Construcción control de acceso en sector Portería Laguna Amarga, Parque Nacional Torres del Paine
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
XIl REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
VISTOS: 1.-
2.1.-
2.2.-
Califica Ambientalmente el proyecto "Construcción
control de acceso en sector Portería Laguna Amarga,
Parque Nacional Torres del Paine" Resolución Exenta N* 153/2012
Punta Arenas, 24 de Julio de 2012
La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Construcción Control de Acceso en
Sector Portería Laguna Amarga, Parque Nacional Torres del Paine", presentada por el Señor José Fernández Dúbrock, en representación de la Corporación Nacional Forestal, con fecha 12 de abril de 2012;
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental
Oficio N145, publicado por Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 26/04/2012; Oficio N%0728, publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 27/04/2012; Oficio N%169, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 04/05/2012; Oficio N195/2012, publicado por Secretaria Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 04/05/2012; Oficio N*393, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 04/05/2012;
Con Relación al Adenda N*1
Oficio N512, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 10/07/2012; Oficio N1137, publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 11/07/2012; Oficio N*2848, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 12/07/2012;
El Acta de la Sesión N*22 la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 24 de julio de 2012:
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Construcción Control de Acceso en Sector Portería Laguna Amarga, Parque Nacional Torres del Paine”.
Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S, 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N1600/2008, de la Contraloria General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
1.-
epa
Que, la Comisión de Evaluación de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Construcción Control de Acceso en Sector Portería Laguna Amarga, Parque Nacional Torres del Paine";
Que, el derecho de la Corporación Nacional Forestal a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Construcción Control de Acceso en Sector Portería Laguna Amarga, Parque Nacional Torres del Paine" consiste en la construcción de control de acceso, guardería, centro de visitantes y baños públicos en el Sector Laguna Amarga, cuyo objetivo principal es mejorar la recepción al visitante que ingresan por dicho sector al Parque Nacional Torres del Paine, entregando mayor información a los visitantes, mejorar las condiciones de vida a los guardaparques y mejorar los servicios higiénicos para los visitantes,
Las edificaciones de los baños de uso público y del actual control de acceso se mantendrán, por
tratarse de bienes fiscales inamovibles.
ropuesta arquitectónica resolverá la forma de acceso, registro y pago de entrada de los visitantes, E ualmente se produce de forma desordenada y estrecha. Se mantendrá el trazado del camino públicocactual, considerando incrementar la cantidad y calidad de los estacionamientos de vehículos tanto particulares como buses y minibuses, destinando un sector apropiado a su carga de pasajeros 1) mementos de alta afluencia. Se considera superficies exteriores que den soporte de andén al de Estacionamientos y circulación de visitantes, propio del acceso al Parque.
Se debén fretirar las construcciones existentes dispersas en el sector de acceso, despejando completamente la vista hacia el Norte y Poniente de quien accede al Parque por el camino desde Gástillo, destacando la vista panorámica sin obstáculos del sector Oriente del Macizo del Paine.
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Las nuevas edificaciones se emplazarán al sur del camino de acceso, hacia la ladera contigua, de manera de no interferir con la panorámica que ofrecen Las Torres del Paine en esta zona.
Las instalaciones estarán diseñadas para brindar los servicios de alojamiento para los Guardaparques y un adecuado control de acceso y centro de información para los visitantes. Los recintos se organizan en 3 edificaciones independientes con una superficie total de 879m?* las que se componen de:
-
Control de acceso, para el registro y pago de entrada de los visitantes,
-
Centro de visitantes
-
Guardería, vivienda de los guardaparques.
Todo lo anterior se conectan entre sí por un sendero con pavimento de madera que se presenta en la ladera del cerro al Sur del camino, la que sube con rampas la loma y deja a los visitantes en el sector de control de acceso, donde hay un patio cubierto, servicios higiénicos, oficinas para funcionarios, concesionarios y Jefe de sector.
En el sector donde se mantendrán las instalaciones se ubicarán una construcción en dos niveles, con acceso desde el sendero de madera que trae a los visitantes, se dispone el Centro de Visitantes y bajo éste Un área de merienda y descanso.
Al poniente y a continuación se ubica la guardería para personal de CONAF del sector, en dos niveles, el inferior de uso común con recintos de estar, comedor, cocina y bodegas; en el segundo piso se ubican seis dormitorios sus respectivos baños, bodegas y salas de calderas y equipos.
