Edificio Lo Garcés
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VII REGIÓN DEL MAULE
RESOLUCIÓN EXENTA N*008/2013
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO "LOTEO PARQUE ARAUCARIA"
TALCA, 17 de Enero del 2013
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Loteo Parque Araucaria", presentada por Inmobiliaria Independencia S.A. a través de su Representante Legal don Marcelo Díaz Montenegro, con fecha 28 de Marzo de 2012.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.
Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N, por Inmobiliaria Independencia S.A., con fecha 28/03/2012: Test de admisión S/N, por Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule, con fecha 28/03/2012; Oficio solicitud de evaluación DIA N280, por Servicio Evaluación Ambiental, VIT Región del Maule, con fecha 29/03/2012; Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) N%399, por Servicio Evaluación Ambiental, VIT Región del Maule, con fecha 10/05/2012: Adenda S/N, por Inmobiliaria Independencia S.A., con fecha 31/07/2012: Solicitud de evaluación de adenda N594, por Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule, con fecha 31/07/2012; Adenda S/N, por Inmobiliaria Independencia S.A., con fecha 28/12/2012, y Solicitud de evaluación de adenda N1035, por Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule, con fecha 28/12/2012.
2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.
Oficio N105 MA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 04/04/2012; Oficio N1144 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 10/04/2012; Oficio N14-EA/2012 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Maule, con fecha 17/04/2012; Oficio N%62 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 18/04/2012; Oficio N%425 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 19/04/2012; Oficio N%952 sobre
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la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 19/04/2012; Oficio N843 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 23/04/2012; Oficio N283 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 23/04/2012; Oficio N60 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 24/04/2012: Oficio N%661 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 25/04/2012; Oficio N%41/SB sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 25/04/2012; Oficio N945 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Talca, con fecha 26/04/2012; Oficio N23 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 26/04/2012; Oficio N%527 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule, con fecha 26/04/2012; Oficio N702 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, con fecha 30/04/2012; Oficio N1936 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 09/05/2012: Oficio N1050 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 14/08/2012: Oficio N1901 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 14/08/2012; Oficio N“4363 sobre la Adenda 1, por SERVIU, Región del Maule, con fecha 14/08/2012; Oficio N995 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule, con fecha 14/08/2012; Oficio NPProceso N? 6008570 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 14/08/2012; Oficio N665 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 16/08/2012; Oficio N44 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 21/08/2012; Oficio N3052 Acta 24 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 23/08/2012; Oficio N3052 Acta 24 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 23/08/2012; Oficio N34 sobre la Adenda 2, por SERVIU, Región del Maule, con fecha 03/01/2013; Oficio N22 sobre la Adenda 2, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 08/01/2013; y Oficio N21 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 09/01/2013.
- El Acta de Evaluación del proyecto "Loteo Parque Araucaria", de fecha 18.04.2012.
- El Informe Consolidado de Evaluación del proyecto "Loteo Parque Araucaria". 5, El Acta de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule,
de fecha 17.01.2013.
- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Loteo Parque Araucaria".
ya Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
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CONSIDERANDO: 1 Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los
requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Loteo Parque Araucaria".
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Que, el derecho de Inmobiliaria Independencia S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Loteo Parque Araucaria" consiste en la construcción de 328 departamentos distribuídos en veinte "Bloques Tipo" más un "Medio Bloque" (ver Anexo 2 de la DIA). El loteo considera:
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Departamento Tipo A de 64,165 m2;
-
Departamento Tipo B de 61,015 m2;
-
Departamento Tipo C de 70,525 m2; y
-
Departamento Tipo D de 63,98 m2.
y, espacios destinados a equipamiento, áreas verdes, vialidad y sistemas de saneamiento. El monto de la inversión será de 15 millones de dólares americanos aproximadamente. La mano de obra en la etapa de construcción será de 70 trabajadores en promedio y de 90 trabajadores en la etapa peak, en la etapa de operación solo considera 5 trabajadores para desarrollar funciones administrativas y de vigilancia. El Proyecto se encuentra ubicado en la Comuna de Talca, Provincia de Talca, Región del Maule. Los deslindes son:
- Norte: Avenida Piduco Sur (perteneciente al proyecto y proyección del Plan Regulador vigente)
e Sur: Ocho 12 sur
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Poniente: Calle 1 oriente
-
Oriente: Calle 4 oriente
Las coordenadas referenciales del polígono en coordenadas UTM, W6S 84 Huso 19, son:
Puntos Coordenadas Este Coordenadas Norte 1 258242.24mE 6075169.84 m S 2 258156.75 m E 6075203.30mS 3 258076.24 mE 6075238.75 m S 4 257980.78 mE 6075314.83 m S 5 257988.94 m E 6075440.78 mS 6 258192.70mE 6075282.59 m S 7 258224.46 m E 6075251.65 m S
*Coordenadas extraídas de Google Earth, corresponde a los límites aproximados del predio.
