se emplaza donde actualmente se encuentra funcionando la Planta de Molienda Sur de Cementos Polpaico S.A., en efecto, el proyecto se trata de la incorporación de nuevos insumos para dicha planta.

3.2. Inversión

La inversión total estimada para el Proyecto es de USD 1.000.000 considerado en el uso del fly ash.

3.3 Mano de Obra

Este proyecto no considera fase de construcción, ya que se utilizarán instalaciones existentes, por tanto, no se requiere mano de obra.

La mano de obra en la fase de operación será la misma que actualmente opera en la planta, ya que no hay modificación del proceso productivo.

3.4. Descripción del proyecto

El cemento consiste básicamente en la mezcla de un mineral antropogénico denominado clínker y yeso. Dicha mezcla puede además contener- otros componentes minerales —naturales y/o artificiales- y aditivos, todos los cuales determinan las propiedades del cemento y posteriormente del hormigón.

Estos componentes minerales (también denominados MIC, por las siglas en inglés de mineral components) cumplen distintas funciones, tales como acelerar o retardar el endurecimiento del hormigón, favorecer el manejo, aumentar o disminuir la tasa de hidratación, vulnerabilidad del hormigón al ataque químico de sulfatos, etc.

Así, los MIC son los componentes que no provienen del proceso de producción del clínker, y pueden adicionarse en el cemento como sustituyente de clínker, o en el hormigón como sustituyente de cemento. El proyecto contempla adicionar MIC en el cemento como sustituyente de clínker y puzolana, ya que en esta planta no se fabrican hormigones.

De acuerdo a su origen, los MIC pueden separarse en naturales y artificiales:

Tabla N? 1: Algunos MIC comúnmente utilizados en la industria cementera mundial

MIC Naturales MIC Artificiales Puzolana Escoria granulada de alto horno Cenizas volcánicas Cenizas volantes (fly ash) Roca volcánica Microsílica Tierra diatomea Cenizas de cáscara de arroz Cuarzo y conchas Tierra calcinada Riolita Cenizas de lodos Caliza Pulverizado de ladrillos y tejas

Existen variadas razones por las que es deseable la utilización de MIC:

Estratégicas: permite la preservación de recursos naturales. El reemplazo de parte del clínker por MIC artificial, implica que menos cantidad de caliza y arcilla se requiere para producir la misma cantidad de cemento, aumentando la vida útil de las minas y canteras.

Económicas: permite la reducción de costos y del consumo de energía durante el proceso de producción del cemento, ya que implica menor consumo de clínker para producir la misma cantidad de cemento.

Ambientales: facilita las reducciones globales de emisiones de CO, al reducir la cantidad de clínker requerido por unidad de cemento!.

Ecológicas: cuando los MIC corresponden a residuos de otras industrias, si no son utilizados en la industria cementera, se requerirá su disposición final en relleno sanitario.

Técnicas: los MIC mejoran el comportamiento del hormigón, principalmente en lo que se refiere a durabilidad.

Tabla N? 2: Utilización de materias primas alternativas en la industria cementera

europea (2002) Materias primas alternativas Cantidad en Tasa de kT/año sustitución Silicio (Si) Arena de fundición 131 2.2% Arena 93 1.6% . Fuentes de calcio 396 6.1% Calcio (Ca) Fedra caliza de residuo 438 7.4% Material que contiene hierro 699 11.8% Hi Alto horno y escoria del 215 3.6% ierro (Fe) : convertidor Ceniza de pirita 438 7.4% os Materiales que contiene aluminio 150 2.5% Aluminio (Al) Sedimento industrial 137 2.3% Otros materiales que contienen Si — 247 4.2% si-Al-Ca p£ECA Cenizas volátiles 1.140 19,3% Otros 1.823 30.8% Total 5.907

  • El Acuerdo Voluntario de Reducción de Emisiones de CO, de la Industria Suiza del Cemento (CEMSUISSE) con el Gobierno Suizo del año 2001 (Voluntary CO2 ReductionAgreement of theSwissCementIndustry) elaborado de acuerdo al Protocolo de Kioto considera que las emisiones inherentes la estructura geológica de la caliza, resultantes de la manufactura del clinker, serían reducidas mediante la creciente sustitución de clínker por MIC, especificamente escorias y fly ash.