Se proyecta un sector de servicio, el que contiene una torre con estanque de agua elevado y sala de baterlas y bodega; un poste para captación eólica, en la loma al Sur de las edificaciones.
Se considera el uso de energías renovables, como eólica y solar; con respaldo de grupo generador a combustible. Calefacción mediante estufas a leña y sistema de calefacción con radiadores desde caldera a leña. Para el calentamiento del agua potable, se utilizará un depósito doble envolvente, con circuito solar independiente.
3.1.- Superficies La superficie total del proyecto es de 679m?. 7 3.2.- Localización El proyecto se ubica en el sector de Laguna Amarga, al ingreso del Parque Nacional Torres del Paine, perteneciente a la comuna de Torres del Payne, Provincia de Última Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena, distante a 40 km. de la Villa Monzino, 80 km. de Villa Cerro Castillo y 120 Km, de Puerto Natales. 3.2.1.- Coordenadas Las coordenadas geográficas son: Coordenadas UTM W/GS84/18 Norte Este 4.350.124 654,417 3.3.- Definición de sus partes, acciones y obras físicas 3.3.1.- Etapa de Construcción 3.3.1.1.- Obras e instalaciones provisionales 3.3.1.1.1.- Maquinarias y Equipos Deberá considerarse suministro independiente de electricidad mediante generador autónomo diesel o gasolina, así como normas de prevención y mitigación del impacto negativo respecto de éstos usos en un Área Silvestre Protegida. 3.3,1.1.2.- Instalaciones Provisionales 3.3.1.1.2.1.- Empalmes Deberá considerarse suministro autónomo de electricidad, agua potable y caliente, tanto para el personal como para desarrollar las obras de construcción. Los materiales de construcción empleados deberán almacenarse temporalmente en sitios adecuados para prevenir mayores alteraciones en el área de faenas. 33.1.12.2- Agua El abastecimiento de agua potable provendrá de la actual captación de agua del sector. 3.3.1.1.2.3.- Energía Eléctrica Se deberá contar con generador eléctrico y serán instalados en cabinas insonorizadas. 3.3.1.1.2,4.- Residuos líquidos Se considera sistema de baños químicos con excusado y lavatorio, y duchas para el personal con agua caliente. Éstos serán contratados a una empresa regional especializada, la cual se encargará además de disponer las aguas servidas en Águas Magallanes de Puerto Natales o Punta Arenas. La cantidad de baños químicos y frecuencia de retiro dependerá del número total de personal para ejecutar las obras, de acuerdo al D.S N* 594/99, del Ministerio de Salud, 3.3.1.1.2.5.- Manejo de combustibles
El almacenamiento de combustibles, se efectuará conforme a las normas legales y el abastecimiento será siempre realizado de manera de evitar derrames.
En caso de cualquier derrame de producto contaminante será removido inmediatamente con trapos y/o aserrín, Los suelos contaminados serán almacenados y posteriormente encaminados a depósitos autorizados.
Se prohíbe el lavado, reparación y mantenimiento correctivo o preventivo de vehículos y maquinarias en el área del proyecto, debiendo hacerse en talleres ó lavaderos existentes en la ciudad de Puerto natales o Punta Arenas, Se prohibe el derrame de aceites usados y demás residuos liquidos sobre el suelo y a cuerpos de agua. Se deberá disponer de ellos en empresa autorizada
Primeros Auxilios
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3.3,.1,.1,2.7.-
3.3.1.1.2.8.-
3.3.1.1.2.9.-
3.3.1.1.2.10.-
3.3.1.2.- 3.3.1,2,1.-
33,1,2.2.-
3.3.1.2.3.-
3.3.1,2,4.- 3.3.1.2.4.1.-
33124.2.-
De acuerdo a Norma Chilena, deberá contar con botiquín de primeros auxilios recomendado por la Asociación Chilena de Seguridad, así como seguro de accidentes y cobertura de la Mutual para sus trabajadores, con mecanismos y protocolos de rescate y auxilio de contingencia en caso de accidentes.
Letreros de Obra
Se instalará un letrero informativo de las obras y sus alcances, de 2 x 4 mts., el que deberá ser aprobado por el mandante CONAF y los Arquitectos,
Extintores de incendio
Mínimo 6 durante la ejecución de las obras, deberán dejarse en los recintos señalados.