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La superficie total (bruta) del predio a ser intervenido corresponde a 32.000 mé. Las superficies del proyecto se dividirían del siguiente modo:
A Superficie Área (m?)
| Superficie Bruta 32.000 Superficie Afecta a Uso Público (Área Verde, Equipamiento y Vialidad) 11.700 Superficie Neta (20 unidades "Bloque Tipo" + 1 unidad "Medio Bloque") | 20.300
3.1. Descripción del proyecto: El Proyecto "Loteo Parque Araucaria", consiste en la
construcción de 328 departamentos distribuídos en veinte “Bloques Tipo" más un "Medio Bloque" (ver Anexo 2 de la DIA). El loteo considera:
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Departamento Tipo A de 64,165 m2;
-
Departamento Tipo B de 61,015 m2;
-
Departamento Tipo C de 70,525 m2; y
-
Departamento Tipo D de 63,98 m2.
y, espacios destinados a áreas verdes, equipamiento, vialidad y sistemas de saneamiento.
De acuerdo al Plan Regulador de la comuna de Talca el proyecto se emplazaría en zonas definidas por este instrumento como R-2 y U-5 (ver Anexo 8 del Adenda 1), cuyos usos de suelo son: . Usos permitidos zona Residencial de Densidad Media (U-5),
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Residencial
-
Equipamiento: Científico, Comercio, Culto y Cultura, Deportes, Educación,
Esparcimiento, Salud, Seguridad, Servicios, Social. - Infraestructura inofensiva.
3.2. Etapas, Acciones y Obras Físicas.
3.2.1 Etapa de Construcción.
Considera la preparación del terreno, correspondiente a despeje y escarpe de terreno, movimientos de tierra para nivelación de las calles y lotes y posterior pavimentación, los m3 removidos de tierra serán utilizados para rellenar las zonas que lo requieran. Los áridos a utilizar serán comprados a Empresas productoras que cuenten con todas las autorizaciones del caso, al día. Las viviendas serán construidas en etapas sucesivas conforme a las obras de urbanización que serán a su vez ejecutadas en etapas. La construcción de las viviendas se llevará a cabo según las especificaciones técnicas y normativas que los respectivos Servicios aprueben. El terreno donde se emplazaría el proyecto, se encuentra cubierto de maleza y no se distinguen especies de flora nativa,
i) Cierre perimetral: Se realizará un cierre perimetral. La materialidad del cerco a ser construído será de postes de madera y malla Rachel.
1) Preparación del terreno: Se iniciará con la limpieza y despeje del terreno luego de
haber delimitado el área por medio del cierre perimetral. En esta etapa y en toda oportunidad que exista movimiento de Tierra, en el caso de encontrar restos arqueológicos, se
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paralizarán todos los trabajos vinculados con la faena y se comunicará inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales por medio escrito, todo esto en el marco de lo estipulado por la Ley N? 17.288 Monumentos Nacionales. Esta sub etapa consiste en:
. Eliminación de la vegetación presente: No se contempla la tala de árboles o corte de especies vegetales protegidas. . Nivelación del Terreno: Una vez despejada de vegetación de la superficie, se realizará
la nivelación de ésta mediante movimientos de tierra y emparejamiento con maquinaria.
ii) Instalación de faenas: Habilitación de recintos temporales para la administración de faenas. Estas instalaciones serán de tipo móvil, esto quiere decir que se ubicarán dependiendo
de la construcción y ocuparán un área de no más de 300 m?. Las instalaciones y áreas consideradas son las siguientes:
. Recinto temporal para la administración.
. Bodega de materiales e insumos para la construcción del proyecto y artículos de seguridad.
. Sector o área destinada para el estacionamiento de vehículos y maquinaria.
. Servicios Sanitarios
. Provisión de agua potable: Se abastecerá de agua potable a la obra mediante agua
envasada, utilizando sistemas de dispensadores, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable, tal cual lo dice el Artículo 15 del D.S N” 594/99 MINSAL. Esto se realizará de forma temporal hasta la habilitación del empalme a la red pública.