Fuente: Guía para el Co-Procesamiento de Residuos en la Producción de Cemento, elaborada en el proyecto de Cooperación Público-Privada GTZ-Holcim, elaborada en el proyecto de Cooperación Público-Privada GTZ-Holcim, coordinado por la Universidad de Ciencias Aplicadas del Noroeste de Suiza (FHNW), disponible en castellano e inglés en www.holcim.com y en www.coprocem.com

3.4.1. Definición de las Partes, Acciones y Obras Físicas del Proyecto

Las partes, acciones y obras físicas del proyecto, son las que se' indican a continuación:

. Silos para almacenamiento de cenizas volantes:

El almacenamiento de las cenizas volantes se efectúa en los silos existentes de la planta que hoy son utilizados para el almacenamiento de puzolana. No existe acopio de estos insumos en otros sectores de la planta. La: cantidad a almacenar corresponde como máximo a 2.800 m' (1.700 t).

Estos silos cuentan con sistemas de control de emisiones correspondientes a filtros de manga, por lo que no se presenta aumento de emisiones a los ya eváluados ambientalmente.

. Silos para almacenamiento de escoria siderúrgica:

De igual forma a lo indicado en el almacenamiento de cenizas volantes, se efectúa en los silos existentes de la planta que hoy son utilizados para el almacenamiento de puzolana. No existe acopio de estos insumos en otros sectores de la planta.

La escoria y ceniza volante, una vez en la planta, serán descargadas sobre una tolva bajo nivel, la cual se ubica dentro de un edificio cerrado con captadores de material particulado.

Estos silos cuentan con sistemas de control. de emisiones correspondientes a filtros de manga, por lo que no se presenta aumento de emisiones a los ya: evaluados ambientalmente.

Particularmente los filtros de mangas utilizados corresponden a los de presión negativa y sistema de limpieza de mangas tipo pulse-jet. Un filtro de mangas con presión negativa significa que éste succiona mediante un ventilador el flujo de aire contaminado, este flujo atraviesa las mangas, quedando el polvo retenido en éstas y el gas pasa de presión negativa a presión positiva después del ventilador hacia la chimenca y, posteriormente, a la atmósfera.

Las mangas retienen el polvo, que mediante el sistema pulse-jet se les introduce a una secuencia de disparo predeterminada, aire comprimido a alta velocidad por el lado limpio de la manga, lo que provoca la caída del polvo adherido a la superficie, siendo finalmente recolectado en el fondo del filtro mediante tolvas y devuelto al proceso.

3.4.2. Cronograma y Vida Útil del Proyecto Fase de Construcción: El proyecto no considera fase de construcción.

Fase de Operación: Dado que no se requiere efectuar cambios en el proceso productivo, la fase de operación corresponde al inicio de la utilización de los

insumos: cenizas volantes y escorias siderúrgicas y hasta toda la vida útil del proyecto,

El proyecto originalmente considera una vida útil de 50 años. 3.4.3. Descripción de la Fase de Construcción

El Proyecto no considera fase de construcción.

3.4.4, Descripción de la Fase de Operación

El Proyecto consiste en la incorporación de cenizas volantes (también llamadas fly ash) y escorias siderúrgicas de alto horno al proceso de molienda de la planta de Coronel. Estos insumos no fueron considerados en el proceso descrito en la DIA que dio origen a la RCA 076/98 de la COREMA hoy Comisión de Evaluación de la Región del Biobío. Sin embargo, estas materias primas son ampliamente utilizadas en la industria del cemento en el mundo.

Descripción del Proceso

El proceso de operación de la planta implica la dosificación de materias primas, molienda, almacenamiento del cemento, envasado, almacenaje del producto terminado y distribución del cemento, el cual no se altera de modo alguno de los términos aprobados originalmente, salvo en lo referido a la sustitución parcial de las materias primas objeto de la presente DIA. A continuación se describen estas actividades:

. Materias Primas

El proceso de fabricación de cemento, requiere de clínker y yeso. Esta mezcla suele además contener puzolana u otros componentes minerales, los que pueden ser naturales o artificiales. En este proyecto, se pretende utilizar dos MIC artificiales; derivados de otros procesos productivos, específicamente escorias siderúrgicas granuladas de alto horno y cenizas volantes, también llamadas fly ash.

La mezcla de estos componentes debe realizarse previo a la entrada al molino desde los silos de materias primas, los que están diseñados de manera tal de permitir una descarga inferior.

Esta descarga se verifica a través de alimentadores con dispositivos de control de peso, de manera de dosificar las cantidades adecuadas en la proporción correcta de materias primas que intervienen en la elaboración del producto.

Las capacidades de los diferentes silos son las siguientes:

Tabla N? 3. Capacidades de almacenaje por insumo.