Construcciones provisionales
Las que sean necesarias para la correcta ejecución de los trabajos, de acuerdo al D,S N? 594 del Ministerio de salud del año 1999 y deberá considerar a lo menos:
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Dormitorio para trabajadores
-
Comedor para trabajadores
-
Recinto para calentar o preparar comida
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Oficina para reuniones
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Oficina para empresa contratista
-
Bodega para materiales
Recintos cerrados y cierros provisorios z
Deberá cercarse y cerrarse con malla raschel de manera apropiada a vientos de la zona; al menos un perímetro de 5 metros al cerco de madera correspondiente al trazado de las obras interiores y exteriores. Los sectores que involucren demoliciones deberán cercarse a lo menos a 4 metros sobre el nivel de terreno, para evitar la dispersión de polvo en el derredor, El cerco perimetral deberá involucrar también los sectores propios de la instalación de faenas, estacionamiento de vehículos, camiones, sector de descarga de materiales, etc.). El cerco perimetral será provisto por el Contratista y cumplirá con lo establecido por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC) en el artículo 5.8.7, donde menciona que el sitio de toda construcción nueva o que haya de repararse, alterarse o demolerse se aislará de la vía pública por un cierro provisional de una altura no inferior a 2 metros, si fuera necesario. Deberán incorporarse en el plano de instalación de faenas del contratista,
Eliminación y remplazo de infraestructura actual
Guardería actual La actual guarderia será eliminada una vez construido el proyecto en evaluación. La demolición de la actual guardería se realizará por empresa externa, y se analizará llevar los restos de madera a otra guardería para calefacción y otros escombros deberán trasladarse a Botadero Municipal Autorizado en la comuna de Puerto Natales, para lo cual los vehículos deberán circular con carga cubierta y respetar las normas e instrucciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para estos efectos, Eliminación de fosa séptica La fosa séptica de los actuales baños de uso público deberá eliminarse una vez construido el proyecto en evaluación. Con respecto al proyecto "Construcción de Baños Uso Publico - Parque Nacional Torres del Paine” (RCA N"40/2001), involucra solo el abandono del sistema de tratamiento de las aguas servidas, no así para la infraestructura de los baños, que será utilizado para otros fines, en este caso para bodega de materiales. Se retirarán los artefactos sanitarios y sellarán los orificios utilizados por estos. En cuanto al abandono de la fosa séptica, se retirará el material que quede dentro de las fosas, por camión limpiafosas, la fosa se secará con cal. Se recomienda que se rellene con áridos o bolones para evitar que se convierta en un foco infeccioso o en madriguera de animales indeseables. La tapa de la fosa será tapada con tierra para evitar que los visitantes caigan a esta. Atención de visitantes La atención de visitantes será continua, ya que las obras se irán desarrollando por etapas sucesivas en los primeros meses de construcción. La actual infraestructura de control de acceso no será demolida, ya que pertenece a un bien fiscal y será incorporado al proyecto, esto se realizará en los últimos meses de construcción. La atención de visitantes se trasladará a una caseta de atención tipo contenedor, Se dará aviso a las empresas turísticas de la región, de las obras que se llevarán a cabo, para que opten por ingreso al parque por otra porteria. Construcción de infraestructura del proyecto Utilización de áridos Los áridos que se requieran para la construcción del presente proyecto, se obtendrán de canteras ubicadas fuera del Parque Nacional, cuya tramitación y autorización la deberá ejecutar el contratista que se adjudique la obra, bajo supervisión de CONAF. Movimientos de Tierra Se realizarán en forma manual o mecánica, con el más estricto cuidado del medio natural y el suelo existente. Deberán realizarse en presencia y con la aprobación del Inspector Técnica Ambiental. Este movimiento de tierra tendrá por objeto preparar plataformas hasta nivel de subbase para los distintos edificios; patios, estacionamientos y circulaciones para recibir posteriormente la base estabilizada y su pavimento hasta alcanzar los niveles de piso terminado en los edificios, los patios, circulaciones y estacionamientos de acuerdo a lo establecido en el plano de niveles. También deberán considerarse lo indicado en el Informe de Mecánica de Suelo.