. Servicios higiénicos: Los servicios higiénicos serán provistos de forma temporal en la etapa de construcción, mediante baños químicos, el servicio se encontrará a cargo de una empresa autorizada. Baños químicos provisorios, hasta lograr la conexión a alcantarillado de Aguas Servidas para la instalación de Faenas.
iv) Urbanización: Construcción de la infraestructura básica para el desarrollo de cada casa. Las obras de urbanización conforme al artículo 134? de la Ley General de Urbanismo y Construcciones se realizarán según proyectos previamente aprobados por los organismos competentes. Los elementos a incorporar serán:
. Agua Potable y Aguas Servidas. Se efectuará una conexión a la red de Aguas Servidas Alcantarillado y de Agua Potable de la Sanitaria Aguas Nuevo Sur S.A. Ver Anexos 5.1, 5.2, 5.3 y 5.4 de la DIA.
. Evacuación de Aguas Lluvias. Conducción superficial y a través de colectores de éstas dentro del loteo hacia el punto final de descarga que dependiendo. Se consideró para ello cuencas de escurrimiento de acuerdo a la nueva condición del terreno.
. Pavimentación. De las vías a ser utilizadas por los usuarios de las viviendas del proyecto, las que se han diseñado conforme a las Normas I.N.N. correspondientes y a los instructivos y especificaciones técnicas vigentes en el SERVIU.
. Suministro eléctrico. Conexión a la red pública de suministro. Esta instalación eléctrica será utilizada para el uso interno de las viviendas y para el alumbrado público. La conexión cumplirá con todas las condiciones de seguridad y normas técnicas de las instalaciones eléctricas de consumo en baja y media tensión. Por su parte, el alumbrado público cumplirá con las especificaciones para luminarias de calles, incluyendo características fotométricas, del sistema óptico, eléctricas y mecánicas y con las demás exigencias para el
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diseño del alumbrado público en sectores residenciales, fijando los niveles mínimos de iluminación de calles.
. Construcción de Viviendas: Se iniciará la construcción de los edificios, una vez obtenido el permiso de edificación definido por la Dirección de Obras Municipales, lo que se hará conforme a exigencias de la Ley General de Urbanismo y Construcción y su Ordenanza. Se dará cumplimiento a las especificaciones técnicas de aislación acústica, aislación térmica, protección al fuego, estudio de Mecánica de Suelos, etc. (ver Anexo 5 del Adenda 1, Anexo 1 del Adenda 2 y Anexo 4 del Adenda 2).
. Áreas verdes: Se realizarán de acuerdo a las especificaciones de arquitectura y a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
v) Equipos y Maquinarias: Se utilizarán las siguientes maquinarias: Máquinas Número Tractor 1 Retroexcavadora 1 Rodillo Compactador 1 Camiones Tolva 4 Camión Aljibe 1 Camión Mixer 1
además, otros equipos tales como:
Equipos Número Cercha Vibradora 1 Compactadora 1 Cortadora de Pavimento 1 Máquina Betonera 1 Soldadora Trifásica 1
El Titular se compromete a operar con vehículos con revisión técnica al día, cumpliendo el D.S.N? 55 "Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados". Los vehículos que circulen en la vía pública no podrán exceder de las dimensiones máximas establecidas, en cuanto al ancho, largo y alto máximo. La mantención de camiones, maquinarias y diferentes equipos de la construcción, se realizará en locales establecidos y ubicados fuera del área del proyecto. Los materiales y/o insumos principales serán: madera, aluminio, ladrillos, cementos, productos de terminación (madera, vidrios, aluminio, etc.), tuberías PVC, fitting cobre, alambres, postes hormigón, entre otras, y serán suministrados por las empresas del rubro de la construcción que tengas dependencias o desarrollen labores comerciales en la comuna.
vi) Movilización del personal: El personal que trabaje durante las faenas de construcción se movilizará desde su lugar de vivienda hacia la faena, y viceversa, mediante movilización propia o pública.
vii) Servicios: Los principales servicios requeridos durante el transcurso de la obra serán: . Fletes varios para el transporte de materiales.
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. Servicio de vigilancia.
. La fase de construcción finalizará con el retiro de todas las instalaciones provisorias empleadas durante las faenas de construcción. Asimismo, se efectuará una limpieza de las áreas comunes y perímetro del proyecto.