Clinker 1 silo con una capacidad de 15.000:t. Cenizas volantes y/o Puzolana 2 silos con una capacidad de 1.680 t. Yeso 1 silo con una capacidad de 800 t.

. Mezclado y Molienda El mezclado y molienda de los componentes que formarán el cemento se realiza én un molino de bolas, cuya capacidad de producción es de 2.100 t/día.

El material de la molienda es enviado a un separador de alta eficiencia, cuya función es separar y lograr el grado de fineza del cemento denominado Blaine. El rechazo o material de mayor tamaño al requerido es recirculado en: el molino de bolas, hasta lograr la finura requerida.

. Almacenaje del Cemento

El producto aceptado de la etapa de molienda es transportado por correas hasta un silo de hormigón de 3.000 t de capacidad. La capacidad de almacenamiento de producto final es de 6.000 t de cemento a granel y 2.000 t de cemento én sacos.

. Envasado del Cemento en Sacos

El cemento que llega desde el silo de almacenaje puede ser envasado en sacos o dispuesto en camiones a granel. Los sacos son luego transportados por correas hasta la zona de paletizado.

. Paletizado del Cemento

La actividad de paletizado de los sacos consiste en agrupar un total de 36-40 sacos sobre bases de pallets de madera de 1x1,2 m, que permiten introducir las horquillas de la grúa que carga los camiones.

. Carga del Cemento a Granel

Por medio de un equipo especialmente diseñado, el cemento que no se dispone en sacos se carga directamente a granel desde el silo de almacenaje. Para ello se ha diseñado un sistema automático que permite cargar camiones por gravedad directamente desde el silo.

. Distribución del Cemento

El producto es enviado a los centros de consumo en camiones, en sacos o a granel, dependiendo de las exigencias de los compradores. Las rutas que se utilizan para la distribución del material dependen del destino final de éste. Eventualmente, y si es requerido por los compradores, existe también la posibilidad de despachar por ferrocarril.

Materias primas e Insumos - Etapa de Operación.

El uso de fly ash o cenizas volantes como aportes de Si, Al y Ca, y de escorias siderúrgicas de alto horno como aporte de Fe, son ampliamente usados en la industria cementera mundial?

. Escoria Siderúrgica Granulada de Alto Horno

La escoria granulada proveniente de alto horno es frecuentemente utilizada en el mundo y en nuestro país como materia prima alternativa en la producción de cemento. Este material se produce en la industria siderúrgica cuando se mezcla la materia prima (mineral de hierro), con los óxidos de: calcio y magnesio en el proceso de decarbonatación térmica de la caliza, y los residuos de la combustión del carbón utilizado como combustible. Estas reacciones ocurren entre los 1.300 a 1.600

? Guía para el Co-Procesamiento de Residuos en la Producción de Cemento, elaborada en el proyecto de Cooperación Público-Privada GTZ-Holcim, elaborada en el proyecto de Cooperación Público-Privada GTZ-Holcim, coordinado por la Universidad de Ciencias Aplicadas del Noroeste de Suiza (FHNW), disponible en castellano e inglés en www.holcim.com y en WWW .cOprocem.com. Adicionalmente, en el Anexo N? 2, de la declaración de Impacto Ambiental, se presenta una variada bibliografía, con un pequeño resumen en cada caso, del uso de MIC en la producción de cemento en distintas partes del mundo.

*C, formándose la escoria, que es principalmente vidrio, levemente hidráulico, el que es retirado a intervalos regulares cuando flota en el alto horno.

El acero es una aleación de hierro y carbono, que se produce en un proceso. de dos fases, Primero el mineral de hierro es reducido o fundido con coque y piedra caliza, produciendo hierro fundido que es moldeado como: arrabio o conducido: a la siguiente fase como hierro fundido. La segunda fase, la de acería, tiene por objetivo reducir el alto contenido de carbono introducido al fundir el mineral y eliminar las impurezas tales como azufre y fósforo

Los materiales básicos empleados para fabricar arrabio son mineral de hierro, coque y caliza. El coque se quema como combustible para calentar el horno, y al arder libera monóxido de carbono, que se combina con los óxidos de hierro del mineral y los reduce a hierro metálico. La ecuación de la reacción química fundamental de un alto horno es:

Fé¿Oy+t3C0 —=+ 3C0,+2Fe

La caliza de la carga del horno se emplea como fuente adicional de monóxido de carbono y como sustancia fundente. Este material se combina con la sílice presente en el mineral (que no se funde a las temperaturas del horno) para formar silicato de calcio, de menor punto de fusión. Sin la caliza se formaría silicato de hiérro, con lo que se perdería hierro metálico. El silicato de calcio y otras impurezas forman una escoria que flota sobre el metal fundido en la parte inferior del horno.