El movimiento de tierra dentro del área del proyecto se debe realizar por estrato, es decir se debe remover la tierra según los distintos horizontes del suelo (capa vegetal, capa mineral y material rocoso) y acumularse en lugares separados para luego reubicarlos dentro del área del proyecto formando sectores de lomaje suave, colocando nuevamente en el mismo orden de los estratos u horizontes de suelos: primero material rocoso, luego el suelo mineral y por último el suelo orgánico, para finalmente realizar áreas verdes sobre estos nuevos sectores. 3.3.1.2.4.3.- Material Vegetal Removido Este se debe fragmentar en pequeñas partículas para luego distribuirlas sobre el terreno a fin que este material vegetal se incorpore al suelo, mejorando así la capa orgánica del suelo. Las cotas están referidas a los puntos de referencia indicados en el plano de niveles, 331244.- Habilitación estacionamientos Se ubicarán en los sectores determinados en el plano de emplazamiento general, no se considera pavimentación, sólo la nivelación del terreno y una compactación básica del mismo. Se ubicarán en: “ Sector oriente del camino a las Torres y tendrá una superficie de 370m - Sector poniente del camino a las torres y tendrá una superficie de 345m? La capacidad dependerá del tipo de vehículo que estaciones (automóvil ocupa 12,5mY, minibús 18m? y bus 40m) 3.3.1245.- Estructura del proyecto Los recintos indicados en los planos de Arquitectura, Baños y Control de acceso serán de estructura de albañilería estucada sobre un radier de hormigón armado, El área de acceso y oficinas de funcionarios será de estructura metálica en base a pilares, y vigas de elementos de acero, con tabiquerías de Metalcam y de madera, según se indique en las especificaciones técnicas (EE.TT) del proyecto. Envigados secundarios de piso y techumbre de acero galvanizado y madera, según se indique en las EE.TT del proyecto. El recinto Guardería en primer piso, considera muro perimetral de hormigón armado contraterreno natural, impermeabilizado, con vigas y losa de entrepiso; sobre un radier de hormigón armado. El segundo nivel y cubierta, con estructura metálica en base a pilares, y vigas de elementos de acero, con tabiguerías de Metalcom y de madera, según se indique en EE.TT. Envigados secundarios de piso y techumbre de Acero Galvanizado y madera, según se indique en EE,TT del proyecto. El Centro de visitantes, será de estructura metálica en base a pilares, sobre un radier de hormigón armado; y vigas de elementos de acero, con tabiquerías de Metalcom y de madera, según se indique en EE.TT. Envigados secundarios de piso y techumbre de acero galvanizado y madera, según se indique en EE.TT. Los sectores exteriores de circulaciones y espera, como senderos y andenes, serán con envigados de piso de estructura de acero galvanizado tipo Metalcom, sobre fundaciones aisladas de hormigón armado y revestimiento de madera. El proyecto de estructuras deberá ser certificado por Ingeniero que forma parte del equipo de trabajo de la Empresa contratista, el cual supervisará las obras y velará por la correcta ejecución del proyecto, cualquier modificación o indicación deberá ser consultada al Ingeniero autor del proyecto. Se considera la remoción de las instalaciones a reconstruir, de forma programada, para mantener de manera simultánea el trabajo propio del personal de CONAF en el control de acceso, el Uso de Guarderias por funcionarios de la Corporación y Concesionarios, y el servicio de baños para visitantes; con las obras de construcción, a través del siguiente orden lógico: - Construcción de control de acceso, baños y sendero de visitantes - Desarme de control de acceso y baños actuales A Construcción Centro de visitantes = - Construcción de Andenes y estacionamientos definitivos, parte 1 - Construcción de Guarderia - Desarme de Guardería actual - Construcción de Andenes y estacionamientos definitivos, parte 2 331246.- Instalación de sistema de tratamiento de aguas servidas La instalación de la fosa séptica se realizará de acuerdo a las reglas técnicas de instalación del fabricante. Se instalará una cámara desgrasadora a la salida de la cocina de la guardería. Los demás componentes del sistema de tratamiento (cámara desgrasadora, cámaras de inspección, distribuidor de drenes, tuberias de drenes) serán instalados de acuerdo a las especificaciones técnicas del proyecto y/o fabricante. Ver planos de alcantarillado y memoria de cálculo de proyecto sanitario, en anexos N 11 y N12, respectivamente. Etapa de Operación Consumo de Agua Potable El consumo de agua potable va a depender del número de personal permanente y estimación del número de visitantes: Guardaparques La dotación máxima de la guardería será de 6 personas permanentes, considerando un consumo máximo de 190 lisfdia/persona, el consumo probable sería de 900 Its/día. Visitantes
3.3.2.2.-
3.3.2.2.1.-
3.3.2.2.2.-
3.3.2.2.3.-
3.3.2.2.4.-
3.3.2.2.4.1.-
3.3.2.2.4.2-
3.3.2.3.-