. Los residuos sólidos domésticos (residuos de oficina), serán dispuestos en función de su tasa de generación por medio de la Ilustre Municipalidad o alguna empresa autorizada.
viii) Canales.
El proyecto no tiene canales al interior de este, ni tampoco de borde. El proyecto deslinda al norte con la Avenida Piduco (la cual se debe ejecutar), a continuación existe un terreno que no forma parte del conjunto habitacional, y que deslinda al norte con el Estero Piduco (ver Lote N*2 del plano de subdivisión en el Anexo 3, del Adenda 2). En consecuencia el proyecto no consulta obras específicas de protección de ribera.
viii) Aguas LLuvias
El proyecto de pavimentación y drenaje de las aguas lluvias es concordante con el Plan Maestro de Aguas Lluvias de la ciudad elaborado por la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) del Ministerio de Obras Públicas. Dicho proyecto ya cuenta con la aprobación de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH), a través del Oficio Ord. DOH VII R N*1116 de fecha 23.05.2012 (ver Anexo 1 del Adenda 1).
ix) Vialidad
El conjunto habitacional cuenta con un EISTU aprobado (ver Anexo 6 del Adenda 1). Se debe hacer presente que a la fecha se está tramitando el cambio de nombre del proyecto de "Loteo Parque Araucaria" a "Edificio Lo Garcés" (ver Anexo 2 del Adenda 2).
3.2.2. Etapa de Operación La etapa de operación se iniciará al momento en que los primeros departamentos del complejo habitacional sean entregadas a sus nuevos propietarios. La operación del complejo será parte integrante de la funcionalidad de la comuna, constituyéndose la zona como un área residencial y equipamiento a nivel vecinal.
3.2.3. Etapa de Abandono Cada propietario realizará las mejoras y mantenciones necesarias de cada departamento con la finalidad de entregar las características óptimas para residir en ellas.
3.3. Emisiones y Residuos.
3.3.1. Residuos Líquidos
. Etapa de Construcción
Los residuos líquidos que se generarán en el proyecto se originarán producto de las actividades de los trabajadores. Las aguas servidas serán derivadas a baños químicos, cuyo contenido será retirado mediante camiones que cuenten con la debida Resolución Sanitaria.
. Etapa de Operación Conexión a la red de alcantarillado.
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3.3.2. Residuos sólidos
. Etapa de Construcción
Consistirán básicamente en desechos sólidos de madera, moldajes usados en las obras civiles, plástico, cartón y restos de hormigón, estos serán dispuestos en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, y serán transportados por una empresa debidamente autorizada, y que cumpla con la normativa vigente. Los escombros se depositarán temporalmente en las zonas destinadas a áreas verdes y equipamiento, las que serán retiradas por la empresa responsable con la misma frecuencia indicada anteriormente (ver Anexo 2 del Adenda 1). Los acopios de escombros no serán fijos ya que, a lo largo de la etapa de construcción, se trasladarán hacia el sector más cercano a la etapa en construcción, área verde de la etapa en proceso.
Los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores metálicos cerrados rotulados con el residuo y sus características de peligrosidad, los cuales serán almacenados de forma temporal en una bodega. Se contará con una Bodega de Acopio Temporal (BAT) tipo contenedor, que contará con un piso impermeable, pretil de contención en caso de derrame, ventilación, señalización de peligrosidad e instrucciones de precaución (no fumar) y extintores. Los residuos no permanecerán más de 30 días en la bodega hasta ser trasladados y dispuestos en un sitio en un sitio autorizado pon una empresa que cuente con resolución para a la ejecución de esta actividad.
Los residuos sólidos domiciliarios generados serán dispuestos en tambores claramente identificados (basureros) y serán retirados por personal de la empresa y llevados a sitios de disposición final autorizados ambiental y sanitariamente. Los contenedores para la disposición de RSD provenientes de las instalaciones de faenas, se instalarán adyacentes a dichas áreas (comedores, bodegas, servicios higiénicos, etc.) Los RSD serán retirados con una frecuencia de dos veces a la semana.
. Etapa de Operación
Consistirán en desechos domésticos o asimilables a domésticos, los cuales serán retirados por camiones de recolección de basura perteneciente a la empresa que preste el servicio a la Ilustre Municipalidad de Talca.