Al dejar el alto horno, la escoria derretida es enfriada con agua. En contacto con un activador como el hidróxido de calcio presente en el clínker, ésta exhibe sus propiedades hidráulicas.

La escoria granulada de alto horno es un material utilizado en la fabricación de cemento, como componente mineral en cemento y hormigón, y como agregado fino en la construcción de caminos.

En muchos países existen normas para la utilización de la escoria. Es así como en Chile la NCh 143 Of.68 “Cemento: Terminología, Clasificación y Especificaciones Generales” en el punto 3.8 define escoria básica granulada de alto horno como:

“el producto que se obtiene por enfriamiento brusco de.la' masa fundida no metálica que resulta en el tratamiento del mineral de hierro en un alto horno. Este producto tiene como constituyentes principales silicatos o y silito-aluminatos de calcio y su composición química es tal que cumple con el siguiente requisito:

Ca0 + MgO + Al¿Os >1

SiO, A su vez, la misma norma, en el punto 3.4 define cemento siderúrgico como: “el producto que se obtiene de la molienda conjunta de clínker, escoria granulada de alto horno y yeso, y que puede aceptar hasta un.3% de materias extrañas,

excluido el sulfato de calcio hidratado”.

La escoria siderúrgica de alto horno que se transa en el comercio internacional no es considerada residuo peligroso, por lo que no requiere de ningún permiso especial de

transporte, ni tiene restricciones de paso por puertos, ni tampoco tiene restricciones de destino.

Es más, el DS 148/2003 del Ministerio de Salud, que contiene.las disposiciones que regulan los residuos peligrosos, contiene en su artículo 90 letra b) un listado de residuos, respecto de los cuales se presume que son no peligrosos, :entre ellos podemos señalar las escorias de acero:

. B1200 Escoria granulada resultante de la fabricación de hierro y acero B1210 Escoria resultante de la fabricación de hierro y acero, con inclusión de escorias que sean una fuente de TiO, y vanadio

Para el proceso de molienda se requerirá una cantidad de 400,000 t/año de escoria siderúrgica de alto horno, las que reemplazarán a la puzolana y clinker que se utiliza actualmente en proporción cercana al 40%. La escoria siderúrgica de alto horno provendrá de la industria siderúrgica nacional e internacional, la cual será transportada en camiones hasta la planta.

Cabe hacer presente que la principal fábrica de cemento de la Región del Biobío, precisamente fabrica cemento siderúrgico en base a escorias de alto horno, en este caso de una siderúrgica local. En la medida que Cemento Polpaico no cuente con materia prima del mercado nacional, podrá abastecerse de escoria desde el mercado internacional.

. Cenizas volantes (fly ash)

Se denomina cenizas volantes o fly ash, a las cenizas que se colectan en los equipos de control de emisionesde las centrales termoeléctricas que operan a carbón, los que pueden ser filtros de mangas, precipitadores electrostáticos o ciclones. Así, €s posible encontrar un amplio rango de constituyentes eri este residuo, dependiendo del origen del carbón y su variabilidad geoquímica, y de las diferentes tecnologías de combustión con que cuentan estas centrales.

Tabla N* 4: Composición química de cenizas volantes Composición Química del Fly Ash y Tipo de Carbón

Composición en Fly ash carbón Fly ash carbón peso (%) bituminoso bituminoso Germany USA Germany USA Class F Ó Class € SiO, 40-35 34.9 20.-70 39.9 ALO; 23 -35 25.8 1.5-20 16.7 Fez0; 4-17 6,9 1-15 5.8 Cao 1-3 87 8.40 24,3 CaOsree 0-0,5 n.d. 1-20 1.0 MgO 0.8-4.8 n.d, 0.5-7 n.d. SO; 0.1-0.2 0.6 15-15 3.3 LOl 1-5 2.8 0.1-3 0,9

Las cenizas volantes son una materia: prima alternativa comúnmente usada en la fabricación de cemento y hormigón: debido a su aporte de Fe, Si y Al; pudiendo reemplazar del orden de hasta 20% del clínker. En Europa los índices de sustitución de materias primas por cenizas volantes alcanzan el 19,3% (Anexo 2 de las Guía para el Co-Procesamiento deResiduos en la Producción de Cemento, elaborada en el proyecto de Cooperación Público-Privada GTZ-Holcim, disponible er castellano e inglés en www.holcim.com y en www.coprocem.com).