Para reducir la cantidad de agua gastada, se adquirirán w.c con estanques de 4,8 litros, lo que reduce considerablemente el agua utilizada y volumen de consumo por persona y por consiguiente la capacidad de la fosa séptica. La actual captación de agua proveniente de un pozo noria cercana, para lo cual se están recopilando los antecedentes para realizar la tramitación de solicitud de aprovechamiento de aguas subterráneas ante la Dirección General de Aguas, de acuerdo con lo establecido en el Código de Aguas. Para que se encuentre apta para consumo humano y se de cumplimiento a la norma chilena N*409/84, se analizará el agua y se le realizará cloración, a través de cloradores por contacto, donde el suministro de agua será gravitacional. Sistema de tratamiento aguas servidas Las aguas servidas generadas por el uso de las instalaciones, serán depuradas mediante la instalación de una fosa séptica. El sistema de alcantarillado particular contará con cámara desgrasadora, cámara de inspección, fosa séptica, distribuidor de drenes y cancha de infiltración compuesta por tuberías de drenes. Limpieza de Fosas Sépticas Las fosas sépticas deberán limpiarse a intervalos máximo cada dos años o cuando su volumen haya disminuido más de una cuarta parte la capacidad de la fosa, ya que si se permite el acumulo de grandes cantidades de sedimentos y materia sobrenadante, se acercarán al orificio de salida, de modo que las materias sólidas escaparán con el drenaje. La limpieza se realizará por una empresa autorizada para estos fines y con las medidas adecuadas de seguridad, debiendo dejar una pequeña parte de su contenido para facilitar la acción séptica posterior. Luego estos lodos serán llevados a la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Puerto Natales, que opera la Empresa Sanitaria Aguas Magallanes. Limpieza de cámara desgrasadora La limpieza deberá realizarse antes del comienzo de temporada alta cada dos meses y al término de la temporada alta, Programa de monitoreo Antes de determinar el programa de monitoreo, se evaluará si corresponde o no a una fuente emisora, Si no es fuente emisora, el programa de monitoreo se realizarán en temporada alta (entre octubre a marzo) para los siguientes parámetros medioambientales: - DBO5 - Sólidos Suspendidos Totales - Coliformes fecales Plan de Contingencia por Fallas del Sistema de Tratamiento Se llevará a cabo un plan de prevención, cuyo objetivo es prevenir que ocurran fallas en el sistema y ante eventuales problemas se adoptará un plan correctivo. Medidas Preventivas - Inspección visual periódica de cancha de infiltración y periódica a las tuberias. - Inspección periódica de los niveles de lodos en la fosa séptica, tomando los resguardos necesarios para evitar afectar a la salud de los guardaparques. - Limpieza anual de las fosas sépticas. - Limpieza periódica de las cámaras desgrasadoras según la temporada. - Evaluación periódica del flujo de visitantes, con el fin de evitar el colapso de las fosas sépticas por aumento de llegada de los visitantes. Medidas correctivas En caso de detectar alguna falla del sistema de tratamiento se activará el plan de contingencias y se llamará inmediatamente al camión limpiafosas o en su defecto al contratista de mantención para reparar el problema. En caso que se produzca un evento fortuito que cause una falla externa en el sistema, de manera que imposibilite la circulación de los efluentes, se detendrá toda la producción de afluentes, prohibiéndose el uso de baños en portería a fin de disminuir el flujo de aguas servidas y se dispondrán inmediatamente de baños químicos. La disposición final de los residuos líquidos y sólidos serán evacuados por camión limpiafosas y dispuestos en Aguas Magallanes de la ciudad de Puerto Natales, Como se trabaja bajo la modalidad de fosas sépticas, el tiempo que se tarde en operar bajo el plan de contingencia de parar la operación del uso de las fosa será el tiempo que tarde en evacuar las aguas servidas y lodos de las fosas sépticas. En el caso de afloramientos en la cancha de infiltración que se deba a un aumento de flujo de visitantes, se deberá ampliar la longitud de los drenes. El sistema no debería tener otro tipo de problemas si se toman las medidas de prevención descritas anteriormente. Generación de Residuos Sólidos domiciliarios Se dispondrán de contenedores en las instalaciones sanitarias, para ser almacenados en recipientes con tapa hasta su retiro. También se contarán con 4 de contenedores de 100 litros, siendo retirados dos o tres veces por semana por personal de CONAF hasta la administración del parque, desde alli serán llevados por camión recolector autorizado que los llevará hasta Puerto Natales para ser dispuestos en el vertedero autorizado de la llustre Municipalidad de Puerto Natales. Manejo de Combustibles Para almacenar combustibles, que se utilizarán para el funcionamiento de generador eléctrico, se habilitará una bodega para este fin el cual tendrá una dimensión de 8m?,
Se tomarán todas las medidas para evitar derrames de este hidrocarburo. En caso de haberlos, se utilizarán paños absorbentes y se sacará el suelo afectado, trasvasijando en contendores que serán trasladados hasta Empresa que cuente con la Autoridad Sanitaria.