3.3.3. Emisiones a la Atmósfera
. Etapa de Construcción
Se generarán emisiones de gases de combustión y de material particulado localmente en el sitio de obras, debido al movimiento de tierra y otras labores de construcción (ver Anexo 9 de la DIA, "Estimaciones de Emisiones”), cuyas estimaciones anuales serían:
Actividad MP10 (00) HC NOx SOx Escarpe [kg] TE Movimiento de tierras [kg] 10,29 Excavaciones (kg) 236,7 Tránsito de vehículos en caminos no pavimentados [kg] 782 (camiones vacíos) :
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Tránsito de vehículos en caminos no pavimentados [kg]
(camiones llenos) 112,6
Tránsito de vehículos en caminos pavimentados [kg] 463,3
da de Combustión por el Funcionamiento de Vehículos 10 1,44 3,39 151 9
Uso Camión Mixer [kg] 781 | 238,7 | 109,2 | 9115
Uso motoniveladora [kg] 54 16,57 7,58 63,30
Uso Rodillo [kg] 2,3 A 3,6 219
Uso retroexcavadora [kg] 46 14,06 6,43 53,69
Uso Tractor [kg] 0,7 2,2 10 6,3 0,0 Total [ton/año] 10 0,3 0,1 1,1 0,00
Para minimizar las emisiones generadas por el proyecto:
Se realizará riego permanente en la zona del proyecto para minimizar las emisiones de material particulado.
Se cubrirán con carpas todos los camiones pertenecientes al proyecto para evitar la dispersión de material particulado a la atmosfera.
Minimizar la distancia de descarga del material
. Etapa de Operación
Las emisiones atmosféricas generadas durante la etapa de operación corresponden a flujo de vehículos asociado al complejo habitacional los que se irán manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas. Las viviendas proyectadas para el loteo no contemplan sistemas de calefacción, queda sujeto a cada usuario la incorporación de sistemas de calefacción por vivienda, no se considera la leña a como fuente de energía para la calefacción dado que el tipo de edificaciones corresponden a departamentos de más de dos pisos de altura. Un resumen de las emisiones generadas por las viviendas (ver Anexo 9 de la DIA) sería:
Actividad MP10 co HC NOx SOx
Tránsito de vehículos livianos por caminos
Pavimentados (kg/año) 1702,2
Gases de Combustión por tránsito de vehículos en caminos pavimentados 1021,0 20,5 315,0 (kg/año)
TOTAL (t/año) 1,70 1,02 0,02 0,31 0,00
3.3.4. Emisiones de Ruido
. Etapa de Construcción
Se implementarán barreras acústicas frente a las viviendas ubicadas en la calle 7 Sur y la Costanera, además del Club Deportivo Belgrano, todas las casas ubicadas en la calle 8 Sur (mayor exposición al ruido de las faenas de construcción por la menor distancia en relación a los límites del proyecto), y la calle 1 Oriente. Además de barrera acústica flexible (BAF) del tipo cortina acústica, en los lugares donde se desarrollaran faenas ruidosas y de frente hacia los receptores ubicados en las casas aledañas a las faenas de construcción. Esto es principalmente
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para las etapas de obra gruesa y terminaciones (ver Anexo 11 de la DIA). Previo al inicio de la obras el titular deberá contar con la autorización de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Talca (Ordenanza de Ruidos de la Ilustre Municipalidad de Talca, aprobada mediante Decreto Alcaldicio N*%0210 de 1994). La ejecución de actividades que emitan ruidos estridentes se ejecutará lo más lejano a la población. Los trabajos se llevarán a cabo respetando el horario definido por la ordenanza es decir dentro del periodo 8: 00 a 21: 00 de lunes a viernes y sábados de 08:00 a 14:00. En ningún caso de ejecutarán labores fuera de esos horarios. La maquinaria ruidosa se instalará lejana a la población según sea posible dentro del predio. El movimiento de camiones se realizará de 09:30 a 17:30 de lunes a viernes y de 09:30 a 14:00 los sábados.
. Etapa de Operación
Durante la etapa de operación no se prevee una alteración significativa del actual ambiente acústico en el área de estudio, ya que no contempla la presencia de ninguna fuente fija emisora de ruido.
3.4. Plan de Prevención de Riesgos y Control de Emergencias (ver Anexo 3 del Adenda 1).
. Los sitios de almacenamiento de materiales contarán con las características necesarias respecto de la sustancia que se almacene. El personal se encontrará en conocimiento acerca de los procedimientos y serán dotados de todos los elementos de seguridad que competan a la actividad que realicen en la obra.