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A continuación se muestra una gráfica con la producción de fly ash en las distintas zonas del mundo y su utilización en plantas de Holcim, en millones de toneladas/año.

Figura N*1: Producción fly ash en el mundo Global fly ash production/utilization 2010 (mio t/y)

Excess volumes limited due to quality and availability contraints | d CPE Z “y

(Fly ash kt/y) Utilization rate in %

Fly ash production

BE Fly ash consumption y Australia (12) E Excess fly ash

Course on Environment 2011,

Las cenizas volantes a utilizar por el Proyecto, deben cumplir con los siguientes requisitos:

. Que su análisis, realizado según lo establecido en el DS N*148/2003 MINSAL “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos” indique que se trata de un residuo no peligroso”;

. Que su generador cuente con la autorización para disponer dichos residuos en las instalaciones existentes, de conformidad al artículo 19 del DS 594 del Ministerio de Salud del año 1999.

Se pretende utilizar 350.000 t/año de cenizas volantes, la cual reemplazará a la puzolana que se utiliza actualmente en proporción de aproximadamente 60%. La ceniza volante se transportará en camiones tipo silo herméticos desde centrales termoeléctricas, con un flujo aproximado estimado de 30 camiones/día el que no se ve alterado, pues reemplaza el transporte de puzolana que será retirada del proceso.

Debido a que este residuo está en forma granulada, será necesario almacenarlo en silos metálicos, estancos, provistos de válvulas de compensación y equipos de despolvamiento. Estos silos actualmente son los utilizados para almacenar puzolana.

En Anexo N? 4, de la Declaración de Impacto Ambiental, se presentan los análisis realizados a cenizas volantes provenientes del “Complejo Termoeléctrico Santa María de Coroner* (Apéndice A-2 del EIA), proyecto aprobado por RCA 176/2007; y “Sistema de Manejo de Cenizas para el Complejo Termoeléctrico Santa María Coronel”, aprobado por RCA 162/2010 ambos de la Corema Biobío. Además, en el mismo anexo se adjunta un nuevo análisis de Fly Ash solicitada por Cementos Polpaico S.A., realizada en noviembre de 2011.

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. Clínker

El suministro de clinker requerido para el proceso, no sufre ningún cambio respecto de lo aprobado mediante la RCA N' 076/98 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Biobío, es decir, se recibe por vía marítima desde el centro del país o desde el extranjero, en Puerto Jureles y se almacena en domo en el puerto, cuya capacidad es de 25.000 t, siendo transportado posteriormente en camiones a Planta. El clinker es almacenado en la planta en un domo con capacidad para 15.000 t.

Sin embargo, con la incorporación de las escorias siderúrgicas de alto horno como insumo, se estima que el requerimiento de clinker podría disminuir de las 400.000 Vañío que se requieren actualmente, hasta un mínimo de 150.000 t/año.

Dado la intensidad energética y el uso de recursos naturales no renovables que se deriva de la producción de clínker*, su sustitución por escoria granulada de alto horno o por cenizas volantes, es altamente deseable desde la perspectiva ambiental.

. Puzolana

Con la incorporación de cenizas volantes y/o escoria de alto horno como insumo, el requerimiento de puzolana disminuirá de 300.000 t/año a 0 t/año. En efecto, se pretende reemplazar completamente el uso de puzolana natural por escorias y/o cenizas volantes, con el consiguiente efecto ambiental positivo que se deriva de la utilización de un residuo de otra industria como materia prima.

Actualmente el contratista encargado del transporte de puzolana moviliza esté material desde depósitos ubicados en un radio de 200 kilómetros aproximadamente mediante camiones tolva, con un flujo de 15 camiones/día, el que será reemplazado por el flujo de igual número de camiones, pero desde el puerto o: desde las centrales termoeléctricas cercanas, por lo que se disminuirá la distancia recorrida en cada viaje.

Siendo la puzolana un recurso natural no renovable, su sustitución por escoria siderúrgica granulada de alto horno o por cenizas volantes, es también beneficioso desde la perspectiva ambiental.

. Yeso

La planta tiene un máximo de requerimiento de yeso de 32.500 t/año. Este es transportado por terceros en camiones tolva, El almacenamiento se realiza en un silo metálico, de 800 t de capacidad, cerrado, con válvulas de compensación y captador de material particulado.

La forma de suministro de este material, así como sus cantidades, no sufre cambios respecto de lo que actualmente se realiza,

. Energía eléctrica La electricidad es suministrada por una empresa autorizada del sector. La potencia instalada de la planta es de 5.500 kW y no se ve aumentada.