3.3.2.5.- Procedimientos para Almacenamiento, Recolección, Traslado y Disposición de los Residuos Actualmente los residuos peligrosos se trasladan hasta la administración, desde donde se llevan a su disposición final. Sin embargo deben estar almacenados correctamente en la portería hasta que sean trasladados. Para esto se considerará: 3.3.2.5.1.- Almacenamiento “ - El almacenamiento de los residuos peligrosos deberán dejarse separado de otros residuos (domésticos) y no mezclarse entre ellos. = Los contenedores que contengan los residuos peligrosos deberán estar adecuadamente etiquetados. Estar siempre bien cerrados y en buenas condiciones, por lo que deberán ser resistentes (polietileno) y con tapa hermética, - Los residuos se depositarán en envases separados de acuerdo a: a) Tubos fluorescentes o residuos de tintas, b) Residuos de aceites industriales usados o combustibles, trapos impregnados ej con estos restos que hayan sido derramados, d) Residuos de pinturas o solventes. . e) Otros residuos - Estos residuos peligrosos serán almacenados en una bodega de Residuos Peligrosos (de acopio temporal) de una superficie de 9 metros cuadrados aproximadamente, donde se almacenarán los envases con los residuos. Esta bodega estará debidamente identificada como tal y tendrá suficiente capacidad para acopiar la totalidad de los residuos peligrosos generados durante el período previo al envio de éstos a una instalación de eliminación, - Se deberá llevar un registro de los residuos peligrosos. - El periodo de almacenamiento de residuos peligrosos no podrá superar los seis meses. 3.3.2.5.2.- Recolección y traslado interno Los contenedores sólo podrán ser movidos manualmente si su peso, incluido el contenido no excede de 30 kg. Se trasladarán los residuos peligrosos, previamente envasados y rotulados en la portería, hacia la administración del Parque. El traslado a su disposición final será por empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. Sin embargo, se solicitará que el traslado sea desde la portería hasta su disposición final. Se deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar derrames y descargas de estos al medio ambiente. - Los vehículos de recolección no deben rebasar su capacidad de carga durante el recorrido. 3.3.2.5,3.- Disposición de residuos Se exigirá que el lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos generados por el proyecto, cuente con la infraestructura adecuada para el manejo y procesamiento de éstos y con la autorización correspondiente de la SEREMI de Salud, para su funcionamiento. En el caso de las pilas, se pondrán envases para su recolección y serán llevadas hasta la empresa que opera en Punta arenas y que las envía a la ciudad de Santiago. Se llevará el registro de los certificados de recepción y/o disposición de los residuos peligrosos, emitidos por la entidad proveedora, la empresa recepcionadora o el sitio de disposición final según sea el caso. 3.3:2.6.- Sistema de prevención de incendios Tanto la edificación como las instalaciones que presenten riesgos de incendios por uso de equipos o sustancias combustibles, tendrán elementos que permitirán extinguir o controlar cualquier principio de fuego. 33,3.- Etapa de Abandono El proyecto considera una vida útil de 20 años. Sin embargo, si eventualmente finalizara la actividad en la portería no existiria impedimento alguno para que el recinto se utilice con otros fines. Por lo que en una eventual etapa de abandono, las obras civiles pueden ser desmaenteladas o bien utilizadas con otros propósitos, como bodegas en general, En el caso de la fosa séptica, esta deberá ser rellenada con algún tipo de áridos o bolones, secada con cal, o bien vaciada mediante camiones especialmente diseñados para este fin. 4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Construcción Control de Acceso en Sector Portería Laguna Amarga, Parque Nacional Torres del Paine” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Construcción Control de Acceso en Sector Portería Laguna Amarga, Parque Nacional Torres del Paine" cumple con: 1.- Normas de emisión y otras normas ambientales Y A11- D.S N* 144, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza En la fase de construcción: se realizaran mínimos movimientos de tierra asociados a la instalación de poyos que soportarán las estructuras. 27 No existe población aledaña al sitio del proyecto, sin embargo, se adoptarán todas las medidas MEEVAL 7 preventivas y correctivas con la finalidad de proteger la salud de los trabajadores. Los AT TOSON, trabajadores dispondrán de todos los elementos de protección personal a fines a este tipo de 2 trabajos. o o > nes Y En la fase de operación, se generarán emisiones de la combustión, que serán mínimas. : ¿RETARÍA a D.S. N? 146/98, MINSEGPRES, Reglamento sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas /En la fase de Construeción, los equipos electrógenos serán sometidos a las mantenciones / especificadas por el fabricante y serán instalados en cabinas insonorizadas de acuerdo a lo dispuesto por la autoridad competente.