. Se velará para que los trabajadores cuenten en todo momento con los implementos de seguridad adecuados a la actividad que desempeñen. . Los trabajadores se encontrarán capacitados acerca de Procedimientos de Trabajo
Seguro en la faena de acuerdo sus funciones. Cada acción que la empresa emprenda, al respecto, en virtud de la instrucción de los trabajadores, será registrada para ponerse a disposición de la fiscalización cuando corresponda.
. Se cumplirá con la normativa relativa a la operación de la maquinaria, resguardando así la seguridad de los trabajadores y de la obra. . Se contará con plan de Prevención y Control de Emergencias el que será difundido a
todos los trabajadores de la obra quienes serán capacitados a cerca de Procedimientos de Trabajo seguro a fin de prevenir eventos no deseados y además a cerca de los procedimientos a seguir frente emergencias.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Loteo Parque Araucaria" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Loteo Parque Araucaria" cumple con la siguiente normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad:
. Ley N* 19.300/1994, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, (modificada por la Ley N”20.417/2010)
. Reglamento del SEIA (D.S. 95/2001) Título III, Art. 14, 15 y 16. (SETA).
. Decreto Supremo N*38/2011 Ministerio Secretaría General de la Presidencia Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Elaborada a partir de la revisión del D.S. 146/97.
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11
. Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los Lugares de Trabajo.
. Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud. Establece norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. (ver Anexo 9 Informe de Estimaciones Atmosféricas, de la DIA).
. Decreto Supremo N? 75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Emisiones de Polvo . Decreto Supremo N? 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos Motorizados y fija los procedimientos para su control
. Decreto Supremo N? 47 y sus modificaciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones Emisiones de Material Particulado.
. Decreto N* 50/ 2002 Ministerio de Obras Públicas Aprueba el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y de Alcantarillado.
. Norma Chilena NCh N? 409/1984 Ministerio de Salud. Establece los requisitos que debe cumplir el agua potable.
. Decreto Supremo N? 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (Agua Potable).
. Decreto Supremo N? 594/1999 del Ministerio de Salud Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (Servicios Higiénicos). . Decreto Supremo N594/1999 Ministerio de Salud Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (Residuos inertes y domiciliarios). . Decreto con Fuerza de Ley N 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario
. Decreto Supremo N* 158/1980 Ministerio de Obras Públicas Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden circular por Caminos Públicos
. Decreto con Fuerza de Ley N? 327/1998 del Ministerio de Minería Servicios eléctrico . Decreto Supremo N*148/03 del MINSAL, Reglamento de Residuos Peligrosos.
. Decreto Alcaldicio N” 0210 de 1994, Ordenanza de Ruidos de la Ilustre Municipalidad
de Talca. Art. 3 y 43.
. Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales, artículos N” 26 y 27; y N? 20 y 23 del Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
BD. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Loteo Parque Araucaria" no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VIT, artículos 68 al 106 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Loteo Parque Araucaria" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
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Que, en el proceso de evaluación del proyecto "Loteo Parque Araucaria", el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
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7.1. Contar con un plan de información a la comunidad acerca del proyecto y un sistema de recepción de reclamos y/denuncias respecto de las emisiones acústicas generadas por la obra.
7.2. Ingresarlas exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de Calificación Ambiental al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso se deberá realizar en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la Resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la VIT Región del Maule, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
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Que, para que el proyecto "Loteo Parque Araucaria" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la VIT Región del Maule, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
11, Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la VII Región del Maule, la individualización de cambios de titularidad.
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Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
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Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule.
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RESUELVE:
- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Loteo Parque Araucaria" presentado por Inmobiliaria Independencia S.A. .
2 CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Loteo Parque Araucaria" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- HACER presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental . El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Maule
Distribución:
Marcelo Díaz Montenegro
Corporación Nacional Forestal, Región del Maule Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule Dirección General de Aguas, Región del Maule Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule Gobierno Regional, Región del Maule
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Ilustre Municipalidad de Talca
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule SEREMI de Agricultura, Región del Maule
SEREMI de Salud, Región del Maule
SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule
SEREMI MOP, Región del Maule
Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule
Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule SERVIU, Región del Maule
Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Cl/c:
. Encargada Participación Ciudadana
. Expediente del Proyecto "Loteo Parque Araucaria"
. Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VIT Región del Maule.
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