  • La producción de clínker se realiza a partir de materias primas que son recursos naturales no renovables, como la caliza, el hierro y el aluminio, para cuya extracción se realiza desde minas o canteras. Además, es un proceso altamente demandante de energía, por lo que se utilizan grandes cantidades de combustible para su producción. Por su parte, la calcinación de la caliza produce grandes cantidades de CO, a la atmósfera, contribuyendo al calentamiento global. La producción de 1 tonelada de clínker genera alrededor de 800 kg de CO».

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. Agua potable El agua potable es obtenida de la red pública que abastece la empresa Aguas San Pedro S.A.

. Aire comprimido La planta utiliza aire comprimido para la operación de los equipos captadores de polvo y para los equipos de envasado.

Este aire filtrado es utilizado para alimentar todos los dispositivos 'actuadores neumáticos de control y seguridad del Sistema.

3.4.5, Descripción de la Etapa de Cierre y/o Abandono

El proyecto original considera una vida útil de 50 años para el proyecto. No obstante, con una adecuada mantención y reposición de las instalaciones, el proyecto tendría una duración ilimitada.

3.5. Aspectos Ambientales

3.5.1. Fase de Construcción No existe etapa de construcción para este proyecto

3.5.2. Fase de Operación 3.5.2.1, Emisiones a la Atmósfera

La incorporación de cenizas volantes y escorias de alto horno como insumos al proceso productivo no altera las condiciones actuales de emisiones a la atmósfera, las cuales fueron aprobadas mediante RE 076/98 de la COREMA hoy Comisión de Evaluación de la Región de Biobío.

En efecto, el fly ash será almacenado en los silos que actualmente se utilizan para la puzolana, cuya forma física es similar, los cuales cuentan con filtros pará el control de emisiones. Para su transporte se utilizarán camiones tipo silo herméticos.

Por su parte, las escorias son provistas directamente al proceso de molienda sin acopio intermedio, y se transportan en camiones tolva herméticos.

3.5.2.2. Ruido

La incorporación de cenizas volantes y escoria de alto horno como insumos al proceso productivo no altera las condiciones actuales de emisión de ruido, lo cual fue aprobado mediante RE 076/98, de la COREMA de la Región de Biobío.

3.5,2,3, Efluentes Líquidos

La utilización de escorias y/o fly ash no genera efluentes líquidos distintos ni en composición ni cantidad de los que actualmente se generan en la planta, y que corresponden a los sanitarios ya que no existen efluentes derivados del proceso productivo.

3.5.2.4, Residuos Sólidos

No se presenta generación de residuos sólidos distintos a los que se generan actualmente en la planta. Dado que el fly ash y las escorias son calificados como

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residuos, se solicitan las respectivas autorizaciones para su almacenamiento en conformidad al Código Sanitario.

Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto

cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

Cuerpo legal

Nombre de la Norma

Forma de Cumplimiento

Constitución Política | Constitución Política | Mediante la. presente: DIA se de la República 1980 | de la República de | acredita” el cumplimiento de Ministerio del | Chile normativa ambiental vigente en el Interior país y, con ello, su consistencia con la garantía contenida en el precepto constitucional. Ley N" 19.300 |Ley de Bases del | El Titular da cumplimiento a la (modificada por la | Medio Ambiente normativa - citada, mediante la Ley N 20.417) presentación del proyecto Ministerio Secretaría individualizado a . evaluación General de la ambiental mediante una República Declaración de Impacto Ambiental. Decreto Supremo N | Reglamento del | El Titular da cumplimiento a la 95/01 Sistema de | normativa citada, mediante la Ministerio Secretaría | Evaluación de | presentación del proyecto General de la| Impacto individualizado a evaluación República Ambiental ambiental, a través de una DIA que contiene. cada una de las menciones establecidas por la normativa reglamentaria. Decreto Supremo | Establece Norma de | El proyecto no considera etapa de N*59/1992 Calidad Primaria | construcción, : por lo: que no se Ministerio Secretaría | para Material | presentarán emisiones asociadas a General de la | Particulado dicha etapa. Presidencia Respirable MP10, en | Durante la etapa de operación las

especial de los

emisiones no varían respecto de lo

valores que. definen | que se encuentra aprobado situaciones de ¡ ambientalmente, para el proyecto de emergencia. la planta de molienda.

Decreto Supremo N”? | Establece. normas | Las cenizas volantes se depositan

144/61 para evitar | en bodegas cubiertas que disponen

Ministerio de Salud | emanaciones o|de sistemas de captación de contaminantes partículas -resuspendidas. La atmosféricos de | escoria de siderúrgica se incorpora cualquier naturaleza. | directamente al proceso utilizando

la infraestructura actualmente

existente en la planta.