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En la fase de Operación, de acuerdo a la naturaleza del proyecto, no se contempla superar los niveles máximos contemplados en ella, ya que los ruidos serán mínimos y serán generados exclusivamente por el equipo electrógeno. Los equipos electrógenos serán sometidos a las mantenciones especificadas por el fabricante y serán instalados en cabinas insonorizadas de acuerdo a lo dispuesto por la autoridad competente. Se llevará un registro de las mantenciones.
4.1.3.- D.F.L N* 725/68, Código Sanitario Serán obtenidos los permisos de acuerdo a las pautas establecidas por la autoridad Sanitaria de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, en conformidad con el resto de las disposiciones legales vinculadas a la materia de la presente normativa y en base a los antecedentes contenidos en la presente DIA para el diseño, construcción y operación del sisterna de Agua potable
4.1.4.- D.S. N 594, modificado por D,5, N 57, Reglamento Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo En la fase de construcción, se dotará al personal de la faena construcción con agua potable del sector. Los baños químicos y duchas estarán dotados de agua proveniente del sector. En la fase de operación, el proyecto contará con sistema de provisión de agua particular, el cual dispondrá de un sistema de cloración y monitoreo de la calidad del agua para consumo de los trabajadores y visitantes en base a los parámetros establecidos para estos fines. En todo momento se cumplirá con lo establecido en la Norma Chilena NCh. 409/1.Of 2005, que determina los requisitos de orden fisicoquímico, radioactivo y bacteriológico que debe cumplir el agua para la bebida de seres humanos,
4.1.5.- DS. N* 236, que Aprueba el Reglamento General de Alcantarillados Particulares Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias
El proyecto cumplirá a cabalidad con lo señalado en la presente normativa. Lo anterior se encuentra descrito en la etapa de operación en el punto b. Para esto de deberá determinar si es o no fuente emisora de acuerdo al D.S 46. 4.1.6.- D.F.L N 728/68, Código Sanitario Serán obtenidos los permisos de acuerdo a las pautas establecidas por la autoridad Sanitaria de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, en conformidad con el resto de las disposiciones legales vinculadas a la materia de la presente normativa y en base a los antecedentes contenidos en la DIA para el diseño, construcción y operación del sistema de tratamiento de aguas servidas del proyecto 41.7.- D.S. N 594, modificado por D.S. N 57, Reglamento Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo En la etapa de construcción, las aguas servidas de los baños químicos serán trasladadas hasta la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Puerto Natales. En la etapa de operación las aguas servidas serán tratadas por medio de fosas sépticas e infiltradas en el terreno por cancha de drenes. 41.8.- D.S. N 46, Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas Se determinará si las aguas servidas del proyecto son o no fuente emisora, para lo cual se deberán caracterizar e informar los caudales sin tratamiento de acuerdo a la tabla N1 de la presente norma. 4.1.9.- D.F.L. N 725/67, Código Sanitario y sus Actualizaciones La totalidad de los residuos serán dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria en la ciudad de Puerto Natales. En la fase de construcción: Se contempla el almacenamiento de los residuos en forma segregada en contenedores de 210 litros con tapa hermética. El acopio y evacuación de los restos de materiales serán dispuestos garantizando el aseo tanto exterior como interiormente, cuidándose alejar de la obra misma los restos combustibles. Los lugares de acopio temporal cumplirán con todas las disposiciones establecidas para tales efectos. Será de cargo del Contratista el despeje de basura, escombros antes y después del inicio de la obra, los cuales serán enviados a un lugar autorizado para la disposición de estos en la ciudad de Puerto Natales. En la fase de operación: Los residuos generados en esta etapa, corresponden a residuos domiciliarios, los cuales serán enviados a Vertedero autorizado en la ciudad de Puerto Natales. 4.1.10.- Ley N 17.288/70, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas En el área del proyecto no se han reportado materiales arqueológicos en superficie y no se localiza ningún sitio señalado como monumento histórico, o pertenecientes al patrimonio cultural, de conformidad con las definiciones de esta ley. De todas maneras se dará cumplimiento a lo establecido en los articulos 26 y 27 de la Ley N 17.288, de Monumentos Nacionales y a lo señalado en los artículos 20, 21 y 23 del DS N? 484, que establece el Reglamento de la ley N” 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De esta forma si durante cualquier fase del proyecto se detectaran a nivel superficial y sub-superficial ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo y se denunciará inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él, Además se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, todos los cuales serán ¡implementados por el titular del proyecto. ' D.S. N 484/90, Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley N 17,288 En el lugar de emplazamiento del Proyecto no se han registrado monumentos históricos. Sin perjuicio de lo anterior, ante cualquier hallazgo de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, el Titular del proyecto se compromete a dar aviso a las
autoridades competentes y al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo así con el Artículo 26 de la Ley N* 17.288 y Artículo 20 de su Reglamento, ambos vigentes.