14

Decreto Supremo N* 138/05

Establece obligación

El titular declara periódicamente

de declarar | sus emisiones y coloca a Ministerio de Salud | emisiones que | disposición de la Autoridad los indica. antecedentes requeridos para ello, lo anterior debe entenderse en armonía con lo dispuesto en: dicho

Decreto Supremo. Decreto Supremo | Regula las | El transporte se efectúa por N*75/87 condiciones para el | camiones que evitan Ministerio de | transporte de | derramamientos de cualquier tipo y, Transporte y | algunos tipos de|en zonas urbanas, circulan con la Telecomunicaciones | carga carga debidamente cubierta. En

caso que el transporte sea efectuado por terceros, se les exige contractualmente el cumplimiento de estas disposiciones, conforme a los antecedentes presentados en las Adendas 1 y 2

Decreto Supremo N? 55/94

Establece normas de emisión de

El titular sólo utiliza vehículos que cumplen con la norma y en el caso

Ministerio de | contaminantes de terceros que presten servicios de

Transporte y [aplicables ¡a los | carga u otros mediante vehículos

Telecomunicaciones | vehículos pesados, se les exige motorizados contractualmente el cumplimiento pesados. de estas disposiciones.

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos:

4.2.1. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 93

En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N” 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

Mediante oficio Ord. N* 1595, de fecha 25 de abril de 2012,-la SEREMI de Salud de la Región del Biobío señala que en la Declaración de Impacto Ambiental se acredita cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 93.

4.2.2. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 94

En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4,14.2. del D.S. N*“47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para. acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

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Mediante oficio Ord. N* 2370, de fecha 06 de julio de 2012, la SEREMI de Salud de la Región del Biobío señala que se acredita el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 94, y para efectos de la OGUC se mantiene la calificación económica como industria Molesta.

Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyécto "Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel" no genera ni presenta ninguno de tales ' efectos, características y circunstancias.

5.1

5.2.

Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley 19.300 es posible indicar que, teniendo en cuenta las características del proyecto, según lo detallado en el Punto 1.3. “Aspectos Ambientales” del presente informe, así como también en el Punto 3.1. “Conelusiones respecto a la normativa ambiental aplicable” al proyecto o actividad, este proyecto no genera efluentes, emisiones o residuos que presenten riesgo para la salud de la población, por lo que no le resulta aplicable la letra “a” del artículo 11 de la Ley 19.300.

El proyecto no considera etapa de construcción, por lo que no se presentarán emisiones asociadas a dicha etapa. Durante la etapa de operación las emisiones no varian respecto de lo que se encuentra aprobado ambientalmente, para el proyecto de la planta de molienda. Dado ello el proyecto cumple con lo señalado en el Decreto Supremo N?59/1992, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que: Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia.

La incorporación de cenizas volantes y escoria de alto: horno como insumos al proceso productivo no altera las condiciones actuales de emisiones a la atmósfera, las cuales fueron aprobadas mediante RCA 076/98.

El proyecto utiliza como insumo residuos sólidos, pero estos son No Peligrosos. Durante la etapa de operación no se considera la generación de residuos sólidos diferentes a los que actualmente se generan en la planta, respecto de los cuales el titular debe cumplir las normas vigentes.

En lo que respecta a estos insumos, éstos son transportados por transportistas autorizados, existiendo práctica local en su manejo por.muchos años, sin que existan riesgos o efectos por su uso.

El fly ash se almacena en silos existentes, a fin de evitar emisiones fugitivas, los cuales cuentan con sistemas de control de emisiones. La escoria de siderúrgica se incorpora directamente al proceso utilizando la infraestructura actualmente existente en la planta.

El proyecto no genera formas de energía, radiación o vibraciones.

Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300 es posible indicar que, atendiendo a las características del proyecto detalladas en el punto 1.7. “Descripción del proyecto” así como de sus Aspectos Ambientales (punto 1.8. del presente informe) y los antecedentes presentados por el titular respecto del

5.3.

5.4,

16

cumplimiento de la normativa ambiental, el proyecto no: generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la “p” del art. 6? del RSEIA,

La incorporación de cenizas volantes. y escoria de alto horno como insumos al proceso productivo no altera las condiciones actuales de emisiones a la atmósfera, las cuales fueron aprobadas mediante RCA 076/98

No se prevé la generación de residuos líquidos a partir de la incorporación de cenizas volantes y escoria de alto horno como insumos del proceso de molienda.

Durante la etapa de operación no se considera la generación de residuos diferentes a los que actualmente se generan en el proceso.

El proyecto utiliza como insumo residuos sólidos, pero estos son No Peligrosos. Durante la etapa de operación no se considera la generación de residuos sólidos diferentes a los:que actualmente se generan en: la planta, respecto de los cuales el titular debe cumplir las normas vigentes.

El fly ash se almacena en silos existentes, los cuales cuentan con sistemas de control de emisiones, a fin de evitar emisiones fugitivas. La escoria de siderúrgica se incorpora directamente al proceso utilizando la infraestructura actualmente existente en la planta.

Los contaminantes generados por el proyecto o actividad y no alteran la calidad ambiental de los recursos naturales renovables, ni interviene fauna nativa. Tampoco afecta la capacidad de dilución, dispersión, auto depuración, asimilación y regeneración de los recursos naturales renovables, dado que sus emisiones son puntuales, poco significativas y no consideran elementos que afecten de manera directa los recursos naturales.

El proyecto no interviene ni explota vegetación nativa; fauna silvestre; no considera extraer, explotar, alterar o manejar especies de flora o fauna.

El proyecto no considera o contempla la introducción al territorio nacional de especie de flora o de fauna. Tampoco contempla la introducción al territorio nacional, o uso, de organismos modificados” genéticamente o mediante otras técnicas similares.

El Proyecto no genera pérdida de suelo, erosión, conipactación o contaminación.

El Proyecto se emplaza dentro de un área con una fuerte alteración antrópica, sin especies de flora y fauna nativa en categoría de conservación que podrían ser afectadas por el proyecto..

En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra c) del artículo 11, de la Ley 19.300 es posible señalar que, ¡atendiendo a la naturaleza y características propias del proyecto, el proyecto no implica cambios en las dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socio- económica y de bienestar social básico, por lo que esta Comisión estima que no le resultan aplicables las letras “a”a la “e” del Art. 8 del RSEIA.

En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la

6.

10.

17

letra d) del artículo 11, de la Ley 19.300 es posible indicar que atendiendo a las características, naturaleza, ubicación del proyecto así como lo informado por los servicios públicos con competencia ambiental, el proyecto no genera o presenta dichos efectos, características o circunstancias, dado que no existen en el sector recursos ni áreas protegidas. El proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos. La planta se ubica en una zona urbana (industrial exclusiva).

5.5. En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra e) del artículo 11, de la Ley 19.300, debe indicarse que el proyecto se emplaza en un área industrial, en el interior de las instalaciones actualmente en operación de la planta, por lo que no obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico y no afecta áreas patrimoniales ni sectores con valor turístico,

5.6.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra f) del artículo 11, de la Ley 19.300, debe indicarse que el proyecto no remueve, destruye, excava,. traslada, deteriora o modifica en forma permanente (ni temporalmente) algún Monumento Nacional conocido de aquellos definidos por la Ley 17.288; no deteriora o modifica 'en forma permanente (ni temporalmente) construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiledad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, ubicándose alejado de lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comúnidad o grupo humano.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Autoridad Ambiental de la Región del Biobío, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, para que el proyecto "Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío y a los Servicios con competencia Ambiental en la materia, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de: la Región del Biobío, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.

Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean “implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

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  1. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la

Región del Biobío

RESUELVE:

1.

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel”, del titular Cemento Polpaico S.A., RUT 91.337.00-7; representado legalmente por el señor Louis Beauchemin, RUT 23.337.996-4.

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel" cumple con la normativa de carácter ambiental incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 93 y 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que no requiere de un Estudio de Impacto Ambiental.

Hacer presente que la presente Resolución no exime a Cemento Polpaico S.A., o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes, debiendo remitir copia de ellas al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.

Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.

Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción legal que estime oportuna,

Anótese, Notifiqueg, , Comuníquese y Archívese

y Po

Lobos del Fierro Intendente

misión de Evaluación de la gión del Biobío

Región del Biobío

/dhv

Distribución: + Titular del proyecto “Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel”, Cemento Polpaico S.A.

  • Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío
  • Dirección Regional SEC, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío

  • Dirección Regional SAG, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío

  • Gobierno Regional, Región de Biobío

  • Ilustre Municipalidad de Coronel

  • Superintendencia de Medio Ambiente

Cl/e:

  • Expediente de Evaluación Ambiental del Proyecto “Utilización de cenizas volantes y escoria siderúrgica de alto horno en molienda de cemento, Planta Coronel” e Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío

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