4.1.12.- D.S. N* 594/2000, Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Las condiciones generales de construcción quedan entregadas a las normas de la OGUC, ya revisadas y analizadas.
En la fase de Construcción, se contempla el suministro de agua potable a través del actual captación de agua del sector. La dotación de baños será por medio de baños químicos y la ducha será provista por la misma empresa de los baños químicos. La cocina y comedor estará dotada de los implementos básicos para este fin considerando que se encuentra en la instalación de faenas.
En la fase de Operación, las instalaciones del Proyecto estarán dotadas con suministro de agua potable, servicios higiénicos, dormitorios, lugar para almorzar conforme a la calidad y cantidad exigida por este reglamento, Por otra parte, el titular exigirá a los trabajadores el cabal cumplimiento de las disposiciones de esta norma, especialmente en todo lo relativo a condiciones de trabajo y equipamiento de protección personal (guantes, zapatos de seguridad, etc.).
Sobre la higiene y seguridad de los lugares de trabajo, existe un reglamento interno de orden, higiene y seguridad de la Corporación Nacional Forestal.
En materia de condiciones ambientales, el reglamento establece las prohibiciones y los límites permisibles de aquellos agentes químicos y físicos capaces de provocar efectos adversos en el trabajador, la contaminación ambiental.
Ruido: Las actividades del proyecto contemplan ruidos provenientes de los generadores, sin embargo estos estarán dispuestos en cabina insonorizada.
Vibraciones: Las actividades del proyecto no contemplan vibraciones.
Iluminación: Las actividades del proyecto se realizarán preferentemente con luz natural y en todo momento se cumplirá con lo establecido en los Artículos 103 a 108 del presente reglamento. Ninguno de los empleados del proyecto estará expuesto a otro tipo de factores fisicos ni a agentes biológicos.
Se exigirá a él o los contratistas de los lugares de trabajo, debiendo proveer la protección auditiva apropiada a todos los trabajadores que estén expuestos al ruido generado por las herramientas y maquinarias menores, y las condiciones de habitabilidad de faenas.
4.1.13.- Decreto N” 160/09, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos Las instalaciones contempladas para el almacenamiento de combustible de alimentación del equipo electrógeno de la guardería considerará en su diseño e instalación todas las exigencias de esta normativa. En particular, cumplirá con las disposiciones asociadas a distancias, materiales, conexiones y sistemas de seguridad, entre otros. Adicionalmente, la instalación será debidamente registrada en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
4.1.14.- D.S. 46, Establece Norma de Emisión de Residuos Liquidos a Aguas Subterraneas El titular considerará todo lo estipulado en la norma, a fin de cumplir con la normativa ambiental referente a determinación de fuente emisora, una vez entrada en operación del proyecto.
5.- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Construcción Control de Acceso en Sector Portería Laguna Amarga, Parque Nacional Torres del Paine" requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 91 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
6.- Que, en la Declaración de Impacto Ambiental se acompañaron los antecedentes necesarios para otorgar el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 91, del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, referido al permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagues y aguas servidas de cualquier naturaleza y, al respecto, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, mediante Oficio 393 de fecha 03 de mayo de 2012, se manifestó conforme con los antecedentes presentados, por lo que se otorga el citado permiso.
7.- Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N”19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Construcción Control de Acceso en Sector Portería Laguna Amarga, Parque Nacional Torres del Paine” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.
8.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con unha semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada Una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
9.- Que, la Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad